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Av. 27 de Febrero No. 626, Col. Centro CP. 86000 Villahermosa, Centro, Tabasco Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected] CONVENIO DE COTITULARIDAD DE PATENTE QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO Y POR LA OTRA PARTE EL Villahermosa, Tabasco. __ de ____ de 2013

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CONVENIO DE COTITULARIDAD DE PATENTE

QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE

LA UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO

Y POR LA OTRA PARTE

EL

Villahermosa, Tabasco. __ de ____ de 2013

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CONVENIO DE COTITULARIDAD DE PATENTE QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE,

LA UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO, REPRESENTADA POR EL

DR. JOSÉ MANUEL PIÑA GUTIÉRREZ, EN SU CALIDAD DE RECTOR, ASISTIDO POR

EL DR. WILFRIDO MIGUEL CONTRERAS SÁNCHEZ, SECRETARIO DE

INVESTIGACIÓN, POSGRADO Y VINCULACIÓN, Y POR LA OTRA, (ASENTAR EL

NOMBRE DE LA OTRA PARTE), REPRESENTADO POR (ASENTAR NOMBRE Y

CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA OTRA PARTE), PARTES A LAS QUE EN LO

SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO LA “UJAT” Y (ASENTAR ENTRE

COMILLAS LAS SIGLAS DE LA OTRA PARTE), RESPECTIVAMENTE, DE

CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS

SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

PRIMERO. Que con fecha ________________, ambas partes celebraron un Convenio

General de Colaboración con objeto de (ASENTAR EL OBJETO DEL CONVENIO

GENERAL ALUDIDO).

SEGUNDO. Que en la Cláusula (ASENTAR EL NÚMERO DE LA CLÁUSULA QUE

HACE REFERENCIA A CONVENIOS ESPECÍFICOS) de dicho Convenio se estableció

que las partes podrán celebrar Convenios Específicos de Colaboración, por cada uno de

los proyectos que sean aprobados.

TERCERO. Que el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte del

Convenio General de Colaboración antes mencionado.

CUARTO. Que ambas partes desarrollaron de forma conjunta la invención denominada

“_________________________________” (Misma que en lo subsecuente será referida

como la “TECNOLOGÍA”).

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DECLARACIONES

1. POR LA “UJAT”:

1.1. Que es un Organismo Público Descentralizado del Estado de Tabasco, con autonomía constitucional, personalidad jurídica y patrimonio propios, como lo prevé su Ley Orgánica publicada mediante Decreto 0662, en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno Constitucional del Estado de Tabasco, Época 6º, de fecha Diciembre 19 de 1987.

1.2. De conformidad con lo establecido en el Artículo 23 de su Ley Orgánica, la representación legal de la “UJAT” recae en su Rector el C. Dr. José Manuel Piña Gutiérrez, quien está facultado para suscribir el presente Convenio, de acuerdo con el nombramiento de fecha 19 de enero de 2012 emitido por la H. Junta de Gobierno de la “UJAT”, el cual se protocolizó en la Escritura Pública No. Tres mil novecientos cincuenta y nueve, Volumen XIV, de fecha diecinueve de enero de dos mil doce, ante la fe del Licenciado Leonardo de Jesús Sala Poisot, Notario Público Número 32, con adscripción en la Ciudad de Villahermosa, Tabasco.

1.3. Que el Dr. Wilfrido Miguel Contreras Sánchez, acredita su carácter de Secretario de Investigación, Posgrado y Vinculación mediante nombramiento otorgado por el Rector de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, de fecha 23 de enero de 2012 y cuenta con todas las atribuciones que le corresponden para suscribir el presente convenio, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, ni limitadas en forma alguna.

1.4. Que de acuerdo al Artículo 4 de su Ley Orgánica tiene por objeto: I. Impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, que satisfagan prioritariamente las necesidades planteadas por el desarrollo económico, social y cultural del Estado de Tabasco; II. Organizar y desarrollar actividades de investigación científica, tecnológica y humanística como tarea permanente de renovación del conocimiento y como una acción orientada a la solución de problemas en diversos órdenes del Estado, la Región y la Nación; y III. Preservar y difundir la cultura a todos los sectores de la población con propósitos de integración, superación y transformación de la sociedad, así como extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la educación universitaria.

1.5.

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1.6. Que una de sus funciones es promover convenios de apoyo y coordinación en materia de docencia, investigación, difusión y extensión con otras instituciones.

1.7. Para los efectos a que haya lugar con motivo de la firma del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en la Avenida Universidad s/n, Zona de la Cultura, Col. Magisterial, C.P. 86040, en esta Ciudad de Villahermosa, Centro, Tabasco.

1.8. Que su registro federal de contribuyentes es UJA-580101-4N3.

2. POR “__________”:

2.1 (SEÑALAR SU NATURALEZA JURÍDICA) Y ACREDITAR CON DOCUMENTACIÓN LA PERSONALIDAD DE LA EMPRESA, INSTITUCIÓN, DEPENDENCIA O DE LA PERSONA MORAL QUE CELEBRE EL CONVENIO.

2.2 Que tiene como objetivos, entre otros, ..

2.3 Que entre sus funciones está...

2.4 (LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE SU REPRESENTANTE LEGAL) ACREDITARLA CON DOCUMENTACIÓN.

2.5 Que señala como su domicilio legal el inmueble ubicado en ... y su domicilio fiscal …

2.6 Que su registro federal de contribuyentes es …

3. POR LAS PARTES:

ÚNICA. De conformidad con los Antecedentes y Declaraciones anteriores, las partes

reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, asimismo conocen

el alcance y contenido de este Convenio y están de acuerdo en someterse a las

siguientes:

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C L Á U S U L A S

PRIMERA. OBJETO

Las partes convienen que el objeto del presente documento es el reconocimiento de la

cotitularidad de la “TECNOLOGÍA” así como de las patentes y/o solicitudes de patentes

que surjan de la misma, correspondiéndole un __% a la “UJAT” y un __% a

“__________”, de conformidad con los recursos humanos, financieros y materiales

aportados por cada una de las partes.

SEGUNDA. TÉRMINOS DE LA COTITULARIDAD

Ambas partes acuerdan conducir la cotitularidad referida en el presente Convenio con

base en los siguientes términos:

ADMINISTRACIÓN

a) Las partes acuerdan que la “UJAT” será la administradora de la cotitularidad.

b) La “UJAT” está autorizada para tomar en nombre de “__________” todas las decisiones relacionadas a los actos de conservación y administración diaria de la cotitularidad, tales como procedimientos para la obtención y mantenimiento de la patente y/o solicitudes de patentes que surjan de la “TECNOLOGÍA”.

c) Todos los costos, cargos, y gastos correspondientes o consecuentes a cualquier procedimiento para solicitud, mantenimiento y/o protección de las patentes serán por cuenta de y pagadas por las partes en cumplimiento con sus participaciones en la “TECNOLOGÍA” si no se conviene de otra manera.

d) La “UJAT” deberá informar a las partes con respecto a todas las decisiones relacionadas a los trámites, requerimientos y administración diaria de la cotitularidad.

e) La “UJAT” no emprenderá ningún acto de conservación o administración sin previo consentimiento escrito de las partes.

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USO Y EXPLOTACIÓN

a) Las partes están de acuerdo en utilizar libremente la invención y los derechos que de ella se derivan, para fines científicos, de investigación y desarrollo, así como en sus respectivas funciones académicas.

b) Para la explotación de la “TECNOLOGÍA”, por sí o por terceros, deberán contar con la autorización que por escrito otorguen las partes, a través de sus representantes legalmente autorizados, haciendo constar los términos y condiciones de la explotación, los beneficios que se obtendrán tomando en consideración los porcentajes de cotitularidad que cada una de ellas tiene, así como la forma, tiempo y lugar en que se podrá llevar a cabo.

c) Las partes podrán celebrar un contrato de licencia con terceras partes para la explotación de la “TECNOLOGÍA” mediante la formalización de los instrumentos jurídicos correspondientes, siempre y cuando se encuentren debidamente firmados por los representantes legales de cada una de las partes.

d) Todos los ingresos derivados de la explotación de cualquier licencia derivada de la “TECNOLOGÍA”, pertenecerá a las partes de acuerdo a su participación en la misma.

PROCEDIMIENTOS DE INFRACCIÓN

a) Las partes acuerdan que para iniciar cualquier procedimiento de infracción ante autoridades administrativas o judiciales en contra de terceros, que sin autorización hayan usado o explotado los derechos que ampara la “TECNOLOGÍA”, o bien que hayan causado daños, perjuicios o algún detrimento en su patrimonio, respecto de la patente en trámite u otorgada, deberán estar previamente conformes, ya que todos los costos, cargos y gastos pertinentes o consecuentes a tales procedimientos, serán por cuenta de y pagados por las partes en atención a la participación que cada una de ellas tiene en la “TECNOLOGÍA”, si no se conviene de otra manera.

b)

c) En caso de que una de las partes no esté dispuesta a llevar a cabo esos procedimientos, ésta deberá otorgar a las otras el derecho a hacerlo, permitiendo utilizar su nombre como codemandante. La parte demandante puede por su propia cuenta en todos aspectos realizar aquellos procedimientos e indemnizar a las otras partes por cualquier daño, costo u otra penalización que pueda ser adjudicada contra ellas como codemandantes, ya sea en forma conjunta o por separado.

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COMUNICACIONES

a) Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de este Convenio y por la facturación por el uso y/o explotación comercial de la “TECNOLOGÍA”, deberán dirigirse a los domicilios señalados en el apartado de declaraciones.

TERCERA. COMITÉ TÉCNICO

Las partes acuerdan constituir un Comité Técnico que coadyuve a la instrumentación

técnica y evaluación de las actividades que se deriven de este Convenio. Dicho Comité

estará integrado por uno o dos representantes de cada una de las partes, designándose:

Por la “UJAT”

Nombre: ______________________

Cargo: ________________________

Teléfono: (993) 3581500 Ext. ____

Correo electrónico: [email protected]

Por “__________”

Nombre: ______________________

Cargo: ________________________

Teléfono: (993) 3581500 Ext. ____

Correo electrónico: _________________

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CUARTA. RELACIÓN LABORAL

El personal comisionado por cada una de las partes para el cumplimiento del presente

instrumento, continuará relacionado laboralmente con la parte que lo empleó, sin que se

considere a la otra como patrón solidario o sustituto. Si en la realización de un programa

interviene personal que preste sus servicios a instituciones o personas distintas a las

partes, este personal continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha

institución, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con la

“UJAT”, ni con “__________”.

QUINTA. CONFIDENCIALIDAD

Las partes se hacen sabedoras de la importancia y ventajas industriales y comerciales que podrán obtener y que se deriven de los derechos de la “TECNOLOGÍA”; por tal motivo, convienen que la información que se proporcionen y que se genere para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, tendrá el carácter de información confidencial y no podrá ser divulgada sin la previa autorización por escrito de las mismas. Asimismo, se comprometen a que la información confidencial a la que tengan acceso, no podrán revelarla, divulgarla, trasmitirla, reproducirla, copiarla ni duplicarla, sin el consentimiento previo y por escrito de las partes y a adoptar las medidas necesarias a fin de salvaguardar la confidencialidad de dicha información, haciendo del conocimiento en forma inmediata de cualquier circunstancia que pudiera afectar la confidencialidad de la información a efecto de que se puedan tomar las medidas que se consideren pertinentes. SEXTA. PUBLICACIONES Las partes convienen que cualquiera de ellas podrá publicar los resultados de sus labores académicas o de otro tipo, dando el debido reconocimiento a los autores, previa autorización por escrito de la otra parte. Para ello someterá el manuscrito con ____ días de anterioridad a la fecha en que pretenda someter la publicación. Si pasado ese tiempo no tuviera respuesta de la otra parte, se entenderá que aquélla ha dado su autorización. En caso de que los trabajos que se deseen publicar se consideren de interés comercial,

las partes podrán publicar sólo hasta que la tecnología haya sido debidamente protegida,

ya sea en México o en los países en que se considere conveniente.

SÉPTIMA. MODIFICACIONES

El presente Convenio podrá ser modificado y/o adicionado mediante la firma del Convenio

Modificatorio o Addendum correspondiente.

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OCTAVA. RESPONSABILIDAD CIVIL

Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por los

daños y perjuicios que pudieran causarse, como consecuencia de caso fortuito o fuerza

mayor, particularmente por el paro de labores académicas o administrativas, en la

inteligencia de que, una vez superados los eventos, se reanudarán las actividades en la

forma y términos que determinen las partes.

NOVENA. VIGENCIA

El presente Convenio empezará a surtir efectos legales a partir de la fecha de su firma y

estará vigente durante todo el tiempo que permanezcan vigentes los derechos de

propiedad intelectual que se deriven de la “TECNOLOGÍA”.

DÉCIMA. RESCISIÓN Las partes convienen que será motivo de rescisión del presente Convenio:

a) El que alguna declaración de este documento sea falsa.

b) El incumplimiento de alguna de las obligaciones consignadas en este instrumento.

c) Que “__________” sea declarada en concurso mercantil en cualquiera de sus etapas.

DÉCIMA PRIMERA. PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN Si alguna de las partes considera que la contraparte ha incurrido en algunas de las causas de rescisión que se consignan en este instrumento, lo comunicará por escrito a la otra, a fin de que la misma, en un plazo de 10 (diez) días hábiles, exponga lo que a su derecho convenga. Si después de analizar las razones aducidas, la parte demandante estima que las mismas no son satisfactorias, optará por exigir el cumplimiento del Convenio, o bien la rescisión del mismo. En caso de terminación anticipada o rescisión, las partes tomarán todas las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros.

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DÉCIMA SEGUNDA. TERMINACIÓN ANTICIPADA Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente instrumento con antelación a

su vencimiento mediante aviso por escrito a su contraparte, notificándola con 15 (quince)

días naturales de anticipación. En tal caso, ambas partes tomaran las medidas necesarias

para evitar perjuicios tanto a ellos como a terceros.

DÉCIMA TERCERA. ENCABEZADOS Y DEFINICIONES

Los encabezados y definiciones contenidos en este documento se han utilizado por

conveniencia, brevedad y para fácil identificación de cláusulas y términos y en ningún

momento se entenderá que dichos encabezados y definiciones limitan o alteran el

acuerdo de las partes contenido en el clausulado del presente Convenio.

DÉCIMA CUARTA. INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Las partes manifiestan que el presente Convenio es producto de su buena fe, por lo que

realizarán todas las acciones posibles para lograr su debido cumplimiento; y en caso de

presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación o ejecución, la resolverán de

mutuo acuerdo y por escrito las diferencias a través del Comité Técnico a que alude la

Cláusula Tercera del presente instrumento, o las personas que las partes designen para

ello.

Si en última instancia las partes no llegaran a ningún acuerdo, se someterán a la

jurisdicción de los Tribunales del Estado de Tabasco, renunciando al fuero que les pudiera

corresponder, en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.

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Previa lectura y en pleno conocimiento de su contenido se suscribe por duplicado en la

Ciudad de Villahermosa, Tabasco a los _______ días del mes de ____________ del año

dos mil trece.

POR LA “UJAT”

________________________________

Dr. José Manuel Piña Gutiérrez Rector

______________________________

__

Dr. Wilfrido Miguel Contreras

Sánchez

Secretario de Investigación,

Posgrado y Vinculación

______________________________

__

------------------------------------------

Director de ______________

POR “__________”

________________________________

Nombre Cargo

____________________________

____

Nombre

Cargo

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CONVENIO DE LICENCIAMIENTO DE TECNOLOGÍA

QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE

LA UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO

Y POR LA OTRA PARTE

EL

Villahermosa, Tabasco. __ de ____ de 2013

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CONVENIO DE LICENCIAMIENTO DE TECNOLOGÍA QUE CELEBRAN, POR UNA

PARTE, LA UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO, REPRESENTADA

POR EL DR. JOSÉ MANUEL PIÑA GUTIÉRREZ, EN SU CALIDAD DE RECTOR,

ASISTIDO POR EL DR. WILFRIDO MIGUEL CONTRERAS SÁNCHEZ, SECRETARIO

DE INVESTIGACIÓN, POSGRADO Y VINCULACIÓN, Y POR LA OTRA, (ASENTAR EL

NOMBRE DE LA OTRA PARTE), REPRESENTADO POR (ASENTAR NOMBRE Y

CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA OTRA PARTE), PARTES A LAS QUE EN LO

SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO LA “UJAT” Y (ASENTAR ENTRE

COMILLAS LAS SIGLAS DE LA OTRA PARTE), RESPECTIVAMENTE, DE

CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS

SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

PRIMERO. Que con fecha ________________, ambas partes celebraron un Convenio

General de Colaboración con objeto de (ASENTAR EL OBJETO DEL CONVENIO

GENERAL ALUDIDO).

SEGUNDO. Que en la Cláusula (ASENTAR EL NÚMERO DE LA CLÁUSULA QUE

HACE REFERENCIA A CONVENIOS ESPECÍFICOS) de dicho Convenio se estableció

que las partes podrán celebrar Convenios Específicos de Colaboración, por cada uno de

los proyectos que sean aprobados.

TERCERO. Que el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte del

Convenio General de Colaboración antes mencionado.

DECLARACIONES

4. POR LA “UJAT”:

1.9. Que es un Organismo Público Descentralizado del Estado de Tabasco, con autonomía constitucional, personalidad jurídica y patrimonio propios, como lo prevé su Ley Orgánica publicada mediante Decreto 0662, en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno Constitucional del Estado de Tabasco, Época 6º, de fecha Diciembre 19 de 1987.

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Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

1.10. De conformidad con lo establecido en el Artículo 23 de su Ley Orgánica, la representación legal de la “UJAT” recae en su Rector el C. Dr. José Manuel Piña Gutiérrez, quien está facultado para suscribir el presente Convenio, de acuerdo con el nombramiento de fecha 19 de enero de 2012 emitido por la H. Junta de Gobierno de la “UJAT”, el cual se protocolizó en la Escritura Pública No. Tres mil novecientos cincuenta y nueve, Volumen XIV, de fecha diecinueve de enero de dos mil doce, ante la fe del Licenciado Leonardo de Jesús Sala Poisot, Notario Público Número 32, con adscripción en la Ciudad de Villahermosa, Tabasco.

1.11. Que el Dr. Wilfrido Miguel Contreras Sánchez, acredita su carácter de Secretario de Investigación, Posgrado y Vinculación mediante nombramiento otorgado por el Rector de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, de fecha 23 de enero de 2012 y cuenta con todas las atribuciones que le corresponden para suscribir el presente convenio, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, ni limitadas en forma alguna.

1.12. Que de acuerdo al Artículo 4 de su Ley Orgánica tiene por objeto: I. Impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, que satisfagan prioritariamente las necesidades planteadas por el desarrollo económico, social y cultural del Estado de Tabasco; II. Organizar y desarrollar actividades de investigación científica, tecnológica y humanística como tarea permanente de renovación del conocimiento y como una acción orientada a la solución de problemas en diversos órdenes del Estado, la Región y la Nación; y III. Preservar y difundir la cultura a todos los sectores de la población con propósitos de integración, superación y transformación de la sociedad, así como extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la educación universitaria.

1.13. Que una de sus funciones es promover convenios de apoyo y coordinación en materia de docencia, investigación, difusión y extensión con otras instituciones.

1.14. Para los efectos a que haya lugar con motivo de la firma del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en la Avenida Universidad s/n, Zona de la Cultura, Col. Magisterial, C.P. 86040, en esta Ciudad de Villahermosa, Centro, Tabasco.

1.15. Que su registro federal de contribuyentes es UJA-580101-4N3.

1.16. Que cuenta con el registro de patente/diseño industrial/modelo de utilidad número _______, expedida el ___ de __________ de ____ por el Instituto Mexicano de la

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Propiedad Industrial, el cual protege los derechos de explotación relacionados con el desarrollo tecnológico objeto del presente Convenio.

Del mismo modo la patente/diseño industrial/modelo de utilidad cuenta con

protección en Nombre del País(es) bajo los siguientes registros:

a) País: Registro ________ expedida el ___ de __________ de ____ por el ______________________________.

5. POR “__________”:

5.1 (SEÑALAR SU NATURALEZA JURÍDICA) Y ACREDITAR CON DOCUMENTACIÓN LA PERSONALIDAD DE LA EMPRESA, INSTITUCIÓN, DEPENDENCIA O DE LA PERSONA MORAL QUE CELEBRE EL CONVENIO.

5.2 Que tiene como objetivos, entre otros, ..

5.3 Que entre sus funciones está... 5.4 (LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE SU REPRESENTANTE LEGAL)

ACREDITARLA CON DOCUMENTACIÓN.

5.5 Que señala como su domicilio legal el inmueble ubicado en ... y su domicilio fiscal …

5.6 Que su registro federal de contribuyentes es …

6. POR LAS PARTES:

ÚNICA. De conformidad con los Antecedentes y Declaraciones anteriores, las partes

reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, asimismo conocen

el alcance y contenido de este Convenio y están de acuerdo en someterse a las

siguientes:

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Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

C L Á U S U L A S

PRIMERA. OBJETO

Las partes convienen que el objeto del presente documento es establecer los términos y

condiciones de colaboración a través de los cuales la “UJAT” licenciará a “__________”

el uso y/o explotación de la patente/diseño industrial/modelo de utilidad descrita en la

Declaración número 1.8 del presente Convenio (En lo subsecuente referido como la

“TECNOLOGÍA”).

SEGUNDA. FORMA DEL LICENCIAMIENTO

Ambas partes aceptan desde este momento que el licenciamiento objeto del presente

instrumento será de forma exclusiva/no exclusiva.

La exclusividad estará condicionada a que “__________” inicie la explotación comercial

de la “TECNOLOGÍA” dentro de los ____ años posteriores a la fecha de la firma del

presente Convenio.

Por lo antes descrito, “__________” está de acuerdo en que una vez cumplido el plazo

definido en la presente Cláusula sin que se haya iniciado la explotación comercial de la

“TECNOLOGÍA”, la “UJAT” estará en pleno derecho de retirar la licencia de uso y/o

explotación o en su caso otorgar de licencias no exclusivas adicionales a terceros.

TERCERA. OBLIGACIONES DE LA “UJAT”

Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, la “UJAT” tendrá como

obligaciones las siguientes:

a) Dar las facilidades administrativas a su personal involucrado para garantizar el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente Convenio.

b) Entregar a “__________” los comprobantes fiscales que amparen la transferencia de los recursos establecidos en la Cláusula Tercera del presente instrumento.

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c) Dentro de los ___ días naturales a la fecha de firma del presente Convenio deberá entregar a “__________” la documentación necesaria para el adecuado uso y/o explotación de la “TECNOLOGÍA”.

d) Proporcionar al personal de “__________” un total de __ horas de capacitación con el objeto de completar la asimilación de la “TECNOLOGÍA”.

CUARTA. OBLIGACIONES DE “__________”

Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, “__________” tendrá

como obligaciones las siguientes:

f) “__________” se compromete a transferir recursos económicos a la “UJAT” consistentes en $____________ (___________________________ PESOS 00/100 M.N.) a la firma del presente Convenio.

g) Transferir anualmente a la “UJAT” el equivalente en moneda nacional del __% de las ventas que en México o en el Extranjero realice “__________” de la “TECNOLOGÍA” durante ____ años contados a partir de la fecha de firma del presente instrumento.

h) Entregar anualmente a la “UJAT” un informe financiero, con copia de los comprobantes de las ventas totales que realice de la “TECNOLOGÍA” y permitir que los representantes de la “UJAT”, siempre que ésta lo solicite por escrito, el acceso a sus libros e información contable.

i) Permitir las facilidades financieras y administrativas a su personal para que reciban la capacitación necesaria para el uso y/o explotación de la “TECNOLOGÍA”.

QUINTA. COMUNICACIONES

Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de este Convenio, deberán dirigirse a

los domicilios señalados en el apartado de declaraciones.

Page 18: CONVENIO DE COTITULARIDAD DE PATENTE QUE CELEBRAN, … · Para los efectos a que haya lugar con motivo de la firma del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en la Avenida

Av. 27 de Febrero No. 626, Col. Centro CP. 86000 Villahermosa, Centro, Tabasco

Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

SEXTA. COMITÉ TÉCNICO

Las partes acuerdan constituir un Comité Técnico que coadyuve a la instrumentación

técnica y evaluación de las actividades que se deriven de este Convenio. Dicho Comité

estará integrado por uno o dos representantes de cada una de las partes, designándose:

Por la “UJAT”

Responsable de Seguimiento Responsable Técnico

Nombre: ______________________

Cargo: ________________________

Teléfono: (993) 3581500 Ext. ____

Correo electrónico: [email protected]

Nombre: ______________________

Cargo: ________________________

Teléfono: (993) 3581500 Ext. ____

Correo electrónico: [email protected]

Por “__________”

Responsable de Seguimiento Responsable Técnico

Nombre: ______________________

Cargo: ________________________

Teléfono: (993) 3581500 Ext. ____

Correo electrónico: _________________

Nombre: ______________________

Cargo: ________________________

Teléfono: (993) 3581500 Ext. ____

Correo electrónico: _________________

SÉPTIMA. RELACIÓN LABORAL

El personal comisionado por cada una de las partes para el cumplimiento del presente

instrumento, continuará relacionado laboralmente con la parte que lo empleó, sin que se

considere a la otra como patrón solidario o sustituto. Si en la realización de un programa

interviene personal que preste sus servicios a instituciones o personas distintas a las

partes, este personal continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha

institución, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con la

“UJAT”, ni con “__________”.

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Av. 27 de Febrero No. 626, Col. Centro CP. 86000 Villahermosa, Centro, Tabasco

Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

OCTAVA. PROPIEDAD INTELECTUAL

Las partes reconocen que la “TECNOLOGÍA” es propiedad de la “UJAT”. “__________” podrá solicitar a su nombre las marcas para el producto que comercialice como parte del uso y/o explotación de la “TECNOLOGÍA”, informando de ello oportunamente y por escrito a la “UJAT”.

NOVENA. EXPLOTACIÓN POR TERCEROS La “TECNOLOGÍA” podrá transferirse a un tercero para su uso y/o explotación, previo

consentimiento expreso y por escrito de la “UJAT”, en los términos que ambas partes

acuerden y siempre que se respeten los términos y condiciones contenidos en el presente

Convenio. En este caso, la explotación de la “TECNOLOGÍA”, se entenderá como

realizada por “__________”.

DÉCIMA. CONFIDENCIALIDAD

Las partes se comprometen a mantener confidencialidad respecto a las actividades materia de este Convenio, hasta diez años después del término de la vigencia del mismo.

La información derivada de este instrumento, no será divulgada a un tercero sin la previa autorización por escrito de las partes. Esta autorización será solicitada por escrito a la otra parte con cinco días calendario de anticipación. Si al término de este plazo, la parte solicitante no recibe respuesta, se entenderá que la otra parte ha otorgado su consentimiento.

Ninguna de las partes usará el nombre de la otra parte para propaganda, publicidad,

notas, etiquetado de producto o para cualquier otro propósito, a menos de que cuente con

el consentimiento expreso y por escrito de la otra parte.

DÉCIMA PRIMERA. PUBLICACIONES Las partes convienen que cualquiera de ellas podrá publicar los resultados de sus labores académicas o de otro tipo, dando el debido reconocimiento a los autores, previa autorización por escrito de la otra parte. Para ello someterá el manuscrito con ____ días de anterioridad a la fecha en que pretenda someter la publicación. Si pasado ese tiempo no tuviera respuesta de la otra parte, se entenderá que aquélla ha dado su autorización.

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Av. 27 de Febrero No. 626, Col. Centro CP. 86000 Villahermosa, Centro, Tabasco

Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

En caso de que los trabajos que se deseen publicar se consideren de interés comercial,

las partes podrán publicar sólo hasta que la tecnología haya sido debidamente protegida,

ya sea en México o en los países en que se considere conveniente.

DÉCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES

El presente Convenio podrá ser modificado y/o adicionado mediante la firma del Convenio

Modificatorio o Addendum correspondiente.

DÉCIMA TERCERA. RESPONSABILIDAD CIVIL

Que expresamente pactado que la “UJAT” no tendrá responsabilidad civil por daños o

perjuicios que se pudieran causar a terceros, con motivo de la utilización de los resultados

de las actividades de este Convenio, así como tampoco por la aplicación de la

“TECNOLOGÍA” y las investigaciones realizadas.

Queda expresamente pactado que en la explotación comercial de la “TECNOLOGÍA” o de cualquier mejora a la misma que surgiera de las actividades objeto del presente instrumento, por parte de “__________”, ésta asume toda la responsabilidad por este concepto, como el pago de los daños y perjuicios que pudieran surgir como consecuencia de dicha explotación, y mantendrá a salvo y defenderá a la “UNAM” de cualquier demanda que pudiera surgir en su contra por dichos daños.

“__________” se encargará de gestionar los permisos que sean necesarios ante las

autoridades competentes para la comercialización de la “TECNOLOGÍA”.

DÉCIMA CUARTA. VIGENCIA

El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y tendrá una vigencia de

(SEÑALAR CON LETRA EL TIEMPO NECESARIO PARA EL DESARROLLO DE LAS

ACTIVIDADES OBJETO DEL CONVENIO), pudiendo prorrogarse previo acuerdo por

escrito entre las partes, dentro de los treinta días naturales anteriores a su vencimiento.

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Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

DÉCIMA QUINTA. RESCISIÓN Las partes convienen que será motivo de rescisión del presente Convenio:

a) El que alguna declaración de este documento sea falsa.

b) El incumplimiento de alguna de las obligaciones consignadas en este instrumento.

c) Que “__________” sea declarada en concurso mercantil en cualquiera de sus etapas.

DÉCIMA SEXTA. PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN Si alguna de las partes considera que la contraparte ha incurrido en algunas de las causas de rescisión que se consignan en este instrumento, lo comunicará por escrito a la otra, a fin de que la misma, en un plazo de 10 (diez) días hábiles, exponga lo que a su derecho convenga. Si después de analizar las razones aducidas, la parte demandante estima que las mismas no son satisfactorias, optará por exigir el cumplimiento del Convenio, o bien la rescisión del mismo. En caso de terminación anticipada o rescisión, las partes tomarán todas las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros. En caso de terminación anticipada o rescisión, “__________” se abstendrá de seguir explotando la “TECNOLOGÍA” objeto del presente Convenio, y destruirá todas y cada una de las copias de la documentación que haya recibido de la “UJAT” como parte del licenciamiento. DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente instrumento con antelación a

su vencimiento mediante aviso por escrito a su contraparte, notificándola con 15 (quince)

días naturales de anticipación. En tal caso, ambas partes tomaran las medidas necesarias

para evitar perjuicios tanto a ellos como a terceros.

DÉCIMA OCTAVA. ENCABEZADOS Y DEFINICIONES

Los encabezados y definiciones contenidos en este documento se han utilizado por

conveniencia, brevedad y para fácil identificación de cláusulas y términos y en ningún

momento se entenderá que dichos encabezados y definiciones limitan o alteran el

acuerdo de las partes contenido en el clausulado del presente Convenio.

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Av. 27 de Febrero No. 626, Col. Centro CP. 86000 Villahermosa, Centro, Tabasco

Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

POR LA “UJAT”

________________________________ Dr. José Manuel Piña Gutiérrez

Rector

________________________________

Dr. Wilfrido Miguel Contreras Sánchez

Secretario de Investigación, Posgrado y

Vinculación

POR “__________”

________________________________ Nombre Cargo

________________________________

Nombre

Cargo

DÉCIMA NOVENA. INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Las partes manifiestan que el presente Convenio es producto de su buena fe, por lo que

realizarán todas las acciones posibles para lograr su debido cumplimiento; y en caso de

presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación o ejecución, la resolverán de

mutuo acuerdo y por escrito las diferencias a través del Comité Técnico a que alude la

Cláusula Sexta del presente instrumento, o las personas que las partes designen para

ello.

Si en última instancia las partes no llegaran a ningún acuerdo, se someterán a la

jurisdicción de los Tribunales del Estado de Tabasco, renunciando al fuero que les pudiera

corresponder, en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.

Previa lectura y en pleno conocimiento de su contenido se suscribe por duplicado en la

Ciudad de Villahermosa, Tabasco a los _______ días del mes de ____________ del año

dos mil trece.

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Av. 27 de Febrero No. 626, Col. Centro CP. 86000 Villahermosa, Centro, Tabasco

Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN

MATERIA DE DESARROLLO TECNOLÓGICO

QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE

LA UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO

Y POR LA OTRA PARTE

EL

Villahermosa, Tabasco. __ de ____ de 2013

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Av. 27 de Febrero No. 626, Col. Centro CP. 86000 Villahermosa, Centro, Tabasco

Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE DESARROLLO

TECNOLÓGICO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD JUÁREZ

AUTÓNOMA DE TABASCO, REPRESENTADA POR EL DR. JOSÉ MANUEL PIÑA

GUTIÉRREZ, EN SU CALIDAD DE RECTOR, ASISTIDO POR EL DR. WILFRIDO

MIGUEL CONTRERAS SÁNCHEZ, SECRETARIO DE INVESTIGACIÓN, POSGRADO Y

VINCULACIÓN, Y POR LA OTRA, (ASENTAR EL NOMBRE DE LA OTRA PARTE),

REPRESENTADO POR (ASENTAR NOMBRE Y CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA

OTRA PARTE), PARTES A LAS QUE EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO

LA “UJAT” Y (ASENTAR ENTRE COMILLAS LAS SIGLAS DE LA OTRA PARTE),

RESPECTIVAMENTE, DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES,

DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

PRIMERO. Que con fecha ________________, ambas partes celebraron un Convenio

General de Colaboración con objeto de (ASENTAR EL OBJETO DEL CONVENIO

GENERAL ALUDIDO).

SEGUNDO. Que en la Cláusula (ASENTAR EL NÚMERO DE LA CLÁUSULA QUE

HACE REFERENCIA A CONVENIOS ESPECÍFICOS) de dicho Convenio se estableció

que las partes podrán celebrar Convenios Específicos de Colaboración, por cada uno de

los proyectos que sean aprobados.

TERCERO. Que el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte del

Convenio General de Colaboración antes mencionado.

DECLARACIONES

7. POR LA “UJAT”:

1.17. Que es un Organismo Público Descentralizado del Estado de Tabasco, con autonomía constitucional, personalidad jurídica y patrimonio propios, como lo prevé su Ley Orgánica publicada mediante Decreto 0662, en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno Constitucional del Estado de Tabasco, Época 6º, de fecha Diciembre 19 de 1987.

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Av. 27 de Febrero No. 626, Col. Centro CP. 86000 Villahermosa, Centro, Tabasco

Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

1.18. De conformidad con lo establecido en el Artículo 23 de su Ley Orgánica, la representación legal de la “UJAT” recae en su Rector el C. Dr. José Manuel Piña Gutiérrez, quien está facultado para suscribir el presente Convenio, de acuerdo con el nombramiento de fecha 19 de enero de 2012 emitido por la H. Junta de Gobierno de la “UJAT”, el cual se protocolizó en la Escritura Pública No. Tres mil novecientos cincuenta y nueve, Volumen XIV, de fecha diecinueve de enero de dos mil doce, ante la fe del Licenciado Leonardo de Jesús Sala Poisot, Notario Público Número 32, con adscripción en la Ciudad de Villahermosa, Tabasco.

Que el Dr. Wilfrido Miguel Contreras Sánchez, acredita su carácter de Secretario de

Investigación, Posgrado y Vinculación mediante nombramiento otorgado por el

1.19. Rector de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, de fecha 23 de enero de 2012 y cuenta con todas las atribuciones que le corresponden para suscribir el presente convenio, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, ni limitadas en forma alguna.

1.20. Que de acuerdo al Artículo 4 de su Ley Orgánica tiene por objeto: I. Impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, que satisfagan prioritariamente las necesidades planteadas por el desarrollo económico, social y cultural del Estado de Tabasco; II. Organizar y desarrollar actividades de investigación científica, tecnológica y humanística como tarea permanente de renovación del conocimiento y como una acción orientada a la solución de problemas en diversos órdenes del Estado, la Región y la Nación; y III. Preservar y difundir la cultura a todos los sectores de la población con propósitos de integración, superación y transformación de la sociedad, así como extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la educación universitaria.

1.21. Que una de sus funciones es promover convenios de apoyo y coordinación en materia de docencia, investigación, difusión y extensión con otras instituciones.

1.22. Para los efectos a que haya lugar con motivo de la firma del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en la Avenida Universidad s/n, Zona de la Cultura, Col. Magisterial, C.P. 86040, en esta Ciudad de Villahermosa, Centro, Tabasco.

1.23. Que su registro federal de contribuyentes es UJA-580101-4N3.

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Av. 27 de Febrero No. 626, Col. Centro CP. 86000 Villahermosa, Centro, Tabasco

Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

8. POR “__________”:

8.1 (SEÑALAR SU NATURALEZA JURÍDICA) Y ACREDITAR CON DOCUMENTACIÓN LA PERSONALIDAD DE LA EMPRESA, INSTITUCIÓN, DEPENDENCIA O DE LA PERSONA MORAL QUE CELEBRE EL CONVENIO.

8.2 Que tiene como objetivos, entre otros, ..

8.3 Que entre sus funciones está...

8.4 (LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE SU REPRESENTANTE LEGAL) ACREDITARLA CON DOCUMENTACIÓN.

8.5 Que señala como su domicilio legal el inmueble ubicado en ... y su domicilio fiscal …

8.6 Que su registro federal de contribuyentes es …

9. POR LAS PARTES:

ÚNICA. De conformidad con los Antecedentes y Declaraciones anteriores, las partes

reconocen su personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, asimismo conocen

el alcance y contenido de este Convenio y están de acuerdo en someterse a las

siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA. OBJETO

Las partes convienen que el objeto del presente documento es establecer los términos y

condiciones de colaboración a través de los cuales realizarán el desarrollo tecnológico

consistente en/denominado “______________________” (En lo subsecuente referido

como el “DESARROLLO TECNOLÓGICO”).

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Av. 27 de Febrero No. 626, Col. Centro CP. 86000 Villahermosa, Centro, Tabasco

Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LA “UJAT”

Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, la “UJAT” tendrá como

obligaciones las siguientes:

e) Dar las facilidades administrativas a su personal involucrado en la realización del “DESARROLLO TECNOLÓGICO” para garantizar el cumplimiento de los compromisos y todas sus etapas dentro de los plazos y las especificaciones técnicas definidos en el presente Convenio y su Programa de Trabajo.

f) Destinar los recursos económicos mencionados en la Cláusula Tercera de manera exclusiva para la realización del “DESARROLLO TECNOLÓGICO” en los términos señalados en el presente Convenio y su Programa de Trabajo.

g) Reintegrar a “__________” los remanentes y fondos no ejercidos a la conclusión del “DESARROLLO TECNOLÓGICO”.

h) Entregar a “__________” los comprobantes fiscales que amparen la transferencia de los recursos establecidos en la Cláusula Tercera del presente instrumento.

i) Permitir el uso de sus instalaciones necesarias para la realización del “DESARROLLO TECNOLÓGICO”.

j) Coadyuvar con “__________” en la integración de los informes técnicos y financieros que a su vez entregue a _____________________.

TERCERA. OBLIGACIONES DE “__________”

Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, “__________” tendrá

como obligaciones las siguientes:

a) Para la realización del “DESARROLLO TECNOLÓGICO”, objeto del presente Convenio, “__________” se compromete a transferir recursos económicos a la “UJAT” consistentes en $____________ (___________________________ PESOS 00/100 M.N.).

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Av. 27 de Febrero No. 626, Col. Centro CP. 86000 Villahermosa, Centro, Tabasco

Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

b) Suministrar toda aquella información que asegure el adecuado desarrollo del “DESARROLLO TECNOLÓGICO”.

c) Suministrar los insumos y/o materiales necesarios para el desarrollo de las actividades materia del presente Convenio y su Programa de Trabajo.

d) Facilitar el acceso a sus instalaciones, para la realización de las pruebas y recolección de datos necesarios para el “DESARROLLO TECNOLÓGICO”.

CUARTA. COMUNICACIONES

Las comunicaciones referentes a cualquier aspecto de este Convenio, deberán dirigirse a

los domicilios señalados en el apartado de declaraciones.

QUINTA. COMITÉ TÉCNICO

Las partes acuerdan constituir un Comité Técnico que coadyuve a la instrumentación

técnica y evaluación de las actividades que se deriven de este Convenio. Dicho Comité

estará integrado por uno o dos representantes de cada una de las partes, designándose:

Por la “UJAT”

Responsable de Seguimiento Responsable Técnico

Nombre: ______________________

Cargo: ________________________

Teléfono: (993) 3581500 Ext. ____

Correo electrónico: [email protected]

Nombre: ______________________

Cargo: ________________________

Teléfono: (993) 3581500 Ext. ____

Correo electrónico: [email protected]

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Av. 27 de Febrero No. 626, Col. Centro CP. 86000 Villahermosa, Centro, Tabasco

Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

Por “__________”

Responsable de Seguimiento Responsable Técnico

Nombre: ______________________

Cargo: ________________________

Teléfono: (993) 3581500 Ext. ____

Correo electrónico: _________________

Nombre: ______________________

Cargo: ________________________

Teléfono: (993) 3581500 Ext. ____

Correo electrónico: _________________

SEXTA. RELACIÓN LABORAL

El personal comisionado por cada una de las partes para el cumplimiento del presente

instrumento, continuará relacionado laboralmente con la parte que lo empleó, sin que se

considere a la otra como patrón solidario o sustituto. Si en la realización de un programa

interviene personal que preste sus servicios a instituciones o personas distintas a las

partes, este personal continuará siempre bajo la dirección y dependencia de dicha

institución, por lo que su intervención no originará relación de carácter laboral con la

“UJAT”, ni con “__________”.

SÉPTIMA. PROPIEDAD INTELECTUAL

Los derechos de propiedad intelectual que pudieran surgir con motivo de las actividades desarrolladas y derivadas del objeto del presente instrumento corresponderán a ambas partes en igual porcentaje otorgando en todo momento, el debido reconocimiento moral a las personas que hayan intervenido en la realización o generación de algún derecho intelectual, que se encuentre regulado en la Ley Federal del Derecho de Autor y/o en la Ley de la Propiedad Industrial. Las partes acuerdan que la “UJAT" podrá utilizar la información o resultado de los trabajos que se deriven del presente instrumento y que no sea de carácter confidencial y que se deriven del presente instrumento, para los fines propios de su naturaleza académica, de docencia y/o investigación. Las publicaciones que lleguen a emitirse como resultado de los trabajos conjuntos se realizarán de común acuerdo y previa protección legal que proceda, gozando conjuntamente de los reconocimientos que por este concepto se generen.

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Av. 27 de Febrero No. 626, Col. Centro CP. 86000 Villahermosa, Centro, Tabasco

Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

Asimismo, las partes acuerdan que las estrategias de protección de la propiedad intelectual, los encargados de realizar las gestiones de la protección ante las oficinas las oficinas de propiedad intelectual, el pago de los costos de la protección y las fechas en las que se decida iniciar el proceso de la protección de la propiedad intelectual serán determinados por mutuo acuerdo.

OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD

Las partes se comprometen a mantener confidencialidad respecto a las actividades materia de este Convenio, hasta diez años después del término de la vigencia del mismo. La información derivada de este instrumento, no será divulgada a un tercero sin la previa autorización por escrito de las partes. Esta autorización será solicitada por escrito a la otra parte con cinco días calendario de anticipación. Si al término de este plazo, la parte solicitante no recibe respuesta, se entenderá que la otra parte ha otorgado su consentimiento.

Ninguna de las partes usará el nombre de la otra parte para propaganda, publicidad,

notas, etiquetado de producto o para cualquier otro propósito, a menos de que cuente con

el consentimiento expreso y por escrito de la otra parte.

NOVENA. MODIFICACIONES

El presente Convenio podrá ser modificado y/o adicionado mediante la firma del Convenio

Modificatorio o Addendum correspondiente.

DÉCIMA. RESPONSABILIDAD CIVIL

Ambas partes estarán exentas de toda responsabilidad civil por los daños y perjuicios que

se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del presente Convenio,

debido a caso fortuito, o fuerza mayor, entendiéndose por esto a todo acontecimiento,

presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que esté fuera del dominio de

la voluntad, que no pueda preverse o que aún previéndose no pueda evitarse, incluyendo

la huelga y el paro de labores académicas o administrativas. En tales supuestos las partes

revisarán de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases de su

finiquito.

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DÉCIMA PRIMERA. VIGENCIA

El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y tendrá una vigencia de

(SEÑALAR CON LETRA EL TIEMPO NECESARIO PARA EL DESARROLLO DE LAS

ACTIVIDADES OBJETO DEL CONVENIO), pudiendo prorrogarse previo acuerdo por

escrito entre las partes, dentro de los treinta días naturales anteriores a su vencimiento.

DÉCIMA SEGUNDA. TERMINACIÓN ANTICIPADA

Se podrá dar por terminado el presente instrumento mediante aviso que por escrito y con

treinta días de anticipación, presente una de las partes a la otra, sin perjuicio de los

trabajos que se estén desarrollando a la fecha, los que deberán continuarse hasta su total

terminación, salvo mutuo acuerdo en contrario y procederán a formalizar el Acuerdo de

Finiquito correspondiente.

DÉCIMA TERCERA. RESCISIÓN

El presente Convenio se podrá rescindir en forma administrativa y sin necesidad de

declaración judicial, en caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones

contraídas por cada una de las partes.

La parte afectada podrá optar por exigir el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la

contraparte, o bien, declarar administrativamente la rescisión del convenio, en cuyo caso,

estará obligada a resarcir los daños y perjuicios que se ocasionen con motivo de su

incumplimiento, en los términos de la legislación civil estatal aplicable.

DÉCIMA CUARTA. ENCABEZADOS Y DEFINICIONES

Los encabezados y definiciones contenidos en este documento se han utilizado por

conveniencia, brevedad y para fácil identificación de cláusulas y términos y en ningún

momento se entenderá que dichos encabezados y definiciones limitan o alteran el

acuerdo de las partes contenido en el clausulado del presente Convenio.

DÉCIMA QUINTA. INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

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Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

POR LA “UJAT”

________________________________ Dr. José Manuel Piña Gutiérrez

Rector

________________________________

Dr. Wilfrido Miguel Contreras Sánchez

Secretario de Investigación, Posgrado y

Vinculación

POR “__________”

________________________________ Nombre Cargo

________________________________

Nombre

Cargo

Las partes manifiestan que el presente Convenio es producto de su buena fe, por lo que

realizarán todas las acciones posibles para lograr su debido cumplimiento; y en caso de

presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación o ejecución, la resolverán de

mutuo acuerdo y por escrito las diferencias a través del Comité Técnico a que alude la

Cláusula Quinta del presente instrumento, o las personas que las partes designen para

ello.

Si en última instancia las partes no llegaran a ningún acuerdo, se someterán a la

jurisdicción de los Tribunales del Estado de Tabasco, renunciando al fuero que les pudiera

corresponder, en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.

Previa lectura y en pleno conocimiento de su contenido se suscribe por duplicado en la

Ciudad de Villahermosa, Tabasco a los _______ días del mes de ____________ del año

dos mil trece.

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Av. 27 de Febrero No. 626, Col. Centro CP. 86000 Villahermosa, Centro, Tabasco

Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

PROGRAMA DE TRABAJO

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Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

PROGRAMA DE TRABAJO DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN

MATERIA DE DESARROLLO TECNOLÓGICO QUE CELEBRAN LA UNIVERSIDAD

JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO Y _________________ CON FECHA __ DE

___________ DE ____.

1.- Descripción de la Tecnología

2.- Aplicación Industrial

3.- Descripción de la Etapas

4.- Presupuesto

5.- Cronograma

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Teléfono: (01 993) 3581500 Ext. 5028 Correo electrónico: [email protected]

CARTA DE CONFIDENCIALIDAD

_____________________, en mi carácter de (Profesor-Investigador, Técnico Académico, Estudiante de Licenciatura/Posgrado, Prestador de Servicio Social, Tesista, Estudiante Visitante, Becario, etc.) en la (División Académica ______________), de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco (“UJAT”), me doy por notificado(a) y estoy conforme en que toda la información, datos, bitácoras (o partes de estas) y materiales (o sus derivados), generados o utilizados en el desarrollo del (los) proyecto(s) de investigación en los que participo o participé durante mis (labores, estudios, estancia, permanencia, etc.), son propiedad exclusiva de la “UJAT” y tienen el carácter de confidencial. Por lo que me está prohibido extraerlos de las instalaciones de la “UJAT”, así como utilizarlos en cualquier ámbito ajeno a la misma, sin el previo permiso expreso y por escrito de la “UJAT” con lo que asumo cualquier responsabilidad por el manejo indebido que haga de esta información o resultados, así como por los eventuales daños y perjuicios que pudiese ocasionar a la “UJAT” en caso de no respetar esta prohibición.

Asimismo, estoy consciente de que los resultados del proyecto o de los proyectos en que participe, podrían ser objeto de protección como propiedad intelectual (patentes, marcas, derechos de autor, etc.), en México o en el extranjero, por lo que reconozco que la titularidad de esos derechos corresponde a la “UJAT” , y desde este momento me obligo a ceder a favor de la “UJAT” mis derechos patrimoniales sobre los mismos, firmando cuando así me lo soliciten el documento de cesión de derechos correspondiente, y a no buscar por mi cuenta (o conjuntamente con terceros), su protección o explotación.

Villahermosa, Tabasco, México a __ de ___________ de _____.

_________________________ (nombre, firma y domicilio)

TESTIGOS

_________________________ (nombre, firma y domicilio)

_________________________ (nombre, firma y domicilio)