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Página 1 de 4 CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPAÑA) Y LA UNIVERSIDADE ..................................................................... REUNIDOS De una parte, el Sr. D. MIGUEL ÁNGEL CASTRO ARROYO, Rector de la Universidad de Sevilla, nombrado en virtud de Decreto 4/2016 de 12 de enero de la Junta de Andalucía, y cuya representación legal ostenta, según dispone el art. 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como el art. 19 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, aprobado por Decreto 324/2003, de 25 de noviembre. De otra parte, el Sr. D. Nuno André de Oliveira Mangas Pereira, Sr. Presidente del Instituto Politécnico de Leiria y cuya representación legal ostenta, según dispone el art. 92, número 1, alinea u) de la Ley 62/2007, de 10 de septiembre. Las partes, en nombre y representación de sus respectivas Instituciones, EXPONEN I.- Que las instituciones firmantes se encuentran unidas por una comunidad de intereses y objetivos en los campos académico y cultural. II.- Que son precisamente las Universidades las Instituciones llamadas, por razón de su esencia, CONVÉNIO DE COLABORAÇÃO ACADÉMICA, CIENTÍFICA E CULTURAL ENTRE A UNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPANHA) E O INSTITUTO POLITÉCNICO DE LEIRIA (PORTUGAL) ............................................................. REUNIDOS De uma parte, o Doutor Miguel Ángel Castro Arroyo, Reitor da Universidade de Sevilha, nomeado pelo Decreto 4/2016 de 12 de janeiro da Junta de Andalucía, com representação legal segundo o artigo 20 da Lei Orgânica 6/2001, de 21 de dezembro, das Universidades, bem como o artigo 19 do Estatuto da Universidade de Sevilha, aprovado pelo Decreto 324/2003, de 25 de novembro. De outra parte, o Doutor Nuno André de Oliveira Mangas Pereira, o Senhor Presidente do Instituto Politécnico de Leiria, com representação legal nos termos do artigo 92, número 1, alínea u) da Lei 62/2007, de 10 de setembro. As partes, em nome das Instituições que representam, DECLARAM I.- Que as instituições signatárias estão partilham interesses comuns e objetivos académicos e culturais. II.- Que são precisamente as instituições de ensino superior, que na sua missão,

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y

CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPAÑA) Y LA

UNIVERSIDADE

.....................................................................

REUNIDOS De una parte, el Sr. D. MIGUEL ÁNGEL CASTRO ARROYO, Rector de la Universidad de Sevilla, nombrado en virtud de Decreto 4/2016 de 12 de enero de la Junta de Andalucía, y cuya representación legal ostenta, según dispone el art. 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como el art. 19 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, aprobado por Decreto 324/2003, de 25 de noviembre. De otra parte, el Sr. D. Nuno André de Oliveira Mangas Pereira, Sr. Presidente del Instituto Politécnico de Leiria y cuya representación legal ostenta, según dispone el art. 92, número 1, alinea u) de la Ley 62/2007, de 10 de septiembre. Las partes, en nombre y representación de sus respectivas Instituciones,

EXPONEN I.- Que las instituciones firmantes se encuentran unidas por una comunidad de intereses y objetivos en los campos académico y cultural. II.- Que son precisamente las Universidades las Instituciones llamadas, por razón de su esencia,

CONVÉNIO DE COLABORAÇÃO

ACADÉMICA, CIENTÍFICA E CULTURAL ENTRE

A UNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPANHA) E O INSTITUTO POLITÉCNICO DE LEIRIA

(PORTUGAL) .............................................................

REUNIDOS

De uma parte, o Doutor Miguel Ángel Castro Arroyo, Reitor da Universidade de Sevilha, nomeado pelo Decreto 4/2016 de 12 de janeiro da Junta de Andalucía, com representação legal segundo o artigo 20 da Lei Orgânica 6/2001, de 21 de dezembro, das Universidades, bem como o artigo 19 do Estatuto da Universidade de Sevilha, aprovado pelo Decreto 324/2003, de 25 de novembro. De outra parte, o Doutor Nuno André de Oliveira Mangas Pereira, o Senhor Presidente do Instituto Politécnico de Leiria, com representação legal nos termos do artigo 92, número 1, alínea u) da Lei 62/2007, de 10 de setembro. As partes, em nome das Instituições que representam,

DECLARAM

I.- Que as instituições signatárias estão partilham interesses comuns e objetivos académicos e culturais. II.- Que são precisamente as instituições de ensino superior, que na sua missão,

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finalidad y objetivos, a establecer los canales de comunicación que permitan el intercambio del conocimiento científico y cultural. III.- Que son Instituciones con personalidad jurídica propia, que les permite celebrar Convenios de esta naturaleza para el mejor cumplimiento de los fines que tienen encomendados. IV.- Por lo anterior, las partes firmantes manifiestan su interés en realizar intercambios académicos y culturales que les permitan acrecentar su vinculación académica, estableciendo para ello los instrumentos adecuados. Por todo ello deciden concertar un Convenio de colaboración entre las citadas Instituciones, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS PRIMERA.- Las Universidades que suscriben convienen en intercambiar sus experiencias y personal en los campos de la docencia, la investigación y la cultura, dentro de aquellas áreas en las cuales tengan interés manifiesto. El desarrollo de estas actividades así como sus fuentes de financiación y los recursos humanos y materiales requeridos para su ejecución serán detallados en convenios específicos. SEGUNDA.- Para el cumplimiento de la cláusula que antecede las partes acuerdan desarrollar programas anuales de intercambio científico y cultural que comprenderán: 1.- Desarrollo de proyectos de investigaciones conjuntas.

finalidade e objetivos podem estabelecer canais de comunicação para permitir a troca de conhecimentos científicos e culturais. III.- Que são instituições com personalidade jurídica própria, o que lhes permite realizar Convénios para o melhor cumprimento dos fins a que se propõem. IV.- Pelo anterior, os signatários manifestam o seu interesse em realizar intercâmbios, académicos e culturais que lhes permitam melhorar as suas relações académicas, estabelecendo, para isso, os meios adequados. Por essa razão decidem assinar um Convénio entre as instituições nomeadas, de acordo com as seguintes

CLÁUSULAS PRIMEIRA.- As instituições signatárias acordam partilhar as suas experiências e promover a mobilidade de pessoal nos domínios da docência, da investigação e da cultura, dentro das áreas em que tenham manifesto interesse. O desenvolvimento destas atividades, bem como as suas fontes de financiamento e os recursos materiais requeridos para a sua execução, serão detalhados em acordos específicos. SEGUNDA.- Para o cumprimento da cláusula anterior as partes acordam em desenvolver programas anuais de intercâmbio cultural e científico que incluem: 1.- Desenvolvimento de projetos de pesquisas conjuntas.

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2.- Programas para realizar estudios de postgrado o investigaciones. 3.- Intercambio de profesores, investigadores, estudiantes y personal de administración y servicios. Para hacer efectivos los intercambios recogidos en este párrafo será necesaria la formalización de un acuerdo bilateral que especifique las condiciones de los mismos. 4.- Intercambio de información relativa a su organización, estructura y funcionamiento, así como el desarrollo de los programas anuales. 5.- Impartición de cursos, seminarios, simposios, etc.., en los que participen profesores de las dos instituciones. 6.- Intercambio de material bibliográfico, ediciones, etc.., así como su adecuada difusión a través de los canales que tengan establecidos. TERCERA.- El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado por mutuo acuerdo de las partes, a petición de una de ellas. Las modificaciones entrarán en vigor en la fecha en que sea acordada por ambas Instituciones. CUARTA.- El presente Convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá una duración de cuatro años. En cualquier momento antes de su finalización las partes podrán acordar su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales. No obstante las partes podrán denunciarlo unilateralmente, mediante preaviso escrito con tres meses de anticipación a la fecha en que deseen darlo por concluido. QUINTA.- La financiación de las actividades desarrolladas en el marco del presente Convenio estará supeditada a la disponibilidad de crédito al efecto en los presupuestos de cada una de las Instituciones.

2.- Programas para realizar estudos pós - graduados ou de investigação. 3.- Intercâmbio de docentes, investigadores, estudantes e pessoal técnico e administrativo. Para colocar em prática os intercâmbios descritos no presente número é necessário estabelecer um acordo bilateral, indicando os termos detalhados destes. 4.- Partilha de informações relativas à sua organização, estrutura e funcionamento, assim como o desenvolvimento dos programas anuais.

5.- Participação conjunta em cursos de formação, seminários, colóquios etc.., nos quais os docentes das duas instituições participem. 6.- Intercâmbio de material bibliográfico, de informação científica, etc.., assim como a sua difusão através dos canais adequados que tenham sido estabelecido.

TERCEIRA.- O presente Convénio poderá ser alterado ou aditado por mútuo acordo das partes, a pedido de uma delas. As alterações entrarão em vigor na data em que for acordada pelas duas instituições. QUARTA.- O presente Convénio entra em vigor na data da sua assinatura com uma duração de quatro anos. A todo o tempo qualquer uma das partes poderá acordar a prorrogação por igual período. Não obstante, as partes poderão denunciar unilateralmente, mediante comunicação escrita com a antecedência de três meses. QUINTA.- O financiamento das atividades desenvolvidas no âmbito do atual Convénio, será submetido à disponibilidade de dotações orçamentais de cada uma das instituições.

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Los representantes de ambas Instituciones firman el presente Convenio y estampan en ellos sus respectivos sellos, en la fecha y lugar indicados. En Sevilla, a..... de ................. de 2017

POR LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

Miguel Ángel Castro Arroyo

Os representantes das duas Instituições assinam este Convénio e autenticam com o selo em uso, na data e lugar indicado. Em Leiria, .........de .................... de 2017

PELO INSTITUTO POLITÉCNICO DE LEIRIA

Nuno André de Oliveira Mangas Pereira

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• CSIC ••• -u Universidad

Rey Juan Carlos

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS Y LA AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE DOCTORADO

En Madrid, a 30 de Junio de 2014

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. Fernando Suárez Bilbao, Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, nombrado mediante Decreto 61/2013, de 18 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, publicado en el BOCM de fecha 19 de julio de 2013, de conformidad con el artículo 81.1 .b) de los Estatutos de la Universidad Rey Juan Carlos, aprobados mediante Decreto 22/2003, de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, publicado en el BOCM de fecha 5 de marzo de 2.003, posteriormente modificados mediante Decreto 28/2010, de 20 de mayo, emanado de idéntico órgano, publicado en el 8.O.C.M. de fecha 1 O de junio de 201 O, en nombre y representación de la misma, según las competencias que tiene atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y por los Estatutos de la citada Institución, domiciliada en Móstoles (Madrid) CP 28933, calle Tulipán s/n y con C. I.F. Q2803011B.

De otra parte, el Sr. D. José Ramón Urquijo Goitia, Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, actuando en nombre y representación de este Organismo en ejercicio de las competencias que tiene delegadas por Resolución de 12 de julio de 2012 de la Presidencia de dicha Agencia Estatal (BOE de 19 de julio).

Los intervinientes, reconociéndose entre sí capacidad suficiente y poder bastante para obligarse en este convenio,

EXPONEN

1°.- Que el artículo 2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 21 de abril, establece que la autonomía de las Universidades comprende, entre otros "el establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción y desarrollo de sus fines institucionales".

2°.- Que el Real Decreto 99/2011 , de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de Doctorado, prevé en su artículo 8.1 que "la Universidad, de acuerdo con lo que establezca su normativa, definirá su estrategia en materia de investigación y de formación doctoral que se articulará a través de programas de Doctorado desarrollados en Escuelas de Doctorado o en sus otras unidades competentes en

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• CSIC ••• -u Universidad

Rey Juan Carlos

materia de investigación, de acuerdo con lo establecido en los estatutos de la Universidad, en los respectivos convenios de colaboración y en este real decreto".

3º.· Que el artículo 8.3 de ese mismo real decreto, prevé que "cada programa de Doctorado será organizado, diseñado y coordinado por una comisión académica responsable de las actividades de formación e investigación del mismo. Dicha comisión académica estará integrada por doctores y será designada por la Universidad, de acuerdo con lo establecido en su normativa, estatutos y convenios de colaboración, pudiendo integrarse en la misma investigadores de organismos públicos de investigación as! como de otras entidades e instituciones implicadas en la l+D+i tanto nacional como internacional".

4º.· Que la Ley 14/2011 , de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su artículo 34.1, establece que los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidos las Universidades públicas, los organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado, los organismos de investigación de otras administraciones públicas, y los centros e instituciones del Sistema Nacional de Salud, podrán suscribir convenios de colaboración sujetos al derecho administrativo.

Asimismo, el artículo 34.1 de la citada Ley prevé que podrán celebrar estos convenios, los propios agentes públicos entre sí, o con agentes privados que realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales, supranacionales o extranjeros, para la realización conjunta de las siguientes actividades: proyectos y actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación; creación o financiación de centros, institutos y unidades de investigación; financiación de proyectos científico-técnicos singulares; fo rmación de personal científico y técnico; divulgación científica y tecnológica y uso compartido de inmuebles, de instalaciones y de medios materiales para el desarrollo de actividades de investigación científica, desarrollo e innovación.

5°.- Que el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (en adelante CSIC), con sede en Madrid, calle de Serrano 117, C.P. 28006 y NIF Q-2818002-D, es un organismo público de investigación, constituido como Agencia Estatal, adscrito al Ministerio de Economía y Competitividad, a través de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, que tiene por objeto el fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en estas materias.

6°.- Que el Estatuto de la Agencia Estatal CSIC, aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, en su artículo 5.fj , recoge como una de sus funciones, formar investigadores, dentro de la que se encuadra el objeto del presente convenio. Asimismo, el artículo 5.n) de dicho Estatuto de esta Agencia Estatal prevé entre sus funciones, la colaboración en la enseñanza de postgrado.

7º.· Que la Universidad Rey Juan Carlos (en adelante URJC), con sede en Móstoles (Madrid) CP 28933, calle Tulipán s/n y con C.I.F. Q2803011 B., de acuerdo con sus Estatutos, es una institución de derecho público dotada de personalidad jurídica y patrimonio propios, para la consecución de sus fines y el desarrollo de sus funciones, que goza de autonomía de acuerdo con el artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 6/2001 , de 21 de diciembre, de Universidades.

La Universidad tiene, entre otras funciones, promover la integración entre docencia e investigación y la adaptación de estas actividades a las necesidades y demandas sociales vigentes.

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• CSIC ••• -u Universidad

Rey Juan Carlos

8°.- Que la Universidad, dentro del marco establecido por la citada Ley Orgánica 6/2001 , de 21 de diciembre, de Universidades, y la normativa estatal, autonómica o universitaria que, en desarrollo de la misma, resu lte de aplicación, imparte programas de Doctorado conducentes a una formación avanzada en técnicas de investigación, que permitan la elaboración y presentación de la correspondiente tesis doctoral, consistente en un trabajo original de investigación, para la obtención del título de Doctor por la URJC.

9°.- Que tanto el CSIC como la Universidad desean colaborar en la formación de los/las doctorandos/as de la Universidad para darles la oportunidad de combinar los conocimientos teóricos con los de contenido práctico y llevar a cabo, bajo la supervisión de su director/a(es/as) de tesis, el desarrollo de ensayos o investigaciones relacionados con la elaboración de su tesis doctoral.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, la Universidad y el CSIC acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO

El objeto del presente convenio es regular la colaboración entre el CSIC y la Universidad para el establecimiento de un marco de actuación en el desarrollo de programas de Doctorado en institutos del CSIC, a fin de reforzar la formación de los/las doctorandos/as de la Universidad en las áreas relacionadas con dichos programas.

En concreto, se desarrollarán las siguientes actividades:

1.- La realización de actividades prácticas en institutos del CSIC por parte de los/las doctorandos/as, en el marco de ensayos o investigaciones relacionadas con la elaboración de su tesis doctoral.

2.- La realización del trabajo de investigación completo correspondiente a su tesis doctoral en institutos del CSIC, bajo la dirección de personal investigador de los mismos.

3.- La participación de personal investigador del CSIC en las actividades formativas de los programas de

Doctorado.

4.- Posibilitar al personal investigador en formación la impartición de docencia en la Universidad, según las condiciones establecidas en la convocatoria de concesión de la ayuda y la propia normativa de aplicación.

SEGUNDA.- CONDICIONES GENERALES DEL CONVENIO

1 ).· Actividades prácticas y/o trabajos de investigación de los programas de Doctorado

• Las solicitudes para la realización de actividades prácticas y/o trabajos de investigación en el CSIC se formalizarán a través de documentos específicos, anexo I del convenio, que se incorporarán al mismo, y que serán firmados por la persona que ejerza dicha responsabilidad en la Universidad. Las solicitudes se presentarán en el instituto del CSIC donde se vayan a desarrollar las actividades, con un mes de antelación al inicio de cada una de ellas y serán aceptadas, en su caso, por la dirección del instituto del CSIC mediante su

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: • I 't

• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos

firma en la propia solicitud. El anexo I recogerá los detalles concretos de cada una de las actividades, así como la cuantificación de la previsión del gasto en el que incurra, en su caso, el CSIC por el desarrollo de las

mismas.

• En el anexo II de este convenio se recogerá la aceptación por los/las doctorandos/as de las condiciones y compromisos establecidos en el mismo.

2).- Desarrollo de las tesis doctorales

• La realización de los trabajos de investigación en el CSIC correspondientes a las tesis doctorales se desarrollará de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 99/2011, por el que se regulan las enseñanzas

oficiales de Doctorado.

• Asimismo, y en virtud de tal real decreto, la comisión académica responsable del programa asignará a cada doctorando/a un/a director/a de tesis doctoral, o en su caso, un/una responsable de los trabajos de investigación perteneciente al CSIC.

• La persona encargada de la dirección de la tesis será la máxima responsable de la coherencia e idoneidad de las actividades de formación del/de la doctorando/a, del impacto y novedad en su campo de la temática de la tesis doctoral y de la guía en la planificación y su adecuación, en su caso, a la de otros proyectos y actividades donde se inscriba el trabajo de investigación que deba realizar.

3).- Participación de los investigadores del CSIC en los Programas de Doctorado

• De acuerdo con la normativa sobre el procedimiento de elaboración de propuestas de enseñanzas de Doctorado vigente, en las actividades formativas de los programas de Doctorado podrán colaborar profesionales o investigadores/as, que no formen parte del profesorado universitario, bajo la autorización y supervisión de la comisión académica del programa de Doctorado y ajustándose al procedimiento establecido por la Universidad.

• El personal investigador del CSIC, en virtud del artículo 32 de sus Estatutos, deberá ser previamente autorizado para participar en el programa de Doctorado por el presidente de este Organismo, con los límites fijados en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Esta participación no irá en detrimento de sus obligaciones en el CSIC y no supondrá la creación de vínculos de carácter laboral ni estatutario con la Universidad. Su participación en el programa de Doctorado deberá ser igualmente autorizada por la Comisión Académica del mismo.

• El personal investigador del CSIC, en virtud de lo establecido en el citado Real Decreto 99/2011 , contará con un representante en la comisión académica del programa de Doctorado que según dicha norma, es la responsable de la definición, actualización, calidad y coordinación de tal programa, así como del progreso de la investigación y de la formación y de la autorización de la presentación de tesis de cada doctorando/a en el

mismo.

Asimismo, el personal investigador del CSIC, bajo la autorización y supervisión de esta comisión académica del programa de Doctorado, podrá impartir las actividades formativas que se determinen en el mismo y dirigir trabajos de investigación. Además, podrá asumir la dirección de tesis doctorales vinculadas a los programas de

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• CSIC ••• -u Universidad

Rey Juan Carlos

Doctorado, así como formar parte de los tribunales evaluadores siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en la normativa de los estudios de doctorado de la universidad a tal efecto. Al personal investigador del CSIC que intervenga en el desarrollo de las actividades formativas, se le concederá a estos efectos la correspondiente venia docendi.

4).- El órgano responsable del programa de Doctorado facilitará al CSIC toda la información relativa al mismo y resolverá cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las actividades incluidas en el convenio.

5).- El personal de la Universidad que participe en el desarrollo de las actividades incluidas en el convenio deberá guardar confidencialidad en relación con la información interna de los institutos del CSIC, y guardar secreto profesional durante el desarrollo de las mismas y finalizadas éstas, por un periodo de tres años.

TERCERA.· COORDINACIÓN

• La representación de la Universidad y del CSIC coordinará las actividades a realizar para la correspondiente titulación, dándolas a conocer a los/las responsables del instituto del CSIC con carácter previo al inicio del programa formativo. La información sobre el programa especificará, al menos, el contenido que se recoge en el anexo I del presente convenio y deberá ser aceptado por parte del o instituto del CSIC.

• Por parte de la Universidad ejercerá la tutoría o dirección de la tesis doctoral la persona que designe la comisión académica del programa de Doctorado, que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 .3 del Real Decreto 99/2011 , será un "doctor con acreditada experiencia investigadora, ligado a la unidad o a la Escuela que organiza el programa, a quien corresponderá velar por la interacción del doctorando con la comisión académica".

A la persona que ejerza la tutoría o dirección de la tesis por parte de la (Universidad) le corresponderá entre otras, las siguientes funciones:

El seguimiento y supervisión de las prácticas y/o trabajos y/o de las tesis doctorales resolviendo las posibles cuestiones que se pudieran plantear.

El seguimiento del programa formativo y/o de los trabajos y/o de las tesis a desarrollar en el programa de Doctorado para verificar su correcto aprovechamiento.

Realizar el informe de evaluación final correspondiente al desarrollo de las prácticas y/o trabajos y/o de las tesis doctorales realizados.

Elaborar un informe anual acerca del instituto del CSIC sobre las prácticas y/o trabajos y/o de las tesis doctorales una vez finalizados.

Las partes podrán acordar otras funciones para ser encomendadas a la persona que ejerza la tutoría o la dirección de la tesis.

Corresponde a la persona que represente a la Universidad (responsable del programa de Doctorado, encargado/a del programa de prácticas, tutor/a o director/a del trabajo y/o de las tesis doctorales), supervisar la gestión de las actividades formativas externas de los/las doctorandos/as, así como la coordinación con el instituto del CSIC para la utilización de los recursos necesarios y el correcto desarrollo del programa formativo.

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CSIC • ••• -u Universidad

Rey Juan Carlos

• Por parte del CSIC, actuará como responsable de las prácticas1 director/a de tesis o responsable de los trabajos asociados a la tesis doctoral de los/las doctorandos/as, la persona que la comisión académica del programa de Doctorado designe, a la que le corresponderá entre otras funciones:

Fijar el plan de trabajo de los/las doctorandos/as.

Orientar y ayudar los/las doctorandos/as en sus dudas y dificultades durante su estancia en el CSIC.

Realizar el informe de evaluación final del desarrollo de las prácticas y/o trabajos y/o de las tesis

doctorales.

Las partes podrán acordar la asignación de otras funciones.

CUARTA.- LOS/LAS DOCTORANDOS/AS

Sin perjuicio de la aplicación de la legislación general y de la normativa propia de la Universidad Rey Juan Carlos, los/las doctorandos/as que realicen las actividades en el CSIC, a través de sus institutos, estarán sujetos/as al régimen que se establece en el presente convenio y tendrán las siguientes obligaciones:

1.- Quedarán vinculados/as a efectos académicos a la Universidad.

2.- Se incorporarán al instituto del CSIC en la fecha acordada, estarán sujetos/as al horario que se establezca por las partes, deberán aplicarse con diligencia a las tareas que se les encomienden y seguir las instrucciones que reciban, y asimismo, respetarán las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales del instituto del CSIC. A tal fin, deberán suscribir documento de aceptación conforme Anexo 111 del presente convenio.

3.- En el supuesto de faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia, comportamiento incorrecto o perturbación del servicio, el CSIC podrá suspender de forma inmediata y cautelar las actividades a realizar, poniéndolo en conocimiento de la persona responsable del programa de Doctorado de la URJC. En caso de ausencia será necesario comunicarlo y justificarlo a dicho/a responsable.

4.- Deberán guardar con absoluto rigor el secreto profesional y no utilizar en ningún caso información restringida adquirida con motivo de su actividad formativa en el CSIC, con el objeto de dar publicidad o comunicación a terceros, respondiendo en caso de incumplimiento del deber de secreto frente al CSIC, sin perjuicio de las responsabilidades que por igual causa puedan derivar ante la Agencia Española de Protección de Datos. Esta obligación de confidencialidad persistirá incluso después de finalizar la estancia en el CSIC, por un periodo de tres años. En todo caso, si alguno de los resultados obtenidos durante la realización de las actividades en el CSIC fuera susceptible de publicación o protección, el/la doctorando/a deberá figurar como coautor/a de la invención, sin que ninguna de las cláusulas de este convenio suponga la cesión o transmisión de cualesquiera derechos de propiedad intelectual o industrial titularidad del CSIC.

5.- Los/las doctorandos/as de los programas de Doctorado que realice las actividades en institutos del CSIC, tendrán una relación con este Organismo exclusivamente formativa, sin que de ella derive, en ningún caso, vínculo jurídico alguno ni relación laboral, ni más compromisos que los estipulados en el presente convenio.

6.- El tratamiento de los datos de carácter personal de los/las doctorandos/as se realizará de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal.

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• CSIC ••• -u Universidad

Rey Juan Carlos

7.- El desarrollo de las actividades previstas en este convenio por parte de los/las doctorandos/as, se garantizará según lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, derogada por el Real Decreto Legislativo 1 /2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, en cuyo texto refundido ha quedado integrada.

8.- Recibirán, por parte del CSIC, información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.

9.- Cumplirán la normativa vigente relativa a los programas de Doctorado establecida por la Universidad.

10.- Mostrarán, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del CSIC, salvaguardando el buen nombre de la Universidad a la que pertenecen.

11 .- Los/las doctorandos/as tendrán aquellos otros derechos y deberes previstos en la normativa vigente, y propia de la Universidad Rey Juan Carlos.

12.- Para que los/las doctorandos/as de la Universidad puedan iniciar su actividad formativa en el CSIC, será necesario que estén cubiertos/as por una póliza de seguro con el alcance económico adecuado para indemnizar los daños y perjuicios que puedan causar o puedan causarles a ellos/as durante el desarrollo de las actividades. La cobertura de los riesgos alcanzará las contingencias de accidente, fallecimiento, responsabilidad civil y, en su caso, repatriación por fallecimiento o enfermedad. La Universidad velará por el cumplimiento de este requisito, sin perjuicio del deber que asumirá la Dirección del instituto del CSIC de efectuar la oportuna comprobación de que existe póliza de seguro.

El CSIC quedará exonerado de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la permanencia y actividad de dichos/as doctorandos/as en sus dependencias, de conformidad con la legalidad vigente.

QUINTA.- COMPROMISOS DE LAS PARTES

1.- Compromisos específicos de la (Universidad):

a).- La Universidad establecerá, en coordinación con el CSIC, un programa de actividades formativas con carácter previo al inicio de las mismas.

b).- La Universidad se compromete a hacer mención expresa de la colaboración del CSIC en el desarrollo del programa de Doctorado, y así como en todas aquellas actividades llevadas a cabo con relación al mismo.

c).- Se responsabilizará de que tanto su personal, como los/las doctorandos/as que participen en el desarrollo de las actuaciones previstas en este convenio, conozcan el contenido del mismo.

d).- La Universidad se encargará de que el alumno al iniciar su actividad en el CSIC venga cubierto por una póliza de seguro según se prevé en la cláusula cuarta, punto 12.

e).- Todas las previsiones de gasto que se puedan generar como consecuencia de la ejecución del presente convenio, habrán de ser previstas entre las partes firmantes del mismo, mediante desglose detallado y persona jurídica obligada al pago, con, al menos, un mes de antelación a la actividad que justifique las mismas. Una vez la Universidad Rey Juan Carlos otorgue su autorización a los gastos señalados en el párrafo anterior, estos podrán llevarse a cabo.

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• CSIC ••• -u Universidad

Rey Juan Carlos

n.- En el último trimestre de cada año, la comisión de seguimiento se reun irá y revisará si finalmente se ha generado gasto por parte del CSIC, según lo que se hubiera previsto en el anexo 11 en relación con la participación de su personal investigador en las actuaciones desarrolladas de acuerdo con la cláusula segunda, por la dotación de la infraestructura y los gastos específicos producidos en el desarrollo de las actividades. En el caso de que se haya generado gasto, la (Universidad) compensará económicamente al CSIC por esos conceptos en la cuantía que determine la propia comisión de seguimiento, en los términos y condiciones expuestos en la presente cláusula. Estos gastos no serán de aplicación al personal investigador que dirija tesis doctorales ni a las infraestructuras que sean necesarias para la realización de las mismas.

Una vez alcanzado el acuerdo, este quedará reflejado en la oportuna acta de la comisión de seguimiento que será comunicada a las instituciones firmantes en el plazo máximo de 15 días, al objeto de que el CSIC, si procede, emita el correspondiente documento de solicitud de ingreso.

En el acta, que será firmada por los miembros integrantes de la comisión, se recogerán los institutos del CSIC implicados, el personal investigador que participó, los/las doctorandos/as que realizaron sus actividades en el CSIC, la cuantía acordada, en caso de que la hubiere, y, si procede, el número de la cuenta corriente en la que se ingresará la transferencia económica por parte de la Universidad.

A esta eventual cantidad no se le aplicará el IVA correspondiente, por no estar la actuación dentro de las contenidas en el artículo 7.8 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, y asimismo por no generar distorsión en la competencia.

2.- Compromisos específicos del CSIC, a través de sus institutos:

a).- Facilitar a los/las doctorandos/as los medios e instalaciones oportunas para poder desarrollar el plan de trabajo.

b).- Orientar y ayudar a los/las doctorandos/as a resolver, durante su estancia en los diferentes institutos, sus dudas y dificultades.

e).- Supervisar el informe final de las actividades realizadas por los/las doctorandos/as en sus dependencias.

SEXTA.· CERTIFICADOS

Al finalizar el periodo de realización de las actividades, el instituto del CSIC expedirá un certificado a favor de los/las doctorandos/as en el que conste expresamente la especialidad a la que ha estado orientada su formación, la duración de las actividades realizadas y su rendimiento.

A su vez, la Universidad expedirá a favor de la persona responsable de las actividades del instituto del CSIC, un certificado de su colaboración durante el periodo de realización de las mismas.

SÉPTIMA.· COMISIÓN DE SEGUIMIENTO

Por parte de las instituciones firmantes del presente convenio, se establecerá una comisión de seguimiento compuesta por dos representantes de cada una de las partes, que serán designados por ellas.

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• CSIC ••• -u Universidad

Rey Juan Carlos

A dicha comisión podrán incorporarse otros miembros que sean designados por acuerdo de las partes.

Esta comisión estará encargada de resolver las incidencias de interpretación y ejecución que pudieran plantearse con ocasión del cumplimiento del convenio y desarrollará las actuaciones que se contienen en las cláusulas quinta.1 .e) y novena del mismo.

La comisión de seguimiento se regirá, en cuanto a su funcionamiento, por lo establecido para los órganos colegiados, en el Capítulo 11 del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

OCTAVA.- VIGENCIA

El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma y su duración será de cinco años, prorrogable automáticamente por periodos de igual duración, de no establecerse impedimentos por alguna de las partes mediante denuncia, que deberá ser notificada por escrito a la otra parte con tres meses de antelación a la fecha en la que desee la terminación del mismo.

NOVENA.- CAUSAS DE EXTINCIÓN

El presente convenio podrá resolverse por las siguientes causas: El mutuo acuerdo entre las partes, expresado por escrito, la imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas, la denuncia por una de las partes en los términos previstos en la cláusula octava y la supresión de las enseñanzas oficiales objeto del presente convenio.

En caso de extinción del convenio, se mantendrán los compromisos cuyo cumplimiento ya se haya iniciado o esté en desarrollo. Las condiciones de la extinción se fijarán por la comisión de seguimiento, a los efectos de evitar perjuicios a las entidades firmantes y a la formación de los/las doctorandos/as.

DÉCIMA.· RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente convenio, y que no hayan sido resueltas de mutuo acuerdo por las partes o, en su caso, por la comisión de seguimiento prevista en el mismo, serán sometidas a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

UNDÉCIMA.- NATURALEZA

Este convenio tiene naturaleza administrativa y, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1.c) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011 , de 14 de noviembre, queda excluido del ámbito de aplicación de esta Ley, cuyos principios, no obstante, se aplicarán para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, en defecto de otras normas aplicables.

Asimismo, la ejecución del presente convenio se llevará a cabo de conformidad siempre con las previsiones contenidas en el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de

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• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos

Doctorado y la normativa propia de la Universidad sobre Escuelas de Doctorado y sobre Estudios de Doctorado.

DUODÉCIMA.- MODIFICACIÓN DEL CONVENIO

Cualquier modificación que altere sustancialmente lo establecido en el presente convenio habrá de ser pactada para ser válida, y se formalizará mediante adenda que será firmada por las partes.

DÉCIMOTERCERA.- ANULACIÓN DE CONVENIOS ANTERIORES

El presente convenio anula los que se hayan suscrito para el mismo o similar objeto de este. En el caso de que en la fecha de la firma de este convenio se encuentre en desarrollo algún programa de Doctorado amparado en alguno de los convenios que anula, se mantendrán los compromisos adquiridos hasta la finalización de la impartición del Doctorado.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman por duplicado ejemplar el presente documento, en el lugar y fecha arriba indicados.

Por la Universidad Rey Juan Carlos

Fdo: Fernando Suárez Bilbao

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Por la Agencia Estatal Consejo Superior

de Investigaciones Científicas

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• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos

University of

central Florida

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN ACADÉMICA

entre la

UNIVERSITY OF CENTRAL FLORIDA BOARD OF TRUSTEES Orlando, Florida, U.S.A.

y la

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS Madrid, España

CONSIDERANDO que ambas partes son instituciones de educación superior con plena

capacidad legal para establecer compromisos, y cuya misión incluye brindar oportunidades de

aprendizaje de calidad para sus estudiantes y comunidades, como también promover la

investigación académica;

CONSIDERANDO que ambas partes consideran que la promoción y el apoyo de la

enseñanza, la investigación y los servicios de extensión a la comunidad son de vital

importancia para el cumplimiento de su misión, metas y objetivos;

CONSIDERANDO que ambas instituciones sostienen que el incremento de las

oportunidades de cooperación e intercambio internacional aumenta la comprensión y la

valoración cultural;

AHORA, POR LO TANTO, por una parte, la Junta Directiva de la Universidad Central de

Florida, organismo público actuando en el nombre de la Universidad Central de Florida y sus

facultades, divisiones, y departamentos ("UCF" en adelante), y representada por Nataly

Chandia, Vicepresidente Asistente y la Universidad Rey Juan Carlos ("URJC" en adelante),

representada por D. Javier Ramos López, Rector Magnífico, nombrado por Decreto 22/2017, de 28 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad of Madrid publicado en el

B.O.C.M. de 2 de marzo de 2017, de conformidad con el artículo 20 de la Ley Orgánica

6/2001, del 21 de Diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad Rey Juan

Carlos, aprobados por el Decreto 22/2003 del 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid publicado en el B.O.C.M. número 53, del 5 de Marzo del 2003, y

modificado por el Decreto 28/201 O del 20 de mayo del mismo Consejo de Gobierno, publicado en el B.O.C.M. número 137 del 10 de junio de 201 O, en nombre y representación

de la misma Universidad domiciliada en Móstoles (Madrid) CP 28933, calle Tulipán s/n y con número de Identificación para la contribución tributaria Q2803011B, acuerdan iniciar el

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• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos

~ University of

central Florida

presente Acuerdo General entre las dos Instituciones para promover la cooperación mutua en

educación, investigación científica y servicio a la comunidad, según las siguientes clausulas:

PRIMERA: El presente Convenio General establecerá los criterios bajo los cuales URJC y

UCF realizarán conjuntamente actividades de colaboración de interés mutuo.

SEGUNDA: Ambas partes acuerdan explorar las siguientes modalidades de cooperación en

]as áreas que mutuamente les convengan:

a) El intercambio de estudiantes de grado o posgrado;

b) Intercambio de personal académico;

c) Colaboración en actividades de investigación y desarrollo;

d) Colaboración en el diseño de cursos, conferencias, coloquios o programas

académicos;

e) Intercambio de materiales y publicaciones académicas o científicas de interés común;

y / o

f) Cualquier otra actividad de mutuo acuerdo que beneficie a ambas partes.

TERCERA: Todo proyecto, programa o convenio de trabajo, incluyendo cualquier punto

contemplado en los textos a) a la f) de la cláusula anterior, y que se derive de este Convenio

General, será implementado como convenio específico de colaboración una vez que haya sido

convenido y debidamente autorizado por los representantes oficiales de la URJC y UCF, y se

mantendrá como anexo a este convenio. Cada convenio específico describirá los detalles necesarios para implementar cualquier proyecto común, tales como ]as actividades asociadas

a] proyecto, la responsabilidad de cada una de las partes, el presupuesto para cada actividad,

las fuentes de financiamiento, el personal involucrado, las instalaciones y el equipo que se utilizará, el horario de trabajo, así como el resto de condiciones y términos específicos

necesarios para alcanzar los objetivos específicos del proyecto. Los convenios específicos

implementarán el presente Convenio General y serán firmados por los representantes de ambas partes.

CUARTA: Las partes acuerdan determinar y dirigir los asuntos referidos a la propiedad

intelectual, tales como la propiedad de las patentes de los derechos industriales, certificados de invención , registro de modelos, y los derechos de autor de materiales escritos, que puedan

resultar de la investigación conjunta a través del convenio específico correspondiente.

QUINTA: Los requisitos de acreditación de ambas instituciones deben aplicarse a todas las

actividades cooperativas asociadas a cursos y programas académicos. La aplicación de los principios de acreditación se incluirá en todos los convenios específicos asociados a la

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• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos

• University of

Central Florida

implementación de cursos y programas académicos. Este acuerdo no implica la extensión de

la acreditación de una institución a la otra.

SEXTA: Cualquier intercambio de estudiantes, personal académico, docentes o académicos

asociado a este Convenio General debe adecuarse a todos los requisitos legales y

administrativos -incluyendo los de inmigración, seguro y otros requisitos aplicables- de la

institución de origen y de la institución anfitriona. Los requisitos específicos para las visitas,

como también las implicaciones financieras para cada institución, así como las implicaciones

financieras de cada institución deben ser aprobados por escrito por el personal debidamente

autorizado en cada institución. Los intercambios arriba referidos deben establecerse por

separado mediante un Convenio específico.

SÉPTIMA: Cada parte designará su propio personal para administrar las actividades

asociadas a este Convenio General, así como para el desarrollo y la implementación de

cualquier convenio específico. El personal señalado por cada parte para implementar las

actividades que swjan de este convenio debe mantener un vínculo laboral vigente con la

institución y será solamente responsable ante la institución que lo emplea.

OCTAVA: Las partes pueden, conjuntamente o por separado, poner sus mejores esfuerzos

para obtener recursos financieros de otras instituciones, agencias estatales y organismos nacionales e internacionales para el desarrollo de las actividades asociadas a la

implementación de cualquier convenio específico.

NOVENA: Cualquier investigación generada en conjunto (la cual será descrita con más detalle en un Convenio Específico) deberá ser objeto de publicación o difusión sin

restricciones, siempre que (a) cada parte reciba una copia de cualquier publicación propuesta

con al menos treinta (30) días de antelación a su publicación para considerar si el texto

incluye partes que infrinjan en su propiedad intelectual, patentes y/u otros derechos de autor;

(b) la información propia de cada parte, patentes y/u otros derechos de propiedad intelectual

será protegida permitiendo la parte que es dueña de esos derechos revise la publicación en

cuestión antes de que ésta se presente a otras partes, y que la parte que es propietaria de

dichos derechos complete su revisión y someta cualquier objeción dentro de un plazo de

treinta (30) días de haber recibido la propuesta publicación; (c) la publicación o difusión de

información o datos no ponga en peligro los derechos de patente y/u otros derechos de

propiedad intelectual, o sin querer divulgue información confidencial. Cualquier revisión de

una pre-publicación o difusión se limitará a la consideración de los derechos de patente y/u otros derechos de propiedad intelectual y áreas relacionadas con derechos de propiedad y se concluirá dentro de un plazo no mayor de treinta (30) días.

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• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos

""University of

Central Florida

DÉCIMA: (a) UCF y URJC están de acuerdo y se asegurarán y comunicarán a su profesores,

personal y estudiantes que los profesores, el personal y los estudiantes que participan en la

ejecución de las actividades relacionadas con el presente Acuerdo, deberán cumplir con todos

de controles de exportaciones, leyes, reglamentos y órdenes aplicables de los Estados Unidos

y que ninguna de las partes podrá exportar o permitir la reexportación de cualquier

información o producto de exportación controlada sin previa licencia del gobierno de los

Estados Unidos o autorización de otro tipo. (b) Las partes acuerdan además cumplir con todas

las leyes aplicables.

DECIMOPRIMERA: Registros Públicos. Es política del Estado de la Florida que todos los

registros públicos del Estado (incluyendo los registros universitarios estatales) estén abiertos

para inspección personal y copia por cualquier persona. Este acuerdo entre la UCF y URJC,

comunicaciones escritas, y otros documentos, manuscritos y otros materiales asociados con

asuntos oficiales entre la UCF y URJC son registros públicos y los estatutos de la Florida

requieren que estén disponibles al público. Por tanto, este acuerdo podrá ser cancelado en

cualquier momento, ya sea por la negativa de la UCF o de la URJC a permitir el acceso al

público a todos los documentos, manuscritos, cartas y otros materiales los cuales deben estar

disponibles a la inspección pública dentro del marco de la Ley de Registros Públicos del

Estado de la Florida.

DECIMOSEGUNDA: En conformidad con la Ley de los Derechos Educativos de la Familia

y Ley de Privacidad de 1974, "20 USC §1232g", sus normativas de desarrollo, "32 C.F.R. Part 99 ('FERP A ') ", la Sección 1002.225, de los Estatutos de la Florida, y los reglamentos de

la UCF, las partes acuerdan proteger la confidencialidad de los registros de educación del estudiante.

DECIMOTERCERA: En conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, del 13 de diciembre

sobre la protección de Datos Personales, los datos proporcionados por la Universidad Rey

Juan Carlos por virtud de la relación establecida en este Convenio General serán parte de un

archivo administrado por URJC que será empleado para el manejo, la administracion y el

mantenimiento derivados de este Convenio. Estos archivos de datos pueden ser objeto de

acceso, rectificación, cancelación y oposición por correo ordinario, correo electrónico u otro

medio necesario determinado por mutuo acuerdo.

DECIMOCUARTA: Las partes se comprometen a cumplir con las regulaciones federales de

regulación del Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972, 20 USC § 1681 y 34 C.F.R.

Parte 106 (1972). Título IX es una ley federal integral que prohibe la discriminación por

motivos de sexo, incluido el acoso sexual o la violencia sexual y el acoso por razón de género

- o actos que se dirigen a una persona (s), basado en su sexo o género - en los programas de

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• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos

'i~ University of

Central Florida

educación y actividades que reciben asistencia financiera federal. Por lo tanto las partes fumantes están de acuerdo con sus obligaciones, que incluyen, pero no están limitadas a, informar al representante del Título IX de UCF, de todo lo que sepan acerca de un incidente

de Título IX.

DECIMOQUINTA: El presente Acuerdo General será válido una vez firmado por ambas partes y permanecerá en efecto por un período de tres (3) años a partir de su fecha de vigencia. A la expiración de este Acuerdo General, un acuerdo específico puede ser firmado entre ambas partes, si ambas partes así lo desean. Este Acuerdo General podrá ser renovado con el consentimiento mutuo por escrito de ambas partes, pero sólo después de la revisión de las actividades que han sido llevadas a cabo en virtud del presente Acuerdo General y la justificación con respecto a por qué estas actividades deben continuar vigentes.

DECIMOSEXTA: El presente Convenio General podrá ser renunciado por cualquiera de las partes notificando por escrito a la otra parte con tres (3) meses de anticipación Sin embargo, la terminación del convenio no afectará la ejecución de las actividades que ya se hayan iniciado en virtud de un Convenio Específico. Esos acuerdos específicos se mantendrán en vigor hasta que se hayan completado las actividades asociadas requeridas.

DECIMOSÉPTIMA: Las partes reconocen que puede ser necesario transferir de una parte a otra información de carácter privado. Deberá estar claramente identificada por escrito por la parte reveladora en el momento de la divulgación. Las divulgaciones orales se pondrán por escrito, serán marcadas como "privadas," y se le proveerán a la otra parte dentro de los treinta (30) días de tal divulgación oral. Ambas partes mantendrán la confidencialidad de cualquier información de carácter confidencial, sujetas al cumplimiento de las leyes aplicables. Se permite a las partes intercambiar información privada durante el período de los tres (3) años de este Acuerdo General. Las obligaciones de confidencialidad expirarán cinco (5) años después de la fecha de vigencia de este Acuerdo General.

DECIMOCTAVA: El término "Propiedad Intelectual" significa, individual y colectivamente, todas las invenciones, mejoras y/o descubrimientos, patentables o no patentables, protegidos o no protegidos por derechos de autor, incluyendo pero no limitado a, "Mask Works", programas informáticos, tanto "object code" como "source code", bases de datos y obras de autor.

La propiedad Intelectual desarrollada exclusivamente por la UCF, será única y exclusivamente propiedad de la UCF ("Propiedad Intelectual UCF").La propiedad Intelectual desarrollada exclusivamente por la URJC será única y exclusivamente

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• University of

central Florida

propiedad de la URJC ("Propiedad Intelectual URJC"). Cualquier Propiedad Intelectual

desarrollada conjuntamente por la URJC y la UCF en virtud del presente Acuerdo será

"Propiedad Intelectual Conjunta", La propiedad Intelectual conjunta será propiedad de

ambas URJC y la UCF, las cuales acuerdan determinar conjuntamente la presentación y

concesión de licencias sujetas al Título 35 del Código de los Estados Unidos para las

invenciones y el Título 17 del Código de los Estados Unidos para obras de autoría.

"Propiedad Intelectual de Fondo" significa la propiedad intelectual que estaba en existencia

antes de la fecha de vigencia de este Convenio, o que cualquiera de las partes crea

independientemente del presente Convenio. Las partes acuerdan que la Propiedad

lntelectual de Fondo de la URJCy la UCF son su propiedad separada, respectivamente, y

no son afectadas por el presente Convenio. Ninguna de las partes adquirirá ningún derecho

a los derechos o de la propiedad intelectual previa de la otra parte. Nada en este Acuerdo

puede eludir o limitar las obligaciones preexistentes de UCF con el gobierno de los Estados

Unidos relativas a cualquier tipo de propiedad intelectual.

DECIMONOVENA: Ambas partes de este Acuerdo aceptan que de ninguna manera podrán,

durante la ejecución de este Acuerdo o cualquier acto relacionado con él, ya sea directa o

indirectamente, cometer o intentar cometer cualquier acto en violación de cualquier ley,

incluyendo, sin limitación, the United States Foreign Corrupt Practices Act ("FCPA"). Todas

las partes confirman que cumplirán con estricto apego las leyes contra la corrupción,

incluyendo, sin limitación, la FCP A, en la medida que les sean aplicables. Todas las partes acuerdan que no podrán de ninguna manera: (a) hacer pagos en efectivo o de valor

equivalente (tales como regalos o favores) o hacer una oferta al respecto; (b) prometer pagar o autorizar el pago de efectivo o de valor equivalente, a ningún representante del gobierno o de

un partido político, o a cualquier persona que se anticipe que la misma pueda influir de

manera favorable las decisiones en favor del demandante. Queda expresamente aclarado que

las partes no aprueban tales acciones y que cualquier indulgencia por una de las partes en tales

prácticas fraudulentas no está aprobada por las otras partes en cualquier circunstancia. Cada

parte, cuando haya sospecha o causa justificante para creer que la otra parte no ha

cumplido con esta disposición, está en el derecho de realizar una auditoría de los archivos

correspondientes de la parte sospechosa y la parte en sospecha está en obligación de ofrecer

razonable cooperación. Cualquier violación de ésta cláusula por cualquiera de las partes debe

ser considerada una violación del Acuerdo y, a la elección de la parte que no incumplió esta cláusula, resultar en la inmediata terminación del Acuerdo.

VIGÉSIMA. UCF está acreditada por la Southem Association of Colleges and Schools

Commision on Colleges (SACSCOC) a otorgar títulos de grado asociado, bachillerato, maestría, especialista, y doctorado. URJC está acreditada por la Agencia Nacional de

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• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos

• University of

Central Florida

Evaluación de las Calidad y Acreditación (ANECA). La implementación de este programa

de colaboración no constituye la extensión de, o la inclusión en, la acreditación de una

universidad a la otra. Ni UCF ni URJC podrán utilizar el logotipo de la Southem

Association of Colleges and Schools Commision on Colleges (SACSCOC) en relación con

este programa o de otra manera.

A través de la suscripción del presente documento, las partes reconocen que han revisado y

comprenden el contenido y alcance de cada una de sus cláusulas, y acuerdan realizar las

acciones necesarias para ponerlo en ejecución. Se firmarán dos copias de este documento

en inglés y dos en español ( otra lengua si fuera necesario), ambas versiones con el mismo

contenido e igualmente válidas.

UNIVERSITY OF CENTRAL FLORIDA BOARD OF TRUSTEES Orlando, Florida, EUA

dia, Assistant Vice Pr · ent for UCF Global

Fecha: 0/ to/ J([)

General Agreement for Academic Cooperation UCF and URJC

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

--- - ... - ....

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• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos

UNI V ERSITÉ PARIS 1

PANTHÉONSORBONNE

ACUERDO DE COTUTELA INTERNACIONAL DE TESIS

Visto el RD 1393/2007, de 29 de octubre, que establece la ordenación de los estudios universitarios oficiales en España.

Visto el RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas de doctorado en España.

Vistas las disposiciones que reglamentan la preparación del doctorado en la Universidad Rey Juan Carlos.

Visto el Decreto del 25 de mayo de 2016 que determina el marco nacional de laformacióny las modalidades de entrega del diploma nacional de doctorado en Francia.

Vistas las deliberaciones del Consejo científico de la Universidad París 1 Panthéon-Sorbonne en fecha del 27 de junio de 1993, 14 de noviembre de 1994, 15 de mayo de 1995, 28 de abril de 1997, 20 de marzo del 2000, 4 de julio del 2011, 18 de septiembre de 2012.

Vista la opinión favorable de los consejos respectivos y competentes de cada uno de los establecimientos.

La Universidad Paris 1 Panthéon-Sorbonne, representada por su Presidente, de una parte, Y la Universidad Rey Juan Carlos representada por su Rector, de otra parte, Acuerdan establecer un procedimiento de cotutela de tesis con las siguientes condiciones,

ARTÍCULO 1 - Dña. Alicia Orea Giner desarrollará su tesis bajo la dirección científica de Dra. Maria Gravari-Barbas, Profesora de la Universidad París 1 Panthéon-Sorbonne y de Dra. Carmen de Pablos Heredero y Dra. Trinidad Vacas Guerrero, Profesoras en la Universidad Rey Juan Carlos, siendo directoras de su investigación.

ARTÍCULO 2 - Dña. Alicia Orea Giner depositará su tesis doctoral en la Universidad Rey Juan Carlos, donde ha realizado su primera matriculación. Dicho documento se transmitirá a la Universidad Paris 1 Panthéon-Sorbonne y se beneficiará de una protección conforme a la reglamentación nacional.

ARTÍCULO 3 - La permanencia en el Programa de Doctorado es normalmente de tres años. Esta duración puede prolongarse mediante previa petición y acuerdo de los directores de tesis y directores de la Escuela de Doctorado.

ARTÍCULO 4 - El desarrollo de la tesis se efectúa mediante periodos alternativos entre los dos establecimientos. La duración de las estancias será decidida por el estudiante en función de las

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• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos

---­UN IVERSI TÉ PA RIS 1

PANTHÉONSORBONNE

exigencias científicas y las condiciones de preparación de la tesis. La duración mínima de preparación en una de las Universidades no puede ser inferior a un semestre.

Períodos provisionales de estancia en las dos Universidades:

Universidad Rey Juan Carlos Université París 1 Panthéon-Sorbonne 5 octubre 2017- 31 julio 2018 2 septiembre 2018- 3 diciembre 2018 4 diciembre 2018 - 31 julio 2019 2 septiembre 2019-2 diciembre 2019 3 diciembre 2019 - 31 julio 2020

ARTÍCULO 5 - Dña. Alicia Orea adquirirá sus derechos de matrícula: En la Universidad Rey Juan Carlos para la totalidad de la duración de los estudios de doctorado. En la Universidad París 1 Panthéon-Sorbonne para el curso 2019-2020.

En todo caso es obligatorio que el estudiante se inscriba administrativamente en la Universidad París 1 Panthéon-Sorbonne 1

ARTÍCULO 6 - El estudiante se beneficia de una cobertura social dentro de las condiciones previstas por la reglamentación en vigor. La Universidad Paris 1 Panthéon-Sorbonne no ejerce responsabilidad sobre este asunto.

ARTÍCULO 7 - En Francia, de acuerdo con el director de la Escuela de doctorado de asignación y su director de tesis, el doctorando deberá seguir todo o parte del recorrido doctoral que le será propuesto.

ARTÍCULO 8 - La defensa de la tesis es única. El establecimiento donde se deposite y defienda la tesis, será la Universidad Rey Juan Carlos conforme a su normativa de aplicación.

La Universidad Rey Juan Carlos se compromete a hacer frente a los cargos de desplazamiento y estancia según las reglas validadas por el consejo de gobierno, sesión del 27/10/2017.

ARTÍCULO 9 - La admisión para la defensa de la tesis se decidirá de mutuo por las Escuelas de Doctorado de ambas partes, previo consentimiento de los directores de tesis tras la emisión de al menos dos informes favorables por parte de los profesores o investigadores pertenecientes a instituciones distintas de las partes. El modelo de informe se diseñará de mutuo acuerdo por las partes.

ARTÍCULO 10 - El tribunal será designado conjuntamente por ambas partes. El tribunal será de

1 La exoneración de matrícula no excluye la obligación de inscribirse en la Universidad Paris 1 Panthéon-Sorbonne.

2

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• ••• u Universidad

Rey Juan Carlos U N I V E RSIT É PAR I S 1

PANTHÉONSORBONNE

cinco miembros, propuestos en proporción equilibrada por ambas partes, entre los que estarán las dos personas responsables de desarrollar los informes.

ARTÍCULO 11 - El texto de la tesis será presentado con un resumen en la lengua oficial de la Universidad Rey Juan Carlos o una lengua internacional reconocida oficialmente por esta. En cualquier caso, si la práctica científica lo justifica, puede incluirse en anexos de la tesis los documentos escritos en una u otra lengua. Los debates se desarrollarán en francés o, según petición del jurado, en la lengua oficial del establecimiento o una lengua de trabajo internacional oficialmente reconocida por la Universidad Rey Juan Carlos.

ARTÍCULO 12 - Los miembros del tribunal podrán emitir su informe sobre el acto de defensa en español o en francés.

ARTÍCULO 13 - Visto el proceso de defensa, la Universidad Paris 1 Panthéon-Sorbonne emitirá el diploma nacional francés de Doctorado y la Universidad Rey Juan Carlos emitirá también el título de doctor, en un caso u otro, con plenitud de derechos y perrogativas asociadadas al mismo.

ARTÍCULO 14 - Este acuerdo es establecido por la duración de la preparación en cotutela de la tesis de Dña. Alicia Orea Giner.

FIRMADO EN TRES EJEMPLARES ORIGINALES

Por la Universidad Paris 1 Panthéon- Por la Universidad Rey Juan Carlos Sorbonne, El Presidente, Georges Haddad: · · El Rector, Ja ier Ramos

-é<7 ~--

Firma y sello Firma Jse¡y

Fecha: Fecha:

3

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• ••• u Universidad

Rey Juan Carlos

Á UN IVERSITÉ PARIS 1

PANTHÉON SORBONNE

Nombre y firma del director de tesis de la Nombre de las directoras de tesis de la Universidad Universidad Rey Juan Carlos Paris 1

Maria Gravari-Barbas

Firma

Fecha:

Carmen de Pablos Heredero

Firma

Trinidad Vacas Guerrero

Fecha : 2 \ - 0 \ - 2 O l \< Nombre Carolina San Martín Mazzucconi, Director de la Escuela de Doctorado asociada Directora de la Escuela Internacional de a la Universidad Paris 1 Doctorado de la Universidad Rey Juan ~arlos Panthéon-Sorbonne •

~ ... ;._:...,;k\!l'.1. ~ ... .. ,~ ._ KJ1,~,

~i ·.- ~~}i'p·>\\ ,-... ,r11 ~~'- 'J'~ ""l~ \ ' lo' •~.:, ..,. .... \ ÍH 1 '

IJ'I ~ . · '- <t,~,¿z .

Sello de la Escuela de Doctorado Sello de 1 scuela de D8octor;ffu_;~~~4.-~~ ~

Fecha Fecha : 2 8 MAVO 201 ó'·'vrikN~'-'º 0c roRA0°

Alicia Orea Giner, estudiante del Programa de Alicia Orea Giner, estudiante del Programa de Doctorado en Turismo en la Universidad Re Doctorado en Turismo en la Universidad Re Juan Carlos Juan Carlos

Fecha: 2¡ /OS I wlB' Fecha: 21 f OS 1 2,0\~

4

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• ••• FUNDACIÓN - Santa María la Real u Universidad Rey Juan Carlos f1 del Patrimonio Histórico

PROTOCOLO GENERAL DE ACTUACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD REY

JUAN CARLOS Y LA FUNDACIÓN SANTA MARÍA LA REAL DEL

PATRIMONIO HISTÓRICO

En Móstoles, a 24 de diciembre de 2017

REUNIDOS

De una parte, D. Javier Ramos López, Rector Magnífico de la Universidad Rey

Juan Carlos, nombrado por Decreto 22/2017, de 28 de febrero, del Consejo de

Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM 02/03/2017), en nombre y

representación de la misma, según las competencias que tiene atribuidas por el

artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001 , de 21 de diciembre, de Universidades y

por los Estatutos de la citada Universidad, aprobados por Decreto 22/2003, de

27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM

núm. 54, de 5 de marzo de 2003), y modificados por Decreto 28/201 O, de 20 de

mayo, del citado Consejo de Gobierno (BOCM núm. 137, de 10 de junio de

201 O), domiciliada en Móstoles (Madrid), CP 28933, calle Tulipán sin y con

C.I.F. Q2803011 B".

De otra parte, D. Francisco Javier Moral Medina, mayor de edad, provisto de

D.N.I. número 13020545S, actuando en nombre y representación de la entidad

Fundación Santa María la Real del Patrimonio Histórico como Presidente de la

misma, inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Justicia al

número 240C, de Cultura , y provista de C.I. F. número 834147827.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para

suscribir el presente Protocolo General de Actuación, y en su virtud,

1

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• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos H

FUNDACIÓN

Santa María la Real del Patrimonio Histórico

EXPONEN

1.- Que la Universidad Rey Juan Carlos tiene, entre sus fines, cooperar en el

desarrollo científico y técnico, cultural y social de la Comunidad de Madrid, así

como la difusión y la valoración y la transferencia del conocimiento al servicio

de la ciencia, de la técnica y de la cultura, de la calidad de vida y del desarrollo

económico, promoviendo el desarrollo tecnológico, la transferencia de la

tecnología y la innovación como aplicación de los resultados de la

investigación, procurando la mayor proyección social de sus actividades,

mediante el establecimiento de cauces de colaboración, convenios, contratos y

estructuras que instrumenta la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de

Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, con el fin

de asistencia a la sociedad, con el objeto de favorecer el progreso social,

económico y cultural y contribuir a la mejora del sistema educativo a través del

fomento de los medios tecnológicos más avanzados.

11.- Que la Fundación Santa María la Real del Patrimonio Histórico tiene entre sus fines generar desarrollo en los territorios a partir del patrimonio cultural, natural y social y ser referentes en la creación de modelos innovadores y sostenibles de desarrollo basados en la dinamización de los recursos de los territorios.

111.- Que tanto la Universidad Rey Juan Carlos como la Fundación Santa María

la Real del Patrimonio Histórico, manifiestan su voluntad de responder con

garantía al reto científico que la sociedad exige, con su compromiso mutuo de

la mejora permanente de la calidad investigadora, de formación y de los

servicios, están interesadas en colaborar conjuntamente con el fin de dar

cumplimiento a esos fines enunciados y por tanto, a utilizar sus recursos para

producir y promocionar los objetivos a través de diferentes modalidades de

col boración que, a título meramente enunciativo y no limitativo, se

tablecerán como objetivos del presente Protocolo General.

IV.- Que a tal efecto, la URJC y la Fundación Santa María la Real del

Patrimonio Histórico desean establecer un plan de colaboración, suscribiendo

el presente Protocolo General de Actuación con arreglo a las siguientes

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• ••• u Universidad

Rey Juan Carlos

PRIMERA.- Objeto.

ft FUNDACIÓN

Santa María la Real del Patrimonio Histórico

ESTIPULACIONES

Es objeto del presente Protocolo General el establecimiento de un espacio de

colaboración entre la Universidad Rey Juan Carlos y la Fundación Santa María

la Real, para el desarrollo de acciones y actividades conjuntas en beneficio de

ambas partes, en las áreas y modalidades que se indican en las cláusulas

siguientes. Dichas acciones y modalidades de colaboración que se enuncian en

el presente Protocolo, serán objeto de concreción y materialización mediante

acuerdos de las partes que se formalizarán por escrito mediante Convenios en

los que se determinarán los programas de trabajo, los fines y objetivos

propuestos y los medios necesarios para su realización, y que se irán

incorporando como anexos al presente Protocolo General.

SEGUNDA.- Duración.

La duración inicial del presente Protocolo General de Actuación será de cinco

(5) años desde su fecha de suscripción y surtirá efecto desde el día de su

firma. Podrá ser prorrogado por acuerdo expreso de las partes, que deberá ser

formalizado con al menos un (1) mes antes de la expiración del plazo

convenido o de cualquiera de sus prórrogas.

Cualquiera de las partes podrá resolver el presente Protocolo General

mediante denuncia por escrito a la otra con cinco (5) meses de antelación a la

fecha en la que desee la efectiva terminación del mismo, sin perjuicio de lo

establecido en el párrafo siguiente.

En caso de que a la fecha de terminación por cualquier causa existiera algún

Convenio celebrado al amparo de este Protocolo General , la colaboración

continuará hasta la final ización de la actividad concreta que contemple o, en su

caso, según las previsiones específicas contenidas en el mismo.

TERCERA.- Líneas de Colaboración.

Cooperación en proyectos o programas de cooperación y desarrollo

mediante la suscripción de los pertinentes contratos para la realización de

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• ••• FUNDACIÓN - Santa María la Real u Universidad Rey Juan Carlos del Patrimonio Histórico

trabajos de carácter científico, técnico o artístico al amparo de lo establecido

en el artículo 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de

Universidades y los propios Estatutos de la Universidad Rey Juan Carlos.

Cooperación en programas de formación o intercambio de personal

investigador y técnico.

Utilización de determinadas instalaciones y equipos disponibles de ambas

instituciones, en las condiciones que se establezcan de mutuo acuerdo.

Cooperación en programas de difusión tecnológica e innovación.

Patrocinio/colaboración recíproca en jornadas, ciclos, seminarios o eventos

organizados por cualquiera de las partes.

Es igualmente voluntad de ambas partes, que estudiantes de la Universidad

Rey Juan Carlos, puedan colaborar con la Fundación Santa María la Real

del Patrimonio Histórico tanto de las áreas de conocimiento relacionadas

con el objeto de este Convenio, como de otras áreas, así como colaborar

mediante la realización de prácticas en actividades propias de dicha

Fundación, pudiendo dar lugar a la realización de un Convenio de

Cooperación Educativa Específico para dichas prácticas, entre ambas

instituciones,

Cuantas otras sean consideradas por ambas instituciones de interés común

y dentro de las disponibilidades de las partes en relación al objeto de este

Protocolo General.

CUARTA.- Contenido de los acuerdos específicos.

Cada proyecto o programa de actuación en el marco de este Protocolo será

objeto de un Convenio que deberá contener, entre otros, los siguientes

aspectos:

Definición del objetivo que se persigue.

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• ••• fl FUNDACIÓN -u Universidad Rey Juan Carlos

Santa María la Real del Patrimonio Histórico

Descripción del plan de trabajo, que incluirá las distintas fases del mismo y

la cronología de su desarrollo.

Presupuesto total y medios materiales y humanos que requiera el citado

programa o actuación, especificando las aportaciones de cada entidad.

Ambas instituciones tratarán de optimizar sus propios recursos a fin de

reducir en lo posible los costes presupuestarios.

Responsables del desarrollo del trabajo por ambas partes, así como los

interlocutores en el seguimiento del mismo por las dos partes.

Normas para la coordinación, ejecución y seguimiento del programa de

trabajo.

Declaración específica de la confidencialidad , publicación y propiedad de

los resultados.

QUINTA.- Comisión de Seguimiento.

A los efectos estrictos del cumplimiento de los objetivos y obligaciones

descritas en el presente Protocolo General, así como para resolver las

divergencias que pudieran existir entre las partes respecto de la interpretación

y cumplimiento de este Protocolo, se constituirá una Comisión de Seguimiento,

integrada por tres miembros, de la que formarán parte, por la Universidad Rey

Juan Carlos, el Rector, o persona en quien delegue, y la Directora del Centro

Universitario de Estudios Turísticos (CETUR), y por parte de la Fundación

anta María la Real del Patrimonio el Director de la misma, Juan Carlos Prieto,

o la persona en quien delegue.

La Comisión de Seguimiento podrá elaborar sus propias normas de

funcionamiento y se reunirá cuando lo solicite alguna de las partes y, como

mínimo, una vez al año.

Corresponderá a la Comisión de Seguimiento, entre otras, las siguientes

funciones:

Proponer posibles colaboraciones en temas de interés común.

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• ••• FUNDACIÓN

Santa María la Real u Universidad Rey Juan Carlos del Patrimonio Histórico

Preparar los Convenios de ejecución del presente Protocolo General sobre

las materias seleccionadas dentro de las modalidades de colaboración

establecidas en la cláusula tercera o, en aquellas otras que acuerden las

partes.

Elevar las propuestas que elabore a los órganos competentes de las dos

partes.

Realizar el seguimiento de los Convenios que se establezcan.

SEXTA.- Intercambio de información y confidencialidad.

Ambas partes conceden, con carácter general, la calificación de información

reservada a la obtenida en aplicación de este Protocolo General y de los

Convenios que se suscriban en desarrollo del mismo, por lo que asumen de

buena fe el tratamiento de restricción en su utilización por sus respectivas

organizaciones, salvo de su uso para el destino o finalidad pactada en su

divulgación autorizada.

SÉPTIMA.- Protección de datos personales.

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), los datos que de tal carácter facilite la Universidad Rey Juan Carlos a la Agencia de Protección de Datos en virtud de la relación que se establece mediante el presente Protocolo General, pasarán a formar parte de un fichero de su titularidad y serán utilizados para la gestión, administración y mantenimiento de las prestaciones derivadas del presente Protocolo General. Los derechos de

cceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse en la dirección de dicha entidad indicada al encabezamiento o en [email protected] .

OCTAVA.- Cuestiones litigiosas.

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, desarrollo,

modificación, resolución y efectos, tanto de este Protocolo General como de los

Convenios surgidos en desarrollo del mismo, si no se llegara a un acuerdo a

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• ••• u Universidad

Rey Juan Carlos

FUNDACIÓN

Santa María la Real del Patrimonio Histórico

través de la Comisión de Seguimiento, serán de conocimiento y competencia

del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y, en señal de conformidad con lo expuesto en el presente acuerdo, ambas

partes firman el presente Protocolo General de Actuación, en ejemplar

duplicado a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

Por la Universidad R y Juan Carlos

-j fil a s lo)

Por la Fundación (firma y sello)

~ ~ ..... . 5 ,..../ {r c."t,"!".'- ::J'-'

•..I l .. \;

_-.:::=t:":::..o~.-n-_-cFco. Javier Moral Mediná '"'' Presidente de la Fundación Santa María la Real

del Patrimonio Histórico

7

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• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos f1

FUNDACIÓN

Santa María la Real del Patrimonio Histórico

CONVENIO ENTRE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

Y LA FUNDACIÓN SANTA MARÍA LA REAL DEL PATRIMONIO HISTÓRICO

PARA LA COLABORACIÓN EN UNA INVESTIGACIÓN DOCTORAL

En Móstoles, a 24 de diciembre de 2017

REUNIDOS

De una parte, D. Javier Ramos López, Rector Magnífico de la Universidad Rey

Juan Carlos, nombrado por Decreto 22/2017, de 28 de febrero, del Consejo de

Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM 02/03/2017), en nombre y

representación de la misma, según las competencias que tiene atribuidas por el

artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y

por los Estatutos de la citada Universidad, aprobados por Decreto 22/2003, de

27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM

núm. 54, de 5 de marzo de 2003), y modificados por Decreto 28/201 O, de 20 de

mayo, del citado Consejo de Gobierno (BOCM núm. 137, de 10 de junio de

2010), domiciliada en Móstoles (Madrid), CP 28933, calle Tulipán s/n y con

C.I.F. 02803011 B".

De otra parte, D. Francisco Javier Moral Medina, mayor de edad, provisto de

D.N.I. número 13020545S, actuando en nombre y representación de la entidad

Fundación Santa María la Real del Patrimonio Histórico como Presidente de la

misma, inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio Justicia al número

240C, de Cultura, y provista de C.I.F. número 834147827.

Ambas partes, en el concepto que concurren y reconociéndose mutuamente

competencia y capacidad legal suficiente para obligarse por el presente

Convenio,

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• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos H

FUNDACIÓN

Santa María la Real del Patrimonio Histórico

EXPONEN

1.- Que la Universidad Rey Juan Carlos tiene, entre sus fines, cooperar en el

desarrollo científico y técnico, cultural y social de la Comunidad de Madrid, así

como la difusión y la valoración y la transferencia del conocimiento al servicio

de la ciencia, de la técnica y de la cultura , de la calidad de vida y del desarrollo

económico, promoviendo el desarrollo tecnológico, la transferencia de la

tecnología y la innovación como aplicación de los resultados de la

investigación, procurando la mayor proyección social de sus actividades,

mediante el establecimiento de cauces de colaboración , convenios, contratos y

estructuras que instrumenta la Ley Orgánica 6/2001 , de 21 de diciembre, de

Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril , con el fin

de asistencia a la sociedad, con el objeto de favorecer el progreso social,

económico y cultural y contribuir a la mejora del sistema educativo a través del

fomento de los medios tecnológicos más avanzados.

11 .- Que la Fundación Santa María la Real del Patrimonio Histórico tiene entre

sus fines generar desarrollo en los territorios a partir del patrimonio cultural,

natural y social y ser referentes en la creación de modelos innovadores y

sostenibles de desarrollo basados en la dinamización de los recursos de los

territorios.

111.- Que tanto la Universidad Rey Juan Carlos como la Fundación Santa María

la Real del Patrimonio Histórico, manifiestan su voluntad de responder con

garantía al reto científico que la sociedad exige, con su compromiso mutuo de

la mejora permanente de la calidad investigadora, de formación y de los

ervicios, están interesadas en colaborar conjuntamente con el fin de dar

cumplimiento a esos fines enunciados y por tanto, a utilizar sus recursos para

producir y promocionar los objetivos a través de diferentes modalidades de

colaboración que, a título meramente enunciativo y no limitativo, se

establecerán como objetivos del presente Convenio.

IV.- Que con fecha 24 de julio de 2017, la Universidad Rey Juan Carlos y la

Fundación Santa María la Real del Patrimonio Histórico, formalizaron un

Protocolo General de Actuación con objeto de establecer las condiciones

2

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• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos

FUNDACI ÓN

Santa María la Real del Patrimonio Histórico

generales de colaboración entre ambas instituciones, en sus respectivas áreas

de competencia, estableciendo a tal fin a modo enunciativo una serie de

actividades de colaboración concreta futura.

El citado Protocolo General establecía en su estipulación Cuarta la posibilidad

de suscribir Convenios que, como el presente, permitan consolidar esa línea de

colaboración.

V.- Que a tal efecto, la URJC y la Fundación Santa María la Real del

Patrimonio Histórico desean establecer un plan de colaboración, suscribiendo

el presente Convenio con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES

PRIMERA.- Naturaleza y Objeto.

El presente Convenio es de naturaleza administrativa siéndole aplicable el

artículo 4.1 .d) del Real Decreto Legislativo 3/2011 , de 14 de noviembre, por el

que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,

que deja fuera del ámbito de dicha Ley los convenios que, con arreglo a las

normas específicas que los regulan , celebre la Administración con personas

físicas o jurídicas sujetas al derecho privado, siempre que su objeto no esté

comprendido en el de los contratos regulados en esta Ley o en normas

administrativas especiales

Es objeto del presente Convenio es el desarrollo, dentro del programa de

octorado en Turismo (lnteruniversitario) de la Escuela Internacional de

Doctorado de la Universidad Rey Juan Carlos, de una investigación doctoral

propuesta por el doctorando D. Juan Vicente Calle Lamelas, centrándose en un

estudio de caso que precisa de la utilización de datos de la actividad turística

obtenidos por el proyecto Smart Heritage City, que lidera la Fundación Santa

María la Real del Patrimonio Histórico.

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• ••• FUNDACIÓN -u Universidad Rey Juan Carlos

SEGUNDA.- Vigencia, modificación y extinción.

Santa María la Real del Patrimonio Histórico

El presente Convenio tiene una vigencia de cuatro años a contar desde la

fecha de la firma del mismo, y podrá ser prorrogado por acuerdo expreso de las

partes por un periodo de hasta cuatro años adicionales, que deberá ser

formalizado en cualquier momento antes de la expiración del plazo convenido.

Podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes, mediante la suscripción

de la correspondiente adenda de modificación.

Serán causa de extinción del presente Convenio:

• El incumplimiento de su objeto.

• La imposibilidad sobrevenida de su realización.

• El mutuo acuerdo entre las partes o la decisión motivada de una de

ellas, que deberá comunicarse por escrito a la otra parte, al menos, con

tres meses de antelación a la fecha en la que desee la efectiva

terminación del mismo. Esta resolución no afectará a la realización de

las actividades que estuvieran en ejecución, debiendo continuar hasta su

finalización las actuaciones que estén iniciadas en el momento de la

resolución de este convenio.

TERCERA.- Obligaciones de las partes.

La Universidad Rey Juan Carlos se compromete a dirigir y tutorizar dicha

investigación, que se desarrollará dentro del programa de Doctorado en

Turismo (interuniversitario) de la Escuela Internacional de Doctorado y por

tanto, estará sujeto a su normativa académica.

La Fundación Santa María la Real del Patrimonio Histórico se compromete a

proporcionar los datos necesarios para llevar a cabo la citada investigación, y

más concretamente a utilizar los datos de la actividad turística obtenidos del

proyecto Smart Heritage City con el fin de alcanzar los objetivos propuestos en

la tesis, y como investigación doctoral realizar una contribución original al

conocimiento en este área.

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• ••• FUNDACIÓN - Santa María la Real u Universidad Rey Juan Carlos del Patrimonio Histórico

CUARTA.- Presupuesto total y medios materiales.

El presente convenio no tiene costes para las entidades firmantes.

QUINTA.- Comisión de Seguimiento.

A los efectos estrictos del cumplimiento de los objetivos y obligaciones

descritas en el presente Convenio, así como para resolver las divergencias que

pudieran existir entre las partes respecto de la interpretación y cumplimiento de

este Convenio, se constituirá una Comisión de Seguimiento, integrada por tres

(3) miembros, de la que formarán parte, por la Universidad Rey Juan Carlos, el

Director de la Escuela Internacional de Doctorado, o persona en quien delegue,

y la Responsable del Doctorado en Turismo, y por parte de la Fundación Santa

María la Real del Patrimonio Histórico el director de la misma o persona en

quien delegue.

OCTAVA.- Intercambio de información y confidencialidad.

Ambas partes conceden, con carácter general, la calificación de información

reservada a la obtenida en aplicación de este Convenio, por lo que asumen de

buena fe el tratamiento de restricción en su utilización por sus respectivas

organizaciones, salvo de su uso para el destino o finalidad pactada en su

divulgación autorizada.

NOVENA.- Protección de datos personales.

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), los datos que de tal carácter facilite la Universidad Rey Juan Carlos a la Comunidad de Madrid en virtud de la relación que se establece mediante este Convenio, pasarán a formar parte de un fichero de su titularidad y serán utilizados para la gestión, administración y mantenimiento de las prestaciones derivadas del presente Convenio. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse en la dirección de dicha entidad indicada al encabezamiento o en [email protected]

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• ••• -u Universidad Rey Juan Carlos

DÉCIMA.- Cuestiones litigiosas.

FUNDACIÓN

Santa María la Real del Patrimonio Histórico

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, desarrollo,

modificación, resolución y efectos de este Convenio, si no se llegara a un

acuerdo a través de la Comisión de Seguimiento, serán de conocimiento y

competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,

ambas partes firman el presente Convenio, en ejemplar duplicado a un solo

efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Por la Universidad Rey Juan Carlos firma y sello)

Por la empresa (firma y sello)

Fdo. D. Feo. Javier Moral Medina (Presidente de la Fundación Santa María la

Real del Patrimonio Histórico)

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En Cádiz, a 22 de Marzo de 2018.

REUNIDOS

De una parte, D. Eduardo González Mazo, Rector Nlagrúfico de la Universidad de Cádiz, con domicilio en c/ Ancha 16, de Cádiz, en nombre y representación de la misma, según nombramiento de la Presidencia de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto número 119/2015, de 31 de marzo (BOJA núm. 65, de 7 de abril), y de conformidad con las competencias que le atribuyen los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto 281/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 207 de 28 de octubre) y modificados por el Decreto 2/2005, de 11 de enero, el Decreto 4/2007, de 9 de enero y el Decreto 233/2011, de 12 de julio.

Y de otra parte, D . Rosita Cuervo Payeras, identificada con Cédula de Ciudadanía Colombiana

No. 20'158.869 en calidad de Rectora y Representante Legal de la Universidad

de Boyacá. conforme a lo dispuesto inicialmente en el acuerdo 006 del 1 7 de

diciembre de 2004 del Consejo de Fundadores y sucesivamente por el mismo

consejo mediante acuerdo 084 del 14 de Diciembre de 2016, con NIT.

891.801.101-6 Institución de Educación Superior, dotada de Personería Jurídica

º:?rgada por el Ministerio de Educación Nacional mediante resolución N1

0. )

...,6'553 del 25 de mayo de 1981 y que está ubicada en la Carrera 2 este Nº 64/ ~.

169 de Tunja (Boyacá - Colombia) . 1/

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Reconociéndose mutuamente las partes la condición en la que actúan y la capacidad para hacerlo, exponen los siguientes

ANTECEDENTES

PRIMERO.- Que con fecha 22 de marzo de 2018, la Universidad de Cádiz y la Universidad de Boyacá celebraron un Convenio 1\farco/Protocolo General de Colaboración en la misma fecha de füma del presente Convenio Específico, señalando que las declaraciones que aparecen en el mismo, se tienen aquí por reproducidas para todos los efectos legales a que haya lugar.

SEGUNDO.- Que en el citado Protocolo se acordó colaborar en tareas de mutuo interés, las cuales de ser aprobadas por ambas instituciones, se formalizarían mediante Convenios Específicos que se suscribirían en el marco de dicho documento.

Una vez expresado lo anterior, las partes tienen a bien celebrar el presente convenio, en los términos y condiciones que se establecen en las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- El Presente Convenio Específico tiene por objeto establecer las bases para llevar a cabo entre ambas universidades el intercambio de estudiantes de nivel grado, máster oficial y doctorado.

SEGUNDA.- Cada una de las partes seleccionará y designará a sus estudiantes ' para participar en el programa de intercambio, de acuerdo con los/4

prÓ~edimientos y requisitos establecidos por la universidad receptora. /

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TERCERA.- Los intercambios de estudiantes bajo este convenio se ajustarán al calendario escolar de cada universidad y podrán tener una duración de un semestre o de un año académico completo o, de menor duración cuando el programa académico así lo requiera, previo acuerdo entre ambas universidades.

Los estudiantes seleccionados para el programa de intercambio podrán seleccionar y seguir cursos en la universidad receptora, siempre y cuando correspondan al mismo nivel y/ o sean equiparables a los impartidos en su universidad de origen.

CUARTA.- La universidad de origen, remitirá los expedientes de los es_tudiantes seleccionados a la universidad receptora para fines de información y aceptación.

QUINTA.- Los estudiantes que part1c1pen en el programa de intercambio pagarán en la universidad receptora sus propios costos por concepto de inscripción y matrícula y por cualquier otro concepto que implique la aplicación de tasas académicas.

SEXTA.- En relación con el pago de créditos matriculados de los estudiantes de intercambio de grado, ambas universidades acuerdan lo siguiente:

- Una exención total de tres (3) estudiantes de intercambio, designados por la universidad de origen, - Para el caso de haber un mínimo de cuatro ( 4) y un máximo de diez (1 O) estudiantes de intercambio, una reducción del 50% del total del pago de créditos matriculados, a partir del cuarto ( 4 º) estudiante de intercambio, - Para el caso de un mínimo de once (11) estudiantes de intercambio, únicamente deberán abonar el 25% del total del pago de créditos matriculados, a partir del cuarto (4º) estudiante de intercambio.1

En relación con el pago de los importes de las matriculas de los alumnos que cursen un máster oficial en cualquiera de las universidades, se estará a lo que e presamente se fije en el Convenio Específico que se firme. En el citado Convenio deberá preverse, al menos, el tratamiento recíproco como nacionales 4 1 Se negociará este apartado de la cláusula caso por caso, si procede. Sólo aplicable a los estudios de 1/ grado.

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de los estudiantes que provengan de las respectivas universidades, a los efectos del cálculo del importe de la matrícula que corresponda satisfacer.

No obstante, dichas cantidades podrán modificarse según movilidad real y siempre por acuerdo mutuo de las universidades parte. Cualquier ajuste sobre la disparidad de las exenciones deberá hacerse al siguiente año.

SÉPTIMA.- Para los alumnos que cursen estudios de Grado, dentro de las cuatro semanas siguientes al periodo final de exámenes y del periodo de intercambio, la universidad receptora enviará a la institución de origen un informe con las calificaciones obtenidas, en su caso, por cada estudiante de intercambio. El reconocimiento de los cursos tomados quedará sujeto a la normativa de cada una de las universidades firmantes del presente convenio. Si así se solicita, la universidad receptora proveerá descripción de cursos y currículo vital de los profesores con los que los estudiantes de intercambio hayan tomado clases, así como información sobre el sistema de calificaciones de la institución.

Para los estudiantes de máster o de doctorado, la emisión del título, en su caso, se someterá a las normas propias de la universidad receptora.

En el caso de estudiantes de intercambio de doctorado, se remitirá, igualmente, un informe por parte del tutor de la universidad de acogida. Dicho informe deberá indicar el grado de aprovechamiento que haya obtenido el estudiante durante su estancia.

OCTAVA.- Los estudiantes seleccionados para el intercambio tendrán los mismos derechos y responsabilidades que la universidad receptora contemple para sus propios estudiantes, debiendo cumplir las leyes y reglamentos universitarios y podrán ser sujetos a las sanciones que contemple en caso de incumplimiento de este apartado. En este caso, deberá informarse a la universidad de origen.

NOVENA.- Ambas instituciones acuerdan que es responsabilidad de los estudiantes de intercambio realizar sus trámites migratorios para obtener el visado en su país de origen. No obstante, previo requerimiento y siempre que A1' . sea oportuno y no reporte costes de ninguna clase, las universidades / o/

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colaborarán en la emisión y remisión de la documentación que pueda facilitar a los estudiantes la gestión de su propia documentación.

DÉCIMA.- Los estudiantes de intercambio serán responsables por todos los gastos adicionales que suponga el intercambio, incluyendo los gastos de transporte, hospedaje, alimentación y seguro médico.

UNDÉCIMA.- Cada una de las instituciones de este convenio proveerá asesoramiento académico y servicios de consejería a los estudiantes del intercambio durante su estancia en las respectivas universidades.

DUODÉCIMA.- El presente convenio tendrá una vigencia de hasta un máximo de cuatro años, pudiéndose acordar su prorroga de forma unánime de hasta cuatro años adicionales, salvo denuncia expresa de una de las partes, comunicada por escrito con al menos tres meses de antelación de cada vencimiento. En caso de firmas separadas se tomará como fecha inicial la fecha en que firme el último de los suscribientes.

Este convenio podrá ser modificado si las partes lo solicitan, requiriéndose el mutuo acuerdo y la comunicación previa con, al menos, seis meses de antelación a su vencimiento.

En todo caso, los estudiantes que hayan iniciado sus estudios en cualquiera de las universidades no podrán verse afectados por los cambios que se produzcan ni, en su caso, por la resolución de este convenio, garantizando las dos universidades que se les permitirá concluir sus estudios respetando las cláusulas del presente convenio.

DÉCIMA TERCERA.- Las partes manifiestan que la firma del presente convenio y los compromisos contraídos en él son producto de su buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento.

En caso de presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación, será resuelta dy ·común acuerdo, en el seno de la Comisión de Seguimiento prevista en el ).t7 Convenio Marco de colaboración entre las dos universidades. / ~-

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Leído el presente instrumento, enteradas las partes del contenido y alcance de cada una de sus cláusulas, lo firman por duplicado.

POR LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ POR LA UNIVERSIDAD DE BOYACÁ

--z7'~~~-o González Mazo Fdo. Rosa Amalia Cu~o Payeras

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ACUERDO DE COLABORACiÓN ENTRE LAS UNIVERSIDADES DE/OVIEDO, IILLES BALEARS, -ALICANTE, UIRONA, 'ROVIRA y VIRGILI,

'ZARAGOZA,'LA LAGUN~,'SEVILLA,MÁLAGA,'SANTIAGO, 'A CORUÑA,'BARCELONA, VIGO, VALENCIA

REUNIDOS

El Rector de la Universidad de Oviedo, Magnífico y Excelentísimo Señor JuanAntonio Vázquez García, como representante de ésta, según lo que establecela Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidade's, y los Estatutosde la citada Universidad

El Rector de la Universitat de les IlIes Balears, Magnífico y Excelentísimo SeñorAvel.lí Blasco Esteve, como representante de ésta, según lo que establece laLey orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y los Estatutos dela citada Universidad.

El Rector de la Universidad de Alicante, Magnífico y Excelentísimo SeñorIgnacio Jiménez Raneda, como representante de ésta, según lo que establecela Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y los Estatutosde la citada Universidad.

La Rectora de la Universitat de Girona, Magnífica y Excelentísima Señora AnnaMaria Geli de Ciurana, como representante de ésta, según lo que establece laLey orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y los Estatutos dela citada Universidad.

El Rector de la Universitat Rovira y Virgili, Magnífico y Excelentísimo SeñorFrancesc Xavier Grau Vidal, como representante de ésta, según lo queestablece la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y losEstatutos de la citada Universidad.

El Rector de la Universidad de Zaragoza, Magnífico y Excelentísimo SeñorFelipe Pétriz Calvo, como representante de ésta, según lo que establece la LeyOrgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y los Estatutos de lacitada Universidad.

El Rector de la Universidad de La Laguna, Magnífico y Excelentísimo SeñorAngel Gutiérrez Navarro, como representante de ésta, según lo que establecela Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y los Estatutosde la citada Universidad.

ector de la Universidad de Sevilla, Magnífico y Excelentísimo Señor MiguelFlorencio Lora, como representante de ésta, según lo que establece la LeyOrgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y los Estatutos de lacitada Universidad.

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La Rectora de la Universidad de Málaga, Magnífica y Excelentísima SeñoraAdelaida de la Calle Martín, como representante de ésta, según lo queestablece la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y losEstatutos de la citada Universidad.

El Rector de la Universidad de Santiago, Magnífico y Excelentísimo SeñorSenén Barro Ameneiro, como representante de ésta, según lo que establece laLey Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y los Estatutos dela citada Universidad.

El Rector de la Universidad de A Coruña, Magnífico y Excelentísimo Señor JoséMaría Barja Pérez, como representante de ésta, según lo que establece la LeyOrgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y los Estatutos de lacitada Universidad.

El Rector de la Universitat de Barcelona, Magnífico y Excelentísimo SeñorMarius Rubiralta Alcañiz, como representante de ésta, según lo que establecela Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidade~, y los Estatutosde la citada Universidad.

El Rector de la Universidad de Vigo, Magnífico y Excelentísimo Señor AlbertoGago Rodríguez, como representante de ésta, según lo que establece la LeyOrgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y los Estatutos de lacitada Universidad.

El Rector de la Universitat de Valencia, Magnífico y Excelentísimo SeñorFrancisco Tomás Vert, como representante de ésta, según lo que establece laLey Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y los Estatutos dela citada Universidad .

.Convencidos del interés recíproco en establecer y desarrollar relaciones

de cooperación en el ámbito de los estudios universitarios de turismo y de lanecesidad de potenciar los contactos y la colaboración que ya se vienenmanteniendo en este ámbito por las universidades que pusieron en marcha untítulo propio de segundo ciclo, así como en los trabajos preparatorios para laelaboración de la propuesta de Máster en Dirección y Planificación del Turismoa lo largo de las reuniones mantenidas en los últimos años, han establecido lassiguientes

BASES GENERALES DE ACUERDO

Primera. Objeto y denominación.Este Acuerdo se establece con objeto de constituir una red universitaria para lacooperación en el estudio, el intercambio de experiencias y, en su caso, lapropuesta de actuaciones en orden al cumplimiento de las exigencias derivadasdel proceso de adaptación al espacio europeo de educación superior en elámbito de los estudios oficiales de postgrado en materia de turismo, avanzandoen la cooperación en la docencia, en la investigación y en la movilidad de

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estudiantes, así como para colaborar en la mejora continua eñ su aplicación encada universidad. La red adopta la denominación de Red Interuniversitaria dePostgrados en Turismo (RED-intur).

Segunda. Miembros fundadores de la Red.Son miembros de la Red, en calidad de fundadores de la misma, lasuniversidades firmantes del presente acuerdo.

Tercera. Actuación de las universidades en la Red.Las universidades firmantes actúan en la Red a través de los representantesdesignados por los rectores de cada una de ellas, entendiéndose que, desde elmomento de constitución de la misma y salvo expresa declaración posterior encontrario, actúan en calidad de representantes las personas que se relacionanen el Anexo a este acuerdo. El contenido del Anexo se entenderá válidamentemodificado con la simple comunicación realizada por cada universidad

Cuarta. Funcionamiento de la Red.Los representantes de los miembros de la Red mantendrán un contactohabitual y continuado y se reunirán periódicamente para hacer efectiva lacooperación deseada, intercambiando información y discutien.do y elaborandolos documentos que consideren pertinentes.Los miembros de la Red adoptarán reglas propias de funcionamiento,respetando las de sus respectivas universidades, que incluyan la posibilidad deque otras universidades se adhieran a la misma.

Quinta. Inexistencia de compromisos financieros o académicos.La participación en la Red no implica compromiso financiero alguno para lasuniversidades firmantes ni presupone o condiciona las decisiones que cada unaadopte sobre la implantación de programas oficiales de postgrado en esteámbito.

Sexta. Forma de disponer de la propiedad intelectual.Toda la información resultante de actividades conjuntas realizadas bajo esteAcuerdo, estará a la disposición de las partes, a menos que los miembros de laRed establezcan otras normas.

Séptima. Vigencia y duración.El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá unavalidez mínima de dos años, renovable de forma expresa antes de que finalicenlos dos años. Cualquiera de las partes podrá proponer su modificación orescisión con seis meses de antelación a la fecha prevista para ello. En el casode que el Acuerdo se denunciase las Universidades firmantes se comprometena finalizar los proyectos y estudios que estuviesen en fase de realización.

Octava. Jurisdicción.

Las partes firmantes intentarán resolver de mutuo acuerdo las divergencias quepuedan surgir en relación al desarrollo de este convenio, renunciándose alorden jurisdiccional contencioso-administrativo.

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y en prueba de conformidad con lo que antecede, se suscribe, encatorce ejemplares, por cada uno de los rectores en el lugar y fecha que cadauno de ellos indique, el presente Acuerdo de Colaboración

1 2 FEB. 2007

D. Senén Barro AmeneiroUniversidad de Santiago

aria Geli deiu ana

Univer ita de Girona

Dña. delaida de la CalleMartín

Universidad de Málaga

D. Ignac~nez RanedaUniversidad de Alicante

6íD. Juan Antonio Vázquez

GarcíaUniversidad de Oviedo

1O ENE. 2007

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,~.NEXO

De conformidad con lo establecido en la cláusula Tercera de esteacuerdo y en las condiciones que allí se establece, son representantes de lasUniversidades firmantes en la Red que ahora se constituye las personas quehan participado en la Comisión que ha desarrollado los trabajos preparatoriospara la elaboración de la propuesta de Máster en Dirección y Planificación delTurismo a lo largo de las reuniones mantenidas en los últimos años y que serelacionan a continuación:

D. Luis Valdés Peláez, Coordinador del Máster en Dirección y Planificación delTurismo de la Universidad de Oviedo.

D. Rafael Pérez Lorenzo, Director de la Escuela Universitaria "Jovellanos" deGijón de la Universidad de Oviedo.

Da. Raquel Herranz Bascones, Directora del Máster en Dirección y Planificacióndel Turismo de la Universitat de les IlIes Balears.

Da. Natividad Juaneda Sampol, Directora del Título Superior de Turismo de laUniversitat de les IIles Balears.

D. José Fernando Vera Rebollo, Director del Máster en Dirección yPlanificación del Turismo de la Universidad de Alicante.

D. Jordi Comas Trayter, responsable académico Máster Interuniversitario deDirección y Planificación del Turismo de la Universitat de Girona.

D. L1uís Mundet Cerdán, Director de la Escuela Universitaria de Turismo de laUniversitat de Girona.

D. Salvador Antón Clavé, Director de la Escuela Universitaria de Turismo yOcio de la Universitat Rovira y Virgili.

D. Vitelio Tena Piazuelo, Director de la Escuela Universitaria de EstudiosEmpresariales de Huesca

D. Francisco Calero García, Director del Máster en Gestión de EmpresasTurísticas de la Universidad de La Laguna.

D. Eduardo Parra López, Coordinador Académico del Máster en Gestión deEmpresas Turísticas de la Universidad de La Laguna.

Da. Isabel Vázquez Bermúdez, Directora de la Escuela Universitaria deEstudios Empresariales de la Universidad de Sevilla.

D. Antonio Guevara Plaza, Director del Master en Dirección y Planificación delTurismo de la Universidad de Málaga.

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D. Luis González García, Director de la Escuela Universitaria de Turismo de laUniversidad de Málaga.

Dña. Teresa García Garazo, Coordinadora del Master en Dirección yPlanificación del Turismo de la Universidad de Santiago.

D. Antón Alvarez Sousa, Coordinador del Master en Dirección y Planificacióndel Turismo de la Universidad de A Coruña.

Dña. Mercedes Carreño Vicente, Directora de la Escuela 'Universitaria deTurismo de la Universidad de A Coruña.

Da. Helena Puig Cras, Subdirectora de la EUHT-CETT de la Universitat deBarcelona.

D. Damiá Serrano Miracle, Coordinador de Postgrados de la EUHT-CETT de laUniversitat de Barcelona.

D. José A. Fraiz Brea, Coordinador del Master en Dirección y Planificación delTurismo de la Universidad de Vigo.

Dña. Ampara Sancho Pérez, Coordinadora del Master en Dirección yPlanificación del Turismo de la Universitat de Valencia ..

Dña. Elvira Cerver Romero, Coordinadora de la Diplomatura en Turismo de laUniversitat de Valencia.

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ACTA 17/2009

En la ciudad de Vila Seca (Tarragona), (Universidad Rovira y Virgili) siendo las 16:30 horas del día dieciséis de abril de 2009, y bajo la presidencia del Sr. Presidente D. Luis Valdés Peláez, se reúne en sesión Ordinaria la Comisión Nacional de Estudios de Postgrado de Turismo (RED-Intur), según el siguiente Orden del día y con la asistencia de los miembros que se relacionan en la hoja adjunta.

ORDEN DEL DÍA:

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

2. Informe del Presidente.

3. Evolución del Master

4. Incorporación de nuevos miembros a la RED.

5. Movilidad de alumnos y profesores.

6. Inserción Laboral de los egresados del Master.

7. Página web RED-Intur

8. Convenio con SEGITTUR

9. Doctorado en Turismo

10. Grado en Turismo

11. Ruegos y preguntas

En el primer punto del Orden del día, “Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión anterior”, se aprueba por unanimidad. Asimismo comenta el Sr. presidente que esta es la 17 sesión de trabajo y agradece a todos los compañeros de la Universidad Rovira i

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Virgili el esfuerzo realizado en la preparación del encuentro. También presenta las escusas de los representantes de la Universidad de las Islas Baleares, que no han podido asistir.

En el segundo punto del Orden del día, “Informe del Presidente”, toma la palabra el Sr. Presidente D. Luis Valdés, para comentar que existen bastantes cuestiones que serán debatidas de forma pormenorizada y detallada, en cada uno de los puntos del orden del día. En primer lugar, informa que el acuerdo de la RED- Intur ha expirado y es preciso renovarlo a través de una carta firmada por cada uno de los Rectores en donde se manifieste el interés en la continuidad del acuerdo. En este momento ya se ha recibido la prórroga de las Universidades de Vigo y de Málaga. Se podría utilizar estas cartas como modelo para el resto de las universidades y enviarlas a la Secretaría de la Red.

En referencia a tercer punto del orden del día “Evolución del master” se establece un turno de intervenciones por cada una de las universidades presentes. De esta forma la representante de la Universidad de Santiago de Compostela informa de la situación de su master no ha variado, es decir han presentado el modelo abreviado a la verificación con la única novedad de que la asignatura de prácticas ha pasado a ser anual. También el representante de la Universidad de La Coruña comenta que en su caso tampoco ha habido cambios desde la última vez que se informó estando presentado al Verifica el modelo abreviado.

El representante de la Universidad de Málaga informa de que no han accedido al verídica abreviado al igual que el resto de las universidades andaluzas.. Se prevé que el proceso de verificación esté culminado para empezar en el curso 2010-2011. Por otro lado, se ha introducido una nueva asignatura (Metodología de la Investigación en Turismo) que deben de realizar los alumnos para poder acceder al Doctorado. El representante de la Universidad de Alicante también informa de que no lo han presentado al verifica abreviado por decisión de su Universidad y que el catálogo completo del master lo presentarán en el 2010) aunque tienen hasta el 31 de mayo de 2009 para adaptarlo a la nueva normativa). Han establecido la equivalencia de un crédito igual a 25 horas de las cuales serán presenciales entre un 35-40%. El representante de la Universidad de Gerona comenta que la situación sigue igual, lo único es que se está discutiendo la posibilidad de pasar la duración del master de 60 a 90 créditos ECTS. El representante de la Universidad de Oviedo comenta que su universidad ya lo ha presentado al verifica abreviado y que según sus informaciones en breve será aprobado. El representante la Universidad de La Laguna también comenta la imposibilidad de ir por el verifica abreviado

El representante de la Universidad de Tarragona, recuerda que su master es interuniversitario con la Universidad de Gerona, que para el próximo año no habrá cambios pero si se va a hacer una nueva propuesta antes del 31 de octubre para el curso 2010-2011.

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El representante de la Universidad de Zaragoza informa de que si lo han presentado por el procedimiento abreviado y se establece la posibilidad de un master franco-español con la Universidad de PAU.

El representante de la Universidad de Vigo recuerda que su master es interuniversitario, que si lo han podido presentar al verifica abreviado y que probablemente lo modificarán a una duración de 60 créditos. El plan de estudios del primer año es igual para las tres universidades gallegas, ofrece la modalidad de semipresencial y se establece como presencialidad la tercera parte del crédito, siendo éste de 25 horas. Las mismas asignaturas, la misma carga de trabajo pero viernes y sábado con más apoyo del profesorado. La docencia no entra en POP, se paga aparte con financiación.

El representante de la Universidad de Valencia comenta que lo van a presentar al Verifica Abreviado 2 (el cual permite un 10% de modificación) y que han cambiado toda la estructura de la seguiente forma:

1er curso: o 30 créditos Módulo de Nivelación o 15 créditos Módulo básico Común o 15 créditos Módulo básico de especialidad: Dirección de Empresas o

Gobernanza de destinos 2º curso:

o 10 créditos de seminarios o 10 créditos de módulos complementarios para las dos especialidades en la

versión de Orientación Académica o 10 créditos de Prácticas de Empresas para la Orientación Profesional o 10 créditos para el Trabajo Fin de Curso

En total serían 90 créditos. Además dentro del segundo curso habrá 30 créditos de técnicas de investigación que son optativos pero obligatorios para los que quieran pasar al Doctorado.

El representante de la Universidad de Sevilla informa que el master lo han presentado a la verificación abreviada y tiene una duración de 60 créditos.

Terminado la ronda de todas las universidades, el Presidente comenta que parece por lo expuesto que el proceso de cambio de los masteres se ha precipitado a una mayor velocidad de lo esperado y a lo mejor sería convenciente profundizar un poco más para que la estructura de los master fuera lo más homogénea posible entre todas las universidades que conforman la red. Se suceden algunas intervenciones. Se podría plantear alguna dificultad o discriminación para los alumos en los master que tienen 60 créditos a los cuales tienen acceso los actuales diplomados y los futuros graduados que habrán cursado cuatro años. Entre los master que tienen 60 créditos distribuyen los créditos entre prácticas y proyecto fin de master de la siguiente forma:

Universidad de Málaga: Proyecto 18 créditos y Prácticas 0 créditos

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Universidad de La Laguna: Proyecto 15 créditos y Prácticas 0 créditos Universidad de Sevilla: Proyecto: 10 créditos y Prácticas: 2 créditos

Los masteres que tienen la asignatura Metodología de la Investigación necesaria para acceder al doctorado son los siguientes:

Las Universidades gallegas: 4,5 créditos La Universidad de Sevilla: 3 créditos La Universidda Rivira y Virgili y la Universiad de Gerona

: en el perfil profesionalizante tienen 12 créditos para el trabajo de investigación y el perfin investigador tienen 30 créditos

La Universidad de Málaga: 4 créditos La Universidad de La Laguna se imparten dos optativas de 9 créditos según la

especialidad de destinos o de planificación.

El profesor Valdés comenta que en la Universidad de Oviedo la idea es pensar en transformarlo a la opción de 60 créditos o tal vez algo intermedio como es el modelo que el representante de la Universidad de Valencia ha presentado.

Los profesores Sousa y Antón opinan que la estructura tiene que ser de 60 créditos

En el cuarto punto del orden del día “Incorporación de nuevos miembros a la Red” el profesor Valdés informa de la petición que en su momento hizo la Universidad de Granada, a la cuál se le envió los requisitos de acceso pero no hemos tenido más noticias sobre su interés para incorporarse a la Red. Por otro lado, está la petición de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, habiéndose recibido la carta del Vicerrector competente solicitando la incorporación. Francisco Calero representante de la Universidad de La Laguna manifiesta que no hay ningún inconveniente por parte de su Universidad para que se incorpore la Universidad de Las Palmas a la Red avalando su incorporación e indicando que hará llegar un escrito de su Vicerrector al respecto. Así, cumpliendo todos los requisitos se acepta por unanimidad la incorporación de la Universidad de Las Palmas a la RED-Intur. Se pedirá al Rector de Las Palmas un escrito de Adhesión y se convocará a esta Universidad a la próxima reunión de la RED.

En referencia al quinto punto del orden del día “Movilidad de alumnos y profesores” hay varias universidades que tiene movilidad de alumnos por la vía de los acuerdos bilaterales:

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Y antes de finalizar la reunión el Presidente de la Red y en nombre de todos sus miembros quiere felicitar y agradecer a los compañeros de la Universidad Rovira i Virgili la estupenda organización de la reunión

RELACIÓN DE ASISTENTES:

ASISTENTE UNIVERSIDAD E-MAIL D. José Antonio Fraiz Brea Universidad Orense-Vigo [email protected] Dña. Mª Luisa del Río U. Santiago Compostela [email protected] Dña. Nuria Galí Espelt Universidad de Gerona [email protected] Dña. Noemi Rabassa Figueras Universidad Rovira I Virgili [email protected] D. Antonio Guevara Plaza Universidad de Málaga [email protected] D. Salvador Antón Clave Universidad Rovira I Virgili [email protected] D. Leandro Benito Torres Universidad de Santiago [email protected] D. Antón Alvarez Sousa Universidad La Coruña [email protected] Dña. Cristina Fernández Universidad de Zaragoza [email protected] D. Gregorio García Mesanat Universidad de Valencia [email protected] Dña. Raquel Huete Nieves Universidad de Alicante [email protected] Dña. Mercedes Carreño Universidad La Coruña [email protected] D. José L. Jiménez Caballero Universidad de Sevilla [email protected] D. Enric López Universidad Barcelona

(CETT) [email protected]

D. Rafael Pérez Lorenzo Universidad de Oviedo [email protected] D. Luís Valdés Peláez Universidad de Oviedo [email protected] D. Eduardo Parra López Universidad La Laguna [email protected] D. Francisco Calero García Universidad La Laguna [email protected] VºBª

El Presidente El Secretario

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ACTA 19/2010 En la Escuela Oficial de Turismo de la Universidad de las Islas Baleares siendo las 16:30 horas del once de marzo de 2010, y bajo la presidencia del Sr. Presidente D. Luis Valdés Peláez, se reúne en sesión Ordinaria la Comisión Nacional de Estudios de Postgrado de Turismo (RED-Intur), según el siguiente Orden del día y con la asistencia de los miembros que se relacionan en el anexo I.

ORDEN DEL DÍA:

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior. 2. Informe del Presidente. 3. Evolución del Master 4. Incorporación de nuevos miembros a la RED. 5. Movilidad de alumnos y profesores. 6. Inserción Laboral de los egresados del Master. 7. Página web RED-Intur 8. Convenio con SEGITTUR. Información y nombramiento de representantes 9. Doctorado en Turismo 10. Grado en Turismo 11. Ruegos y preguntas En el primer punto del Orden del día, “Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión anterior”, después de introducir una modificación a petición de D. Enric López y otra de Dña. Noemí Rabassa, así como algunos errores comentados por el profesor Antonio Guevara se aprueba por unanimidad. Asimismo comenta el Sr. presidente que esta es la 19 sesión de trabajo y agradece a todos los compañeros de la Universidad de las Islas Baleares el esfuerzo realizado en la preparación del encuentro. También presenta las escusas de los representantes de la Universidad de Zaragoza, de la Universidad de La Coruña (Mercedes Carreño y Antón Álvarez Sousa). En el segundo punto del Orden del día, “Informe del Presidente”, toma la palabra el Sr. Presidente D. Luis Valdés, para comentar que existen bastantes cuestiones que serán debatidas de forma pormenorizada y detallada, en cada uno de los puntos del orden del día. Por otro lado, comenta que se están produciendo problemas con la recepción de los correos de las convocatorias y ruega que confirmen la recepción de los mismos. También comenta que a consecuencia de la firma del convenio entre SICTUR y SEGITTUR la red va cogiendo mayor protagonismo. Ello se demuestra por el papel que la Secretaría de Estado de Turismo está dando a la red como nexo de unión entre las universidades y la citada Secretaría. La semana pasada en una reunión en Segittur a la que asistieron Luís Valdés y Antonio Guevara se puso de manifiesto que la red está bien valorada y se pretende que participe en Intelitur, que es gestionada desde el Consejo Superior de Cámaras de Comercio. Por lo tanto estamos en un momento que ha de aprovecharse para meditar sobe la estructura de la red, desde el punto de vista jurídico y organizativo. También nos han pedido desde SEGITTUR que participemos en un proyecto Consolider con la finalidad de darle mayor visibilidad a la red.

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En referencia a tercer punto del orden del día “Evolución del master” se establece un turno de intervenciones por cada una de las universidades presentes. De esta forma el representante de la Universidad de Valencia informa que en su caso no existe novedad. Este es el primer año de la nueva estructura del master e introduce el tema de los futuros grados como resultado de la suma de diplomado mas master. Se va a hacer un curso para obtener el grado sin tener este totalmente implementado, es decir, se le dará la titulación de grado a un diplomado después de realizar este curso. En Cataluña se ha realizado lo que se denomina un curso de retitulación. En el caso de la Universidad de Málaga, el profesor Antonio Guevara informa que el master no fue al proceso abreviado y hasta ahora han estado en la fase de verificación. Se lo devolvieron con algunas consideraciones y se ha vuelto a mandar, estando en estos momentos a la espera. Tienen 35 alumnos en el oficial (segundo año). No se ha depositado ninguna tesis doctoral. También han hecho la memoria para la verificación del Doctorado y también en estos momentos están a la espera. Comenta por otro lado, la dificultad para encontrar empresas para las prácticas. El profesor José Antonio Freiz comenta que han tenido un número elevado de alumnos aunque plantea la dificultad de la financiación debido a que este año finaliza el plan de financiación plurianual y por ello se están planteando la posibilidad de cambiar la estructura del master. Por su parte, la profesora Carmen Castro, representante de la Universidad de Santiago de Compostela informa que la situación, en su caso, no es tan dramática porque los profesores tienen reconocida la carga docente del master en el POD y por lo tanto no dependen tanto de la financiación externa, la cual sólo afectaría a conferencias, seminarios, etc., aunque poseen profesorado vinculado a la financiación de la Xunta que han de renegociar. En cuanto al número de alumnos, cubren todas las plazas pero hay un cierto descontento porque no se les reconoce el master en las convocatorias que saca la administración. También comenta que las prácticas en empresas van bien. Interviene el profesor Julio Batle sugiriendo que desde la red habría que retomar el tema del reconocimiento del master haciendo algún escrito para enviarse al Ministerio de las Administraciones Públicas. José Antonio Fraiz comenta que en su Comunidad se están aceptando las reclamaciones que se han hecho ante la Consejería de Cultura, comprometiéndose a aportar el escrito de su Vicerrectorado donde se establecen los argumentos que sustenta esta reclamación. La profesora Raquel Huete informa que han presentado el master por el procedimiento largo y ya lo tienen aprobado. Es de 120 créditos. El doctorado va por el mismo camino. El único cambio que ha habido es que los master, ya sean profesionalizantes o investigadores han de adscribirse a una Facultad, en este caso a la Facultad de Económicas. En cuanto a los proyectos fin de master se está a la espera de que la Universidad establezca la normativa. Las prácticas van bien y se realizan durante un periodo de dos meses. El profesor José Luis Jimenez informa que en estos momentos se encuentran en el segundo año del master oficial. En enero se leyeron los primeros trabajos fin de master. Se va a cambiar el calendario del master para facilitar que los trabajos fin de master tengan dos convocatorias: junio y septiembre. Presentaron el master a la verificación ampliada y en el informe aparacen modificaciones de orden menor y se está esperando por la verificación definitiva.

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El profesor Luís Valdés informa que en su caso no hay modificaciones sustanciales. El año que viene hay intenciones de revisar los masteres que se están implantando porque la Universidad considera que la oferta es elevada. Además se está en un proceso de reflexión de si los master deben de tener 60 o 120 créditos. Se han cubierto las 22 plazas. En este momento interviene el profesor Rafael Pérez para comentar que bajo su opinión los master han de ir a una estructura de 90 créditos. El profesor Julio Batle comenta que en el caso de la Universidad de las Islas Baleares, el primer año del master tuvieron 27 alumnos estando en estos momentos en la parte de práticas y proyectos fin de master. Comenta la dificultad de encontrar prácticas diferenciadas de las que se hacen en el grado. Es de la opinión de que han organizado un master profesionalizante sin serlo, ya que son profesores universitarios. Tienen una subvención por parte de la Consejería de Turismo por un importe de 230.000 euros con la cual pagan a los profesores como si se tratase de un título propio. Por otro lado, cinco alumnos han comenzado el itinerario investigador. La profesora Noemí Rabassa comenta que el año que viene es el último año que se oferta el master ya que han pedido la verificación para un nuevo master de 60 créditos en Técnicas de Análisis e Innovación Turística, con un perfil profesional e investigador. Este año han tenido 20 alumnos, la mitad con perfil investigador y la otra mitad con perfin profesional. El profesor Ricardo Díaz comenta que en la Universidad de La Laguna este año han tenido 23 alumnos, de procedencia diversa y diferentes titulaciones de acceso. Comenta las dificultades que han tenido para encuadrase en el horario oficial, por cuatrimestre, al igual que los grados. Las prácticas y los proyectos fin de master no cumputan en la carga docente del profesorado, lo que está provocando conflictividad entre el profesorado. Sólo se contemplan dos créditos para el Director del Master. Se está reflexionando sobre la idea de los 90 créditos para poder dar mejor cabida a las prácticas y al proyecto fin de master. Existen dos convocatorias. El profesor Diego Medina, expresa en primer lugar las gracias por el apoyo recibido para la incorporación de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria a la red, particularmente a la Universidad de La Laguna. En su caso los proyectos fin de master son considerados como una asignatura la cual tiene dos convocatorias. Plantea como sugerencia la posibilidad de elaborar unas fichas sobre los grandes temas, como pueden ser la duración del master, el pago a los profesores, la financiación externa, etc. En estos momentos están en la segunda edición y tienen matriculados 35 alumnos aunque considea un error tener más de 25 alumnos. Tienen la propuesta de otro master con el título de Master Internacional en Turismo. En el cuarto punto del orden del día “Incorporación de nuevos miembros a la Red” el profesor Valdés informa de la situación en la que se encuentran las diferentes peticiones y que aparecen en el siguiente cuadro:

UNIVERSIDAD REPRESENTANTE SITUACIÓN U. Rey Juan Carlos Dña. Catalina Vacas

Presenta Aval de la U. Rovira i Virgili y U. La Laguna y demás requisitos

U. de Extremadura D. José Manuel Hdez. Mogollón

U. de Deusto Dña. Asunción Fernández Presenta avales U. Málaga y U. Oviedo y demás

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requisitos U. Complutense Madrid D. Adolfo Millán Se aprueba la incoporación como miembros de la red a la Univesidad Rey Juan Carlos y la Universidad de Deusto. En referencia al quinto punto del orden del día “Movilidad de alumnos y profesores” como ya se ha informado en reuniones anteriores hay varias universidades que tienen movilidad de alumnos por la vía de los acuerdos bilaterales. Este año ha habido intercambios entre Orense y Oviedo ( dos alumnos), entre Oviedo y Alicante (dos alumnos) y entre Alicante y Gerona (un alumno). Estos intercambios han sido posibles gracias a que la estructura del master es muy similar en las universidades anteriores. Aunque todavía existen algunas dificultades en la parte administrativa en lo referente a como integrar las asignaturas que cursan en los expedientes de los alumnos. Bien podría ser como homologación de estudios o bien mediante un sistema parecido al que se emplea en los intercambios Erasmus. El profesor Gregorio García comenta que va ser muy dificil la movilidad si todos los master son de 60 créditos, salvo que se pongan cursos dentro de los cursos de doctorado. El profesor Antonio Guevara pregunta por las Convocatorias del Ministerio y sugiere la necesidad de que alguien se encargue de buscar la información necesaria para facilitar la movilidad. De esto último se encarga la profesora Raquel Huete. En el sexto punto del orden del día “Inserción laboral de los egresados del master” El Presidente abre el debate sobre las dificultades de los diplomados que han cursado el master para acceder a la administración pública. En la reunión pasada se comentó el dictamen que aportaron los compañeros de la Universidad de Las Islas Baleares donde los diplomados que además hubieran cursado el master no podrían acceder a las convocatorias de la administración pública para plazas A1. Por ello sería conveniente redactar una carta al Ministerio donde se hiciera trasmitir este malestar y la conveniencias de bucar alguna solución a este tema. El profesor Gregorio García opina que si se hacen cursos de formación complemenarios para obetener el grado, sería un inconveniente para que cursen el master ya que preferirían este curso de formación antes que el master. Se concluye que los profesores Julio Batle y José Antonio Fraiz redacten un borrador de escrito para solicitar que el master sea reconocido para acceder a la administración pública. El séptimo punto del orden del día “Página Web RED-Intur”, El Presidente comenta la que la presencia de la red en los medios de comunicación ha aumentado después de la firma del convenio con Segittur. Una prueba de ello es el apartado que se le dedica a la red en la XIX Actualización del Informe sobre el Mercado del Turismo Online. El profesor Enric López aporta algunas sugerencias para incrementar la visibilidad de la red. Una de ellas es el cambio en el formato de las reuniones, haciendo la propuesta de celebrar una reunión en el formato actual y por otro lado, organizando un congreso de la red In-tur. Además ofrece el CETT para la organozación del 1er Congreso de la Red In-Tur en noviembre de 2011. No se pretende duplicar lo que ya hace AECIT sino el de realizar un congreso mas especializado de dos o un día y medio de duración. Se podría incluir como premio la presentación en el congreso de los proyectos de los alumnos del

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ASISTENTE UNIVERSIDAD E-MAIL

D. José Antonio Fraiz Brea U. Orense-Vigo [email protected]

Dña. Noemi Rabassa

Figueras

U. Rovira I Virgili [email protected]

D. Antonio Guevara Plaza U. de Málaga [email protected]

Dña. Teresa Palmer Tous U. Islas Baleares [email protected]

D. Marcos Robledo

Camacho

U. Islas Baleares [email protected]

D. Miguel Segui Llinás U. Islas Baleares [email protected]

D. Julio Batle Lorente U. Islas Baleares [email protected]

Dña. Carmen Castro Casal U. de Santiago [email protected]

D. Diego Medina Muñoz ULPGC [email protected]

D. Gregorio García Mesanat U. de Valencia [email protected]

Dña. Raquel Huete Nieves U. de Alicante [email protected]

D. Ricardo Díaz Armas ULL [email protected]

D. José L. Jiménez

Caballero

U. de Sevilla [email protected]

D. José Antonio Perez-

Aranda

U. de Barcelona

(CETT)

[email protected]

D. Enric López Carrillo U. de Barcelona

(CETT)

[email protected]

D. Rafael Pérez Lorenzo U. de Oviedo [email protected]

D. Luís Valdés Peláez U. de Oviedo [email protected]

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ACTA 20/2010 En la Facultad de Economía, Empresa y Turismo de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria siendo las 16:30 horas del dieciocho de noviembre de 2010, y bajo la presidencia del Sr. Presidente D. Luis Valdés Peláez, se reúne en sesión Ordinaria la Comisión Nacional de Estudios de Postgrado de Turismo (RED-Intur), según el siguiente Orden del día y con la asistencia de los miembros que se relacionan en el anexo I.

ORDEN DEL DÍA:

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior. 2. Informe del Presidente. 3. Evolución del Master 4. Incorporación de nuevos miembros a la RED. 5.- Estructura de la RED-Intur 6.- Página Web de la RED-Intur 7. Convenio con SEGITTUR. Situación del SICTUR 8. Movilidad de alumnos y profesores. 9. Inserción Laboral de los egresados del Master. 10. Doctorado en Turismo 11. Asuntos de trámite 12. Ruegos y preguntas Antes de comenzar con el orden del día el Decano de la Facultad de Economía , Empresa y Turismo de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria da la bienvenida a todos los asistentes a la vigésima reunión de la RED-Intur. El Presidente de la RED agradece a la Universidad de Las Palmas, en la persona del Decano, que haya acogido esta nueva reunión de la RED y da la bienvenida a los representantes de la Universidad de Deusto y de la Universidad Rey Juan Carlos por acudir a su primera reunión al haberse incorporado recientemente dichas Universidades a la RED-Intur. Excusan su asistencia los representantes de la Universidad de las Islas Baleares, de la Universidad de Santiago, de la Universidad de la Coruña y de la Universidad de Alicante En el primer punto del Orden del día, “Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión anterior”, el Presidente comenta que se ha enviado con anterioridad y dado que no hay ninguna rectificación a la misma se aprueba por asentimiento de los presentes. En el segundo punto del Orden del día, “Informe del Presidente”, toma la palabra el Sr. Presidente D. Luis Valdés, para comentar que existen bastantes cuestiones que serán debatidas de forma pormenorizada y detallada, en cada uno de los puntos del orden del día. Pero si quiere destacar los trabajos realizados para el proyecto CONSOLIDER: comenta que se ha realizado un esfuerzo importante en poco tiempo para poder presentarlo pero al final no ha sido concedido. En este momento agradece el esfuerzo realizado por todas las personas que han intervenido y especialmente al profesor

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Gregorio García, de la Universidad de Valencia, que ha sido el coordinador del citado proyecto. También informa que la Red se ha incorporado a la plataforma Thinktur habiéndose registrado como representante de la Red el profesor Luís Valdés. Por otro lado, la Red ha tenido presencia, apareciendo en notas de prensa en los Convenios firmados por la Secretaría General de Turismo. También la Red ha aparecido mencionada como Red del Conocimiento del Turismo Español dentro de la Convocatoria de Red de Conocimiento para la Competitividad y la Sostenibilidad del Turismo Europeo. También se ha realizado la primera presentación de SICTUR durante la celebración de TURITEC 2010 en Málaga. En referencia a tercer punto del orden del día “Evolución del master” se establece un turno de intervenciones por cada una de las universidades presentes para informar sobre las novedades que se han producido desde la última reunión. De esta forma el representante de la Universidad de La Laguna, el profesor Eduardo Parra informa que no ha habido novedades desde la última reunión. Se ha superado el número de preinscripciones de la edición anterior, hay treinta matriculados y se han recibido alumnos de Marruecos, Senegal y Cabo Verde a través de una convocatoria de becas de la Comunidad Autónoma para alumnos africanos. También ha subido el número de Diplomados en Turismo que acceden al master. Se está planteando la posibilidad de reestructurar los contenidos de los programas. El profesor Antonio Fraiz, de la Universidad de Vigo, comenta que no hay novedades pero puede haberlas en un futuro inmediato. Ello se debe a que no hay acuerdo entre las tres universidades gallegas para reducir a un año la duración del master y que siga siendo interuniversitario. La Universidad de Vigo ha propuesto dos másteres de un año cada uno, uno con perfil investigador y otro con perfil profesionalizante. El representante de la Universidad de Sevilla, el profesor José Luis Jiménez, informa que este año han comenzado el tercera edición del master, que ya es oficial y también tienen implantado el Doctorado en Turismo. La profesora Catalina Vacas de la Universidad Rey Juan Carlos informa que no imparten el Master en Dirección y Planificación del Turismo, pero si tienen un master oficial en turismo de dos años de duración, con dos especialidades (Dirección de empresas y Planificación) pero con la idea de transformarlo en dos master de un año de duración cada uno. Han tenido 199 preinscripciones y se han seleccionado a 40. La profesora Asunción Fernández de la Universidad de Deusto informa que no imparten el master de la red pero tienen otro posgrado con dos especialidades: Dirección de Proyectos de Ocio y la de Organización de Congresos, Eventos y Ferias. El profesor Daniel Blasco, representante de la Universidad de Gerona, explica que en su universidad ha habido dos novedades: en primer lugar, ha empezado el Erasmus-Mundus Master European Tourism Management, con 33 alumnos (23 europeos, 7 asiáticos y 3 africanos) y dos años de duración. En segundo lugar, el master en Dirección y Planificación del Turismo de 120 créditos se ha dividido en dos másteres: uno en Dirección y Planificación y el otro de Turismo Cultura, ambos de un año de duración. El profesor Carlos Rubio, de la Universidad de Zaragoza, informa que el Grado de Turismo de su universidad se imparte en una escuela privada pero que el master está en marcha desde el 2007, de 120 créditos, pero que pasará a 60 créditos en el 2012. El master se imparte en colaboración con la Universidad de Pau. La profesora Petra de Saá, de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria explica que ofertan el Master de Dirección y Planificación del Turismo, de 60 créditos en el que

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se han matriculado 20 alumnos. También ofertan un segundo master en Desarrollo Integral de destinos. No admiten al master a los Diplomados por una normativa de carácter interno. El master se ha adaptado al Sistema de Calidad. La representante de la Universidad Roviri y Virgili informa que este es el último año que se imparte el Master de Dirección y Planificación del Turismo y ofertarán un master en Técnicas de Análisis e Innovación del Turismo de 60 créditos. El profesor Enric López del CETT-Universidad de Barcelona informa que no ofertan el master en Dirección y Planificación del Turismo pero si imparten dos master oficiales: uno en Dirección Hotelera y Restauración y otro, en Estrategia en Empresas Turísticas. También ofertan un título propio en patrimonio. El profesor Gregorio García, de la Universidad de Valencia, comenta que el master de su universidad es de 90 créditos, ofertan un curso de formación adicional. Han tenido problemas administrativos en su gestión. Se han matriculado 33 alumnos. El profesor Antonio Guevara de la Universidad de Málaga informa que han incrementado en cinco plazas el cupo de admisión pasando a 40 alumnos. Otra novedad es la planificación del curso, que va desde octubre hasta diciembre del año siguiente. Esto ha sido provocado por el incremento de alumnos que no acaban el primer año y que estaba formando una bolsa importante de alumnos. El profesor Luís Valdés comenta que en la Universidad de Oviedo se ha abierto un proceso de transformación de los masteres existentes, con la idea de ir a pocos másteres que sean internacionales o Erasmus-Mundus o Interuniversitarios o profesionales. El master se va a transformar en una estructura de 60 créditos pero se mantiene el título. Tendrá orientación profesionalizante y una parte de la docencia la tienen que asumir empresas o instituciones relacionadas con el turismo. En estos momentos está en el proceso de redacción de la Memoria de verificación. En el cuarto punto del orden del día “Incorporación de nuevos miembros a la Red” el profesor Valdés informa de la petición presentada por la Universidad Complutense donde se aporta carta de la Vicerrectora de Espacio Europeo de Educación Superior y del Director de la Escuela de Estudios Empresariales de la Universidad Complutense solicitando la admisión a la red y comprometiéndose a respetar todos los acuerdos recogidos en la Red. Imparten un master en turismo y presenta los avales de la Universidad de Sevilla, de la Universidad Rey Juan Carlos y de la Universidad de La Laguna. Por lo tanto se acuerdo aceptar su incorporación de la Red-Intur. A continuación se tratan conjuntamente los puntos 6 “Página Web de la RED-Intur” y el punto 7 “Convenio con SEGITTUR. Situación del SICTUR”. El profesor Valdés recuerda que estamos haciendo el SICTUR a través de un contrato firmado con SEGITTUR. La Universidad de Málaga ha desarrollado la plataforma y las demás universidades han ido introduciendo la información. Lo contratado ya se ha finalizado. También se ha creado Intelitur con financiación de las Cámaras de Comercio. En la actualidad estamos en la fase de presentación de SICTUR y de dar el paso a la segunda fase que consistiría en revisar la información introducida, el mantenimiento y la mejora de SICTUR. Habría que firmar con SEGITTUR, con la presencia de Intelitur un acuerdo con la red, representada por la Universidad de Málaga, y hacer un acto, que coincida por ejemplo con una reunión de la CRUE para que los rectores firmen la adenda. También existe la Plataforma Tecnológica del Turismo (THINKTUR) y sería bueno integrar la web de la red, de tal forma que hubiera una parte pública y una parte retringida.

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Por parte del profesor Enric López se anuncia el Curso que organiza en Cuenca e invita a la RED a tener presencia en él, lo que se agradece y acudirá en representación el nuevo Secretario, Gregorio García. Al no existir ni ruegos ni preguntas y antes de finalizar la reunión, el Presidente de la Red y en nombre de todos sus miembros quiere felicitar y agradecer a los compañeros de la Universidad de las Palmas de Gran Canaria la estupenda organización de la reunión

VºBª

El Presidente El Secretario

Anexo 1:Relación de asistentes:

ASISTENTE UNIVERSIDAD E-MAIL

D. José Antonio Fraiz Brea U. Orense-Vigo [email protected]

Dña. Noemi Rabassa Figueras U. Rovira I Virgili [email protected]

D. Antonio Guevara Plaza U. de Málaga [email protected]

Dña. Catalina Vacas Guerrero U. Rey Juan Carlos [email protected]

Dña. Asunción Fernández-

Villarán

U. de Deusto [email protected]

D. Daniel Blasco Franch U. de Gerona [email protected]

D. Diego Medina Muñoz ULPGC [email protected]

Dña. Petra de Saá Pérez ULPG [email protected]

Dña. Margaret Hart ULPG [email protected]

D. Juan Manuel Benitez ULPG [email protected]

Dña. Pino Medina Brito ULPG [email protected]

D. Gregorio García Mesanat U. de Valencia [email protected]

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ACTA 21. REUNIÓN RED INTUR SAN SEBASTIÁN / DONOSTIA, 24 y 25 de MARZO de 2011  

 

En la Facultad de Ciencias Sociales y Humanas del Campus de San Sebastián de la Universidad de

Deusto siendo las 16:15 horas del veinticuatro de marzo de 2011, y bajo la presidencia del Sr.

Presidente D. Luis Valdés Peláez, se reúne en sesión ordinaria la Comisión Nacional de Estudios

de Postgrado de Turismo (RED-Intur), según el siguiente Orden del día y con la asistencia de los

miembros que se relacionan en el anexo I.

ORDEN DEL DIA:

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

2. Informe del Presidente.

3. Novedades en los Máster, Grados o Doctorados en Turismo: nuevos Máster, Grados o Doctorados,

cambios en los planes de estudio, noticias sobre movilidad de alumnos o profesores, inserción de

egresados, etc.

4. Organización de la Reunión – Jornada de Barcelona (CETT) en otoño de 2011.

5. Debate sobre la Personalidad Jurídica de la RedINTUR

6. Incorporación de nuevos miembros a la RedINTUR

7. Página web RedINTUR

8. Situación del SICTUR. Convenio con SEGITTUR. Se incorporará a la reunión Carlos Romero

(SEGITTUR)

9. Asuntos de trámite

10. Ruegos y preguntas

 

Se inicia la sesión con las palabras de bienvenida D. Jose Antonio Amorrortu Gómez, Vicedecano de la

Facultad de Ciencias Sociales y Humanas y del campus de San Sebastián de la Universidad de Deusto.

El presidente da las gracias por la acogida de la Universidad de Deusto a la Red-intur.

Excusan su asistencia las Universidades de A Coruña, Compostela, Vigo, Las Palmas y Girona.

El presidente se disculpa que, por error, no se ha convocado a la reunión a la Universidad Complutense de

Madrid. Se le enviará un escrito en ese sentido, así como el acta de la reunión.

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

Se aprueba por asentimiento.

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ACTA 21. REUNIÓN RED INTUR SAN SEBASTIÁN / DONOSTIA, 24 y 25 de MARZO de 2011  

 

6. Incorporación de nuevos miembros a la RedINTUR

Se acuerda adelantar este punto del orden del día, con la finalidad de empezar la siguiente sesión con

el punto 5.

Gregorio García confirma que la Universidad Politécnica de Cartagena ha presentado la solicitud con

todos los requisitos exigidos, aprobándose por asentamiento su incorporación a la Red-intur.

Termina la sesión a las 19:05

Se Inicia la segunda sesión de la Red a las 09,30 horas del viernes veinticinco de marzo de 2011.

5. Debate sobre la Personalidad Jurídica de la RedINTUR

El presidente informa que el cambio de personalidad tiene la finalidad de poder actuar más libremente

ahora que tras el proyecto Sictur la red ha cogido más visibilidad.

Turno de palabra:

- Luis Valdés informa que el borrador propuesto y enviado a todos los miembros de la Red lo ha

pasado a su universidad aún sin respuesta.

- Gregorio García y Noemi Rabassa, que también lo han pasado al rectorado y servicios

jurídicos, coinciden en señalar que les han preguntado por quién lo firmaría y quienes serían los

miembros de la asociación.

- Noemi Rabassa también pregunta donde estaría la sede, por cuestiones legales de aplicación

jurídica de leyes de su comunidad.

- Antonio Guevara no ve clara la figura del miembro de honor, e indica que crear la asociación

supondría cargarse de gestión administrativa y económica, lo que puede ser un inconveniente a

tener en cuenta.

- Jose Luis Jiménez informa de la Asociación de Economia y Empresa, sobre la que se ha

basado el borrador propuesto, creada hace 8 meses con el objetivo de buscar la independencia

y flexibilidad con la Universidad; comenta el porqué de los miembros de honor: su experiencia

cuando ya no eran directores de Escuela; que existe una cuota de 100€ que puede servir para

sufragar gastos.

- Vitelio Tena considera que hasta ahora no hemos encontrado grandes incentivos que

supusieran una ventaja que nos constituyéramos en asociación.

- Asunción Fernández informa que sus servicios jurídicos le han indicado que los fines de la

asociación no están muy claros.

- El presidente propone volver a traer el tema de la asociación a la próxima reunión, para que

haya un período de reflexión y que todas las universidades puedan dar su opinión. Francisco

Calero coordinará los informes que vayamos obteniendo de nuestras universidades.

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ACTA 21. REUNIÓN RED INTUR SAN SEBASTIÁN / DONOSTIA, 24 y 25 de MARZO de 2011  

 

ANEXO I. RELACIÓN DE ASISTENTES:

 Asunción Fernández-Villarán Ara

Raquel Huete Nieves

Enric López Carrillo

 

Ricardo J. Diaz Armas Eduardo Parra López Francisco Calero García (vicepresidente Red-intur)

Julio Batle Lorente Marco A. Robledo Camacho

Antonio Guevara Plaza (vicepresidente Red-intur)

Luis Valdes Pelaez (presidente Red-intur) Marta Mª Vidal Suarez Cristina López Duarte

Catalina Vacas Guerrero

Noemi Rabassa Figueras

José Luis Jimenez Caballero

Gregorio García Mesanat (secretario Red-intur)

Vitelio Tena Piazuelo

 

 

 

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ACTA 33. REUNIÓN REDINTUR MADRID, 30 de MARZO de 2017

En el Centro de Estudios Financieros de la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA), siendo las

10:45 horas del treinta de marzo de 2017, y bajo la presidencia del Sr. Presidente D. Antonio

Guevara Plaza, se reúne en sesión ordinaria la Comisión Nacional de Estudios de Postgrado de

Turismo (REDINTUR), según el siguiente Orden del día y con la asistencia de los miembros que se

relacionan en el anexo I.

ORDEN DEL DIA:

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

2. Informe del Presidente.

3. Novedades en los Máster.

4. Incorporación de nuevos miembros a la REDINTUR.

5. Celebración del VII FORUM REDINTUR

6. Proyectos y trabajos de colaboración de la REDINTUR

7. Situación del estudio de inserción laboral de los egresados en Turismo.

8. Asuntos de trámite.

9. Ruegos y preguntas.

El presidente agradece a los miembros de la red su asistencia, así como a la Universidad a Distancia de

Madrid por la organización de la reunión, en especial a Carmen Hidalgo por todas las gestiones realizadas.

Por otro lado excusa la asistencia de las Universidades Autónoma de Barcelona, Cantabria-Altamira, Illes

Balears, Las Palmas, Oviedo y Politécnica de Cartagena.

Informa que se han producido varios cambios en las coordinaciones del Máster. En concreto:

• Por la Universidad de Cádiz ha cesado Jose Antonio López Sánchez y se incorpora Jose María

Biedma Ferrer.

• Por la Universidad Politécnica de Cartagena ha cesado Maria del Mar Vázquez Méndez y se

incorpora Juan Patricio Castro.

• Por la Universidad de Sevilla, cesan Jose Luis Jimenez Caballero, Jesús Manuel López Bonilla y

Luis Miguel López Bonilla, y se incorporan Cristóbal Casanueva Rocha y Mario Castellanos

Verdugo.

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

Gregorio García informa que Noemi Padrón quiere en el punto 1 primero del acta completar su

intervención cuando “comenta que no está́ contenta con la coordinación de este doble evento,

incluso en temas de financiación o reserva de hoteles, etc.” con el siguiente párrafo:

"Noemi Padrón comentó que ha participado en el Comité Organizador del Congreso de AECIT, y

aunque asistí de forma esporádica a las reuniones, por la sobrecarga de trabajo y el retraso normal

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ACTA 33. REUNIÓN REDINTUR MADRID, 30 de MARZO de 2017

4. Incorporación de Nuevos miembros a la REDINTUR

Gregorio García informa que ha habido el interés de tres universidades por incorporarse a la

REDINTUR:

a) La Universidad de Burgos, que no imparte ningún Máster Universitario, y tras un contacto inicial

por la coordinadora del Grado ya no ha habido más comunicación.

b) La Universidad Carlos III de Madrid, a través de Santiago Fernández Muñoz, coordinador del

Master en Gestión Turística de Recursos Culturales y Naturales, y del que no se ha recibido la

documentación.

c) La Universidad de Murcia, a través del centro adscrito Escuela Universitaria de Murcia y de su

director Angel Pascual Martínez Soto, donde se imparte el Máster Universitario en Gestión

Hotelera, y del que se ha recibido la documentación requerida:

1 - Carta del Vicerrector de Planificación de Enseñanzas de la Universidad de Murcia

solicitando la adscripción de la Universidad a la REDINTUR

2 - Avales de las Universidades Politécnica de Cartagena, Alacant y Rey Juan Carlos.

Se somete por tanto a la REDINTUR la inclusión de la Universidad de Murcia en la REDINTUR.

Se aprueba la incorporación de la Universidad de Murcia a la REDINTUR.

5. Celebración del VII FORUM REDINTUR

El presidente recuerda que en la última reunión se aprobó la organización del VII Fórum a la

Universitat Rovira i Virgili de Tarragona el 16 y 17 de noviembre de 2017.

Marta Nel-lo informa que se mantendrá la estructura de los Fórums anteriores y pregunta de si hay

un seguimiento de los premiados. Antonio Guevara considera que pueda ser interesante saber cuál

ha sido su trayectoria profesional y que nuestro técnico, con la ayuda de las Universidades de

origen, se encargue de ello.

Javier de Esteban pregunta si se pueden presentar en inglés, a lo que se le responde que si se

puede, como ha sucedido hasta ahora.

El Comité de evaluación estará compuesto por Noemi Rabassa, Gregorio García, Tolo Deya,

Enric López, Mª del Pino Medina, Mario Castellano, Carmen Hidalgo, Marina Abad, Jordi

Comas, Soledad Morales, Raquel Camprubi, Noemí Padrón, Mercedes Úbeda, Javier de

Esteban.

6. Proyectos y trabajos de colaboración de la REDINTUR.

Primero. Proyecto SICTUR

El presidente indica que la web está anticuada y que no se renueva porque no hay dinero para ello.

Plantea realizar un cuadro de mando para una vez incorporados los datos se obtiengan los outputs

correspondientes: gráficos, mapas de palabras, etc.

La idea es plantear la financiación para un nuevo escritorio web y el cuadro de mando.

alumno
Resaltado
alumno
Resaltado
alumno
Resaltado
alumno
Resaltado
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ACTA 33. REUNIÓN REDINTUR MADRID, 30 de MARZO de 2017

ANEXO I. RELACIÓN DE ASISTENTES:

Antón Álvarez Sousa

Noemi Padrón Fumero

Mercedes Úbeda García UNIVERSIDAD

COMPLUTENSE DE MADRID

Francisco Blasco

Carmen Hidalgo Giralt

Enric López Carrillo

Diana Gómez Bruna

Clara Martín Duque

Jose M. Biedma Ferrer

Javier de Esteban Curiel

Antonio Guevara Plaza

Soledad Morales Pérez

Mª Luisa del Río Araújo

Asunción Fernández-Villarín Ara

Cristóbal Casanueva Rocha

Mario Castellanos Verdugo

Jose Manuel Hernández Mogollón

Noemí Rabassa Figueras

Marta Nel-lo Andreu

Jesús Angla Jiménez

Jordi Comas Trayter

Raquel Camprubí Subirana Gregorio García Mesanat

Jose A. Fraiz Brea

Carmen Elboj Saso

Carlos Rubio Pomar

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ACTA 25. REUNIÓN RED INTUR MADRID, 11 de MARZO de 2012  

 

 

En la Sede de la Fundación de la Universidad Rey Juan Carlos, siendo las 10:30 horas del once de

marzo de 2013, y bajo la presidencia del Sr. Presidente D. Antonio Guevara Plaza, se reúne en

sesión ordinaria la Comisión Nacional de Estudios de Postgrado de Turismo (REDINTUR), según el

siguiente Orden del día y con la asistencia de los miembros que se relacionan en el anexo I.

ORDEN DEL DIA:

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

2. Informe del Presidente.

3. Novedades en los Máster

4. Incorporación de nuevos miembros a la REDINTUR

5. III Fórum REDINTUR

6. Situación del SICTUR. Convenio con SEGITTUR. Proyectos coordinados en la Red

7. Asuntos de trámite

8. Ruegos y preguntas

El presidente agradece a Catalina Vacas la organización de la reunión y excusa la asistencia de las

Universidades de A Coruña, Deusto, Girona, La Laguna, Oviedo, Politécnica de Cartagena, Santiago y

Vigo. Al mismo tiempo da la bienvenida a las dos nuevas universidades que se han incorporado a la

RedINTUR, la Universidad de Extremadura y la Universitat Oberta de Catalunya.

Antes de comenzar la reunión da la palabra a Francisco Calero para despedirse de los compañeros de la

RedINTUR ya que informa que deja de asistir a las reuniones, agradeciendo la colaboración de las

Universidades participantes desde el inicio de la Red, así como las que se han ido incorporando

posteriormente.

El presidente agradece a Francisco Calero la labor desarrollada dentro de la RedINTUR en la que ha sido

secretario y posteriormente vicepresidente.

Catalina Vacas agradece las palabras de Antonio Guevara y se excusa que dada la actual situación

financiera de las Universidades no haya podido organizar mejor esta reunión.

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

Se aprueba por unanimidad.

2. Informe del Presidente.

En primer lugar Antonio Guevara informa sobre la publicación de los TFM de los alumnos del II

Forum en un número de la revista del IET Estudios Turísticos indicando que ha sido imposible que

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ACTA 25. REUNIÓN RED INTUR MADRID, 11 de MARZO de 2012  

 

 

4. Incorporación de nuevos miembros a la RedINTUR

Gregorio García indica que se han recibido las solicitudes de incorporación de la Universidad a

Distancia de Madrid (UDIMA), de la Universidad de Cádiz y de la Universidad Nebrija.

Se acepta la incorporación de la Universidad de Cádiz y de la Universidad Nebrija.

En el caso de UDIMA se estima que el aval de la Universidad Complutense de Madrid no es

pertinente dado que está firmado por el coordinador del Grado en turismo de dicha Universidad en

vez de por el coordinador del Máster, por lo que se acepta su incorporación condicionada a la

presentación de la carta de aval del Máster de la UCM.

Adolfo Millán pregunta si se pueden incorporar Escuelas de Negocio, a lo que Antonio Guevara

responde que sí, siempre que sean Universidad.

5. III Fórum RedINTUR

Como se estableció en la reunión de Ourense se va a celebrar en la Universidad Complutense de

Madrid. Se decide que se celebre el 21 y 22 de noviembre de 2013.

Adolfo Millán presenta una propuesta de formato del III Fórum, similar a los anteriores Forums.

José Manuel Hernández pide que se incorpore una actividad para los alumnos que vengan de fuera

y les sea más atractiva la estancia.

Adolfo Millán hace la propuesta de incorporar una pequeña jornada de Nuevas Tecnologías y

Sostenibilidad Aplicada al Sector Turístico.

Gregorio García recuerda que próximamente los coordinadores y directores de Máster tendremos

que elaborar los horarios de los Másteres para el curso 2013-14 y por lo tanto deberíamos dejar

libres estas fechas y si es posible incorporar la visita de los estudiantes al Fórum como una

actividad propia del Máster.

Se acepta que el III Fórum tenga el siguiente formato:

21 de noviembre, Fórum por la mañana:

1) Presentación el III Fórum.

2) Una mesa redonda con encargados de RRHH de hoteles para que cuenten su experiencia,

incorporando la presencia de Turespaña vía SEGITTUR.

3) Presentación de los TFM por los estudiantes seleccionados.

21 de noviembre por la tarde:

a) Actividad exclusiva para los estudiantes.

b) Reunión de la RedINTUR.

22 de noviembre por la mañana: Jornada propuesta por la UCM sobre Nuevas Tecnologías.

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ACTA 25. REUNIÓN RED INTUR MADRID, 11 de MARZO de 2012  

 

 

ANEXO I. RELACIÓN DE ASISTENTES:

Mercedes Ubeda García

 Enric López Carrillo

 

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE   DE MADRID

Adolfo Millán Aguilar Miguel Angel Sastre

 

Jose Miguel Hernández Mogollón

 

Mª del Pino Medina Brito

Catalina Vacas Guerrero

Antonio Guevara Plaza

Soledad Morales Pérez Oriol Mirabell Izasa

 

Noemi Rabassa Figueras

José Luis Jimenez Caballero Luis Miguel López Bonilla

Gregorio García Mesanat

Marta Plumed Lasarte

 

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ACTA 24. REUNIÓN RedINTUR O’CARBALLIÑO, 20 y 21 de NOVIEMBRE de 2012  

 

En el Hotel Arenteiro de O’Carballiño, siendo las 17:00 horas del veinte de noviembre de 2012, y

bajo la presidencia del Sr. Presidente D. Antonio Guevara Plaza, se reúne en sesión ordinaria la

Comisión Nacional de Estudios de Postgrado de Turismo (RedINTUR), según el siguiente Orden del

día y con la asistencia de los miembros que se relacionan en el anexo I.

ORDEN DEL DIA:

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

2. Informe del Presidente.

3. Novedades en los Máster

4. Incorporación de nuevos miembros a la RedINTUR

5. Situación de SICTUR. Convenio con SEGITTUR.

6. Propuesta sobre proyectos coordinados en la Red.

7. Asuntos de trámite

8. Ruegos y preguntas

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

Sin ninguna modificación, se aprueba por unanimidad.

2. Informe del Presidente.

El presidente agradece en primer lugar a la Universidad de Vigo y en concreto al profesor Fraiz el trabajo

realizado en la organización del II Fórum de la Red y en la organización de la reunión. Excusa la asistencia

de las Universidades de A Coruña, Alicante, Sevilla y Zaragoza.

En segundo lugar informa sobre la publicación del número de la revista del IET Estudios Turísticos nº190 y

191 donde se recogen la presentación de la RedINTUR, los 8 trabajos presentados en el I Fórum y como

informe el proyecto SICTUR.

Indica que no fue fácil organizar toda información motivada sobre todo por los cambios arbitrarios que hizo

la dirección del IET (cese Cristina Recorder) sin consultar a la Red. Gracias a las gestiones de Luis Valdés

y algunas reuniones que tuvo que realizar en Madrid ha podido salir a la luz este proyecto que creo ha sido

muy importante para la visibilidad de la RedINTUR.

Sobre el II Fórum, se realizó una presentación en Orense el 28 de septiembre. Respecto a la financiación,

Segittur ha corrido con los gastos de los desplazamientos de los alumnos. Inicialmente el IET se

comprometió, pero al cesar la Directora nos hemos visto sin posibilidades de subvención. No nos daba

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ACTA 24. REUNIÓN RedINTUR O’CARBALLIÑO, 20 y 21 de NOVIEMBRE de 2012  

 

4. Incorporación de nuevos miembros a la RedINTUR

El presidente informa que en principio se había recibido el interés de incorporarse de la Universidad

Pompeu Fabra, de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) y de la Universidad de Extremadura.

Este interés se ha concretado en las dos últimas, pero faltan algunos avales de las universidades de la

Red.

Se aprueba por unanimidad la admisión condicionada de la UOC y la Universidad de Extremadura a la

presentación de los avales.

Gregorio García plantea la posibilidad de establecer un sistema de regularidad en las reuniones de la Red.

J.A. Fraiz indica que se podría establecer una normativa de regularidad que implique que la no asistencia

impida acceder a las actividades de la Red.

Concepción Varela plantea la posibilidad de establecer cuando no sea posible acudir algún sistema de

videoconferencia.

El presidente considera que establecer el sistema de videoconferencia es peligroso y plantea que las

reuniones intermedias entre Fórums sean de un día y la del Fórum con el mismo formato como hasta

ahora.

En este sentido se aprueba que la próxima reunión se celebre entre el 4 y el 14 de marzo en la URJC en

formato de un día.

5. Situación del SICTUR. Convenio con SEGITTUR.

El presidente informa de los siguientes puntos:

• Hay contactos para que SICTUR sea exportado a Portugal e Iberoamérica

• Presentar ppts con trabajos y presupuesto

• Futuro SICTUR:

- Nueva Interfaz

- Desarrollo Software de Integración

- Mantener a los gestores científicos

- Potenciar SICTUR como herramienta para el contacto de proyectos entre empresas e

investigadores (mantenimiento de gestores)

- Realizar jornadas de emprendimiento

También indica que hay encargos de SEGITTUR dentro del nuevo convenio de SICTUR:

a) que SICTUR cree un informe de la divulgación científica en España;

b) una divulgación del Emprendetur de SEGITTUR en las universidades con la presentación del SICTUR

en las que estén presentes los empresarios.

Se aprueba la elaboración del informe.

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ACTA 24. REUNIÓN RedINTUR O’CARBALLIÑO, 20 y 21 de NOVIEMBRE de 2012  

 

ANEXO I. RELACIÓN DE ASISTENTES:

 

Enric López Carrillo J.A. Pérez-Aranda

 

Maria del Mar Vázquez Méndez Antonio García Sánchez

 Asunción Fernández-Villarán Ara

 Jordi Comas Trayter

Bartolomé Deyá Tortella

Raul Hernández Martín

Mª del Pino Medina Brito Rosa Mª Batista Canino

 

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE   DE MADRID

Adolfo Millán Aguilar

Catalina Vacas Guerrero

Antonio Guevara Plaza

Enrique Loredo Fernández Luis Valdés Peláez

Noemi Rabassa Figueras

Concepción Varela Neira

Gregorio García Mesanat

Jose Antonio Fraiz Brea

 

 

 

 

 

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ACTA 26. REUNIÓN REDINTUR MADRID, 21 de NOVIEMBRE de 2013  

 

En la Sede de la Facultad de Comercio y Turismo, siendo las 16:30 horas del veintiuno de

noviembre de 2013, y bajo la presidencia del Sr. Presidente D. Antonio Guevara Plaza, se reúne en

sesión ordinaria la Comisión Nacional de Estudios de Postgrado de Turismo (REDINTUR), según el

siguiente Orden del día y con la asistencia de los miembros que se relacionan en el anexo I.

ORDEN DEL DIA:

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

2. Informe del Presidente.

3. Novedades en los Máster

4. Incorporación de nuevos miembros a la REDINTUR

5. Proyectos de la REDINTUR

6. Doctorado interuniversitario

7. Asuntos de trámite

8. Ruegos y preguntas

El presidente agradece a Adolfo Millán la organización de la reunión y excusa la asistencia de las

Universidades de A Coruña, Alicante, Deusto, Las Palmas y UOC. No han excusado las Universidades de

Extremadura ni Santiago. Al mismo tiempo da la bienvenida a las tres nuevas universidades que se han

incorporado a la REDINTUR, la Universidad de Cádiz, Nebrija y Udima.

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

Se aprueba por unanimidad.

2. Informe del Presidente.

En primer lugar el presidente informa sobre la publicación de los TFM de los alumnos del II Forum

de O’Carballiño en el número 196 de la revista del IET Estudios Turísticos. Finalmente se

publicarán dos de los tres TFM galardonados: “Sistema de Indicadores para la Gestión de un

Destino Turístico” (Universidad de Málaga) y “Las Agencias de Viajes ante la influencia de las

Redes Sociales en el turismo. El caso de Ourense” (Universidad de Vigo). Se realizará una revisión

y adaptación por parte de los revisores de la revista.

La autora del TFM de la Universitat de les Illes Balears declinó la publicación por no querer

traducirlo al castellano.

Al mismo tiempo se va a proceder a la recopilación de resúmenes ejecutivos de 1 o 2 hojas del

resto de TFM que obtuvieron una distinción en el II Foro de la REDINTUR.

Inicialmente se iba a intentar tenerlo para antes del presente FORUM, aunque no se ha cumplido,

pero será próximamente.

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ACTA 26. REUNIÓN REDINTUR MADRID, 21 de NOVIEMBRE de 2013  

 

Antonio Guevara comenta la posibilidad de un máster interuniversitario de la REDINTUR con un

cuerpo común y que cada universidad ofreciese sus especialidades. En este sentido, indica que los

gestores de la red harán un análisis de la troncalidad de los másteres.

4. Incorporación de nuevos miembros a la REDINTUR

Gregorio García indica que se ha recibido la solicitud de incorporación de la Universidad Autónoma

de Barcelona, cumpliéndose los requisitos establecidos.

No obstante se muestra la duda acerca de la oficialidad de los másteres de la Escuela.

Se acepta la incorporación de la Universidad Autónoma de Barcelona, aunque el secretario

contactará con ellos para certificarlo.

Finaliza la sesión de la tarde a las 18:40 horas.

Se Inicia la sesión de la mañana a las 09,45 horas.

En primer lugar, antes de seguir con el resto del orden del día, Antonio Guevara le da la palabra a

la Universidad Nebrija para que se presenten al resto de los miembros de la REDINTUR.

5. Proyectos de la REDINTUR

El presidente presenta la situación actual de SICTUR, que recuerda que nos permite la financiación

de los gestores de la REDINTUR para aspectos como el mantenimiento de la web y el apoyo a

todos los procesos de la REDINTUR (Fórum, Doctorado, etc.).

En la actualidad hay una renovación hasta diciembre con SEGITTUR, aunque con un presupuesto

menor. Para 2014 SEGITTUR ya no se puede hacer cargo del mantenimiento de la plataforma,

pero a partir de ahora está previsto que la base de datos dé servicio a Intellitur, sirviendo para el

mantenimiento de los gestores y la plataforma.

Indica que el problema fundamental del nuevo sistema es que los proyectos bajo demanda sean

distribuidos equitativamente entre los distintos grupos de investigación. También el hecho que de la

cuantía de un proyecto, se tienen que detraer un 15% para la REDINTUR más aproximadamente

otro 20% que detrae cada Universidad, por lo tanto estaríamos en inferioridad con las consultoras.

Ante esto habría que poner un precio por la utilización del servicio a las consultoras.

Como informó ayer, el presidente indica que recientemente, desde SEGITTUR, se nos ha ofrecido

la posibilidad de participar en el proyecto POCTEFEX con el estado de Marruecos, a través de las

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ACTA 26. REUNIÓN REDINTUR MADRID, 21 de NOVIEMBRE de 2013  

 

Mercedes Ubeda García

 Enric López Carrillo

 

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE   DE MADRID

Adolfo Millán Aguilar Miguel Angel Sastre

 

Jose Miguel Hernández Mogollón

 

Mª del Pino Medina Brito

Catalina Vacas Guerrero

Antonio Guevara Plaza

Soledad Morales Pérez Oriol Mirabell Izasa

 

Noemi Rabassa Figueras

José Luis Jimenez Caballero Luis Miguel López Bonilla

Gregorio García Mesanat

Marta Plumed Lasarte

 

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ACTA 28. REUNIÓN REDINTUR VALENCIA, 20-21 de NOVIEMBRE de 2014

En la Sede de la Facultat d’Economia, siendo las 16:30 horas del veinte de noviembre de 2014, y

bajo la presidencia del Sr. Presidente D. Antonio Guevara Plaza, se reúne en sesión ordinaria la

Comisión Nacional de Estudios de Postgrado de Turismo (REDINTUR), según el siguiente Orden

del día y con la asistencia de los miembros que se relacionan en el anexo I.

ORDEN DEL DIA:

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

2. Informe del Presidente.

3. Novedades en los Máster. Debate sobre el posible nuevo escenario 3+2.

4. Incorporación de nuevos miembros a la REDINTUR

5. Debate sobre la constitución del área de Conocimiento / Departamento / Unidad Administrativa de

Turismo

6. Proyectos coordinados en la REDINTUR

7. Asuntos de trámite

8. Ruegos y preguntas

El decano de la Facultad de Economía da la bienvenida a la REDINTUR y el presidente agradece a la

misma, así como al Director del Máster en Dirección y Planificación del Turismo, Gregorio García, la

organización del IV Fórum REDINTUR y de la reunión. Asimismo, excusa la asistencia de las

Universidades de A Coruña, EUDTH-UAB, Cádiz, Extremadura, Las Palmas, UOC, Oviedo, Santiago de

Compostela y Zaragoza.

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

Se aprueba por unanimidad.

2. Informe del Presidente.

En primer lugar, Antonio Guevara informa que la publicación de los TFM de los alumnos del III

Fórum está pendientes de publicación en la Revista Cuadernos de Estudios Empresariales de la

UCM, mientras que los del IV Forum se publicarán en la revista Papers de Turisme de Invat.tur.

Respecto al presupuesto económico del IV Fórum indica que se ha tenido que recurrir al fondo de

reserva del I Fórum. De éste disponíamos de 3.889,60 € y se han consumido en viajes 1.756,37 €

(el gasto del alojamiento de los estudiantes ha sido financiado por la Universidad de Valencia), por

lo que el saldo actual es de 2.133, 23 €.

El presidente informa asimismo que de los 8 estudiantes seleccionados, el estudiante de la

Universidad de A Coruña, David Blanco (que además ha sido uno de los que ha obtenido la

distinción extraordinaria) excusó su asistencia el martes por la tarde alegando una prueba de

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ACTA 28. REUNIÓN REDINTUR VALENCIA, 20-21 de NOVIEMBRE de 2014

Rosa Yagüe informa de la reunión de decanos de la Comunidad Valenciana, indicando que desde

el gobierno valenciano se ha pedido que todas las universidades vayan en la misma dirección. En

este sentido, considera que el peligro fundamental para una Universidad al reducir a tres años el

grado es la perdida de tasas asociadas a una mayor cantidad de alumnos.

Antonio Guevara contempla también la posibilidad que haya titulaciones que saldrán perjudicadas

de la reforma pues es posible que la reducción del grado a tres años no sea para todas, volviendo

a la situación de una titulación de Turismo de tres años de nuevo.

Efectivamente, Jose A. Perez-Aranda informa que el gobierno catalán está considerando

claramente que Turismo vaya a tres años, planteamiento que es corroborado por Jordi Comas, que

indica que el gobierno catalán considera que el grado es Turismo es como una FP3, según sus

estudios de inserción laboral.

En este sentido, Antonio Guevara propone que la próxima reunión de la Red sea también una

reunión reivindicativa de los estudios de Turismo.

Tolo Deya informa que en Baleares de las reuniones con empresarios turísticos saca la conclusión

que ellos consideran que es un hándicap que se reduzcan las asignaturas de empresa

(contabilidad, finanzas, etc.) por otros de geografía, idiomas, etc.

Tras el debate se aprueba crear una comisión en la REDINTUR para la defensa de los estudios de

Turismo por parte de los decanos presentes en esta reunión: Sevilla, Málaga, Rovira, CETT, Illes

Balears, UCM.

4. Incorporación de nuevos miembros a la REDINTUR

El presidente informa que el pasado mes de julio el Director de la Escuela Universitaria de Turismo

"Altamira" CESTE, D. Ignacio Sariego, realizó una petición de incorporación de la Universidad de

Cantabria en la REDINTUR.

Para la resolución sobre su admisión, además de la carta de solicitud firmada por el Vicerrectorado

de Relaciones Institucionales y Coordinación de Cantabria Campus Internacional, se han

presentado las cartas de recomendación de tres universidades miembros: Rovira i Virgili, Deusto y

Alicante.

En este sentido, a la vista que la Universidad de Cantabria, representada por la Escuela CESTE

cumple con los requisitos de admisión a la REDINTUR, se aprueba por unanimidad su

incorporación.

Asimismo, el presidente informa que recibió una llamada de la Universidad de Murcia preguntando

por los requisitos necesarios y el procedimiento para ser un miembro de la REDINTUR, no obstante

no se ha vuelto a tener noticia de esta universidad.

Finaliza la sesión de la tarde a las 19:15 horas

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ACTA 28. REUNIÓN REDINTUR VALENCIA, 20-21 de NOVIEMBRE de 2014

ANEXO I. RELACIÓN DE ASISTENTES:

Ana E. Quintana Jiménez

Manuel Figuerola Palomo

Mercedes Úbeda García

Jose Antonio Pérez Aranda

Maria M. Vázquez Méndez

UNIVERSIDAD

COMPLUTENSE DE MADRID

Adolfo Millán Aguilar

Concepción García Gómez Catalina Vacas Guerrero

Basagaitz Guereño Omil

Marta Nel-lo Andreu

Noemí Rabassa Figueras

Luis Miguel López Bonilla

Jesús Manuel López Bonilla

Jose Luis Jiménez Caballero

Jordi Comas Trayter

Carmen Hidalgo Giralt

Bartolomé Deya Tortella

Gregorio García Mesanat

Rosa M. Yagüe Perales

Noemí Padrón Fumero

Jose A. Fraiz Brea

Antonio Guevara Plaza

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UNIVERSITÉ PAR I S 1

PANTHÉONSORBONNE

Convenio nº2

Programa de cooperación

Doble título de nivel Master en Turismo

Entre:

La Universidad Paris 1 Panthéon-Sorbonne, (Paris 1) 12, place du Panthéon 75005 Paris, France

representada por Monsieur Georges HADDAD como Presidente,

Y:

La Universidad Complutense de Madrid, (Universidad Complutense) Avda. de Séneca, 2. Ciudad Universitaria, 28040 Madrid, España

representada por D. Carlos ANDRADAS HERANZ como Rector,

Designadas como partes

rXIYERSIDAD CO.\.IPLl"TBSE MADRID

De un lado,

De otro lado,

El presente convento se encuadra en el acuerdo-marco de cooperac1on establecido entre las dos

instituciones. firmado el 13 Julio 2017, y está sometido al conjunto de sus disposiciones.

Artículo 1: Objetivos del programa.

El desarrollo de un programa de cooperación de doble titulación a nivel de máster en turismo entre la

Université Paris 1 y la Universidad Complutense se inscribe en el deseo de desarrollar vínculos

interuniversitarios en beneficio de los estudiantes de ambas instituciones.

Más concretamente, el programa de dos años se estructurará en tomo a cursos de formación en

Turismo impartidos por las dos universidades para que los estudiantes puedan completar su primer año

de estudios en París l y un segundo año de estudios en la Universidad Complutense. Este currículo

integrado conduce a la obtención de títulos en ambas universidades para los estudiantes que superen

las pruebas y exámenes de conocimientos, de acuerdo con los procedimientos establecidos a

continuación.

En el marco de esta formación de alto nivel, los temas estudiados son los que se consideran esenciales

en cada uno de los dos países para la adquisición de una fonnación completa sobre turismo a nivel de

master. Los métodos de enseñanza son similares a los de los estudiantes del currículo clásico de

1

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formación en dicha materia de ambas instituciones. Los cursos se imparten en el idioma respectivo de las enseñanzas oficiales y de acuerdo con los procedimientos establecidos al efecto en cada universidad.

Sin embargo. la organización de este currículo integrado tiene en cuenta el acople de dos sistemas universitarios distintos. En la Universidad Complutense el diploma de grado - equivalente al título de

la Licence - se otorga tras la superación de 4 años de estudios (240 ECTS} y el título de máster tras un arfo de estudios (60 ECTS). En la Universidad Paris I el nivel de licence se obteniene tras la superación de 3 años de estudio ( 180 ECTS) y el título de máster tras dos años ( 120 ECTS). Por el lo, el primer año de esta doble titulación de nivel máster se considera equivalente al cuarto curso de Grado y. por tanto, permite la obtención de este diploma para !os estudiantes seleccionados por la Universidad Complutense.

A.-tículo 2: Programa y organización de la formación.

2.1 El doble máster en turismo está organizado conjuntamente por la Facultad de Comercio y Tmismo de la Universidad Complutense y la Universidad París I a través del fnstitut de recherche el d'études supérieures du tourisme (IREST).

2.2 La formación dura dos años. El contenido de dicha fom1ación se encuentra detallado en el anexo l del presente convenio.

2.3 Durante el primer año de formación los cursos se imparten en la Universidad de París 1. en el marco, a elección del alumno.- en uno de los dos cursos de máster I que ofrece el IREST, a saber: Développemenl el Aménage111e11t Touristique des Territoire.s o Ges/ion des Aclivités Touristiques et

Hótelieres. Sin embargo. los estudiantes de la Universidad Complutense que provengan del 3ª curso del Grado en Turismo UCM han de cursar obligatoriamente el programa del Master I del itinerario de Gestion des Activités Touristiques et Hótelieres ya que es el que se ajusta a la convalidación de créditos por similitud de contenidos con las asignaturas del cuarto curso del grado en Turismo (ver anexo 1 ).

2.4 Durante el segundo año de formación los cursos se imparten en la Universidad Complutense. en el marco, a elección del alumno, del Máster en Planificación y Gestión de Destinos Turísticos o del Máster en Dirección y Gestión de Empresas Hoteleras .

2.5 Cada universidad designa un responsable de la formación entre los profesores-investigadores, así como un asesor a cargo de las cuestíones administrativas. En el marco de un diálogo permanente y como intermediario de las personas designadas, las dos universidades se comprometen a disponer de cuanto sea necesario para gestionar de la mejor manera posible las cuestiones relativas a la organización y al funcionamiento de la formación. En el momento de la firma del presente convenio. los referentes son:

• Por la Universidad París 1:

Director de estudios: Directeur del 'JREST

Asesor administrativo: Responsable des programmes internationazc( de l '/REST

• Por la Universidad Complutense de Madrid:

2

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Director de estudios: Decano/a de la Facultad de Comercio y Turismo

Asesor administrativo: Yicedecano/a de Doctorado, Investigación y Formación Permanente.

Artículo J: Títulos expedidos.

J.l En el marco del programa. los estudiantes de la Universidad París I que hayan aprobado los exámenes (Cf. A11ículo 8) obtienen dos títulos, expedidos por la universidad que los otorga:

• en función del currículo elegido en París ! , el Masler Déi'eloppemenl et Aménagemel1f

Touristique des Territoires o el Alaster Ges/ion des Ac1ivilés Tourisliques et Hótelieres de la Universidad París 1;

• en función del currículo elegido en la Universidad Complutense. el Máster en Pfan{ficación y Gestión de Destinos Turfsticos o el 1vfáster en Dirección y Gestión de Empresas Hosteleras de la Universidad Complutense.

J.2 En el marco del programa, los estudiantes de la Universidad Complutense que hayan aprobado los exámenes (Cf. Artículo 8) obtienen tres títulos, expedidos por la universidad que los otorga:

• el grado en turismo de la Universidad Complutense:

• en función del currículo elegido en París 1, el Master Dére/oppement el Aménageme111

Tourislique des Territoires o el Master Gestion des Acth'ilés Touristiq11es et Hotelieres de la Universidad Paris 1:

• en función del currículo elegido en la Universidad Complutense. el Máster en Planificación y Gestión de Destinos Turíslicos o el Master en Dirección y Gestión de Empresas Hosteleras de la Universidad Complutense.

Artículo 4: Número de estudiantes participantes en el programa.

4.1 Cada año un máximo de 6 estudiantes podrán seguir el programa de doble título de master, repartido según una regla de paridad:

• 3 estudiantes seleccionados por la Universidad Complutense;

• 3 estudiantes seleccionados por la Universidad París 1.

4.2 Este número puede ser modificado por una decisión común notificada por escrito por cada pa11e conforrne al acuerdo-marco. Esta modificación se deberá incluir en un anexo a este convenio

firmado por ambas instituciones.

3

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Artículo 5: Admisión de candidatos.

5.1 El acceso al programa de doble título de nivel Master en turismo está reservado a los

candidatos titulados en turismo (Licence en Francia, Grado en España) o aquellos que hayan cursado

tres años de estudios de grado en turismo. Los candidatos titulados en turismo que participen en la

programa seleccionados por la Universidad Complutense no obtendrán el título de grado en Turismo

por la Universidad Complutense. sólo los dos títulos de máster. Los candidatos no graduados en

Turismo seleccionables por la Universidad Complutense deben haber cursado los tres primeros cursos

del grado en turismo en la propia Universidad Complutense.

5.2 La selección de 6 estudiantes será efectuada conjuntamente por la Universidad Complutense y

la Universidad Paris 1. Ésta selección se basa en la armonización de los criterios de selección entre

ambas universidades e implica la participación de los responsables de formación de cada una de ellas.

5.3 El proceso de selección se articula en 2 fases:

• Fase de preselección: cada universidad realiza una preselección de los candidatos evaluando

su expediente académico, su nivel de idioma y su motivación. Se requiere un nivel Cl en

español y en francés.

• Fase de admisión: al concluir la preselección. se organizarán entrevistas de admisión en cada

universidad, en presencia de un responsable de la formación de la Universidad Complutense y

de la Universidad París 1. Las entrevistas de admisión se harán en francés para los candidatos

preseleccionados por la Universidad Complutense y en español para los candidatos

preseleccionados por la Universidad París l.

En la entrevistas. los candidatos serán evaluados en función de su motivación. su nivel académico y su

capacidad lingüística.

5.4 Los 3 candidatos seleccionados por la Universidad Complutense y los 3 seleccionados por la

Universidad Paris I serán avisados de su admisión a este programa de doble título de Máster en

turismo en un plazo máximo de dos meses antes del comienzo del curso.

Artículo 6: Inscripción administrativa y pedagógica.

6.1 La inscripción administrativa es anual.

6.2 Durante [os dos años de fonnación, los estudiantes adquieren los derechos de inscripción de su

universidad de origen. Los 3 estudiantes seleccionados por la Universidad Complutense pagan la

matrícula en la Universidad Complutense y los 3 estudiantes seleccionados por la Universidad de París

I pagan la matrícula en la Universidad de París l. Sin embargo estarán administrativamente inscritos

en las dos universidades.

Los estudiantes de ambas instituciones, si se diera el caso. tendrán que pagar a sus respectivas

instituciones de acogida las contribuciones/tasas administrativas aplicables de acuerdo con los

requisitos de cada universidad (por ejemplo, tasa por expedición del título).

4

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6.3 Cada ai'ío, la universidad de acogida se compromete a proveer un carnet del centro al estudiante.

6.4 Las partes se comprometen a poner los medios necesarios para permitir a los estudiantes beneficiarse de becas para financiar sus estudios en el marco de este programa.

Artículo 7: Idiomas de impartición y sistemas de evaluación.

7.1 Durante el primer afio de formación en la Universidad París 1. el idioma de impartición de las

clases. para los profesores así como para la evaluación de los estudiantes. será el francés. a excepción de los cursos de lengua extranjera.

7.2 Durante el segundo año de formación en la Universidad Complutense. el idioma de

impartición de las clases. para los profesores así como para la evaluación de los estudiantes. será el

espai'iol, a excepción de los cursos de lengua extranjera.

7.3 Los exámenes serán organizados por cada universidad.

7.4 En cada universidad. la evaluación de las pruebas y los Reglamento de Control de

Conocimientos (RCC) estarán previstos en la descripción de los cursos en el anexo (Cf Anexo l ).

7.5 En la Universidad Complutense, las notas se expresan puntuando sobre I O puntos. en la

Universidad París 1, sobre 20.

7.6 La tabla de conversión de notas entre los sistemas francés y español se describe en el anexo 2.

7.7 Sólo se admitirá una segunda matrícula de las distintas materias, excepto derogación

pa11icular, y ésta. teniendo en cuenta el Reglamento de Control de Conocimientos (RCC) en vigor para

cada título en cada universidad.

Artículo 8: La obtención de los dtulos.

8.1 Como parte de la formación de doble título de nivel Máster en turismo. la expedición de los

títulos de máster por la Universidad de París 1 y de grado y máster por la Universidad Complutense

está sujeta a la superación de los dos afias de fonnación. de acuerdo con los siguientes términos:

(a)

(b)

Superación del primer año: a la vista del RCC de la Universidad París 1. la superación del

primer año. que es la admisión condicional al segundo año, sólo puede darse si el estudiante ha

aprobado los dos semestres de enseñanza. Un semestre se aprueba si el estudiante ha obtenido

el promedio. El curso académico completo se supera por compensación anual a aquellos

estudiantes que han obtenido la nota promedio mínima para aprobar como resultado de una

media aritmética de los dos semestres del año.

Superación del se12:undo ai'ío: a la vista del RCC de la Universidad Complutense, la validación

del segundo año, sólo pueden darse si el estudiante ha obtenido para cada asignatura, la

puntuación mínima de 5/1 O. No hay compensación entre asignaturas y / o entre semestres.

5

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8.2 Por los estudiantes seleccionados por la Universidad Complutense. la emisión del Grado en

Turismo está sujeto a la validación del primer año de formación, y también de la redacción del trabajo

fin de grado supervisado por un profesor de la Universidad Complutense.

8.3 Dentro de la Universidad de París 1. los estudios están sujeto a las siguientes calificaciones

basadas en las notas obtenidas:

• Passable , cuando la media general es igual o mayor que 10/20

• Asse= bien. cuando la media general es igual o mayor que 12/20

• Bien. cuando la media general es igual o mayor que 14/20

• Tri:s bien. cuando la media general es igual o mayor que 16/20

8.4 Dentro de la Universidad Complutense. los estudios están sujetos a las siguientes

calificaciones basadas en las notas obtenidas:

• Aprobado. cuando la calificación se encuentra en el intervalo 5-6,9

• Notable. cuando la calificación se encuentra en el intervalo 7-8,9

• Sobresaliente, cuando la calificación se encuentra en el intervalo 9-9,9

• Matrícula de honor. cuando la calificación es igual a 1 O.

Artículo 9: Promoción del programa.

La Universidad Complutense y la Universidad de París 1 promoverán la existencia de esta formación

de alto nivel garantizando su publicidad en todos los medios de comunicación a su disposición. En

particular. las dos universidades se comprometen a presentar la formación como una verdadera doble

titu !ación.

En este marco. cada una de las pa11es está autorizada a utilizar el logotipo de la otra parte únicamente

para el estricto cumplimiento de sus compromisos contraídos en virtud del presente acuerdo.

Artículo 10: Seguro.

En Francia. los estudiantes que participan en el programa estarán cubiertos por la seguridad social (o

por la cobertura internacional de su aseguradora sanitaria de España). el seguro de responsabilidad

civil. y deberán contratar un seguro de asistencia (asistencia jurídica y repatriación). En España los

estudiantes estarán cubiertos por la seguridad social (o por la cobertura internacional de su

aseguradora sanitaria en Francia) y por el seguro escolar de la Universidad Complutense que cubre a

todos los estudiantes menores de 28 años. Sin embargo aquellos que tengan más edad deberán

suscribir un seguro que cubran accidentes escolares y enfermedad. Todo ello les ofrece protección a lo

largo de sus estudios en el contexto de esta formación de doble título de máster.

Si el estatuto del estudiante no es suficiente en relación con los requisitos mencionados anteriorn,ente.

los participantes deben contratar un seguro personal adecuado.

6

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La prueba de tal seguro debe presentarse a los servicios administrativos responsables en las instituciones.

La ley francesa exige a los estudiantes extranjeros que participen en un programa de intercambio de

duración superior a los tres meses el pago de la seguridad social francesa.

Artículo 11: Gastos de manutención.

Los estudiantes que participen en este programa serán responsables de la financiación de su viaje. su

alojamiento y de cualquier otro gasto.

Artículo 12: Entrada en vigor y modalidades de cooperación.

Este acuerdo tiene el mismo período de duración que el acuerdo marco. firmado el 12 julio 201 7 por

ambas partes. Sin embargo podrá ser anulado, sin perjuicio de las medidas adoptadas. Podrá renovarse

mediante acuerdo escrito de ambas partes por un período determinado por las mismas en la fecha en

que expire. Dicha renovación del acuerdo entrará en vigor cuando esté finnado por ambas

instituciones.

Artículo 13: Modificaciones.

Se podrá modificar este convenio encargado de la movilidad de estudiantes mediante acuerdo escrito

siempre y cuando esté finnado por ambas instituciones.

Artículo 14: Cuestiones litigiosas.

Las pa11es se encargarán de llegar a una solución amistosa en caso de cualquier conflicto que pudiera

surgir en relación con la validez. interpretación. ejecución. incumplimiento (especialmente provocado

por un caso de fuerza mayor), interrupción o anulación del presente acuerdo.

Si una de las paites considera que una discrepancia puede poner en peligro el funcionamiento de este

convenio. deberá notificarlo a la otra parte para que se resuelva en el plazo de tres meses. Sí al final de

este período el conflicto persiste. las partes acuerdan poner fin al convenio debidamente notificado a

petición de uno de ellos.

Las partes acuerdan que una vez aplicada la anulación de este acuerdo. las acciones en curso se

aplicarán conforme con el presente convenio por las instituciones asociadas y llevado a término sin

daño alguno a los estudiantes interesados.

7

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En caso de conflicto entre las disposiciones del presente convenio y las del acuerdo. serán las de este

último las que prevalezcan.

Realizado en 4 (cuatro) ejemplares originales. 2 (dos) en lengua francesa y 2 (dos) en lengua espaíiol, todos de igual autenticidad.

En ________ . a ................ de 2018

Por la Universidad París 1 Panthéon Sorbonne

Monsieur Georges HAO AD Presid

8

Por la Universidad de la Complutense de Madrid

Dr. D. Carlos A1 dradas Heranz

Or(oG /2olB

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Anexo 1: Contenido y organización de la formación

Estudiantes de la UCM - Primer año en la Universidad Paris I

Master 1 Tourisme parcours Gestion des Activités Touristiques et Hótelieres

Langues d'enseignement : Franryais

Semestre t

Intitulé des UE et des enseignements

UE 2 Outils et méthodes

LV2

Anglais

Atelier de terrain

Conférences de spécialistes

Méthodologie de la recherche

UE 1 Les eoncepts fondamentaux du tourisme

Les fondements du marketing touristique

Géographie du tourisme

Gestion

Droit et tourisme

Les concepts économiques fondamentaux

Socio-anthropologie du tourisme

UE 3 Les systemes du tourisme et du patrimoine

Les systemes d'acteurs du tourisme

Gouvernance des territoires dans le cadre du dév. durable

Outils et méthodes d'observation du tourisme

Patrimoine culture!. patrimoine naturel : quels enjeux ?

Volume semestriel par étudiant

Semestre 2

Intitulé des UE et des enseignernents

UE 2 Gestion des établissements

Organisation des voyages, príncipes et méthodes

Gestion hóteliere

Marketing hótelier

Droit social et entreprise touristique

Tourisme et interculturalité

UE t Fondamcntaux du tourisme

Etudes marketing

Anglais

LY2 de spécialité

Conférences de spécialistes

9

CM

9

13

17

17

10

13

7

13

7

13

CM

10

10

7.5 7.5

10

10

9

TD

15

10

7

8

8

5

7

3

7

3

7

TD

10

10

7.5 7.5 10

5

ECTS

11

2

2

3

2

2

12

7

30

ECTS

10

10

2

2

1.5

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Les marchés du tourisme

La mise en tourisme des sites

UE 3 Stratégie des firmes du tourisme

Stage

Méthodologie du mémoire

Stratégies des firmes touristiques:stratégies concurrentiell

Gestion des marques touristiques et hótelieres

Techniques de recherche d'emploi

Atelier de terrain

Volume semestriel par étudiant

Número total de Créditos primer año: 60 ECTS

10

!O

12.5

Estudiantes de la UCM - Primer año

5

5

10

12.5

10

15

10

2.5

.., -_ ,:,

30

Además de los 60 créditos a cursar en Paris. los estudiantes UCM deben realizar y presentar el TFG

en la Universidad Complutense tutorizados por un profesor UCM (6 ECTS más).

Los cursos del Master Turismo MI de la Universidad París I se convalidarán a efectos de la obtención

del título de grado con las asignaturas del 4° año del grado en Turismo (a excepción del TFG):

GRADO EN TURISMO

4° Curso N" Créditos Semestre

Derecho del trabajo y de la SS en el Sector Turístico 6 1

Dirección estratégica de empresas turísticas 6 ¡

Gestión de Recursos Humanos en ET 6 1

Informática aplicada a la Gestión Turística 6 ¡

Poi ítica turística 1

6 1

Asignatura optativa a elegir 1

6 2

Asignatura optativa a elegir 6 2

PRACTICUM 12 ..,

Trabajo fin de grado (TFG) 6 2

10

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Estudiantes París 1 - Primer año en la Universidad Paris I

Master 1 TOURISME PARCOURS GESTION DES ACTIVITES TOURISTIQUES ET

HOTELIERES

Langues d'enseignement : Fran9ais

Semestre 1

Intitulé des UE et des enseignements

UE 2 Outils et méthodes

LV2

Anglais

Atelier de terrain

Conférences de spécialistes

Méthodologie de la recherche

UE 1 Les concepts fondamentaux du tourisme

Les fondements du marketing touristique

Géographie du tourisme

Gestion

Droit et tourisme

Les concepts économiques fondamentaux

Socio-anthropologie du tourisme

UE 3 Les systemes du tourisme et du patrimoine

Les systemes d'acteurs du tourisme

Gouvernance des territoires dans le cadre du dév. durable

Outils et méthodes d'observation du tourisme

Patrimoine culturel, patrimoine naturel : quels enjeux?

Volume semestriel par étudiant

Semestre 2

Intitulé des UE et des enseignements

UE 2 Gestion eles établissements

Organisation des voyages, principes et méthodes

Gestion hóteliere

Marketing hótelier

Droit social et entreprise touristique

Tourisme et interculturalité

UE l Fondamentaux du tourisme

Etudes marketing

Anglais

L V2 de spécialité

Conférences de spécialistes

Les marchés du tourisme

La mise en tourisme des sites

11

CM

9

13

17

17

10 13

7

13

7

13

CM

10

10

7.5

7.5

10

10

9

10

10

TD

15

10

7

8

8

5

7

3

7

3 7

TD

10

10

7.5

7.5

10

5

5

5

ECTS

11

2

2 .., .J

2

2

12

7

30

ECTS

10

10

2

2

1.5

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UE 3 Stratégie des firmes du tourisme

Stage

Méthodologie du mémoire

Stratégies des firmes touristiques:stratégies concurrentiell

Gestion des marques touristiques et hótelieres

Techniques de recherche d'emploi

Atelier de terrain

Volume semestriel par étudiant

ó

12.5

10

12.5

10

15

10

2.5

2.5

30

Master 1 TOURISME PARCOURS DEVELOPPEMENT ET AMENAGEMENT

TOURISTIQUE DES TERRITOIRES (Fl/FA)

Langues d'enseignement : Franc¡:ais

Semestre 1

Intitulé des UE et des enseignements

UE 2 Outils et méthodes

LV2

Anglais

Atelier de terrain

Conférences de spécialistes

Méthodologie de la recherche

UE 1 Les concepts fondamentaux du tourisme

Les fondements du marketing touristique

Géographie du tourisme

Gestion

Droit et tourisme

Les concepts économiques fondamentaux

Socio-anthropologie du tourisme

UE 3 Les systemes du tourisme et du patrimoine

CM

9

13

17

17

10

13

Les systemes d'acteurs du tourisme 7

Gouvernance des territoires dans le cadre du dév. durable 13

Outils et méthodes d'observation du tourisme 7

Patrimoine culturel, patrimoine naturel : quels enjeux? 13

Volume semestriel par étudiant

Semestre 2

Intitulé des UE et des enseignements

UE 3 Tourismes et territoires

Cartographie et SIG

Stage

Atelier de terrain

CM

5

12

TD

15

10

7

8

8

5

7

3

7

3

7

TD

10

15

ECTS

11

2

2

3

2

2

12

7

30

ECTS

12

2

2

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Outils et techniques d'analyse de la métropole touristique 7.5 7.5 Méthodologie du mémoire 10 2 Tourisme et espaces urbains 7.5 7.5 Techniques de recherche d'emploi 10 Tourisme et transports intemationaux 7.5 7.5 UE 2 Conception et montage de projets touristiques 8

Montage juridique des projets d'aménagement touristique 7.5 7.5 Développement et aménagement touristique 10 10 Evénements et animation des territoires

Diagnostic territorial , étude de faisabilité 5 5 Processus de montage public privé 7.5 7.5 UE 1 Fondamentaux du tourismc 10

Etudes marketing 10 5 Anglais 2

L V2 de spécialité 2

Conférences de spécialistes 9 1.5 Les rnarchés du tourisme 10 5 La mise en tourisme des sites 10 5 Volume semestriel par étudiant 30

Número total de créditos primer año: 60 ECTS

13

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Estudiantes de la UCM v Estudiantes Paris 1- Segundo año en la Universidad Complutense

MASTER EN PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE DESTINOS TURÍSTICOS

MATERIAS/ Asignaturas NºCréditos Semestre

Materia 1. MERCADOS Y DESARROLLO TERRITORIAL

Planificación del destino turístico .,

1 _.,

Conceptualización y Tipología de los Destinos Turísticos .,

1 _.,

Factores y Políticas para el desarrollo turístico 3 1

El producto turístico: conceptualización estructura y diseño 3 l

Materia 2. INSTRUMENTOS Y TECNOLOGÍA PARA LA PLANIFICACIÓN DE

DESTINOS TURÍSTICOS

Sistemas de infonnación tecnológicas del destino turístico 3 1

Entorno legal de la planificación turística .,

1 _.,

Materia 3. POSICIONAMIENTO Y GESTIÓN SOSTENIBLE DE DESTINOS

TURÍSTICOS

Posicionamiento y comunicación integrada de destinos turísticos .,

1 _.,

Gestión y desarrollo del turismo en áreas naturales y rurales 3 1

Gestión y desarrollo del turismo urbano y cultural .,

1 _.,

Gestión y desarrollo del turismo en destinos litorales y áreas costeras .,

1 _.,

Sistemas de gestión de calidad de destinos turísticos 3 ,.,

Gestión sostenible de destinos turísticos 3 2

Materia 4. GESTIÓN AVANZADA Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS TURÍSTICOS

Implantación de la estrategia del destino turístico: la gestión y ., ,., _.,

seguimiento de proyectos

Dirección y Organización del destino turístico .,

2 _.,

Dirección de equipos humanos ..., .., _.,

Materia S. PRÁCTICAS EXTERNAS 6 2

Materia 6. TRABAJO FIN DE MASTER (TFM) 9 2

Total de créditos anual: 60 ECTS

ó

MASTER EN DIRECCIÓN Y GESTIÓN DE EMPRESAS HOTELERAS

MATERIAS/ Asignaturas 1 Nº Créditos I Semestre

14

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Materia 1. MODULO DE ENTORNO Y ACTIVIDAD HOTELERA

Alojamientos especiales 4 1

Prevención de riesgos laborales en el sector hotelero 4 1

Régimen fiscal en el sector hotelero 4 1

Restauración y eventos 4 l

Derecho del consumo 4 2

Materia 2. MÓDULO DE FORMACION AVANZADA EN TECNICAS DE DIRECCIÓN

HOTELERA

Contabilidad para la gestión hotelera 6 1

Gestión comercial de la empresa hotelera 4 1

Planificación estratégica hotelera 4 1

Creación de empresas hoteleras 4 ')

Organización y RRHH en entidades hoteleras 6 2

Plan de márketing de la empresa hotelera 4 2

Materia 3. PRÁCTICAS EXTERNAS

Prácticas externas 6 ')

Materia 4. TRABAJO FIN DE MASTER

Trabajo fin de master 6 2

Total de créditos anual: 60 ECTS

15

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Ur-ilVE RSITÉ PAR IS \

PANTHÉONSORBONNE DIRE<;TION DES REl.ATIONS

INTERNATIONALES

ECTS Fail Frauce 9

AJlemngne 6 .-.4.3

Nicht Autiiche genügeocl

5

Belúque 9 Danemai-k 0.3.5

Espague Suspenso ..

Finlande Grece 2.3 . 4

Hom!l'Íe l

Fail Idande

+-39

Italie <- 18

Norvege 1B

Pays-Bas <-5 Pologne <-1

Po1tugal +-9.9

Répulilique <- 5

tchéque Roumanie 2, 3, 4

Fail Royaume-Uni

+-39

Suede l ;

Suisse 1 +-3

Anexo 2: Tabla para la conversión de notas

TABLEA U DE CONVERSION DES NOTES

EUROPE

Programmes bilatéraux & E1·asmu5"1-Ellrop,tuz Credit Trnnsfer Sy.rtem (ECTS)

E D e B 10 11 12 13 14

4.0-3.7 3 .3 • 3.0 2.7 -2.3 2 1.7

Geniigend Befriedigend Gut 4 3 2

10 11 12 13 14 6 7 8 9

15

1

15 10

16

u

16 11

Aprobado Notable Soliresialente 5-6 7-8 9

1 u 2 2.5 5 6 7 9 2 3 4

TI1ird Lower 2nd Upper 2nd 40 - 49 50 - 59 60 - 69

III Il.2

18 - 23 24 - 26 27 - 28 29 - JO

3.10 - 2.95 -2.8 - 2.9 2.65 - 2. 75

3.15 3.05 5.5 - 6 6 6.5 7 7. 5 8 8.5

2 3

10 11 12 13 14 - 16 17

15

4 3 2

5 6 7 8 9 TI1ird Lower2"" Upper 2''"

40 - 49 50 - 59 60 - 69 III II.2

GouB Gou BA 4 5

Al\IÉRIOUE DU NORD. ASIE. OCÉANIE

Progn1mmes bil:ité1·aux & BCI

A 17 1 18 1 19 1 :w

1.0

Sehr gut 1

17 l 18 1 19 1 20 12 1 13

Matricula de Honor 10

3

10 5

First 70-+

30 e Iode

2.15 - 2.6

9 l 10 5

18 1 19 - 20

1

1 10

First 70 -

VGou AB

(NB : ba •·émG md1ccznf: ver¡fier czuprés da l '11mversit2 cho1:ue le bare.1112 pmtz,:p,e1

Fn111ce 1-3 4-5 6-7 8-9 10-11 12 13 14 15 16 17 18-20

Amérique du N on:l, D- D D+ e- e

Asie. Océanie e+ B- B B+ A- A A+

Prognun 111 e Mkefa

France Passable AB B TB Améri ue duNord 3 3.5 4-

AMÉRIQUE LATINE

Pour postuler eupres d'universités latino-américaines, il fant en géuéral diviser les notes par denx sur le relevé de uotes traduit en espagnol ou po1tugais (en effet. les exameus et traveux nuiversitaires y sont le plu~ souvent notés sur 10 et non sur 20). Dans ce1tai11s c:u:. il ellt égaleme11t possible de laisser les notes ol>ten11es sur 20. A vérifier auprés de l'université choisie.

Un,versité París 1 Panthéon-Sorbonne - Oirection des Relations lnternational ... 58, txu .. devard A,-ago 7SOl3 Paris - 1 ;1.: +-33 (0)144 07 76 79 - www .univ-parisl.fr - re J;nte-rl'ci)un fV~pans1.fr

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Current members

Non-profit open and distance teaching universities

Anadolu University (AU), Turkey

Eskisehir Academy of Economic and Commercial Sciences, established in 1958, laid the foundation of Anadolu University. The Academy was replaced by Anadolu University in 1982, which has gained a well-deserved place as a modern, dynamic and innovative institution among the largest universities not only in Turkey, but also in the world. Anadolu University Open Education System services have been offered by three faculties: Open Education Faculty, Faculty of Business Administration and Faculty of Economics. The Open Education System has a very flexible and well-organized structure. Anadolu University Open Education System offers 17 undergraduate degree, 34 associate degree,

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strong social value inspired to the mission of UNINETTUNO: democratising the access to knowledge through the new technologies.

Universitat Oberta de Catalunya (UOC), Spain

The Universitat Oberta de Catalunya (Open University of Catalonia, UOC) began its activities in the academic year 1995/1996 with courses in Educational Psychology and Business Studies in Catalonian. The UOC has grown over the years and currently 200.000 people form part of the UOC's university community. Furthermore the university has increased and diversified its course offering to 50 master's degree programmes, 3 doctoral programmes and 102 postgraduate programmes today. Also studies in Spanish and English are added to the programme. The UOC contains seven faculties and two research centres.

Swiss Distance Learning University (FernUni Schweiz), Switzerland

The Swiss Distance Learning University is a young institution, leading in distance teaching in Switzerland. A rich spectrum of distance degrees, university awards (B.A.,

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Governance & Management

Executive Committee

Airina Volungevičienė

PRESIDENT

Director of Innovative Studies Institute at Vytautas Magnus University, Lithuania

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Josep M. Duart

VICE-PRESIDENT FOR RESEARCH

Professor at Universitat Oberta de Catalunya, Spain

Sandra Kucina Softic

VICE-PRESIDENT FOR OPEN PROFESSIONAL COLLABORATION

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EUNIS

Regular members

Austria

● University of Applied Sciences Upper Austria

Belgium

● University of Ghent

● Université Libre de Bruxelles

● Université Catholique de Louvain

Croatia

● University of Zagreb, University Computing Centre – SRCE

Czech Republic

● EUNIS CZ

Denmak

● Aarhus University

● University of Copenhagen

● Technical University of Denmark

Finland

● Aalto University

● Åbo Akademi University

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● UiT the Arctic University of Norway

● University of Bergen

● University of Oslo

● University of Stavanger

Poland

● Adam Mickiewicz University in Poznan

● AGH University of Science and Technology

● Jagiellonian University in Krakow (UJ)

● MUCI (Interuniversity Centre for IT)

● National Information Processing Institute (OPI)

● University of Silesia

● University of Warsaw

● Warsaw School of Computer Sciences (WWSI)

● Warsaw University of Technology

Portugal

● Instituto Superior de Engenharia do Porto (ISEP)

● Universidade do Porto

Spain

● Spain Oficina de Cooperación Universitaria (OCU)

● SIGMA Gestion Universitaria

● Universidad Carlos III de Madrid

● Universitat Jaume I de Castelló

● Universitat Oberta de Catalunya (UOC)

● Universitat Politècnica de València

● Universitat Rovira i Virgili

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\ ,1vf Rsll):\I)

NEBRIJA 11 SEGITTUR furis. ,,., e i11no1AX;ci,.,

PROTOCOLO GENERAL DE ACTUACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE NEBRIJA Y LA SOCIEDAD MERCANTIL ESTATAL PARA LA GESTIÓN DE LA INNOVACIÓN Y LAS TECNOLOGÍAS TURÍSTICAS, S. A. M. P. {SEGITTUR), PARA El DESARROLLO CONJUNTO DE ACTUACIONES DE CARÁCTER ACAD~MICO, DE INVESTIGACIÓN, DE COOPERACIÓN Y DE INICIATIVAS PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y TECNOLÓGICA DE LOS DESTINOS Y EMPRESAS TURÍSTICAS

En Madrid, a 28 de mano de 2019

REUNIDOS

De una parte, la Sociedad Mercantil Estatal para la Gestión de la Innovación y las Tecnologías

Turisticas, S.A.M.P. (en adelante "SEGITTUR"), con C.I.F. A-81874984, y domicilio en la calle Orense,

58, 4!! planta, de Madrid, representada por su Presidente D. Enrique Martfnez Marln, según resulta

de la escritura pública otorgada el día 1 de octubre de 2018 por el Notario de Madrid D. Carlos

Olona Schüller, con el número 1.095 de su protocolo, que el interesado declara vigente al día de la

fecha.

De otra parte, la UNIVERSIDAD ANTONIO DE NEBRIJA (en adelante "UNNE"), con C.l.F. A-78094158

y domicilio social en Campus de La Berzosa s/n, 28240 Hoyo de Manzanares (Madrid), representada

por su Rector Magnífico, D. Juan Cayón Peña, según acuerdo adoptado por el Consejo Rector en

fecha 8 de julio de 2014, constando su reelección, en reunión de fecha 14 de junio de 2016, en el

libro de Actas del Consejo de Administración, y en ejercicio de las facultades conferidas en el

Artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de Diciembre, de Universidades, y el Decreto 6/2012,

de 19 de Enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las Normas de Organización y

Funcionamiento de la Universidad Antonio de Nebrija, y domicilio a los efectos del presente

convenio en Campus de la Berzosa, C.P.:28240 Hoyo de Manzanares (Madrid).

Las partes se reconocen con capacidad legal suficiente y poder bastante para este acto y

EXPONEN

1.- Que SEGITTUR es una sociedad participada en su totalidad por la Administración General del Estado, tutelada por el Ministerio de Energía, Turismo y agenda Digital del Gobierno de España, y que a través de la Secretaría de Estado de Turismo, es la responsable de impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación (l+D+i) en el sector turístico español, tanto en el ámbito público (nuevos modelos y canales de promoción, gestión y creación de destinos inteligentes, etc.) como en el privado (apoyo a emprendedores, nuevos modelos de gestión sostenible y más competitivos, exportación de tecnología turística española, etc.).

1

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1 :>. 1 \· l. R s 1 () .\ I>

NEBRIJA 11 SEGITTUR

11.- Que SEG ITTU Res un potente y eficaz operador capaz de contribuir al desarrollo, modernización y mantenimiento de la industria turística española, mediante la innovación tecnológica. Genera y gestiona la tecnología, conocimiento e innovación necesarios para mejorar la competitividad, calidad y sostenibilidad en los ámbitos medioambiental, económico y social del turismo. Difunde, promociona e implementa en los mercados turísticos nacionales e internacionales las buenas prácticas, los conocimientos y la innovación tecnológica que han convertido a España en un referente mundial en el ámbito del turismo internacional.

111. Que la Universidad Antonio de Nebrija es una universidad privada, reconocida en virtud de ley 23/1995, de 17 de julio, dedicada a la enseñanza e investigación superior universitarias, estando comprendidos entre sus objetivos la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos científicos, así como el desarrollo de enseñanzas de especialización o actividades específicas de formación.

IV. Que la Universidad Nebrija dispone de los recursos humanos y materiales para llevar a cabo la formación en el campo del turismo en el marco de la educación superior a nivel de grado, master y doctorado. Asimismo, de los grupos de investigación y de la formación doctoral para llevar a cabo proyectos de investigación en colaboración con investigadores foráneos y otras centros de educación superior de reconocido prestigio a nivel nacional e internacional.

V. Que es deseo de las partes establecer una estrecha colaboración al objeto de impulsar el cumplimiento de los fines comunes que tienen encomendados, en la certeza de que tal colaboración, al permitir un mejor aprovechamiento de los recursos disponibles y una mayor eficacia en su gestión,

permitirá obtener mejores resultados en los programas y acciones a emprender, lo que redundará en beneficio de ambas instituciones y, en definitiva, del desarrollo científico y cultural y del progreso de las empresas y destinos turísticos.

VI. Que, sobre la base de estos antecedentes, las partes manifiestan su voluntad de formalizar el presente Protocolo General de Actuación de acuerdo con las siguientes cláusulas o estipulaciones:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- Marco y objeto

El presente Protocolo tiene por objeto establecer cauces de cooperación entre las partes para el desarrollo de actividades conjuntas y/o de colaboración, dentro del marco de las misiones formativas, de investigación y de compromiso social de la Universidad Nebrija, y dentro del programa de trabajo de SEGITTUR en el ámbito de la innovación, el conocimiento y la transformación digital que resulten

de interés para ambas organizaciones.

las partes manifiestan que la firma del presente protocolo no supondrá desembolso económico

alguno.

2

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t: :--! 1 \' 1: R ~ 1 D :\ 1)

NEBRIJA 11 SEGITTUR tu •ÍS-'TIO e i,,F'OIQC'>ÓI\

SEGUNDA.-Objetivos

El presente Protocolo se establece para desarrollar, en su caso, las distíntas actividades recogidas

en la cláusula TERCERA referente a la puesta en marcha y desarrollo de actividades conjuntas de

generación de conocimiento y apoyo a las investigaciones conjuntas que se pudieran poner en

marcha en ámbitos de mutuo interés para ambas organizaciones.

TERCERA.-Ámbito de cooperación

La cooperación entre ambas partes podrá extenderse, entre otras, a las siguientes act ividades:

l. Colaborar en la organización de actividades y eventos que contribuyan a mejorar la visibilidad de la investigación del turismo en España.

2. Apoyar el desarrollo de iniciativas conjuntas Innovadoras en el ámbito del turismo.

3. Desarrollo de proyectos de investigaciones conjuntas y de transferencia de conocimiento al sector productivo, en especial el sector turístico.

4. Fomentar la investigación en proyectos del sector turístico.

S. Apoyar y/o colaborar en actividades académicas, dentro de las iniciativas docentes que se promuevan desde la educación formal (Títulos de Grado y Posgrado), que estén relacionadas con los fines de SEGITTUR y sean de interés pa ra la misma.

6. lmpartición de cursos, seminarios, simposios, etc., en el ámbito de materias relacionadas o de interés para el sector turístico, en los que puedan participar, entre otros, profesores de la Nebrija y/o profesionales de SEGITTUR.

7. Intercambio de experiencias y proyectos en materia de nuevas tecnologías e Innovación que contribuyan a la transformación digital del sector turístico.

8. Intercambio de material bibliográfico, ediciones, etc., así como su adecuada difusión a través de los canales establecidos.

9. Participación en proyectos de forma conjunta en convocatorias de ámbito internacional, relacionadas con el turismo, la innovación y las nuevas tecnologías.

10. Cualesquiera otras e;strategias o acciones que se acuerden entre las partes en el marco de • las antes descritas y enumeradas.

CUARTA.- Desarrollo de las actividades o proyectos específicos de actuación

Cada actividad o proyecto específico de actuación que se desarrolle en el ámbito del presente Protocolo General de Actuación se instrumentará mediante el correspondiente protocolo de

colaboración especifico, que podrá tener forma de convenio o de contrato de servicios, según

3

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1; \J I V 1: 1( S 1 1) .\ l l

NEBRIJA 11 SEGITTUR lu'l~'TIO ~ Ífln<>vc:>DOo

corresponda a la naturaleza de su objeto. Dichos protocolos deberán incluir al menos la siguiente información, con detalle de las obligaciones de cada parte:

A. Origen, naturaleza, objetivo y descripción del proyecto.

B. Nivel profesional requerido y competencias de los responsables y participantes. El perfil profesional de los recursos humanos que participen en las actividades que se desarrollen conjuntamente será acordado entre ambas partes, bajo los estrictos principios de idoneidad profesional para las tareas a realizar.

C. Duración del proyecto.

D. Previsiones de soporte logístico en la implementación de las acciones (viajes, alojamiento, materiales, etc.).

E. Recursos tecnológicos necesarios para la realización del proyecto.

F. Recursos financieros previstos para cubrir los gastos relacionados con el proyecto y el correspondiente presupuesto detallado, señalando el origen de los fondos y los compromisos de las partes

G. La participación de cada parte en los resultados del proyecto, tanto tangible como intangible.

QUINTA.- Forma de disponer de la propiedad intelectual

Cada una de las partes declara y garantiza en lo necesario que es titular o tiene título suficiente

para la explotación comercial sobre todos los derechos de sus respectivos nombres, logos, marcas, bases de datos y cualquier otro bien protegido por las leyes vigentes en materia de propiedad intelectual e industrial que sean objeto de este Protocolo, que serán especificados en los correspondientes protocolos de colaboración específicos establecidos por ambas partes. El presente Protocolo no supone cesión ni traspaso o renuncia de los derechos que correspondan a cada una de las partes en relación con los bienes regulados por las leyes que regulan la propiedad intelectual o industrial, conservando cada una todos los derechos sobre sus respectivos nombres,

logos, marcas, bases de datos y cualquier otro bien protegido por la legislación vigente en materia tanto de propiedad intelectual como industrial.

El conocimiento y la información resultante de las actividades conjuntas realizadas en el marco del presente Protocolo General o de sus Protocolos Específicos de Colaboración estarán a disposición

de ambas partes y, en su caso, de sus respectivos miembros, salvo que se establezcan normas de otra índole .

SEXTA.- Publicidad de las partes Cualquier forma de colaboración conjunta realizada en el marco del presente Protocolo deberá de

reconocer y hacer constar la participación de las partes mediante el empleo de logotipos y denominaciones oficiales. Además, cualquier actividad de divulgación que se realice deberá de contar con el consentimiento previo de las partes. Igualmente, se consensuarán entre las partes todas aquellas apariciones en medios de comunicación que sean consecuencia de las actividades del desarrollo del presente Protocolo General de Actuación.

4

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\! 1 \ 1 1 1) \ l

NEBRIJA 11 SEGITTUR

Las partes podrán incorporar en sus portales en Internet "enlaces" a los portales de las otras partes,

como forma de cooperar mutuamente en la divulgación, acceso y visibilidad de sus respectivos contenidos y proyectos.

SÉPTIMA.- Comisión de seguimiento

Para la puesta en marcha, control, seguimiento, comunicación y revisión de lo previsto en el presente Protocolo se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por los siguientes miembros:

Por la Universidad Nebrija: por delegación expresa del Rector, se asignará a un representante con competencias asignadas de las relaciones Universidad Nebrija -SEGITTUR.

Por SEGITTUR: por delegación expresa del Presidente, se asignará un representante.

Dicha Comisión se constituirá en el plazo de t reinta días, contados a partir de la fecha de la firma de este Protocolo.

La Comisión de Seguimiento dictará sus normas internas de funcionamiento, debiéndose reunir cuando lo solicite alguna de las partes y, en todo caso, al menos dos veces al año.

Para la vá lida constitución de la Comisión de Seguimiento, a efectos de la celebración de reuniones y adopción de acuerdos, se requerirá la presencia de todos sus miembros o de las personas en quienes hayan delegado la asistencia y voto.

Los acuerdos serán adoptados por unanimidad y serán recogidos en las actas que se redacten de cada reunión, que serán suscritas por todos los asistentes.

A la Comisión de Seguimiento le corresponde realizar el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente protocolo y de los compromisos adquiridos por los firmantes, resolver los

problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del mismo.

Asimismo está atribuido a esta Comisión:

Proponer posibilidades de colaboración en temas de interés común para las partes. Preparar los programas o proyectos y proponer los correspondientes protocolos específicos de ejecución del presente Protocolo sobre las materias seleccionadas, dentro de las modalidades de colaboración establecidas en la cláusula tercera del presente Protocolo. Elevar las propuestas que elabore a los órganos competentes de las dos partes. Realizar el seguimiento de los protocolos específicos que se suscriban, así como aclarar y decidir

cuantas dudas puedan plantearse en su interpretación y ejecución.

La Comisión de Seguimiento, constituida en virtud de este acuerdo no debe de tener naturaleza orgánica y por tanto no constituirá el régimen competencia! vigente atribuido por la Ley a los órganos de gobierno y decisión. Es decir, sus acuerdos no pueden ser más que propósitos, no

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pudiendo asumir obligaciones o derechos en nombre de los firmantes para la ejecución de las acciones que se ejecutan en virtud del presente documento.

OCTAVA.-Cesión

El presente Protocolo se celebra en atención a la calidad de las partes y, en tal virtud, las mismas no podrán cederlo total ni parcialmente.

NOVENA.- Notificaciones

Las comunicaciones que hayan de realizarse en desarrollo del presente Protocolo se enviarán a las siguientes direcciones:

SEGITTUR Calle Orense, nº 58 - 41! planta 28020, Madrid

Attn. Director de Investigación, Desarrollo e Innovación Turística

UNIVERSIDAD NEBRIJA Campus de La Berzosa s/n,

28240 Hoyo de Manzanares {Madrid)

Attn. Director/a de la Escuela de Doctorado

DÉCIMA.- Duración , La duración del presente Protocolo se inicia en la fecha de su formalización y finaliza el 31 de

diciembre de 2019.

La resolución del presente Protocolo supone el fin de la capacidad de las partes de asumir nuevas actividades o compromisos al amparo del mismo, y no provocará, por sf misma, la resolución de aquellas actividades y/o compromisos adquiridos por las partes formalizados previamente a aquella resolución, manteniéndose en vigor los términos de este Protocolo a efectos de dichas actividades y compromisos, salvo y hasta que sean resueltos o venzan sus períodos de vigencia.

UND~CIMA.- Causas de resolución del presente Protocolo El presente Protocolo podrá resolverse por las siguientes causas:

1. Por la imposibilidad de cumplir su objeto. 2. Por decisión unilateral de cualquiera de las partes, caso en el cual, deberá notificar por

escrito a la otra parte su intención de resolver el Protocolo con tres meses de antelación. En este caso, los protocolos específicos que estén en ejecución, continuarán desarrollándose hasta que sean resueltos o finalice su período de duración.

3. Por cumplimiento total de su objeto, aún antes del término previsto de su duración. 4. Por cualquiera de las partes cuando la otra parte incumpla de forma grave las obligaciones

pactadas.

DUODÉCIMA.- Modificaciones Los términos del presente protocolo general de actuación podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga compromisos económicos o

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NEBRIJA 11 SEGITTUR

jurídicos concretos y exigibles. La modificación se incorporará como parte inseparable del texto del Protocolo.

DECIMOTERCERA.- Confidencialidad y protección de datos

Las partes se comprometen a utilizar cuanta información confidencial o reservada de la otra parte

le sea facilitada para el desarrollo de los servicios a que se refiere el presente Protocolo, a los únicos

efectos de la prestación de los referidos servicios.

Igualmente se obligan a no difundir o ceder a terceros la citada información en modo alguno,

comprometiéndose a observar la debida diligencia en la salvaguarda de la confidencialidad de la

citada información, custodiándola debidamente e impidiendo el acceso de terceros a la misma.

Se entenderá por información confidencial cuantos datos, contenidos o documentos sean

facilitados por cualquiera de las partes a la otra durante la vigencia del presente Protocolo, con

indicación de su naturaleza reservada o confidencia l.

Si como consecuencia de la celebración del presente protocolo se produjere algún tipo de

prestación donde fuere necesaria la utilización de Datos de Carácter Personal, las Partes se obligan

en el presente acto al cumplimiento y observancia de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,

de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, por la que se adapta al

ordenamiento jurídico español el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo

de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al

tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD} y de las disposiciones

que lo desarrollen.

En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente en materia de Protección de Datos de

Carácter Personal, se informa a los intervinientes de que los datos personales que figuran en este

Protoco lo y los que se deriven de la relación, serán tratados por ambas partes con la finalidad de

gestionar la relación contractual, siendo la base para el tratamiento la correcta ejecución del

Protocolo. Es necesario faci litar dichos datos pues en caso contrario no sería posible gestionar la

relación existente entre las partes.

DECIMOCUARTA.- Naturaleza Jurídica. Criterios de interpretación y resolución de controversias

El presente Protocolo tiene naturaleza jurídica de derecho privado, y se regirá por sus propias estipulaciones y las normas de derecho privado, aplicándose los principios de dichas normas para

resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse en su interpretación y ejecución.

Ambas partes harán sus mejores esfuerzos para negociar de buena fe y conciliar de mutuo acuerdo

cualquier conflicto que pudiera surgir del presente Protocolo o en relación con él, o cualquier

violación del mismo; renunciando, en caso de conflicto, a someterlo a los Tri bunales, sometiéndose

expresamente a laudo arbitral emitido por un árbitro nombrado mediante acuerdo entre las partes.

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NEBRIJA 11 SEGITTUR lu•i~,-,o e inno~

En el caso de que las partes no llegaran a un acuerdo en el plazo de 30 días, cada parte nombrará

un árbitro y los dos árbitros así nombrados acordarán la designación de un tercer árbitro, constituyéndose entonce un Tribunal de Arbitraje en lugar de Árbitro único.

Leído cuanto antecede y dos ejemplares de idé

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POR SEGITTUR ... ~ ______ __,._._.

6 Fdo.: D. Enrique Martínez Marín Presidente

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