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NÚMERO DE REGISTRO: 44707-977-18-IV-16 CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO "LA UNAM", REPRESENTADA POR EL DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS, SECRETARIO GENERAL, CON LA ASISTENCIA DEL DR. JORGE MANUEL VÁZQUEZ RAMOS, DIRECTOR DE LA FACULTAD DE QUÍMICA; Y POR LA OTRA PARTE, OPERADORA DE HOSPITALES ANGELES S.A. DE C.V., EN LO SUCESIVO "LA EMPRESA", REPRESENTADA POR EL LIC. JUAN ANTONIO GONZÁLEZ CAMARENA COSS Y LEÓN, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, CONFORME A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES I. DECLARA "LA UNAM": 1.1 Que de conformidad con el artículo 1° de su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, dotada de plena capacidad jurídica, que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, así como organizar y realizar investigaciones principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura. 1.2 Que según lo dispuesto en los artículos 9° de su Ley Orgánica y 30 de su Estatuto General, la representación legal de esta Casa de Estudios recae en su Rector, Dr. Enrique Luis Graue Wiechers, quien tiene, conforme a la fracción 1 del artículo 34 del propio Estatuto, facultades para delegarla. 1.3 Que el Dr. Leonardo Lomelí Vanegas, en su carácter de Secretario General, tiene facultades para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo que delega y distribuye competencias para la suscripción de convenios, contratos y demás instrumentos consensuales en que la Universidad sea parte, publicado en la Gaceta-UNAM de 5 de septiembre de 2011. 1.4 Que dentro de su estructura académico-administrativa se encuentra la Facultad de Química, en adelante "LA FQ", entidad académica que interviene por conducto del Dr. Jorge Manuel Vázquez Ramos, en su carácter de Director, la cual cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento. 1.5 Que señala como domicilio legal el ubicado en el 9° piso de la Torre de Rectoría, en Ciudad Universitaria, Código Postal 04510, Delegación Coyoacán, Ciudad de México. II. DECLARA "LA EMPRESA": 11.1 Que es una Sociedad Mercantil legalmente constituida de conformidad con las leyes de la República Mexicana, conforme a la escritura pública No 87,171 pasada ante la fe del Lic. Joaquín Talavera Sánchez, Notario Público No. 50 del Distrito Federal, con fecha del 17 de octubre de 2015, que cuenta con la capacidad económica, técnica, de instalaciones y personal necesario para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio. 11.2 Que el Lic. Juan Antonio González Camarena Coss y León, en su carácter de Representante Legal, acredita su personalidad en términos de la escritura 22,014 de fecha 27 de agosto de 2007, otorgada ante la fe del Lic. Arturo Talavera Autrique Titular de la Notaría N° 12 del distrito Federal, contando con facultades para firmar el presente instrumento y que a la fec no les han sido revocadas ni limitadas en forma alguna. Página 1 de 11 1

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NÚMERO DE REGISTRO: 44707-977-18-IV-16

CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO "LA UNAM", REPRESENTADA POR EL DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS, SECRETARIO GENERAL, CON LA ASISTENCIA DEL DR. JORGE MANUEL VÁZQUEZ RAMOS, DIRECTOR DE LA FACULTAD DE QUÍMICA; Y POR LA OTRA PARTE, OPERADORA DE HOSPITALES ANGELES S.A. DE C.V., EN LO SUCESIVO "LA EMPRESA", REPRESENTADA POR EL LIC. JUAN ANTONIO GONZÁLEZ CAMARENA COSS Y LEÓN, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, CONFORME A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

I. DECLARA "LA UNAM":

1.1 Que de conformidad con el artículo 1° de su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, dotada de plena capacidad jurídica, que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, así como organizar y realizar investigaciones principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.

1.2 Que según lo dispuesto en los artículos 9° de su Ley Orgánica y 30 de su Estatuto General, la representación legal de esta Casa de Estudios recae en su Rector, Dr. Enrique Luis Graue Wiechers, quien tiene, conforme a la fracción 1 del artículo 34 del propio Estatuto, facultades para delegarla.

1.3 Que el Dr. Leonardo Lomelí Vanegas, en su carácter de Secretario General, tiene facultades para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo que delega y distribuye competencias para la suscripción de convenios, contratos y demás instrumentos consensuales en que la Universidad sea parte, publicado en la Gaceta-UNAM de 5 de septiembre de 2011.

1.4 Que dentro de su estructura académico-administrativa se encuentra la Facultad de Química, en adelante "LA FQ", entidad académica que interviene por conducto del Dr. Jorge Manuel Vázquez Ramos, en su carácter de Director, la cual cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento.

1.5 Que señala como domicilio legal el ubicado en el 9° piso de la Torre de Rectoría, en Ciudad Universitaria, Código Postal 04510, Delegación Coyoacán, Ciudad de México.

II. DECLARA "LA EMPRESA":

11.1 Que es una Sociedad Mercantil legalmente constituida de conformidad con las leyes de la República Mexicana, conforme a la escritura pública No 87,171 pasada ante la fe del Lic. Joaquín Talavera Sánchez, Notario Público No. 50 del Distrito Federal, con fecha del 17 de octubre de 2015, que cuenta con la capacidad económica, técnica, de instalaciones y personal necesario para dar cumplimiento al objeto del presente Convenio. 11.2 Que el Lic. Juan Antonio González Camarena Coss y León, en su carácter de Representante Legal, acredita su personalidad en términos de la escritura 22,014 de fecha 27 de agosto de 2007, otorgada ante la fe del Lic. Arturo Talavera Autrique Titular de la Notaría N° 12 del distrito Federal, contando con facultades para firmar el presente instrumento y que a la fec no les han sido revocadas ni limitadas en forma alguna.

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NÚMERO DE REGISTRO: 44707-977-18-IV-16

11.3 Que tiene interés en colaborar con el desarrollo profesional de los estudiantes de "LA UNAM" para recibir a éstos y para que realicen la Estancia Estudiantil para lo cual "LA EMPRESA", presta sus instalaciones.

11.4 Que para los efectos de este Convenio señalan como su domicilio legal, el ubicado en Camino a Santa Teresa 1055, Col. Héroes de Padierna, Delegación Magdalena Contreras, Ciudad de México, C.P. 10700.

III. DECLARAN AMBAS PARTES:

ÚNICO. - Que expuesto lo anterior, poseen intereses comunes, y reconocen la necesidad y conveniencia de llevar a cabo acciones conjuntas de beneficio social, a través del cumplimiento de la Estancia Estudiantil, por lo cual están conformes en sujetar sus compromisos en los términos y condiciones insertos en las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO El objeto del presente Convenio es la colaboración entre las partes con el fin de establecer las bases y mecanismos operativos para que los alumnos de "LA FQ" de "LA UNAM", puedan realizar Estancias Estudiantiles en las instalaciones de "LA EMPRESA", en los términos del Anexo 1, mismo que forma parte integrante del presente instrumento.

SEGUNDA. COMPROMISOS DE "LA UNAM" Para la elaboración del objeto de este instrumento, "LA UNAM" a través de "LA FQ", se compromete a:

a) Dar a conocer el Reglamento Autorizado de "LA EMPRESA" entre los alumnos que realicen su Estancia Estudiantil en "LA EMPRESA".

b) Notificar la terminación o suspensión de la Estancia Estudiantil de los alumnos que incurran en faltas o incumplimiento al Reglamento Autorizado de "LA EMPRESA" y a los términos acordados por las partes que se adjuntan como Anexo 1.

c) Brindar el apoyo y asesoría necesarios para promover las Estancias Estudiantiles. d) Seleccionar a los alumnos de la carrera de Química Farmacéutico Biológica, que cumplen con

el 85% (ochenta y cinco por ciento) de los créditos del plan de estudios para realizar la Estancia Estudiantil.

e) Revisar y dar seguimiento al término de la Estancia Estudiantil y evaluar sus resultados. f) Desarrollar el estudio al término de las Estancias Estudiantiles, objeto de este instrumento,

para conocer su efectividad. g) Promover, planificar, ejecutar las acciones y mecanismos operativos de colaboración

necesarios, para el cumplimiento de este instrumento. h) Verificar que sus alumnos cumplan con todos los términos del presente Convenio.

TERCERA. COMPROMISOS DE "LA EMPRESA" Para la realización del objeto del presente Convenio, "LA EMPRESA" se compromete a:

a) Vigilar que en sus instalaciones los alumnos realicen las Estancias Estudiantiles con estricto apego al Programa acordado por las partes.

b) No ubicar a los alumnos que realicen sus Estancias Estudiantiles en áreas de alto riesgo. Entendiéndose por áreas de alto riesgo, todas aquellas en las que el alumno ponga en riesgo

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Las partes acuerdan que es obligación de "LA UNAM", el control y evaluación de los derechos y obligaciones de los alumnos que realizan sus Estancias Estudiantiles:

Son derechos del alumno que realiza sus Estancias Estudiantiles, los siguientes:

NÚMERO DE REGISTRO: 44707-977-18-IV-16

su integridad física e incluso la vida misma, ya sea por la naturaleza de la actividad encomendada o por su inexperiencia.

c) Proporcionar a los alumnos que realizan Estancias Estudiantiles en sus instalaciones, el equipo y/o material de protección necesario para desarrollar las Estancias Estudiantiles.

ci) Notificar previamente a "LA UNAM" el número de participantes que recibirá, así como las áreas en las que serán incluidos.

CUARTA. COMPROMISOS DE LAS PARTES Para la realización del objeto del presente Convenio, las partes, en forma conjunta, se comprometen a

a) Promover, planificar y ejecutar las acciones y mecanismos operativos de colaboración necesarios, para el cumplimiento de este instrumento.

b) Brindar el apoyo y asesoría necesarios para promover las Estancias Estudiantiles, en los términos y condiciones insertos en el presente instrumento y términos acordados que forman parte integrante del presente Convenio como Anexo 1.

QUINTA. ESTANCIAS ESTUDIANTILES Las partes acuerdan que las actividades de las Estancias Estudiantiles contemplan:

1) Elaborar un plan de trabajo con las actividades a realizar durante el semestre (16 semanas). 2) Transcurridas 8 (ocho) semanas presentar un primer informe de actividades realizadas y/o

resultados obtenidos. 3) Entregar un informe al final del semestre con las actividades realizadas y/o los resultados

obtenidos. 4) Presentación oral de las actividades realizadas y/o resultados obtenidos ante el Comité

Académico de la Estancia Estudiantil.

SEXTA. REQUISITOS Las partes convienen que los requisitos que deberán cumplir los alumnos de "LA FQ" que deseen realizar la Estancia Estudiantil en "LA EMPRESA" serán los siguientes: a) Tener cubierto en su totalidad las asignaturas del tronco común y el 85% (ochenta y cinco por

ciento) de los créditos totales del plan de estudios, con la finalidad de que tengan la disponibilidad de horario que se requiere.

b) Registrar en forma y tiempo el inicio de la Estancia Estudiantil. c) Reunir los requisitos específicos de las Estancias Estudiantiles a que se refiera la cláusula Quinta.

En cualquier momento y previa justificación, "LA EMPRESA" se reserva el derecho de solicitar la remoción de él o los alumnos que considere necesario.

SÉPTIMA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ALUMNO QUE REALIZA SU ESTANCIA ESTUDIANTIL

a) Recibir un trato respetuoso y profesional por parte de los responsables y demás empleados de "LA EMPRESA".

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b) Realizar sus actividades en condiciones de higiene y seguridad. d) Obtener la asesoría adecuada para el buen desempeño de su Estancia Estudiantil. e) Contar con los materiales necesarios para el desarrollo de sus actividades, así como la

asesoría académica (capacitación, supervisión, apoyo bibliográfico, etc.) convenidos con los respectivos programas.

Son obligaciones del alumno que realiza su Estancia Estudiantil las siguientes:

a) Realizar los trámites necesarios para el cumplimiento de la Estancia Estudiantil. b) Cumplir en tiempo y forma los compromisos adquiridos al quedar inscrito en la Estancia

Estudiantil. d) Conducirse con estricta honestidad y honradez en el cumplimiento de sus actividades. e) Elaborar por escrito, en forma y tiempo, los informes que se le soliciten. f) Notificar por escrito, si este fuera el caso, las causas que le impidan cumplir con su Estancia

Estudiantil, una vez inscrito en la Estancia. g) Respetar y cumplir los reglamentos, políticas y disposiciones, así como las medidas de

seguridad implementadas por "LA EMPRESA". h) Guardar confidencialidad sobre la información oral, escrita, electrónica, o por cualquier otro

medio tecnológico que le sea proporcionada durante su estancia en las instalaciones de "LA EMPRESA", reconociendo que esta es propiedad exclusiva de "LA EMPRESA". En cualesquier caso, el alumno se obliga a obtener la autorización previa y por escrito de "LA EMPRESA", por conducto de alguno de sus representantes, respecto a dar a conocer o divulgar cualquier información relacionada con los procesos de manufactura, producción, distribución, comercialización y en general, cualquier información relacionada con los procesos de los productos que elabora, fabrica, distribuye y comercializa "LA EMPRESA", sin limitación de tiempo y lugar y quedando incluidas, las actividades del alumno con fines didácticos, tales como trabajos, tesis profesionales, maestrías, doctorados, etc. Así mismo se obliga a firmar una Carta de Confidencialidad que será proporcionado por "LA EMPRESA".

h) Presentar los informes que con fines de evaluación establezcan. i) Cumplir con todos los compromisos que emanen de este Convenio.

OCTAVA. DURACIÓN DE LA ESTANCIA ESTUDIANTIL La duración de la Estancia Estudiantil quedará establecida de conformidad con las características específicas del programa que se elabore entre las partes, con 25 (veinticinco) horas semanales durante las 16 (dieciséis) semanas del semestre. Cumpliendo con este en un plazo no mayor a 4 (cuatro) meses y dentro del horario y días que indique "LA EMPRESA".

NOVENA.NO DEPENDENCIA LABORAL Ambas partes expresamente convienen y reconocen que las Estancias Estudiantiles de los? alumnos de "LA UNAM", dentro del domicilio de "LA EMPRESA" no atribuyen a los alumnos el carácter de empleado de "LA EMPRESA". Por lo tanto, todos los alumnos que "LA UNAM" escoja para realizar la Estancia Estudiantil, son alumnos elegidos por "LA UNAM", ya que ésta cuenta con los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que se deriven con sus alumnos. Asimismo, en ningún caso se considerará ésta como una relación de trabajo, ya que el alumno no se encuentra bajo la subordinación de "LA EMPRESA" y que éste las realiza de acuerdo con los programas acordados por ambas partes.

El presente convenio no crea sociedad, asociación ni ninguna otra figura jurídica, por lo que cada una de las partes es responsable de sus actos según lo convenido en el mismo.

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DÉCIMA. RESPONSABILIDAD CIVIL Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor particularmente por el paro de labores académicas o administrativas, en el entendido que una vez superados estos eventos, se reanudarán las actividades objeto del presente Convenio.

DÉCIMA PRIMERA. PROPIEDAD INTELECTUAL En caso de que llegaran a generarse productos o conocimientos con motivo de la ejecución de este Convenio, susceptibles de registro o explotación, los derechos patrimoniales sobre los mismos corresponderán a la parte que haya realizado el trabajo que sea objeto de protección en la materia, dándole el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en su realización. Si los trabajos se realizarán por ambas partes, la titularidad les corresponderá a las dos partes en proporción a su participación. Queda expresamente entendido que las partes podrán utilizar los resultados derivados del desarrollo del objeto del presente Convenio en sus actividades académicas.

DÉCIMA SEGUNDA. VIGENCIA El presente Convenio se celebra por una vigencia de 1 año (un año) contado a partir de la fecha de firma; no obstante lo anterior, cualquiera de las partes podrá darlo por terminado de manera anticipada y sin ninguna responsabilidad, previo aviso por escrito, dado a la otra parte con 30 días (treinta días) de anticipación a la fecha que desee surta efectos dicha terminación.

DÉCIMA TERCERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA Las partes quedarán liberadas de estos compromisos cuando por fuerza mayor o caso fortuito se haga imposible continuar con el buen desarrollo del programa o bien cuando por situaciones externas sean del propio negocio o que impacten las prácticas habituales del mismo, se vea en la necesidad de terminar cualquier tipo de Estancias Estudiantiles.

En tal caso, ambas partes tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros, en el entendido de que deberán continuar en su medida hasta su conclusión las acciones ya iniciadas y acuerdan que en caso de incumplimiento podrá darlo por rescindido, sin necesidad de declaración judicial previa al respecto, dando aviso a la parte contraria por escrito con por lo menos 30 días (treinta días) de anticipación a la fecha en que deseen surta efecto dicha rescisión.

El presente Convenio podrá darse por terminado por cualquiera de la partes por así convenir a sus intereses previa notificación que se entregue con por lo menos 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha efectiva de terminación.

DÉCIMA CUARTA. MODIFICACIONES El presente Convenio solo podrá ser modificado mediante el Convenio Modificatorio respectivo, / debidamente suscrito por los representantes de las partes; dichas modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma.

DÉCIMA QUINTA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente convenio, las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por causa alguna pudiere corresponderle.

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POR "LA UNAM"

. LEONARDO SECRET

MELÍ VANEGAS 10 GENERAL

DR. JORGE MANUEL VÁZQUEZ RAMOS DIRECTOR DE LA FACULTAD DE QUÍMICA

NÚMERO DE REGISTRO: 44707-977-18-IV-16

Leído que fue el presente Convenio y debidamente enteradas las partes del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México a los 16 días de abril de 2016.

POR "LA EMPRESA"

LIC. JUAN ANTO 11111›.4,11/414‘

NZALEZ CAMARENA COSS ÓN

REPRESENTA LEGAL

DRA. PERLA C. CASTAÑEDA LOPEZ COORDINADORA DE LA CARRERA DE QUÍMICO FARMACÉUTICO BIOLÓGICA

ANTONIO FERNÁNDEZ ROUSSELON VO.B0. DIRECCIÓN GENERAL

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NÚMERO DE REGISTRO: 44707-977-18-IV-16

ANEXO I

ESTANCIA ESTUDIANTIL CLAVE 1905

En el noveno semestre del mapa curricular, los alumnos deberán cursar las asignaturas correspondientes al ciclo terminal y de pre-especialización, correspondientes a 48 créditos distribuidos de la siguiente manera: 23 créditos de asignaturas optativas disciplinarias y 25 créditos de la Estancia Estudiantil (EE), siendo esta última una asignatura planteada como una estrategia educativa de carácter obligatorio.

Objetivos

La Estancia Estudiantil tiene como objetivos principales

• Favorecer la formación integral de los estudiantes de la carrera de QFB al promover un contacto previo a su egreso con laboratorios, empresas o instituciones relacionadas con las áreas de actividad profesional o de investigación.

• Proporcionar una visión real del entorno y ofrecer la posibilidad de participar en algún proyecto de interés, que podría eventualmente, culminar en el desarrollo de su tesis profesional, continuar con estudios de posgrado o bien, incorporarse al mercado laboral.

Descripción

Se contemplan dos tipos de Estancias Estudiantiles

• Estancias Profesionales Esta modalidad ofrece a los estudiantes la oportunidad de adquirir y reforzar conocimientos en su futuro campo laboral y contribuir además, en su formación profesional. Estas estancias se podrán realizar en el sector industrial o en el de servicios.

• Estancias Académicas Los estudiantes se podrán incorporar a grupos de investigación en "LA FQ" o en laboratorios de investigación en las Facultades e Institutos de la propia Universidad o fuera de ella. Esta variante tiene como finalidad proporcionar un contacto temprano con la práctica de la investigación y motivarlos a continuar con estudios de posgrado.

Comité Académico

• Con la finalidad de avalar la continuidad y adecuado funcionamiento de la asignatura, se estableció un Comité Académico de la Estancia Estudiantil (CAEE) conformado por doce Académicos de la Facultad de las áreas de mayor incidencia de la Licenciatura.

• El Comité Académico revisará los proyectos y evaluará los avances y los reportes finales de las actividades realizadas y/o resultados obtenidos, así como las presentaciones orales de los trabajos a fin de contribuir con el 30% (treinta por ciento) de la calificación final.

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r.

NÚMERO DE REGISTRO: 44707-977-18-IV-16

Requisitos

Alumnos • Tener cubierto en su totalidad las asignaturas del tronco común y el 85% de los créditos

totales del plan de estudios con la finalidad de que tengan la disponibilidad de horario que se requiere.

• Tramitar el comprobante del seguro facultativo del IMSS al que tiene derecho por estar inscrito en la "FQ".

Tutores • De preferencia que sea egresado-titulado de una licenciatura relacionada con las áreas de

la carrera.

• Que desarrollen su actividad en el sector productivo o laboratorios de investigación de diferentes instituciones en las diferentes áreas relacionadas con la carrera.

• Proporcionar datos generales en el formato de información de tutores.

Responsabilidades y derechos

Tutores • Tener la disponibilidad e interés para la realización del proyecto/plan de trabajo

propuesto para la EE.

• Contar con la infraestructura necesaria para que el alumno realice durante el semestre las actividades planeadas.

• Notificar por escrito cualquier cambio relacionado con el proyecto con la debida justificación académica y reestructuración del plan de trabajo.

• No tiene la obligación de iniciar la dirección de la tesis durante la EE sin embargo, sí se contempla la posibilidad de iniciarla de común acuerdo.

• Evaluar el desempeño del alumno durante la EE a fin de contribuir con el 70% (setenta por ciento) de la calificación final.

• En caso de falta de cumplimiento por parte del alumno, el tutor deberá notificar oportunamente a la Coordinación de la carrera con la finalidad de informar al CAEE y tomar las medidas pertinentes.

• En el caso de que la EE se realice en el sector salud o industrial, se hará especial énfasis en que la empresa está libre de cualquier compromiso laboral durante la misma, así como las bases de confidencialidad que requiera el plan de trabajo.

• No ubicar a los alumnos que realicen sus EE en áreas de alto riesgo. Entendiéndose por áreas de alto riesgo, todas aquellas en las que el alumno ponga en riesgo su integridad física e incluso la vida misma, ya sea por la naturaleza de la actividad encomendada o po su inexperiencia.

• Dar al alumno un trato digno y respetuoso

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NÚMERO DE REGISTRO: 44707-977-18-IV-16

Alumnos

• No tiene la obligación de iniciar la tesis durante la EE sin embargo, sí se contempla la posibilidad de iniciarla de común acuerdo.

• En caso de falta de compromiso por parte del tutor el alumno deberá notificar oportunamente a la Coordinación de la carrera con la finalidad de informar al CAEE y tomar las medidas pertinentes.

• En el caso de que la EE se realice en el sector salud o industrial, se hará especial énfasis en que la empresa o institución receptora está libre de cualquier compromiso laboral durante la misma así como también, de las bases de confidencialidad que requiera el plan de trabajo. En caso de que se incurra en un mal manejo de los datos confidenciales, el tutor(a) tendrá la plena autoridad para que se dé por terminada la EE.

• Deberán cumplir en tiempo y forma con las actividades establecidas de lo contrario están en riesgo de no aprobar la asignatura y cursarla por segunda vez.

• Conocer el resultado de las evaluaciones del tutor y del CAEE

La Coordinación de la carrera será la responsable de realizar la difusión de las propuestas entre los estudiantes y el número de lugares disponibles que cumplan con los requisitos establecidos.

Actividades

Considerando la diversidad de campos que ofrece el sector productivo o los laboratorios de investigación de diferentes instituciones para la realización de la Estancia Estudiantil, se requiere:

• Entregar el proyecto o plan de trabajo a realizar por el estudiante durante el semestre (16 semanas) con una extensión de 2-3 cuartillas. Las propuestas deben ser de interés académico o profesional relacionado con la carrera y deben fomentar la integración de conocimientos.

• Transcurridas ocho semanas presentar un avance de actividades realizadas y/o resultados obtenidos con una extensión máxima de una cuartilla. En el caso de reportar únicamente actividades es importante ponderarlas.

Los comentarios técnicos y académicos del tutor, con respecto al avance, deberán entregarse por separado. En el primero de ellos se podrán considerar cobertura de metas propuestas en el calendario de actividades, manejo de metodologías y/o equipo que impacten en la formación del alumno, etc. y en el segundo, el desempeño del alumno de acuerdo al avance presentado.

• Entregar un reporte final con las actividades realizadas y/o los resultados obtenidos con una extensión máxima de 3 cuartillas.

• Todos los documentos deberán incluir el Vo.Bo. del tutor y/o tutor adjunto y la firma del alumno

• Realizar la presentación oral de los trabajos desarrollados durante la Estancia Estudiantil (actividades realizadas y/o resultados obtenidos). Las presentaciones deberán elaborarse en formato Power Point y enviarse en formato PDF (no incluir más de dos diapositivas de introducción); el tiempo de exposición será de 8 minutos y 2 minutos de preguntas por parte de los asistentes. Deberán permanecer durante la sesión completa de presentaciones con el integrante del CAEE que les está evaluando.

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Los documentos antes descritos se tomarán en cuenta para la calificación, por lo que es importante entregarlos en las fechas establecidas, deberán contener la información y la extensión solicitada para cada uno de ellos; como se muestra en los formatos correspondientes (las características de los textos serán: letra Arial de 11 puntos, interlineado sencillo).

Evaluación • Tutores

Al finalizar el semestre el tutor enviará la evaluación del estudiante a la Coordinación de la carrera con la finalidad de contribuir con el 70% (setenta por ciento) de la calificación final.

• CAEE Los integrantes del Comité establecieron las siguientes relaciones a fin de contribuir con el 30% de la calificación final:

Avance de actividades Reporte final Presentación oral

5% (cinco por ciento) 10% (diez por ciento) 15% (quince por ciento)

Para asentar la calificación final en el acta se tomarán las siguientes equivalencias:

Intervalo de puntos Calificación oficial De O a 5.99 5 De 6.0 a 6.59 6 6.60 a 7.59 7 7.6 a 8.59 8 8.60 a 9.59 9 9.6 a 10 10

Inscripción de la asignatura • El alumno se entrevistará con el tutor para establecer de común acuerdo el vínculo tutor-

alumno el cual deberán comunicar por escrito para la inscripción formal a la asignatura.

• Definir el horario en el que asistirá el alumno considerando las 25 horas de la asignatura (de preferencia distribuidas cinco horas diarias).

• Los alumnos deberán acudir a la Coordinación de la carrera (cubículo 26 del sótano del edificio A) para realizar la inscripción de la asignatura con base en el calendario previamente establecido y difundido en la página de la "FQ"

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POR "LA UNAM"

R. LEONARDO LOM Í VANEGAS LIC. JUAN ANTONIO ZÁLEZ CAMARENA SECRETARIO RAL COSS Y N

REP .LEGAL

DR. JORGE MANUEL VAZQUEZ RAMOS É NTONIO F RNÁNDEZ ROUSSELON

POR "CA EMPRESA"

NÚMERO DE REGISTRO: 44707-977-18-IV-16

Leído que fue el presente Convenio y debidamente enteradas las partes del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, a los 16 días de abril de 2016.

DIRECTOR DE LA FACULTAD DE QUÍMICA -0.BO. DIRECCIÓN GENERAL

)14.111.49:1 4/ _

DRA. PER

1

. CASTAÑEDA LOPEZ COORDINADORA DE LA CARRERA DE QUÍMICO FARMACÉUTICO BIOLÓGICA

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