control social

Download Control Social

If you can't read please download the document

Upload: dante-figueroa

Post on 06-Nov-2015

5 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Introducción básica al derecho penal, surgimiento para fundamentar el delito y sus formas.

TRANSCRIPT

2009

Control Social

Niveles de Control Social

El control social, un concepto sociolgico genuinamente formulado como expresin de autorregulacin del orden social, ha sido muy bien admitido por los enfoques funcionalistas del consenso social, mientras que a su vez tiende a asumirse como sinnimo de respuestas del sistema de control social punitivo, en el sentido de actuaciones de vigilancia-sancin, represin y castigo llevadas a cabo por diferentes mecanismos de control

Juan Gilberto Cabrera Molina Colegio Libre de Estudios Universitarios Lic. Uriel Ramiro Aragn Garca (Catedrtico) Prevencin 22/09/2009

Contenido

Control social2

Historia3

Medios de control social15

Medios informales15

Instituciones sociales15

Iglesia18

Medios de Comunicacin18

Medios formales21

Trabajos citados24

1Control social

Es el conjunto de prcticas, actitudes y valores destinados a mantener el orden establecido en las sociedades.

Para Horton y Hunt, el control social, (o los controles sociales), son los medios por los cuales se hace que las personas desempeen sus roles como se espera. 1

Para Ernesto Moreno B., el control social, "es el conjunto de mecanismos e instancias a travs de los cuales toda sociedad, de una u otra forma, induce a sus miembros a comportarse acorde con las normas, valores y pautas culturales predominantes" 2

Aunque a veces el control social se realiza por medios coactivos o violentos, el control social tambin incluye formas no especficamente coactivas, como los prejuicios, los valores y las creencias.

Desafortunadamente nos acostumbramos rpidamente a las cosas. Hoy ms que nunca, es fcil vivir en la inmediatez del presente y perder todo sentido de los procesos histricos de los cuales emergieron nuestras estructuras actuales. En Estados Unidos el pblico parece ahora bastante acostumbrado a vivir en un pas que en cualquier da del ao mantiene a dos millones de sus ciudadanos presos y quita la vida a dos o ms delincuentes por semana. De modo similar, el pblico britnico ya no parece sorprendido por la existencia de prisiones privadas que albergan una proporcin creciente de los presos y los ciudadanos se dedican a sus asuntos casi sin notar las cmaras de vigilancia que apuntan desde lo alto a las calles de todas las ciudades importantes. A ambos lados del Atlntico, las condenas obligatorias, los derechos de las vctimas, las leyes de notificacin a la comunidad, la polica privada, las polticas de ley y orden y una acentuada creencia en que la prisin funciona, se han convertido en elementos comunes en el paisaje del control del delito y no sorprenden a nadie, aunque an provoquen consternacin e incomodidad en ciertos crculos.

Para el ciudadano moderadamente informado que lee los diarios o mira las noticias por televisin, stos son rasgos que se dan por sentados de la poltica contempornea de control del delito. Tienen la misma familiaridad y fcil inteligibilidad que otros elementos comunes de nuestro mundo de la vida cotidiana, tales como la televisin por cable, los telfonos mviles o los centros comerciales suburbanos. Pero el hecho ms llamativo de estas polticas de control del delito es que todas y cada una de ellas sorprendera (e incluso quiz le resultara chocante) a un observador histrico que viera este panorama desde el punto de vista del pasado reciente. Hace slo treinta aos, cada uno de estos fenmenos hubiese parecido altamente improbable, incluso para el observador ms informado y actualizado. Por obvias y de sentido comn que nos parezcan nuestras estructuras actuales, resultan profundamente

1Hartn y Hunt, SOCIOLOGA, Cap. 7, "Orden Social y Control Social", pg. 164 y ss.

2MANUAL DE INTRODUCCIN A LA SOCIOLOGA, CPU, 1989:1042

sorprendentes y causan perplejidad si se las considera desde un punto de vista histrico que nos sea incluso muy cercano en el tiempo. (Garland, 2001)

Historia

Como una mirada a la historia Los seres humanos han nacido libres y, sin embargo, por todas partes se encuentran encadenados. Tal cual el ser humano se cree el amo de los dems, cuando, en verdad, no deja de ser tan solo un esclavo como ellos.

De la aplicacin de la fuerza (violencia) y las consecuencias de esta, se deriva lo siguiente: mientras un pueblo es obligado a obedecer y obedece, el pueblo hace lo correcto; ms cuando este pueblo puede sacudirse el yugo y la opresin, y se la sacude, hace algo mucho mejor; porque el pueblo para recobrar su libertad tiene el mismo derecho a utilizar las mismas tcticas y herramientas utilizadas por el opresor; ya que este nunca tuvo el derecho de "haberle quitado su libertad"

El orden social es un derecho consagrado, que nos sirve de base a todos los seres humanos. Sin embargo, este derecho no viene de la Naturaleza ni por obra divina; por consiguiente, est, fundado sobre convenciones y acuerdos entre los seres humanos.

La sociedad ms antigua que conoce la humanidad, es la familia; an cuando los hijos no permanecen unidos a los padres, sino el tiempo necesario para su crecimiento y desarrollo. Cuando las necesidades de los hijos cesan por el crecimiento de los mismos, el lazo natural que los una a sus padres, se deshace. Una vez libres los hijos, tanto de la obediencia que deben a los padres, y los padre libres de los cuidados que deben a sus hijos, todos igualmente recobran su independencia. Pero si los padres y sus hijos continan unidos despus de esto, dicha unin deja de ser natural, sino que voluntaria, en consecuencia la familia se mantiene unida, por una convencin.

La familia es, pues, si se quiere, el primer modelo de las sociedades polticamente organizadas, la autoridad del mando est dada por la imagen de los padres; el pueblo es la imagen de los hijos, y habiendo nacido todos iguales y libres, ninguno enajena su Libertad sino por su utilidad. Toda la diferencia entre la sociedad polticamente organizada y la familia, consiste en el amor de los padres por sus hijos, que es demostrado en los cuidados que se les presta, y en el caso del Estado, el mando sustituye a este amor, mando que se ejerce con autoridad basada en el derecho que el pueblo le a otorgado.

S la familia humana, es la primera manifestacin polticamente organizada, yal interior de esta todos nacen libres e iguales, la esclavitud y ninguna de sus3manifestaciones deben y pueden existir. Por tanto la especie humana tampoco pede ser considerada o dividida en rebaos de ganado, ya que al ser considerada como solo un rebao, el cuidador de este, lo guarda, lo cra y protege solo para devorarlo, a su vez, cuando a la humanidad se le considerada como una masa, le damos el derecho al panadero, el poder de moldearla y darle la forma que le sea ms conveniente y placentera. En consecuencia, los pastores o jefes (reyes) son definitivamente superiores al rebao, por tanto sern considerados dioses, y los pueblos no sern nada ms que bestias.

El ms fuerte no es nunca lo bastante fuerte para mantenerse siempre en el poder, para dar continuidad a su poder, debe transformar su fuerza en derecho, en ley (Marco legal; Constitucin) y la obediencia en deber. De ah, el derecho del ms fuerte, se impone de forma permanente. Ms cuando el pueblo cede a la fuerza, lo hace como un acto de necesidad, y no de voluntad; es, un acto de prudencia, y es en este proceso, que el pueblo termina aceptando el nuevo orden sin percatarse del proceso de cambio y transformacin que ha sufrido la cultura y la sociedad en general.

Puesto que ningn ser humano tiene la autoridad natural sobre sus semejantes, y que la Naturaleza no produce ningn derecho; solo quedan, las convenciones y acuerdos sociales como base de toda autoridad legtima entre los seres humanos, y por convencin todos los seres humanos nacemos libres e iguales ante la ley.

Aun cuando estuviera de acuerdo con todo lo que he refutado hasta aqu, los autores del despotismo no habrn avanzado ms por ello. Siempre habr una gran diferencia entre someter a una multitud y gobernar a una sociedad. Que sujetos dispersos sean subyugados sucesivamente, o que solo uno sea sometido, no es lo relevante, cualquiera que sea el nmero en que se encuentren sometidos los seres humanos, siempre en esta situacin nos hallarnos ante un seor y un esclavo, pero no ante un pueblo y su gobierno; el sometimiento es, una agregacin, NO una asociacin; no hay en el sometimiento ni bien Pblico ni cuerpo poltico.

Un pueblo puede entregarse a un rey, o el pueblo debe obedecer al gobierno. Esta misma situacin es un acto de voluntad civil; pero dicha situacin supone una deliberacin informada y pblica. Antes de examinar el acto por el cual un pueblo elige a un rey o gobierno, sera necesario examinar el acto por el cual un pueblo es tiene la condicin de pueblo Es necesario dejar claro que, el pueblo o nacin existe efectiva y necesariamente antes a la existencia del Rey o Gobierno, y la confirmacin de la existencia de un pueblo nacin es como condicin bsica para la existencia de un Rey o Gobierno, ya que es el verdadero fundamento de toda sociedad.

4Cuando los sujetos individualmente son incapaces de vencer las fuerzas de la naturaleza, se ven en la obligacin de cambiar su manera de vivir, para poder seguir existiendo; como los seres humanos no pueden engendrar nuevas fuerzas en si mismos, no tienen otro medio de subsistir que formar una agregacin (grupo, banda), la que se transforma en una suma de fuerzas que pueda exceder a la resistencia de la naturaleza, y ponerlas en juego por un solo mvil y hacerlas trabajar en armona.

Pero como generar esta organizacin?; Se debe "Encontrar en primer lugar, una forma de asociacin que defienda y proteja de toda fuerza externa e interna, a la persona y a los bienes de cada asociado, y por virtud de la cual cada sujeto, unindose a otras personas, no obedezca sino a s mismo y que una vez finalizado el trabajo, el asociado quede tan libre como antes." Este es el problema fundamental, al cual da solucin el Contrato social.

Las clusulas del contrato social, se hallan determinadas hasta tal punto por la naturaleza del acuerdo, que la menor modificacin las hara intiles y de nulo efecto. El marco normativo del El contrato social, aun que jams hubiese podido ser formalmente enunciado (escrito), sus normas son en todas partes las mismas y donde quiera estn tcitamente admitidas y reconocidas. Cuando el pacto social es violado, cada persona tiene el derecho de volver a la posesin de sus derechos originales y a recobrar su libertad natural.

Las clusulas del contrato social, claramente entendidas, se reducen todas en una sola, la cual es: cada asociado enajena todos sus derechos en favor de la toda la humanidad. Y porqu enajenar todos nuestros derechos?, porque, en primer lugar, dndose cada ser humano por entero, se entiende que todos los seres humanos realizan el mismo acto, por lo tanto la condicines la misma para todos, y siendo la condicin igual para todos, nadie tiene inters en hacerla ms complicada y cara para los dems.

Es ms: cuando la enajenacin se hace sin reservas, ningn asociado tiene nada que reclamar. Porqu en el caso que algunos sujetos quedasen con ms derechos que los dems, estos sujetos, se transformaran en sus propios jueces, y pronto ellos pretenderan ser jueces de todos, lo que traera como consecuencia, la vuelta al estado de naturaleza primitiva, el que subsistira por sobre el derecho y la asociacin se transformara necesariamente en tirnica y vana.

En fin, dndose cada cual a todos, uno no se da a nadie, y como no hay ningn asociado por sobre los otros, se gana el equivalente de todo lo que se pierde y ms fuerza para conservar lo que se tiene.

5En consecuencia: "Cada uno de nosotros pone en comn su persona y todo su poder bajo la suprema direccin de la voluntad general, y nosotros entendemos a los dems, a todos y cada uno de los miembros como parte indivisible del todo." Este acto produce inmediatamente un cuerpo moral y colectivo, compuesto de tantos miembros como votos tiene la asamblea y el pueblo, el cual recibe de este mismo acto su unidad, su yo comn, su vida y su voluntad. Esta nueva persona pblica que as se forma, por la unin de todos, tomaba en otro tiempo el nombre de ciudad y hoy toma el nombre de repblica o de cuerpo poltico, y que a su vez es llamado por sus miembros Estado, cuando es pasivo; soberano, cuando es activo; poder, al compararlo a sus semejantes; respecto de los asociados, toman colectivamente el nombre de pueblo, y a los particulares se les llaman ciudadanos, en cuanto son participantes de la autoridad soberana, y sbditos, en cuanto sometidos a las leyes del Estado.

Podemos asegurar que el acto de asociacin encierra un compromiso recproco entre lo pblico (Estado) con lo particular (El Ciudadano), y que cada individuo, debe asumir y entender que este compromiso contiene una doble relacin, a saber: (1) Como parte integral del Estado, hacia los particulares, y

(2) Como particular hacia el mismo Estado. Ms no puede aplicarse aqu la mxima del derecho civil de que nadie se atiene a los compromisos contrados consigo mismo; porque hay mucha diferencia entre obligarse con uno mismo o que obligarse a respetar el todo del cual se forma parte. Libremente uno asume el formar parte de una asociacin, y recibir los beneficios que esta nos puede entregar, pero a su vez, tambin libremente uno asume las responsabilidades que exige dicha asociacin.

Cuando la asociacin ya a sido sancionada, y se ha transformado as en un cuerpo, no se puede ofender o agredir a uno de sus miembros sin ofender y agredir a toda la asociacin, ni atacar a la asociacin, ni menos an ofender a la asociacin sin que los miembros se resistan. Por tanto, el deber, y el inters, obligan igualmente a las dos partes (asociacin y sus miembros) contratantes a ayudarse mutuamente.

En efecto; cada individuo puede tener una voluntad particular contraria o disconforme con la voluntad general; su inters particular puede presentarse de un modo completamente contrario al inters comn; este sujeto puede considerar que el aporte que realiza a la causa comn, perjudica sus intereses, ya que considera que su aporte no est bien retribuido, pretendiendo el gozar de los derechos del ciudadano sin querer asumir los deberes del ciudadano, dicha situacin, se presentara injusta para los dems miembros de la asociacin, causando la ruina del cuerpo poltico.

Con el fin de que el pacto social no sea una frmula intil, se debe asumir el siguiente compromiso: que quienquiera que se niegue a obedecer la voluntad general, ser obligado a responder a sus obligaciones por todo el cuerpo.

El trnsito del estado de naturaleza al estado civil produce en el ser humano un cambio muy notable, que se traduce en una transformacin de la conducta basada en el instinto, en acciones basadas en la justicia y el derecho, ya que integrar elementos morales a sus acciones, elementos que estn ausentes en

6las acciones dominadas por los instintos. Slo cuando se produce este cambio el ser humano, comienza a mirar ms all que a s mismo, y se ve obligado a obrar segn otros principios y a consultar la razn antes de escuchar sus inclinaciones animales.

En trminos fciles de entender, lo que el ser humano pierde por el contrato social, es su libertad natural y el derecho ilimitado a todo cuanto le apetece y puede alcanzar, pero lo que gana con el contrato social, es la libertad civil y social, que se expresa en la propiedad de toda la sociedad. Para no equivocarse en estas complicaciones es preciso distinguir la libertad natural, que no tiene ms lmite que las fuerzas de un solo individuo, y la libertad civil se expresa en la fuerza de todos los individuos, en donde el saber y el conocimiento as como tambin todos los beneficios sociales son patrimonio de toda la humanidad.

Cada miembro de la sociedad se entrega a ella en el momento en que esta nace, y se perpetua en el tiempo; el ser humano se integra a ella con todas sus fuerzas, las que son retribuidas con los beneficios que la sociedad en su conjunto genera. No es que las personas le entreguen al Estado todo lo que poseen, o produzcan, sin no que la propiedad del Estado es en la practica propiedad de la Nacin y la Nacin es la representacin del pueblo. El Estado, con respecto a sus miembros, es dueo de todos sus bienes por el contrato social, sin perder de vista que el Estado es la expresin del pueblo organizado.

Todo ser humano tiene, naturalmente, el derecho a todo aquello que le es necesario para vivir cmodamente; ms la accin positiva que le hace propietario de algn bien lo excluye de todo lo dems. Un sujeto tomada su parte, debe limitarse a ella, y no tiene ya ningn derecho sobre las dems partes de la comunidad. He aqu, por qu el derecho de un solo sujeto, es tan dbil en el estado de naturaleza, no as en derecho de un solo sujeto pero en un estado civil, ya que el derecho de uno es el derecho de todos.

En la Edad Media, en donde la hereja estaba considerada como un mal para la sociedad. Negar la fe de modo reiterado era un delito grave contra Dios y contra su pueblo que provocaba escisiones, revueltas e incluso guerras. La Iglesia deseaba la reconciliacin porque en la economa de salvacin o plan de Dios sobre los hombres, una de sus misiones es administrar el perdn de la Redencin. Sin embargo, si el culpable no se acoga a la misericordia, haba que iniciar una causa judicial de acuerdo con leyes pormenorizadas.

7En segundo trmino, es necesario trasladarse mentalmente a la poca y vislumbrar el poder de una monarqua renacentista, como la de los Reyes Catlicos y sus sucesores, para aproximarse a su poltica religiosa y entender mejor por qu identifica ron la unidad territorial con la unidad en la fe cristiana. Los Reyes se consideraban como en otras pocas de la historia europea representantes delegados de Roma en sus reinos, mediante el Patronato regio 3.

Las decisiones de los reyes sobre las minoras hebrea y morisca fueron finalmente tajantes: bautismo o expulsin. A pesar de las prdidas econmicas del exilio forzoso, la monarqua consideraba ms importante acabar con antiguos problemas sociales y religiosos (conversiones poco sinceras, deudores cristianos, violencias populares, el peligro turco), sin que sus medidas puedan considerarse propiamente racistas.

Pero el control social se extendi tambin a la mayora, con la consecuente obsesin por la limpieza de sangre, la vigilancia de los familiares como ojos y odos del Santo Oficio y un ambiente contrario a manifestaciones heterodoxas de la religin catlica: desde luteranos a alumbrados hasta otras extremas, como la brujera. Con todo, la etapa de mayor influencia de la Inquisicin (1540-1700) coincide con el Siglo de Oro espaol, una realidad tan evidente que tira por tierra ciertas tesis oscurantistas. Este control socio-religioso facilit adems la aplicacin del Concilio de Trento en Espaa, y produjo menos vctimas que las guerras de religin en Francia o la de los Treinta Aos en Alemania, sin que ello signifique una aprobacin tcita de la pena capital por motivos religiosos.

3 El Patronato regio (o Derecho de Patronato) consisti en el conjunto de privilegios y

facultades especiales que los Papas concedieron a los Reyes de Espaa y Portugal a cambio

de que estos apoyaran la evangelizacin y el establecimiento de la Iglesia Catlica en Amrica.

Se deriv de las bulas papales Romanus Pontifex (1455) e Inter Caetera (1456), otorgandos en

beneficio de Portugal en sus rutas atlnticas, y de las llamadas Bulas Alejandrinas emitidas en

1493, inmediatamente despus del Descubrimiento a peticin de los Reyes Catlicos. El

patronato regio o indiano para la Corona Espaola, fue confirmado por el Papa Julio II en 1508.

(Fundacin Wikimedia pg. http://es.wikipedia.org/wiki/Patronato_regio)8

Puede decirse que la leyenda negra sobre la Inquisicin espaola muri cinco siglos ms tarde de su refundacin en el XV, es decir, con el Congreso Internacional de Cuenca celebrado en 1978. Ahora son muchos los expertos franceses, anglosajones, escandinavos, hebreos, espaoles, etc. que, despus de una rigurosa investigacin, han sabido encuadrar el fenmeno inquisitorial en la sociedad y en la mentalidad de buena parte de nuestro pasado comn. Para la Iglesia Catlica esa leyenda negra est enterrada desde el Concilio Vaticano II, y desde que el Papa Juan Pablo II ha querido encarar, con una buena dosis de audacia, los hechos histricos polmicos. (Comella pgs. 185-189)

A su vez la reconstruccin histrica de la reflexin criminolgica burguesa es el que se desarroll en la Europa de la segunda mitad del siglo XIX como respuesta a las transformaciones sociales y a los nuevos problemas del orden en el periodo que sucedi a la revolucin industrial.

Con la consolidacin del dominio capitalista en la Europa de la Restauracin, la interpretacin poltica de la criminalidad que haba caracterizado la poca de la conquista del poder por parte de la nueva clase burguesa, incluidas las contradicciones del pensamiento iluminista, siempre indeciso entre el momento crtico y las exigencias de racionalizacin, parece resolverse definitivamente en una lectura apologtica 4 del orden social existente. La ambigedad que

4En teologa y literatura consiste en la defensa sistemtica de una posicin o punto de vista. La

palabra Apologtica proviene del griego apologa ),(queposicindesigna la

defensa militar contra un ataque. El primero en usar el trmino con ambas connotaciones es

John Henry Newman quien intitula su autobiografa espiritualista Apologa Pro Vita Sua en

1864. Pero las primeras referencias pueden ser encontradas en la Apologa de Scrates (en la

cual Platn toma la defensa de Scrates durante su proceso), pero tambin algunas obras de9

apologistas de comienzos de la cristiandad como las dos Apologas del Mrtir San Justino,

caracterizaba las primeras formas de conocimiento criminolgico estaba realmente dictada por la doble exigencia de criticar las formas hostiles de poder (el feudal) y al mismo tiempo proyectar las formas de un nuevo poder (el burgus); pero una vez que el poder poltico fue definitivamente conquistado, los intereses de la clase hegemnica se limitaron a inventar la estrategia para conservarlo. En esta perspectiva es comprensible como fuese precisamente el modelo contractual aquel esquema jurdico-poltico que vigorizaba y daba consistencia terica a la necesidad de autonoma del burgus frente al aparato del estado aristocrtico-feudal el que entrase profundamente en crisis. Y es precisamente en la negacin definitiva, a travs de un tortuoso camino de progresivas revisiones, de aquella afirmacin poltica tan eversiva que quera a los individuos libres e iguales entre s, en la que se empea el pensamiento positivista, orientndose cada vez ms hacia la enunciacin de teoras capaces de justificar cientficamente las desigualdades sociales como necesaria diversidad natural. Este esfuerzo terico responde a una situacin de clase modificada; en lo especfico de la poltica del control social intentaremos ahora individualizar los problemas que se presentan con mayor radicalidad.

Lo que entra profunda mente en crisis es pues el mismo mito del liberalismo econmico: ahora parece impasible creer que a la riqueza de las naciones corresponda el bienestar generalizado de los ciudadanos. Precisamente la revolucin industrial haba enseado que a una cada vez mayor acumulacin de riquezas acompaaba una cada vez ms amplia y generalizada acumulacin de miseria. Quiz nunca, como entonces, el espectculo de la pobreza propagada por las grandes ciudades industriales y las inevitables tensiones sociales que esta realidad conllevaba debieren preocupar tan profundamente a las conciencias vigilantes de la poca. Por el momento, la fe optimista en una sociedad ms justa e igualitaria deba ser rechazada. La desigual distribucin de las riquezas no era ya un accidente que se poda exorcizar en la enunciacin fidesta 5 de que en una sociedad de iguales slo el mrito personal haca a algunos (pocos) ricos y a otros (muchos) pobres. La miseria deba ser aceptada ahora como un hecho social. Pero de este conocimiento obtenido, que sacuda irremediablemente las antiguas seguridades, tomaban formas nuevos temores, nuevos miedos colectivos. Si de un lado, en efecto, el desarrollo de la sociedad capitalista haba creado definitivamente las nuevas clases laboriosas expropiadas de los medias de produccin y que aceptaban como natural la disciplina de fbrica, por otra parte estas mismas clases maduraban cada vez ms una conciencia antagnica, es decir una verdadera y precisa conciencia de clase respecto de las intereses del capital. En sus primitivas formas de organizacin poltica sindicatos,

dirigidas al emperador Marco Aurelio. Actualmente el trmino hace referencia al mtodo de estudio empleado en algunos casos particulares, por grupos o individuos que promueven causas sistemticamente, justificando ortodoxias, o negando a conveniencia algunos actos e incluso crmenes. La "lgica" apologtica se basa en el "blanqueamiento" de las causas que apoya, principalmente a travs de la omisin de los hechos negativos (percepcin selectiva) y la exageracin de los argumentos y hechos positivos; ambas tcnicas comunes en la retrica clsica. (Fundacin Wikimedia pg. http://es.wikipedia.org/wiki/Apolog%C3%A9tica)

5 El Fidesmo consiste en la doctrina, profesada por algunos religiosos, de que a Dios no se

puede llegar por la razn, sino slo por la fe. (Fundacin Wikimedia pg.

http://es.wikipedia.org/wiki/Fide%C3%ADsmo)10

asociaciones laborales, etc. el proletariado se colocaba como el adversario irreductible y perjudicaba toda certeza burguesa en el futuro hacindose portador de una esperanza considerada inadmisible: la revolucin para una sociedad sin clases. La reaccin en el frente burgus fue inmediata: las asociaciones de trabajadores fueron definidas como asociaciones de malhechores y el proletariado como potencial criminal. Se conoce as la primera forma de criminalizacin del adversario de clase.

Este proceso que tenda a fijar el atributo de peligrosidad en la clase obrera estaba en efecto facilitado por la observacin de algunos fenmenos. En primer lugar la nueva ciencia estadstica haba mostrado cmo la criminalidad haba sido una prerrogativa casi exclusiva de las clases ms pobres. La ecuacin miseria-criminalidad no pareca poder ya ser negada. En segundo lugar, las incontrolables leyes del mercado capitalista haban enseado cmo un descenso de los niveles salariales o un aumento de los ndices de desocupacin podan lanzar a los estratos ms dbiles de la clase obrera a la indigencia y a la miseria. La laboriosidad proletaria era un estado siempre precario: el trabajador poda siempre devenir el pobre. De aqu el crculo vicioso: proletario- pobre-criminal.

La criminologa positivista se aprovech, en parte, de la ruptura de esta identidad: subrepticiamente intent definir las clases peligrosas como naturalmente distintas de las trabajadoras, atribuyendo a las primeras la cualidad de degeneradas y a las segundas la cualidad de tiles. Slo estas ltimas podan gozar todava y mientras aceptasen las reglas de juego que las queran disciplinadas y sometidas a la autoridad de las privilegios del estado de derecho, de las garantas del derecho burgus; las clases criminales precisamente en cuanto cargadas de los atributos de degeneradas, inmaduras, salvajes, ms semejantes a las bestias que a los hombres, etc. deban ser sometidas a una especie de no derecho, esto es podan ser eliminadas, reprimidas o reeducadas fuera y contra de toda garanta jurdica, por simple necesidad de higiene social. Ciertamente, la criminologa de la segunda mitad del siglo XIX no fue slo esto; decimos que sirvi tambin para esto.

Ms en general, lo que caracteriza el conocimiento criminolgico de la poca es la voluntad de dar respuestas polticamente tranquilizadoras; precisamente porque la criminalidad es socialmente percibida como sntoma de malestar, de enfermedad de la sociedad, se torna necesario capturar, relegar, circunscribir el saber criminolgico a un rea no poltica, a un espacio neutral, en el que no sea ya pasible atribuir ninguna inteligibilidad a la accin criminal, en la cual la cuestin criminal (de aquella criminalidad) no induzca ms a nadie a poner en cuestin el orden (de aquella sociedad). Visto de otra manera, una ulterior escisin, tambin sta engaosa, entre poltica criminal-como poltica de la prevencin y represin de la criminalidad- y poltica tout-court 6; en otras palabras, esto significa que toda posible solucin del fenmeno

6 Aquella capacidad de relacionarse con la "totalidad de lo social" que es la que consiente

reactivar la crtica del capitalismo y, como de modo convincente en un cercano dilogo con las

posiciones de la misma democracia. Dejando al descubierto los problemas y dificultades

existentes en el interior del "movimiento global". (ocks)11

criminal como el bandolerismo 7 meridional, las organizaciones anarquistas, la delincuencia juvenil, etc. debe necesariamente ser expuesta dentro del cuadro institucional dado. Entre teora del estado por un lado y conocimiento del fenmeno criminal y poltica criminal por otro, debe ser construida una barrera. La primaca de la poltica en el conocimiento criminal propia del Iluminismo es as negada.

La aportacin determinante del positivismo criminolgico respecto de las instancias de control social presentes en la sociedad de la poca consisti en valorar, por un lado, una concepcin abstracta y ahistrica de la sociedad y, por otra parte, interpretar a sta como realidad orgnica que se funda en el consenso alrededor de los valores y los intereses asumidas como generales, o sea que significaba proponer a la sociedad como un bien y a la desviacin criminal como un mal y por lo tanto a la poltica criminal como legtima y necesaria reaccin de la sociedad para la tutela y la afirmacin de los valores sobre las que se funda el consenso de la mayora.

En esta perspectiva el positivismo criminolgico se mostr como un formidable aparato de legitimacin respecto de la poltica criminal de la poca. Y fue precisamente por la aportacin determinante del positivismo criminolgico que el sistema represivo se legitim como defensa social.

El concepto de defensa social tiene subyacente una ideologa cuya funcin es justificar y racionalizar el sistema de control social en general y el represivo en particular. Como tal fue y es la ideologa propia de la ciencia penal, a travs de la cual se justifica como conocimiento y practica racional. La defensa social reivindica el mrito de haber liberado a la poltica criminal (y en particular a la penal) de las hipotecas de viejas interpretaciones transcendentales y mticas y de haberla reconducido a una prctica cientfica a travs de la cual la sociedad se defiende del crimen.

La defensa social es por lo tanto una ideologa extremadamente seductora, en cuanto es capaz de enriquecer al sistema represivo (vigente) con los atributas de la necesidad de la legitimidad y de la cientificidad.

El sistema penal estatal pudo justificarse en trminos de defensa necesaria porque tutelaba los intereses sociales generales de la agresin de la minora criminal. E indudablemente la insistencia con que el pasitivismo criminolgico prepone el consenso social como realidad natural no pudo ms que valorar la interpretacin de la reaccin a la criminalidad asimismo como natural.

La cualidad de naturalidad no parece sin embargo suficiente, por s misma, para atribuir a la actividad represiva estatal la naturaleza de reaccin legtima. La legitimidad, que es un juicio tico-jurdico, no se puede fundar sobre la base de un clculo estadstico, como si se afirmase que la reaccin social a la

7 El bandolerismo es universal y muy antiguo; se origina en regiones donde la miseria y la injusticia se han cebado especialmente con algunas personas empobrecindolas y arrojndolas en brazos del contrabando, el robo o el crimen, generando de esta manera una forma ms o menos colectiva de saqueo organizado. (Fundacin Wikimedia pg.

http://es.wikipedia.org/wiki/Bandolerismo)12

criminalidad es legtima simplemente porque tiene la defensa de un bien o de un valor considerado merecedor de tutela por la mayora. Para que sea legtimo necesita que el sistema represivo pueda justificarse como positivo y por lo tanto deslegitimar la accin criminal como accin simplemente negativa. Al autor de un delito no puede atribursele ninguna racionalidad, ninguna voluntad libre dirigida a la realizacin de un inters o a la afirmacin de un valor porque esto supondra el reconocimiento de otros valores e intereses aunque antagnicos a los dominantes. La represin se legitima de esta manera como accin dirigida a neutralizar a quien es socialmente peligroso, no como testimonio de una alteridad de valores no reconocidos y por lo tanto temidos sino precisamente como privado de racionalidad. Una actitud en parte similar a la tenida por los padres y educadores en relacin con el comportamiento no deseado de los nios. Y el positivismo criminolgico era capaz de negar toda racionalidad a la accin criminal interpretando sta como patolgicamente necesitada.

Conviene probablemente insistir sobre este aspecto que considero importante para una interpretacin correcta de las relaciones entre conocimiento criminolgico positivista y poltica criminal, Tomemos otro ejemplo histricamente dado: la represin del bandolerismo meridional en Italia en el periodo postunitario 8. Hoy se est en condiciones de explicar el bandolerismo de aquellos aos como desesperada resistencia a la accin violenta de transformacin de las poblaciones campesinas del sur en masas proletarias, segn las exigencias de una industrializacin forzada advertida por la burguesa de la poca. La sanguinaria represin de esta ilegalidad se hizo uso del ejrcito y del exterminio de masas fue la reaccin a una violencia que, aunque prepoltica, era en todo caso la expresin radical de valores (los de una cultura preindustrial) y de intereses (los ligados a una economa agrcola-pastoril) antagnicos y profundamente conflictivos con los dominantes. La lucha contra el bandolerismo fue pues una verdadera guerra civil, tanto que durante decenios las regiones del sur fueron sometidas por el

8 La Unificacin de Italia fue el proceso histrico que a lo largo del siglo XIX llev a la unin de

los diversos estados en que estaba dividida la pennsula Itlica, en su mayor parte vinculados a

dinastas consideradas "no italianas" como los Habsburgo o los Borbn. Ha de entenderse en

el contexto cultural del Romanticismo y la aplicacin de la ideologa nacionalista, que pretende

la identificacin de nacin y estado, en este caso en un sentido centrpeto (irredentismo).

Tambin se le conoce como el Resurgimiento (Risorgimento en italiano), e incluso como la

Reunificacin italiana (considerando que existi una unidad anterior, la provincia de "Italia"

creada por Augusto, en la antigua Roma). (Fundacin Wikimedia pg.

http://es.wikipedia.org/wiki/Unificaci%C3%B3n_de_Italia)13

ejrcito y su poblacin se vio afectada por el rigor de la legislacin penal militar. Pues bien, la densidad poltica de este conflicto fue ocultada por la interpretacin criminolgica de la poca que estigmatiz el comportamiento ilegal de las masas como biolgicamente determinado por un retraso en la evolucin de la especie, por lo cual aquella violencia no era violencia de clase sino violencia gratuita de razas inferiores, que en su obrar mostraban ser similares ms a las bestias que al hombre. Su represin se justific como benfica obra de civilizacin, Y, an ms, se consideraba el crimen como acto inexpresivo e irracional; la represin, por el contrario, como accin racional, dirigida a fines positivos. El mundo de los valores o sea de las elecciones tico polticas que premian una conducta humana porque es considerada positiva y castigan otras porque son nocivas se reduce al mundo de los hechos, a la nica realidad en que pueden ser percibidos por los sentidos y analizados cientficamente. La criminalidad se envilece en patologa individual; sta en biologa natural.

Es cierto, por lo tanto, que esta voluntad de negar toda inteligibilidad al comportamiento desviado se realiz gracias tambin al hecho de que la accin de prevencin-represin de la criminalidad adquiri la dignidad de ciencia. Ahora ya todo lo que se refera al control social (a la legislacin en materia penal, a la actividad de la polica, al funcionamiento de las instituciones carcelarias, etc.) poda evitar el riesgo de una crtica poltica (la crtica poda incluso ser slo de tipo tcnico) en cuanto que el positivismo criminolgico 9, a travs de su mtodo cientfico, eliminaba los errores, negaba toda arbitrariedad, crea slo en la objetividad de los hechos y no en la subjetividad de las opiniones. Y es por eso comprensible por qu la ciencia criminolgica positivista tom prestado el lenguaje de la ciencia mdica, por qu el criminal fue considerado como enfermo, el mtodo criminolgico como diagnstico, la actividad de control social como esencialmente teraputica.

Entre los medios de control social estn las normas sociales, las instituciones, la religin, las leyes, las jerarquas, los medios de represin, la indoctrinacin, los comportamientos generalmente aceptados y los usos y costumbres (sistema informal, que puede incluir prejuicios) y leyes (sistema formal, que incluye sanciones).

El control social aparece en todas las sociedades como un medio de fortalecimiento y supervivencia del grupo y sus normas. Las normas menores y las leyes son las que conforman los grupos y es la implantacin de una moral social por las influencias sociales y al mismo tiempo la crtica como autodefensa y su interpretacin es el camino hacia el cambio social. Acta sobre la desviacin social (leyes) y anomia (normas).

9 El Positivismo Criminolgico inserta el comportamiento del individuo en la dinmica de causas

y efectos que rige el mundo natural o el mundo social. Para el Positivismo Criminolgico, el

infractor es un prisionero de su propia patologa (determinismo biolgico) o de procesos

causales ajenos al mismo (determinismo social): un ser esclavo de su herencia, encerrado en

s, incomunicado de los dems, que mira al pasado y sabe, fatalmente escrito, su futuro: un

animal salvaje y peligroso. (Vilorio de la Fuente)14

La cognicin social o perspectiva del comportamiento desviado de forma correcta cierta, tiene un esquema de estereotipos y juicios de valor en su versin no cientfica y es posible y habitual como conocimiento cientfico profesional y es de hecho imposible una sociedad sin normas (Estado de Derecho) y la cuestin es su precisa naturaleza y los mecanismos para el caso, sin cargar con ms problemas adicionales, solamente el bien comn con una normativa funcional para el orden social. Como el control es importante, a su vez tiene que haber control sobre los controladores con un consenso en la normativa para un equilibro de poderes y controles, que no sea represivo en su actitud.

El control social persuasivo para el logro de la conformidad funciona principalmente con ideas y valores, que se traducen en actitudes respetuosas de las normas. Se tiende a una moral libre, opcional, personalizada, menos regla y con menos control.

Medios de control social

Medios informales

Las medidas informales, son aquellas que no estn institucionalizadas, como los medios de comunicacin, la educacin, las normas morales, etc, las cuales no tiene una formalizacin a travs de normas o leyes escritas. Son ms importantes que los formales porque transmiten hbitos, normas y valores determinados. La instancia policial es un ejemplo: es un mecanismo de control social informal que se deriva del Estado. Se inici tras la Revolucin Francesa controlando a nivel legislativo. Sus competencias garantizan el poder desmesurado del Estado, pero es una instancia estatal con capacidad de castigo y represin contra el ciudadano puesto que los que controlan o tienen poder someten al resto. Su funcin principal es el mantenimiento de leyes y del orden pblico. A partir de los aos 80 (siglo XX), aparece la seguridad ciudadana. Como hecho poltico, se aade una funcin de vigilancia (represor contra las incidencias) que desemboca en el Estado intervencionista. Se vincula a la transformacin urbana de las ciudades (las grandes avenidas permiten el paso del ejrcito con los caballos). A esta funcin de represin se le aade la salvaguarda: prevencin en primer lugar y funcin asistencial de la poblacin. La paradoja fundamental de la polica es que simultneamente es preventiva y represora, ya que "el polica que est para ayudar tambin te puede detener".

Instituciones sociales

Nacen junto con la necesidad del hombre de vivir en sociedad: ya que stas no slo regulan la vida diaria, sino que tambin establecen patrones de conducta que los miembros de una sociedad deben seguir. Diversos autores han tratado el origen y funcin de las instituciones en las sociedades puesto que stas se han presentado de una forma universal. A pesar de haber sido estudiadas por distintos investigadores todos existe el consenso de que se trata de formas

15comnmente aceptadas, en mayor o menor medida, de regular la conducta del hombre.

Luciano Gallino (1995) presenta diversas concepciones de lo que puede considerarse una institucin social de acuerdo a distintos autores:

"Grupo de valores, de usos y costumbres, de normas, que regulan el comportamiento y la accin en una esfera importante de la vida social, ms el personal que con su actividad sostiene tales valores y normas, les da cuerpo, las reproduce y las impone a los nuevos miembros, ms los recursos materiales necesarios a dicho personal para desarrollar la actividad requerida". De acuerdo a una interpretacin de Sumner (1962).

"Respuestas culturales propias de una sociedad y de una poca particulares a las necesidades universales". Malinowski (1971).

"Cualquier forma de creencia, de accin y de conducta reconocida, sancionada y practicada en forma estable por una colectividad". De acuerdo con Spencer (1967). Este autor considera como instituciones a las ceremonias civiles, la moda, el Estado, la legislacin, la religin, el sacerdocio, las profesiones, entre otros. Es decir, para Spencer. institucin equivale prcticamente a cualquier modelo de cultura o conjunto de rasgos culturales.

"Prcticas consolidadas, modos de proceder establecidos, caractersticos de una actividad de grupo: normas de validez general que establecen en las ms diversas circunstancias las categoras de comportamiento o accin o conducta prescritas, permitidas o prohibidas". Uno de los principales representantes de esta comente es R. M. Mclver (1924).

Se trata de "elementos de la estructura social, como la organizacin familiar, la divisin del trabajo, la distribucin de la propiedad, capaces de ejercer una presin duradera sobre el individuo durante la socializacin primaria: o bien los tabes, las costumbres, las creencias, las representaciones colectivas, las prcticas mgicas que para los individuos socializados dentro de una estructura determinada representan un instrumento para controlar los niveles de angustia y de ilustracin". Esta concepcin fue desarrollada basndose en las teoras de personalidad de base y las relaciones entre cultura y personalidad de Abram Kardiner (1939).

Las instituciones se refieren a los conjuntos de normas que regulan y ordenan las formas de conducta de acuerdo a cada situacin respecto a problemas relevantes a la sociedad, por lo que toda esta sociedad tiene inters en ellas. Las instituciones ofrecen al hombre una realidad prefabricada, que existe independientemente de su presencia y voluntad, adems de que su estabilidad y permanencia son superiores a la duracin de la vida de un hombre. (Gallino. Luciano: 1995)

De acuerdo con Biezans (1988) las relaciones organizadas entre individuos estn reguladas por medio de instituciones, que son el resultado de normas

16establecidas que responden a las necesidades y actividades de los grupos sociales. La palabra institucin es un derivado del verbo institucionalizar, lo que se considera como una forma establecida de hacer algo, formal y estable.

Las instituciones son crecederas, cuando se desarrollan de manera paulatina careciendo de un planteamiento deliberado: como es el caso del gobierno. Tambin pueden ser instituidas, lo que significa que fueron creadas para satisfacer una necesidad especfica.

Toda institucin tiene un concepto y una estructura. El concepto se refiere a la idea o necesidad que satisface a la institucin. Mientras la estructura contiene tres puntos bsicos:

Personal.

Instrumentos o equipo que utiliza.

Usos, normas, tcnicas o reglas que utiliza.

Las instituciones ms importantes de cualquier sociedad son las fundamentales, que a su vez son consideradas como aspectos generales de todas las culturas, entre los que se pueden encontrar el sistema econmico, el gobierno, la religin, la familia, entre otros. Las instituciones fundamentales existen para satisfacer las necesidades centrales y universales que se desligan de la naturaleza sociolgica, biolgica y fundamental del hombre.

Los sistemas institucionales fundamentales son las formas de control social por excelencia, puesto que poseen una autoridad reconocida, capaz de castigar cualquier tipo de desviacin de las normas. De esta manera regularn las relaciones entre grupos y dentro de ellos formando una estructura esencial para el orden social, estableciendo pautas sobre modos aceptables de satisfacer los deseos y necesidades biolgicos.

Una institucin es la "configuracin de una conducta duradera, compleja, integrada y organizada, mediante la que se ejerce un control social por medio de la cual se satisfacen los deseos y necesidades sociales fundamentales". (Fairchild: 1949)

Luciano Gallino (1995) Menciona dos clasificaciones muy importantes de institucin: la natural- espontnea y la positiva- tradicional.

a) Natural- espontnea: se refiere a aquellas instituciones que se desarrollan en base a costumbres y tradiciones previamente establecidas, que pueden terminar, pero no como regla, en la implementacin de normas jurdicas.

b) Positiva- tradicional: son aquellas que se forman con base a una nominacin jurdica ya existente y que se adaptan a la costumbre.

17Iglesia

Es una institucin ya que se trata de una forma de regular la conducta del hombre, que tuvo su origen en la necesidad- como todas las religiones en el mundo, de creer en un Dios, un ser superior que fuera capaz de dominar las fuerzas de la naturaleza y el mundo.

Las instituciones sociales, como ya se mencion, tienen su origen en las necesidades universales de los hombres y su bsqueda por resolverlas. En este caso, el ser humano busc la manera de estar bien con su Dios, de agradarlo a travs de su comportamiento. As, cre normas de conducta que ms tarde se realizaron de una manera establecida, formal y constante, es decir, se institucionalizaron: los patrones de conducta acordados se basaron en costumbres y tradiciones.

Para poder comprender cabalmente la funcin de la Iglesia catlica hay que comprender la funcin que la religin tiene en la sociedad. Una de las races de esta palabra es la que ofrece Lactancio: "religare" que significa al lazo que une un colectividad. Para esta investigacin ser considerada como un sistema de creencias compartidas por un grupo de individuos, las prcticas que se asocian a l y la forma en que sus miembros responde a lo que se considera como sobrenatural. La importancia de la religin, y por ende de la institucin responde del lugar que la primera juega en la vida del hombre y la sociedad. Se considera que la religin provee de significados personales y culturales adems de cdigos de conducta.

El origen de la Iglesia Catlica estuvo en un movimiento sectario del judasmo antiguo que culmin con el Edicto de Miln y la declaracin del catolicismo como religin del Estado, y ms tarde sta sera una forma de legitimacin del mismo. Sus formas de organizacin y administracin estn basadas en las tradiciones romanas y judas, que se consolidaron propiamente en la Edad Media con el establecimiento de los Sacramentos.

De esta manera se considera a la Iglesia como una institucin social, porque fue creada por hombres, se trata de una comunidad de personas que creen en Dios como una realidad y que comparten sus vidas de acuerdo con esta creencia y que son fieles a este compromiso.

Medios de Comunicacin

Ejemplos:

Violencia domstica, en corto

Con una agresiva campaa y teniendo como vocera a la actriz hollywoodense Reese Witherspoon (Legalmente Rubia), contina abierta la convocatoria para el concurso

18de cortometrajes Alza la voz Contra la Violencia Domstica, que aborda tan delicado tema, con fines de concientizacin entre la poblacin mexicana.

Jos Antonio Armas, director de Comunicacin de reconocida marca de cosmticos de belleza, que en conjunto con el Festival Expresin en Corto patrocina dicho certamen, explic a EL SOL DE MXICO, va telefnica, que desde hace dos aos se premian cortometrajes y documentales cuyos contenidos abordan problemas de la violencia intrafamiliar, al considerar que es un compromiso social que todos tenemos.

La convocatoria se lanz el 15 de mayo y concluir la recepcin de trabajos el prximo primero de octubre, finalizando la tercera edicin del concurso durante la ceremonia de premiacin que tendr lugar el martes 24 de noviembre (un da antes del Da Internacional de la No Violencia Domstica) en la Cineteca Nacional de la Ciudad de Mxico, cuando se anuncien los ganadores de los premios en efectivo por un total de 100 mil pesos, repartidos entre las tres mejores producciones por las sumas de 50, 30 y 20 mil pesos, respectivamente.

Durante el programa de inauguracin en 2007, el concurso Alza la Voz Contra la Violencia Domstica recibi 65 cortometrajes de nueve pases y 10 de diversos estados de Mxico. En 2008 el concurso recibi 92 cortometrajes de 23 pases y de 12 estados de Mxico. Se aceptan cortometrajes de hasta 15 minutos de duracin, en las categoras de Ficcin, Documental, Animacin y Experimental", explic el ejecutivo, indicando que quienes an deseen participar, pueden inscribirse en la pgina www.expresionencorto.com o en www.mx.avon.com.

Armas seal tambin que esta iniciativa marca un parteaguas como programa de responsabilidad social dirigido hacia todo pblico, pero en especial a los jvenes que son los ms vulnerables en cuanto a dicha problemtica, por lo que la actriz Reese Whiterspoon promueve la venta de un dije con el smbolo del infinito, con la intencin de recaudar fondos para apoyar la campaa.

"Actualmente en nuestro pas el 44 por ciento de las mujeres mayores de 15 aos que vive con pareja sufre de algn tipo de violencia. El 37 por ciento de ese mismo grupo sufre de maltrato emocional o psicolgico, por lo que este festival tiene la intencin de mentalizar para tratar de neutralizar esa incidencia", coment.

Los estudios sugieren que anualmente en Norteamrica hasta 10 millones de nios son testigos de alguna forma de violencia intrafamiliar y casi uno de cada cinco adolescentes dicen que un novio las ha amenazado con violencia o con hacerse dao ellos mismos si ellas dan por terminada la relacin.

Actualmente una de cada tres mujeres alrededor del mundo ha sido golpeada, forzada a tener sexo o abusada durante su vida. Con frecuencia, el trasgresor es miembro de su familia. En Estados Unidos, las estadsticas son asombrosas: cada nueve segundos una mujer es agredida o golpeada y la principal causa de lesiones en las mujeres es la violencia intrafamiliar, por encima de los accidentes automovilsticos, asaltos y violaciones combinados.

De acuerdo con el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), la violencia intrafamiliar afecta alrededor de 44 por ciento de las mexicanas, siendo la violencia

19emocional la ms comn con 38 por ciento, seguido de la econmica con 23 por ciento.

Para finalizar, Jos Antonio Armas dio a conocer que quienes deseen asesora al respecto, pueden hablar al nmero gratuito 01800 9112511, Vida sin Violencia. (Hernndez pg. http://www.oem.com.mx/elsoldecuernavaca/notas/n1330822.htm)

No a la Pedofilia

20Medios formales

Las medidas formales de control social son las que se implementan a travs de estatutos, leyes y regulaciones contra las conductas no deseadas. Dichas medidas son respaldadas por el gobierno y otras instituciones por medios explcitamente coactivos, que van desde las sanciones hasta el encarcelamiento o el confinamiento. En los estados de derecho los objetivos y mecanismos de control social estn recogidos en la legislacin explcita.

De manera particular, el Derecho Penal cumple una funcin primordial en cuanto ordenamiento que protege la paz social y las condiciones sociales indispensables para el ser humano y la convivencia: como garanta insustituible del "orden social".

El hombre est forzado a convivir porque es un ser social. Y la convivencia se hace posible gracias a una serie de reglas y pautas de conducta que integran el llamado "orden social". Dicho orden social dispone de un amplio arsenal de medios y mecanismos de autodefensa que garantizan su estabilidad. Se habla entonces del "control social". El control social es imprescindible en todo proceso de integracin (socializacin) y hace posible la supervivencia del grupo. Pero el "orden social" no es autosuficiente, no resuelve todos los conflictos. La experiencia demuestra que tiene que ser completado y reforzado por el orden jurdico.

Hoy por hoy no se puede prescindir de la distincin entre orden social (control social informal) y orden jurdico (control social formal), cuyos titulares respectivos son la sociedad y el Estado, porque siempre tiene que existir una instancia superior y distinta que entre en funcionamiento cuando fracasen los mecanismos primarios de autoproteccin del orden social y garantice eficazmente, en los conflictos ms graves, la inviolabilidad de los valores fundamentales de la convivencia. Y ese es el cometido del orden jurdico.

El Derecho Penal, como se advirti, es una instancia ms del control social formal. Acta en los conflictos ms agudos, de modo altamente especializado y formal; reacciona frente a determinados comportamientos "desviados" (los "delitos") y se sirve de una particular clase de instrumentos (pena y medida) siempre negativos, nunca neutros.

Dado que las instancias del control social y el Derecho Penal es una de ellas persiguen la estabilidad y aseguramiento del statu quo a travs del sometimiento del individuo (conformidad) a las pautas y modelos de conducta del grupo (disciplina social) no puede extraar que suela identificarse la funcin del Derecho Penal en trminos sociolgicos- con la consecucin y mantenimiento de dicha actitud individual de conformidad.

21Como afirma Stratenwerth, corresponde al Derecho Penal asegurar la conformidad de los ciudadanos hacia aquellas normas que persiguen, precisamente, la proteccin de bienes jurdicos.

Pero los trminos: orden social, proceso de socializacin, control social y conformidad o disciplina social slo explican de una forma

externa y funcional los cometidos esenciales del Derecho Penal. Es necesaria una referencia normativa, valorativa, que de sentido, desde un punto de vista material, al problema de la proteccin del orden social: tal es la funcin que desempean los conceptos de "bien jurdico" y "tica social".

El control social penal se sirve de un particular sistema normativo, que traza pautas de conducta al ciudadano imponindole mandatos y prohibiciones. Sin embargo, y contra lo que mantuvo la Escuela de Kiel, la funcin de la norma penal no se agota en la creacin de "deberes jurdicos". La norma penal establece deberes jurdicos, desde luego, pero su finalidad no puede consistir en la mera creacin de deberes y obligaciones. Esta, lgicamente, ha de preordenarse a la defensa de algn bien o inters valioso, es un medio o instrumento, una tcnica que articula dicha proteccin. Porque no se trata de prohibir por prohibir, de castigar por castigar, sino de hacer posible la convivencia y la paz social.

El Derecho Penal no pretende realizar valores absolutos de la justicia sobre la tierra, ni ejercitar a los ciudadanos en la virtud de la obediencia sino garantizar la inviolabilidad de los valores supremos del orden social haciendo posible la vida comn, la convivencia.

De acuerdo con este punto de partida (la naturaleza "instrumental" del Derecho Penal al servicio de la convivencia humana) entiende la doctrina dominante que el cometido esencial del Derecho Penal es la proteccin de los valores fundamentales del orden social"; esto es, la salvaguarda de "bienes jurdicos".

Bienes jurdicos son bienes vitales, fundamentales, para el individuo y la comunidad que precisamente al ser tutelados por el Derecho se convierten en bienes "jurdicos".

Portador de estos bienes que no se deben confundir con el objeto material del mundo real pueden ser el particular o la comunidad. Y el sustrato de los mismos, muy diverso: un objeto psicofsico (la vida, la salud); un objeto espiritual, ideal (el honor); una situacin real (as: la paz del domicilio); una relacin social (como el matrimonio); o una relacin jurdica (la propiedad).

La suma de los bienes jurdicos no constituye, de otro lado, un cmulo atomizado y desordenado de intereses sino el "orden social".

Es, tambin, opinin muy extendida que estos bienes jurdicos no reciben, ni deben recibir, una proteccin absoluta y uniforme del derecho, sino selectiva, fragmentaria. El Derecho Penal slo protege los bienes ms valiosos para la

22convivencia: lo hace, adems, exclusivamente frente a los ataques ms intolerables de que puedan ser objeto (naturaleza "fragmentaria" de la intervencin penal); y cuando no existen otros medios eficaces, de naturaleza no penal, para salvaguardar aqullos (naturaleza "subsidiaria" del Derecho Penal).

En consecuencia, el Derecho Penal realiza una funcin indispensable, porque la vida en comn de los seres humanos slo es viable si se garantizan eficazmente estos "bienes jurdicos". Si no existiera una instancia superior que asegurase la inviolabilidad de la vida, la salud, la libertad, etc. no habra convivencia posible.

Bellum mnium contra omites!

El concepto de bien jurdico, por tanto fundamenta y legitima la intervencin del Derecho Penal, pero al propio tiempo representa un lmite a la misma. Porque cuando los mandatos o prohibiciones penales se alejan del cumplimiento de la funcin protectora de bienes jurdicos, se convienen en meros instrumentos del poder que ejercitan al ciudadano, sin ms en la obediencia, con lo que tales normas se deslegitiman.

La categora del bien jurdico an cuando desde un punto de vista poltico criminal y dogmtico debe estimarse muy positiva, desde un punto de vista criminolgico y como consecuencia inevitable del pensamiento abstracto y formal del Derecho del que es fiel exponente- ha contribuido a la marginacin de la vctima individual y a una concepcin de la pena que se orienta unilateralmente a las exigencias punitivas del Estado. El fenmeno no ha pasado desapercibido ni a socilogos ni a criminlogos, que han llamado la atencin sobre el proceso de neutralizacin de la vctima. Tampoco al mundo del Derecho, consciente de que asistimos a un proceso de desmaterializacin o volatilizacin de la vctima, que ha desaparecido por completo detrs de la categora abstracta del bien jurdico; proceso, de otra parte, muy favorecido por la eclosin en la sociedad postindustrial de emergentes intereses colectivos, supra individuales -e incluso universales- que terminan con el protagonismo de la persona individual como portador y titular de intereses jurdicamente relevantes.

23Trabajos citados

[En lnea] = Control Social / aut. Wikipedia // Wikipedia: La Enciclopedia Libre. - Wikimedia Project, 12 de Enero de 2005. - 1.15.1. - 20 de Septiembre de 2009. - http://es.wikipedia.org/wiki/Control_social.

[En lnea] / aut. ocks Mss. // Yahoo! Respuestas. - Yahoo! Mxico, S.A. de C.V.. - 20 de Septiembre de 2009. - http://mx.answers.yahoo.com/question/index?qid=20080110134001AA6sV8W.

[En lnea] / aut. Vilorio de la Fuente Jos Carlos // robertexto.com. - 20 de Septiembre de 2009. - http://www.robertexto.com/archivo7/criminol2.htm.

Control y dominacin: teoras criminolgicas burguesas y proyecto hegemnico

[Libro] = La Criminologa / aut. Pavarini Massimo y Bergalli Roberto / ed. Tula Jorge. - Mexico : Siglo XXI Editores, 2003. - Octava Edicin : pg. 223 pginas. - 968-23-1214-0.

Credibilidad y opinin pblica entre estudiantes de Ciencias de la Comunicacin y Derecho: Caso la Iglesia Catlica [En lnea] / aut. Garca Mndez Maribel // Universidad de las Americas de Puebla. - 10 de Mayo de 2004. - 20 de Septiembre de 2009. - http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lco/garcia_m_m/.

El contrato social; , Principios del derecho politico [Libro] / aut. Rousseau Jean-Jacques / ed. Collado Jos del. - Madrid : [s.n.], 1820. - pg. 240.

El Control Social [Presentacin] = 4 El Control Social - SocioEduc / aut. Glazaro. - [s.l.] : SlideShare, 2009.

Introduccin al derecho penal [Libro] / aut. Garca Antonio y Molina Pablos de. - Madrid : Ramn Areces, 2006. - Cuarta : pg. 1056. - 8480047844, 9788480047845.

La Inquisicin espaola [Seccin del libro] / aut. Comella Beatrz // La Inquisicin espaola / aut. libro Comella Beatrz. - [s.l.] : Ediciones Rialp, 1998. - Segunda Edicin : Vol. 157. - 8432131652, 9788432131653.

The culture of Control -Crime and Social Order in Contemporary Society [Libro] = The culture of Control / aut. Garland David / trad. Sozzo Mximo. - Barcelona : Gedisa, S. A., 2001. - Primera Edicin : pg. 462. - 84-9784-040-2.

Violencia domstica, en corto [Artculo] / aut. Hernndez Ricardo // El Sol de Cuernavaca. - Mexico : Organizacin Editorial Mexicana S.A. de C.V., 18 de Septiembre de 2009. - pg. http://www.oem.com.mx/elsoldecuernavaca/notas/n1330822.htm.

Wikipedia: La Enciclopedia Libre [En lnea] = Wikipedia / aut. Fundacin Wikimedia / prod. Wales Jimmy y Sanger Larry. - 15 de Enero de 2001. - Septiembre de 2009. - http://www.wikipedia.org/.

24