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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

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Ao de la Diversificacin Productiva y del Fortalecimiento de la Educacin

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLTICAS

INTRODUCCIN AL DERECHOTema:

CONSTITUCIN POLTICA DE 1993Alumna

: Liliana Maritza Torre Manrique

Semestre: ICdigo

: h07179dDocente

: Dra. Martha Isdaura Pea HinostrozaHUANCAYO 2015Dedicatoria:

Dedico la presente monografa a Dios, a mis padres, a mi familia, a mi hija y a la Docente por la enseanza brindada.

NDICE

N Pg.

CARATULA2

DEDICATORIA3

NDICE4

INTRODUCCIN5

CONSTITUCIN POLTICA DE 1993

1. BREVE DEFINICIN6

2. HISTORIA7

2.1. ANTECEDENTES7

2.2. CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRTICO DE 19929

2.3. APROBACIN DE LA CONSTITUCIN10

3. CONTENIDO11

4. PRINCIPALES INNOVACIONES13

CONCLUSIONES16

BIBLIOGRAFA17

ANEXOS18

INTRODUCCINLa constitucin o carta magna (del latn cum, con, y statuere, establecer) es la norma fundamental, escrita o no, de un Estado soberano u organizacin, establecida o aceptada para regirlo.

La constitucin fija los lmites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los pases occidentales modernos, se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de stos con sus ciudadanos, estableciendo as las bases para su gobierno y para la organizacin de las instituciones en que tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades.

El trmino Constitucin, en sentido jurdico, hace referencia al conjunto de normas jurdicas, escritas y no escritas, que determinan el ordenamiento jurdico de un estado, especialmente, la organizacin de los poderes pblicos y sus competencias, los fundamentos de la vida econmica y social, los deberes y derechos de los ciudadanos.

CONSTITUCIN POLTICA DE 19931. BREVE DEFINICIN:

La Constitucin Poltica del Per de 1993 es la norma fundamental de la Repblica del Per. Antecedida por otros 11 textos constitucionales, fue redactada a inicios del gobierno de Alberto Fujimori por el Congreso Constituyente Democrtico convocado por el mismo tras la disolucin del Congreso en el autogolpe de 1992, consecuentemente fue aprobada mediante el referndum de 1993, aunque los resultados han sido discutidos por algunos sectores.Esta ley fundamental es la base del ordenamiento jurdico nacional: de sus principios jurdicos, polticos, sociales, filosficos y econmicos se desprenden todas las leyes de la Repblica. La Constitucin organiza los poderes e instituciones polticas, adems de establecer y normar los derechos y libertades de los ciudadanos peruanos. Prima sobre toda ley y sus normas son inviolables y de cumplimiento obligatorio.

Cabe mencionar que, pese al autogolpe de 1992 y el subsiguiente Gobierno de Emergencia y Reconstruccin Nacional (GERC), la constitucin de 1979 sigui tericamente en vigencia hasta la expedicin y promulgacin de la Constitucin de 1993. Se considera, de acuerdo al Tribunal Constitucional, que la Ley de Bases del mencionado GERC y los dems actos emanados del autogolpe fueron ilegales e inconstitucionales de origen, validados luego por las Leyes Constitucionales de 1993 emitidas por el Congreso Constituyente Democrtico, y por el referndum del mismo ao. En 2001, en una ley promulgada por Alejandro Toledo, el Congreso del Per retir la firma de Fujimori de la Constitucin.

La Constitucin de 1993 es una de las normas fundamentales que ms tiempo ha regido en el Per, siendo superada slo por los textos de 1860 y 1933.2. HISTORIA:2.1. ANTECEDENTES:

El 5 de abril de 1992 el entonces Presidente Alberto Fujimori anunci en un mensaje a la nacin el establecimiento de un gobierno de emergencia y reconstruccin nacional, cuyo fin sera la reforma institucional del pas con la necesaria reforma constitucional. Entre las medidas adoptadas, Fujimori dispuso disolver el Congreso e intervenir el Poder Judicial, el Ministerio Pblico, la Contralora, el Tribunal de Garantas Constitucionales y los gobiernos regionales.

Este quiebre del orden constitucional, denominado autogolpe, cont con la aprobacin mayoritaria de la poblacin peruana, debido en buena parte al descrdito en que haba cado la clase poltica y sus representantes en el parlamento, aunque hay que destacar que el desprestigio de la partidocracia fue fomentado y estimulado desde muy temprano por el mismo gobierno de Fujimori.

Si bien en el plano interno el autogolpe fue tolerado por la poblacin, la comunidad internacional en cambio mostr una posicin de rechazo. As por ejemplo, los pases miembros de la Organizacin de Estados Americanos, deploraron el autogolpe peruano e instaron al presidente Fujimori a que buscara una frmula para el retorno de la democracia. En la reunin de cancilleres, el ministro peruano Augusto Blacker Miller intent justificar el autogolpe a partir del riesgo que significaba para el Per la subversin terrorista. Este argumento no convenci a los representantes de los pases ms importantes de Amrica. Se aprob una resolucin en la cual se exiga al gobierno peruano dialogar con la oposicin democrtica y encontrar una senda para tornar a la democracia; caso contrario, en la siguiente reunin de cancilleres se procedera a adoptar sanciones contra el Per.

En mayo de 1992, Alberto Fujimori asisti a la XXII Asamblea General de la Organizacin de los Estados Americanos en Nassau, Bahamas; en la cual se comprometi a restablecer los derechos constitucionales en el pas, as como a convocar a un Congreso Constituyente Democrtico para garantizar el equilibrio de poderes y la efectiva participacin ciudadana en la elaboracin de un nuevo contrato social.El Per tuvo a travs de su historia 17 constituciones polticas, las cuales son las siguientes:

1812 - Constitucin Poltica de la Monarqua Espaola (Virreinato del Per). 1823 - Constitucin Poltica de la Repblica Peruana. 1826 - Constitucin Poltica del Per. 1828 - Constitucin Poltica de la Repblica Peruana. 1834 - Constitucin Poltica de la Repblica Peruana. 1836 - Constitucin Poltica de la Confederacin Per Boliviana: Constitucin del Estado Sud-Peruano. 1836 - Constitucin Poltica de la Confederacin Per-Boliviana: Constitucin del Estado Nor-Peruano. 1836 - Constitucin Poltica de la Confederacin Per-Boliviana: Decreto del 28 de octubre de 1836 (Establecimiento de la Confederacin Per-Boliviana). 1837 - Constitucion Poltica de la Confederacin Per-Boliviana: Ley Fundamental de la Confederacin Per-Boliviana. 1839 - Constitucin Poltica del Per. 1856 - Constitucin de la Repblica Peruana. 1860 - Constitucin Poltica del Per. 1867 - Constitucin Poltica del Per. 1920 - Constitucin para la Repblica del Per. 1933 - Constitucin Poltica del Per. 1979 - Constitucin Poltica del Per. 1993 - Constitucin Poltica del Per (Vigente actualmente).2.2. CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRTICO DE 1992:Fruto de la exigencia de la comunidad internacional, el 17 de junio de 1992 Fujimori convoc a un Congreso Constituyente Democrtico (CCD); pero el gobierno complic de tal modo el dilogo con los partidos polticos que logr su propsito de dividirlos: unos aceptaron ir al CCD (como el PPC) y otros rechazaron esta alternativa (como el Partido Aprista Peruano). Por su parte, el gobierno estuvo representado por la alianza oficialista formada por Cambio 90 y el recin fundado partido Nueva Mayora (C90-NM).

El 22 de noviembre de 1992 se realizaron las elecciones para los 80 representantes al Congreso Constituyente Democrtico, el cual no slo contara con poderes constituyentes sino tambin legislativos. La alianza oficialista result triunfadora al obtener 44 escaos, con lo cual alcanz la mayora absoluta en el CCD.

El Congreso Constituyente fue presidido por Jaime Yoshiyama, mientras que la Comisin de Constitucin fue conducida por los juristas Carlos Torres y Torres Lara, como Presidente y Enrique Chirinos Soto como Vice Presidente.

El CCD se instal el 30 de diciembre de 1992 y finaliz su labor el 26 de agosto de 1993 con la aprobacin del nuevo texto constitucional, el cual sera sometido luego a referndum para su ratificacin por parte de la poblacin.2.3. APROBACIN DE LA CONSTITUCIN:De conformidad con la Ley Constitucional del 31 de agosto de 1993, el CCD someti al voto popular la aprobacin de la nueva carta poltica. El gobierno fij como fecha para la realizacin de dicho referndum el 31 de octubre del mismo ao, en el cual los ciudadanos deberan optar por una de las dos opciones: por el SI, si estaban a favor de aprobar la Constitucin; y por el NO si eran contrarios a ello.

Los partidos opositores al gobierno, tanto aquellos que haban participado en el CCD como aquellos que se abstuvieron, sumaron esfuerzos a favor del NO. Mientras que el gobierno puso todo su aparato de publicidad al servicio de la campaa por el SI. Los resultados de esta consulta popular fueron los siguientes: Por el SI votaron 3.878.964 ciudadanos (52.24 %), mientras que por el NO votaron 3.545.699 ciudadanos (47.76 %).

El gobierno obtuvo as el triunfo, pero este no fue abrumador como lo haba esperado. Aprobada as la Constitucin, Fujimori procedi a su promulgacin el 29 de diciembre de 1993.3. CONTENIDO:Consta de 206 artculos y 16 disposiciones finales y transitorias, ordenados en 6 ttulos, as como un prembulo y una declaracin. Prembulo. Ttulo I: De la persona y la sociedad.

Captulo I: Derechos fundamentales de la persona.

Captulo II: De los derechos sociales y econmicos.

Captulo III: De los derechos polticos y de los deberes.

Captulo IV: De la funcin pblica

Ttulo II: Del Estado y la nacin

Captulo I: Del Estado, la nacin y el territorio

Captulo II: De los tratados.

Ttulo III: Del rgimen econmico.

Captulo I: Principios generales.

Captulo II: Del ambiente y los recursos naturales.

Captulo III: De la propiedad.

Captulo IV: Del rgimen tributario y presupuestal.

Captulo V: De la moneda y la banca.

Captulo VI: Del rgimen agrario y de las comunidades campesinas y nativas.

Ttulo IV: De la estructura del Estado.

Captulo I: Poder legislativo.

Captulo II: De la funcin legislativa.

Captulo III: De la formacin y promulgacin de las leyes.

Captulo IV: Poder ejecutivo.

Captulo V: Del Consejo de ministros.

Captulo VI: De las relaciones con el Poder Legislativo.

Captulo VII: Rgimen de excepcin.

Captulo VIII: Poder judicial.

Captulo IX: Del Consejo nacional de la magistratura.

Captulo X: Del Ministerio pblico.

Captulo XI: De la Defensora del pueblo.

Captulo XII: De la seguridad y la defensa nacional.

Captulo XIII: Del sistema electoral.

Captulo XIV: De la descentralizacin, las regiones y las municipalidades.

Ttulo V: De las garantas constitucionales. Ttulo VI: De la reforma de la constitucin. Disposiciones finales y transitorias. Declaracin.4. PRINCIPALES INNOVACIONES:En aspectos generales, esta Constitucin no vari mucho comparada con la anterior, la Constitucin de 1979. Se conserv incluso textualmente algunos artculos y en otros casos solo se ha variado la forma, mas no el fondo. Sin embargo, buena parte de sus pocas innovaciones son de importancia fundamental.

Referndum. Introduce el mecanismo del referndum o consulta popular para la reforma total o parcial de la Constitucin, la aprobacin de normas con rango de ley, las ordenanzas municipales y las materias relativas al proceso de descentralizacin. La pena de muerte. Sancin que antes solo se aplicaba para delitos de traicin a la patria en guerra exterior, se extiende a los delitos de terrorismo. Pero en la prctica no ha sido reglamentada esto ltimo. La reeleccin presidencial. El mandato presidencial se mantuvo en cinco aos, pero se permiti una sola reeleccin inmediata o consecutiva (artculo 112). Al amparo de este artculo constitucional, Fujimori se reeligi en 1995; al ao siguiente, mediante una controvertida Ley de Interpretacin Autntica, se le permiti otra reeleccin consecutiva (la llamada re-reeleccin). De acuerdo a esta interpretacin, el segundo gobierno de Fujimori (1995-2000) era el primero sujeto a ese artculo constitucional, invocndose la no retroactividad de las leyes. Luego de la fuga y renuncia de Fujimori desde el Japn en octubre del 2000, se modific este artculo, quedando prohibida la reeleccin inmediata: a partir de entonces, quien culmina su mandato presidencial puede volver a candidatear transcurrido como mnimo un perodo constitucional. Extensin de facultades al Poder Ejecutivo. El Poder Ejecutivo, en especial el Presidente de la Repblica, obtuvo mayores atribuciones. Estas fueron ampliadas a nivel de potestad legislativa mediante los decretos de urgencia. El Presidente puede disolver el Congreso si ste censura a dos consejos de ministros (en la anterior Constitucin eran tres). Unicameralidad. El Poder Legislativo tuvo un cambio radical en su estructura: se aboli la bicameralidad parlamentaria y se impuso la unicameralidad, es decir una sola cmara, con 120 representantes o congresistas. En el 2011 se ampli su nmero a 130. De todos modos contina siendo un nmero inferior al que tena el antiguo Congreso bicameral (180 diputados y 60 senadores). Reforma del Consejo Nacional de la Magistratura. Se reforma el Consejo Nacional de la Magistratura, organismo al que se dota de autonoma para la seleccin y nombramiento de los magistrados (Jueces y Fiscales), labor que antes recaa en el Presidente de la Repblica sujeto a ratificacin del Congreso. Creacin de la Defensora del Pueblo. Se estableci la figura de la Defensora del Pueblo como un ente autnomo encargado de defender los derechos del pueblo y supervisar el cumplimiento de los deberes de la administracin estatal. Su titular es el Defensor del Pueblo, elegido y removido por el Congreso con el voto de los dos tercios del nmero legal de sus miembros. Establecimiento del rol subsidiario del Estado en la economa. Se establece que la iniciativa privada es libre y se ejerce en una economa social de mercado. El Estado asume solo su rol orientador, ms no hace actividad empresarial, sino solo excepcionalmente. La anterior Constitucin consagraba el ejercicio de la actividad empresarial por parte del Estado; ahora el Estado vigila y facilita la libre competencia, legaliza la libre tenencia de moneda extranjera y el libre cambio y defiende los intereses de los consumidores y usuarios. Se siguen mencionado a las Comunidades Campesinas y las Nativas, pero ya no a la reforma agraria, como ampliamente lo haca la anterior carta magna. Se garantiza la privatizacin de la tierra aplicndose el libre mercado; incluso las tierras abandonadas pasan al dominio del Estado para su adjudicacin en venta. Se dej de garantizar plenamente la estabilidad laboral, la misma que era estipulaba explcitamente en el artculo 48 de la Constitucin anterior. Ahora solo se dice que el Estado otorga al trabajador adecuada proteccin contra el despido arbitrario. Se reconoce a las municipalidades autonoma poltica, econmica y administrativa.CONCLUSIONES

La Constitucin Poltica del Per es la ley fundamental escrita o no, del Estado soberano, establecida y aceptada como gua para su gobernacin. La constitucin fija los lmites y define las relaciones entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Estado, estableciendo as las bases para su gobierno. Tambin garantiza al pueblo determinados derechos.

La Constitucin en su sentido Lgico-jurdico, es la norma fundamental o hiptesis bsica; la cual es creada conforme a un procedimiento jurdico y, por lo tanto, es una norma positiva debido a que es regulada.

Precisamente, a partir de esa hiptesis se va a conformar el orden jurdico, cuyo contenido est subordinado a la norma fundamental, sobre la cual radica la validez de las normas que constituyen el sistema jurdico. Por su parte, una Constitucin en el sentido jurdico-positivo, se sustenta en el concepto lgico-jurdico, porque la Constitucin es un supuesto que le otorga validez al sistema jurdico en su conjunto, yen norma fundamental descansa todo el sistema jurdico.La Constitucin ya no es un supuesto, es una concepcin de otra naturaleza es una no mi a puesta. La Constitucin en este sentido nace como un grado inmediatamente inferior al de la Constitucin en su sentido lgico-jurdico.. La Constitucin en su sentido material tiene tres contenidos: el proceso de La Constitucin en su sentido material tiene tres contenidos: el proceso de creacin de las no mi as jurdicas generales, las normas referentes a los competencias, y las relaciones de los hombres con el control estatal.BIBLIOGRAFA

http://www.buenastareas.com/ensayos/Conclusiones-De-La-Constitucion-Politica-Del/54469907.html http://www.monografias.com/trabajos97/la-constitucion-economica-peru/la-constitucion-economica-peru2.shtml Ley N 27600: LEY QUE SUPRIME FIRMA Y ESTABLECE PROCESO DE REFORMA CONSTITUCIONAL. Publicada el 16 de diciembre de 2001 en el Diario Oficial El Peruano. http://docs.peru.justia.com/federales/decretos-leyes/25557-jun-11-1992.pdf Decreto Ley N 25557 http://www.derecho.usmp.edu.pe/instituto/Investigaciones_Centros/Constitucion%20Concordada,%20Sumillada%20y%20Anotada%20con%20la%20jurisprudencia%20del%20TC.pdfANEXOS

Ley N 27600: LEY QUE SUPRIME FIRMA Y ESTABLECE PROCESO DE REFORMA CONSTITUCIONAL. Publicada el 16 de diciembre de 2001 en el Diario Oficial El Peruano.

http://docs.peru.justia.com/federales/decretos-leyes/25557-jun-11-1992.pdf Decreto Ley N 25557