conafovicer aplicación contable y laboral

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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación” UNIVERSIDAD NACIONAL “SAN LUIS GONZAGA DE ICA” FACULTAD : CONTABILIDAD DOCENTE : PUJAICO ESPINO, JOSE CICLO : VI SECCIÓN : “B” INTEGRANTES : BARRIENTOS YANCCE, JHOEL EDGAR CABRERA FLORES, VICTOR MANUEL CABRERA PICÓN, MILAGROS HERNANDEZ FRANCO, TANIA HUANUCO INCA, STHEPHANIES MILAGROS TORRES MARTINEZ, JHOMIRA DEL ROSARIO ICA – 2015 CONAFOVICER

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Page 1: CONAFOVICER Aplicación Contable y Laboral

UNIVERSIDAD NACIONAL “SAN LUIS GONZAGA DE ICA”FACULTAD: CONTABILIDADDOCENTE: PUJAICO ESPINO, JOSECICLO: VI SECCIÓN: “B”INTEGRANTES:BARRIENTOS YANCCE, JHOEL EDGAR

CABRERA FLORES, VICTOR MANUEL

CABRERA PICÓN, MILAGROS

HERNANDEZ FRANCO, TANIA

HUANUCO INCA, STHEPHANIES MILAGROS

TORRES MARTINEZ, JHOMIRA DEL ROSARIO

ICA – 2015

“Año de la Diversificación Productiva y del

Fortalecimiento de la Educación”

CONAFOVICER

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CONAFOVICER1. Introducción

El Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores en Construcción Civil del Perú (CONAFOVICER) es un organismo de derecho privado, que desde su creación en 1977, viene realizando importantes esfuerzos para consolidarse como una institución al servicio de los trabajadores del sector de la construcción. Mediante Resolución Suprema Nº 155.81/VI- 1100 del 20 de octubre de 1981, se aprobó el porcentaje que los trabajadores en Construcción Civil de la República aportan a dicho Comité; posteriormente, a través de la Resolución Suprema Nº 001-95-MTC, se modificó el artículo 4° del Estatuto del CONAFOVICER en el sentido de señalar que el CONAFOVICER tiene como finalidad administrar y controlar el Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil, creado por Resolución Subdirectoral Nº 058-76-911000 (22.01.1976) el cual es financiado principalmente con el 2% del jornal básico que aportan los Trabajadores en Construcción Civil de la República. Pues bien, al igual de lo que sucede en el caso de la retención de los pagos a cuenta que realizan los trabajadores por concepto del Impuesto a la Renta de Quinta Categoría, en este supuesto, el empleador cumple el mismo papel pero respecto de los aportes que obligatoriamente deben realizar los trabajadores del régimen laboral de construcción civil a favor del mencionado Comité.

2. Sujetos ObligadosEstán obligados al pago del aporte al CONAFOVICER, los trabajadores del régimen de construcción civil, esto es, toda persona física que realiza libremente y de manera eventual o temporal una labor de construcción para otra persona jurídica o natural dedicada a dicha actividad, en relación de dependencia y a cambio de una remuneración. Se consideran como actividades de construcción a las señaladas en la Gran División F de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas de las Naciones Unidas - CIIU (Revisión 3):

Clase: 4510 - Preparación del terreno

Esta clase abarca la demolición y el derribo de edificios y otras estructuras, la limpieza del terreno de construcción y la venta de materiales procedentes de estructuras demolidas. Se incluyen las actividades de voladura, perforación de prueba, terraplenamiento, nivelación, movimiento de tierra, excavación, drenaje y demás actividades de preparación del terreno. También se incluyen las actividades de construcción de galerías, de remoción del estéril y de otro tipo para preparar y aprovechar terrenos y propiedades mineros, excepto yacimientos de petróleo y gas. Exclusión: Las actividades de preparación de yacimientos de petróleo y gas se incluyen en la clase 1110 (Extracción de petróleo crudo y de gas natural) cuando se realizan por cuenta propia, y en la clase 1120 (Actividades de servicios relacionadas con la extracción de petróleo y gas, excepto las actividades de prospección) cuando se realizan a cambio de una retribución o por contrata.

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DedicatoriaEste trabajo esta encarecidamente dedicado a nuestros padres ya que con su ayuda de día a día de darnos lo mejor para nuestro futuro, incentivan nuestros estudios, y a nuestros queridos docentes que gracias a ellos hoy en día podemos decir que somos personas que vamos guiados por el buen camino de nuestra profesión.

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Clase: 4520 - Construcción de edificios completos y de partes de edificios; obras de ingeniería civil

En esta clase se incluyen actividades corrientes y algunas actividades especiales de empresas de construcción de edificios y estructuras de ingeniería civil, independientemente del tipo de materiales que se utilicen. Se incluyen las obras nuevas, las ampliaciones y reformas, la erección in situ de estructuras y edificios prefabricados y la construcción de obras de índole temporal. También se incluye la reparación de obras de ingeniería civil, pero las reparaciones de edificios que no constituyen reformas ni ampliaciones completas se incluyen en su mayor parte en las clases 4530 (Acondicionamiento de edificios) y 4540 (Terminación de edificios). Las actividades corrientes de construcción consisten principalmente en la construcción de viviendas, edificios de oficinas, locales de almacenes y otros edificios públicos y de servicios, locales agropecuarios, etc., y en la construcción de obras de ingeniería civil, como carreteras, calles, puentes, túneles, líneas de ferrocarril, campos de aviación, puertos y otros proyectos de ordenamiento hídrico, sistemas de riego, redes de alcantarillado, instalaciones industriales, tuberías y líneas de transmisión de energía eléctrica, instalaciones deportivas, etc. Estas actividades pueden llevarse a cabo por cuenta propia, a cambio de una retribución o por contrata. La ejecución de partes de obras, y a veces de obras completas puede encomendarse a subcontratistas. Las actividades de construcción especiales comprenden la preparación y construcción de ciertas partes de las obras antes mencionadas y por lo general se concentran en un aspecto común a diferentes estructuras y requieren la utilización de técnicas y equipos especiales. Se trata de actividades tales como la hincadura de pilotes, la cimentación, la perforación de pozos de agua, la erección de estructuras de edificios, el hormigonado, la colocación de mampuestos de ladrillo y de piedra, la instalación de andamios, la construcción de techos, etc. También se incluye la erección de estructuras de acero, siempre que los componentes de la estructura no sean fabricados por la unidad constructora. Las actividades de construcción especiales se realizan principalmente mediante subcontratos, en particular en el caso de los trabajos de reparación que se realizan directamente para el dueño de la propiedad. Exclusiones: Las actividades de planificación y diseño paisajísticos, de empradizar y enjardinar y de cuidar prados, jardines y árboles se incluyen en la clase 0140 (Actividades de servicios agrícolas y ganaderos, excepto las actividades veterinarias). Las actividades de construcción directamente relacionadas con la extracción de petróleo y de gas natural se incluyen en la clase 1120 (Actividades de servicios relacionadas con la extracción de petróleo y gas, excepto las actividades de prospección). Sin embargo, la construcción de edificios, caminos, etc., en el predio minero se incluye en esta clase. La erección de estructuras y edificios prefabricados cuyas partes sean de producción propia se incluye en la clase pertinente de industria manufacturera, según el tipo de material más utilizado, excepto cuando dicho material sea el hormigón, en cuyo caso se incluye en esta clase. La erección de estructuras metálicas con partes de producción propia se incluye en la clase 2811 (Fabricación de productos metálicos para uso estructural). Las actividades especiales de construcción consistentes en el acondicionamiento y la terminación (o acabado) de edificios se incluyen en las clases 4530 y 4540, respectivamente. Las actividades de arquitectura e ingeniería se incluyen en la clase 7421 (Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico). La dirección de las obras de construcción también se incluye en la clase 7421.

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Clase: 4530 Acondicionamiento de edificios

Esta clase abarca todas las actividades de instalación necesarias para habilitar los edificios. Dichas actividades suelen realizarse en la obra, aunque ciertas partes de los trabajos pueden llevarse a cabo en un taller especializado. Se incluyen actividades tales como la instalación de cañerías, sistemas de calefacción y aire acondicionado, antenas, sistemas de alarma y otros sistemas eléctricos, sistemas de extinción de incendios mediante aspersores, ascensores y escaleras mecánicas, etc. También se incluyen los trabajos de aislamiento (hídrico, térmico y sonoro), chapistería, colocación de tuberías para procesos industriales, instalación de sistemas de refrigeración para uso comercial y de sistemas de alumbrado y señalización para carreteras, ferrocarriles, aeropuertos, puertos, etc., así como la instalación de centrales de energía eléctrica, transformadores, estaciones de telecomunicaciones y de radar, etc. También se incluyen las reparaciones relacionadas con esas actividades.

Clase: 4540 - Terminación de edificios

Esta clase comprende una gama de actividades que contribuyen a la terminación o acabado de una obra, como por ejemplo las de encristalado, revoque, pintura, ornamentación, revestimiento de pisos y paredes con baldosas y azulejos, y con otros materiales (como parqué, alfombras, papel tapiz para paredes, etc.), pulimento de pisos, carpintería final, insonorización, limpieza de fachadas, etc. También se incluyen las reparaciones relacionadas con esas actividades. Exclusiones: La instalación de partes y piezas de carpintería de fabricación propia, incluso de carpintería metálica, se incluye en la clase pertinente de industria, según el tipo de material utilizado; por ejemplo, la instalación de partes y piezas de madera se incluye en la clase 2022 (Fabricación de partes y piezas de carpintería para edificios y construcciones). La limpieza de ventanas, tanto por dentro como por fuera, y de chimeneas, calderas, interiores, etc., se incluye en la clase 7493 (Actividades de limpieza de edificios).

Clase: 4550 - Alquiler de equipo de construcción y demolición dotado de operarios

En esta clase se incluye el alquiler de maquinaria y equipo de construcción (incluso el de camiones grúa) dotados de operarios. Exclusión: El alquiler de maquinaria y equipo de construcción sin operarios se incluye en la clase 7122 (Alquiler de maquinaria y equipo de construcción y de ingeniería civil).

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3. Base imponibleLa base imponible del aporte al CONAFOVICER está constituida por el jornal básico percibido por el trabajador de construcción civil. Se entenderá como jornal básico, para efectos de este aporte, al salario dominical, el de los días feriados no laborables y el de los descansos médicos que involucren el pago de jornales ordinarios. Actualmente, los jornales básicos de los trabajadores de construcción civil son tal como siguen:

4. TasaActualmente el porcentaje al cual asciende el importe a pagar por este concepto es 2%.

5. Plazo para el pago El depósito de las retenciones se hará dentro de los quince (15) días siguientes al mes de la retención. Este pago deberá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación vía Teleproceso – Código 00035, Banco Continental en la Cuenta N° 0011-0112-04- 0200090836 y el Banco de Crédito en la Cuenta Nº 193-1572919-0-68.

6. Incumplimiento Transcurrido el plazo pare efectuar el depósito correspondiente sin que el empleador haya cumplido con efectuarlo, éste incurre automáticamente en mora y deberá abonar un recargo del 2% por mes o fracción de mes retenido.

7. Otros Mediante Carta Circular N° 008-ADG-2003, el CONAFOVICER sugiere a los empleadores remitir información relacionada con los aportes realizados para lo cual deberán utilizar determinados modelos elaborados en hojas de cálculo, los cuales son proporcionados por el CONAFOVICER a través de recaudacion@ conafovicer.com.

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8. Mayor InformaciónMisión

Administrar el fondo para la prestación de servicios al trabajador de construcción civil y su familia.Generar y velar por los recursos necesarios para la continuidad y mejoramiento de los servicios del trabajador de construcción civil y su familia. Ampliar la cobertura de sus servicios integrales mediante una descentralización progresiva.

Visión

Líderes en Latinoamérica en la gestión del fondo para la prestación de servicios destinados a satisfacer las necesidades y expectativas de los trabajadores de construcción civil y su familia.

Estrategias

Modernización del sistema de identificación del afiliado. Empleo de código de barras. Incorporar volumen de afiliados a los diversos servicios crediticios u otros similares del país. Agresiva campaña publicitaria para mantener alerta al empleador (retenedor del aporte), trasladándole la responsabilidad del beneficio que por incumplimiento del depósito no alcance al trabajador.

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ORGANIGRAMA

Transparencia

El CONAFOVICER fue creado gracias al Convenio Colectivo de 1975 suscrito entre la Federación de Trabajadores en Construcción Civil (FTCCP) y la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) brinda lugares de esparcimiento como los Centros Recreacionales y los Núcleos Deportivos; Capacitación Técnica, Programa de Asistencia Social (PAS), Campaña Escolar (entrega de útiles) Navideña (entrega de juguetes) y Vacaciones Útiles (cursos gratuitos para los hijos y esposas de los aportantes).

Estos beneficios que se otorgan a los trabajadores y sus familias se efectúan sin distinción ideológica, partidaria o gremial, respetando la normatividad expresada en el Estatuto y en las decisiones de su Directorio, donde convergen representantes del gobierno, de los trabajadores y de los empresarios, quienes velan por el cumplimiento de los fines para los cuales ha sido creada.

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REGLAMENTO DE AFILIACIÓN FACULTATIVA

DISPOSICIONES GENERALESOBJETIVOSArt. 1 En concordancia con la política de la institución y en el marco de los objetivos de CONAFOVICER, se establece El Reglamento de Afiliación Regular y Afiliación Facultativa (RAR y AF), con el propósito de orientar el procedimiento de afiliación de los trabajadores en actividad y de aquellos que cesan en sus labores, con la finalidad de facilitar el acceso a los beneficios que otorga la institución a sus aportantes.ÓRGANOS RESPONSABLES Art. 2 Son órganos responsables de la difusión y cumplimiento de las normas de implementación del presente reglamento:• La Administración General• La Oficina de Afiliación • La Administración de los Centros Recreacionales • La Oficina de Control de Aportes y la Oficina de Promoción.

DIRECTIVA DE IMPLEMENTACIÓN DEL R.A.R y A.F.Art. 3 Las dependencias a que se refiere el artículo anterior actuarán de acuerdo a los lineamientos generales que imparta el Directorio.Asimismo la Administración General deberá emitir una Directiva Interna de Ejecución del presente Reglamento que contenga los lineamientos de acción y metodología para los efectos de la implementación, cuidando de otorgar facilidades necesarias a los trabajadores que deseen acceder al mismo.EFECTO DEL REGLAMENTOArt. 4 Cualquier disposición Administrativa sobre la materia anterior a la vigencia del presente Reglamento; así como las normas o medidas que se opongan a la misma quedan automáticamente sin efecto.AFILIACION REGULAR

Art.5 Todo trabajador que se encuentre en actividad bajo el régimen especial laboral de construcción civil y consecuentemente con empleador formal, tiene expedito su derecho para una afiliación regular a fin de encontrarse incluido en los beneficios que ofrece la institución, de acuerdo a las condiciones que fija el presente Reglamento.Del mismo modo el afiliado regular se incorpora automáticamente a la condición de afiliado facultativo en cuanto cese el vínculo laboral con su empleador. Para el efecto el afiliado deberá circunscribirse a lo dispuesto en los Art. 15 º y 16º del presente reglamento.REQUISITOS PARA LA AFILIACIÓN REGULAR

Art. 6 El trabajador en las condiciones mencionadas en el artículo anterior podrá afiliarse, cumpliendo con los siguientes requisitos:• Fotocopia de boleta de pago con fecha no mayor a los 30 días anteriores a la fecha de inscripción.• Declaración Jurada de Estado Civil.•Fotocopia del D.N.I. del titular, esposa o concubina e hijos.• Dos fotos actualizadas tamaño carnet en fondo blanco del trabajador, esposa o concubina e hijos.

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• Ser menor de setenta (70) años.

AFILIACION FACULTATIVAArt. 7 Todo trabajador que haya sido aportante al CONAFOVICER, tiene expedito su derecho para acogerse al Programa de Continuación Facultativa (PCF), a fin de encontrarse incluido en los beneficios que brinda la institución, de acuerdo a las condiciones que fija el presente Reglamento.

REQUISITOS PARA AFILIACION FACULTATIVAArt. 8 El trabajador en las condiciones mencionadas en el artículo 7º, podrá inscribirse facultativamente, cumpliendo con los siguientes requisitos:• Acreditar con boletas de pago originales, por los menos (6) meses de aportación al CONAFOVICER, dentro de los (24) meses anteriores a la presentación de la ficha de inscripción.• Presentar relación de los empleadores en que ha laborado, durante el periodo de aportación a la institución.• Declaración Jurada de Estado Civil.• Fotocopia del D.N.I. del titular, esposa o concubina e hijos.• Dos fotos actualizadas tamaño carnet en fondo blanco del trabajador, esposa o concubina e hijos.• Ser menor de setenta (70) años.

INSCRIPCIÓN Art. 9 Para los efectos de la afiliación facultativa, el trabajador deberá presentarse personalmente a las dependencias y en el orden que se indica en la primera Disposición Complementaria del presente Reglamento. Para el caso de la afiliación regular ésta podrá ser tramitada a través del Secretario de Asistencia Social del comité de obra correspondiente, debidamente acreditado para ese fin.

TRÁMITEArt. 10 La dependencia donde se inscriba el trabajador recibirá la ficha de inscripción con los documentos correspondientes, debiendo ésta derivarlos a la Oficina de Afiliación y Control de Aportes de la Oficina Principal del CONAFOVICER con sede en la ciudad actual de Lima, quien verificará la autenticidad de la información de acuerdo con la Directiva de Ejecución Interna, a que se refiere el Artículo tercero del Reglamento.

RESOLUCIÓN DE ADMISIÓN Art. 11 De encontrarse conforme la documentación alcanzada con la ficha de inscripción, la Administración General, remitirá a la dependencia donde se inscribió el

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solicitante, la RESOLUCIÓN DE ADMISION AL PROGRAMA DE AFILIACION (sea este regular y/o facultativo) la misma que acredita al trabajador como inscrito en el programa.VALIDEZArt. 12 La RESOLUCIÓN DE ADMISION AL PROGRAMA DE AFILIACION, solo tendrá validez durante el periodo en que el Trabajador se encuentre apto para mantenerse en el programa.

DE LA EXCLUSIÓN AL PROGRAMA DE AFILIACIONSEPARACIÓNArt.13 En caso que la Administración General detectara que la información proporcionada por el solicitante contenga datos fasos y/o la documentación sea fraudulenta, el solicitante queda impedido de afiliarse facultativamente.

SANCIÓN Art. 14 Esta sanción será aplicada por la Administración General previo informe de los órganos responsables, extendiéndose a nivel nacional. El afectado podrá apelar la sanción en el término de 15 días ante el Directorio, quien resolverá en forma definitiva.

DE LAS OBLIGACIONESRESPONSABILIDAD DEL AFILIADO FACULTATIVO Art. 15 El trabajador inscrito en el Programa de Afiliación Facultativa, adquiere todas las obligaciones que corresponden a los aportantes regulares al CONAFOVICER y deberá - en el primer mes de contar con su respectiva RESOLUCIÓN -, abonar sus aportes en el monto y oportunidad que corresponda, en la cuenta de la entidad Bancaria que se le instruya.

MORA Art.16 El atraso en los depósitos por los aportes correspondientes a la afiliación facultativa, hasta el plazo máximo de TREINTA (30) días, estará afecto al pago de una mora equivalente al 10 % del aporte respectivo, el mismo que deberá ser adicionado al momento de efectuar el pago del aporte retrasado. Vencido el citado plazo, sin que se hubiese efectuado el pago, el trabajador pierde el derecho a mantenerse en el programa de afiliación facultativa.

DEL REINGRESO AL PROGRAMA DE AFILIACION FACULTATIVAArt. 17 El trabajador que hubiera perdido el derecho de mantenerse en el Programa de Continuación Facultativa, por falta de pago en sus aportaciones, podrá recuperarlo si cumple con pagar las mismas con los recargos por mora incluidos.Efectuando el pago deberá remitir a la dependencia donde se inscribió copia de la boleta expedida por la entidad bancaria que acredite el depósito.El plazo máximo para recuperar la condición de afiliado facultativo es de tres (3) meses desde que se incumplió con la obligación de pago de la aportación, a que se refiere el último párrafo del artículo anterior.Durante el lapso en que el trabajador se encuentre impago en sus aportaciones como afiliado facultativo, no tiene derecho a percibir los beneficios del CONAFOVICER.

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También podrá reinscribirse el afiliado que se encuentre en la condición descrita en el Art. 19 inciso d); para ello deberá cumplir con los requisitos señalados en el Art. 6 del presente Reglamento.

DE LA VIGENCIA DE LOS BENEFICIOSArt. 18 Para el caso de los afiliados facultativos, el derecho del trabajador de percibir los beneficios que otorga el CONAFOVICER comienza a partir del mes en que inicia el pago de su aporte; con excepción del Programa de Asistencia Social (PAS), el que sólo empezará a regir luego de transcurrido treinta (30) días del pago del aporte inicial. Para el caso de los afiliados regulares, estos beneficios son vigentes desde el inicio de sus aportaciones por planilla.

CADUCIDAD DE LA AFILIACION FACULTATIVAArt. 19 El Programa de Afiliación Facultativa, caduca para el aportante: a) Si deja de abonar sus aportes por más de un mes y no se recupera en su inscripción de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 17º.b) Al adquirir el trabajador la condición de activo dependiente y como consecuencia aportante natural al CONAFOVICER.c) Si se incumple con las normas del presente Reglamento.d) Si se permanece en el programa por más de 24 meses consecutivos; con excepción de los trabajadores con Resolución de jubilación.

DE LOS APORTESArt. 20 Las aportaciones al Programa de Afiliación Facultativa, se fijan teniendo como base el promedio de las remuneraciones o ingresos que perciben los trabajadores en la actividad de construcción civil. El Directorio del CONAFOVICER podrá reajustar periódicamente el monto de las aportaciones facultativas, mediante acuerdo adoptado por unanimidad de sus miembros.

FACULTADES DEL CONAFOVICERArt. 21 Si por alguna circunstancia el Directorio del CONAFOVICER, considere conveniente para la institución modificar, hacer alguna excepción, suspender o cerrar el Programa de Afiliación Facultativa se adoptará el acuerdo correspondiente por unanimidad de sus miembros.

INICIO DEL PROGRAMAArt. 22 El presente Reglamento entrará en vigencia el 1 de mayo del 2012.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASOFICINA DE INSCRIPCIÓN

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PRIMERA.- En tanto se desconcentren las funciones ejecutivas de la Administración General y se implementen las Oficinas de Afiliación y Control de Aportes a nivel nacional, las fichas de inscripción serán canalizadas vía las sedes de los Centros Recreacionales del CONAFOVICER y en los lugares en que no exista, vía las organizaciones sindicales de la jurisdicción en que se encuentre el solicitante. SEGUNDA.- El CONAFOVICER no está obligado al otorgamiento de ningún beneficio a personas no comprendidas expresamente en el Programa de Afiliación Facultativa de acuerdo con las normas del presente Reglamento, aunque hubiesen presentado su ficha de inscripción y pagado sus aportaciones.

CASOS NO CONTEMPLADOSTERCERA.- Cualquier situación que pudiera presentarse con respecto a la aplicación del Programa de Afiliación Facultativa en CONAFOVICER no contemplado en el presente Reglamento, será determinado y resuelto por la Administración General con conocimiento del Directorio.

DISPOSICIONES TRANSITORIASMONTO ACTUAL DEL APORTE Fíjese a partir de 1 de setiembre de 2010, el aporte mensual al Programa de Continuación Facultativa al CONAFOVICER es S/.15.00(Quince nuevos soles). El recargo por mora a que se refiere el Art. 11 (segundo párrafo) del presente Reglamento. Será de S/. 1.50 (un nuevo sol con cincuenta céntimos)

EL DIRECTORIO

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INFORMACIÓN PARA LOS EMPLEADORESCuenta Corriente Empleador

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EN SU PÁGINA WEB, NOS AYUDA CON ESTE SISTEMA

DIVERSOS PROGRAMAS

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Programa Vivienda

Luego de varios años de gestiones, el 4 de noviembre de 1987 se adquirió un terreno de 322,752m2 en el distrito de Villa El Salvador, para ejecutar el UNICO PROGRAMA DE VIVIENDA en beneficio de sus aportantes, conforme a los fines establecidos en su Estatuto, procediendo el 09 de agosto de 1988 a entregar los 1,140 lotes que conforman la Urbanización Popular, a igual número de trabajadores en construcción civil. 

PROGRAMA DE APOYO DE MEDIA BECA

El programa de media beca de CONAFOVICER es brindado a los aportantes y familiares (hijos y cónyuge), que inicien o estén siguiendo estudios en la Escuela Superior Tecnológica – SENCICO en las siguientes especialidades:

Carreras de 2 años: Laboratorio de suelos concreto y asfalto

Participa en las acciones y procedimientos dirigidos a determinar la calidad de los suelos, concretos, asfalto y otros materiales de la construcción, organizando, gestionando y efectuando la recolección de muestras y especímenes para su análisis y ensayos, de acuerdo a las normas respectivas.

TopografíaOrganiza, controla, supervisa y ejecuta trabajos relacionados con la Topografía superficial y subterránea, Batimetría, geodesia, Catastro, Fotogrametría y ciencias afines; procesa la información recolectada de campo, para elaborar los planos correspondientes.

Dibujo en Construcción CivilParticipa en el desarrollo de proyectos de Arquitectura y Construcción Civil, coordinando y realizando las representaciones graficas de las formas y detalles de las obras de construcción, de acuerdo a los diseños propuestos por los Arquitectos e Ingenieros Proyectistas.

Carreras de 3 años: Edificaciones

Interviene en la elaboración de proyectos como metrados, estimación de costos, elaboración de presupuestos y expedientes técnicos; interviene en obra y bajo la dirección de ingenieros, en la planificación de trabajos y en la previsión de necesidades de recursos, así como en la ejecución y control de los trabajos.

GeomáticaAdquiere, almacena, interpreta, procesa, analiza y difunde la información geoespacial a través del uso de imágenes de satélite, mapas digitales conectados con bases de datos y fotografías aéreas, desarrollando ampliaciones para la administración de recursos y la gestión de todo territorio.

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Diseño de InterioresAnaliza, elabora, presupuesta, ejecuta y recicla proyectos de Arquitectura de interiores, que incluyan el diseño espacial interior, complementos constructivos, decoración, propuesta de mobiliario, jardinería, transformándolos para mejorar la calidad de vida, con criterios de economía, funcionalidad y estética.

Programa de Asistencia Social

Uno de los fines del CONAFOVICER es cubrir objetivos de carácter social y asistencial; motivo por el cual desde el año 2,000 contamos con el Programa de Asistencia Social (PAS), destinado a brindar ayuda económica a los aportantes frente a los estados de necesidad social producto de la invalidez o fallecimiento, tanto de sus aportantes titulares, como de sus respectivas esposas o concubinas e hijos menores de edad y mayores de edad hasta los 24 años que cursen estudios superiores o se encuentren afectados de invalidez.

El P.A.S. entrega una asistencia económica en los siguientes casos:

Fallecimiento por causas naturales del titular, de su esposa o conviviente, o de sus hijos. Fallecimiento por causas accidentales del titular, de su esposa o conviviente, o de sus

hijos. Invalidez total y permanente producida por accidente, que afecte al titular o a su esposa

o conviviente.Para mayor información sobre los requisitos para acceder al P.A.S., no dude en acercarse a nuestra Oficina Principal situada en Prolongación Cangallo 670, Tercer Piso, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima; o comunicándose con nosotros al teléfono (01)201-2360, Anexo 109 o escríbanos a [email protected].

PREGUNTAS FRECUENTES¿Hay algún costo para acceder al PAS?

No. El trámite es totalmente GRATUITO.

¿El trámite es personal?

Si el trabajador o sus beneficiarios no pueden acercarse personalmente puede presentar la documentación algún familiar o remitirla con cualquier servicio de mensajería a Prolongación Cangallo Nº 670, 3º Piso, distrito La Victoria, departamento de Lima. NO OLVIDAR colocar la dirección exacta y número de teléfono del beneficiario.

¿Hasta cuándo tengo plazo para acceder al PAS?

Los beneficiarios tienen un plazo de 4 años para acceder al PAS, contados desde la fecha del fallecimiento o accidente que genera la invalidez total y permanente.

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¿Quiénes son beneficiarios del PAS?

Son beneficiarios del PAS, en su caso:

a. El aportante al CONAFOVICER sin que para ello sea necesario la suscripción de documento adicional alguno.

b. La cónyuge del aportante o su concubina comprendida en los alcances del Art. 326 del Código Civil. La existencia del cónyuge excluye la posibilidad de que la concubina del mismo aportante titular pueda ser considerada beneficiaria del P.A.S.

c. Los hijos del aportante menores de edad. Así como los mayores de 18 y menores de 25 años, siempre y cuando sigan estudios superiores o sean inválidos y, en ambos casos, dependan económicamente del titular.

d. Los padres del aportante que al momento del fallecimiento fuera de estado civil soltero, sin hijos.

Si fallece el padre o la madre de un trabajador, ¿es atendido por el PAS?

El PAS NO entrega asistencias económicas por fallecimiento de los padres del trabajador aportante.

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CURSOS TÉCNICOS DE CONAFOVICER

Contamos con docentes altamente calificados y de gran nivel, con experiencia en el dictado de clases SENCICO, CAPECO, universidades de prestigio.

Lectura de Planos (24 horas) Lee e interpreta la simbología, escalas y representaciones en general de planos de estructuras, arquitectura, instalaciones eléctricas y sanitarias

Metrados y Presupuestos (48 horas) Requisito: Haber llevado el curso de Lectura de PlanosTendrán un concepto claro y metodológico del metrado de diversas partidas, análisis y estimación de costos, así como la elaboración del presupuesto en obras de edificación.

Salud y Seguridad en el Trabajo (24 horas) Conoce la legislación y normas vigentes en temas de seguridad en el trabajo como la Ley 29783 de seguridad y salud que establece que las empresas elaboren un sistema de gestión de seguridad que reduzca el potencial de accidentes ocupacionales, apoye el cumplimiento de las leyes y mejore el rendimiento en general. 

Computación básica (24 horas) Opera Sistema Windows, Office Word, acceso a internet y correo electrónico. Es un curso completamente práctico que te permitirá el acceso a las nuevas tecnologías de la información.

Autocad 2D y 3D (48 horas) Requisito: Haber estudiado computación básica Desempéñate en el uso del programa de AUTOCAD. Manejo de entorno, ingreso de datos y manejo de coordenadas, comando de dibujo, comando de modificación, creación de bloques, aplicación de texturas, creación de textos y estilos dimensionamientos.Requisitos:

Carnet de CONAFOVICER vigente. Único pago de S/. 20.00

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CENTROS RECREACIONALESArequipa - Centro Recreacional

Aquí encontramos un lugar donde se conjuga la comodidad y lo natural: “La Encantada”, el Centro Recreacional CONAFOVICER Arequipa, ubicado a solo 8 minutos del centro de la ciudad, en la margen derecha del río Chili, km 4.5 de la Variante de la Uchumayo, a

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media cuadra de la Vía de Evitamiento. Cuenta con 25 mil metros cuadrados de área verde e instalaciones de vanguardia, ideales para matrimonios, cumpleaños, aniversarios de empresas, almuerzos, cena danza, además se brinda servicio de buffet, restaurante y snack bar. El Centro Recreacional CONAFOVICER Arequipa, posee una flamante Sala de Conferencia, con capacidad para 350 personas, donde se realizan congresos, conferencias, cursos de capacitación, en ambientes adecuados, amplios, modernos y seguros.

En el plano deportivo se ofrece a los usuarios espacios implementados: piscinas para adultos y niños, canchas reglamentarias de fútbol, fulbito, básquet, voleibol, camerinos, duchas para damas y varones, así como servicios completos para todas las disciplinas. También cuenta con juegos de salón: billar, billas, mesas de ping – pong, fulbito de mesa, juegos de sapo; juegos infantiles: carrusel, columpio, sube y baja, resbalón; ambientes familiares para picnic, servicios higiénicos completos, amplio estacionamiento privado y fácil acceso.

El Centro Recreacional CONAFOVICER Arequipa invita a sus afiliados y al público en general, a disfrutar de sana diversión, comodidad, seguridad, grato ambiente ecológico a precios económicos.

Cusco - Centro Recreacional

Este centro recreacional se constituye principalmente como una nueva opción de hospedaje, donde nuestros huéspedes encontrarán una acogedora estadía, con un trato personalizado que cuidará todos los detalles para satisfacer todas las necesidades y expectativas que el Cusco ofrece a sus visitantes.

Estamos ubicados en el Distrito de San Sebastián cuna de los Ayllus y Panacas Reales de la ciudad imperial del Cusco y se encuentra en una zona que cuenta con un microclima especial, que inspiran al descanso y entretenimiento alejado de los

bullicios de la ciudad, a sólo 10 minutos de la Plaza de Armas y 5 minutos del Aeropuerto Internacional Alejandro Velasco Astete

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Huancayo - Centro Recreacional

El complejo Recreacional turístico de Huancayo se encuentra ubicado a 10 minutos de la ciudad de Huancayo, vía la histórica calle Real (carretera Huancayo - Sapallanga).Instalado en la que fuera una de las más importantes haciendas del valle del Mantaro denominada “La Colombina” construida entre los años 1905 a 1910; ha sido restaurada y conservada en su totalidad por el CONAFOVICER y puesta al servicio de sus socios aportantes de construcción civil y público en general.

Iquitos - Centro Recreacional

Lima - Centro Recreacional

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ESTADOS FINANCIEROS DE CONAFOVICER

 

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CASO PRÁCTICOLa siguiente estructura de costos muestra los haberes que percibe todo trabajador de construcción civil.

En este caso si se hubiera trabajado la semana completa, es decir 6 días, entonces la remuneración neta a percibir será la siguiente:o Operario = S/.456.95o Oficial = S/.408.22o Peón = S/.369.88

Costos que se deben pagar a los operarios, oficiales y peones según la normativa vigente en Perú.

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Jornal básico diario Por Resolución Ministerial Nº 315-2006-TR que dispone la publicación del convenio colectivo celebrado entre la Cámara Peruana de la Construcción – CAPECO y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú – FTCCP (El Peruano: 07.09.2006) dispuso que desde el 01 de junio de 2006 el jornal básico diario de esta rama de trabajadores, según a la categoría que pertenecieran era la siguiente: Operario: S/. 35.09 Oficial: S/. 31.36 Peón: S/. 28.03 Igualmente, se dispone que una vez que el Instituto de Estadística e Informática (INEI) fije los índices unificados de precios y factores de reajustes correspondientes, los trabajadores podrán solicitar el pago de los reintegros a su principal. Día del trabajador El día 25 de octubre de cada año se ha instituido como Día de los Trabajadores en Construcción Civil. Es feriado no laborable para este sector, rigiendo en consecuencia la normatividad del Decreto Legislativo N° 713 y disposiciones reglamentarias y conexas, su reglamento y la Ley N° 26331.CONAFOVICER Por Decreto Supremo N° 9 de 27 de julio de 1959 y acuerdo del 28 de diciembre de 1962 de la Comisión Nacional de la Industria de la Construcción Civil, aprobada por Resolución Ministerial N° 299 de 25 de febrero de 1963, se aprobó la creación de un Fondo para Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil (CONAFOVICER), creándose un Comité de Administración que aprobó su Estatuto respectivo que es financiado básicamente con los aportes de los trabajadores que son retenidos en forma obligatoria por los empleadores y depositados a nombre de la institución, quien lo destina a los fines de su creación con las modificaciones correspondientes, resultando que la totalidad de sus ingresos se destinan de acuerdo a sus normas estatutarias, y no deben ser distribuidos en ningún caso directa o indirectamente entre sus asociados; en caso de disolución de su patrimonio se debe destinar a los fines de su constitución. Actualmente el aporte de los trabajadores de construcción civil al CONAFOVICER, es el 2% de su jornal básico. El cual debe ser retenido por su empleador y depositado en el Banco de la Nación dentro de los 15 días de iniciado el mes siguiente al de efectuada dicha retención. Nota Informativa.- A finales del año 2008 la Administración Tributaria detectó que el 43 por ciento de los trabajadores de las obras de construcción civil inspeccionadas no estaban registrados en planillas, incumpliendo con las normas tributarias correspondientes a los aportes al seguro social EsSalud y la Oficina de Normalización Previsional ONP, modalidad de informalidad bastante usual en este sector. Ahora la SUNAT ha iniciado una campaña de verificación integral de las obligaciones tributarias de las empresas constructoras en Lima. Como parte de estas actividades se efectúan inspecciones laborales en las obras de construcción civil, para corroborar si los contribuyentes cumplen con declarar a sus trabajadores.

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BIBLIOGRAFÍA

http://www.asesorempresarial.com/libros/LV_CON_SEN_013/LV_GUIA%20CONAFOVICER_SENCICO%20SENATI013.pdf

http://www.conafovicer.com/

http://www.visualcont.com/blog/planilla-de-remuneraciones-construccion-civil/

http://www.excelnegocios.com/planilla-de-remuneraciones-constructora-descarga/