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    BORRADOR DEL COMPONENTE AMBIENTAL

    DE LA CARTA ORGANICA DEL MUNICIPIO DE PUERTO SUAREZ

    El presente documento corresponde al componente ambiental y de recursos

    naturales de la carta orgnica del municipio de Puerto Surez. El contenido

    est expresado en forma de texto fundamental, debiendo ser diseminado e

    incorporado de manera transversal en la carta orgnica segn corresponda.

    DEFINICIONES

    Medio Ambiente.- Es el medio fsico (agua, aire, suelo), el medio natural(flora, fauna, ecosistemas) y el medio socio-cultural (patrimonio histrico,

    artstico, valores culturales, tradiciones, costumbres, etc.) en el que se

    desenvuelven los habitantes del municipio de Puerto Surez.

    Recursos Naturales.- Son aquellos elementos que nos proporciona la

    naturaleza y que pueden ser aprovechados por el hombre para satisfacer sus

    necesidades. Son recursos naturales, los minerales en todos sus estados, los

    hidrocarburos, el agua, aire, suelo, subsuelo, bosques, biodiversidad, espectro

    electromagntico y los elementos y fuerzas fsicas susceptibles de

    aprovechamiento.

    Servidumbres Ecolgicas.- Las servidumbres ecolgicas son limitaciones

    legales a los derechos de uso y aprovechamiento, impuestas sobre una

    propiedad en razn de la conservacin y sostenibilidad de los recursos

    naturales renovables.

    Desarrollo Sustentable.- El proceso mediante el cual se satisfacen las

    necesidades de la actual poblacin de Puerto Surez, sin poner en riesgo la

    satisfaccin de las necesidades futuras.

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    Ordenamiento Territorial.-Organizacin del uso y la ocupacin del territorio

    de Puerto Surez, en funcin de sus caractersticas biofsicas, socioeconmicas,

    culturales y poltico institucionales.

    Gestin Ambiental.- Es el conjunto de diligencias, acciones pblicas yprivadas, lineamientos y polticas, realizadas por el municipio de Puerto

    Surez, conducentes al manejo integral del sistema ambiental dentro del

    municipio, para lograr los fines del desarrollo sostenible.

    DERECHOS FUNDAMENTALES

    Derecho a un medio ambiente sano, limpio, protegido y equilibrado, quecontribuya al desarrollo de todas las capacidades humanas y a mejorarla calidad de vida de las generaciones presentes y futuras.

    Derecho a ser consultado mediante los procedimientos adecuados cadavez que se prevean medidas legislativas o administrativas relacionadas

    al medio ambiente susceptible de afectarles.

    Derecho a recibir informacin y participar en la formulacin de polticasambientales, gestin, administracin, control, evaluacin y fiscalizacin

    de los recursos naturales dentro de su municipio.

    Derecho a participar y beneficiarse de las actividades como resultado dela explotacin de los recursos naturales.

    Derecho fundamental del agua para la vida en cantidad y calidadsuficiente para el desarrollo del ser humano.

    DEBERES FUNDAMENTALES

    Resguardar, conservar y proteger el medio ambiente de municipio dePuerto Surez.

    Hacer aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Ejercer acciones de defensa del medio ambiente, mediante la denuncia

    de actos que ocasionen o pretendan ocasionar dao al medio ambiente;

    el Gobierno Municipal realizar la defensa obligatoria de los recursos

    naturales y exigir la restauracin del dao.

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    Planificar el desarrollo municipal sujetando las polticas, planes,programas y proyectos a los planes urbanos y rurales de ordenamiento

    territorial.

    Incentivar las actividades privadas y comunitarias que promuevan eldesarrollo sostenible, apliquen tecnologa limpia y las mejores tcnicas

    disponibles.

    Promover la educacin ambiental en todos los niveles de la educacinpblica y privada.

    Conservar, proteger y hacer uso responsable de las fuentes de agua yreas de recarga hdrica.

    Proteger, conservar y defender la laguna Cceres, como patrimonionatural, cultural y smbolo representativo del municipio de Puerto

    Surez. Y fuente de agua para la regin.

    Elaborar el plan municipal de mitigacin y adaptacin al cambioclimtico.

    CONTROL SOCIAL

    Este derecho comprende:

    Participar, supervisar y evaluar la gestin ambiental municipal. Realizar seguimiento a las denuncias sobre daos ambientales ante el

    Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez y del Gobierno

    Autnomo Municipal, ante otras instancias.

    Cuando como consecuencia de alguna actividad, obra o proyecto sedemuestre que hay un dao evidente y potencial al medio ambiente,

    que afecte o vaya a afectar los derechos, intereses colectivos o de la

    Madre Tierra, los actores del control social podrn ejercitar acciones

    para retrasar, suspender o impedir la realizacin de la actividad obra o

    proyecto.

    FINES DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE PUERTO SUAREZ

    Son fines del Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez los siguientes:

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    Brindar a los habitantes de Puerto Surez un medio ambiente sano,protegido y equilibrado para el desarrollo adecuado de su poblacin,

    garantizando los recursos naturales en calidad y cantidad suficientes

    para el beneficio de las actuales y futuras generaciones.

    Establecer, implementar y promover el ordenamiento territorial comoinstrumento esencial para la planificacin del desarrollo municipal, en

    funcin de las caractersticas biofsicas, socioeconmicas, culturales y

    poltico institucionales del municipio.

    Articular los espacios naturales protegidos creados y por crearse, paraque de forma integral aporten al desarrollo sostenible y la conservacin

    de los valores ambientales del municipio

    Crear conciencia ambiental y de responsabilidad por el medio ambientey todos los elementos que lo componen.

    ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL

    Legislar sobre preservacin, conservacin, proteccin, cuidado ypromocin del medio ambiente y los recursos naturales.

    Legislar sobre el ordenamiento territorial municipal. Aprobar la creacin de fondos mixtos para el financiamiento de

    proyectos individuales y colectivos de conservacin del medio ambiente

    y los recursos naturales.

    ATRIBUCIONES DEL ALCALDE MUNICIPAL

    Promulgar disposiciones legales y reglamentarias sobre preservacin,conservacin, proteccin, cuidado y promocin del medio ambiente y los

    recursos naturales.

    Promover, gestionar e impulsar el desarrollo humano, sostenible,econmico, social y cultural del municipio.

    Suscribir convenios interinstitucionales sobre autos medioambientales deinters del Gobierno Municipal de Puerto Surez.

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    REGIMEN COMPETENCIAL

    CAPITULO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

    ARTICULOS GENERALES

    Toda actividad, obra o proyecto desarrollado dentro de la jurisdiccinmunicipal, deber contar con la correspondiente evaluacin de impacto

    ambiental como condicin previa e indispensable para su funcionamiento

    y operacin; estas actividades debern registrar sus licencias

    ambientales en la instancia ambiental municipal, para el seguimiento y

    control.

    Toda actividad, obra o proyecto desarrollado dentro de la jurisdiccinmunicipal en etapa de cierre y/o abandono deber asumir por parte de

    sus representantes legales, los pasivos ambientales y la remediacin

    ambiental.

    En aplicacin del principio precautorio, el Gobierno Autnomo Municipalde Puerto Surez podr disponer medidas de inmediato cumplimiento

    cuando haya indicios de que una prctica u omisin podra generardaos graves o irreversibles al medio ambiente, al ecosistema o sus

    elementos, sin la necesidad de tener plena certeza cientfica al respecto

    o la inexistencia de normas o la ausencia de competencias.

    RECURSOS HIDRICOS

    El recurso hdrico es fundamental para la supervivencia y desarrollo delser humano, por eso se jerarquiza su uso en primer lugar para el

    consumo humano, en segundo lugar para la naturaleza, seguridad

    alimentaria, riego y micro riego, y en tercer lugar agua para las

    actividades de explotacin de recursos naturales e industria. El Gobierno

    Autnomo Municipal de Puerto Surez asegurar el cumplimiento de

    este derecho y las prioridades de uso.

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    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez, asegurar el cuidadoy proteccin de fuentes de agua, cabeceras de cuenca, cabeceras de los

    ros, servidumbres ecolgicas, manantiales, lagunas, zonas de recarga,

    aguas medicinales y toda fuente de agua que est dentro de su

    jurisdiccin.

    Se declara de prioridad municipal, la limpieza y dragado de la LagunaCceres; al efecto crear polticas para su cuidado, proteccin,

    conservacin y manejo sostenible, con participacin de las comunidades

    involucradas e instancias pblicas nacionales y extranjeras

    correspondientes.

    Ninguna actividad de explotacin, transformacin o industrializacin derecursos naturales minerales o hidrocarburferos, podr poner en

    peligro, arriesgar o disminuir las fuentes de aguas superficiales y

    subterrneas del municipio.

    Cuando se vaya a realizar alguna actividad obra o proyecto deexplotacin de recursos naturales, que involucre aprovechamiento del

    recurso hdrico, adems de la consulta previa a los pueblos y

    comunidades involucradas, la sociedad civil organizada podr promover

    un cabildo para que toda la poblacin de Puerto Surez participe, se

    pronuncie y delibere sobre el tema en cuestin. El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez garantizar la

    prestacin del servicio de agua potable en calidad y cantidad que

    abastezca a toda la poblacin, de forma continua y accesible a la

    poblacin con cobertura suficiente y tarifas equitativas.

    El recurso hdrico no puede ser privatizado ni concesionado. Podr sersuministrado de forma directa o a travs de terceros sujetos a un

    rgimen de licencias, registros y autorizaciones.

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez priorizar laimplementacin del alcantarillado sanitario en el rea urbana y el

    tratamiento de las aguas servidas.

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    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez reconoce e incentivala prctica tradicional y saberes locales de proteccin, conservacin y

    manejo de las fuentes de agua.

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez realizar estudios deprospeccin y exploracin para conocer el estado de los recursos

    hdricos y evaluar el potencial hdrico del municipio y elaborar una

    poltica de conservacin y aprovechamiento sostenible del recurso.

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez desarrollarmecanismos complementarios para la conservacin de fuentes de agua

    por medio de la creacin de fondos mixtos para el financiamiento de

    proyectos individuales y colectivos.

    FLORA

    Los bosques que se encuentran dentro de la jurisdiccin municipal dePuerto Surez cumplen funciones sociales, ambientales, econmicas,

    culturales, recreacionales y paisajsticas. Son parte del patrimonio

    natural municipal y deben ser conservados a travs del establecimiento

    de reas Protegidas Municipales, comunales y privadas; y sometidos en

    su caso al aprovechamiento integral sostenible.

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez, en coordinacin conlos dems niveles de gobierno, municipios vecinos y comunidades

    indgenas, crear, implementar y ejecutar polticas municipales para la

    sensibilizacin, educacin, prevencin, control y atencin de los

    desastres naturales provocados por las quemas y/o chaqueos.

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez formular polticas,planes y programas de proteccin, conservacin y reforestacin del

    bosque, as tambin de creacin de viveros forestales comunales, conpriorizacin de especies medicinales y nativas.

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez desarrollarmecanismos complementarios para la conservacin de bosques por

    medio de la creacin de fondos mixtos para el financiamiento de

    proyectos individuales y colectivos.

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    FAUNA

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez podr declarar laveda de especies animales dentro de su jurisdiccin.

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez crear polticas,mecanismos de incentivo econmico y promover actividades

    econmicas alternativas para los cazadores de lagartos y peces en poca

    de veda.

    Una ley municipal establecer las condiciones de tenencia, crianza,cuidado, aprovechamiento y responsabilidad de propietarios de animales

    silvestres y domsticos.

    Se prohbe el comercio de especies de flora y fauna silvestre de todaslas especies.

    AIRE

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez, elaborar un plan demitigacin para el control de partculas en suspensin y polvo en la zona

    urbana.

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez, regular y controlarla descarga de gases contaminantes a la atmsfera provenientes defuentes mviles y fuentes fijas.

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez, regular y controlarlos niveles de ruidos originados en actividades comerciales, industriales,

    domsticas, de transporte u otras.

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez regular, controlar yautorizar la publicidad en el espacio urbano y la instalacin de torres,

    antenas y redes.

    AREAS PROTEGIDAS

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez podr crear yadministrar reas protegidas dentro de su jurisdiccin, conforme a ley

    municipal. La creacin del rea se har mediante ley municipal y las

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    reas protegidas sern administradas segn sus categoras, zonificacin

    y reglamentacin en base a planes de manejo.

    Las reas protegidas del municipio de Puerto Surez, son zonasgeogrficas naturales ubicadas dentro de la jurisdiccin municipal, que

    contienen altos valores de diversidad biolgica y representan para sus

    habitantes: fuente de vida, de identidad cultural, de inters esttico,

    histrico, econmico y social.

    La declaratoria de reas protegidas municipales es compatible con laexistencia de comunidades tradicionales de pueblos indgenas.

    Se garantiza a la poblacin la participacin, fiscalizacin e incorporacinen la gestin de las reas protegidas municipales. Mediante ley

    municipal se establecern los mecanismos institucionales que aseguren

    la participacin local en la gestin de las reas protegidas.

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez podr celebrarconvenios con instituciones pblicas, privadas y organizaciones no

    lucrativas para la co-administracin del rea protegida.

    Se prohbe cualquier tipo de actividad minera dentro de reas protegidasmunicipales.

    Excepcionalmente y sobre la base de un Estudio de EvaluacinAmbiental Estratgico que lo apruebe, estableciendo que no se afectanlos objetivos de conservacin, podrn realizarse actividades mineras en

    reas Protegidas Municipales previa promulgacin de una Ley Municipal

    que las declare como de Utilidad Pblica Municipal, modificando en todo

    o en parte su delimitacin, categora de manejo y zonificacin. En todos

    los casos, deber cumplirse con el procedimiento de consulta previa

    libre, obligatoria y de buena fe, y deber elaborase Estudios de

    Evaluacin de Impacto Ambiental Analticos Integrales para la

    implementacin de cualquier actividad, obra o proyecto minero.

    Estn prohibidos los nuevos asentamientos humanos en reasprotegidas municipales, a partir de la aprobacin de la carta orgnica,

    estos asentamientos sern denunciados y desalojados, con auxilio de la

    fuerza pblica.

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    Se entiende por patrimonio cultural municipal, a todos los bienes yvalores naturales y culturales que son expresin de la identidad del

    municipio de Puerto Surez, que tienen valor desde el punto de vista

    ambiental, histrico, artstico y cientfico. Constituyen patrimonio natural

    del municipio de Puerto Surez los siguientes: Laguna Cceres, Parque

    Nacional Pantanal y Area de Manejo Integrado Pantanal de Otuquis,

    Laguna Mandior, Cuevas de Motacusito, Jeroglficos del Mutn.

    Paulatinamente se podrn incorporar otros en base a estudios de

    exploracin y reconocimiento.

    El Gobierno Municipal participar en el comit de gestin y otros comitsque apoyan la Gestin del rea Protegida Pantanal de Otuquis,

    generando vnculos de informacin y documentacin en lo que respecta

    a su jurisdiccin municipal.

    TURISMO

    Debido a la ubicacin fronteriza y estratgica dentro del PantanalBoliviano, el turismo representa para el municipio de Puerto Surez, una

    oportunidad econmica importante para su desarrollo, por eso el

    gobierno municipal, promover el turismo responsable, sostenible y

    amigable con el medio ambiente.

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez elaborar la polticamunicipal de turismo acorde a las caractersticas y potencialidades

    tursticas de la regin, la cual regular la actividad turstica municipal, la

    prestacin de servicios tursticos, la difusin y promocin de lugares

    tursticos, el listado de atractivos tursticos locales, la estrategia turstica

    local, el uso de tecnologa limpia, el manejo de turismo comunitario,

    fomento a los emprendimientos tursticos, incentivos, previsiones deinversin en infraestructura turstica y mecanismos de participacin de

    la poblacin local e indgena.

    Los beneficios generados por la actividad turstica debe ser destinados amejorar la calidad de vida de la poblacin local y comunidades

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    indgenas,y se deben reflejar en el fortalecimiento de las capacidades

    humanas, generacin de empleo e inversin en infraestructura turstica.

    Toda actividad, servicio e infraestructura turstica, debe contar con larespectiva licencia municipal de operaciones tursticas; las que se

    encuentren en operacin y no tengan licencia ambiental, debern

    adecuarse en la forma y plazo que indique la ley municipal. Las

    actividades y los servicios tursticos, sern supervisados por el municipio

    y sern co-administrados con la poblacin local e indgena.

    CAMBIO CLIMATICO

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez formular su polticade adaptacin al cambio climtico, para identificar, enfrentar y mitigar

    los efectos negativos y aprovechar los positivos.

    SUELO

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez elaborar su planmunicipal de ordenamiento territorial.

    Las polticas, planes y programas de uso y ocupacin del suelo, as comola construccin de infraestructura urbana o rural, pblica o privada

    debern estar conforme a la planificacin de ordenamiento territorial

    municipal rural y urbano y de acuerdo a las categoras de uso de suelo.

    Toda actividad, obra o proyecto nacional, departamental y/o municipalsea de carcter pblico o privado previamente a la otorgacin de

    autorizacin, permiso y/o licencia deber contar con la certificacin de

    uso de suelo emitida por el Gobierno Autnomo Municipal de Puerto

    Surez, que necesariamente deber ser compatible con la categora de

    uso de suelo que corresponde a la jurisdiccin municipal.

    Todos los derechos de uso y aprovechamiento de suelo otorgado porentidades pblicas nacionales y departamentales al interior del municipio

    de Puerto Surez, debern ser registrados por el Gobierno Autnomo

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    Municipal a efectos de tener control de los mismos y ejercer acciones de

    inspeccin y vigilancia.

    El Gobierno Autnomo Municipal de Puerto Surez regular los ridos yagregados de su jurisdiccin.