compensación por tiempo de servicio

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VALENZUELA WATERS JUAN DIEGO COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIO

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Page 1: Compensación por tiempo de servicio

VALENZUELA WATERS JUAN DIEGO

COMPENSACIÓN POR TIEMPO

DE SERVICIO

Page 2: Compensación por tiempo de servicio

CASO N°01 CTS DE TRABAJADOR

CON REMUNERACIÓN FIJA

PRINCIPAL Y REMUNERACIÓN

COMPLEMENTARIA

La remuneración computable para el

cálculo de la CTS, por el período

noviembre 2010 – abril 2011, de los

trabajadores con remuneración fija

mensual equivale a la remuneración de

abril 2011, más el promedio mensual de

las remuneraciones complementarias

regulares percibidas en el semestre,

mas1/6 de la gratificación de navidad.

Las horas extras se consideran

remuneración complementaria.

Page 3: Compensación por tiempo de servicio

INFORMACIÓN

Cálculo de la remuneración computable:

Las remuneraciones complementarias, como

las horas extras, son computables si son

percibidas por lo menos 3 meses en el

semestre respectivo, es decir, deben ser

regulares para ser computables.

Como en este caso se cumple esta condición

formará parte de la remuneración computable

para el cálculo de la CTS, siendo el monto

equivalente al promedio mensual percibido en

el semestre.

Page 4: Compensación por tiempo de servicio

a) PROMEDIO MENSUAL DE REMUNERACIÓN

POR HORAS EXTRAS:

Noviembre: S/. 320.00

Diciembre: S/. 330.00

Enero: S/.

420.00

Febrero S/. 100.00

Marzo: S/. 90.00

Abril: S/. 210.00

TOTAL: S/. 1470.00

Promedio mensual: S/.1470/6 = S/.

245.00

Page 5: Compensación por tiempo de servicio

b) PROMEDIO REMUNREACIÓN COMPUTABLE

Remuneración Básica abril: S/.

2600.00

Promedio mensual Horas Extras: S/.

245.00

1/6 gratificación navidad (S/. 2820/6) S/. 470.00

TOTAL: S/. 3315.00

c) CTS a depositar

Por 6 meses: S/. 3315/12 x 6= S/.

1657.50

Page 6: Compensación por tiempo de servicio

CASO N°2: CTS DE TRABAJADORA

CON DESCANSO POR MATERNIDAD

QUE PRECIBE REMUNERACIÓN FIJA

Y COMISIONES

INFORMACIÓN

• Fecha de ingreso: 01/03/2007

• Inicio de descanso prenatal: 01/02/2011

• Remuneración básica abril 2011 S/. 2600.00

• Asignación familiar: S/. 60.00

Page 7: Compensación por tiempo de servicio

• Comisiones:

Enero 2011 S/. 300.00

Diciembre 2010 S/. 265.00

Noviembre 2010 S/. 430.00

Octubre 2010 S/. 0.00

Setiembre 2010 S/. 0.00

Agosto 2010 S/. 170.00

Julio 2010 S/. 190.00

Junio 2010 S/. 230.00

Mayo 2010 S/. 210.00

Abril 2010 S/. 240.00

Gratificación por navidad S/. 2840.00

Determinar el monto de la CTS

Page 8: Compensación por tiempo de servicio

SOLUCIÓN:

La remuneración computable para el cálculo de

la CTS, por el período noviembre 2010 – abril

2011, de la trabajadora con remuneración fija

mensual y comisiones equivale a la remuneración

fija de abril 2011, más el promedio mensual de

las comisiones percibidas en el último semestre

(previo al descanso prenatal), más 1/6 de la

gratificación de Navidad. No es condición para la

incorporación de las comisiones a la

remuneración computable el haber sido

percibidas por lo menos tres meses en el

semestre para ser remuneración principal.

Page 9: Compensación por tiempo de servicio

CÁLCULO DE LA

REMUNERACIÓN COMPUTABLEa) Promedio mensual delas comisiones:

Se determina el promedio de las comisiones percibidas al 31 de enero (mes anterior al descanso).

Enero: S/. 300.00

Diciembre: S/. 265.00

Noviembre: S/. 430.00

Octubre: S/. 0.00

Setiembre: S/. 0.00

Agosto: S/. 0.00

TOTAL: S/. 1165.00

Promedio mensual= S/. 1165.00/6 = S/. 194.17

Page 10: Compensación por tiempo de servicio

b) Remuneración computable:

Remuneración fija mensual: S/. 2660.00

Promedio mensual comisiones: S/. 194.17

1/6 gratificación de navidad: S/. 2840/6 S/. 473.33

TOTAL: S/. 3327.50

c) CTS a depositar:

Según la norma legal, los días de descanso pre y post natal (90 días) son computables para el cálculo de la CTS en su totalidad.

Por 6 meses: S/. 3327.50/12x6= S/ 1663.75

Page 11: Compensación por tiempo de servicio

CASO N° 3: CTS DE TRABAJADOR

CON DESCANSO MÉDICO POR

ACCIDENTE DE TRABAJO O

ENFERMEDAD

INFORMACIÓN:

Fecha de ingreso: 07/05/2010

El trabajador sufrió un accidente de trabajo por lo que en ESSALUD le otorgaron 90 días de descanso médico.

Fecha de inicio del descanso: 06/11/2010

Fecha de término del descanso: 03/02/2011

Remuneración mensual: S/. 3900.00

Gratificación diciembre: S/. 3900.00

Determinar el monto de la CTS

Page 12: Compensación por tiempo de servicio

SOLUCIÓN:

a) Remuneración computable:

Remuneración mensual: S/.3 900.00

1/6 de la gratificación: S/.

650.00

TOTAL: S/. 4550.00

Page 13: Compensación por tiempo de servicio

b) Tiempo computable:

Conforme la norma legal, son computables para elcálculo de la CTS las inasistencias motivadas poraccidente de trabajo o enfermedad profesional o porenfermedades debidamente comprobadas, en todoslos casos hasta por 60 días en el año. Secomputaran en cada período anual comprendidoentre el 1 de noviembre de un año y el 31 deoctubre del año siguiente.

Días laborados en noviembre: 5

Días de descanso computable: 60

Días laborados en febrero: 25

Días laborados en marzo: 31

Días laborados en abril: 30

TOTAL: | 151 días

Los 151 días equivalen a 5 meses

Page 14: Compensación por tiempo de servicio

c) CTS a depositar:

Por 5 meses: S/. 4550.00/12x6= S/.

1895.83

Page 15: Compensación por tiempo de servicio

GRACIAS