comisiÓn de vigilancia

180
COMISIÓN DE VIGILANCIA UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL A AN NÁ ÁL L I I S S I I S S A AL L I I N NF F O OR RM ME E D DE EL L R RE E S S U UL L T TA AD DO O D DE E L L A A R RE E V VI I S S I I Ó ÓN N Y Y F F I I S S C CA AL L I I Z ZA AC CI I Ó ÓN N S S U UP P E E R RI I O OR R D DE E L L A A C CU UE E N NT TA A P P Ú ÚB BL L I I C CA A 2 2 0 0 0 0 5 5 ( ( I I V V C CO ON NC CL L U US S I I Ó ÓN N ) ) AUDITORÍAS PRACTICADAS A ENTES VINCULADOS CON FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO (Sector Energía) UEC- 009-2007 Mayo de 2007

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COMISIÓN DE VIGILANCIA

UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL

AANNÁÁLLIISSIISS AALL IINNFFOORRMMEE DDEELL RREESSUULLTTAADDOO DDEE LLAA RREEVVIISSIIÓÓNN YY FFIISSCCAALLIIZZAACCIIÓÓNN SSUUPPEERRIIOORR

DDEE LLAA CCUUEENNTTAA PPÚÚBBLLIICCAA 22000055 (( IIVV –– CCOONNCCLLUUSSIIÓÓNN ))

AUDITORÍAS PRACTICADAS A ENTES VINCULADOS CON

FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO (Sector Energía)

UEC- 009-2007 Mayo de 2007

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COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL

Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

251

CONTENIDO

Página

3.6 Sector Energía....................................................................................................................... 255 3.6.1 Secretaría de Energía........................................................................................ 258

3.6.1.1 Evaluación de las acciones de regulación y control de la política energética en materia de electricidad 260

3.6.1.2 Evaluación del proceso utilizado para el otorgamiento de permisos para estaciones de carburación comerciales y autoabasto 263

3.6.2 Comisión Federal de Electricidad................................................................... 264

3.6.2.1 Evaluación de las actividades de transmisión y transformación de energía eléctrica 268

3.6.2.2 Ingresos por recursos fiscales excedentes 271 3.6.2.3 "TRN gasoducto Cd. PEMEX-Valladolid" PIDIREGAS, inversión

condicionada 273 3.6.2.4 "TRN gasoducto Samalayuca" PIDIREGAS, inversión

condicionada 274 3.6.2.5 Cuentas de balance - activo, "Depósitos y adelantos", su

otorgamiento, cancelación y/o recuperación 276 3.6.2.6 Egresos presupuestales por la adquisición de carbón de

importación, del Capítulo 2000 "Materiales y suministros" 278 3.6.2.7 Egresos presupuestales por la adquisición de combustóleo, del

Capítulo 2000 “Materiales y suministros” 280 3.6.2.8 Egresos presupuestales del Capítulo 3000 "Servicios generales" 282 3.6.2.9 Egresos presupuestales Capítulo 5000 "Bienes muebles e

inmuebles", proyecto R570 operar y mantener los procesos de distribución y comercial 284

3.6.2.10 Egresos presupuestales del Capítulo 6000 "Obras públicas", proyecto "construcción de subestaciones y líneas de transmisión eléctrica residencia noreste", en el estado de Nuevo León 186

3.6.2.11 Egresos presupuestales del Capítulo 6000 "Obras públicas", proyecto "construcción de subestaciones y líneas de transmisión eléctricas residencia del centro", en el estado de Guanajuato 288

3.6.2.12 Egresos presupuestales del Capítulo 6000 "Obras públicas", proyecto "construcción de subestaciones y líneas de transmisión eléctricas residencia occidente", en el estado de Jalisco 289

3.6.2.13 Egresos presupuestales del Capítulo 6000 "Obras públicas", proyecto "construcción de subestaciones y líneas de transmisión eléctricas residencia sureste", en el estado de Veracruz 290

3.6.2.14 Egresos presupuestales del Capítulo 6000 “Obras públicas”, revisión de contratos para la construcción de la central hidroeléctrica y supervisión del proyecto hidroeléctrico El Cajón, en el estado de Nayarit 291

3.6.2.15 Proyecto línea de transmisión eléctrica 609 transmisión noroeste-occidental, en el estado de Sinaloa 293

3.6.2.16 Proyecto rehabilitación y modernización de la central generadora de energía eléctrica Adolfo López Mateos, en el estado de Veracruz 294

3.6.2.17 Proyecto rehabilitación y modernización de la central generadora de energía eléctrica Gral. Manuel Álvarez Moreno, en el estado de Colima 296

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

252

Página 3.6.2.18 Proyecto rehabilitación y modernización de la central generadora

de energía eléctrica Salamanca, en el estado de Guanajuato 297 3.6.2.19 Proyecto rehabilitación y modernización de la central generadora

de energía eléctrica Tuxpango, en el estado de Veracruz 298 3.6.2.20 Proyecto subestación eléctrica 402 oriental-peninsular, en el

estado de Veracruz 299 3.6.2.21 Proyecto subestación eléctrica 708 compensación dinámicas

oriental-norte 301 3.6.2.22 Proyecto subestaciones-líneas de transmisión eléctricas 709

sistemas sur, en los estados de Morelos, Aguascalientes, Jalisco, Quintana Roo y Yucatán 302

3.6.3 Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A.................................................. 304

3.6.3.1 Egresos presupuestales del programa de hidrocarburos 305

3.6.4 Luz y Fuerza del Centro.................................................................................. 308 3.6.4.1 Cuentas de balance-activo, “Obras en proceso” 311 3.6.4.2 Cuentas de balance-activo, “Pagos anticipados”, su otorgamiento

y/o recuperación 313 3.6.4.3 Egreos presupuestales por concepto de “Pensiones y jubilaciones” 315 3.6.4.4 Egresos presupuestales del Capítulo 5000 “Bienes muebles e

inmuebles”, proyecto adquisición de la subestación móvil de 230/23 KV, 45 MVA para dar energía a desarrollos habitacionales de interés social, en Cuautitlán Izcalli, Estado de México (subestación Cofradía I) 317

3.6.4.5 Egresos presupuestales del Capítulo 5000 “Bienes muebles e inmuebles”, proyecto adquisición de la subestación Cofradía II móvil de 230/23 KV, 45 MVA para dar energía a desarrollos habitacionales de interés social, en Cuautitlán Izcalli, Estado de México (subestación Cofradía II) 319

3.6.4.6 Egresos presupuestales del Capítulo 5000 “Bienes muebles e inmuebles”, proyecto adquisición de la subestación móvil de 85/23 KV, 30 MVA para dar energía a desarrollos habitacionales de interés social de Huehuetoca, Estado de México, (subestación Huehuetoca) 320

3.6.4.7 Egresos presupuestales del Capítulo 5000 “Bienes muebles e inmuebles”, proyecto adquisición de la subestación móvil de 230/23 KV, 45 MVA para dar energía a desarrollos habitacionales de interés social de Tecámac, Edomex, (subestación Tecámac) 322

3.6.4.8 Egresos presupuestales del Capítulo 5000 “Bienes muebles e inmuebles”, proyecto modernizar parque vehicular y equipo pesado, en el Distrito Federal 323

3.6.4.9 Egresos presupuestales del capítulo 5000 “bienes muebles”, proyecto modernizar y rehabilitar equipo de cómputo y oficina e implementar sistema de enlace gubernamental (e-gobierno), en el Distrito Federal 324

3.6.4.10 Egresos presupuestales del Capítulo 6000 “Obras públicas”, proyecto desarrollar y construir sistemas de distribución en el Distrito Federal 326

3.6.4.11 Egresos Presupuestales del Capítulo 6000 "Obras públicas", Proyecto Generación Distribuida, en los Estados de México y Puebla 327

3.6.4.12 Egresos presupuestales del Capítulo 6000 “Obras públicas”, proyecto rehabilitar y modernizar las instalaciones en el D.F. 329

3.6.4.13 Egresos presupuestales del Capítulo 6000 “Obras públicas”, proyecto rehabilitar y modernizar las instalaciones, en el Estado de México 330

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Página

3.6.5 Petróleos Mexicanos........................................................................................ 332 3.6.5.1 Evaluación de los donativos otorgados por Petróleos Mexicanos 337 3.6.5.2 Aprovechamientos sobre los rendimientos excedentes de la venta

de petróleo 338 3.6.5.3 Seguimiento a la aplicación del reconocimiento de adeudo

celebrado entre Petróleos Mexicanos y el Sindicato de Trabajadores de la Republica Mexicana 341

3.6.5.4 Servicios Generales 342 3.6.5.5 Egresos presupuestales del Capítulo 5000 “Bienes muebles e

inmuebles” 344 3.6.5.6 Evaluación de la aplicación del convenio 10275/04 y del convenio

de transacción 346

3.6.6 PEMEX Exploración y Producción................................................................ 348 3.6.6.1 Cuentas de resultados, "Ventas nacionales" 352 3.6.6.2 Egresos presupuestales del Capítulo 3000 "Servicios Generales" 354 3.6.6.3 Servicios Generales 355 3.6.6.4 Proyecto PEP Burgos. Construcción de infraestructura orientada

a la producción de gas no asociado en la región Norte 357 3.6.6.5 Proyecto PEP Cantarell. Construcción de infraestructura

orientada a la producción de crudo pesado en la región Marina Noreste 359

3.6.6.6 Proyecto PEP integral complejo Antonio J. Bermúdez-PIDIREGAS. Construcción de infraestructura orientada a la producción de crudo ligero en la región Sur 361

3.6.6.7 Proyecto PEP integral Ku-Maloob-Zaap-PIDIREGAS. Construcción de infraestructura orientada a la producción de crudo pesado en la región Marina Noreste 362

3.6.6.8 Proyecto PEP programa estratégico de gas. Construcción de infraestructura orientada a la producción de gas no asociado en las regiones Norte, Sur, Marina Noreste y Marina Suroeste 364

3.6.6.9 Revisión de contratos adjudicados a las empresas Saint Martín Construcciones, S.A. de C.V. y Oceanografía, S.A. de C.V. 366

3.6.6.10 Evaluación de las acciones realizadas por PEMEX Exploración y Producción para la solventación de las acciones promovidas con motivo de la revisión de la Cuenta Pública 2003 367

3.6.7 PEMEX Gas y Petroquímica Básica.............................................................. 370

3.6.7.1 Comercialización de gas natural 373 3.6.7.2 Egresos presupuestales del Capítulo 3000 “Servicios Generales” 375

3.6.8 PEMEX Petroquímica...................................................................................... 378 3.6.8.1 Evaluación financiera del proyecto de "Construcción de la planta

Swing" 380 3.6.8.2 Servicios Generales 382 3.6.8.3 Egresos presupuestales “Otras erogaciones” 383

3.6.9 PEMEX Refinación......................................................................................... 385 3.6.9.1 Ingresos por la venta de productos petrolíferos, su distribución y

comercialización en las "Terminales de almacenamiento y distribución” 388

3.6.9.2 Comercialización de productos petrolíferos 391 3.6.9.3 Cuentas de resultados, "Gastos de operación" 394 3.6.9.4 Distribución de productos petrolíferos 396 3.6.9.5 Servicios Generales 398 3.6.9.6 Egresos presupuestales del Capítulo 3000 "Servicios Generales"

por concepto de fletes terrestres 400

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Página 3.6.9.7 Producción de productos petrolíferos 401 3.6.9.8 Proyectos de infraestructura para el combate del mercado ilícito

de combustibles 403 3.6.9.9 Proyecto PR Minatitlán. Reconfiguración de la refinería Lázaro

Cárdenas, en Minatitlán, Veracruz 405

3.6.10 Petroquímica Cangrejera, S.A. de C.V............................................................. 407 3.6.10.1 Egresos presupuestales del Capítulo 2000 “Materiales y

Suministros” 409

3.6.11 P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V..................................................... 411 3.6.11.1 Fondeo liquidable con la venta de cartera de exportaciones de

petróleo 414

ANEXO 1. AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2005 ................................................................. 417 ANEXO 2. RESUMEN DE LAS OBSERVACIONES Y ACCIONES PROMOVIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2005 .............................................................................................. 423

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3.5 SECTOR ENERGÍA El sector energético es una pieza fundamental para el desarrollo del país, principalmente por la infraestructura que maneja y la cantidad de recursos que genera. Es por ello que entre los principales objetivos del Gobierno Federal están el garantizar el abasto de energía con niveles internacionales de calidad y precios competitivos, contando con empresas de clase mundial, además de otorgar seguridad y certeza jurídica a los agentes económicos participantes en el sector y preservar la soberanía energética y la rectoría del Estado. Asimismo, la gestión del gobierno en la materia busca fomentar la diversificación de fuentes renovables de energía, así como el uso eficiente y el ahorro de la misma; constituir al sector energético como líder en el ámbito de prevención de riesgos y protección del ambiente; contribuir en la generación, mejora, asimilación y aplicación del conocimiento científico; alentar una política nacional de electrificación rural, y ampliar el suministro de energía a las zonas marginadas. Estos objetivos se pretenden alcanzar mediante la actualización del marco regulatorio para favorecer las condiciones de mercado y alentar la inversión del sector privado. Asimismo, se pretende impulsar la transformación de complejos industriales mediante la participación de empresas privadas en proyectos de infraestructura energética, comercializar en las mejores condiciones del mercado los insumos energéticos y promover el ahorro y uso eficiente de energía y la utilización de fuentes alternas en las entidades del sector, la planta productiva y la población.

Indicadores del sector Con el propósito de alentar la inversión productiva que garantice un suministro de energéticos confiable, seguro y a precios competitivos, en 2005 la Comisión Reguladora de Energía continuó otorgando permisos para transportar, distribuir y almacenar gas natural y gas licuado de petróleo, al tiempo que revisó los instrumentos de regulación de precios. Pemex Exploración y Producción perseveró en la operación de sus programas de exploración y perforación de pozos, con la finalidad de incorporar nuevas reservas de hidrocarburos e incrementar la producción de petróleo crudo y gas natural, especialmente el no asociado al crudo, que le permita satisfacer la demanda creciente de esos insumos. Durante 2005, la producción promedio de petróleo crudo ascendió a 3.3 millones de barriles diarios, volumen inferior en 1.5 por ciento al registrado en 2004, que fue de 3.4 millones de barriles diarios. La producción de gas natural se ubicó en 4,818.0 millones de pies cúbicos diarios, lo que representó un crecimiento anual del 5.4 por ciento.

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Los Programas de inversiones de Pemex Refinación, Pemex Gas y Petroquímica Básica y PEMEX Petroquímica se encauzaron básicamente a la ampliación y modernización de la infraestructura de proceso y transporte, a efecto de satisfacer la demanda creciente de derivados del petróleo y dotar de flexibilidad a los sistemas. La producción de petrolíferos se ubicó en 1 millón 556 mil barriles diarios, volumen inferior en 1.9 por ciento al del ejercicio previo. Por su parte, el gasto de inversión en Pemex Gas y Petroquímica Básica se orientó, fundamentalmente, a la construcción de las plantas criogénicas del Centro Procesador de Gas de Burgos y de las estaciones de compresión de Santa Catarina y Emiliano Zapata, además de la rehabilitación de instalaciones en la Terminal Venta de Carpio. El total de exportaciones de petroquímicos durante 2005 fue de 867.2 millones de toneladas, de las cuales 18.9 por ciento corresponde a etileno y 81.1 por ciento corresponde a otros. El total de exportaciones fue inferior al observado en 2004 en 5.4 por ciento. Las importaciones por su parte, ascendieron a 238.6 millones de toneladas, cifra superior en 127.9 por ciento a la observada en 2004. Durante el año de referencia, las exportaciones de petróleo crudo ascendieron a 28 mil 311.1 millones de dólares, lo cual representó un incremento de 33.2 por ciento con respecto a 2004. Las exportaciones de petrolíferos y gas licuado ascendieron a 2 mil 951.0 millones de dólares, cifra superior en 53.0 por ciento a la observada en 2004. Por su parte, la inversión impulsada en la industria eléctrica durante 2005 fue de 39 mil 436.7 millones de pesos en flujo de efectivo, cifra superior en 7.3 por ciento a la observada durante el ejercicio previo. La generación bruta de energía eléctrica fue de 246,267.1 GWH, superior en 5.2 por ciento a la generada en 2004. 87.6 por ciento corresponde a CFE, 0.6 por ciento corresponde a LFC y 11.8 por ciento corresponde a permisionarios. El valor de las ventas internas de energía eléctrica fue de 174 mil 232 millones de pesos, superior en 11.6 por ciento a la cantidad observada en 2004 y de la cual 80.2 por ciento corresponde a CFE y 19.8 por ciento corresponde a LFC.

Gasto de la Secretaría de Energía

Para el ejercicio fiscal 2005, la Cámara de Diputados aprobó un presupuesto para la Secretaría de Energía (SENER) de 26 mil 413.9 millones de pesos. Al cierre del año, el presupuesto ejercido ascendió a 77 mil 435.0 millones de pesos, cifra mayor en 193.2 por ciento respecto al monto original. Como se observa, en 2005 la SENER tuvo una ampliación neta de su presupuesto por 51 mil 021.1 millones de pesos, lo que se explica por los recursos transferidos a PEMEX provenientes del Aprovechamiento sobre Rendimientos Excedentes, y los derivados del Artículo 21, fracción I, inciso j) del PEF, para fortalecer la inversión en

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infraestructura en materia de exploración, gas, refinación y petroquímica; y, a la CFE a fin de cubrir incrementos en los combustibles utilizados en la generación de fluido eléctrico. De los recursos erogados totales, 465.0 millones de pesos correspondieron a gasto directo, monto superior en 12.4 por ciento con relación a la asignación original y 76 mil 970.0 millones de pesos se relacionaron con subsidios y transferencias, cantidad que resultó superior en 196.0 por ciento a la del presupuesto original. Conforme a la naturaleza del gasto, del presupuesto total ejercido por la SENER en 2005, el 42.1 por ciento se canalizó a gasto corriente y el 57.9 por ciento a gasto de capital. El gasto erogado por la SENER, representó 0.92 por ciento del PIB en 2005, lo cual significó un incremento respecto al porcentaje observado en 2004, que fue de 0.78 por ciento y al promedio de las últimas 2 décadas, del 0.83 por ciento.

GASTO DE LA SENER COMO % DEL PIB

0.00%

0.50%

1.00%

1.50%

2.00%

2.50%

3.00%

80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 00 01 02 03 04 05

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3.6.1 SECRETARÍA DE ENERGÍA

Atribuciones De conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Secretaría de Energía (SENER) tiene, entre otras atribuciones, las de conducir la política energética del país; ejercer los derechos de la Nación en materia de petróleo y todos los carburos de hidrógeno, sólidos, líquidos y gaseosos; conducir la actividad de las entidades paraestatales cuyo objeto esté relacionado con la explotación y transformación de los hidrocarburos y la generación de energía eléctrica nuclear; promover la participación de los particulares, en los términos de las disposiciones aplicables, en la generación y aprovechamiento de energía. Asimismo, le corresponde llevar a cabo la planeación energética a mediano y largo plazo, así como fijar las directrices económicas y sociales para el sector energético paraestatal; realizar y promover estudios e investigaciones sobre ahorro de energía, estructuras, costos, proyectos, mercados, precios y tarifas, activos, procedimientos, reglas, normas y demás aspectos relacionados con el sector energético, y proponer las acciones conducentes. Además, la SENER está facultada para otorgar concesiones, autorizaciones y permisos en materia energética, conforme a las disposiciones aplicables; regular y en su caso, expedir normas oficiales mexicanas sobre producción, comercialización, compra-venta, condiciones de calidad, suministro de energía y demás aspectos que promuevan la modernización, eficiencia y desarrollo del sector, así como controlar y vigilar su debido cumplimiento.

Antecedentes de auditorías practicadas a la SENER, 1999-2004 Durante la revisión de la Cuenta Pública de 1999 a 2004, la ASF practicó a la SENER 7 auditorías, de las cuales 3 fueron especiales, y 4 financieras y de cumplimiento.

Tipo de auditoría Total 1999 2000 2001 2002 2003 2004

Total 7 1 0 1 1 4 0Desempeño 0 0 0 0 0 0 0Regularidad:

Financieras y de Cumplimiento 4 1 0 0 1 2 0Obra Pública e Inversiones Físicas 0 0 0 0 0 0 0Sistemas 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Entidades 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Municipios 0 0 0 0 0 0 0

Especiales 3 0 0 1 0 2 0Seguimiento 0 0 0 0 0 0 0

RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. 1999-2004SECRETARIA DE ENERGIA

Fuente: Elaborado por la UEC con base en datos de la ASF, Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 1999-2004.

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

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Derivado de las auditorías, la ASF promovió 57 acciones que en su mayoría (40) tuvieron carácter preventivo (recomendaciones), en tanto que las acciones correctivas estuvieron conformadas por 11 solicitudes de intervención al Órgano Interno de Control y 6 solicitudes de aclaración.

SUB TOTAL% DE

ATENCIÓN ATENDIDAS O PROMOVIDAS

SUSTITUIDAS POR NUEVA

ACCIÓN

BAJAS POR RESOLUCIÓN

JUDICIAL SUB TOTAL

% EN PROCESO DE

ATENCIÓN

TOTAL 57 57 100.0% 55 0 2 0 0.0%

Recomendación 40 40 100.0% 38 0 2 0 0.0%Solicitud de Intervención del OIC 11 11 100.0% 11 0 0 0 0.0%Solicitud de Aclaración 6 6 100.0% 6 0 0 0 0.0%Solicitud de Intervención de la Instancia Recaudadora 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Denuncia de Hechos 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES Y ACCIONES EMITIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 1999-2004SECRETARÍA DE ENERGÍA

TIPO DE ACCIÓN TOTAL

EMITIDAS

ATENDIDAS, PROMOVIDAS, SUSTITUIDAS Y BAJAS POR RESOLUCIÓN JUDICIAL EN PROCESO DE ATENCIÓN

Fuente: ASF, Informe Estado de Atención y Promoción de las Observaciones-Acciones Emitidas con Motivo de la Revisión de la Cuenta Pública (31-dic-2006).

Que la ASF formula, promueve o presenta:

Al 31 de diciembre de 2005, la SENER había solventado el 100 por ciento de las acciones promovidas, llamando la atención que se incluyen dos acciones que fueron dadas de baja por resolución judicial.

Resumen de auditorías practicadas 2005 Con motivo de la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública de la Hacienda Pública Federal 2005, la ASF llevó a cabo 2 auditorías a la Secretaría de Energía (SENER), una se realizó al Informe de Avance de la Gestión Financiera y la otra a la Cuenta Pública. La primera se refiere a una auditoría de Desempeño, y la segunda a una Especial, respectivamente

Comentarios sobre los resultados de las auditorías

La ASF determinó que para las acciones de regulación y control de la política energética en materia de electricidad, la SENER incluyó indicadores que fueron insuficientes para medir el grado de cumplimiento de los objetivos estratégicos, y no identificó metas vinculadas con el objetivo de impulsar la participación de empresas mexicanas en proyectos de infraestructura energética. De esta manera, con base en su autonomía técnica y de gestión, será importante que la ASF solicite a la SENER la información mínima necesaria para evaluar la efectividad de la política aplicada y al propio tiempo poder verificar el cumplimiento de los alcances de

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

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los programas de los proyectos de inversión (PIDIREGAS) para los ejercicios fiscales sucesivos. Se precisó que en 2005 no se alcanzó la meta programada de asegurar el crecimiento de la capacidad instalada de generación del Sector Eléctrico Nacional, como resultado de la aplicación del Programa para Eliminar Centrales Antieconómicas que lleva a cabo la CFE, ya que ello implicó el retiro de 1 mil 156.3 Mw de capacidad de generación. Este resultado lleva a considerar la pertinencia de disponer de una evaluación de la eficiencia con la que se está aplicando dicho Programa, sobre el impacto pretendido en el ahorro de recursos, comparativamente con la probable afectación de los niveles de productividad de la paraestatal. El órgano de fiscalización superior señaló que la dependencia federal en general, cumplió con las disposiciones legales y normativas aplicables a los procesos para el otorgamiento de permisos para estaciones de carburación comerciales y de auto abasto. Sin embargo, hay información disponible que muestra la existencia de falta de control sobre estas estaciones de carburación comerciales, sobre todo aquellas que abastecen a los vehículos del transporte público concesionado. Se menciona también la existencia de estaciones de abastecimiento de gas LP que funcionan de manera irregular, sin las autorizaciones correspondientes de la SENER, puesto que corresponde a las autoridades de nivel federal su control. Otro de los aspectos que destacan de esta revisión es la larga duración de los permisos pues estos se prolongan por 30 años, con opción a prórroga de otros 15 años, previa solicitud del interesado.

Resultados de auditorías practicadas

3.6.1.1. SENER. EVALUACIÓN DE LAS ACCIONES DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LA POLÍTICA ENERGÉTICA EN MATERIA DE ELECTRICIDAD.

⎯ Objetivo. Evaluar la congruencia de los objetivos de regulación y control de la

política energética en materia de electricidad con las prioridades nacionales y sectoriales; la eficacia, eficiencia y economía con que se realizaron las acciones de regulación y control de la política energética en materia de electricidad que tiene por objeto asegurar el abasto suficiente de energía eléctrica, otorgar certeza jurídica a los agentes económicos e impulsar la participación de empresas mexicanas en proyectos de infraestructura eléctrica; y la competencia de los actores responsables de dichas acciones.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de desempeño, la cual

fue seleccionada debido a su impacto económico en el desarrollo económico del país, ya que la evaluación de las acciones de Regulación y Control de la Política

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

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Energética están orientadas a asegurar la oferta de energía eléctrica. La auditoría comprendió la evaluación de los resultados alcanzados por la SENER en 2005 en el cumplimiento de los objetivos y metas de las actividades de regulación y control en materia de electricidad, y su comparativo con los resultados del periodo 2001-2004, a fin de determinar tendencias. Se revisó la consistencia de las cifras reportadas en el PEF y en la Cuenta Pública 2005, respecto de los registros internos de la SENER, por un monto de 119.0 millones de pesos que representó el total de la muestra seleccionada. Las áreas revisadas fueron: las Direcciones Generales de Planeación Energética; de Generación, Conducción y Trasformación de Energía Eléctrica; de Distribución y Abastecimiento de Energía Eléctrica y Recursos Nucleares; de Programación y Presupuesto; y de Recursos Humanos, Innovación y Servicios.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se determinó que los objetivos para las

actividades de regulación y control de la política energética en materia de electricidad establecidos en el PEF 2005, se vinculan con el objetivo rector del PND 2001-2006 de elevar y extender la competitividad del país y la estrategia de promover el desarrollo y competitividad sectorial; se constató que en el Programa Sectorial de Energía (PROSENER) 2001-2006 se retomaron los objetivos del PND. Se analizó el PEF 2005 y se observó que para las acciones de regulación y control de la política energética en materia de electricidad, únicamente se incluyeron los indicadores sobre implantación de un nuevo sistema tarifario para el sector eléctrico; elaboración de informes de operación en materia de generación, conducción y transformación de energía eléctrica, y visitas de supervisión a unidades de verificación.

Asimismo, se determinó que estos indicadores no permiten medir el grado de cumplimiento de los objetivos estratégicos de las acciones de regulación y control de la política energética en materia de electricidad y tampoco se identificaron metas vinculadas con el objetivo de impulsar la participación de empresas mexicanas en proyectos de infraestructura energética. Se concluyó que en 2005 se alcanzó un avance de 0.07 puntos porcentuales en la meta de asegurar el crecimiento de la capacidad instalada de generación del Sector Eléctrico Nacional, resultado inferior en 2.13 puntos porcentuales a la programada, debido al retiro de 1,156.3 MW de capacidad de generación como resultado de la aplicación del Programa para Eliminar Centrales Antieconómicas que lleva a cabo la CFE. No obstante estos resultados, la oferta de energía eléctrica fue suficiente para cubrir la demanda nacional; sin embargo, ésta fue cubierta con inversión privada la cual mostró un incremento de 5.8 puntos porcentuales, al pasar de 6.0 por ciento en 2001 a 11.8 por ciento en 2005, con su consecuente reducción en la generación del sector público. De igual manera, se observó que las acciones que realizó la SENER en materia de regulación de la política energética en materia de electricidad fueron insuficientes para cumplir con ese objetivo. Se precisó que

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la SENER realizó adecuaciones al esquema tarifario vigente, pero no realizó acciones de implantación de un nuevo esquema tarifario para el sector eléctrico conforme a lo reportado en la Cuenta Pública. La ASF concluye que no fue posible realizar el análisis de la economía con que la SENER aplicó los recursos en las acciones de regulación y control en materia de energía eléctrica, debido a que no cuenta con información sobre costos de cada una de las metas establecidas en el PROSENER, sólo dispone de información del gasto ejercido por unidad responsable.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 9 observaciones que dieron lugar a la

promoción de 10 acciones, de las cuales una corresponde a recomendación y nueve a recomendación al desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra señalada, la SENER cumplió razonablemente con el objetivo de asegurar el abasto suficiente de energía eléctrica. Sin embargo, no estableció en el PEF 2005 metas ni indicadores para medir el cumplimiento de sus objetivos estratégicos; tampoco logró hacer del ordenamiento jurídico un instrumento de desarrollo del sector eléctrico, ya que cumplió en 21 por ciento las metas presidenciales de reformar la legislación correspondiente.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Respecto al impacto en el control interno, se

verificó que la Secretaría de Energía no estableció en el PEF 2005, indicadores de desempeño para evaluar sus objetivos estratégicos, ni elaboró programas de trabajo para realizar sus atribuciones de verificación de instalaciones, lo cual impidió determinar el grado de cumplimiento de los objetivos estratégicos de las acciones de regulación y control de la política energética en materia de electricidad. Las acciones promovidas por la ASF están orientadas principalmente a alentar la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño; fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficiencia, eficacia y economía y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

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3.6.1.2. SENER. EVALUACIÓN DEL PROCESO UTILIZADO PARA EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS PARA ESTACIONES DE CARBURACIÓN COMERCIALES Y AUTOABASTO.

⎯ Objetivo. Evaluar que en el proceso para el otorgamiento de permisos para

estaciones de carburación comerciales y autoabasto, la Secretaría de Energía (SENER) se ajustó a las disposiciones legales establecidas; que los permisionarios cumplieron las obligaciones dispuestas en los permisos y, en su caso, se aplicaron las sanciones correspondientes.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una revisión especial y fue elegida

debido a la importancia del uso del gas LP en lo sectores comercial, industrial y automotriz y por el hecho de que la distribución la realizan diversas empresas las cuales deben ajustarse a la normatividad respectiva para su operación. Al efecto se revisó la documentación que ampara los permisos otorgados por la Dirección General de Gas LP de la SENER para estaciones de carburación y autoabasto, misma que otorgó 52 permisos para este tipo de estaciones, que representaron 35.9 por ciento de un universo de 145 otorgados entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2005. Se revisó la Dirección General de Gas LP de la SENER.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se comprobó que los permisos fueron

otorgados con una vigencia de 30 años, con opción a prórroga por 15 años más, previa solicitud del interesado, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo. La revisión se efectuó de conformidad con las normas y guías de auditoría utilizadas en la fiscalización superior de la gestión gubernamental y los ordenamientos jurídicos y disposiciones normativas aplicables, así como en la ejecución de las pruebas selectivas y procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios. Con la revisión de los 52 expedientes de permisos para estaciones de carburación comercial y de autoabasto, se constató que para 29 de ellos existe prevención para que el solicitante subsane la falta de documentación adicional. Se comprobó que las prevenciones fueron emitidas por la SENER dentro de los seis días siguientes a la fecha que se emitió la prevención.

⎯ Acciones Promovidas. No se promovieron acciones ni recomendaciones. ⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales, la SENER

cumplió con las disposiciones legales y normativas aplicables a los procesos para el otorgamiento de permisos de carburación comerciales y de autoabasto.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No se reportó ningún impacto en la fiscalización.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado

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3.6.2 COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD Atribuciones

La Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, le otorga a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) atribuciones para prestar el servicio público de energía eléctrica, proponer a la Secretaría de Energía los programas de energía; importar y exportar, en forma exclusiva, energía eléctrica; formular y proponer al Ejecutivo Federal los programas de operación, inversión y financiamiento que a corto, mediano o largo plazos requiera la prestación del servicio público de energía eléctrica; promover la investigación científica y tecnológica nacional en materia de electricidad y el desarrollo y la fabricación nacional de equipos y materiales utilizables en el servicio público de energía eléctrica. Igualmente, puede celebrar convenios o contratos con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios o con entidades públicas y privadas o personas físicas para la realización de actos relacionados con la prestación del servicio público de energía eléctrica. El servicio público de energía eléctrica comprende la generación, conducción, transformación, distribución y mantenimiento del sistema eléctrico nacional y la realización de todas las obras, instalaciones y trabajos que requieren la planeación, ejecución, operación y mantenimiento del sistema eléctrico nacional.

Antecedentes de las auditorías practicadas a la CFE, 1999-2004 Durante la revisión de la Cuenta Pública de 1999 a 2004, la ASF practicó a la CFE 49 revisiones, de las cuales 2 fueron de desempeño, 21 financieras y de cumplimiento, 25 de obra pública e inversiones físicas, así como 1 especial.

Tipo de auditoría Total 1999 2000 2001 2002 2003 2004

Total 49 7 6 11 13 12 0Desempeño 2 0 1 0 1 0 0Regularidad:

Financieras y de Cumplimiento 21 4 3 4 5 5 0Obra Pública e Inversiones Físicas 25 3 2 7 6 7 0Sistemas 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Entidades 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Municipios 0 0 0 0 0 0 0

Especiales 1 0 0 0 1 0 0Seguimiento 0 0 0 0 0 0 0

RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. 1999-2004COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD

Fuente: Elaborado por la UEC con base en datos de la ASF, Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 1999-2004. Derivado de la práctica de esas auditorías, la ASF promovió 1001 acciones que en su mayoría (645) tuvieron carácter preventivo (recomendaciones), en tanto que las acciones correctivas estuvieron conformadas por 37 solicitudes de intervención al

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Órgano Interno de Control, 169 solicitudes de aclaración y 1 promoción del finamiento de responsabilidades administrativas sancionatorias.

SUB TOTAL% DE

ATENCIÓN ATENDIDAS O PROMOVIDAS

SUSTITUIDAS POR NUEVA

ACCIÓN

BAJAS POR RESOLUCIÓN

JUDICIAL SUB TOTAL

% EN PROCESO DE

ATENCIÓN

TOTAL 1001 996 99.5% 975 20 1 5 0.5%

Recomendación 645 641 99.4% 641 0 0 4 0.6%Solicitud de Intervención del OIC 37 31 83.8% 30 0 1 6 16.2%Solicitud de Aclaración 169 156 92.3% 136 20 0 13 7.7%Solicitud de Intervención de la Instancia Recaudadora 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias 1 1 100.0% 1 0 0 0 0.0%

Denuncia de Hechos 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES Y ACCIONES EMITIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 1999-2004COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD

TIPO DE ACCIÓN TOTAL

EMITIDAS

ATENDIDAS, PROMOVIDAS, SUSTITUIDAS Y BAJAS POR RESOLUCIÓN JUDICIAL EN PROCESO DE ATENCIÓN

Fuente: ASF, Informe Estado de Atención y Promoción de las Observaciones-Acciones Emitidas con Motivo de la Revisión de la Cuenta Pública (31-dic-2006).

Que la ASF formula, promueve o presenta:

Al 31 de diciembre de 2006 Comisión Federal de Electricidad había solventado el 99.5 por ciento de las acciones promovidas, incluyendo 20 acciones que fueron sustituidas por nuevas acciones y una acción que fue dada de baja por resolución judicial. El restante 0.5 por ciento se encuentra en proceso de atención.

Resumen de auditorías practicadas 2005

Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública 2005, la ASF llevó a cabo 22 auditorías a la Comisión Federal de Electricidad. Por tipo de auditoría la ASF practicó 1 auditoría de desempeño, 7 financieras y de cumplimiento, 14 auditorías de inversión física. Derivado de la práctica de las 22 auditorías, la ASF emitió 61 observaciones que derivaron en un total de 76 acciones: 61 (80.3 por ciento) corresponden a recomendaciones, 15 (19.7 por ciento) son de carácter correctivo y corresponden 2 a promociones de intervención de la instancia de control, 5 a solicitudes de aclaración-recuperación, 6 a promoción de la responsabilidad administrativa sancionatoria y 2 pliegos de observaciones.

Comentarios sobre los resultados de las auditorías En términos generales, el ente de fiscalización superior de la Federación determinó que las auditorías realizadas a la CFE, así como a las áreas específicas sujetas a revisión, y los programas fiscalizados, cumplieron con la normatividad requerida para el ejercicio presupuestal del año 2005. Sin embargo, las irregularidades determinadas son relevantes porque a partir de ellas se denotan áreas de oportunidad en la mejora de

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sistemas de control y operación, el establecimiento de indicadores estratégicos para evaluar la calidad de la gestión gubernamental, así como la detección de posibles recuperaciones para la Hacienda Pública Federal, entre otros. Según la ASF, en esta revisión no fue posible determinar la eficacia en el cumplimiento del objetivo de asegurar la disponibilidad de la red eléctrica de potencia establecido en el Decreto del PEF para el ejercicio fiscal 2005 y el Plan Estratégico de la Subdirección de Transmisión 2005-2010, debido a que la CFE no operó los indicadores propuestos para el tiempo de indisponibilidad en subestaciones de transformación por falla, ni estableció metas para 2005 en el indicador del tiempo de indisponibilidad de líneas de transmisión, lo cual no se apega a lo establecido en el apartado de políticas del Procedimiento para la Determinación y Evaluación de Objetivos del Proceso de Transmisión de energía eléctrica. La ASF determinó que no fue posible evaluar el cumplimiento de los objetivos señalados en el PND y el PROSENER 2001-2006 y en el Decreto del PEF para el ejercicio fiscal 2005, referentes a contar con empresas energéticas públicas de clase mundial y estándares internacionales de calidad, productividad y competitividad, debido a que la CFE no realizó en 2005 la evaluación sistemática de los resultados de sus indicadores de calidad en la entrega del fluido eléctrico, de continuidad del servicio de transmisión de energía eléctrica y de productividad y competitividad del proceso de transmisión y transformación de energía eléctrica respecto de parámetros de empresas de clase mundial. La Auditoría Superior determina que en 2005 la CFE obtuvo un costo de transmisión inferior en 30.1 por ciento al programado, lo cual se debió a que el presupuesto autorizado fue menor del requerido, lo que implicó un rezago en el mantenimiento de las líneas de transmisión. No fue posible evaluar la competencia de los servidores públicos de confianza de Oficinas Nacionales de CFE adscritos a la Subdirección de Transmisión, debido a que la CFE no proporcionó evidencia sobre los perfiles de puestos autorizados en 2005 Se determinaron incumplimientos en medidas de control y depuración que permitan asegurar la confiabilidad de los registros presupuestales de las actividades de transmisión y transformación de energía eléctrica, toda vez que se observaron diferencias en las cifras de gasto entre lo reportado en la Cuenta Pública 2005 y los registros de la entidad. Por lo que corresponde a las 7 auditorías financieras y de cumplimiento; éstas se enfocaron a la revisión normativa del cobro, registro y presentación de los ingresos y los egresos presupuestales en los informes de la Cuenta Pública; y la comprobación del grado de cumplimiento de los mandatos legales y el apego a los principios de contabilidad generalmente aceptados, que si bien son necesarias, tienen menor repercusión que otro tipo de revisiones sobre mejoras cualitativas en la organización, procesos y desempeño interno; con excepción de los proyectos PIDIREGAS que

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reportan las situaciones siguientes: no se mencionó la vigencia del proyecto PIDIREGAS ni de los contratos suscritos por la CFE con los productores externos de energía por el servicio de transporte de gas; en los PIDIREGAS de inversión condicionada, la CFE sólo paga por el servicio contratado de transporte de gas natural a través de ductos, y no como inversión que le permita, al término del contrato, tener la propiedad del activo; resulta conveniente que la CFE considere a futuro mecanismos de financiamiento que le permitan la posesión en propiedad de los activos del proyecto al término de la vigencia del contrato de servicios; se informaron obligaciones con Gasoductos por las que la entidad fiscalizada se obligó a pagar contraprestaciones, a cambio de que se garantice el transporte de gas; sin embargo, no se especifican, en relación al gasoducto, los montos pactados contractualmente con vencimiento en 2006 y 2007. En las auditorías de inversión física, tanto del capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles; como del 6000 “Obras Públicas”, los objetivos consistieron en comprobar que las adquisiciones e inversiones físicas en obra pública se planearon, programaron, contrataron y ejecutaron de conformidad con la legislación aplicable, detectándose irregularidades repetitivas. Se plantea la revisión del cumplimiento de los aspectos técnicos presupuestales y de legalidad, sin justificar la realización de las obras por parte de la entidad, así como las necesidades que serán atendidas, el beneficio que aportarán en las actividades de la entidad o, en su caso, el beneficio directo a la población, y si a la fecha de la revisión se encuentran operando satisfactoriamente. En los casos en donde se observaron irregularidades que en el curso de la revisión fueron solventadas por la entidad, la ASF se abstuvo de formular las recomendaciones preventivas necesarias para que en lo subsecuente no se repitieran. Con la finalidad de verificar la veracidad de la documentación comprobatoria y el entero de los impuestos correspondientes a los ingresos percibidos derivados de los contratos de obra ejecutados, se juzga pertinente que, en la medida de lo posible, la ASF incluya dentro de sus procedimientos de comprobación del ejercicio del gasto, compulsas con los proveedores de las entidades. También será importante realizar un oportuno seguimiento no sólo a las recomendaciones emitidas en la revisión, sino también a las áreas de oportunidad determinadas en las auditorías practicadas, con la finalidad de mantener una constante vigilancia respecto a la evolución de la mejora de los procesos de planeación, ejecución, puesta en marcha y funcionamiento óptimo y permanente de las obras públicas revisadas. Es de destacarse que en este conjunto de revisiones correspondientes a la Cuenta Pública 2005, se determinaron en promedio 3.4 acciones por revisión, mientras que en las practicadas durante el periodo 1999-2004, dicho promedio fue de 20.4 acciones por revisión practicada. También destaca que de los 22 dictámenes emitidos, sólo uno haya sido en sentido negativo para la entidad auditada. Debido a que el número de acciones

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emitidas continúa siendo importante (76 acciones), se considera pertinente que la ASF continúe programando revisiones al ente, en particular, de desempeño y de seguimiento de solventación de acciones emitidas.

Resultados de auditorías practicadas.

A continuación se presentan los resultados de las 22 auditorías practicadas a la Comisión Federal de Electricidad. Las auditorías fueron: 1 auditoría de desempeño, 7 financieras y de cumplimiento, y 14 auditorías de inversión física.

3.6.2.1 CFE: EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE TRANSMISIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA.

⎯ Objetivo. Evaluar la congruencia de los objetivos de las actividades de

transmisión y transformación de energía eléctrica con las prioridades de mediano y corto plazos; la eficacia, eficiencia y economía con que se operaron los sistemas de transmisión y transformación de energía eléctrica, a fin de asegurar la entrega del fluido eléctrico con calidad y mantener la disponibilidad y confiabilidad de la red eléctrica; la competencia institucional y de los servidores públicos responsables de la operación de esos sistemas; y la opinión de los usuarios.

⎯ Características de la Revisión. La ASF realizó una auditoría de desempeño y

consideró importante auditar las actividades de transmisión y transformación de energía eléctrica, en razón de que son actividades estratégicas para asegurar el abasto suficiente de energía eléctrica, pues están orientadas a garantizar la confiabilidad y disponibilidad de la red eléctrica de potencia, y tienen impacto económico y social a nivel nacional, ya que el servicio de energía eléctrica tiene una cobertura del 95.0 por ciento de la población del país y atiende la demanda de los sectores industrial, comercial, servicios, agrícola y residencial.

La evaluación de las actividades de transmisión y transformación de energía eléctrica forma parte de las auditorías secuenciales que la ASF tiene planeadas para evaluar el desempeño global de la CFE. A la fecha se han revisado los siguientes procesos: distribución y comercialización de energía eléctrica en 2000, desarrollo y construcción de infraestructura básica en 2002 y generación de energía eléctrica en 2004; y con esta auditoría se termina la secuencia, lo que permitirá realizar una auditoría integral en la Cuenta Pública 2006. Se revisó una muestra de 5 mil 934.1 millones de pesos, que representa el 57.9 por ciento del total del universo; y se realizó en las subdirecciones de Transmisión y del Centro Nacional de Control de Energía.

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⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF observó que no fue posible determinar la eficacia en el cumplimiento del objetivo de asegurar la disponibilidad de la red eléctrica de potencia establecido en el Decreto del PEF para el ejercicio fiscal 2005 y el Plan Estratégico de la Subdirección de Transmisión 2005-2010, debido a que la CFE no operó los indicadores propuestos para el tiempo de indisponibilidad en subestaciones de transformación por falla, ni estableció metas para 2005 en el indicador del tiempo de indisponibilidad de líneas de transmisión.

La ASF determinó que no fue posible evaluar el cumplimiento de los objetivos señalados en el PND y el PROSENER 2001-2006 y en el Decreto del PEF para el ejercicio fiscal 2005, referentes a contar con empresas energéticas públicas de clase mundial y estándares internacionales de calidad, productividad y competitividad, debido a que la CFE no realizó en 2005 la evaluación sistemática de los resultados de sus indicadores de calidad en la entrega del fluido eléctrico, de continuidad del servicio de transmisión de energía eléctrica y de productividad y competitividad del proceso de transmisión y transformación de energía eléctrica respecto de parámetros de empresas de clase mundial. Asimismo, se observa que en 2005 la CFE obtuvo un valor de 5.3 por ciento en el índice de incremento de activos fijos, resultado inferior en 10.7 puntos porcentuales a la meta de 16.0 por ciento.

Asimismo, la ASF señaló que no fue posible evaluar el grado de cumplimiento del objetivo de modernización de las instalaciones de transmisión y transformación establecido en el Plan Estratégico de la Subdirección de Transmisión 2005-2010, debido a que la CFE no realizó la medición y seguimiento del índice de modernización de subestaciones de transformación definido en dicho plan, ni estableció un indicador de modernización de su infraestructura de líneas de transmisión de 400 kV y 230; se señala también que el órgano de fiscalización superior no contó con los elementos para determinar el grado de cumplimiento del objetivo básico de economía en el suministro de energía eléctrica, debido a que para establecer su costo de transformación la entidad no consideró los elementos establecidos en el artículo 6 de las Reglas del Despacho y Operación del Sistema Eléctrico Nacional, como son el uso óptimo de los recursos de red, la asignación de potencia más adecuada según la disponibilidad, las pérdidas en transmisión, las restricciones de la red y los contratos existentes, para lo cual debió considerar la asignación de potencia más adecuada según la disponibilidad, las pérdidas en transmisión, las restricciones de la red y los contratos existentes, en el establecimiento de su indicador de costo unitario de transmisión para medir el objetivo básico de economía.

Por último, la ASF observó que no fue posible evaluar la competencia de los servidores públicos de confianza de Oficinas Nacionales de CFE adscritos a la Subdirección de Transmisión, debido a que la CFE no proporcionó evidencia sobre los perfiles de puesto autorizados en 2005. Además, en los expedientes

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tampoco existe la evidencia que acredite las habilidades, capacitación, conocimientos y aptitudes del personal requeridos para los puestos. Por lo tanto, el organismo no se apegó a lo establecido en el Manual de Organización de 2005 de la Comisión Federal de Electricidad.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 10 observaciones que generaron 13

acciones, de las cuales corresponden: 3 a Recomendación y 10 a Recomendación al Desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales y con el alcance antes señalado, la Comisión Federal de Electricidad cumplió razonablemente con el objetivo de asegurar el suministro de energía eléctrica con calidad, ya que redujo en 18.2 por ciento el número de salidas por falla en las líneas de transmisión y en 71.1 por ciento el tiempo de interrupción por usuario de transmisión; excepto por los resultados con observación que se precisan, entre los que destacan la falta de indicadores estratégicos que permitan medir la disponibilidad de la red eléctrica, la economía en la operación de los sistemas de transmisión y transformación de energía eléctrica y comparar resultados con los de empresas de clase mundial.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La Comisión Federal de Electricidad no cuenta con

información suficiente para evaluar el grado de cumplimiento del objetivo de asegurar la disponibilidad de la red eléctrica; no considera el uso óptimo de la red, la asignación de potencia adecuada según la disponibilidad, las pérdidas en transmisión, las restricciones de la red y los contratos existentes en la determinación de sus costos de transmisión y transformación de energía eléctrica, lo que limita evaluar los resultados en materia de economía. Tampoco cuenta con los elementos requeridos para verificar que se ha consolidado como una empresa de clase mundial, porque no establece metas para evaluar su desempeño de manera sistemática con base en indicadores internacionales de productividad y competitividad.

Se determinó un impacto contable por 691.4 millones de pesos, integrado principalmente por diferencias en el registro contable contra el registro presupuestal, así como la diferencia de registros en cuenta pública.

Como resultado de la revisión practicada, la ASF emitió 13 acciones, orientadas principalmente a asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables; alentar la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa y fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios.

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3.6.2.2 CFE: INGRESOS POR RECURSOS FISCALES EXCEDENTES.

⎯ Objetivo. Verificar que los ingresos fiscales excedentes que establece el PEF para el Ejercicio Fiscal de 2005 se captaron, registraron en la contabilidad, aplicaron a los fines autorizados, presentaron en los Estados Financieros y en la Cuenta Pública, de conformidad con la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento. Su selección tiene como antecedente que de acuerdo con el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta Pública 2005, la CFE recibió 6 mil 300.0 millones de pesos por concepto de "Subsidios y Transferencias del Gobierno Federal", y en el Informe sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública del cuarto trimestre de 2005, se presentaron 7 mil 091.4 millones de pesos de ingresos excedentes destinados a cubrir el mayor costo de los combustibles de la CFE, que no se recupera mediante las tarifas subsidiadas, monto superior en 12.6 por ciento del informado en la Cuenta Pública. También, como resultado de la auditoría practicada a la SHCP con motivo de la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2003, esta dependencia informó que destinó recursos excedentes por 8 mil 364.3 millones de pesos, para cubrir el incremento en el costo de combustibles de la CFE y de LyFC, sin presentar el sustento correspondiente. Se determinó un universo de 33 mil 511.9 millones de pesos, correspondiente al incremento en el costo de combustibles reportado en la Cuenta Pública 2005, de los cuales se seleccionaron 7 mil 091.4 millones de pesos, el 21.2 por ciento, monto equivalente al descuento que efectuó la SHCP, por ese concepto, a los recursos fiscales excedentes establecidos en el Decreto de PEF para el ejercicio fiscal 2005, conforme lo reportó esa dependencia en el Informe Sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública del cuarto trimestre de 2005. El área revisada fue la Dirección de Finanzas de la CFE.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se constató que la Dirección General Adjunta de Programación y Presupuesto de Energía, de la Dirección General de Programación y Presupuesto “B”, adscrita a la SHCP, le autorizó a la CFE siete adecuaciones presupuestarias para el ejercicio 2005. El rubro “Materiales y suministros”, que incluyó el costo de combustibles, se incrementó en 33 mil 511.9 millones de pesos. Para cubrir dicho incremento se utilizaron 18.8 millones de pesos de ingresos excedentes; 947.9 millones de pesos de la disminución de pagos relativos a PIDIREGAS, y 13 mil 814.8 millones de pesos de las disponibilidades financieras, reduciéndose de los gastos presupuestados originalmente para “Materiales y suministros”, 2.7 millones de pesos para aplicar en mantenimiento de inversión física y 47.9 millones de pesos en gastos diversos.

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Destaca la disminución de 947.9 millones de pesos a los pagos relativos a los PIDIREGAS, que se encontraban comprometidos en el presupuesto original a este concepto, pero se autorizó su aplicación para cubrir parte del incremento en Materiales y Suministros; además, se autorizó descontarles 3 mil 005.6 millones de pesos más, para cubrir gastos por Servicios Personales, Pensiones y Jubilaciones, Servicios Generales, Obra Pública, Inversión Financiera y Egresos por Operaciones Ajenas. Sobre el particular, la ASF solicitó que la CFE instruya a quien corresponda para que se aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria sobre la procedencia de disminuir 3 mil 953.5 millones de pesos (suma de 947.9 millones de pesos y 3 mil 005.6 millones de pesos) presupuestados originalmente como comprometidos para Pagos Relativos a Proyectos de Impacto Diferido en el Registro del Gasto (PIDIREGAS), para destinarlos a gastos corriente y de inversión, ajenos a PIDIREGAS, donde destacan Servicios Personales, Pensiones y Jubilaciones, Servicios Generales, Obra Pública, Materiales y Suministros, Inversión Financiera y Egresos por Operaciones Ajenas.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitió una observación que generó una acción correspondiente a una solicitud de aclaración-recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales y de acuerdo a la muestra auditada, la CFE cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la obtención de recursos para cubrir los incrementos en el costo de los combustibles.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se determinó un impacto económico (cuantificación monetaria de lo observado) de 3 mil 953.5 millones de pesos. El importe de las recuperaciones probables es por el mismo monto, por concepto de la disminución de recursos presupuestados originalmente como comprometidos para PIDIREGAS. La acción emitida por la ASF está orientada principalmente a recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal. También con esta acción se busca impulsar la implantación de mejores prácticas gubernamentales.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente auditado.

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3.6.2.3 CFE: "TRN GASODUCTO CD. PEMEX-VALLALODID" PIDIREGAS, INVERSIÓN CONDICIONADA.

⎯ Objetivo. Evaluar la rentabilidad del proyecto para verificar que los resultados se

apegaron a la Ley General de Deuda Pública y a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; asimismo, que se cumplió con la normatividad para su presentación en la Cuenta Pública.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento. Destaca como criterio de selección que en el PEF 2005 se estimó que los flujos netos de efectivo acumulados de este proyecto del año de 2004 al 2008 serían negativos por 437.7 millones de pesos. Se revisaron 1 mil 215.1 millones de pesos, que representan el 100.0% del universo seleccionado, reportados como ingresos en la Cuenta Pública de 2005. Adicionalmente, se revisaron 323.8 millones de pesos que representan el 100.0% de los cargos fijos y variables ejercidos por el servicio de transporte de gas de este gasoducto reportados en la Cuenta Pública de 2005. Las áreas revisadas fueron: la Gerencia de Control y Evaluación Financiera de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) ubicada en México, Distrito Federal y en las subgerencias de Energéticos Sureste y Regional de Generación Termoeléctrica Peninsular, ambas de la Gerencia Regional de Producción Sureste de la CFE, localizada en Veracruz, Ver.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 3 observaciones que generaron 4 acciones

que corresponden a 4 recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales, y respecto de la muestra antes señalada, la CFE cumplió con las disposiciones normativas aplicables a los registros contables del proyecto PIDIREGAS de inversión condicionada “TRN Gasoducto Cd. PEMEX-Valladolid”, excepto por la observación consistente en que se detectó una diferencia por 216.0 millones de pesos de cargos fijos y variables por el servicio de transporte de gas natural de este proyecto PIDIREGAS de inversión condicionada, debido a que no se reportaron en la Cuenta Pública conforme a la facturación efectuada en el año, sino conforme al Sistema Cubo “Essbase”.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se determinó un impacto contable por un monto de

216 millones de pesos (diferencia registros contra Cuenta Pública). Como resultado de la revisión practicada, la ASF emitió 4 acciones, orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables; fortalecer los mecanismos de operación y control y impulsar reformas a la legislación. Con estas acciones se impulsan acciones para promover la implantación de mejores prácticas gubernamentales y 3 para arraigar la cultura de la rendición de cuentas.

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3.6.2.4 CFE: "TRN GASODUCTO SAMALAYUCA" PIDIREGAS, INVERSIÓN CONDICIONADA.

⎯ Objetivo. Evaluar la rentabilidad del proyecto para verificar que los resultados se

apegaron a la Ley General de Deuda Pública y a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; asimismo, que se cumplió con la normativa para su presentación en la Cuenta Pública.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento. Destacan como criterios de selección que el PEF 2005 estimó que el proyecto presentaría flujos negativos acumulados por 417.6 millones de pesos, equivalente al 78.1 por ciento del total de los flujos netos negativos por 534.4 millones de pesos esperados hasta el año de 2007; para el año de 2005 el flujo neto negativo presupuestado fue de 64.5 millones de pesos. Se consideró pertinente evaluar las causas por las que este proyecto no ha sido financieramente viable para la CFE y el impacto en sus finanzas; asimismo, se analizaron los estudios y estrategias de la entidad fiscalizada para renegociar el suministro de gas a las centrales Samalayuca I y II, a través de este gasoducto, una vez terminada la vigencia del actual contrato de transporte de gas en el año de 2007. Se revisaron 149.9 millones de pesos, que representaron el 100.0 por ciento del universo seleccionado, reportados como ingresos en la Cuenta Pública 2005. Adicionalmente, se revisaron 59.7 millones de pesos que representaron el 100.0 por ciento de los cargos fijos y variables ejercidos por el servicio de transporte de gas de este gasoducto. Las áreas revisadas fueron: la Gerencia de Control y Evaluación Financiera localizada en México, Distrito Federal; la Gerencia Regional de Producción Norte, ubicada en Monterrey, Nuevo León; y la Superintendencia de la Central Termoeléctrica Samalayuca de la Subgerencia Regional de Generación Centro Norte, situada en Samalayuca, Chihuahua; asimismo, todas áreas de la CFE.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La CFE y Gasoductos de Chihuahua

suscribieron en febrero de 1997, un "Contrato de Servicio de Transporte de Gas Natural", denominado PIDIREGAS de inversión condicionada "TRN Gasoducto Samalayuca". El gasoducto Samalayuca es propiedad de Gasoductos de Chihuahua, quien fue responsable de construirlo y obtener bajo su exclusiva responsabilidad los fondos para la construcción, terminación, operación y mantenimiento del gasoducto. Se observó que cuando se termine, en diciembre de 2007, la vigencia del contrato de servicio de transporte y del tratamiento del proyecto PIDIREGAS de inversión condicionada, el gasoducto seguirá siendo propiedad de Gasoductos de Chihuahua. Para la ASF resulta conveniente que la CFE considere en lo futuro mecanismos de financiamiento que permitan a la entidad fiscalizada la posesión en propiedad de los activos del proyecto al término de la vigencia del contrato de servicios.

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En los estados financieros de la CFE se informaron obligaciones con Gasoductos de Chihuahua, por las que la entidad fiscalizada se obligó a pagar contraprestaciones, a cambio de que se garantice el transporte de gas; sin embargo, no se especifican, en relación al gasoducto, los montos pactados contractualmente con vencimiento en 2006 y 2007. Se detectó una diferencia de 16.3 millones de pesos de cargos fijos y variables, debido a que la CFE presentó en la Cuenta Pública 2005 los cargos fijos y los variables por el servicio de transporte de gas natural, conforme al sistema Cubo “Essbase” y no conforme a los registros del Sistema SAP R/3 y a la facturación efectivamente pagada durante 2005. La CFE debe decidir la posible extensión del contrato de servicio de transporte de gas natural, en virtud de que la cláusula 32 señala que tiene derecho a extender el plazo de vigencia de este contrato hasta por 10 años, mediante notificación a la empresa transportista, por lo menos con 6 meses de anticipación a que expire su vigencia. La ASF considera que se debe dar seguimiento a la posible renovación del contrato para que se evalúen los términos más convenientes para CFE y no se consideren, en los mismos términos, los pagos de los cargos fijos, o bien optar por negociar otra tarifa como puede ser el caso de la tarifa regulada emitida por la Comisión Reguladora de Energía. En vista de que el proyecto en comento consiste en la contratación de un servicio de transporte de gas natural a través de ducto, en el cual la CFE no tiene inversión que le permita poseer en propiedad los activos del mismo, la ASF no consideró conveniente determinar la rentabilidad del proyecto a través de los flujos netos de efectivo que la CFE presentó en la Cuenta Pública 2005, atribuibles a la utilización del servicio del transporte de gas.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 4 observaciones que generaron 5

acciones, las cuales corresponden a 5 recomendaciones.

⎯ Dictamen. La ASF considera que la CFE cumplió con las disposiciones normativas aplicables a los registros contables del proyecto, excepto por la observación consistente en la detección de una diferencia de 16.3 millones de pesos de cargos fijos y variables por el servicio de transporte de gas natural, debido a que no se reportaron en la Cuenta Pública conforme a la facturación efectuada en el año, sino conforme al Sistema Cubo “Essbase”.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se estima un impacto contable por 16.3 millones

de pesos a causa de diferencias de registros con Cuenta Pública. Las acciones están orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables y fortalecer los mecanismos de operación y control.

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3.6.2.5 CFE: CUENTAS DE BALANCE-ACTIVO, "DEPÓSITOS Y ADELANTOS", SU OTORGAMIENTO, CANCELACIÓN Y/O RECUPERACIÓN.

⎯ Objetivo. Comprobar que el saldo reportado en el balance general correspondió

a derechos reales por parte de la entidad fiscalizada; que las operaciones correspondan a las condiciones convenidas; que los depósitos en garantía efectuados en Nacional Financiera, S.N.C., fiduciaria del Fideicomiso para el Ahorro de Energía Eléctrica (FIDE), estén autorizados y verificar el origen de los recursos otorgados en garantía; constatar la cancelación de la garantía por la recuperación de los créditos otorgados por el FIDE a los usuarios beneficiados por el Programa de Financiamiento para el Ahorro de Energía Eléctrica (PFAEE); asimismo, que su registro contable se realizó con base en la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento. La revisión se llevó a cabo en consideración de que en el Balance General al 31 de diciembre de 2005, la CFE registró en el rubro de "Otros Saldos Deudores" 12 mil 653.1 millones de pesos, cifra superior en 64.5 por ciento al saldo de 2004 (7 mil 690.0 millones de pesos) y de ese importe, el renglón de "Depósitos y Adelantos" registró un saldo por 1 mil 338.5 millones de pesos, superior en 270.4 por ciento al del año anterior (361.4 millones de pesos). Además, con el documento Integración del Saldo por Subdirección, se precisó que de ese saldo forman parte 1 mil 107.4 millones de pesos que fueron registrados por el Corporativo de la CFE por concepto de Depósitos en Garantía, los cuales se incrementaron sustancialmente en el 2005, principalmente por los depósitos en garantía efectuados en Nafin, FIDE, derivados del PFAEE, a usuarios y empleados de la CFE que hubieran adquirido aires acondicionados, refrigeradores, o colocado aislamiento térmico en sus viviendas. Se revisó una muestra de 1 mil 107.4 millones de pesos, lo que representó el 8.8 por ciento del saldo registrado en Otros Saldos Deudores, por 12 mil 653.1 millones de pesos, al 31 de diciembre de 2005. Las áreas revisadas fueron: Las gerencias de Operación Financiera (GOF) y de Procesos Comerciales (GPC), dependientes de la Subdirección de Operación Financiera (SOF) y de la Coordinación Comercial (CC), respectivamente; así como en la Subgerencia de Personal (SGP), adscrita a la Gerencia de Administración (GA), todas ellas de la CFE y así como en el Fideicomiso para el Ahorro de Energía Eléctrica (FIDE).

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. El FIDE otorgó 200 créditos por 2.1

millones de pesos a empleados de la CFE que no cumplieron con los requisitos de elegibilidad; 3,632 usuarios del servicio de energía eléctrica obtuvieron financiamiento del PFAEE, en conjunto, por 4.9 millones de pesos, y al 31 de diciembre de 2005 no efectuaron pagos de su crédito; 55 empleados de la CFE obtuvieron créditos por 556.0 miles de pesos, quienes fallecieron en fechas posteriores, sin que se hubiera recuperado el crédito.

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De 2002 a 2005, la CFE había depositado 1 mil 034.8 millones de pesos para garantizar los créditos que otorga el FIDE; sin embargo, los rendimientos que generaron los recursos en ese periodo por 72.7 millones de pesos no se han enterado a la TESOFE, y 18.0 millones de pesos correspondientes a los rendimientos de 2002 a 2004 se registraron en julio de 2005; asimismo, no reflejó en la "Clasificación Administrativa del Gasto Programable" reportada en la Cuenta Pública los 636.9 millones de pesos, por lo que no se identificó el capítulo de gasto en el cual se aplicó esta erogación.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 11 observaciones que generaron 14

acciones, las cuales corresponden a 6 recomendaciones, 2 solicitudes de aclaración recuperación y 6 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias.

⎯ Dictamen. La ASF considera que, en términos generales, y respecto de la

muestra antes señalada, la CFE no cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la obtención de la autorización de la SHCP para otorgar recursos en garantía, al no revelar en la “Clasificación Administrativa del Gasto Programable” de qué capítulo de gasto se tomaron los recursos para garantizar los créditos, debido a que en los procesos revisados se observó un monto por 717.1 millones de pesos, que representa el 64.8 por ciento de la muestra auditada, a causa de que la CFE no exhibió la autorización de la SHCP para otorgar 636.9 millones de pesos en garantía; el FIDE no ha iniciado las acciones de cobro extrajudicial o judicial en contra de los 3,632 usuarios del programa que no han efectuado pagos por 4.9 millones de pesos, y la CFE no ha reintegrado a la TESOFE recursos por 72.7 millones de pesos.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se determinó un impacto contable por 654.9

millones de pesos. En julio de 2005, CFE registró rendimientos generados en el periodo 2002 a 2004 por 18.0 millones de pesos; la CFE transfirió a NAFIN en el ejercicio fiscal de 2005 un monto de 636.9 millones de pesos, para garantizar los créditos que el FIDE otorga a usuarios y empleados de la CFE, los cuales no se reflejaron en la “Clasificación Administrativa del Gasto Programable” reportada en la Cuenta Pública, por lo que no hay una revelación suficiente que permita identificar de qué capítulo de gasto se tomaron los recursos. Se determinó un impacto económico por 80.3 millones de pesos, de los cuales 73.2 millones de pesos se consideran como recuperaciones probables. Las acciones se orientan principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cumplimiento de la normativa y la legislación; asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

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3.6.2.6 CFE: EGRESOS PRESUPUESTALES POR LA ADQUISICIÓN DE CARBÓN DE IMPORTACIÓN, DEL CAPÍTULO 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones por la adquisición de carbón de

importación se incluyeron en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, y se autorizaron, justificaron y comprobaron; que los materiales y suministros se recibieron en la entidad y que su manejo y control cumplió con la norma; que en los procesos de adjudicación se observó la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; que las modificaciones del presupuesto se efectuaron de acuerdo al Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, y que su registro presupuestal y contable cumplió con la normatividad aplicable; además, evaluar el cumplimiento del objetivo y meta de generación de energía de la Central Termoeléctrica General Plutarco Elías Calles.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría financiera y de

cumplimiento. Las razones para practicar la revisión se vinculan al hecho de que en el detalle del Presupuesto de Egresos de la Cuenta Pública 2005, la CFE registró en el capítulo 2000 "Materiales y Suministros" un presupuesto ejercido por 95 mil 913.2 millones de pesos, superior en 49.1 por ciento al presupuesto original (64 mil 341.7 millones de pesos); asimismo, el presupuesto ejercido representó el 67.4 por ciento de los 142 mil 349.3 millones de pesos ejercidos en los capítulos 1000 "Servicios Personales", 2000 "Materiales y Suministros", 3000 "Servicios Generales" y 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles"; además, no se han realizado revisiones en la Central Termoeléctrica General Plutarco Elías Calles (Petacalco, Gro.), la cual en el 2005 ejerció 4 mil 426.6 millones de pesos por consumo de carbón de importación, que representaron el 94.6 por ciento del total de este combustible (4 mil 677.3 millones de pesos). Se revisó una muestra de 4 mil 426.6 millones de pesos de la partida 2501 "Materias Primas de Producción", que representa el 4.6 por ciento de los 95 mil 913.2 millones ejercidos en el Capítulo 2000 "Materiales y Suministros". Las áreas revisadas fueron: las gerencias de Presupuestos y de Operación Financiera, dependientes de la Subdirección de Operación Financiera; Gerencia de Abastecimientos, adscrita a la Subdirección de Administración; Subgerencia Regional de Energéticos de la Gerencia Regional de Producción Occidente (GRPO); la Superintendencia de Producción y la Unidad Administrativa, dependientes de la Superintendencia General de la Central Termoeléctrica Presidente Plutarco Elías Calles.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF comprobó que la CFE autorizó

el 28 de enero de 1998 un procedimiento en el que se establece que a las recepciones mensuales de carbón se les aplica el 2.0 por ciento para obtener la reserva por merma de cada mes y formular la póliza correspondiente; se comprobó que el 30 de marzo de 2004, se actualizó dicho manual donde se ubicó el porcentaje en 3.0 por ciento. Sin embargo, el Departamento de

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Contabilidad de la Central Termoeléctrica Presidente Plutarco Elías Calles comenzó el registro de la creación de la reserva por mermas de carbón del 2.0 por ciento en el ejercicio de 2003 y a la fecha de la revisión, octubre de 2006, continuaba aplicando dicho porcentaje. Por lo anterior, las cifras consignadas respecto a las mermas registradas en la contabilidad de la Central Termoeléctrica Presidente Plutarco Elías Calles no fueron confiables.

La Central Termoeléctrica Presidente Plutarco Elías Calles ajustó el 1.0 por ciento de la creación de la reserva por mermas de carbón no considerado de marzo de 2004 a septiembre de 2006, por 109.2 millones de pesos, y lo registró en la cuenta "Diferencias Incremento Normal Carbón", derivado de la modificación del procedimiento "Creación de Reserva por Merma de Carbón en las Centrales Generadoras", del Manual de Procedimientos Administrativos, de fecha 30 de marzo de 2004, autorizado por la Gerencia de Contabilidad. Sin embargo, se comprobó que la reserva del 3.0 por ciento para el caso de la Central Termoeléctrica en comento no es congruente con el anexo "Monitoreo y Auditoría del Volumen de Carbón" del Contrato de Prestación de Servicios de Manejo de Carbón, del 22 de noviembre de 1996, ya que en él se establece que, al verificar el volumen de carbón contenido en el patio de almacenamiento por medio de una medición topográfica, se hará una estimación de la diferencia entre el carbón recibido y el entregado a la central; en caso de registrarse mermas o faltantes iguales o mayores del 1.0 por ciento del carbón manejado, el prestador cubrirá el importe de dicho faltante, al precio promedio de carbón adquirido por la CFE en ese año. Al respecto, la CFE aclaró el 22 de noviembre de 2006, que la Gerencia Regional de Producción Occidente solicitó a la Gerencia de Contabilidad su autorización para aplicar el 1.0 por ciento en la reserva para mermas de carbón a la Central Termoeléctrica Presidente Plutarco Elías Calles, dado que la política de reservas establecida en el Manual Institucional de Contabilidad no es la adecuada para este centro de trabajo. Como consecuencia, la ASF recomienda que la CFE instruya a quien corresponda para que se evalúen técnicamente, y en su caso se unifiquen los porcentajes por merma de carbón establecidos en el Manual de Procedimientos Administrativos y en el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y del Principio Básico de Contabilidad Gubernamental "Consistencia".

⎯ Acciones Promovidas. Atendiendo a los informes de la ASF, se emitió una

observación que generó una recomendación.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, la CFE cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la adquisición, control y registro del carbón de importación, así como con el objetivo y meta de generación de energía.

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⎯ Impacto de la Fiscalización. La acción emitida por la ASF está orientada principalmente a impulsar reformas a la legislación para fortalecer los mecanismos de fiscalización en la gestión pública.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

3.6.2.7 CFE: EGRESOS PRESUPUESTALES POR LA ADQUISICIÓN DE COMBUSTÓLEO, DEL CAPÍTULO 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones por la adquisición de combustóleo se

incluyeron en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, y se autorizaron, justificaron y comprobaron; que los materiales y suministros se recibieron por la entidad y que su manejo y control cumplió con la norma; que en los procesos de adjudicación se observó la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; que las modificaciones al presupuesto se hayan efectuado de acuerdo con el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, y que su registro presupuestal y contable se ajustó a la normativa aplicable; además, evaluar el cumplimiento del objetivo y meta de generación de energía de la División General Manzanillo.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría financiera y de

cumplimiento, considerando que en la Cuenta Pública de 2005, la CFE registró en el Capítulo 2000 "Materiales y Suministros" un presupuesto ejercido por 95 mil 913.2 millones de pesos, superior en 49.1 por ciento al presupuesto original (64 mil 341.7 millones de pesos); asimismo, el presupuesto ejercido representó el 67.4 por ciento del presupuesto ejercido en los capítulos 1000 "Servicios Personales", 2000 "Materiales y Suministros", 3000 "Servicios Generales" y 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles".

Del monto total ejercido, la Gerencia Regional de Producción Occidente (segunda en el consumo de combustóleo) participó con 6 mil 499.3 millones de pesos, de los cuales la División General Manzanillo ejerció 4 mil 797.9 millones de pesos, que representan el 73.8 por ciento del total ejercido por esa gerencia, y el 17.2 por ciento del total ejercido por la compra de ese combustible en la Subdirección de Generación (27 mil 817.9 millones de pesos); además, existen antecedentes de falta de recuperación de notas de crédito de reclamaciones a PEMEX Refinación por la recepción de combustible fuera de especificaciones. Se revisó una muestra de 4 mil 797.9 millones de pesos de la partida 2606 “Combustibles para plantas productivas”, que representa el 5.0 por ciento del

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total ejercido en el Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”. Las áreas revisadas fueron: las gerencias de Presupuestos y de Operación Financiera, dependientes de la Subdirección de Operación Financiera; la Gerencia de Combustibles Líquidos y Carbón y la Subgerencia de Energéticos, adscritas a la Subdirección de Energéticos, así como la Superintendencia de Producción de la Central Termoeléctrica Manzanillo.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF constató que con fecha 1° de

enero de 2004, la CFE celebró con PEMEX Refinación un contrato de compra venta de combustóleo pesado, adjudicado en forma directa, con fundamento en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y en la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica. En la cláusula 23 “Vigencia” del mencionado contrato, se estipuló una duración indefinida, sin embargo, la CFE no exhibió la autorización para comprometer recursos de ejercicios subsecuentes, en infracción de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, que establece que en casos excepcionales y debidamente justificados, la SHCP podrá autorizar que se celebren contratos de adquisiciones que rebasen las asignaciones presupuestales aprobadas para el año y que, las entidades al contraer compromisos deberán observar que no impliquen obligaciones con cargo a presupuestos de años posteriores. La ASF recomendó que se instruya a quien corresponda para que antes de comprometer recursos de ejercicios subsecuentes se obtenga la autorización de la SHCP.

También se comprobó que el contrato de compra venta de combustóleo pesado no cumple los requisitos de documento justificativo del gasto, ya que no se estableció el presupuesto mínimo y máximo que podrá ejercerse en la adquisición del combustóleo, y no se señaló con precisión su vigencia, por lo que se infringió el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Comisión Federal de Electricidad emitidas por la Junta de Gobierno, que establece que en los contratos se deberán incluir como mínimo, los requisitos establecidos en el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. La ASF recomendó que se instruya a quien corresponda para que, en lo sucesivo, en los contratos celebrados con PEMEX Refinación se estipule el presupuesto mínimo y máximo que podrá ejercerse en la adquisición de combustóleo, así como su vigencia.

⎯ Acciones Promovidas. En resumen se emitieron 2 observaciones que

generaron 2 acciones preventivas (recomendaciones).

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, la CFE cumplió con las disposiciones normativas aplicables tanto a la programación, presupuestación, procedimiento de

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adjudicación, recepción, pago y comprobación de las erogaciones por la adquisición de combustóleo, como al cumplimiento del objetivo y meta de generación de energía.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Las acciones emitidas por la ASF estuvieron

orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación, a fin de promover la implantación de mejores prácticas gubernamentales.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

3.6.2.8 CFE: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones por servicios generales se incluyeron

en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios; que se autorizaron, justificaron y comprobaron; que los servicios se recibieron en la entidad; que en los procesos de adjudicación se observó la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; que las modificaciones al presupuesto se hayan efectuado de acuerdo con el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, y que su registro presupuestal y contable se ajustó a la normativa aplicable; además, evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas relacionados con los servicios.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría financiera y de

cumplimiento, considerando que en la Cuenta Pública 2005, la CFE registró en el Capítulo 3000 "Servicios Generales" un ejercicio por 23 mil 285.9 millones de pesos. Con el análisis de los pedidos y contratos del ejercicio 2005, se determinó que la CFE fincó 23 mil 673 contratos por 7 mil 309.0 millones de pesos, de los cuales 12 por 2 mil 999.7 millones de pesos, por servicios de fletes en tren, reparación y mantenimiento y programas gubernamentales de seguros, fueron los más representativos; asimismo, existen antecedentes de falta de seguimiento a la recuperación de reclamaciones de siniestros.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF comprobó que de los servicios

proporcionados a la Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas por General Electric International Operations Company Inc., al amparo de un contrato del 13 de diciembre de 2005, y de los cuales se ejercieron 32.1 millones de pesos en el 2005, por el estudio de seguridad consistente en la fase 2 del soporte de análisis de ingeniería para el licenciamiento del incremento de un 20.0 por ciento de la potencia térmica nominal, se registraron presupuestalmente en el concepto “778

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Estimación por Servicios de Ingeniería”, la cual corresponde a la partida presupuestal 3507 “Mantenimiento y Conservación de Plantas e Instalaciones Productivas”, en la cual se registran las asignaciones destinadas a cubrir el gasto de los servicios de mantenimiento y conservación de plantas e instalaciones para la producción, por lo que se debió registrar en la partida 6107 “Servicios Relacionados con Obras Públicas” por tratarse de un estudio técnico; por lo expuesto, el gasto no se registró conforme a la naturaleza de los servicios contratados.

La ASF también comprobó que la Unidad de Administración de Riesgos (UAR) reportó 561 siniestros pendientes de recuperar al 31 de diciembre de 2005, de ellos, 102 se notificaron dentro del plazo establecido, de tres días hábiles después de la fecha del siniestro; sin embargo, de 459 siniestros, las diversas áreas de la CFE en que ocurrieron éstos, remitieron a la UAR el aviso en un plazo mayor al establecido, los cuales van de 1 a 754 días de atraso, lo que demuestra que en un 81.8 por ciento no se gestionaron oportunamente los reclamos ante las compañías aseguradoras y, por lo tanto, la atención y recuperación de las indemnizaciones de los daños se retrace, en contravención del Manual de Procedimientos de la Unidad de Administración de Riesgos. De los 561 siniestros con indemnizaciones pendientes, que datan del 26 de noviembre de 2002 al 16 de diciembre de 2005, la UAR no había obtenido las indemnizaciones respectivas, en incumplimiento de las atribuciones de la Unidad de Administración de Riesgos del Manual de Organización, que establece que la UAR debe supervisar la atención y seguimiento de los siniestros a fin de obtener las indemnizaciones de daños en el menor tiempo.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 2 observaciones que generaron 3 acciones preventivas (recomendaciones).

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra, la CFE cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la adquisición, control y registro de los servicios generales contratados, así como con el objetivo y las metas relacionadas con dichos servicios.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se determinó un impacto contable por 32.1

millones de pesos (operaciones o bienes registradas erróneamente). Este registro presupuestal no se realizó conforme a la naturaleza de los servicios contratados. Las acciones emitidas están orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación, asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables y fortalecer los mecanismos de operación y control. Tales acciones en su conjunto buscan promover la implantación de mejores prácticas gubernamentales y fortalecer los mecanismos de fiscalización en la gestión pública.

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⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente auditado.

3.6.2.9 CFE: EGRESOS PRESUPUESTALES CAPÍTULO 5000 "BIENES MUEBLES E INMUEBLES", PROYECTO R570 OPERAR Y MANTENER LOS PROCESOS DE DISTRIBUCIÓN Y COMERCIAL.

⎯ Objetivo. Comprobar que las adquisiciones se planearon, programaron,

contrataron y ejecutaron de conformidad con la legislación aplicable. ⎯ Características de la Revisión. Se llevó a cabo una auditoría de Inversión

Física, la cual fue seleccionada con base en la necesidad de evaluar en el reporte Programático Económico del Gasto, el Flujo de Efectivo presentado en la Cuenta Pública 2005, ya que se reportó por parte de la Comisión Federal de Electricidad que se ejercieron 571.2 millones de pesos en el Capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles" proyecto R570 Operar y Mantener los Procesos de Distribución y Comercial lo que representó el 100 por ciento de incremento del presupuesto inicial que no presentó asignación. La revisión tuvo un universo seleccionado de 500 millones de pesos y contó con una muestra auditada efectiva de 223.3 millones de pesos. Se examinaron ocho contratos, seis de ellos con la modalidad de “contratos abiertos”, en los que se revisó el 44.7 por ciento del importe ejercido por la CFE durante 2005. Las áreas revisadas fueron la Gerencia de Abastecimientos, la Gerencia de Créditos, la Gerencia de Operación Financiera en la Ciudad de México, D.F., División de Distribución del Noroeste en Hermosillo, Son., División de Distribución Golfo Norte en Monterrey, N.L., y División de Distribución Jalisco en Guadalajara, Jal.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se observó que la CFE autorizó la

primera modificación al contrato núm. 9100001838 para ampliar el plazo de entrega de los bienes hasta el 31 marzo de 2005, cuando la fecha de entrega original contractualmente era el 28 de febrero de 2005. Al respecto, la entidad argumenta que el contrato se firmó el 21 de febrero de 2005 y que el proveedor sólo contaba con 7 días para efectuar la primera entrega. Lo anterior significó que la CFE otorgó al proveedor condiciones más ventajosas en incumplimiento a la normatividad vigente que establece que las entidades deben abstenerse de hacer modificaciones de cualquier tipo que implique otorgar condiciones más ventajosas a un proveedor comparadas con las establecidas originalmente.

Por otra parte, la solicitud de prórroga del proveedor para modificar el plazo de entrega de bienes la presentó a la CFE con fecha del 3 de marzo de 2005, tres días después de que el plazo de entrega contractual se había vencido, en incumplimiento del contrato y a los Lineamientos Relacionados con el

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Cumplimiento de Contratos de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la CFE, que establecen que si el plazo pactado para la entrega de los bienes ha vencido, el diferimiento en la entrega de los bienes no procederá. Por lo tanto, las entregas realizadas después del 28 de febrero de 2005, debieron penalizarse al no entregarse los bienes en la fecha pactada originalmente por 5.8 millones de pesos, importe de la fianza de cumplimiento, de acuerdo con la cláusula novena del contrato. El cálculo de la penalización lo realizó la ASF considerando los bienes no entregados y que no podrá exceder el monto de la garantía de cumplimiento.

Por lo anterior la ASF decidió promover una recomendación en el sentido de solicitar que la CFE instruya a quien corresponda para que, en lo sucesivo, en las modificaciones contractuales no otorgue ventajas a los proveedores respecto de las condiciones establecidas originalmente.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 2 observaciones que generaron 3

acciones, 2 Recomendaciones y 1 a Pliego de Observaciones. ⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales y con alcance antes señalado, la Comisión Federal de Electricidad cumplió razonablemente con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación y ejecución de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación que se precisan en el apartado correspondiente del informe.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión se determinó un

impacto económico de 5.8 millones de pesos, importe que representa el monto de las operaciones observadas, las cuales no necesariamente implican recuperaciones o daños a la Hacienda Pública Federal y estarán sujetas a las aclaraciones que se efectúen, en los plazos establecidos para tal fin. También se encontró que la entidad efectúo un pago por 213.6 miles de pesos, de una factura que no correspondía al contrato revisado. Como resultado de la revisión practicada, la Auditoría Superior de la Federación pretende recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal, fortalecer los mecanismos de operación y control y propiciar la eficiencia y eficacia de la acción pública.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No hubo comentarios por parte de la

entidad fiscalizada.

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3.6.2.10 CFE: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", PROYECTO "CONSTRUCCIÓN DE SUBESTACIONES Y LÍNEAS DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA RESIDENCIA NORESTE", EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se llevó a cabo una auditoría de Inversión

Física, la cual fue seleccionada con base en la necesidad de evaluar los contratos a precios unitarios núms. 031087, 0310102 y 0310103 correspondientes al Proyecto Construcción de Subestaciones y Líneas de Transmisión Eléctricas Residencia Noreste, con sede en el estado de Nuevo León, por la importancia del avance financiero de 152.4 millones de pesos reportado por la Comisión Federal de Electricidad en la Cuenta Pública 2005. La auditoría tuvo un universo seleccionado de 152.4 millones de pesos y contó con una muestra auditada de 132.2 millones de pesos. Se revisó una muestra del total de conceptos que integraron la ejecución de las obras, por ser representativa del monto ejercido y por ser susceptibles de verificarse y cuantificarse, tanto en planos como en campo. Las áreas revisadas fueron la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, la Subdirección de Construcción y Residencia Regional de Construcción de Proyectos de Transmisión y Transformación Noreste.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Como resultado de la revisión se

constató que en el contrato número 031087 no se constituyó la garantía de vicios ocultos, en infracción de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Al respecto la Residencia Regional de Construcción de Proyectos de Transmisión y Transformación Noreste instruyó a los residentes Técnico, de Contratación, y de Obra en las zonas Metropolitana, Chihuahua y Frontera, para que se implementaran las acciones necesarias, en el ámbito de su competencia, para evitar recurrir en tales observaciones. Sin embargo, aun cuando la entidad instruyó a los residentes, el de obra recepcionó los trabajos sin contar con la garantía de vicios ocultos, en infracción de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Respecto del contrato número 0310103 se comprobó que, en términos generales, la obra se realizó de acuerdo con el proyecto respectivo y con las normas de construcción generales y específicas de la entidad, que se llevaron a cabo los estudios previos necesarios, que los precios unitarios que se pagaron coincidieron con los acordados en el contrato, que el IVA se aplicó correctamente y que los anticipos otorgados a la contratista se amortizaron en su totalidad; sin embargo, se determinó un importe por recuperar a favor de la entidad de 20.5

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miles de pesos, debido a un cálculo incorrecto por la penalización aplicada a la contratista, por incumplimiento del programa convenido, por lo que la ASF emitió una Solicitud de Aclaración-Recuperación para que la CFE instruya a quien corresponda para que se aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria respectiva. También se detectó que la entidad realizó un pago en exceso de 17.8 miles de pesos en el concepto 01 Ext. “Construcción del banco de ductos ahogados en concreto mediante excavación a cielo abierto en material tipo III (encofrado) en área de canal, con poliducto flexible”, por lo que la ASF mediante una Solicitud de Aclaración-Recuperación requiere a la CFE para que instruya a quien corresponda para que se aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de ese monto por concepto del pago en exceso ocasionado por la incorrecta aplicación de la cantidad en el básico de la excavación.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 3 observaciones que generaron 6

acciones, 3 Recomendaciones, 1 Promoción de Intervención de la Instancia de Control y 2 Solicitudes de Aclaración-Recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales y respecto de la muestra señalada, la Comisión Federal de Electricidad cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación y pago.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Con motivo de la acción fiscalizadora se determinó

un impacto económico de 38.3 miles de pesos, importe que representa el monto de las operaciones observadas, las cuales no necesariamente implican recuperaciones o daños a la Hacienda Pública Federal y estarán sujetas a las aclaraciones que se efectúen, en los plazos establecidos para tal fin.

La Auditoría Superior de la Federación emitió acciones orientadas principalmente a investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas que permitan recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control así como promover la implantación de mejores prácticas gubernamentales.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No existieron comentarios por parte de

la entidad fiscalizada.

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3.6.2.11 CFE: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", PROYECTO "CONSTRUCCIÓN DE SUBESTACIONES Y LÍNEAS DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICAS RESIDENCIA DEL CENTRO", EN EL ESTADO DE GUANAJUATO.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se llevó a cabo una auditoría de Inversión

Física, la cual fue seleccionada con base en la necesidad de evaluar el contrato a precios unitarios núm. 041036 correspondiente al Proyecto Construcción de Subestaciones y Líneas de Transmisión Eléctricas Residencia del Centro, con sede en el estado de Guanajuato, por la importancia del avance financiero de 183.7 millones de pesos reportado por la CFE en la Cuenta Pública 2005. La auditoría tuvo un universo seleccionad de 183.7 millones de pesos y contó con una muestra auditada de 165.8 millones de pesos; se revisó una muestra del total de conceptos que integraron la ejecución de la obra, por ser representativa del monto ejercido y por ser susceptible de verificarse y cuantificarse tanto en planos como en campo. Las áreas revisadas fueron la Subdirección de Construcción y la Residencia Regional de Construcción de Proyectos de Transmisión y Transformación Centro.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Como resultado de la revisión se

constató que en términos generales, se comprobó que la obra se realizó de acuerdo con el proyecto respectivo y con las normas de construcción generales y particulares del contrato; que se llevaron a cabo los estudios previos necesarios; que se cumplió el programa de obra; que los precios unitarios que se pagaron coincidieron con los acordados en el contrato; que los descuentos contractuales y el IVA se aplicaron correctamente; y que los anticipos otorgados a la contratista se amortizaron en su totalidad. Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su reglamento.

⎯ Acciones Promovidas. No existieron acciones promovidas de ningún tipo. ⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales y respecto de la muestra señalada, la Comisión Federal de Electricidad cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La revisión no contempla impacto alguno. ⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No existieron comentarios por parte de

la entidad fiscalizada.

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3.6.2.12 CFE: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", PROYECTO "CONSTRUCCIÓN DE SUBESTACIONES Y LÍNEAS DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICAS RESIDENCIA OCCIDENTE", EN EL ESTADO DE JALISCO.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se llevó a cabo una auditoría de Inversión

Física, la cual fue seleccionada con base en la necesidad de evaluar el contrato a precios unitarios núm. RROC-AD-CO-01-05, correspondiente al Proyecto Construcción de Subestaciones y Líneas de Transmisión Eléctricas Residencia Occidente, con sede en el estado de Jalisco, por la importancia del avance financiero de 22.3 millones de pesos reportado por la CFE en la Cuenta Pública 2005. La revisión contó con un universo seleccionado de 22.3 millones de pesos y contó con una muestra auditada de 19.9 millones de pesos en donde se revisó una muestra del total de conceptos que integraron la ejecución de la obra, por ser representativa del monto ejercido y por ser susceptible de verificarse y cuantificarse, tanto en planos como en campo. Las áreas revisadas fueron la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, la Subdirección de Construcción y Residencia Regional de Construcción de Proyectos de Transmisión y Transformación Occidente.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se detectó un pago en exceso de mil

dólares (10.7 miles de pesos) por diferencia entre los volúmenes pagados y los cuantificados en los planos “como construido”, lo que infringió el Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Sin embargo, la observación fue atendida, ya que la Gerente de Control y Evaluación Financiera de la CFE envió copia de la transferencia electrónica por 13.8 miles de pesos de la empresa ABB México, S.A., a la cuenta de CFE, de los cuales, 11.6 miles de pesos corresponden al monto observado, 0.4 miles de pesos a intereses y 1.8 miles de pesos al IVA del monto observado y de los intereses.

La ASF emitió una recomendación en el sentido de Instruir a la Comisión Federal de Electricidad para que ordene a quien corresponda para que se paguen únicamente los volúmenes de obra ejecutados realmente.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 4 observaciones que generaron 4 acciones

que son recomendaciones. ⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales, y respecto

de la muestra señalada, la CFE cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación y pago.

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⎯ Impacto de la Fiscalización. Se determinó un impacto económico de 13.8 miles de pesos, importe que representa el monto de las operaciones observadas, las cuales no necesariamente implican recuperaciones o daños a la Hacienda Pública Federal y estarán sujetas a las aclaraciones que se efectúen, en los plazos establecidos para tal fin. Como resultado de la revisión practicada, la ASF pretende fortalecer los mecanismos de operación y control, así como promover la implantación de mejores prácticas gubernamentales.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No existieron comentarios por parte de

la entidad fiscalizada.

3.6.2.13 CFE: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", PROYECTO "CONSTRUCCIÓN DE SUBESTACIONES Y LÍNEAS DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICAS RESIDENCIA SURESTE", EN EL ESTADO DE VERACRUZ.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se llevó a cabo una auditoría de Inversión

Física, la cual fue seleccionada con base en la necesidad de evaluar el contrato a precios unitarios núm. 041024 correspondiente al Proyecto Construcción de Subestaciones y Líneas de Transmisión Eléctricas Residencia Sureste, con sede en el estado de Veracruz, por la importancia del avance financiero de 93.9 millones de pesos reportado por la CFE en la Cuenta Pública 2005. La revisión contó con un universo seleccionado de 93.9 millones de pesos y una muestra auditada 89.7 millones de pesos se revisó una muestra del total de conceptos que integraron la ejecución de la obra, por ser representativa del monto ejercido y por ser susceptible de verificarse y cuantificarse tanto en planos como en campo. Las áreas revisadas fueron la Subdirección de Construcción y la Residencia Regional de Construcción de Proyectos de Transmisión y Transformación Sureste.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se comprobó que, en términos

generales, la obra se realizó de acuerdo con el proyecto respectivo y con las normas de construcción generales y particulares del contrato; que se llevaron a cabo los estudios previos necesarios; que se cumplió el programa de obra; que los precios unitarios que se pagaron coincidieron con los acordados en el contrato; que los descuentos contractuales y el IVA se aplicaron correctamente; y que los anticipos otorgados al contratista se amortizaron en su totalidad. Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su reglamento.

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⎯ Acciones Promovidas. No hubo acciones promovidas. ⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales, y respecto

de la muestra señalada, la CFE cumplió, en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No existe impacto de ningún tipo en esta revisión.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No existieron comentarios por parte

del ente auditado.

3.6.2.14 CFE: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", REVISIÓN DE CONTRATOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA Y SUPERVISIÓN DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL CAJÓN, EN EL ESTADO DE NAYARIT.

⎯ Objetivo. Comprobar que el contrato mixto celebrado para la construcción de la

central hidroeléctrica y el contrato de la supervisión del proyecto hidroeléctrico se licitaron y contrataron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversiones físicas

para lo cual se seleccionó el Proyecto Hidroeléctrico El Cajón, por su importancia para generar energía eléctrica en el área occidental del país. Se revisaron los aspectos normativos del proceso de licitación y contratación de los contratos PIF- 005/2003 y 032001. La revisión se llevó a cabo en la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, Subdirección de Construcción, Coordinación de Proyectos Hidroeléctricos y Residencia General de Construcción del Proyecto Hidroeléctrico El Cajón.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF constató que en las bases de

licitación, mediante las cuales se adjudicó el contrato mixto núm. PIF- 005/2003, el anexo OT-2 Catálogo de conceptos, que incluyó la entidad en su Sistema de Información de Proyectos, no fue firmado por el responsable del proyecto en la sección de precios unitarios. Asimismo, se observaron irregularidades como la ausencia rúbricas en las bases de la licitación y de firmas en sus anexos.

⎯ Acciones Promovidas. se emitieron 2 observaciones que generaron 2

recomendaciones.

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⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de los alcances auditados, la Comisión Federal de Electricidad cumplió, en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la licitación y contratación.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la

Auditoría Superior de la Federación emitió 2 acciones, orientadas principalmente a fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. Para la observación relacionada con el

catálogo de conceptos, sección precios unitarios, que no firmó el responsable del proyecto, mediante el oficio núm. XL000-022/07 del 25 de enero de 2007, la Gerente de Control y Evaluación Financiera de la CFE informó que con el oficio HMM/7A/046 del 25 de enero de 2007, el Coordinador de Proyectos Hidroeléctricos manifestó que el anexo OT-2 Catálogo de conceptos, contiene conceptos a precio alzado y a precios unitarios, y que con base en la definición de dicho catálogo establecido en la Sección 7, Modelo de contrato, de las bases de licitación, se elaboró y firmó únicamente la parte correspondiente a precios unitarios del anexo OE-5A.

Para la observación relacionada con el contrato núm. 032001, en el que los participantes omitieron rubricar el anexo AT7, mediante el oficio núm. XL000-023/07 del 29 de enero de 2007, la Gerente de Control y Evaluación Financiera informó que con el oficio núm. FSC-097/07 del 25 de enero de 2007, el Residente General del PH El Cajón comentó que los licitantes y los servidores públicos de la CFE determinaron en el acto de apertura técnica firmar los anexos AT5 y AT6, por ser los documentos más importantes de la propuesta técnica, con lo que se dio cumplimiento al artículo 37, fracción II, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, además de que dicho documento contiene el programa calendarizado de ejecución general de los servicios y refleja el porcentaje del avance en la ejecución de los mismos y la entrega del producto, y no el anexo AT7 Programas calendarizados, ya que estos programas se encuentran contenidos en el anexo AT6, por lo que por un error involuntario se señaló firmar el anexo AT7 en el punto 4, párrafo quinto, del anexo AT1 Instrucciones para los Licitantes de las Bases de Licitación.

Del anexo AT5, Organigrama para el desarrollo de los servicios, hace alusión al organigrama que fue firmado por los licitantes y servidores públicos presentes y no la relación de personal que estaría en la obra, contenida en los folios núms. 1379 al 1382.

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3.6.2.15 CFE: PROYECTO LÍNEA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA 609 TRANSMISIÓN NOROESTE - OCCIDENTAL, EN EL ESTADO DE SINALOA.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversiones físicas

para lo cual se seleccionó el contrato a precio alzado núm. PIF-006/2004 de inversión financiada directa, correspondiente al Proyecto "Línea de Transmisión Eléctrica 609 Transmisión Noroeste-Occidental, con sede en el estado de Sinaloa", a cargo de la CFE, por la importancia del avance financiero de su inversión financiada acumulada por un mil 367.2 millones de pesos, registrado en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2005. Se revisó una muestra del total de conceptos que integraron la ejecución de las obras, por ser representativa del monto ejercido y por ser susceptibles de verificarse y cuantificarse, tanto en planos como en campo. La muestra tuvo un alcance de 1 mil 020.2 millones de pesos que representan el 74.6 por ciento del total de 1 mil 367.2 millones de pesos del universo. La revisión se llevó a cabo en la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, la Subdirección de Construcción, la Residencia de Supervisión del Proyecto, las Residencias Regionales de Construcción de Proyectos de Transmisión y Transformación Noroeste y Occidente.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se comprobó que el proyecto de la

obra amparada por el contrato a precio alzado núm. PIF-006/2004 cumplió con el dictamen favorable de un experto sobre el análisis de factibilidad técnica, económica y ambiental; que la obra se planeó, programó, presupuestó, licitó, contrató y ejecutó, de conformidad con la normatividad vigente aplicable a los proyectos Pidiregas; que el gasto ejercido en las obras se ajustó a las asignaciones presupuestarias autorizadas; que se aplicaron correctamente los sistemas de supervisión y de control de calidad de las obras; que las cantidades de obra estimadas correspondieron con las ejecutadas; que se realizaron los estudios previos necesarios; que los trabajos se ejecutaron de acuerdo con los programas de obra autorizados, que el precio alzado que se pagó coincidió con el acordado en el contrato; que su funcionamiento y puesta en operación se ajustó a lo establecido en el proyecto; que no se otorgó anticipo ni se realizó pago alguno sino hasta la aceptación provisional de las obras, y que los descuentos contractuales y el IVA se aplicaron correctamente.

⎯ Acciones Promovidas. No se emitieron acciones.

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⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra señalada, la CFE cumplió, en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No se registro impacto alguno.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

3.6.2.16 CFE: PROYECTO REHABILITACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA CENTRAL GENERADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA ADOLFO LÓPEZ MATEOS, EN EL ESTADO DE VERACRUZ.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversiones físicas

Seleccionándose el contrato a precio alzado núm. PIF-022/2004 de inversión financiada directa, correspondiente al Proyecto "Rehabilitación y Modernización de la Central Generadora de Energía Eléctrica Adolfo López Mateos, en el estado de Veracruz", a cargo de la CFE, por la importancia del avance financiero de su inversión financiada acumulada por 329.6 millones de pesos, registrado en la Cuenta Pública 2005. Se revisó una muestra del total de conceptos que integraron la ejecución de las obras, por ser representativa del monto ejercido y por ser susceptibles de verificarse y cuantificarse, tanto en planos como en campo. La muestra auditada comprendió el 100 por ciento del universo de 329.6 millones de pesos. La revisión se llevó a cabo en la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, la Subdirección de Generación y Residencia de Supervisión de la Central Generadora de Energía Eléctrica Adolfo López Mateos.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se comprobó que el proyecto de la

obra amparada por el contrato a precio alzado núm. PIF-022/2003 cumplió con el dictamen favorable de un experto sobre el análisis de factibilidad técnica, económica y ambiental; que la obra se planeó, programó, presupuestó, licitó, contrató y ejecutó, de conformidad con la normatividad vigente aplicable a los proyectos Pidiregas; que el gasto ejercido en las obras se ajustó a las asignaciones presupuestarias autorizadas; que se aplicaron correctamente los sistemas de supervisión y de control de calidad de las obras; que las cantidades de obra estimadas correspondieron con las ejecutadas; que se realizaron los estudios previos necesarios; que se incumplió con los programas de obra

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autorizados, por lo que la entidad aplicó una pena convencional de 322.9 miles de pesos; que el precio alzado que se pagó coincidió con el acordado en el contrato y con el tipo y calidad de los materiales especificados; que no se otorgó anticipo ni se realizó pago alguno sino hasta la aceptación provisional de las obras, y que los descuentos contractuales y el IVA se aplicaron correctamente.

Se observaron 2 irregularidades que corresponden a la falta de supervisión respecto del cumplimiento de los contratos de obra en lo relativo a los plazos para la elaboración de los finiquitos de obra.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 2 observaciones que generaron 2

acciones, de las cuales corresponden: 2 a Recomendación.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra señalada, la Comisión Federal de Electricidad cumplió, en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la

Auditoría Superior de la Federación emitió 2 acciones, orientadas principalmente a fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. Para las observaciones en las que se

omitió incluir en el contrato el plazo para elaborar el finiquito y en las que los certificados de aceptación provisional se emitieron antes de elaborar el finiquito, mediante el oficio núm. XL000–0346/06 del 19 de diciembre de 2006, la Gerente de Control y Evaluación Financiera de la CFE informó que la cláusula 18.1 del contrato establece que dentro de los 15 días siguientes a la recepción de la notificación de terminación de la obra, la comisión deberá verificarlas debidamente y, posteriormente, la comisión deberá elaborar el finiquito en los términos del artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, emitiendo el certificado de aceptación provisional correspondiente en un plazo de 15 días.

Por tanto, la comisión tiene 15 días para verificar la terminación de las obras y otros 15 para elaborar el finiquito y emitir el certificado de aceptación provisional, periodos que cumplen con el artículo 46, fracción IV, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

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3.6.2.17 CFE: PROYECTO REHABILITACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA CENTRAL GENERADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA GRAL. MANUEL ÁLVAREZ MORENO, EN EL ESTADO DE COLIMA.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversiones físicas

seleccionándose el contrato a precio alzado núm. PIF-017/2003 de inversión financiada directa, correspondiente al Proyecto "Rehabilitación y Modernización de la Central Generadora de Energía Eléctrica Gral. Manuel Álvarez Moreno, en el estado de Colima", a cargo de la CFE, por la importancia del avance financiero de su inversión financiada acumulada por 530.3 millones de pesos, registrado en la Cuenta Pública 2005. Se revisó una muestra del total de partidas que integraron la ejecución de las obras, por ser representativa del monto ejercido y ser susceptible de verificarse y cuantificarse, tanto en planos como en campo. La muestra auditada comprendió el 100 por ciento del universo de 530.3 millones de pesos. La revisión se llevó a cabo en la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, la Subdirección de Generación y Residencia de Supervisión.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se comprobó que el proyecto de la

obra amparada por el contrato a precio alzado núm. PIF-017/2003 cumplió con el dictamen favorable de un experto sobre el análisis de factibilidad técnica y económica; que la obra se planeó, programó, presupuestó, licitó, contrató y ejecutó de conformidad con la normatividad vigente aplicable a los proyectos Pidiregas; que el gasto ejercido en las obras cumplió las asignaciones presupuestarias autorizadas; que se aplicaron correctamente los sistemas de supervisión y de control de calidad de las obras; que las cantidades de obra estimadas correspondieron con las ejecutadas; que se realizaron los estudios previos necesarios; que los trabajos se ejecutaron de acuerdo con los programas de obra autorizados; que el precio alzado que se pagó coincidió con el acordado en el contrato y con el tipo y calidad de los materiales especificados; y que su funcionamiento y puesta en operación se ajustó a lo establecido en el proyecto; que no se otorgó anticipo ni se realizó pago alguno sino hasta la aceptación provisional de las obras, y que los descuentos contractuales y el IVA se aplicaron correctamente.

⎯ Acciones Promovidas. No se promovieron acciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra señalada, la CFE cumplió, en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago.

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⎯ Impacto de la Fiscalización. No se registró impacto alguno.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente auditado.

3.6.2.18 CFE: PROYECTO REHABILITACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA CENTRAL GENERADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA SALAMANCA, EN EL ESTADO DE GUANAJUATO.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversiones físicas

para lo cual se seleccionó el contrato a precio alzado núm. PIF-014/2004 de inversión financiada directa, correspondiente al Proyecto "Rehabilitación y Modernización de la Central Generadora de Energía Eléctrica Salamanca, en el estado de Guanajuato ", a cargo de la CFE, por la importancia del avance financiero de su inversión financiada acumulada por 348.7 millones de pesos, registrado en la Cuenta Pública 2005. Se revisó el total de conceptos que integraron la ejecución de las obras, por ser susceptible de verificar y cuantificar, tanto en planos como en campo. La muestra auditada comprendió el 100 por ciento de inversión financiada acumulada. La revisión se llevó a cabo en La Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, la Subdirección de Generación y la Residencia de Supervisión del Proyecto 92 RM Salamanca.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se observaron irregularidades relacionadas con los certificados de aceptación provisional de las unidades U3 y U4 del 7 de junio y 14 de diciembre de 2005, los cuales se emitieron antes de la elaboración del finiquito; asimismo, se observó que la entidad omitió notificar al contratista por medio de su representante legal o su superintendente de construcción, la fecha, lugar y hora en que se llevaría a cabo el finiquito de obra.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 2 observaciones que generaron

2 recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra señalada, la Comisión Federal de Electricidad cumplió, en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago.

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⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la Auditoría Superior de la Federación emitió 2 acciones, orientadas principalmente a fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. Para ambas observaciones, mediante

el oficio núm. XL000–0346/06 del 19 de diciembre de 2006, la Gerente de Control y Evaluación Financiera de la CFE informó que los certificados de aceptación provisional no pueden emitirse después del finiquito, puesto que el artículo 139 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas establece que una vez elaborado el finiquito de los trabajos, la dependencia o entidad dará por terminado el contrato correspondiente, dejando únicamente subsistentes las acciones del finiquito, así como la garantía, por lo que no es factible que el contratista reclame pago posterior a su formalización.

Por tanto, no es posible realizar finiquitos individuales por unidad antes de la aceptación provisional, puesto que es un solo contrato para ambas y no se puede dar por terminado el contrato al emitir la aceptación provisional de cada unidad.

3.6.2.19 CFE: PROYECTO REHABILITACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA CENTRAL GENERADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA TUXPANGO, EN EL ESTADO DE VERACRUZ.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversiones físicas

para lo cual se seleccionó el contrato a precio alzado núm. PIF-012/2004 de inversión financiada directa, correspondiente al Proyecto "Rehabilitación y Modernización de la Central Generadora de Energía Eléctrica Tuxpango, en el Estado de Veracruz", a cargo de la CFE, por la importancia del avance financiero de su inversión financiada acumulada de 19.8 millones de dólares equivalente a 212.9 millones de pesos, registrado en la Cuenta Pública 2005. Se revisó una muestra del total de conceptos que integraron la ejecución de las obras, por ser representativa del monto ejercido y por ser susceptibles de verificarse y cuantificarse, tanto en planos como en campo. La muestra auditada comprendió el 100 por ciento del universo de la inversión financiada acumulada. La revisión se llevó a cabo en la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, la Subdirección de Generación, la Gerencia Regional de Producción Sureste y Superintendencia General de la Central Hidroeléctrica Tuxpango.

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⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se comprobó que el proyecto de la obra amparada por el contrato a precio alzado núm. PIF-012/2004 cumplió con el dictamen favorable de un experto sobre el análisis de factibilidad técnica, económica y ambiental; que la obra se planeó, programó, presupuestó, licitó, contrató y ejecutó de conformidad con la normatividad vigente aplicable a los proyectos Pidiregas; que el gasto ejercido en las obras cumplió las asignaciones presupuestarias autorizadas; que se aplicaron correctamente los sistemas de supervisión y de control de calidad de las obras; que las cantidades de obra estimadas correspondieron con las ejecutadas; que se realizaron los estudios previos necesarios; que los trabajos se ejecutaron de acuerdo con los programas de obra autorizados; que el precio alzado que se pagó coincidió con el acordado en el contrato y con el tipo y calidad de los materiales especificados; y que su funcionamiento y puesta en operación se ajustó a lo establecido en el proyecto; que no se otorgó anticipo ni se realizó pago alguno sino hasta la aceptación provisional de las obras, y que los descuentos contractuales y el IVA se aplicaron correctamente.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 4 observaciones que generaron 4

acciones, las cuales corresponden a 4 recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra señalada, la Comisión Federal de Electricidad cumplió en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la

Auditoría Superior de la Federación emitió 4 acciones, orientadas principalmente a fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

3.6.2.20 CFE: PROYECTO SUBESTACIÓN ELÉCTRICA 402 ORIENTAL-PENINSULAR, EN EL ESTADO DE VERACRUZ.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversiones físicas

para lo cual se seleccionó el contrato a precio alzado núm. PIF-013/2004 de inversión financiada directa, correspondiente al Proyecto "Subestación Eléctrica

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402 Oriental-Peninsular, con sede en el estado de Veracruz", a cargo de la CFE, por la importancia del avance financiero de su inversión financiada acumulada de 3.8 millones de dólares equivalentes a 48.2 millones de pesos, registrado en la Cuenta Pública 2005. Se revisó una muestra del total de conceptos que integraron la ejecución de las obras, por ser representativa del monto ejercido y por ser susceptibles de verificarse y cuantificarse, tanto en planos como en campo, que ascendió a 41.2 millones de pesos, que .correspondió al 85.5 por ciento del total del universo. La revisión se llevó a acabo en la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, Subdirección de Distribución, División Sureste.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se comprobó que el proyecto de la

obra amparada por el contrato a precio alzado núm. PIF-013/2004 cumplió con el dictamen favorable de un experto sobre el análisis de factibilidad técnica, económica y ambiental; que la obra se planeó, programó, presupuestó, licitó, contrató y ejecutó, de conformidad con la normatividad vigente aplicable a los proyectos Pidiregas; que el gasto ejercido en las obras cumplió con las asignaciones presupuestarias autorizadas; que se aplicaron correctamente los sistemas de supervisión y de control de calidad de las obras; que las cantidades de obra estimadas correspondieron con las ejecutadas; que se realizaron los estudios previos necesarios; que se incumplió con los programas de obra autorizados, por lo que la entidad aplicó una pena convencional de 9.8 miles de dólares; que el precio alzado que se pagó coincidió con el acordado en el contrato; que no se otorgó anticipo ni se realizó pago alguno sino hasta la aceptación provisional de las obras, y que los descuentos contractuales y el IVA se aplicaron correctamente.

⎯ Acciones Promovidas. No se promovieron acciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales y respecto de la muestra señalada, la Comisión Federal de Electricidad cumplió en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No se registro impacto alguno.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

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3.6.2.21 CFE: PROYECTO SUBESTACIÓN ELÉCTRICA 708 COMPENSACIÓN DINÁMICAS ORIENTAL-NORTE.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversiones físicas

Seleccionándose el contrato a precio alzado núm. PIF-007/2004 de inversión financiada directa, correspondiente al Proyecto "Subestación Eléctrica 708 Compensación Dinámicas Oriental-Norte", a cargo de la CFE, por la importancia del avance financiero de su inversión financiada acumulada de 41.1 millones de dólares equivalentes a 483.0 millones de pesos, registrado en la Cuenta Pública 2005. Se revisó una muestra del total de conceptos que integraron la ejecución de las obras, por ser representativa del monto ejercido y por ser susceptibles de verificarse y cuantificarse, tanto en planos como en campo. La muestra auditada fue de 443.3 millones de pesos, que correspondió al 91.8 por ciento del total del universo de su inversión financiada acumulada. La revisión se llevó a cabo en la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, la Subdirección de Construcción y Residencias de Construcción del Sureste, Centro y Noroeste.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF determinó que la entidad

modificó los plazos de presentación y apertura de las propuestas en la tercera convocatoria publicada el 13 de marzo de 2003, cuando la presentación de las ofertas en la segunda convocatoria se estableció para el 6 de marzo de 2003, por lo que la modificación debió haberse publicado seis días antes de esta fecha; asimismo, la ASF solicita al Órgano Interno de Control en la CFE que informe a la ASF el resultado de su gestión en relación con la actuación de los servidores públicos que calificaron en tres ocasiones a la empresa Alstom como solvente, sin que ésta cumpliera totalmente con los requisitos solicitados en las bases de licitación.

Por otra parte, la ASF determinó que la entidad realizó un pago en exceso de 30.2 miles de dólares equivalente a 325.5 miles de pesos, por la actualización del ajuste de precios del acero en las tres subestaciones: Cerro de Oro Compensadores Estáticos de Potencia Reactiva (CEV), Pie de la Cuesta CEV y Moctezuma CEV, debido a que consideró volúmenes mayores que los contemplados por la contratista en la lista de insumos, anexo OE-8 de la oferta económica de concurso, en lugar de reconocer únicamente el incremento de costos por tratarse de un contrato a precio alzado.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 5 observaciones que generaron 7

acciones, de las cuales corresponden: 5 a Recomendación, 1 a Promoción de Intervención de la Instancia de Control y 1 a Pliego de Observaciones.

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⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales, y respecto de la muestra señalada, la Comisión Federal de Electricidad cumplió en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se determinó un impacto económico por 325.5

miles de pesos, debido a que consideró volúmenes mayores que los contemplados por la contratista en la lista de insumos, anexo OE-8 de la oferta económica de concurso, en lugar de reconocer únicamente el incremento de costos por tratarse de un contrato a precio alzado.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente auditado.

3.6.2.22 CFE: PROYECTO SUBESTACIONES-LÍNEAS DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICAS 709 SISTEMAS SUR, EN LOS ESTADOS DE MORELOS, AGUASCALIENTES, JALISCO, QUINTANA ROO Y YUCATÁN.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversiones físicas

para lo cual se seleccionó el contrato a precio alzado núm. PIF-016/2004 de inversión financiada directa, correspondiente al Proyecto "Subestaciones-Líneas de Transmisión Eléctricas 709 Sistemas Sur, en los estados de Morelos, Aguascalientes, Jalisco, Quintana Roo y Yucatán", a cargo de la CFE, por la importancia del avance financiero de su inversión financiada acumulada 97.2 millones de dólares equivalente a 1 mil 048 millones de pesos, registrado en la Cuenta Pública 2005.

Se revisó una muestra del total de conceptos que integraron la ejecución de las obras, por ser representativa del monto ejercido y por ser susceptibles de verificarse y cuantificarse tanto en planos como en campo. La muestra auditada correspondió a 762.5 millones de pesos que representan el 72.8 por ciento del total del universo de su inversión financiada acumulada. La revisión se llevó a cabo en la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, Subdirección de Construcción y las Residencias Regionales de Construcción y Supervisión de Líneas de Transmisión y Subestaciones del Centro, Occidente y Peninsular.

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⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se comprobó que el proyecto de la obra amparada por el contrato a precio alzado núm. PIF-016/2004 cumplió con el dictamen favorable de un experto sobre el análisis de factibilidad técnica, económica y ambiental; que la obra en términos generales se planeó, programó, presupuestó, licitó, contrató y ejecutó de conformidad con la normativa vigente aplicable a los proyectos Pidiregas; que el gasto ejercido en las obras se ajustó a las asignaciones presupuestarias autorizadas; que se aplicaron correctamente los sistemas de supervisión y de control de calidad de las obras; que las cantidades de obra estimadas correspondieron con las ejecutadas; que se realizaron los estudios previos necesarios; que se incumplió con los programas de obra autorizados, por lo que la entidad aplicó una pena convencional de un millón de pesos; que el precio alzado que se pagó coincidió con el acordado en el contrato y con el tipo y calidad de los materiales especificados; que no se otorgó anticipo ni se realizó pago alguno sino hasta la aceptación provisional de las obras, y que los descuentos contractuales y el IVA se aplicaron correctamente.

No obstante durante la revisión la ASF determinó diversas irregularidades integradas por pagos en exceso, penas convencionales no aplicadas, cuantificación incorrecta en volúmenes de materiales de obra por un importe de 716.7 miles de pesos, mismas que en el transcurso de la revisión fueron subsanadas por la entidad.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 3 observaciones que generaron

3 recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra señalada, la Comisión Federal de Electricidad cumplió en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se determinó un impacto económico por 716.7

miles de pesos, que en el transcurso de la revisión fueron subsanados por la entidad

Como resultado de la revisión practicada, la Auditoría Superior de la Federación emitió 3 acciones, orientadas principalmente a fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

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3.6.3 COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES S.A. DE C.V. (COMESA)

Atribuciones La Compañía Mexicana de Exploraciones tiene entre sus principales atribuciones, la ejecución ya sea por cuenta propia o por cuenta de terceros, de toda clase de trabajos de exploración geofísica, geológica, fotogeológica, de radioactividad y de topografía; la ejecución de toda clase de trabajos en el ramo de mecánica, electricidad, electrónica e ingeniería; la consultoría técnica y la preparación de toda clase de estudios científicos y de investigación; la perforación de toda clase de pozos ya sea de petróleo, agua, minerales o para la exploración geológica; la manufactura, compra, venta, distribución, importación, exportación, producción, explotación y comercio en general de toda clase de aparatos y equipo mecánico, electromecánico, electrónico y científico; entre otras.

Antecedentes de Auditorías Practicadas a la Compañía Mexicana de Exploraciones, 1999-2004

No se cuenta con registros de auditorías practicadas a la Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V. durante las revisiones de la Cuenta Pública 1999 a 2004.

Resumen de auditorías practicadas 2005

Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública 2005, la ASF llevó a cabo 1 auditoría financiera y de cumplimiento, a la Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V, para revisar los egresos presupuestales del Programa de Hidrocarburos

Comentarios sobre los resultados de las auditorías En términos generales, el ente de fiscalización superior de la Federación determinó en la auditoría realizada a COMESA la existencia de riesgos relevantes que, de no atenderse, tendrían fuertes impactos económicos, por lo cual la ASF emitió su dictamen en sentido negativo a la entidad auditada. Se determinó un impacto económico (recuperación probable) de 566.4 millones de pesos derivado de la falta de documentación comprobatoria de las erogaciones. Se determinó un sobreejercicio de 175.3 millones de pesos que fue cubierta por Compañía Mexicana de Exploraciones a través de ingresos excedentes sin tener la autorización de la SHCP. Se identificó en visita domiciliaria a un proveedor (CAMIN Alimentos, S.A de

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C.V.) de la entidad fiscalizada la falta de documentación que acredite que se encuentra al corriente en cumplimiento de las obligaciones fiscales; no se comprobó tampoco el registro de los trabajadores ante IMSS ni el entero de las cuotas obrero patronal. En virtud de que el trabajo de inspección de la ASF es realizado en pequeña escala, será importante realizar una inspección más sistemática y a mayor escala para determinar la gravedad de este problema que puede tener impactos fiscales importantes. Derivado de la gravedad de irregularidades determinadas, se considera necesario que la entidad auditada sea programada para subsecuentes revisiones por parte de la ASF, en particular de desempeño y de seguimiento.

Resultados de las auditorías practicadas A continuación se presentan los resultados de la auditoría practicada a la Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V en 2005.

3.6.3.1 COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V:

EGRESOS PRESUPUESTALES DEL PROGRAMA DE HIDROCARBUROS

⎯ Objetivo. Verificar si se desarrollaron los proyectos de hidrocarburos de acuerdo

al objeto social y a la capacidad instalada con que cuenta, comprobando que las erogaciones efectuadas por dichos proyectos correspondieron a operaciones autorizadas en el presupuesto, y que su registro presupuestal se ajustó a la normativa, revisando el cumplimiento de los programas asignados a la entidad fiscalizada en relación con el ejercicio del presupuesto del capítulo en revisión.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría Financiera y de

Cumplimiento, la cual fue seleccionada por la relevancia que tiene su presupuesto ejercido durante el ejercicio 2005, por un monto de 1 mil 500.9 millones de pesos, que representó el 77.6 por ciento del total del gasto corriente, y además no contaba con ninguna revisión desde hace 5 años. La muestra auditada fue de 1 mil 072.5 millones de pesos relacionados con los proyectos de hidrocarburos. Las áreas revisadas fueron las gerencias de Finanzas, Administración, Exploración, Producción y el Departamento Jurídico, dependiente de la Dirección General.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF comprobó una reducción en el

presupuesto autorizado 2005 para el Capítulo 3000 “Servicios Generales” de Compañía Mexicana de Exploraciones por 220.3 millones de pesos respecto del presupuesto originalmente aprobado. Sin embargo, la entidad incurrió en un sobrejercicio presupuestal por 175.3 millones de pesos, mismo que fue cubierto

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con recursos de ingresos excedentes sin la autorización de la SHCP. La revisión encontró deficiencias normativas y orgánicas en el Manual de Procedimientos. De la muestra seleccionada por 1,072.6 millones de pesos, se determinó que los servicios adquiridos fueron utilizados para proyectos de exploración y perforación de pozos (sismología tridimensional, sismología bidimensional y servicios de apoyo técnico especializado) en cumplimiento de la normatividad aplicable. La ASF determinó que respecto a la muestra auditada (1 mil 072.5 millones de pesos) las adquisiciones de Compañía Méxicana de Exploraciones S.A. (COMESA) realizadas mediante adjudicación directa en el rubro “Servicios Generales” (Capítulo 3000) significaron 331.4 millones de pesos, cantidad que representó el 30.9 por ciento de la muestra auditada concentrados en 72 contratos; las compras a través de licitaciones públicas representaron 738.9 millones de pesos en 11 contratos y el ente adquirió bienes a través de un contrato bajo la modalidad de invitación a cuando menos tres por 2.2 millones de pesos. Se observó que en 49 contratos (de los 72 contratos) asignados por adjudicación directa representaron la cantidad de 329.1 millones de pesos, y fueron otorgados mediante aprobación del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios (CAAS) de COMESA. De los 84 contratos revisados, se determinó que las áreas usuarias (Producción y Exploración) no remitieron al departamento de Adquisiciones el “Reporte de Conformidad de Recepción de los Servicios Contratados” incumpliendo con la normatividad aplicable. No hay un procedimiento que regule el seguimiento de los contratos y pedidos, lo que hizo que no se contara con una fecha determinada que permita constatar si los proveedores cumplieron con la fecha pactada, para aplicarles según sea el caso una sanción por incumplimiento; no se puede identificar el importe pagado por cada uno de los contratos, ya que las facturas carecen de información que indique a que contrato corresponde. Existen 45 contratos por la cantidad de 566. 3 millones de pesos que no contaron con la documentación requerida que permita verificar que los gastos fueron realizados ya que sólo se cuenta con firma de los servidores públicos responsables de supervisión. Se llevó a cabo dos visitas domiciliarias a las empresas PAECC de México, S.A. de C.V. y a CAMIN Alimentos, S.A de C.V., (las cuales adjudicaron contratos de servicios para Cía. Mexicana de exploraciones) la primera empresa cuenta con toda la documentación que acredita sus obligaciones fiscales, pero CAMIN, no comprobó que se encuentra al corriente en cumplimiento de las obligaciones fiscales; tampoco comprobó el registro de los trabajadores ante IMSS ni el entero de las cuotas obrero patronal.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales, y respecto de la muestra antes señalada, Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V., no cumplió con las disposiciones

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normativas aplicables a la comprobación del gasto de los servicios contratados para llevar a cabo los proyectos de hidrocarburos en virtud de que en los procesos revisados se observó un monto por 741.7 millones de pesos, que representa 69.1 por ciento de la muestra auditada, a causa de las observaciones que se precisan en el apartado correspondiente de este informe.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 6 observaciones que generaron

9 acciones, de las cuales corresponden: 4 a Recomendación y 2 a Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal, 1 a Pliego de Observaciones y 2 a Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF determinó un impacto económico de 741.7

millones de pesos que se deriva de un sobreejercicio presupuestal por 175.3 millones de pesos, y por falta de documentación comprobatoria de las erogaciones 566.4 millones de pesos, estimando en esta última cantidad las recuperaciones probables. La Auditoría Superior de la Federación emitió 9 acciones, orientadas principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; desalentar la evasión fiscal y recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

fiscalizado.

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3.6.4 LUZ Y FUERZA DEL CENTRO

Atribuciones El artículo segundo del Decreto que crea a Luz y Fuerza del Centro (LFC), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de febrero de 1994, le otorga atribuciones para prestar el servicio público de energía eléctrica, utilizar las centrales generadoras, las líneas de transmisión y las subestaciones de potencia que actualmente operan en el centro de la República, aplicándose los criterios técnicos establecidos por la CFE, sin perjuicio de que la CFE, en cumplimiento de las funciones que le encomienda la Ley, tendrá a su cargo la prestación del servicio público de energía eléctrica en todo el territorio nacional inclusive dentro de “la zona” operada por Luz y Fuerza del Centro.

Antecedentes de auditorías practicadas a LFC, 1999-2004 Durante la revisión de la Cuenta Pública de 1999 a 2004, la ASF practicó a Luz y Fuerza del Centro 41 auditorías, de las cuales 1 fue de desempeño, 17 financieras y de cumplimiento, 22 de obra pública e inversión física, así como 1 especial.

Tipo de auditoría Total 1999 2000 2001 2002 2003 2004

Total 41 3 4 1 14 6 13Desempeño 1 0 1 0 0 0 0Regularidad:

Financieras y de Cumplimiento 17 3 2 0 3 3 6Obra Pública e Inversiones Físicas 22 0 1 1 10 3 7Sistemas 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Entidades 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Municipios 0 0 0 0 0 0 0

Especiales 1 0 0 0 1 0 0Seguimiento 0 0 0 0 0 0 0

RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. 1999-2004LUZ Y FUERZA DEL CENTRO

Fuente: Elaborado por la UEC con base en datos de la ASF, Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 1999-2004. Derivado de la práctica de esas auditorías, la ASF promovió 447 acciones que en su mayoría (374) tuvieron carácter preventivo (recomendaciones), en tanto que las acciones correctivas estuvieron conformadas por 41 solicitudes de intervención al Órgano Interno de Control; 31 solicitudes de aclaración y 1 solicitud de intervención de la Instancia Recaudadora. Al 31 de diciembre de 2006, Luz y Fuerza del Centro había solventado el 96.9 por ciento de las acciones promovidas, incluyendo 10 que fueron sustituidas por nuevas acciones. El restante 3.1 por ciento se encuentra en proceso de atención.

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SUB TOTAL% DE

ATENCIÓN ATENDIDAS O PROMOVIDAS

SUSTITUIDAS POR NUEVA

ACCIÓN

BAJAS POR RESOLUCIÓN

JUDICIAL SUB TOTAL

% EN PROCESO DE

ATENCIÓN

TOTAL 447 433 96.9% 423 10 0 14 3.1%

Recomendación 374 362 96.8% 362 0 0 12 3.2%Solicitud de Intervención del OIC 41 41 100.0% 40 1 0 0 0.0%Solicitud de Aclaración 31 29 93.5% 20 9 0 2 6.5%Solicitud de Intervención de la Instancia Recaudadora 1 1 100.0% 1 0 0 0 0.0%

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Denuncia de Hechos 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Fuente: ASF, Informe Estado de Atención y Promoción de las Observaciones-Acciones Emitidas con Motivo de la Revisión de la Cuenta Pública (31-dic-2006).

Que la ASF formula, promueve o presenta:

SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES Y ACCIONES EMITIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 1999-2004LUZ Y FUERZA DEL CENTRO

TIPO DE ACCIÓN TOTAL

EMITIDAS

ATENDIDAS, PROMOVIDAS, SUSTITUIDAS Y BAJAS POR RESOLUCIÓN JUDICIAL EN PROCESO DE ATENCIÓN

Resumen de auditorías practicadas 2005 Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública 2005, la ASF llevó a cabo 13 auditorías a Luz y Fuerza del Centro, de las que 3 fueron financieras y de cumplimiento y 10 de inversiones físicas: Auditorías financieras y de cumplimiento.

⎯ Cuentas de Balance-Activo, "Obras en Proceso". ⎯ Cuentas de Balance-Activo,"Pagos Anticipados", su Otorgamiento, Amortización

y/o Recuperación. ⎯ Egresos Presupuestales por Concepto de "Pensiones y Jubilaciones".

Auditorías de inversión física.

⎯ Egresos Presupuestales del Capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles", Proyecto Adquisición de la Subestación Móvil de 230/23 KV, 45 MVA para dar Energía a Desarrollos Habitacionales de Interés Social, en Cuautitlán Izcalli, Estado de México, (Subestación Cofradía I).

⎯ Egresos Presupuestales del Capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles", Proyecto Adquisición de la Subestación Cofradía II Móvil de 230/23 KV, 45 MVA para dar Energía a Desarrollos Habitacionales de Interés Social, en Cuautitlán Izcalli, Estado de México (Subestación Cofradía II).

⎯ Egresos Presupuestales del Capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles", Proyecto Adquisición de la Subestación Móvil de 85/23 KV, 30 MVA para dar Energía a Desarrollos Habitacionales de Interés Social en Huehuetoca, Estado de México, (Subestación Huehuetoca).

⎯ Egresos Presupuestales del Capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles", Proyecto Adquisición de una Subestación Móvil de 230/23 KV, 45 MVA para dar Energía a Desarrollos Habitacionales de Interés Social en Tecámac, Estado de México, (Subestación Tecámac).

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⎯ Egresos Presupuestales del Capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles", Proyecto Modernizar Parque Vehicular y Equipo Pesado, en el Distrito Federal.

⎯ Egresos Presupuestales del Capítulo 5000 "Bienes Muebles", Proyecto Modernizar y Rehabilitar Equipo de Cómputo y Oficina e Implementar Sistema de Enlace Gubernamental (e-gobierno), en el Distrito Federal.

⎯ Egresos Presupuestales del Capítulo 6000 "Obras Públicas", Proyecto Desarrollar y Construir Sistemas de Distribución en el Distrito Federal.

⎯ Egresos Presupuestales del Capítulo 6000 "Obras Públicas", Proyecto Generación Distribuida, en los Estados de México y Puebla.

⎯ Egresos Presupuestales del Capítulo 6000 "Obras Públicas", Proyecto Rehabilitar y Modernizar las Instalaciones en el Distrito Federal.

⎯ Egresos Presupuestales del Capítulo 6000 "Obras Públicas", Proyecto Rehabilitar y Modernizar las Instalaciones, en el Estado de México.

Derivado de la práctica de las 13 aditorías al ente, la ASF emitió 31 observaciones que derivaron en 33 acciones: 28 (84.9 por ciento) corresponden a recomendaciones, 4 (12.1 por ciento) a solicitudes de aclaración recuperación y una (3.0 por ciento) a pliego de observaciones.

Comentarios sobre los resultados de las auditorías

⎯ Auditorías financieras y de cumplimiento. De las revisiones efectuadas por la ASF destaca que las principales deficiencias de Luz y Fuerza del Centro en su operación general son: la escasa, irregular o en algunos casos inexistente información documental que proporcione datos justificativos y comprobatorios del ejercicio de su gasto por concepto de obras en proceso, como sucede en la auditoría Cuentas de Balance-Activo, Obras en Proceso por un monto de 67.8 millones de pesos, donde no se comprobó la regularidad de la operación de dicho monto. De los resultados de la revisión se infiere en la necesidad de que LFC busque reformar y fortalecer su marco normativo, pues parte del origen de las irregularidades determinadas puede estar en la obsolescencia y rigidez de su marco normativo. Acciones de gran alcance para llevar a cabo mejoras profundas de la entidad pueden derivarse, más que de revisiones de regularidad, de prácticas de auditorías de desempeño, ya que éstas evalúan, entre otros aspectos, el cumplimiento de programas y metas institucionales, así como el impacto sobre su población objetivo. Con relación al tema de “pensiones y jubilaciones” en LFC, destaca que la entidad incurrió en irregularidades, tales como, el no registro en los auxiliares presupuestales de la cifra correcta como aportación de fondo de ahorro de LFC, de acuerdo con el registro de la cuenta de orden fiscal; la no realización de conciliaciones contables,

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presupuestales y analíticas para identificar diferencias, errores u omisiones entre las cifras que registraron las áreas, lo que ocasionó que no se tuvieran elementos suficientes para aclarar dichas irregularidades, lo cual da cuenta de la recurrencia de este tipo de irregularidad en la programación establecida para el pago de las prestaciones a los trabajadores.

⎯ Auditorías de Inversión Física.

Algunas irregularidades determinadas fueron: omisión en los contratos de obra, de términos y plazos certeros para los particulares, con lo que se genera inseguridad jurídica para la entidad y los contratistas; y deficiencias en los controles internos que dan como resultado diferencias importantes entre lo programado y lo realizado. Al respecto, será de la mayor relevancia sancionar la existencia de los deficientes controles de carácter interno, particularmente en sectores clave como el vinculado con infraestructura básica. Por demás importante será el seguimiento estricto a las recomendaciones que se emita a las áreas de oportunidad que se busca mejorar.

Resultados de auditorías practicadas A continuación se presentan los resultados de las 13 revisiones practicadas a LFC en 2005. Las auditorías fueron 3 financieras y de cumplimiento y 10 de inversión física.

3.6.4.1 LFC: CUENTAS DE BALANCE-ACTIVO, "OBRAS EN PROCESO".

⎯ Objetivo. Verificar las causas del incremento en las operaciones registradas con cargo a la cuenta "Obras en Proceso" durante el ejercicio de revisión, y que correspondieron a órdenes de construcción o retiro que se encontraban en proceso de ejecución; verificar el cumplimiento de los presupuestos y tiempos aprobados para el desarrollo de las obras; que correspondan exclusivamente al programa interno de inversión y que los procesos de adquisición de materiales y equipo, así como los pagos y su registro presupuestal y contable se realizaron de acuerdo con la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría financiera y de cumplimiento, la cual fue seleccionada con base en el propósito de revisar la cuenta Obras en Proceso misma que participó con 13 mil 302.8 millones de pesos, es decir, el 17.7 por ciento del total del Activo Fijo por 75 mil 125.5 millones de pesos y registró un incremento de 3 mil 340.8 millones de pesos

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equivalente al 33.5 por ciento en relación con lo reportado el año anterior por 9 mil 961.9 millones de pesos. El universo seleccionado fue de 13 mil 302. 8 millones de pesos y contó con una muestra auditada de 1 mil 757.4 millones de pesos. Para esta revisión se seleccionó de la cuenta “Obras en Proceso”, una muestra de 10 órdenes de construcción y/o retiro por un monto de 1 mil 757.4 millones de pesos que representó el 13.2 por ciento del total registrado en la mencionada cuenta. Las áreas revisadas fueron las gerencias de Contabilidad y de Presupuestos de la Subdirección de Finanzas; y de Obras en Potencia, de Distribución y Proyectos adscritas a la Subdirección de Construcción.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se constató que la entidad fiscalizada

asignó un presupuesto de 62.2 millones de pesos, para la reexpedición de las OCR’s. 61967, 61970 y 62151; sin embargo, la Subdirección de Construcción informó que éstas obras están suspendidas, por lo que se verificó en los auxiliares contables de la Subgerencia de Activo Fijo que se aplicaron recursos en el ejercicio 2005 a las OCR´s en comento por un monto total de 67.8 millones de pesos. Al respecto, se solicitó la aclaración correspondiente a LFC.

Con motivo de la revisión efectuada, la ASF solicitó a LFC que instruyera a quien correspondiese para que aclarara y proporcionara la documentación justificativa y comprobatoria de 67.8 millones de pesos, por concepto de recursos aplicados durante el ejercicio 2005 a obras que la Subdirección de Construcción manifestó que estaban suspendidas.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 5 observaciones que generaron 5 acciones, 4 recomendaciones y una solicitud de aclaración-recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, Luz y Fuerza del Centro cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, registro, control y seguimiento de las obras en proceso excepto por las observaciones que se precisan en el informe, entre las que destacan el que no se capitalizaron seis obras terminadas entre los ejercicios 2003 y 2005 con un valor de 1 mil 295.1 millones de pesos, por lo que las cifras reflejadas en los Estados Financieros respecto a esta cuenta no presentan razonablemente la situación financiera de la entidad fiscalizada; los trabajos de obras se realizaron en predios donde no se contaba con los derechos de vía, y en 2005 se aplicaron recursos por un monto de 67.8 millones de pesos en tres obras que según la Subdirección de Construcción de Luz y Fuerza del Centro están suspendidas.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión se determinó un impacto económico por 67.8 millones de pesos, importe que representa el monto de las operaciones observadas, las cuales no necesariamente implican recuperaciones o daños a la Hacienda Pública Federal y estarán sujetas a las

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aclaraciones que al respecto se realicen, en los plazos establecidos para tal fin. Asimismo, las acciones de la ASF están orientadas a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación, asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables, recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No hubo comentarios de la entidad revisada.

3.6.4.2 LFC: CUENTAS DE BALANCE-ACTIVO, "PAGOS ANTICIPADOS", SU OTORGAMIENTO, AMORTIZACIÓN Y/O RECUPERACIÓN.

⎯ Objetivo. Comprobar que las operaciones registradas en la cuenta "Pagos

Anticipados", representen derechos reales de cobro en favor de la entidad; verificar que en su autorización y otorgamiento de los anticipos se observaron las políticas generales y específicas correspondientes; asimismo, constatar que su recuperación se realizó en forma oportuna; y que su registro contable se efectuó conforme a la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría financiera y de cumplimiento a la cuenta de Pagos Anticipados misma que representó el 72.8 por ciento del total del rubro conocido como Otros Activos y que registró un incremento de 1 mil 887.8 millones de pesos, equivalente a más del 2 mil por ciento en relación con el reportado del año anterior de 92.3 millones de pesos. El universo seleccionado fue de 1 mil 980.1 millones de pesos y contó con una muestra auditada de 1 mil 971.6 millones de pesos mismos que representan el 96.9 por ciento del total registrado en el rubro “Pagos Anticipados” al 31 de diciembre de 2005. Las áreas revisadas fueron las gerencias de Contabilidad, de Presupuestos y de Finanzas de la Subdirección de Finanzas; así como de Adquisiciones y Almacenes, dependiente de la Subdirección de Abastecimiento y Transportes, todas ellas adscritas a LFC.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Con el análisis realizado de la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada, relativa al saldo del anticipo pendiente de amortizar por 14.9 millones de pesos por parte del proveedor Camiones y Motores International de México, S.A de C.V. en adelante el proveedor se constató que se formalizó un contrato entre LFC, por un importe de 60.7 millones de pesos para adquirir grúas hidráulicas, grúas de arrastre y perforadoras hidráulicas. Para garantizar todas y cada una de las obligaciones contraídas en el contrato, el proveedor entregó la fianza correspondiente estableciéndose que los bienes se entregarían dentro de los 120 días naturales

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después de la firma y recepción del contrato. Al respecto, el proveedor con escrito del 15 de diciembre de 2005, solicitó a la Subgerencia de Compras una prórroga para la entrega de los equipos correspondientes a partidas faltantes, a lo que la Subgerencia de Compras le indica al proveedor que no se puede conceder la prórroga.

La entidad fiscalizada notifica al proveedor la rescisión parcial del contrato y posteriormente, el área de lo Contencioso y Consultivo de la Unidad de Asuntos Jurídicos de LFC realizó el reclamo de 2 fianzas, por un monto de 2,696,178.98 dólares americanos. Por su parte con fecha 20 de abril de 2006 la Afianzadora con base en el artículo 121 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, presentó a LFC la propuesta de un convenio para quedar por su garantizada y entregar los bienes de dichas partidas, las que tienen un costo de 2,702,369.81 dólares americanos, y con ese importe cubrir el costo de las fianzas.

El 22 de mayo de 2006, se celebró un convenio de pago entre LFC, Fianzas Monterrey, S.A., y Camiones y Motores International, S.A. de C.V., en donde conforme a la cláusula segunda Fianzas Monterrey, S.A., se obliga a cumplir en forma sustituta la obligación garantizada en las pólizas de fianza. La ASF solicitó que Luz y Fuerza del Centro instruyera a quien corresponda para que se aclarara y proporcionara la documentación justificativa y comprobatoria de 15.5 millones de pesos, por concepto de 17 grúas hidráulicas entregadas el 31 de octubre de 2006. La ASF ordenó que la Gerencia de Aseguramiento de la Calidad realizara la inspección de dichas grúas para su posterior aceptación definitiva, en cumplimiento de la cláusula quinta del convenio de pago celebrado el 22 de mayo de 2006, entre Luz y Fuerza del Centro, Fianzas Monterrey, S.A., y Camiones y Motores International, S.A. de C.V. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitió 1 observación que generó 1 acción, que es una solicitud de aclaración-recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, Luz y Fuerza del Centro cumplió con las disposiciones normativas aplicables al registro, otorgamiento, pago, amortización y recuperación de los pagos anticipados.

⎯ Impacto de la Fiscalización. El impacto de la Fiscalización fue por un monto de 15.5 millones de pesos, importe que representa el monto de las operaciones observadas, las cuales no necesariamente implican recuperaciones o daños a la Hacienda Pública Federal y estarán sujetas a las aclaraciones que se efectúen, en los plazos establecidos para tal fin. Como resultado de la revisión practicada,

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la Auditoría Superior de la Federación emitió 1 acción, orientada principalmente a recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal. Asimismo, con esta acción se impulsa la implantación de mejores prácticas gubernamentales.

3.6.4.3 LFC: EGRESOS PRESUPUESTALES POR CONCEPTO DE "PENSIONES Y JUBILACIONES".

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones por concepto de pensiones y

jubilaciones cumplieron con los requerimientos establecidos en la normativa; que su registro presupuestal y contable cumplió con la norma establecida; además, evaluar el cumplimiento de objetivos y metas respecto a los esquemas de gestión y pago, de acuerdo a sus indicadores de gestión.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría financiera y de cumplimiento considerando que en el estado del ejercicio presupuestal del gasto al 31 de diciembre de 2005, Luz y Fuerza del Centro ejerció 7 mil 703.1 millones de pesos, en el concepto "Pensiones y Jubilaciones" que representó el 39.3 por ciento del gasto corriente de operación de 19 mil 622.9 millones de pesos. Asimismo, este concepto ejerció un 15.3 por ciento (1 mil 019.8 millones de pesos) más que en el 2004. El universo seleccionado para esta revisión fue de 7 mil 703.1 millones de pesos y contó con una muestra auditada de 1 mil 553. 3 millones de pesos, monto que representó el 20.2 por ciento del total ejercido por concepto de pensiones y jubilaciones. Las áreas revisadas fueron las gerencias de Contabilidad, de Presupuestos, Finanzas y en la Coordinación de Remuneraciones y Prestaciones al Personal de Confianza, adscritas a la Subdirección de Finanzas, y en las gerencias de Personal, y de Jubilados adscritas a la Subdirección de Recursos Humanos.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La entidad fiscalizada no registró en sus auxiliares presupuestales la cifra correcta como aportación de fondo de ahorro de LFC, de acuerdo con el registro de la cuenta de orden fiscal, además de que no realizó conciliaciones contables presupuestales analíticas con el fin de identificar diferencias, errores u omisiones entre las cifras que registraron ambas áreas, lo cual ocasionó que no se tuvieran elementos suficientes para aclararlas toda vez que de las cifras contenidas en el documento denominado Relación de Movimientos Presupuestales del 1° de Enero al 31 de Diciembre de 2005, relacionadas con las partidas 29 “Provisión para jubilaciones (confianza)” para el fondo de ahorro, durante el segundo cuatrimestre de 2005, se reportó que la cifra fue de 42.9 millones de pesos, cifra que debió ser de 28.6 millones de pesos, por lo que se determinó una diferencia por 14.3 millones de pesos; dicha diferencia se registró como presupuesto ejercido y formó parte de la erogación total de la partida que se reportó en el Detalle del Ejercicio por partida presupuestal de la Cuenta Pública 2005.

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Por lo anterior, el presupuesto ejercido en el rubro de pensiones y jubilaciones reportado en el Detalle del Presupuesto de Egresos, Flujo de Efectivo de la Cuenta Pública 2005, debió reportarse por 7 mil 688. 8 millones de pesos, por lo cual la variación y porcentaje establecidos en el documento citado fueron incorrectos. Cabe señalar que del análisis de la base de datos proporcionada por la Gerencia de Jubilados, se determinaron 772 personas clasificadas como jubilados en proceso de obtención de datos, a los cuales se les pagó en el 2005 un importe de 324.9 millones de pesos, (incluye los 24 casos identificados como domicilio en proceso de actualización. Por lo que la ASF solicitó que Luz y Fuerza del Centro instruya a quien corresponda, para que aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria por 324.9 millones de pesos, que sustente la supervivencia de 772 jubilados sindicalizados, quienes fueron identificados como en proceso de obtención de datos a la fecha de la auditoría; en caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada procederá en el plazo establecido a recuperar el monto observado. Por otra parte, con el análisis de 16 poderes notariales que sustentan las erogaciones efectuadas en el mes de abril 2005, por un importe de 287.6 miles de pesos, se identificó que en 11 casos se presentó Poder General para Pleitos y Cobranzas, 4 casos corresponden a Poderes Especiales en los que se especificó el cobro de jubilación y demás prestaciones en LFC y en 1 caso se trata de un Poder General Limitado para Pleitos y Cobranzas. Asimismo, se observó que los poderes notariales presentan antigüedades que van desde los 3 hasta los 24 años. La ASF, formuló un pliego de observaciones, atendiendo a que como resultado de la revisión se presume un probable daño o perjuicio al patrimonio de la Hacienda Pública Federal, por un monto de 289 mil 672 pesos, ya que la entidad fiscalizada no proporcionó los documentos justificativos y comprobatorios del pago, correspondientes a siete jubilados sindicalizados. El pliego de observaciones se formulará con independencia de las responsabilidades que procedan por la aplicación de otras leyes, con la finalidad de que, en cumplimiento del artículo 52 del referido ordenamiento, Luz y Fuerza del Centro proceda a solventarlo.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 7 observaciones que generaron 8 acciones, de las cuales corresponden: 6 a recomendación, una a solicitud de aclaración-recuperación y una a pliego de observaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales, Luz y Fuerza del Centro cumplió con las disposiciones normativas aplicables a los procedimientos para el otorgamiento y pago de las

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jubilaciones a personal sindicalizado y de confianza, excepto por las observaciones que se precisan en el informe, entre las que destacan: se realizó el pago por 324.9 millones de pesos a 772 jubilados, sin que se hayan realizado las pruebas de supervivencia respectivas; se determinó una diferencia en el registro presupuestal en el concepto de aportación del fondo de ahorro por 14.3 millones de pesos; la falta de conciliaciones bancarias relacionadas con los pagos efectuados a jubilados sindicalizados y de confianza dio como consecuencia que se identificaran partidas pendientes de aclarar por un importe de 111.7 miles de pesos; el pago por 289.7 miles de pesos a 7 jubilados sindicalizados sin que se hayan proporcionado los documentos justificativos y comprobatorios, y deficiencias de control interno en relación con el registro y control de las jubilaciones no reclamadas por un monto de 137.3 miles de pesos.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión se determinó un impacto económico por 325.2 millones de pesos. Asimismo, la ASF emprendió un total de ocho acciones con lo que la ASF pretende contribuir al establecimiento de sistemas de evaluación del desempeño; arraigar la cultura de la rendición de cuentas; propiciar la eficiencia y eficacia de la acción pública.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No existieron comentarios por parte de la entidad auditada.

3.6.4.4 LFC: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 5000 "BIENES MUEBLES E INMUEBLES", PROYECTO ADQUISICIÓN DE LA SUBESTACIÓN MÓVIL DE 230/23 KV, 45 MVA PARA DAR ENERGÍA A DESARROLLOS HABITACIONALES DE INTERÉS SOCIAL, EN CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, (SUBESTACIÓN COFRADÍA I).

⎯ Objetivo. Comprobar que la adquisición se contrató y efectuó de acuerdo con la

legislación y las normas generales y específicas de Luz y Fuerza del Centro (LFC) y que el gasto se ajustó a las asignaciones presupuestarias autorizadas.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de Inversión Física, la cual fue seleccionada con base en el proyecto "Adquisición de la Subestación Móvil de 230/23 KV, 45 MVA para dar energía a desarrollos habitacionales de interés social, en Cuautitlán Izcalli, Estado de México (Subestación Cofradía I)", a cargo de Luz y Fuerza del Centro (LFC), para evaluar que se cumplió con los objetivos y metas de la adquisición de la Subestación Móvil Tecámac. El universo seleccionado para su revisión ascendió a 29.9 millones de pesos con una muestra auditada igual. Las áreas revisadas fueron: la Subdirección de Finanzas y las gerencias de Contabilidad, de Comercialización y de Presupuestos, todas ellas de LFC.

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⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se observó que Luz y Fuerza del Centro omitió estipular en el contrato si el precio se consideraría fijo o sujeto a ajustes y, en el último caso, cómo se calcularía el ajuste, por lo que la ASF recomendó a Luz y Fuerza del Centro, en el ámbito de su competencia, instruya al área que corresponda, para que se verifique, en lo subsecuente, que en los contratos para la adquisición de bienes, se precise si el precio es fijo o sujeto a ajustes y, en este último caso, la fórmula con que se calcula el ajuste. En el Informe de Avance de Gestión Financiera de 2005, Luz y Fuerza del Centro reportó un importe de 29.9 millones de pesos en el proyecto “Subestación Móvil de Potencia Cofradía I”. Se observaron deficiencias en el control y los registros internos de la Gerencia de Presupuestos debido a que existen cargos por concepto de alambrados y papelería de la “Subestación Móvil de Potencia Sosa Texcoco” y un monto de 2.8 millones de pesos, lo que contravino la normatividad. Además, dentro de estos cargos se incluyeron materiales que no corresponden al capítulo 5000, en infracción del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.

⎯ Acciones Promovidas. Como consecuencia de la actividad fiscalizadora se promovieron dos acciones, las cuales corresponden a recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, Luz y Fuerza del Centro cumplió, en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación y contratación, excepto por las observaciones que se precisan en el apartado correspondiente de este informe, entre las que destacan las siguientes: se omitió estipular en el contrato si el precio se consideraría fijo o sujeto a ajustes, y se constataron deficiencias en el control y registros internos de la Gerencia de Presupuestos debido a que existen cargos por concepto de alambrados y papelería de la "Subestación Móvil de Potencia Sosa Texcoco", dentro del pago de la subestación móvil de Cofradía I, con un monto de 2.8 millones de pesos.

⎯ Impacto de la Fiscalización. El impacto contable fue de 2.8 millones de pesos y se constataron deficiencias en el control y los registros internos de la Gerencia de Presupuestos de Luz y Fuerza del Centro debido a que existen cargos por concepto de alambrados y papelería de la “Subestación Móvil de Potencia Sosa Texcoco”, dentro del pago de la subestación móvil de Cofradía I. Como resultado de la revisión, la ASF promovió 2 acciones orientadas principalmente a fortalecer los mecanismos de operación y control; y asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables. Así mismo con esta revisión la ASF pretende propiciar la eficiencia y eficacia de la acción pública.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No hubo comentarios.

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3.6.4.5 LFC: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 5000 "BIENES MUEBLES E INMUEBLES", PROYECTO ADQUISICIÓN DE LA SUBESTACIÓN COFRADÍA II MÓVIL DE 230/23 KV, 45 MVA PARA DAR ENERGÍA A DESARROLLOS HABITACIONALES DE INTERÉS SOCIAL, EN CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO (SUBESTACIÓN COFRADÍA II).

⎯ Objetivo. Comprobar que la adquisición se contrató y efectuó de acuerdo con la

legislación y las normas generales y específicas de Luz y Fuerza del Centro (LFC) y que el gasto se ajustó a las asignaciones presupuestarias autorizadas.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversión física, en la que se seleccionó el proyecto "Adquisición de la Subestación Móvil de 230/23 kV, 45 MVA para dar energía a desarrollos habitacionales de interés social, en Cuautitlán Izcalli, Estado de México, (Subestación Cofradía II)", a cargo de LFC. Asimismo, se seleccionó por la importancia de su participación en el gasto ejercido y estar finiquitado el contrato que ampara dicho proyecto, con un importe contratado y ejercido de 18.3 millones de pesos. El universo seleccionado de esta revisión fue de 18.3 millones de pesos y contó con una muestra auditada de 18.3 millones de pesos en donde se revisó la totalidad de los conceptos que comprendió la adquisición de los bienes para comprobar el monto ejercido y por ser susceptibles de verificarse. Las áreas revisadas fueron la Subdirección de Finanzas y las gerencias de Contabilidad, de Comercialización y de Presupuestos, todas ellas de LFC.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se observó que Luz y Fuerza del Centro omitió estipular en el contrato si el precio se consideraría fijo o sujeto a ajustes y, en el último caso, cómo se calcularía el ajuste, en contravención de la normatividad vigente. En el Informe de Avance de Gestión Financiera de 2005 Luz y Fuerza del Centro reportó un importe de 18.3 millones de pesos en el Proyecto “Subestación Móvil de Potencia Cofradía II” y se constataron deficiencias en el control y los registros internos de la Gerencia de Presupuestos debido a que existen cargos por concepto de alambrados y papelería de la “Subestación Móvil de Potencia Sosa Texcoco”, y un monto de 2.8 millones de pesos, lo que contravino la normativa. Además, dentro de estos cargos se incluyeron materiales que no corresponden al capítulo 5000, en infracción del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.

⎯ Acciones Promovidas. Se promovieron 2 acciones, las cuales corresponden a recomendaciones.

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⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales, y respecto de la muestra antes señalada, Luz y Fuerza del Centro cumplió en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación y contratación, excepto por las observaciones que se precisan en el apartado correspondiente del informe, entre las que destacan las siguientes: se omitió estipular en el contrato si el precio se consideraría fijo o sujeto a ajustes, y se constataron deficiencias en el control y registros internos de la Gerencia de Presupuestos debido a que existen cargos por concepto de alambrados y papelería de la “Subestación Móvil de Potencia Sosa Texcoco”, dentro del pago de la subestación móvil de Cofradia II por un monto de 2.8 millones de pesos.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se constataron deficiencias en el control y los registros internos de la Gerencia de Presupuestos debido a que existen cargos por concepto de alambrados y papelería de la “Subestación Móvil de Potencia Sosa Texcoco”, dentro del pago de la subestación móvil de Cofradía II. Con un impacto contable por 2.8 millones de pesos.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No hubo comentarios por parte de la entidad fiscalizada.

3.6.4.6 LFC: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 5000 "BIENES MUEBLES E INMUEBLES", PROYECTO ADQUISICIÓN DE LA SUBESTACIÓN MÓVIL DE 85/23 KV, 30 MVA PARA DAR ENERGÍA A DESARROLLOS HABITACIONALES DE INTERÉS SOCIAL EN HUEHUETOCA, ESTADO DE MÉXICO, (SUBESTACIÓN HUEHUETOCA).

⎯ Objetivo. Comprobar que la adquisición se contrató y efectuó de conformidad

con las normas generales y específicas de Luz y Fuerza del Centro (LFC) y que el gasto se ajustó a las asignaciones presupuestarias autorizadas.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversión física, en la que se seleccionó el proyecto "Adquisición de la Subestación Móvil de 85/23 KV, 30 MVA para dar Energía a Desarrollos Habitacionales de Interés social, en Huehuetoca, Estado de México (Subestación Huehuetoca)", a cargo de LFC, para evaluar que se cumplió con los objetivos y metas de la adquisición de la Subestación Móvil Huehuetoca. La revisión contó con un universo seleccionado para su revisión de 9.5 millones de pesos contando con una muestra auditada por el mismo monto. Se revisó la totalidad de los conceptos que comprendió la adquisición de los bienes, para comprobar el monto ejercido y por ser susceptibles de verificarse. Las áreas revisadas fueron la Subdirección de

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Finanzas y las gerencias de Contabilidad, de Comercialización y de Presupuestos, todas de LFC.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se observó que Luz y Fuerza del Centro omitió estipular en el contrato si el precio se consideraría fijo o sujeto a ajustes y, en el último caso, cómo se calcularía el ajuste, en contravención a la normatividad vigente. Se observó que Luz y Fuerza del Centro registró un importe de 552.7 miles de pesos de concretos premezclados que se utilizaron para la fabricación de postes en la clave presupuestal, correspondiente a erogaciones de inversión de materiales, en lugar de la clave presupuestal, correspondiente a estructuras y postes; cargos irregulares que corresponden a deficiencias de control y registros presupuestales. Además, dentro de estos cargos se incluyeron materiales que no corresponden al capítulo 5000, en infracción del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.

⎯ Acciones Promovidas. Se promovieron dos acciones, las cuales son recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, LFC cumplió, en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación y contratación, excepto por las observaciones que se precisan en el apartado correspondiente de este informe, entre las que destacan las siguientes: se omitió estipular en el contrato si el precio se consideraría fijo o sujeto a ajustes, y se registró un importe de 552.7 miles de pesos de concretos premezclados que se utilizaron para la fabricación de postes en la clave presupuestal correspondiente a erogaciones de inversión de materiales, en lugar de la clave presupuestal correspondiente a estructuras y postes.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se observaron deficiencias de control y de registro presupuestal en el concepto de concretos premezclados, toda vez que para el concepto de fabricación de postes se utilizó la clave presupuestal que corresponde a erogaciones de inversión de materiales, en lugar de la clave presupuestal relativa a estructuras y postes. El impacto contable fue por 552.7 miles de pesos. Con lo anterior la ASF pretende fortalecer los mecanismos de operación y control; y asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No existieron comentarios por parte de la entidad fiscalizada.

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3.6.4.7 LFC: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 5000 "BIENES MUEBLES E INMUEBLES", PROYECTO ADQUISICIÓN DE UNA SUBESTACIÓN MÓVIL DE 230/23 KV, 45 MVA PARA DAR ENERGÍA A DESARROLLOS HABITACIONALES DE INTERÉS SOCIAL EN TECÁMAC, ESTADO DE MÉXICO, (SUBESTACIÓN TECÁMAC).

⎯ Objetivo. Comprobar que la adquisición se contrató y efectuó de conformidad

con la legislación y las normas generales y específicas de Luz y Fuerza del Centro (LFC) y que el gasto se ajustó a las asignaciones presupuestarias autorizadas.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de Inversión Física, en el proyecto "Adquisición de la Subestación Móvil de 230/23 KV, 45 MVA para dar energía a desarrollos habitacionales de interés social, en Tecámac, Estado de México (Subestación Tecámac)", a cargo de LFC, para evaluar que se cumplió con los objetivos y metas de la adquisición de la Subestación Móvil Tecámac. La auditoría tuvo un universo seleccionado de 32.0 millones y contó con una muestra auditada por la misma cantidad; se revisó la totalidad de los conceptos que comprendió la adquisición de los bienes, para comprobar el monto ejercido y por ser susceptibles de verificarse. Las áreas revisadas fueron la Subdirección de Finanzas y las gerencias de Contabilidad, de Comercialización y de Presupuestos, todas ellas de LFC.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se observó que Luz y Fuerza del Centro omitió estipular en el contrato si el precio se consideraría fijo o sujeto a ajustes y, en el último caso, cómo se calcularía el ajuste. En el Informe de Avance de Gestión Financiera de 2005 LFC reportó 32.0 millones de pesos en el Proyecto “Subestación Móvil de Potencia Tecámac”. Se observaron deficiencias en el control y los registros internos de la Gerencia de Presupuestos debido a que existen cargos por concepto de alambrados y papelería de la “Subestación Móvil de Potencia Sosa Texcoco” por 2.8 millones de pesos. Además, dentro de estos cargos se incluyeron materiales que no corresponden al capítulo 5000, en infracción del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.

⎯ Acciones Promovidas. Se promovieron dos acciones, las cuales corresponden a recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, Luz y Fuerza del Centro cumplió, en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación y contratación, excepto por

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las observaciones que se precisan en el informe, entre las que destacan las siguientes: se omitió estipular en el contrato si el precio se consideraría fijo o sujeto a ajustes, y se constataron deficiencias en el control y registros internos de la Gerencia de Presupuestos debido a que existen cargos por concepto de alambrados y papelería de la “Subestación Móvil de Potencia Sosa Texcoco”, dentro del pago de la subestación móvil de Tecámac con un monto de 2.8 millones de pesos.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF pretende fortalecer los mecanismos de operación y control; y asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables, así como impulsar la eficiencia y eficacia de la acción pública. El impacto contable de esta revisión fue calculado en 2.8 millones de pesos debido a que se constataron deficiencias en el control y registros internos de la Gerencia de Presupuestos de Luz y Fuerza del Centro debido a que existen cargos por concepto de alambrados y papelería de la “Subestación Móvil de Potencia Sosa Texcoco”

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No existieron comentarios por parte de la entidad fiscalizada.

3.6.4.8 LFC: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 5000

"BIENES MUEBLES E INMUEBLES", PROYECTO MODERNIZAR PARQUE VEHICULAR Y EQUIPO PESADO, EN EL DISTRITO FEDERAL.

⎯ Objetivo. Comprobar, que las adquisiciones se contrataron y ejecutaron de

conformidad con la legislación aplicable, que el gasto se ajustó a las asignaciones presupuestarias autorizadas; y que las adquisiciones se efectuaron de conformidad con el contrato respectivo y las normas generales y específicas de Luz y Fuerza del Centro.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversión física, al proyecto Modernizar Parque Vehicular y Equipo Pesado, en el Distrito Federal, a cargo de LFC, para evaluar que se cumplió con los objetivos y metas establecidos en el proyecto de referencia. Asimismo, por la importancia de su participación en el gasto ejercido de 263.9 millones de pesos, que representó el 98.6 por ciento del presupuesto total asignado de 267.8 millones de pesos. El universo seleccionado para esta revisión fue de 263.9 millones de pesos y contó con una muestra auditada de 219.6 millones, lo que representó el 83.2 por ciento del universo y los conceptos que comprendió la adquisición de los bienes para comprobar los montos ejercidos, por ser susceptibles de verificar en los almacenes o en campo. Las áreas revisadas fueron las Gerencias de Compras,

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de Construcción, de Contabilidad, de Finanzas, de Planeación, y de Adquisiciones y Almacenes, todas ellas de Luz y Fuerza del Centro.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se comprobó que en general, las adquisiciones realizadas se contrataron y ejecutaron de conformidad con la legislación aplicable para evaluar el cumplimiento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su reglamento; que el gasto ejercido se ajustó a las asignaciones presupuestarias autorizadas; que se cumplieron los programas de los suministros; que los precios unitarios se pagaron de acuerdo con lo previsto en los contratos; que no hubo ajuste de costos; que los anticipos otorgados se amortizaron en su totalidad; que los sistemas de control de calidad se aplicaron de acuerdo con los procedimientos establecidos, puesto que en las pruebas de inspección a que se sometieron los equipos por parte de la Subgerencia de Control de Planta Vehicular se obtuvieron resultados satisfactorios, de conformidad con las normas generales y específicas de LFC.

⎯ Acciones Promovidas. No se promovieron acciones de ningún tipo.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, Luz y Fuerza del Centro cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación y contratación de los bienes, en las operaciones examinadas.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No existió impacto de la actividad fiscalizadora.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No existieron comentarios por parte de la entidad fiscalizada.

3.6.4.9 LFC: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 5000 "BIENES MUEBLES", PROYECTO MODERNIZAR Y REHABILITAR EQUIPO DE CÓMPUTO Y OFICINA E IMPLEMENTAR SISTEMA DE ENLACE GUBERNAMENTAL (E-GOBIERNO), EN EL DISTRITO FEDERAL.

⎯ Objetivo. Comprobar, que las adquisiciones se contrataron y ejecutaron de

conformidad con la legislación aplicable, que el gasto se ajustó a las asignaciones presupuestarias autorizadas; y que las asignaciones se efectuaron de conformidad con el contrato respectivo y las normas generales y específicas de Luz y Fuerza del Centro.

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⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversión física, en el proyecto Modernizar y Rehabilitar Equipo de Cómputo y Oficina e Implementar Sistema de Enlace Gubernamental (e-gobierno), en el Distrito Federal, a cargo de Luz y Fuerza del Centro, por la importancia de su participación en el gasto ejercido de 166.9 millones de pesos, que representó el 91.1 por ciento del presupuesto total asignado de 183.2 millones de pesos. La revisión tuvo un universo seleccionado de 166.9 millones de pesos y contó con una muestra auditada de 82.5 millones de pesos con lo cual se logró revisar el 49.4 por ciento del universo previamente seleccionado. Las áreas revisadas fueron la Subdirección de Abastecimiento y Transportes, y las Gerencias de Contabilidad, de Comercialización y de Presupuestos, todas ellas de LFC.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se constató que en las bases para invitación a cuando menos tres personas para la asignación del contrato se omitió mencionar los casos en que podrán otorgarse prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones contractuales y los requisitos necesarios. Sin embargo, la ASF reporta que el Asesor de la Dirección General de LFC adjuntó la documentación en la que consta que se instruyó a los jefes de Compras Locales de los Módulos “A”, “C” y “D” y Jefe de Compras Extranjeras Módulo “I”, para que se verificara que en las bases de los procesos de licitación a cuando menos tres personas, se indicara que antes del vencimiento de las fechas de cumplimiento originales, a solicitud expresa del proveedor, por caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a LFC, ésta podrá diferir la fecha de entrega de los bienes o la prestación de los servicios, por lo que para este supuesto deberá formalizarse el convenio modificatorio respectivo, sin que a juicio de la entidad fiscalizadora proceda la aplicación de penas convencionales por atraso, por lo que se considera atendida la irregularidad.

⎯ Acciones Promovidas. No existieron acciones promovidas.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales, y respecto de la muestra antes señalada, Luz y Fuerza del Centro cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación y adquisición de los bienes de las operaciones examinadas.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No hubo impacto de la actividad fiscalizadora.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No existieron comentarios por parte de la entidad fiscalizadas.

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3.6.4.10 LFC: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", PROYECTO DESARROLLAR Y CONSTRUIR SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN EN EL DISTRITO FEDERAL.

⎯ Objetivo. Verificar que el proyecto contó con el estudio de factibilidad técnica,

económica y ambiental; que las obras se planearon, programaron, presupuestaron, acordaron y ejecutaron de conformidad con la normatividad vigente; que los pagos se ajustaron a los volúmenes de obra ejecutados y al tipo y calidad de los materiales especificados; y que los costos de las actividades coincidieron con los establecidos en el acuerdo.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversión física, seleccionada considerando que se constató que en el ejercicio del gasto en flujo de efectivo, presentado en la Cuenta Pública 2005, Luz y Fuerza del Centro ejerció 518.0 millones de pesos en el concepto "Inversión del Proyecto Desarrollar y Construir Sistemas de Distribución en el Distrito Federal", lo que representó el 124.8 por ciento del presupuesto total asignado de 414.9 millones de pesos. El universo seleccionado para fiscalizar ascendió a 518.0 millones de pesos y contó con una muestra auditada de 29.4 millones de pesos lo que representó el 5.7 por ciento. Las áreas revisadas fueron las Subdirecciones de Distribución y Comercialización, y de Finanzas; las gerencias de Contabilidad, Construcción y de Compras, todas ella de Luz y Fuerza del Centro.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se constató que LFC, mediante su Gerencia de Contabilidad, realizó los registros de las órdenes de los distribución con aportación, y empleó las órdenes de Construcción y Retiro (OCR) de dichos acuerdos como cuentas concentradoras de solicitudes de servicio, órdenes de distribución y transformadores de distribución, respectivamente; además, los ingresó en el sistema contable sin emitir las carátulas correspondientes, e incluyó erróneamente pagos por 193.1 miles de pesos de las áreas de Planeación Estratégica que no corresponden al tipo de obra del proyecto. El Asesor de la Dirección General de LFC remitió a la ASF la información y documentación soporte con los que aclara que las órdenes de distribución no existen con modalidad de aportación por tratarse de trabajos internos para LFC y para este tipo de obras no existe aportación de los clientes; que las OCR’s Globales son aquellas que se expiden cada año para consolidar los trabajos en media y baja tensión amparados en solicitudes de servicio (SS’s) y órdenes de distribución (D’s) y cuyo monto no excede a dos mil veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal y que en su manual de procedimientos para la ejecución de Obra Pública consigna que la entidad requiere que toda erogación susceptible de capitalización sea registrada a través de una OCR y que a cada Acuerdo de Obra le sea asignado un número específico de OCR; y que la

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Gerencia no emite las carátulas, sino las áreas ejecutantes. En lo que respecta a los pagos cargados a las áreas de planeación estratégica por un monto de 193.1 miles de pesos se informa que corresponden a cargos por labor y beneficios sociales correspondientes a los meses de febrero y marzo respectivamente. Con base en lo anterior y después de revisar la información y documentación soporte proporcionada por LFC, la ASF considera aclaradas las irregularidades comentadas, sin embargo se generó una recomendación para que Luz y Fuerza del Centro instruya a quien corresponda para que en lo subsecuente se verifique que no se incluyan pagos de áreas que no correspondan al objeto de la obra y del proyecto respectivo.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 3 observaciones que generaron 3 acciones, que fueron recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales, y respecto de la muestra antes señalada, Luz y Fuerza del Centro cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación y ejecución de las obras, de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación que se precisan en el apartado correspondiente de este informe.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la Auditoría Superior de la Federación pretende propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación y fortalecer los mecanismos de operación y control de la entidad fiscalizada.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No existieron comentarios por parte de la entidad fiscalizada.

3.6.4.11 LFC: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", PROYECTO GENERACIÓN DISTRIBUIDA, EN LOS ESTADOS DE MÉXICO Y PUEBLA.

⎯ Objetivo. Verificar que el proyecto contó con el estudio de factibilidad técnica,

económica y ambiental; que las obras se planearon, programaron, presupuestaron, licitaron y contrataron de conformidad con la normatividad vigente y que los anticipos otorgados se ajustaron a lo previsto contractualmente.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversión física, la seleccionó el proyecto Generación Distribuida, en los Estados de México y Puebla, a cargo de Luz y Fuerza del Centro por la importancia de su participación

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en el gasto ejercido de 1 mil 741.8 millones de pesos, que representó el 79.2 por ciento del presupuesto total asignado de 2 mil 199.2 millones de pesos para el proyecto en el ejercicio 2005. La revisión tuvo un universo seleccionado de 1 mil 741.8 millones de pesos y contó con una muestra auditada del cien por ciento. Las áreas revisadas fueron la Subdirección de Abastecimiento y Transportes; la Subdirección de Planeación Estratégica; la Gerencia de Adquisiciones y Almacenes; la Gerencia de Ingeniería y la Subgerencia de Compras, todas ellas de LFC.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. LFC reportó en la Cuenta Pública 2005 un importe ejercido de 1 mil 741.8 millones de pesos en el Proyecto “Generación Distribuida” en los estados de México y de Puebla; pero en la OCR el importe ejercido fue de 1 mil 751.3 millones de pesos, con una diferencia de 9.5 millones de pesos; además, los montos ejercidos en dicho proyecto se realizaron en el Estado de México y el Distrito Federal, en contravención de la normativa, por lo que la ASF emitió una Solicitud de Aclaración-Recuperación para que Luz y Fuerza del Centro instruya a quien corresponda y se proporcione la documentación justificativa y comprobatoria que aclare la diferencia de 9.5 millones de pesos, entre el importe ejercido reportado en la Cuenta Pública 2005 y el importe ejercido determinado en la OCR 6478F.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 3 observaciones que generaron 4 acciones, 3 recomendaciones y una solicitud de aclaración-recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales, y respecto de la muestra antes señalada, Luz y Fuerza del Centro cumplió con las disposiciones normativas vigentes aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación y contratación de las operaciones examinadas, y que los anticipos otorgados se ajustaron a lo previsto contractualmente, excepto por el resultado con observación que se precisa en el informe.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la Auditoría Superior de la Federación emitió 4 acciones, orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normatividad y la legislación, así como recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal. El impacto contable de esta revisión fue por un monto de 9.5 millones de pesos.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No hubo comentarios de la entidad fiscalizada.

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3.6.4.12 LFC: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", PROYECTO REHABILITAR Y MODERNIZAR LAS INSTALACIONES EN EL D.F.

⎯ Objetivo. Verificar que el proyecto contó con el estudio de factibilidad técnica,

económica y ambiental; que las obras se planearon, programaron, presupuestaron, acordaron y ejecutaron de conformidad con la normatividad vigente y que los pagos se ajustaron a los volúmenes de obra ejecutados y al tipo y calidad de los materiales especificados.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de inversión física al proyecto Rehabilitar y Modernizar las Instalaciones en el Distrito Federal, por la importancia de su participación en el gasto ejercido de 205.9 millones de pesos, que representó el 58.6 por ciento del presupuesto total asignado de 351.3 millones de pesos. El universo seleccionado para la revisión fue de 205.9 millones de pesos y la muestra auditada fue de 73.5 millones de pesos, lo que representó una revisión al 35.7 por ciento, así como a las actividades que comprendieron la ejecución de los acuerdos para comprobar los montos ejercidos, por ser susceptibles de verificar y cuantificar tanto en planos como en campo. Las áreas revisadas fueron las Subdirecciones de Distribución y Comercialización, Construcción y de Finanzas; la gerencias de Contabilidad y Compras, todas ellas de LFC.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se observó que LFC realizó los acuerdos para comprobar los montos ejercidos con cargo en los proyectos de mantenimiento “Rehabilitar y Modernizar las Instalaciones en el Distrito Federal” y “Rehabilitar y Modernizar las Instalaciones en el estado de Morelos” cuyo objetivo, según la Cuenta Pública 2005, era sustituir equipo obsoleto o dañado y agregar equipo que mejorara la operación del sistema y la calidad del servicio, permitiendo reducir pérdidas eléctricas. Sin embargo, los trabajos que se ejecutaron al amparo de los acuerdos no corresponden estrictamente a la descripción de los proyectos, ya que LFC construyó un auditorio y aulas de capacitación en Iztapalapa, Distrito Federal y una unidad comercial, aulas de capacitación y un almacén de postes, en Cuernavaca, Morelos, en contravención de la normatividad vigente.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 3 observaciones que generaron 3

acciones, que fueron recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, Luz y Fuerza del Centro cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación y ejecución de las obras, de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación que se precisan en el apartado correspondiente de este informe.

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⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la Auditoría Superior de la Federación emitió 3 acciones, orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación y pretende impulsar mejores prácticas gubernamentales.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No hubo comentarios de la entidad fiscalizada.

3.6.4.13 LFC: EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", PROYECTO REHABILITAR Y MODERNIZAR LAS INSTALACIONES, EN EL ESTADO DE MÉXICO.

⎯ Objetivo. Verificar que el proyecto contó con el estudio de factibilidad técnica,

económica y ambiental; que las obras se planearon, programaron, presupuestaron, acordaron y ejecutaron de conformidad con la normatividad vigente y que los pagos se ajustaron a los volúmenes de obra ejecutados y al tipo y calidad de los materiales especificados.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de Inversión Física al proyecto "Rehabilitar y Modernizar las Instalaciones, en el Estado de México", a cargo de LFC, por la importancia de su participación en el gasto ejercido de 112.9 millones de pesos, que representó el 82.8 por ciento del presupuesto total asignado de 136.4 millones de pesos. La revisión contó con un universo seleccionado de 112.9 millones de pesos y contó con una muestra auditada de 68.9 millones de pesos, lo que implica que se haya revisado el 61.1 por ciento de la totalidad del universo seleccionado y las actividades que comprendió la ejecución de los acuerdos para comprobar los montos ejercidos, por ser susceptibles de verificarse y cuantificarse, tanto en planos como en campo. Las áreas revisadas fueron las gerencias de Construcción, de Contabilidad, de Finanzas y de Planeación de LFC.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Luz y Fuerza del Centro omitió asentar en el acta de entrega-recepción: la descripción de los trabajos y su importe, incluyendo las posibles modificaciones; la relación de gastos; la declaración de que las partes cuentan con los planos correspondientes a la construcción final: las fechas de inicio y término real de la obra, y el cierre de la bitácora. Con base en lo anterior la ASF, recomendó que Luz y Fuerza del Centro instruyera a quien correspondiera para que en las actas de entrega-recepción de los trabajos por administración directa se asienten invariablemente la descripción de los trabajos que se reciben y su importe, incluyendo las posibles modificaciones; la relación de gastos; la declaración de que las partes cuentan con los planos

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correspondientes a la construcción final: las fechas de inicio y término real de la obra, y el cierre de la bitácora

⎯ Acciones Promovidas. Se emitió 1 observación que generó 1 acción, misma que fue una recomendación.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, Luz y Fuerza del Centro cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación y ejecución de las obras; que el gasto ejercido correspondió a las asignaciones presupuestarias autorizadas; que los sistemas de control de calidad se aplicaron de acuerdo con los procedimientos establecidos, y que los trabajos de las operaciones examinadas se ejecutaron de conformidad con las normas de construcción generales de LFC y específicas de los acuerdos.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la Auditoría Superior de la Federación emitió 1 acción, orientada principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa. Asimismo, con esta acción se impulsa la implantación de mejores prácticas gubernamentales. Comentarios de la Entidad Fiscalizada. La entidad fiscalizada no realizó ningún comentario.

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3.6.5 PETRÓLEOS MEXICANOS (PEMEX)

Atribuciones Petróleos Mexicanos es un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto ejercer la conducción central y la dirección estratégica de todas las actividades que abarca la industria petrolera estatal en los términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el ramo del Petróleo. De conformidad con el artículo 3º de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, PEMEX y estos organismos están facultados para realizar las operaciones relacionadas directa o indirectamente con su objeto y de conformidad con el artículo 4º, pueden celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos y suscribir títulos de crédito, manteniendo en exclusiva la propiedad y el control del Estado Mexicano sobre los hidrocarburos, con sujeción a las disposiciones legales aplicables.

Antecedentes de auditorías practicadas a PEMEX, 1999-2004 Durante la revisión de la Cuenta Pública de 1999 a 2004, la ASF practicó a PEMEX, 23 auditorías, de las cuales 3 fueron de desempeño, 16 financieras y de cumplimiento, 3 especiales, y una de obra pública e inversión física.

Tipo de auditoría Total 1999 2000 2001 2002 2003 2004

Total 23 2 0 2 3 4 12Desempeño 3 0 0 0 0 0 3Regularidad:

Financieras y de Cumplimiento 16 2 0 2 2 4 6Obra Pública e Inversiones Físicas 1 0 0 0 0 0 1Sistemas 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Entidades 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Municipios 0 0 0 0 0 0 0

Especiales 3 0 0 0 1 0 2Seguimiento 0 0 0 0 0 0 0

RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. 1999-2004PETROLEOS MEXICANOS

Fuente: Elaborado por la UEC con base en datos de la ASF, Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 1999-2004. Derivado de la práctica de esas auditorías, la ASF promovió 174 acciones que en su mayoría (138) tuvieron carácter preventivo (recomendaciones), en tanto que las acciones correctivas estuvieron conformadas por 22 solicitudes de intervención al Órgano Interno de Control, y 14 solicitudes de aclaración.

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SUB TOTAL% DE

ATENCIÓN ATENDIDAS O PROMOVIDAS

SUSTITUIDAS POR NUEVA

ACCIÓN

BAJAS POR RESOLUCIÓN

JUDICIAL SUB TOTAL

% EN PROCESO DE

ATENCIÓN

TOTAL 174 138 79.3% 138 0 0 36 20.7%

Recomendación 138 108 78.3% 108 0 0 30 21.7%Solicitud de Intervención del OIC 22 22 100.0% 22 0 0 0 0.0%Solicitud de Aclaración 14 8 57.1% 8 0 0 6 42.9%Solicitud de Intervención de la Instancia Recaudadora 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Denuncia de Hechos 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Fuente: ASF, Informe Estado de Atención y Promoción de las Observaciones-Acciones Emitidas con Motivo de la Revisión de la Cuenta Pública (31-dic-2006).

Que la ASF formula, promueve o presenta:

SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES Y ACCIONES EMITIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 1999-2004PETRÓLEOS MEXICANOS

TIPO DE ACCIÓN TOTAL

EMITIDAS

ATENDIDAS, PROMOVIDAS, SUSTITUIDAS Y BAJAS POR RESOLUCIÓN JUDICIAL EN PROCESO DE ATENCIÓN

Al 31 de diciembre de 2006, la SHCP había solventado el 79.3 por ciento de las acciones promovidas, quedando pendientes de atender 30 recomendaciones y 6 solicitudes de aclaración.

Resumen de auditorías practicadas 2005 Con motivo de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública 2005, la ASF llevó a cabo 6 auditorías a Petróleos Mexicanos. Por tipo de auditoría, 1 es de desempeño y 5 son financieras y de cumplimiento. Auditorías de desempeño:

⎯ Evaluación de los Donativos Otorgados por Petróleos Mexicanos

Auditorías financieras y cumplimiento: ⎯ Aprovechamientos Sobre Rendimientos Excedentes de la Venta de Petróleo ⎯ Seguimiento a la Aplicación del Reconocimiento de Adeudo Celebrado entre

Petróleos Mexicanos y el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana

⎯ Servicios Generales ⎯ Egresos Presupuéstales del Capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles" ⎯ Evaluación de la Aplicación del Convenio 10275/04 y del Convenio de

Transacción

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Comentarios sobre los resultados de las auditorías Pemex Corporativo obtuvo dictamen favorable en 4 de 6 revisiones. Los 2 dictámenes negativos se dieron, uno en la auditoría al capítulo 3000 “Servicios Generales”, y otro en la Auditoría de Seguimiento referida a la Aplicación del Convenio 10275/04 y del Convenio de Transacción firmado por Pemex Corporativo y STPRM. El impacto económico de lo observado por la ASF en estas dos revisiones fue por un monto de 1 mil 732.1 millones de pesos. En la auditoría realizada sobre los “Aprovechamientos de los Rendimientos Excedentes de la Venta de Petróleo”, cuyo dictamen fue favorable, la ASF determinó un impacto económico de 85.8 millones de pesos. Estas tres auditorías totalizan un importe económico observado por 1 mil 818.9 millones de pesos, cantidad que no implica necesariamente resarcimientos y que está en proceso de aclaración por el ente auditado. Los comentarios específicos sobre las revisiones a Pemex Corporativo se muestran a continuación:

⎯ Auditoría de Desempeño Evaluación de los Donativos otorgados por Petróleos Mexicanos. La ASF determinó que la normativa presupuestaria carece de criterios para acotar la discrecionalidad en el otorgamiento de donativos, evaluar su impacto social, y cuantificar la contribución del donativo en el logro de los objetivos de los programas, entre otros. Como en el caso del donativo otorgado al gobierno de Nuevo León, un año después se verificó que no se había aplicado, y que se encuentra en una cuenta en la Tesorería del gobierno del estado, desconociéndose el uso y aplicación de los intereses generados. La ASF define que es necesario que se precise que el beneficiario genere una cuenta bancaria específica para el manejo de los recursos del donativo y se establezca un plazo determinado para su aplicación. En la revisión del donativo por 190 millones de pesos destinado al mejoramiento de la vivienda rural de los habitantes de la zona petrolera de Tabasco, entregado por conducto del Gobierno del Estado, la ASF no verificó físicamente su aplicación debido a que corroboró el destino con documentación proporcionada por PEMEX. No obstante, se desconoce si el donativo generó el impacto buscado o si sólo éste fue transitorio y si el estado actual de la vivienda rural se mantiene en buenas condiciones o volvió a una situación de deterioro. En este sentido PEMEX no cuenta con indicadores para medir la eficacia y la eficiencia de los donativos otorgados, por lo que es difícil evaluar sus resultados.

⎯ Auditorías Financieras y de Cumplimiento Aprovechamientos Sobre los Rendimientos Excedentes de la Venta de Petróleo (ARE). La ASF confirmó que la muestra auditada mostró que PEMEX cumplió con las operaciones examinadas y que la determinación de los recursos derivados del ARE y la propia aplicación de los mismos fue asignada a programas y proyectos de gastos de

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inversión en infraestructura de entidades federativas en 50 por ciento y la diferencia fue reembolsada a PEMEX para proyectos de inversión, cumpliendo en ambas fases con la normatividad aplicable. Debe destacarse que en la determinación de los rendimientos excedentes de 2005 a través del ARE, existieron factores sujetos a discrecionalidad por parte de la SHCP no revisados por la ASF debido a los alcances de la auditoría, que promovieron la generación de montos extraordinarios de estos recursos que se derivaron de una subestimación del precio de la mezcla de exportación en la LIF, con relación al precio realmente observado. Al respecto, no se definió bajo qué criterios técnicos la SHCP estableció una base de 23dpb1 que al compararse con los 42.7dpb observados, resultó un diferencial de 19.2dpb y que al aplicar el factor de 39.2 por ciento, generó un aprovechamiento de 55 mil 371.6 millones de pesos. Tampoco se aclaró por qué en la aplicación de los recursos del ARE, se utilizó el precio de la mezcla aprobado en el PEF por 27dpb que al comparase con los 42.7dpb observados, resultó un diferencial de 15.7dpb y que al aplicarse el mismo factor de 39.2 por ciento, generó recursos por asignarse de 43 mil 972.6 millones de pesos. Como consecuencia de lo anterior, no se revisó el destino de la diferencia observada entre el monto determinado por el ARE y su aplicación por 11 mil 399 millones de pesos. Por las implicaciones del ARE en ejercicios fiscales subsecuentes, cabe mencionar que, debido a que se modificó la mecánica de asignación, estableciendo proporciones fijas respecto de los ingresos excedentes de 19.6 por ciento incluida la incorporación del Derecho Extraordinario sobre Exportación de Petróleo (DEEP) que entraría en vigor a partir de 2007 con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), se acordó que esos recursos se destinarían íntegramente a las entidades federativas mediante el FEIP y FIES. Con el nuevo procedimiento, establecido en los Artículos 19 y 31 de la LFPRH, aunque se reduce el grado de discrecionalidad tanto en la forma de cálculo de los ingresos excedentes, en particular los generados por el petróleo, como en la propia asignación de los mismos, los gobiernos estatales están haciendo exigibles derechos equivalentes que se obtuvieron en los ejercicios fiscales de 2005 y 2006. Sumado a lo anterior, en la propia LFPRH de 2007 persisten todavía lagunas técnicas en la estimación del precio de la mezcla de exportación que producen alteraciones importantes en los ingresos excedentes de petróleo.2 Evaluación de la Aplicación del Convenio 10275/04 y del Convenio de Transacción. La ASF constató que en la revisión practicada a la aplicación del Convenio 10275/04, y el 1La LIF de 2005 estableció que cuando en el mercado internacional el precio promedio ponderado acumulado mensual del barril del petróleo crudo mexicano exceda de 23dpb, PEMEX y sus organismos subsidiarios pagarán un aprovechamiento que se calculará aplicando la tasa de 39.2 por ciento sobre el rendimiento excedente acumulado, que se determinará multiplicando la diferencia entre el valor promedio ponderado acumulado del barril de crudo y 23dpb por el volumen total de exportación acumulado de hidrocarburos. 2 Entre otros, la determinación de la fecha en la que se calculan los futuros del WTI y la determinación del diferencial de precios entre este último y el de la mezcla mexicana de exportación, estos factores generan incertidumbre respecto a la forma de estimar el precio de la mezcla, que debe incluirse en el PEF y LIF de cada año, factores que influyen en la cuantificación del monto de ingresos excedentes.

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Convenio de Transacción que lo suplió, el Director General de PEMEX lo firmó sin tener facultades para hacerlo, sin contar con suficiencia de recursos presupuestales y sin estar autorizado por la SENER y la SHCP. Se demostró que la entrega de recursos presupuestales al STPRM constituyó un acto ilegal, ya que se otorgaron de manera directa para el mantenimiento de las instalaciones deportivas, para la compra de terrenos y para construcción de vivienda para los trabajadores de PEMEX. Será de la mayor relevancia profundizar en los fundamentos y atribuciones en los que se sustentó el Director General de PEMEX para autorizar la aceptación de dicho Convenio en el ejercicio de su encargo. Según se presupone, la firma del Convenio fue a tal grado un ejercicio discrecional, que el propio PEMEX tuvo que demandar la nulidad del mismo ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, y el STPRM aceptar que no tenía ninguna reclamación al respecto. Dicho Convenio fue sustituido por un Convenio de Transacción para poder cumplir con las obligaciones pactadas en el primero, para lo cual la SENER y la SHCP otorgaron su autorización y las adecuaciones presupuestales respectivas. La auditoría revela que PEMEX carece de criterios o lineamientos que regulen los convenios. De todas maneras, como se ha observado, aún y cumpliendo las formalidades de PEMEX, la paraestatal siguió entregando recursos al STPRM, con la diferencia que ahora su asignación quedó legalizada. Servicios Generales. La ASF determinó que PEMEX no cumplió con las disposiciones normativas aplicables relacionadas con los procedimientos de contratación de asesorías y consultorías para la adjudicación de 6 contratos de manera directa y por invitación a cuando menos 3 personas, efectuándose pagos por trabajos que finalmente tuvieron un alto costo y no fueron útiles a PEMEX. Corroboró, asimismo, que 52.6 por ciento de las adjudicaciones de los contratos se realizan en forma directa y sólo 3.6 por ciento por licitación pública, recomendando a PEMEX las realice bajo este último procedimiento. De las múltiples irregularidades encontradas, la ASF detectó un subejercicio en el Capítulo 3000 por 160.2 millones de pesos, cuya desviación no fue explicada satisfactoriamente; el Programa de Adquisiciones no incluyó el programa para la contratación de servicios de consultoría y asesoría, por lo que se desprende que no fue posible corroborar el cumplimiento de las metas establecidas para el ejercicio fiscal 2005; y de las innumerables adjudicaciones directas de contratos de consultoría, se deriva en el mejor de los casos que el organismo paraestatal no cuenta con lineamientos y una normatividad que permitan regular la adjudicación de los contratos, obteniéndose de manera discrecional y sin restricciones por parte de las áreas usuarias de tales servicios. Seguimiento a la Aplicación del Reconocimiento de Adeudo Celebrado entre Petróleos Mexicanos y el Sindicato de Trabajadores de la República Mexicana. La ASF determinó que en agosto de 2003 el STPRM firmó a favor de PEMEX el reconocimiento de adeudo por un mil 581.4 millones de pesos y que estos documentos pudieron haber sido un pago de lo indebido, por lo que el sindicato reconoció dicho adeudo, sin aclarar a qué se refiere cuando se señala “un pago de lo indebido”, ya que no se presenta

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información que pruebe o confirme esta evidencia y que debe ser producto del proceso de revisión y seguimiento que la ASF ha mantenido sobre el tema en las últimas Cuentas Públicas. Se presumen probables irregularidades en la transacción que pudieron haber generado un daño patrimonial a la paraestatal. La ASF solo da cuenta del reconocimiento del adeudo y de los intereses acumulados por el STPRM y su respectivo plan de pagos. La ASF, verificó que mediante los estados de cuenta de la Subgerencia de Tesorería Operativa de PEMEX, entre enero de 2004 y junio de 2005, se retuvieron al STPRM cuotas sindicales por 69.1 millones de pesos. Se estableció también que los intereses generados por ese adeudo, que suman 1 mil 461.8 millones de pesos, deben ser pagados del 1 de junio de 2018 al 1 de septiembre de 2031 (un periodo por demás amplio). La ASF no obtuvo resultados ni emitió observaciones respecto del plazo de las amortizaciones, el periodo de gracia del pago de los intereses, el propio pago de los intereses y de la tasa de interés de 6 por ciento negociados entre PEMEX y el sindicato.

Resultados de auditorías practicadas 2005 A continuación se presentan los resultados de las seis revisiones practicadas a PEMEX en 2005. Las auditorías fueron 1 de desempeño y 5 financieras y de cumplimiento.

3.6.5.1 PEMEX CORPORATIVO. EVALUACIÓN DE LOS DONATIVOS

OTORGADOS POR PETRÓLEOS MEXICANOS.

⎯ Objetivo. Evaluar que PEMEX cumplió con la normativa correspondiente para el otorgamiento de donativos, verificar la recepción de los recursos con los beneficiarios y en su caso, constatar el destino de los recursos otorgados por este concepto.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de desempeño y fue

seleccionada debido a que en el PEF y en Cuenta Pública de 2005 no se presentó información suficiente para avalar la efectividad en el cumplimiento de los objetivos asociados al otorgamiento de donativos. Asimismo, por estar identificada por la ASF como un área de opacidad y riesgo. En total PEMEX destinó 262 millones de pesos como importe total de sus donativos y se auditó un monto de 190 millones de pesos, que significó 72.5 por ciento del total. La muestra auditada fue el donativo destinado al mejoramiento de viviendas de los habitantes de la zona petrolera de Tabasco. Las áreas que se revisaron fueron la Gerencia Corporativa de Desarrollo Social, la Gerencia de Administración Financiera del Corporativo y la Gerencia de Control Presupuestal.

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⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF observó que PEMEX no proporcionó criterios de evaluación para cuantificar el impacto en la consecución de sus programas, ya que en el caso de la muestra auditada, el donativo fue destinado al mejoramiento de viviendas rurales para trabajadores. El órgano fiscalizador, recomendó a PEMEX que para tener un mayor control de la aplicación correcta de los recursos, por parte del beneficiario, deberá efectuarse a través de una cuenta bancaria específica y, asimismo, que se fije un plazo determinado para la aplicación de los recursos del donativo a los proyectos autorizados. En cuanto a la verificación de la normativa presupuestaria en PEMEX 2005, uno de los requisitos es ser asociación no lucrativa y sus principales ingresos no deben tener un origen presupuestal; los agentes beneficiados por los donativos de PEMEX cumplen con este criterio ya que en su mayoría fueron gobiernos estatales y municipales.

⎯ Acciones Promovidas. Derivada de esta auditoría se emitió una observación

que generó 1 acción, de la cual corresponde: 1 Recomendación al Desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF dictaminó que PEMEX en términos generales cumplió con las disposiciones normativas aplicables al otorgamiento y control de donativos con las observaciones expuestas.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La normatividad interna de PEMEX no considera

que el manejo de los recursos del donativo por parte de los beneficiarios se lleve en cuenta bancaria especial, ni un plazo determinado para que apliquen los recursos a los fines autorizados, lo que resta transparencia al manejo de los recursos públicos. La Auditoría Superior de la Federación emitió 1 acción, orientada principalmente a promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa. Asimismo, con esta acción se impulsa el cumplimiento de la Línea Estratégica de Actuación de la Visión Estratégica de la ASF, relativa a fortalecer los mecanismos de fiscalización en la gestión pública.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios de la

entidad fiscalizada. 3.6.5.2 PEMEX CORPORATIVO. APROVECHAMIENTOS SOBRE LOS

RENDIMIENTOS EXCEDENTES DE LA VENTA DE PETRÓLEO.

⎯ Objetivo. Verificar que el cálculo del aprovechamiento, su entero, los reembolsos efectuados a PEMEX y a sus organismos subsidiarios, la aplicación en gasto de inversión, el registro contable, su presentación en los Estados Financieros y en la Cuenta Pública, se realizaron de conformidad con la normativa.

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⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría financiera y de cumplimiento, la cual fue seleccionada debido a que en la revisión de la Cuenta Pública de 2004, se detectaron recursos del aprovechamiento para Obras de Infraestructura que no fueron reembolsados en ese ejercicio por la SHCP y PEMEX, por tal motivo esta auditoría busca verificar la determinación del Aprovechamiento sobre Rendimientos Excedentes (ARE) y de cada uno de sus componentes; comprobar que las exportaciones de petróleo crudo se registraron en base a lo establecido en la normatividad; comprobar que el entero del ARE se efectuó en tiempo y forma y correspondió con el determinado; así como comprobar que la SHCP reembolsó a PEMEX 50 por ciento de los ingresos excedentes del ARE. Adicionalmente, comprobar que 50 por ciento del excedente ARE se canalizó a PEMEX y sus organismos subsidiarios para aplicar el gasto de inversión en las actividades de exploración, producción y refinación de hidrocarburos, así como en las materias de gas y petroquímica. Se consideró un universo de 54 mil 298.0 millones de pesos de los rendimientos excedentes de PEMEX y organismos subsidiarios, reportados en la Cuenta Pública 2005, de los que se revisó su totalidad. Las áreas revisadas fueron las gerencias Fiscal, de Tesorería, de Control presupuestal, de Presupuestación y de Contabilidad, de PEMEX; la Subdirección de Distribución y Comercialización, Gerencias de Sistemas de Gestión y Administración, de Recursos Financieros y de Recursos de Inversión y Subgerencia Fiscal de PEMEX Exploración y Producción; la Administración del Centro Contable, adscrita SAT y la Dirección General de Recursos Financieros de la SHCP.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se constató que el excedente por la

venta de petróleo se calculó con base en el precio promedio ponderado acumulado mensual del barril de petróleo, y a la base determinada por 141 mil 254 millones de pesos se le aplicó el porcentaje de 39.2 por ciento, con el que se obtuvo el monto de los pagos provisionales del ARE a enterar por 55 mil 371 millones de pesos. Asimismo, se constató que el ARE, determinado para el ejercicio fiscal 2005, por 55 mil 371.6 millones de pesos, coincidió con el informado en la declaración anual para dicho ejercicio.

Se detectó un pago anticipado por 15 mil 989 millones de pesos, correspondientes al cuarto trimestre de 2005, realizado por la Gerencia de PEMEX, calculado con base en el Programa Operativo Anual para diciembre, sin sustentarlo y sin proporcionar la normatividad que regule ese procedimiento. Este pago tuvo un efecto financiero de 45.9 millones de pesos, calculado a una tasa del 7 por ciento anual. Se comprobó que la diferencia por 1 mil 022.3 millones de pesos, entre los ingresos reportados en la Cuenta Pública 2005 por 54 mil 298 millones de pesos y los 55 mil 320.3 millones de pesos pagados por PEMEX, se debió a una disminución contable en el apartado “Reclasificaciones, Estímulos Fiscales y Adjudicaciones, derivada de un saldo a favor del Aprovechamiento para Obras de Infraestructura del ejercicio 2004, compensado en enero de 2005.

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También, se constató que, de acuerdo con el precio de 27 dólares por barril, el total de excedentes del ARE fue de 43 mil 972.6 millones de pesos, de los cuales se reembolsaron a PEMEX 21 mil 986.3 millones de pesos, es decir el 50 por ciento. Asimismo, se constató que la TESOFE realizó un reembolso por 10 mil 383.7 millones de pesos correspondiente al cuarto trimestre de 2005 por concepto de ARE, el cual se efectuó el 27 de diciembre de 2005, 20 días antes del periodo establecido, lo que generó un efecto financiero por 39.8 millones de pesos. Se constató que en el rubro “Patrimonio” de los Estados de Variaciones en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2005, se registraron 264 mil 439.8 millones de pesos, que incluyeron 29 mil 650.7 millones de pesos de las aportaciones del Gobierno Federal, de los cuales 21 mil 986.3 millones de pesos correspondientes al ARE 2005 reembolsado a PEMEX.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 2 observaciones que dieron lugar a la promoción de 2 acciones, las cuales corresponden a solicitud de aclaración-recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. En términos generales la ASF considera que PEMEX

cumplió con las disposiciones normativas aplicables a los Aprovechamientos sobre Rendimientos Excedentes de la Venta de Petróleo excepto por el efecto financiero de 45.9 millones de pesos, calculado a una tasa del 7 por ciento anual, por el pago anticipado realizado por la Gerencia Fiscal de PEMEX y calculado por la Subgerencia Fiscal de PEP, y el efecto financiero de 39.8 millones de pesos para el Gobierno Federal por el reembolso anticipado realizado por la TESOFE.

⎯ Impacto de la Fiscalización. El impacto económico fue de 85.8 millones de

pesos de recuperaciones probables, importe que representó el monto de las operaciones observadas. Este monto está integrado por dos efectos financieros, el primero por 45.9 millones asociado con el pago de Pemex por 15 mil 989.7 millones de pesos del ARE del cuarto trimestre de 2005. El segundo efecto financiero por un monto de 39.8 millones de pesos se derivó del reembolso a Pemex por 10 mil 383.7 millones de pesos, correspondiente al cuarto trimestre de 2005, depositado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público 20 días antes del periodo establecido. La Auditoría Superior de la Federación emitió 2 acciones, orientadas principalmente a recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal. Asimismo, con estas acciones se impulsa el cumplimiento de la Líneas Estratégica de Actuación de la Visión Estratégica de la ASF relacionada con la promoción para la implantación de mejores prácticas gubernamentales.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

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3.6.5.3 PEMEX CORPORATIVO. SEGUIMIENTO A LA APLICACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE ADEUDO CELEBRADO ENTRE PETRÓLEOS MEXICANOS Y EL SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA REPUBLICA MEXICANA.

⎯ Objetivo. Verificar la recuperación de los importes pactados en la Declaración

del Importe de Adeudo suscrito entre PEMEX y el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), así como su registro y evidencia documental, conforme a la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una revisión financiera y de

cumplimiento y fue seleccionada con base en que se determinó que PEMEX y organismos subsidiarios celebraron con el STPRM una Declaración de Reconocimiento de Adeudo por 1 mil 580.4 millones de pesos. Se revisaron las retenciones de cuotas al STPRM por 69.1 millones de pesos de enero de 2004 a junio de 2005, mismas que constituyeron el total del universo. Fueron revisadas las Gerencias de Administración y Finanzas, de Contabilidad y de Control Presupuestal, dependientes de la Dirección Corporativa de Finanzas de PEMEX.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF encontró que en agosto de

2003 el STPRM firmó a favor de PEMEX el reconocimiento de adeudo por 1 mil 581.4 millones de pesos y que estos documentos pudieron haber sido un pago de lo indebido por lo que el sindicato reconoció dicho adeudo. La forma de pago se efectuaría sobre la parte proporcional de los enteros que por concepto de retención de cuotas sindicales debe hacer PEMEX al STPRM, en términos del Contrato Colectivo de Trabajo. Se establecieron los pagos mensuales a cuenta de las cuotas sindicales del adeudo principal y de sus respectivos intereses por 1 mil 461.8 millones de pesos, estos últimos pagaderos del 1 de junio de 2018 al 1 de septiembre de 2031.

El reconocimiento de adeudo a favor de PEMEX fue garantizado con un pagaré que fue formalizado el 1 de septiembre de 2003 por el Secretario General y el Tesorero del STPRM; el Consejo de Administración de PEMEX autorizó al Director General para que aceptara la Declaración de Adeudo del STPRM. La ASF constató que el STPRM formalizó el adeudo conforme al Código Civil Federal; verificó que el adeudo fuera respaldado con documentación legal; verificó que las amortizaciones por 69.1 millones de pesos se efectuaron de acuerdo con lo establecido en la Declaración de Reconocimiento de Adeudo; constató que la retención de cuotas sindicales ingresó a las cuentas bancarias de PEMEX; verificó que el registro contable de las amortizaciones pactadas se realizó de acuerdo con la normatividad aplicable.

⎯ Acciones Promovidas. No se promovieron acciones ni recomendaciones.

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⎯ Dictamen de la ASF. La ASF y respecto de la muestra señalada, considera desde el punto de vista de cumplimento financiero, que en términos generales PEMEX Corporativo cumplió con los ordenamientos jurídicos y las disposiciones normativas aplicables y Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No se reportó ningún impacto en la fiscalización.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

3.6.5.4 PEMEX CORPORATIVO. SERVICIOS GENERALES

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones por concepto de consultorías, asesorías y otros, con cargo al Capítulo 3000 “Servicios Generales” se efectuaron, registraron en la contabilidad y presentaron en la Cuenta Pública de acuerdo con la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se aplicó una auditoría financiera y de

cumplimiento que fue seleccionada debido a que la ASF consideró que los Servicios Generales es un concepto de riesgo, susceptible de irregularidades en el cumplimiento de la normativa y el manejo de los recursos, fue considerada como una auditoría horizontal. La muestra auditada fue por 173.1 millones de pesos de “Servicios Técnicos Pagados a Terceros”, correspondiente a 21 por ciento del universo por 825.3 millones de pesos. El importe seleccionado se conformó con la revisión de 23 expedientes de contratos de servicios de asesoría y consultoría cuyos montos de los contratos fueron por 266.8 millones de pesos y 21.5 millones de dólares, que correspondieron a 234.6 millones de pesos, el total en moneda nacional ascendió a 501.5 millones de pesos. Se revisaron entre otras las gerencias de Recursos Materiales y Servicios Generales; de Administración Financiera del Corporativo; de Contabilidad; de Ingeniería de Telecomunicaciones; de Precios; Corporativa de Recursos Informáticos; Área de Contratos de la Subgerencia de Abastecimientos; la Dirección Corporativa de Operaciones; y la Unidad Corporativa de Sistemas de Información Geográficos, adscritas a PEMEX.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF al evaluar la integración (y

modificaciones) del presupuesto ejercido del capítulo 3000 "Servicios Generales" de Pemex Corporativo para el ejercicio 2005, determinó un incremento presupuestal de 1 mil 805.7 millones de pesos, al pasar de un presupuesto original autorizado de 3 mil 123.4 millones de pesos, a uno modificado de 4 mil 929.1 millones de pesos, que representa una variación positiva de 57.8 por ciento. Esta modificación se realizó a través de oficios de afectación presupuestaria autorizados por la SHCP.

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La ASF determinó irregularidades e inconsistencias en la aplicación de los recursos al Capítulo 3000 “Servicios Generales”, así como en los procedimientos para la adjudicación de contratos. Se constató el registró de un monto no ejercido por 160.2 millones de pesos (3.3 por ciento) y la entidad no reportó las causas de todas las variaciones; PEMEX no acreditó 823 operaciones por 5.9 millones de pesos. Estas operaciones quedando todas ellas “sin formalización de contrato”; el “Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios” no incluyó el programa para la contratación de servicios de consultoría y asesoría para ese ejercicio. De los contratos de servicios adquiridos por PEMEX, 52.6 por ciento se otorgaron mediante adjudicación directa y 3.6 por ciento por licitación pública, por lo que se solicitó a PEMEX se realicen por licitación pública; en 20 contratos por 250 millones de pesos y 21.5 millones de dólares no se incorporó información relacionada con su adjudicación. La ASF constató que PEMEX no tiene actualizadas las Políticas, Bases y Lineamientos Generales de Suministros en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para PEMEX y organismos subsidiarios y empresas filiales. En probables daños o perjuicios al patrimonio de la Hacienda Pública, se reportaron: el otorgado mediante adjudicación directa a McKinsey & Company Inc. México SC., por 3.3 millones pesos, donde el producto no sirvió a PEMEX, ya que no fue ejecutado por el usuario; el de Mercer Human Resource Consulting, por 4.3 millones de pesos, para el servicio de “Valuaciones actuariales de los pasivos laborales contingentes de PEMEX”. La ASF corroboró que la entidad no supervisa información relativa al Estudio de Mercado, donde sólo realiza comparativos de tarifas del mismo proveedor de un año a otro. El órgano de fiscalización superior recomendó a PEMEX se realicen las acciones necesarias para el cumplimiento de las cláusulas establecidas en los contratos y la aplicación de las sanciones consignadas.

⎯ Acciones Promovidas. En resumen se emitieron 13 observaciones que generaron 26 acciones de las cuales corresponden: 11 a Recomendación, 1 a Solicitud de Aclaración-Recuperación, 2 a Pliego de Observaciones y 12 a Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto a

la muestra señalada, PEMEX no cumplió con las disposiciones normativas aplicables relacionadas con los procedimientos de contratación de asesorías y consultorías como se precisa en los resultados.

⎯ Impacto de la Fiscalización. El Impacto contable ascendió 4.5 millones de

pesos debido a diferencias en registros, y el impacto económico tuvo un importe de 7.6 millones de pesos atribuido a pagos improcedentes o en exceso. La ASF emitió 26 acciones, orientadas principalmente a promover la sanción de

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servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

3.6.5.5 PEMEX CORPORATIVO. EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 5000 “BIENES MUEBLES E INMUEBLES”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones para la adquisición de bienes con

cargo al Capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” reportadas en el Informe de Avance de Gestión Financiera de enero a junio de 2005 correspondieron a previsiones; que se incluyeron en el Programa Anual de Adquisiciones; que se autorizaron, justificaron y comprobaron; y que en el proceso de adjudicación de contratos, recepción y pago de estos; así como en el registro presupuestal y contable se observó la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. La revisión practicada fue financiera y de cumplimiento y se seleccionó considerando que el Capítulo 5000 Bienes Muebles e Inmuebles, ejerció un presupuesto por 95.2 por ciento del gasto de inversión por 104.8 millones de pesos en el periodo enero a junio de 2005. La muestra auditada fue por 25 millones de pesos, que representaron 25 por ciento del presupuesto total asignado al Capítulo 5000 en PEMEX por 99.7 millones de pesos. Se revisaron las gerencias de la Dirección Corporativa de Finanzas y de la Dirección Corporativa de Administración.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF al evaluar la integración (y

modificaciones) del presupuesto ejercido del capítulo 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles" de Pemex corporativo para el ejercicio 2005, determinó un incremento presupuestal de 59.2 millones de pesos, al pasar de un presupuesto original autorizado de 507.2 millones de pesos, a un presupuesto modificado autorizado de 566.4 millones de pesos, que representa una variación positiva de 11.7 por ciento. Esta modificación se realizó a través de oficios de afectación presupuestaria autorizados por la SHCP. Cabe señalar que a junio de 2005 el ente fiscalizado había ejercido 99.8 millones de pesos que representa un avance de sólo 17.6 por ciento.

La ASF constató que de los 25 contratos seleccionados por 25 millones de pesos, se adjudicaron 10 por 22.7 millones de pesos, mediante licitación pública internacional; 5 por 1.5 millones de pesos, por invitación a cuando menos tres

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personas y 10 por 761.6 miles de pesos, de manera directa, en los términos de la normatividad establecida. Se evaluó la consistencia de los procedimientos de auditoría de la entidad; se constató que las erogaciones correspondieran a los importes reportados; se verificó que la entidad fiscalizada contó con un presupuesto de inversión en el Capítulo 5000 autorizado por la SHCP y que éste ascendió a 566.4 millones de pesos; se comprobó que la entidad fiscalizada previó sus adquisiciones de bienes muebles e inmuebles en su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para el ejercicio 2005; se verificó que los procesos de adjudicación de contratos, recepción de bienes y pago se realizaron conforme a las disposiciones aplicables; se constató que el registro presupuestal y contable de las adquisiciones se realizó de acuerdo con la Ley respectiva y se verificó el destino final y el resguardo de los bienes muebles e inmuebles adquiridos de acuerdo con la normatividad interna de la entidad fiscalizada.

⎯ Acciones Promovidas. La ASF determinó 5 observaciones, de las que derivaron 6 Recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación, respecto a la

muestra señalada, considera que en términos generales PEMEX cumplió, en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a las adquisiciones de bienes muebles, al proceso de adjudicación de los pedidos, aplicación de sanciones y pago de facturas.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Impacto de Control. La entidad no ha realizado en

su totalidad los resguardos ni etiquetado los bienes adquiridos de enero a junio de 2005, lo que dificulta su identificación y ubicación. La ASF determinó un impacto contable por 1.5 millones de pesos. Las adquisiciones concluidas que continúan registradas como activos en proceso de adquisición, repercuten en la confiabilidad de las cifras reportadas por la entidad.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. La Subgerencia de PEP y Corporativo

señalaron que el área usuaria presenta su solicitud de baja y las razones por las que se originó la pérdida total del globo aerostático. Asimismo, indicó que la Administración del Activo Fijo, ya procedió a realizar el traspaso contable que para estos casos aplica, por lo que dicha anomalía está solventada.

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3.6.5.6 PEMEX CORPORATIVO: EVALUACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL CONVENIO 10275/04 Y DEL CONVENIO DE TRANSACCIÓN.

⎯ Objetivo. Verificar la justificación, legalidad y documentación comprobatoria

relativa al cumplimiento de las obligaciones de pago de PEMEX con el STPRM, pactadas en el Convenio 10275/04 y en el Convenio de Transacción, así como su registro y evidencia documental correspondiente.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento que fue seleccionada como resultado de la negociación colectiva laboral de 2004 entre PEMEX y el STPRM, donde se pactaron obligaciones a su favor con un costo por 7 mil 781.3 millones de pesos. Se revisó un importe de 5 mil 514.3 millones de pesos, que representó el total de las obligaciones pactadas a favor del STPRM en el Convenio de Transacción y Servicios Médicos, obligación originalmente contemplada en el Convenio 10275/04. Se revisaron las gerencias de Administración y Finanzas, de Contabilidad y de Control Presupuestal, dependientes de la Dirección Corporativa de Finanzas y la Oficina del Abogado General de PEMEX.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF constató que el Convenio

10275/04 tiene incumplimientos normativos por parte de PEMEX, ya que los montos del Convenio no fueron respaldados en criterios o estudios que determinaran las cantidades pactadas, en lo relativo al mantenimiento y construcción de instalaciones deportivas y la compra de terrenos para construir vivienda. En julio de 2005, PEMEX demandó en contra del STPRM la declaración de NULIDAD, respecto de las cláusulas, puntos e incisos relativos al Convenio de julio de 2004, por ser contrarias a diversas disposiciones legales y por no reunir el elemento de validez que todo contrato colectivo de trabajo debe reunir.

La ASF recomendó a la Secretaría de la Función Pública para que en su calidad de Comisario del Consejo de Administración de PEMEX, acote la discrecionalidad del Director General de PEMEX en la suscripción de los convenios administrativos sindicales. La ASF solicita al Órgano Interno de Control de PEMEX finque las responsabilidades administrativas respectivas al servidor público que durante su gestión formalizó el Convenio 10274/04. En agosto de 2005 el STPRM y PEMEX ratificaron ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje el Convenio de Transacción de fecha 25 de agosto de 2005 en todas y cada una de sus partes y se desistieron a su entero perjuicio de la ejecución del Convenio 10275/04. La ASF formulará tres Pliegos de Observaciones para la solventación por parte de PEMEX ya que se presume un probable daño o perjuicio al patrimonio de la Hacienda Pública por la entrega directa de recursos de Pemex Corporativo a STPRM sin existir fundamento normativo por un total de 1 mil 724 millones de pesos distribuidos de la siguiente

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manera:(a) 200 millones de pesos relacionados con recursos para el mantenimiento de instalaciones deportivas; (b) 459 millones de pesos por recursos derivados de demanda laboral de ayuda reclamada del sindicato a Pemex y (c) 1 mil 065.5 millones de pesos de recursos canalizados en materia de vivienda. El 26 de agosto de 2005 PEMEX y el STPRM, se desistieron respectivamente de la demanda de nulidad y del cumplimiento del Convenio 10275/04.

⎯ Acciones Promovidas. En resumen se emitieron 7 Observaciones que generaron 12 Acciones, de las cuales corresponden: 8 a Recomendación, 3 a Pliego de Observaciones y 1 a Promoción de Responsabilidad Administrativa.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra señalada, PEMEX Corporativo no cumplió con las disposiciones normativas aplicables al asumir y pagar en el Convenio de Transacción obligaciones que se generaron en el Convenio 10275/04.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF, determinó un impacto económico por

1 mil 724.5 millones de pesos, ya que el Director General de PEMEX con el Convenio 10275/04 comprometió recursos sin contar con suficiencia presupuestal y las autorizaciones respectivas. Como resultado de la revisión practicada, la Auditoría Superior de la Federación emitió 12 acciones, orientadas principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios por

parte de la entidad.

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3.6.6 PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN

Atribuciones

En el Diario Oficial de la Federación del 16 de julio de 1992, se publicó la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, la cual señala en su Artículo 3o. la creación de cuatro organismos descentralizados de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios. Entre tales organismos se incluye PEMEX Exploración y Producción, para el que la fracción I del citado artículo establece como objeto la “exploración y explotación del petróleo y el gas natural; su transporte, almacenamiento en terminales y comercialización.”

Antecedentes de auditorías practicadas a PEMEX Exploración Producción, 1999-2004

Durante la revisión de la Cuenta Pública de 1999 a 2004, la ASF practicó a PEMEX Exploración y Producción 45 auditorías, de las cuales 2 fueron de desempeño, 21 financieras y de cumplimiento, 21 de obra pública e inversiones físicas, y una especial.

Tipo de auditoría Total 1999 2000 2001 2002 2003 2004

Total 45 6 6 9 8 11 5Desempeño 2 0 0 0 1 1 0Regularidad:

Financieras y de Cumplimiento 21 5 3 3 3 5 2Obra Pública e Inversiones Físicas 21 1 3 6 4 4 3Sistemas 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Entidades 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Municipios 0 0 0 0 0 0 0

Especiales 1 0 0 0 0 1 0Seguimiento 0 0 0 0 0 0 0

RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. 1999-2004PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN

Fuente: Elaborado por la UEC con base en datos de la ASF, Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 1999-2004. PEMEX Exploración es una entidad a la que año con año se le practican auditorías de inversión física y obra pública, así como financieras y de cumplimiento, con el fin verificar la aplicación de los recursos en materia de obra pública, y el apego a la normatividad en materia presupuestal y contable del ejercicio y registro del gasto corriente y de inversión. Derivado de la práctica de esas auditorías, la ASF promovió 574 acciones que en su mayoría (418), tuvieron carácter preventivo (recomendaciones), en tanto que las

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acciones correctivas estuvieron conformadas por 53 solicitudes de intervención al Órgano Interno de Control y 103 solicitudes de aclaración.

SUB TOTAL% DE

ATENCIÓN ATENDIDAS O PROMOVIDAS

SUSTITUIDAS POR NUEVA

ACCIÓN

BAJAS POR RESOLUCIÓN

JUDICIAL SUB TOTAL

% EN PROCESO DE

ATENCIÓN

TOTAL 574 563 98.1% 561 2 0 11 1.9%

Recomendación 418 411 98.3% 411 0 0 7 1.7%Solicitud de Intervención del OIC 53 53 100.0% 53 0 0 0 0.0%Solicitud de Aclaración 103 99 96.1% 97 2 0 4 3.9%Solicitud de Intervención de la Instancia Recaudadora 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Denuncia de Hechos 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Fuente: ASF, Informe Estado de Atención y Promoción de las Observaciones-Acciones Emitidas con Motivo de la Revisión de la Cuenta Pública (31-dic-2006).

Que la ASF formula, promueve o presenta:

SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES Y ACCIONES EMITIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 1999-2004PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN

TIPO DE ACCIÓN TOTAL

EMITIDAS

ATENDIDAS, PROMOVIDAS, SUSTITUIDAS Y BAJAS POR RESOLUCIÓN JUDICIAL EN PROCESO DE ATENCIÓN

Al 31 de diciembre de 2006, PEMEX Exploración Producción había solventado el 98.1 por ciento de las acciones promovidas (incluidas 2 sustituidas por nueva acción) y las 11 restantes (1.9 por ciento) se encontraban en proceso de solventación.

Resumen de auditorías practicadas 2005. Con motivo de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2005, la ASF llevó a cabo 10 auditorías a PEMEX Exploración Producción, de las cuales, 1 fue al Informe de Avance de la Gestión Financiera y 9 a la Cuenta Pública. Por su tipo, fueron 3 auditorías financieras y de cumplimiento, 6 de inversiones físicas y 1 de seguimiento. Auditorías financieras y de cumplimiento.

⎯ Cuentas de Resultados, "Ventas Nacionales". ⎯ Egresos Presupuestales del Capítulo 3000 "Servicios Generales". ⎯ Servicios Generales.

Auditorías de inversiones físicas.

⎯ Proyecto PEP Burgos. Construcción de Infraestructura Orientada a la Producción de Gas no Asociado en la Región Norte.

⎯ Proyecto PEP Cantarell. Construcción de Infraestructura Orientada. a la Producción de Crudo Pesado en la Región Marina Noreste.

⎯ Proyecto PEP Integral Complejo Antonio J. Bermúdez-Pidiregas. Construcción de Infraestructura Orientada a la Producción de Crudo Ligero en la Región Sur.

⎯ Proyecto PEP Integral Ku-Maloob-Zaap-Pidiregas. Construcción de Infraestructura Orientada a la Producción de Crudo Pesado en la Región Marina Noreste.

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⎯ Proyecto PEP Programa Estratégico de Gas. Construcción de Infraestructura Orientada a la Producción de Gas no Asociado en las Regiones Norte, Sur, Marina Noreste y Marina Suroeste.

⎯ Revisión de Contratos Adjudicados a las Empresas Saint Martín Construcciones, S.A. de C.V. y Oceanografía, S.A. de C.V.

Auditoría de seguimiento:

⎯ Evaluación de las Acciones Realizadas por PEMEX Exploración y Producción para la Solventación de las Acciones Promovidas con Motivo de la Revisión de la Cuenta Pública 2003.

De la práctica de las auditorías citadas se emitieron 55 observaciones, de las que se promovieron 59 acciones: 53 (89.8 por ciento) fueron de carácter preventivo y 6 (10.2 por ciento) de carácter correctivo. De éstas últimas, 2 son solicitudes de aclaración–recuperación, 2 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria y 2 pliegos de observaciones.

Comentarios generales sobre los resultados de las auditorías La ASF dictaminó en 9 auditorías que PEMEX Exploración Producción cumplió razonablemente con la normatividad aplicable. Caso contrario sucedió con la revisión practicada al capítulo 3000 “Servicios Generales”, en virtud de que el ente fiscalizado realizó pagos por 174.4 millones de pesos en 41 contratos por servicios de asesoría y consultoría que adjudicó de manera directa (representando el 42.1 por ciento del total de pagos), debiendo haberlo hecho mediante licitación pública. Asimismo, en las auditorías en las que de manera general se dictaminó positivamente, se realizaron observaciones que por su naturaleza implican riesgos que, de no atenderse, tendrían impactos económicos relevantes y en algunos casos podrían significar recuperaciones para la Hacienda Pública Federal. Por lo anterior, es conveniente destacar en lo específico lo siguiente: Impacto económico de las observaciones. En 5 de las 10 revisiones, la ASF determinó un impacto económico de 14.2 millones de pesos, destacando en esta cifra las que se derivan de la revisión al capítulo 3000 “Servicios Generales” y de la auditoría a Cuentas de Resultados “Ventas Nacionales”. En ambos casos se hace notar que la cifra determinada con irregularidades es mucho mayor que la consignada como impacto económico, a saber, 253.5 millones de pesos por falta de aplicación del IVA en notas de débito y crédito en el primer caso, y 174.4 millones de pesos en el segundo, por pagos realizados a contratos adjudicados de manera directa a proveedores que la ASF consideró fuera de norma.

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Auditorías de inversiones físicas. Proyectos de inversión productiva financiados con PIDIREGAS. En lo que corresponde a las 6 auditorías de inversiones físicas, el factor recurrente es que los contratos mediante los que se formalizaron los términos y condiciones, precios y período de ejecución de los proyectos, fueron modificados considerablemente, lo que, en el mejor de los casos, se regulariza mediante convenios. A juicio de la ASF, esta situación se debe a deficiencias en la planeación, programación y presupuestación de las obras a realizar, lo cual es contrario a lo que estipulan los artículos 21, fracciones I y II, y 46 fracción XII, de la Ley de obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas. Otro aspecto recurrente detectado por la ASF en las revisiones es que los proyectos no cuentan con el dictamen favorable de un experto sobre el análisis de factibilidad técnica, económica y ambiental, ni sobre el proyecto ejecutivo de la obra. Lo más relevante a señalar respecto de este conjunto de auditorías de inversiones físicas es la recurrencia en el incremento de los plazos y montos de los proyectos realizados, el cual se efectuó a través de convenios modificatorios a las condiciones originalmente establecidas en dichos proyectos. Los proyectos relacionados con las auditorías de inversiones físicas practicadas por la ASF a Pemex Exploración y Producción durante 2005, están vinculados en su mayoría a financiamientos PIDIREGAS, que son financiamientos caros, por lo que los retrasos, y los incrementos en costo y monto, representan daños al erario y acrecientan el riesgo de este pasivo contingente. Cabe señalar que de 1997 a la fecha, Pemex tiene documentados 38 proyectos PIDIREGAS, cuyo valor en deuda asciende a 1 billón 268 mil millones de pesos.

Inconsistencias en los sistemas de control relacionado con la producción y venta de petróleo de Pemex Exploración y Producción. En una de las auditorías, la ASF determinó que Pemex Exploración y Producción incumplió al no justificar el inventario con documentos que sustenten dichas existencias. El control de inventarios es fundamental en la obtención de utilidades consistentes para la empresa, dado que su descontrol se presta no sólo al robo hormiga, sino también a mermas y desperdicios, pudiendo causar un fuerte impacto sobre dicha utilidades. Variaciones significativas presupuestales de Pemex Exploración. En la revisión de las auditorías financieras y de cumplimiento referentes a Egresos, se observa un crecimiento presupuestal para el capítulo 3000 "Servicios Generales" durante el 2005 de 2 mil 385 millones de pesos, que representa una variación positiva del 45.1 por ciento en relación al presupuesto originalmente aprobado. Aunque la SHCP autorizó estos movimientos mediante oficios de afectación presupuestaria, las variaciones son significativas como las que también se presentan para Pemex Refinación y Pemex Petroquímica.

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Resultados de auditorías practicadas 2005 A continuación se presentan los resultados de las diez auditorías practicadas a PEMEX Exploración y Producción, de las cuales 3 son auditorías financieras y de cumplimiento, 6 de inversiones físicas y una de seguimiento.

3.6.6.1 PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. CUENTAS DE RESULTADOS, "VENTAS NACIONALES"

⎯ Objetivo. Verificar que el importe reportado en el Estado de Resultados al 31 de

diciembre de 2005, correspondió a las ventas reales de productos de la entidad; que la facturación emitida fue congruente con los volúmenes registrados por los sistemas de medición; que en el proceso de venta y entrega recepción del producto se observaron las políticas de venta, y medición aplicables; y que su registro contable se efectuó conforme a la normativa.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría Financiera y de

cumplimiento, que se seleccionó en virtud de la relevancia del volumen de ventas en relación con el suministro del petróleo crudo a Pemex Refinación cuya cantidad ascendió a 402 mil 731 millones de pesos en 2005. La muestra auditada cubrió el 100 por ciento de este monto. Para efectos de la revisión se cubrió el 100.0 por ciento del total de ventas nacionales, y las áreas que se consideraron para la revisión son las gerencias de Distribución de Hidrocarburos y de Estrategias de Comercialización de Hidrocarburos de la Subdirección de Operaciones y Comercialización y la Gerencia de Recursos Financieros de la Subdirección de Administración y Finanzas.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF corroboró un incremento en las ventas nacionales de petróleo por 78 mil millones de pesos equivalente al 24.1 por ciento en relación con el año anterior (324 mil 458.5 millones de pesos). La revisión determinó que Pemex Exploración y Producción no contó con la documentación del seguimiento de su Programa Operativo Anual, respecto a la producción, disponibilidad y distribución del petróleo crudo y del gas, con el que pueda sustentar su grado de cumplimiento.

Se presentaron atrasos en el cobro de facturas entre 5 a 28 días. Se crearon notas de crédito por la cantidad de 4 mil 536.8 millones de pesos como resultado de la aceptación de reclamaciones por la calidad del producto (se excedieron los niveles aceptados de contenido de agua y sedimentos, azufre, níquel y asfalteno en el petróleo crudo) y 658.5 millones en notas de débito debido a que el laboratorio de PEP se encuentra en proceso de equipamiento. Se observó que a un importe de 1 mil 627.9 millones de pesos de Pemex Refinación y 61.7

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millones de pesos de Pemex Gas y Petroquímica Básica no se les aplicó el IVA (253.4 millones de pesos) sin que justificaran las causas de esa inconsistencia. En relación con los volúmenes obtenidos en la producción de hidrocarburos, y el destino de los mismos, se presentaron mermas por la cantidad de 5.1 millones de barriles por evaporaciones y manejo de barriles. Asimismo, no se justificó el volumen de inventario con documentación que sustente las existencias en relación a las ventas nacionales de exportación y de gas por la cantidad de 4 millones de pesos.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 5 observaciones que dieron lugar a la

promoción de 5 acciones, las cuales corresponden a: 4 recomendaciones y 1 solicitud de Aclaración –Recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales, Pemex

Exploración y Producción cumplió en lo general las disposiciones normativas aplicables al proceso de venta, entrega, recepción, registro y control de las operaciones, excepto por lo observado destacando lo siguiente: existe una falta de aplicación del IVA en notas de débito, de crédito y en registros contables correspondientes a Pemex Refinación y Pemex Gas y Petroquímica Básica por 253.5 millones de pesos, no obstante que dicho impuesto sí fue considerado en las declaraciones fiscales del IVA; no se ha concluido el estudio de actualización y cuantificación de los factores de merma por región y por tipo de petróleo crudo y falta de documentación que respalde lo registrado en las existencias finales de las cuentas 1303 “inventario de Productos Refinados” y 1305 “Inventario de Productos Petroquímicos” por un importe de 4.1 millones de pesos.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF determinó un impacto contable de 253.4

millones de pesos por Operaciones o bienes no registrados relacionados con la falta de aplicación del Impuesto al Valor Agregado en notas de débito y crédito correspondientes a Pemex Refinación y Pemex Gas y Petroquímica Básica. El impacto económico es de 4.0 millones de pesos. La Auditoría Superior de la Federación emitió 5 acciones, orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables; recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

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3.6.6.2 PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 3000 "SERVICIOS GENERALES".

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones por la adquisición de bienes y

servicios con cargo en el Capítulo 3000 "Servicios Generales", reportadas en el Informe de Avance de Gestión Financiera enero a junio de 2005, correspondieron a previsiones; que se incluyeron en el Programa Anual de Adquisiciones y Servicios; que se autorizaron, justificaron y comprobaron; y que su proceso de adquisición, recepción, y registro presupuestal y contable se ajustó a la normativa.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento, seleccionada con base en el análisis del “Detalle del Presupuesto de Egresos” de enero a junio de 2005, del Informe de Avance de Gestión Financiera de Pemex Exploración y Producción (PEP), en donde se determinó que el capítulo 3000 “Servicios Generales” reportó un presupuesto ejercido, por 3 mil 212.6 millones de pesos, el cual se seleccionó para su revisión porque representó el 34.3 por ciento del total del gasto corriente de operación, por 9 mil 373.7 millones de pesos. La muestra Auditada ascendió a 522.0 millones de pesos, 16.2 por ciento del total de gasto en el capítulo 3000. Las áreas revisadas fueron las subgerencias de Recursos Materiales, Humanos y Financieros, dependientes de la Gerencia de Administración de Finanzas, de la Subdirección de la Región Norte de PEP.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF determinó que Pemex

Exploración y Producción cuenta con los procedimientos normativos adecuados para los fines de la entidad fiscalizada, respecto de las operaciones relacionadas con las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios. La revisión identificó un incrementó presupuestal en el Capítulo 3000 “Servicios Generales” para el ejercicio fiscal 2005 de 1 mil 794 millones de pesos, respecto del presupuesto original aprobado, representando una variación positiva de 33.9 por ciento. Estas modificaciones se efectuaron en los términos del artículo 121 del Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal.

En la muestra revisada (522 millones de pesos) se comprobó que el ente ejerció los recursos de acuerdo a la normatividad. Sin embargo, en 10 de los 29 contratos que integraron la muestra seleccionada, no se localizó las copias de las fianzas de cumplimiento, mismas que la entidad fiscalizada recabó con posterioridad para ser incluidas en los expedientes.

⎯ Acciones Promovidas. Esta revisión dio lugar a una sola observación, de la

cual se derivó una recomendación.

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⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales, Pemex Exploración y Producción cumplió, en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables al proceso de adquisición, registro y control de los servicios.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión, la Auditoría

Superior de la Federación promovió una acción orientada principalmente a fortalecer los mecanismos de operación y control, e impulsar la eficiencia y eficacia de la acción pública

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. En relación a las observaciones

emitidas por la Auditoría Superior de la Federación, la entidad fiscalizada, comentó que: “El Subdirector de la Región Norte, instruyó al Gerente de Administración y Finanzas Región Norte y al Administrador del Activo Integral Burgos, para que dentro de su ámbito de competencia, se reitere el reforzar los mecanismos de control interno que permitan verificar que invariablemente, los expedientes de los contratos que se formalizan en los centros de contratación de esta Región Norte, se integren con toda la documentación que establecen las Políticas, Bases y Lineamientos Generales de Suministros en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, y particularmente para vigilar que, en cuanto a las garantías de cumplimiento, se cuente con la evidencia documental de su recepción en tiempo y forma, de acuerdo a lo establecido en el último párrafo del artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”.

3.6.6.3 PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. SERVICIOS GENERALES.

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones por consultorías y asesorías, con

cargo al Capítulo 3000 "Servicios Generales", se efectuaron, registraron en la contabilidad y presentaron en la Cuenta Pública 2005 de acuerdo con la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento. Se seleccionó esta revisión por considerar que las erogaciones por consultorías y asesorías efectuadas por PEMEX Exploración y Refinación forman parte relevante del Capítulo 3000 “Servicios Generales” y constituyen un concepto de riesgo susceptible de irregularidades en el cumplimiento de la normativa relacionada con la licitación y adjudicación de los contratos, el establecimiento de garantías o su cobro por incumplimientos y el manejo de recursos. Este tipo de operaciones se efectúa en PEMEX y sus Organismos

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Subsidiarios, y requiere de una auditoría horizontal, ya que mediante la revisión a estos organismos descentralizados, se obtendrá una cobertura global. La muestra auditada de 414.8 millones de pesos, corresponde a pagos efectuados en el 2005, de contratos adjudicados en ese año equivalentes al 53.1 por ciento de los 781.1 millones de pesos reportados en el renglón de gasto: “Servicios Técnicos Pagados a Terceros", del presupuesto ejercido presentado en la Cuenta Publica de 2005. Las áreas revisadas fueron las Gerencias de Recursos Financieros y de Recursos Materiales, de la Subdirección de Administración y Finanzas; así como las Unidades de Control de Gestión de la Coordinación de Servicios Marinos y de la Subdirección Región Marina Noreste de Pemex Exploración y Producción (PEP).

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF al evaluar la integración del

presupuesto ejercido del Capítulo 3000 "Servicios Generales" de Pemex Exploración y Producción (PEP), determinó un incremento presupuestal de este rubro por 2 mil 385 millones de pesos, que representa una variación positiva del 45.1 por ciento en relación al presupuesto originalmente aprobado. El crecimiento presupuestal correspondiente del concepto auditado “Servicios Técnicos Pagados a Terceros” fue de 71.5 por ciento.

La ASF encontró inconsistencias entre los movimientos de los montos calendarizados reportados en cada uno de los meses anteriores respecto de los que se autorizaron en los oficios de adecuación presupuestaria por la SHCP. La ASF determinó que la entidad fiscalizada al registrar contablemente las erogaciones por 781.1 millones de pesos correspondientes a este rubro, no se ajustó a la normativa al carecer su Catálogo de Posiciones Financieras 2005 (con la Clasificación por Objeto de Gasto) de la autorización por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La revisión también identificó otras inconsistencias contables al registrarse dichos gastos sin la actualización de la Guía Contabilizadora. En el procedimiento para contratar los “Servicios de Consultoría y Asesoría” utilizados por Pemex Exploración y Producción durante el 2005, la adjudicación directa representó el 44.3 por ciento del valor de la totalidad de los servicios contratados con un monto de 252.1 millones de pesos, este dato incluye contratos vigentes en 2005 (el porcentaje se reduce ligeramente al 42.1 por ciento si sólo se consideran los contratos autorizados en el 2005). Los pagos efectuados por la entidad fiscalizada bajo esta modalidad de contratación ascendieron a 174.4 millones de pesos concentrados en 41 contratos de asesoría y consultoría, en contravención de la política no. 5.7 de las “Políticas, Bases y Lineamientos Generales de Suministros en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales”, misma que dispone que la adjudicación de contratos debe promoverse preferentemente a través de licitaciones públicas, y del artículo 27, primer párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

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Público. Adicionalmente, dicho monto incluyó 6.4 millones de pesos que corresponden a dos casos en los que no se proporcionó la documentación justificativa y comprobatoria que acredite los pagos, el primero por 662.5 miles de pesos, de la empresa Oceanografía, S.A. de C.V., y el segundo por 5.7 millones de pesos de la empresa Du Pont, S.A. de C.V. La entidad fiscalizada no proporcionó a la ASF el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de 2005, en incumplimiento del artículo 20 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Órgano Interno de Control en Pemex Exploración y Producción

⎯ Acciones Promovidas: Se emitieron 12 observaciones que generaron 14 acciones, de las cuales corresponden: 10 Recomendación, 2 Pliego de Observaciones y 2 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF: La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales, y respecto de la muestra antes señalada, Pemex Exploración y Producción no cumplió con las disposiciones normativas aplicables al procedimiento de contratación mediante licitación pública.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF determinó un impacto económico de 6.4

millones de pesos y se relaciona con la falta de documentación comprobatoria de las erogaciones. La Auditoría Superior de la Federación emitió 14 acciones, orientadas principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del

ente auditado.

3.6.6.4 PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. PROYECTO PEP BURGOS. CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA ORIENTADA A LA PRODUCCIÓN DE GAS NO ASOCIADO EN LA REGIÓN NORTE.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

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⎯ Características de la revisión. Se realizó una auditoría de inversión física, que fue seleccionada para evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en el contrato de obra pública número 414102841 con un monto de 73.1 millones de pesos, por ser un proyecto concluido y uno de los de mayor monto ejercido que reportó la entidad en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2005 dentro del Proyecto PEP Burgos. Se revisó una muestra de 66.6 millones de pesos que representó el 91.1 por ciento de un total de 73.1 millones de pesos de 9 conceptos que comprendió la ejecución de las obras del contrato mencionado, por ser representativos de los montos ejercidos y por ser susceptibles de verificar y cuantificar tanto en planos como en campo.

El contrato revisado se suscribió con Martínez Aguilar Construcciones, S.A. de C.V., y tuvo por objeto la construcción de líneas de descarga para transporte de hidrocarburos de los pozos a las estaciones de recolección en los campos Arcos, Corindón, Emu, Géminis, Gigante, Gruñón, Jaujal, Oasis, Pandura, Velero y otros del Activo de Producción Burgos Reynosa; fue adjudicado mediante licitación pública internacional del 7 de marzo de 2002 y formalizado el 28 de junio de 2002. Después se autorizaron cinco convenios, de los cuales dos fueron de ampliación al plazo, dos de ampliación al monto y uno para modificar la cláusula décima del contrato. El área revisada fue la Coordinación de Ingeniería y Construcción del Activo Integral Burgos.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Respecto de este importante proyecto de

inversión productiva financiado por PIDIREGAS, la ASF determinó 6 observaciones destacando las siguientes: Hubo una suspensión parcial de la obra debido a que PEP carecía de todos los permisos respecto de la propiedad de los inmuebles y de los derechos de vía de los pozos 53D, Azor 24 y Azor 25; se presentó un desfase de 13 días en la fecha de conclusión de los trabajos; el proyecto de obra no contó, con anterioridad a la emisión de la convocatoria, con el dictamen favorable de un experto sobre el análisis de factibilidad técnica, económica y ambiental, ni con el dictamen del proyecto ejecutivo; se omitieron diversos requisitos en el llenado de las bitácoras; y la contratante no aplicó las sanciones y retenciones por atrasos registrados en relación con el programa de ejecución de los trabajos.

⎯ Acciones promovidas. Se emitieron 6 observaciones, que generaron igual cifra

de recomendaciones. ⎯ Dictamen de la ASF. En términos generales, PEMEX Exploración y Producción

cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, ejecución y pago de las obras contratadas.

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⎯ Impacto de la Fiscalización. No se registró impacto económico, sin embargo la ASF estima que las recomendaciones formuladas se orientan a fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. Estos se presentaron respecto de cada

uno de las 6 observaciones formuladas por la ASF. En síntesis, indican que en cuanto a la falta de permisos de los propietarios, por error se estipuló tal situación en el acta de finiquito, cuando debió referirse a revocación de permisos; asimismo, aclara que los pozos Arcos 53D, Azor 24 y 25, se construyeron al amparo de otro contrato. El ente auditado aclaró que al inicio del proyecto en cuestión contaban con el dictamen favorable de un experto sobre el proyecto ejecutivo de obra. Asimismo, proporcionó copia de las carátulas de las bitácoras en las que se reportan los datos observados como faltantes en la auditoría; y, finalmente, que la ejecución de las obras fue conforme a lo programado y acordado en el contrato revisado.

3.6.6.5 PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. PROYECTO PEP CANTARELL. CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA ORIENTADA A LA PRODUCCIÓN DE CRUDO PESADO EN LA REGIÓN MARINA NORESTE.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría de inversión física al

Proyecto de Infraestructura Productiva de Largo Plazo (PIDIREGAS) PEP Cantarell, para evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en los contratos de obra pública números: PEP-O-DE-310/05, PEP-O-IE-325/04 y PEP-O-IT-366/01, con un monto de 3 mil 837.6 millones de pesos, por ser de los de mayor monto ejercido que reportó la entidad en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2005. Se revisó el total de conceptos que integraron la ejecución de las obras por 421.7 millones de pesos, que representan el 11 por ciento de los 3 mil 837.6 millones de pesos, por ser susceptibles de verificarse y cuantificarse tanto en planos como en campo. Las áreas revisadas fueron la Gerencia de Proyectos Región Marina Noreste (GPRMN), de la Subdirección de Ingeniería y Desarrollo de Obras Estratégicas.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Respecto de los tres contratos de

inversión productiva PIDIREGAS en la zona de Burgos, la ASF determinó lo siguiente:

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(a) Contrato PEP-O-DE-310/05. Existieron incrementos al plazo originalmente planteado, que demuestran que la adjudicación directa de los trabajos no cumplió con el objetivo de concluirlos en el menor tiempo posible, sin contar que la entidad dispone de información precisa sobre la problemática de la logística y hospedaje al que se enfrenta el personal del Activo Cantarell, para realizar y autorizar trabajos costa fuera, por lo que la entidad debió realizar el procedimiento de licitación pública para garantizar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. (b) Contrato número PEP-O-IE-325/04. Se observó inconsistencia en cuanto a los términos del oficio de autorización de los fondos para la inversión, a que se refiere la licitación pública internacional TLC 18575106-009-04 y lo asentado en las declaraciones de dicho contrato. La ASF observó deficiencias en la planeación de los trabajos ejecutados, toda vez que los volúmenes de obra establecidos en el catálogo original de conceptos se modificaron sustancialmente, lo que originó un incremento significativo en el monto del contrato; asimismo, se detectó que el informe al Órgano Interno de Control de PEP se elaboró cuatro meses después de la fecha que marca la norma; y se determinó, que PEMEX Exploración y Producción pagó en exceso 1.4 millones de pesos en la estimación número 59-A de ajuste de costos. (c) Contrato PEP-O-IT-366/01. En la realización de este proyecto, la ASF determinó deficiencias en la planeación y programación de los trabajos ejecutados, toda vez que los volúmenes de obra establecidos en el catálogo original de conceptos se modificaron sustancialmente, lo que originó un incremento significativo en el monto y plazo de ejecución del contrato, y no fueron aplicadas correctamente las deducciones correspondientes a la entrega extemporánea de los endosos de las fianzas de responsabilidad civil, por lo que existe una sanción pendiente de aplicar de 455.2 miles de pesos, más 62.9 miles de dólares, importes que suman un total de 1.1 millones de pesos.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 8 observaciones, que generaron el mismo

número de recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. De la revisión practicada en PEMEX Exploración y Producción, la Auditoría Superior de la Federación dictaminó que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, la entidad cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, adjudicación, contratación, ejecución y pago de las obras contratadas.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se determinó un impacto económico por 2.8

millones de pesos, distribuido de la siguiente manera: 1.7 millones de pesos por pagos improcedentes y 1.1 millones de pesos por falta de aplicación de PEMEX

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Exploración y Producción de multas y sanciones por incumplimientos de contrato de los proveedores. La ASF señaló que estos recursos ya fueron resarcidos al ente auditado. Las acciones emitidas por la ASF se orientaron principalmente a fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

3.6.6.6 PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. PROYECTO PEP INTEGRAL COMPLEJO ANTONIO J. BERMÚDEZ-PIDIREGAS. CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA ORIENTADA A LA PRODUCCIÓN DE CRUDO LIGERO EN LA REGIÓN SUR.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría de inversión física al

Proyecto de Infraestructura Productiva de Largo Plazo Complejo Integral Antonio J. Bermúdez (PIDIREGAS) PEP, que se seleccionó para evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en el contrato de obra pública número 411253845 con un monto de 363.9 millones de pesos, por ser uno de los de mayor monto ejercido que reportó la entidad en la Cuenta Pública 2005 dentro del proyecto seleccionado. La selección de la revisión obedeció también a que el total de conceptos que integraron la ejecución de la obra, es representativo del monto ejercido y por ser susceptible de verificarse y cuantificarse tanto en planos como en campo. Se revisó una muestra de 59.7 millones de pesos, que representó el 16.4 por ciento del valor del proyecto. El área revisada fue la Subdirección de Perforación y Mantenimiento de Pozos.

El contrato de referencia tuvo por objeto la perforación vertical y direccional en los pozos con recursos Pidiregas de los proyectos Cactus-Sitio Grande, Cárdenas, Jujo -Tecominoacán y Carmito - Artesa de la Región Sur; fue adjudicado mediante licitación pública internacional el 4 de marzo de 2003, a la empresa Dowell Schlumberger de México, S.A. de C.V., y en él se establecieron montos de 33.6 millones de pesos más 15.3 millones de dólares y un periodo de ejecución del 21 de junio de 2003 al 18 de diciembre de 2005 (912 días naturales).

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF determinó deficiencias en la planeación, programación y presupuestación de los trabajos, toda vez que los volúmenes de obra establecidos en el catálogo original de conceptos se modificaron sustancialmente, con el consecuente incremento en el monto del

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contrato y en la fecha de conclusión. Esta situación refleja descoordinación entre las áreas de construcción y operación de la entidad, que implicaron la necesidad de que se autorizaran ocho convenios, para ampliar el plazo del proyecto en 378 días y del monto en 71.9 millones de pesos más 33.0 millones de dólares por obra adicional (y extraordinaria) cuya justificación no fue examinada por la ASF.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitió una acción, de la que se derivó una

recomendación.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales, y respecto de la muestra auditada, PEMEX Exploración y Producción cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, adjudicación, contratación, ejecución y pago de las obras realizadas.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No se registró impacto económico. La

recomendación emitida fortalecerá los mecanismos de operación y control y pretende impulsar la Línea Estratégica de Actuación de la Visión Estratégica de la ASF, relacionada con la promoción de la implantación de mejores practicas gubernamentales.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

3.6.6.7 PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. PROYECTO PEP INTEGRAL KU-MALOOB-ZAAP-PIDIREGAS. CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA ORIENTADA A LA PRODUCCIÓN DE CRUDO PESADO EN LA REGIÓN MARINA NORESTE.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría de inversión física al

Proyecto de Infraestructura Productiva de Largo Plazo Complejo Integral Ku-Maloob-Zaap-PEP, que se seleccionó para evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en los contratos de obra pública números PEP-O-IE-318/04, PEPO-IE-319/04, PEP-O-IE-327/03, PEP-O-IE-353/03 y PEP-O-IE-371/03, por ser de los de mayor monto ejercido que reportó la entidad en la Cuenta Pública 2005 dentro del proyecto seleccionado. De los 5 mil 775 conceptos que comprendió la ejecución de las obras por un importe de 3 mil 220.9 millones de pesos, se revisó una muestra de 192 conceptos por un total de 1 mil 243.2 millones de pesos, que significó el 38.6 por ciento, por ser

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representativa del monto ejercido y por ser susceptible de verificar y cuantificar tanto en planos como en campo. La auditoría se desarrolló en la Subdirección de Ingeniería y Desarrollo de Obras Estratégicas de Pemex Exploración y Producción.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Para los cinco contratos revisados, la

ASF determinó que en general las obras se ejecutaron con apego a Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Las obras se realizaron de conformidad con las normas de construcción generales de la entidad y específicas del contrato; los trabajos se ejecutaron de acuerdo con los programas de obra autorizados; el gasto ejercido se ajustó a las asignaciones presupuestarias autorizadas; y el IVA se aplicó correctamente. Sin embargo, en la revisión aparece como constante en los 5 contratos auditados: deficiencias en la planeación, programación y presupuestación de los trabajos realizados, ya que -sin excepción- se suscribieron diversos convenios mediante los que se autorizaron conceptos extraordinarios en pesos y en dólares, así como obra adicional por importantes montos, asociadas con modificaciones al proyecto y la realización de trabajos adicionales a los contemplados en el contrato original, lo que determinó incrementos en los costos y en el plazo de entrega.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 5 observaciones que generaron el mismo

número de recomendaciones. ⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales, PEMEX Exploración y Producción cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, adjudicación, ejecución y pago de las operaciones examinadas, excepto por las observaciones que se determinaron en el informe de auditoría correspondiente.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No se registró impacto económico, pero las 5

acciones emitidas están orientadas a fortalecer los mecanismos de operación y control, y pretenden impulsar la Línea Estratégica de Actuación de la Visión Estratégica de la ASF, relacionada con la promoción de la eficiencia y la eficacia de la acción pública.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

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3.6.6.8 PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. PROYECTO PEP PROGRAMA ESTRATÉGICO DE GAS. CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA ORIENTADA A LA PRODUCCIÓN DE GAS NO ASOCIADO EN LAS REGIONES NORTE, SUR, MARINA NORESTE Y MARINA SUROESTE.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría de inversión física al

Proyecto de Infraestructura Productiva de Largo Plazo (PIDIREGAS) PEP Programa Estratégico de Gas, para evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en los contratos de obra pública números 414103850 y 414103851, con un monto de 987.6 millones de pesos, por ser de los de mayor monto ejercido que reportó la entidad en la Cuenta Pública 2005, dentro del proyecto referido. La muestra seleccionada totalizó 699.0 millones de pesos, que significan el 70.8 por ciento de la inversión total que comprende la ejecución de las obras. La auditoría se realizó en la Subdirección de Ingeniería y Desarrollo de Obras Estratégicas.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Para los dos contratos revisados, la

ASF determinó que en general las obras se ejecutaron en apego a Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y se realizaron de conformidad con las normas de construcción generales de la entidad y específicas de la entidad; los trabajos se ejecutaron de acuerdo con los programas de obra autorizados; los conceptos seleccionados coincidieron con los pagados en las estimaciones; los volúmenes de obra pagados correspondieron con los ejecutados; los factores de ajustes de costos se obtuvieron y aplicaron correctamente; los precios unitarios extraordinarios se aplicaron de conformidad con lo pactado en el contrato; el gasto ejercido se ajustó a las asignaciones autorizadas, los descuentos contractuales correspondieron al Instituto de la Cámara de la Industria de la Construcción (ICIC) y a los derechos de la Secretaría de la Función Pública (SFP).

Sin embargo, en los dos proyectos revisados, la ASF observó que dichos proyectos no contaron con anterioridad a la emisión de la convocatoria, con el dictamen favorable de un experto sobre el análisis de factibilidad técnica, económica y ambiental, ni sobre el proyecto ejecutivo de obra pública; de igual manera, se detectó que la entidad firmó el contrato antes de que la SEMARNAT aprobara la manifestación de impacto ambiental del proyecto.

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365

En el caso particular del contrato 414103850, se determinó que la cancelación de partidas de concurso y la autorización de precios unitarios extraordinarios en el finiquito de obra, derivados de modificaciones al proyecto, no se formalizaron mediante convenios; de igual manera, se observó que un tramo de 5.2 kilómetros de línea submarina se dañó durante el tendido, por lo que la contratista decidió sustituirla, por resultar menos oneroso que repararla, daño que se originó porque la información que entregó la entidad en las bases de licitación consideró una velocidad de la corriente inferior a la real. Del costo incurrido, la entidad no reconoció a la contratista ningún pago adicional por la adquisición del tramo de la tubería que se sustituyó, ni por su tendido, excepto el pago de ajuste por un monto de 694.7 miles de dólares debido al incremento en el costo del acero que se dio a nivel internacional; incremento que fue reconocido por la Secretaría de la Función Pública y que fue publicado en DOF el 21 de mayo de 2004. Por lo que hace al el contrato 414103851, la ASF constató que los trabajos, importes y plazos de ejecución de los mismos sufrieron modificaciones sustanciales a los originalmente estimados, lo que refleja deficiencias en el proceso de planeación de la entidad. Detectó también que mediante el convenio número 1 (de ocho convenios negociados) se autorizó la ejecución de un concepto sin modificar el plazo de entrega original, y que para ejecutarlo se realizó un estudio de mecánica de suelos, porque el que proporcionó la entidad en las bases de concurso fue insuficiente. La ASF observó también que se pagaron 263 conceptos de obra, los cuales se dedujeron posteriormente, sin que la entidad fiscalizada recuperara los intereses generados por 668.2 miles de pesos, importe cuyo resarcimiento efectuó hasta el 11 de diciembre de 2006. Finalmente, se constató que de los ocho convenios autorizados, 4 no fueron firmados por el titular del área, no obstante que rebasaron el 25 por ciento del monto y plazo originales.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 12 observaciones que generaron el mismo

número de recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación consideró que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, PEMEX Exploración y Producción cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago de las obras contratadas.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se determinó un impacto económico por 668.2

miles de pesos, por intereses generados por incumplimiento de obligaciones. Las doce acciones emitidas por la ASF se orientaron principalmente a fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

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3.6.6.9 PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. REVISIÓN DE CONTRATOS ADJUDICADOS A LAS EMPRESAS SAINT MARTÍN CONSTRUCCIONES, S.A. DE C. V. Y OCEANOGRAFÍA, S.A. DE C. V.

⎯ Objetivo. Comprobar que los contratos adjudicados a las empresas Saint Martín

Construcciones, S.A. de C.V. y Oceanografía, S.A. de C.V. se presupuestaron, licitaron y adjudicaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una revisión de inversión física, en

atención a la solicitud de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, presentada en el comunicado número CVASF/LIX/190/06, de fecha 9 de mayo de 2006, donde se requirió revisar todos y cada uno de los contratos suscritos entre PEMEX Exploración y Producción y las empresas Saint Martín Construcciones, S.A. de C.V., y Oceanografía, S.A. de C.V.; para ello, la ASF seleccionó los 18 contratos (100 por ciento) que el ente fiscalizado suscribió con las referidas contratistas durante el ejercicio de 2005; de dichos contratos, 9 fueron para cada una de las referidas contratistas; por su objeto, 11 son de obra pública y 7 de arrendamiento. Las áreas revisadas fueron las Regiones Sur (RS), Marina Noreste (RMNE) y Marina Suroeste (RMSO), Coordinación de Servicios Marinos (CSM) y Perforación Sede (PS).

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se comprobó que, en términos

generales, las obras objeto de los 18 contratos revisados se presupuestaron, licitaron y adjudicaron, de conformidad tanto con la Ley de Obras Públicas y Servicios y normativa aplicable; que las modificaciones efectuadas se formalizaron mediante la celebración de convenios; que se llevó a cabo el procedimiento de rescisión del contrato núm. 411004815; y que se cumplieron los objetivos y metas establecidos. Sin embargo, la ASF determinó las observaciones siguientes: En la revisión de los contratos números 411253849 y 411253850 suscritos con Saint Martín Construcciones, S.A. de C.V., se observó que ésta no presentó las garantías por vicios ocultos al término de los trabajos; en los contratos 411253849, 411253850 y 415114990, suscritos con la propia empresa no se acreditó que haya comunicado a la entidad la terminación de los trabajos, efectuado su recepción física y elaborado los finiquitos correspondientes; en los contratos números 418235812 y 418815856, a cargo de Oceanografía, S. A., de C. V., los finiquitos de los trabajos no se elaboraron dentro de los plazos contratados; en los contratos números 418235840 y 418235843, a cargo de Oceanografía, S.A. de C. V., las estimaciones números 1-A y 1-C, en el primer caso, y las números 1-A, 1-C, 2-A, 2-C, 3-A, 3-C, 5-A, 5-C, 6-A y 6-C en el segundo caso, no se presentaron dentro de los seis días siguientes a la fecha de corte; en el contrato 418815856, la entidad no aplicó a Oceanografía, S. A. de

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C. V., las penas convencionales por el atraso de 16 días en la terminación de trabajos, por montos de 150.4 miles de pesos y 23.7 miles de dólares (255.4 miles de pesos al tipo de cambio de 10.777 pesos por dólar), importes que suman un total de 405.8 miles de pesos. Es importante señalar que en contraste con otras revisiones de inversión física efectuadas a Pemex Exploración y Producción, la ASF no precisó de manera explícita si en los 18 contratos examinados se modificaron las condiciones de plazo y monto establecidas en los contratos originales.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 5 observaciones que generaron 6

acciones, de las cuales 5 son recomendaciones y 1 solicitud de aclaración-recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales y respecto de los contratos adjudicados a las empresas Saint Martin Construcciones, S.A. de C.V., y Oceanografía, S.A. de C.V., PEMEX Exploración y Producción cumplió las disposiciones normativas aplicables a la planeación, presupuestación, licitación y adjudicación de los contratos revisados.

⎯ Impacto de la Fiscalización. El impacto económico derivado de la auditoría es

de 405.8 miles de pesos por falta de aplicación de penas y sanciones por incumplimientos. Las seis acciones emitidas por la ASF se orientaron principalmente a recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado

3.6.6.10 PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. EVALUACIÓN DE LAS ACCIONES REALIZADAS POR PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN PARA LA SOLVENTACIÓN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2003.

⎯ Objetivo. Evaluar las acciones instrumentadas por PEMEX Exploración y

Producción, para la solventación de las recomendaciones números 03-18575-7-047-07-004 y 03-18575-7-047-07-007, formuladas por la ASF con motivo de la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2003.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría de seguimiento, bajo

el criterio de verificar el impacto de las acciones instrumentadas por PEMEX Exploración y Producción (PEP) para revertir la tendencia decreciente de las

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reservas de gas natural, así como para reducir la emisión de gas a la atmósfera. En 2005 las reservas totales de gas natural fueron de 46,716 miles de millones de pies cúbicos (MMMPC), resultado inferior en 2.4 por ciento al registrado en 2003; en tanto que la emisión de gas a la atmósfera fue 182 millones de pies cúbicos diarios (MMPCD), volumen inferior en 71.5 MMPCD al de 2003. El alcance se circunscribió a evaluar las actividades realizadas por el ente auditado para solventar las citadas recomendaciones, formuladas con motivo de la auditoría número 47, correspondiente a la revisión de la Cuenta Pública 2003. Los trabajos se desarrollaron en las Subdirecciones de Planeación y Evaluación, y de Operación y Comercialización de PEMEX Exploración y Producción.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Respecto de la recomendación 03-

18575-7-047-07-004, la ASF concluyó que PEP instrumentó programas y proyectos para la incorporación de nuevas reservas de gas natural, conforme a la estrategia establecida en el Programa Sectorial de Energía 2001-2006, con lo cual atendió la recomendación emitida por la ASF; tales acciones han permitido incrementar el índice de reposición de reservas. Este índice pasó de 44.7 por ciento en 2003 a 59.2 por ciento en 2005, pero la falta de ritmos sostenidos de inversión en exploración conforme al Plan de Negocios 2002-2010 y el incremento en la producción, han limitado el cumplimiento de las metas de corto y mediano plazos para la restitución de reservas.

Con relación a la recomendación 03-18575-7-047-07-007, la entidad de fiscalización superior de la Federación, determinó que PEMEX Exploración y Producción no ha logrado alcanzar la meta de emisión de gas a la atmósfera, establecida en el Plan de Negocios del organismo, ya que en 2005 produjo 182.0 miles de millones de pies cúbicos de gas, volumen equivalente al 3.8 por ciento de la producción anual y que representó el doble de la meta prevista, debido principalmente a la fuga registrada en el gasoducto de 48” en Dos Bocas y a las fallas continuas en los reguladores de gas combustible en los módulos Akal-C7, Akal-C4 y Akal-B. La ASF concluyó que Pemex Exploración y Producción no dispone de infraestructura suficiente y condiciones adecuadas de operación para el manejo de la producción de gas natural, lo que impide al organismo disminuir el índice de envío de gas a la atmósfera y alcanzar niveles internacionales en eficiencia operativa.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitió 1 observación que generó 2 recomendaciones al desempeño. Una, en el sentido de que se establezca un programa calendarizado para incrementar los niveles anuales de aprovechamiento de gas, a fin de cumplir con las metas que establezcan en su Programa Estratégico 2007-2015, acorde con el propósito de alcanzar niveles internacionales de eficiencia en operación. La otra, para que PEP establezca un programa para la construcción y rehabilitación de la infraestructura que se requiera para reducir el índice de emisión de gas a la atmósfera, a fin de cumplir con las metas y

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alcanzar los estándares internacionales que se definan en el Programa Estratégico 2007-2015.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales, PEMEX Exploración y Producción cumplió con la ejecución de los programas y proyectos conforme a la estrategia establecida en el Programa Sectorial de Energía 2001-2006, lo que le permitió incrementar el índice de reposición de reserva de hidrocarburos en el 2005 respecto del 2003; sin embargo, no logró alcanzar la meta de emisión de gas a la atmósfera establecida en su Plan de Negocios, ya que en 2005 envió 182.0 MMPCD de gas, volumen equivalente al 3.8 por ciento de la producción anual y que representa el doble de la meta prevista.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La revisión de seguimiento tuvo impacto en el

control y operación, lo que significó realizar acciones que culminaron en el incremento del índice de reposición de reserva de hidrocarburos. Sin embargo, en lo que corresponde a las acciones recomendadas al ente auditado para reducir las emisiones de gas a la atmósfera, éstas no fueron efectivas para alcanzar el objetivo establecido y ello se debió básicamente a que Pemex Exploración y Producción no dispone de infraestructura suficiente y en condiciones adecuadas de operación para el manejo de la producción de gas natural, lo que impide al organismo disminuir el índice de envío de gas a la atmósfera y alcanzar niveles internacionales en eficiencia operativa.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

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3.6.7 PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA

Atribuciones La Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 1992, señala en su artículo 3o. la creación de cuatro organismos descentralizados de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios. Para el organismo Pemex Gas y Petroquímica Básica, se establece las atribuciones fundamentales siguientes: Efectuar el procesamiento del gas natural, líquidos del gas natural, y el gas artificial, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de estos hidrocarburos, así como de derivados que sean susceptibles de servir como materias primas industriales básicas.

Antecedentes de auditorías practicadas a PEMEX Gas y Petroquímica Básica, 1999-2004

Durante la revisión de la Cuenta Pública de 1999-2004, la ASF practicó 24 auditorías de las cuales 3 fueron de desempeño, 8 financieras y de cumplimiento, 13 de obra pública e inversiones físicas. Pemex Gas y Petroquímica Básica es una entidad a la que la ASF le practica un número regular de auditorías básicamente de regularidad. Así, del total de revisiones realizadas por la ASF para el período considerado, el 87.5 por ciento ha sido de regularidad, mientras que las auditorías de desempeño concentraron el 12.5 por ciento restante.

Tipo de auditoría Total 1999 2000 2001 2002 2003 2004

Total 24 2 5 5 5 5 2Desempeño 3 1 1 0 0 1 0Regularidad:

Financieras y de Cumplimiento 8 1 2 2 1 2Obra Pública e Inversiones Físicas 13 0 2 3 4 4 0Sistemas 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Entidades 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Municipios 0 0 0 0 0 0 0

Especiales 0 0 0 0 0 0 0Seguimiento 0 0 0 0 0 0 0

RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. 1999-2004PEMEX GAS Y PETROQUIMICA BASICA

Fuente: Elaborado por la UEC con base en datos de la ASF, Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 1999-2004. Derivado de la práctica de esas auditorías, la ASF promovió 186 acciones que en su mayoría (136) tuvieron carácter preventivo (recomendaciones), en tanto que las

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acciones correctivas estuvieron conformadas por 23 solicitudes de intervención al Órgano Interno de Control y 27 solicitudes de aclaración.

SUB TOTAL% DE

ATENCIÓN ATENDIDAS O PROMOVIDAS

SUSTITUIDAS POR NUEVA

ACCIÓN

BAJAS POR RESOLUCIÓN

JUDICIAL SUB TOTAL

% EN PROCESO DE

ATENCIÓN

TOTAL 186 183 98.4% 178 5 0 3 1.6%

Recomendación 136 135 99.3% 135 0 0 1 0.7%Solicitud de Intervención del OIC 23 23 100.0% 23 0 0 0 0.0%Solicitud de Aclaración 27 25 92.6% 20 5 0 2 7.4%Solicitud de Intervención de la Instancia Recaudadora 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Denuncia de Hechos 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES Y ACCIONES EMITIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 1999-2004PEMEX-GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA

TIPO DE ACCIÓN TOTAL

EMITIDAS

ATENDIDAS, PROMOVIDAS, SUSTITUIDAS Y BAJAS POR RESOLUCIÓN JUDICIAL EN PROCESO DE ATENCIÓN

Fuente: ASF, Informe Estado de Atención y Promoción de las Observaciones-Acciones Emitidas con Motivo de la Revisión de la Cuenta Pública (31-dic-2006).

Que la ASF formula, promueve o presenta:

Al 31 de diciembre de 2005, la SHCP había solventado el 98.4 por ciento de las acciones promovidas (incluidas 5 sustituidas por nuevas acciones) y el restante 1.6 por ciento se encontraba en proceso de solventación.

Resumen de auditorías practicadas 2005

Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública 2005, la ASF llevó a cabo 2 auditorías financieras y de cumplimiento a Pemex Gas y Petroquímica Básica:

⎯ Comercialización de Gas Natural. ⎯ Servicios Generales.

De la práctica de las 2 auditorías, la ASF emitió 16 acciones: 11 recomendaciones, 2 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria y 3 pliegos de observaciones.

Comentarios sobre los resultados de las auditorías

La ASF realizó dos revisiones a Pemex Gas y Petroquímica Básica, emitiendo un dictamen favorable en la auditoría relacionada con la Comercialización de Gas Natural, sin embargo, en la revisión al Capítulo 3000 “Servicios Generales” determinó que el ente fiscalizado incumplió las disposiciones normativas en lo relativo a la contratación de servicios de consultoría con resultados económicos importantes. Asimismo, en lo específico y respecto de ambas auditorías la ASF observó lo siguiente:

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Impactos económicos observados. En las 2 revisiones el ente de fiscalización superior determinó impactos económicos que globalizados hacen un total de 86.4 millones de pesos integrados por 502 miles de pesos correspondientes a la auditoría “Comercialización de Gas Natural”, y 85.9 millones de pesos correspondientes a la auditoría al rubro del Capítulo 3000 “Servicios Generales” por adjudicaciones de contratos fuera de norma. Estos impactos económicos no implican necesariamente resarcimientos, dependerá de las aclaraciones que haga el ente fiscalizado en el periodo establecido para ello. Disminución de reservas de gas natural. La ASF determinó que no obstante que los ingresos acumulados por ventas totales en 2005 de Pemex Gas y Petroquímica Básica rebasaron en 16 por ciento los de 2004, la meta alcanzada de comercialización de gas seco fue inferior a 9.4 por ciento y en lo que corresponde a la comercialización de gas licuado la meta alcanzada fue inferior a 5.2 por ciento, con respecto de las metas programadas originalmente. Asimismo, estas mismas metas fueron inferiores a 4.7 por ciento y 3.2 por ciento, respectivamente, con los reportados como alcanzadas en el ejercicio de 2004. Es importante señalar que las reservas totales de gas natural del país han venido disminuyendo notablemente: en el año 2000 éstas se ubicaron en 78 mil 268 millones de pies cúbicos y para 2005 descendieron 20 por ciento para llegar a 63 mil 878 millones de pies cúbicos; mientras que las reservas probadas se estima que sólo alcancen para 12 años más. Por lo tanto, México se confirma como país deficitario en gas natural, ya que de los 9 mil 300 millones de pies cúbicos (mmpcd) que configuran la demanda actual, Pemex sólo podrá producir 5 mil 500 millones (mmpbd), y el faltante tendrá que importarse. Adjudicación directa de contratos fuera de norma. Pemex Gas y Petroquímica Básica realizó adquisiciones en el rubro de Servicios de Consultoría por montos relevantes mediante el procedimiento de adjudicación directa sin apegarse a la normatividad, destacando los contratos con tres proveedores: Mckinsey & Company por un monto de 6.5 millones de pesos; Charles River por un monto de 50.3 millones de pesos; y Dupont por un monto de 171 millones de pesos. Uno de estos contratos tuvo un carácter multianual. La ASF determinó un monto económico observado por 85.9 millones de pesos por pagos efectuados en 2005 de contratos adjudicados fuera de norma. Variaciones significativas presupuestales de Pemex Gas y Petroquímica Básica. En la revisión practicada por la ASF al rubro de los Servicios Generales del Capitulo 3000, destaca un incremento sustantivo en 907.4 millones en el presupuesto modificado final que la SHCP otorgó a Pemex Gas y Petroquímica Básica, respecto al presupuesto originalmente autorizado que significó una variación positiva de 35.9 por ciento sin contar el hecho de que la entidad incurrió en un subejercicio presupuestal del 12.8 por ciento. Esta situación confirma el uso reiterado de las readecuaciones presupuestarias por las filiales de Pemex.

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Resultados de auditorías practicadas A continuación se presentan los resultados de 2 auditorías financieras y de cumplimiento que fueron practicadas a Pemex Gas y Petroquímica Básica en 2005.

3.6.7.1 PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA. COMERCIALIZACIÓN

DE GAS NATURAL.

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto asignado a Pemex Gas y Petroquímica Básica (PGPB) durante el ejercicio 2005, en el rubro de ventas por la comercialización de gas natural, se recaudó y registró conforme a los montos aprobados y de acuerdo con la normativa aplicable y a los contratos establecidos; asimismo, constatar que el monto facturado corresponda con las mediciones de gas distribuidas a los diferentes concesionarios, y evaluar los objetivos y las metas correspondientes a la actividad institucional 228 “Comercializar Petróleos, Gas, Petrolíferos y Petroquímicos y mantener sus instalaciones”.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría financiera y de

cumplimiento, la cual fue seleccionada por su importancia en la actividad institucional del Gobierno derivada de la relevancia de Pemex Gas y Petroquímica Básica como generadora de ingresos para el Gobierno. Durante el ejercicio 2005, Los ingresos acumulados por ventas totales de la entidad ascendieron a 214 mil 848 millones de pesos, superior en 16 por ciento a los obtenidos en 2004; no obstante ello, las metas programadas de comercialización de gas seco y gas licuado no se cumplieron, lo que justificó aún más esta revisión. Se revisó una muestra de 17 mil 776.8 millones de pesos, que representó el 13.3 por ciento de los ingresos obtenidos en el rubro de “Comercialización de Gas Natural” los cuales fueron de 133 mil 573 millones de pesos. El importe de la muestra seleccionada significó el 8.3 por ciento de las ventas totales de Pemex Gas y Petroquímica Básica para el 2005. Además, se revisó un importe de 17.5 millones de pesos, correspondiente a los adeudos pendientes de cobro por parte de la entidad fiscalizada y 8.9 millones de pesos a favor de Luz y Fuerza del Centro. Las áreas revisadas fueron: la Subdirección de Gas Natural, la Gerencia de Ventas y Subgerencia de Cobranza y Administración de Riesgos de Pemex Gas y Petroquímica Básica.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La revisión determinó que no obstante

que los ingresos acumulados por ventas totales en 2005 de Pemex Gas y Petroquímica Básica rebasaron en 16 por ciento los de 2004, la meta alcanzada de comercialización de gas seco fue inferior a 9.4 por ciento y en lo que corresponde a la comercialización de gas licuado la meta alcanzada fue inferior a 5.2 por ciento con respecto de las metas programadas originalmente. Asimismo,

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estas mismas metas fueron inferiores a 4.7 por ciento y 3.2 por ciento respectivamente con los reportados como alcanzadas en el ejercicio de 2004. Estos incumplimientos se debieron a que se registró una menor demanda a la esperada de Gas, lo cual se explica por los altos precios internos, que a su vez fueron resultado del aumento de los precios del petróleo.

La ASF concluyó que PGPB cuenta con un sistema de medición de gas (SIMEGA), en el que se registran con detalle todas las operaciones de la venta de gas natural, la facturación y la cobranza; asimismo, permite conocer la antigüedad de los saldos de los clientes que incumplieron con las fechas de pago estipuladas en los contratos. La entidad fiscalizada cuenta con registros auxiliares individuales de las operaciones que dieron origen a los saldos de la cartera de venta de gas natural, y que correspondieron a 66 clientes privados y 2 clientes que operaron en el sistema de Compensación de adeudos (SICOM). La ASF, constató en base a una muestra de 48 clientes y nueve autogeneradores que representan un valor de ventas de 14 mil 092 millones de que las mediciones reportadas por el SIMEGA es la base de la emisión de facturas y de los cobros de PGPB. En el caso de los restantes clientes (nueve distribuidores) se comprobó que la emisión de facturas y cobros se apegó a la normatividad establecida en los contratos de distribución simple y dos clientes de gobierno (CFE y Luz y Fuerza) operaron a través del Sistema de Compensación (SICOM). Se comprobó que 17 mil 776.7 millones de pesos se recuperaron con trasferencias bancarias de clientes y distribuidores por concepto de venta de gas natural. Asimismo, se determinó la existencia de un saldo pendiente de aclaración por un importe de 6.7 millones de pesos, al 31 de diciembre de 2005, que corresponde a avisos de objeción emitidos por CFE, por no estar de acuerdo con las mediciones de gas natural realizadas por PGPB; también, se determinó un saldo a favor de Luz y Fuerza del Centro por 8.8 millones de pesos, cuya antigüedad fluctúa entre los 361 a 720 días. A la fecha de la revisión (octubre de 2006), PGPB no había aclarado la situación del monto a favor de LFC. La ASF detectó también la existencia de un saldo pendiente de cobro con antigüedad superior a dos años, por un importe de 9.1 millones de pesos, correspondiente al cliente Natgasmex, S.A. de C.V, sin que a la fecha de la revisión haya sido recuperado o en su caso depurado por la entidad fiscalizada. Del mismo modo, se comprobó que PGPB tiene cuatro casos de adeudos de clientes morosos con alto grado de incobrabilidad y con antigüedades de uno a tres años, por 795 mil pesos de los cuales dos por 292.9 miles de pesos se encuentran pendientes de dictaminarse como incobrables.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 4 observaciones que dieron lugar a la

promoción de 4 acciones, las cuales corresponden 3 a recomendación y 1 a pliego de observaciones.

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375

⎯ Dictamen de la ASF. En términos generales la ASF considera que, PEMEX Gas y Petroquímica Básica cumplió con los ordenamientos jurídicos, los principios de contabilidad y las disposiciones aplicables al registro, control y venta de gas natural.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF determinó un impacto económico de 502.1 miles de pesos, corresponde a un cliente adquiriente de gas natural cuya garantía no se encontraba vigente para efecto de recuperar su adeudo. este importe representa el monto de las operaciones observadas. Las recuperaciones probables determinadas por el ente fiscalizador ascienden a 373.5 miles de pesos. Las 4 acciones promovidas por la ASF están orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; asegurar la confiabilidad de los registros presupuestos y contables y recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del

ente auditado.

3.6.7.2 PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA. EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 3000 “SERVICIOS GENERALES”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones efectuadas por concepto de

consultorías, asesorías y otros, con cargo al Capítulo 3000 “Servicios Generales” se efectuaron, registraron en la contabilidad y presentaron en la Cuenta Pública de conformidad con la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento, y se seleccionó esta revisión por considerarse que las erogaciones por consultorías y asesorías efectuadas por Pemex Gas y Petroquímica Básica forman parte relevante del rubro 3000 “Servicios Generales” y constituyen un concepto de riesgo susceptible de irregularidades en el cumplimiento de la normativa relacionada con la licitación y adjudicación de los contratos, el establecimiento de garantías o su cobro por incumplimientos y el manejo de recursos. Se auditó una muestra de 312.2 millones de pesos, cantidad que representó el 10.4 por ciento del presupuesto ejercido por Pemex Gas y Petroquímica Básica en el capítulo 3000 rubro de “Servicios Generales”. Las áreas revisadas fueron: la Subgerencia de Adquisiciones de Oficinas Centrales, la Gerencia de Recursos Materiales, la Subdirección de Administración y Finanzas, la Gerencia de Evaluación y Optimización de la Subdirección de Planeación y la Gerencia de Contabilidad de PEMEX Petroquímica; la Superintendencia Interna de Recursos Materiales y Contratos del Complejo

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Petroquímico Independencia y la Coordinación de Recursos Materiales y Contratos de los Complejos Petroquímicos de Morelos, Cosoleacaque y Cangrejera.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF al evaluar la integración (y

modificaciones) del presupuesto ejercido del capítulo 3000 "Servicios Generales" de Pemex Gas y Petroquímica Básica (PGPB) para el ejercicio 2005, determinó un incremento presupuestal de 907.4 millones de pesos, al pasar de un presupuesto original autorizado de 2 mil 528.5 millones de pesos, a un presupuesto modificado definitivo de 3 mil 435.9 millones de pesos, que representa una variación positiva de 35.9 por ciento. Esta modificación se realizó a través de oficios de afectación presupuestaria autorizados por la SHCP. Cabe señalar que en el ejercicio de su presupuesto, la entidad fiscalizada incurrió en un subejercicio de 12.8 por ciento respecto del presupuesto definitivo autorizado. La ASF determinó diversas irregularidades en 3 procesos de contratación por adjudicación directa realizados por PGPB en el rubro de consultorías y asesorías durante el 2005 que significaron un monto observado de 85.9 millones de pesos por pagos en contratos adjudicados fueron de norma. En lo particular determinó lo siguiente: (a) Contrato de adjudicación directa núm. 5400019685 (proveedor Mckinsey &

Company) cuyo monto fue de 6.5 millones de pesos. En esta revisión, el ente auditado incurrió en incumplimiento de disposiciones legales y normativas al omitir informar al Órgano Interno de Control de la existencia del contrato y por no promover preferentemente las licitaciones públicas en la adjudicación de contratos.

(b) Contrato de adjudicación directa “Servicios de Consultoría para Innovación de Productos” realizado con la empresa Charles River. En esta revisión el ente auditado incumplió con el citado artículo 40 de la LAASSP, con el agravamiento de que PGPB no ha concluido con la aplicación del proyecto (cuyo costo fue de 50.3 millones de pesos) por lo que el beneficio general a la fecha de la auditoría no se ve reflejado aún para el ente auditado.

(c) Contrato de adjudicación directa (con carácter multianual) pactado por PGPB con la empresa DUPONT por 171 millones de pesos para la implantación del “Sistema de Administración de Ejecución Disciplinada SAED”, cuyo objetivo es lograr niveles superiores de competencia y aprovechamiento del Sistema de Seguridad, Salud y Protección Ambiental (SSPA), con el personal de las operaciones industriales y de negocios de Pemex Gas Petroquímica Básica. En la revisión, la ASF concluyó que: PGPB incumplió también con el artículo 27 de la LAASSP por no promover preferentemente licitaciones públicas en la adjudicación de contratos. Asimismo, los servidores públicos de PGPB no verificaron que se contara con documentación que sustentara la razonabilidad de los costos de la contratación de servicios al proveedor DUPONT de México, S.A. de C.V., para la prestación de Servicios técnicos

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especializados de consultoría para la implantación del Sistema de Administración de Ejecución Disciplinada (SAED).

La ASF concluyó que en los procesos de contratación de Pemex Gas y Petroquímica Básica que fueron revisados es común que aparezcan los nombres de los proveedores McKinsey, Mercer y Charles River, en los estudios de costos, aunque en muchos casos no se les asigna, ya que los temas en que se incluyen son diversos.

La ASF identificó 13 contratos no reportados por Pemex Gas y Petroquímica Básica en los informes mensuales que presentó al Órgano Interno de Control durante el 2005, y cuyo monto acumulado fue de 41.8 millones de pesos. Identificó también 14 contratos presentados al OIC en forma extemporánea, incumpliendo el ente con la normatividad aplicable. Asimismo, PGPB en la formalización de los contratos adjudicados incurrió en infracciones a la normativa que ameritaron la determinación de fincamiento de responsabilidades administrativas sancionatorias.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 5 observaciones que generaron 12 acciones: 8 recomendaciones, 2 Pliegos de Observaciones y 2 promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra antes señalada, PEMEX Gas y Petroquímica Básica no cumplió con las disposiciones normativas aplicables al procedimiento de contratación mediante licitación pública, ya que se determinaron observaciones entre las que destacan: la entidad fiscalizada realizó pagos por 85.9 millones de pesos, de 2 contratos de consultoría y asesoría que se adjudicaron de manera directa, uno del proveedor DUPONT por 79.4 millones de pesos (de un total de 171 millones de pesos valor del contrato multianual) para implantar un Sistema de Administración de Ejecución Disciplinada; y otro de Mckinsey & Company Inc. México por 6.5 millones de pesos, para valorar la relación comercial y de suministros de gas que se realiza entre Organismos Subsidiarios de PEMEX de los que no sustentaron la razonabilidad de los costos y la utilidad de los estudios; se carece de reportes sobre los beneficios obtenidos de los servicios contratados; y se determinaron deficiencias de control interno por errores y omisiones en los informes del comité de adquisiciones, enviados al OIC.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF determinó un impacto económico de 85.9 millones de pesos por adjudicaciones fuera de norma y emitió 12 acciones, orientadas principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

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3.6.8 PEMEX PETROQUÍMICA

Atribuciones La Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 1992, señala en su Artículo 3o. la creación de cuatro organismos descentralizados de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios. Entre ellos, PEMEX Petroquímica organismo para el que se establece como objeto realizar los “procesos industriales petroquímicos cuyos productos no forman parte de la industria petroquímica básica, así como su almacenamiento, distribución y comercialización”.

Antecedentes de auditorías practicadas a PEMEX PETROQUÍMICA, 1999-2004 Durante la revisión de la Cuenta Pública de 1999 a 2004 la ASF practicó a Pemex Exploración y Producción 4 auditorías, de las cuales 1 fue de desempeño y 4 financieras y de cumplimiento.

Tipo de auditoría Total 1999 2000 2001 2002 2003 2004

Total 4 0 0 2 1 1 0Desempeño 1 0 0 1 0 0 0Regularidad:

Financieras y de Cumplimiento 3 0 0 1 1 1 0Obra Pública e Inversiones Físicas 0 0 0 0 0 0 0Sistemas 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Entidades 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Municipios 0 0 0 0 0 0 0

Especiales 0 0 0 0 0 0 0Seguimiento 0 0 0 0 0 0 0

RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. 1999-2004PEMEX PETROQUIMICA

Fuente: Elaborado por la UEC con base en datos de la ASF, Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 1999-2004. Pemex Petroquímica es una entidad a la que se le practican auditorías básicamente de carácter financiero y de cumplimiento, orientadas a verificar la aplicación de los procesos en materia de comercialización y distribución. Las auditorías que se le han practicado corresponden a los ejercicios revisados de 2001, 2002 y 2003. Derivado de la práctica de estas auditorías, la ASF emitió 25 acciones, de las que al 31 de diciembre de 2006 se había solventado el 96 por ciento, quedando pendiente de atender solamente una recomendación.

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SUB TOTAL% DE

ATENCIÓN ATENDIDAS O PROMOVIDAS

SUSTITUIDAS POR NUEVA

ACCIÓN

BAJAS POR RESOLUCIÓN

JUDICIAL SUB TOTAL

% EN PROCESO DE

ATENCIÓN

TOTAL 25 24 96.0% 24 0 0 1 4.0%

Recomendación 18 17 94.4% 17 0 0 1 5.6%Solicitud de Intervención del OIC 3 3 100.0% 3 0 0 0 0.0%Solicitud de Aclaración 4 4 100.0% 4 0 0 0 0.0%Solicitud de Intervención de la Instancia Recaudadora 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Denuncia de Hechos 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Fuente: ASF, Informe Estado de Atención y Promoción de las Observaciones-Acciones Emitidas con Motivo de la Revisión de la Cuenta Pública (31-dic-2006).

Que la ASF formula, promueve o presenta:

SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES Y ACCIONES EMITIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 1999-2004PEMEX PETROQUÍMICA

TIPO DE ACCIÓN TOTAL

EMITIDAS

ATENDIDAS, PROMOVIDAS, SUSTITUIDAS Y BAJAS POR RESOLUCIÓN JUDICIAL EN PROCESO DE ATENCIÓN

Resumen de auditorías practicadas 2005 Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública 2005, la ASF llevó a cabo 3 auditorías a Pemex Petroquímica, de las cuales, 3 se realizaron a la Cuenta Pública. Por tipo de auditoría, la ASF practicó 3 auditorías financieras y de cumplimiento:

⎯ Evaluación Financiera del Proyecto de "Construcción de la Planta Swing" ⎯ Servicios Generales ⎯ Egresos Presupuéstales "Otras Erogaciones"

Comentarios sobre los resultados de las auditorías La entidad auditada obtuvo dictamen favorable en dos revisiones, sin embargo en la revisión de la auditoría correspondiente a la construcción de la Planta Swing cuyo objetivo fue reducir el déficit de la producción nacional de Polietileno de Alta Densidad y Lineal de Baja Densidad, se detectaron irregularidades con impactos económicos relevantes derivados de diversas irregularidades determinadas por la ASF entre las que destacan: retrasos que impidieron que la empresa ejecutora del proyecto Mitsubishi Heavy Industries, Ltd/Daimond Servicios de Proyectos S.A. de C.V., no entregará en el plazo establecido (17 de septiembre de 2005) la obra terminada. Un año después seguía sin efectuarse la entrega-recepción del proyecto valorado originalmente en un mil 379.0 millones de pesos. La ASF determinó diversas irregularidades cuyo monto observado fue de 240.6 millones de pesos. Variaciones significativas presupuestales. En las dos revisiones que obtuvieron dictamen favorable, la ASF identificó incrementos presupuestales durante el ejercicio fiscal 2005 respecto del presupuesto originalmente aprobado; en el capítulo 3000 Servicios Generales el aumento fue de 311.4 millones de pesos, representando una

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variación positiva del 27 por ciento, en el rubro “Otras Erogaciones” el incremento presupuestal fue de 2 mil 938 millones de pesos, significando una variación positiva del 34.6 por ciento. Adjudicaciones directas de contratos. La ASF identificó en sus revisiones que no se adjudicaron mediante el proceso de licitación pública dos contratos a otras tantas empresas por 117.8 millones de pesos, lo cual contraviene la normativa aplicable.

Resultados de auditorías practicadas

A continuación se presentan los resultados de las tres auditorías que fueron practicadas a PEMEX PETROQUÍMICA.

3.6.8.1 PEMEX PETROQUÍMICA. AUDITORÍA: EVALUACIÓN FINANCIERA DEL PROYECTO DE "CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA SWING"

⎯ Objetivo. Verificar que el proyecto de "Construcción de la Planta Swing" en el

Complejo Petroquímica Morelos cumplió con el importe programado y el de término de la construcción; asimismo, comprobar que las erogaciones efectuadas en dicho proyecto correspondieron a operaciones autorizadas en el presupuesto, y que su registro presupuestal se ajustó a la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento. En cuanto a los criterios de selección, del Informe de Autoevaluación de enero a diciembre de 2005, se seleccionó el proyecto de "Construcción de la Planta Swing en Petroquímica Morelos S.A. de C.V." ubicada en la ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, cuyo costo multianual programado para el periodo 2003-2005 fue de 1 mil 379.0 millones de pesos. La muestra auditada fue de 1 mil 035.6 millones de pesos equivalentes al 89.5 por ciento del total del presupuesto ejercido acumulado al 31 de diciembre de 2005 que fue de 1 mil 157.5 millones de pesos. El objetivo del proyecto es reducir el déficit de la producción nacional de Polietileno de Alta Densidad y Lineal de Baja Densidad, que se llevaría a cabo por Pemex Petroquímica. Las áreas revisadas fueron la Subdirección de Administración y Finanzas, dependiente de la Dirección General de PEMEX Petroquímica; la Gerencia de Estudios y Proyectos, dependiente de la Subdirección de Planeación, y la Dirección Corporativa de Ingeniería y Desarrollo de Proyectos (DCIDP), dependiente de la Dirección General de Petróleos Mexicanos (PEMEX).

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⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF determinó que la entidad fiscalizada ejerció durante el período 2003-2005, un presupuesto de 1 mil 157.5 millones de pesos; lo que representó un sub-ejercicio del 16.1 por ciento (221.5 millones de pesos), en relación con el avance programado, debido a que la planta se encontraba en la etapa de término para su entrada en operación.

Mediante un proceso de licitación pública el proyecto se asignó a la empresa Mitsubishi Heavy Industries, Ltd/Daimond Servicios de Proyectos S.A. de C.V. por un monto de 96.8 millones de dólares y un plazo de ejecución de 900 días naturales que terminaría el 17 de septiembre de 2005. A septiembre de 2006 no se había cumplido con la entrega-recepción de la obra. No se establecieron en las bitácoras de obra las causas de la suspensión de la obra, ni la fecha de inicio y de término y el número de días de la suspensión, ni se informó al Órgano Interno de Control. La ASF determinó que la DCIDP de Pemex no ha aplicado las penas convencionales que acumulan un saldo de 2.7 millones de dólares estadounidenses sobre el monto de la obra no ejecutada. La entidad fiscalizada dejó de percibir como consecuencia del incumplimiento del plazo pactado para la construcción de la planta “Swing” (17 de septiembre de 2005) utilidades netas por un monto de 15.6 millones de dólares, (166,7 millones de pesos), por la caducidad de las fianzas de garantía de anticipo y de cumplimiento de contrato. La ASF determinó un probable daño o perjuicio al patrimonio de la Hacienda Pública Federal por 4.2 millones de dólares por la falta de recuperación del saldo anticipo pendiente de amortizar derivado del incumplimiento del contrato.

⎯ Acciones Promovidas. En resumen se emitió 1 observación que generó 4

acciones, de las cuales corresponden: 3 a Pliego de Observaciones y 1 a Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales, y respecto de la muestra antes señalada, PEMEX Petroquímica no cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la entrega-recepción de los trabajos relativos al Proyecto de Construcción de una Planta Swing en Petroquímica Morelos, S. A. de C.V., en virtud de que en los procesos revisados se observó un monto de 240,6 millones de pesos, que representa el 23.2 por ciento de la muestra auditada a causa de las observaciones que se precisan en el informe.

⎯ Impacto de la Fiscalización. El impacto económico (cuantificación monetaria de lo observado) alcanzó un importe de 240.6 millones de pesos integrados por: penas convencionales no aplicadas a razón de 28.7 millones de pesos; falta de recuperación del saldo de anticipo pendiente de amortizar por 45.1 millones de pesos y utilidades netas que la entidad fiscalizada dejó de percibir como

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consecuencia del incumplimiento al plazo pactado en la construcción de la “Planta Swing” por 166.7 millones de pesos. La ASF emitió 4 acciones, orientadas principalmente a la sanción de servidores públicos infractores y a recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del

ente auditado.

3.6.8.2 PEMEX PETROQUÍMICA. SERVICIOS GENERALES.

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones efectuadas por concepto de consultorías, asesorías y otros, con cargo al Capítulo 3000 Servicios Generales se efectuaron, registraron en la contabilidad y presentaron en la Cuenta Pública 2005 de conformidad con la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento, seleccionada porque este capítulo de gasto es un concepto de riesgo, susceptible de irregularidades en el cumplimiento de la normativa y el manejo de los recursos. Asimismo, se trata de una auditoría horizontal a PEMEX y sus Organismos Subsidiarios, a fin de tener una cobertura global. El universo seleccionado fue de 1 mil 238.6 millones erogados en el capítulo de servicios generales. La muestra auditada ascendió a 451.7 millones de pesos correspondientes a PEMEX Petroquímica Corporativo y a los complejos petroquímicos Morelos, Cosoleacaque, Cangrejera e Independencia, que representó el 36.5 por ciento de lo reportado en el capítulo. Las áreas revisadas fueron la Subgerencia de Adquisiciones de Oficinas Centrales, la Gerencia de Recursos Materiales, la Subdirección de Administración y Finanzas, la Gerencia de Evaluación y Optimización de la Subdirección de Planeación y la Gerencia de Contabilidad de PEMEX Petroquímica; asimismo, la Superintendencia Interna de Recursos Materiales y Contratos del Complejo Petroquímico Independencia y la Coordinación de Recursos Materiales y Contratos de los Complejos Petroquímicos de Morelos, Cosoleacaque y Cangrejera.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF identificó un incremento

presupuestal en el capítulo 3000 Servicios Generales de 311.4 millones de pesos respecto del presupuesto original aprobado, representando una variación positiva del 27 por ciento. Este incremento, fue efectuado mediante 9 adecuaciones presupuestarias autorizadas por la SHCP, a pesar de lo cual la entidad registró un subejercicio de 212.2 millones de pesos, situación que fue aclarada por el ente auditado y no generó observación de la ASF.

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No se efectuaron mediante el proceso de licitación pública dos contratos por 117.8 millones de pesos, uno de DUPONT, S.A. de C.V., por 116.2 millones de pesos y otro del Instituto de Estudios Históricos Carlos Sigüenza y Góngora, S.C., por 1.6 millones de pesos, en inobservancia de la normativa aplicable. Se encontraron deficiencias de control por diferencias en los reportes del Comité de Adquisiciones y los mensuales del Órgano Interno de Control, por 3.8 y 5.3 millones de pesos, respectivamente.

⎯ Acciones Promovidas. En resumen se emitieron 4 observaciones que

generaron 5 acciones, de las cuales corresponden: 1 a recomendación y 4 a promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales y respecto de la muestra antes señalada, PEMEX Petroquímica cumplió con las disposiciones normativas aplicables para el registro y presentación en la Cuenta Pública 2005, en el ejercicio del gasto del capítulo 3000 Servicios Generales, excepto por las observaciones que se precisan en el informe.

⎯ Impacto de la Fiscalización. El impacto contable alcanzó un importe de 9.1

millones de pesos. Como resultado de la revisión practicada, la Auditoría Superior de la Federación emitió 5 acciones, orientadas principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del

ente auditado.

3.6.8.3 PEMEX PETROQUÍMICA. EGRESOS PRESUPUESTALES “OTRAS EROGACIONES”.

⎯ Objetivo. Comprobar que los gastos por concepto de "Otras Erogaciones"

reportadas en la Cuenta Pública 2005, correspondieron a operaciones autorizadas en el presupuesto, que se incluyeron en el programa anual de adquisiciones, y que los procesos de adjudicación, recepción de servicios, pago y registro presupuestal se ajustaron a la normativa.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría financiera y de

cumplimiento, la cual fue seleccionada porque el rubro egresos presupuestales “Otras Erogaciones” reportó un presupuesto ejercido de 11 mil 433.3 millones de pesos que representó el 66.5 por ciento del gasto corriente ejercido (17 mil 194 millones de pesos). Se revisó una muestra de 10 mil 899 millones de pesos, que

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representó el 95.3 por ciento del presupuesto ejercido en el rubro de “Otras erogaciones”. Las áreas revisadas fueron la Subdirección de administración y Finanzas, la Gerencia de Recursos Financieros, la Subgerencia de contabilidad, la subgerencia de Presupuestación y la Subgerencia de Tesorería de PEMEX Petroquímica.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF identificó un incrementó

presupuestal en el rubro “Otras Erogaciones” de 2 mil 938 millones de pesos respecto del presupuesto original aprobado, representando una variación positiva del 34.6 por ciento. La ASF determinó que Pemex Petroquímica cumplió con la normatividad aplicable respecto a las operaciones realizadas autorizadas en el presupuesto: compensación de adeudos interorganismos e interfiliales, registros contables de las compras de materiales y servicios con los organismos subsidiarios y con el Corporativo de Petróleos y en general con los Lineamientos Generales de Tesorería para Pemex y Organismos Subsidiarios.

⎯ Acciones Promovidas. No hubo acciones promovidas.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales, y respecto de la muestra antes señalada, Pemex Petroquímica cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la adquisición de bienes y servicios, su recepción, pago y registró presupuestal, que realizó a sus organismos subsidiarios y empresas filiales a través del “Sistema de Compensación de Adeudos”.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No se registró impacto alguno. ⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del

ente auditado.

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3.5.9 PEMEX REFINACIÓN.

Atribuciones La Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 1992, señala en su Artículo 3o. la creación de cuatro organismos descentralizados de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios. Entre ellos PEMEX Refinación, organismo para el que la fracción II del artículo referido, establece como objeto realizar los “procesos industriales de la refinación, elaboración de productos petrolíferos y de derivados del petróleo que sean susceptibles de servir como materias primas industriales básicas; almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de los productos y derivados mencionados”.

Antecedentes de auditorías practicadas a PEMEX Refinación, 1999-2004 Durante la revisión de la Cuenta Pública de 1999 a 2004, la ASF practicó a PEMEX Refinación 46 auditorías, de las cuales 2 fueron de desempeño, 23 financieras y de cumplimiento, 19 de obra pública e inversiones físicas, y 2 especiales.

Tipo de auditoría Total 1999 2000 2001 2002 2003 2004

Total 46 5 7 6 10 5 13Desempeño 2 2 0 0 0 0 0Regularidad:

Financieras y de Cumplimiento 23 2 4 2 4 4 7Obra Pública e Inversiones Físicas 19 1 2 4 6 1 5Sistemas 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Entidades 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Municipios 0 0 0 0 0 0 0

Especiales 2 0 1 0 0 0 1Seguimiento 0 0 0 0 0 0 0

RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. 1999-2004PEMEX REFINACIÓN

Fuente: Elaborado por la UEC con base en datos de la ASF, Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 1999-2004. Por ejercicio, se aprecia que el mayor número de revisiones se realizaron en 2002 y 2004, con 10 y 13, respectivamente. En el total predominan las financieras y de cumplimiento, así como las de obra pública e inversiones físicas, en tanto las de desempeño aún tienen una presencia marginal, ya que las 2 realizadas provienen de la revisión de la Cuenta Pública 1999. De dichas auditorías, la ASF promovió 559 acciones que en su mayoría (416) tuvieron carácter preventivo (recomendaciones), en tanto que las acciones correctivas

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estuvieron conformadas por 27 solicitudes de intervención al Órgano Interno de Control, y 116 solicitudes de aclaración.

SUB TOTAL% DE

ATENCIÓN ATENDIDAS O PROMOVIDAS

SUSTITUIDAS POR NUEVA

ACCIÓN

BAJAS POR RESOLUCIÓN

JUDICIAL SUB TOTAL

% EN PROCESO DE

ATENCIÓN

TOTAL 559 504 90.2% 497 7 0 55 9.8%

Recomendación 416 381 91.6% 381 0 0 35 8.4%Solicitud de Intervención del OIC 27 27 100.0% 22 5 0 0 0.0%Solicitud de Aclaración 116 96 82.8% 94 2 0 20 17.2%Solicitud de Intervención de la Instancia Recaudadora 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Denuncia de Hechos 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Fuente: ASF, Informe Estado de Atención y Promoción de las Observaciones-Acciones Emitidas con Motivo de la Revisión de la Cuenta Pública (31-dic-2006).

Que la ASF formula, promueve o presenta:

SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES Y ACCIONES EMITIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 1999-2004PEMEX REFINACIÓN

TIPO DE ACCIÓN TOTAL

EMITIDAS

ATENDIDAS, PROMOVIDAS, SUSTITUIDAS Y BAJAS POR RESOLUCIÓN JUDICIAL EN PROCESO DE ATENCIÓN

Al 31 de diciembre de 2006, PEMEX Refinación había solventado el 90.2 por ciento de las acciones promovidas (7 fueron sustituidas por nuevas acciones) y 55 acciones restantes (9.8 por ciento) se encontraban en proceso de solventación.

Resumen de auditorías practicadas 2005 Con motivo de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2005, la ASF llevó a cabo 9 auditorías a PEMEX Refinación. Por tipo de auditoría, 8 son financieras y de cumplimiento, y 1 de inversiones físicas. Auditorías financieras y cumplimiento.

⎯ Ingresos por la Venta de Productos Petrolíferos, su Distribución y Comercialización en las "Terminales de Almacenamiento y Distribución".

⎯ Comercialización de Productos Petrolíferos. ⎯ Cuentas de Resultados, "Gastos de Operación". ⎯ Distribución de Productos Petrolíferos. ⎯ Servicios Generales. ⎯ Egresos Presupuestales del Capítulo 3000 "Servicios Generales" por Concepto

de Fletes Terrestres. ⎯ Producción de Productos Petrolíferos. ⎯ Proyectos de Infraestructura para el Combate del Mercado Ilícito de

Combustibles Auditoría de inversiones físicas.

⎯ Proyecto PR Minatitlán. Reconfiguración de la Refinería Lázaro Cárdenas, en Minatitlán, Veracruz.

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De la práctica de las 9 auditorías, la ASF emitió 71 acciones, integradas por 50 recomendaciones, 9 solicitudes de aclaración–recuperación, una promoción del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal, 2 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria y 9 pliegos de observaciones.

Comentarios generales sobre los resultados de las auditorías La ASF emitió en ocho de las nueve revisiones un dictamen favorable en el sentido de que, en términos generales y de acuerdo a la muestra auditada, la entidad cumplió con la normatividad que regula la materia del concepto fiscalizado. Sin embargo, en una auditoría relevante, la ASF determinó que Pemex Refinación incumplió las disposiciones normativas y los objetivos y metas; esa revisión correspondió al rubro “Producción de Productos Petrolíferos”. Asimismo, en las auditorías en las que de manera general se dictaminó positivamente, se detectaron irregularidades que por su naturaleza implican riesgos que de no atenderse tendrían impactos económicos relevantes, y en algunos casos podrían significar recuperaciones para la Hacienda Pública Federal. Por lo anterior, es conveniente destacar en lo específico lo siguiente: Impactos económicos observados por la ASF. En 5 de las revisiones el ente de fiscalización superior determinó impactos económicos que globalizados hacen un total de 399 millones de pesos, mientras que en las 4 restantes no se determinó tal indicador. Entre las primeras sobresale la auditoría denominada “Comercialización de Productos Petrolíferos”, donde el importe de las operaciones observadas asciende a 312.2 millones de pesos por concepto de facturación pendiente de cobro a la Comisión de Federal de Electricidad, Aeropuertos y Servicios Auxiliares, Otros Clientes de Gobierno y Otros Clientes del Sector Privado. Situación que ameritó la formulación de 2 pliegos de observaciones por parte de la entidad de fiscalización superior de la Federación. Variaciones significativas presupuestales de Pemex Refinación. Es de resaltar el incremento sustantivo en 86 mil 791 millones de pesos en el presupuesto modificado final que la SHCP otorgó a Pemex Refinación, respecto al presupuesto originalmente autorizado. Este incremento, fue efectuado mediante 9 adecuaciones presupuestarias autorizadas por la SHCP; similarmente, en los gastos de operación relativos a los capítulos de gasto 2000 Materiales y Suministro” y 3000 “Servicios Generales” se observó un incremento sustantivo presupuestal global de 6 mil 576.7 millones de pesos. Estas readecuaciones presupuestarias, si bien dotan de flexibilidad operativa a las áreas ejecutoras de gasto, pueden denotar también deficiencias en la planeación, presupuestación y ejecución del gasto, y el uso reiterado de las readecuaciones presupuestarias puede significar en la práctica una elevada discrecionalidad. Al respecto, será importante practicar de manera sistemática auditorías de desempeño a las adecuaciones presupuestarias que autorice la SHCP.

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Recurrencia de las observaciones. En por lo menos 4 auditorías que fueron seleccionadas a partir de resultados de revisiones de la Cuenta Pública 2004, la ASF emitió observaciones que indican la recurrencia de los entes fiscalizados en las mismas irregularidades. Por esta razón, es conveniente que la ASF dé seguimiento estricto a las acciones de los entes auditados que sean producto de sus recomendaciones. Este seguimiento es importante para institucionalizar el proceso de solventación de observaciones y mejorar la calidad de las prácticas gubernamentales. Revisión a las acciones de combate al mercado ilícito de combustibles. La revisión se enfocó fundamentalmente a evaluar si las adquisiciones de los instrumentos para el combate al mercado ilícito de combustibles se ajustaron a la normatividad aplicable. Por la relevancia de los montos operados que presumiblemente existen en el mercado ilícito de combustibles, es conveniente que la ASF evalúe mediante una revisión de desempeño los resultados de la tecnología de control adquirida por Pemex Refinación para combatir este mercado. Proyecto reconfiguración de la refinería Lázaro Cárdenas, en Minatitlán, Veracruz (PIDIREGAS). La ASF determinó un impacto económico de 12.0 millones de pesos y encontró deficiencias en la planeación y ejecución del proyecto que significaron costos adicionales a lo previsto y diferimiento del plazo de ejecución.

Resultados de auditorías practicadas A continuación se presentan los resultados de las nueve auditorías que fueron practicadas a PEMEX Refinación.

3.6.9.1 PEMEX REFINACIÓN. INGRESOS POR LA VENTA DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS, SU DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN EN LAS "TERMINALES DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN”.

⎯ Objetivo. Verificar que los ingresos se determinaron, cobraron, registraron,

reportaron en la contabilidad y presentaron en la Cuenta Pública de conformidad con la normativa; asimismo, constatar el respectivo cumplimiento de objetivos y metas, y evaluar los procedimientos de control establecidos para el manejo, recepción, administración y facturación de los productos comercializados en la Terminal de Almacenamiento y Distribución de Salina Cruz, Oaxaca.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó auditoría financiera y de

cumplimiento, debido a que en la revisión número 375 "Ingresos por la Venta de Productos Petrolíferos y la Recuperación de Cuentas por Cobrar",

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correspondiente a la Cuenta Pública 2004, vinculada con la auditoría volumétrica requerida por la Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados, se detectaron deficiencias en el control de estos productos, debido a que las Terminales de Almacenamiento y Distribución (TAD) no automatizadas, carecían del Sistema Integral de Medición y Control de Operación de Terminales (SIMCOT), y sus instrumentos y equipos de medición de los procesos de recepción, almacenamiento y distribución no estaban integrados para su control y monitoreo, en las oficinas centrales de PEMEX Refinación, por lo que estas actividades las realizaban en forma separada y elaboraban las facturas de manera semiautomática.

Se revisó un monto de 12 mil 630.0 millones de pesos, el 15.1 por ciento de los 83 mil 407.7 millones de pesos, manifestados en el reporte de Ventas en el País de 2005, que correspondió a los ingresos netos generados por la venta de productos petrolíferos en la Terminal de Almacenamiento y Distribución de Salina Cruz, Oaxaca. La muestra abarcó el 86.2 por ciento de los clientes de esta terminal. Los trabajos de auditoría abarcaron las Subdirecciones de Administración y Finanzas (SUFA), Comercial, de Planeación, Coordinación y Evaluación, así como en la TAD de Salina Cruz, Oaxaca, adscrita a la Gerencia de Almacenamiento y Distribución Pacífico (GADP), de la Subdirección de Almacenamiento y Distribución (SAD), todas adscritas a PEMEX Refinación.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se constató que la entidad fiscalizada no cuenta con la modificación al Contrato de Compraventa de Combustóleo Pesado realizado con la CFE y suscrito el 01 de enero de 2004, en el que se especifique que la TAD emita los documentos comprobatorios de la venta que realice a los centros embarcadores y alternos; de igual manera, tampoco se ha formalizado entre PEMEX Refinación y la CFE el convenio modificatorio del contrato de compra venta de combustóleo pesado, en el que se adicione un párrafo en la cláusula segunda a la definición de margen comercial, para precisar que dicho margen se sustraiga de la fórmula del precio contenida en el contrato y, que a partir de enero de 2007, equivale a 26.75 pesos por metro cúbico.

Se constató que el Contrato de Compra venta de Turbosina y Gasavión firmado el 12 de marzo de 1998 entre PEMEX Refinación y ASA, debe incluir el concepto de “margen comercial o de comercialización, en sustitución del de “descuento”, como lo marca la normatividad, para lo cual la ASF recomienda elaborar y formalizar un convenio modificatorio al contrato mencionado; en el Contrato Integral para el Suministro de Propileno, suscrito con INDELPRO, S. A. de C. V., de fecha 29 de octubre de 1997 y su convenio modificatorio del 01 de junio de 2005, no se menciona a la TAD como expedidora de la factura de venta, por lo que se deberá formalizar el correspondiente convenio modificatorio en el que se subsane tal omisión. Se determinó que la fórmula que aplica la entidad para fijar el precio de la turbosina suministrada a ASA, es incorrecta, de acuerdo a los documentos normativos obtenidos durante la revisión.

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La ASF concluyó que la TAD de Salina Cruz, Oaxaca, dedujo en el 2005, el margen comercial con Impuesto al Valor Agregado y además, indebidamente, el Impuesto al Valor Agregado del margen comercial por un monto de 6.3 millones de pesos del precio de venta de las gasolinas y/o diesel facturados que incluyen Impuesto al Valor Agregado, a las seis estaciones de servicio seleccionadas en la muestra; con ello, la entidad fiscalizada disminuyó los ingresos acumulables para el cálculo del Impuesto Sobre Rendimientos Petroleros. Finalmente, la ASF observó que la entidad no cuenta con la opinión del Comisario Público, respecto a incorporar en el Informe de Auto Evaluación los indicadores para medir el grado de cumplimiento de las estrategias de PEMEX Refinación, incluidas en el Plan de Negocios, referentes a la modernización del proceso comercial y la oferta y calidad de combustibles.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 8 observaciones que generaron 9

acciones, de las cuales 7 corresponden a recomendaciones, 1 a promoción del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal y 1 a pliego de observaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales y respecto de la muestra revisada, PEMEX Refinación cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la determinación, cobro, registro y presentación de los ingresos por la venta de productos petrolíferos en las Terminales de Almacenamiento y Distribución, reportados, reportados en la Cuenta Pública del 2005, excepto por lo observado.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se determinó un impacto económico por el orden

de 6.3 millones de pesos, debido a que la TAD Salina Cruz dedujo en 2005 el margen comercial con IVA y además, indebidamente, el IVA del margen comercial del precio de venta de las gasolinas y el diesel facturados que incluyen el IVA, a las seis estaciones de servicio seleccionadas en la muestra, importe que la entidad fiscalizada, disminuyó de los ingresos acumulables para el cálculo del Impuesto sobre Rendimientos Petroleros. Asimismo, con las 9 acciones emprendidas por el ente de fiscalización, se busca desalentar la evasión fiscal, recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. Como resultado de la reunión de

aclaración de resultados preliminares la entidad presentó: propuesta de convenio modificatorio con la CFE en que se estipula que las TAD pueden emitir documentos comprobatorios de las ventas que se realicen en los centros embarcadores y alternos, así como la precisión de que el margen comercial se sustrae de la formula del precio contenida en el contrato, y a partir de enero de 2007 equivale a 26.75 pesos por metro cúbico; asimismo, la propuesta de convenio modificatorio con INDELPRO, S. A. de C. V., en el que se adiciona una

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nota para que las TAD puedan emitir documentos comprobatorios de las ventas que realicen.

El ente auditado también presentó documentación donde se asienta que la SHCP autorizó a PEMEX, subsidiarios y filiales, el mecanismo de precio de combustóleo pesado para la CFE y el mecanismo de precio del combustóleo y Asfalto C-20 para clientes contractuales; de igual manera, documentó la autorización de los márgenes comerciales a clientes contractuales, diferentes a estaciones de servicio y a la CFE. PEMEX Refinación informó al personal auditor, que “respecto del IVA del margen comercial” se hace con la finalidad de retener este impuesto y reportarlo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Asimismo, señaló que "de acuerdo con lo establecido por el Comité de Franquicias en lo referente a márgenes comerciales a estaciones de servicio, se determinan como un porcentaje del precio público de los combustibles, tal es el caso de la gasolina PEMEX Magna, cuyo precio se calcula aplicando el 5.7 por ciento del precio público de este producto, y al cual se agrega el IVA correspondiente; éste último se traslada directamente a la SHCP y si al cliente no se le reconociera el IVA del margen, el cliente lo tendría que trasladar a la Secretaría, con lo que su margen se vería afectado, lo que equivaldría a recibir aproximadamente un 5.03 por ciento, en lugar del 5.7 por ciento al que tiene derecho”. No obstante lo anterior, el órgano fiscalizador determinó que a ese margen comercial se le tendría que desglosar el IVA y no adicionarlo.

3.6.9.2 PEMEX REFINACIÓN. COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS.

⎯ Objetivo. Comprobar que los volúmenes de venta de los productos petrolíferos

durante el ejercicio, fueron congruentes con la producción obtenida, que la facturación emitida correspondió con los volúmenes registrados en sus sistemas de medición y destinados a la venta, y que se observaron las políticas internas de la entidad; comprobar que los costos incurridos en el proceso de comercialización, correspondieron realmente con la naturaleza de las operaciones; que el registro presupuestal y contable relacionado con la operación se efectuó conforme a la normativa; y verificar el cumplimiento de objetivos y metas de la entidad en relación con la comercialización de gasolinas.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento, debido a que en los resultados de las auditorías números. 309, 311 y 314 de la Cuenta de Pública de 2004, se determinó la falta de control en el registro de los volúmenes producidos y movilizados para su venta; asimismo,

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porque la entidad fiscalizada tiene pendientes de atender acciones formuladas por la ASF en dichas auditorías. Se determinó revisar un volumen de 535.1 millones de barriles, que representó el 100.0 por ciento del volumen vendido, conforme a la facturación emitida por la Subdirección Comercial. Con objeto de verificar que el ejercicio del gasto en el proceso de comercialización correspondió realmente a la naturaleza de la operación, también se revisó un importe de 477.7 millones de pesos, que representó el 81.6 por ciento del total ejercido en el gasto corriente por 585.5 millones de pesos, en Oficinas Centrales en el Programa 22 Actividad Institucional 228 “Comercializar Petróleo, Gas, Petrolíferos y Petroquímicos y Mantener sus Instalaciones”. El importe revisado se integró por 455.6 millones de pesos del capítulo 1000 “Servicios Personales”, 6.9 millones de pesos del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, y 15.3 millones de pesos del capítulo 3000 “Servicios Generales”. Los trabajos comprendieron a las Subdirecciones de Finanzas y Administración, Comercial, y de Planeación, Coordinación y Evaluación, en Oficinas Centrales, así como, las Terminales de Almacenamiento y Distribución Satélite Oriente y 18 de Marzo del Valle de México, adscritas a la Gerencia de Almacenamiento y Distribución de PEMEX Refinación.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. A la fecha de la revisión (noviembre de

2006), el Manual de Procedimientos del Sistema Integral de Información Comercial (SIIC) de la Subdirección Comercial, integrado por 77 procedimientos, incluía 43 procedimientos pendientes de actualizar, como resultado de la división de funciones por la transferencia de las Terminal de Almacenamiento y Distribución (TAD) de la Subdirección Comercial a la Subdirección de Almacenamiento y Distribución. Asimismo, se presume un probable daño o perjuicio al patrimonio de PEMEX Refinación, por un monto de 192.6 millones de pesos, por facturación pendiente de cobro, integrado por 137.2 millones de pesos de la Comisión Federal de Electricidad; 45.3 millones de Aeropuertos y Servicios Auxiliares; así como el saldo pendiente de cobro por 10.1 millones de pesos, de "Otros Clientes de Gobierno”.

Al cierre de 2005, el saldo de “Otros clientes del sector privado” fue de 119.6 millones de pesos, sin que se haya mostrado evidencia documental que acredite los derechos de cobro, de igual manera la entidad carece de un programa de recuperación o depuración de saldos, lo que pudiera configurarse como un daño patrimonial. La ASF determinó una diferencia de 1.5 millones de barriles en lo que concierne al volumen vendido, que se obtuvo al comparar la facturación emitida por el Sistema Integral de Información Comercial por 618.2 millones de barriles y el volumen reportado por el Sistema de Transferencia y Custodia de 616.7 millones de barriles enviados a las Terminales de Almacenamiento y Distribución para su

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venta. También se comprobó una diferencia de 13.9 millones de barriles de productos petrolíferos, obtenida del volumen destinado a ventas por 604.2 millones de barriles provenientes de refinerías, maquila e importaciones y del volumen facturado de 618.2 millones de barriles; de manera similar, se verificó una diferencia de 345.3 miles de barriles, entre las ventas ínter-organismos por 40.3 millones de barriles (no se incluyen gases residuales y amargos) registradas en el Sistema Integral de Información Comercial (SIIC) y los volúmenes reportados en el "Balance Nacional de Hidrocarburos 2005" de PEMEX Refinación, elaborado por la Subdirección de Planeación, Evaluación y Coordinación por 39.9 millones de barriles. En cuanto al ejercicio presupuestal, se determinó un sobre ejercicio de 1.4 millones de pesos correspondiente al capítulo 1000, el cual se debió al mayor gasto realizado en la Subdirección Comercial por el pago del fondo de ahorro en el mes de diciembre de 2005; no obstante, la entidad fiscalizada no proporcionó la documentación correspondiente a la regularización del sobre ejercicio.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 8 observaciones que generaron 9

acciones, de las cuales 4 son recomendaciones, 3 solicitudes de aclaración-recuperación y 2 pliegos de observaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales, PEMEX Refinación cumplió con las disposiciones normativas aplicables en relación con el registro de las trasferencias de custodia del volumen de petrolíferos enviado a las TAD, el volumen facturado de acuerdo con los sistemas de medición y las acciones para su cobro, excepto por las observaciones referidas en el informe.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se estimó un impacto económico de 312.2

millones de pesos por falta de recuperación de anticipos, documentos, fianzas, carteras o adeudos por la prestación de servicios o por obras concluidas. Asimismo, con las 9 acciones emprendidas por el ente de fiscalización, orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa y recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal, se impulsó el cumplimiento de las Líneas Estratégicas de Actuación de la Visión Estratégica de la ASF para implantar las mejores prácticas gubernamentales e impulsar la fiscalización de alto impacto.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

fiscalizado.

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3.6.9.3 PEMEX REFINACIÓN. CUENTAS DE RESULTADOS, "GASTOS DE OPERACIÓN".

⎯ Objetivo. Comprobar que los gastos reportados en "Gastos de Operación"

correspondieron a erogaciones realizadas durante el ejercicio; que fueron autorizadas, justificadas y comprobadas; que cumplieron con los requisitos fiscales vigentes y que en su registro contable se observó la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento; la cual se seleccionó porque los “Gastos de Operación” al 31 de diciembre de 2005, se incrementaron en 4 mil 023.9 millones de pesos, equivalente a 23.1 por ciento, en relación con el ejercicio 2004 (17 mil 403.8 millones de pesos); los aumentos fueron en Gastos de Venta por 2 mil 254.0 millones de pesos (21.0 por ciento), en Gastos de Administración de 1 mil 736.0 millones de pesos (48.2 por ciento) y en Servicios Corporativos de 33.9 millones de pesos (1.1 por ciento), respectivamente. Se seleccionó una muestra de 2 mil 967.9 millones de pesos, que representa el 13.9 por ciento de los 21 mil 427.7 millones de pesos contabilizados como gastos de operación en el ejercicio 2005. La revisión comprendió las Subdirecciones de Finanzas y Administración; Almacenamiento y Distribución, y de Producción.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF determinó un crecimiento en los “Gastos de Operación” de los capítulos de gasto 2000 “Materiales y Suministros” y 3000 “Servicios Generales” por 6 mil 576.7 millones de pesos respecto al presupuesto original, sustentado en 9 adecuaciones presupuestarias autorizadas por la SHCP. La ASF no realizó ningún comentario al respecto a pesar de la importancia de este crecimiento presupuestario de los gastos de operación. Es importante señalar, que en la Administración Pública tradicionalmente se realizan adecuaciones presupuestarias, que le dan flexibilidad a los administradores en el manejo de los recursos públicos a su cargo, pero si estas adecuaciones son sistemáticas pueden ser originadas por falta de planeación o por reasignaciones presupuestarias basadas en decisiones discrecionales.

De los 208 contratos de adjudicación directa otorgados por el ente por un monto de 602 millones de pesos, y que fueron revisados por la ASF, ésta determinó que se apegaron a la normatividad. Sin embargo, llama la atención que uno solo de los contratos adjudicados por PEMEX Refinación por 348.7 millones de pesos (58 por ciento de la muestra) se otorgó después de declararse dos licitaciones desiertas. Como resultado de la revisión se presume un probable daño o perjuicio al patrimonio de la Hacienda Pública Federal, por un monto de 66.3 millones de pesos, en virtud de que PEMEX Refinación asignó a la empresa Arrendadora

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Ocean Mexicana, S.A. de C.V., los contratos marítimos números 4500155808, 4500171600 y 4500176478, con la cotización más alta (38 mil 500 USD por día), en lugar de la propuesta de su filial PMI, Trading Ltd,.que cotizó 15 mil USD por día, en incumplimiento de lo establecido en los artículos 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, situación que ameritó un pliego de observaciones por parte de la ASF.

También se constató que en los materiales y servicios recibidos en el almacén mediante pedidos abiertos, no se les asigna de manera inmediata el renglón del gasto al que pertenecen, por lo que el sistema R/3 de SAP no refleja el registro del gasto ejercido a una fecha determinada, ya que la asignación de dichos renglones del gasto se realiza hasta el surtimiento total del pedido abierto, y que durante el ejercicio fiscal 2005, correspondieron a 1,484 pedidos formalizados por un monto de 5 mil 584.0 millones de pesos. Por esta razón, los registros contables no son confiables.

. ⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 2 observaciones que generaron 2

acciones, siendo una recomendación y un pliego de observaciones. ⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales y respecto de la muestra auditada, PEMEX Refinación cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la autorización, recepción de bienes y servicios, pago y registro en los renglones de gasto de operación, excepto por haber asignado contratos marítimos a una empresa con las cotizaciones más altas, habiendo podido asignárselos a su filial PMI Trading, Ltd., por lo que la entidad pagó en exceso 66.3 millones de pesos.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF determinó un impacto económico por 66.3

millones de pesos por probables pagos improcedentes o en exceso. Asimismo emitió 2 acciones, orientadas principalmente a asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables y recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y se impulsó el cumplimiento de las Líneas Estratégicas de Actuación de la Visión Estratégica de la ASF, para implantar las mejores prácticas gubernamentales y para identificar las oportunidades de mejora.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

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3.6.9.4 PEMEX REFINACIÓN. DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS.

⎯ Objetivo. Comprobar que los volúmenes de productos petrolíferos distribuidos

y/o transferidos para custodia y venta durante el ejercicio, fueron congruentes con los volúmenes obtenidos de la producción; comprobar que los costos incurridos en el proceso de distribución y/o transferencias, correspondieron realmente con la naturaleza de las operaciones; que el registro presupuestal y contable relacionado con la operación se efectuó conforme a la normativa. Verificar el cumplimiento de objetivos y metas de la entidad, en relación con los volúmenes de gasolinas distribuidas.

⎯ Características de la Revisión. Se efectuó una auditoría financiera y de

cumplimiento, que se seleccionó porque en los resultados de auditorías anteriores 309, 311 y 314, correspondientes a la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2004, se determinó la falta de control en el registro de los volúmenes producidos y movilizados para su venta. Asimismo, en el documento "Análisis del Cumplimiento de las Metas Presupuestarias de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2005 de PEMEX Refinación", se constató que en el Programa 22 "Programa de Hidrocarburos" Actividad Institucional 227 "Distribuir Petróleo, Gas, Petrolíferos y Petroquímicos y Mantener sus Instalaciones" Actividad Prioritaria A001 "Otras Actividades" se reportó una meta alcanzada de 531.8 millones de barriles anuales, equivalente a 102.4 por ciento en relación con lo programado 519.3 millones de barriles.

Se determinó revisar el 100.0 por ciento de los volúmenes de productos transferidos por 531.8 millones de barriles. Con objeto de verificar que el ejercicio del gasto en el proceso de distribución correspondió realmente a la naturaleza de la operación, también se revisó un importe de 15 mil 022.2 millones de pesos, equivalente al 100.0 por ciento del total reportado como gasto corriente en el Programa 22, integrado por los capítulos 1000 “Servicios Personales” por 6 mil 450.9 millones de pesos; 2000 “Materiales y Suministros” por 459.2 millones de pesos, y 3000 “Servicios Generales” por 8 mil 112.2 millones de pesos. La revisión se efectuó en las Subdirecciones de Finanzas y Administración; de Almacenamiento y Distribución y de Planeación, Coordinación y Evaluación de PEMEX Refinación.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF observó que la entidad

fiscalizada no cuenta con lineamientos que prevean la realización de conciliaciones entre los reportes de los sistemas: Integral de Producción (SIP), Transferencia y Custodia (SITRAC), Integral de Información Comercial (SIIC), por las áreas involucradas en la distribución de productos petrolíferos, a fin de que las cifras sean validadas para efectos de integrar los reportes generados por el Sistema Nacional de Refinación (SNR), lo que denota falta de confiabilidad de las

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cifras, situación que se confirma por las diferencias en datos entre las distintas fuentes de información.

La ASF determinó una diferencia de 46.7 millones de barriles en los volúmenes de productos petrolíferos movilizados que se presentan en el "Balance Global de Productos Almacenamiento y Distribución (SAD)" de Pemex Refinación y los reportados en la Cuenta Pública 2005. De igual manera, identificó una diferencia por 8.2 millones de barriles de productos petrolíferos transferidos en custodia de refinerías, determinadas entre el "Balance Global de Productos Almacenamiento y Distribución (SAD)" y los Reportes de Producción obtenidos en 2005; y de 17.5 millones de barriles de importación de productos petrolíferos entre dicho Balance Global y el Sistema Integral de Información Comercial (SIIC), Módulo de Exportaciones e Importaciones. En este mismo orden, se determinó una diferencia de 279.0 miles de barriles entre el "Balance Nacional de Hidrocarburos 2005” que reporta un volumen de 613.5 millones de barriles contra el importe de productos enviados a ventas reportadas en el "Balance Global de Productos Almacenamiento y Distribución (SAD)" que informa de un volumen de 613.8 millones de barriles, correspondiente al ejercicio de 2005. Finalmente, la auditoría reveló la existencia de instrumentos y equipos de medición que, por diversos motivos, no recibieron el mantenimiento oportunamente, por lo que estuvieron fuera de servicio. La ASF identificó un incremento presupuestario sustancial entre el presupuesto originalmente otorgado por la SHCP a Pemex Refinación en diciembre de 2004 y el presupuesto modificado establecido en diciembre de 2005 por un monto de 86 mil millones de pesos, incremento realizado mediante nueve adecuaciones presupuestarias.

⎯ Acciones Promovidas. En resumen, se emitieron 6 observaciones que generaron 6 acciones, de las cuales 3 son recomendaciones y 3 solicitudes de aclaración recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales, PEMEX Refinación cumplió con las disposiciones normativas aplicables al registro y control de los volúmenes de petróleo crudo y productos petrolíferos movilizados y distribuidos para su venta, excepto por las observaciones señaladas en el informe.

⎯ Impacto de la Fiscalización. El principal impacto se deriva de la falta de

lineamientos para la conciliación de cifras por las áreas que intervienen en la distribución de productos petrolíferos, lo que a su vez origina diferencias en los reportes emitidos por las mismas, respecto de la producción obtenida, de la transferencia en custodia y de las ventas reportadas. Asimismo, emitió 6

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acciones, orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control impulsando el cumplimiento e impulsar la fiscalización de alto impacto.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

3.6.9.5 PEMEX REFINACIÓN. SERVICIOS GENERALES. ⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones efectuadas por concepto de

consultorías, asesorías y otros, con cargo al Capítulo 3000 Servicios Generales, se efectuaron, registraron en la contabilidad y presentaron en la Cuenta Pública de conformidad con la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento, cuya selección fue porque Servicios Generales “es un concepto de riesgo, susceptible de irregularidades en el cumplimiento de la normativa y el manejo de los recursos; asimismo, es una auditoría horizontal a PEMEX y sus Organismos Subsidiarios, a fin de tener una cobertura global”. En la Cuenta Pública del ejercicio de 2005, PEMEX Refinación reportó un monto de 8 mil 162.9 millones de pesos por concepto de Servicios Técnicos Pagados a Terceros y Otros, en el capítulo 3000 “Servicios Generales”. Para su revisión se seleccionó un monto de 2 mil 177.2 millones de pesos, el 26.7 por ciento de lo reportado. Asimismo, se verificó el procedimiento de contratación, su cumplimiento de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP). La auditoría se practicó en la Subdirección de Finanzas y Administración, en las Gerencias de Recursos Materiales, de Administración de Servicios, de Recursos Financieros, de Planeación y Evaluación, en la Refinería “Miguel Hidalgo” ubicada en Tula Hidalgo y en la Coordinación del Sistema de Seguridad y Protección Ambiental (SSPA), todas ellas pertenecientes a PEMEX Refinación.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF determinó un incremento en el

presupuesto definitivo del rubro de Servicios Generales de Pemex Refinación por un monto de 5 mil 760 millones de pesos, respecto al presupuesto originalmente establecido, hecho que significó una variación positiva de 91.1 por ciento. Este incremento fue autorizado mediante 6 oficios de afectación presupuestaria por la SHCP. La revisión determinó que el registro del gasto por concepto de consultorías y asesorías no se separa, sino que está agregado en Honorarios Pagados a Terceros.

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En el análisis practicado por la ASF de 5 contratos de consultorías y asesorías (de una muestra de 34, de un total de 653 que representaron el 51.4 por ciento del valor de la totalidad de los contratos) se verificaron situaciones concurrentes que se resumen en las siguiente observaciones del ente fiscalizador: los contratos debieron adjudicarse mediante licitación pública; en las cotizaciones de los servicios de consultoría aparecen siempre los proveedores McKinsey, Mercer y Charles River; las áreas contratantes de Pemex Refinación no reportan los beneficios que obtiene la entidad con la realización de servicios de consultoría; asimismo, en algunos estudios no se sustentó ni justificó la utilidad de los servicios contratados, omisión por la que se presume un daño al patrimonio de la Hacienda Pública Federal. Dichas situaciones dieron lugar a que la ASF promoviera pliegos de observaciones y el fincamiento de responsabilidades administrativas sancionatorias a los servidores públicos que por acción u omisión incumplieron la normatividad. Los 5 contratos de servicios en los que se presumen irregularidades, son: 4500178399, Sicofin Asesores de Negocios, S. A. de C. V., con 2.2 millones de pesos, por adjudicación directa; 4500181204, Galicia y Robles, S. C., con 850 mil pesos, mediante invitación a cuando menos tres proveedores; 4500182801, Investigación Empírica Aplicada, S. C., con 296.0 mil pesos, por adjudicación directa; 4500163617 Ing. José Alberto Celestinos Isaacs, con 2.1 millones de pesos, por adjudicación directa; y, 4500181505, Dupont de México, S. A. de C. V., con 249.7 millones de pesos, por invitación a cuando menos tres proveedores. Este último contrato es multianual con vigencia del 15 de noviembre de 2005 al 15 de noviembre de 2008, cabe señalar que no se efectuaron pagos en el ejercicio 2005. En lo que concierne a la verificación de la formalización de los contratos que se realizó dentro de los 20 días siguientes a la emisión del fallo, la ASF determinó que en 57 casos se rebasaron los 20 días; en 24 casos no se indica la fecha de formalización; en 103 casos no se indicó la fecha de fallo y en dos casos el fallo fue posterior a la fecha de formalización,

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 2 observaciones que generaron 10

acciones, siendo 4 recomendaciones, 4 pliegos de observaciones y 2 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. En opinión de la ASF, en términos generales PEMEX

Refinación cumplió razonablemente con las disposiciones normativas aplicables para la contratación de servicios de consultorías, asesorías y otros, los pagos, el registro contable y su presentación en la Cuenta Pública 2005 de las operaciones examinadas, excepto por los señalamientos formulados en el informe.

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⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF determinó un impacto económico por 5.5 millones de pesos por adjudicaciones de contratos fuera de norma. Asimismo emitió 10 acciones, orientadas principalmente a la sanción de servidores públicos infractores; recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal y fortalecer los mecanismos de operación y control. Con estas acciones la ASF impulsa las Líneas Estratégicas de Actuación de la Visión Estratégica de la ASF, para implantar las mejores prácticas gubernamentales, arraigar la cultura de la rendición de cuentas, e impulsar la fiscalización de alto impacto.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

3.6.9.6 PEMEX REFINACIÓN. EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 3000 "SERVICIOS GENERALES" POR CONCEPTO DE FLETES TERRESTRES.

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones con cargo al Capítulo 3000 "Servicios

Generales" por concepto de Fletes Terrestres, correspondieron realmente a servicios proporcionados a PEMEX Refinación; que se autorizaron, justificaron y comprobaron los pagos realizados; que los servicios se recibieron, y que en los procesos de contratación, registro presupuestal y contable se observó la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se trata de una auditoría financiera y de

cumplimiento, en cuya selección se tuvo en cuenta el análisis del documento "Detalle del Presupuesto de Egresos Flujo de Efectivo" del ejercicio de 2005, donde consta que el Capítulo 3000 "Servicios Generales", reportó un presupuesto ejercido por 12 mil 017.9 millones de pesos, del cual correspondió al concepto de "fletes" un total de 3 mil 300.4 millones de pesos, que representó el 27.3 por ciento del capítulo y registró un incremento del 27.0 por ciento en relación con el ejercicio 2004 (2 mil 597.2 millones de pesos). Además, se tienen antecedentes de irregularidades en la asignación de contratos.

Se eligió para la revisión un importe de 2 mil 276.7 millones de pesos, equivalente al 100.0 por ciento del total ejercido por concepto de fletes terrestres reportado en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal; dicho importe se integró por 2 mil 40.3 millones de pesos de servicios pagados por la contratación de auto tanques, 232.5 millones de pesos por servicios pagados de carro tanques y 3.8 millones de pesos de erogaciones no asociadas a un contrato con cargo en el renglón de gasto 210 “Fletes Terrestres y Aéreos”. Las áreas revisadas fueron la Gerencia de Transporte Terrestre, dependiente de la Subdirección de Almacenamiento y Distribución; y en las Gerencias de Recursos Materiales y de

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Recursos Financieros, adscritas a la Subdirección de Finanzas y Administración de PEMEX Refinación.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF no emitió observación ni

promovió acción alguna. Vale mencionar que mediante el procedimiento de auditoría aplicado se verificaron los siguientes aspectos:

Que la entidad contó con manuales de procedimientos y políticas autorizadas, relacionados con el registro y control de los servicios de transporte terrestre; que las erogaciones fueron previstas en el presupuesto autorizado del ejercicio; que la contratación de los servicios se incluyó en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios; que en el procedimiento de adjudicación se cumplió con las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; que se cumplió con las condiciones estipuladas en los contratos de servicios; que el registro presupuestal y contable de los servicios recibidos se realizó conforme al Catálogo de Cuentas y al Instructivo para el Manejo de Cuentas de Balance y Resultados; y, que la documentación justificativa y comprobatoria reunió los requisitos fiscales.

⎯ Acciones Promovidas. No se promovieron acciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, PEMEX Refinación cumplió con las disposiciones normativas aplicables al proceso de contratación de fletes, entrega-recepción de los servicios y comprobación de los pagos de las operaciones examinadas.

⎯ Impacto de la Fiscalización. El ente fiscalizador no registro impacto de la

fiscalización.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente auditado.

3.6.9.7 PEMEX REFINACIÓN. PRODUCCIÓN DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS.

⎯ Objetivo. Comprobar que el volumen de petróleo crudo enviado a proceso, fue

congruente con el volumen adquirido por la entidad durante el ejercicio y que la producción de petrolíferos obtenida, correspondió con el volumen enviado a proceso; comprobar que los costos incurridos para el proceso de producción correspondieron realmente a la naturaleza de la operación; y que el registro

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presupuestal y contable relacionado con la operación se efectuó conforme a la normativa, y verificar el cumplimiento de objetivos y metas de la entidad en relación con el proceso de producción de gasolinas.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento, cuya selección siguió el criterio de que en las revisiones números 309, 311 y 314 correspondientes a la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2004, se determinó falta de control en el registro de los volúmenes producidos y movilizados para su venta. Asimismo, en el documento "Análisis del Cumplimiento de las Metas Presupuestarias", que se presentó en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2005, se constató que en el Programa 22 "Programa de Hidrocarburos" Actividad Institucional 226 "Producir Petróleo, Gas, Petrolíferos y Petroquímicos y Mantener sus Instalaciones" Actividad Prioritaria A001 "Otras Actividades", se reportó una producción alcanzada de 491,8 millones de barriles de petrolíferos, y un presupuesto ejercido en gasto corriente de 11 mil 135.2 millones de pesos, que representó el 31.7 por ciento del total del gasto (35 mil 129.6 millones de pesos).

La muestra auditada fue de 491.8 millones de barriles, que representó el 100.0 por ciento de lo reportado como producción obtenida de productos petrolíferos en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2005. La revisión se efectuó en las unidades de Producción y de Ingeniería de Proceso y Gestión del Negocio de la Refinería “Ing. Antonio Dovalí Jaime” en Salina Cruz, Oaxaca.; el Sector Ductos de Salina Cruz; la Jefatura de Operación de la Terminal de Almacenamiento y Distribución en Salina Cruz; la Superintendencia de Operaciones de la Superintendencia General de Transportación Marítima de Salina Cruz; así como en las Subdirecciones de Finanzas y Administración, de Producción, y de Planeación, Coordinación y Evaluación en Oficinas Centrales.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La entidad fiscalizada no cuenta con

lineamientos para la conciliación de volúmenes, lo que originó diferencias entre los recibos de crudo reportado por las refinerías, contra lo reportado en el Sistema de Transferencia de Custodia (SITRAC) y lo enviado a Deer Park por 248.4 y 115.6 miles de barriles, respectivamente, así como diferencia de 239.5 miles de barriles entre lo reportado por las refinerías y lo registrado en el documento “Recibo de Crudo por Refinería” enero–diciembre 2005 del Sistema Nacional de Refinación (SNR); falta de aclaración de las causas que originaron los resultados de (-1.8) y (-1.0) por ciento en la producción de productos petrolíferos, respecto del petróleo crudo reportado en las Refinerías “Ing. Antonio M. Amor” y “Miguel Hidalgo”; diferencias por 6.8 millones de y 206.5 miles de barriles entre la producción reportada por las refinerías durante el año 2005 y la producción reportada en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2005 y los reportes del SNR; además, 26.3 y 212.0 toneladas de gas licuado de baja presión y de propileno, respectivamente, no se reflejaron en las existencias de los inventarios al cierre del ejercicio de 2005 para efectos de estados financieros.

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⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 7 observaciones que generaron 10 acciones, de las cuales 7 son recomendaciones y 3 solicitudes de aclaración-recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. En términos generales y respecto de la muestra auditada,

PEMEX Refinación no cumplió con las disposiciones normativas aplicables al registro y control de los volúmenes de petróleo crudo y productos petrolíferos, en virtud de que en los procesos revisados se detectaron irregularidades en el registro y manejo de los mismos, a causa de las observaciones que antes se precisaron.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No se determinó impacto económico. La ASF

considera que las 10 acciones están orientadas principalmente a asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. En el cuerpo del informe y respecto de

cada observación, se asienta lo siguiente: “La entidad fiscalizada informó que las áreas involucradas analizarán el resultado y emitirán la aclaración correspondiente”.

3.6.9.8 PEMEX REFINACIÓN. PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA PARA EL COMBATE DEL MERCADO ILÍCITO DE COMBUSTIBLES.

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto asignado a PEMEX Refinación para la

contratación, suministro, instalación y puesta en marcha de proyectos de infraestructura para el control del mercado ilícito de combustibles, se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas aplicables; verificar el cumplimiento de objetivos y metas en relación con el ejercicio del presupuesto de los proyectos en revisión.

⎯ Características de la Revisión. Se practicó una auditoría financiera y de

cumplimiento, que se seleccionó porque en los resultados de revisiones anteriores se determinó falta de control en el registro de los volúmenes producidos y movilizados para su venta, lo cual se relaciona directamente con el reporte de actividades ilícitas de combustibles y la pérdida de mercado de la entidad fiscalizada.

Se auditó un importe de 460.9 millones de pesos, que equivalen al 100 por ciento del presupuesto ejercido en 2005 para los proyectos referentes al Combate al

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Mercado Ilícito de Combustibles. Los trabajos se realizaron en las Subdirecciones de Finanzas y Administración, Comercial, de Almacenamiento y Distribución, de Auditoría en Seguridad Industrial y Protección Ambiental (SASIPA) y la Gerencia de Control Técnico y Operativo de Manejo de Combustibles (GCTOMC), en Oficinas Centrales de PEMEX Refinación.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La entidad no cuenta con manuales de procedimientos para el análisis de la información proveniente de las Subdirecciones de Almacenamiento y Distribución y Comercial, para evaluar los resultados obtenidos de la puesta en marcha de los proyectos que integran el programa para el Combate al Mercado Ilícito de Combustibles; el contrato de franquicia suscrito con las estaciones de servicio no previó el envío de datos de la operación de dichas estaciones ni de la información correspondiente a su balance de productos petrolíferos, lo que ha impedido que empiece a funcionar en dichas estaciones el equipo de monitoreo y las impresoras adquiridas en 2004 y 2005, respectivamente, con lo cual se tendría el control electrónico de producto recibido y vendido.

Se constató que la Gerencia de Control Técnico y Operativo de Manejo de Combustibles, no cuenta con reportes y procedimientos que permitan conocer los volúmenes e importes recuperados por las acciones realizadas en los proyectos de combate del mercado ilícito de combustibles, y así dar seguimiento a los resultados, en particular los que impactan los estados financieros de la entidad, por lo que sus operaciones no fueron respaldadas con la documentación comprobatoria; finalmente, se detectó un monto de 106.5 millones de pesos registrado incorrectamente en la contabilidad. La ASF realizó una inspección física en la Refinería “Miguel Hidalgo”, en la Ciudad de Tula de Allende, Hidalgo, con el objeto de verificar la existencia y operación de los sistemas de medición considerados dentro del Programa de Combate al Mercado Ilícito de Combustibles (en relación con los proyectos para un laboratorio móvil y 11 patines de medición) encontrando errores de control como falta de identificación de los bienes que integran los patines de medición.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 5 observaciones que generaron igual cifra de recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra auditada, PEMEX Refinación cumplió con las disposiciones normativas aplicables al registro y control de los gastos erogados en los proyectos de infraestructura para el combate del mercado ilícito de combustibles, excepto por las observaciones que se precisan en el informe.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No se determinó impacto económico alguno. Sin

embargo, la ASF concluyó que las acciones emitidas se orientan principalmente

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a promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

3.6.9.9 PEMEX REFINACIÓN. PROYECTO PR MINATITLÁN. RECONFIGURACIÓN DE LA REFINERÍA LÁZARO CÁRDENAS, EN MINATITLÁN, VERACRUZ.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. Se realizó una auditoría de inversión física al

Proyecto de Infraestructura Productiva de Largo Plazo (PIDIREGAS) PR Minatitlán, a cargo de PEMEX Refinación, el contrato de obra pública número PR-OP-L-043/03P, por la importancia del gasto ejercido por un monto de 488.7 millones de pesos y por haber registrado avances físico y financiero de 100.0 por ciento, reportados en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2005. Se revisó una muestra de 9 conceptos por un importe de 281.6 millones de pesos que representó el 57.6 por ciento de los 333 conceptos ejecutados por un total de 488.7 millones de pesos, que comprendió la realización de las obras del contrato citado, por ser representativa de los montos ejercidos y susceptibles de verificar y cuantificar tanto en planos como en campo. La auditoría se desarrolló en PEMEX Refinación y Dirección Corporativa de Ingeniería y Desarrollo de Proyectos del Corporativo de Petróleos Mexicanos.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se observó que el proyecto no contó

con el dictamen favorable de un experto sobre el análisis de factibilidad técnica, económica, ambiental y sobre el proyecto ejecutivo de obra pública; tampoco con el resolutivo del impacto ambiental para la reconfiguración de la refinería antes del inicio de los trabajos, ni con el correspondiente al dragado del Río Coatzacoalcos, ambos emitidos por la SEMARNAT. Debido a la falta de este último, tampoco se obtuvo a tiempo de la Dirección General de Puertos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes el permiso para el dragado. Como consecuencia, un volumen de material que la contratista previó obtener del Río Coatzacoalcos, fue sustituido por material proveniente de otros bancos, para lo cual PEMEX Refinación le autorizó precios unitarios extraordinarios que ocasionaron un costo adicional de 13.3 millones de pesos. Se constató que se realizó un nuevo proyecto para desplante del terraplén del camino vecinal, por lo que fue necesario adecuar sus dimensiones y,

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consecuentemente, tramitar nuevamente los permisos necesarios; que la entidad no puso oportunamente a disposición de la contratista el sitio donde se construirían las plantas nuevas, por carecer del documento de anuencia en el aspecto ecológico; y que la SCT restringió el paso al entronque con la autopista en el camino de acceso a la refinería debido al periodo vacacional de fin de año lo que ocasionó diferimiento del plazo de ejecución por 55 días. En el análisis del comportamiento global de la obra, se observó que se generaron volúmenes adicionales por 63.5 millones de pesos, así como conceptos extraordinarios por 73.6 millones de pesos; y se disminuyeron y cancelaron volúmenes y partidas de concurso por 68.1 millones de pesos, por lo que se determinó que la ingeniería de detalle y los estudios técnicos que se incluyeron en la sección II de las bases de licitación, denominada paquete técnico, tuvo deficiencias. La contratista propuso inicialmente obtener del Río Coatzacoalcos el 100.0 por ciento de los materiales para la ejecución del concepto de concurso C-045, no obstante, en el programa de obra que entregó 15 días después de que se emitió el fallo, manifestó que obtendría los materiales del banco San Pedro Mártir, localizado a 15 kilómetros del sitio de ejecución de los trabajos, y del Río Coatzacoalcos en una proporción 70-30, debido a que este último ya no contaba con los materiales necesarios (“finos”) por el arrastre de las avenidas. Bajo esta modalidad, se le autorizaron, de manera improcedente, cinco precios unitarios extraordinarios, que implicaron un pago en exceso por ocho millones 968.5 miles de pesos, importe que se presume es en perjuicio del patrimonio de PEMEX Refinación. Entre otros aspectos observados por la ASF, destacan los relacionados con el manejo, almacenamiento, separación y disposición de residuos peligrosos.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 19 observaciones que generaron 20

acciones, de las cuales 19 son recomendaciones y 1 pliego de observaciones. ⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales y respecto de la muestra auditada, PEMEX Refinación cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se determinó un impacto económico de 12.1

millones de pesos, distribuidos de la siguiente manera: 8.9 millones de pesos, por pagos improcedentes debido a que se autorizó indebidamente el cambio del banco de materiales y 3.1 millones de pesos por falta de aplicación de penas y sanciones por incumplimientos. la Auditoría Superior de la Federación emitió 20 acciones, orientadas principalmente a recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

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3.6.10 PEMEX PETROQUÍMICA CANGREJERA S.A. DE C.V.

Atribuciones De acuerdo con la escritura pública que protocoliza el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Petroquímica Cangrejera S.A. de C.V., se definen entre sus principales atribuciones, las siguientes: promover, desarrollar, llevar a cabo la elaboración, producción, almacenamiento, distribución, comercialización y demás actividades conexas de productos petroquímicos no básicos; construir, comprar, vender, arrendar o subarrendar toda clase de bienes muebles e inmuebles relacionados con su objeto social. En general, realizar o celebrar todos los actos jurídicos y contratos que sean necesarios o convenientes para la realización de su objeto social, ya sean civiles, mercantiles, administrativos o laborales permitidos por la ley; generar la energía eléctrica para el auto abastecimiento, y enajenar todos los excedentes de energía eléctrica de conformidad con las leyes aplicables; vender servicios de almacenamiento, guarda y manejo de productos; análisis de laboratorio; servicios administrativos; servicios de mantenimiento industrial; y enajenar servicios auxiliares, como son agua procesada, vapor de agua, aire comprimido.

Antecedentes de auditorías practicadas a Petroquímica Cangrejera, 1999-2004 Durante la revisión de la Cuenta Pública de 1999-2004, la ASF practicó 9 auditorías de las cuales, 7 son financieras y de cumplimiento, y 2 de obra pública e inversiones físicas.

Tipo de auditoría Total 1999 2000 2001 2002 2003 2004

Total 9 0 1 0 3 4 1Desempeño 0 0 0 0 0 0 0Regularidad:

Financieras y de Cumplimiento 7 0 1 0 3 2 1Obra Pública e Inversiones Físicas 2 0 0 0 0 2 0Sistemas 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Entidades 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Municipios 0 0 0 0 0 0 0

Especiales 0 0 0 0 0 0 0Seguimiento 0 0 0 0 0 0 0

RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. 1999-2004PETROQUIMICA CANGREJERA, S.A DE C.V.

Fuente: Elaborado por la UEC con base en datos de la ASF, Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 1999-2004. Derivado de la práctica de esas auditorías, la ASF promovió 52 acciones que en su mayoría (44) tuvieron carácter preventivo (recomendaciones), en tanto que las acciones correctivas estuvieron conformadas por 4 solicitudes de intervención al Órgano Interno

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de Control y 4 solicitudes de aclaración. Al 31 de diciembre de 2005, la SHCP había solventado el 100 por ciento de las acciones promovidas.

SUB TOTAL% DE

ATENCIÓN ATENDIDAS O PROMOVIDAS

SUSTITUIDAS POR NUEVA

ACCIÓN

BAJAS POR RESOLUCIÓN

JUDICIAL SUB TOTAL

% EN PROCESO DE

ATENCIÓN

TOTAL 52 52 100.0% 52 0 0 0 0.0%

Recomendación 44 44 100.0% 44 0 0 0 0.0%Solicitud de Intervención del OIC 4 4 100.0% 4 0 0 0 0.0%Solicitud de Aclaración 4 4 100.0% 4 0 0 0 0.0%Solicitud de Intervención de la Instancia Recaudadora 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Denuncia de Hechos 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Fuente: ASF, Informe Estado de Atención y Promoción de las Observaciones-Acciones Emitidas con Motivo de la Revisión de la Cuenta Pública (31-dic-2006).

Que la ASF formula, promueve o presenta:

SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES Y ACCIONES EMITIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 1999-2004PETROQUÍMICA CANGREJERA

TIPO DE ACCIÓN TOTAL

EMITIDAS

ATENDIDAS, PROMOVIDAS, SUSTITUIDAS Y BAJAS POR RESOLUCIÓN JUDICIAL EN PROCESO DE ATENCIÓN

Resumen de auditorías practicadas 2005 Con motivo de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2005, la ASF llevó a cabo 1 auditoría financiera y de cumplimiento a PEMEX Petroquímica Cangrejera, para revisar los egresos presupuestales del Capítulo 2000 "Materiales y Suministros".

Comentarios sobre los resultados de las auditorías

La ASF dictaminó de manera favorable la auditoría a los procesos de adquisición del Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”; sin embargo, observó en lo específico el incumplimiento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público por Petroquímica Cangrejera, respecto de la documentación comprobatoria de los expedientes de contratación de los materiales objeto de adquisición, en 44 contratos que representaron un monto de 31.2 millones de pesos. La revisión mostró que la documentación en comento no está ordenada sistemáticamente, que las órdenes de surtimiento no presentan la información que permita determinar los posibles atrasos en la entrega de los bienes y aplicar las sanciones que correspondan. Asimismo, detectó en relación al contrato de la Licitación número 18580003-51-04, que la empresa ganadora no cumplió con los requisitos solicitados en las bases de licitación, en virtud de que ofertó materiales diferentes de los solicitados lo cual generó la inconformidad de 4 participantes en el proceso.

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Resultados de auditorías practicadas A continuación se presentan los resultados de la auditoría financiera y de cumplimiento practicada a Pemex Petroquímica Cangrejera.

3.6.10.1 PEMEX PETROQUÍMICA CANGREJERA. EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPITULO 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones por la adquisición de bienes con

cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros” se autorizaron, justificaron y comprobaron; que los bienes se recibieron, y que en los procesos de contratación, registro presupuestal y contable se observó la normativa aplicable. Asimismo, verificar que el proceso de incorporación de la entidad a PEMEX Petroquímica Corporativo se está llevando conforme a la normatividad vigente.

⎯ Características de la Revisión. La revisión fue financiera y de cumplimiento y

se revisó en virtud de que la entidad fiscalizada se encuentra en proceso de fusión con Pemex Petroquímica, por lo que se consideró conveniente verificar que se esté llevando el proceso conforme a la normativa vigente y porque en revisiones anteriores se han detectado incumplimientos de proveedores en la entrega de los bienes adquiridos. Se revisó una muestra de 78.8 millones de pesos, que representó el 48.4 por ciento del presupuesto ejercido en el Capítulo 2000 “Materiales y Suministros” por 163.1 millones de pesos. Las áreas revisadas fueron las Superintendencias de Adquisiciones y de Administración y Control de Suministros, dependientes de Recursos Materiales y Contratos y en las Superintendencias de Presupuestos y Contabilidad, dependientes de la Coordinación de Finanzas de Petroquímica Cangrejera, S.A. de C.V. (PECASA).

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF determinó que PECASA cuenta

con los procedimientos normativos adecuados para los fines de la entidad fiscalizada, respecto de las operaciones relacionadas con las erogaciones realizadas en este rubro de gasto. La revisión identificó un incremento presupuestal en el Capítulo 2000 “Servicios Generales” para el ejercicio fiscal 2005 de 17.6 millones de pesos, respecto del presupuesto original aprobado, representando una variación positiva de 4.8 por ciento.

La ASF observó que PECASA incumplió el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público al no poner a consideración los montos máximos de adjudicación en la primera sesión del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. En relación al contrato de la Licitación número 18580003-51-04, la empresa ganadora no cumplió con los requisitos solicitados en las bases de licitación, en virtud de que ofertó materiales

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

410

diferentes de los solicitados lo cual generó la inconformidad de 4 de participantes en el proceso. La empresa sólo se comprometió a fabricar los bienes de acuerdo a los requerimientos.

Se constató que en los 44 contratos de la muestra revisada por un monto de 31.2 millones de pesos para la adquisición de materiales correspondientes al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, los cuales fueron adjudicados mediante los procedimientos de licitación pública nacional, internacional, invitación a cuando menos tres personas y por adjudicación directa, se determinó que carecen de la documentación referente a la recepción de los bienes en el almacén y de las órdenes de surtimiento en su caso. Asimismo, se comprobó que no se pudo precisar el cumplimiento de los plazos de entrega de los productos y materiales adquiridos establecidos en el contrato, en los demás aspectos su proceso de adquisición se ajustó por lo general a la normatividad aplicable. En relación al proceso de fusión de PECASA con Pemex Petroquímica Corporativa, éste se ha conducido de acuerdo a normatividad, excepto por el hecho de que la entidad fiscalizada no proporcionó a la ASF evidencia documental de que la fusionante (PPQ) o la fusionada (PECASA) hubieran promovido la implementación de políticas, lineamientos o criterios que permitan precisar y, en su caso, delimitar los tramos de responsabilidad de los servidores públicos que entregan y reciben los bienes y los recursos que forman parte integrante del patrimonio de la entidad fiscalizada.

⎯ Acciones Promovidas. La ASF promovió 5 acciones orientadas principalmente a fortalecer los mecanismos de operación y control, así como propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y de la legislación.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales, PECASA

cumplió con los ordenamientos jurídicos, las disposiciones normativas aplicables y los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental, así como con los ordenamientos jurídicos y las disposiciones normativas aplicables excepto por lo observado.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Las observaciones y acciones determinadas por la ASF tienen el propósito de mejorar los controles en los procesos de adquisición de bienes y en el proceso de fusión de PECASA, con Pemex Petroquímica Corporativa. La ASF promovió 5 acciones orientadas principalmente a fortalecer los mecanismos de operación y control; y propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. La entidad fiscalizada, señala en sus

comentarios, que a través de la Subdirección de Administración y Finanzas, que ha dado indicaciones para implementar las acciones tendientes a solventar las observaciones contenidas en las auditorías realizadas por la ASF.

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

411

3.6.11 P.M.I. COMERCIO INTERNACIONAL, S.A. DE C.V.

Atribuciones P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V., tiene por objeto la comercialización, exportación e importación de todo tipo de productos o mercaderías, sean materias primas, productos naturales o productos derivados de un proceso industrial. También se encarga de la comercialización, en el extranjero, de petróleo crudo y productos derivados de su refinación e industrialización, así como la comercialización de productos petroquímicos y otros hidrocarburos líquidos, sólidos o gaseosos. P.M.I., tiene la facultad de otorgar y emitir toda clase de títulos de crédito, así como, realizar operaciones activas o pasivas de crédito y otorgar garantías a favor de terceros en los casos en que exista un interés jurídico o económico por parte de la sociedad. De igual manera, se encarga de la prestación de servicios de asesoría, comisión, gestión, distribución, medición o representación de servicios de carácter técnico, administrativo, financiero, legal o económico que estén relacionados con los objetivos anteriores.

Antecedentes de auditorías practicadas a P.M.I. 1999-2004 Durante la revisión de la Cuenta Pública de 1999 a 2004, la ASF practicó a P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V., 3 auditorías, todas financieras y de cumplimiento.

Tipo de auditoría Total 1999 2000 2001 2002 2003 2004

Total 3 1 0 1 0 1 0Desempeño 0 0 0 0 0 0 0Regularidad:

Financieras y de Cumplimiento 3 1 0 1 0 1 0Obra Pública e Inversiones Físicas 0 0 0 0 0 0 0Sistemas 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Entidades 0 0 0 0 0 0 0Recursos Federales a Municipios 0 0 0 0 0 0 0

Especiales 0 0 0 0 0 0 0Seguimiento 0 0 0 0 0 0 0

RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. 1999-2004P.M.I. COMERCIO INTERNACIONAL, S.A DE C.V.

Fuente: Elaborado por la UEC con base en datos de la ASF, Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 1999-2004. Derivado de la práctica de esas auditorías, la ASF promovió 39 acciones que en su mayoría (28) tuvieron carácter preventivo (recomendaciones), en tanto que las acciones correctivas estuvieron conformadas por 7 solicitudes de intervención al Órgano Interno de Control, y 4 solicitudes de aclaración. Al 31 de diciembre de 2005, P.M.I. Comercio Internacional, había solventado el 100 por ciento de las acciones promovidas.

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

412

SUB TOTAL% DE

ATENCIÓN ATENDIDAS O PROMOVIDAS

SUSTITUIDAS POR NUEVA

ACCIÓN

BAJAS POR RESOLUCIÓN

JUDICIAL SUB TOTAL

% EN PROCESO DE

ATENCIÓN

TOTAL 39 39 100.0% 39 0 0 0 0.0%

Recomendación 28 28 100.0% 28 0 0 0 0.0%Solicitud de Intervención del OIC 7 7 100.0% 7 0 0 0 0.0%Solicitud de Aclaración 4 4 100.0% 4 0 0 0 0.0%Solicitud de Intervención de la Instancia Recaudadora 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Denuncia de Hechos 0 0 0.0% 0 0 0 0 0.0%

Fuente: ASF, Informe Estado de Atención y Promoción de las Observaciones-Acciones Emitidas con Motivo de la Revisión de la Cuenta Pública (31-dic-2006).

Que la ASF formula, promueve o presenta:

SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES Y ACCIONES EMITIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 1999-2004PMI COMERCIO INTERNACIONAL, S.A. DE C.V.

TIPO DE ACCIÓN TOTAL

EMITIDAS

ATENDIDAS, PROMOVIDAS, SUSTITUIDAS Y BAJAS POR RESOLUCIÓN JUDICIAL EN PROCESO DE ATENCIÓN

Resumen de auditorías practicadas 2005 Con motivo de la revisión de la Cuenta Pública 2005, la ASF llevó a cabo una auditoría financiera y de cumplimiento a P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V. la cual se realizó a la Cuenta Pública, para revisar el fondeo liquidable con la Venta de Cartera de Exportaciones de Petróleo.

Comentarios sobre los resultados de las auditorías La ASF dictaminó que PEMEX continúa operando un mecanismo de fondeo para financiar obras PIDIREGAS que ocasionó costos excesivos por diferencial de tasas, como lo muestran las cifras presentadas en el PEF 2007 en el pago anual del costo financiero por proyecto. Los vehículos financieros utilizados por PEMEX, como el Master Trust y PEMEX Financial Ltd., han recurrido a los mercados financieros y de capitales, internos y externos, para colocar deuda y financiar a estos proyectos y lo han hecho hasta con tasas de interés reales cercanas a 10 por ciento. El costo financiero de los PIDIREGAS ha mantenido una tendencia creciente como se aprecia en la gráfica de la página siguiente. La actual administración gubernamental podría acumular por pago de intereses en deuda PIDIREGAS, hasta 214 miles de millones de pesos lo que implicaría el monto más elevado en pago de intereses de todo el plan de pagos por este concepto. Es por ello, que el Gobierno Federal tendrá que analizar las diferentes opciones para aminorar el impacto que este costo está significando en las cuentas de balance de la paraestatal. De los 38 proyectos PIDIREGAS de PEMEX a 2006, solo cuatro (Burgos, Cantarell, Madero, Planta Criogénica II y Complejo Antonio J. Bermudez), generaron 71 por ciento

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

413

del costo financiero del organismo paraestatal. Una solución integral a esta problemática tendría que ir acompañada de una mayor autonomía de gestión de Pemex y simultáneamente de una fuente más estable de ingresos públicos.

PEMEX. Costo financiero de la deuda de PIDIREGAS Miles de millones de pesos 2007

43.243.439.9

26.528.332.6

9.8

20.1

12.310.37.05.7

2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

Fuente: Elaborada por la UEC con información del PEF 2007. Por otro lado, la ASF realizó una auditoría financiera de cumplimiento para evaluar el Fondeo Liquidable con la Venta de Cartera de Exportaciones de Petróleo obtenida por PMI Comercio Internacional. Cabe señalar, al respecto que en virtud de tratarse de una operación financiera compleja de alcances internacionales se requiere de una revisión integral de estas operaciones, practicadas por PMI de manera recurrente, en la que se tenga que valorar los riesgos globales (de mercado, de crédito, operativos, legales, de liquidez, de prepago), su eficiencia y eficacia en términos de costo beneficio incluyendo la aplicación y destino de los recursos obtenidos y las erogaciones por concepto de comisiones que se paguen.

Resultados de las auditorías practicadas 2005

A continuación se presentan los resultados de la revisión que fue practicada a P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V. en 2005.

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

414

3.6.11.1 PMI. FONDEO LIQUIDABLE CON LA VENTA DE CARTERA DE EXPORTACIONES DE PETRÓLEO.

⎯ Objetivo. Evaluar el costo-beneficio del mecanismo de fondeo utilizado por

Petróleos Mexicanos, a través del Grupo PMI, para cubrir el servicio de la deuda emitida en el extranjero, asociada a la venta de cuentas por cobrar presentes y futuras generadas por las exportaciones de crudo y comprobar que las operaciones se registraron en la contabilidad y se presentaron en los Estados Financieros y en la Cuenta Pública, de conformidad con la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una auditoría financiera y de

cumplimiento, la cual fue seleccionada debido a que en 2005 las exportaciones de crudo y condensados ascendieron a 35 mil 155.9 millones de dólares, monto 24.2 por ciento superior a las del año anterior y se reportaron ventas de cuentas por cobrar presentes y futuras que ascendieron a 16 mil 832.6 millones de dólares.

En ese año, Pemex Finance, Ltd. amortizó bonos por 994.1 millones de dólares, para lo cual dejó de comprar cartera durante aproximadamente un mes y medio, para acumular los recursos financieros necesarios para efectuar el prepago. Para subsanar a PEMEX los flujos de efectivo que dejó de percibir en ese tiempo, el Master Trust pagó a PEP dichos recursos con base en el convenio de derivación de fondos y llevó a cabo la emisión de un bono por 1 mil 500 millones de dólares, a través del Master Trust, emitido en junio de 2005 en dos series: una por un mil millones de dólares, con vencimiento en el 2015 a una tasa de interés de 5.75 por ciento, y otra por 500 millones de dólares, con vencimiento en el 2035, a una tasa de interés del 6.62 por ciento. La muestra auditada correspondió a 304 facturas por 3 mil 954.2 millones de dólares, equivalentes a 43 mil 034 millones de pesos, cuya cobranza se realizó en 2005; monto que representó el 23.1 por ciento del total de ventas de cuentas por cobrar presentes y futuras. Se revisaron la Dirección de Finanzas de P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V., así como la Gerencia de Control Presupuestal de Petróleos Mexicanos.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. En junio de 2005, Pemex Finance, Ltd.

prepagó 4 series de bonos asegurados por un monto total de 994.1 millones de dólares, obteniendo un ahorro de 14.9 millones de dólares por dejar de pagar la prima de seguro, comisiones y gastos asociados a los mismos. De la comparación de las tasas promedio del 8.3 por ciento de los intereses pagados por la emisión de bonos de Pemex Finance, Ltd. en 2005, incluyendo los costos de operación, contra la tasa de interés promedio del 6.2 por ciento de los bonos emitidos por el Master Trust en el mismo ejercicio, se determinó 2.1 por ciento adicional, que aplicado al saldo promedio anual de los bonos en circulación al 31

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

415

de diciembre de 2005, por 2 mil 873.8 millones de dólares, dio como resultado un sobre costo por diferencial en las tasas de 60.3 millones de dólares, equivalentes a 649.4 millones de pesos; por lo que la ASF concluye que PEMEX continúa operando un mecanismo de fondeo para financiar obras PIDIREGAS que le genera costos excesivos.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitió una observación que generó una acción, de la

cual corresponde a una solicitud de aclaración-recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra revisada, que P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V., cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la compra-venta, registro contable y presentación en los estados financieros de la entidad de las cuentas por cobrar presentes y futuras correspondientes a este esquema de fondeo, excepto por la observación que se precisa en el apartado correspondiente del informe, consistente en que PEMEX continúa operando un mecanismo de fondeo oneroso para financiar obras PIDIREGAS, y que ocasionó costos excesivos por el diferencial de tasas y los costos de operación por un monto de 649.4 millones de pesos, que representa el 1.5 por ciento de la muestra.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La cuantificación monetaria del impacto ascendió a

649.4 millones de pesos de las operaciones observadas como recuperación probable, sin que ello signifique resarcimientos, en espera de las aclaraciones del ente fiscalizado.

⎯ Comentarios de la Entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

417

ANEXO 1

RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA

AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2005

SEGÚN SECTOR, ENTE AUDITADO Y TIPO DE REVISIÓN

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Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

419

N° DESCRIPCIÓN ESTADOS MPIOS

TOTAL 51 155 80 2 15 270 44 9 1 627

PODER LEGISLATIVO 1 1 0 0 0 0 0 0 0 2

1 Cámara de Diputados 1 1

2 Cámara de Senadores 1 1

PODER JUDICIAL 0 1 0 0 0 0 0 0 0 1

3 Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 1 1

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA 1 0 0 0 0 0 0 0 0 1

4 Presidencia de la República 1 1

SECTOR GOBERNACIÓN 0 4 2 0 0 0 0 0 0 6

5 Secretaría de Gobernación 2 2

6 Instituto Nacional de Migración 1 2 3

7 Talleres Gráficos de México 1 1

SECTOR RELACIONES EXTERIORES 1 0 0 0 0 0 0 0 0 1

8 Secretaría de Relaciones Exteriores 1 1

SECTOR HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 8 38 0 1 0 0 29 2 0 78

9 Secretaría de Hacienda y Crédito Público 4 11 7 22

10 Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C. 1 1

11 Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C. 2 2 1 5

12 Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. 4 1 5

13 Casa de Moneda de México 1 1

14 Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro 1 1

15 Financiera Rural 1 1

16 Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios 1 1

17 Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura 1 1

18 Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda 1 1

19 Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática 1 1

20 Instituto para la Protección al Ahorro Bancario 1 13 14

21 Lotería Nacional para la Asistencia Pública 1 1

22 Nacional Financiera, S.N.C 3 1 4

23 Servicio de Administración y Enajenación de Bienes 4 4

24 Servicio de Administración Tributaria 1 11 1 1 14

25 Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. 1 1

SECTOR DEFENSA NACIONAL 0 3 0 0 0 0 0 0 0 3

26 Secretaría de Defensa Nacional 2 2

27 Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas 1 1SECTOR AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN 1 13 0 0 0 0 3 1 0 18

28 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación 8 1 9

29 Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria 2 1 3

30 Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca 1 1

31 Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero 1 1

32 Productora Nacional de Semillas 1 1

33 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria 3 3

SECTOR COMUNICACIONES Y TRANSPORTES 3 10 36 0 0 0 4 1 0 54

34 Secretaría de Comunicaciones y Transportes 3 5 23 2 33

35 Administración Portuaria Integral de Ensenada, S.A. de C.V. 1 1

36 Administración Portuaria Integral Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V. 2 2

37 Administración Portuaria Integral de Manzanillo, S.A. de C.V. 1 1

38 Administración Portuaria Integral de Puerto Vallarta, S.A. de C.V. 1 1

39 Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de C.V. 1 1

40 Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. 2 2

41 Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. 1 1 2

42 Aeropuertos y Servicios Auxiliares 5 5

43 Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos 1 1 2

44 Comisión Federal de Telecomunicaciones 1 1

45 Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano 1 1

46 Servicio Postal Mexicano 1 1

47 Telecomunicaciones de México 1 1

SECTOR ECONOMÍA 2 4 0 0 0 0 0 0 0 6

48 Secretaría de Economía 1 2 3

49 Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad

1 1

50 Fideicomiso de Fomento Minero 1 1

51 Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial 1 1

AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA Y EL IAGF 2005

FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO

OBRA PÚBLICA E INV. FÍSICA

SISTEMASRECURSOS FEDERALES

EJERCIDOS POR: SEGUIMIENTOSITUACIÓN

EXCEPCIONAL TOTAL

AUDITORÍAS DE REGULARIDADENTE

DESEMPEÑO ESPECIAL

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COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL

Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

420

N° DESCRIPCIÓN ESTADOS MPIOS

SECTOR EDUCACIÓN PÚBLICA 5 10 2 0 0 0 0 1 0 18

52 Secretaría de Educación Pública 3 5 1 9

53 Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte 1 1

54 Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos 1 1

55 Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del I.P.N. 1 1

56 Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas 1 1

57 Consejo Nacional de Fomento Educativo 1 1 1 3

58 Consejo Nacional para la Cultura y las Artes 1 1

59 Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura 1 1

INSTITUCIONES PÚBLICAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR 4 0 0 0 0 0 3 0 0 7

60 Universidad Autónoma de Baja California Sur 1 1

61 Universidad Autónoma de Campeche 1 1

62 Universidad Autónoma del Estado de México 1 1

63 Universidad Autónoma Metropolitana 1 1

64 Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo 1 1

65 Universidad Nacional Autónoma de México 1 1

66 Universidad Tecnológica de Puebla 1 1

SECTOR SALUD 2 3 2 0 0 0 0 0 0 7

67 Secretaría de Salud 1 1 2 4

68 Centro Nacional para la Prevención y Control del VIH/SIDA 1 1

69 Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades 1 1

70 Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez 1 1

SECTOR MARINA 1 1 0 1 0 0 0 0 0 3

71 Secretaría de Marina 1 1 1 3

SECTOR TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL 1 0 0 0 0 0 0 1 0 2

72 Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores 1 1

73 Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo 1 1

SECTOR REFORMA AGRARIA 1 1 0 0 0 0 0 0 0 2

74 Secretaría de la Reforma Agraria 1 1 2

SECTOR MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES 3 3 5 0 0 0 0 0 0 11

75 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2 2

76 Comisión Nacional del Agua 1 1 5 7

77 Comisión Nacional Forestal 1 1

78 Instituto Mexicano de Tecnología del Agua 1 1

SECTOR PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 1 1 0 0 0 0 0 0 0 2

79 Procuraduría General de la República 1 1 2

SECTOR ENERGÍA 3 34 31 0 0 0 1 1 0 70

80 Secretaría de Energía 1 1 2

81 Comisión Federal de Electricidad 1 7 14 22

82 Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. 1 1

83 Luz y Fuerza del Centro 3 10 13

84 Petróleos Mexicanos 1 5 6

85 Pemex Exploración y Producción 3 6 1 10

86 Pemex Gas y Petroquímica Básica 2 2

87 Pemex Petroquímica 3 3

88 Pemex Refinación 8 1 9

89 Petroquímica Cangrejera, S.A. de C.V. 1 1

90 P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V. 1 1

SECTOR DESARROLLO SOCIAL 4 6 0 0 0 0 1 1 0 12

91 Secretaría de Desarrollo Social 2 2 1 5

92 Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades 1 1

93 DICONSA, S.A. de C.V. 1 1 2

94 Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares 1 1

95 Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías 1 1

96 LICONSA, S.A. de C.V. 1 1 2

SECTOR TURISMO 1 2 0 0 0 0 0 1 0 4

97 Secretaría de Turismo 1 1 2

98 Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. 1 1 2

SECTOR FUNCIÓN PÚBLICA 1 0 0 0 0 0 0 0 0 1

99 Secretaría de la Función Pública 1 1

SECTOR SEGURIDAD PÚBLICA 1 0 0 0 0 0 1 0 0 2

100 Secretaría de Seguridad Pública 1 1

101 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública 1 1

AUDITORÍAS DE REGULARIDADENTE

DESEMPEÑO ESPECIAL SEGUIMIENTOSITUACIÓN

EXCEPCIONAL TOTAL

AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA Y EL IAGF 2005

FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO

OBRA PÚBLICA E INV. FÍSICA

SISTEMASRECURSOS FEDERALES

EJERCIDOS POR:

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COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL

Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

421

N° DESCRIPCIÓN ESTADOS MPIOS

ENTIDADES NO COORDINADAS SECTORIALMENTE 6 18 2 0 0 0 0 0 0 26

102 Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas 1 1

103 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología 1 2 3

104 Instituto Federal de Acceso a la Información Pública 1 1

105 Instituto Mexicano del Seguro Social 2 8 2 12

106 Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado 1 3 4

107 Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado 1 2 3

108 Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado 2 2

ÓRGANOS AUTÓNOMOS 0 1 0 0 0 0 2 0 0 3

109 Banco de México 1 1

110 Comisión Nacional de los Derechos Humanos 1 1

111 Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa 1 1

RAMOS GENERALES 33 Y 39 0 1 0 0 15 270 0 0 1 287

112 Aguascalientes 8 8

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

113 Baja California 8 8

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

114 Baja California Sur 8 8

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

115 Campeche 8 8

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

116 Chiapas 1 8 9

Revisiones practicadas por la ASF 1 1

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

117 Chihuahua 1 8 9

Revisiones practicadas por la ASF 1 1

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

118 Coahuila 8 8

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

119 Colima 8 8

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

120 Distrito Federal 1/ 1 3 4 1 9

Revisiones practicadas por la ASF 1 3 1 5

Revisiones practicadas por las EFSL 4 4

121 Durango 8 8

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

122 Estado de México 1 10 11

Revisiones practicadas por la ASF 1 2 3

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

123 Guanajuato 10 10

Revisiones practicadas por la ASF 2 2

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

124 Guerrero 8 8

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

125 Hidalgo 1 8 9

Revisiones practicadas por la ASF 1 1

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

126 Jalisco 1 10 11

Revisiones practicadas por la ASF 1 2 3

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

127 Michoacán 1 10 11

Revisiones practicadas por la ASF 1 2 3

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA Y EL IAGF 2005

FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO

OBRA PÚBLICA E INV. FÍSICA

SISTEMASRECURSOS FEDERALES

EJERCIDOS POR: SEGUIMIENTOSITUACIÓN

EXCEPCIONAL TOTAL

AUDITORÍAS DE REGULARIDADENTE

DESEMPEÑO ESPECIAL

Page 174: COMISIÓN DE VIGILANCIA

COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL

Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

422

N° DESCRIPCIÓN ESTADOS MPIOS

128 Morelos 8 8

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

129 Nayarit 8 8

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

130 Nuevo León 1 10 11

Revisiones practicadas por la ASF 1 2 3

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

131 Oaxaca 2/ 1 8 9

Revisiones practicadas por la ASF 1 1

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

132 Puebla 1 8 9

Revisiones practicadas por la ASF 1 1

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

133 Querétaro 10 10

Revisiones practicadas por la ASF 2 2

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

134 Quintana Roo 10 10

Revisiones practicadas por la ASF 2 2

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

135 San Luis Potosí 8 8

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

136 Sinaloa 10 10

Revisiones practicadas por la ASF 2 2

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

137 Sonora 1 8 9

Revisiones practicadas por la ASF 1 1

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

138 Tabasco 8 8

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

139 Tamaulipas 1 8 9

Revisiones practicadas por la ASF 1 1

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

140 Tlaxcala 8 8

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

141 Veracruz 8 8

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

142 Yucatán 1 8 9

Revisiones practicadas por la ASF 1 1

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

143 Zacatecas 10 10

Revisiones practicadas por la ASF 2 2

Revisiones practicadas por las EFSL 8 8

Oaxaca 2/ 1 1

2/ Para Oaxaca incluye la revisión denominada “Recursos del Fondo para la Infraestructura Social Estatal Transferidos al Gobierno del Estado de Oaxaca”, correspondiente a la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2002, que la ASF practicó al Gobierno

Fuente: Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2005, ASF.

RESULTADO DE LA REVISIÓN Y FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CUENTA PÚBLICA 2002

AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA Y EL IAGF 2005

FINANCIERAS Y DE CUMPLIMIENTO

OBRA PÚBLICA E INV. FÍSICA

SISTEMASRECURSOS FEDERALES

EJERCIDOS POR: SEGUIMIENTOSITUACIÓN

EXCEPCIONAL TOTAL

1/ Para el caso específico del Distrito Federal se suma la revisión efectuada a la Deuda Pública.

AUDITORÍAS DE REGULARIDADENTE

DESEMPEÑO ESPECIAL

Page 175: COMISIÓN DE VIGILANCIA

COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL

Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

423

ANEXO 2

RESUMEN DE OBSERVACIONES-ACCIONES PROMOVIDAS POR LA

AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2005

SEGÚN SECTOR, ENTE AUDITADO Y TIPO DE ACCIÓN

Page 176: COMISIÓN DE VIGILANCIA
Page 177: COMISIÓN DE VIGILANCIA

COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL

Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

425

ACCIONES QUE LA ASF FINCA

N° DESCRIPCIÓN R PIIC SA PEFCF PRAS DH PO

TOTAL 627 4505 4269 50 143 15 431 2 272 5182

PODER LEGISLATIVO 2 13 17 0 0 0 0 0 0 17

1 Cámara de Diputados 1 12 16 16

2 Cámara de Senadores 1 1 1 1

PODER JUDICIAL 1 9 8 0 3 0 0 0 0 11

3 Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 1 9 8 3 11

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA 1 12 9 0 0 1 1 0 3 14

4 Presidencia de la República 1 12 9 1 1 3 14

SECTOR GOBERNACIÓN 6 40 41 0 2 0 7 0 2 52

5 Secretaría de Gobernación 2 16 15 2 2 19

6 Instituto Nacional de Migración 3 22 23 5 2 30

7 Talleres Gráficos de México 1 2 3 3

SECTOR RELACIONES EXTERIORES 1 17 24 0 0 0 0 0 0 24

8 Secretaría de Relaciones Exteriores 1 17 24 24

SECTOR HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 78 291 288 15 8 4 67 1 18 401

9 Secretaría de Hacienda y Crédito Público 22 79 96 2 3 17 2 120

10 Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C. 1 3 3 3

11 Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C. 5 10 9 2 2 13

12 Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. 5 15 17 4 1 1 23

13 Casa de Moneda de México 1 2 2 2

14 Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro 1 1 1 1

15 Financiera Rural 1 0

16 Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios 1 2 2 2

17 Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura 1 1 1 1

18 Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda 1 0

19 Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática 1 10 10 10

20 Instituto para la Protección al Ahorro Bancario 14 16 16 6 22

21 Lotería Nacional para la Asistencia Pública 1 12 8 3 3 14

22 Nacional Financiera, S.N.C 4 13 5 2 1 10 3 21

23 Servicio de Administración y Enajenación de Bienes 4 49 44 1 18 1 2 66

24 Servicio de Administración Tributaria 14 78 74 6 5 3 10 5 103

25 Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. 1 0

SECTOR DEFENSA NACIONAL 3 2 2 0 0 0 0 0 0 2

26 Secretaría de Defensa Nacional 2 0

27 Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas 1 2 2 2SECTOR AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN 18 171 158 2 19 1 10 1 22 213

28 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación 9 96 84 2 11 1 4 1 9 112

29 Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria 3 38 33 5 2 6 46

30 Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca 1 11 15 15

31 Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero 1 1 1 1

32 Productora Nacional de Semillas 1 1 1 1

33 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria 3 24 25 2 4 7 38

SECTOR COMUNICACIONES Y TRANSPORTES 54 393 401 3 8 0 38 0 24 474

34 Secretaría de Comunicaciones y Transportes 33 194 208 3 7 12 14 244

35 Administración Portuaria Integral de Ensenada, S.A. de C.V. 1 0

36 Administración Portuaria Integral Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V. 2 9 9 9

37 Administración Portuaria Integral de Manzanillo, S.A. de C.V. 1 2 2 2

38 Administración Portuaria Integral de Puerto Vallarta, S.A. de C.V. 1 5 5 5

39 Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de C.V. 1 0

40 Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. 2 15 15 15

41 Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. 2 10 12 1 13

42 Aeropuertos y Servicios Auxiliares 5 135 135 12 5 152

43 Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos 2 3 3 3

44 Comisión Federal de Telecomunicaciones 1 2 2 2

45 Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano 1 4 4 1 2 1 8

46 Servicio Postal Mexicano 1 11 4 9 3 16

47 Telecomunicaciones de México 1 3 2 3 5

SECTOR ECONOMÍA 6 65 63 3 6 0 7 0 1 80

48 Secretaría de Economía 3 29 26 2 3 4 1 36

49 Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad

1 16 17 1 3 3 24

50 Fideicomiso de Fomento Minero 1 1 1 1

51 Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial 1 19 19 19

RESUMEN DE OBSERVACIONES-ACCIONES PROMOVIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA Y EL IAGF 2005ENTE

REVISIONES OBSERVACIONES TOTAL DE ACCIONES

ACCIONES QUE LA ASF FORMULA PROMUEVE O PRESENTA

Page 178: COMISIÓN DE VIGILANCIA

COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL

Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

426

ACCIONES QUE LA ASF FINCA

N° DESCRIPCIÓN R PIIC SA PEFCF PRAS DH PO

SECTOR EDUCACIÓN PÚBLICA 18 143 142 2 9 0 11 0 6 170

52 Secretaría de Educación Pública 9 70 70 1 4 4 1 80

53 Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte 1 3 3 3

54 Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos 1 5 5 1 6

55 Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del I.P.N. 1 9 10 10

56 Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas 1 17 17 3 5 25

57 Consejo Nacional de Fomento Educativo 3 25 25 1 2 1 29

58 Consejo Nacional para la Cultura y las Artes 1 5 2 4 6

59 Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura 1 9 10 1 11

INSTITUCIONES PÚBLICAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR 7 107 102 0 9 1 27 0 7 146

60 Universidad Autónoma de Baja California Sur 1 20 17 1 1 4 23

61 Universidad Autónoma de Campeche 1 22 23 2 25

62 Universidad Autónoma del Estado de México 1 15 16 2 3 21

63 Universidad Autónoma Metropolitana 1 10 6 5 1 12

64 Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo 1 36 36 6 13 6 61

65 Universidad Nacional Autónoma de México 1 4 4 4

66 Universidad Tecnológica de Puebla 1 0

SECTOR SALUD 7 85 80 4 9 0 3 0 2 98

67 Secretaría de Salud 4 55 51 9 3 2 65

68 Centro Nacional para la Prevención y Control del VIH/SIDA 1 5 5 5

69 Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades 1 12 9 4 13

70 Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez 1 13 15 15

SECTOR MARINA 3 36 41 0 1 0 0 0 0 42

71 Secretaría de Marina 3 36 41 1 42

SECTOR TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL 2 8 8 0 0 0 0 0 0 8

72 Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores 1 7 7 7

73 Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo 1 1 1 1

SECTOR REFORMA AGRARIA 2 11 12 0 0 0 0 0 0 12

74 Secretaría de la Reforma Agraria 2 11 12 12

SECTOR MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES 11 102 99 1 3 0 3 0 2 108

75 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2 53 55 55

76 Comisión Nacional del Agua 7 35 34 3 1 1 39

77 Comisión Nacional Forestal 1 9 5 1 2 1 9

78 Instituto Mexicano de Tecnología del Agua 1 5 5 5

SECTOR PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 2 18 22 0 0 0 0 0 1 23

79 Procuraduría General de la República 2 18 22 1 23

SECTOR ENERGÍA 70 268 250 2 24 3 32 0 26 337

80 Secretaría de Energía 2 9 10 10

81 Comisión Federal de Electricidad 22 61 61 2 5 6 2 76

82 Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. 1 6 4 2 2 1 9

83 Luz y Fuerza del Centro 13 31 28 4 1 33

84 Petróleos Mexicanos 6 28 26 3 13 5 47

85 Pemex Exploración y Producción 10 56 54 2 2 2 60

86 Pemex Gas y Petroquímica Básica 2 9 11 2 3 16

87 Pemex Petroquímica 3 5 1 5 3 9

88 Pemex Refinación 9 57 50 9 1 2 9 71

89 Petroquímica Cangrejera, S.A. de C.V. 1 5 5 5

90 P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V. 1 1 1 1

SECTOR DESARROLLO SOCIAL 12 90 87 2 5 1 26 0 6 127

91 Secretaría de Desarrollo Social 5 29 26 2 5 1 6 4 44

92 Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades 1 2 2 1 3

93 DICONSA, S.A. de C.V. 2 40 43 10 2 55

94 Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares 1 5 5 5

95 Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías 1 5 2 4 6

96 LICONSA, S.A. de C.V. 2 9 9 5 14

SECTOR TURISMO 4 27 30 0 0 0 4 0 0 34

97 Secretaría de Turismo 2 24 27 3 30

98 Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. 2 3 3 1 4

SECTOR FUNCIÓN PÚBLICA 1 35 27 6 0 0 2 0 0 35

99 Secretaría de la Función Pública 1 35 27 6 2 35

SECTOR SEGURIDAD PÚBLICA 2 38 38 1 0 0 2 0 0 41

100 Secretaría de Seguridad Pública 1 10 10 2 12

101 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública 1 28 28 1 29

RESUMEN DE OBSERVACIONES-ACCIONES PROMOVIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA Y EL IAGF 2005ENTE

REVISIONES OBSERVACIONES TOTAL DE ACCIONES

ACCIONES QUE LA ASF FORMULA PROMUEVE O PRESENTA

Page 179: COMISIÓN DE VIGILANCIA

COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL

Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

427

ACCIONES QUE LA ASF FINCA

N° DESCRIPCIÓN R PIIC SA PEFCF PRAS DH PO

ENTIDADES NO COORDINADAS SECTORIALMENTE 26 174 167 1 5 0 23 0 19 215

102 Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas 1 6 4 3 3 10

103 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología 3 9 8 2 1 11

104 Instituto Federal de Acceso a la Información Pública 1 14 16 16

105 Instituto Mexicano del Seguro Social 12 92 86 1 5 16 13 121

106 Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado 4 23 22 2 1 25

107 Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado 3 18 19 19

108 Sistema Integral de Tiendas y Farmacias del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado 2 12 12 1 13

ÓRGANOS AUTÓNOMOS 3 22 15 0 3 0 6 0 1 25

109 Banco de México 1 0

110 Comisión Nacional de los Derechos Humanos 1 3 3 3

111 Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa 1 19 12 3 6 1 22

RAMOS GENERALES 33 Y 39 287 2328 2138 8 29 4 162 0 132 2473

112 Aguascalientes 8 13 13 0 0 0 0 0 0 13

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 13 13 13

113 Baja California 8 90 90 0 0 0 0 0 0 90

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 90 90 90

114 Baja California Sur 8 9 9 0 0 0 0 0 0 9

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 9 9 9

115 Campeche 8 17 17 0 0 0 0 0 0 17

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 17 17 17

116 Chiapas 9 60 51 0 1 0 5 0 3 60

Revisiones practicadas por la ASF 1 19 10 1 5 3 19

Revisiones practicadas por las EFSL 8 41 41 41

117 Chihuahua 9 42 40 0 0 0 1 0 2 43

Revisiones practicadas por la ASF 1 6 4 1 2 7

Revisiones practicadas por las EFSL 8 36 36 36

118 Coahuila 8 2 2 0 0 0 0 0 0 2

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 2 2 2

119 Colima 8 18 18 0 0 0 0 0 0 18

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 18 18 18

120 Distrito Federal 1/ 9 263 250 8 9 0 70 0 40 377

Revisiones practicadas por la ASF 5 202 189 8 9 70 40 316

Revisiones practicadas por las EFSL 4 61 61 61

121 Durango 8 50 50 0 0 0 0 0 0 50

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 50 50 50

122 Estado de México 11 107 95 0 0 1 6 0 7 109

Revisiones practicadas por la ASF 3 49 37 1 6 7 51

Revisiones practicadas por las EFSL 8 58 58 58

123 Guanajuato 10 54 29 0 8 0 3 0 15 55

Revisiones practicadas por la ASF 2 38 13 8 3 15 39

Revisiones practicadas por las EFSL 8 16 16 16

124 Guerrero 8 67 67 0 0 0 0 0 0 67

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 67 67 67

125 Hidalgo 9 103 86 0 0 0 0 0 17 103

Revisiones practicadas por la ASF 1 30 13 17 30

Revisiones practicadas por las EFSL 8 73 73 73

126 Jalisco 11 67 54 0 1 0 6 0 7 68

Revisiones practicadas por la ASF 3 55 42 1 6 7 56

Revisiones practicadas por las EFSL 8 12 12 12

127 Michoacán 11 68 53 0 0 0 14 0 5 72

Revisiones practicadas por la ASF 3 45 30 14 5 49

Revisiones practicadas por las EFSL 8 23 23 23

RESUMEN DE OBSERVACIONES-ACCIONES PROMOVIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA Y EL IAGF 2005ENTE

REVISIONES OBSERVACIONES TOTAL DE ACCIONES

ACCIONES QUE LA ASF FORMULA PROMUEVE O PRESENTA

Page 180: COMISIÓN DE VIGILANCIA

COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL

Análisis al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública 2005

428

ACCIONES QUE LA ASF FINCA

N° DESCRIPCIÓN R PIIC SA PEFCF PRAS DH PO

128 Morelos 8 59 59 0 0 0 0 0 0 59

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 59 59 59

129 Nayarit 8 188 188 0 0 0 0 0 0 188

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 188 188 188

130 Nuevo León 11 50 38 0 3 0 8 0 5 54

Revisiones practicadas por la ASF 3 50 38 3 8 5 54

Revisiones practicadas por las EFSL 8 0

131 Oaxaca 9 160 152 0 0 0 4 0 5 161

Revisiones practicadas por la ASF 1 9 1 4 5 10

Revisiones practicadas por las EFSL 8 151 151 151

132 Puebla 9 10 5 0 0 0 1 0 4 10

Revisiones practicadas por la ASF 1 10 5 1 4 10

Revisiones practicadas por las EFSL 8 0

133 Querétaro 10 110 104 0 1 0 3 0 2 110

Revisiones practicadas por la ASF 2 14 8 1 3 2 14

Revisiones practicadas por las EFSL 8 96 96 96

134 Quintana Roo 10 183 169 0 3 0 7 0 6 185

Revisiones practicadas por la ASF 2 35 21 3 7 6 37

Revisiones practicadas por las EFSL 8 148 148 148

135 San Luis Potosí 8 126 126 0 0 0 0 0 0 126

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 126 126 126

136 Sinaloa 10 55 45 0 1 2 6 0 3 57

Revisiones practicadas por la ASF 2 40 30 1 2 6 3 42

Revisiones practicadas por las EFSL 8 15 15 15

137 Sonora 9 50 46 0 1 0 6 0 1 54

Revisiones practicadas por la ASF 1 18 14 1 6 1 22

Revisiones practicadas por las EFSL 8 32 32 32

138 Tabasco 8 64 64 0 0 0 0 0 0 64

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 64 64 64

139 Tamaulipas 9 39 30 0 0 0 5 0 6 41

Revisiones practicadas por la ASF 1 23 14 5 6 25

Revisiones practicadas por las EFSL 8 16 16 16

140 Tlaxcala 8 73 73 0 0 0 0 0 0 73

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 73 73 73

141 Veracruz 8 35 35 0 0 0 0 0 0 35

Revisiones practicadas por la ASF 0

Revisiones practicadas por las EFSL 8 35 35 35

142 Yucatán 9 40 40 0 0 0 0 0 0 40

Revisiones practicadas por la ASF 1 3 3 3

Revisiones practicadas por las EFSL 8 37 37 37

143 Zacatecas 10 56 40 0 1 1 17 0 4 63

Revisiones practicadas por la ASF 2 41 25 1 1 17 4 48

Revisiones practicadas por las EFSL 8 15 15 15

Oaxaca 2/ 1 14 1 23 3 27

R Recomendación

PIIC Promoción de Intervención de la Instancia de Control

SA Solicitud de Aclaración-Recuperación

PEFCF Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

PRAS Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

DH Denuncia de Hechos

PO Pliego de Observaciones

RESUMEN DE OBSERVACIONES-ACCIONES PROMOVIDAS POR LA A.S.F. EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA Y EL IAGF 2005ENTE

REVISIONES OBSERVACIONES TOTAL DE ACCIONES

Fuente: Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2005, ASF.

ACCIONES QUE LA ASF FORMULA PROMUEVE O PRESENTA

1/ Para el caso específico del Distrito Federal se suma la revisión efectuada a la Deuda Pública.

2/ Para Oaxaca incluye la revisión denominada “Recursos del Fondo para la Infraestructura Social Estatal Transferidos al Gobierno del Estado de Oaxaca”, correspondiente a la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2002, que la ASF practicó al Gobierno del Estado con motivo de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 8 de agosto de 2006.

RESULTADO DE LA REVISIÓN Y FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CUENTA PÚBLICA 2002