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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Código: RCS-SST-RG-01 Versión: 02 Inicio de vigencia: Abril, 2017 Página: 1 de 27 ELABORADO POR REVISADO POR APROBADO Victor Valencia Roberto Rios Carlos Garcia INDICE CAPITULO I: Resumen Ejecutivo CAPITULO II: Objetivos y Alcances - SUBCAPITULO 1: Objetivos - SUBCAPITULO 2: Alcances CAPITULO III: Liderazgo, Compromiso y la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo - SUBCAPITULO 1: Liderazgo y Compromiso - SUBCAPITULO 2: Política de Seguridad y Salud en Trabajo CAPITULO IV: Atribuciones y Obligaciones - SUBCAPITULO 1: Del Gerente General - SUBCAPITULO 2: De los Supervisores y Jefes de Área - SUBCAPITULO 3: De los Colaboradores - SUBCAPITULO 4: Del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo - SUBCAPITULO 5: De los Contratistas y Subcontratistas CAPITULO V: Estándares de Seguridad y Salud en el Trabajo - SUBCAPITULO 1: En Oficinas Administrativas - SUBCAPITULO 2: En Producción - SUBCAPITULO 3: En Corte y Desbaste - SUBCAPITULO 4: En Mantenimiento e Infraestructura - SUBCAPITULO 5: En Almacén - SUBCAPITULO 6: En Distribución - SUBCAPITULO 7: En Comercial CAPITULO VI: Estándares de Seguridad en los Servicios y Actividades Conexas - SUBCAPITULO 1: Servicios de Limpieza - SUBCAPITULO 2: Servicios de Vigilancia CAPITULO VII: Preparación y Respuestas a Emergencias - SUBCAPITULO 1: Prevención y Protección Contra Incendios - SUBCAPITULO 2: Primeros Auxilios - SUBCAPITULO 3: Prevención y Protección Contra Sismos CAPITULO VIII: Medidas Disciplinarias, Infracciones Y Sanciones - SUBCAPITULO 1: Disposiciones Generales - SUBCAPITULO 2: Infracciones

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

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Versión: 02

Inicio de vigencia: Abril, 2017

Página: 1 de 27

ELABORADO POR REVISADO POR APROBADO

Victor Valencia Roberto Rios Carlos Garcia

INDICE

CAPITULO I: Resumen Ejecutivo

CAPITULO II: Objetivos y Alcances

- SUBCAPITULO 1: Objetivos

- SUBCAPITULO 2: Alcances

CAPITULO III: Liderazgo, Compromiso y la Política de Seguridad y Salud en el

Trabajo

- SUBCAPITULO 1: Liderazgo y Compromiso

- SUBCAPITULO 2: Política de Seguridad y Salud en Trabajo

CAPITULO IV: Atribuciones y Obligaciones

- SUBCAPITULO 1: Del Gerente General

- SUBCAPITULO 2: De los Supervisores y Jefes de Área

- SUBCAPITULO 3: De los Colaboradores

- SUBCAPITULO 4: Del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

- SUBCAPITULO 5: De los Contratistas y Subcontratistas

CAPITULO V: Estándares de Seguridad y Salud en el Trabajo

- SUBCAPITULO 1: En Oficinas Administrativas

- SUBCAPITULO 2: En Producción

- SUBCAPITULO 3: En Corte y Desbaste

- SUBCAPITULO 4: En Mantenimiento e Infraestructura

- SUBCAPITULO 5: En Almacén

- SUBCAPITULO 6: En Distribución

- SUBCAPITULO 7: En Comercial

CAPITULO VI: Estándares de Seguridad en los Servicios y Actividades Conexas

- SUBCAPITULO 1: Servicios de Limpieza

- SUBCAPITULO 2: Servicios de Vigilancia

CAPITULO VII: Preparación y Respuestas a Emergencias

- SUBCAPITULO 1: Prevención y Protección Contra Incendios

- SUBCAPITULO 2: Primeros Auxilios

- SUBCAPITULO 3: Prevención y Protección Contra Sismos

CAPITULO VIII: Medidas Disciplinarias, Infracciones Y Sanciones

- SUBCAPITULO 1: Disposiciones Generales

- SUBCAPITULO 2: Infracciones

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CAPITULO I

RESUMEN EJECUTIVO

Nuestra empresa RENZO COSTA SAC con RUC N° 20138998780, es una empresa peruana con

experiencia en el diseño, fabricación y comercialización de productos en cuero. Nuestra empresa cuenta

con colaboradores de acuerdo a los requerimientos de la producción divididos entre administrativos y

operativos. Contamos con una fábrica de 04 niveles ubicada en Av. Prolongación Arica n° 1865,

Cercado de Lima, además de tiendas y módulos a nivel nacional.

CAPITULO II

OBJETIVOS Y ALCANCES

SUBCAPITULO 1

OBJETIVOS

Artículo 1º.- Objetivo General a) Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en todos los colaboradores,

contratistas, proveedores y todos aquellos que presten servicios a RENZO COSTA SAC, con

el fin de garantizar las condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 2º.- Objetivos Específicos b) Establecer normas de carácter general y específico con relación a los actos y condiciones de

Seguridad y Salud en el Trabajo de RENZO COSTA SAC

c) Sensibilizar y promover la participación activa de los colaboradores, contratistas y otras

personas dentro del ámbito del centro de labores en Seguridad y Salud para fortalecer la cultura

preventiva en la empresa.

d) Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo, a

fin de evitar y prevenir daños a la salud y las instalaciones, en las diferentes actividades a través

de la identificación de peligros y evaluación de riesgos.

e) Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de prevención entre los

colaboradores, proveedores y contratistas con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en

el Trabajo.

SUBCAPITULO 2

ALCANCES

Artículo 3º.- El alcance de este Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo se aplica a

procesos, actividades y tareas en RENZO COSTA SAC, en todas sus instalaciones (fábrica, tiendas y

módulos) a nivel nacional. El Reglamento establece las funciones y responsabilidades con relación a la

Seguridad y Salud en el Trabajo por lo cual deben cumplir obligatoriamente todos los colaboradores,

visitantes y contratistas cuando se encuentren en nuestras instalaciones.

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CAPITULO III

LIDERAZGO, COMPROMISO Y LA POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

SUBCAPITULO 1

LIDERAZGO Y COMPROMISO

Artículo 4º.- La gerencia de RENZO COSTA SAC, se compromete a:

a) Liderar y brindar los recursos para el desarrollo de las actividades que permitan la

implementación del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo.

b) Asumir la responsabilidad de la prevención e investigación de accidentes de trabajo,

enfermedades ocupacionales, incidentes e incidentes peligrosos y desarrollar acciones

correctivas de forma rápida y efectiva.

c) Capacitar y entrenar a sus colaboradores para mantener un alto nivel de respuesta y actuar en

situaciones de emergencia como sismos, incendios, accidentes y cualquier otra situación

considerada de riesgo.

d) Brindar los recursos para el desarrollo de las actividades que permitan la implementación

del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo a fin de lograr su éxito en la prevención de

accidentes.

e) Exigir el estricto cumplimiento del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo a

todos las personas que se encuentran en las instalaciones en RENZO COSTA SAC

SUBCAPITULO 2

POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Artículo 5º.- Nuestra organización tiene como política de sistema integrado de gestión:

Renzo Costa S.A.C., líder en el diseño, fabricación y comercialización de productos de cuero, busca la

satisfacción de sus clientes, a través de la innovación permanente, especialización de sus

colaboradores, promoción de la mejora continua en sus procesos de gestión de calidad, seguridad, salud

en el trabajo y medio ambiente, manifiesta su compromiso con la prevención de accidentes de

trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos y otros incidentes que pongan en

riesgo a sus colaboradores y terceros, aplicando las normativas legales vigentes y otros requisitos,

fomenta la participación y consulta de nuestros colaboradores y representantes, previniendo los

impactos ambientales significativos en la calidad de aire, ruido y agua, en un marco de

responsabilidad social y desarrollo sostenible a través de su sistema integrado de gestión.

La cual se encuentra difundida hacia los trabajadores de manera específica y general.

Artículo 6º.- Política a la negativa a realizar un trabajo inseguro

a) Todos los colaboradores tienen el derecho a rehusarse a realizar un trabajo, cuando existan

situaciones que atenten contra su integridad física, o que impliquen la omisión o violación de

normas seguras de trabajo.

b) En caso de que el trabajador considere que no ha sido debidamente informado de los riesgos y

que requiere mayor orientación para realizar sus labores, éste podrá negarse a realizar dicha

actividad hasta que los riesgos hayan sido debidamente informados y controlados.

c) Es deber de todo colaborador retirarse de cualquier lugar o zona de trabajo donde haya riesgo

inminente para su Seguridad y Salud en el Trabajo, dando aviso inmediato a su inmediato

superior para investigar el problema y asegurar que las condiciones inseguras sean corregidas.

d) Ningún colaborador será sancionado o amonestado por acogerse a esta política, ya que está

protegiendo su vida.

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e) Los puntos señalados líneas arriba están en concordancia con el primer principio de la Política

de Seguridad y Salud en el Trabajo, que el empleador tiene establecida para protección de sus

colaboradores.

CAPITULO IV

ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

SUBCAPITULO 1

DEL GERENTE GENERAL

Artículo 7º.- El Gerente General y/o Representante Legal cumplirá las siguientes Responsabilidades:

a) Establecer y comunicar las políticas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

b) Promover en todos los niveles una cultura de prevención de los riesgos en el trabajo.

c) Asignar las responsabilidades que correspondan a cada nivel jerárquico de la organización

respecto al cumplimiento del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el trabajo.

d) Otorgar los recursos y facilidades necesarias para el desarrollo de los programas de Seguridad

y Salud en el Trabajo.

e) Garantizar el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Comité de Seguridad y Salud en

el Trabajo, de conformidad con lo previsto en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de

Seguridad y Salud en el Trabajo.

f) Responder (remitir) por escrito los aportes y sugerencias, emitidos por los colaboradores,

señalando las medidas a adoptar o la justificación de la negativa.

SUBCAPITULO 2

DE LOS SUPERVISORES Y JEFES DE ÁREA

Artículo 8º.- Están comprometidos a:

a) Incentivar a través de la participación activa, el cumplimiento de los estándares de las

actividades programadas y efectuar las correcciones que resulten necesarias.

b) Velar para que las empresas contratistas que laboran para RENZO COSTA SAC, cumplan con

los requisitos de Seguridad y Salud en el Trabajo exigidos.

c) Facilitar el seguimiento de las medidas de control derivadas de las inspecciones, actividades

preventivas y auditorias.

d) Apoyar y facilitar las actividades que el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo programa.

SUBCAPITULO 3

DE LOS COLABORADORES

Artículo 9º.- Los colaboradores tienen derecho a:

a) Ser consultados, antes que se ejecuten cambios en las operaciones, procesos y en la

organización de trabajo que puedan tener repercusiones en la Seguridad y Salud en el Trabajo.

b) Comunicarse libremente con los inspectores de trabajo, aún sin la presencia del empleador.

c) Protección contra cualquier medida o acto de hostilidad como consecuencia del cumplimiento

de sus funciones en el ámbito de la Seguridad y Salud en el Trabajo, en especial cuando ocupen

cargos representativos del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

d) Participar en la elaboración del programa de capacitación y entrenamiento. Formulando

recomendaciones con el fin de mejorar la efectividad de los programas de capacitación en temas

de Seguridad y Salud en el Trabajo.

e) Participar en la identificación de peligros y en la evaluación de riesgos.

f) Solicitar al empleador los resultados de las evaluaciones de los riesgos y sugerir medidas de

control.

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g) Ser informados de las razones de los exámenes de salud ocupacional y de las investigaciones

en relación con los riesgos para la Seguridad y Salud en los puestos de trabajo.

h) Ser informados de manera personal sobre los resultados de los informes médicos previos a la

asignación de un puesto de trabajo y los relativos a la evaluación de su salud.

i) Ser transferidos en caso de accidente de trabajo o enfermedad ocupacional a otro puesto que

implique menos riesgo para su Seguridad y Salud en el Trabajo y proponer sugerencias.

j) Recibir atención médica inmediata cuando sean víctimas de algún accidente de trabajo

Artículo 10º.- Todos los colaboradores, cualquiera sea su relación laboral, están obligados a cumplir

con las normas contenidas en este reglamento y otras disposiciones complementarias. De este modo,

están obligados a:

a) Informar al momento de su contratación o durante la vigencia del vínculo laboral, respecto a

cualquier enfermedad o dolencia que padezca. En caso no se cumpla con informar, RENZO

COSTA SAC, no asume responsabilidad de los riesgos y/o contingencias que pudieran generar

dichas enfermedades o dolencias en el desempeño de las funciones.

b) Hacer uso adecuado de todos los equipos de producto terminado, resguardos, dispositivos de

seguridad y demás medios suministrados para su protección.

c) No operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas y otros elementos para los cuales no

hayan sido autorizados y debidamente entrenados.

d) Obedecer todas las instrucciones de seguridad Procedimiento Escrito de Trabajo Seguro

(PETS), procedente o aprobada por la autoridad competente, relacionadas con el trabajo.

e) Realizar toda acción que conduzca a prevenir o evitar cualquier incidente o accidente.

f) Informar inmediatamente todos los incidentes y accidentes de trabajo, por más leves que sean,

a su Jefe inmediato, miembro del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y Área de

Recursos Humanos.

g) Cooperar y participar en el proceso de investigación de los accidentes de trabajo y las

enfermedades ocupacionales cuando el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o la

autoridad competente lo requieran.

h) Mantener condiciones de orden y limpieza en todos los lugares y actividades.

i) Están prohibidas las bromas, juegos bruscos y bajo ninguna circunstancia trabajar bajo efecto

del alcohol o estupefaciente.

j) No trasladarse por el ascensor de Almacén de producto terminado (APT) personas no

autorizadas y que no usen implementos de seguridad.

k) Usar recipientes rotulados en el manejo de insumos químicos.

l) Participar en los programas de capacitación y otras actividades destinadas a prevenir los riesgos

laborales que organice el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o la autoridad competente.

m) Usar los implementos de seguridad e uniformes para realizar las tareas recomendadas.

SUBCAPITULO 4

DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

a) Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.

b) Participar en la elaboración, aprobación, ejecución y evaluación de políticas, planes y

programas anuales y programas de promoción de la Seguridad y Salud en el Trabajo, de la

prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

c) Promover que todos los nuevos colaboradores reciban una adecuada formación, instrucción y

orientación sobre prevención de riesgos.

d) Promover la participación de todos los colaboradores en la prevención de los riesgos del trabajo,

mediante la comunicación eficaz, la participación, el entrenamiento, simulacros, etc.

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e) Asegurar que los colaboradores conozcan el reglamento, instrucciones, especificaciones

técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención de

los riesgos.

f) Vigilar el cumplimiento del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la

Empresa.

g) Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los colaboradores

en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz, la participación

de los colaboradores en la solución de los problemas de seguridad, inducciones, capacitaciones,

entrenamientos, concursos, simulacros entre otros.

h) Realizar inspecciones periódicas en todas las instalaciones (áreas administrativas, áreas

operativas, etc.), maquinaria y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva.

i) Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las

enfermedades ocupacionales que ocurran en el centro de trabajo emitiendo las recomendaciones

respectivas para evitar la repetición de éstos.

j) Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición de los

accidentes y la ocurrencia de enfermedades ocupacionales.

k) Analizar y emitir informes trimestrales (a la gerencia) de las estadísticas de los incidentes,

accidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo, cuyo registro y

evaluación deben ser constantemente actualizados.

k) Reportar a la gerencia la siguiente información:

- El accidente mortal o incidente peligroso, de manera inmediata.

- La investigación de cada accidente mortal y medidas correctivas adoptadas dentro de

los diez (10) días de ocurrido.

- Las estadísticas trimestrales de accidentes, incidentes y enfermedades ocupacionales.

- Las actividades trimestrales del CSST.

l) Reunirse mensualmente (todos los miembros del CSST) en forma ordinaria para analizar y

evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa anual, y en forma extraordinaria

para analizar accidentes que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan.

m) Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimiento de los acuerdos de cada reunión.

Artículo 11º.- La representación gráfica de la estructura funcional del Comité de Seguridad y Salud en

el Trabajo de RENZO COSTA SAC será el siguiente:

Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo

Artículo 12º.- El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST) elaborará el Programa de

Seguridad y Salud en el Trabajo en el que se establecerán las actividades de prevención guardando

Presidente (1)

Miembros Titulares (8)

Miembros Suplentes (10)

Secretario (1)

SUPLENTE

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concordancia con los objetivos contenidos en el presente reglamento y otras normas legales, que

garanticen un trabajo preventivo eficaz contra los riesgos existentes en el centro de trabajo.

Mapa de Riesgos

Artículo 13º.- Es la representación gráfica a través de pictogramas de uso general o adoptado que

señalará los puestos de trabajo y el proceso de producción, en el cual se identifica, localiza y valora los

riesgos, procesos peligrosos y condiciones de trabajo a las que están expuestos los colaboradores en

RENZO COSTA SAC

Artículo 14º.- Se usará una simbología que permita representar las señales de tipo advertencia (riesgos

existentes) y obligación (uso de EPP).

Artículo 15º.- La periodicidad de la formulación del Mapa de Riesgos está en función de los siguientes

factores: Tiempo estimado para el cumplimiento de las propuestas de mejoras, situaciones críticas,

documentación insuficiente, modificaciones de las infraestructuras, implementación de nuevas

maquinarias entre otros.

Registros

Artículo 16º.- Para la evaluación del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo se utilizarán los

siguientes registros:

a) Registro de accidentes de trabajo, Registro de incidentes peligrosos e incidentes y Registro de

enfermedades ocupacionales.

b) Registro de exámenes médicos ocupacionales.

c) Registro de monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de

riesgo disergonómicos.

d) Registro de inspecciones internas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

e) Registro de estadísticas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

f) Registro de equipos de seguridad o emergencia.

g) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia.

h) Registro de auditorías.

SUBCAPITULO 5

DE LOS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS

Artículo 17º.- Las empresas contratistas, subcontratistas, empresas especiales de servicios, proveedor

y cooperativas de colaboradores deberán garantizar:

a) La seguridad y salud de los colaboradores que se encuentren en el lugar donde fueron

destacados.

b) La contratación de los seguros (SCTR pensión y salud), de acuerdo a las normas vigentes

durante la ejecución del trabajo.

c) El cumplimiento de la normatividad en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

d) Solicitar permiso de trabajo de alto riesgo “PETAR” (Trabajo en caliente, altura, espacio

confinado y eléctrico MT).

e) Contar con sus equipos de protección personal (EPP).

f) Contar con un supervisor o encargado de la seguridad de los colaboradores para trabajos

mayores a 1 día.

g) Contar con la hoja de seguridad de los insumos químicos que use en idioma español.

h) Contar con su Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo actualizado adecuado a RENZO

COSTA SAC

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CAPITULO V

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Artículo 18º.- Los estándares de trabajo son los modelos, pautas y patrones establecidos por la empresa

en el presente reglamento, que contienen parámetros y requisitos mínimos aceptados con los cuales es

posible comparar las actividades de trabajo, desempeño y comportamientos de los colaboradores. Es un

parámetro que indica la forma correcta de hacer las cosas.

SUBCAPITULO 1

EN OFICINAS ADMINISTRATIVAS

Artículo 19º.- El alcance es para todos los colaboradores que se encuentran en oficinas administrativas

en las distintas áreas como Recursos Humanos, Sistemas, Comercial, Marketing, Contabilidad,

Finanzas, Control de Calidad, Diseño, Vigilancia y Producción.

Artículo 20º.- Los colaboradores administrativos deben de cumplir con los estándares de trabajo de

acuerdo a los procesos, actividades y tareas que realicen que se explica en este documento.

a) En las oficinas administrativas se mantendrán las condiciones de Seguridad y Salud en el

Trabajo y de protección al trabajador contra potenciales riesgos de acuerdo a la Matriz de

Identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPERC) de cada área.

b) Los muebles y enseres serán dispuestos y distribuidos de tal manera que permitan mantener

pasillos amplios orientados hacia la salida.

c) Se prohíbe fumar en las oficinas según Ley n° 25357.

d) Está prohibido provocar exceso de ruido (mayor a 65 dBA) o música estridente en los ambientes

administrativos que perturban las actividades de los demás colaboradores.

e) Está prohibido distraer o hacer bromas que puedan comprometer algún accidente locativo.

f) Toda persona (de RENZO COSTA o tercero), que se encuentre en la oficina conocerá las zonas

de seguridad internas y externas, las escaleras o rutas de escape y usará adecuadamente los

servicios del local.

g) Está prohibido el ingreso de personas, ajenas a RENZO COSTA SAC, a los ambientes

administrativos o sin previa identificación y autorización.

h) Cerrar siempre los cajones del equipamiento de la oficina que pudieran haber quedado abiertos.

i) El uso de corta papeles, cuchillas, tijeras y elementos punzantes, pueden producir cortes serios

o pinchaduras profundas. Nunca dejar un corta papeles o cuchillas abierto.

j) Mantener los cables de luz, teléfono, computadoras o radio alejados del piso, y fuera de pasillos

y zonas de tránsito.

k) Mantener los cables dentro de canaletas adosadas a la pared.

l) Los cables que estén expuestos o gastados deberán ser reportados al área de infraestructura y

mantenimiento.

m) Las salidas eléctricas no deben estar sobrecargadas. Tener esto en cuenta, para el uso de

computadoras, impresoras o calefactores.

n) Establecer la disposición de los escritorios de tal forma que la entrada de luz natural sea de

forma lateral y si es necesario instalar persianas o cortinas para modular la entrada de luz. De

esta forma se evitara los reflejos en las pantallas de los ordenadores asociados a la presencia de

luz directa.

o) No colocar cerca de los bordes de los escritorios o mesas, los teléfonos, las máquinas y equipos

de oficina.

p) Al finalizar la jornada de trabajo, todos los equipos eléctricos deben ser apagados y

desconectados del sistema eléctrico.

q) Las llaves generales de cada área deben ser bajados los fines de semanas y feriados.

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r) La pantalla debe ser ubicada perpendicular a la altura de los ojos.

s) Evitar reflejos de luz sobre la pantalla del monitor para reducir la fatiga visual (nivel mínimo

300 lux).

t) El teclado debe ser independiente y tener la movilidad que permita al trabajador poder

adaptarse, además debe estar a la altura del mouse.

u) El mouse debe estar posicionado para el personal zurdo y diestro.

v) El ambiente con aire acondicionado debe ser adecuado para la mayoría de colaboradores con

temperatura de 20º a 22º C en invierto y en verano entre 23º y 27ºC.

w) Realizar pausas activas en su puesto de trabajo.

x) Mantener libre el acceso y ordenado los extintores.

SUBCAPITULO 2

EN PRODUCCIÓN

Artículo 21º.- Peligros Mecánicos:

En el área de Producción de post-venta, acabados, billeteras, carteras y monederos los colaboradores

que están expuestos a trabajos con máquina en movimiento deberán respetar las siguientes obligaciones

para que no ocurran accidentes.

a) Recibir inducción específica para el manejo adecuado de cada máquina realizada por el

inmediato superior (PETS).

b) Respetar los diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

c) No intentar reparar averías mecánicas y eléctricas de la máquina ya que existe un área de

Mantenimiento.

d) Usar los EPP recomendados para el uso de cada máquina según la Matriz IPERC.

e) No ingresar las manos y ninguna parte del cuerpo a la maquina en movimiento para eliminar el

riesgo de atrapamiento.

f) Nunca usar uniforme suelto (polos, camisetas) dado que se expone al atrapamiento del

trabajador.

g) Si el trabajador se encuentra mal de salud deberá comunicar a su supervisor, no debe manipular

algún tipo de máquina y/o equipo si encuentra en esas condiciones.

Artículo 22º.- Peligros Eléctricos:

En el área de Producción de post-venta, acabados, carteras, monederos y billeteras los colaboradores

que están expuestos a trabajos con máquinas energizadas deberán respetar las siguientes obligaciones

para que no ocurran accidentes.

a) Recibir inducción específica para el manejo adecuado de cada máquina realizada por el

inmediato superior (PETS).

b) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

c) No intentar reparar averías mecánicas y eléctricas de las maquina ya que existe un área de

Mantenimiento.

d) No tocar los tableros eléctricos abiertos y tampoco usar cables mellizos.

Artículo 23º.- Peligros Locativos:

En el área de Producción de post-venta, acabados, carteras, monederos y billeteras los operarios que

están expuestos a peligros locativos deberán respetar las siguientes obligaciones para que no le ocurran

accidentes.

a) Identificar los riesgos potenciales en su ambiente de trabajo.

b) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

c) Mantener siempre el área ordenada y limpia para que no ocurran tropiezos y caídas al mismo

nivel.

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d) Usar las escaleras usando los pasamanos y prohibido correr.

e) Al ascender alturas mayores a 1.8m de altura usar barandas y arnés de seguridad.

f) Usar solamente escaleras certificadas de tipo tijera y de metal.

g) Se delimitará las zonas húmedas, ya que puede producir caídas por piso resbaloso.

Artículo 24º.- Peligros Físicos:

En el área de Producción de post-venta, acabados, carteras, monederos y billeteras los operarios que

están expuestos a peligros físicos como es el ruido ocupacional, estrés térmico, iluminación, vibración

y radiaciones deberán respetar las siguientes obligaciones para que no contraigan enfermedades

ocupacionales.

a) Recibir inducción específica en su puesto de trabajo.

b) Respetar los diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

c) Usar protección auditiva en las áreas donde exceda a 82 dBA en 08 horas de trabajo continuo.

d) Reportar inmediatamente al área de Mantenimiento e Infraestructura al percibir exceso de ruido

de la máquina.

e) Solamente trabajar en áreas donde la iluminación sea mayor a 300 lux.

f) En áreas donde se identifique el estrés térmico por calor deberán hidratarse constantemente.

g) En zonas donde exista vibración se deberán usar pisos aisladores de vibración.

h) Usar lentes de seguridad color negro por la presencia de radiación

Artículo 25º.- Peligros Químicos:

En el área de Producción de post-venta, acabados, carteras, monederos y billeteras los colaboradores

que están expuestos a inhalación de insumos químicos deberán respetar las siguientes obligaciones para

que no le ocurran accidentes y enfermedades ocupacionales.

a) Recibir inducción específica en el puesto de trabajo.

b) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

c) Usar protección respiratoria con su respectivo cartucho en área donde exceda los TWL-TWA

a 08 horas según las MSDS (ficha de seguridad), de cada producto.

d) Solamente usar insumo químico cuando se encuentren rotulados los recipientes.

e) Si sienten la presencia de algún olor desconocido comunicar a los miembros del comité de

seguridad y salud en el trabajo.

f) Conocer el significado del rombo de seguridad de cada insumo químico.

Artículo 26º.- Peligros Disergonomicos y Psicosociales:

En el área de Producción de post-venta, acabados, carteras, monederos y billeteras los colaboradores

que están expuestos a agentes disergonómicos y psicosociales deberán respetar las siguientes

obligaciones para que no le ocurran accidentes y enfermedades ocupacionales.

a) Recibir inducción específica en el puesto de trabajo.

b) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

c) Levantar solamente productos menores a 25 kg en caso de personal entrenados.

d) Minimizar la torsión de la columna y del cuello.

e) Minimizar levantar las extremidades superiores por encima del tronco.

f) Realizar gimnasia laboral diaria para reducir los dolores musculo esqueléticos.

g) Usar faja los colaboradores que sean recomendados por el medico ocupacional.

SUBCAPITULO 3

EN CORTE Y DESBASTE

Artículo 27º.- Peligros Mecánicos:

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En los ambientes de corte manual, Teseo, blanqueado, troquelado y desbaste los colaboradores que

están expuestos a trabajos con equipos en movimiento deberán respetar las siguientes obligaciones para

que no le ocurran accidentes.

a) Recibir inducción específica en el puesto de trabajo y de los PETS.

b) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

c) No intentar reparar averías mecánicas y eléctricas de los equipos ya que existe un área de

Mantenimiento.

d) Usar los EPP recomendados para el uso de cada equipo según la Matriz IPERC.

e) No ingresar las manos y ninguna parte del cuerpo a los equipos en movimiento para eliminar

el riesgo de atrapamiento.

f) Nunca usar uniforme suelto dado que se expone al atrapamiento del trabajador.

Artículo 28º.- Peligros Eléctricos:

En los ambientes de corte manual, Teseo, blanqueado, troquelado y desbaste los colaboradores que

están expuestos a trabajos con equipos energizados deberán respetar las siguientes obligaciones para

que no ocurran accidentes.

a) Recibir inducción específica en su puesto de trabajo.

b) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

c) No intentar reparar averías eléctricas de las máquinas ya que existe un área de Mantenimiento.

d) No tocar los tableros eléctricos abiertos y tampoco usar cables mellizos.

e) Reportar conexiones inestables.

Artículo 29º.- Peligros Locativos:

En los ambientes de corte manual, Teseo, blanqueado, troquelado y desbaste los colaboradores que

están expuestos deberán respetar las siguientes obligaciones para que no le ocurran accidentes.

a) Recibir inducción específica en el puesto de trabajo y PETS.

b) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

c) Mantener siempre el área ordenado y limpio para que no ocurran tropiezos y caídas al mismo

nivel.

d) Al ascender y descender las escaleras siempre agarrando el pasamanos.

e) Usar solamente escaleras certificadas de tipo tijera y de metal.

f) Se delimitará las zonas húmedas, para evitar caídas por piso resbaloso.

g) Usar lentes de seguridad al contacto de chispas de la máquina de desbaste.

h) Usar mascara de esmerilar al usar el esmeril de banco.

Artículo 30º.- Peligros Físicos:

En los ambientes de corte manual, Teseo, blanqueado, troquelado y desbaste los colaboradores que

están expuestos a agentes físicos como el ruido ocupacional, estrés térmico, nivel de iluminación,

vibraciones deberán respetar las siguientes obligaciones para que no le ocurran enfermedades

ocupacionales.

a) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

b) Usar protección auditiva en área donde exceda a 82 dBA en 08 horas de trabajo.

c) Solamente trabajar en áreas donde la iluminación sea mayor a 300 lux.

d) En áreas donde se identifique el estrés térmico por calor deberán hidratarse constantemente o

usar aire acondicionado.

e) Usar aislador de vibraciones al usar el troquelado.

Artículo 31º.- Peligros Químicos:

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Victor Valencia Roberto Rios Carlos Garcia

En los ambientes de corte manual, Teseo, blanqueado, troquelado y desbaste los colaboradores que

están expuestos a agentes físicos como el ruido ocupacional, estrés térmico, nivel de iluminación,

vibraciones deberán respetar las siguientes obligaciones para que no le ocurran enfermedades

ocupacionales.

a) Recibir inducción específica para el manejo adecuado de cada material peligroso por el

inmediato superior.

b) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

c) Usar protección respiratoria con su respectivo cartucho en área donde exceda los TWA a 08

horas según las Hoja de seguridad (MSDS) de cada producto.

d) Solamente usar materiales peligrosos que se encuentren rotulados los recipientes.

e) Si sienten la presencia de algún olor desconocido alertar a los colaboradores para identificar la

muestra.

f) Conocer el significado del rombo de seguridad de cada material peligroso.

Artículo 32º.- Peligros Disergonomicos y Psicosociales:

En los ambientes de corte manual, Teseo, blanqueado, troquelado y desbaste los colaboradores que

están expuestos a agentes físicos como el ruido ocupacional, estrés térmico, nivel de iluminación,

vibraciones deberán respetar las siguientes obligaciones para que no le ocurran enfermedades

ocupacionales.

a) Levantar solamente productos menores a 25 kg los hombres entrenados.

b) Minimizar los trabajos monótonos.

c) Minimizar la torsión de la columna y del cuello.

d) Realizar gimnasia laboral diaria para reducir los dolores musculo esqueléticos.

e) Usar faja los colaboradores que sean recomendados por el médico ocupacional.

SUBCAPITULO 4

EN MANTENIMIENTO E INFRAESTRUCTURA

Artículo 33º.- Peligros Mecánicos:

En los ambientes de mantenimiento sea el taller de maestranza, áreas de producción, tiendas y módulos

los colaboradores que están expuestos a trabajos con equipos en movimiento en dichas áreas deberán

respetar las siguientes obligaciones para que no le ocurran accidentes.

a) Recibir inducción específica para el manejo adecuado de cada equipo realizada por el inmediato

superior.

b) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

c) Reparar averías mecánicas de los equipos apagados y desenergizados.

d) Usar herramientas manuales estandarizadas y revisadas no hechizas.

e) Usar los EPP recomendados para el uso de cada equipo según la Matriz IPERC.

f) No ingresar las manos y ninguna parte del cuerpo a los equipos en movimiento para eliminar

el riesgo de atrapamiento.

g) Nunca usar ropa suelta (camiseta) dado que se expone al atrapamiento del trabajador.

Artículo 34º.- Peligros Eléctricos:

En los ambientes de mantenimiento sea el taller de maestranza, áreas de producción, tiendas y módulos

los colaboradores que están expuestos a trabajos con equipos en movimiento en dichas áreas deberán

respetar las siguientes obligaciones para que no le ocurran accidentes.

a) Recibir inducción específica para el manejo adecuado de cada máquina energizada realizada

por el inmediato superior.

b) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

c) Reparar averías eléctricas conociendo el Plano Eléctrico de Planta.

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d) Mantener los tableros eléctricos cerrados y eliminar los cables mellizos.

e) Reparar conexiones inestables.

Artículo 35º.- Peligros Locativos:

En los ambientes de mantenimiento sea el taller de maestranza, áreas de producción, tiendas y módulos

los colaboradores que están expuestos a trabajos con equipos en movimiento en dichas áreas deberán

respetar las siguientes obligaciones para que no le ocurran accidentes.

a) Recibir inducción específica para prevenir accidentes locativos realizada por el inmediato

superior.

b) Pintado de superficies sobresalientes o empinadas de color amarillo para advertir del desnivel.

c) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

d) Mantener siempre el área ordenada y limpia para que no ocurran tropiezos y caídas al mismo

nivel.

e) Al ascender alturas mayores a 1.8m de altura usar barandas de seguridad y arnés de seguridad.

f) Usar solamente escaleras certificadas de tipo tijera y de metal.

g) Se delimitará las zonas húmedas, para evitar caídas por piso resbaloso.

Artículo 36º.- Peligros Físicos:

En los ambientes de mantenimiento sea el taller de maestranza, áreas de producción, tiendas y módulos

los colaboradores que están expuestos a trabajos con equipos en movimiento en dichas áreas deberán

respetar las siguientes obligaciones para que no le ocurran accidentes.

a) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

b) Usar protección auditiva en área donde exceda a 85 dBA en 08 horas de trabajo continuo.

c) Solamente trabajar en áreas donde la iluminación sea mayor a 300 lux.

d) En áreas donde se identifique el estrés térmico por calor deberán hidratarse constantemente o

usar aire acondicionado.

e) Reducir el tiempo de uso de herramientas que ocasiones vibración de mano brazo.

Artículo 37º.- Peligros Químicos:

En los ambientes de mantenimiento sea el taller de maestranza, áreas de producción, tiendas y módulos

los colaboradores que están expuestos a trabajos con equipos en movimiento en dichas áreas deberán

respetar las siguientes obligaciones para que no le ocurran accidentes.

g) Recibir inducción específica para el manejo adecuado de cada material peligroso por el

inmediato superior.

h) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

i) Usar protección respiratoria con su respectivo cartucho en área donde exceda los TWA a 08

horas según las MSDS de cada producto.

j) Solamente usar materiales peligrosos que se encuentren rotulados los recipientes.

k) Si sienten la presencia de algún olor desconocido alertar a los colaboradores para identificar la

muestra.

l) Conocer el significado del rombo de seguridad de cada material peligroso.

Artículo 38º.- Peligros Disergonomicos y Psicosociales:

En los ambientes de mantenimiento sea el taller de maestranza, áreas de producción, tiendas y módulos

los colaboradores que están expuestos a trabajos con equipos en movimiento en dichas áreas deberán

respetar las siguientes obligaciones para que no le ocurran accidentes.

a) Levantar solamente productos menores a 25 kg los hombres entrenados.

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b) Minimizar los trabajos monótonos.

c) Minimizar la torsión de la columna y del cuello.

d) Realizar gimnasia laboral diaria para reducir los dolores musculo esqueléticos.

e) Usar faja los colaboradores que sean recomendados por el médico ocupacional.

SUBCAPITULO 5

EN ALMACÉN

Artículo 39º.- Peligros Mecánicos:

En el ambiente de almacén de producto terminado, cuero, envases e insumos de todos los colaboradores

que usen ayuda mecánica para el transporte de productos deberán respetar las siguientes obligaciones

para que no le ocurran accidentes.

a) Recibir inducción específica para el manejo adecuado de ayuda mecánica realizada por el

inmediato superior (PETS).

b) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

c) Reportar las averías mecánicas al área de mantenimiento.

d) Apilar las bandejas de producto según estándar de seguridad o hasta la altura del trabajador.

e) No hacer bromas o intentos de atropellar a sus compañeros.

f) Al usar el ascensor de carga el trabajador debe llevar mínimo casco y guantes de seguridad.

Artículo 40º.- Peligros Eléctricos:

En el ambiente de almacén de producto terminado, cuero, envases e insumos los colaboradores deberán

respetar las siguientes obligaciones para que no le ocurran accidentes.

a) Presionar los interruptores con las manos secas.

b) No saturar los tomacorrientes.

c) Reportar averías de instalaciones eléctricas que estén al alcance de los colaboradores.

d) Mantener los tableros eléctricos cerrados.

e) Las llaves generales bajarlas los fines de semana y feriados.

Artículo 41º.- Peligros Locativos:

En el ambiente de almacén de producto terminado, cuero, envases e insumos los colaboradores deberán

respetar las siguientes obligaciones para que no le ocurran accidentes.

a) Recibir inducción específica para prevenir accidentes locativos realizada por el inmediato

superior.

b) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

c) Mantener siempre el área (pasillos y zonas de transito), ordenada y limpia para que no ocurran

tropiezos y caídas al mismo nivel.

d) Revisar las escaleras tipo tijera diariamente.

e) Se delimitarán las zonas húmedas, ya que pueden producir caídas por piso resbaloso.

f) Subir y bajar las escaleras usando el pasamano.

Artículo 42º.- Peligros Físicos:

En los ambientes de almacén de producto terminado, cuero, envases e insumos, los colaboradores que

están expuestos a los agentes físicos (ruido ocupacional, estrés térmico e iluminación), deberán respetar

las siguientes obligaciones para que no le ocurran enfermedades ocupacionales y accidentes.

a) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

b) Usar protección auditiva en área donde exceda a 85 dBA en 08 horas de trabajo continuo.

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c) Solamente trabajar en áreas donde la iluminación sea mayor a 300 lux.

d) Hidratarse en temporada de verano y reportar averías del aire acondicionado.

Artículo 43º.- Peligros Químicos:

En los ambientes de almacén de insumos químicos (almacén de insumos), los colaboradores que están

expuestos a los agentes químicos deberán respetar las siguientes obligaciones para que no le ocurran

enfermedades ocupacionales y accidentes.

a) Recibir inducción específica para el manejo adecuado de cada material peligroso por el

inmediato superior.

b) Trasvasar el material peligroso usando los EPP según MSDS.

c) Respetar las diferentes tipos de señales de advertencia, obligación y prohibición.

d) Usar protección respiratoria con su respectivo cartucho en área donde exceda los TWA a 08

horas según las MSDS de cada producto.

e) Solamente usar materiales peligrosos cuando se encuentren rotulados los recipientes.

f) Si sienten la presencia de algún olor desconocido alertar a los colaboradores para identificar la

muestra.

g) Conocer el significado del rombo de seguridad de cada material peligroso.

Artículo 44º.- Peligros Disergonomicos y Psicosociales:

En los ambientes de almacén de producto terminado, cuero, envases e insumos, los colaboradores que

están expuestos a trabajos manuales y exigencia mental deberán respetar las siguientes obligaciones

para que no le ocurran enfermedades ocupacionales y accidentes.

a) Levantar solamente productos menores a 25 kg los hombres entrenados y las damas 15 kg.

b) Levantar las cargas mayores a 25 kg usando el hombro (rollos de cuero), intercalando las

extremidades.

c) Minimizar los trabajos monótonos.

d) Minimizar la torsión de la columna y del cuello.

e) Realizar gimnasia laboral diaria para reducir los dolores musculo esqueléticos.

f) Usar faja los colaboradores que sean recomendados por el médico ocupacional.

SUBCAPITULO 6

EN DISTRIBUCIÓN (Transportistas)

Artículo 45º.- Peligros Mecánicos:

En el transporte de productos usando “minivans” deberán respetar las siguientes obligaciones para que

no ocurran accidentes.

a) Recibir inducción específica para el manejo seguro de transporte.

b) Realizar check list de pre-uso de vehículos.

c) No usar el celular al estar conduciendo el vehículo.

d) Reportar las averías mecánicas al inmediato superior.

e) No exceder el máximo de velocidad en interiores 20 km/h en interiores.

f) Usar los EPP recomendados para el transporte de carga según la Matriz IPERC.

g) Usar siempre el cinturón de seguridad.

h) Inspeccionar el vehículo previo a la conducción el contenido del botiquín, tacos, conos de

seguridad, herramientas del vehículo.

Artículo 46º.- Peligros Eléctricos:

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En el transporte de productos usando “minivans” deberán respetar las siguientes obligaciones para que

no ocurran accidentes.

a) Reportar averías eléctricas del sistema eléctrico y la batería.

Artículo 47º.- Peligros Locativos:

En el transporte de productos usando “minivans” deberán respetar las siguientes obligaciones para que

no ocurran accidentes.

a) Respetar las señales de tránsito para no ser causa de atropello.

b) No estar parado en el peldaño de la puerta al estar en movimiento.

c) Cerrar las puertas posteriores en movimiento del vehículo.

d) Usar los tacos de seguridad al estar estacionado de manera prolongada por falla mecánica.

Artículo 48º.- Peligros Físicos:

En el transporte de productos usando “minivans” deberán respetar las siguientes obligaciones para que

no ocurran accidentes.

a) Usar bloqueador solar y uniforme de manga larga para el manejo de vehículo.

b) Usar lentes oscuros para reducir el riesgo de ceguera en temporadas de verano.

c) Reportar el exceso de vibración de cuerpo entero.

Artículo 49º.- Peligros Químicos:

En el transporte de productos usando “minivans” deberán respetar las siguientes obligaciones para que

no ocurran accidentes y enfermedades ocupacionales.

a) No trasvasar gasolina, succionando bucalmente.

b) Cambio de aceite usando guantes y lentes.

Artículo 50º.- Peligros Disergonomicos y Psicosociales:

En el transporte de productos usando “minivans” deberán respetar las siguientes obligaciones para que

no ocurran accidentes.

a) No empujar el vehículo para encender.

b) Conducir 05 horas continuas en el horario diurno y 04 horas continuas en el horario nocturno,

con descanso interrumpido de 45 minutos.

c) Minimizar la torsión de la columna y del cuello al estar manejando.

d) Realizar gimnasia laboral diaria para reducir los dolores musculo esqueléticos.

e) Usar faja los colaboradores que sean recomendados por el medico ocupacional.

SUBCAPITULO 7

EN COMERCIAL (Tiendas / módulos)

Artículo 51º.- Peligros Mecánicos:

En los centros de servicio al cliente los colaboradores, tiene que respetar los siguientes estándares para

que no causen accidentes de trabajo.

a) Abrir y cerrar la puerta metálica de la tienda de manera pausada.

b) No dejar los candados colgado en la parte alta de la puerta.

c) Usar los implementos de seguridad necesaria para la tarea.

Artículo 52º.- Peligros Locativos:

En los centros de servicio al cliente los colaboradores, tiene que respetar los siguientes estándares para

que no causen accidentes de trabajo.

a) Usar escalera tipo tijera para subir a una altura mayor a 1.8m.

b) No dejar objetos en los pasadizos.

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c) Respetar las señales de advertencia, obligación y prohibición.

d) Comunicar los desniveles en los pisos.

e) No correr, al estar en pisos lisos.

f) No colocar objetos punzocortantes en los bolsillos de atrás del pantalón.

Artículo 53º.- Peligros Físicos:

En los centros de servicio al cliente los colaboradores, tiene que respetar los siguientes estándares para

que no causen enfermedades de trabajo.

a) Usar la PC en un ambiente con buena iluminación.

b) Reportar el exceso de ruido ocupacional ocasionado por terceros.

c) Adecuar el equipo de aire acondicionado en temporada de verano invierno.

Artículo 54º.- Peligros Biológicos:

En los centros de servicio al cliente los colaboradores, tiene que respetar los siguientes estándares para

que no causen enfermedades ocupacionales.

a) Usar desinfectante de manos, durante su jornada laboral.

b) Usar tapaboca y guantes quirúrgicos al recibir prendas usadas.

Artículo 55º.- Peligros Disergonomicos y Psicosociales:

En los centros de servicio al cliente los colaboradores, tiene que respetar los siguientes estándares para

que no causen enfermedades ocupacionales.

a) Levantar cargas menores a 25 kg para los hombres y 15 kg para las damas.

b) Realizar gimnasia laboral diaria en su puesto de trabajo.

c) Evitar levantar las extremidades superiores por encima del hombro.

CAPITULO VI

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS

SUBCAPITULO 1

SERVICIOS DE LIMPIEZA

Artículo 56º.- Los colaboradores de limpieza, tienen la responsabilidad de usar los equipos de

protección personal (EPP), necesarios para las labores que desempeñan; capacitarse en el uso y manejo

de herramientas, equipos y productos químicos que emplean en el desarrollo de sus actividades diarias,

así como de informar los riesgos de las áreas donde realizan limpieza:

a) Los colaboradores deben emplear obligatoriamente los equipos de protección personal (EPP)

b) Usar adecuadamente, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de

transporte y, en general, cualquier otro medio con los que desarrollen su actividad.

c) Realizar las tareas de limpieza con el mayor cuidado y esmero, disponiendo las medidas de

seguridad en las inmediaciones de la zona de trabajo, colocar letreros que adviertan peligro.

d) Cuidar que los pisos no se encuentren inundados y se mantengan limpios, evitando que

contengan elementos que los hagan resbaladizos.

e) La limpieza debe efectuarse progresando, desde el fondo del local hacia la puerta.

f) Trasladar las bolsas de residuos cerradas, para evitar cortes o pinchazos, no deben apretarse ni

deben acercarse al cuerpo ni a las piernas.

g) Los envases y recipientes de productos de limpieza y desinfección, serán debidamente

rotulados.

h) No meter nunca las manos en las papeleras, sino que debe volcar su contenido en bolsas de

basura más grandes.

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i) Tener cuidado para no golpearse la cabeza o partes del cuerpo, en zonas muy estrechas y con

obstáculos, como máquinas, conductos, barandillas, cajones de mesa, armarios, estanterías.

j) No introducir las manos en cisternas, papeleras, recipientes que claramente no se vea su interior.

k) Evitar sobreesfuerzo por el peso y manejo de máquinas y productos de equipos.

l) Tener especial cuidado al trabajar con productos químicos, que pueden provocar efectos sobre

las vías respiratorias, irritación de los ojos, erupciones en la piel. Utilizar siempre los productos

de limpieza, según las recomendaciones e instrucciones del fabricante; cuando se trate de

productos concentrados que necesiten diluirse, se utilizarán en la dilución indicada y nunca,

con la excusa de conseguir más eficacia, a mayor concentración.

m) Las sustancias inflamables y las sustancias nocivas, sobre todo si desprenden gases o vapores

(como el amoníaco y el aguarrás u otros disolventes), deben manipularse siempre con

ventilación adecuada. Si la ventilación no es suficiente, utilizar mascarilla y filtro adecuados a

las sustancias manipuladas.

n) Cuando se utilicen equipos de limpieza conectados a la red eléctrica, se procurará tender los

cables de manera que no atraviesen las zonas de trabajo o de paso. Si esto fuera imposible, se

prestará la máxima atención cuando se trabaje en sus proximidades.

o) Lavarse las manos antes y después de las tareas con abundante agua y jabón.

p) No comer o beber en el puesto de trabajo.

SUBCAPITULO 2

SERVICIO DE VIGILANCIA

Artículo 57º.- Es responsabilidad de las empresas de seguridad y vigilancia, proporcionar a sus

colaboradores obligatoriamente los equipos de protección personal (EPP), vestuario y equipos de

comunicación, según lo dispone la norma específica de la SUCAMEC y capacitar a su personal en el

desarrollo de sus actividades diarias.

a) Las zonas de trabajo, se mantendrán siempre limpias de materiales y/o desperdicios, cuidando

la salud y seguridad de todos los colaboradores.

b) Al final de la jornada de trabajo, desconectar máquinas, ventiladores, aparatos de aire

acondicionado, a fin de prevenir siniestros.

c) Los colaboradores están obligados a acatar las disposiciones de la empresa, sobre protección

de instalaciones, propiedades y a integrar los cuadros de personal de emergencia que ella

solicite.

d) El uso de vestuario y equipos es obligatorio, cada trabajador debe mantenerlos en buen estado

de conservación, bajo responsabilidad.

e) Contar con la respectiva licencia, si es que porta armas de fuego.

f) Se informará inmediatamente a su superior, sobre cualquier lugar o condición de trabajo que se

considere peligroso, a fin de adoptar los correctivos necesarios.

g) Todo accidente de trabajo será informado sin demora al superior.

h) Toda persona que ingrese o salga, de las instalaciones de la empresa portando, maletines o

paquetes, está obligado a mostrar el contenido del mismo al personal de vigilancia, para su

verificación.

i) Todo vehículo de la empresa o de particulares, que ingrese o salga de las instalaciones, será

inspeccionado por el personal de vigilancia.

j) Está terminantemente prohibido, el ingreso de personas que se presuman en estado etílico o

bajo la influencia de drogas o sustancias alucinógenas.

k) Todo visitante está obligado a identificarse con su DNI, ante el personal de vigilancia, a su

solicitud, antes de ingresar a la empresa.

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l) Todo trabajador está obligado a mostrar su identificación al personal de vigilancia, antes de

ingresar a las instalaciones.

m) Trate a los automovilistas o conductores con respeto y educación. Evite discutir con ellos, no

responder a las agresiones, comunique de inmediato a su superior.

n) El enfriamiento puede provocar hipotermia y congelación. El enfriamiento es ocasionado por

una combinación de temperaturas frías y templadas), tiempo húmedo y/o condiciones húmedas,

mucho viento y andar mal arropado.

o) Para trabajar en la noche, tome medidas de precaución especiales. Primero que nada, deberá

aumentar la visibilidad y estar bien familiarizado con sus alrededores, coma alimentos ricos en

proteína y evite el azúcar y la grasa

CAPITULO VII

PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS

SUBCAPITULO 1

PRENVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

A. PREVENCIÓN DE INCENDIOS

Artículo 58º.- Todas las áreas están provistas de suficientes equipos para la extensión de incendios que

se adapten a los riesgos particulares que estos presentan. Las personas entrenadas en el uso correcto de

estos equipos se harán presentes durante todos los periodos normales de trabajo.

Artículo 59º.- Los equipos y las instalaciones que presenten grandes riesgos de incendios están

construidos e instalados, siempre que sea factible, de manera que sea fácil aislarlos en caso de incendio.

Artículo 60º.- En los lugares de trabajo, el ancho del pasillo entre maquinas, instalaciones y rumas de

materiales, no debe ser menor a 60 cm.

Artículo 61º.- Donde no se disponga de acceso inmediato a las salidas se debe disponer, en todo

momento, de pasajes o corredores continuos y seguros, que tengan un ancho libre no menor de 1.12 m.

Y que conduzcan directamente a salida.

Artículo 62º.- Todos los accesos de las escaleras que puedan ser usadas como medio de escape, deben

ser marcados de tal modo que la dirección de salida hacia la calle sea clara.

Artículo 63º.- Las puertas de salida se colocan de tal manera que sean fácilmente visibles y no se deben

permitir obstrucciones que interfieran el acceso o la visibilidad de las mismas.

Artículo 64º.- Las salidas deben estar instaladas en número suficiente y dispuestas de tal manera que

las personas ocupadas en los lugares de trabajo puedan abandonarlas inmediatamente, con toda

seguridad, en caso de emergencia. El ancho mínimo de las salidas será de 1.12 m.

Artículo 65º.- Las puertas y pasadizo de salida, deben ser claramente marcados con señales que

indiquen la vía de salida y deben estar dispuestas de tal manera que sean fácilmente ubicables.

B. PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

Artículo 66º.- El fuego es una oxidación rápida de un material combustible, que produce

desprendimiento de luz y calor, pudiendo iniciarse por la interacción de 3 elementos: oxigeno,

combustible y calor.

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La ausencia de unos de los elementos mencionados evitará que se inicie el fuego.

Los incendios se clasifican, de acuerdo con el tipo de material combustible que arde, en:

INCENDIO CLASE A

Son fuegos que se producen en materiales

combustibles sólidos, tales como: madera,

papel, cartón, tela, etc.

INCENDIO CLASE B

Son fuegos producidos por líquidos

inflamables tales como: gasolina, aceite,

pintura, solvente, etc.

INCENDIO CLASE C Son fuegos productos en equipos eléctricos

como: motores, interruptores, etc.

Artículo 67º.- Cualquier trabajador que detecte un incendio debe proceder de la forma siguiente:

a) Dar la alarma interna y externa

b) Comunicar a los integrantes de la brigada contra incendios.

c) Seguir las indicaciones de la brigada correspondiente.

d) Evacuar el área de manera ordenada con dirección a la puerta de salida más cercana.

Artículo 68º.- Consideraciones generales importantes:

a) La mejor forma de combatir incendios es evitando que estos se produzcan.

b) Mantengan su área de trabajo limpio, ordenado y en lo posible libre de materiales combustibles

y líquidos inflamables.

c) No obstruya las puertas, vías de acceso o pasadizos, con materiales que puedan dificultar la

libre circulación de las personas.

d) Informe a su superior sobre cualquier equipo eléctrico defectuoso.

e) Familiarícese con la ubicación y forma de uso de los extintores y grifos contra incendios.

f) En caso de incendio de equipos eléctricos, desconecte el fluido eléctrico. No use agua ni

extintores que la contengan si no se ha cortado la energía eléctrica.

g) La operación de emplear un extintor dura muy poco tiempo. Por consiguiente, utilícelo bien,

acérquese lo más que pueda, dirija el chorro a la base de las llamas, no desperdicie su contenido.

h) Obedezca los avisos de seguridad y familiarícese con los principios fundamentales de primeros

auxilios.

Artículo 69º.- Agua, abastecimiento, uso y equipo

Las bombas para incendios deben estar situadas y protegidas de tal modo que no interrumpa su

funcionamiento cuando se produzca un incendio.

En el incendio de tipo B y C, no se usa agua para extinguirlos, debiéndose usar otros métodos de

extinción adecuada.

Artículo 70.- Extintores portátiles

El empleador debe dotar de extintores de incendios adecuados al tipo de incendio que pueda ocurrir,

considerando la naturaleza de los procesos y operaciones. Los aparatos portátiles contra incendios,

deben ser inspeccionados por lo menos una vez por mes y ser recargados cuando se venza su tiempo de

vigencia o se utilicen, se gaste o no toda la carga.

Cuando ocurran incendios en lugares con presencia de equipos eléctricos, los extintores para

combatirlos son de polvo químico seco; en caso de que el incendio sea en el centro de cómputo,

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laboratorios o se trate de equipos sofisticados, se deben utilizar los extintores de gas carbónico (CO2)

para su extinción.

Artículo 71º.- Sistemas de alarmas y simulacros de incendios

El empleador debe disponer de un número suficiente de estaciones de alarma operadas a mano,

colocadas en lugares visible, en el recorrido natural de escape de un incendio y debidamente señalizadas.

El empleador debe realizar ejercicios de modo que se simulen las condiciones de un incendio, además

se debe adiestrar a las brigadas en el empleo de los extintores portátiles, evacuación y primeros auxilios

e inundación. El Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo, que incluye las instrucciones y

ejercicios respectivos, se debe iniciar desde el mes de enero de cada año.

En caso de evacuación, el personal debe seguir la señalización indicada como SALIDA.

Artículo 72º.- Almacenaje de sustancias inflamables

Se deben tomar las medidas para evitar el escape de líquidos inflamables hacia desagües y detener

cualquier pérdida de líquido dentro de la zona de seguridad, así como también para evitar la formación

de mezclas explosivas o inflamables de vapores y aire, especialmente durante el trasiego.

Queda terminantemente prohibido el empleo de líquidos inflamables para fines de limpieza en general,

excepto para aquellos casos en que las condiciones técnicas del trabajo, así lo exijan, en cuyo caso estos

trabajos se deben efectuar en locales adecuados, libres de otras materias combustibles, dotados de los

sistemas preventivos contra incendios.

Artículo 73º.- Eliminación de desperdicios

No se debe permitir que se acumulen en el piso desperdicios de material inflamable, los cuales deben

ser destruidos o acumulados separadamente de otros desperdicios.

Se debe disponer de recipientes para recoger inmediatamente los trapos saturados de aceite, pintura u

otros materiales combustibles, sujeto a combustión espontánea en los lugares de trabajo donde estos se

produzcan.

Diariamente el encargado de limpieza debe recolectar los recipientes de basura de cada ambiente,

colocándolos en un lugar determinado para ser erradicados de la empresa, entidad pública o privada.

SUBCAPITULO 2

PRIMEROS AUXILIOS

El principal objetivo de los primeros auxilios es evitar por todos los medios posibles la muerte o la

invalidez de la persona accidentada, usando guantes y mascara descartable.

Otros de los objetivos principales es brindar un auxilio a la persona accidentada, mientras se espera la

llegada del médico o se le traslada a una clínica.

Cuando se presente la necesidad de un tratamiento de emergencia, siga estas reglas básicas:

a) Evite el nerviosismo y el pánico.

b) Si se requiere acción inmediata para salvar una vida (respiración artificial, control de hemorragias,

etc.) haga el tratamiento adecuado sin demora.

c) Haga un examen cuidadoso de la víctima.

d) Nunca mueva a la persona lesionada, a menos que sea absolutamente necesario para retirarla del

peligro.

e) Avise al médico inmediatamente.

f) Llamar de acuerdo a la siguiente lista de emergencia al operador adecuado.

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SERVICIOS DE EMERGENCIA TELEFONO

CIA. DE BOMBEROS

INTERNACIONAL Nº 14, Jr. Rebeca

Oquendo

116 - 4231100

COMISARIA CHACRA COLORADA,

Jr. Carhuaz 714 105 - 4313471

UNID. DESAC. DE EXPLOSIVOS 4812901

SERENAZGO DE BREÑA 6613344

CLINICA STELLA MARIS 4636666

SEDAPAL, Av. Universitaria 3173000

EDELNOR, Av. Sucre 693 5612001

INSTITUTO NACIONAL DE

DEFENSA CIVIL 115 - 2259898

MUNICIPALIDAD DE CERCADO DE

LIMA 6321300

Artículo 74º.- Cuando ocurra un “shock” siga estas reglas básicas:

a) Acostar al paciente con la cabeza hacia abajo, esto se puede conseguir levantando los pies de

la camilla o banca, donde esté acostado el paciente, 6 pulgadas más alto que la cabeza.

b) Constatar que la boca del paciente esté libre de cuerpos extraños y que la lengua esté hacia

adelante.

c) Suministrar al paciente abundante cantidad de aire fresco u oxígeno si existe disponible.

d) Evitar el enfriamiento, por lo que se debe abrigar al paciente con una frazada y llevarlo al

médico.

Artículo 75º.- Heridas con hemorragias

a) Se puede parar o retardar la hemorragia colocando una venda o pañuelo limpio sobre la herida

y presionando moderadamente.

b) Acueste al paciente y trate de mantenerlo abrigado.

c) Conduzca al herido al hospital.

Artículo 76º.- Fracturas

a) No doble, ni tuerza, ni jale el miembro fracturado.

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b) Mantenga al paciente descansando y abrigado.

c) Por fracturas de espalda, cuello, brazo o de la pierna, no mueva al paciente y llame al médico.

d) Por fracturas de cualquier otra parte del cuerpo, lleve al accidentado al médico.

e) Si hay duda acerca de si un hueso está o no fracturado, trátese como fractura.

Artículo 77º.- Quemaduras

Son lesiones que se producen a causa del calor seco o del calor húmedo y se clasifican de

acuerdo al grado de lesión que causa en los tejidos del cuerpo en 1er, 2do y 3er grado.

a) Para quemaduras leves o de primer grado se puede aplicar ungüento y puede ser cubierta por

una gasa esterilizada.

b) Para quemaduras de segundo y tercer grado quite la ropa suelta y aplique una gasa

esterilizada, lo suficientemente grande para cubrir la quemadura y la zona circundante para

evitar el contacto del aire con la quemadura.

Artículo 78º.- Respiración boca a boca

a) Acueste de espaldas y en su posición horizontal al lesionado y colóquese al lado junto a la

cabeza.

b) Levante la mandíbula inferior para asegurar el paso del aire.

c) Trate de cubrir la boca, para ello introduzca el dedo, pulgar y tire del mentón hacia delante,

con la otra mano tape los orificios nasales (eso evita la pérdida del aire).

SUBCAPITULO 3

PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA SISMOS

En un terremoto, el movimiento del suelo en sí, raramente es la causa directa de muertos y heridos.

La mayoría de las víctimas resultan de la caída de objetos y escombros porque los sismos pueden

sacudir, dañar o demoler edificios y otras estructuras. Los terremotos también pueden provocar

derrumbes.

Artículo 79º.- Antes del sismo

a) Asegurar el anclaje de muebles y electrodomésticos altos y pesados a la pared, para su

vuelco durante la sacudida.

b) Mover los objetos pesados a las partes bajas de los muebles para evitar que caigan; si esto

no es posible trate de sujetarlos mediante anillas, alambres o vuelcos a la pared o estantes.

c) Situar los objetos frágiles en zonas próximas al suelo.

d) Disponer los muebles, de manera que pueda evacuarse rápidamente tras cesar el sismo.

Evite acumular objetos, que puedan entorpecer las posibles vías de escape.

e) Sustituir las puertas de vidrio crudo por otro material similar, que no sea cortante en caso

de romperse.

f) Almacenar productos químicos (de limpieza, pinturas, etc.) en zonas ventiladas y lejos de

donde guarde objetos de emergencia (comida, medicinas, etc.).

g) Identificar edificaciones próximas a árboles o postes de luz o teléfono. Si uno de éstos cae,

puede derribar la pared.

h) Localizar mentalmente las ventanas, espejos o cualquier otro vidrio que pueda romperse y

salir despedido.

i) Identifique las zonas más seguras en cada lugar: muros de carga, columnas, marcos de

puertas (que no tengan cristal sobre ellos), etc. Las habitaciones grandes, con grandes

ventanales y pocos elementos de apoyo suelen ser más las propensas a colapsar durante

terremotos. Trate de evacuarlas rápidamente en caso de terremoto.

j) Identificar a los brigadistas del local en el que trabaja.

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k) Ubicar en los planos del local en el que se encuentra, las rutas de evacuación y zonas

seguras.

l) Conocer la ubicación de la mochila o botiquín de primeros auxilios.

m) Participar en los simulacros programados.

Artículo 80º.- Durante el sismo

A. Si está bajo techo a) Si tiene oportunidad de salir rápidamente del inmueble hágalo inmediatamente, pero en

orden. RECUERDE: NO grite, NO corra, NO empuje, y diríjase a una zona segura.

b) En caso de encontrarse lejos de una salida, ubíquese debajo de una mesa o escritorio

resistente, que no sea de vidrio, cúbrase con ambas manos la cabeza y colóquelas junto a

las rodillas. Si no, diríjase a alguna esquina, columna o bajo del marco de una puerta.

c) No corra hacia las salidas, puede ser víctima de algún elemento suelto que cae de lo alto de

la fachada, de vidrios rotos o que las escaleras pueden estar dañadas o abarrotadas de gente.

d) No utilice los ascensores.

e) Aléjese de las ventanas o puertas de vidrio, vitrinas, estanterías, etc.

f) Tenga calma y oriente al personal visitante que está atendiendo, para que se dirija a los

puntos de reunión.

g) Pasado el sismo, evacuar de acuerdo a las instrucciones de los responsables de evacuación,

dirigiéndose al punto de reunión Si se percató de algún empleado herido informar a los

brigadistas o personal de seguridad y vigilancia inmediatamente.

B. Si se encuentra al aire libre

a) Diríjase a una zona al aire libre, alejada de las edificaciones, tendidos eléctricos, árboles,

postes, etc.

b) Si se ve forzado a permanecer cerca de una edificación, esté atento a los objetos que

pudiesen caer

c) No hacer uso del inmueble, si presenta daños visibles.

d) No use velas, fósforos, encendedores, etc., pues podría haber escapes de gas.

e) En caso de fugas de agua o gas, repórtelas inmediatamente.

f) Compruebe si hay incendios o peligro de incendio y repórtelo a los brigadistas.

g) Verifique si hay lesionados y busque ayuda médica de ser necesaria.

h) Evite pisar o tocar cualquier cable suelto o caído.

i) No use el teléfono, excepto para llamadas de emergencias; encienda la radio para enterarse

de los daños y recibir información. Colabore con las autoridades.

j) No propague rumores.

k) Aléjese de los edificios dañados.

l) En caso de quedar atrapado, conserve la calma y trate de comunicarse al exterior golpeando

con algún objeto.

CAPITULO VIII

MEDIDAS DISCIPLINARIAS, INFRACCIONES Y SANCIONES

SUBCAPITULO 1

DISPOSICIONES GENERALES

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Artículo 81º.- Constituyen infracciones administrativas en materia de relaciones laborales de seguridad

y salud en el trabajo el incumplimiento mediante acción u omisión de las obligaciones contenidas en el

Ley de SST y su Reglamento y en el presente reglamento, por parte de los distintivos sujetos

responsable, a quienes les alcanza la referida ley.

Artículo 82º.- En ejercicio de la potestad disciplinaria que la legislación laboral vigente le reconoce a

la Empresa en su calidad de entidad pública, puede sancionar a los colaboradores según su régimen

laboral, por el incumplimiento de las obligaciones que tiene a su cargo conforme al presente reglamento.

Artículo 83º.- Al imponer una medida disciplinaria, la Empresa tendrá en cuenta las circunstancias y

los antecedentes del trabajador, y aplicara, además, los siguientes criterios:

a) Debe ser adecuada, oportuna y razonable.

b) Debe ser proporcional a la gravedad de la falta cometida y a las circunstancias en que se

produjo.

c) De ser el caso, también, se evaluaran los factores que contribuyeron a crear la situación

irregular.

Artículo 84º.- El tipo de falta, gravedad y frecuencia, será previamente investigado y evaluado en el

CSST, el cual determinará si la infracción constituye una falta leve, grave o muy grave.

De tratarse de una falta leve, iniciará si corresponde amonestación verbal o escrita.

De tratarse de una falta grave o muy grave, tipificada como tal por el CSST, y cometida por un

trabajador, derivara el caso con el correspondiente informe, a la reunión extraordinaria del CSST.

Artículo 85º.- Las empresas contratistas son responsables frente a la Empresa y ante terceros respecto

al cumplimiento del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. Este lineamiento será

expreso en los contratos correspondientes, en los que también se precisaran las causas o motivos de las

penalidades, suspensiones o rescisión del contrato.

SUBCAPITULO 2

INFRACCIONES

A. INFRACCION LEVE

Artículo 86º.- Se considera como infracción leve lo siguiente:

a. La falta de orden y limpieza del ambiente de trabajo de la que no se derive riesgo para la

integridad física o salud de los colaboradores.

b. No reportar de manera oportuna los incidentes.

c. No adoptar las disposiciones, recomendaciones o medidas en Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 87º.- A las faltas leves les corresponde la sanción de amonestación verbal o escrita, a criterio

del CSST, el cual es el encargado de aplicarlas, debiendo en el caso de la amonestación escrita, remitir

copia de la misma al legajo del trabajador.

B. INFRACCION GRAVE

Artículo 88º.- Se considera como infracciones graves las siguientes:

a. Obstaculizar o impedir el desarrollo y aplicación del Programa de Seguridad y Salud en el

Trabajo.

b. No informar a los colaboradores de los riesgos a que están expuestos durante la ejecución de

su labor.

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Victor Valencia Roberto Rios Carlos Garcia

c. No asistir a la capacitación programa en Seguridad y Salud en el Trabajo.

d. No entregar a los colaboradores los EPP.

e. Asignar trabajos a personal que no posea la calificación adecuada.

f. No supervisar o no disponer la supervisión de los trabajos asignados.

g. Proporcionar información inexacta de forma deliberada durante el proceso de análisis e

investigación de accidente.

h. No utilizar los EPP y uniforme de trabajo, o hacerlo en forma inadecuada.

Artículo 89º.- A las faltas graves les corresponde la sanción de suspensión de uno (01) a tres (03) días,

sin goce de retribución, es determinada por el CSST, el número de días lo decide el jefe inmediato del

infractor.

C. INFRACCION MUY GRAVE

Artículo 90º.- Se considera como infracción muy grave lo siguiente:

a. Cualquier acto de imprudencia o negligencia que cause la muerte o lesión muy grave a un

trabajador.

b. No paralizar ni suspender de forma inmediata los trabajos con riesgo inminente, no obstante

haberlos detectados o habérselo hecho conocer o reanudarlos sin haber subsanado previamente

las causas que motivaron dicha paralización.

c. No asistir a los exámenes médicos programados de carácter obligatorio en Seguridad y salud

en el trabajo.

Artículo 91º.- A las faltas muy graves les corresponde la sanción de suspensión no menor de un (04) cuatro ni mayor

de siete (07) días sin pago de retribuciones o de destitución o rescisión del contrato, previo proceso

administrativo disciplinario según corresponda, debiéndose tener en cuenta las atenuantes que permitan

reducir la gravedad de la falta, en casos de fuerza mayor, caso fortuito u otros hechos no imputables al

infractor, así como la gravedad de las consecuencias.

Artículo 92º.- Independientemente de la sanción disciplinaria que se imponga, todo daño a los bienes del Empresa que

se ocasione por desidia o negligencia demostrada deberá ser cubierto por quien o quienes lo hayan

producido, ya sea reponiendo el bien o autorizado el descuento de sus haberes por el valor del daño o

perdida.

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Victor Valencia Roberto Rios Carlos Garcia

CONSTANCIA DE ENTREGA DE REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y

SALUD EN EL TRABAJO

Yo, ________________________________________________________ manifiesto haber

recibido un ejemplo del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo,

comprometiéndome a leerlo, estudiarlo y respetar los estándares de seguridad y salud durante

la vigencia del vínculo laboral que mantengo con la empresa.

Lima ________ de ___________ del 20__

Área : ________________________________

Puesto de trabajo : ________________________________

Nombres : _______________________________

DNI : _______________________________

Firma : _______________________________