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CLASIFICADOS JUDICIALES VIERNES 30 DE JULIO DE 2021 EL NUEVO SIGLO 9B NOTARIAS Notaría Única del Círculo Villapinzón - Cundi- namarca NIT 63.524.038-8 EDICTO EMPLAZATORIO La Notaria Única del Círculo de Villapinzón en propiedad por el presente edicto CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite de liquidación de herencia de la causante LILIA MARIA MORENO DE JIMENEZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 20.658.872, fallecida en la ciudad de Bogotá, el día 20 de junio de 2015, quien tuvo como lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios el Municipio de Villapinzón. Aceptado el trámite en esta Notaria mediante acta número 005 de fecha veintiocho (28) de Julio del año dos mil veintiuno (2021) y reconociendo al señor DIDASIO JIMENEZ MORENO, identificado con la cédula de ciudadanía número 3.002.866 expedida en Choconta, en calidad de heredero y cesionario; se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora de cobertura en el Municipio de Villapinzón Cundinamarca y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo por el término de diez (10) días. - Hoy veintinueve (29) de Julio del año dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). La Notaria, EDDY JAZMIN CASTELLANOS BONILLA Notaria Única del Círculo de Villapinzón - En propiedad HAY UN SELLO *P1-2-30 NOTARIA TERCERA EDICTO EMPLAZATORIO No. 2021-090 LA NOTARÍA 3 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite NOTARIAL DE LA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y DE HERENCIA DEL CAUSANTE: EFRAIN ABRIL BENAVIDES, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 17.052,525 de Bogotá., quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C... el día ocho (08) de febrero de dos mil veintiuno (2021), y siendo la ciudad de Bogotá D.C. lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios; que pueden hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación en radio y prensa de éste Edicto. El trámite notarial de liquidación de sucesión en esta Notaría, fue aceptado mediante Acta número DOS MIL VEINTIUNO - CERO NOVENTA (2021- 090) de fecha veintisiete (27) de Julio de dos mil veintiuno (2021) y en desarrollo de dicha acta se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radio difusora de esta localidad, en cumplimento de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 902 de 1988. Igualmente se ordenó la fijación del presente Edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Para constancia se fija el presente Edicto hoy, veintiocho (28) de Julio de dos mil veintiuno (2021) a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). HECTOR ADOLFO SINTURA VARELA NOTARIO TERCERO (3) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. RAD 2021-1930 HAY UN SELLO *J2-1-30 EDICTO El suscrito Notario Cuarenta y Uno (41) Encargado del Círculo de Bogotá D.C., EMPLAZA a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el trámite notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA POR CAUSA DE MUERTE del causante JOSE RAUL ORTEGA PIRAQUIVE, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 80.384.631 de El Colegio., quien falleció el doce (12) de diciembre del año dos mil diecinueve (2019), teniendo su último domicilio y asiento principal de negocios en la ciu- dad de Bogotá, Distrito Capital, (Departamento de Cundinamarca). Mediante Acta Inicial cero cuatro ocho I /dos mil veintiuno (048 I/2021) del veintitrés (23) de julio de dos mil veintiuno (2021), donde se aprobó el trámite, se ordenó publicar este EDICTO por una vez en un periódico de circulación Nacional; difundirlo igualmente a través de una emisora Local y, fijarlo por el término de DIEZ (10) DÍAS en sitio visible de la Notaría. El presente EDICTO se fija a las ocho de la mañana (8:00 a.m.) del día veintiséis (26) de julio de dos mil veintiuno (2021) EL NOTARIO (E) MARIO ALBEIRO MOLINA DÍAZ Notario 41 encargado Resolución 05171 del 9 de junio 2021de la Supernotariado Acta de Posesión 681/2021 HAY UN SELLO *J2-2-30 NOTARIA 32 ABELARDO DE LA ESPRIELLA JURIS EDICTO NUMERO 046 LA NOTARIA TREINTA Y DOS (32) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el trámite notarial de liquidación de herencia de los causantes LUIS RAFAEL ORJUELA ROSAS Y SOFIA CASTILLO DE ORJUELA, quienes en vida se identificaron con las cédulas de ciudadanía números 132.136 y 28.419.525, cuyo último domicilio y asiento prin- cipal de sus negocios fue en Bogotá D.C., quienes fallecieron el día dos (02) de marzo de dos mil dieciocho (2018) y el día siete (07) de octubre de dos mil veinte (2020), respectivamente. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número cuarenta y siete (47) de fecha veintiocho (28) de julio de dos mil veintiuno (2021), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y 3o del Decreto 1.729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintiocho (28) de julio de dos mil veintiuno (2021) a las 8:30 a.m. LUZ MARINA CARDENAS PINZON NOTARIA TREINTA Y DOS (32 DE BOGOTÁ D.C. ENCARGADA Resolución No. 04926 de fecha 01 de junio de 2021 de la SNR HAY UN SELLO *J2-3-30 NOTARIA TERCERA EDICTO EMPLAZATORIO No. 2021-089 LA NOTARÍA 3 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite NOTARIAL DE LA LIQUIDACION DE HERENCIA DEL CAUSANTE: CARLOS HUMBERTO NIETO GONZALEZ, identifi- cado en vida con la cédula de ciudadanía número 19.417.489 de Bogotá., quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C... el día seis (06) de diciembre de dos mil veinte (2020), y siendo la ciudad de Bogotá D.C. lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, que pueden hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación en radio y prensa de éste Edicto. El trámite notarial de liquidación de sucesión en esta Notaría, fue aceptado mediante Acta número DOS MIL VEINTIUNO - CERO OCHENTA Y NUEVE (2021-089) de fecha veintisiete (27) de Julio de dos mil veintiuno (2021) y en desarrollo de dicha acta se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radio difusora de esta localidad, en cumplimento de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 902 de 1988. Igualmente se ordenó la fijación del presente Edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Para constancia se fija el presente Edicto hoy, veintiocho (28) de Julio de dos mil veintiuno (2021) a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). HÉCTOR ADOLFO SINTURA VARELA NOTARIO TERCERO (3) DEL CÍRCULO DE BO- GOTÁ D.C. RAD 2021-2013 HAY UN SELLO *J2-4-30 NOTARIA 70 NATALIA PERRY T. NOTARIA EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SETENTA (70) DEL CÍR- CULO DE BOGOTÁ De conformidad con el numeral 2 del Artículo 3o del Decreto Ley 902 de 1988. EMPLAZA A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la LIQUIDACIÓN DE HEREN- CIA (SUCESIÓN INTESTADA) del señor BENJAMIN CARDENAS VARGAS, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 19.198.296, fallecido en Bogotá D.C., el día primero (1°) de febrero de dos mil veintiuno (2021), siendo la ciudad de Bogotá, el último domicilio del causante cuyo trámite sucesoral se inició mediante el Acta número cuarenta y tres (43) de fecha veinticuatro (24) de julio de dos mil veintiuno (2021), para que lo hagan valer ante este Despacho, situado en la Calle 72A No. 71D-36, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al de la última publicación en los distintos medios. Se fija este EDICTO en lugar visible en la Notaría, los veintiséis (28) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021), a las 8:00 AM, NATALIA PERRY T. NOTARIA SETENTA (70) DE BOGOTÁ D.C. Constancia de desfijación hoy 5 de agosto del 2021 a las 5:00 pm HAY UN SELLO *J2-5-30 NOTARIA 15 DANIEL BAUTISTA ZULUAGA NOTARIO QUINCE EDICTO EL NOTARIO QUINCE DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de la Liquidación de la Herencia y sociedad conyugal del causante LAZARO RINCON GONZALEZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 143.894 expedida en Bogotá, quien falleció sin haber otorgado testamento, el dia 18 de Abril de 2010 en la ciudad de Bogotá, y cuyo asiento princi- pal de sus negocios y ultimo domicilio fue la ciudad de Bogotá D.C., para que lo hagan dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, según Acta número cero cero treinta y tres (033) de fecha veintiocho (28) Julio del año dos mil veintiuno (2021), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988) y el decreto mil setecientos veintinueve (1.729) de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintinueve (29) de Julio del año dos mil veintiuno (2.021), siendo las 8:00 a. m. El Notario Quince (15) de Bogotá D.C. ALEXANDER PAEZ CORTES NOTARIO QUINCE (15) ENCARGADO DE BOGOTÁ HAY UN SELLO *J2-6-30 NOTARIA 70 NATALIA PERRY T. NOTARIA EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SETENTA (70) DEL CÍR- CULO DE BOGOTÁ De conformidad con el numeral 2 del Artículo 3o del Decreto Ley 902 de 1988. EMPLAZA A todas las personas que crean y prueben tener de- recho a intervenir en la LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL Y DE HERENCIA (SUCE INTESTADA) del señor JOSE ANTONIO CRUZ FRAILE, quien en vida se identifico con la cedula de ciudadanía número 98.043 expedida en Bogotá D.C., fallecido en esta ciudad, el día veintiuno (21) de agosto de dos mil veinte (2020), siendo la ciudad de Bogotá, el último domicilio del causante: cuvo trámite su mediante el Acta número cuarenta y cuatro (44) de fecha vein- tiséis (26) de julio del año dos mil veintiuno (2021), para que lo hagan valer ante este Despacho, situado en la Calle 72B No. 71D-30, dentro de los diez (1) días hábiles siguientes al de la última publicación en los distintos medios. Se fija este EDICTO en lugar visible en la Notaria, a los veintisiete (27) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021), a las 8:0 A.M. NATALIA PERRY T. NOTARIA 70 DE BOGOTÁ D.C. Constancia de desfijación: Hoy seis (06) de agosto de dos mil veintiuno (2021), a las 5:00 p.m. HAY UN SELLO *J2-7-30 Notaría 01 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE YOPAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir y oponerse a la constitución del patrimonio de familia, que pretende constituir CARLOS GOMEZ MONTEALEGRE identificado con cedula de ciudadanía número 4.913.234 de Hobo, y su cónyuge DOROTY CACERES MALDONADO, a favor de su hijo SANTIAGO ANDRES GOMEZ CA- CERES sobre el inmueble ubicado en la dirección: Ubicado en la Carrera 23 No. 18A- 14, de la ciudad de Yopal, cedula catastral No. 010104990007000, con una Extensión superficiaria de CIEN PUNTO NO- VENTA METROS CUADRADOS (100.90M2) y folio de matrícula inmobiliaria 470 - 60704 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Yopal Las personas que así lo deseen, podrán oponerse a la constitución del patrimonio de familia, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente edicto, por ser lesivo a sus derechos como acreedores de los constituyentes. Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación en el lugar, en cumpli- miento del artículo 5o del decreto 2817 de 2006. Se fija el presente Edicto en lugar publico de la Notaría hoy Veintisiete (27) de Julio del año dos mil veintiuno (2.021) por el termino de quince (15) días hábiles, siendo las Siete y Treinta de la mañana (7:30 A.M.) EDILMA BARRERA BOHORQUEZ Notaria Primera del Círculo de Yopal HAY UN SELLO *P1-3-30Y Notaría 01 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE YOPAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) Días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de Sucesión Intestada del señor JOSE ROBERTO JIMENEZ URRUTIA (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 9.657.647, fallecido el día 23 de Enero de 2012. En la ciudad de Yopal, teniendo como su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Yopal (Casanare). mite fue admitido por este despacho mediante Acta N° 039 - 2021 de fecha Veintiocho (28) de Julio del año dos mil Veintiuno (2021). Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento del artículo 3o del Decreto 902 de 1988 modificado por los artículos 3° y 4o del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría hoy Veintinueve (29) de Julio del año dos mil Veintiuno (2.021) por el termino de diez (10) días hábiles, siendo las Siete y Treinta de la mañana (07:30 A.M). EDILMA BARRERA BOHORQUEZ Notaria Primera del Círculo de Yopal HAY UN SELLO *P1-4-30Y Notaría 01 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE YOPAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) Días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de Sucesión Intestada del señor ANIBAL GRANADOS OROS, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 4.284.044, fallecido el día 10 de Octubre de 2020. En la ciudad de Yopal, teniendo como su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Yopal (Casanare). El trámite fue admitido por este despacho mediante Acta No 036 - 2021 de fecha Veinticuatro (24) de Julio del año dos mil Veintiuno (2021). Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento del artículo 3o del Decreto 902 de 1988 modificado por los artículos 3o y 4o del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría hoy Veintiséis (26) de Julio del año dos mil Veintiuno (2.021) por el termino de diez (10) días hábiles, siendo las Siete y Treinta de la mañana (07:30 A.M). EDILMA BARRERA BOHORQUEZ Notaria Primera del Círculo de Yopal HAY UN SELLO *P1-5-30Y Notaría 01 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE YOPAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) Días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de Sucesión Intestada del señor NELSON GOMEZ ESTUPINAN, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 4.136.638, fallecido el día 21 de Diciembre de 2020. En la ciudad de Yopal, teniendo como su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Yopal (Casanare). El trámite fue admitido por este despacho mediante Acta No 038 - 2021 de fecha Julio del año dos mil Veintiuno (2021). Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento del artículo 3o del Decreto 902 de 1988 modificado por los artículos 3o y 4o del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría hoy Veintisiete (27) de Julio del año dos mil Veintiuno (2.021) por el termino de diez (10) días hábiles, siendo las Siete y Treinta de la mañana (07:30 A.M). EDILMA BARRERA BOHORQUEZ Notaria Primera del Círculo de Yopal HAY UN SELLO *P1-6-30Y NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE TABIO EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO - DE TABIO, CUNDINAMARCA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de liquidación de sucesión INTESTADA del causante ASCANIO GODOY AGUILAR (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 5.800.230 expedida en Ibagué, siendo el veintiséis (26) de mayo del año dos mil diecinueve (2019) en la ciudad de Bogotá D.C. el día de su fallecimiento y teniendo como ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Tabio, Cundina- marca, para que se presenten a hacer valer sus derechos, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del EDICTO en un periódi circulación, y en la radiodifusora local. Aceptado el trámite respectivo en esta notaria, mediante acta número ciento treinta y cuatro (134) del veintiséis (26) de julio del dos mil veintiuno (2021) y para efectos del numeral 2o del artículo 30 del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989, se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la secretaria de la Notaria, por el termino de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintisiete (27) de julio del dos mil veintiuno (2021) a las siete y treinta de la mañana. NÉSTOR OMAR MARTÍNEZ MELO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE TABIO HAY UN SELLO *H1-1-30 NOTARIA 40 DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. VICTORIA C. SAAVEDRA S. NOTARIA EDICTO EL NOTARIO CUARENTA (40) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de circulación nacional, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada del cau- sante ANA ATILIA BARBOSA PENA, identificada en vida con la cédula de ciudadanía 20.330.837 expedida en Bogotá D.C., quien falleció en Tunja, Boyacá, el día veinticinco (25) de octubre de dos mil veinte (2020), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., ADMITIDO el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número CERO SETENTA Y CUATRO (074) del catorce (14) de julio de dos mil veintiuno (2021). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Tercero (3ro.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) dias. El presente EDICTO se fija hoy quince (15) de julio de dos mil veintiuno (2021), a las ocho (08:00) de la mañana. GABRIEL ACERO BENAVIDES NOTARIO CUARENTA (40) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. 074/2021 YMU HAY UN SELLO *H1-2-30 LICENCIAS CHÍA ALCALDÍA MUNICIPAL DE CHIA Secretaría de Planeación Publicación Citación a Vecinos ALCALDIA MUNICIPAL DE CHIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLA- NEACION Dirección de Urbanismo HACE SABER A: ZABALA LARA JESUS, propietario del predio ubi- cado en LOTE 4, C.C. 00-00-0004-2901-000 (vecino norte); LOPEZ REYES JULIO CESAR, propietario del predio ubicado en LOTE 3, C.C. 00-00-0004-2900- 000 (vecino norte): VEGA RAFAEL GUILLERMO, propietario del predio ubicado en LOTE 2, C.C. 00- 00-0004-2899-000 (vecino norte): TRIANA PINEDA INES, propietaria del predio ubicado en LOTE 1, C.C. 00-00-0004-2902-000 (vecino norte): CABRA NAVARRO ELENA, propietaria del predio ubicado en EL RECUERDO, C.C. 00-00-0004-0726-000 (vecino oriente); HERMANN TORRES JAIME, propietaria del predio ubicado en UNIDAD 3, C.C. 00-00- 0004-6492-000 (vecino sur); RAMOS GONZALEZ MYRIAM, SERVIDUMBRE Y AREAS COMUNES, C.C. 00-00-0004-3827-000 (vecino sur-occidente): RAMOS GONZALEZ MYRIAM, SERVIDUMBRE Y AREAS COMUNES, C.C. 00-00-0004-3827-000 (vecino sur occidente); RAMOS GONZALEZ MA- RIA DEL CARMEN, propietaria del predio ubicado en LOTE 1, C.C. 00-00-0004 3826-000 (vecino occidente); RAMOS GONZALEZ MARTHA LUCIA, propietaria del predio ubicado en LOTE 4, C.C. 00- 00-0004-3283-000 (vecino occidente). Que ALVARO RAMOS GONZALEZ, presentó solici- tud para la obtención de Licencia de Construcción en la Modalidad de Ampliación, en el predio identifi- cado con la cédula catastral 00-00-0004-3825-000, ubicado en CARRERA 9 No 23-78 LOTE 2, bajo la radicación número No 20209999918339. La anterior citación dando cumplimiento a lo pre- ceptuado en el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del decreto 1077 de 2015, por cuanto no fue posible notificar a propietario, arrendatario, poseedor o persona algu- na que tenga relación con los inmuebles objeto de la comunicación, y se desconoce otra dirección de correspondencia, con el fin que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos. Cordialmente, Arq. JOHN COLORADO G. Profesional Universitario Dirección Urbanismo *P1-1-30MS AVISO Bogotá, D.C., 28 JULIO de 2021 La señora CECILIA ACERO DE RÍOS, quien en vida se identifico con cedula de ciudadanía No. 41634187. Falleció en la ciudad de Bogotá, el día 10 del mes de julio del 2021. Quienes crean tener derecho a solicitar el reintegro de los ahorros, aportes, y demás derechos que el asociado tenía en CODEMA pueden acercarse a sus oficinas en la calle 39 B No. 19-15 en Bogotá D.C. Se establece un plazo máximo de dos (2) meses para la presentación de la solicitud del auxilio a partir de la fecha del deceso, según Articulo 15 parágrafos 1 del reglamento del Fondo de Solidaridad de la Cooperativa del Magisterio. AVISO La Cámara de Representantes con domicilio en la ciudad de Bogotá, se permite avisar a los herederos determinados e indeterminados que el señor CARLOS MARIO DIAZ ARBOLEDA, identificado con cedula No. 71605516, quien falleció mayo 15 de 2021, según registro de defunción No. 09791914 que la señora Yenifer Gómez Galeano identificada con cedula de ciudadanía No 1128423314 en calidad de esposa y Luna Delmar Díaz Gómez con Registro Civil NUIP 1020127059 en calidad de hija del funcionario fallecido para el pago de acreencias salariales y prestacionales. Las demás personas que se consideren tener igual o mayor derecho deben presentarse ante la División de Personal de la Cámara de Representantes, ubicada en la carrera 8 No. 12b-42 piso 3 para hacer valer sus derechos dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación del presente aviso de conformidad a lo establecido el artículo 212 del Código Sustantivo del Trabajo. PRIMER AVISO LA ALCALDIA DE FUNZA Se permite informar que el día 09 de julio de 2021 falleció el señor UBALDO CAICEDO quién fue funcionario y pensionado del Municipio de Funza, Cundinamarca. Que a reclamar la pensión sustitutiva se presentó la Señora Olga Fabiola guerrero de Caicedo identi- ficada con el documento No. 20.549.889, quien dice obrar en su condición de cónyuge sobreviviente del causante fallecido. Se da el presente aviso con el fin de que todo aquel que se considere con igual o mejor derecho se presente a hacerlo valer dentro de los Treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación de este aviso, en la siguiente dirección Carrera 14 No. 13-05 Municipio de Funza (Cundinamarca). MEGASEGURIDAD LA PROVEEDORA LTDA. INFORMA Que el señor JAVIER ORLANDO RINCÓN CÁRDENAS, identificado con C.C. No. 79.667.515 de Bogotá, falleció el pasado 09 de julio de 2021 en la ciudad de Bogotá. Quienes crean tener derecho a reclamar las prestaciones laborales del trabajador deben presentarse y/o enviar la documentación a la Calle 58 No. 20-45 en la ciudad de Bogotá antes del 10 de Agosto de 2021. Primer Aviso EL GERENTE DE COLOMBIAN COAL S.A. E.A.R. NIT. 830.514.620 En cumplimiento a las obligaciones adquiridas dentro del proceso de Reorganización Empresarial de la Ley 1116 de 2006. SE CONVOCA: A todos los acreedores del acuerdo de reorganización a la reunión de Asamblea General de Acreedores que se realizará de manera virtual el día 6 de agosto de 2021 a las 10:00 a.m. Los interesados deberán enviar un correo a [email protected] confirmando su asistencia, de manera que, un día antes de la reunión reciban el link de acceso a la misma. Cordialmente LUIS ARIEL ALBARRACIN ESTUPIÑAN Representante Legal CONSORCIO AMAUTA PYD01 Hace saber: Que el pasado 13 de Junio de 2021 falleció la señora MARÍA PATRICIA EGAS VILLOTA quien hizo parte de la misma. Que para reclamar el monto de sus salarios y prestaciones sociales, a la fecha no se ha comunicado ninguna persona en calidad de conocido o familiar. El presente aviso tiene como propósito comunicar a todo aquel que considere que tiene igual o mejor derecho, para que en un plazo de 30 días siguientes a la fecha de publicación de este aviso, informe su calidad de beneficiario de la señora María Patricia Egas Villota, situación que podrá informar por escrito con pruebas sumarias en la Carrera 13 A No. 98 – 21 OF. 402.) Segundo Aviso SEGURIDAD FENIX DE COLOMBIA LTDA. INFORMA Que el señor EDGAR ANTONIO MONTERO QUINTERO c.c. 12109723. Falleció el 05 de julio del 2021. Quienes consideren tener derecho a reclamar sobre su liquidación y prestaciones sociales, presentarse en la Cr 27C # 72 58, o comunicarse al Cel. 350212 1738 en Bogotá. PRIMER AVISO SEGURIDAD FENIX DE COLOMBIA LTDA. INFORMA Que el señor LEONARDO DE JESUS ROMERO SIERRA c.c. 72202851. Falleció el 24 de junio del 2021. Quienes consideren tener derecho a reclamar sobre su liquidación y prestaciones sociales, presentarse en la Cr 27C # 72 58, o comunicarse al Cel. 350212 1738 en Bogotá. PRIMER AVISO SEGURIDAD FENIX DE COLOMBIA LTDA. INFORMA Que el señor JOSE MAURICIO SABA BEJARANO c.c. 79460127. Falleció el 20 de junio del 2021. Quienes consideren tener derecho a reclamar sobre su liquidación y prestaciones sociales, presentarse en la Cr 27C # 72 58, o comunicarse al Cel. 350212 1738 en Bogotá. PRIMER AVISO

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clasificados JUdicialEsVIERNES 30 dE juLIo dE 2021 EL NUEVO SIGLO 9B

NOTARIASNotaría Única del Círculo Villapinzón - Cundi-namarca NIT 63.524.038-8 EDICTO EMPLAZATORIO La Notaria Única del Círculo de Villapinzón en propiedad por el presente edicto CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite de liquidación de herencia de la causante LILIA MARIA MORENO DE JIMENEZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 20.658.872, fallecida en la ciudad de Bogotá, el día 20 de junio de 2015, quien tuvo como lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios el Municipio de Villapinzón. Aceptado el trámite en esta Notaria mediante acta número 005 de fecha veintiocho (28) de Julio del año dos mil veintiuno (2021) y reconociendo al señor DIDASIO JIMENEZ MORENO, identificado con la cédula de ciudadanía número 3.002.866 expedida en Choconta, en calidad de heredero y cesionario; se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora de cobertura en el Municipio de Villapinzón Cundinamarca y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo por el término de diez (10) días. - Hoy veintinueve (29) de Julio del año dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). La Notaria, EDDY JAZMIN CASTELLANOS BONILLA Notaria Única del Círculo de Villapinzón - En propiedad

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NOTARIA TERCERAEDICTO EMPLAZATORIO No. 2021-090 LA NOTARÍA 3 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite NOTARIAL DE LA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y DE HERENCIA DEL CAUSANTE: EFRAIN ABRIL BENAVIDES, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 17.052,525 de Bogotá., quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C... el día ocho (08) de febrero de dos mil veintiuno (2021), y siendo la ciudad de Bogotá D.C. lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios; que pueden hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación en radio y prensa de éste Edicto. El trámite notarial de liquidación de sucesión en esta Notaría, fue aceptado mediante Acta número DOS MIL VEINTIUNO - CERO NOVENTA (2021-090) de fecha veintisiete (27) de Julio de dos mil veintiuno (2021) y en desarrollo de dicha acta se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radio difusora de esta localidad, en cumplimento de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 902 de 1988. Igualmente se ordenó la fijación del presente Edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Para constancia se fija el presente Edicto hoy, veintiocho (28) de Julio de dos mil veintiuno (2021) a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). HECTOR ADOLFO SINTURA VARELA NOTARIO TERCERO (3) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. RAD 2021-1930

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EDICTO El suscrito Notario Cuarenta y Uno (41) Encargado del Círculo de Bogotá D.C., EMPLAZA a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el trámite notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA POR CAUSA DE MUERTE del causante JOSE RAUL

ORTEGA PIRAQUIVE, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 80.384.631 de El Colegio., quien falleció el doce (12) de diciembre del año dos mil diecinueve (2019), teniendo su último domicilio y asiento principal de negocios en la ciu-dad de Bogotá, Distrito Capital, (Departamento de Cundinamarca). Mediante Acta Inicial cero cuatro ocho I /dos mil veintiuno (048 I/2021) del veintitrés (23) de julio de dos mil veintiuno (2021), donde se aprobó el trámite, se ordenó publicar este EDICTO por una vez en un periódico de circulación Nacional; difundirlo igualmente a través de una emisora Local y, fijarlo por el término de DIEZ (10) DÍAS en sitio visible de la Notaría. El presente EDICTO se fija a las ocho de la mañana (8:00 a.m.) del día veintiséis (26) de julio de dos mil veintiuno (2021) EL NOTARIO (E) MARIO ALBEIRO MOLINA DÍAZ Notario 41 encargado Resolución 05171 del 9 de junio 2021de la Supernotariado Acta de Posesión 681/2021

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NOTARIA 32 ABELARDO DE LA ESPRIELLA JURIS EDICTO NUMERO 046 LA NOTARIA TREINTA Y DOS (32) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y en este despacho, en el trámite notarial de liquidación de herencia de los causantes LUIS RAFAEL ORJUELA ROSAS Y SOFIA CASTILLO DE ORJUELA, quienes en vida se identificaron con las cédulas de ciudadanía números 132.136 y 28.419.525, cuyo último domicilio y asiento prin-cipal de sus negocios fue en Bogotá D.C., quienes fallecieron el día dos (02) de marzo de dos mil dieciocho (2018) y el día siete (07) de octubre de dos mil veinte (2020), respectivamente. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número cuarenta y siete (47) de fecha veintiocho (28) de julio de dos mil veintiuno (2021), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1988 y 3o del Decreto 1.729 de 1989, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy veintiocho (28) de julio de dos mil veintiuno (2021) a las 8:30 a.m. LUZ MARINA CARDENAS PINZON NOTARIA TREINTA Y DOS (32 DE BOGOTÁ D.C. ENCARGADA Resolución No. 04926 de fecha 01 de junio de 2021 de la SNR

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NOTARIA TERCERAEDICTO EMPLAZATORIO No. 2021-089 LA NOTARÍA 3 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite NOTARIAL DE LA LIQUIDACION DE HERENCIA DEL CAUSANTE: CARLOS HUMBERTO NIETO GONZALEZ, identifi-cado en vida con la cédula de ciudadanía número 19.417.489 de Bogotá., quien falleció en la ciudad de Bogotá D.C... el día seis (06) de diciembre de dos mil veinte (2020), y siendo la ciudad de Bogotá D.C. lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, que pueden hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación en radio y prensa de éste Edicto. El trámite notarial de liquidación de sucesión en esta Notaría, fue aceptado mediante Acta número DOS MIL VEINTIUNO - CERO OCHENTA Y NUEVE (2021-089) de fecha veintisiete (27) de Julio de dos mil veintiuno (2021) y en desarrollo de dicha acta se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radio difusora de esta localidad, en cumplimento de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 902 de 1988. Igualmente se ordenó la fijación del presente Edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Para constancia se fija el presente Edicto hoy, veintiocho (28) de Julio de dos mil veintiuno (2021)

a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). HÉCTOR ADOLFO SINTURA VARELA NOTARIO TERCERO (3) DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ D.C. RAD 2021-2013

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NOTARIA 70NATALIA PERRY T. NOTARIA EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SETENTA (70) DEL CÍR-CULO DE BOGOTÁ De conformidad con el numeral 2 del Artículo 3o del Decreto Ley 902 de 1988. EMPLAZA A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la LIQUIDACIÓN DE HEREN-CIA (SUCESIÓN INTESTADA) del señor BENJAMIN CARDENAS VARGAS, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 19.198.296, fallecido en Bogotá D.C., el día primero (1°) de febrero de dos mil veintiuno (2021), siendo la ciudad de Bogotá, el último domicilio del causante cuyo trámite sucesoral se inició mediante el Acta número cuarenta y tres (43) de fecha veinticuatro (24) de julio de dos mil veintiuno (2021), para que lo hagan valer ante este Despacho, situado en la Calle 72A No. 71D-36, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al de la última publicación en los distintos medios. Se fija este EDICTO en lugar visible en la Notaría, los veintiséis (28) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021), a las 8:00 AM, NATALIA PERRY T. NOTARIA SETENTA (70) DE BOGOTÁ D.C. Constancia de desfijación hoy 5 de agosto del 2021 a las 5:00 pm

HAY UN SELLO *J2-5-30

NOTARIA 15DANIEL BAUTISTA ZULUAGA NOTARIO QUINCE EDICTO EL NOTARIO QUINCE DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite Notarial de la Liquidación de la Herencia y sociedad conyugal del causante LAZARO RINCON GONZALEZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 143.894 expedida en Bogotá, quien falleció sin haber otorgado testamento, el dia 18 de Abril de 2010 en la ciudad de Bogotá, y cuyo asiento princi-pal de sus negocios y ultimo domicilio fue la ciudad de Bogotá D.C., para que lo hagan dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de circulación nacional. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, según Acta número cero cero treinta y tres (033) de fecha veintiocho (28) Julio del año dos mil veintiuno (2021), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y su difusión en una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo tercero (3o.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1.988) y el decreto mil setecientos veintinueve (1.729) de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintinueve (29) de Julio del año dos mil veintiuno (2.021), siendo las 8:00 a. m. El Notario Quince (15) de Bogotá D.C. ALEXANDER PAEZ CORTES NOTARIO QUINCE (15) ENCARGADO DE BOGOTÁ

HAY UN SELLO *J2-6-30

NOTARIA 70NATALIA PERRY T. NOTARIA EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SETENTA (70) DEL CÍR-CULO DE BOGOTÁ De conformidad con el numeral 2 del Artículo 3o del Decreto Ley 902 de 1988. EMPLAZA A todas las personas que crean y prueben tener de-recho a intervenir en la LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL Y DE HERENCIA (SUCE INTESTADA) del señor JOSE ANTONIO CRUZ FRAILE, quien en vida se identifico con la cedula de ciudadanía número

98.043 expedida en Bogotá D.C., fallecido en esta ciudad, el día veintiuno (21) de agosto de dos mil veinte (2020), siendo la ciudad de Bogotá, el último domicilio del causante: cuvo trámite su mediante el Acta número cuarenta y cuatro (44) de fecha vein-tiséis (26) de julio del año dos mil veintiuno (2021), para que lo hagan valer ante este Despacho, situado en la Calle 72B No. 71D-30, dentro de los diez (1) días hábiles siguientes al de la última publicación en los distintos medios. Se fija este EDICTO en lugar visible en la Notaria, a los veintisiete (27) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021), a las 8:0 A.M. NATALIA PERRY T. NOTARIA 70 DE BOGOTÁ D.C. Constancia de desfijación: Hoy seis (06) de agosto de dos mil veintiuno (2021), a las 5:00 p.m.

HAY UN SELLO *J2-7-30

Notaría 01 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE YOPAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir y oponerse a la constitución del patrimonio de familia, que pretende constituir CARLOS GOMEZ MONTEALEGRE identificado con cedula de ciudadanía número 4.913.234 de Hobo, y su cónyuge DOROTY CACERES MALDONADO, a favor de su hijo SANTIAGO ANDRES GOMEZ CA-CERES sobre el inmueble ubicado en la dirección: Ubicado en la Carrera 23 No. 18A- 14, de la ciudad de Yopal, cedula catastral No. 010104990007000, con una Extensión superficiaria de CIEN PUNTO NO-VENTA METROS CUADRADOS (100.90M2) y folio de matrícula inmobiliaria 470 - 60704 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Yopal Las personas que así lo deseen, podrán oponerse a la constitución del patrimonio de familia, dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación del presente edicto, por ser lesivo a sus derechos como acreedores de los constituyentes. Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación en el lugar, en cumpli-miento del artículo 5o del decreto 2817 de 2006. Se fija el presente Edicto en lugar publico de la Notaría hoy Veintisiete (27) de Julio del año dos mil veintiuno (2.021) por el termino de quince (15) días hábiles, siendo las Siete y Treinta de la mañana (7:30 A.M.)EDILMA BARRERA BOHORQUEZ Notaria Primera del Círculo de Yopal

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Notaría 01 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE YOPAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) Días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de Sucesión Intestada del señor JOSE ROBERTO JIMENEZ URRUTIA (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 9.657.647, fallecido el día 23 de Enero de 2012. En la ciudad de Yopal, teniendo como su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Yopal (Casanare). mite fue admitido por este despacho mediante Acta N° 039 - 2021 de fecha Veintiocho (28) de Julio del año dos mil Veintiuno (2021). Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento del artículo 3o del Decreto 902 de 1988 modificado por los artículos 3° y 4o del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría hoy Veintinueve (29) de Julio del año dos mil Veintiuno (2.021) por el termino de diez (10) días hábiles, siendo las Siete y Treinta de la mañana (07:30 A.M). EDILMA BARRERA BOHORQUEZ Notaria Primera del Círculo de Yopal

HAY UN SELLO *P1-4-30Y

Notaría 01 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE YOPAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con

derecho a intervenir dentro de los Diez (10) Días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de Sucesión Intestada del señor ANIBAL GRANADOS OROS, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 4.284.044, fallecido el día 10 de Octubre de 2020. En la ciudad de Yopal, teniendo como su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Yopal (Casanare). El trámite fue admitido por este despacho mediante Acta No 036 - 2021 de fecha Veinticuatro (24) de Julio del año dos mil Veintiuno (2021). Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento del artículo 3o del Decreto 902 de 1988 modificado por los artículos 3o y 4o del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría hoy Veintiséis (26) de Julio del año dos mil Veintiuno (2.021) por el termino de diez (10) días hábiles, siendo las Siete y Treinta de la mañana (07:30 A.M). EDILMA BARRERA BOHORQUEZ Notaria Primera del Círculo de Yopal

HAY UN SELLO *P1-5-30Y

Notaría 01 EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE YOPAL EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Diez (10) Días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de Sucesión Intestada del señor NELSON GOMEZ ESTUPINAN, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 4.136.638, fallecido el día 21 de Diciembre de 2020. En la ciudad de Yopal, teniendo como su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Yopal (Casanare). El trámite fue admitido por este despacho mediante Acta No 038 - 2021 de fecha Julio del año dos mil Veintiuno (2021). Se ordena la publicación del presente Edicto en un diario de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento del artículo 3o del Decreto 902 de 1988 modificado por los artículos 3o y 4o del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaría hoy Veintisiete (27) de Julio del año dos mil Veintiuno (2.021) por el termino de diez (10) días hábiles, siendo las Siete y Treinta de la mañana (07:30 A.M). EDILMA BARRERA BOHORQUEZ Notaria Primera del Círculo de Yopal

HAY UN SELLO *P1-6-30Y

NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE TABIO EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO - DE TABIO, CUNDINAMARCA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de liquidación de sucesión INTESTADA del causante ASCANIO GODOY AGUILAR (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 5.800.230 expedida en Ibagué, siendo el veintiséis (26) de mayo del año dos mil diecinueve (2019) en la ciudad de Bogotá D.C. el día de su fallecimiento y teniendo como ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Tabio, Cundina-marca, para que se presenten a hacer valer sus derechos, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del EDICTO en un periódi circulación, y en la radiodifusora local. Aceptado el trámite respectivo en esta notaria, mediante acta número ciento treinta y cuatro (134) del veintiséis (26) de julio del dos mil veintiuno (2021) y para efectos del numeral 2o del artículo 30 del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989, se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la secretaria de la Notaria, por el termino de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintisiete (27) de julio del dos mil veintiuno (2021) a las siete y treinta de la mañana. NÉSTOR OMAR MARTÍNEZ MELO NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE TABIO

HAY UN SELLO *H1-1-30

NOTARIA 40 DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. VICTORIA C. SAAVEDRA S. NOTARIA EDICTO EL NOTARIO CUARENTA (40) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C.HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de circulación nacional, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada del cau-sante ANA ATILIA BARBOSA PENA, identificada en vida con la cédula de ciudadanía 20.330.837 expedida en Bogotá D.C., quien falleció en Tunja, Boyacá, el día veinticinco (25) de octubre de dos mil veinte (2020), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., ADMITIDO el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número CERO SETENTA Y CUATRO (074) del catorce (14) de julio de dos mil veintiuno (2021). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Tercero (3ro.) del decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) dias. El presente EDICTO se fija hoy quince (15) de julio de dos mil veintiuno (2021), a las ocho (08:00) de la mañana. GABRIEL ACERO BENAVIDES NOTARIO CUARENTA (40) ENCARGADO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. 074/2021 YMU

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LICENCIAS CHÍAALCALDÍA MUNICIPAL DE CHIA Secretaría de Planeación Publicación Citación a Vecinos ALCALDIA MUNICIPAL DE CHIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLA-NEACION Dirección de Urbanismo HACE SABER A: ZABALA LARA JESUS, propietario del predio ubi-cado en LOTE 4, C.C. 00-00-0004-2901-000 (vecino norte); LOPEZ REYES JULIO CESAR, propietario del predio ubicado en LOTE 3, C.C. 00-00-0004-2900-000 (vecino norte): VEGA RAFAEL GUILLERMO, propietario del predio ubicado en LOTE 2, C.C. 00-00-0004-2899-000 (vecino norte): TRIANA PINEDA INES, propietaria del predio ubicado en LOTE 1, C.C. 00-00-0004-2902-000 (vecino norte): CABRA NAVARRO ELENA, propietaria del predio ubicado en EL RECUERDO, C.C. 00-00-0004-0726-000 (vecino oriente); HERMANN TORRES JAIME, propietaria del predio ubicado en UNIDAD 3, C.C. 00-00-0004-6492-000 (vecino sur); RAMOS GONZALEZ MYRIAM, SERVIDUMBRE Y AREAS COMUNES, C.C. 00-00-0004-3827-000 (vecino sur-occidente): RAMOS GONZALEZ MYRIAM, SERVIDUMBRE Y AREAS COMUNES, C.C. 00-00-0004-3827-000 (vecino sur occidente); RAMOS GONZALEZ MA-RIA DEL CARMEN, propietaria del predio ubicado en LOTE 1, C.C. 00-00-0004 3826-000 (vecino occidente); RAMOS GONZALEZ MARTHA LUCIA, propietaria del predio ubicado en LOTE 4, C.C. 00-00-0004-3283-000 (vecino occidente). Que ALVARO RAMOS GONZALEZ, presentó solici-tud para la obtención de Licencia de Construcción en la Modalidad de Ampliación, en el predio identifi-cado con la cédula catastral 00-00-0004-3825-000, ubicado en CARRERA 9 No 23-78 LOTE 2, bajo la radicación número No 20209999918339. La anterior citación dando cumplimiento a lo pre-ceptuado en el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del decreto 1077 de 2015, por cuanto no fue posible notificar a propietario, arrendatario, poseedor o persona algu-na que tenga relación con los inmuebles objeto de la comunicación, y se desconoce otra dirección de correspondencia, con el fin que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos. Cordialmente, Arq. JOHN COLORADO G. Profesional Universitario Dirección Urbanismo

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AVISO

Bogotá, D.C., 28 JULIO de 2021

La señora CECILIA ACERO DE RÍOS, quien en vida se identifico con cedula de ciudadanía No. 41634187. Falleció en la ciudad de Bogotá, el día 10 del mes de julio del 2021. Quienes crean tener derecho a solicitar el reintegro de los ahorros, aportes, y demás derechos que el asociado tenía en CODEMA pueden acercarse a sus oficinas en la calle 39 B No. 19-15 en Bogotá D.C. Se establece un plazo máximo de dos (2) meses para la presentación de la solicitud del auxilio a partir de la fecha del deceso, según Articulo 15 parágrafos 1 del reglamento del Fondo de Solidaridad de la Cooperativa del Magisterio.

AVISO

La Cámara de Representantes con domicilio en la ciudad de Bogotá, se permite avisar a los herederos determinados e indeterminados que el señor CARLOS MARIO DIAZ ARBOLEDA, identificado con cedula No. 71605516, quien falleció mayo 15 de 2021, según registro de defunción No. 09791914 que la señora Yenifer Gómez Galeano identificada con cedula de ciudadanía No 1128423314 en calidad de esposa y Luna Delmar Díaz Gómez con Registro Civil NUIP 1020127059 en calidad de hija del funcionario fallecido para el pago de acreencias salariales y prestacionales. Las demás personas que se consideren tener igual o mayor derecho deben presentarse ante la División de Personal de la Cámara de Representantes, ubicada en la carrera 8 No. 12b-42 piso 3 para hacer valer sus derechos dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación del presente aviso de conformidad a lo establecido el artículo 212 del Código Sustantivo del Trabajo.

PRIMER AVISO

LA ALCALDIA DE FUNZA

Se permite informar que el día 09 de julio de 2021 falleció el señor UBALDO CAICEDO quién fue funcionario y pensionado del Municipio de Funza, Cundinamarca.

Que a reclamar la pensión sustitutiva se presentó la Señora Olga Fabiola guerrero de Caicedo identi-ficada con el documento No. 20.549.889, quien dice obrar en su condición de cónyuge sobreviviente del causante fallecido.

Se da el presente aviso con el fin de que todo aquel que se considere con igual o mejor derecho se presente a hacerlo valer dentro de los Treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación de este aviso, en la siguiente dirección Carrera 14 No. 13-05 Municipio de Funza (Cundinamarca).

MEGASEGURIDAD LA PROVEEDORA LTDA.

INFORMA

Que el señor JAVIER ORLANDO RINCÓN CÁRDENAS, identificado con C.C. No. 79.667.515 de Bogotá, falleció el pasado 09 de julio de 2021 en la ciudad de Bogotá.

Quienes crean tener derecho a reclamar las prestaciones laborales del trabajador deben presentarse y/o enviar la documentación a la Calle 58 No. 20-45 en la ciudad de Bogotá antes del 10 de Agosto de 2021.

Primer Aviso

EL GERENTE DE COLOMBIAN COAL S.A. E.A.R.

NIT. 830.514.620

En cumplimiento a las obligaciones adquiridas dentro del proceso de Reorganización Empresarial de la Ley 1116 de 2006. SE CONVOCA: A todos los acreedores del acuerdo de reorganización a la reunión de Asamblea General de Acreedores que se realizará de manera virtual el día 6 de agosto de 2021 a las 10:00 a.m. Los interesados deberán enviar un correo a [email protected] confirmando su asistencia, de manera que, un día antes de la reunión reciban el link de acceso a la misma.

Cordialmente

LUIS ARIEL ALBARRACIN ESTUPIÑAN Representante Legal

CONSORCIO AMAUTA PYD01

Hace saber:

Que el pasado 13 de Junio de 2021 falleció la señora MARÍA PATRICIA EGAS VILLOTA quien hizo parte de la misma. Que para reclamar el monto de sus salarios y prestaciones sociales, a la fecha no se ha comunicado ninguna persona en calidad de conocido o familiar. El presente aviso tiene como propósito comunicar a todo aquel que considere que tiene igual o mejor derecho, para que en un plazo de 30 días siguientes a la fecha de publicación de este aviso, informe su calidad de beneficiario de la señora María Patricia Egas Villota, situación que podrá informar por escrito con pruebas sumarias en la Carrera 13 A No. 98 – 21 OF. 402.)

Segundo Aviso

SEGURIDAD FENIX DE COLOMBIA LTDA.

INFORMA

Que el señor EDGAR ANTONIO MONTERO QUINTERO c.c. 12109723. Falleció el 05 de julio del 2021. Quienes consideren tener derecho a reclamar sobre su liquidación y prestaciones sociales, presentarse en la Cr 27C # 72 58, o comunicarse al Cel. 350212 1738 en Bogotá. PRIMER AVISO

SEGURIDAD FENIX DE COLOMBIA LTDA.

INFORMA

Que el señor LEONARDO DE JESUS ROMERO SIERRA c.c. 72202851. Falleció el 24 de junio del 2021. Quienes consideren tener derecho a reclamar sobre su liquidación y prestaciones sociales, presentarse en la Cr 27C # 72 58, o comunicarse al Cel. 350212 1738 en Bogotá. PRIMER AVISO

SEGURIDAD FENIX DE COLOMBIA LTDA.

INFORMA

Que el señor JOSE MAURICIO SABA BEJARANO c.c. 79460127. Falleció el 20 de junio del 2021. Quienes consideren tener derecho a reclamar sobre su liquidación y prestaciones sociales, presentarse en la Cr 27C # 72 58, o comunicarse al Cel. 350212 1738 en Bogotá. PRIMER AVISO

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clasificados JUdicialEs10B EL NUEVO SIGLO VIERNES 30 dE juLIo dE 2021

LICENCIAS

CURADURIA URBANA 1Arq. RUTH CUBILLOS SALAMANCA

CURADORAExpediente: 11001-1-21-0107

Expedición: 30/06/2021La Curadora Urbana 1 de Bogotá, Arquitecta ARQ. RUTH CUBILLOS SALAMANCA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, 65 de la Ley 9 de 1989 y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido: LICENCIA DE CONS-TRUCCIÓN en la(s) modalidad(es) de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio urbano localizado en la(s) dirección(es) KR 100 17 21 (ACTUAL) con chip(s) AAA0079UMDM y matrícula(s) inmobiliaria(s) 50C106152 en el lote N/A, manzana 006410, de la urbanización CENTRO DE FONTIBON (Localidad Fontibón).. PARA UNA EDIFICACIÓN EN DOS (2) PISOS DESTINADA A LOS USOS DE COMERCIO LOCAL I-A (UNA UNIDAD) Y OFICINAS (UNA UNIDAD) CON DOS (2) CUPOS PRIVADOS DE ESTACIO-NAMIENTO ASIGNADOS AL USO DE OFICINAS Titular(es): PALACIO GAMEZ BLANCA ELVIRA con CC 39705431- / PALACIO GAMEZ JOSE DARIO con CC 79125026- / PALACIO GAMEZ MARTHA LUCIA con CC 39698312- / PALACIO GAMEZ SONIA con CC 39747449- / PALACIO QUICENO RUBEN DARIO con CC 1229565-. Constructor responsable: CIFUENTES ESPINOSA OMAR con CC 3019870 Mat: 25700-12174 CND Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recurso de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Literal K, articulo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Admi-nistrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los vecinos colindantes del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeter-minados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. *P1-1-30

CURADURIA URBANA 2Arq. MAURO BAQUERO CASTRO

CURADORReferencia: 11001-2-21-0098

Expedición: 26-jul-21El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAU-RO BAQUERO CASTRO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrati-vo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: CHIMBI OLARTE CARLOS JULIO - PROPIETARIO/POSEEDOR CC:79480801, RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE EDIFICACIONES Y LICENCIA DE CONSTRUC-CIÓN PARA AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL, REFORZAMIENTO DE ESTRUCTURAS, mediante acto administrativo 11001-2-21-1297 del 26-jul-21 para el predio

ubicado en la KR 5 A E 47 15 S (ACTUAL): Se reconoce la existencia de una edificación en dos (2) pisos de altura, destinada a una (1) unidad de vivienda, con reforzamiento estructural y demoli-ción parcial en el área construida del aislamiento posterior, que constituyen obras de adecuación normativa. Simultáneamente se otorga licencia de construcción para modificaciones internas del área reconocida y la ampliación del tercer piso, quedando con las siguientes características: una edificación en tres (3) pisos de altura destinada a una (1) unidad de vivienda (No V.I.S) y un (1) depósito.Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. *P1-2-30

CURADURIA URBANA 4Arq. CATHERINE CELY CORREDOR

CURADORALa Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Arquitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Con-tencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica a la señora INGRID ISABEL CONTRERAS JIMENEZ quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que la señora en calidad de Poseedora MARIA DEL CARMEN ZARATE GALINDO, ha radicado ante esta Curaduría Urbana solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA MODA-LIDAD DE OBRA NUEVA y DEMOLICIÓN TOTAL, para el predio localizado en la CL 32 S 51 G 92 (Actual) con las siguientes características bási-cas: Usos VIVIENDA MULTIFAMILIAR en CINCO (5) pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-21-0462 del 04/03/2021Esta publicación se hace para que pueda consti-tuirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la CL 93 B 18 84, PBX: 4414984. *P1-3-30

CURADURIA URBANA 5Ing. Mariano Pinilla Poveda

Bogotá d.C.

CURADURIA URBANA 5Ing. MARIANO PINILLA POVEDA

CURADORPUBLICACION

De conformidad con la previsto por el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del decreto 1077 de 2015, y el artículo 73 del Código de Procedimiento Admi-nistrativo y de lo Contencioso Administrativo, se procede a publicar un extracto de la parte resolutiva de la LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No. LC 11001-5-21-0772 expedida el 16 de Julio de 2021.El Curador Urbano de Bogotá ING. MARIANO PINILLA POVEDARESUELVEOTORGAR LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA(S) MODALIDAD(ES) DE AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN, REFORZAMIENTO ESTRUC-TURAL, DEMOLICIÓN PARCIAL PARA UNA (1) EDIFICACIÓN EN TRES (3) PISOS DESTINADA

A TRES (3) UNIDADES DE VIVIENDA MULTIFA-MILIAR (NO V.I.S.) CON UN ESTACIONAMIEN-TO PRIVADO EN EL PREDIO URBANO LOCALIZADO EN LA(S) DIRECCION(ES): KR 87 69 A 45 (ACTUAL) , CON MATRICULA(S) INMOBILIARIA(S) # 050C154264, CON CHIP(S) # AAA0065FZHK LOTE: 8 MANZA-NA: 48 URBANIZACIÓN: FLORIDA BLANCA, LOCALIDAD ENGATIVÁ, TITULAR(ES): VILLA-MIL VACA MARIA TRANSITO NIT / CC: 41344222- EN CALIDAD DE PROPIETARIO / POSEEDOR, CONSTRUCTOR RESPONSABLE: TOVAR VALLE MONICA CATHERINE (CÉDULA: 63365617 MATRÍCULA: 6870060588 DE STD). DESCRIPCIÓN USO ESCALA UN P. Res V- Pub. Bic.VIVIENDA MULTIFAMILIAR NO APLICA 3 1 0 0 OBLIGACIONES PROPIAS DEL PROYECTOObservaciones generales: son parte integral de este acto administrativo los planos aprobados, el formulario de solicitud y las observaciones.PRECISIONES:6. PRECISIONESEL AREA Y LINDEROS DEL PREDIO, DESARRO-LLADOS EN EL PROYECTO CORRESPONDEN CON LO SEÑALADO EN GESTIÓN ANTERIOR.SE DEBE DAR CUMPLIMIENTO A LAS ESPE-CIFICACIONES TECNICAS DE LAS ENTIDADES COMPETENTES SOBRE REDES AEREAS ELEC-TRICAS Y DE TELEFONOS (RETIE).EL TITULAR DE LA LICENCIA DEBERÁ CONS-TRUIR LOS ANDENES CORRESPONDIENTES AL PROYECTO EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 308 DE 2018 – CARTILLA DE ANDENES, SOLICITANDO PREVIAMENTE LICENCIA DE OCUPACIÓN E INTERVENCIÓN DEL ESPACIO PUBLICO.ESTE PROYECTO SE ESTUDIO BAJO LA VIGENCIA DE LAS NORMAS COLOMBIANAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN SISMO RESIS-TENTE NSR-10.EL CONSTRUCTOR QUIEN SUSCRIBE LA LICEN-CIA DE CONSTRUCCIÓN DEBE CUMPLIR LO INDICADO EN A.1.3.6.5 Y ES EL RESPONSABLE DE QUE SU CONSTRUCCIÓN SE REALICE APROPIADAMENTE.SEGÚN EL LITERAL A,1,3,6,5 DE NSR-10 EL URBANIZADOR O CONTRATISTA ES RESPON-SABLE DE “QUE LOS ELEMENTOS NO ESTRUC-TURALES SE CONSTRUYAN DE ACUERDO CON LO DISEÑADO, CUMPLIENDO CON EL GRADO DE DESEMPEÑO ESPECIFICADO”.REQUIERE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE ACUER-DO CON EL TITULO I DEL REGLAMENTO NSR-10 , DECRETO 1203 DE 2017, INDICADOS EN LA LEY 1796 DE 2016 ARTICULO 4°.EN APLICACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 181 DE DECRETO LEY 0019 DE 2012 Y COMO QUIERA A LA FECHA DEL PRESENTE ACTO ADMINISTRATIVO, NO APARECE INS-CRIPCION ALGUNA SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE PLUSVALIA PARA EL PREDIO EN EL FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA, NO ES EXIGI-BLE ESTE EFECTO PARA LA EXPEDICIÓN DE LA LICECIA SOLICITADA. VIGENCIA: ESTA LICENCIA TIENE UNA VI-GENCIA DE VEINTICUATRO (24) MESES PRORROGABLES POR UNA SOLA VEZ POR DOCE (12) MESES, CONTADOS A PARTIR DE SU EJECUTORIA.Contra el presente acto administrativo procede el Recurso de Reposición ante el Curador Urbano y el Recurso de Apelación ante el Sub-secretario Jurídico de la Secretaría Distrital de Planeación, los cuales deben interponerse por escrito en la diligencia de notificación o dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación.ING. MARIANO PINILLA POVEDACURADOR URBANO No 5 DE BOGOTÁ D.C.

CURADURIA URBANA 5Ing. MARIANO PINILLA POVEDA

CURADORPUBLICACION

De conformidad con la previsto por el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del decreto 1077 de 2015, y el artículo 73 del Código de Procedimiento Admi-nistrativo y de lo Contencioso Administrativo, se procede a publicar un extracto de la parte resolutiva de la LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No. LC 11001-5-21-0789 expedida el 26 de Julio de 2021.El Curador Urbano de Bogotá ING. MARIANO PINILLA POVEDARESUELVEOTORGAR LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA(S) MODALIDAD(ES) DE OBRA NUEVA,

DEMOLICIÓN TOTAL PARA VIVIENDA MUL-TIFAMILIAR VIS DE TRES (3) PISOS Y UNO (1) NO HABITABLE EN EL PREDIO URBANO LOCALIZADO EN LA(S) DIRECCION(ES): CL 44 B S 68 D 40 48 (ACTUAL) , TV 68 F 44 A 40 S (ACTUAL) , CON MATRICULA(S) INMOBILIARIA(S) # 050S37059, CON CHIP(S) # AAA0050ECCN LOTE: 1 MANZANA: 15 URBANIZACIÓN: LAS DELICIAS, LOCALIDAD KEN-NEDY, TITULAR(ES): INMOBILIARIA Y CONS-TRUCTORA MI KASA S.A.S. NIT / CC: 901350879-6 REP. LEGAL: FAVIAN HUMBERTO SUAREZ LOPEZ CC. 1032374144 EN CALIDAD DE POSEEDOR, CONSTRUCTOR RESPONSABLE: YIMY RICARDO MORENO PAEZ (CÉDULA: 1013616434 MATRÍCULA: A22202014-1013616434 DE CND). DESCRIPCIÓN USO ESCALA UN P. Res V- Pub. Bic.VIVIENDA MULTIFAMILIAR NO APLICA 4 0 0 0 OBLIGACIONES PROPIAS DEL PROYECTOObservaciones generales: son parte integral de este acto administrativo los planos aprobados, el formulario de solicitud y las observaciones.PRECISIONES:6. PRECISIONESÁREA Y LINDEROS SEGÚN TITULOS.EL TITULAR DE LA LICENCIA DEBERÁ CONS-TRUIR LOS ANDENES CORRESPONDIENTES AL PROYECTO EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 308 DE 2018 - CARTILLA DE ANDENESLA PRESENTE LICENCIA SE EXPIDE BAJO EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE LA BUENA FE, TENIENDO EN CUENTA QUE EL SOLICITANTE DECLARA QUE LA LICENCIA CORRESPONDE A UN PROYECTO DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL.SE APRUEBAN LOS PLANOS DE ALINDE-RAMIENTO Y CUADRO DE ÁREAS PARA SOMETIMIENTO AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE CONFORMIDAD CON LA LEY 675 DE 2001.ESTE PROYECTO SE ESTUDIO BAJO LA VIGENCIA DE LAS NORMAS COLOMBIANAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN SISMO RESIS-TENTE NSR-10EL CONSTRUCTOR QUIEN SUSCRIBE LA LICEN-CIA DE CONSTRUCCIÓN DEBE CUMPLIR LO INDICADO EN A.1.3.6.5 Y ES EL RESPONSABLE DE QUE SU CONSTRUCCIÓN SE REALICE APROPIADAMENTE.SEGÚN EL LITERAL A,1,3,6,5 DE NSR-10 EL URBANIZADOR O CONTRATISTA ES RESPON-SABLE DE “QUE LOS ELEMENTOS NO ESTRUC-TURALES SE CONSTRUYAN DE ACUERDO CON LO DISEÑADO, CUMPLIENDO CON EL GRADO DE DESEMPEÑO ESPECIFICADO”.LA EDIFICACIÓN DEBERÁ TENER EN CUENTA EL CÓDIGO ELÉCTRICO COLOMBIANO N.T.C. 2050 Y EL REGLAMENTO TÉCNICO DE REDES ELÉCTRICAS - RETIE - RESOLUCIÓN 90708 DE AGOSTO 30 DE 2013 ARTÍCULO 2 - DIS-TANCIAS DE SEGURIDAD - Y CONTROLAR EL RIESGO POR REDES ELÉCTRICAS ALEDAÑAS ESPECIALMENTE EN LO RELACIONADO CON LA DISTANCIA MÍNIMA QUE DEBE TENER LA FA-CHADA RESPECTO DE ESTAS REDES AEREAS.DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 181 DEL DECRETO NACIONAL 019 DE 2012, NO ES EXIGIBLE EL COBRO DE PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA, TODA VEZ QUE A LA FECHA DE RADICACIÓN DE LA SOLICITUD NO SE ENCONTRÓ INSCRITA LA RESPECTIVA ANOTACIÓN EN FOLIO DE MATRÍCULA INMOBI-LIARIA DEL PREDIO OBJETO DE LA SOLICITUD.VIGENCIA: ESTA LICENCIA TIENE UNA VI-GENCIA DE VEINTICUATRO (24) MESES PRORROGABLES POR UNA SOLA VEZ POR DOCE (12) MESES, CONTADOS A PARTIR DE SU EJECUTORIA.Contra el presente acto administrativo procede el Recurso de Reposición ante el Curador Urbano y el Recurso de Apelación ante el Sub-secretario Jurídico de la Secretaría Distrital de Planeación, los cuales deben interponerse por escrito en la diligencia de notificación o dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación.ING. MARIANO PINILLA POVEDA CURADOR URBANO NO 5 DE BOGOTÁ D.C.

CURADURIA URBANA 5Ing. MARIANO PINILLA POVEDA

CURADORPUBLICACION

De conformidad con la previsto por el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del decreto 1077 de 2015, y el

6Cartículo 73 del Código de Procedimiento Admi-nistrativo y de lo Contencioso Administrativo, se procede a publicar un extracto de la parte resolutiva de la LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN No. LC 11001-5-21-0793 expedida el 26 de Julio de 2021.El Curador Urbano de Bogotá ING. MARIANO PINILLA POVEDARESUELVEOTORGAR LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA(S) MODALIDAD(ES) DE OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN PLANOS ALINDERAMIENTO Y CUADRO ÁREAS PH PARA VIVIENDA MULTIFAMILIAR VIS DE CUATRO (4) PISOS Y UNO (1) NO HABITABLE EN EL PREDIO URBANO LOCALIZADO EN LA(S) DIRECCION(ES): CL 47 S 25 A 43 45 (ACTUAL) , CL 47 S 25 A 51 53 (ACTUAL) , CON MATRICULA(S) INMOBILIARIA(S) # 050S40433396, 050S40587632, CON CHIP(S) # AAA0014EJWF, AAA0014EJXR LOTE: 024 023 MANZANA: 039 URBANIZA-CIÓN: CLARET, LOCALIDAD RAFAEL URIBE URIBE, TITULAR(ES): INMOBIL IAR IA Y CONSTRUCTORA MI KASA S.A.S. NIT / CC: 901350879-6 REP. LEGAL: FAVIAN HUM-BERTO SUAREZ LOPEZ CC. 1032374144EN CALIDAD DE POSEEDOR, CONSTRUCTOR RESPONSABLE: YIMY RICARDO MORENO PAEZ (CÉDULA: 1013616434 MATRÍCULA: A22202014-1013616434 DE CND). DESCRIPCIÓN USO ESCALA UN P. Res V- Pub. Bic.VIVIENDA MULTIFAMILIAR NO APLICA 24 7 2 6 OBLIGACIONES PROPIAS DEL PROYECTOObservaciones generales: son parte integral de este acto administrativo los planos aprobados, el formulario de solicitud y las observaciones.PRECISIONES:6. PRECISIONESÁREA Y LINDEROS SEGÚN TITULOS Y MAN-ZANA CATASTRALLA EDIFICACIÓN DEBERÁ TENER EN CUENTA EL CÓDIGO ELÉCTRICO COLOMBIANO N.T.C. 2050 Y EL REGLAMENTO TÉCNICO DE REDES ELÉCTRICAS - RETIE - RESOLUCIÓN 90708 DE AGOSTO 30 DE 2013 ARTÍCULO 2 - DIS-TANCIAS DE SEGURIDAD - Y CONTROLAR EL RIESGO POR REDES ELÉCTRICAS ALEDAÑAS ESPECIALMENTE EN LO RELACIONADO CON LA DISTANCIA MÍNIMA QUE DEBE TENER LA FACHADA RESPECTO DE ESTAS REDES AEREAS.EL TITULAR DE LA LICENCIA DEBERÁ CONS-TRUIR LOS ANDENES CORRESPONDIENTES AL PROYECTO EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO DEL DECRETO 308 DE 2018 - CARTILLA DE ANDENES,SE APRUEBAN LOS PLANOS DE ALINDE-RAMIENTO Y CUADRO DE ÁREAS PARA SOMETIMIENTO AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE CONFORMIDAD CON LA LEY 675 DE 2001.ESTE PROYECTO SE ESTUDIO BAJO LA VIGENCIA DEL REGLAMENTO COLOMBIANO DE CONSTRUCCIÓN SISMORESISTENTE NSR-10.SEGÚN EL LITERAL A.1.3.6.5 DE NSR-10 EL URBANIZADOR O CONTRATISTA ES RESPON-SABLE DE “QUE LOS ELEMENTOS NO ESTRUC-TURALES SE CONSTRUYAN DE ACUERDO CON LO DISEÑADO, CUMPLIENDO CON EL GRADO DE DESEMPEÑO ESPECIFICADO”.REQUIERE CONTROL DE MATERIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY 1796 DEL 13 DE JULIO DE 2016, NSR-10 TÍTULO I Y DECRETO NACIONAL 1203 DE 2017.LA PRESENTE LICENCIA SE EXPIDE BAJO EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE LA BUENA FE, TENIENDO EN CUENTA QUE EL SOLICITANTE DECLARA QUE LA LICENCIA CORRESPONDE A UN PROYECTO DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL.DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 181 DEL DECRETO NACIONAL 019 DE 2012, NO ES EXIGIBLE EL COBRO DE PARTICIPACIÓN EN PLUSVALÍA, TODA VEZ QUE A LA FECHA DE RADICACIÓN DE LA SOLICITUD NO SE ENCONTRÓ INSCRITA LA RESPECTIVA ANOTACIÓN EN FOLIO DE MA-TRÍCULA INMOBILIARIA DEL PREDIO OBJETO DE LA SOLICITUD.VIGENCIA: ESTA LICENCIA TIENE UNA VI-GENCIA DE VEINTICUATRO (24) MESES PRORROGABLES POR UNA SOLA VEZ POR DOCE (12) MESES, CONTADOS A PARTIR DE SU EJECUTORIA.Contra el presente acto administrativo procede el Recurso de Reposición ante el Curador Urbano y el Recurso de Apelación ante el Sub-secretario Jurídico de la Secretaría Distrital de Planeación, los cuales deben interponerse por escrito en la diligencia de notificación o dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación.ING. MARIANO PINILLA POVEDACURADOR URBANO No 5 DE BOGOTÁ D.C. *P1-4-30

NOTARIASEDICTO EL NOTARIO CUARENTA Y SIETE (47) DEL CIRCULO DE BOGOTA D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral del (la) (los) causante(s) AMIRA LOAIZA VIQUE, quien en vida se identificó con C.C. No. 28.865.329 expedida en Ortega, quien falleció el día 6 de Abril del año 2019 en la ciudad de Bogotá, D.C., siendo su último domicilio y asiento principal de sus nego-cios la ciudad de Bogotá D.C. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número 069 de fecha 28 de Julio del año 2021 se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifu-sora, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 28 de Julio del año 2021 a las 8:00 a.m. EDUARDO LUIS PACHECO JUVINAO NOTARIO CUARENTA Y SIETE (47) EN PROPIEDAD DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. *J2-1-30

NOTARÍA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE UBATÉ (Cundinamarca) EDICTO LA NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE UBATÉ (Cundinamarca) CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de amplia circulación, en el trámite de SUCESIÓN NOTARIAL INTESTADA de MARIA AURO-RA FORERO CARRILLO C.C. 20.552.530 de Fúquene, y quienes fallecieron el día doce (12) de diciembre del dos mil catorce (2014) en el Municipio de Guachetá, según Registro Civil de Defunción inscrito en el indicativo serial 07041596 de la Notaría Primera de Ubaté. El trámite se aceptó por acta número cuarenta y cuatro (44) de fecha julio veintiocho (28) de dos mil veintiuno (2021). Se dispuso la publicación de este Edicto en el periódico de amplia circulación nacional y en una emisora local, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 902 de 1988. Se ordena además su fijación en lugar visible de ésta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy veintiocho (28) días del mes de julio de dos mil veintiuno (2021) a las ocho (08:00) a.m. CIELO HORMIGA PAZ NOTARIA SEGUNDA DE UBATÉ HAY UN SELLO *U3-1-30

EDICTO EL NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE UBATE CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en la liquidación de heren-cia del causante JOSE ALBEIRO SUAREZ PINEDA, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 87.948.082, fallecido en el Municipio de Vista Hermosa, el día 20 de junio del año 2014, tuvo su último domicilio en el Municipio de Ubaté. Se aceptó el trámite respectivo mediante acta número cincuenta y nueve (59) de fecha veintiocho (28) de Julio de dos mil veintiuno (2021). Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora de la localidad, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy veintinueve (29) de julio de dos mil veintiuno (2021), siendo las 7:45 a.m. NOTARIO PRIMERO JESUS ALFONSO RODRIGUEZ CAMARGOHAY UN SELLO *U3-2-30

EDICTOSEGUNDO AVISO

PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES POR MUERTE

A los herederos del señor

JHON JAIRO GIL SANCHEZ (Q.D.E.P)

La empresa de Vigilancia y Seguridad Privada SEGURIDAD ANDES DE COLOMBIA LTDA. – SEGURANDES LTDA, identificada con Nit No. 860.514.437 – 1, con domicilio en la Avenida Calle 80 No. 28 – 10, Barrio El Polo de la ciudad de Bogotá, teléfono 2565649, Celular 3108070228, actuando de conformidad con lo indicado en el articulo 212 del Código Sustantivo del Trabajo.

Hace saber que el señor JHON JAIRO GIL SANCHEZ, quien en vida se identificó con a la cédula de ciudadanía número 71.291.401 de Bogotá, falleció en la ciudad de Bogotá, el día 06 de julio de 2021.

Se informa a todas aquellas personas que se crean con el derecho a reclamar las pre-tensiones sociales y liquidación del extrabajador fallecido, quienes deberán presentarse en la dirección antes enunciada dentro de los Treinta (30) días siguientes a la fecha de esta publicación con el fin de acreditar su derecho.

Por favor notificarse en horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Primer aviso

La empresa MAITEK SAS

Se permite informar el fallecimiento del señor MARCELINO GUZMAN VALBUENA, hecho ocurrido el 12 de junio de 2021, por consiguiente, se solicita a quienes se consideren con derecho a reclamar las acreencias laborales del extrabajador fallecido, ponerse en contacto con nuestra compañía a través del correo [email protected] en el municipio de Cota, a fin de reclamar sus derechos, presentando los documentos legales pertinentes que les acredite como tal.

Page 3: clasificados JUdicialEs L UEVO IGLO 9B...VIERNES 30 dE juLIo dE 2021 clasificados JUdicialEs EL NUEVO SIGLO 9B NOTARIAS Notaría Única del Círculo Villapinzón - Cundi-namarca NIT

clasificados JUdicialEsVIERNES 30 dE juLIo dE 2021 EL NUEVO SIGLO 11B7CEDICTO EL NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE UBATE CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en la liquidación de herencia de la cau-sante LEONOR RUBIANO RODRIGUEZ, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 41.756.443, fallecida en el Municipio de Ubaté, el día 6 de Enero del año 2021, tuvo su último domicilio en el Municipio de Ubaté. Se aceptó el trámite respectivo mediante acta número sesenta y uno (61) de fecha veintiocho (28) de julio de dos mil veintiuno (2021). Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora de la localidad, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy veintinueve (29) de julio de dos mil veintiuno (2021), siendo las 7:45 a.m. NOTARIO PRIMERO JESUS ALFONSO RODRIGUEZ CAMARGOHAY UN SELLO *U3-3-30

EDICTO EL NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE UBATE CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, en la liquidación de herencia doble intestada de los causantes JORGE ELIECER TORRES ROJAS, quien se identificó en vida con cédula de ciudadanía número 17.193.322, fallecido en la ciudad de Bogotá, el día 9 de mayo de 2021 y ANTONIA DEL CARMEN PAREDES NIÑO, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 41.534.188, fallecida en la ciudad de Bogotá, el día 10 de mayo de 2021, tuvieron su último domicilio el Municipio de Ubaté. Se aceptó el trámite respectivo mediante acta número sesenta y dos (62) de fecha veintiocho (28) de Julio de dos mil veintiuno (2021). Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora de la localidad, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy veintinueve (29) de julio de dos mil veintiuno (2021), siendo las 7:45 a.m. NOTARIO PRIMERO JESUS ALSONSO RODRIGUEZ CAMARGOHAY UN SELLO *U3-4-30

EDICTO EL NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE CHA (CUNDINAMARCA) EMPLAZA: A todas las personas que se crean con el derecho de intervenir en el trámite de liqui-dación notarial de la sucesión INTESTADA del causante LUIS ANTONIO JOYA LOPEZ, quien en vida se identificó con cedula de ciudadanía número 19.219.912 expedida en Bogotá D.C., fallecido el día: DOCE (12) DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE (2019) en la ciudad de Bogotá D.C., siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios en el municipio de Chía (Cun-dinamarca), para que se presenten hacer valer sus derechos, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de amplia circulación y la emisora LUNA STEREO, aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta Número CERO NOVENTA Y OCHO (098) de fecha veintinueve (29) de julio de dos mil veintiuno (2.021). Para efectos del Articulo 490 del Código General del Proceso y del numeral 2°. Del Artículo 3°. Del Decreto 902 de 1.988, modificado por el decreto 1729 de 1.989, se ordena fijar el presente EDICTO en un lugar público y visible de la Secretaría de la Notaría, por el término de Diez (10) días.

Hoy a los veintinueve (29) dias del mes de julio de dos mil veintiuno (2.021). PEDRO LEON CABARCAS SANTOYA. NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE CHÍA-CUNDINAMARCA.HAY UN SELLO *CH1-1-30

EDICTO EL NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE CHIA (CUNDINAMARCA) EMPLAZA: A todas las personas que se crean con el dere-cho de intervenir en el trámite de liquidación notarial de la sucesión INTESTADA del cau-sante DIEGO MAURICIO ACOSTA BARBOSA, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 17.357.240 expedida en San Martin; cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Chía (Cundinamarca), quien falleció el día: DOS (02) DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE (2.020) en el municipio de Granada (Meta). Para que se presenten a hacer valer sus derechos, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un perió-dico de amplia circulación y la emisora LUNA STEREO, aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta Número CIENTO UNO (101) de fecha veintinueve (29) de julio de dos mil veintiuno (2.021), en el Municipio de Chía (C. marca.). Para efectos del Decreto 902 de 1.988, modifi-cado por el decreto 1729 de 1.989, y artículo 490 código general del proceso se ordena fijar el presente EDICTO en un lugar público y visible de la Secretaria de la Notaría, por el término de Diez (10) días. Hoy a los veintinueve (29) días del mes de julio de dos mil veintiuno (2.021) PEDRO LEON CABARCAS SANTOYA NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE CHÍA CUNDINAMARCAHAY UN SELLO *CH1-2-30

Notaría 7 EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SÉPTIMO DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ, EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia intestada del causante Lisander Fuentes Mahecha (q.e.p.d.), quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 93.390.199 de Ibagué (Tolima), y quien falleció en la ciudad de Ibagué, departamento del Tolima, el día veinte (20) de febrero de dos mil veintiuno (2021), último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite fue aceptado mediante el acta nú-mero cero treinta (035) del día veintinueve (29) de julio dos mil veintiuno (2021), ordenando la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación de la herencia intestada, mediante la fijación de este edicto y su respectiva publicación en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora del lugar, además de fijarlo por el término de diez (10) días hábiles en sitio visible de esta notaría. El presente edicto se fija hoy, treinta (30) de julio de dos mil veintiuno (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.), y será desfijado el día once (11) del mes de agosto del presente año, siendo las seis de la tarde (6:00 p.m.). HECTOR JULIO CRUZ CASALLAS NOTARIO SÉPTIMO DEL CÍRCULO DE IBAGUÉHAY UN SELLO *I2-1-30

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA SEXTA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite Notarial de la DE LA SUCESION DEL CAUSANTE LUIS ENRIQUE CHAVEZ QUIEN FAL! ECIÓ EN IBAGUÉ TOLIMA EL DÍA 6 DE OCTUBRE DE 2020, QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICO CON CEDULA DE CIUDADANIA NÚMERO 2.842.463 EXPEDIDA EN FUSAGASUGÁ, siendo la ciudad de Ibagué,

lugar de su último domicilio, iniciado el trámite en esta Notaría mediante Acta número 99 de fecha veintiocho (28) de Julio del año Dos Mil Veintiuno (2021), se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de Circulación Nacional y en una Radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3o. del Decreto 902 de 1.988, además de su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy Veintiocho (28) de Julio DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.). LA NOTARIA TERESA DE JESÚS ALDANA ORTIZ Notaria Sexta del Círculo de IbaguéHAY UN SELLO *I2-2-30

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PURIFICACIÓN TOLIMA POR MEDIO DEL PRESENTE EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con de-recho a intervenir dentro del TRAMITE DE SU-CESIÓN NOTARIAL SIMPLE E INTESTADA del causante LUIS MARIN BUITRAGO HEREDIA, quien falleció el dia veinte (20) de Diciembre de dos mil veinte (2.020), en el municipio de Prado - Tolima, teniendo como último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Prado - Tolima. Dicho trámite fue abierto y radicado en éste Despacho Notarial, mediante Acta No. 046 del veintiuno (21) de Julio de 2.021. Para los fines establecidos en el Artículo 3o del Decreto 1729 de 1.989, se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la Notaría, por el término legal de diez (10) dias hábiles, hoy veintidos (22) de Julio de 2.021, siendo las 7:30 am. EL NOTARIO, EDGAR GARCIA HAY UN SELLO *I2-3-30

REPUBLICA DE COLOMBIA EDICTO El Notario Primero del Círculo de Tunja EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a con-currir a la liquidación de la sucesión intestada del causante CARLOS ARTURO CIPAMOCHA MONGUA (Q.E.P.D) quien se identificó con cedula de ciudadanía No. 6.759.393. El suscrito Notario acepta la solicitud y documentación anexa para llevar a cabo el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta No. 071 del 19 de julio de 2021, por medio de la cual se ordena, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto 902 de 1988, lo siguiente: * La publicación de este, en un periódico de circulación nacional, * La difusión por una vez en una emisora local si la hubiere, y * La fijación en un lugar visible de esta Notaria, por el término de diez (10) días hábiles a partir de esta fecha. En la Cartelera principal de la Notaria Primera del Círculo de Tunja, se fija el presente Edicto hoy 29 JUL 2021, siendo las 08:00 a.m., por el término correspondiente. El Notario Primero, Hernán Montaña Rodríguez HAY UN SELLO *S5-2-30

Notaría 60 Henry Cadena Franco EDICTO LA NOTARÍA SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTA, D. C. De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2º del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la liquidación de la herencia del causante GERSAIN GÓMEZ VALENCIA, cuyo trámite de liquidación notarial se inició con el Acta n.º 69 del veintiséis (26) de julio de dos mil veintiuno (2021), para que lo hagan valer ante este despacho situado en la calle 161 n.º. 16A-32 de Bogotá D. C., dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes al de la última publicación de este edicto en los distintos medios que ordena la ley. Con la finalidad de su publicación, se fija este edicto en la cartelera dispuesta para el conocimiento del público que acude a la Notaria, el veintiséis (26) de julio de dos mil veintiuno (2021), a las ocho

de la mañana (08:00 a.m.). HENRY CADENA FRANCO NOTARIO SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.HAY UN SELLO *S1-1-30

NOTARIA 56 DE BOGOTA, D.C. Dr. Berni Fran-cisco Escalona Castilla Carrera 73 No. 59 12 sur. Tel. 7433417 - 7433410 NIT. 5.088.163-9 EDICTO EL NOTARIO 56 DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. (Carrera 73 No. 59 12 sur) EMPLAZA: A todas las personas que se crean con el derecho de intervenir, en el trámite de Liquidación Notarial de la Sucesión intestada del causante JOSE IGNACIO CASTI-LLO FANDIÑO, quien falleció en Bogotá (Cund), el día primero (1) de noviembre de año dos mil diecinueve (2019), quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía No. 19.216.036 y cuyo último domicilio y asiento principal de sus actividades fue la ciudad de Bogotá, aceptada en esta Notaría mediante ORDEN No. 47 de fecha veintisiete (27) de julio del año dos mil veintiuno (2021), Para efectos del artículo 589 del Código de procedimiento civil y del numeral 2o. Artículo 3o. del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en un lugar público de la Secretaría de la Notaría, por el término de (10) días, se entrega las copias de él para las res-pectivas publicaciones y se fija hoy veintisiete (27) de julio del año dos mil veintiuno (2021), a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). EL NOTARIO 56 BERNI FRANCISCO ESCALONA CASTILLA HAY UN SELLO *R1-1-30

Notaría 60 Henry Cadena Franco EDICTO LA NOTARÍA SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGO-TA, D.C. De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2º del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 CITA Y EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la liquidación de la herencia del causante CIRO ANTONIO CAMACHO OSMA, y a la liquidación de la sociedad conyugal que el antes mencionado conformo con ALBA ALICIA URBINA DE CAMACHO cuyo trámite de liquidación notarial se inició con el Acta n.º 70 del veintiséis (26) de julio de dos mil veintiuno (2021), para que lo hagan valer ante este des-pacho situado en la calle 161 n.º. 16A-32 de Bogotá D.C., dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes al de la última publicación de este edicto en los distintos medios que ordena la ley. Con la finalidad de su publicación, se fija este edicto en la cartelera dispuesta para el co-nocimiento del público que acude a la Notaría, el veintiséis (26) de julio de dos mil veintiuno (2021), a las ocho de la mañana (08:00 a.m.). HENRY CADENA FRANCO NOTARIO SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *S1-2-30

NOTARÍA CUARTA (4ª) DEL CÍRCULO DE BO-GOTÁ D.C. CARRERA 8 N° 17-30 TELÉFONOS: 7519617-7519602 [email protected] EDICTO EMPLAZA: Por el Término de Diez (10) Días a Todas las personas que se Consideren con Derecho a Intervenir en el Trámite de la LIQUIDACION DE LA HERENCIA del señor JUSTO PASTOR MARTINEZ AMAYA quien se identificaba con Cédula de ciuda-danía Número 1.116.610. Quien Falleció en GIRARDOT, CUNDINAMARCA- COLOMBIA el Día dieciocho (18) del mes de enero del año dos mil veintiuno (2021). Siendo la Ciudad de Bogotá D.C. el Lugar de su último Domicilio y Asiento Principal de sus Negocios. Igualmente se informa que fue Aceptado el Trámite Res-pectivo de la LIQUIDACION DE HERENCIA en esta Notaría Mediante Acta Número ciento sesenta y uno (161) del dieciséis (16) del Mes de julio del Año Dos Mil Veintiuno (2021). Se Ordena la Publicación del Presente EDICTO en un Periódico de Amplia Circulación Nacional y en una Radiodifusora de Audición Local. En cumplimiento de lo previsto en el Artículo Tercero (3º) del Decreto Ley 902 de 1988. Ordénese Además su Fijación en un lugar Visible de la Notaría por el Término de Diez (10) Días. El Presente EDICTO se Fija Hoy Día dieciséis (16) del Mes de julio del Año Dos Mil Veintiuno (2021). VIDAL AUGUSTO MARTINEZ

VELASQUEZ NOTARIO CUARTO (4°) ENCARGA-DO DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. Quien firma designado por Resolución N°5455 del 17 de junio del año 2021 de la Superintendencia de Notariado y Registro. HAY UN SELLO *R1-2-30

EDICTO EMPLAZATORIO NOTARIA CUARENTA Y OCHO (48) EDICTO EMPLAZATORIO El Notario Cuarenta y Ocho (48) de Bogotá, como lo disponen los Decretos 902 de 1.988 y 1729 de 1.989, CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la su-cesión de GLORIA ELENA RUANO DE CASTELL fallecida en la ciudad de Bogotá D.C., el día 12 de septiembre 2018, siendo su(s) ultimo(s) domicilio(s) la ciudad de Bogotá D.C., quien se identificó en vida con C.C. No. 20.342.345 de Bogotá D.C. La tramitación de esta SUCESIÓN fue por personas con probado interés jurídico, y su trámite y documentación anexa fueron acep-tados y radicados en esta Notaria. Para efectos señalados en la ley, se FIJA el presente EDICTO EMPLAZATORIO, en lugar público de la Notaria, por el término de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, y se entregan dos ejemplares del mismo al (a la) (a los) interesados (a) (s) para su publicación, en un periódico de amplia Circulación Nacional y en una radiodifusora local. Dentro del término del EMPLAZAMIENTO, pueden cualesquiera otros interesados ejercer su derecho de oposición al trámite notarial en referencia, o hacerse parte en él, en los términos de ley, si les asiste derecho legítimo para hacerlo y hubiere acuerdo con los demás herederos o interesados. Bogotá, D.C., 15 de julio de 2021 Hora: 07:45 AM MIGUEL ANGEL DIA TELLEZ, NOTARIO 48 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *R1-3-30

NOTARIA SESENTA Y OCHO DEL CIRCULO DE BOGOTA D. C. CÓDIGO 1100100068 SU-PERNOTARIADO EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la liquidación Notarial de la herencia intestada de los causantes GUSTAVO HERNAN GARCIA BARRETO e HILDA MACIAS DE GARCIA, quie-nes en vida se identificaron con las cédulas de ciudadanía números 169.082 y 20.335.975 las dos expedidas en Bogotá, quienes falle-cieron en la ciudad de Bogotá, los días tres (3) de Marzo del año dos mil cuatro (2004) y veintitrés (23) de Febrero del año dos mil diecisiete (2017), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogo-tá. La solicitud y documentos de que trata el decreto 902 de 1.988 fueron presentados el día veintitrés (23) de Octubre del año dos mil veinte (2020) y aceptado el trámite por el Notario, mediante acta número ciento treinta (130) de fecha veinticuatro (24) de Octubre del año dos mil veinte (2020). Para efectos del Articulo 2 decreto 902 de 1988, modificado por el Artículo 3 del decreto 1729 de 1989 publíquese este EDICTO en un periódico de reconocida circulación de esta ciudad y en una radiodifusora de la misma. Se fija el presente EDICTO en lugar público de la secretaria de esta Notaría por el término legal de Diez (10) días.

Hoy veintiséis (26) de Octubre del año dos mil veinte (2020), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). ASTRID DOLORES BELTRAN VARGAS NOTARIO SESENTA Y OCHO (68) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. – ENCARGADA-HAY UN SELLO *S1-3-30

NOTARIA 14 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ Cl. 53 No. 21-20 de Bogotá, Telefax: 2175570 – 2117616 NOTARIA CATORCE (14) DE BOGOTA D.C. CL 53 No. 21-20 - TEL 2175570-2117616 EDICTO EL NOTARIO CATORCE (14) DE BOGOTA EMPLAZA: Por el termino de diez (10) días a todas las personas que se consideren con de-recho a intervenir en el trámite de LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL Y HERENCIA de JOSÉ FLAMINIO ORTEGA RONCANCIO, quien en vida se identificaba con la cédula número 4.092.401, fallecido el veintinueve (29) de diciembre de dos mil once (2011) en Bogotá, siendo esta ciudad de Bogotá D.C., el último domicilio y asiento principal de los negocios del causante. Igualmente se informa que fue acep-tado el trámite respectivo de la LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL Y HERENCIA en esta Notaría mediante Acta número cero ochenta y cinco (085) del veintiséis (26) de julio de dos mil veintiuno (2021). Se ordena la publicación del presente EDICTO en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora de audición local. En cumplimiento de lo previsto en el artículo tercero (3º) del decreto ley 902 de 1988. Ordénese además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintisiete (27) de julio de dos mil veintiuno (2021), siendo las 8:00 A.M. CONSUELO SOTELO TRIANA NOTARIA CATORCE (14) (E) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *M2-1-30

NOTARIA SESENTA Y DOS DEL CIRCULO DE BOGOTA CARLOS ARTURO SERRATO GALEA-NO NOTARIO EDICTO 17 LA NOTARIA 62 DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. De conformidad con el numeral 2 del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la liquidación de la herencia de los causantes MARIO FERNANDO RESTREPO FORERO,- quien falleció el 09 de Noviembre de 2020 en Bogotá D.C. siendo la ciudad de Bogotá D.C, su último domicilio y el asiento principal de sus negocios y quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía 17.038.894 expedida en Bogotá D.C. y ROSA CAÑAVERA DE RESTREPO, quien falleció el 22 de Octubre de 2020 en Bogotá D.C. siendo la ciudad de Bogotá D.C, su último domicilio y el asiento principal de sus negocios y quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía 20.230.742 expedida en Bogotá D.C., para que lo hagan valer dentro de los diez (10) días hábiles y subsiguientes a esta publicación y cuyo trámite de la liquidación de herencia de la causante se inicia mediante Acta, número 17 de fecha 28 de julio de 2021 Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaria el día: El 29 de julio de 2021 a las 8:15 am DORA INES VELOSA REYES NOTARIA SESENTA Y DOS (62) ( E) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. Se desfija el presente Edicto el día: HAY UN SELLO *R1-4-30

LA DIRECTORA EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACION JUDICIAL DE NEIVA – HUILA

Se permite informar que el día 09 de junio de 2021 falleció el ex Servidor Judicial Sr. JOSE LEONEL ORDOÑEZ ROJAS, quien se identificaba con cedula de ciudadanía número 12.230.754, prestó sus servicios a la Rama Judicial. Que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 212 de CST, se publica el presente aviso para que las personas que crean tener derecho a reclamar los salarios y prestaciones sociales y otras reclamaciones a que consideren pertinente del fallecido, se presenten en la oficina del Área de Talento Humano de la DESAJ ubicado en el Palacio de Justicia de Neiva (Carrera 4 No. 6-99), dentro de los treinta (30) días siguiente a la publicación del presente aviso.

SEGUNDO AVISO

Consejo Superior de la JudicaturaConsejo Seccional de la Judicatura del Huila

Page 4: clasificados JUdicialEs L UEVO IGLO 9B...VIERNES 30 dE juLIo dE 2021 clasificados JUdicialEs EL NUEVO SIGLO 9B NOTARIAS Notaría Única del Círculo Villapinzón - Cundi-namarca NIT

clasificados JUdicialEs12B EL NUEVO SIGLO VIERNES 30 dE juLIo dE 202144A8CNOTARIA 36 EDICTO - SUCESIÓN EL NOTA-RIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ, D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico y emisora radial, en el trámite de LIQUIDACION DE SUCESIÓN de el(la-los) causante(s) HERSILIA SANDOVAL DE NAVARRETE, quien en vida se identi-ficó con la cédula de ciudadanía número 21.099.646 de Villapinzon, quien falleció en Bogotá D.C., Cundinamarca, el seis (6) de enero del dos mil trece (2013), y JOSE TO-MAS NAVARRETE AREVALO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 2.899.771 de Bogotá D.C., quien falleció en Bogotá D.C., Cundinamarca, el veintiuno (21) de febrero del dos mil veintiuno (2021), sien-do su último domicilio la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 311 de fecha veintinueve (29) de julio del año dos mil veintiuno (2021), se ordena la publicación de este Edicto en periódico de circulación Nacional y en la Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1.988 ordenando además su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días y entrega de copias para su publicación. Hoy, veintinueve (29) de julio del año dos mil veintiuno (2021), a las 8:00 A.M. EL NOTARIO TREINTA Y SEIS (36) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. JAVIER HERNAN-DO CHACON OLIVEROS (E) HAY UN SELLO *R1-5-30

EDICTO EL NOTARIO 56 DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. (Carrera 73 No. 59-12 Sur Locales 221 y 222) EMPLAZA: A todas las personas que se crean con el derecho de in-tervenir, en el trámite de Liquidación Notarial de la Sucesión Intestada de BLANCA LILIA URREGO QUINTERO, quien (es)) en vida se identificaba(n) con la(s) cédula(s) de ciuda-danía número(s) 20.279.795 expedida (s) en Bogotá y tuvo (ieron) su último domicilio en Bogotá, D.C., aceptada en esta Notaría mediante ACTA No. 046 de julio 28 de 2021. Para efectos del artículo 589 del Código de procedimiento civil y del numeral 2º. Artículo 3o. del Decreto 902 de 1988. Se fija el presente EDICTO en un lugar público de la Secretaría de la Notaría, por el término de diez (10) días, se entrega las copias de él para las respectivas publicaciones y se fija hoy VEINTINUEVE (29) de JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021). EL NOTARIO 56 DEL CIRCULO DE BOGOTA BERNI FRANCISCO ESCALONA CASTILLA HAY UN SELLO *V1-1-30

EDICTO EL NOTARIO CINCUENTA Y DOS DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite notarial de liquidación de herencia (sucesión) de: CAUSANTE: ISABEL CUETO DE DURÁN CÉDULA DE CIUDADANÍA: 20.010.495 FECHA DE FALLECIMIENTO: 13 DE JULIO DE 2007 LUGAR DE FALLECIMIEN-TO: BOGOTA D.C. El presente edicto se fija hoy CATORCE (14) DE MAYO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021) A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A.M.) ANGÉLICA M. GIL QUESSEP NOTARIA CINCUENTA Y DOS (52) DE BO-GOTÁ D.C. [ENCARGADA] HAY UN SELLO *V1-2-30

EDICTO EL NOTARIO CINCUENTA Y DOS DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el trámite notarial de liquidación de herencia (sucesión) de: CAUSANTE: FABIO ALFONSO CORTES ROSSO CÉDULA DE CIUDADANÍA: 19.186.468 FECHA DE FA-LLECIMIENTO: 24 DE SEPTIEMBRE DE 2018 LUGAR DE FALLECIMIENTO: BOGOTÁ D.C. El presente edicto se fija hoy SIETE (07) DE JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021) A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.) ANGÉ-LICA M. GIL QUESSEP NOTARIA CINCUENTA Y DOS (52) DE BOGOTÁ D.C. ENCARGADA HAY UN SELLO *V1-3-30

NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE TABIO REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA NOTARIA UNICA DEL CÍRCULO DE TABIO EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO, CUNDINA-MARCA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de liquidación de sucesión INTESTADA del causante: ALONSO GARZON RAMIREZ, (Q.E.P.D.), quien en vida se iden-

tificaba con la cédula de ciudadanía número 391.845 expedida en Soacha Cundinamarca, falleció en la ciudad de Bogotá, D.C., el día uno (1) de Mayo del mil novecientos noventa y uno (1.991), en la ciudad de Bogotá D.C. el día de su fallecimiento y teniendo como ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Tabio, Cundina-marca, para que se presenten a hacer valer sus derechos, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación, y en una radio difusora local. Aceptado el trámite respectivo en esta no-taría, mediante acta número ciento treinta y siete (137) de fecha veintisiete (27) de julio de dos mil veintiuno (2.021), y para efectos del numeral 2º del artículo 3º del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989, se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la secretaria de la Notaria, por el termino de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintisiete (27) de julio de dos mil veintiuno (2.021), a las siete y treinta de la mañana (7:30 A.M.). NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE TABIO HAY UN SELLO *V1-4-30

NOTARÍA ÚNICA DEL CIRCULO DE TABIO REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA NOTARIA UNICA DEL CÍRCULO DE TABIO EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO, CUNDINA-MARCA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de liquidación de sucesión INTES-TADA El causante JOSE ALIRIO BARRAGAN GUTIERREZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 2.375.917 expedida en Rovira Tolima, D.C., el día catorce (14) de octubre del mil novecientos noventa y siete (1.997), en la ciudad de Bogotá D.C. el día de su fallecimiento y teniendo como ultimo domicilio y asiento principal de sus ne-gocios el municipio de Tabio, Cundinamarca, para que se presenten a hacer valer sus dere-chos, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación, y en una radio difusora local. Aceptado el trámite respectivo en esta notaría, mediante acta número ciento treinta y ocho (138) de fecha veintisiete (27) de julio de dos mil veintiuno (2.021), y para efectos del numeral 2º del artículo 3º del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989, se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la secretaria de la Notaria, por el termino de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintisiete (27) de julio de dos mil veintiuno (2.021), a las siete y treinta de la mañana (7:30 AM.). NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE TABIO HAY UN SELLO *V1-5-30

NOTARIA ÚNICA DEL CIRCULO DE TABIO REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA NOTARIA UNICA DEL CÍRCULO DE TABIO EDICTO EL NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE TABIO, CUNDINA-MARCA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de liquidación de sucesión INTES-TADA de la causante: OFELIA NIÑO ORTIZ, (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 20.929.081., expedida en Bogotá D.C., Cundinamarca, siendo el día falleció en la el día veintiocho (28) de enero de dos mil veintiuno (2.021), en la ciudad de Bogotá D.C. el día de su fallecimiento y teniendo como ultimo domi-cilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Tabio, Cundinamarca, para que se presenten a hacer valer sus derechos, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del EDICTO en un periódico de amplia circulación, y en una radio difusora local. Aceptado el trámite respectivo en esta notaría, mediante acta número ciento treinta y seis (136) de fecha veintisiete (27) de julio de dos mil veintiuno (2.021), y para efectos del numeral 2º del artículo 3º del Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989, se fija el presente EDICTO en un lugar público y visible de la secretaria de la Notaria, por el termino de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintisiete (27) de julio de dos mil veintiuno (2.021), a las siete y treinta de la mañana (7:30 A.M.). NESTOR OMAR MARTINEZ MELO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE TABIO HAY UN SELLO *V1-6-30

PRESTACIONESGOBERNACION DE Boyacá Secretaria de Educación FONDO NACIONAL DE PRESTA-CIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO EDICTO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 44 de 1980, Ley 100 de

1993 y el artículo 212 del Código Sustantivo del Trabajo HACE SABER: Que el Docente JAIME AN-TONIO CRUZ BERDUGO (Q.E.P.D.), quien se identificaba con la Cédula de Ciudadanía No. 4.167.032, Falleció en Sogamoso (Boyacá), el día veintiocho 28 de diciembre de 2020 y que a reclamar sus prestaciones sociales se ha presentado, ANA CRISTINA ESPINOSA BENAVIDES C.C. 24.070.100, en condición de compañera permanente del causante. Quienes crean tener igual o mejor derecho que el reclamante citado, deben presentarse en la oficina de Prestaciones Sociales del Magisterio en Boyacá, dentro del término de treinta (30) días siguientes a la fecha de esta publicación. Ordénese dos (2) publicaciones de los edictos en un periódico de amplia circulación, con un intervalo de quince (15) días cada uno. Se expide hoy a veintisiete (27) de abril de dos mil veintiuno (2021), a petición del apoderado Dr. PEDRO YESID LIZARAZO, T.P 101.347. del C.S.J. EFRAIN OLIVO MELO BECERRA Profesional Especializado (E) Líder de Prestaciones Sociales HAY UN SELLO *S5-1-30

AVISOAVISO PARA LA CANCELACION Y REPOSI-CION DE CDT BANCO PICHINCHA Se notifica al público en general y/o intere-sados que se está solicitando la cancelación y reposición del título valor por pérdida la cual se está adelantando ante BANCO PICHINCHA. Agencia 251 Tunja. Cra. 11 No. 20-29 TUNJA - BOYACA - Tel 7405866 con las siguientes características: Número de inversión:00000000000980134 Valor en Pesos A Nombre de: MORENO MAN-CIPE CARMEN ROCIO Cedula:10496044109 TERMINO A 18 MESES Valor del CDT: $ 8.000.000 (Ocho millones de pesos) Fecha próxima de pago de interés: 2021-08-25 Fecha pago capital: 2021-08-25 Fecha último proceso: 2021-05-11 Dirección de notificación: BANCO PICHIN-CHA Agencia 251 Tunja. Cra. 11 No. 20-29 TUNJA - BOYACA - Tel 7405866 Transcurri-dos diez (10) días hábiles de esta publicación sin presentarse oposición por escrito, el Ban-co procederá a cancelar y reponer el CDT. Por lo anterior se solicita al público abstenerse de efectuar cualquier operación comercial con el título objeto del presente aviso. *S5-3-30

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO CENTRO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS – JUZGADOS DEL CIRCUITO ESPECIALZIADOS DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BOGOTÁ EDICTO EMPLAZATORIO De conformidad con el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014 se CITA Y EMPLAZA A: RESIDENCIAS EROS SUITE, RESIDENCIAS EL ECLIPSE DE L.R., MOTEL EL DIAMANTE, FORTY NINE INTERNACIONAL CLUB, RESIDENCIAS VILLAREAL, HOSPEDAJE Y PARQUEADERO LA AMNCIÓN, INVERSIONES Y BIENES JJ SA, INVERSIONES COMERCIALES YACC SAS, CAROLINA AYALA CAMPOS, MATEO VALBUENA DELGADO, YERMMY RINCÓN ALZA, JUAN CARLOS ALZA CHAVARRO, JESÚS EMILIO MONSALVE BETANCURT, ISIDRO CIFUENTES DIAZ, JOSÉ REINALDO VARGAS, ALFONSO CUERVO PAEZ, OTO-NIEL CORREA FRANCO, JAIRO ALARCON SANTA, JULIAN ANDRÉS PEÑARANDA LAZARO, DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES, JUAN SE-BASTIAN VELASQUEZ OSPINA, ÁLVARO VESQUEZ VELASQUEZ, LOS HEREDEROS (DE LOS ANTES CITADOS). LOS TITULARES DE DERECHOS, TERCEROS E INDETERMI-NADOS, para que comparezcan a este Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados del Circuito Especializados en Extinción de Dominio de Bogotá, para hace r valer sus derechos dentro del proceso No. 2020-050-3 (Radicado de Fiscalía 202000050 E.D. E.D.), a cargo del Juzgado Tercero del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá, que mediante auto de 26 de enero de 2021 avocó el conocimiento del proceso de extinción de dominio, en cuyo trámite se encuentran involucrado los siguientes bienes que figuran a nombre o tienen algún derecho los antes emplazados: 1) Inmueble con M.I. 50C-563656, carrera 16 # 21 - 23 de Bogotá D.C. 2) Inmueble con M.I. 50C-42157, carrera 14 # 19 -43 de Bogotá D.C. 3) Inmueble con M.I. 50C-218935,

carrera 15 bis # 19 - 48 de Bogotá D.C. 4) Inmueble con M.I. 50C-260520, carrera 23 # 16 - 19 de Bogotá D.C. 5) Inmueble con M.I. S0C-519553, calle 23 # 16 - 37 de Bogotá D.C. 6) Inmueble con M.I. 50C-31639, calle 16 # 22 - 33 de Bogotá D.C. 7) Inmueble con M.I. 50C-502115, carrera 13 # 49 - 67 de Bogotá D.C. 8) Inmueble con M.I. 296-1997, carrea 15 # 10 - 21 de Santa Rosa de Cabral - Risaralda. 9) Establecimiento de comercio residencias Eros Suite, carrera 16 # 21 - 23. De Bogotá D.C. 10) Establecimiento de comercio residencias El Eclipse de L.R., carrera 14 # 19 - 43 de Bogotá D.C. 11) Establecimiento de comercio residencias Villareal J.R., calle 23 # 16 - 19 de Bo-gotá D.C. 12) Establecimiento de comercio Motel el Diamante, calle 23 # 16 - 37 de Bogotá D.C. 13) Establecimiento de comercio Forty Nine Internacional Club, carrera 13 # 49- 77 de Bogotá D.C. 14) Establecimiento de comercio Hospedaje y parqueadero La Mansión, AK 14 # 19 - 43 de Bogotá D.C. CONSTANCIA DE FIJACIÓN: se fija el presente EDICTO en un lugar visible del Centro de Servicios Administrativos de estos Juzgados por el término de cinco (5) días hábiles, y se expide copia para su publicación en la página web. de la Fiscalía General de la Nación y la Rama Judicial, en un perió-dico de amplia circulación nacional y para su difusión en la radio, hoy 28 de junio de 2021, por el término de cinco (5) días hábiles. Si el emplazado o los emplazados no se presentan dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término de fijación del edicto. el proceso continuará con la intervención del Ministerio Público. SE FIJA EL PRESENTE EDICTO EN EL CENTRO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS EL 28 DE JUNIO DE 2021 Y SE DESFIJA Et IA 2 DE JULIO DEL MISMO MES Y AÑO, SIENDO LAS CINCO (5:00 P.M.) DE LA TARDE. MAURICIO ESCOBAR MARTINEZ. Oficial Mayor.

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO CENTRO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS – JUZGADOS DEL CIRCUITO ESPECIALZIADOS DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BOGOTÁ EDICTO EMPLAZATORIO De conformidad con el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014 se CITA Y EMPLAZA A: ADELA TORRES LEÓN, .JHON FREDY GIRALDO CUELLAR JOSÉ LEONEL NIÑO ROMERO, SIERVO DE JESÚS FONSECA SUARIQUE, JOHAN CAMILO NIÑO TREBOL, LUZ STELLA ACEVEDO ARDILA, HEREDEROS DE LOS EMPLAZADOS, TITULARES DE DERECHOS, TERCEROS E INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados del Circuito Especializados en Extinción de Dominio de Bogotá, para hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 2019-079-2 (Radicado de Fiscalia 201800249 E.D.), a cargo del Juzgado Segundo del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá, que mediante auto de 5 de noviembre de 2019 avocó e! conocimiento del proceso de extinción de dominio, en cuyo trámite se encuentran involucrados los siguientes bienes que pertenecen o tienen algún derecho los antes emplazados: 1) Inmueble con M.I. 230-106054, vereda Vanguardia lote B2A de Villavicencio- Meta. 2) Inmueble con M.I. 230-118465, lote1 O manzana X Valle de Aragón, carrera 8 A este# 10 - 03 sur de Villavicencio - Meta. 3) Inmueble con M.I. 232- 2041, vereda San Pedro la Esmeralda de Acacias- Meta. 4) Inmueble con M.I. 232-9909, carrera 15 # 5 - 19 lote 16 manzana H, zona 3 de Acacias - Meta. 5) Inmueble con M.I. 232-9374, lote 8 manzana L calle 13 A 32 - 50, Coo-perativa Multiactiva de Acacias - Meta. 6) Inmueble con M.I. 232-54290, lote Fortuna de Acacias - Meta. 7) Inmueble con M.I. 232-16902, lote Fortuna lote 17, carrera 24 # 14 - 21 de Acacias - Meta. 8) Vehículo de placa ZIU-517, marca Toyota, modelo 2004, color gris. 9) Establecimiento de comercio Soluciones Integrales Industriales N & M. CONSTANCIA DE FIJACIÓN: Para los efectos del Art. 140 de la Ley 1708 de 2014, se fija el presente EDICTO en un lugar visible del Centro de Servicios Administrativos de estos Juzgados por el término de cinco (5) días hábiles, y se ex-pide copia para su publicación en la página web de la Fiscalía General de la Nación, en la página web de la Rama Judicial, ‘en un periódico de amplia circulación nacional y para su difusión en una radiodifusora o cualquier otro medio con cobertura en la localidad donde se encuentre el bien, hoy 9 de noviembre de 2020, siendo las ocho (8:00) de la mañana, por el término de

cinco (5) días hábiles. Si el emplazado o los emplazados no se presentan dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término de fijación del edicto, el proceso continuará con la intervención del Ministerio Público. SE FIJA EL PRESENTE EDICTO EN EL CENTRO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS EL 9 DE NOVIEMBRE DE 2020 Y SE DESFIJA EL DIA 13 DEL MISMO MES Y AÑO, SIENDO LAS CINCO (5:00 P.M.) DE LA TARDE. MAURICIO ESCOBAR MARTINEZ. Oficial Mayor.

Consejo Superior de la Judicatura Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Bogotá – Cundinamarca SEGUNDO AVISO LA SUSCRITA COORDINADORA DEL ÁREA DE TALENTO HUMANO DE LA DIRECCION EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACION JUDICIAL BOGOTA – CUNDINAMARCA AVISA Que la señora CINTHIA LILIANA CASTRO SIERRA (q.e.p.d.), quien se identificaba con cédula de ciudada-nía N° 52.709.747, prestó sus servicios a la Nación – Consejo Superior de la Judicatura como Oficial Mayor en el Juzgado 4 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito de Bogotá, hasta el 27 de abril de 2021, fecha en la que se produjo su deceso. Que a reclamar el reconocimiento y pago de las prestaciones se presentó la señora RAQUEL SIERRA HURTADO, identificada con cédula de ciudadanía No. 41.360.668, en calidad de madre de la señora CINTHIA LILIANA CASTRO SIERRA (q.e.p.d.), quien se identificaba con cédula de ciudadanía N° 52.709.747. Que quien se crea con igual o mejor derecho para reclamar dicho pago, deberá presentarse dentro de los treinta (30) días siguientes a la última publicación. BETTY JOHANA ROJAS ANGARITA Coordinadora de Talento Humano

Consejo Superior de la Judicatura Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Bogotá – Cundinamarca SEGUNDO AVISO LA SUSCRITA COORDINADORA DEL ÁREA DE TALENTO HUMANO DE LA DIRECCION EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACION JUDICIAL BOGOTA – CUNDINAMARCA AVISA Que el señor CRISANTO SEPULVEDA ALDANA (q.e.p.d.), quien se identificaba con cédula de ciudada-nía N° 79.233.612, prestó sus servicios a la Nación – Consejo Superior de la Judicatura en la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Bogotá - Cun-dinamarca, hasta el 10 de mayo de 2021, fecha en la que se produjo su deceso. Que a reclamar el reconocimiento y pago de las prestaciones se presentó el señor ANDRÉS EDUARDO SEPULVEDA RODRIGUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.026.253.511, en calidad de esposa del señor CRISANTO SEPULVEDA ALDANA (q.e.p.d.), quien se identificaba con cédula de ciudadanía N° 79.233.612. Que quien se crea con igual o mejor derecho para reclamar dicho pago, deberá presentarse dentro de los treinta (30) días siguientes a la última publicación. BETTY JOHANA ROJAS ANGARITA Coordinadora de Talento Humano

Consejo Superior de la Judicatura Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Bogotá – Cundinamarca SEGUNDO AVISO LA SUSCRITA COORDINADORA DEL ÁREA DE TALENTO HUMANO DE LA DIRECCION EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACION JUDICIAL BOGOTA – CUNDINAMARCA AVISA Que el señor GUILLERMO JOSE MANOTAS QUIROZ (q.e.p.d.), quien se identificaba con cédula de ciudadanía N° 1.026.250.704, prestó sus servicios a la Nación – Consejo Su-perior de la Judicatura como Profesional Universitario en el Tribunal Administrativo 6 Sección primera de Cundinamarca, hasta el 3 de mayo de 2021, fecha en la que se produjo su deceso. Que a reclamar el reconocimiento y pago de las prestaciones se presentó la señora ALEJANDRA MA-RÍA MANOTAS QUIROZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 49.718.503, en calidad de hermana del señor GUILLERMO JOSE MANOTAS QUIROZ (q.e.p.d.), quien se identificaba con cédula de ciudadanía N° 1.026.250.704. Que quien se crea con igual o mejor derecho para reclamar dicho pago, deberá presentarse dentro de los treinta (30) días siguientes a la última publicación. BETTY JOHANA ROJAS ANGARITA Coordinadora de Talento Humano

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO CENTRO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS – JUZGADOS DEL CIRCUITO ESPECIALZIADOS DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE BOGOTÁ EDICTO EMPLAZATORIO De conformidad con el artículo 140 de la Ley 1708 de 2014 se

CITA Y EMPLAZA A: NARCISO HERNÁNDEZ BELTRAN, LUIS EDUARDO HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, JAIRO RINCÓN TRUJILLO, FRANCISCO JOSÉ BETANCOURT MEJÍA, HUMBERTO URREGO ARIZA, TITO LUCIO ARDILA, LUIS ALBERTO CABRERA GAR-CÍA, LOS HEREDEROS (DE LOS ANTES CITADOS), LOS TITULARES DE DERECHOS, TERCEROS E INDETERMINADOS, para que comparezcan a este Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados del Circuito Especializados en Extinción de Dominio de Bogotá, para hacer valer sus derechos dentro del proceso No. 2018-093-1 (Radicado de Fiscalla 201700074 E.O.), a cargo del Juzgado Primero del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá, que mediante auto de 24 de marzo de 2021 avocó el conocimiento del proceso de extinción de dominio, en cuyo trámite se encuentran involucrado el siguientes bienes que figuran a nombre o tienen algún derecho los antes emplazados: 1) Inmueble con M.I. 236-18966, El Palomar de la Uribe - Meta. 2) Inmueble con M.I. 236-31665, parcela La Florida de la Uribe - Meta. 3) Inmueble con M.I. 236-31812, parcela El Darien de la Uribe - Meta. 4) Vehículo de placa YPE-92 A, motocicleta Autoteco Ba-jaj, color Beige, modelo 2005. 5) Almacén Agropecuario El Ganadero de Mesetas, calle 8 # 6 - 64 de Mesetas - Meta. 6) Certificado de persona natural, calle 8 # 6 - 64 de la Uribe - Meta. 7) Inmueble con M.I. 236-25755, lote de Mesetas - Meta. 8) Inmueble con M.I. 236-35210, predio Violetas de Mesetas - Meta. 9) Inmueble con M.I. 236-35548, predio El Paraíso San Juan de Arama - Meta. 1 O) Inmueble con M.I. 236-45337, Finca Los Altares San de Mesetas- Meta. 11) Certificado a nombre de JAIRO RINCON TRUJILLO, calle 5 # 8 -43 de la Uribe - Meta. 12) Almacenes de Vlveres Leidy, calle 5 # 8 - 43 de la Uribe - Meta. 13) Inmueble con M.I. 236-25785, El Jardín vereda Yabia parcela El Darien de la Uribe - Meta. 14) Inmueble con M.I. 236-49546, manzana N lote 002 calle 5 entre carrera 8 y 9 de la Uribe - Meta. 15) Vehículo de placa SXZ-320, Camión marca Chevrolet, color blanco. 16) Inmueble con M.I. 236-41700, calle 4 # 51 # 5 • 30 de la Macarena- Meta. 17) Certificado de existencia y rep. legal de Francisco José Betancourt Mejía, calle 5 A# 7-30 de Florencia-Caquetá. 18) Certificado de existencia y rep. legal de Club de Billar Las Vegas, calle 5 A# 7- 30 de Florencia - Caquetá. 19) Vehículo campero de placa BGR-833, marca Chevrolet, color rojo, modelo 1996. 20) Certificado de existencia y rep. legal de NARCISO HERNÁNDEZ BEL-TRAN, Inspección La Julia calle principal. 21) Certificado de existencia y rep. legal de GRANERO SANTI N.H., Inspección La Julia calle principal de Villavicencio -Meta. 22) Inmueble con M.I. 236-38376, lote calle 15 # 5 • 27 de Granada - Meta. 23) Inmueble con M.I. 236-47165, casa lote de la Uribe- Meta. 24) Certificado de existencia y rep. legal de LUIS EDUARDO HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, carrera 40 # 51 - 92 de Porfia - Villavicencio. 25) Certificado de existencia Tienda Mancitas, vereda Mancitas de Villavicencio • Meta. 26) Inmueble con M.I. 051-1253, calle 12 # 7 - 15 de Soacha - Cundinamarca. 27) Inmueble con M.I. 051-3887, carrera 14 # 3 A • 26 de Soacha - Cundinamarca. 28) Inmueble con M.I. 051-35881, calle 12 # 7 • 23 de Soacha - Cundinamarca. 29) Inmueble con M.I. 236-, predio Acapulco de Mesetas - Meta. 30) Inmueble con M.I. 50N-20371315, parque Centenario Tumba 031 sector 19 MZ 7 de Bogotá D.C. CONSTANCIA DE FIJACIÓN: se fija el presente EDICTO en un lugar visible del Centro de Servicios Administrativos de estos Juzgados por el término de cinco (5) días hábiles, y se expide copia para su publicación en la página web de la Fiscalía General de la Nación y la Rama Judicial, en un periódico de amplia circula-ción nacional y para su difusión en la radio, hoy 14 de julio de 2021, por el término de cinco (5) días hábiles. Si el emplazado o los emplazados no se presentan dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término de fijación del edicto, el proceso continuará con la intervención del Ministerio Público. SE FIJA EL PRESENTE EDICTO EN EL CENTRO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS EL 14 DE JULIO DE 2021 Y SE DESF A EL DÍA 21 DEL MISMO MES Y AÑOO, SIENDO LAS CINCO (5:00 P.M.) DE LA TARDE. MAURICIO ESCOBAR MARTINEZ Oficial Mayor.