el nuevo siglo clasificados judiciales enero d 2021

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CLASIFICADOS JUDICIALES 22A EL NUEVO SIGLO MARTES 26 DE ENERO DE 2021 LICENCIAS CURADURIA URBANA 2 Arq. MAURO BAQUERO CASTRO CURADOR Referencia: 11001-2-20-1122 Expedición: 21-ene-21 El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAURO BAQUERO CASTRO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Proc edimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: SA- LAMANCA RODRIGUEZ SILVINO EN CALIDAD DE POSEEDOR CC:19369567, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA DEMOLICIÓN TOTAL, CERRAMIENTO, mediante acto administrativo 11001-2-21-0130 del 21-ene-21 para el predio ubicado en la KR 84 C BIS 57 B 45 S (ACTUAL): PARA EL CERRAMIENTO DEL LOTE CON MURO MACIZO Y ALTURA 2,50 METROS SOBRE EL NIVEL NATURAL DEL TERRENO. Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. CURADURIA URBANA 2 Arq. MAURO BAQUERO CASTRO CURADOR Referencia: 11001-2-20-1806 Expedición: 21-ene-21 El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAURO BAQUERO CASTRO, en cumplimien- to de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: CHAPARRO CHAPARRO MARIA CRISTINA CC:51908620, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA AMPLIACIÓN, mediante acto administrativo 11001-2-21- 0133 del 21-ene-21 para el predio ubicado en la CL 14 108 48 CA 193 (ACTUAL): La ampliación consiste en adicionar el baño en el tercer piso de la casa 193 tipo G de la agrupación residencial “SABANAGRANDE II SUPERLOTE 3) para el uso de vivienda V.I.S. con un área de ampliación de 2,62 M2 de acuerdo con los planos aprobados en la Resolución Nº. CU2-2002-088 del 5 de abril de 2002. Los demás aspectos contenidos en la citada licencia, se mantiene. Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Proce- dimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. CURADURIA URBANA 2 Arq. MAURO BAQUERO CASTRO CURADOR Referencia: 11001-2-20-1840 Expedición: 21-ene-21 El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAURO BAQUERO CASTRO, en cumplimien- to de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Con- tencioso Administrativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: VARGAS CANO CARLOS HUMBERTO CC:79262582 / SASTOQUE GARZON NELCY CC:20677679, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA AMPLIACIÓN, mediante acto adminis- trativo 11001-2-21-0137 del 21-ene-21 para el predio ubicado en la KR 90 C 6 A 67 CA 235 (ACTUAL): LA AMPLIACIÓN CONSISTE EN ADICIONAR EL TERCER PISO DE LA CASA 235 (INTERMEDIA) DEL CONJUNTO RESIDENCIAL “PRADOS DE CASTILLA VI “, PARA EL USO DE VIVIENDA V.I.S, POSI- BILIDAD DE AMPLIACIÓN DETERMINADA EN LOS PLANOS APROBADOS MEDIANTE LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Nº MLC 2002-2-0068 DEL 23 DE JULIO DE 2002. LOS DEMÁS ASPECTOS CONTENIDOS EN LAS CITADAS LICENCIAS SE MANTIENEN. Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Proce- dimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado. *P1-1-26 CURADURIA URBANA 4 (P) Arq. CATHERINE CELY CORREDOR CURADORA La Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Ar- quitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administra- tivo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) sin titulares quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Poseedor MARTINEZ MALAGON JAIRO ALBERTO CC 79663842 Representante Legal CC , ha radi- cado ante esta Curaduría Urbana solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la KR 75 1 16 Actual con las siguientes características básicas: Usos/ Escalas Vivienda Multifamiliar Escala No Aplica en 2 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-20-2306 del 27/11/2020.Esta publicación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la KR 17 93 A 87, PBX: 6237404. CURADURIA URBANA 4 (P) Arq. CATHERINE CELY CORREDOR CURADORA La Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Arqui- tecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cum- plimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) PAEZ ARIZA GUSTAVO quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Propietario PAEZ ARIZA GUSTAVO CC 79320600 , ha radicado ante esta Cura- duría Urbana solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la CL 33 S 9 34 Actual con las siguien- tes características básicas: Usos/Escalas Vivienda Multifamiliar Escala No Aplica en 3 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-20-2317 del 27/11/2020.Esta publicación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la KR 17 93 A 87, PBX: 6237404. *P1-2-26 CURADURIA URBANA 5 Ing. Mariano Pinilla Poveda Bogotá D.C. CURADURIA URBANA 5 Ing. MARIANO PINILLA POVEDA CURADOR COMUNICACIÓN A VECINOS, POSEEDORES, COMUNEROS, TERCEROS INTERESADOS Y ACREEDOR HIPOTECARIO: CURADOR URBANO N.º 5 ING. MARIANO PINILLA POVEDA PORTA 100: TV 22 98-82/26. De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del De- creto 1077 de 2015, comunica a los propietarios, acreedores hipotecarios, poseedores o tenedores de los inmuebles colindantes a los predios objeto de las solicitudes, que ante esta Curaduría Urbana se han presentado las siguientes solicitudes de licencia. (Se indican en orden N.º de expediente, tipo de trámite, Dirección, Uso, Titular y fecha de radicación). 11001-5-20-1020: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN PLANOS ALINDERA- MIENTO Y CUADRO ÁREAS PH para el predio ubicado en la TV 86 B 59 B 42 44 S (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA BIFAMILIAR. Poseedor (a): CONSTRUCTORA EL COSMOS S.A.S. (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 901316458-5). Fecha Radicación noviembre 19 de 2020. 11001-5-20-0980: LICENCIA DE CONSTRUC- CIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la AK 72 7 B 85 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA UNIFAMILIAR. Propietario (a): SILVA AGUILAR GUSTAVO (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 79285922). Fecha Radicación noviembre 11 de 2020. 11001-5-20-0563: LICENCIA DE CONSTRUC- CIÓN en la modalidad de MODIFICACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL para el predio ubicado en la CL 73 A 77 B 60 (ACTUAL), KR 78 73 A 12 14 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. Propietario (a): SANFORB INGENIERIA Y SERVICIOS S.A.S. (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 900469724-2). Fecha Radica- ción julio 16 de 2020. 11001-5-20-1096: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la CL 66 A S 86 C 04 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR, COMERCIO de Escala VECINAL B. Propietario (a): PITA MORENO MARIA LUISA, PITA MORENO JUAN CARLOS (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 39645107, 80435904). Fecha Radicación diciembre 15 de 2020. 11001-5-20-0988: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA para el predio ubicado en la KR 6 E 97 D 75 S (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. Propietario (a): AMAYA MOYANO NANCY MIREYA, SAN- CHEZ CASTAÑEDA JOSE REINEL (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 53129509, 4264293). Fecha Radicación noviembre 12 de 2020. 11001-5-20-0644: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA para el predio ubicado en la CL 76 B S 13 B 31 E (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. Propie- tario (a): RINCON ORTIZ WILSON DAVID, RINCON ORTIZ DIEGO ALEXANDER (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 1033779001, 1033793648). Fecha Radicación agosto 12 de 2020. 11001-5-20-1093: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la CL 73 S 100 A 53 (ACTUAL) de esta ciudad. El pro- yecto pretende desarrollar el(los) uso(s) DOT. EQUIPAMIENTO COLECTIVO SALUD de Escala METROPOLITANO. Propietario (a): PROMOTORA HOSPITAL DE BOSA S.A.S. (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 901352885-1). Fecha Radicación diciembre 15 de 2020. 11001-5-20-0682: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de ADECUACIÓN, AMPLIACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL, MODIFICACIÓN para el predio ubicado en la CL 91 S 12 26 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA BIFAMILIAR, COMERCIO de Escala LOCAL IA. Propietario (a): SASTOQUE REY DELIO EDUARDO (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 19097433). Fecha Radicación agosto 24 de 2020. 11001-5-20-0985: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la CL 56 F BIS S 89 11 13 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA BIFAMILIAR. Propietario (a): ROJAS PANTOJA NATALY JAZBLEDY, RINCON VARGAS ANDERSON (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 1075271730, 1032378566). Fecha Radicación noviembre 11 de 2020. 11001-5-20-1022: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN PLANOS ALINDERAMIEN- TO Y CUADRO ÁREAS PH para el predio ubicado en la CL 42 B S 78 L 05 07 (ACTUAL), KR 78 L 42 B 17 21 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. Poseedor (a): INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA MI KASA S.A.S. (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 901350879-6). Fecha Radicación noviembre 19 de 2020. Lo anterior con el fin de que si lo desea se haga parte dentro del trámite mencionado y haga valer sus derechos de acuerdo con los Artículos 29 y 30 del Decreto 1469 de 2010 compilado por el decreto 1077 de 2015, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Conforme con el Parágrafo del Artículo 30 del Decreto 1469 de 2010 compilado por el decreto 1077 de 2015, “Las objeciones y ob- servaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas Observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.” *P1-3-26 NOTARIAS NOTARIA CUARENTA Y OCHO (48) EDICTO EMPLAZATORIO El Notario Cuarenta y Ocho (48)(E) de Bogotá, como lo disponen los Decretos 902 de 1.988 y 1729 de 1.989, CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión de HERNANDO MARTINEZ ERASO Y OLGA GUERRERO DE MARTINEZ fallecidos en la ciudad de Bogotá D.C, el día 15 de diciembre de 2019 y el día 21 de junio de 2014 respectivamente, siendo su(s) ultimo(s) domicilio(s) la ciudad de Bogotá D.C., quienes se identificaron en vida con C.C. No. 17.028.442 y 20.099.380 ambas de Bogotá D.C. La tramitación de esta SUCESIÓN fue por personas con probado interés jurídico, y su trámite y docu- mentación anexa fueron aceptados y radicados en esta Notaria. Para efectos señalados en la ley, se FIJA el presente EDICTO EMPLAZATORIO, en lugar público de la No- taria, por el término de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, y se dos ejemplares del mismo al (a la) (a los) interesa- dos (a) (s) para su publicación, en un periódico de amplia Circulación Nacional y en una radiodifusora local. Dentro del término del EMPLAZAMIENTO, pueden cualesquiera otros interesados ejercer su derecho de oposición al trámite notarial en referencia, o hacerse parte en él, en los términos de ley, si les asiste derecho legítimo para hacerlo y hubiere acuerdo con los demás herederos o interesados. Bogotá, D.C., 20 de enero de 2021 Hora: 07:45 AM. ANYELO MAURICIO GUTIERREZ BERNAL NOTARIA 48 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.(E) Resolución 125 del 08 de enero de 2021 HAY UN SELLO *P1-1-26 NOTARIA 40 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. VICTORIA C. SAAVEDRA S. NOTARIA EDICTO LA NOTARIA CUARENTA (40) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consi- deren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de circulación nacional, en el trámite notarial de Liquidación Sucesoral Intestada de la causante MARIA ABIGAIL DUQUE MANRIQUE, identificada con cédula de ciudadanía número 41.581.658 de Bogotá, D.C., quien falleció en Bogotá, D.C., el veintisiete (27) de diciembre de dos mil trece (2013), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., ADMITIDO el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número Cero Ochenta y Seis (086) del veintiuno (21) de diciembre de dos mil veinte (2020). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Tercero (3ro.) del Decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintidós (22) de diciembre de dos mil veinte (2020), a las ocho y media (8:30) de la mañana. GABRIEL ACERO BENAVIDES NOTARIO CUARENTA (40) DE BOGOTÁ,.C. - EN- CARGADO HAY UN SELLO *P1-2-26 NOTARÍA TERCERA EDICTO EMPLAZATORIO No. 2021-009 LA NOTARÍA 3 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite NOTARIAL DE LA LIQUIDACION DE HERENCIA Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL DEL CAUSANTE: GABRIEL BUITRAGO ESPITIA, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 19.087 866, de Bogotá D.C., quien falleció en la ciudad de Bogotá, el día cuatro (04) de octubre de dos mil veinte (2020) y siendo la ciudad de Bogotá D.C. lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios; que pueden hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación en radio y prensa de este Edicto. El trámite notarial de ésta liquidación de sucesión de ésta Notaría, fue aceptado mediante Acta número DOS MIL VEINTIUNO - CERO NUEVE (2021-009) de fecha veintidós (22) de Enero de dos mil veintiuno (2021) y en desarrollo de dicha acta se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radio difusora de esta localidad, en cumplimento de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 902 de 1988. Igualmente se ordenó la fijación del presente Edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Para constancia se fija el presente Edicto hoy, veintitrés (23) de enero o de dos mil veintiuno (2021) a las nueve de la mañana (9:00 A.M.). MARIA YORLY BERNAL NOTARIA TERCERA ENCARGADA (3E) DEL CIRCU- LO DE BOGOTÁ D.C. RAD 2021-127 HAY UN SELLO *J2-1-26 EL LIQUIDADOR DE LA SOCIEDAD COMOWERMAN LDTA. PRIMER AVISO EMPLAZATORIO El Liquidador de la SOCIEDAD COMOWERMAN LDTA. entidad identificada con el NIT 900.127.761- 8, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 357 del 18 de noviembre de 2020 expedido por el Municipio de Armenia AVISA Que el Municipio de Armenia en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de que trata el artículo 315 de la Constitución Política, La Ley 66 de 1968, los Decretos Leyes 2610 de 1979, 078 de 1987, en concordancia con el Decreto 2555 de 2010 y los artículos 109 y 125 de la Ley 388 de 1997, en especial las conferidas por el Acuerdo Municipal 167 de 2020, dispuso la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar la SOCIEDAD COMOWERMAN LDTA., decisión adoptada mediante el Decreto 357 del 18 de Noviembre de 2020. EMPLAZA A todas las personas naturales o jurídicas de carácter público o privado, que se consideren con derecho a formular reclamaciones de cualquier índole contra la entidad intervenida, para que se presenten a radicar al proceso liquidatorio su reclamación de manera OPORTUNA con prueba siquiera sumaria de sus créditos, ÚNICAMENTE en la sede ubicada en la Carrera 13 No. 42-36 Oficina 402 de la ciudad de Bogotá D.C. DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 27 DE ENERO AL 26 DE FEBRERO DE 2021, de lunes a viernes en el horario de 8:00 AM a 12:00 M y 1:00 PM a 5:00 PM. SE INFORMA que una vez vencido el término para presentar reclamaciones de manera OPORTUNA, el expediente que contenga la reclamación presentada, se mantendrá en traslado común a los interesados por el término de cinco (5) días hábiles, con el objetivo de que se presenten objeciones a las mismas. SE ADVIERTE que las acreencias no reclamadas y que aparezcan debidamente comprobadas en los libros de contabilidad oficiales de la entidad en Liquidación, serán sometidas a estudio con el fin de determinar la viabilidad de su calificación como pasivo cierto no reclamado. Para efectuar la reclamación, los interesados deberán dirigirlas a las instalaciones de la Entidad ubicadas en la Carrera 13 No. 42-36 Oficina 402 de la ciudad de Bogotá D.C. o al correo electrónico: [email protected]. Las reclamaciones soportadas en facturas deberán acompañarse de una relación en un medio magné- tico de las mismas que contendrá como mínimo los siguientes datos: Razón social, Nit o cédula de ciudadanía, número de la factura, fecha de la expedición de la factura, fecha de la radicación de la factura en el evento que se hubiera realizado, concepto y valor. Las reclamaciones se deberán realizar independientemente a que con anterioridad al presente emplazamiento, el interesado haya solicitado el pago o cumplimiento de lo reclamado por cualquier otro medio so pena de considerarse extemporánea. Las personas naturales o jurídicas, secuestres, auxiliares de la justicia y demás funcionarios que tengan en su poder a cualquier título, activos de la SOCIEDAD COMOWERMAN LDTA. EN LIQUI- DACIÓN, deberán devolverlos de manera inmediata al Liquidador, con la advertencia que ninguna de tales personas tendrá derecho a embargos o acción contra alguno de los haberes de la SOCIEDAD COMOWERMAN LDTA. EN LIQUIDACIÓN, por cualquier pago, anticipo o compensación hecha con posterioridad al inicio del proceso liquidatario Conforme a lo dispuesto en el literal c) del Artículo 9.1.3.1.1 y en el artículo 9.1.3.5.10 del Decreto 2555 de 2010, quienes tengan procesos ordinarios admitidos y a pesar de haberlos notificado a la SOCIEDAD COMOWERMAN LDTA.EN LIQUIDACION, antes del 22 de noviembre de 2020, deben proceder a radicar la reclamación de dicho proceso dentro del término establecido para la presentación de reclamaciones oportunas. Así mismo, se advierte que en adelante no se podrá iniciar procesos o actuación alguna contra la entidad, sin que se notifiqué personalmente al liquidador, so pena de nulidad, conforme a lo normado literal e) del numeral 1) del artículo 9.1.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010. INVITA Al público en general a mantenerse informado y actualizado acerca del proceso liquidatorio de la SOCIEDAD COMOWERMAN LDTA. identificada con el NIT 900.127.761-8, ingresando a la página web https://www.marquezabogadosasociados.com Bogotá D.C., 26 de enero de 2021. EL LIQUIDADOR DE LA HABITALIA DESARROLLOS S.A.S. PRIMER AVISO EMPLAZATORIO El Liquidador de la HABITALIA DESARROLLOS S.A.S. entidad identificada con el NIT 900.598.398-7, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 357 del 18 de noviembre de 2020 expedido por el Municipio de Armenia AVISA Que el Municipio de Armenia en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de que trata el artículo 315 de la Constitución Política, La Ley 66 de 1968, los Decretos Leyes 2610 de 1979, 078 de 1987, en concordancia con el Decreto 2555 de 2010 y los artículos 109 y 125 de la Ley 388 de 1997, en especial las conferidas por el Acuerdo Municipal 167 de 2020, dispuso la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar la HABITALIA DESARROLLOS S.A.S., decisión adoptada mediante el Decreto 357 del 18 de Noviembre de 2020. EMPLAZA A todas las personas naturales o jurídicas de carácter público o privado, que se consideren con derecho a formular reclamaciones de cualquier índole contra la entidad intervenida, para que se presenten a radicar al proceso liquidatorio su reclamación de manera OPORTUNA con prueba siquiera sumaria de sus créditos, ÚNICAMENTE en la sede ubicada en la Carrera 13 No. 42-36 Oficina 402 de la ciudad de Bogotá D.C. DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 27 DE ENERO AL 26 DE FEBRERO DE 2021, de lunes a viernes en el horario de 8:00 AM a 12:00 M y 1:00 PM a 5:00 PM. SE INFORMA que una vez vencido el término para presentar reclamaciones de manera OPORTUNA, el expediente que contenga la reclamación presentada, se mantendrá en traslado común a los interesados por el término de cinco (5) días hábiles, con el objetivo de que se presenten objeciones a las mismas. SE ADVIERTE que las acreencias no reclamadas y que aparezcan debidamente comprobadas en los libros de contabilidad oficiales de la entidad en Liquidación, serán sometidas a estudio con el fin de determinar la viabilidad de su calificación como pasivo cierto no reclamado. Para efectuar la reclamación, los interesados deberán dirigirlas a las instalaciones de la Entidad ubicadas en la Carrera 13 No. 42-36 Oficina 402 de la ciudad de Bogotá D.C. o al correo electrónico: [email protected]. Las reclamaciones soportadas en facturas deberán acompañarse de una relación en un medio magné- tico de las mismas que contendrá como mínimo los siguientes datos: Razón social, Nit o cédula de ciudadanía, número de la factura, fecha de la expedición de la factura, fecha de la radicación de la factura en el evento que se hubiera realizado, concepto y valor. Las reclamaciones se deberán realizar independientemente a que con anterioridad al presente emplazamiento, el interesado haya solicitado el pago o cumplimiento de lo reclamado por cualquier otro medio so pena de considerarse extemporánea. Las personas naturales o jurídicas, secuestres, auxiliares de la justicia y demás funcionarios que tengan en su poder a cualquier título, activos de la HABITALIA DESARROLLOS S.A.S. EN LIQUI- DACION, deberán devolverlos de manera inmediata al Liquidador, con la advertencia que ninguna de tales personas tendrá derecho a embargos o acción contra alguno de los haberes de la HABITALIA DESARROLLOS S.A.S. EN LIQUIDACIÓN, por cualquier pago, anticipo o compensación hecha con posterioridad al inicio del proceso liquidatario Conforme a lo dispuesto en el literal c) del Artículo 9.1.3.1.1 y en el artículo 9.1.3.5.10 del Decreto 2555 de 2010, quienes tengan procesos ordinarios admitidos y a pesar de haberlos notificado a la SOCIEDAD COMOWERMAN LTDA.EN LIQUIDACIÓN, antes del 18 de noviembre de 2020, deben proceder a radicar la reclamación de dicho proceso dentro del término establecido para la presentación de reclamaciones oportunas. Así mismo, se advierte que en adelante no se podrá iniciar procesos o actuación alguna contra la entidad, sin que se notifiqué personalmente al liquidador, so pena de nulidad, conforme a lo normado literal e) del numeral 1) del artículo 9.1.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010. INVITA Al público en general a mantenerse informado y actualizado acerca del proceso liquidatario de la HABITALIA DESARROLLOS S.A.S. identificada con el NIT 900.598.398-7, ingresando a la página web https://www.marquezabogadosasociados.com Bogotá D.C., 26 de enero de 2021.

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clasificados JUdicialEs22A EL NUEVO SIGLO martes 26 De eNerO De 2021

LICENCIAS

CURADURIA URBANA 2Arq. MAURO BAQUERO CASTRO

CURADORReferencia: 11001-2-20-1122

Expedición: 21-ene-21El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAURO BAQUERO CASTRO, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Proc edimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: SA-LAMANCA RODRIGUEZ SILVINO EN CALIDAD DE POSEEDOR CC:19369567, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA DEMOLICIÓN TOTAL, CERRAMIENTO, mediante acto administrativo 11001-2-21-0130 del 21-ene-21 para el predio ubicado en la KR 84 C BIS 57 B 45 S (ACTUAL): PARA EL CERRAMIENTO DEL LOTE CON MURO MACIZO Y ALTURA 2,50 METROS SOBRE EL NIVEL NATURAL DEL TERRENO.Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

CURADURIA URBANA 2Arq. MAURO BAQUERO CASTRO

CURADORReferencia: 11001-2-20-1806

Expedición: 21-ene-21El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAURO BAQUERO CASTRO, en cumplimien-

to de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: CHAPARRO CHAPARRO MARIA CRISTINA CC:51908620, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA AMPLIACIÓN, mediante acto administrativo 11001-2-21-0133 del 21-ene-21 para el predio ubicado en la CL 14 108 48 CA 193 (ACTUAL): La ampliación consiste en adicionar el baño en el tercer piso de la casa 193 tipo G de la agrupación residencial “SABANAGRANDE II SUPERLOTE 3) para el uso de vivienda V.I.S. con un área de ampliación de 2,62 M2 de acuerdo con los planos aprobados en la Resolución Nº. CU2-2002-088 del 5 de abril de 2002. Los demás aspectos contenidos en la citada licencia, se mantiene.Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Proce-dimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

CURADURIA URBANA 2Arq. MAURO BAQUERO CASTRO

CURADORReferencia: 11001-2-20-1840

Expedición: 21-ene-21El Curador Urbano 2 de Bogotá, arquitecto MAURO BAQUERO CASTRO, en cumplimien-to de lo dispuesto por el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto 1077 de 2015, 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Con-tencioso Administrativo y el Decreto Distrital 670 de 2017, hace saber que se ha expedido a: VARGAS CANO CARLOS HUMBERTO CC:79262582 / SASTOQUE GARZON NELCY CC:20677679, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA AMPLIACIÓN, mediante acto adminis-trativo 11001-2-21-0137 del 21-ene-21 para el predio ubicado en la KR 90 C 6 A 67 CA 235 (ACTUAL): LA AMPLIACIÓN CONSISTE EN ADICIONAR EL TERCER PISO DE LA CASA 235 (INTERMEDIA) DEL CONJUNTO RESIDENCIAL “PRADOS DE CASTILLA VI

“, PARA EL USO DE VIVIENDA V.I.S, POSI-BILIDAD DE AMPLIACIÓN DETERMINADA EN LOS PLANOS APROBADOS MEDIANTE LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Nº MLC 2002-2-0068 DEL 23 DE JULIO DE 2002.LOS DEMÁS ASPECTOS CONTENIDOS EN LAS CITADAS LICENCIAS SE MANTIENEN.Contra el Acto Administrativo mediante el cual se expide la Licencia de Construcción antes descrita, proceden los recursos de reposición ante esta Curaduría Urbana y de apelación ante la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital de Planeación (Ordinal K, artículo 36 del Decreto 16 de 2013), dentro de los diez (10) días siguientes a la presente publicación (Artículo 76 del Código de Proce-dimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Esta publicación se hace para notificar a los terceros interesados del predio objeto de la licencia antes referida y a los terceros indeterminados que se puedan ver afectados en forma directa e inmediata con el acto administrativo antes citado.

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CURADURIA URBANA 4 (P)Arq. CATHERINE CELY CORREDOR

CURADORALa Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Ar-quitecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administra-tivo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) sin titulares quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Poseedor MARTINEZ MALAGON JAIRO ALBERTO CC 79663842 Representante Legal CC , ha radi-cado ante esta Curaduría Urbana solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la KR 75 1 16 Actual con las siguientes características básicas: Usos/Escalas Vivienda Multifamiliar Escala No Aplica en 2 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-20-2306 del 27/11/2020.Esta publicación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la KR 17 93 A 87, PBX: 6237404.

CURADURIA URBANA 4 (P)Arq. CATHERINE CELY CORREDOR

CURADORALa Curadora Urbana 4 (P) de Bogotá Arqui-tecta CATHERINE CELY CORREDOR, en cum-plimiento de lo dispuesto en los Artículos 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica al (los) señor (es) PAEZ ARIZA GUSTAVO quien(es) aparece(n) como titular (es) del derecho de dominio, toda vez que el señor En Calidad de Propietario PAEZ ARIZA GUSTAVO CC 79320600 , ha radicado ante esta Cura-duría Urbana solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN para el predio localizado en la CL 33 S 9 34 Actual con las siguien-tes características básicas: Usos/Escalas Vivienda Multifamiliar Escala No Aplica en 3 pisos de altura, trámite que se adelanta bajo la referencia 11001-4-20-2317 del 27/11/2020.Esta publicación se hace para que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos, su participación deberá hacerla hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud radicando el escrito correspondiente en la sede de esta Curaduría Urbana 4, ubicada en la KR 17 93 A 87, PBX: 6237404.

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CURADURIA URBANA 5Ing. mariano Pinilla Poveda

Bogotá D.C.

CURADURIA URBANA 5Ing. MARIANO PINILLA POVEDA

CURADORCOMUNICACIÓN A VECINOS, POSEEDORES, COMUNEROS, TERCEROS INTERESADOS Y ACREEDOR HIPOTECARIO:CURADOR URBANO N.º 5 ING. MARIANO PINILLA POVEDAPORTA 100: TV 22 98-82/26. De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del De-creto 1077 de 2015, comunica a los propietarios, acreedores hipotecarios, poseedores o tenedores de los inmuebles colindantes a los predios objeto de las solicitudes, que ante esta Curaduría Urbana se han presentado las siguientes solicitudes de licencia. (Se indican en orden N.º de expediente, tipo de trámite, Dirección, Uso, Titular y fecha de radicación).11001-5-20-1020: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN PLANOS ALINDERA-MIENTO Y CUADRO ÁREAS PH para el predio

ubicado en la TV 86 B 59 B 42 44 S (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA BIFAMILIAR. Poseedor (a): CONSTRUCTORA EL COSMOS S.A.S. (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 901316458-5). Fecha Radicación noviembre 19 de 2020.11001-5-20-0980: LICENCIA DE CONSTRUC-CIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la AK 72 7 B 85 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA UNIFAMILIAR. Propietario (a): SILVA AGUILAR GUSTAVO (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 79285922). Fecha Radicación noviembre 11 de 2020.11001-5-20-0563: LICENCIA DE CONSTRUC-CIÓN en la modalidad de MODIFICACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL para el predio ubicado en la CL 73 A 77 B 60 (ACTUAL), KR 78 73 A 12 14 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. Propietario (a): SANFORB INGENIERIA Y SERVICIOS S.A.S. (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 900469724-2). Fecha Radica-ción julio 16 de 2020.11001-5-20-1096: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la CL 66 A S 86 C 04 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR, COMERCIO de Escala VECINAL B. Propietario (a): PITA MORENO MARIA LUISA, PITA MORENO JUAN CARLOS (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 39645107, 80435904). Fecha Radicación diciembre 15 de 2020.11001-5-20-0988: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA para el predio ubicado en la KR 6 E 97 D 75 S (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. Propietario (a): AMAYA MOYANO NANCY MIREYA, SAN-CHEZ CASTAÑEDA JOSE REINEL (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 53129509, 4264293). Fecha Radicación noviembre 12 de 2020.11001-5-20-0644: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA para el predio ubicado en la CL 76 B S 13 B 31 E (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. Propie-tario (a): RINCON ORTIZ WILSON DAVID, RINCON ORTIZ DIEGO ALEXANDER (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 1033779001, 1033793648). Fecha Radicación agosto 12 de 2020.11001-5-20-1093: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la CL 73 S 100 A 53 (ACTUAL) de esta ciudad. El pro-yecto pretende desarrollar el(los) uso(s) DOT. EQUIPAMIENTO COLECTIVO SALUD de Escala METROPOLITANO. Propietario (a): PROMOTORA HOSPITAL DE BOSA S.A.S. (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 901352885-1). Fecha Radicación diciembre 15 de 2020.11001-5-20-0682: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de ADECUACIÓN, AMPLIACIÓN, DEMOLICIÓN PARCIAL, MODIFICACIÓN para el predio ubicado en la CL 91 S 12 26 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA BIFAMILIAR, COMERCIO de Escala LOCAL IA. Propietario (a): SASTOQUE REY DELIO EDUARDO (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 19097433). Fecha Radicación agosto 24 de 2020.11001-5-20-0985: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL para el predio ubicado en la CL 56 F BIS S 89 11 13 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA BIFAMILIAR. Propietario (a): ROJAS PANTOJA NATALY JAZBLEDY, RINCON VARGAS ANDERSON (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 1075271730, 1032378566). Fecha Radicación noviembre 11 de 2020.11001-5-20-1022: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, DEMOLICIÓN TOTAL, APROBACIÓN PLANOS ALINDERAMIEN-TO Y CUADRO ÁREAS PH para el predio ubicado en la CL 42 B S 78 L 05 07 (ACTUAL), KR 78 L 42 B 17 21 (ACTUAL) de esta ciudad. El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s) VIVIENDA MULTIFAMILIAR. Poseedor (a): INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA MI KASA S.A.S. (Identificado(a) con el c.c. /NIT: 901350879-6). Fecha Radicación noviembre 19 de 2020.Lo anterior con el fin de que si lo desea se haga parte dentro del trámite mencionado y haga valer sus derechos de acuerdo con los Artículos 29 y 30 del Decreto 1469 de 2010 compilado por el decreto 1077 de 2015, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud.Conforme con el Parágrafo del Artículo 30 del Decreto 1469 de 2010 compilado por el decreto 1077 de 2015, “Las objeciones y ob-servaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas Observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.”

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NOTARIASNOTARIA CUARENTA Y OCHO (48) EDICTO EMPLAZATORIO El Notario Cuarenta y Ocho (48)(E) de Bogotá, como lo disponen los Decretos 902 de 1.988 y 1729 de 1.989, CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión de HERNANDO MARTINEZ ERASO Y OLGA GUERRERO DE MARTINEZ fallecidos en la ciudad de Bogotá D.C, el día 15 de diciembre de 2019 y el día 21 de junio de 2014 respectivamente, siendo su(s) ultimo(s) domicilio(s) la ciudad de Bogotá D.C., quienes se identificaron en vida con C.C. No. 17.028.442 y 20.099.380 ambas de Bogotá D.C. La tramitación de esta SUCESIÓN fue por personas con probado interés jurídico, y su trámite y docu-mentación anexa fueron aceptados y radicados en esta Notaria. Para efectos señalados en la ley, se FIJA el presente EDICTO EMPLAZATORIO, en lugar público de la No-taria, por el término de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, y se dos ejemplares del mismo al (a la) (a los) interesa-dos (a) (s) para su publicación, en un periódico de amplia Circulación Nacional y en una radiodifusora local. Dentro del término del EMPLAZAMIENTO, pueden cualesquiera otros interesados ejercer su derecho de oposición al trámite notarial en referencia, o hacerse parte en él, en los términos de ley, si les asiste derecho legítimo para hacerlo y hubiere acuerdo con los demás herederos o interesados. Bogotá, D.C., 20 de enero de 2021 Hora: 07:45 AM. ANYELO MAURICIO GUTIERREZ BERNAL NOTARIA 48 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.(E) Resolución 125 del 08 de enero de 2021

HAY UN SELLO *P1-1-26

NOTARIA 40 DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. VICTORIA C. SAAVEDRA S. NOTARIA EDICTO LA NOTARIA CUARENTA (40) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. HACE SABER: A todas las personas que se consi-deren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en un periódico de circulación nacional, en el trámite notarial de Liquidación Sucesoral Intestada de la causante MARIA ABIGAIL DUQUE MANRIQUE, identificada con cédula de ciudadanía número 41.581.658 de Bogotá, D.C., quien falleció en Bogotá, D.C., el veintisiete (27) de diciembre de dos mil trece (2013), siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., ADMITIDO el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número Cero Ochenta y Seis (086) del veintiuno (21) de diciembre de dos mil veinte (2020). Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de circulación nacional y en una radiodifusora de Bogotá, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo Tercero (3ro.) del Decreto novecientos dos (902) de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy veintidós (22) de diciembre de dos mil veinte (2020), a las ocho y media (8:30) de la mañana. GABRIEL ACERO BENAVIDES NOTARIO CUARENTA (40) DE BOGOTÁ,.C. - EN-CARGADO

HAY UN SELLO *P1-2-26

NOTARÍA TERCERA EDICTO EMPLAZATORIO No. 2021-009 LA NOTARÍA 3 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite NOTARIAL DE LA LIQUIDACION DE HERENCIA Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL DEL CAUSANTE: GABRIEL BUITRAGO ESPITIA, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 19.087 866, de Bogotá D.C., quien falleció en la ciudad de Bogotá, el día cuatro (04) de octubre de dos mil veinte (2020) y siendo la ciudad de Bogotá D.C. lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios; que pueden hacerlo dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación en radio y prensa de este Edicto. El trámite notarial de ésta liquidación de sucesión de ésta Notaría, fue aceptado mediante Acta número DOS MIL VEINTIUNO - CERO NUEVE (2021-009) de fecha veintidós (22) de Enero de dos mil veintiuno (2021) y en desarrollo de dicha acta se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radio difusora de esta localidad, en cumplimento de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 902 de 1988. Igualmente se ordenó la fijación del presente Edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Para constancia se fija el presente Edicto hoy, veintitrés (23) de enero o de dos mil veintiuno (2021) a las nueve de la mañana (9:00 A.M.). MARIA YORLY BERNAL NOTARIA TERCERA ENCARGADA (3E) DEL CIRCU-LO DE BOGOTÁ D.C. RAD 2021-127

HAY UN SELLO *J2-1-26

EL LIQUIDADOR DE LA SOCIEDAD COMOWERMAN LDTA.

PRIMER AVISO EMPLAZATORIO

El Liquidador de la SOCIEDAD COMOWERMAN LDTA. entidad identificada con el NIT 900.127.761-8, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 357 del 18 de noviembre de 2020 expedido por el Municipio de Armenia

AVISA

Que el Municipio de Armenia en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de que trata el artículo 315 de la Constitución Política, La Ley 66 de 1968, los Decretos Leyes 2610 de 1979, 078 de 1987, en concordancia con el Decreto 2555 de 2010 y los artículos 109 y 125 de la Ley 388 de 1997, en especial las conferidas por el Acuerdo Municipal 167 de 2020, dispuso la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar la SOCIEDAD COMOWERMAN LDTA., decisión adoptada mediante el Decreto 357 del 18 de Noviembre de 2020.

EMPLAZA

A todas las personas naturales o jurídicas de carácter público o privado, que se consideren con derecho a formular reclamaciones de cualquier índole contra la entidad intervenida, para que se presenten a radicar al proceso liquidatorio su reclamación de manera OPORTUNA con prueba siquiera sumaria de sus créditos, ÚNICAMENTE en la sede ubicada en la Carrera 13 No. 42-36 Oficina 402 de la ciudad de Bogotá D.C. DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 27 DE ENERO AL 26 DE FEBRERO DE 2021, de lunes a viernes en el horario de 8:00 AM a 12:00 M y 1:00 PM a 5:00 PM. SE INFORMA que una vez vencido el término para presentar reclamaciones de manera OPORTUNA, el expediente que contenga la reclamación presentada, se mantendrá en traslado común a los interesados por el término de cinco (5) días hábiles, con el objetivo de que se presenten objeciones a las mismas.

SE ADVIERTE que las acreencias no reclamadas y que aparezcan debidamente comprobadas en los libros de contabilidad oficiales de la entidad en Liquidación, serán sometidas a estudio con el fin de determinar la viabilidad de su calificación como pasivo cierto no reclamado.

Para efectuar la reclamación, los interesados deberán dirigirlas a las instalaciones de la Entidad ubicadas en la Carrera 13 No. 42-36 Oficina 402 de la ciudad de Bogotá D.C. o al correo electrónico: [email protected].

Las reclamaciones soportadas en facturas deberán acompañarse de una relación en un medio magné-tico de las mismas que contendrá como mínimo los siguientes datos: Razón social, Nit o cédula de ciudadanía, número de la factura, fecha de la expedición de la factura, fecha de la radicación de la factura en el evento que se hubiera realizado, concepto y valor.

Las reclamaciones se deberán realizar independientemente a que con anterioridad al presente emplazamiento, el interesado haya solicitado el pago o cumplimiento de lo reclamado por cualquier otro medio so pena de considerarse extemporánea.

Las personas naturales o jurídicas, secuestres, auxiliares de la justicia y demás funcionarios que tengan en su poder a cualquier título, activos de la SOCIEDAD COMOWERMAN LDTA. EN LIQUI-DACIÓN, deberán devolverlos de manera inmediata al Liquidador, con la advertencia que ninguna de tales personas tendrá derecho a embargos o acción contra alguno de los haberes de la SOCIEDAD COMOWERMAN LDTA. EN LIQUIDACIÓN, por cualquier pago, anticipo o compensación hecha con posterioridad al inicio del proceso liquidatario

Conforme a lo dispuesto en el literal c) del Artículo 9.1.3.1.1 y en el artículo 9.1.3.5.10 del Decreto 2555 de 2010, quienes tengan procesos ordinarios admitidos y a pesar de haberlos notificado a la SOCIEDAD COMOWERMAN LDTA.EN LIQUIDACION, antes del 22 de noviembre de 2020, deben proceder a radicar la reclamación de dicho proceso dentro del término establecido para la presentación de reclamaciones oportunas.

Así mismo, se advierte que en adelante no se podrá iniciar procesos o actuación alguna contra la entidad, sin que se notifiqué personalmente al liquidador, so pena de nulidad, conforme a lo normado literal e) del numeral 1) del artículo 9.1.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010.

INVITA

Al público en general a mantenerse informado y actualizado acerca del proceso liquidatorio de la SOCIEDAD COMOWERMAN LDTA. identificada con el NIT 900.127.761-8, ingresando a la página web https://www.marquezabogadosasociados.com

Bogotá D.C., 26 de enero de 2021.

EL LIQUIDADOR DE LA HABITALIA DESARROLLOS S.A.S.

PRIMER AVISO EMPLAZATORIO

El Liquidador de la HABITALIA DESARROLLOS S.A.S. entidad identificada con el NIT 900.598.398-7, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 357 del 18 de noviembre de 2020 expedido por el Municipio de Armenia

AVISA

Que el Municipio de Armenia en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de que trata el artículo 315 de la Constitución Política, La Ley 66 de 1968, los Decretos Leyes 2610 de 1979, 078 de 1987, en concordancia con el Decreto 2555 de 2010 y los artículos 109 y 125 de la Ley 388 de 1997, en especial las conferidas por el Acuerdo Municipal 167 de 2020, dispuso la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar la HABITALIA DESARROLLOS S.A.S., decisión adoptada mediante el Decreto 357 del 18 de Noviembre de 2020.

EMPLAZA

A todas las personas naturales o jurídicas de carácter público o privado, que se consideren con derecho a formular reclamaciones de cualquier índole contra la entidad intervenida, para que se presenten a radicar al proceso liquidatorio su reclamación de manera OPORTUNA con prueba siquiera sumaria de sus créditos, ÚNICAMENTE en la sede ubicada en la Carrera 13 No. 42-36 Oficina 402 de la ciudad de Bogotá D.C. DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 27 DE ENERO AL 26 DE FEBRERO DE 2021, de lunes a viernes en el horario de 8:00 AM a 12:00 M y 1:00 PM a 5:00 PM. SE INFORMA que una vez vencido el término para presentar reclamaciones de manera OPORTUNA, el expediente que contenga la reclamación presentada, se mantendrá en traslado común a los interesados por el término de cinco (5) días hábiles, con el objetivo de que se presenten objeciones a las mismas.

SE ADVIERTE que las acreencias no reclamadas y que aparezcan debidamente comprobadas en los libros de contabilidad oficiales de la entidad en Liquidación, serán sometidas a estudio con el fin de determinar la viabilidad de su calificación como pasivo cierto no reclamado.

Para efectuar la reclamación, los interesados deberán dirigirlas a las instalaciones de la Entidad ubicadas en la Carrera 13 No. 42-36 Oficina 402 de la ciudad de Bogotá D.C. o al correo electrónico: [email protected].

Las reclamaciones soportadas en facturas deberán acompañarse de una relación en un medio magné-tico de las mismas que contendrá como mínimo los siguientes datos: Razón social, Nit o cédula de ciudadanía, número de la factura, fecha de la expedición de la factura, fecha de la radicación de la factura en el evento que se hubiera realizado, concepto y valor.

Las reclamaciones se deberán realizar independientemente a que con anterioridad al presente emplazamiento, el interesado haya solicitado el pago o cumplimiento de lo reclamado por cualquier otro medio so pena de considerarse extemporánea.

Las personas naturales o jurídicas, secuestres, auxiliares de la justicia y demás funcionarios que tengan en su poder a cualquier título, activos de la HABITALIA DESARROLLOS S.A.S. EN LIQUI-DACION, deberán devolverlos de manera inmediata al Liquidador, con la advertencia que ninguna de tales personas tendrá derecho a embargos o acción contra alguno de los haberes de la HABITALIA DESARROLLOS S.A.S. EN LIQUIDACIÓN, por cualquier pago, anticipo o compensación hecha con posterioridad al inicio del proceso liquidatario

Conforme a lo dispuesto en el literal c) del Artículo 9.1.3.1.1 y en el artículo 9.1.3.5.10 del Decreto 2555 de 2010, quienes tengan procesos ordinarios admitidos y a pesar de haberlos notificado a la SOCIEDAD COMOWERMAN LTDA.EN LIQUIDACIÓN, antes del 18 de noviembre de 2020, deben proceder a radicar la reclamación de dicho proceso dentro del término establecido para la presentación de reclamaciones oportunas.

Así mismo, se advierte que en adelante no se podrá iniciar procesos o actuación alguna contra la entidad, sin que se notifiqué personalmente al liquidador, so pena de nulidad, conforme a lo normado literal e) del numeral 1) del artículo 9.1.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010.

INVITA

Al público en general a mantenerse informado y actualizado acerca del proceso liquidatario de la HABITALIA DESARROLLOS S.A.S. identificada con el NIT 900.598.398-7, ingresando a la página web https://www.marquezabogadosasociados.com

Bogotá D.C., 26 de enero de 2021.

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clasificados JUdicialEsmartes 26 De eNerO De 2021 EL NUEVO SIGLO 23ANOTARÍA TERCERA EDICTO EMPLAZATORIO No. 2021-008 LA NOTARÍA 3 DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite NOTARIAL DE LA LIQUIDACION DE HEREN-CIA DEL CAUSANTE: CARLOS EDUARDO MORENO RAMIREZ, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 17.099.366 de Bogotá D.C., quien falleció en la ciudad de Bogotá, el día dieciséis (16) de octubre de dos mil veinte (2020), y siendo la ciudad de Bogotá D.C. lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios; que pueden hacerlo dentro de los diez (10). días siguientes a la publi-cación en radio y prensa de éste Edicto. El trámite notarial de ésta liquidación de sucesión de ésta Notaría, fue acep-tado mediante Acta número DOS MIL VEINTIUNO – CERO OCHO (2021-008) de fecha veintidós (22) de Enero de dos mil veintiuno (2021) y en desarrollo de dicha acta se ordena la publicación de éste Edicto en un periódico de circulación nacional y en una radio difusora de esta localidad, en cumplimento de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 902 de 1988. Igualmente se ordenó la fi jación del presente Edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Para constancia se fija el presente Edicto hoy, veintitrés (23) de enero o de dos mil veintiuno (2021) a las nueve de la mañana (9:00 A.M.). MARIA YORLY BERNAL NOTARIA TERCERA ENCARGADA (3E) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. RAD 2021-112

HAY UN SELLO *J2-2-26

NOTARIA ONCE (11) DE BOGOTÁEDICTOLa Notaria Once (11) del Circulo de Bogotá, Distrito Capital, EMPLAZA, a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral del (de los) (de la) CAUSANTE(S) MARÍA ANA ROSA CONE-JO CONEJO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 20.261.026 expedida en Ubaté, y quien (es) falleció (eron) el día primero (01) de febrero de dos mil dieciocho (2018) en la ciudad de Bogotá D.C., siendo el último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C., aceptando el trá-mite respectivo en esta Notaria, mediante ACTA NÚMERO 067 de fecha nueve (09) días del mes de Diciembre de dos mil veinte (2020).Se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación Nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 2º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días.EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY: NUEVE (09) DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE (2020), SIENDO LAS 08:30 A.M.NELSON JAIME SÁNCHEZ GARCÍANOTARIO ONCE (11) ENCARGADO DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.

HAY UN SELLO *J2-3-26

Notaria Unica del Circulo de Guatavita EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE GUATAVITA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el trámite Notarial de liquidación de la sucesión del cau-sante WILLIAM ANTONIO BETANCOURT VASQUEZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía No. 19.390.027, fallecido el día 22 de junio de 2016 en la ciudad de: Bogotá D.C., quien tuvo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios fue el Municipio de Sopó (Cundinamarca). Aceptado el trámite en esta Notaria, mediante ACTA No. 002 de fecha: QUINCE (15) de ENERO de DOS MIL VEINTIUNO (2021). Se ordena la publica-ción de éste EDICTO en un PERIODICO DE

CIRCULACION NACIONAL y en la Radio-difusora, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3o. Del DECRETO 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy QUINCE (15) de ENERO de DOS MIL VEINTIUNO (2021). Siendo las ocho de la mañana (8:00 A.m.) EL NOTARIO, PEDRO VASQUEZ ACOSTA

HAY UN SELLO *V1-1-26

NOTARIA ONCE (11) DE BOGOTÁ EDIC-TO La Notaria Once (11) del Círculo de Bogotá, Distrito Capital. EMPLAZA, a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la Publicación del presente EDICTO en el trámite Notarial de Liquidación de herencia del(de los)(de la) causante(s) LEONOR WILLIAMSON DE FERRERO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 20.022.595 expedida en Bogotá D.C., y quien (es) falleció(eron) el día dos (2) de noviembre de dos mil veinte (2020) en la ciudad de Bogotá D.C., siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios, aceptando el trámite respectivo en ésta Notaria, mediante ACTA NÚMERO 002 de fecha diecinueve (19) de enero de dos mil veintiuno (2.021). Se ordena la publi-cación de éste EDICTO en un Periódico de amplia circulación Nacional y en una Radiodifusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 2° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fi-jación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY DIECINUEVE (19) DE ENERO DE DOS MIL VEINTIUNO (2.021). SIENDO LAS 8:30 A.M. NELSON JAIME SANCHEZ GARCÍA NOTA-RIO ONCE (11) ENCARGADO DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C.

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REPUBLICA DE COLOMBIA NOTARIA CINCUENTA Y TRES (53) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. JUAN FERNANDO TOLOSA SUAREZ Notario EDICTO. N° 03 LA SUSCRITA NOTARIA CINCUENTA Y TRES (53) ENCARGADA DEL CÍRCULO DE BOGOTA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite de la liquidación de herencia de LIBARDO ABEL HAMON MARTINEZ, quien se identificó con la cedula de ciudadanía número 79.361.949, fallecido en Bogotá, D.C, el primero (1°) de Noviembre de mil novecientos noventa y siete (1997), sien-do su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá D.C. El trámite respectivo fue aceptado por esta Notaría mediante Acta No. 03 de fecha veintiuno (21) de Enero del año dos mil veintiuno (2.021), en la cual se autorizó la publicación de este Edicto en un periódico de circulación nacional y en una emisora de reconocida sintonía de Bogotá, D.C., en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3o del Decreto 902 de 1.988; ordenándose además, su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días. Si después de publicado este Edicto no se hubiere formulado oposición por algún interesa-do, se continuará el trámite y el notario procederá a extender la escritura pública correspondiente. En cumplimiento de lo anterior se fija el presente EDICTO en lugar público de la No-taría, hoy veintiuno (21) de Enero de dos mil veintiuno (2021), siendo las 8:00 am CLARA INES PAEZ RODRIGUEZ Notario Cincuenta y Tres (53) del Círculo encargada de Bogotá D.C. Resolución 0151 del 12 de Enero de 2021

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NOTARIA SEPTIMA (7ª) DE BOGOTÁ D.C. CALLE 12 B No. 8-39 INT. 3,6 Y 7 TEL. 282 65 65 EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación

del presente EDICTO en un periódico en el trámite de la liquidación Sucesoral de DIO-SELINA SIERRA AVILA, quien se identifica en vida con la cédula de ciudadanía número 41300504, y falleció el dia 22 del mes de Julio del año 2020 en la ciudad de Bogo-tá, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios en esta ciudad. Aceptando el trámite Sucesoral en esta Notaria mediante acta numero 011 de fecha catorce (14) de enero del año dos mil veintiuno (2021), se ordena la publi-cación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora de Bogotá D.C. en cumplimento de lo dispuesto en el Artículo tercero (3o) del Decreto Novecientos dos (902) de Mil Novecientos ochenta y ocho (1988) ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy quince (15) de enero de dos mil veintiuno (2021) a las ocho (08:00) de la mañana DENIS MARITZA OBANDO CABRERA NOTARIA SÉPTIMA (7) ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTÁD.C. RESOLUCIÓN 10870 DE FECHA 16 DE DICIEMBRE DE 2020 SN

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NOTARIA 56 DE BOGOTA, D.C. Dr. Berni Francisco Escalona Castilla Carrera 73 No. 59 12 sur. Tel. 7433417 - 7433410 NIT. 5.088.163-9 EDICTO EL NOTARIO 56 DEL CIRCULO DE BOGOTA, D.C. (Carrera 73 No. 59 12 sur) EMPLAZA: A todas las personas que se crean con el derecho de intervenir, en el trámite de Liquidación Notarial de la Sucesión intestada de MARIA HERSILIA URBINA, quien falleció en Bogotá, el día veintiséis (26) de julio de año dos mil veinte (2020) y quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía No. 20.275.182, siendo su último domicilio la ciudad de Bogotá, D.C, aceptada en esta Notaría mediante ORDEN No. 03 de fecha quince (15) de enero del año dos mil veintiuno (2021). Para efectos del artículo 589 del Código de procedimiento civil y del numeral 2o. Artículo 3o. del Decreto 902 de 1988, se fija el presente EDICTO en un lugar público de la Secretaría de la Notaría, por el térmi-no de diez (10) días, se entrega las copias de él para las respectivas publicaciones y se fija hoy quince (15) de enero de año dos mil veintiuno (2021), a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). EL NOTARIO 56 BERNI FRANCISCO ESCALONA CASTILLA

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NOTARIA SESENTA Y DOS DEL CIRCULO DE BOGOTA CARLOS ARTURO SERRATO GALEANO NOTARIO EDICTO 01 LA NOTA-RIA 62 DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. De conformidad con el numeral 2 del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 EMPLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir La liquidación de herencia y liquidación de la sociedad conyugal de la causante ANA MERCEDES RUIZ DE LOPEZ quien falleció el 28 de febrero de 2019 en Bogotá D.C, Siendo la ciudad de Bogotá D.C, su último domicilio y el asiento principal de sus negocios y quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía 41359603 expedida en Bogotá D.C. para que lo hagan valer dentro de los diez (10) días hábiles y subsiguientes a esta publicación y cuya trámite de la liquidación de herencia de la causante se inicia mediante Acta número 01 de fecha 25 de enero de 2021Se fija el presente Edicto en lugar público de la Notaria el día: El 26 de enero de 2021 a las 8:15 am DORA INES VELOSA REYES NOTARIA SESENTA Y DOS 862) ( E ) DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. Mediante Re-solución 11054 de fecha 21 de diciembre de 2020 de la SNR Se desfija el presente Edicto el día:

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LICENCIAS TUNJA CURADURÍA URBANA N.1 - TUNJA ARQ MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana AVISA A LOS VECINOS COLINDANTES DEL PREDIO UBICADO EN LA CALLE 23 No. 9-41 DE LA CIUDAD DE TUNJA.

En cumplimiento a lo señalado en el artícu-lo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, en los términos estableci-dos en la ley 1437 de 2011 (C.P.A.C.A). la suscrita Curadora Urbana No. 1 se permite informar a los interesados que la señora HILDA GRACIELA FUQUEN RIVEROS, iden-tificada con la cédula de ciudadanía No. Localizado en la calle 23 No. 9-41 barrio Las nieves de la ciudad de Tunja, radicó bajo el número 15001-1-20-484VNM-045 la solicitud de licencia de construcción en la modalidad de obra nueva, vivienda multifamiliar, comercio y/o servicios. Por lo anterior, la Curaduría Urbana No.1 se permite citar a los vecinos colindantes del predio en mención, para que comparezcan si así lo consideran a este despacho ubi-cado en la Carrera 9 No. 19 - 92 Oficinas 101 - 102 de la ciudad de Tunja, dentro de los cinco (5) días contados a partir de esta comunicación de citación, para conocer personalmente del proyecto en mención y manifiesten por escrito sus observaciones sobre el proyecto. La presente citación se hace en la ciudad de Tunja, a los 22 días del mes enero de 2021 NOTA: Con ocasión a la Emergencia Sani-taria decretada por el Gobierno Nacional y Local, y en atención a la resolución con-junta C1C2- 006 de 2020, para consultar el proyecto objeto de citación podrá realizar-la de manera virtual a través de cualquiera de los medios tecnológicos que posee la Curaduría, para lo cual le solicitamos que manifieste su interés en hacerse parte en el proceso de licenciamiento comuni-cándose con la curaduría a los teléfonos celulares 3153970889 - 3153449335, al teléfono fijo 7438000 o a los correos elec-trónicos [email protected] - [email protected], con el fin de poder coordinar la presentación y así usted conozca el proyecto. Cordialmente, MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana No. 1 de Tunja

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CURADURIA URBANA No. I - TUNJA ARQ MARTHA LIGIA BONILLA CURREA AVISA A LOS VECINOS COLINDANTES DEL PREDIO UBICADO EN LA CALLE 58A No. 1A-53 Mz G LOTE 8 DE LA CIUDAD DE TUNJA. En cumplimiento a lo señalado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, en los términos establecidos en la ley 1437 de 2011 (C.P.A.C.A). la suscrita Curadora Urbana No. 1 se permite informar a los intere-sados que los señores JESUS ERNESTO RODRIGUEZ ROMERO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 93.122.023 expedida en el Espinal y NELLY JIMENEZ AYALA, identificada con la cedula No. 35.475.888 expedida en Chía, en su condición de propietarios del predio No. 01031363000800 0 Localizado en la calle 58A No. 1A-53 Mz G lote 8 Urbanización Santa Teresa de la ciudad de Tunja, radicó bajo el número 15001-1-20-0540VNU-107 la solicitud de licencia de construcción en la modalidad de obra nueva . Por lo ante-rior, la Curaduría Urbana No. 1 se permite citar a los vecinos colindantes del predio en mención, para que comparezcan si así lo consideran a este despacho ubicado en la Carrera 9 No. 19 - 92 Oficinas 101 - 102 de la ciudad de Tunja, dentro de los cinco (5) días contados a partir de esta comunicación de citación, para conocer personalmente del proyecto en mención y manifiesten por escrito sus observaciones sobre el proyecto. La presente citación se hace en la ciudad de Tunja, a los 15 días del mes junio de 2021

NOTA: Con ocasión a la Emergencia Sani-taria decretada por el Gobierno Nacional y Local, y en atención a la resolución con-junta C1C2-006 de 2020, para consultar el proyecto objeto de citación podrá realizar-la de manera virtual a través de cualquiera de los medios tecnológicos que posee la Curaduría, para lo cual le solicitamos que manifieste su interés en hacerse parte en el proceso de licenciamiento comuni-cándose con la curaduría a los teléfonos celulares 3153970889 - 3153449335, al teléfono fijo 7438000 o a los correos elec-trónicos [email protected] - [email protected], con el fin de poder coordinar la presentación y así usted conozca el proyecto. Cordialmente, MARTHA LIGIA BONILLA CURREA Curadora Urbana No.1 de Tunja

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LICENCIAS CHIAALCALDIA MUNICIPAL DE CHIA Secretaría de Planeación Publicación Citación a Vecinos ALCALDIA MUNICIPAL DE CHIA SECRE-TARIA DE PLANEACION Dirección de Urbanismo HACE SABER A: JOSE HELIODORO ROJAS (COSTADO ORIENTE - PROPIETARIO O POSEEDOR), ANGELA MARIA ROJAS (COSTADO ORIENTE - PROPIETARIO O POSEEDOR), GLORIA ESTELLA RODRIGUEZ (COSTADO NORTE), MARIA LUISA ROJAS BARRE-RA (COSTADO NORTE - PROPIETARIO O POSEEDOR), JOSE AGUSTIN ROJAS ROJAS (COSTADO SUR - PROPIETARIO O POSEEDOR) Que ELVER GABRIEL CRUZ, Presentaron una solicitud para licencia de construc-ción en la modalidad de OBRA NUEVA en el predio Identificado con la cédula catastral 02-00-0015-0002-000 ubicado en la dirección CARRERA 5 # 1 -18, bajo la radicación No 20209999924952. La anterior citación dando cumplimiento a lo preceptuado en el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del decreto 1077 de 2015 por cuanto los lotes se encuentran vacíos y se descono-ce su dirección de correspondencia, con el fin que pueda constituirse como parte y hacer valer sus derechos. Se expide la presente en la fecha: 24 de diciembre de 2020 Cordialmente: Arq.: FELIPE CORTÉS RESTREPO

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AVISOALCALDÍA DE ARAUCA EDICTO N° 030 DE 2020 EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE ARAUCA En uso de las atribuciones del artículo 209 de la Constitución Política Nacional y legales el artículo 123 de la Ley 388 de 1997 en concordancia con la Ley 9ª de 1989, articulo 277 de la Ley 1955 de 2019 y articulo 2.1.2.2.2.7 del Decreto Na-cional 149 de 2020 y Acuerdo Municipal 200.02.001 de 2020, HACE SABER: Que el señor, EDWIN CARMELO MARCHE-NA CEDEÑO identificado con la cédula de ciudadanía No. 86’069.314. Expedida en Villavicencio, ha solicitado por intermedio de esta alcaldía, la correspondiente escri-tura pública de un lote de terreno ubicado en la carrera 22# 16-46, barrio Santa Teresita, con una extensión de TRES-CIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON DOCE CENTIMETROS (353.12 M2), alinderado de la siguiente manera. NORTE Con EDIFICIO ESPERANZA en extensión de TREINTA Y UN METROS

CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (31.75 m). SUR: Con PREDIO PARTICULAR en extensión de VEINTINUEVE METROS CON CUARENTA Y CINCO CENTIME-TROS (29.45 m) ORIENTE: Con PREDIO PARTICULAR en extensión de ONCE METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (11.50m)... OCCIDENTE: Con CARRERA 22 en extensión de ONCE METROS CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMETROS (11.58 m). Y encierra. Para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y articulo 21.2.2.2.7 del Decreto Nacional 149 de 2020, se fija el presente edicto en lugar público y visible de la Alcaldía de Arauca, por el término de cinco (05) días hábiles y copia del mismo se le entregará al interesado para su publicación en un periódico de amplia circulación y por una emisora local en horario de cinco (5:00) am y la diez (10:00) p.m., en cualquier caso, por un término no inferior a cinco (5) días hábiles. Se fija el presente edicto hoy 06 ENE 2021 siendo las 8.00 de la mañana. EDGAR FERNANDO TOVAR PEDRAZA Alcalde del Municipio de Arauca

*C4-1-26

Aviso a los acreedores de la persona natural no comerciante “OSCAR JAVIER HERNANDEZ SERRANO” identificado con cédula de ciudadanía 79.813.559 con domicilio en Bogotá D.C., de conformidad con lo establecido en el artículo 564 del CGP, que “OSCAR JAVIER HERNANDEZ SE-RRANO” identificado con CC. 79.813.559, se encuentra en estado de liquidación patrimonial. Los interesados dirigirse a l emai l del l iquidador [email protected]. Wilbert Castellanos Vacca Liquidador

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ULTRA SEGURIDAD LTDA

CON NIT 800.005.255-6,

INFORMA

QUE EL SEÑOR PAEZ FARFAN GABRIEL JESUS CON CEDULA DE CIUDADANIA No. 80215696 DE BOGOTA, FALLECIO EL DIA 02 DE NOVIEMBRE DE 2020 ESTANDO AL SERVICIO DE LA COMPAÑÍA.

LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO A RECLAMAR LA LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS ACREENCIAS DEBEN PRESENTARSE EN LA DIRECCCION CRA 45 A NO. 101-10 BOGOTA EN EL HORARIO DE LUNES A VIERNES DE 8.00 A 5.00 PM, DENTRO DE LOS 30 DIAS SIGUIENTES A ESTA PUBLICACION, CON LOS DOCUMENTOS QUE ACREDITEN EL DERECHO.

SEGUNDO AVISO

EDICTO EMPLAZATORIO

LA SECRETARIA DE EDUCACION DEL MUNICIPIO DE FUNZA,

CUNDINAMARCA

Se permite informar a los herederos y/o beneficiarios del docente fallecido LEONEL URREGO PEÑA, quien vida se identifico con cedula de ciudadanía 19.323.281 de Bogotá, persona a quien se le reconoció pensión de jubilación desde el 17 de octubre de 2013 por parte de la secretaria de Educación de Cundinamarca, docente que además laboro adscrito a nuestra entidad con nombramiento en propie-dad haciendo parte de la planta de personal docente directivo docente y administrativo del Municipio de Funza y quien pereció el pasado 25 de octubre de 2020.

Que se ha presentado la señora SANDRA MARIA LOPEZ LOPEZ iden-tificada con la cedula de ciudada-nía número 51.866.632 de Bogotá, solicita expedición de la orden de edictos emplazatorios para radicar los tramites de las prestaciones y seguro por muerte por parte de los beneficiarios del docente fallecido Leonel Urrego Peña.

Las personas que se crean con derecho a reclamar las prestaciones sociales, seguro funerario y/o pensión en la modalidad de sustitución, del extinto docente antes mencionados, deben presentarse ante la secretaria de educación del municipio de Funza, área administrativa y financiera a cargo de las prestaciones sociales, ubicada en la calle 15 No 6 – 30, en la ciudad de Funza, con el respectivo documento de identidad y con prueba idónea que los acredite ( registro civil de nacimiento, de matrimonio, declaración extra juicio), dentro de los 30 días siguientes a esta publicación

PRIMER AVISO

NELSY YAZMIN CAJAMARCA SUAREZ Secretaria de Educación