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CLASIFICADOS JUDICIALES LUNES 7 DE JUNIO DE 2021 EL NUEVO SIGLO 23A NOTARIAS Notaría 60 Henry Cadena Franco EDICTO LA NOTARÍA SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2º del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 CITA Y EM- PLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la liquidación de la herencia de la cau- sante ANA HILDA PEÑA CUBILLOS cuyo trámite de liquidación notarial se inició con el Acta n.° 33 del tres (03) de junio de dos mil veintiuno (2021), para que lo hagan valer ante este despacho situado en la calle 161 No. 16A-32 de Bogotá D.C., dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes al de la última publicación de este edicto en los distintos medios que ordena la ley. Con la finalidad de su publicación, se fija este edicto en la cartelera dispuesta para el conocimiento del público que acude a la Notaría, el tres (03) de junio de dos mil veintiuno (2021), a las ocho de la mañana (08:00 a. m.). GLORIA DEL PILAR HERNÁNDEZ DÍAZ NOTARIA SESENTA (E) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *S1-1-07 CLASIFICADOS JUDICIALES AVISO El Liquidador de la ASOCIACIÓN TEJIDO HUMANO, identificada con NIT 830.115.599-5, se permite informar a quienes se crean con interés de la sociedad, que ésta se encuentra en estado de liquidación. Cualquier interesado, puede comunicarse al Celular: 3213134031 o al correo: [email protected] Natalia Catalina Ramírez Rodríguez Liquidador JUZGADO PRIMERO PENAL MUNICIPAL DOSQUEBRADAS – RISARALDA EDICTO EMPLAZATORIO El suscrito secretario del JUZGADO PRIMERO PENAL MUNICIPAL DE DOSQUEBRADAS, RISARALDA, por medio del presente EDICTO, EMPLAZA A: JUAN JARVI DIAZ ROMERO, de quien se conoce con los siguientes generales de ley: Nacido: 13 de FEBRERO de 1995 Natural de: Pereira (Risaralda) Cédula de Ciudadanía: 1.088.021.377 de Dosquebradas (Risaralda) Para que en el término de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fijación del presente edicto, comparezca a la Fiscalía Cincuenta y dos delegada ante los Juzgados Penales Municipales de Dosquebradas, Risaralda, a efectos de correrle traslado del escrito de acusación dentro de la investigación radicada en el número 660016000036201603600, por el delito de lesiones personales. Se le informa al empla- zado que si dentro del término estipulado se hace presente, se le escuchará y administrará la justicia; pero si vencido el mismo, no comparece, se le declarará persona ausente, designándole un defensor del Sistema Nacional de Defensoría Pública, con quien se culminarán las diligencias. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 127 del Código de Procedimiento Penal, se fijará el presente EDICTO en lugar público y visible de la Secretaría de este Juzgado, por el término legal de cinco (5) días hábiles, a las 7 A.M. del viernes cuatro (4) de junio del dos mil veintiuno (2021) Para constancia se firma el presente edicto emplazatorio el tres (3) de junio del dos mil veintiuno (2021). PEDRO ALEJANDRO FARFAN AMAYA SECRETARIO. REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL JUZGADO SEGUNDO PENAL MUNICIPAL DOSQUEBRADAS RISARALDA EDICTO (Por 5 días) El Juzgado Segundo Penal Municipal de Dosquebradas, Risaralda en función de control de garantías y conocimiento. EMPLAZA: A la señora NATHALY CASTAÑO CORDOBA con CC. No. 1.088.320.784 de Pereira, para que se presente a este despacho judicial acompañada de un abogado de confianza si así lo desea, con el fin de llevar a cabo diligencia preliminar dentro del proceso radicado al número 661706000066 2016 01254 que se adelanta en su contra por el delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS solicitado por la Fiscalía 18 LOCAL de Dosquebradas. Se le advierte que si dentro del término indicado no comparece será declarado persona ausente y se le asignará un defensor de oficio del sistema nacional de defensoría pública que la asistirá y representará en todas las actuaciones con el cual se surtirán todos los avisos de notificaciones. Para los fines indicados y conforme a lo preceptuado en el artículo 127 de la ley 906 del 2004, se fija el presente edicto en la cartelera pública de la secretaria del juzgado el 01 de febrero de 2020 a las 7:00 am y se expedirá copia con destino a la Fiscalía 08 seccional de Dosquebradas, Risaralda, para que sea publicado en un medio de radial y de prensa de cobertura local. El presente EDICTO EMPLAZATORIO es fijado el día veinticinco del mes de mayo de dos mil veintiuno (2021). Revisado y aprobado sin necesidad de firma – Decreto presidencial 806 del 2020 y Acuerdo PCSJA20-11567. MARIO ALBERTO RAMIREZ MENDOZA Secretario EDICTO EMPLAZATORIO (Por cinco (5) días hábiles} LA SUSCRITA JUEZA ÚNICA PROMISCUA MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTIAS DE BALBOA, RISARALDA, EM- PLAZA Al señor RODRIGO ANTONIO VERGARA TORO, identificado con la cédula de ciudadanía 70.853.599, paro que comparezco o La Fiscalía Cuarenta y Cuatro Local de la Virginia - Risaralda, situado en lo Carrera 8 Bis Número 10-85 Segundo Piso, con el fin de llevar a cabo audiencia de Traslado del Escrito de Acusación y/o Formulación de Imputación, dentro del proceso que por el delito de VIOLENCIA INTRAFAMILIAR se adelanta en su contra, identificado con el código único de investigación No. 664006000036202150006 de la precitado Fiscalía. Una vez transcurrido et término ya indiciado y si no se hace presente, se le declarará persona ausente y se continuará la actuación con el Defensor Público designado para tales efectos. Para los fines indicados, el presente Edicto permanecerá fijado en la página web de la Rama Judicial (www.ramajudicial.gov.co), por el término de cinco (5) días hábiles y se publicará en un medio radial y de prensa de amplia circulación Nacional y cobertura local de La Virginia- Risaralda, a costa del interesado, Fiscalía Cuarenta y Cuatro Local de La Virginia - Risaralda, conforme a lo dispuesto en el artículo 127 del Código de Procedimiento Penal. Balboa. Risaralda, veintiuno (21) de mayo de dos mil veintiuno [2021). a las siete de la mañana (7:00 a.m.). MARLENY GOMEZ MEDINA. Pereira, Mayo 28 de 2021 Oficio Nro. 146 – F-14 Doctor SANTIAGO DE JESUS VASQUEZ IDARRAGA Subdirector Regional de Apoyo Eje Cafetero Fiscalia General de la Nación Calle 41 Carrera 7 Esquina Pereira, Risaralda ASUNTO: EDICTO EMPLAZATORIO Radicado 660016000036200904785 Esta Agencia Fiscal adelanta indagación por el delito de ESTAFA, contra del ciudadano JORGE ENRIQUE AREVALO GIRALDO y MONICA PRADO ARTUNDUAGA, siendo víctima la señora Catalina Lopez Manzano y Otros. El pasado 12 de Abril de 2021, en audiencia preliminar llevada a cabo ante la señora Juez Tercera Penal Municipal con funciones de control de garantías, se dispuso iniciar el trámite del artículo 127 de la Ley 906 de 2004 y emplazar a JORGE ENRIQUE AREVALO GIRALDO identificado con la cédula de ciudadanía No. 16.784.174 de Cali Valle y MONICA PRADO ARTUNDUAGA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 66.921.168 expedida en Cali Valle, ante la imposibilidad de ser localizados para llevar a cabo audiencia de Formulación de Imputación. El emplazamiento mediante Edicto se llevó a cabo por el Juzgado Tercero Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias y del cual adjunto copia. Por todo lo anterior y para complementar los requerimientos legales, le solicito muy respetuosamente disponer lo pertinente para que dicho emplazamiento sea publicado por medio radial y de prensa de cobertura Local. Anexos: copia del edicto emplazamiento. Atentamente, ALEXANDRA LOPEZ YATTE Fiscal 14 seccional EDICTO EMPLAZATORIO (Por cinco (5) días hábiles} LA SUSCRITA JUEZA ÚNICA PROMISCUA MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTIAS DE BALBOA, RISARALDA, EM- PLAZA Al señor RODRIGO ANTONIO VERGARA TORO, identificado con la cédula de ciudadanía 70.853.599, paro que comparezco o La Fiscalía Cuarenta y Cuatro Local de la Virginia - Risaralda, situado en lo Carrera 8 Bis Número 10-85 Segundo Piso, con el fin de llevar a cabo audiencia de Traslado del Escrito de Acusación y/o Formulación de Imputación, dentro del proceso que por el delito de VIOLENCIA INTRAFAMILIAR se adelanta en su contra, identificado con el código único de investigación No. 664006000036202150006 de la precitado Fiscalía. Una vez transcurrido et término ya indiciado y si no se hace presente, se le declarará persona ausente y se continuará la actuación con el Defensor Público designado para tales efectos. Para los fines indicados, el presente Edicto permanecerá fijado en la página web de la Rama Judicial (www.ramajudicial.gov.co), por el término de cinco (5) días hábiles y se publicará en un medio radial y de prensa de amplia circulación Nacional y cobertura local de La Virginia- Risaralda, a costa del interesado, Fiscalía Cuarenta y Cuatro Local de La Virginia - Risaralda, conforme a lo dispuesto en el artículo 127 del Código de Procedimiento Penal. Balboa. Risaralda, veintiuno (21) de mayo de dos mil veintiuno [2021). a las siete de la mañana (7:00 a.m.). MARLENY GOMEZ MEDINA. La FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN se permite informar que el día 30 de abril de 2021, el señor GUSTAVO ADOLFO ROCHA DURAN, identificado con cédula de ciudadanía No. 91.531.586, falleció , funcionario de la Fiscalia General de la Nación ocupaba el cargo de ASISTENTE II adscrito a la Seccional Risaralda, que se presentaron. Que su compañera permanente la señora GLORIA PATRICIA VELASQUEZ SALAZAR identificada con cédula de ciudadanía No.51.958.344 y su hija la señorita LUIS FERNANDA ROCHA VELASQUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No.1.093.227.711 se presentaron a reclamar la las cesantías y demás prestaciones sociales del causahabiente. Que se requiere a todas las personas que se crean con igual o mayor derecho que la solicitante, para que se acerquen y hagan valer sus derechos, en la SUBDIRECCION REGIONAL DE APOYO - Eje Cafetero - Carrera 7, Calle 42 Esquina, Torre C. Pereira - Risaralda, en el término de 30 días " SANTIAGO DE JESÚS VASQUEZ IDARRAGA SUBDIRECTOR REGIONAL DE APOYO EJE CAFETERO PRIMER AVISO

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clasificados JUdicialEslunes 7 de junio de 2021 EL NUEVO SIGLO 23A

NOTARIASNotaría 60 Henry Cadena Franco EDICTO LA NOTARÍA SESENTA DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. De conformidad con lo dispuesto en el ordinal 2º del artículo 3 del Decreto Ley 902 de 1988 CITA Y EM-PLAZA: A todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en la liquidación de la herencia de la cau-sante ANA HILDA PEÑA CUBILLOS cuyo trámite de liquidación notarial se inició

con el Acta n.° 33 del tres (03) de junio de dos mil veintiuno (2021), para que lo hagan valer ante este despacho situado en la calle 161 No. 16A-32 de Bogotá D.C., dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes al de la última publicación de este edicto en los distintos medios que ordena la ley. Con la finalidad de su publicación, se fija este edicto en la cartelera dispuesta para el conocimiento del público que acude a la Notaría, el tres (03) de junio de dos mil veintiuno (2021), a las ocho de la mañana (08:00 a. m.). GLORIA DEL PILAR HERNÁNDEZ DÍAZ NOTARIA SESENTA (E) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. HAY UN SELLO *S1-1-07

clasificados JUdicialEs

AVISO

El Liquidador de la ASOCIACIÓN TEJIDO HUMANO, identificada con NIT 830.115.599-5, se permite informar a quienes se crean con interés de la sociedad, que ésta se encuentra en estado de liquidación.

Cualquier interesado, puede comunicarse al Celular: 3213134031 o al correo: [email protected]

Natalia Catalina Ramírez RodríguezLiquidador

JUZGADO PRIMERO PENAL MUNICIPAL DOSQUEBRADAS – RISARALDA EDICTO EMPLAZATORIO El suscrito secretario del JUZGADO PRIMERO PENAL MUNICIPAL DE DOSQUEBRADAS, RISARALDA, por medio del presente EDICTO, EMPLAZA A: JUAN JARVI DIAZ ROMERO, de quien se conoce con los siguientes generales de ley: Nacido: 13 de FEBRERO de 1995 Natural de: Pereira (Risaralda) Cédula de Ciudadanía: 1.088.021.377 de Dosquebradas (Risaralda) Para que en el término de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fijación del presente edicto, comparezca a la Fiscalía Cincuenta y dos delegada ante los Juzgados Penales Municipales de Dosquebradas, Risaralda, a efectos de correrle traslado del escrito de acusación dentro de la investigación radicada en el número 660016000036201603600, por el delito de lesiones personales. Se le informa al empla-zado que si dentro del término estipulado se hace presente, se le escuchará y administrará la justicia; pero si vencido el mismo, no comparece, se le declarará persona ausente, designándole un defensor del Sistema Nacional de Defensoría Pública, con quien se culminarán las diligencias. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 127 del Código de Procedimiento Penal, se fijará el presente EDICTO en lugar público y visible de la Secretaría de este Juzgado, por el término legal de cinco (5) días hábiles, a las 7 A.M. del viernes cuatro (4) de junio del dos mil veintiuno (2021) Para constancia se firma el presente edicto emplazatorio el tres (3) de junio del dos mil veintiuno (2021). PEDRO ALEJANDRO FARFAN AMAYA SECRETARIO.

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL JUZGADO SEGUNDO PENAL MUNICIPAL DOSQUEBRADAS RISARALDA EDICTO (Por 5 días) El Juzgado Segundo Penal Municipal de Dosquebradas, Risaralda en función de control de garantías y conocimiento. EMPLAZA: A la señora NATHALY CASTAÑO CORDOBA con CC. No. 1.088.320.784 de Pereira, para que se presente a este despacho judicial acompañada de un abogado de confianza si así lo desea, con el fin de llevar a cabo diligencia preliminar dentro del proceso radicado al número 661706000066 2016 01254 que se adelanta en su contra por el delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS solicitado por la Fiscalía 18 LOCAL de Dosquebradas. Se le advierte que si dentro del término indicado no comparece será declarado persona ausente y se le asignará un defensor de oficio del sistema nacional de defensoría pública que la asistirá y representará en todas las actuaciones con el cual se surtirán todos los avisos de notificaciones. Para los fines indicados y conforme a lo preceptuado en el artículo 127 de la ley 906 del 2004, se fija el presente edicto en la cartelera pública de la secretaria del juzgado el 01 de febrero de 2020 a las 7:00 am y se expedirá copia con destino a la Fiscalía 08 seccional de Dosquebradas, Risaralda, para que sea publicado en un medio de radial y de prensa de cobertura local. El presente EDICTO EMPLAZATORIO es fijado el día veinticinco del mes de mayo de dos mil veintiuno (2021). Revisado y aprobado sin necesidad de firma – Decreto presidencial 806 del 2020 y Acuerdo PCSJA20-11567. MARIO ALBERTO RAMIREZ MENDOZA Secretario

EDICTO EMPLAZATORIO (Por cinco (5) días hábiles} LA SUSCRITA JUEZA ÚNICA PROMISCUA MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTIAS DE BALBOA, RISARALDA, EM-PLAZA Al señor RODRIGO ANTONIO VERGARA TORO, identificado con la cédula de ciudadanía Nº 70.853.599, paro que comparezco o La Fiscalía Cuarenta y Cuatro Local de la Virginia - Risaralda, situado en lo Carrera 8 Bis Número 10-85 Segundo Piso, con el fin de llevar a cabo audiencia de Traslado del Escrito de Acusación y/o Formulación de Imputación, dentro del proceso que por el delito de VIOLENCIA INTRAFAMILIAR se adelanta en su contra, identificado con el código único de investigación No. 664006000036202150006 de la precitado Fiscalía. Una vez transcurrido et término ya indiciado y si no se hace presente, se le declarará persona ausente y se continuará la actuación con el Defensor Público designado para tales efectos. Para los fines indicados, el presente Edicto permanecerá fijado en la página web de la Rama Judicial (www.ramajudicial.gov.co), por el término de cinco (5) días hábiles y se publicará en un medio radial y de prensa de amplia circulación Nacional y cobertura local de La Virginia- Risaralda, a costa del interesado, Fiscalía Cuarenta y Cuatro Local de La Virginia - Risaralda, conforme a lo dispuesto en el artículo 127 del Código de Procedimiento Penal. Balboa. Risaralda, veintiuno (21) de mayo de dos mil veintiuno [2021). a las siete de la mañana (7:00 a.m.). MARLENY GOMEZ MEDINA.

Pereira, Mayo 28 de 2021Oficio Nro. 146 – F-14

DoctorSANTIAGO DE JESUS VASQUEZ IDARRAGASubdirector Regional de Apoyo Eje CafeteroFiscalia General de la NaciónCalle 41 Carrera 7 EsquinaPereira, Risaralda

ASUNTO: EDICTO EMPLAZATORIORadicado 660016000036200904785

Esta Agencia Fiscal adelanta indagación por el delito de ESTAFA, contra del ciudadano JORGE ENRIQUE AREVALO GIRALDO y MONICA PRADO ARTUNDUAGA, siendo víctima la señora Catalina Lopez Manzano y Otros.El pasado 12 de Abril de 2021, en audiencia preliminar llevada a cabo ante la señora Juez Tercera Penal Municipal con funciones de control de garantías, se dispuso iniciar el trámite del artículo 127 de la Ley 906 de 2004 y emplazar a JORGE ENRIQUE AREVALO GIRALDO identificado con la cédula de ciudadanía No. 16.784.174 de Cali Valle y MONICA PRADO ARTUNDUAGA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 66.921.168 expedida en Cali Valle, ante la imposibilidad de ser localizados para llevar a cabo audiencia de Formulación de Imputación.El emplazamiento mediante Edicto se llevó a cabo por el Juzgado Tercero Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias y del cual adjunto copia.Por todo lo anterior y para complementar los requerimientos legales, le solicito muy respetuosamente disponer lo pertinente para que dicho emplazamiento sea publicado por medio radial y de prensa de cobertura Local. Anexos: copia del edicto emplazamiento.

Atentamente,

ALEXANDRA LOPEZ YATTE Fiscal 14 seccional

EDICTO EMPLAZATORIO (Por cinco (5) días hábiles} LA SUSCRITA JUEZA ÚNICA PROMISCUA MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTIAS DE BALBOA, RISARALDA, EM-PLAZA Al señor RODRIGO ANTONIO VERGARA TORO, identificado con la cédula de ciudadanía Nº 70.853.599, paro que comparezco o La Fiscalía Cuarenta y Cuatro Local de la Virginia - Risaralda, situado en lo Carrera 8 Bis Número 10-85 Segundo Piso, con el fin de llevar a cabo audiencia de Traslado del Escrito de Acusación y/o Formulación de Imputación, dentro del proceso que por el delito de VIOLENCIA INTRAFAMILIAR se adelanta en su contra, identificado con el código único de investigación No. 664006000036202150006 de la precitado Fiscalía. Una vez transcurrido et término ya indiciado y si no se hace presente, se le declarará persona ausente y se continuará la actuación con el Defensor Público designado para tales efectos. Para los fines indicados, el presente Edicto permanecerá fijado en la página web de la Rama Judicial (www.ramajudicial.gov.co), por el término de cinco (5) días hábiles y se publicará en un medio radial y de prensa de amplia circulación Nacional y cobertura local de La Virginia- Risaralda, a costa del interesado, Fiscalía Cuarenta y Cuatro Local de La Virginia - Risaralda, conforme a lo dispuesto en el artículo 127 del Código de Procedimiento Penal. Balboa. Risaralda, veintiuno (21) de mayo de dos mil veintiuno [2021). a las siete de la mañana (7:00 a.m.). MARLENY GOMEZ MEDINA.

La FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN se permite informar que el día 30 de abril de 2021, el señor GUSTAVO ADOLFO ROCHA DURAN, identificado con cédula de ciudadanía No. 91.531.586, falleció , funcionario de la Fiscalia General

de la Nación ocupaba el cargo de ASISTENTE II adscrito a la Seccional Risaralda, que se presentaron. Que su compañera permanente la señora GLORIA PATRICIA VELASQUEZ SALAZAR identificada con cédula de ciudadanía No.51.958.344 y su hija la señorita LUIS FERNANDA ROCHA VELASQUEZ, identificada con cédula de ciudadanía

No.1.093.227.711 se presentaron a reclamar la las cesantías y demás prestaciones sociales del causahabiente. Que se requiere a todas las personas que se crean con igual o mayor derecho que la solicitante, para que se acerquen y hagan valer sus derechos, en la SUBDIRECCION REGIONAL DE APOYO - Eje Cafetero - Carrera 7, Calle 42 Esquina,

Torre C. Pereira - Risaralda, en el término de 30 días"

SANTIAGO DE JESÚS VASQUEZ IDARRAGASUBDIRECTOR REGIONAL DE APOYO EJE CAFETERO

PRIMER AVISO