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Page 1: Charla ley 12 tablas
Page 2: Charla ley 12 tablas

LEY DE LAS XII TABLAS O LEY

DECENVIRAL

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Presentado por:

Amarilys Martínez Méndez

Carlos Peart

José Gonzalo Arosemena

Oriel Ramos

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Antecedentes Históricos

Hechos que hicieron historia en Roma.

El Rey de Alba Longa Numitor y su hermano Amulio quien acaba con los descendientes varones, menos con Rea.

Rea se enamora del Dios de la Guerra Marte de esa unión nacen en el año 771 a. C los gemelos Rómulo y Remo, nietos de Numitor.

Encuentra los gemelos el Pastor Faustolo y años después se le revela su identidad.

Los gemelos asesinan a Amulio y liberan su abuelo el Rey Numitor que fue repuesto en su trono.

Roma fundada oficialmente el 21 de abril 753 a. C

La nueva ciudad se llena de refugiados, prófugos, hombres libres como esclavos, campesinos y pastores.

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Antecedentes Históricos

Esta decisión de Rómulo muy acertada con el pasar de los

siglos, y las diferentes monarquías que tuvo la ciudad fue

degenerando una gran brecha entre las clases sociales de la

Antigua Roma.

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LEY DECENVIRAL

En que consiste la ley decenviral?

En la fundación de la ciudad y legislar todos los

ciudadanos.

La Monarquía:

Año 509 a. C, antes de llegar al período de la República

Romana, Roma fue gobernada por Siete Reyes en el año

244 a. C.

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LEY DECENVIRAL

Los Reyes fueron:

1. Numa Pompilio, severo y piadoso

2. Tulio Hostilio el guerrero, organizo militarmente

3. Anco Marcio, incorporo a Roma ciudades latinas, amplio

limites, Roma llega al mar por primera vez.

4. Tarquino Prisco, culto e inteligente, dádivas al pueblo.

5. Servio Tulio de origen humilde

6. Tarquino el Soberbio, se rodeo de guardia personal para

protegerse, último rey que tuvo Roma.

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LEY DE LAS XII TABLAS

Acontecimientos importantes de la histórica jurídica de Roma

fue sin lugar a dudas la promulgación de la ley de Las XII Tablas.

Según la tradición fue el tribuno de:

462 a. C. – Cayo Terentilio quien forma comisión de 5 personas

454 a. C. – se envía una comisión de 3 ciudadanos

452 a. C. – se eligieron a 10 personas mas, (decenviros) para redactar leyes

451 a. C. – se dio pleno poder, las decisiones eran inapelables

450 a. C. – se eligió nuevo decenviros pero representante de plebeyos

449 a. C. – los decenviros trataron de mantenerse en el poder

387 a. C. – se destruyó las tablas de bronce en el Foro de Roma

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Valor de las XII Tablas

A partir del siglo V a. C. Empieza a aplicar la Ley de las

XII Tablas o Ley decenviral a la que se le consideró

fuente de todo el derecho civil.

Las XII Tablas son un conjunto de normas de todo tipo de

derecho procesal, familiar, sucesorio, de propiedad y

penal.

Su principal objetivo era sustituir el derecho

consuetudinario por el escrito.

Las XII Tablas gozaron de extraordinario prestigio y

respeto.

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El texto de las XII Tablas

Con la invasión de los galos a Roma Las XII Tablas

desaparecieron, hasta nosotros solo han llegado algunos

de los fragmentos de la reconstrucción efectuada por

Sexto Aelio Paeto (cónsul el 198 a. C.,) presumimos que

hubieron varias réplicas, tan solo se han podido rescatar

cinco fragmentos con alusiones al contenido que habría

contenido el texto de la ley, y diecinueve fragmentos de la

obra de Gayo escrita en seis libros sobre comentarios a la

ley de Las XII Tablas.

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Resumen de la Ley de las XII Tablas:

TABLA I:

Tabla I,II y III, versan sobre materia procesal privado,

por el cual el magistrado precedía el proceso y el juez

era el encargado de dictar sentencia es decir que tratan

de la forma como las personas deben hacer valer

legalmente una pretensión.

Al iniciar la ley por esta temática, nos lleva a concluir

que la existencia de la opresión de los patricios se

verificaba mediante el monopolio de los asuntos

judiciales. Este monopolio era ejercitado por los

Colegios Sacerdotales que surgían de la clase

aristocrática.

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Tabla II:

Está la posibilidad de postergar la

fecha señalada para el juicio cuando

el Juez, árbitro o cualquiera de las

partes se encuentran imposibilitadas

por una enfermedad ( MORBUS ).

Deja ver el claro impulso privado de

la acción civil que se caracteriza por

la presencia activa de la parte

demandante sin la intervención del

Estado en forma directa como ocurre

en los tiempos actuales.

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Tabla III:

Consagra el principio de la

responsabilidad personal por la deuda,

de modo que a falta de un patrimonio

que responda por una obligación se

faculta al acreedor para disponer de la

persona del deudor (REUS DEBENDI) al

punto de disponer de él como si fuera

una cosa, facultándose a su acreedor

para venderlo como esclavo, lo cual

producirá una MAXIMA CAPITIS

DEMINUTIO en la persona del deudor, a

partir de lo cual deja de ser una

persona para convertir en una cosa

(RES) .

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Tabla IV:

Esta tabla trata sobre el derecho

familiar y sucesiones, legalizaciones

testamentarias, afianzando y

regulando jurídicamente al

paterfamilias como cabeza de familia

con potestad de todos sus miembros.

La patria potestad, faculta al padre

a eliminar al hijo monstruoso, sin

embargo es necesario anotar la

definición que sobre el particular

encontramos en el Digesto,

entendiéndose como tal al que

carece de forma humana.

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Tabla V: Consagra la DOMENICA POTESTAS del

PATER FAMILIAE, o derecho de libre

disposición sobre todos los bienes de la

parentela sometida a su autoridad;

igualmente se establece que la línea

sucesoria para las herencias no se

practique por vínculo de consanguíneos

(cognados) sino por vínculo gentilicio

(agnados) que son los llamados a cubrir

la vacancia de la herencia. Esta regla

estuvo vigente hasta la época de

Justiniano en que se establece que las

herencias se transmiten por vínculo de

consanguinidad.

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Tabla VI:

Tanto esta tabla como las siguientes se

refieren a la importante materia de la

propiedad, la posesión y las obligaciones.

Consagra el principio de no permitir el

abuso del derecho de quien utilizó

materiales ajenos en una construcción

quedando obligado a pagar la reparación del

daño causado.

Trata la adquisición de la propiedad, en este

caso solo se acepta como propio aquello

cuyo precio se ha cancelado en su

integridad sin importar la detención del

bien.

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Tabla VII Se reglamenta las relaciones de

vecindad. Es necesario destacar que

en esa concepción antigua ya

aparece la idea de la servidumbre

que no es otra cosa que un derecho

sobre los bienes ajenos, también

aparece una noción clara de lo que

es dominio público al señalar la

dimensión de la sección vial.

Se menciona la responsabilidad de

indemnizar por la negligencia.

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Tabla VIII

Para los romanos los delitos eran

públicos o privados, los primeros solo

comprendían a la sedición y al

parricidio, en tanto que como delitos

privados se entendía a todos los demás;

y el Estado no intervenía en este tipo de

acciones sino que se comportaba como

un árbitro. El delito no tenía

connotación social sino únicamente

familiar, y las sanciones son propias de

todos los pueblos antiguos en el periodo

de su infancia.

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Tabla IX

Los romanos introdujeron la división entre

derecho público y derecho privado, es

indudable que esta división es anterior a

Las XII Tablas pues en estos fragmentos

están perfectamente delimitados con esta

concepción al referirse a conocidas

instituciones del JUS PUBLICUM y son las

que están asociadas al gobierno y la

administración de la justicia

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Tabla X

A instancias de Derecho Sacro, es regular jurídicamente

la vida interna de la ciudad, donde se debían cumplir

por ley las disposiciones.

Esta fue la última de los decenviros y se refiere al

llamado derecho sagrado que no debe confundirse con

el derecho divino para el cual reservaron el nombre de

FAS. Puede apreciarse que el JURE SACRO parte del

derecho público, pero no es en sí un derecho religioso,

sino que la palabra SACRO se traduce como honrar,

consagrar, inmortalizar y se refiere a los muertos,

sepulcros, funerales y honores póstumos.

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Tabla XI

Se desconoce el contenido de esta tabla, se dice que en ella se consignaba la prohibición del matrimonio entre patricios y plebeyos.

La única información sobre este tema la encontramos por versión de Cicerón quien dice " Tras haber (los decenviros) redactado diez Tablas de leyes con suma equidad y prudencia, los sustituyeron al año siguiente a otros diez que, añadiendo dos tablas de leyes inicuas, prohibieron con una ley inhumanísima los matrimonios de plebeyos con patricios.

La Ley que derogó esta tabla se llamó Lex Canuleia

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Tabla XII

De esta tabla solo se sabe que contenía el establecimiento de una especie de prenda (PIGNUS) a favor del acreedor para garantizar el precio abonado en rescate de una víctima, o del alquiler de una bestia de carga en determinados casos.

La información de esta tabla la hemos recogido de Gayo quien señala los delitos de los hijos de familia o de los esclavos, para que el paterfamilias o el amo pudiera a su elección o exponerse a la estimación de un juicio o entregar al culpable.

Las acciones noxales se instituyeron mediante leyes o por el edicto del pretor: mediante leyes, como la de las XII Tablas sobre robo.

En realidad se trata de la institución de una de las llamadas Acciones de la Ley, que constituían el más antiguo y solemne procedimiento judicial de los romanos. Esta PIGNORIS CAPIO (toma de prenda) consistía en la toma de la posesión de las cosas del deudor.

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Conclusiones

El conjunto las leyes de las XII Tablas presentaron rasgos muy definitorios de la sociedad romana de esta época.

En primer lugar, la estratificación social manifiesta en la diferencia de los estamentos patricio y plebeyo. Además, el número de leyes que salvaguardan la propiedad agraria es característico de una sociedad agrícola formada por grupos gentilicios, mientras que las pocas normas sobre el comercio reflejan, en términos generales, que tales transacciones pertenecían a la esfera de lo privado.

Ciertamente, la promulgación de estas leyes no resolvió las tensiones y enfrentamientos entre patricios y plebeyos, pero la existencia de una legislación escrita, accesible y valiosa para todos, favoreció sin duda la colaboración entre ambos órdenes y contribuyó a reforzar definitivamente las estructuras de la ciudad estado.

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¿Preguntas?

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¡Muchas gracias!