la ley de las doce tablas

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  • 8/12/2019 La Ley de Las Doce Tablas

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    La Ley de las Doce Tablas (Lex XII Tabularum)

    Lex XII Tabularum

    El Relato Tradicional:

    Los plebeyos reclamaban contra el monopolio y eventuales abusos patricios en la interpretacin y

    aplicacin de un derecho no escrito. El tribuno Terentilo Arsa propuso en el 462 a. C. la constitucin de

    una comisin de cinco miembros para redactar un cuerpo de normas. El Senado se opuso, pero la plebe

    persisti en elegir durante ocho aos seguidos los mismos tribunos. Los patricios transaron en el ao 454

    a. C. en la eleccin por los comicios centuriados de una magistratura extraordinaria de diez patricios

    investidos del imperium consulare con especfico cargo escribir las leyes: durante su desempeo

    quedaban suspendidas todas las garantas ciudadanas y no seran elegidos cnsules ni tribunos de la

    plebe. Antes de ponerse en prctica lo acordado se envi una delegacin a Atenas y tal vez a la Magna

    Grecia para estudiar la legislacin de Soln y otras leyes griegas. A su vuelta son elegidos los decenviros,

    que presidiran la civitas en el 451 a. C.

    Con suma dedicacin compusieron un cuerpo de leyes que aprobado por las centurias, se expusieron en

    diez tablas de bronce o madera. Para el prximo ao se designaron otros decenviros, entre los cuales fue

    reelegido Apio Claudio, y por primera vez figuraron plebeyos. El segundo decenvirato redact otras leyes

    y pretendi perpetuarse en el poder, pero el pueblo, indignado por el abuso de Apio Claudio que cost la

    vida de la joven Virginia, se sublev y restableci el consulado y el tribunado. Los cnsules hicieron

    aprobar por los comicios las leyes redactadas por el segundo decenvirato y las publicaron en dos tablas

    que aadieron a las otras diez. Esas doce tablas desaparecieron cuando los galos se apoderaron de Roma

    en 390 a.C.

    Contenido:

    Seguramente el texto desaparecido en 390 a. C. ha sido reconstruido, no sin cambios a la vez, y una

    edicin con interpretacin y comentario publicada por Sexto Aelio Paeto - cnsul en el 198 a. C.- puede

    muy bien haber sido la fuente de conocimientos para la posteridad inmediata. De todos modos, las XII

    tablas deben haberse difundido por todo el Imperio. Cicern nos dice que en las escuelas las aprendan

    de memoria; San Cipriano, que todava en 254 d.C. se las poda ver fijadas en el foro de Cartago. Los

    compiladores de Justiniano seguramente las han tenido a la vista... Pero desde entonces se pierde todo

    indicio o referencia a su subsistencia como cuerpo: hasta nosotros no ha llegado de ellas ningn

    ejemplar en obras de literatos, gramticos y jurisconsultos romanos aparecen citas ms o menos

    textuales, alusiones y comentarios. Con este material disperso una paciente labor ha intentado, con

    cierta coincidencia, una reconstruccin - necesariamente con lagunas cuya magnitud nunca podremos

    precisar- del orden y contenido de la XII tablas. Por cierto que la distribucin y numeracin y

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    numeracin de las disposiciones es en su mayor parte incierta y conjetural, pues debe basarse solamente

    a) en que cinco de los fragmentos tradicionales la han sido con alusin a las tablas que los habran

    contenido y b) en la hiptesis de que en sus seis libros de comentario a la ley de las XII tablas. -de los

    que poseemos solo diecinueve fragmentos- Gayo haya seguido en la secuencia de sus explicaciones el

    mismo orden en que las instituciones aparecan en el texto legal.

    Se transcribe sintticamente el contenido -naturalmente, segn lo que ha llegado hasta nosotros- de la

    ley de las XII tablas, de acuerdo con la distribucin hecha en 1824 por Dirksen, base de las actuales

    ediciones.

    Tabla I - Citacin y comparecencia en juicio.

    Tabla II - Acciones de la Ley. Obligaciones de testimoniar.

    Tabla III - Ejecucin contra el deudor.

    Tabla IV - Patria Potestad.

    Tabla V - Disposiciones testamentarias; sucesin ab intestatio; tutela y curatela.

    Tabla VI - Nexum, mancipatio, usucapio, trinoctium; reivindicacin.

    Tabla VII - Relaciones de vecindad; servidumbres reales.

    Tabla VIII - Delitos y represin: compensacin.

    Tabla IX - Prohibicin de leyes que entraen privilegios; apelacin de las condenas capitales ante los

    comicios; delitos de homicidio, concusin y alta traicin.

    Tabla X - Disposicin sobre funerales y sepulcros.

    Tabla XI - Prohibicin de connubium entre patricios y plebeyos.

    Tabla XII - Casos en que es lcita la toma de prenda; responsabilidad de los dueos por hurtos o daos

    cometidos por esclavos; indemnizaciones debidas por quien ha obtenido sin razn la posesin de una cosa

    y por quien ha consagrado al culto una cosa en litigio; el principio de que la ley posterior deroga la

    anterior.

    La ley de las XII tablas abarcaba todo el derecho civil en el sentido que este concepto tenia en Roma -

    derecho propio de la civitas-: derechos de familia, patrimoniales, procedimiento judicial, sanciones

    penales, garantas del ciudadano, principios de derecho pblico, etc. Pero no era un cdigo como los

    modernos, cuerpos sistematizados de normas articuladas para cubrir con plenitud su mbito jurdico; en

    la Ley de las XII tablas se han consignado solo algunos preceptos de los que formaban el ius quiritium.

    Tanto las normas particulares como los principios generales explcitos en la ley de las XII tablas se

    refieren a instituciones fundamentales, presupuestas pero no definidas, ni a veces siquiera aludidas -la

    manus, la hereditas, la patria potestas, etc.- As un precepto aislado nos dice que la mujer que quiere

    evitar caer en la manus debe estar ausente tres noches seguidas -trinoctium- cada ao para interrumpir

    el usus anual. No se explica que es la manus ni el usus ni los medios de adquirirla. Todo eso estada en el

    derecho consuetudinario.

    Tabla I

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    edad, proporcinele un carro. Si no acepta,no hay obligacin de proporcionarle un vehculo cubierto.

    nexi, mancipi, fortes y sanates.

    Cuando se realice la exposicin ambos deben estar presentes.

    s del medioda de se por vencedor del litigio a la parte que se halle presente.

    ubgarantes, losveinticinco ases y los taliones, y la investigacin de los robos mediante el rito del plato y del lizo

    atado a la cintura se han desvanecido, y toda aquella antigualla de las XII Tablas se habra olvidadocuando se aprob la ley Ebucia, si no hubieran pervivido las causas centunvirales de las acciones de laley.

    Tabla II

    tenan un valor de mil ases o ms, la apuesta era de quinientos ases, sin embrago de cincuenta ases sila cuanta era menor, pues as estaba establecido por una ley de las XII Tablas. Ms si la controversiase refera a la libertad de un hombre, aunque ese hombre fuese muy valioso entonces, segn disponala misma ley, la apuesta sera de cincuenta ases.

    de aquella causa, como hace una ley de las XII Tablas cuando se reclama lo debido en virtud de unaestipulacin Igualmente la misma ley prescribe actuar pidiendo el nombramiento de un juez harque se divida la herencia entre los coherederos.

    juez, para el rbitro o para el reo, por esta causa aplcese el da.

    imprecndole a gritos.

    Tabla III

    treintadas (para pagar).

    consigo, telo con una cadena o con unos grilletes de quince libras de peso, no ms o, si quiere menospesados.

    Si le place, dle ms.

    legal de pactar y, si no pactaban, se le mantena encadenados sesentadas. Durante ese tiempo eran llevados al comicio, ante el pretor, en tres mercados consecutivos,

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    donde era pregonada la cantidad de dinero por la que estuvieran condenados. Pero transcurridos lostres mercados les daban muerte, o los ponan a la venta en el otro lado del Tbet.

    se considerar que existe fraude.

    Tabla IV

    ente monstruoso. Segn disponen las XII Tablas.

    y la ech (de casa).

    undcimo mes despus de la muerte del marido, lo que le haba causado dificultades a causa de laamplitud del plazo, en la idea de que ella haba concebido despus de muerto el marido, porque los

    decenviros haban escrito que un ser humano viene al mundo dentro de diez meses y no en eltranscurso del undcimo.

    Tabla V

    yora de edad estn bajotutela; excepto las vrgenes Vestales, las cuales quisieron que fueran libres; y as est establecidotambin en una ley de las XII Tablas.

    podanusucapir, salvo que hubieran sido entregadas por ella misma con la autoridad del tutor; y eso asestaba dispuesto en una ley de las XII Tablas.

    sea as derecho.

    prximo.

    XII Tablas, losagnados sern los tutores.

    digo la administracin de sus bienes. Una ley delas XII Tablas manda que el prdigo, a quien se le ha prohibido administrar sus bienes, est bajo lacuratela de los agnados.

    romano, si el libertohubiera muerto intestado sin un heredero suyo. Cuando la ley habla del patrono y del liberto dicede esta familia, a esta familia.

    derecho, en porciones hereditarias por una ley de las XII TablasPor disposicin de una ley de las XIITablas las deudas hereditarias se dividen (automticamente), por obra del propio derecho, segn lacuota de cada uno.

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    cia) procede de una ley de las XII Tablas

    Tabla VI

    sea derecho.

    hubieransido declaradas verbalmente, pero aquel que las hubiera negado sufrir la pena del doble; tambin

    por los jurisconsultos se ha establecido una pena por no manifestar lo que se debera haber dicho.

    a de un funde es de dos aos, el uso de todas lasdems cosas es de un ao.

    cesin ante el magistrado.

    la ley propuesta por l mismo.

    ados.

    rodrigones unidos a la vid, pero da una acin por el doble contra el convicto de haberlosempotrado.

    arada del edificio) entonces se podrn coger

    Tablas VII

    -Se llamambito a la franja de dos pies y medio de ancho que rodea los edificios.- Un sestercio equivale a dosases y medio como la prueba de la ley de las XII Tablas, en la que se llama pie sestercio a dos pies ymedio.

    la palabra hortus; sin embargo,en lugar de hortus se dice heredium.

    procede de techo, con cuyo nombre tambin la menciona Mesala en su explicacin de las XII Tablas.

    uisieron que hubiera usucapion de la franja intermedia de cinco pies.

    tramos rectos, y en los recodos, es decir, donde hay una vuelta, diecisis.

    paso con si carro por donde quiera.

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    perjudicar a un particular tendr ste unaaccin de las XII Tablas para que se le resarza al dueo por dao.

    sobre el fundo vecino) hasta la altura de quince pies.

    segn establece una ley de las XII Tablas, que aquel sea arrancado.

    ellota (los frutos) cada enel fundo ajeno.

    el precio al vendedor o le hubiera satisfecho de otro modo, como con la intervencin de un garante omediante la entrega e un prenda, cosa que est prevista por una ley de las XII Tablas.

    heredero, accede a la libertad entregando el dinero al comprador; as lo ordena una ley de las XIITablas.

    TABLA VIII

    aplicar tambin en aquellos casos en los que alguien ultrajara o compusiera canciones que produceninfamia o deshonor a otra persona.

    ases; si se trata de un esclavo, ciento cincuenta.

    entregar al causante del dao o bien ofrecer la estimacin del perjuicio.

    puedes reclamar ni por accin de pasto de ganado de las ley de las XII Tablas, porque no pasta en tucampo, ni por la accin de empobrecimiento.

    r la noche pastase o segasemieses (ajena) siendo ahorcado en honor a Ceres;.. si se tratara de un impber el criterio del pretordeterminara si azotarle y ordenar la reparacin del dao o pagar el doble.

    n de trigo situado junto a una casa, se dispone porlas XII Tablas que, atado y azotado, muera en el fuego si lo hubiera hecho consciente y

    premeditadamente; si por casualidad, es decir, por negligencia, ordena reparar el dao, o si no fuerasolvente se le castigue ms levemente.

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    una multa de veinticinco ases.

    el da si se defiende con armas, pdase auxilio a gritos (y sea matado legtimamente).

    azotase y entregase a quien hubiera sufrido del hurto; si fueran esclavos se le azotase y despeasepor la roca (Tarpeya); pero si fueran nios impberes dispusieron que se les azotase, segn el criteriodel pretor, y que se reparase el dao causado.

    o robado es, segn una ley delas XII Tablas, al triple.

    sancionado por las XII Tablas que alguien cobre mas de un nica (doceava parte) de inters.

    usurero al cudruple.

    Tablas concede una accin por el doble

    responsable por el todo, por aquella accin al doble que una ley de las XII Tablas propone contra eltutor.

    quisiera prestar testimonio, sea declarado incapaz para ser testigo e indigno de que se atestige porl.

    despeado desde la roca Tarpeya.

    fuerza de la que se pretenda, ofrzcase un carnero.

    capital, ms grave que el convicto de homicidio.

    buena; porque tambin los medicamentos sondrogas.

    entre ellos los pactos que quieran, con tal de que no infrinjan ninguna disposicin de la ley pblica;

    pero esta ley parece que fue copiada de un ley de Soln.

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    TABLA IX

    unciudadano si no es por los micios centuriados Dos normas muy preclaras fueron trasladadas desdelas XII Tablas, una de las cuales suprime las leyes contra una persona determinada, la otra prohibe

    proponer la pena capital contra un ciudadano, a no ser en los comicios por centurias.

    a no ser que consideres dura la ley (de las XII Tablas) que castiga con la pena de muerte aljuez o al rbitro, nombrado legtimamente, convicto de haber aceptado dinero para darsentencia.

    las causas capitales eran llamados cuestores del parricidio, de los quetambin hace mencin una ley de las XII Tablas.

    entregado un ciudadano romano al enemigo, sea castigado con la pena de muerte.

    no hubiera sido condenado.

    TABLA X

    haga ms que esto: no se desbaste con el hacha la lea de la pira funeraria.

    diez flautistas, se suprimen tambin los lamentos fnebres.

    es no se araen las mejillas, ni hagan de plaideras en el funeral.

    ptos: suprmase la uncin hecha por esclavos ytodo acto de beber agrupados alrededor. Olvdese aquello de ni fastuosa aspersin, ni grandescoronas, ni pebeteros.

    prev en las XIITablas que no se le apliquen al muerto.

    permita (llevarla en sus funerales).

    o, aunque se le encierre o incinere conl, n habr fraude.

    ajena contra la voluntad de su dueo.

    ar de incineracin.

    TABLA XI

    siguiente otros decenviros les sustituyeronlos cuales aadieron dos tablas de leyes inicuas y

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    establecieron, por una ley muy inhumana, que no podan celebrarse matrimonios legtimos entrepatricios y plebeyos.

    propuesto a los comicios una ley para intercalar (das en el calendario). Casio informa que ellosmismos lo hicieron.

    hijo de Annio. Realmente aqul no vivi antes que los decenviros Para qu sirvi que revelase los(das) fastos? Se piensa que ese escrito fue ocultado por algn tiempo para que se preguntara slo aunos pocos los das hbiles para la administracin de justicia.

    TABLA XII

    aquelque hubiera comprado un animal para sacrificarlo a los dioses u no pagara el precio; de igual maneracontra el que no entregase el alquiler de una caballera siempre que el dinero de tal alquiler sehubiera destinado para realizar una ofrenda.

    un esclavo cometi un robo o caus un dao.

    permitiera al padre o al dueo o responsabilizarse pecuniariamente del delito o entregar alculpable Las acciones noxales han sido establecidas o por las leyes o por el edicto del pretor: porlas leyes, como la de hurto, por una ley de las XII Tablas.

    sufriremos la pena del duplo pero nada se dice de si el duplo deba pagarse al fisco p al adversario.

    aquello debe ser considerado como derecho.