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.ó'~ Código formato: PVCGF-10- ~ AUTO DE PRUEBAS 08Versión: 11.0 CONTRALORiA Código documento: PVCGF- _~_'.'~~ .. ,,'M_"'"""_" 10Versión: 11.0 OE &OGOT A. n,e. Página1de9 PASF N. 140000- 002-2020 AUTO DE PRUEBAS de fecha 30 de junio de 2021 El suscrito Director Técnico Sectorial de Educación, de la Contraloria de Bogotá D.C., en uso de las atribuciones en la Constitución Política, Art. 268, numeral 5 y Art. 272; el Decreto 403 de 2020, Ley 1437 de 2015 y en la Resolución Reglamentaria No. 25 del 12 de noviembre de 2020 "Por medio de la cual se actualiza el Tramite del Proceso Administrativo Sancionatorio Fiscal en la Contraloria de Bogotá D.C. se asignan competencias y se dictan otras disposiciones" y considerando: HECHOS: La Contraloria de Bogotá D.C., con fundamento en los articulos 267 y 272 de la Constitución Política, el Decreto Ley 1421 de 1993, la Ley 42 de 1993, el Decreto 403 de 2020 y la Resolución No. 12 del 20 de mayo de 2020 de la Contraloría de Bogotá D.C., practicó las Auditorias de Desempeño a la Universidad Distrital Francisco José de Caldas- UDFJC - Instituto de Extensión y Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano - IDEXUD Nos. 25 Y 28 PAD 2020 Y de la Indagación Preliminar N°. 140000-01- 2020, evaluando los principios de economia, eficiencia y eficacia con que administró los recursos puestos a su disposición; los resultados de los planes, programas y proyectos; la gestión contractual; la calidad y eficiencia del control fiscal interno; el cumplimiento al plan de mejoramiento; la gestión financiera a través del examen del Estado de Situación Financiera y el Estado de Resultados de las vigencias fiscales 2018 y 2019, a través de las diferentes auditorias en cumplimiento del PAD 2020. La Contraloría de Bogotá en el marco del cumplimiento de la obligaciones y facultades contenidas en los artículos 267 y 268 de la Constitución Política expidió informes integrales que contienen el pronunciamiento sobre la omisión en el registro contable de la "CAJA MENOR PARA PROYECTOS DE EXTENSiÓN" Y la cuenta corriente W. 230082711 del Banco de Occidente, la Universidad no dio cumplimiento a lo establecido en las Resoluciones No. 354 de 2017 y No. 533 de 2015 expedidos por la Contaduria General de la Nación-CGN, y que regulan todo lo relacionado con el Régimen de Contabilidad Pública. Igualmente, sobre el reconocimiento de las cuentas corrientes habilitadas para el manejo de cajas menores, definidas en el Concepto 20122000010781 del 25 de abril de 2012 de la CGN. Lo anterior con fundamento en la aplicación de los sistemas de control de Gestión, Resultados y Financiero, el acatamiento a las disposiciones legales y la calidad y eficiencia del Control Fiscal Interno. Igualmente, • SITUACiÓN IRREGULAR "La Universidad Distrital Francisco José de Caldas no reportó en la Cuenta MENSUAL de enero a diciembre de 2018; ANUAL de la vigencia 2018 y MENSUAL de enero a abril de 2019, presentada en el Sistema de Vigilancia y Control Fiscal- SIVICOF, de la Contraloria de Bogotá, la cuenta corriente W. 230082711 del Banco Occidente, pese a que esta fue aperturada desde octubre 29 de 2012 a nombre de la UDFJC para el manejo exclusivo de la "CAJA MENOR PARA PROYECTOS DE EXTENSIÓN".

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~ AUTO DE PRUEBAS 08Versión: 11.0

CONTRALORiA Código documento: PVCGF-_~_'.'~~ .. ,,'M_"'"""_" 10Versión: 11.0OE &OGOT A. n,e.

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PASF N. 140000- 002-2020

AUTO DE PRUEBAS de fecha 30 de junio de 2021

El suscrito Director Técnico Sectorial de Educación, de la Contraloria de Bogotá D.C., en uso delas atribuciones en la Constitución Política, Art. 268, numeral 5 y Art. 272; el Decreto 403 de 2020,Ley 1437 de 2015 y en la Resolución Reglamentaria No. 25 del 12 de noviembre de 2020 "Pormedio de la cual se actualiza el Tramite del Proceso Administrativo Sancionatorio Fiscal en laContraloria de Bogotá D.C. se asignan competencias y se dictan otras disposiciones" yconsiderando:

HECHOS:

La Contraloria de Bogotá D.C., con fundamento en los articulos 267 y 272 de la Constitución Política, elDecreto Ley 1421 de 1993, la Ley 42 de 1993, el Decreto 403 de 2020 y la Resolución No. 12 del 20 demayo de 2020 de la Contraloría de Bogotá D.C., practicó las Auditorias de Desempeño a la UniversidadDistrital Francisco José de Caldas- UDFJC - Instituto de Extensión y Educación para el Trabajo y elDesarrollo Humano - IDEXUD Nos. 25 Y 28 PAD 2020 Y de la Indagación Preliminar N°. 140000-01-2020, evaluando los principios de economia, eficiencia y eficacia con que administró los recursospuestos a su disposición; los resultados de los planes, programas y proyectos; la gestión contractual; lacalidad y eficiencia del control fiscal interno; el cumplimiento al plan de mejoramiento; la gestiónfinanciera a través del examen del Estado de Situación Financiera y el Estado de Resultados de lasvigencias fiscales 2018 y 2019, a través de las diferentes auditorias en cumplimiento del PAD 2020.

La Contraloría de Bogotá en el marco del cumplimiento de la obligaciones y facultades contenidas enlos artículos 267 y 268 de la Constitución Política expidió informes integrales que contienen elpronunciamiento sobre la omisión en el registro contable de la "CAJA MENOR PARA PROYECTOS DEEXTENSiÓN" Y la cuenta corriente W. 230082711 del Banco de Occidente, la Universidad no diocumplimiento a lo establecido en las Resoluciones No. 354 de 2017 y No. 533 de 2015 expedidos por laContaduria General de la Nación-CGN, y que regulan todo lo relacionado con el Régimen deContabilidad Pública. Igualmente, sobre el reconocimiento de las cuentas corrientes habilitadas para elmanejo de cajas menores, definidas en el Concepto 20122000010781 del 25 de abril de 2012 de la CGN.Lo anterior con fundamento en la aplicación de los sistemas de control de Gestión, Resultados yFinanciero, el acatamiento a las disposiciones legales y la calidad y eficiencia del Control Fiscal Interno.Igualmente,

• SITUACiÓN IRREGULAR

"La Universidad Distrital Francisco José de Caldas no reportó en la Cuenta MENSUAL de enero adiciembre de 2018; ANUAL de la vigencia 2018 y MENSUAL de enero a abril de 2019, presentada enel Sistema de Vigilancia y Control Fiscal- SIVICOF, de la Contraloria de Bogotá, la cuenta corriente W.230082711 del Banco Occidente, pese a que esta fue aperturada desde octubre 29 de 2012 a nombrede la UDFJC para el manejo exclusivo de la "CAJA MENOR PARA PROYECTOS DE EXTENSIÓN".

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~ AUTO DE PRUEBAS 08Versión: 11.0

CONTRALOR.iACódigo documento: PVCGF-

"'--'_.'-"'-"'''-- 10Versión: 11.0OF. p.OGOTA. n.e. Página 2 de 9

No obstante, este Órgano de Control, pudo establecer que el actual Contador de la UDFJC, fue quiensolicitó la apertura de la citada cuenta corriente en octubre de 2012, cuando ejerció el cargo de Jefe deDivisión de Recursos Financieros.

"Lo anterior, con el agravante que la citada cuenta corriente fue manejada de manera oculta por eldirector del Instituto de Extensión y Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano - IDEXUD de laUDFJC, y fue utilizada para cometer un presunto desfalco de recursos púbicos, de lo cual a la fecha sehan trasladado a la Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva daños al patrimoniopúblico en cuantia total de $8.267.804.365', por corresponder a órdenes de pago mediante las cualesse trasladaron recursos a la citada cuenta corriente, y desde alli fueron ejecutados, desembolsos sobrelos que la Universidad no aportó el soporte que dé certeza del gasto realizado y además, presuntamenteconciernen a recursos sobre los cuales el Director dellDEXUD dio malos manejos".

La omisión en el reporte de la cuenta corriente W. 230082711 del Banco Occidente, evidenciainconsistencias en el contenido y veracidad de la información presentada a través del SIVICOF sobrelos fondos y recursos administrados por la Universidad, toda vez que no se informó a este Órgano deControl la totalidad de las operaciones financieras realizadas durante las vigencias 2018 y 2019; enconsecuencia, se entienden por no presentados los siguientes formatos y documentos electrónicos:

1. Cuenta Anual de la vigencia 2018:

1.1 Documento electrónico CBN-0906: NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.1.2 Documento electrónico CBN-1009: ESTADO DE SITUACiÓN FINANCIERA.1.3 Formato electrónico CB-0116: INFORME SOBRE DISPONIBILIDAD DE FONDOS.

Concepto sobre el ocultamiento de la cuenta"( ... )

"La Universidad no reportó la cuenta corriente N'. 230082711 del Banco Occidente en dichos formatospese a que existía un saldo disponible de recursos por $$28.786.535,93 al 31 de diciembre de 2018,según extracto bancario". (negrita y subrayado fuera del texto). Los soportes están integrados en las Auditoriasde Desempeño Código N.25 y Código N. 28 PAD 2020.

2. Cuenta Mensual de la vigencia 2018:

2.1 Formato Electrónico CB-0115: INFORME SOBRE RECURSOS DE TESORERIA. (Enero adiciembre de 2018).

Concepto sobre el ocultamiento de la cuenta

"(. ..)"La Universidad no reportó la cuenta corriente N°. 230082711 del Banco Occidente en dichos formatospese a que existía un saldo disponible de recursos según extractos bancarios mensuales de la vigencia2018". (negrita y subrayado fuera del texto). Los soportes están integrados en las Auditorias de Desempeño CódigoN.25 y Código N. 28 PAD 2020.

1 El valor de 56.422.658.426, como resultado de la Auditoría de Desempeño Código 25; $760.145.939, producto de la Auditoría de DesempeñoCódigo 28 y $1.085.000.000 como resultado de la Indagación preliminar IP No. N° 18000-12-19 de la Dirección de Reacción Inmediata.

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e Código formato: PVCGF-10-AUTO DE PRUEBAS 08Versión: 11.0

CONTRALORÍA Código documento: PVCGF------ 10Versión: 11.0

DE BOGorA. D.ePágina 3 de 9

3. Cuenta Mensual de la vigencia 2019:

3.1 Formato Electrónico CB-0115: INFORME SOBRE RECURSOS DE TESORERIA. (Enero a Abrilde 2019):

Concepto sobre el ocultamiento de la cuenta

"(. ..)"En conclusión, el contenido de la información presentada por la UDFJC en los formatos Vdocumentos electrónicos señalados anteriormente carece de veracidad V no cumple con losaspectos establecidos en la Resolución Reglamentaria No. 011 del28 de febrero de 2014, "pormedio de la cual se prescriben los métodos y se establecen la forma, términos y procedimientos para larendición de la cuenta y la presentación de informes, se reglamenta su revisión y se unifica lainformación que se presenta a la Contraloría de Bogotá D. C., Y se dictan otras disposiciones", razónpor la cual se encuentra incurso en las causales que dan origen a la imposición de sanciones, toda vezque dichas irregularidades generan que los documentos y formatos electrónicos: se den por nopresentados". (negrita y subrayado fuera del texto).

• DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS EVIDENCIADOS

Los hechos evidenciados que se describen a continuación, son producto de una investigación rigurosa,atendiendo las normas y procedimientos establecidos por este 6rgano de Control, las Leyes, Decretosy la Constitución Política de Colombia, garantizando siempre el derecho al debido proceso, a lacontradicción y a la defensa de los presuntos implicados. Igualmente, cada aseveración esta soportadacon evidencias documentales aportadas por el Equipo Auditor Comisionado y el Gerente adscritos aesta Dirección Sectorial, quienes adelantaron estas actuaciones fiscales, estableciéndose tres hechoque en el marco de la normatividad vigente, representan omisión a las obligaciones misionales de losfuncionarios del responsables del manejo, control y administración de "CAJA MENOR PARAPROYECTOS DE EXTENSIÓN', creada 03 de octubre de 2012 mediante Resolución No. 603 delConsejo Superior de la UDFJC. En consecuencia, la cuenta corriente No. 230082711 del BancoOccidente, fue aperturada el 29 de octubre de 2012 a nombre de la UDFJC para el manejo exclusivo dela "CAJA MENOR PARA PROYECTOS DE EXTENSIÓN', quedando como responsable el director delIDEXUD de la época.

Los hechos evidenciados en visita administrativa a la UDFJC - IDEXUD por parte del Equipo AuditorComisionado se estableció la "... omisión de los funcionarios responsables del registro contable,financiero, contractual, presupuestal y de tesoreria ... ", los cuales se sintetizan así:

"OMISIÓN EN EL REGISTRO CONTABLE DE LA CUENTA CORRIENTE N. 230082711 DELBANCO OCCIDENTE - "CAJA MENOR PARA PROYECTOS DE EXTENSIÓN".

"OMISIÓN EN EL REPORTE DE LA CUENTA CORRIENTE NO. 230082711 DEL BANCO DEOCCIDENTE - CAJA MENOR PARA PROYECTOS DE EXTENSIÓN EN EL DOCUMENTO:"ACTA DE ENTREGA SALDOS BANCARIOS Y CONTABLES, UNIDAD EJECUTORA 02.CONVENIOS Y PROYECTOS DE EXTENSIÓN", DEL 20 DE NOVIEMBRE DE 2013"

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CONTRALORíACódigo documento: PVCGF-

-".....,-- . 10Versión: 11.0m. I'>O(;OT A. o.e Página 4 de 9

• "OMISIÓN EN EL SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA CAJA MENOR PARA PROYECTOSDE EXTENSIÓN Y DE LA CUENTA CORRIENTE NO. 230082711 DEL BANCO DEOCCIDENTE, POR LOS FUNCIONARIOS RESPONSABLES DE LA UDFJC Y DEL IDEXU".

(Los soportes están integrados en las Auditorias de Desempeño Código N.25 y Código N. 28 PAD 2020,Indagación Preliminar W. 140000-01-2020 y la solicitud de Apertura de Proceso Administrativo SancionatorioFiscal- Radicado Inicial 3.2020-35974 - DEL 17.12-2020).

El Equipo Auditor Comisionado concluye: se confirmó que para las vigencias 2014 a 2018, no se remitióResolución de rectoria de autorización de la "CAJA MENOR PARA PROYECTOS DE EXTENSiÓN",según lo manifestado por el director dellDEXUD en oficio IE19625-2020 del 27 de octubre de 2020,remitido a este órgano de control con oficio OACI-11 04 del 29 de octubre de 2020, donde señala:

"r...) el instituto no tiene resoluciones de Caja Menor de los años 2014.2015,2016,2017 V 2018,además, desconoce el motivo por el cual no se realizaron. De otro lado, se anexa Resolución de cajamenor del año 2013, de la cual se adjunta y se puede consultar en la página delidexud/extensión/marcolegal/resoluciones. (... ) (subrayado y negrilla fuera de texto).

La UDFJC no solicito la cancelación de la cuenta corriente No. 230082711 ante la entidad bancaria,pese a la inexistencia de Resolución que autorice el funcionamiento de la "CAJA MENOR PARAPROYECTOS DE EXTENSiÓN", para cada anualidad desde 2014 a 2018, situación que favoreció lautilización indebida de la misma, para malos manejos de los recursos por parte del director deIIDEXUD,incumplimiento lo establecido en la Resolución de Rectoría NO. 195 del19 de marzo de 2010 "Por mediodela cual se adopta el Manual para el Manejo y Control de Cajas Menores" y el Decreto Distrital 061 de2017 "Por medio del cual se reglamenta el funcionamiento de las cajas menores y los avances enefectivo".

En consecuencia, La Dirección Sector Educación de la Contraloría de Bogotá, mediante Auto deApertura y Formulación de cargos del día 30 de diciembre de 2020, decidió iniciar ProcesoAdministrativo Sancionatorio Fiscal No. 002-2020 por: el presunto incumplimiento continuado de losprincipios de la gestión fiscal establecidos en los literales a, b, c y d del artículo 3 del Decreto 403 de2020, y por no reportar en la Cuenta MENSUAL de enero a diciembre de 2018; ANUAL de la vigencia2018 y MENSUAL de enero a Abril de 2019, presentada en el Sistema de Vigilancia y Control Fiscal-SIVICOF, de la Contraloría de Bogotá, la cuenta corriente W. 230082711 del Banco Occidente a nombrede la UDFJC para el manejo exclusivo de la "CAJA MENOR PARA PROYECTOS DE EXTENSiÓN".

El citado Auto, se notificó personalmente a los señores: Doctor RICARDO GARCíA DUARTE, Rectorde la Universidad Distrital Francisco José de Caldas - UDFJC con Cedula de Ciudadanía N° 7.514.128.Doctor JOSÉ VICENTE CASAS DíAZ, Vicerrector Administrativo y Financiero de la Universidad DistritalFrancisco José de Caldas - UDFJC, con Cédula de Ciudadanía N° 19.400.342. Doctor EUSEBIOANTONIO RANGEL ROA, Jefe División Recursos Financieros de la Universidad Distrital Francisco Joséde Caldas - UDFJC, con Cédula de Ciudadanía N° 72.012.182. Doctor JESUS ALVARO MAHECHARANGEL, Jefe Sección Contabilidad de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas - UDFJC, conCédula de Ciudadanía N° 79.115.234. Doctora LUZ MARINA GARZÓN LOZANO, Jefe de la OficinaAsesora de Control Interno de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas - UDFJC, con Cédulade Ciudadanía W 51.6373797. Doctor WILMAN MUÑOZ PRIETO Director del Instituto de Extensión yEducación para el Trabajo y Desarrollo Humano - IDEXUD - Universidad Distrital Francisco José de

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~ AUTO DE PRUEBAS 08Versión: 11.O

CONTRALORiA Código documento: PVCGF-------_ .._--- 1aVersión: 11.0l1E P,OGOT A. D.C.

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Caldas - UDFJC, con Cédula de Ciudadanía N° 6.774.454. Doctora PATRICIA GAMBOA RODRíGUEZ,Tesorera del Instituto de Extensión y Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano - IDEXUD -Universidad Distrital Francisco José de Caldas - UDFJC, con Cédula de Ciudadanía No. 51.836.968 yDoctor ERNESTO SUASTEGUI MOLlNA, Coordinador Financiero del Instituto de Extensión yEducación para el Trabajo y Desarrollo Humano - IDEXUD - Universídad Distrital Francisco José deCaldas - UDFJC, con Cédula de Extranjería N° 405703

Así mismo una vez efectuado el trámite para dar por surtida la notificación personal de los señores:

RICARDO GARCíA DUARTE, con cedula de ciudadanía W 7.514.128, mediante escrito con radicadoContraloría No. 2-2020-21845 del 31 de diciembre de 2020 y enviado por correo certificado el día 06 deenero de 2021 No. RA296676056CO, a su domicilio; sin haber obtenido respuesta, se procedió anotificar por aviso el cual fue fijado en un lugar visible y de acceso al público de este órgano de controlel día 16 de marzo de 2021 y desfijado el día 24 de marzo de 2021. Publicado en la página web de laentidad mediante radicado 3-2021-10387 del 18 de marzo de 2021, mediante mesa de servicio No.29379

JOSÉ VICENTE CASAS DíAZ, con cedula de ciudadanía W 19.400.342, mediante escrito con radicadoContraloría No. 2-2020-21846 del 31 de diciembre de 2020 y enviado por correo certificado el día 04 deenero de 2021 No. RA296676060CO, a su domicilio, sin haber obtenido respuesta, se procedió anotificar por aviso el cual fue fijado en un lugar visible y de acceso al público de este órgano de controlel día 16 de marzo de 2021 y desfijado el día 24 de marzo de 2021. Publicado en la página web de laentidad mediante radicado 3-2021-10387 del 18 de marzo de 2021, mediante mesa de servicio No.29379

WILMAN MUÑOZ PRIETO, con cedula de ciudadanía W 6.774.454, mediante escrito con radicadoContraloría No. 2-2020-21850 del 31 de diciembre de 2020 y enviado por correo certíficado el día 04 deenero de 2021 No. RA296676025CO, a su domícilio, sin haber obtenido respuesta, se procedió anotificar por aviso el cual fue fijado en un lugar visible y de acceso al público de este órgano de controlel día 16 de marzo de 2021 y desfijado el día 24 de marzo de 2021. Publicado en la página web de laentidad mediante radicado 3-2021-10387 del 18 de marzo de 2021, mediante mesa de servicio No.29379

LUZ MARINA GARZÓN LOZANO, con cedula de ciudadanía W 51.6373797, mediante escrito conradicado Contraloría No. 2-2020-21849 del 31 de diciembre de 2020 y enviado por correo certificado eldía 04 de enero de 2021 No. RA296676095CO, a su domicilio, quien otorgó poder debidamenteprotocolizado el18 de enero de 2021 a la Abogada LAURA DANIELA GARZÓN ROBINSON, identificadacon cédula de ciudadanía No. 1.019.056.426 de Bogotá D.C, y T.P. No. 277.921 del C.S. de la J, sereconoció personería jurídica el día 21 de enero de 2021, notificándose el día 15 de febrero de 2021

EUSEBIO ANTONIO RANGEL ROA, con cedula de ciudadanía N° 72.012.182, mediante escrito conradicado Contraloría No. 2-2020-21847 del 31 de diciembre de 2020 y enviado por correo certificado eldía 04 de enero de 2021 No. RA296676073CO, a su domicilio, quien se notificó personalmente el 9 demarzo de 2021, otorgó poder debidamente protocolizado el 9 de marzo de 2021 al Abogado OSCARJAVIER GUTIÉRREZ BARRAGÁN, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.396.861 de Chaparral(Tolima), y T.P. No. 180.468 del C.S. de la J, se reconoció personería jurídica el día 9 de marzo de 2021.

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~ AUTO DE PRUEBAS 08Versión: 11.0

CONTRALORÍACódigo documento: PVCGF-

"- -_.~~--~.""-~ 1OVersión: 11.0[)F RO(jOTt\. D.e. Página 6 de 9

JESUS ALVARO MAHECHA RANGEL, con cedula de ciudadanía W 79.115.234, mediante escrito conradicado Contraloria No. 2-2020-21848 del 31 de diciembre de 2020 y enviado por correo certificado eldía 04 de enero de 2021 No. RA296676087CO, a su domicilio, quien se notificó personalmente el 22 deenero de 2021.

PATRICIA GAMBOA RODRíGUEZ, con cedula de ciudadanía W 51.836.968, mediante escrito conradicado Contraloría No. 2-2020-21851 del 31 de diciembre de 2020 y enviado por correo certificado eldía 04 de enero de 2021 No. RA296676039CO, a su domicilio, quien se notificó personalmente el 7 deenero de 2021, otorgó poder debidamente protocolizado el 20 de abril de 2021 al Abogado CARLOSEDUARDO COMBA CAÑON, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.052.395.211 de Duitama(Boyacá), y T.P. No. 264.433 del C.S. de la J, se reconoció personería jurídica el día 23 de abríl de 2021.

ERNESTO SUASTEGUI MOLlNA, con cédula de extranjería W 405703, mediante escrito con radicadoContraloría No. 2-2020-21852 del 31 de diciembre de 2020 y enviado por correo certificado el día 04 deenero de 2021 No. RA296676042CO, a su domicilio, quien se notificó personalmente el 22 de enero de2021.

Al surtirse la notificación de forma por aviso cumpliendo cada uno de los presupuestos descritosen el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, el día 5 de abril de 2021, se dejó constanciaestableciendo:

"(. ...)que una vez notificada debidamente los señores RICARDO GARCIA DUARTE, identificada con C. C7.514.128 de Armenia (Quindío), ERNESTO SUASTEGUI MOLlNA ídentificado con cédula de extranjerlaW 405703, WILMAN MUÑOZ PRIETO, identificado con cedula de ciudadanía W 6.774.454, JESUSALVARO MAHECHA RANGEL, identificado con cedula de cíudadanía W 79.115.234 y la señora PATRICIAGAMBOA RODRIGUEZ, identificada con cedula de cíudadanla W 51.836.968, del Auto de Apertura yFormulación de cargos dentro del Proceso Administrativo Sancionatorío Fiscal N° 002-2020 de fecha 30de diciembre de 2020 y una vez transcurrido el tiempo establecido para presentar descargos, no lo hicieronen oportunidad, razón por la cual se seguirá el curso del proceso con los elementos probatorios que selogren allegar. "

Mediante correo electrónico de fecha 8 de marzo de 2021 la señora LUZ MARINA GARZÓNLOZANO, a través de su apoderado Abogada LAURA DANIELA GARZO N ROBINSON con T.P.N. 277.921 del C.S.J. presentó descargos dentro del término previsto el procedimiento de laResolución No 025 del 12 de noviembre de 2020 de esta Contraloría Distrital, solicitando lassiguientes pruebas documentales:

1. Resolución N. 075 del 13 de febrero de 2017, por la cual se nombró a la señora LUZ MARINAGARZO N LOZANO en el cargo de Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno de la UniversidadDistrital Francisco José de Caldas.

2. Acta de fecha del 15 de febrero de 2017 por la cual la señora LUZ MARINA GARZO N LOZANOrecibió el cargo de Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno de la Universidad DistritalFrancisco José de Caldas.

3. Acta del Comité Coordinador de Control Interno del Plan Anual de Auditorias del año 2017.4. Actas del Comité Coordinador de Control Interno del Plan Anual de Auditorias del año 2018.5. Actas del Comité Coordinador de Control Interno del Plan Anual de Auditorias del año 2019.6. Oficio de fecha 27 de diciembre de 2016 respecto al seguimiento y control de la caja menor del

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CONTRALORíA Códigodocumento:PVCGF--- -~~-_._,--,. 10Versión:11.0m BOGOrA. o.e.Página7 de 9

IDEXUD.

Mediante testimonio rendido de fecha 15 de marzo de 2021 el señor EUSEBIO ANTONIORANGEL ROA Y en compañia de su apoderado Abogado OSCAR JAVIER GUTIÉRREZBARRAGÁN, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.396.861 de Chaparral (Tolima), y T.P. No.180.468 del C.S. de la J, presentó descargos dentro del término previsto el procedimiento de laResolución No 025 del 12 de noviembre de 2020 de esta Contraloria Distrital, solicitando lassiguientes pruebas documentales:

1. Resolución N. 057 del 25 de enero de 2013 (3 folios)2. Resolución N. 066 del 30 de enero de 2013 (3 folios)3. Resolución N. 196 del 19 de marzo de 2010 (16 folios)4. Resolución N. 603 del 03 de octubre de 2012 (3 folios)5. Resolución N. 571 del21 de septiembre de 2012 (1 folios)6. Resolución N. 119 del 17 de marzo de 2015 (1 folios)7. Resolución N. 675 del 27 de octubre de 2011 (2 folios)8. Acuerdo N. 004 del 22 de octubre de 2011 (2 folios)9. Otros documentos relacionados con el aporte del beneficio institucional de las vigencias

2014,2015,2016,2017 Y 2018 con relación a los convenios en (41 folios).

RESUELVE:

PRIMERO: Abrir el periodo probatorio por un término de sesenta (60) dias hábiles, contados a partir dela ejecutoria del presente acto administrativo, dentro del procedimiento que se adelanta en contra de losseñores, Doctor RICARDO GARCiA DUARTE, Rector de la Universidad Distrital Francisco José deCaldas - UDFJC con Cédula de Ciudadanía N° 7.514.128. Doctor JOSÉ VICENTE CASAS OiAZ,Vicerrector Administrativo y Financiero de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas - UDFJC,con Cédula de Ciudadanía N' 19.400.342. Doctor EUSEBIO ANTONIO RANGEL ROA, Jefe DivisiónRecursos Financieros de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas - UDFJC, con Cédula deCiudadanía N° 72.012.182. Doctor JESUS ALVARO MAHECHA RANGEL, Jefe Sección Contabilidadde la Universidad Distrital Francisco José de Caldas - UDFJC, con Cédula de Cíudadanía N'79.115.234. Doctora LUZ MARINA GARZÓN LOZANO, Jefe de la Oficina Asesora de Control Internode la Universidad Distrital Francisco José de Caldas - UDFJC, con Cédula de Ciudadania N°51.6373797. Doctor WILMAN MUÑOZ PRIETO Director del Instituto de Extensión y Educación para elTrabajo y Desarrollo Humano -IDEXUD - Universidad Distrital Francisco José de Caldas - UDFJC, conCédula de Ciudadanía N° 6.774.454. Doctora PATRICIA GAMBOA RODRíGUEZ, Tesorera del Institutode Extensión y Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano - IDEXUD - Universidad DistritalFrancisco José de Caldas - UDFJC, con Cédula de Ciudadania No. 51.836.968 y Doctor ERNESTOSUASTEGUI MOLlNA, Coordinador Financiero del Universidad Distrital Francisco José de Caldas -

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UDFJC - Universidad Distrital Francisco José de Caldas - UDFJC, con Cédula de Extranjería W 405703,de acuerdo a lo expuesto en la parte motiva del presente acto.

ARTíCULO SEGUNDO: Además de los actos administrativos que sirven de impulso procesal y deacerbo probatorio tanto en el inicio y el transcurso del proceso, se INCORPORAN, los siguientesdocumentos obrantes en los informes finales de las Auditorias de Desempeño Código 25 y Código 28PAD 2020, practicadas en la Universidad Distrital Francisco José de Caldas UDFJC - Instituto deExtensión y Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano - IDEXUD. Las enunciadas en elmemorando de solicitud de apertura de Proceso Administrativo Sancionatorio Fiscal - Radicado inicial3-2020-35974 del 17-12-200 y del Radicado 3-2020-36357 del 21-12-2020. Igualmente, practicar laspruebas solicitadas por los señores: LUZ MARINA GARZÓN LOZANO YEUSEBIO ANTONIO RANGELROA, las cuales se enuncian a continuación:

DOCUMENTALES:

• Resolución N. 075 del 13 de febrero de 2017, por la cual se nombró a la señora LUZ MARINAGARZO N LOZANO en el cargo de Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno de la UniversidadDistrital Francisco José de Caldas.

• Acta de fecha del 15 de febrero de 2017 por la cual la señora LUZ MARINA GARZON LOZANOrecibió el cargo de Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno de la Universidad DistrltalFrancisco José de Caldas.

• Acta del Comité Coordinador de Control Interno del Plan Anual de Auditorlas del año 2017.• Actas del Comité Coordinador de Control Interno del Plan Anual de Auditorias del año 2018.• Actas del Comité Coordinador de Control Interno del Plan Anual de Auditorias del año 2019.• Oficio de fecha 27 de diciembre de 2016 respecto al seguimiento y control de la caja menor del

IDEXUD.• Resolución N. 057 del 25 de enero de 2013 (3 folios)• Resolución N. 066 del 30 de enero de 2013 (3 folios)• Resolución N. 196 del 19 de marzo de 2010 (16 folios)• Resolución N. 603 del 03 de octubre de 2012 (3 folios)• Resolución N. 571 del 21 de septiembre de 2012 (1 folios)• Resolución N. 119 del 17 de marzo de 2015 (1 folios)• Resolución N. 675 del 27 de octubre de 2011 (2 folios)• Acuerdo N. 004 del 22 de octubre de 2011 (2 folios)• Otros documentos relacionados con el aporte del beneficio institucional de las vigencias

2014,2015,2016,2017 Y 2018 con relación a los convenios en (41 folios).

ARTICULO TERCERO: Comisionar a la doctora MARíA CRISTINA CÉSPEDES CAICEDO con cargoProfesional Especializado 222-07 y al doctor JAIME ROMERO NEUTA con cargo ProfesionalUniversitario 219-03, para que en el término de 40 días, contados a partir de la fecha de notificación dela presente comisión, se sirva practicar las pruebas precedentemente descritas.

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~ AUTO DE PRUEBAS 08Versión: 11.0

CONTRALORíA Código documento: PVCGF-----,--,- ~~---"-- 10Versión: 11.0OE E;()(iOT A. o,e.

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Los funcionarios comisionados deberán presentar el informe final de la comisión, con sus respectivossoportes.

NOTIFíQUESE, COMUNíQUESE YCÚMPLASE

/ufLkt\~\.NESTOR EDUARDO IMBETT HERAZO

Director Sector Educación

Se hace entrega de 103 folios en formato pdf.

Firma de funcionarios que reciben y ,No. Folios en formato pdf 103 fecha _

En la fecha notifíquese a los señores MARíA CRISTINA CÉSPEDES CAICEDO y JAIME ROMERONEUTA de la comisión para practicar las pruebas decretadas en el presente auto.

Secretario ad-hocHILTON ALEXANDER GUTIERREZ ALVARADO

Asesor 105-01

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.tr~ Código formato: PRFJC-02-31

~Versión 80

FORMATO NOTIFICACION POR ESTADO Código documento: PRFJC-02CONTRALORiA Versión: 8.0_._._-,._-~_.--

OE R()(jOTÁ. n.c Página 1 de 1

NOTIFICACiÓN POR ESTADO No. 001-2021

No. ENTIDAD IMPLICADO DECISION FECHAPROCESOPASF N. UNIVERSIDAD RICARDO AUTO 30 DE JUNIO140000-002- DISTRITAL GARCiA MEDIANTE EL DE 20212020 FRANCISCO DUARTE y CUAL SE

JOSE DE OTROS DECRETANCALDAS - PRUEBASUDFJC

Hoy 01 DE JULIO DE 2021, se fija el presente ESTADO de conformidad con el Artículo106 de la Ley 1474 de 2011, siendo las 8: a.m. y se desfija a las 5:00 p.m.

HILTON

\., .

cretario ad-h .NDER GUTIERREZ ALVARADOAsesor 105-01

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