carta de cumplimiento ambiental jca 28 de septiembre 2011

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Carta de Cumplimiento Ambiental JCA 28 de Septiembre 2011

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GOBIERNO DE PUERTO RfCO OFIC1NA DEL GOBERNADOR JUNTA DE CALIDAD AMBIENTAL Oficina del Director Ejecutlvo

PUERT0R!C0# VERDE/

28 de septiembre de 2011 LCDO LUIS M BERNAL JIMENEZ DIRECTOR EJECUTTVOADMINISTRACI6N D EASUNTOS ENERGETICOS

PO B O X 40285 SAN JUAN, PUERTO RICO 00940

EA11-0035 ( A A E ) PROYECTO ENERGETICO PARQUE

E6LICO D E L

NORTE

PJl-686, I N T . PR-687BARRIO YEGUADA V E G A BAJA, P U E R T O R I C O

Estimado licenciado Bemal: La Junta de Calidad Ambiental ha analizado la evaluation ambiental y el suplemento sometido pot su Administration para la fatilidad de energia eolica en referenda. La misma de una capacidad total aproximada de 36 MW, ubicara en un area previamente desarrollada e impactada de 94,676 metros cuadrados, dentro de la finca de 320.8 cuerdas que comprende la antigua Base Militar y Aeropuerto de Tortuguero, la cual le pextenece al Depatt&mento de Recreation y Deportes. El proyecto consta de la construction y/o instalacion de los siguientes elementos: doce (12) cimientos de hormigon de 18 metros entircunferencia,doce (12)turbinas de viento de VI1233VIW Vestas en dichos cimientos, nna (V) red de recoleccion y transformation de la energia, caminos de accesos a las turbinas, estacionamiento para 1,000 vehiculos, estructuras recreativas y culturales nuevas, auditorio para 500 personas, canchas de balompie, baloncesto, voleibol, tenis, gimnasio, biblioteca electronica, cafeteria y restaurante, oficinas de Recursos Naturales, veredas para caminar y/o correr bicicleta, areas de recreativas para nifios. E l proyecto propuesto se encuentra en distritos DT-P y LT-CR1 y fuera de areas inundables. La topografia del predio es generalmente liana. Las aguas de Uuvia y/o escorrentias seran descargadas a la charca de retention existente construida por el US Army.EdiScioAgendas Ambientales CnizA, Matos Urb. San Jos6 Industrial Park, Ave. Ponce de Leon 1375, San Juan, PR 00926-2604 Apartado U488, San Juan, PR 00910 Tel. 787-767-8181

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Lcdo. Luis M . Bernal JimenezEA11-0035 (AAE)

Pagina 2 28 de septiembre de 2011 Entendemos que al presentar la information sometida, la A A E ha cumplido con las disposiciones de la Ley Num. 416, de 22 de septiembre de 2004, la Resolution Num. R-ll-4 de la Junta de Calidad Ambiental (JCA) sobre Procedimiento Expedito "Sui Generis" para Regit' el Proceso de Presentation, Evaluation y Tramite de Documentos Ambientales para Proyectos Energeticos al amparo de la Orden Ejecutiva OE-2011-013, y supletoriamente el Reglamento de Evaluation y Tramite de Documentos Ambientales de la Junta de Calidad Ambiental. No obstante, se le requiere que cumpla con todas las disposiciones de las Leyes y Reglamentos estatales y federales aplicables, incluyendo los que se enumeran a continuation: 1. Deberan instalar desviadores de aves y murcielagos (Bird and Bat Diverters) en las lineas de transmision del proyecto para minimizar el posible choque de las especies con estos. En la medida que surjan nuevas tecnologias, recomendamos se actualice los sistemas usados para ahuyentar aves y murcielagos tan to de las torres como de las aspas de los aerogeneradores. 2. De acuerdo a la Section 56.2.3 del Reglamento Conjunto, el aerogenerador debera guardar una distancia de retiro minima desde cualquier estructura ocupada mas cercana de al menos 150% de su altura total, medida desde el centro de la base de cada torre. 3. Previo a la obtencion en la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) de algun permiso relacionado al proyecto, se debera haber culminado en el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) el proceso de destinarse para Servidumbre de Conservation las 735.52 cuerdas pertenecientes a la Finca Guarico. Asimismo, se debera haber radicado una copia de la minuta de asiento de la presentation de las escrituras en el Registro de la Propiedad, seg&n lo dispone Ja Ley Num. 183 de 27 de diciembre de 2001 (Ley de Servidumbre de Conservation de Puerto Rico). 4. Solicitar a traves de la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe), el Permiso General Consolidado que establece el Reglamento para el Tramite de los Permisos Generales que incluye lo siguiente-. a. Permiso para Fuente de Emision (PFE) para el movimiento de tierra en areas de novecientos mettos cuadrados (900m ) o mas.2

b. Permiso para ei Control de la Erosion y Prevention de ia Sedimentation (CES) si el movimiento de tierra se realiza en areas de superficie de terrenos de 900 metros cuadrados o mas, o excedan los 40 metros cubicos. c. Permiso para Actividad Generadora de Desperdicios Solidos.10/10/2011

Lcdo. Luis M . Bemal Jimenez EA11-0035 (AAE) Pagina 3 28 de septiembre de 2011 5. Tomar las medidas necesarias para evitar que residuos de sustancias organicas e inorganicas tales como: aceites, combustibles u otras sustancias quimicas, puedan ser arrastradas por la escorrentia y ganen acceso a cualquier cuerpo de agua o al sistema pluvial 6. Luego de instalados los aerogeneradores, se deberan realizar estudios de carcasas y establecer un programa de seguimiento para estudiar el impacto, si alguno, del proyecto en la comunidad de aves y murcielagos. Este estudio debera realizarse durante un periodo de cinco anos luego de estar en operation el proyecto y deberan presentarse informes anuales de seguimiento del mismo a la Division de Recursos Terrestres del Negociado de Pesca y Vida Silvestre del Departamento. Es importante destacar que dependiendo de los resultados de este estudio y del indice de mortandad de aves y murcielagos debido al establecimiento del proyecto, el DRNA podra solicitar otras medidas que sean necesarias para minimizar los impactos que se ocasionen a estas especies. Asimismo, de haber algun impacto a especies en estado crfrico, vulnerables o en peligro de extincidn, el DRNA podia exigir la extension del programa de seguimiento junto a la presentation de alternativas especificas para evitar dichos impactos. 7. Cumplir con las disposiciones de la Regla 45.4 (Permiso General Consolidado), el Capitulo 46 (Extraction, Excavation, Remocion y Dragado de los Componentes de la Corteza Terrestre) y el Capitulo 47 (Corte, Poda y Forestacion) del Reglamento Conjunto de Permisos para Obras de Construction y Usos de Terrenos. Ademas, debera cumplir con todo lo concerniente al manejo de aguas pluviales y control de escorrentias del predio. 8. Establecer un programa de reforestation utilizando especies nativas que ademas de ayudar a minimizar la erosion beneficien la vida silvestre. Esta medida es consona con la Ley para Fomentar la Siembra de Arboles Cuyas Frutas y/o Semillas Provean Alimento a Especies de Aves Silvestres de Puerto Rico (Ley Num. 97 de 24 de junio de 1998), la cual establece lo siguiente: "En todo proyecto de reforestation en que se utilicen fondos publicos o privados, o en una combination de estos, un 15% en las areas rurales y un 10% en las areas urbanas del total de arboles a ser sembrados, seran de especies cuyas frutas y/o semillas sirvan de alimento a las aves silvestres que residan temporal o permanentemente en esta". 9. Establecer un protocolo para la protection y el mztie'p de la boa de Puerto Rico {Epicrates inorncttus). Dicho protocolo podria usar como modelo el "Protocolo de Protection de la Boa de Puerto Rico en Actividades de Impacto en la Zona Caliza de PR", preparado por la Division de Patrimonio Natural de la Secretaria Auxiliar de Planificacion Integral delD K E

rtfVi

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Pagina 4 28 de septiembre de 2011 10. De descubrirse en el predio objeto de desarrollo algun sumidero, cueva o cuerpo de agua superficial o subtenineo, sea perenne o intermitente, debera informarlo inmediatamente al DRNA y demas agendas concernidas. No informar hallazgos de este tipo asi como las medidas de mitigation que se implantaran para proteger estos recursos naturales conllevara una revocation automatica de la presente comunicacion de no objetion y podra ser base para acciones legales por parte del DRNA en los foros disponibles. 11. Respecto a las actividades de movimiento de tierra propuestas, deberan solicitar y obtener el correspondiente permiso del DRNA. 12. Cumplir con las recomendaciones y requisitos emitidos por las agendas consultadas: -Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en comunicacion del 6 de septiembre de 2011; -Autoridad de Energia Electrica en comunicacion del 27 de mayo de 2011; -Autoridad de Carreteras y Transportation en comunicacion del 31 de mayo de 2011; -Instituto de Cultura Puertorriquena en comunicacion del 24 de junio de 2011. 13. Si durante las diferentes fases del proyecto, se encuentran depositos arqueologicos, los mismos deberan ser informados inmediatamente al Instituto de Cultura Puertorriquena. 14. Durante las diferentes fases del proyecto el almacenaje, manejo y disposition de los desperdicios solidos, debe realizarse en conformidad con la reglamentacion vigente. 15. Durante la fase de construction del proyecto se debe cumplir con el Reglamento para el Control de la Contamination por Ruido, en lo relacionado al nivel de sonido maximo permitido. Agradecemos su cooperation por mantener y conservar la calidad de maestro ambiente. Cordialmente,

ReymMo Matosjimenez Miembro Asooaao Junta de Calidad Ambiental

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