capitulo 1 ambiental

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  • INGENIERA AMBIENTAL PARA INGENIEROS

    GABRIEL MARTINEZ HERRERA MAESTRIA EN CIENCIAS EN ING. AMBIENTAL

    1

    MAESTRIA EN CIENCIAS EN ING.

    AMBIENTAL

    UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN

    NICOLAS DE HIDALGO

    AGOSTO DEL 2013

    INGENIERA AMBIENTAL PARA INGENIEROS

    M. EN C. GABRIEL MARTNEZ HERRERA

  • INGENIERA AMBIENTAL PARA INGENIEROS

    GABRIEL MARTINEZ HERRERA MAESTRIA EN CIENCIAS EN ING. AMBIENTAL

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    PRESENTACIN

    Los recursos de nuestro planeta, biticos y abiticos, son sobreexplotados y sufren

    un uso inadecuado. Los esfuerzos por usarlos de manera racional permitirn una

    explotacin adecuada que redundara en el beneficio de la comunidad.

    En ste texto daremos una panormica de los esfuerzos nacionales e internacionales

    para regular el uso adecuado de los recursos naturales, sumando la parte legislativa con la

    ingeniera.

    Es importante dejar en claro, que los Ingenieros, tenemos doble tarea con el

    ambiente, transformar los recursos con responsabilidad, desarrollando procesos sustentables

    y encontrar mecanismos para tratar los efluentes contaminantes, de nuestros procesos. Pero

    sobre todo evitar que los contaminantes sean producidos. No buscar la medicina, evitar la enfermedad

    Construyamos un mundo mejor.

    Esta es la historia de una tierra que tena un agujero en el cielo. La lluvia que caa sobre aquella tierra era de un cido venenoso que mataba a los rboles. Y slo unas cuantas

    cosas crecan en el suelo, porque haban sido arrasadas por extraos productos qumicos

    que empleaban los agricultores. A veces la gente se preguntaba: Y por qu pasa esto? Y la pantallita que haba en un ngulo en todas las habitaciones tranquilamente responda:

    Porque as tiene que ser. Pero la gente no entenda. Y se olvidaban de aquella pregunta y se iban a trabajar. Un da, un nio pequeo se despert: la maana era gris. La lluvia caa

    por el agujero que haba en el cielo y sobre aquella tierra en las que slo crecan unas

    cuantas cosas. Y, como una hilera de hormigas tristes, la gente se iba a trabajar.

    El nio estaba escuchando cuando, de pronto, una de aquellas personas se par y

    pregunt: Pero de verdad sta es la mejor la manera de vivir? Y la pantallita que haba en todas las habitaciones respondi: Si quieres ser rico y tener cosa buenas y estar rodeado de lujos, has de pagar un precio.

    Y ese precio es ensuciar la tierra. No puede ser de otra manera. Y todo el mundo volvi a olvidarse de la pregunta y cada cual se march por su lado. Pero entonces el nio

    alz la voz y dijo: Tiene que haber una mejor forma de hacer lo que queremos hacer , sin que estropeemos el cielo y la lluvia y la tierra. Y la gente se par a escuchar y apag la pantallita y empez a buscar la mejor forma de hacer las cosas. Y aquella tierra comenz a

    florecer por primera vez en mucho tiempo. Y el cielo brillaba con un azul muy bello y la

    lluvia saba muy dulce. Creo es hora ya de que nos convirtamos en ese nio pequeo y

    empecemos a construir un futuro mucho mejor. Paul McCartney

    Fuente: Salvemos a la tierra. Jonathan Porrit. Editorial Aguilar. Mxico, 1991.

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    GABRIEL MARTINEZ HERRERA MAESTRIA EN CIENCIAS EN ING. AMBIENTAL

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    Objetivo

    Conocer y explicar los problemas que se generan en el medio ambiente, causados por actividades industriales

    y municipales, adquirir conocimientos y desarrollar habilidades que permitan profundizar por cuenta propia

    en el planteamiento y solucin de problemas de contaminacin de agua, del aire, del suelo, de los residuos, as

    como por ruido, trmica y radioactiva, as como de impacto y riesgo ambiental.

    Generar alternativas de solucin a los diferentes problemas de ndoles ambiental en la industria y municipio,

    sin dejar de considerar los aspectos econmico y social.

    Seleccionar los procesos productivos que logren el desarrollo sostenible.

    CONTENIDO.

    CAPITULO 1. LEGISLACIN AMBIENTAL

    CAPITULO 2. MARCO TERICO

    CAPITULO 3. CONTAMINACIN DEL AGUA

    CAPITULO 4. CONTAMINACIN DEL AIRE

    CAPITULO 5. AFECTACIN DEL SUELO.

    CAPITULO 6. RESIDUOS SLIDOS

    CAPITULO 7. CONTAMINACIN POR RUIDO.

    CAPITULO 8. CONTAMINACIN TERMICA

    CAPITULO 9. CONTAMINACIN RADIOACTIVA

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    CAPITULO 1. LEGISLACIN AMBIENTAL

    Lnea del tiempo en la legislacin ambiental.

    Leyes ambientales

    Ley conservacin de suelo y agua. 1946 Subsecretara de mejoramiento del ambiente 1971

    Ley federal para prevenir y controlar la contaminacin. 1971 Secretaria de desarrollo urbano y ecologa 1982

    Ley federal de proteccin ambiental. 1984 Secretaria de desarrollo social 1988

    Ley general del equilibrio ecolgico y la proteccin ambiental. 1988 (LGEEPA) Secretaria del medio ambiente, recursos naturales y pesca 1994 (SEMARNAT)

    Ley general del equilibrio ecolgico y la proteccin al ambiente

    Modificaciones a la LGEEPA 1996 Secretara del medio ambiente y recursos naturales (SEMARNAT)

    Reglamentos ambientales

    De parques nacionales e internacionales. 1942

    Para la prevencin y control de la contaminacin atmosfrica originada por humos y polvos. 1971

    Para el control y prevencin de la contaminacin de aguas. 1973

    Para la prevencin y control de la contaminacin ambiental generada por la emisin de ruidos. 1976

    Para prevenir y controlar la contaminacin del mar por vertimiento de desechos y otras materias. 1979

    Para la proteccin del ambiente contra la contaminacin originada por la emisin de ruido. 1982

    Para la prevencin y control de la contaminacin generada por los vehculos automotores que circulan por el distrito federal y Los municipios de su zona conurbada. 1988

    En materia de impacto ambiental. 1988

    En materia de prevencin y control de la contaminacin atmosfrica. 1988

    En materia de residuos peligrosos. 1988

    Para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vas navegables, playas, zona federal martima terrestre y terrenos ganados al mar. 1991

    Para el transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos. 1993

    De la ley de aguas nacionales. 1994

    Reglamento en materia de riesgos.

    Jerarqua del orden jurdico en el derecho mexicano.

    mbito federal

    Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos BASE

    Leyes de Carcter Federal

    (Emanan de la Constitucin)

    Convenios y Tratados Internacionales

    Leyes Ordinarias

    (No emanan de la Constitucin)

    Decretos

    Reglamentos de Leyes Federales

    - Normas

    - Instructivos

    - Listados

    PRIMER

    NIVEL

    SEGUNDO

    NIVEL

    TERCER

    NIVEL

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    Jerarqua del orden jurdico en el derecho mexicano.

    mbito estatal

    ambito estatal

    Constitucin de la Repblica Mexicana

    Artculos 27, 73 y 25 de la constitucin poltica mexicana

    Art. 27, prrafo tercero:

    Conservacin de los recursos naturales

    (Parte del texto original de la constitucin de 1917)

    Art. 73. Fraccin XVI

    Prevencin y control de la contaminacin

    (Incorporado a la constitucin en 1971)

    Art. 25

    Cuidado del medio ambiente

    (Incorporado a la constitucin en 1983)

    En 1987 las tres disposiciones anteriores fueron ampliadas e incorporadas mediante reformas a los artculos

    27 y 73. Se establece as que es deber del estado preservar y restaurar el equilibrio ecolgico.

    En 1992, el prrafo tercero del artculo 27 constitucional incorpora el deber del estado de evitar la destruccin

    de los elementos naturales

    Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos

    Leyes de Carcter Federal

    Convenios y Tratados Internacionales

    Constitucin propia de cada estado

    Leyes Ordinarias Estatales

    Reglamentos de Leyes Federales SEGUNDO

    Reglamentos de Leyes Estatales NIVEL

    Reglamentos de carcter municipal

    Normas Federales

    Normas Estatales

    Bandos de Polica y buen gobierno

    TERCER

    NIVEL

    BASE

    PRIMER

    NIVEL

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    Ley general de equilibrio ecolgico y la proteccin ambiental

    Es el principal instrumento jurdico vigente en materia de proteccin ambiental en su conjunto.

    Fue publicada en el diario oficial de la federacin el da 28 de enero de 1988.

    Reformada por el decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversos artculos del cdigo penal para el

    distrito federal en materia de fuero comn, y para toda la repblica en materia de fuero federal, y por el

    decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la ley general del equilibrio ecolgico y la

    proteccin al ambiente publicados el da 13 de diciembre de 1996.

    El decreto reform el cdigo penal, adicionndole un captulo de "delitos ambientales", as como los

    transitorios del segundo ordenamiento citado, se reproducen como apndices despus del texto de la ley.

    Antecedentes:

    La ley federal para prevenir y controlar la contaminacin (1971) y la ley federal de proteccin ambiental

    (1984) las cuales fueron substituidas por la LGEEPA en 1988

    La LGEEPA est dividida en seis ttulos y dos apndices

    Ttulos:

    1. Disposiciones generales. 2. Biodiversidad. 3. Aprovechamiento sustentable de los elementos naturales. 4. Proteccin al ambiente. 5. Participacin social e informacin ambiental. 6. (s/t) Disposiciones generales, inspeccin y vigilancia, medidas de seguridad, sanciones administrativas,

    recurso de revisin, de los delitos de orden federal, denuncia popular.

    Apndices:

    Uno: delitos ambientales

    Dos: artculos transitorios del decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la ley general

    de equilibrio ecolgico y la proteccin al ambiente.

    En su conjunto esta ley cuenta con 204 artculos

    Leyes complementarias en materia ambiental

    Ley de conservacin del suelo y agua. 1946

    Ley federal de caza. 1952

    Ley de sanidad Fito pecuaria. 1974

    Ley general de asentamientos humanos. 1976

    Ley de obras pblicas. 1980

    Ley general de bienes nacionales. 1982

    Ley de planeacin. 1983

    Ley federal de vivienda. 1984

    Ley federal del mar. 1986

    Ley federal de derechos. 1991

    Ley general de metrologa y normalizacin. 1992

    Ley de pesca. 1992

    Ley de aguas nacionales. 1992

    Ley forestal. 1992

    Leyes estatales de carcter ambiental

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    La mayora de los estados de la repblica mexicana, cuentan ya con una ley estatal en materia ambiental.

    Estas leyes fueron publicadas en distintas fechas entre los aos 1988 y 2011.

    Autoridades ambientales

    La cabeza de sector en materia de proteccin ambiental y ecologa es la secretara del medio ambiente,

    recursos naturales (SEMARNAT)

    La LOAPF art 32 bis establece las atribuciones y funciones de la SEMARNAT entre las ms relevantes se

    encuentran las siguientes:

    fomentar la proteccin, restauracin y conservacin de los ecosistemas y recursos naturales

    formular y conducir la poltica nacional en materia de recursos naturales

    administrar y regular el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales

    establecer normas oficiales mexicanas sobre preservacin y restauracin del m.a.

    vigilar el cumplimiento de las leyes relacionadas con el medio ambiente

    promover el ordenamiento ecolgico

    evaluar y dictaminar las manifestaciones de impacto ambiental

    Ejemplos de algunas normas relevantes

    Agua

    Norma oficial mexicana nom-032-SEMARNAT-1993, que establece los lmites mximos permisibles de

    contaminantes en las aguas residuales de origen urbano o municipal para su disposicin mediante riego

    agrcola.

    Aire:

    Norma oficial mexicana nom-034- SEMARNAT-1993, que establece los mtodos de medicin para determinar la concentracin de monxido de carbono en el aire ambiente y los procedimientos para la

    calibracin de los equipos de medicin.

    Norma oficial mexicana nom-03 SEMARNAT 5--1993, que establece los mtodos de medicin para

    determinar la concentracin de partculas suspendidas totales en el aire ambiente y el procedimiento para la

    calibracin de los equipos de medicin

    Norma oficial mexicana nom-043 SEMARNAT --1993, que establece los niveles mximos permisibles de

    emisin a la atmsfera de partculas slidas provenientes de fuentes fijas.

    Residuos peligrosos

    Norma oficial mexicana nom-052- SEMARNAT-1993, que establece las caractersticas de los residuos

    peligrosos, el listado de los mismos y los lmites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al

    ambiente. diario oficial de la federacin, 22 de octubre de 1993.

    Norma oficial mexicana nom-053- SEMARNAT -1993, que establece el procedimiento para llevar a cabo la

    prueba de extraccin para determinar los constituyentes que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al

    ambiente.

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    Norma oficial mexicana nom-054- SEMARNAT-1993, que establece el procedimiento para determinar la

    incompatibilidad entre dos o ms residuos considerados como peligrosos por la norma oficial mexicana nom-

    052-ecol-1993.

    Norma oficial mexicana nom-055- SEMARNAT-1993, que establece los requisitos que deben reunir los sitios

    destinados al confinamiento controlado de residuos peligrosos, excepto de los radiactivos.

    Norma oficial mexicana nom-056- SEMARNAT-1993 que establece los requisitos para el diseo y

    construccin de las obras complementarias de un confinamiento controlado de residuos peligrosos.

    Norma oficial mexicana nom-057 SEMARNAT -1993, que establece los requisitos que deben observarse en

    el diseo. Construccin y operacin de celdas de un confinamiento controlado para residuos peligrosos.

    Norma oficial mexicana nom-058- SEMARNAT-1993, que establece los requisitos para la operacin de un

    confinamiento controlado de residuos peligrosos.

    Ruido

    Norma oficial mexicana nom-081 SEMARNAT --1994. que establece los lmites mximos permisibles de

    emisin de ruido de las fuentes fijas y su mtodo de medicin.

    Forestal

    Norma oficial mexicana de emergencia nom-em-002-sarh3-1994, que establece los procedimientos, criterios

    y especificaciones para realizar el aprovechamiento, transporte y almacenamiento de tierra de monte.

    Norma oficial mexicana de emergencia nom-em-006-sarh3-1994, que establece los procedimientos, criterios

    y especificaciones para realizar el aprovechamiento, transporte y almacenamiento de ramas, hojas o pencas,

    flores, frutos y semillas de vegetacin forestal.

    Requisitos ambientales comunes (documentos)

    Manifestacin de impacto ambiental.

    Se presenta una sola ocasin ante la SEMARNAT antes de realizar cualquier proyecto de construccin.

    Estudio de riesgo

    Se presenta una sola ocasin ante la SEMARNAT antes de ejecutar cualquier proyecto de construccin.

    Licencia de funcionamiento.

    Se presenta una sola ocasin ante la SEMARNAT

    Cdula de operacin

    Se presenta una sola ocasin ante la SEMARNAT, para el caso de fuentes fijas

    Inventario de emisiones.

    se presenta anualmente ante la SEMARNAT

    Manifiesto empresas generadoras de residuos peligrosos.

    se presenta una sola ocasin ante la SEMARNAT con reporte semestral.

    Ttulo de asignacin de uso de agua

    Se presenta una sola ocasin ante la CONAGUA

    Permiso de descarga de aguas residuales.

    Se presenta una sola ocasin ante la CONAGUA para casos de descarga a un rio, lago, etc.

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    Condiciones particulares de descarga

    Se presenta una sola ocasin ante la CONAGUA

    Permiso de descarga de aguas residuales.

    Se presenta por una sola ocasin ante el municipio y el estado para descargas al alcantarillado municipal.

    Licencia de uso del suelo

    Se presenta por nica ocasin ante el estado y municipio

    Permiso de cambio de uso del suelo

    Se presenta por nica ocasin ante SEMARNAT acompaado del estudio tcnico justificativo

    Autorizacin para instalacin, construccin, reparacin, vapor y recipientes sujetos a presin.

    Se presenta por nica ocasin por cada recipiente, ante la SEMARNAT

    Registro de transporte y manejo de materiales y residuos peligrosos por carreteras federales

    Se presenta ante la SCT por nica ocasin.

    Niveles de gobierno

    Federal art. 5 de LGEEPA

    Estatal art. 7 de LGEEPA

    Municipal art. 8 de LGEEPA

    Lnea del tiempo respecto de la Secretaria del medio ambiente y recursos naturales.

    1971- Secretara de mejoramiento del ambiente.

    Ley federal de proteccin al ambiente.

    1982- Secretara de desarrollo urbano y ecologa.

    Ley federal de proteccin al ambiente.

    1988- Secretara de desarrollo social.

    Ley general del equilibrio ecolgico y la proteccin al ambiente.

    1994- Secretara de medio ambiente, recursos naturales y pesca (SEMARNAP)

    Ley general del equilibrio ecolgico y la proteccin al ambiente.

    1996- Modificacin a la LGEEPA

    2000-Secretara de medio ambiente y recursos naturales.(SEMARNAT)

    Ley general del equilibrio ecolgico y la proteccin al ambiente

    Organigrama de la SEMARNAT

    SEMARNAT

    SUBSECRETARA DE GESTIN PARA

    LA PROTECCIN AL AMBIENTE

    D.G. VIDA

    SILVESTRE

    D.G.

    IMPACTO Y

    RIESGO

    AMBIENTA

    L

    D.G. MANEJO

    INTEGRAL DE

    CONTAMINAN

    TES

    D.G. ZONA

    FEDERAL

    MARITIMO

    TERRESTRE

    D.G.

    DECENTRALI

    ZACIN

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    rganos desconcentrados de la SEMARNAT:

    PROFEPA-Procuradura federal de proteccin al ambiente. Verifica, cedulas, cumplimiento

    y sanciona.

    INE- Instituto nacional de ecologa. Unidad investigadora.

    CNA- Comisin nacional del agua. Trata todo lo referente al agua.

    IMTA- Instituto mexicano de tecnologa del agua. Unidad investigadora del agua.

    Niveles de gobierno.

    Federal. El nivel federal se encuentra agrupado en la (LOAPF) Ley orgnica de la

    administracin publica federal.

    Estatal y Municipal. Lo conocemos como gobierno local.

    Atribuciones de los diferentes niveles de gobierno.

    Impacto ambiental. Cules obras corresponden a la federacin en asunto de impacto

    ambiental? Todas las obras enmarcadas en el artculo 28 de la LGEEPA. A la autoridad

    local le corresponden las obras no contempladas en el artculo 28.

    Riesgo. En materia de riesgo, existen listados de actividades altamente riesgosas, en dichos

    listas se maneja una cantidad de reporte, que es la cantidad mnima que se almacena, transporta y transforma, y es asunto federal las actividades altamente riesgosas (AAR),

    pasan el limite de reporte. Las actividades riesgosas son asunto de la autoridad local.

    Residuos. Es asunto federal, los residuos peligrosos (NOM 052,053,054, 087). Un residuo

    peligroso es aquel que caiga en la clave CRETIB.

    C-orrosivo

    R-reactivo

    E-xplosivo

    T-oxico

    I-nflamable

    B-iolgico infeccioso

    Atmsfera. En asunto de atmsfera los tres poderes tienen jurisdiccin.

    Asunto federal. Prevencin y control de la contaminacin atmosfrica proveniente de

    fuentes fijas y mviles de jurisdiccin federal, artculo 111, y las fuentes mviles de

    autotransporte federal.

    Asunto de autoridad local. Al estado le corresponden la prevencin y control de la

    contaminacin atmosfrica proveniente de fuetes fijos y mviles de jurisdiccin estatal,

    pequeas y medianas empresas (las que estn en el Art. 111), y mviles estatales. El estado

    le deja al municipio, los prestadores de servicios municipales, tintoreras, centros

    recreativos, panteones, etc.

    Ruido. La SEMARNAT solo acta en ruido en la elaboracin de leyes, normas y

    reglamentos y acta solo por denuncia popular a travs de PROFEPA y marca lo siguiente:

    06:00 a 22:00 horas nivel de ruido mximo 68 decibeles.

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    22:00 a 06:00 horas nivel de ruido mximo 65 decibeles.

    En el ambiente laboral acta la STPS (Secretaria de Trabajo y Previsin Social), la cual

    tiene su propia tabla de decibeles.

    Por lo tanto es asunto federal la elaboracin de leyes, normas y reglamentos. Asunto de

    autoridad local, prevencin y control de la contaminacin por ruido.

    Aguas residuales. Es asunto federal, las descargas de aguas residuales a aguas y bienes

    nacionales. Es asunto de autoridad local, las descargas de aguas residuales al sistema de

    alcantarillado.

    Matriz de competencia, es un cuadro que nos sirve para ver que autoridad es competente.

    Ejemplo. Complete la matriz de competencia para la industria de celulosa y papel, que

    descarga sus aguas residuales al rio grande de Morelia, entre sus reactivos maneja perxido

    de hidrogeno en cantidad de 10 000 litros, hipoclorito de sodio en cantidad de 30 000 litros,

    Almacena reactivos peligrosos de proceso sobrantes.

    Asunto federal Asunto Local

    Impacto si no

    Riesgo si no

    Residuos si (peligrosos) si (no peligrosos)

    Atmsfera si no

    Ruido Si (NOM) Si (controla)

    Agua residual si no

    Para calcular la concentracin final de contaminantes se aplica la formula:

    Cf= ( CoQo +C1Q1)/Qf

    Donde:

    Cf = concentracin final, despus de la mezcla de la corriente de rio con agua residual.

    Co = concentracin antes de mezclado.

    Qo = flujo antes de mezclado con agua residual.

    C1 = concentracin de agua residual.

    Q1 = flujo de agua residual.

    Qf = flujo despus de mezclado (Qo + Q1)