capitulo 1 2014

35
CAPITULO 1: SUJETOS DEL DERECHO PRIVADO Instituciones del Derecho Privado I Facultad de Ciencias Económicas (UNNE) Dr. Cristian Piris [email protected] 2014

Upload: cpiris

Post on 14-Jul-2015

680 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Capitulo 1 2014

CAPITULO 1:

SUJETOS DEL DERECHO

PRIVADO

Instituciones del Derecho Privado I

Facultad de Ciencias Económicas (UNNE)

Dr. Cristian Piris

[email protected]

Page 2: Capitulo 1 2014

• Persona: Concepto, Categorías. Persona y sujeto de derechos.

• Persona individual. Concepto. Principio de su existencia.

• Persona Colectiva: Concepto. Clasificación y enumeración (art. 33 del Código Civil). Condiciones jurídicas para su existencia.

• Atributos. Concepto. Capacidad: Concepto y clasificación. Incapacidad de derecho y de hecho: fundamentos y efectos. Clasificación de los incapaces. Conceptos. Domicilio. Nombre. Estado civil. Conceptos y funciones.

• Fin de la existencia de las Personas individuales y colectivas: causales y consecuencias jurídicas.

CAPITULO I: SUJETOS DEL DERECHO PRIVADO

Cristian Piris - 2014

Page 3: Capitulo 1 2014

Cerrar

PERSONA

Inicio Existencia

Derechos

Fin Existencia

ConceptoConcepto

Fin Existencia

Inicio Existencia

Atributos

Cristian Piris - 2014

Page 4: Capitulo 1 2014

NORMAS JURÍDICAS

• No crean personas• Reconocen la personalidad

¿QUÉ ES PERSONA?

• Etimología personare (Roma) prósopon (Grecia)

• Historia Antigüedad: Roma Cristianismo Revolución Francesa (1789) Alemania Nazi Declaración Univ. Derechos Humanos (1948)

Concepto de Persona

Cristian Piris - 2014

Page 5: Capitulo 1 2014

Concepto de Persona

Cristian Piris - 2014

Page 6: Capitulo 1 2014

Concepto de Persona

PersonaSujeto de Derecho

Cristian Piris - 2014

Page 7: Capitulo 1 2014

Concepto de Persona

Persona para el

Derecho

Religión

Sociedad

Filosofía

Ética

Ciencias

Cristian Piris - 2014

Page 8: Capitulo 1 2014

Código Civil - Artículo 30:“Son personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos, o contraer obligaciones".

Palabras claves: Ente Susceptibilidad de adquirir derechos

Se define Persona por la capacidad.

Criticas: Deshumaniza el concepto de persona. Cualquier entre puede ser o no ser persona.

Interrogantes: Situación de los animales no humanos.

Concepto de Persona

Cristian Piris - 2014

Page 9: Capitulo 1 2014

TIPO DE PERSONAS EN EL DERECHO ARGENTINO

ART. 30 – CONCEPTO

ART. 31 – TIPOS: 1) de existencia ideal o jurídica. 2) las de existencia visible.

ART. 32 – “Todos los entes susceptible de adquirir derechos, o contraer obligaciones, que no son personas de existencia visible, son personas de existencia ideal, o personas jurídicas“

Art. 51 - “Todos los entes que presentan signos característicos de humanidad, sin distinción de cualidades o accidentes, son personas de existencia visible“

Concepto de Persona

Cristian Piris - 2014

Page 10: Capitulo 1 2014

Concepto de Persona

Persona Entidad Jurídica

Física o de existencia visible

(Entidad psicológica, biológica y moral)

Jurídica o de existencia ideal

(Entidad puramente jurídica)

Cristian Piris - 2014

Page 11: Capitulo 1 2014

Concepto de Persona

Cristian Piris - 2014

Page 12: Capitulo 1 2014

CONCLUSIONES

1. Concepto biológico o natural de persona que lo identifica totalmente con el ser humano.

2. Para el derecho la persona es un ente, en principio todo aquel que evidencie signos característicos de humanidad, pero también se reconoce como personas a entes colectivos.

3. Para el derecho existen dos tipos de personas: los entes individuales, es decir los seres humanos; y los entes colectivos, denominados personas jurídicas.

4. Sujeto de derecho y persona no son lo mismo. Toda persona puesta en una relación jurídica determinada es un sujeto de derecho.

Concepto de Persona

Cristian Piris - 2014

Page 13: Capitulo 1 2014

Atributos de las Personas

Cristian Piris - 2014

ATRIBUTOS ≠

DERECHOS PERSONALÍSIMOS

CONCEPTOAtributos Ciertas cualidades de que está dotada la persona, que son inseparables de ella y la definen en su individualidad

CARACTERESNECESARIOS toda persona los tieneUNICOS no se admite la pluralidad del mismo atributo (tener la

misma persona dos nombres y apellido distintos)INALIENABLES no se pueden enajenar, trasmitir, etc.IMPRESCRIPTIBLES no se extinguen por el transcurso del tiempo ni

por ejercerlos

Page 14: Capitulo 1 2014

Atributos de las Personas

Cristian Piris - 2014

Atributo Persona Humana

Derechos Personalísi

mos

Estado Civil

Nombre

Domicilio

Patrimonio???

Capacidad

Page 15: Capitulo 1 2014

Atributos de las Personas

Cristian Piris - 2014

Atributo Persona Jurídica

Nombre

Domicilio

Patrimonio???

Capacidad

Page 16: Capitulo 1 2014

Atributos de las Personas

Cristian Piris - 2014

Concepto:Es la APTITUD para adquirir derechos y contraer obligaciones

Especies: Capacidad de derecho (para ser titular de derechos y obligaciones) Capacidad de hecho (para obrar-para ejercer por sí esos derechos)

CAPACIDAD INCAPACIDAD

Page 17: Capitulo 1 2014

Atributos de las Personas - Capacidad

Cristian Piris - 2014

INCAPACIDAD DE DERECHO

Siempre es relativa.Son prohibiciones puntuales.

Por Ejemplo no pueden contratar:•Cónyuges entre sí

Compra Venta (1358/60)Cesión de Créditos (1441)Permuta (1490)Donación (1807)

•Padres con hijos (279)•Tutores con Pupilos (450 inc.3)

Por Ejemplo no pueden contraer matrimonio:• Entre ciertos parientes 166(1-2-3-4)• Ligamen - Matrim. Anterior 166(6)• Autor/cómplice homicidio de un Cóny.166(7)

Page 18: Capitulo 1 2014

Atributos de las Personas - Capacidad

Cristian Piris - 2014

INCAPACIDAD DE HECHO

Absolutos No pueden realizar ningún acto por sí • Personas por nacer• Menores impúberes (hasta los 14 años)• Dementes declarados tales en juicio• Sordomudos que no pueden darse a entender• Penados a condenas de prisión o reclusión de 3 años o más

Relativos Tienen capacidad para los actos que las leyes le autorizan• Menores adultos (14 a 18 años) - art. 127 Cod. Civil

Menor con titulo art. 128 Cod. Civil (obs: desde los 14 años)Menor trabajador Celebrar contrato de trabajo - art. 30 LCT mod. Ley

26.390 “prohibición trabajo infantil” (obs: desde los 16 años)

Cuestiones: Representación Inicio y Cese de la incapacidad 14 años – discernimiento actos lícitos (art. 921)

Page 19: Capitulo 1 2014

Atributos de las Personas - Capacidad

Cristian Piris - 2014

MAYORÍA DE EDAD

Ley 26.579 art. 127 Cod. Civil: Cesa la incapacidad de los menores por la mayor edad el día que cumplieren 18 años.

Cuestiones:• Pueden contraer matrimonio (art. 166 – Cod Civil)• Cese de la patria potestad (art. 306 inc. 3 – Cod Civil)• Alimentos hasta los 21(art. 2566 – Cod Civil) “La obligación de

los padres de prestar alimentos a sus hijos, con el alcance establecido en artículo 267, se extiende hasta la edad de veintiún años, salvo que el hijo mayor de edad o el padre, en su caso, acrediten que cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo”.

• Previsión y seguridad social hasta 21 años (art. 5 - Ley 26.579)

Page 20: Capitulo 1 2014

Atributos de las Personas - Capacidad

Cristian Piris - 2014

INHABILITACIÓN

SEMIALIENACIÓN –152 Bis Código Civil

Concepto:Sujetos que sin llegar a ser dementes presentan anomalías que los inhabilita parcialmente para los actos de la vida civil, porque pueden causar perjuicios en su persona o su patrimonio.

Enumeración: Ebrios consuetudinarios Toxicómanos (drogadictos) Débiles mentales sin llegar a Demencia (p.ej: senilidad) Pródigos

El CURADOR NO SUSTITUYE al inhabilitado sólo lo ASISTE

Page 21: Capitulo 1 2014

Atributos de las Personas - Nombre

Cristian Piris - 2014

Definición:“Modo de designar una persona” (Alterini).“Medio de identificación de una persona en la sociedad” (Rivera).

Elementos:• Nombre de pila: llamado así por la pila bautismal, sitio donde se bautizaba a los recién nacidos y se les daba un nombre individual.• Apellido: también llamado nombre de familia o patronímico que indica la familia (generalmente paterna) al que pertenece el individuo. Es la designación común de todos los miembros de una familia.

Page 22: Capitulo 1 2014

Atributos de las Personas - Nombre

Cristian Piris - 2014

NOMBRE DE PILA

¿Cómo se adquiere?¿Quién tiene derecho a ponerlo?

Limitaciones:1. Nombres extravagantes, ridículos, contrarios a nuestras costumbres, que expresen o signifiquen tendencias políticas o ideológicas , o que susciten equívocos respecto del sexo de la persona a quien se impone.2. Los nombres extranjeros, salvo los castellanizados por el uso o cuando se tratare de los nombres de los padres del inscripto, si fuesen de fácil pronunciación y no tuvieran traducción en el idioma nacional. 3. Los apellidos como nombre.4. Primeros nombres idénticos a los de hermanos vivos.5. Más de tres nombres.

Page 23: Capitulo 1 2014

Atributos de las Personas - Nombre

Cristian Piris - 2014

APELLIDO

¿Cómo se adquiere?

¿De donde surge?

Distinciones:1. Hijos Matrimoniales.2. Hijos Extramatrimoniales.

1. Reconocido por ambos padres.2. Reconocido por la madre.3. Reconocido por el padre.

3. Hijos Adoptivos.1. Adopción Plena.2. Adopción Simple.

4. Mujer Casada.5. Mujer Divorciada.6. Mujer Viuda.

Page 24: Capitulo 1 2014

Atributos de las Personas – Estado

Cristian Piris - 2014

Estado Posición que corresponde al individuo en la sociedad –“status”

Respecto de:1) la persona misma – sexo, edad, profesión.2) la familia – casado, soltero, viudo, pariente, etc.3) la sociedad – argentino, extranjero, etc.

Efectos del Estado

Page 25: Capitulo 1 2014

Atributos de las Personas - Domicilio

Cristian Piris - 2014

Definiciones: “Lugar que la ley fija como asiento o sede de la persona para la producción de determinados efectos jurídicos” (Borda) “El asiento jurídico de las personas” (Cifuentes)

Clasificación:

• General• Real• Legal• De origen

• Especial• Procesar o ad litem• Contractual

Page 26: Capitulo 1 2014

Inicio de la Existencia

¿Desde cuando se inicia la existencia de la persona física?

I. Concepción Antigua:NACIMIENTO (cuestión de la viabilidad)

I. Concepción Moderna:CONCEPCIÓN (cuestión del aborto) En el seno materno Fuera del seno materno (cuestiones éticas y científicas)

Cristian Piris - 2014

Page 27: Capitulo 1 2014

Inicio de la Existencia

¿Desde cuando se inicia la existencia de la persona?

PERSONAS POR NACER

Art. 63 Código Civil: “Son personas por nacer las que no habiendo nacido están concebidas en el seno materno”

Pacto de San José de Costa Rica (con rango constitucional):Se es persona desde la concepción.

Cristian Piris - 2014

Page 28: Capitulo 1 2014

Inicio de la Existencia

CONCEPCIÓN

1. Natural (en el seno materno)2. Asistida

2.1. Inseminación artificial Introducción de semen enorganismo femenino no a través del acto sexual sino pormedios “médicos”.

2.1.1. Homóloga dador, el marido.2.1.2. Heteróloga dador, no marido.

2.2. Fecundación extracorporea o in vitro Por mediode intervenciones médicas se obtiene esperma y óvulos paraluego unirlos a los efectos que se produzca la fecundación. Launión puede ser dentro o fuera del cuerpo de la mujer.

Cristian Piris - 2014

Page 29: Capitulo 1 2014

Condición jurídica de la persona por nacer

SITUACIÓN PATRIMONIAL• Código Civil: capacidad de derecho para adquirir bienes a título gratuito, por actos entre vivos o mortis causa

SITUACIÓN PERSONAL• Código Civil: ???• Constitución Nacional: Derechos Personalísimos

Inicio de la Existencia

Cristian Piris - 2014

Page 30: Capitulo 1 2014

Inicio de la Existencia

Nacimiento

¿Desde cuando se considera producido el nacimiento?

Art. 74 in fine: Cuando la persona por nacer se encuentre completamente separado del seno materno.

CUESTIONES:

• Nacimiento con vida. • Viabilidad.• Efectos patrimoniales.

Cristian Piris - 2014

Page 31: Capitulo 1 2014

Fin de la Existencia

¿CUÁNDO TERMINA LA EXISTENCIA DE UNA PERSONA FÍSICA?

Art. 103 Cod. Civil:“Termina la existencia de las personas por la muerte natural de ellas. La muerte civil no tendrá lugar en ningún caso, ni por pena, ni por profesión en las comunidades religiosas.”

¿QUÉ ES MUERTE NATURAL?

NATURAL

NATURAL CIVIL

VIOLENTA

Cristian Piris - 2014

Page 32: Capitulo 1 2014

Fin de la Existencia

¿CUANDO SE PRODUCE LA MUERTE?

Cese de funciones vitales

1• Cese de funciones cerebrales

2• Cese de funciones cerebrales, cardiológicas y pulmonares

3• Además de lo anterior, cese de funciones celulares.

Claudicación de sistemas circulatorio, respiratorio y nervioso

Cristian Piris - 2014

Page 33: Capitulo 1 2014

Fin de la Existencia

Muerte en la Ley de Trasplante de Órganos (24.193)

El fallecimiento de una persona se considerará tal cuando se verifiquen de modo acumulativo los siguientes signos, que deberán persistir ininterrumpidamente seis (6) horas después de su constatación conjunta:

a) Ausencia irreversible de respuesta cerebral, con pérdida absoluta de conciencia;b) Ausencia de respiración espontánea;c) Ausencia de reflejos cefálicos y constatación de pupilas fijas no reactivas;d) Inactividad encefálica corroborada por medios técnicos y/o instrumentales adecuados a las diversas situaciones clínicas, cuya nómina será periódicamente actualizada por el Ministerio de Salud y Acción Social con el asesoramiento del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI).

La verificación de los signos referidos en el inciso d) no será necesaria en caso de paro cardiorespiratorio total e irreversible.

Artículo 23

Cristian Piris - 2014

Page 34: Capitulo 1 2014

Fin de la Existencia

CASOS ESPECIALES

- Conmorencia

- Ausencia con presunción de fallecimiento

PLAZO ORDINARIO: 3 años desde de la última noticia.

PLAZOS EXTRAORDINARIOS: tiempos de espera reducidos por

desaparición en contexto de accidente o desastre.

PLAZO EXTRAORDINARIO GENÉRICO: 2 años desde que

ocurrió o pudo haber ocurrido el suceso (incendio, terremoto,

guerra o empresa riesgosa).

PLAZO EXTRAORDINARIO ESPECÍFICO: 6 meses desde que

ocurrió o pudo haber ocurrido el suceso (naufragio de una nave

o aeronave).

Cristian Piris - 2014

Page 35: Capitulo 1 2014

Fin de la Existencia

PRUEBA DE LA MUERTE

- Como hecho jurídico: Partida – Certificado de defunción Art. 104 Cod. Civil: La muerte de las personas se prueba como el nacimiento en iguales casos.

- Como hecho natural: certificado médico o en su defecto certificado de autoridad civil o policial con dos testigos que hayan visto el cadáver.Caso especial: catástrofe donde la muerte deba ser tenida por cierta no se requiere certificado ni testigos.

EFECTOS DE LA MUERTE

Derechos patrimoniales Transmisión Derechos extrapatrimoniales Extinción

Cristian Piris - 2014