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BOLETÍN OFICIAL N.º 25 - MIÉRCOLES 2 DE MARZO DE 2016 Pág. 1 DE LA PROVINCIA DE ZAMORA www.diputaciondezamora.es

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  • BOLETÍN OFICIALN.º 25 - MIÉRCOLES 2 DE MARZO DE 2016 Pág. 1DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

    www.diputaciondezamora.es

  • II. Administración Autonómicajunta de castilla y león

    consejeRía de fomento y medio ambientedirección general de carreteras e infraestructuras

    Anuncio del Servicio Territorial de Fomento de Zamora por el que se somete altrámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados por elproyecto "Regularización superficial del firme. cl-605, de Segovia a Zamora porArévalo y ZA-324, de Ricobayo (N-122) a la frontera con Portugal. Tramo: cl-605:Arcenillas - El Piñero (P.k. 150+190 a 167+945) y ZA-324: Presa de Villalcampo ala frontera con Portugal (P.k. 11+530 a 28+890). clave: 4.7-ZA-4".

    el proyecto de clave 4.7-Za-4 fue supervisado y aprobado provisionalmentecon fecha 12 de febrero de 2016. Previo a la aprobación definitiva del mismo, y encumplimiento de los artículos 18 y 19 de la ley de expropiación forzosa de 16 dediciembre de 1954, procede someterlo al trámite de información pública previsto endichos artículos, incluyendo la relación individualizada de bienes y derechos afec-tados.

    Por ello, se establece un plazo de información pública de veinte días (20) hábi-les contados a partir del día siguiente al de la fecha de última inserción del presen-te anuncio en el bocyl, o en el boletín oficial de la Provincia de Zamora, o en eldiario "la opinión-el correo de Zamora", a efectos tanto de la ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones Públicas y delProcedimiento administrativo común, como de la ley de expropiación forzosa,durante los cuales podrá ser examinado el anejo o documento de expropiacionesdel citado proyecto, por quienes lo deseen, en la sección de Proyectos y obras delservicio territorial de fomento en Zamora, sita en la e/leopoldo alas clarín, 4 4.aplanta (49017-Zamora). asimismo, la relación de titulares, bienes y/o derechosafectados se hará pública en los tablones de anuncios de los ayuntamientos detorregamones, moralina y Gema.

    en dicho plazo podrán presentarse las alegaciones y observaciones que seconsideren oportunas sobre la relación de titulares, bienes y/o derechos cuyaexpropiación es necesaria para la ejecución de las obras definidas en el proyectode referencia, con el objeto de que cualquier persona pueda aportar por escrito losdatos oportunos para rectificar posibles errores de la relación que se publica eneste anuncio u oponerse, por razones de fondo o de forma, a la necesidad de ocu-pación.

    esta publicación se efectúa igualmente a los efectos prevenidos en la ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administracionesPúblicas y del Procedimiento administrativo común.

    una vez realizada la información pública, la aprobación definitiva del citado pro-yecto, al ser relativo a una carretera regional incluida en un catálogo aprobado,implicará la declaración de utilidad pública, la necesidad de ocupación de los bien-es y la adquisición de derechos correspondientes, así como la urgencia a los finesde expropiación forzosa, de ocupación temporal o de imposición o modificación de

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  • servidumbre, según lo dispuesto en el art. 14 de la ley 10/2008, de 9 de diciem-bre, de carreteras de castilla y león.

    Zamora, a 24 de febrero de 2016.-la jefa del servicio territorial de fomento,esther felipe amigo.

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  • III. Administración LocaldiPutación PRovincial de ZamoRaservicio de actas y registro general

    Publicación de Decretoa los efectos prevenidos en el artículo 196.1 del Real decreto 2568/1986, de 28

    de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamientoy Régimen jurídico de las entidades locales, se pública la siguiente resolución:

    “decreto n.º: 767/2016, de fecha 23 de febrero. vista la documentación que consta en el expediente, la Presidencia adopta la

    siguiente resolución.examinado el procedimiento iniciado relativo al asunto arriba referido, se han

    apreciado los siguientes:1.º- mediante los decretos n.º 3.548 y 3.614, de 3 y 9 de julio de 2015, respec-

    tivamente se procedió a la fijación de un régimen de delegaciones de competen-cias en los diputados referido a las diferentes materias del ámbito competencialprovincial, así como a la determinación de los vicepresidentes y diputados a losque se les concede el régimen de dedicación exclusiva o parcial.

    2.º- Posteriormente, por resolución n.º 4088 de 31 de julio, se delega en eldiputado de Recursos Humanos, modernización e innovación institucional yParticipación ciudadana la gestión de las solicitudes, declaraciones, comunicacio-nes o documentos de cualquier tipo dirigida a cualquier administración Pública,persona, entidad o institución que hayan de remitirse por medios digitales, electró-nicos informáticos o telemáticos (incluyendo la firma digital de los documentosreseñados).

    3.º- con fecha 29 de octubre de 2015, el miembro de esta corporación d. ÁngelPrada barrios presenta escrito comunicando su renuncia a todos los nombramien-tos y cargos que le fueron asignados por la Presidencia de esta diputación, entreotros la delegación de la competencia en él efectuada del Área de Patrimonio ymancomunidades, haciéndose por tanto necesario reorganizar las delegaciones decompetencias en su momento realizadas, con el fin de asegurar un funcionamien-to administrativo y político más eficaz.

    4.º- con fecha 29 de diciembre de 2015, presentó la renuncia a todos sus car-gos y delegaciones en esta institución el diputado provincial d. josé maría barriostejero, al haber sido elegido diputado en el congreso de los diputados en las pasa-das elecciones Generales celebradas el día 20 de diciembre de 2015.

    5.º- mediante decreto n.º 192/2016, de 19 de enero, se le concede el régimende dedicación exclusiva al vicepresidente Primero, d. juan emilio joaquín dúotorrado

    6.º- Posteriormente, en sesión plenaria celebrada el día 5 de febrero de 2016,

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  • tomó posesión del cargo de diputado provincial, en sustitución del anterior, d.manuel martín Pérez, al figurar como suplente en la lista de candidatos presenta-da por el Partido Popular a las elecciones locales del día 24 de mayo de 2015.

    sobre estos antecedentes cabe formular las siguientesfundamentos de deRecHo

    i.- los artículos 103.1 de la constitución y 3 de la ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen jurídico de las administraciones Públicas y delProcedimiento administrativo común establecen que las administracionesPúblicas servirán con objetividad a los intereses generales y actuarán de acuerdo,entre otros, con los principios de eficacia, eficiencia, jerarquía, desconcentración ycoordinación.

    ii.- los artículos 30 y siguientes del Reglamento orgánico de esta diputaciónProvincial señalan que la Presidenta de la diputación podrá efectuar delegacionesa favor de los diputados, así como el sistema de aplicación a los diputados delega-dos.

    asimismo, los artículos 63 y 64 del Reglamento de organización,funcionamiento y Régimen jurídico de las entidades locales, aprobado por Realdecreto 2568/1986, de 28 de noviembre, posibilitan a los Presidentes de lascorporaciones locales delegar en los diputados el ejercicio genérico de una ovarias áreas o materias determinadas, pudiendo abarcar tanto la facultad de dirigirlos servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluyendo lafacultad de dictar actos administrativos que afecten a terceros.

    del mismo modo, los susodichos preceptos permiten las delegaciones especia-les en cualquier diputado para la dirección y gestión de asuntos determinadosincluidos en las citadas áreas.

    en todo caso, en el decreto de delegación, que se publicará en el boletín oficialde la Provincia, se indicará el ámbito de los asuntos a los que se refiere la delega-ción, las facultades que se delegan y las condiciones específicas del ejercicio delas mismas.

    iii.- el artículo 34.2 de la ley reguladora de las bases de Régimen local esta-blece aquellas competencias que en ningún caso pueden ser objeto de delegaciónpor parte del Presidente. igualmente, el artículo 13.2 de la ley 30/1992, de 26 denoviembre, del Régimen jurídico de las administraciones Públicas y delProcedimiento administrativo común impone límite a las materias objeto de dele-gación.

    iv.- el Reglamento orgánico de esta diputación, prevé en su artículo 158 losiguiente:

    “1. tendrán derecho al régimen de dedicación exclusiva y, por lo tanto, a perci-bir las retribuciones que se establecen en este Reglamento, los siguientes cargos:el Presidente de la diputación, los vicepresidentes, los diputados delegados, losPortavoces de los Grupos Políticos y del Grupo mixto si cuenta con tres o másmiembros.

    2. todos los grupos debidamente constituidos conforme a este Reglamente, y elGrupo mixto si cuenta con tres o más miembros, tienen derecho a ostentar al menos

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  • un cargo con dedicación exclusiva, en caso de renuncia del portavoz se designarápor el grupo un diputado al que se le aplicará el régimen de dedicación exclusiva.”

    v.- Por su parte, los artículos 13.6 y 14 de dicha ley 30/1992 prevén, respecti-vamente, la revocación y la avocación de las competencias delegadas.

    Por todo lo expuesto, esta Presidencia en ejercicio de las competencias que leatribuye la vigente legislación sobre Régimen local adopta la siguiente

    ResoluciónPrimero.- efectuar los nombramientos de vicepresidentes que se indican segui-

    damente:- d. juan emilio joaquín dúo torrado: vicepresidente Primero.- d. josé luis Prieto calderón: vicepresidente segundo.- d. aurelio nicolás tomás fernández: vicepresidente tercero.Segundo.- efectuar las delegaciones genéricas que se reseñan a continuación

    en relación con los correspondientes diputados: - d. juan emilio joaquín dúo torrado: diputado de obras e infraestructuras- d. josé luis Prieto calderón: diputado de turismo, Promoción del territorio,

    transparencia y buen Gobierno.- d. aurelio nicolás tomás fernández: diputado de Recursos Humanos,

    modernización e innovación institucional y Participación ciudadana.- d. antonio iglesias martín: diputado de economía y Hacienda.- dña. maribel escribano Hernández: diputada de Política social, familia e

    igualdad.- d. josé luis bermúdez lorenzo: diputado de cultura, educación, deportes y

    emigración.- d. josé Ángel Ruiz Rodríguez: diputado de Patrimonio y mancomunidades,

    juventud y nuevas tecnologías.- d. josé luis Pernía fernández: diputado de asistencia a municipios,

    arquitectura y urbanismo- d. Pablo Rubio Pernía: diputado de empleo y desarrollo económico.- d. josé maría nieto vaquero: diputado de agricultura y Ganadería.- d. manuel martín Pérez: diputado de medio ambiente y sostenibilidad.estas delegaciones incluyen, en las respectivas áreas o materias, las faculta-

    des, proyectos, asuntos o servicios que se mencionan seguidamente.con carácter general, para todas las delegaciones de este apartado:• la dirección y gestión en general.• el estudio, informe, propuesta y ejecución.• la emisión de actos administrativos que no pongan fin a la vía administrativa

    o que sean de trámite no cualificado.• las comunicaciones dirigidas a otras autoridades o entidades que se realizan

    durante la habitual tramitación de los diferentes procedimientos administrati-vos (oficios de remisión de documentación o expedientes, de traslado de infor-mación, de petición de datos o informes, etc.), salvo las solicitudes de inicia-ción de un procedimiento administrativo ante otra institución.

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  • • la declaración responsable a que se refiere el artículo 13.7 de la ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de subvenciones.

    de modo específico, para algunas de las delegaciones de este apartado:• la materia de modernización e innovación institucional engloba a todos aque-

    llos proyectos e instrumentos dirigidos a la mejora de la organización y funcio-namiento de la diputación Provincial de Zamora y de las entidades locales dela provincia.

    • la materia de obras implica las actuaciones financiadas a través de los ins-trumentos de cooperación económica del estado o de la comunidadautónoma de castilla y león a las inversiones de las entidades locales, inclui-das las comprendidas en la materia de infraestructuras.

    • la materia de mancomunidades incluye, en general, las acciones relativas ala mejora, desde la óptica provincial, de la organización y funcionamiento delas mancomunidades y, en especial, las relativas al aseguramiento de unagestión eficaz y eficiente de los diferentes servicios públicos gestionados porlas citadas entidades.

    Tercero.- efectuar las delegaciones especiales que se reseñan a continuaciónen relación con los correspondientes diputados.

    - Vicepresidente Primero:• las relativas a los proyectos o asuntos de obras en el teatro Ramos carrión.• las relativas a los proyectos o asuntos para la implantación de una solución

    de administración electrónica en la diputación Provincial de Zamora.• la Presidencia de las mesas de contratación.• las facultades que al órgano de contratación le corresponden de acuerdo con

    los apartados 1 y 2 del artículo 151 del Real decreto legislativo 3/2011, de 14de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de contratosdel sector Público.

    • la firma de los documentos de formalización de los contratos administrativoso privados adjudicados por la diputación Provincial de Zamora.

    en caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento del vicepresidenteprimero, le sustituirá en el ejercicio de estas facultades el vicepresidente tercero.

    - Vicepresidente Tercero:• las relativas al servicio del teatro Ramos carrión, las cuales incluyen, en todo

    caso, las referidas al contrato de servicios de asesoramiento para la contrata-ción de la gestión del aludido teatro y el contrato de gestión del mismo.

    - Diputado de Recursos Humanos, Modernización e Innovación Institucional yParticipación ciudadana:

    • la gestión de las solicitudes, declaraciones, comunicaciones o documen-tos de cualquier tipo dirigida a cualquier administración Pública, persona,entidad o institución que hayan de remitirse por medios digitales, electróni-cos informáticos o telemáticos (incluyendo la firma digital de los documen-tos reseñados).

    - D. Antonio Iglesias Martín: • las relativas al servicio de Parque de maquinaria.

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  • estas delegaciones incluyen, en los respectivos proyectos, asuntos o servicios,las facultades que se mencionan seguidamente:

    - la dirección interna y la gestión. - el estudio, informe, propuesta y ejecución.- la emisión de actos administrativos que no pongan fin a la vía administrativa

    o que sean de trámite no cualificado.- las comunicaciones dirigidas a otras autoridades o entidades que se realizan

    durante la habitual tramitación de los diferentes procedimientos administrati-vos (oficios de remisión de documentación o expedientes, de traslado de infor-mación, de petición de datos o informes, etc.), salvo las solicitudes de inicia-ción de un procedimiento administrativo ante otra institución.

    cuarto.- someter las delegaciones relatadas en los apartados precedentes alas condiciones subsiguientes:

    - los nombramientos y delegaciones se entenderán aceptados por los nombra-dos o delegados de forma tácita si, dentro del plazo del día siguiente a su noti-ficación, no manifiestan lo contrario o, si antes de transcurrir dicho plazo,hacen uso de la misma.

    - en los actos administrativos que se dicten en virtud de esta delegación se indi-cará expresamente esta circunstancia.

    - se seguirá el régimen general de revocación y avocación, si bien esta últimase ejercerá de forma motivada por circunstancias de índole técnica, económi-ca, social, jurídica o territorial.

    - a título meramente enunciativo se entenderá que concurren las circunstan-cias antedichas cuando se produzcan situaciones de emergencia, urgen-cia, necesidad inaplazable u otras similares que exijan adoptar esta medi-da en base a razones de interés público o en supuestos de ausencia,vacante, enfermedad o impedimento de cualquier clase que afecten al dipu-tado delegado.

    Quinto.- en cuanto a los derechos económicos y laborales de los diputados,establecer el siguiente régimen de dedicación.

    - Dedicación exclusiva:• vicepresidente Primero, d. juan emilio joaquín dúo torrado.• vicepresidente segundo, d. josé luis Prieto calderón. • vicepresidente tercero, d. aurelio nicolás tomás fernández.• diputado de cultura, educación, deportes y emigración, d. josé luis

    bermúdez lorenzo.• Portavoz del Grupo Provincial socialista, d. antonio maría claret Plaza

    escudero.• Portavoz del Grupo Provincial de i.u, dña. laura Rivera carnicero.- Dedicación parcial:• diputada de Política social, familia e igualdad, dña. maribel escribano

    Hernández. • diputado de empleo y desarrollo, d. Pablo Rubio Pernía.Sexto.- las dedicaciones del apartado precedente deberán aceptarse expresa-

    mente por los interesados (a tales efectos se facilitará un modelo de aceptaciónjunto con la notificación del presente decreto).

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  • Séptimo.- comunicar esta resolución a los diputados afectados y a todas lasunidades administrativas de esa institución, publicarla en el boletín oficial de laProvincia y dar cuenta de ella al Pleno en la primera sesión que celebre.

    Octavo.- derogar las siguientes resoluciones de la Presidencia: decreto3548/2016, de 3 de julio, las partes resolutivas segunda, tercera, cuarta y quintadel decreto 3614/2015, de 9 de julio, decreto 4088/2015, de 31 de julio, decreto5547/2015, de 29 de octubre, decreto 26/2016, de 12 de enero, decreto192/2016,de 19 de enero y decreto 626/2016, de 17 de febrero.

    Noveno.- dejar sin efecto cuantas otras resoluciones de la Presidencia seopongan, contradigan o resulten incompatibles al presente decreto.

    contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer-se los siguientes recursos:

    - Potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano provincial quedictó el acto impugnado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguien-te a la recepción de la presente notificación, en la forma y con los requisitosprevistos en el ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de lasadministraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común.

    - directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso de reposi-ción), recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde el díasiguiente a la recepción de la presente notificación en la forma y con los requi-sitos exigidos por la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdiccióncontencioso-administrativa.si se hubiera interpuesto recurso de reposición y no se ha recibido resoluciónexpresa de dicho recurso en el plazo de un mes, computado desde el díasiguiente al de su interposición, éste se tendrá por desestimado, pudiendointerponerse recurso–contencioso-administrativo ante el juzgado de locontencioso-administrativo de Zamora, en la forma y con los requisitos exigi-dos por la ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdiccióncontencioso-administrativa, en el plazo de seis meses, a contar desde el díasiguiente a aquél en que la diputación tendría que haber resuelto el recursode reposición.

    - cualquier otro que se estime procedente.Zamora, 24 de febrero de 2016.-la Presidenta, maría teresa martín Pozo.

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  • III. Administración LocaldiPutación PRovincial de ZamoRaservicio de actas y registro general

    Publicación de Decretoa los efectos prevenidos en el artículo 196.1 del Real decreto 2568/1986, de 28

    de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamientoy Régimen jurídico de las entidades locales, se pública la siguiente resolución:

    “decreto nº : 792/2016, de fecha 26 de febrero. vista la documentación que consta en el expediente, la Presidencia adopta la

    siguiente resolución:examinado el procedimiento iniciado relativo al asunto arriba referido, se han

    apreciado los siguientes antecedentes de HecHo

    Único: como consecuencia de la renuncia del diputado d. josé maría barriostejero a su acta de diputado provincial por el Partido Popular y la consiguientetoma de posesión de su sustituto, d. manuel martín Pérez; se actualiza en un únicodecreto, con el nº 767/2016, de 23 de febrero, la designación de vicepresidentes,delegación de competencias y regímenes de dedicación exclusiva en diputados,incluyendo aquellas rectificaciones y cambios realizados hasta el momento,

    Posteriormente se observa la existencia de un error material en dicho decreto,que es preciso rectificar. tal error consiste, en la omisión del decreto 3794, de 17de julio de 2015, en virtud del cual se concede el régimen de dedicación exclusivaal diputado del grupo socialista d. eduardo folgado becerra, tras la renuncia adicho régimen del portavoz del grupo socialista d. antonio maría claret Plazaescudero, manifestada mediante escrito de fecha 14 de julio de 2015.

    sobre estos antecedentes cabe formular las siguientesfundamentos de deRecHo

    i.- el artículo 105.2 de la ley de Régimen jurídico de las administracionesPúblicas y del Procedimiento administrativo común, dispone que las administracionesPúblicas podrán, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los intere-sados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

    Por todo lo expuesto, esta Presidencia en ejercicio de las competencias que leatribuye la vigente legislación sobre Régimen local adopta la siguiente

    ResoluciónPrimero.- Rectificar el error material advertido en el apartado quinto de la parte

    resolutiva del decreto n.º 767 de 23 de febrero de 2016, en el sentido siguiente:

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  • “donde dice:- Dedicación exclusiva:• Portavoz del Grupo Provincial socialista, d. antonio maría claret Plaza

    escudero.Debe decir: - dedicación exclusiva:• diputado del Grupo Provincial socialista, d. eduardo folgado becerra.”Segundo.- comunicar esta resolución a los diputados afectados y a todas las

    unidades administrativas de esa institución, publicarla en el boletín oficial de laProvincia y dar cuenta de ella al Pleno en la primera sesión que celebre.

    Tercero.- derogar el decreto n.º 3794/2015, de 17 de julio, y dejar sin efectocuantas otras resoluciones de la Presidencia se opongan, contradigan o resultenincompatibles al presente decreto.

    contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer-se los siguientes recursos:

    - Potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano provincial quedictó el acto impugnado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguien-te a la recepción de la presente notificación, en la forma y con los requisitosprevistos en el ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de lasadministraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común.

    - directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso de reposi-ción), recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde el díasiguiente a la recepción de la presente notificación en la forma y con los requi-sitos exigidos por la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdiccióncontencioso-administrativa.si se hubiera interpuesto recurso de reposición y no se ha recibido resoluciónexpresa de dicho recurso en el plazo de un mes, computado desde el díasiguiente al de su interposición, éste se tendrá por desestimado, pudiendointerponerse recurso–contencioso-administrativo ante el juzgado de locontencioso-administrativo de Zamora, en la forma y con los requisitos exigi-dos por la ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdiccióncontencioso-administrativa, en el plazo de seis meses, a contar desde el díasiguiente a aquél en que la diputación tendría que haber resuelto el recursode reposición.

    - cualquier otro que se estime procedente.Zamora, 26 de febrero de 2016.-la Presidenta, maría teresa martín Pozo.

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  • III. Administración LocaldiPutación PRovincial de ZamoRaservicio de actas y registro general

    Publicación de Decretoa los efectos prevenidos en el artículo 196.1 del Real decreto 2568/1986, de 28

    de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización,funcionamiento y Régimen jurídico de las entidades locales, se pública lasiguiente resolución:

    “decreto n.º: 793/2016, de fecha 26 de febrero.vista la documentación que consta en el expediente, la Presidencia adopta la

    siguiente resolución:examinado el procedimiento iniciado relativo al asunto arriba referido, se han

    apreciado los siguientes antecedentes de HecHo

    1.- constituida la diputación Provincial en sesión extraordinaria celebrada el día26 de junio de 2015; esta Presidencia, mediante decreto 3915/2015, de 23 de julio,procedió al nombramiento de los representantes de la corporación en distintosórganos colegiados.

    2.- con fecha 29 de diciembre de 2015, presentó la renuncia a todos sus car-gos y delegaciones en esta institución el diputado provincial integrante del grupoprovincial popular, d. josé maría barrios tejero, al haber sido elegido diputado enel congreso de los diputados en las pasadas elecciones Generales celebradas eldía 20 de diciembre de 2015.

    3.- Posteriormente, en sesión plenaria celebrada el día 5 de febrero de 2016,tomó posesión del cargo de diputado provincial, en sustitución del anterior, d.manuel martín Pérez, al figurar como suplente en la lista de candidatos presenta-da por el Partido Popular a las elecciones locales del día 24 de mayo de 2015.

    a la vista de lo cual y con el objeto de garantizar un adecuado funcionamientode la institución Provincial, se hace preciso efectuar una nueva designación derepresentantes de la corporación en distintos órganos colegiados.

    sobre estos antecedentes cabe formular las siguientes:fundamentos de deRecHo

    i.- los artículos 103.1 de la constitución y 3 de la ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen jurídico de las administraciones Públicas y delProcedimiento administrativo común establecen que las administracionesPúblicas servirán con objetividad a los intereses generales y actuarán de acuerdo,entre otros, con los principios de eficacia, eficiencia, jerarquía, desconcentración ycoordinación.

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  • ii.- el artículo 26 del Reglamento orgánico Provincial establece que en el plazode los treinta días siguientes a la sesión constitutiva del Pleno, se someterá a laconsideración plenaria, entre otras cosas, el nombramiento de los representantesde la corporación en los diversos órganos colegiados, de conformidad con las nor-mas que regulen la organización y funcionamiento de estos.

    iii.- el artículo 34.2 de la ley Reguladora de las bases de Régimen local, ensu redacción actual, y el artículo 13.2 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, delRégimen jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimientoadministrativo común, regulan aquellas competencias que en ningún caso puedenser objeto de delegación.

    iv.- Por su parte, los artículos 13.6 y 14 de dicha ley 30/1992 prevén, respec-tivamente, la revocación y la avocación de las competencias delegadas.

    Por todo ello, esta Presidencia en uso de las atribuciones que me confiere lalegislación vigente, adopta la siguiente:

    ResoluciónPrimero.- designar a los siguientes diputados Provinciales como representan-

    tes de esta administración en los distintos órganos colegiados que a continuaciónse relacionan:

    1.- Patronato Provincial de turismo: - Presidenta: dña. maría teresa martín Pozo.- vocal representante del Grupo Provincial Popular en el consejo Rector:• titular: d. aurelio nicolás tomás fernández.• suplente: d. juan emilio joaquín duo torrado.- vocal representante del Grupo Provincial socialista en el consejo Rector: • titular: d. manuel antonio santiago sánchez.• suplente: dña. sandra veleda franganillo.- vocal representante del Grupo Provincial i.u.: dña. ana belén González

    Rogado.2.- consorcio Provincial Regulador para la Gestión de los Residuos urbanos de

    la Provincia de Zamora: d. aurelio nicolás tomás fernández como Presidente.3.- comisión Provincial de la vivienda: d. Pablo Rubio Pernía.4.- consejo de cartografía de castilla y león: d. josé luis Pernía fernández.5.- comisión territorial de Patrimonio cultural: d. josé luis bermúdez lorenzo.6.- consorcio de la u.n.e.d.:- Presidente de la junta Rectora: d. antonio iglesias martín- vocales en la junta Rectora: d. aurelio nicolás tomás fernández y d. josé

    luis bermúdez lorenzo. 7.- consejo territorial de la Propiedad inmobiliaria: d. josé luis Pernía

    fernández.

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  • 8.- junta Provincial de la cruz Roja: dña. maribel escribano Hernández.9.- lonja de Productos agrarios de Zamora: d. josé maría nieto vaquero.10.- institución ferial de Zamora (ifeZa): d. josé luis Prieto calderón como

    Presidente.11.- consorcio de fomento musical.- Presidente del consorcio y de la junta General: d. antonio iglesias martín.- vocal en la junta General: d. josé luis bermúdez lorenzo.12.- consorcio del centro de idiomas:- Presidente del consorcio y de la junta General: d. antonio iglesias martín.- vocal en la junta General: d. josé luis bermúdez lorenzo.13.- consorcio regulador para la Gestión del servicio de Prevención y extinción

    de incendios en la provincia de Zamora: d. antonio iglesias martín comoPresidente.

    14.- comisión para el desarrollo del convenio de colaboración en materia debibliotecas (centro coordinador de bibliotecas): d. josé luis bermúdez lorenzo yd. antonio iglesias martín.

    15.- sección Provincial del consejo de empadronamiento: d. Pablo RubioPernía.

    16.- junta General del consorcio de la escuela universitaria de Relacioneslaborales: d. antonio iglesias martín como Presidente.

    17.- instituto castellano leones de la lengua: d. josé luis bermúdez lorenzo.18.- fundación científica caja Rural de Zamora: d. juan emilio joaquín dúo

    torrado.19.- fundación baltasar lobo: dña. maría teresa martín Pozo. • fundación Rei afonso Henriques:

    a. titular: dña. maría teresa martín Pozo.b. suplente: d. josé luis Prieto calderón.

    21. consejo Regional de acción social de la comunidad autónoma de castillay león:

    - titular: dña. maribel escribano Hernández.- suplente: d. josé Ángel Ruiz Rodríguez.22.- comisión territorial de Ponencia ambiental: d. manuel martín Pérez.23.- comisión de seguimiento del convenio específico de colaboración suscrito

    entre la consejería de medio ambiente de la junta de castilla y león y estadiputación Provincial de Zamora, para la ejecución de obras de mejora de redesde abastecimiento de la provincia:

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  • - titular: d. manuel martín Pérez.- suplente. d. juan emilio joaquín dúo torrado.24.- comisión de seguimiento del convenio específico de colaboración con la

    consejería de medio ambiente de la junta de castilla y león y esta diputaciónProvincial de Zamora para la realización de programas de educación ambiental:

    - titular: d. manuel martín Pérez.- suplente. d. juan emilio joaquín dúo torrado..25.- comisión mixta de seguimiento del convenio específico de colaboración

    entre la consejería de fomento de la junta de castilla y león y esta diputaciónProvincial de Zamora para la extensión de cobertura de televisiones: d. josé luisbermúdez lorenzo.

    26.- junta consultiva RRc “sierra de la culebra”:- titular: d. manuel martín Pérez- suplente. d. juan emilio joaquín dúo torrado.27.- junta Rectora Parque natural del lago de sanabria:- titular: d. manuel martín Pèrez.- suplente. d. juan emilio joaquín dúo torrado.28.- junta Rectora espacio natural arribes del duero:- titular: d. manuel martín Pérez.- suplente. d. juan emilio joaquín dúo torrado.29.- agrupación europea de cooperación territorial (aect) Zasnet - titular: dña. maría teresa martín Pozo.- suplente: d. josé luis Prieto calderón.30.- junta General de ibeRaval, s.G.R: d. Pablo Rubio Pernía.31.- consejo de servicios sociales de castilla y león:- titular: dña. maribel escribano Hernández.- suplente: d. josé Ángel Ruiz Rodríguez.32.- comisión territorial de medio ambiente y urbanismo:- titular: d. manuel martín Pérez.- suplente. d. juan emilio joaquín dúo torrado.33.- Reserva de las lagunas de villafáfila:- titular: d. manuel martín Pérez.- suplente. d. juan emilio joaquín dúo torrado.34.- fundación democracia y Gobierno local: maría teresa martín Pozo.Segundo.- someter las delegaciones relatadas en el apartado precedente a las

    condiciones subsiguientes:a) en los actos administrativos que se dicten en virtud de esta delegación se

    indicará expresamente esta circunstancia.

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  • b) se seguirá el régimen general de revocación y avocación, si bien esta últimase ejercerá de forma motivada por circunstancias de índole técnica, econó-mica, social, jurídica o territorial.

    a título meramente enunciativo se entenderá que concurren las circunstanciasantedichas cuando se produzcan situaciones de emergencia, urgencia, necesidadinaplazable u otras similares que exijan adoptar esta medida en base a razones deinterés público.

    Tercero.- comunicar esta resolución a los diputados afectados y a todas las uni-dades administrativas de esa institución, publicarla en el boletín oficial de laProvincia y dar cuenta de ella al Pleno en la primera sesión que celebre.

    la presente delegación se entenderá aceptada por los diputados delegados deforma tácita si, dentro del plazo del día siguiente a su notificación, no manifiestanlo contrario o, si antes de transcurrir dicho plazo, hacen uso de la misma.

    cuarto.- derogar los decretos 3915/2015, de 23 de julio y 4084/2015, de 31 dejulio; así como dejar sin efecto cuantas otras resoluciones de la Presidencia seopongan, contradigan o resulten incompatibles al presente decreto.

    contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer-se los siguientes recursos:

    - Potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano provincial quedictó el acto impugnado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguien-te a la recepción de la presente notificación, en la forma y con los requisitosprevistos en el ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de lasadministraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común.

    - directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso de reposi-ción), recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde el díasiguiente a la recepción de la presente notificación en la forma y con los requi-sitos exigidos por la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdiccióncontencioso-administrativa.si se hubiera interpuesto recurso de reposición y no se ha recibido resoluciónexpresa de dicho recurso en el plazo de un mes, computado desde el díasiguiente al de su interposición, éste se tendrá por desestimado, pudiendo inter-ponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contenciosoadministrativo de Zamora, en la forma y con los requisitos exigidos por laley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente aaquél en que la diputación tendría que haber resuelto el recurso de reposición.

    - cualquier otro que se estime procedente.Zamora, 29 de febrero de 2016.-la Presidenta, maría teresa martín Pozo.

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  • III . Administración LocaldiPutación PRovincial de ZamoRa

    servicio de culturaconvocatoria de concurso público para la concesión de subvenciones a entida-des locales de la provincia para gastos de mantenimiento de centros escolares

    de educación infantil y primaria, ejercicio 2016extracto del acuerdo adoptado por la junta de Gobierno el 10 de febrero de

    2016 por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades localesde la provincia para gastos de mantenimiento de centros escolares de educacióninfantil y primaria, ejercicio 2016.

    bdns (identif.): 301714.de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la ley

    38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica el extracto dela convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datosnacional de subvenciones (http:/www.pap.minhap.gob.es/bndnstrans/index):

    Primero.- beneficiarios: ayuntamientos de municipios con población inferior a5.000 habitantes que sean titulares de centros escolares de educación infantil y/oprimaria .

    Segundo.- objeto: subvenciones destinadas al mantenimiento de centros esco-lares del medio rural.

    Tercero.- actuaciones subvencionables: los gastos de mantenimiento genera-dos durante el presente curso escolar, periodo comprendido entre septiembre de2015 y junio de 2016, ambos incluidos.

    cuarto.- cuantía: el importe de esta convocatoria es 90.000 euros.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: Quince días naturales a partir del

    siguiente al de publicación de su extracto en el boletín oficial de la Provincia deZamora.

    Sexto.- la solicitud y demás documentos correspondientes a la presente con-vocatoria estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de ladiputación Provincial de Zamora http./www.diputaciondezamora.es.

    Zamora, 1 de febrero de 2016.-la Presidenta, maría teresa martín Pozo.

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  • III . Administración LocaldiPutación PRovincial de ZamoRa

    servicio de culturaconvocatoria de concurso público para la concesión de subvenciones a entidades locales de la provincia para la realización de actuaciones

    de danza popular tradicional zamorana, ejercicio 2016extracto del acuerdo adoptado por la junta de Gobierno de 10 de febrero de

    2016 por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades localesde la provincia para la realización de actuaciones de danza popular tradicionalzamorana, ejercicio 2016.

    bdns (identif.): 301710.de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la ley

    38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica el extracto dela convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datosnacional de subvenciones (http:/www.pap.minhap.gob.es/bndnstrans/index):

    Primero.- beneficiarios: ayuntamientos de municipios con población inferior a5.000 habitantes.

    Segundo.- objeto: subvenciones para financiar la actividad cultural consisten-te en actuaciones de danza popular tradicional zamorana.

    Tercero.- actuaciones subvencionables: las actuaciones realizadas por gruposde danza popular tradicional zamorana durantes los meses de enero a septiembrede 2016.

    cuarto.- cuantía: el importe de esta convocatoria es 50.000 euros. la cuantíade la subvención será de 300 euros por actuación de grupo de danza, siempre queno supere el coste de la actividad subvencionada.

    Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: Quince días naturales a partir delsiguiente al de publicación de su extracto en el boletín oficial de la Provincia deZamora.

    Sexto.- la solicitud y demás documentos correspondientes a la presente con-vocatoria estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de ladiputación Provincial de Zamora http./www.diputaciondezamora.es.

    Zamora, 1 de febrero de 2016.-la Presidenta, maría teresa martín Pozo.

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  • III. Administración Localayuntamiento

    santa cristina de la polvorosaAnuncio

    Por resolución de alcaldía de fecha 24 de febrero de 2016, se aprobaron lasbases de la convocatoria de una plaza de “operario de servicios múltiples” paraeste ayuntamiento, en régimen laboral, mediante sistema de concurso-oposición.

    se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:bases PaRa la selección de un oPeRaRio

    de seRvicios multiPles PaRa contRato indefinidoPrimera: es objeto de la presente convocatoria la selección mediante concur-

    so-oposición de un operario de servicios múltiples para la realización de los traba-jos propios de su categoría en este ayuntamiento.

    entre otras expresamente.a) servicios generales:- apertura y cierre de instalaciones municipales.- Preparación de material y utillaje para realizar los trabajos diarios.- control y mantenimiento de todo el material municipal.- vigilancia del correcto funcionamiento de máquinas, vehículos y herramientas

    de trabajo.- Recibir y transportar material municipal.- mantenimiento y conservación del cementerio municipal y realización de las obras

    necesarias para los servicios fúnebres (enterramientos, exhumaciones, etc).- Reparación y mantenimiento de inmuebles e instalaciones municipales (repa-

    raciones tanto de albañilería como del resto de instalaciones fijas o móviles,puertas, ventanas, persianas, cristales, pintura, calefacción sistema eléctrico).

    - limpieza manual y con máquinas de fachadas y borrado de pintura en edifi-cios y lugares públicos.

    - mantenimiento del arbolado, jardines zonas verdes del municipio, así comoinstalaciones indicas y deportivas.

    - limpieza de calles, plazas, caminos, parques, dependencias y servicios públicos.- mantenimiento de calles y mobiliaria urbano; rotura de aceras, construcción

    de protecciones para peatones, bácheos, reparación de caminos, cunetas, jar-dines, bancos, fuentes, parques.

    - mantenimiento de señales horizontales y verticales, instalándolas y pintándo-las si es necesario.

    - vigilancia y mantenimiento de las instalaciones de redes municipales de abas-tecimiento y saneamiento, colaborado o asumiendo directamente la cloración,mantenimiento e instalación de sumideros, lectura de contadores, obras deenganche o de baja a la red municipal, reparación de la misma. (cloracióndepósitos, lectura de contadores, control fugas, etc.)

    - mantenimiento del alumbrado público.

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  • - vigilancia y cobro de puestos de venta ambulante y de los puestos que se ins-talen durante las fiestas locales.

    - estar preparado para cualquier urgencia y localizable por medio de móvil pararesponder a las incidencias que puedan surgir en los servicios.

    - cualquier cometido que sea encargado por alcaldía de naturaleza similar a lasfunciones anteriormente relacionadas.

    b) oficinas municipales.- alguacilería, subalterno, práctica de notificaciones en el término municipal.- colaboración en la organización de festejos, reuniones, actos organizados o

    autorizados por el ayuntamiento y preparación de infraestructuras para even-tos municipales (escenarios, grádenos, acústica, etc..)

    Segunda: las personas que superen las pruebas serán contratadas mediantecontrato indefinido.

    el contrato de trabajo será a tiempo completo. las retribuciones serán segúnconvenio.

    el horario y las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo se realizaráncon la flexibilidad que requiera el servicio para el mejor funcionamiento del mismo.

    Tercera: los interesados en tomar parte de la presente convocatoria deberánreunir, antes de que termine el último día de presentación de instancias, lossiguientes requisitos:

    a) ser español o estar incurso en alguno de los supuestos previstos en el art.57 de la ley 7/2007, de 13 de abril.

    b) tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edadmáxima de jubilación forzosa.

    c) no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño delas funciones para las que se contrata.

    d) no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio decualquiera de las administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para eldesempeño de las funciones públicas.

    e) estar en posesión del título de Graduado escolar.cuarta: la selección estará integrada por una fase de concurso y una fase de

    oposición.- Fase de oposición.será previa a la fase de concurso y estará integrada por un ejercicio teórico y

    un ejercicio práctico.ejercicio teórico: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 30 pre-

    guntas tipo test, con tres respuestas alternativas, de las que sólo una será lacorrecta, y que versará sobre el temario incluido en el anexo de la convocatoria, enel tiempo que determine el tribunal.

    este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, y tendrá carácter eliminatorio,debiendo los/las aspirantes obtener una puntuación mínima de 5 puntos para acce-der a la realización del ejercicio práctico.

    ejercicio práctico: consistirá en la realización de una o varias pruebas prácti-cas, determinados por el tribunal calificador, durante el tiempo que éste determi-ne, relativo a las funciones propias del puesto a proveer, sobre las materias conte-nidas en el bloque de materias específicas del anexo de esta convocatoria.

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  • este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, debiendo los /las aspirantesobtener una puntuación mínima de 5 puntos para superar la misma.

    la puntuación de la fase de oposición vendrá determinada por la media de laspuntuaciones obtenidas en el ejercicio teórico y el ejercicio práctico.

    fase de concurso (máximo 3 puntos).esta fase será posterior a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio

    ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. (art.4.c párrafo 3.º del R.d. 896/1991)

    el valor de la fase de concurso será del 30 % de la puntuación asignada a lafase de oposición.

    durante el plazo de presentación de instancias se adjuntará a las mismas jus-tificantes de los méritos por parte de los solicitantes, sin que sean tenidos en cuen-ta ni valorados, aquellos, que aún alegados, fueran aportados o justificados conposterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.

    no obstante lo dispuesto anteriormente, se podrá acompañar a la instancia res-guardo acreditativo de haber solicitado las certificaciones correspondientes o elinforme de vida laboral de la seguridad social, siempre y cuando se presente dichadocumentación antes del inicio de la fase de concurso.

    los justificantes de los méritos deberán aportarse mediante documento originalacreditativo de los mismos o copia debidamente compulsada, sin que se procedaa la valoración de aquéllos que no se presenten en esta forma.

    el tribunal, una vez constituido examinará los documentos aportados por cadaaspirante y determinará la puntuación correspondiente a la fase de concurso, expo-niéndola en el tablón de anuncios.

    la valoración del concurso se realizará atendiendo al siguiente baremo, salvoque en el anexo correspondiente se disponga otra cosa:

    a) experiencia profesional (máximo 1,5 puntos): los servicios prestados seacreditarán mediante contrato de trabajo y certificado de empresa, cuandono se aporte certificado de empresa deberá aportarse informe de vidalaboral actualizado expedido por la seguridad social, sin que se proceda ala valoración de aquellos que no se presenten en esta forma. los serviciosprestados en administración Pública también podrán ser acreditadosmediante certificado expedido por dicha administración siempre que figurenlos datos imprescindibles para poder valorarlos, debiendo incluir, obligatoria-mente en el caso de la promoción interna, referencia expresa a la relaciónentre los méritos aportados y la plaza convocada.se valorará con 0,075 puntos por año de experiencia en la administraciónPública, en puesto de trabajo igual o similar al que le corresponda a la plazaa la que opta y 0,070 puntos por año de experiencia en la empresa privadacon las mismas condiciones.

    b) formación (máximo 1,20 puntos): los cursos, seminarios, masters y becasse acreditarán mediante títulos o certificados de realización o impartición delos mismos en los que figuren el número de horas de que han constado.aquellos en los que no aparezcan el número de horas, no se valorarán. Úni-camente se valorarán los que estén debidamente homologados o bienimpartidos por centros oficiales o instituciones Públicas y siempre que ten-gan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza solicitada ysupongan una mejor preparación para el desempeño de los puestos de tra-bajo adscritos a la misma, debiendo ponderarse en este caso tanto la mate-ria tratada como su vigencia. en los casos de participación en docencia sólo

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  • se valorarán los cursos impartidos por una sola vez, aunque se repita suimpartición.Por cada hora de curso con certificado de asistencia 0,0008 puntos.Por cada hora de curso con certificado de aprovechamiento 0,0016 puntos.Por cada hora de impartición de cursos 0,0024 puntos.

    c) títulos (máximo 0,30 puntos): Por poseer título académico relacionado con laplaza a la que se opta, aparte del exigido para participar en la convocatoria:Graduado en e.s.o. o equivalente 0,10 puntosbachillerato, técnico Grado medio f.P. o equivalente 0,12 puntostécnico superior formación Profesional o equivalente (*) 0,15 puntosdiplomado 0,21 puntoslicenciado 0,27 puntosdoctor 0,30 puntosa efectos de equivalencia de titulaciones, sólo se admitirán las establecidaspor el ministerio de educación con carácter general y válidas a todos losefectos. (*) tener en cuenta las equivalencias a efectos académicos y profe-sionales de los títulos de técnico especialista con los de técnico superiorrecogidas en el art. 10 y en el anexo iii del R.d. 777/1998, de 30 de abril, porel que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la forma-ción profesional en el ámbito del sistema educativo.no se valorarán como méritos aquellos títulos académicos imprescindiblespara la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.la calificación de la fase de concurso será la suma de la puntuación obteni-da en cada uno de los apartados de dicha fase.

    Quinta: la puntuación final vendrá determinada por la suma de los puntos obte-nidos en la fase de concurso y en la fase de oposición.

    en caso de empate en la puntuación final de alguno de los aprobados, preva-lecerá la puntuación obtenida en la fase de oposición. si aún así continuara dichoempate, se resolverá por sorteo.

    Sexta: el lugar, fecha y hora de la realización del ejercicio teórico de que cons-ta la fase de oposición se publicará en el tablón municipal de anuncios, a ser posi-ble junto con la lista de admitidos y excluidos.

    el lugar, fecha y hora de la realización del ejercicio práctico de que consta lafase de oposición se publicará en el tablón municipal de anuncios, a ser posiblejunto con el resultado del ejercicio teórico.

    Séptima: el tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma:Presidente: la persona elegida por los miembros del tribunal una vez constitui-

    do este.vocales:

    - tres técnicos designados por la diputación Provincial, a instancia delayuntamiento.

    secretario: el secretario de la corporación.Octava: el tribunal queda autorizado para resolver cuantas cuestiones y dudas

    se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección.

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  • Novena: Para participar en esta convocatoria se establecen unos derechos deexamen por importe de 3,00 euros que podrán ser ingresados en la cuenta queeste ayuntamiento mantiene en la sucursal en santa cristina de la Polvorosa de lacaja Rural de Zamora, número 3085 0032 91 1399794716, o bien, podrán ser abo-nados directamente en los dependencias administrativas del ayuntamiento de sta.cristina de la Polvorosa en el mismo momento de presentación de la solicitud departicipación.

    aquellos aspirantes que resulten definitivamente excluidos tendrán derecho,previa solicitud por escrito dirigida al sr. alcalde-Presidente, presentada en los 15días siguientes a la publicación de la lista definitiva de admitidos, a la devolucióndel importe ingresado en concepto de derechos de examen.

    décima: los interesados dirigirán sus instancias solicitando participar en estaselección al sr. alcalde-Presidente, haciendo constar que reúnen todos los requisi-tos de la convocatoria, y se presentarán en los servicios administrativos delayuntamiento de sta. cristina de la Polvorosa.

    a la solicitud de participación deberá unirse original del justificante de ingreso delos derechos de examen, original o copia compulsada de la titulación exigida en labase tercera y de los justificantes que hayan de valorarse en la fase de concurso, yfotocopia del d.n.i. (o en su defecto del permiso de conducir o del pasaporte).

    el plazo de presentación de solicitudes de participación se establece, en quin-ce días Hábiles, a contar desde el día siguiente, al de la publicación del anuncio enel boletín oficial de la Provincia de Zamora. (si el último día, para la presentación,coincidiera en sábado, este se prorrogará hasta al día siguiente hábil).

    las solicitudes presentadas atendiendo a las bases publicadas en el boletínoficial de la Provincia n.º 19 de fecha 17 de febrero 2016, serán tenidas en cuen-ta y serán admitidas para la presente convocatoria.

    el horario de los servicios administrativos del ayuntamiento es el siguiente:lunes a viernes: mañanas de 9:00 a 13:00 horas Undécima: finalizado el plazo de presentación de instancias y comprobado que

    los aspirantes reúnen los requisitos necesarios para acceder a la convocatoria, elsr. alcalde aprobará la relación provisional de admitidos y excluidos, junto con lacausa de exclusión, que se publicará en el tablón municipal de anuncios a efectosde reclamaciones y subsanación de errores, en el plazo de tres días hábiles.

    las reclamaciones y subsanaciones, si las hubiera, serán aceptadas o recha-zadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será publicadaen la forma antes indicada. en el caso de que no se presenten reclamaciones nisubsanaciones la lista provisional será elevada automáticamente a definitiva.

    Duodécima: las presentes bases y los sucesivos actos que requieran de publi-cidad, se anunciarán en el tablón de anuncios municipal.

    Decimotercera: contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administra-tiva, podrá interponerse por los interesados con carácter potestativo recurso dereposición ante el Pleno de esta corporación en el plazo de un mes, o directamen-te recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir deldía siguiente al de su publicación en el tablón municipal de anuncios, conforme alo dispuesto en el art. 109.c) de la ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen

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    N.º 25 - MIÉRCOLES 2 DE MARZO DE 2016 Pág. 23

    R-201600650

  • jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento administrativocomún, y disposición adicional 14 de la ley 19/2003, de 23 de diciembre, de refor-ma de la ley orgánica del Poder judicial, que modifica el artículo 8 de la ley29/98, de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.también podrán utilizarse, no obstante, otros recursos, si lo estimasen oportuno.

    aneXo imaterias comunes: constituirán, al menos, una quinta parte de dicho contenido

    y versarán necesariamente sobre:- constitución española.- organización del estado.- estatuto de autonomía.- Régimen local.- derecho administrativo general.- Hacienda pública y administración tributaria.- dictado.- operaciones matemáticas básicasmaterias específicas:tema 1.- funciones del operario de servicios múltiples.tema 2.- materiales habituales en trabajo (albañilería, fontanería, carpintería,

    cerrajería, electricidad).tema 3.- Herramientas habituales en el trabajo.tema 4.- instalaciones locales.tema 5.- jardinería en el municipio.tema 6.- conocimiento del municipiotema 7.- Redes locales de abastecimiento.tema 8.- Reparación de redes locales de abastecimiento.tema 9.- manejo de maquinarias de obras.tema 10.- aspectos básicos de inhumaciones y enterramientos.tema 11.- ley 31/1.995, de Prevención de Riesgos laborales: objeto y ámbito

    de aplicación. nociones básicas de seguridad e Higiene en eltrabajo.

    contra las presentes bases, se puede interponer alternativamente o recurso dereposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a lapublicación del presente anuncio, ante el alcalde de este ayuntamiento de santacristina de la Polvorosa, de conformidad con los artículos 116 y 117 de ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones Públicas y delProcedimiento administrativo común, o recurso contencioso-administrativo, ante eljuzgado de lo contencioso-administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses acontar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidadcon el artículo 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, nopodrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resueltoexpresamente o se haya producido su desestimación por silencio. todo ello sin per-juicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

    santa cristina de la Polvorosa, 29 de febrero de 2016.-el alcalde.

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    R-201600650

  • III. Administración Localayuntamiento

    otero de bodasAnuncio

    corrección de errores a la publicación, en el boletín oficial de la Provincianúmero 23, de fecha 26/02/2016, de la aprobación definitiva de la ordenanza regu-ladora y fiscal del aprovechamiento micológico de otero de bodas.

    el texto válido y vigente del artículo 16 de la referida ordenanza es el siguiente:"artículo 16.- tarifas.la cuota tributaria de la tasa a exigirse determinará conforme a las siguientes

    tarifas anuales:beneficiarios. consumo propio (€)1) los vecinos del municipio, inscritos en el padrón municipal, con una antigüe-

    dad mínima de dos años, 5,00 €.2) Propietarios de fincas rústicas o urbanas en el término municipal, propieta-

    rios y arrendatarios de viviendas en el municipio, que no sean vecinos o resi-dentes, siempre que lo acrediten por cualquier medio válido en derecho,10,00 €.

    3) Hijos del pueblo y sus descendientes y familiares directos, hasta el primergrado de consanguinidad o afinidad, de vecinos inscritos en el padrón muni-cipal de habitantes, con una antigüedad superior a dos años, 10,00 €.

    4) Permisos de recogida ocasional (tarifa diaria): Para los beneficiarios de losapartados 2 y 3, 3,00 €.

    5) Permisos de recogida ocasional (tarifa diaria): Para los beneficiarios delapartado 7, 5,00 €.

    6) asociaciones y entidades confines de estudio (máximo 1 kg. por especie ydía autorizado), 0,00 €.

    7) Resto: Personas físicas de nacionalidad española, o extranjera con residen-cia legal en españa, no empadronados ni vinculados, 300,00 €. el límitemáximo a recoger por persona y día será, en el caso de consumo propio, treskilogramos, y para uso comercial, 20 kilogramos".

    otero de bodas, 26 de febrero de 2016.-el alcalde.

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  • III. Administración Localayuntamientofermoselle

    AnuncioBases por las que se rige la convocatoria pública para la provisión con carác-

    ter interino del puesto de Secretaria-Intervención de clase tercera del municipio deFermoselle.

    de acuerdo con lo establecido en el artículo 64.1 de la ley 42/1994, de 30 dediciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social y en el decreto32/2005, de 28 de abril, de la consejería de Presidencia y administración territorialde la junta de castilla y león, por el que se regulan los procedimientos de selec-ción de funcionarios interinos y se crea la bolsa de trabajo para la provisión tempo-ral de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local conhabilitación de carácter nacional, por decreto de la alcaldía del ayuntamiento defermoselle de fecha 24 de febrero de 2016, se acordó aprobar las bases que acontinuación se reproducen, como consecuencia de la próxima baja por causas dematernidad, de la actual interina.

    Primera.- características del puesto. se convoca concurso de méritos para cubrir por personal interino, el puesto de

    secretaria clase tercera de este municipio, reservado a funcionarios con habilita-ción de carácter nacional de la subescala de secretaria intervención, Grupo a1,como consecuencia de la próxima baja por causas de maternidad, de la actualsecretaria interventora interina.

    segunda.- lugar y plazo de presentación de solicitudes.los aspirantes a desempeñar dicha plaza, deberán dirigir sus solicitudes al

    Presidente de este ayuntamiento, según modelo establecido en el anexo i deldecreto 32/2005 de 28 de abril, presentándolas en el Registro del ayuntamiento defermoselle o en cualquier otro de los previstos en el artículo 38 de la ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones Públicas y delProcedimiento administrativo común, en el plazo de cinco días hábiles, a contardesde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el boletín oficial dela Provincia, así como la documentación acreditativa de los méritos que se ale-guen.

    los aspirantes deberán acreditar junto con la instancia los meritos que debenser valorados, no valorándose aquellos otros méritos que no cumplan con la debi-da acreditación.

    tercera. Requisitos para participar en la selección.los candidatos deberán reunir en el momento en que termine el plazo de pre-

    sentación de solicitudes los siguientes requisitos:a) ser español.b) tener cumplidos los 16 años de edad.c) estar en posesión del titulo de licenciado en derecho, administración y

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    N.º 25 - MIÉRCOLES 2 DE MARZO DE 2016 Pág. 26

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  • dirección de empresas, ciencias Políticas y sociología, economía, cienciasactuariales y financieras, conforme al artículo 22 del Real decreto1174/1987, de 18 de septiembre, en la redacción dada por el Real decreto834/2003, de 27 de junio.

    d) no estar separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de lasadministraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funcio-nes públicas.

    e) no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida el ejerciciode las funciones correspondientes.

    f) no estar incurso en causas de incompatibilidad, conforme a lo establecido enla ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al ser-vicio de las administraciones públicas.

    cuarta.- Admisión de aspirantes.terminado el plazo de presentación de instancias, el alcalde dictará una reso-

    lución, aprobando la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, queserá expuesta en el tablón de edictos del ayuntamiento.

    Quinta.- Baremo de méritos.1. el procedimiento de selección será el concurso de méritos en el que se valorará:1.1.- Por haber superado alguno o algunos de los ejercicios de las pruebas

    selectivas convocadas para el acceso:a) a la misma subescala y categoría: 1,5 puntos por cada ejercicio, hasta

    un máximo de 3 puntos.b) a distinta subescala y categoría: 1 punto por cada ejercicio, hasta un

    máximo de 2 puntos.1.2.- Por experiencia profesional desarrollada en la administración:

    a) en puestos reservados a la misma subescala y categoría: 0,04 puntospor mes completo hasta un máximo de 4 puntos.

    b) en puestos reservados a distinta subescala y categoría: 0,03 puntospor mes completo hasta un máximo de 2,25 puntos.

    c) en puestos de trabajo de la administración local no reservados a fun-cionarios con habilitación nacional clasificados en los grupos a1 y a2, ogrupo equivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido eldesempeño de funciones administrativas: 0,02 puntos por mes comple-to hasta un máximo de 1,5 puntos.

    d) en puestos de trabajo de la administración local no reservados a fun-cionarios con habilitación nacional clasificados en los grupos c1 y c2,o grupo equivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido eldesempeño de funciones administrativas: 0,01 puntos por mes comple-to hasta un máximo de 1 punto.

    e) en puestos de trabajo de otras administraciones diferentes de la local,clasificados en los grupos a1 y a2 o grupo equivalente para el personallaboral, con funciones propias de la actividad administrativa: 0,01 pun-tos por mes completo hasta un máximo de 1,5 puntos.

    f) en puestos de trabajo de otras administraciones diferentes de la local,clasificados en los grupos c1 y c2, o grupo equivalente laboral, con fun-ciones propias de la actividad administrativa: 0,005 puntos por mescompleto hasta un máximo de 1 punto.

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    R-201600607

  • 1.3.- Por la realización de cursos impartidos por centros oficiales de formaciónen los siguientes sectores: urbanismo, informática, gestión económica financiera,tesorería y recaudación, contabilidad, legislación general y sectorial relacionadacon la administración local, hasta un máximo de 3 puntos, de acuerdo con elsiguiente baremo:

    a) Por cursos entre 25 y 50 horas lectivas: 0,10 puntos.b) entre 51 y 100 horas lectivas: 0,20 puntos.c) superior a 100 horas lectivas: 0,30 puntos.

    1.4.- otros méritos directamente relacionados con las características y funcio-nes del puesto de trabajo convocado: Hasta un máximo de 3 puntos.

    1.5.- si se estima necesario la comisión de selección podrá convocar a losaspirantes a la realización de pruebas para determinar con mayor precisión la apti-tud los mismos y o entrevistas para ponderar las circunstancias académicas y pro-fesionales del aspirante, valorándose hasta un máximo de 3 puntos. la convoca-toria de las pruebas y o entrevistas se comunicaría a los interesados con una ante-rioridad mínima de 3 días hábiles. la no presentación a la realización de estaspruebas conlleva la exclusión del concurso de selección.

    2. los méritos se acreditarán por los aspirantes mediante certificados y títulosoriginales emitidos por los órganos competentes o fotocopias debidamente com-pulsadas y deberá poseerse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

    sexta. composición de la comisión de selección.la comisión de selección estará integrada por los siguientes miembros:- Presidente: un funcionario designado por la administración local, autonómica

    o nacional, entre funcionarios pertenecientes al mismo grupo de titulación ensituación de servicio activo.

    - vocales: un funcionario designado por la Presidencia a propuesta de ladelegación territorial de la junta de castilla y león en Zamora, entre funcio-narios pertenecientes al subgrupo a1, en situación de servicio activo.

    - vocal secretario: un funcionario designado por la Presidencia entre funciona-rios con habilitación de carácter nacional de la misma o superior categoría dela correspondiente al puesto, en situación de servicio activo, que asumirá lasfunciones de secretario.

    séptima.- Propuesta de nombramiento.la comisión de selección propondrá a la corporación el candidato seleccionado y,

    hasta una máximo de tres suplentes ordenados según la puntuación obtenida y, deacuerdo con dicha propuesta, el Presidente de la misma remitirá la propuesta de nom-bramiento y el expediente completo a la dirección General de administraciónterritorial, que resolverá definitivamente. el alcalde-Presidente hará público en eltablón de anuncios del ayuntamiento el nombramiento efectuado.esta propuesta denombramiento quedará no obstante condicionada al cumplimiento de lo dispuesto enel articulo 52 de la ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales,administrativas y de orden social, que modifica el apartado uno del articulo 64, de laley 42/1994, en el sentido de que las corporaciones locales podrán proponer el nom-bramiento de funcionario interino para la provisión de puestos de trabajo vacantes enlas mismas reservados a funcionarios con habilitación nacional aunque ahora condi-

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    R-201600607

  • cionada a la circunstancia de que no haya sido posible la provisión del puesto vacan-te mediante los procedimientos de nombramiento provisional, acumulación o comisiónde servicios. circunstancia que deberá quedar acreditada en el expediente.

    octava.-el aspirante que resulte seleccionado deberá presentar ante lacorporación, la siguiente documentación, en el plazo de cinco días desde su nom-bramiento: fotocopia del documento nacional de identidad, fotocopia de los docu-mentos acreditativos de poseer la titulación exigida como requisito para el acceso,declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del serviciode cualquier administración pública y de no encontrarse inhabilitado para el ejerciciode las funciones correspondientes, declaración de no padecer enfermedad o defec-to físico que impida el ejercicio de las funciones y declaración de no estar dentro delas causas de incompatibilidad del personal al servicio de las administracionesPúblicas, conforme a lo establecido en la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incom-patibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

    novena.- el candidato nombrado deberá tomar posesión en el plazo de tresdías hábiles desde el siguiente al de la recepción en la corporación de la resolu-ción por la que se efectúa el nombramiento.

    décima.- Facultad de la comisión de selección.la comisión de selección queda facultada para resolver las dudas que se plan-

    teen durante el proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.undécima.-Plazo de presentación de solicitudes.conforme lo establecido en el artículo 7.3 del decreto 32/2005, de fecha de 28

    de abril, el plazo de presentación de solicitudes lo es también para que los funcio-narios de la administración local con Habilitación nacional que estén interesadosen el desempeño del mismo presenten su solicitud y si hubiese solicitudes de estetipo, se suspenderá el procedimiento de selección de funcionario hasta el efectivonombramiento de aquel, momento en el que se dejará sin efecto, si finalmente norecayera nombramiento en el funcionario interesado, continuará el procedimientode selección interino.

    duodécima.- la corporación convocante podrá proponer motivadamente quela dirección General competente declare desierto el proceso de selección.

    decimotercera.- el funcionario interino cesará en el desempeño del puesto deacuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del decreto 32/2005 de 28 de abril, de lajunta de castilla y león.

    decimocuarta.- frente a las bases y al acto de convocatoria podrá interponer-se recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órganoque dictó el acto, o recurso contencioso - administrativo, ante el juzgado de lo con-tencioso administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde supublicación. si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podráinterponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expre-samente o se haya producido su desestimación por silencio.

    el alcalde-Presidente.

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  • aneXo imodelo de solicitud PaRa PaRticiPaR en el PRoceso

    de PRovisión con caRÁcteR inteRino del Puesto de secRetaRia inteRvención clase teRceRa del

    ayuntamiento de feRmoselled./d.ª ........................................................................, con dni ...........................,

    y lugar a efectos de comunicaciones y notificaciones en ………………....................,y teléfono…………….., e-mail…………………………………………expongo:

    Que deseo ser admitido para la provisión interina de la plaza de ………………de esa entidad local, cuya convocatoria ha sido publicada en el boletín oficial dela provincia de ………….. de fecha ………………..

    Que reúno todas las condiciones exigidas en las bases del concurso, quedeclaro conocer y aceptar.

    Que aporto los siguientes documentos de los méritos exigidos en las bases.………………………………………………………………………………………………....………………………………………………………………………………………………...…………………………………………………………………………………….............

    Por lo que solicito:Que se me admita en el proceso selectivo para la provisión con carácter interi-

    no de la plaza de …………………… de esa entidad local.

    ...................., a ........... de ........................... de ............

    sR. PResidente de …………………………………………… (………………..)

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    R-201600607

  • III. Administración Localayuntamiento

    san vicente de la cabezaAnuncio

    aprobado por este ayuntamiento, mediante acuerdo del Pleno de la corporaciónde fecha 15 de febrero de 2016, el siguiente proyecto técnico:

    - Proyecto técnico de abastecimiento, saneamiento y pavimentación con hormi-gón y aglomerado en san vicente de la cabeza y Palazuelo de las cuevas,redactado por el ingeniero técnico obras públicas don manuel Ángel Rodríguezmanzano y con un presupuesto de ejecución por contrata de 50.000,00 euros.

    Queda expuesto al público por espacio de 20 días hábiles, contados a partir deldía siguiente al de la publicación de este anuncio en el boletín oficial de laProvincia, para que durante el expresado plazo pueda ser examinado por cuantostenga interés y puedan formular por escrito en la secretaría del ayuntamiento lasobservaciones que tengan por pertinentes.

    finalizado el plazo de información pública sin la interposición de reclamacionesde clase alguna, se estimará definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdoexpreso.

    san vicente de la cabeza, 25 de febrero de 2016.-el alcalde.

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    R-201600609

  • III. Administración Localayuntamiento

    matilla la secaAnuncio

    en cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, aprobado por Real decreto legislativo2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por lacomisión especial de cuentas permanente, se expone al público la cuentaGeneral correspondiente al ejercicio 2015 del ayuntamiento de matilla la seca, porun plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen intere-sados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan porconvenientes.

    matilla la seca, 26 de febrero de 2016.-el alcalde.

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    N.º 25 - MIÉRCOLES 2 DE MARZO DE 2016 Pág. 32

    R-201600610

  • III. Administración Localayuntamiento

    matilla la secaAnuncio

    el ayuntamiento de matilla la seca, en sesión ordinaria celebrada el día 26 defebrero de 2016, aprobó inicialmente, el presupuesto general para el ejercicio2016.

    en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 169.1 del R.d.l. 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley Reguladora deHaciendas locales, el expediente completo queda expuesto al público en lasecretaría de este ayuntamiento, durante las horas de oficina, por un plazo dequince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 dedicha ley puedan presentar las reclamaciones que estimen, por los motivos que seindican en el citado último artículo, ante el Pleno de este ayuntamiento.

    en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169.1 dela referida ley, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin nece-sidad de acuerdo expreso.

    matilla la seca, 26 de febrero de 2016.-el alcalde.

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    R-201600611

  • III. Administración Localayuntamiento

    riofrío de alisteAnuncio

    en cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del texto refundido de la leyReguladora de las Haciendas locales, aprobado por Real decreto legislativo2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por lacomisión especial de cuentas permanente, se expone al público la cuentaGeneral correspondiente al ejercicio 2015 del ayuntamiento de Riofrío de aliste,por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimeninteresados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tenganpor convenientes.

    Riofrío de aliste, 26 de febrero de 2016.-el alcalde.

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    R-201600612

  • III. Administración Localayuntamiento

    riofrío de alisteAnuncio

    el Pleno de este ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de febre-ro de 2016, aprobó inicialmente, el presupuesto general para el ejercicio 2016.

    en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 169.1 del R.d.l. 2/2004, de 5de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la ley Reguladora deHaciendas locales, el expediente completo queda expuesto al público en lasecretaría de este ayuntamiento, durante las horas de oficina, por un plazo dequince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170 dedicha ley puedan presentar las reclamaciones que estimen, por los motivos que seindican en el citado último artículo, ante el Pleno de este ayuntamiento.

    en el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el boletín oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169.1 dela referida ley, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin nece-sidad de acuerdo expreso.

    Riofrío de aliste, 26 de febrero de 2016.-el alcalde.

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    R-201600613

  • III. Administración Localayuntamiento

    villalobosBases reguladoras y primera convocatoria de subvenciones dentro del Área

    de Regeneración y Renovación Urbana de Villalobosel Pleno de la corporación, en sesión celebrada el día 23 de febrero de 2016,

    aprobó las bases que han de regir las diferentes convocatorias de subvenciones alas actuaciones protegidas dentro del Área de Regeneración y Renovación urbana(aRu) de villalobos, las cuales se exponen al público por espacio de quince días,contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el boletínoficial de la Provincia, a los efectos de presentación de alegaciones o reclamacio-nes contra el mismo.

    simultáneamente se procedió a aprobar la apertura de la primera convocatoriade dichas ayudas, si bien el plazo de presentación de solicitudes se aplazará cuan-do resulte necesario, en caso de reclamaciones contra las bases.

    - Objeto: desarrollar el programa de actuaciones protegidas en las viviendasdel municipio, mediante acuerdo de fecha 30 de abril de 2015 de la junta deGobierno de la junta de castilla y león, por el que se declara como Área deRegeneración y Renovación urbana de villalobos (Zamora).

    - Finalidad: concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrenciacompetitiva, destinadas a subvencionar actuaciones protegidas en edificacionesdurante el ejercicio de 2016 dentro del Área de Regeneración y Renovaciónurbana de villalobos (Zamora).

    - Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento:ayuntamiento de villalobos, Plaza mayor, 1. c.P.: 49134 villalobos (Zamora); tfno.y fax: 980 666 305. e-mail: [email protected].

    - Plazo de presentación de solicitudes: veinte días, contados a partir delsiguiente al de la inserción de este anuncio en el boletín oficial de la Provincia.

    - Plazo de resolución y notificación: seis meses.- Documentos que deben acompañar a la solicitud: los previstos en las bases

    reguladoras y en la convocatoria de subvenciones.las bases completas, la convocatoria y los modelos de solicitud están a dispo-

    sición de todos los interesados en la oficina de secretaría del ayuntamiento devillalobos.

    villalobos, 25 de febrero de 2016.-el alcalde.

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    R-201600608

  • III. Administración Localayuntamiento

    corrales del vinoAnuncio

    solicitada, por don Ramiro morán vicente, licencia ambiental para bodega de ela-boración, crianza y embotellado de vino d.o. tierra del vino, situado en traves�