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I. Administración LocalMINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

DELEGACIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN ZAMORASECRETARIA GENERAL

Anuncio de la resolución de la Delegación de Economía y Hacienda de Zamorapor la que se convoca subasta pública para la enajenación de bienes

de la Administración General del EstadoSe anuncia subasta pública para el día 20 de septiembre de 2012, a las 10.00

horas, ante la Mesa constituida al efecto en la Delegación de Economía y Haciendade Zamora de los Bienes que se indican agrupados por lotes:

Fincas patrimoniales en primera subasta:Lote 1 - Rústica en Fuente Encalada, parcela 61, polígono 601 en el paraje de

Quiñones del Pozo, de 05-53-80 (hectáreas-áreas-centiáreas) en Catastro y de 05-63-80 (la finca fue objeto de expropiación) (hectáreas-áreas-centiáreas) en elRegistro. Referencia catastral 49092A601000610000SA. Inscrita en el Registro dela Propiedad de Benavente al tomo 2310, en el libro 27 del folio 14 con el númerode finca 3761 en 1.ª inscripción. Tasación: 3.599,70 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 97, polígono 601 en el paraje de LaCeradilla, de 01-69-45 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601000970000SQ. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 15 con el número de finca 3762 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 1.186,15 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 181, polígono 601 en el paraje deValdefranco, de 00-09-55 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601001810000SE. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 16 con el número de finca 3763 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 66,85 €.

Tipo para la subasta lote 1: 4.857,70 €.Lote 2 - Rústica en Fuente Encalada, parcela 224, polígono 601 en el paraje de

Huerga del Garavillo, de 01-03-90 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catas-tral 49092A601002240000SQ. Inscrita en el Registro de la Propiedad deBenavente al tomo 2310, en el libro 27 del folio 17 con el número de finca 3764 en1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 2: 779,25 €.Lote 3 - Rústica en Fuente Encalada, parcela 311, polígono 601 en el paraje de

Valrapaos (en Concentración: Descansalobos), de 00-35-20 (hectáreas-áreas-cen-tiáreas). Referencia catastral 49092A601003110000SU. Inscrita en el Registro dela Propiedad de Benavente al tomo 2310, en el libro 27 del folio 18 con el númerode finca 3765 en 1.ª inscripción. Tasación: 246,40 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 344, polígono 601 en el paraje de

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Huerga de Valdeáguila (en Concentración: Fuente Abajo), de 00-56-00 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49092A601003440000SH. Inscrita en elRegistro de la Propiedad de Benavente al tomo 2310, en el libro 27 del folio 19 conel número de finca 3766 en 1.ª inscripción. Tasación: 392 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 351, polígono 601 en el paraje de LosBecerriles (en Concentración: Descansalobos), de 00-09-00 (hectáreas-áreas-cen-tiáreas). Referencia catastral 49092A601003510000SY. Inscrita en el Registro dela Propiedad de Benavente al tomo 2310, en el libro 27 del folio 20 con el númerode finca 3767 en 1.ª inscripción. Tasación: 63 €.

Tipo para la subasta lote 3: 701,40 €.Lote 4 - Rústica en Fuente Encalada, parcela 419, polígono 601 en el paraje de

Valdeescudillo (en Concentración: El Arenal), de 01-61-85 (hectáreas-áreas-centiá-reas). Referencia catastral 49092A601004190000SF. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Benavente al tomo 2310, en el libro 27 del folio 21 con el número definca 3768 en 1.ª inscripción. Tasación: 1.132,95 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 421, polígono 601 en el paraje deValdeescudillo, de 01-34-65 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601004210000ST. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 22 con el número de finca 3769 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 942,55 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 425, polígono 601 en el paraje deValdeescudillo, de 00-65-35 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601004250000SK. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 23 con el número de finca 3770 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 490,12 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 427, polígono 601 en el paraje deValdeescudillo, de 02-16-90 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601004270000SD. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 24 con el número de finca 3771 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 1.626,75 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 434, polígono 601 en el paraje deValdeescudillo (en Concentración: El Arenal), de 01-61-85 (hectáreas-áreas-centiá-reas). Referencia catastral 49092A601004340000SE. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Benavente al tomo 2310, en el libro 27 del folio 25 con el número definca 3772 en 1.ª inscripción. Tasación: 588 €.

Tipo para la subasta lote 4: 4.780,37 €.Lote 5 - Rústica en Fuente Encalada, parcela 10464, polígono 601 en el para-

je de Valdeáguila, de 00-75-00 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601104640000SB. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 26 con el número de finca 3773 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 562,50 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 492, polígono 601 en el paraje de Las

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Alforjas, de 05-02-25 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601004920000SK. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 60 con el número de finca 3790 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 3.264,62 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 493, polígono 601 en el paraje de El Becerril,de 01-52-20 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49092A601004930000SR.Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente al tomo 2310, en el libro 27 del folio61 con el número de finca 3791 en 1.ª inscripción. Tasación: 913,20 €.

Tipo para la subasta lote 5: 4.740,32 €.Lote 6 - Rústica en Fuente Encalada, parcela 502, polígono 601 en el paraje de

El Becerril, de 05-26-40 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601005020000SU. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 27 con el número de finca 3774 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 3.684,80 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 506, polígono 601 en el paraje de LlueveCántaros, de 02-75-00 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601005060000SB. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 28 con el número de finca 3775 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 1.925 €.

Tipo para la subasta lote 6: 5.609,80 €.Lote 7 - Rústica en Fuente Encalada, parcela 527, polígono 601 en el paraje de

Fredicacha (en Concentración: Caballo Magdalena), de 00-49-05 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49092A601005270000SJ. Inscrita en elRegistro de la Propiedad de Benavente al tomo 2310, en el libro 27 del folio 29 conel número de finca 3776 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 7: 441,45 €.Lote 8 - Rústica en Fuente Encalada, parcela 573, polígono 601 en el paraje de

La Pradera, de 01-00-40 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601005730000SB. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 30 con el número de finca 3777 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 8: 702,80 €.Lote 9 - Rústica en Fuente Encalada, parcela 611, polígono 601 en el paraje de

La Chanica (en Concentración: Terregal de Abajo), de 01-20-00 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49092A601006110000SL. Inscrita en el Registrode la Propiedad de Benavente al tomo 2310, en el libro 27 del folio 31 con el núme-ro de finca 3778 en 1.ª inscripción. Tasación: 840 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 613, polígono 601 en el paraje de LaChanica, de 03-79-60 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601006130000SF. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 62 con el número de finca 3792 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 2.467,40 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 616, polígono 601 en el paraje de La

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Chanica, de 01-33-20 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601006160000SK. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 32 con el número de finca 3779 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 932,40 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 618, polígono 601 en el paraje de ElSeijo, de 03-10-00 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601006180000SD. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 33 con el número de finca 3780 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 2.170 €.

Tipo para la subasta lote 9: 6.409,80 €.Lote 10 - Rústica en Fuente Encalada, parcela 731, polígono 601 en el paraje

de Valdequimar (en Concentración: Cerro Mediano), de 05-84-90 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49092A601007310000SA. Inscrita en elRegistro de la Propiedad de Benavente al tomo 2310, en el libro 27 del folio 63 conel número de finca 3793 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 10: 4.094,30 €.Lote 11 - Rústica en Fuente Encalada, parcela 781, polígono 601 en el paraje

de Peña Utrera, de 00-31-95 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601007810000SR. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 34 con el número de finca 3781 en 1.ª inscrip-ción. Tipo para la subasta lote: 207,70 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 783, polígono 601 en el paraje de Peña Utrera,de 00-02-10 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49092A601007830000SX.Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente al tomo 2310, en el libro 27 del folio35 con el número de finca 3782 en 1.ª inscripción. Tasación: 13,65 €.

Tipo para la subasta lote 11:221,35 €.Lote 12 - Rústica en Fuente Encalada, parcela 818, polígono 601 en el paraje

de Peña Utrera, de 00-50-80 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601008180000SZ. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 64 con el número de finca 3794 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 482,60 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 862, polígono 601 en el paraje de LaPalacia, de 00-30-50 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601008620000SY. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 36 con el número de finca 3783 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 289,75 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 925, polígono 601 en el paraje de ElMedio de las Viñas, de 01-02-75 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catas-tral 49092A601009250000SG. Inscrita en el Registro de la Propiedad deBenavente al tomo 2310, en el libro 27 del folio 38 con el número de finca 3785 en1.ª inscripción. Tasación: 976,10 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 982, polígono 601 en el paraje de Las

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Señoras, de 00-45-20 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601009820000SZ. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 42 con el número de finca 3789 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 429,40 €.

Tipo para la subasta lote12: 2.177,85 €.Lote 13 - Rústica en Fuente Encalada, parcela 901, polígono 601 en el paraje

de Valzoquino, de 00-18-60 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601009010000SF. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 37 con el número de finca 3784 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 186 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 935, polígono 601 en el paraje de ElMedio de las Viñas, de 00-60-60 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catas-tral 49092A601009350000SO. Inscrita en el Registro de la Propiedad deBenavente al tomo 2310, en el libro 27 del folio 39 con el número de finca 3786 en1.ª inscripción. Tasación: 575,70 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 958, polígono 601 en el paraje deValzoquino, de 00-20-25 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601009580000SQ. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 40 con el número de finca 3787 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 182,25 €.

- Rústica en Fuente Encalada, parcela 964, polígono 601 en el paraje deValzoquino, de 00-40-00 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49092A601009640000ST. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2310, en el libro 27 del folio 41 con el número de finca 3788 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 360 €.

Tipo para la subasta lote 13: 1303,95 €.Lote 14 - Rústica en Pobladura del Valle, parcela 1, polígono 502 en el paraje de

Fontanillas, de 00-04-50 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49176A502000010000ZH. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2211, en el libro 29 del folio 200 con el número de finca 4160 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 14: 42,75 €.Lote 15 - Rústica en Pobladura del Valle, parcela 120, polígono 502 en el paraje

de Moscateles, de 00-08-00 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49176A502001200000ZX. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2211, en el libro 29 del folio 201 con el número de finca 4161 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 15: 400 €.Lote 16 - Rústica en Pobladura del Valle, parcela 147, polígono 502 en el paraje

de El Valle, de 00-06-70 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49176A502001470000ZR. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2211, en el libro 29 del folio 202 con el número de finca 4162 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 16: 301,50 €.Lote 17 - Rústica en Pobladura del Valle, parcela 167, polígono 502 en el para-

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je de El Valle (en Concentración: Los Rozados), de 00-66-30 (hectáreas-áreas-cen-tiáreas). Referencia catastral 49176A502001670000ZG. Inscrita en el Registro dela Propiedad de Benavente al tomo 2211, en el libro 29 del folio 203 con el núme-ro de finca 4163 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 17: 994,50 €.Lote 18 - Rústica en Pobladura del Valle, parcela 213, polígono 502 en el paraje

de Corral de Tadeo, de 00-86-10 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49176A502002130000ZD. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2211, en el libro 29 del folio 204 con el número de finca 4164 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote: 817,95 €.Lote 19 - Rústica en Pobladura del Valle, parcela 269, polígono 502 en el para-

je de Beldena (en Concentración: El Travesillo), de 00-27-20 (hectáreas-áreas-cen-tiáreas). Referencia catastral 49176A502002690000ZF. Inscrita en el Registro dela Propiedad de Benavente al tomo 2211, en el libro 29 del folio 205 con el núme-ro de finca 4165 en 1.ª inscripción. Tasación: 272 €.

- Rústica en Pobladura del Valle, parcela 315, polígono 502 en el paraje deCanal Navajos, de 00-16-30 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49176A502003150000ZS. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2211, en el libro 29 del folio 206 con el número de finca 4166 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 163 €.

- Rústica en Pobladura del Valle, parcela 352, polígono 502 en el paraje deCanal Manzanal, de 00-54-20 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49176A502003520000ZU. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2211, en el libro 29 del folio 207 con el número de finca 4167 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 514,90 €.

Tipo para la subasta lote 19: 949,90 €.Lote 20 - Rústica en Pobladura del Valle, parcela 382, polígono 502 en el para-

je de Jardín (en Concentración: Retuertas Chicas), de 00-92-60 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49176A502003820000ZS. Inscrita en el Registrode la Propiedad de Benavente al tomo 2211, en el libro 29 del folio 208 con elnúmero de finca 4168 en 1.ª inscripción. Tasación: 879,70 €.

- Rústica en Pobladura del Valle, parcela 418, polígono 502 en el paraje de El Jardín,de 01-87-50 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49176A502004180000ZB.Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente al tomo 2211, en el libro 29del folio 209 con el número de finca 4169 en 1.ª inscripción. Tasación: 1781,25 €.

Tipo para la subasta lote 20: 2.660,95 €.Lote 21 - Rústica en Pobladura del Valle, parcela 433, polígono 502 en el para-

je de Las Retuertas Grandes, de 04-41-40 (hectáreas-áreas-centiáreas).Referencia catastral 49176A502004330000ZO. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Benavente al tomo 2211, en el libro 29 del folio 210 con el númerode finca 4170 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 21: 4.193,30 €.Lote 22 - Rústica en Pobladura del Valle, parcela 1035, polígono 502 en el para-

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je de Cta. Canal Moro (en Concentración: Canal de Matilla), de 00-64-30 (hectáre-as-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49176A502010350000ZH. Inscrita en elRegistro de la Propiedad de Benavente al tomo 2211, en el libro 29 del folio 211con el número de finca 4171 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 22: 803,75 €.Lote 23 - Rústica en Pobladura del Valle, parcela 1054, polígono 502 en el para-

je de Cta. Canal Moro (en Concentración: Canal de Matilla), de 02-10-00 (hectáre-as-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49176A502010540000ZK. Inscrita en elRegistro de la Propiedad de Benavente al tomo 2211, en el libro 29 del folio 212con el número de finca 4172 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 23: 1.995 €.Lote 24 - Rústica en Pobladura del Valle y La Torre del Valle, parcela 1078, polí-

gono 502 en el paraje de Morico (en Concentración: El Villar), de 00-24-90 (hectá-reas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49176A502010780000ZL. Inscrita enel Registro de la Propiedad de Benavente al tomo 2211/2217, en el libro 29/22 delfolio 213/79 con el número de finca 4173/3436 en 1.ª inscripción. Tasación: 249 €.

- Rústica en Pobladura del Valle, parcela 1079, polígono 502 en el paraje deMorico (en Concentración: El Villar), de 00-22-80 (hectáreas-áreas-centiáreas).Referencia catastral 49176A502010790000ZT. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Benavente al tomo 2211, en el libro 29 del folio 214 con el númerode finca 4174 en 1.ª inscripción. Tasación: 228 €.

Tipo para la subasta lote 24: 477 €.Lote 25 - Rústica en Salce, parcela 199, polígono 1 en el paraje de Diez

Quemados, de 00-43-00 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49203A001001990000PM. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Bermillo deSayago al tomo 787, en el libro 8 del folio 159 con el número de finca 1266 en 1.ªinscripción.

Tipo para la subasta lote 25: 301 €.Lote 26 - Rústica en Villamor de los Escuderos, parcela 28, polígono 501 en el

paraje de Cuesta del Pego, de 05-59-00 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referenciacatastral 49284A501000280000UY. Inscrita en el Registro de la Propiedad deFuentesaúco al tomo 1299, en el libro 122 del folio 198 con el número de finca14533 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 26: 2.795 €.Lote 27 - Rústica en Villamor de los Escuderos, parcela 848, polígono 501 en

el paraje de La Rana, de 05-65-20 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catas-tral 49284A501008480000UE. Inscrita en el Registro de la Propiedad deFuentesaúco al tomo 1299, en el libro 122 del folio 200 con el número de finca14535 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 27: 5.086,80 €.Lote 28 - Rústica en Villamor de los Escuderos, parcela 994, polígono 501 en

el paraje de Cno. de Salamanca (en Concentración: Rodera del Medio), de 02-12-40 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49284A501009940000UP.

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Inscrita en el Registro de la Propiedad de Fuentesaúco al tomo 1299, en el libro122 del folio 199 con el número de finca 14534 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 28: 1.911,60 €.Lote 29 - Rústica en Villabrázaro, parcela 1646, polígono 501 en el paraje de El

Monte, de 00-40-00 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49267A501016460000OT. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2258, en el libro 27 del folio 155 con el número de finca 3839 en 1.ª inscrip-ción.

Tipo para la subasta lote 29: 240 €.Lote 30 - Rústica en Villabrázaro, parcela 1792, polígono 501 en el paraje de

Manga (en Concentración: La Rasera), de 01-20-30 (hectáreas-áreas-centiáreas).Referencia catastral 49267A501017920000OS. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Benavente al tomo 2258, en el libro 27 del folio 156 con el númerode finca 3840 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 30: 1.203 €.Lote 31 - Rústica en Villabrázaro, parcela 1985, polígono 501 en el paraje de

Debajo la Cuesta, de 00-16-30 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49267A501019850000OU. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2258, en el libro 27 del folio 157 con el número de finca 3841 en 1.ª inscrip-ción.

Tipo para la subasta lote 31: 749,80 €.Lote 32 - Rústica en Villabrázaro, parcela 2119, polígono 501 en el paraje de Los

Rompimientos, de 00-06-80 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49267A501021190000OS. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2258, en el libro 27 del folio 158 con el número de finca 3842 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 32: 340 €.Lote 33 - Rústica en Villabrázaro, parcela 2169, polígono 501 en el paraje de

Rompimientos (en Concentración: La Colada), de 00-07-80 (hectáreas-áreas-cen-tiáreas). Referencia catastral 49267A501021690000OT. Inscrita en el Registro dela Propiedad de Benavente al tomo 2258, en el libro 27 del folio 159 con el núme-ro de finca 3843 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 33: 702 €.Lote 34 - Rústica en Villabrázaro, parcela 2230, polígono 501 en el paraje de

Fornotejas, de 00-16-10 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49267A501022300000OG. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2258, en el libro 27 del folio 160 con el número de finca 3844 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 34: 193,20 €.Lote 35 - Rústica en Villabrázaro, parcela 2261, polígono 501 en el paraje de

Rebollar (en Concentración: Podadera), de 00-16-60 (hectáreas-áreas-centiáreas).Referencia catastral 49267A501022610000OY. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Benavente al tomo 2258, en el libro 27 del folio 161 con el númerode finca 3845 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 35: 116,20 €.

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Lote 36 - Rústica en Villabrázaro, parcela 2273, polígono 501 en el paraje deRebollar (en Concentración: Castrión), de 00-11-10 (hectáreas-áreas-centiáreas).Referencia catastral 49267A501022730000OK. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Benavente al tomo 2258, en el libro 27 del folio 162 con el númerode finca 3846 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 36: 133,20 €.Lote 37 - Rústica en Villabrázaro, parcela 2296, polígono 501 en el paraje de

Las Quemadas, de 00-16-50 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49267A501022960000OP. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2258, en el libro 27 del folio 163 con el número de finca 3847 en 1.ª inscrip-ción.

Tipo para la subasta lote 37: 148,50 €.Lote 38 - Rústica en Villabrázaro, parcela 2373, polígono 501 en el paraje de

Valdelaguna (en Concentración: Valdefranuejos), de 01-32-90 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49267A501023730000OX. Inscrita en el Registrode la Propiedad de Benavente al tomo 2258, en el libro 27 del folio 164 con elnúmero de finca 3848 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 38: 930,30 €.Lote 39 - Rústica en Villabrázaro, parcela 2378, polígono 501 en el paraje de

Valdelaguna (en Concentración: Frayfiel), de 00-91-80 (hectáreas-áreas-centiáre-as). Referencia catastral 49267A501023780000OZ. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Benavente al tomo 2258, en el libro 27 del folio 165 con el númerode finca 3849 en 1.ª inscripción. Tasación: 550,80 €.

- Rústica en Villabrázaro, parcela 2380, polígono 501 en el paraje deValdelaguna (en Concentración: Frayfiel), de 00-70-60 (hectáreas-áreas-centiáre-as). Referencia catastral 49267A501023800000OS. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Benavente al tomo 2258, en el libro 27 del folio 166 con el númerode finca 3850 en 1.ª inscripción. Tasación: 494,20 €.

Tipo para la subasta lote 39: 1045 €.Lote 40 - Rústica en Villabrázaro, parcela 2392, polígono 501 en el paraje de

Valdelaguna, de 02-56-30 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49267A501023920000OQ. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2258, en el libro 27 del folio 167 con el número de finca 3851 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 40: 4.100,80 €.Lote 41 - Rústica en Villabrázaro, parcela 2421, polígono 501 en el paraje de

Valdelabuelo (en Concentración: La Marina), de 06-36-70 (hectáreas-áreas-centiá-reas). Referencia catastral 49267A501024210000OG. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Benavente al tomo 2258, en el libro 27 del folio 168 con el númerode finca 3852 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 41: 4.456,90 €.Lote 42 - Rústica en Villabrázaro, parcela 2476, polígono 501 en el paraje de

Corralón (en Concentración: Los Quemados), de 01-25-00 (hectáreas-áreas-cen-tiáreas). Referencia catastral 49267A501024760000OU. Inscrita en el Registro de

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la Propiedad de Benavente al tomo 2258, en el libro 27 del folio 169 con el núme-ro de finca 3853 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 42: 625 €.Lote 43 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 406, polígono 501 en el paraje

de Canal de Buey, de 00-45-50 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49245A501004060000FH. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2217, en el libro 22 del folio 85 con el número de finca 3439 en 1.ª inscrip-ción. Tasación: 430,35 €.

- Rústica en La Torre del Valle, parcela 445, polígono 501 en el paraje deRetuertas (en Concentración: Canal de Buey), de 01-64-20 (hectáreas-áreas-cen-tiáreas). Referencia catastral 49245A501004450000FY. Inscrita en el Registro dela Propiedad de Benavente al tomo 2217, en el libro 22 del folio 86 con el númerode finca 3440 en 1.ª inscripción. Tasación: 1.559,90 €.

Tipo para la subasta lote 43: 1.990,25 €.Lote 44 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 577, polígono 501 en el paraje

de Pradera Redonda (en Concentración: El Cueto), de 00-42-40 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49245A501005770000FP. Inscrita en el Registrode la Propiedad de Benavente al tomo 2217, en el libro 22 del folio 87 con el núme-ro de finca 3441 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 44: 466,40 €.Lote 45 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 766, polígono 501 en el paraje

de Las Furnias, de 01-33-20 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49245A501007660000FG. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2217, en el libro 22 del folio 88 con el número de finca 3442 en 1.ª inscrip-ción.

Tipo para la subasta lote:45 1.332 €.Lote 46 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 940, polígono 501 en el paraje

de Camino Taragunte, de 00-31-20 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referenciacatastral 49245A501009400000FR. Inscrita en el Registro de la Propiedad deBenavente al tomo 2217, en el libro 22 del folio 89 con el número de finca 3443 en1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 46: 374,40 €.Lote 47 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 990, polígono 501 en el paraje

de Teso Encina, de 00-55-40 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49245A501009900000FB. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2217, en el libro 22 del folio 90 con el número de finca 3444 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 47: 692,50 €.Lote 48 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 1095, polígono 501 en el paraje

de El Villar, de 00-27-20 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49245A501010950000FA. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2217, en el libro 22 del folio 91 con el número de finca 3445 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 48: 299,20 €.

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Lote 49 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 1105, polígono 501 en el para-je de Carros Ferreros (en Concentración: El Morico), de 00-33-20 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49245A501011050000FM. Inscrita en elRegistro de la Propiedad de Benavente al tomo 2217, en el libro 22 del folio 92 conel número de finca 3446 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 49: 381,80 €.Lote 50 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 1140, polígono 501 en el para-

je de Tabla (en Concentración: Camino Misa de Alba), de 00-43-40 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49245A501011400000FM. Inscrita en elRegistro de la Propiedad de Benavente al tomo 2217, en el libro 22 del folio 93 conel número de finca 3447 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 50: 1.736 €.Lote 51 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 1258, polígono 501 en el para-

je de Carros Ferreros, de 00-35-20 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referenciacatastral 49245A501012580000FQ. Inscrita en el Registro de la Propiedad deBenavente al tomo 2217, en el libro 22 del folio 94 con el número de finca 3448 en1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 51: 792 €.Lote 52 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 1329, polígono 501 en el para-

je de Estudes (en Concentración: El Villar), de 01-46-70 (hectáreas-áreas-centiáre-as). Referencia catastral 49245A501013290000FM. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Benavente al tomo 2217, en el libro 22 del folio 95 con el número definca 3449 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 52: 1.393,65 €.Lote 53 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 1465, polígono 501 en el para-

je de Regato (en Concentración: Las Eras), de 00-35-60 (hectáreas-áreas-centiá-reas). Referencia catastral 49245A501014650000FX. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Benavente al tomo 2217, en el libro 22 del folio 96 con el número definca 3450 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 53: 1.780 €.Lote 54 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 1505, polígono 501 en el para-

je de Regato (en Concentración: La Limosna), de 00-57-40 (hectáreas-áreas-cen-tiáreas). Referencia catastral 49245A501015050000FH. Inscrita en el Registro dela Propiedad de Benavente al tomo 2217, en el libro 22 del folio 97 con el númerode finca 3451 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote: 688,80 €.Lote 55 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 1548, polígono 501 en el paraje

de San Martín, de 00-36-50 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49245A501015480000FL. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2217, en el libro 22 del folio 98 con el número de finca 3452 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 55: 346,75 €.Lote 56 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 1867, polígono 501 en el para-

je de Picatordo (en Concentración: Abelaos), de 01-09-80 (hectáreas-áreas-centiá-

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reas). Referencia catastral 49245A501018670000FP. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Benavente al tomo 2217, en el libro 22 del folio 99 con el número definca 3453 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 56: 1.098 €.Lote 57 - Rústica en La Torre del Valle, parcela 2002, polígono 501 en el para-

je de Valle (en Concentración: San Juan), de 01-90-20 (hectáreas-áreas-centiáre-as). Referencia catastral 49245A501020020000FB. Inscrita en el Registro de laPropiedad de Benavente al tomo 2217, en el libro 22 del folio 100 con el númerode finca 3454 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 57: 1.806,90 €.Lote 58 - Rústica en Belver de los Montes, parcela 209, polígono 1 en el para-

je de Huertas, de 00-09-14 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49022A001002090000GS. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Villalpando altomo 1765, en el libro 118 del folio 191 con el número de finca 12549 en 1.ª ins-cripción. Tasación: 457 €.

- Rústica en Belver de los Montes, parcela 210, polígono 1 en el paraje deHuertas, de 00-02-68 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49022A001002100000GJ. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Villalpando altomo 1765, en el libro 118 del folio 192 con el número de finca 12550 en 1.ª ins-cripción. Tasación: 120,60 €.

Tipo para la subasta lote 58: 577,60 €.Lote 59 - Rústica en Pereruela, parcela 146, polígono 601 en el paraje de La

Calzada, de 00-78-40 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49168A601001460000PE. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Bermillo deSayago al tomo 785, en el libro 47 del folio 132 con el número de finca 5832 en 1.ªinscripción. Tasación: 940,80 €.

- Rústica en Pereruela, parcela 172, polígono 601 en el paraje de Las Navas,de 00-93-00 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49168A601001720000PK. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Bermillo deSayago al tomo 785, en el libro 47 del folio 133 con el número de finca 5833 en 1.ªinscripción. Tasación: 651 €.

Tipo para la subasta lote 59: 1.591,80 €.Lote 60 - Urbana en Trabazos en su anejo de San Martín del Pedroso, edificio

que se corresponde con el antiguo puesto fronterizo, sito en la antigua carreteranacional 122. Tiene una extensión superficial en el Registro de la Propiedad de162,65 m²; en el Catastro figura como un inmueble (Diseminados) con una super-ficie construida de 182 m² y una superficie del suelo de 192 m². Referencia catas-tral 001400100QG02C0001LF. Figura inscrita en el Registro de la Propiedad deAlcañices al tomo 493, en el libro 31 del folio 250 con el número de finca 4048.

Tipo para la subasta lote 60: 7.764 €.Fincas patrimoniales en segunda subasta:

Lote 61 - Rústica en Santa Maria de la Vega, parcela 558, polígono 3 en el para-

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je de La Raposera, de 01-23-10 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49226A003005580000OG. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2257, en el libro 19 del folio 137 con el número de finca 3292 en 1.ª inscrip-ción.

Tipo para la subasta lote 61: 861,70 €.Lote 62 - Rústica en Santa Maria de la Vega, parcela 459, polígono 3 en el para-

je de Valcubillao, de 02-21-70 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49226A003004590000OB. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2257, en el libro 19 del folio 136 con el número de finca 3291 en 1.ª inscrip-ción.

Tipo para la subasta lote 62: 1.773,60 €.Lote 63 - Rústica en Santa Maria de la Vega, parcela 268, polígono 3 en el para-

je de Sierra Chiquita, de 09-88-30 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catas-tral 49226A003002680000OB. Inscrita en el Registro de la Propiedad deBenavente al tomo 2257, en el libro 19 del folio 135 con el número de finca 3290en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 63: 6.423,95 €.Lote 64 - Rústica en Santa Maria de la Vega, parcela 199, polígono 3 en el para-

je de Sierra Grande, de 02-01-30 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catas-tral 49226A003001990000OU. Inscrita en el Registro de la Propiedad deBenavente al tomo 2257, en el libro 19 del folio 134 con el número de finca 3289en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 64: 1.409,10 €.Lote 65 - Rústica en Santa Maria de la Vega, parcela 191, polígono 3 en el para-

je de Sierra Grande, de 06-23-00 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catas-tral 49226A003001910000OR. Inscrita en el Registro de la Propiedad deBenavente al tomo 2257, en el libro 19 del folio 163 con el número de finca 3297en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 65: 4.361 €.Lote 66 - Rústica en Santa María de la Vega, parcela 144, polígono 3 en el para-

je de Lagunicas (en concentración: Sierra Chiquita), de 01-99-70 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49226A003001440000OG. Inscrita en el Registrode la Propiedad de Benavente al tomo 2257, en el libro 19 del folio 133 con elnúmero de finca 3288 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 66: 1.497,75 €.Lote 67 - Rústica en Santa María de la Vega, parcela 129, polígono 3 en el para-

je de El Castro, de 01-40-60 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49226A003001290000OE. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Benavente altomo 2257, en el libro 19 del folio 132 con el número de finca 3287 en 1.ª inscrip-ción.

Tipo para la subasta lote 67: 1095 €.Fincas patrimoniales en tercera subasta

Lote 68 - Rústica en Zamora, parcela 182, polígono 1 en el paraje de Solana de

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Valdelanave, de 03-46-40 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49900A001001820000DS. Inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 1 de Zamoraal tomo 2436, en el libro 1099 del folio 146 con el número de finca 84922 en 1.ª ins-cripción.

Tipo para la subasta lote: 2.424,80 €. Lote 69- Rústica en Zamora, parcela 175, polígono 1 en el paraje de Paredes, de 03-

82-50 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49900A001001750000DX.Inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 1 de Zamora al tomo 2436, en el libro 1099del folio 145 con el número de finca 84920 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote: 2.677,50 €. Lote 70 - Rústica en Mombuey, parcela 362, polígono 11 en el paraje de El

Fidalgo Alonso, de 00-44-22 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49135A011003620000ZX. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Puebla deSanabria al tomo 381, en el libro 7 del folio 169 con el número de finca 1164 en 1.ªinscripción.

- Rústica en Mombuey, parcela 413, polígono 11 en el paraje de Camino llamasde Alfonso Fidalgo, de 00-14-87 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49135A011004130000ZL. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Puebla deSanabria al tomo 381, en el libro 7 del folio 170 con el número de finca 1165 en 1.ªinscripción.

- Rústica en Mombuey, parcela 42, polígono 7 en el paraje de La Carrilla (PradoTio M. Blanco), de 00-04-31 (hectáreas-áreas-centiáreas) en Catastro y de 00-02-52 (hectáreas-áreas-centiáreas) en el Registro. Referencia catastral49135A007000420000ZU. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Puebla deSanabria al tomo 381, en el libro 7 del folio 173 con el número de finca 1168 en 1.ªinscripción.

- Rústica en Mombuey, parcela 37, polígono 7 en el paraje de La Carrilla,de 00-06-16 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49135A007000370000ZS. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pueblade Sanabria al tomo 381, en el libro 7 del folio 172 con el número de finca1167 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote: 1.302,76 €.Lote 71- Rústica en Sanzoles, parcela 314 (parcelas catastrales 10314 y

20314), polígono 1 en el paraje de La Muñequina, de 02-03-45 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral 49233A001103140000WM y49233A001203140000WS. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Toro altomo 1777, en el libro 37 del folio 60 con el número de finca 3485 en 1.ª ins-cripción.

Tipo para la subasta lote: 2.209,86 €.Lote 72 - Rústica en Toro, parcela 658 (parcelas catastrales 658 y 10658) polí-

gono 5 en el paraje de El Valle del Cuco, de 02-20-50 (hectáreas-áreas-centiáre-as) en Registro y 01-90-86 (hectáreas-áreas-centiáreas) en Catastro. Referenciacatastral 49244A005106580000AG y 49244A005006580000AE. Inscrita en elRegistro de la Propiedad de Toro al tomo 1859, en el libro 468 del folio 45 con elnúmero de finca 52726 en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote: 1.248,07 €.

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Fincas patrimoniales en cuarta subasta:Lote 73 - Rústica en Morales del Vino parcela 396, polígono 1 en el paraje de

Las Minas, de 02-85-10 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49141A001003960000PR. Inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 2 de Zamoraal tomo 1864, en el libro 55 del folio 96 con el número de finca 5134 en 1.ª inscrip-ción.

Tipo para la subasta lote 73: 280.139,26 €.Lote 74 - Rústica en El Cubo de la Tierra del Vino, parcela 672, polígono 1 en

el paraje de Valdeasnos, de 01-80-80 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referenciacatastral 49066A001006720000TG. Inscrita en el Registro de la Propiedad deFuentesaúco al tomo 1300, en el libro 34 del folio 47 con el número de finca 4657en 1.ª inscripción.

Tipo para la subasta lote 74: 4.571,98 €. Fincas procedentes del expediente abintestato de Don José Prieto Lucas

en cuarta subasta:Lote 75 - Rústica en Fresno de Sayago parcela 128, polígono 23 en el paraje

de El Jenal, de 00-20-37 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49089A023001280000RB. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Bermillo deSayago al tomo 748, en el libro 19 del folio 188 con el número de finca 2.418 en 1ªinscripción.

Tipo para la subasta lote 75: 853,60 €.Lote 76 - Rústica en Fresno de Sayago parcela 72, polígono 15 en el paraje de

Gargolito, de 00-85-59 (hectáreas-áreas-centiáreas). Referencia catastral49089A015000720000RK. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Bermillo deSayago al tomo 748, en el libro 19 del folio 187 con el número de finca 2.417 en 1ªinscripción.

Tipo para la subasta lote 76: 3.462,97 €.Para tomar parte en la subasta es indispensable constituir ante la Mesa una

fianza del 25 por 100 del tipo de licitación. La totalidad de los gastos serán a cargodel adjudicatario. Existe un pliego de condiciones particulares de esta subasta adisposición de los interesados en la Sección de Patrimonio del Estado de laDelegación de Economía y Hacienda, sita en Plaza de Castilla y León n.º 1-1.ªPlanta de Zamora y en la Web del Ministerio de Hacienda y AdministracionesPúblicas www.minhap.es.

Zamora, 26 de junio de 2012.-El Delegado de Economía y Hacienda, JuanFrancisco Justel Antón.

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III. Administración LocalDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

ÁREA DE AGRICULTURA Y GANADERÍABases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de sistemas extensivos basados en la producción de la raza asnal Zamorano-Leonesa

Primera.- Objeto.El objeto de la presente convocatoria es la regulación de la concesión de ayu-

das, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a titulares de explotacionesganaderas y destinadas al fomento de sistemas extensivos de producción de laraza Zamorano-Leonesa, autóctona de la provincia de Zamora y catalogada como“en peligro de extinción”.

Segunda.- Finalidad.La concesión de esta subvención tiene como finalidad fomentar sistemas exten-

sivos de producción sostenibles y respetuosos con el medio ambiente, así comocontribuir a la fijación de la población al medio rural y a la conservación del patri-monio genético provincial aportado por la raza autóctona Zamorano-Leonesa.

Tercera.- Cuantía y partida presupuestaria.La cuantía total máxima de esta ayuda ascenderá a la cantidad de 43.000 €,

que se imputará a la partida presupuestaria 410.0 480.00 del Presupuesto Generalde la Excma. Diputación Provincial para el año 2012. Dicha cantidad podrá variarmediante las oportunas modificaciones presupuestarias debidamente autorizadas.

Cuarta.- Requisitos para obtener la condición de beneficiario.El beneficiario deberá cumplir los siguientes requisitos:1. Ser titular de una explotación ganadera ubicada en la provincia de Zamora,

registrada conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo,por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas yque cuente con reproductores de raza Zamorano-Leonesa inscritos en el LibroGenealógico y participen en un programa de conservación de la raza, de conformi-dad con lo establecido en la base sexta.

2. Aplicar en sus explotaciones un sistema de gestión que contemple funcionesproductivas, medioambientales y sociales de la ganadería.

3. Proporcionar condiciones higiénico-sanitarias acordes con la legislaciónvigente y mantener cargas ganaderas que favorezcan el bienestar y salubridad delos animales y sean respetuosas con el medio ambiente en virtud del Real Decreto804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitariay de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitarioequino. La idoneidad de dichas condiciones se ajustará a los criterios que los téc-nicos veterinarios competentes en la materia consideren oportunos.

4. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas personas o entida-des en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y elcorrelativo artículo 7.2 y 7.3 de la vigente Ordenanza General de Subvenciones dela Excma. Diputación Provincial.

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5. La justificación por parte de las personas de no estar incursas en las prohi-biciones para obtener la condición de beneficiario podrá realizarse mediante testi-monio judicial, certificados telemáticos o transmisiones de datos, de acuerdo conlo establecido en la normativa reglamentaria que regule la utilización de técnicaselectrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado ode la Comunidad Autónoma, o certificación administrativa, según los casos.Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente,podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridadadministrativa o notario público (Anexo II).

Quinta.- Obligaciones de los beneficiarios.Serán obligaciones de los beneficiarios: a) Criar en pureza los ejemplares de raza Zamorano-Leonesa presentes en sus

explotaciones. Las hembras se cubrirán a partir de los tres años. No obstante, sepermitirá la cubrición de hembras menores de tres años si alcanzaran esa edad alo largo de la temporada reproductiva.

b) Aplicar en sus explotaciones un programa de conservación o mejora de laraza autóctona oficialmente aprobado.

c) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y con-diciones y la realización de la actividad que determinen la concesión o disfrute dela subvención.

d) Esta justificación se realizará mediante la presentación de la documentaciónque se establece en las letras de la a) a la h) de la base séptima, apartado segun-do, de las presentes bases.

e) Someterse a las actuaciones de comprobación que, en su caso, efectúe elórgano concedente así como cualesquiera otras de comprobación y control finan-ciero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionalescomo comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejerciciode las actuaciones anteriores.

f) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayu-das, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Estacomunicación debe efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, conanterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

g) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la acti-vidad que sea objeto de subvención (publicaciones, anuncios, folletos y materialpublicitario en general, etc). A tales efectos, en todas las actividades subvenciona-das se hará constar expresamente la colaboración de la “Excma. DiputaciónProvincial de Zamora. Área de Agricultura y Ganadería”.

h) Proceder al reintegro de los fondos percibidos de conformidad con lo previs-to en la base decimocuarta.

Sexta.- Actividades subvencionables.1. Podrán ser objeto de subvención las explotaciones ganaderas de la provin-

cia de Zamora que cuenten con ejemplares de raza Zamorano-Leonesa y esténorientadas a la consecución de una producción ganadera sostenible y respetuosacon el medio ambiente, procuren unas condiciones adecuadas de higiene y bien-estar animal y fomenten la conservación y mejora de esta raza.

2. A dichos efectos se entenderá como ejemplar las burras, burresas y garaño-nes inscritos en el Libro Genealógico de la raza que se ajusten a los siguientes tér-minos:

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BURRA PARIDA• Haber parido una cría en el año 2011 que deberá estar correctamente identi-

ficada e inscrita en el Libro Genealógico de la raza. BURRESA DEL “PROYECTO RECRÍA”• Haber nacido en los años 2008, 2009 o 2010.• Tener una morfología y/o genealogía adecuada para pertenecer al “Proyecto

Recría”, según criterio de los técnicos veterinarios competentes en la materia.• Permanecer en la explotación del beneficiario hasta que cumplan, al menos,

3 años de edad. En caso de muerte, tendrán derecho a subvención siempre quese acredite mediante certificado veterinario emitido por ASZAL.

GARAÑÓN• Haber sido considerado por la Asociación de Criadores de ASZAL como

semental apto para uso público durante la temporada reproductiva 2011.• Tener una morfología y/o genealogía apta como mejorante de la raza, según

criterio de los Técnicos Veterinarios competentes en la materia.3. A estos efectos, las fechas de nacimiento, alta o baja serán las que figuren

en el Libro Genealógico de la raza. Séptima.- Solicitudes y documentación.1. La solicitud, que se formalizará mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr.

Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, podrá ajustarse almodelo que aparece como Anexo I y II de las presentes bases debiendo contener,en todo caso, los extremos recogidos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre).

2. Dicha solicitud debe ir acompañada de la documentación siguiente, debien-do remitirse la misma en original o copia compulsada:

a) Acreditación de la capacidad de obrar del beneficiario y, en su caso, de larepresentación con la que se actúa.

La acreditación de la capacidad de obrar de los solicitantes que fueren perso-nas jurídicas se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, ensu caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible con-forme a la legislación mercantil que sea aplicable.

Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante laescritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el queconstaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, enel correspondiente Registro Oficial.

Si el solicitante es persona física, acompañará el Documento Nacional deIdentidad.

b) Acreditación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para osten-tar la condición de beneficiario que señalan los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y el correlativo artículo 7.2y 7.3 de la vigente Ordenanza General de Subvenciones de esta Entidad, de con-formidad con lo previsto en la base cuarta, apartado tercero (Anexo IV).

c) Relación detallada de las subvenciones solicitadas y/o concedidas para lamisma actividad (Anexo III).

d) Ficha de Terceros (Anexo V), (solamente si no se ha entregado anteriormen-te en esta Administración o desean modificar los datos de la misma).

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e) Certificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con laSeguridad Social, emitido por el órgano competente.

f) En las burresas del “Proyecto Recría” que hubieran muerto antes de cumplirlos 3 años de edad, certificado veterinario emitido por ASZAL que acredite dichoaspecto.

g) Certificado de la Entidad Asociativa reconocida oficialmente para la llevanzadel libro genealógico de tener los animales inscritos en el mismo.

h) Certificado de la Asociación Nacional de Criadores de la Raza de estar inclui-do en un programa de conservación y/o mejora oficialmente aprobado.

i) Certificado de la Asociación Nacional de Criadores de la Raza de cumplir conlas normas de bienestar animal y llevar a cabo un programa sanitario en su explo-tación.

3. En el caso de que los documentos exigidos estuvieran en poder de laDiputación Provincial, el solicitante se podrá acoger a lo establecido en el apartado f)del artículo 35 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y Procedimiento Administrativo Común, siempre que se haga constar lafecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos,y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedi-miento al que correspondan.

En los supuestos de imposibilidad material de obtención del documento, elórgano competente podrá requerir al solicitante su presentación o, en su defecto,la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento,con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

4. Si la solicitud no reúne estos requisitos, se requerirá al interesado para quela subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días teniendo en cuentaque si no lo hiciese se le tiene por desistido de su solicitud, previa resolución quedeberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992,anteriormente citada.

Octava- Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles contados a

partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.Novena.- Lugar de presentación.Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General de esta Diputación

o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Décima.- Instrucción.1. La instrucción del procedimiento corresponde al Diputado Delegado del Área

de Agricultura y Ganadería.2. Las actividades de instrucción comprenderán la petición de cuantos informes

se estimen necesarios para resolver así como la evaluación de las solicitudes,determinando las cuantías individualizadas que corresponden a los beneficiarios.

3. La valoración de las solicitudes se efectuará por una Comisión de Evaluaciónque estará presidida por el Presidente de la Corporación, o Diputado Delegado enquien delegue, y actuarán como vocales el Jefe del Servicio de Agricultura yGanadería y el Técnico de Administración General adscrito a Secretaría General,o funcionarios en quienes cada uno de ellos deleguen. Actuará como Secretario,con voz pero sin voto, un funcionario con categoría Administrativa del Servicio deAgricultura y Ganadería, o funcionario en quien delegue.

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Si el Presidente lo estima oportuno, podrán incorporarse a la Comisión, con vozpero sin voto, otros expertos y asesores en la materia.

4. Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Evaluación deberá emitirinforme en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.

5. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión deEvaluación, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motiva-da, que será notificada a los interesados, concediéndose un plazo de diez díaspara presentar alegaciones.

Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimien-to ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que lasaducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formuladatendrá el carácter de definitiva.

7. Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se for-mulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o larelación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, ysu cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos paraefectuarla.

La propuesta de resolución definitiva, se notificará a los interesados que hayansido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción, para que en el plazode diez días comuniquen su aceptación.

Undécima.- Resolución. 1. Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, la Junta de Gobierno

de la Diputación Provincial resolverá el procedimiento.2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses

computados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentaciónde solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolu-ción, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administra-tivo la solicitud de concesión de la subvención.

3. En caso de dudas o errores sobre cualquier aspecto relativo a los animales obje-to de subvención, se consultará la información registrada en el Libro Genealógico dela Raza.

4. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdocon lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, realizándose la práctica de dichanotificación de conformidad con lo regulado en el artículo 59 de esta misma Ley.

5. La Diputación Provincial de Zamora publicará en el Boletín Oficial de laProvincia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el pro-grama y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedi-da y finalidad o finalidades de la subvención.

En el Boletín Oficial de la Provincia se publicará un extracto de la resolución porla que se ordena la publicación, indicando los lugares donde se encuentra expues-to su contenido íntegro.

No será necesaria esta publicación en dicho Boletín si los importes de las sub-venciones concedidas, individualmente consideradas, son de cuantía inferior a3.000 euros, en cuyo caso, la publicación de los extremos relatados anteriormentese efectuará en el tablón de anuncios.

6. La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa, pudiendointerponerse contra la misma los siguientes recursos:

- Recurso de reposición, potestativamente, ante el mismo órgano provincial quedictó el acto impugnado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a

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la recepción de la notificación, en la forma y con los requisitos previstos en al Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Recurso contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interpo-ner previamente el recurso de reposición), ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguien-te a la recepción de la presente notificación, en la forma y con los requisitos exigi-dos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se hubiera interpuesto recurso de reposición y no se ha recibido resoluciónexpresa de dicho recurso en el plazo de un mes, computado desde el día siguienteal de su interposición, éste se tendrá por desestimado, pudiendo interponerse recur-so contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo deZamora, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio,reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de seismeses, a contar desde el día siguiente a aquél en que la Diputación tendría quehaber resuelto el recurso de reposición.

- Cualquier otro que se estime procedente.Duodécima.- Cuantía y compatibilidad de la ayuda.1. Las ayudas previstas en la presente convocatoria serán compatibles con

cualquier otra que para la misma finalidad pudieran establecer otrasAdministraciones Públicas u otros entes públicos o privados, nacionales, de laUnión Europea o de organismos internacionales.

2. La ayuda concedida al amparo de esta convocatoria corresponde al periodoanual de 2011 y consistirá en una subvención de:

• Burra parida: Hasta 300 €.• Burresa “proyecto recría”: Hasta 300 €.• Garañón: Hasta 325 €.3. Estas cuantías son importes máximos. En el caso de que el número de ani-

males objeto de subvención sea tal que no permita alcanzar el importe máximo decada concepto según la cuantía destinada a esta subvención, se reducirán propor-cionalmente los límites económicos establecidos.

Decimotercera- Pago.El pago se hará efectivo de una sola vez y en todo caso una vez que quede

acreditada la concurrencia de la situación que motiva la concesión, que servirá dejustificación de la subvención

Decimocuarta.- Reintegro de la ayuda. 1. Existirá obligación de devolver las cantidades percibidas en el supuesto de

declaración judicial o administrativa de nulidad o anulación de la resolución de laconcesión de la subvención, de conformidad con lo previsto en el artículo 22 de laOrdenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial.

2. Procede igualmente el reintegro, total o parcial, de las cantidades percibidasy la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pagode la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro enlos siguientes casos:

a) Obtención de la ayuda falseando las condiciones requeridas para ello u ocul-tando aquéllas que lo hubieran impedido.

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b) Incumplimiento total o parcial de la actividad para la que se concede la sub-vención o ejecutarla fuera de plazo.

c) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comproba-ción y control financiero así como el incumplimiento de las obligaciones contables,registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibi-lidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del obje-tivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas o la concurrenciade subvenciones para la misma finalidad.

d) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Diputación Provincial deZamora a los beneficiarios así como de los compromisos asumidos por éstos conmotivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran almodo en que se ha de realizar la actividad.

e) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Diputación Provincial deZamora a los beneficiarios así como de los compromisos asumidos por éstos, conmotivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ellose derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, elcumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencio-nadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para lamisma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos oprivados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

f) La adopción en virtud de lo establecido en los artículos 87 a 89 del Tratadode la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad de rein-tegro.

g) Incumplimiento de las demás obligaciones previstas en las presentes bases.3. La obligación de reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y de los

correspondientes intereses de demora, es independiente de las sanciones que, ensu caso, resulten exigibles.

Decimoquinta.- Inspección, control y seguimiento.La Diputación podrá, por las personas designadas al efecto, solicitar cualquier

información o documentación, así como efectuar visitas o pruebas de paternidadpara comprobar cualquier extremo relacionado con la actuación para la que se con-cede la subvención, en cualquier momento de su ejecución.

Decimosexta.- Normativa aplicable. La presente convocatoria de subvenciones se rige por lo dispuesto en la Ley

38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (BOE n.º 276 de 18 denoviembre), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba elReglamento de la citada Ley, la Ordenanza General de Subvenciones de estaDiputación Provincial (Boletín Oficial de la Provincia n.º 60, de 19 de mayo de2004), las bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial para elejercicio 2012 así como lo previsto en estas bases.

Zamora, 2 de julio de 2012.-El Presidente, Fernando Martínez Maíllo.

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ANEXO I: SOLICITUD SUBVENCIÓN

Datos de identificación de la subvención ÁREA GESTORA: Finalidad de la subvención: Importe solicitado: Importe

presupuesto: Importe o porcentaje de compromiso aportación:

Convocatoria: Nº. BOP: Fecha BOP:

Datos de Identificación del beneficiario N.I.F.: NOMBRE DEL BENEFICIARIO: Dirección:

Municipio/Provincia:

Datos bancarios para ingreso (20 dígitos): Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail:

Datos de identificación del representante( cuando el solicitante sea una razón social, Entidad u organismo) NOMBRE DEL REPRESENTANTE:

Cargo o representación:

Dirección: Municipio/Provincia:

Dirección a efecto de notificaciones: Municipio/Provincia:

Código Postal: Fax: e-mail:

Relación de documentos aportados por el beneficiario (señale con una X la documentación que acompaña a la solicitud): � Fotocopia del NIF/CIF del beneficiario � Documento que acredite la personalidad del solicitante, y en su caso, la representación (copia de la Escritura de constitución o modificación, copia del Acta fundacional y Estatutos, etc) � Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada

� Certificado expedido por el órgano competente, de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarios y para con la Seguridad Social � Ficha de Terceros.

� Relación de animales por los que solicita ayuda.

� Certificados de tener los animales inscritos en Libro Genealógico y de estar incluidos en un programa de conservación y/o mejora. Observaciones/Otra documentación aportada: Por todo lo cual, reúno todos los requisitos solicitados en las Bases y SOLICITO la concesión previos los trámites pertinentes, de una ayuda económica por el importe reseñado, al objeto de poder realizar las actividades indicadas.

En ______________, a ____ de __________________ 20__

EL PETICIONARIO

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO II: RELACION DE ANIMALES POR LOS QUE SOLICITA AYUDA D.____________________________________________________________ con D.N.I: nº __________________________ titular de la explotación ganadera CEA _______________________ con ejemplares de raza Zamorano-Leonesa inscritos en el Libro Genealógico, de conformidad con lo establecido en la base sexta.

CONCEPTO (Marque con una X la casilla que corresponda) Nº Microchip

Fecha de Nacimiento

PARIDA* RECRÍA GARAÑÓN

*En PARIDAS, se indicará el nº de microchip y la fecha de nacimiento de la MADRE

Zamora, a ____ de ________________ de 2012.

(Firma del solicitante)

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ANEXO III: DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS SOLICITADAS Y/U OBTENIDAS PARA LA MISMA FINALIDAD QUE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA

D...........................................................................................................................................,con D.N.I. .........................., con domicilio en ......................................................................................, localidad ..........................................................................................., en concepto de titular de la explotación ganadera titulares de explotaciones ganaderas y destinadas al fomento de sistemas extensivos de producción de la raza Zamorano-Leonesa, autóctona de la provincia de Zamora y catalogada como “de protección especial”. DECLARO � SI/ � NO HABER SOLICITADO O RECIBIDO OTRAS AYUDAS PARA EL PROYECTO OBJETO DE SOLICITUD. Y para que así conste a los efectos oportunos firmo la presente declaración en

Zamora, ............ de ....................... de 20 ............

Fdo.: ............................................

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO IV: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ACREDITATIVA DE QUE LA PERSONA ABAJO FIRMANTE NO ESTÁ INCURSA EN LAS PROHIBICIONES PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO DE SUBVENCIONES, ESTABLECIDAS EN LOS APARTADOS 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE GENERAL DE SUBVENCIONES D.______________________________________________________________ con DNI nº _______________ como propietario de ejemplares de la raza asnal Zamorano-Leonesa enterado de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia nº _____, de fecha ____________, de la “Convocatoria de Subvenciones DESTINADAS AL FOMENTO DE SISTEMAS EXTENSIVOS BASADOS EN LA PRODUCCION DE LA RAZA ZAMORANO-LEONESA y estando interesado en la obtención de una ayuda económica con cargo a los créditos que destina a tal fin esa Corporación DECLARA: 1.- No haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. 2.- No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, no estar sujetas a intervención judicial o no haber sido inhabilitadas conforme a la ley concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. 3.- No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. 4.- No estar incursas quienes ostenten la representación legal de las entidades en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. 5.- No haber sido sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria. 6.- No estar incursa en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. 7.- No estar incurso en procedimientos de cobro en vía de apremio de deudas contraídas con esta Diputación Provincial 8.- Que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud. En ,_______________________ a __de__________________ de 20__ .

Firma del peticionario Ante mí,

Fdo.: Fdo.:____________________ NOTA: Según lo previsto en el art. 13.7 LGS y 11.3b) Ordenanza, esta declaración responsable podrá otorgarse ante cualquier autoridad administrativa (Secretario de la Entidad Local, Secretario de la Excma. Diputación de Zamora, …) o notario público.

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ANEXO V

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III. Administración LocalDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORASERVICIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de sistemas extensivos basados en la producción

de razas bovinas Alistana-Sanabresa y SayaguesaPrimera.- Objeto.El objeto de la presente convocatoria es la regulación de la concesión de ayu-

das, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a titulares de explotacionesganaderas destinadas al fomento de sistemas extensivos de producción de lasrazas Alistana-Sanabresa y Sayaguesa, autóctonas de la provincia de Zamora ycatalogadas como “en peligro de extinción”.

Segunda.- Finalidad.La concesión de esta subvención tiene como finalidad fomentar sistemas exten-

sivos de producción sostenibles y respetuosos con el medio natural, así como con-tribuir a la conservación del patrimonio genético provincial aportado por las razasautóctonas Alistana-Sanabresa y Sayaguesa.

Tercera.- Cuantía y partida presupuestaria.La cuantía total máxima de esta ayuda ascenderá a la cantidad de 119.000 €,

que se imputará a la partida presupuestaria 410.0 480.00 del Presupuesto Generalde la Excma. Diputación Provincial para el año 2012. Dicha cantidad podrá variarmediante las oportunas modificaciones presupuestarias debidamente autorizadas.

Cuarta.- Requisitos para obtener la condición de beneficiario.El beneficiario deberá cumplir los siguientes requisitos:1. Ser titular de una explotación ganadera ubicada en la provincia de Zamora,

registrada conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo,por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas yque cuente con reproductores de raza Alistana-Sanabresa o Sayaguesa inscritosen el Libro Genealógico de la raza, de conformidad con lo establecido en la basesexta.

2. Aplicar en sus explotaciones un sistema de gestión que contemple funcionesproductivas, medioambientales y sociales de la ganadería.

3. Proporcionar condiciones higiénico-sanitarias acordes con la legislaciónvigente y mantener cargas ganaderas que favorezcan el bienestar y salubridad delos animales y sean respetuosas con el medio ambiente. La idoneidad de dichascondiciones se ajustará a los criterios que los técnicos veterinarios competentes enla materia consideren oportunos.

4. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas personas o entida-des en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y elcorrelativo artículo 7.2 y 7.3 de la vigente Ordenanza General de Subvenciones dela Excma. Diputación Provincial.

5. La justificación por parte de las personas de no estar incursas en las prohi-biciones para obtener la condición de beneficiario podrá realizarse mediante testi-

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monio judicial, certificados telemáticos o transmisiones de datos, de acuerdo conlo establecido en la normativa reglamentaria que regule la utilización de técnicaselectrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado ode la Comunidad Autónoma, o certificación administrativa, según los casos.Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente,podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridadadministrativa o notario público (Anexo II).

Quinta.- Obligaciones de los beneficiarios.Serán obligaciones de los beneficiarios: a) Criar en pureza los ejemplares de raza Alistana-Sanabresa o Sayaguesa

para los que se solicita la subvención. b) Aplicar en sus explotaciones un programa de conservación o mejora de la

raza autóctona oficialmente aprobado.c) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y con-

diciones y la realización de la actividad que determinen la concesión o disfrute dela subvención.

Esta justificación se realizará mediante la presentación de la documentaciónque se establece en las letras de la a) a la i) de la base séptima, apartado segun-do, de las presentes bases.

d) Someterse a las actuaciones de comprobación que, en su caso, efectúe elórgano concedente así como cualesquiera otras de comprobación y control finan-ciero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionalescomo comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejerciciode las actuaciones anteriores.

e) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayu-das, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Estacomunicación debe efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, conanterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

f) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la acti-vidad que sea objeto de subvención (publicaciones, anuncios, folletos y materialpublicitario en general, etc). A tales efectos, en todas las actividades subvenciona-das se hará constar expresamente la colaboración de la “Excma. DiputaciónProvincial de Zamora. Área de Agricultura y Ganadería”.

g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos de conformidad con lo previs-to en la base decimocuarta.

Sexta.- Actividades subvencionables.1. Podrán ser objeto de subvención las explotaciones ganaderas de la provin-

cia de Zamora que cuenten con ejemplares de raza Alistana-Sanabresa oSayaguesa y estén orientadas a la consecución de una producción ganadera sos-tenible y respetuosa con el medio ambiente, procuren unas condiciones adecua-das de higiene y bienestar animal y fomenten la conservación y mejora de estasrazas.

2. A dichos efectos se entenderá como ejemplar las vacas, toros y novillas ins-critos en el Libro Genealógico de la raza que se ajusten a los siguientes términos:

VACAS PARIDAS• Edad: Mayor o igual a 2 años (nacidas antes de 2010).• Permanencia en la explotación: Hasta 01/09/11.

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• Cría en pureza: Tener al menos un hijo/a inscrito en el libro genealógico de laraza en el periodo que incluye la presente ayuda (2/09/2010-01/09/2011)

TOROS• Edad: Mayor o igual a 15 meses (nacidos antes de octubre de 2010).• Permanencia en la explotación: Hasta 01/09/11.• Número máximo de toros: 1 toro por cada, como máximo, 30 vacas, estable-

ciéndose un límite de 3 toros por beneficiario. NOVILLAS• Explotación de nacimiento: La del beneficiario. En caso de que el beneficiario

sea titular de más de un C.E.A., deberá indicarlo expresamente en la solicitud.• Edad: Entre 6 y 24 meses (nacidas durante todo 2010 y primer semestre de

2011).• La salida de la explotación siempre será con destino VIDA. 3. Las fechas de nacimiento, alta o baja serán las que figuren en los

Documentos de Identificación Bovino (D.I.B.). 4. No se contemplarán los animales muertos en explotación ni los desapareci-

dos.Séptima.- Solicitudes y documentación.1. La solicitud, que se formalizará mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr.

Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, podrá ajustarse almodelo que aparece como Anexo I y II de las presentes bases debiendo contener,en todo caso, los extremos recogidos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre).

2. Dicha solicitud debe ir acompañada de la documentación siguiente, debien-do remitirse la misma en original o copia compulsada:

a) Acreditación de la capacidad de obrar del beneficiario y, en su caso, de larepresentación con la que se actúa.

La acreditación de la capacidad de obrar de los solicitantes que fueren perso-nas jurídicas se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, ensu caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible con-forme a la legislación mercantil que sea aplicable.

Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante laescritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el queconstaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, enel correspondiente Registro Oficial.

Si el solicitante es persona física, acompañará el Documento Nacional deIdentidad.

b) Acreditación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para osten-tar la condición de beneficiario que señalan los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y el correlativo artículo 7.2y 7.3 de la vigente Ordenanza General de Subvenciones de esta Entidad, de con-formidad con lo previsto en la base cuarta, apartado cuarto (Anexo IV).

c) Relación detallada de las subvenciones solicitadas y/o concedidas para lamisma actividad (Anexo III).

d) Ficha de Terceros (Anexo V), (solamente si no se ha entregado anteriormen-te en esta Administración o desean modificar los datos de la misma).

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e) Certificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con laSeguridad Social, emitido por el órgano competente.

f) Censo “por pertenencia” a fecha de 01/09/11, según base de datosSIMOCYL. Este censo deberá estar ordenado por número de crotal COMPLETO(orden alfa-numérico) e indicar en el apartado sexo: “TODOS”.

g) En el caso de novillas que hayan salido de la explotación, se deberá aportarrastreo individual.

h) Certificado de la Entidad Asociativa reconocida oficialmente para la llevanzadel libro genealógico de tener los animales, para los que solicita la ayuda, inscritosen el mismo.

i) Para las vacas paridas, certificado de la Entidad Asociativa reconocida oficial-mente para la llevanza del libro genealógico de la raza de haber inscrito algúnhijo/a de ese animal durante el periodo comprendido en la presente ayuda(02/09/2010-01/09/2011).

3. En el caso de que los documentos exigidos estuvieran en poder de laDiputación Provincial, el solicitante se podrá acoger a lo establecido en el aparta-do f) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, siempre que sehaga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, ensu caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde lafinalización del procedimiento al que correspondan.

En los supuestos de imposibilidad material de obtención del documento, elórgano competente podrá requerir al solicitante su presentación o, en su defecto,la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento,con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

4. Si la solicitud no reúne estos requisitos, se requerirá al interesado para quela subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días teniendo en cuentaque si no lo hiciese se le tiene por desistido de su solicitud, previa resolución quedeberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992,anteriormente citada.

Octava.- Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles conta-

dos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de laProvincia.

Novena.- Lugar de presentación.Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General de esta Diputación

o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

Décima.- Instrucción.1. La instrucción del procedimiento corresponde al Diputado Delegado del Área

de Agricultura y Ganadería.2. Las actividades de instrucción comprenderán la petición de cuantos informes

se estimen necesarios para resolver así como la evaluación de las solicitudes,determinando las cuantías individualizadas que corresponden a los beneficiarios.

3. La valoración de las solicitudes se efectuará por una Comisión de Evaluaciónque estará presidida por el Presidente de la Corporación, o Diputado Delegado en

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quien delegue, y actuarán como vocales el Jefe del Servicio de Agricultura yGanadería y el Técnico de Administración General adscrito a Secretaría General,o funcionarios en quienes cada uno de ellos deleguen. Actuará como Secretario,con voz pero sin voto, un funcionario con categoría Administrativa del Servicio deAgricultura y Ganadería, o funcionario en quien delegue.

Si el Presidente lo estima oportuno, podrán incorporarse a la Comisión, con vozpero sin voto, otros expertos y asesores en la materia.

4. Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Evaluación deberá emitirinforme en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.

5. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión deEvaluación, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motiva-da, que será notificada a los interesados, concediéndose un plazo de diez díaspara presentar alegaciones.

Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimien-to ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que lasaducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formuladatendrá el carácter de definitiva.

6. Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se for-mulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o larelación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, ysu cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos paraefectuarla.

La propuesta de resolución definitiva, se notificará a los interesados que hayansido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción, para que en el plazode diez días comuniquen su aceptación.

Undécima.- Resolución. 1. Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, la Junta de Gobierno

de la Diputación Provincial resolverá el procedimiento.2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses

computados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentaciónde solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolu-ción, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administra-tivo la solicitud de concesión de la subvención.

3. En caso de dudas o errores sobre cualquier aspecto relativo a los animalesobjeto de subvención, se consultará la información registrada en los LibrosGenealógicos de las Razas y en la base de datos SIMOCYL.

4. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdocon lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, realizándose la práctica de dichanotificación de conformidad con lo regulado en el artículo 59 de esta misma Ley.

5. La Diputación Provincial de Zamora publicará en el Boletín Oficial de laProvincia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el pro-grama y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedi-da y finalidad o finalidades de la subvención.

En el Boletín Oficial de la Provincia se publicará un extracto de la resolución porla que se ordena la publicación, indicando los lugares donde se encuentra expues-to su contenido íntegro.

No será necesaria esta publicación en dicho Boletín si los importes de las sub-venciones concedidas, individualmente consideradas, son de cuantía inferior a

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3.000 euros, en cuyo caso, la publicación de los extremos relatados anteriormentese efectuará en el tablón de anuncios.

6. La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa, pudiendointerponerse contra la misma los siguientes recursos:

- Recurso de reposición, potestativamente, ante el mismo órgano provincial quedictó el acto impugnado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente ala recepción de la notificación, en la forma y con los requisitos previstos en al Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Recurso contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interpo-ner previamente el recurso de reposición), ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguien-te a la recepción de la presente notificación, en la forma y con los requisitos exigi-dos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se hubiera interpuesto recurso de reposición y no se ha recibido resoluciónexpresa de dicho recurso en el plazo de un mes, computado desde el día siguienteal de su interposición, éste se tendrá por desestimado, pudiendo interponerse recur-so contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo deZamora, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio,reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de seis meses,a contar desde el día siguiente a aquél en que la Diputación tendría que haber resuel-to el recurso de reposición.

- Cualquier otro que se estime procedente.Duodécima.- Cuantía y compatibilidad de la ayuda.1. Las ayudas previstas en la presente convocatoria serán compatibles con cual-

quier otra que para la misma finalidad pudieran establecer otras AdministracionesPúblicas u otros entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o deorganismos internacionales.

2. La ayuda concedida al amparo de esta convocatoria corresponde al periodoanual de 2011 y consistirá en una subvención de:

• Vaca parida: Hasta 60 €.• Toro: Hasta 180 €.• Novilla: Hasta 100 €.3. Estas cuantías son importes máximos. En el caso de que el número de ani-

males objeto de ayuda sea tal que no permita alcanzar el importe máximo de cadaconcepto según la cuantía destinada a esta subvención, se reducirán proporcional-mente los límites económicos establecidos.

Decimotercera- Pago.El pago se hará efectivo de una sola vez y en todo caso una vez que quede

acreditada la concurrencia de la situación que motiva la concesión, que servirá dejustificación de la ayuda.

Decimocuarta.- Reintegro de la ayuda. 1. Existirá obligación de devolver las cantidades percibidas en el supuesto de

declaración judicial o administrativa de nulidad o anulación de la resolución de laconcesión de la subvención, de conformidad con lo previsto en el artículo 22 de laOrdenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial.

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2. Procede igualmente el reintegro, total o parcial, de las cantidades percibidasy la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pagode la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro enlos siguientes casos:

a) Obtención de la ayuda falseando las condiciones requeridas para ello u ocul-tando aquéllas que lo hubieran impedido.

b) Incumplimiento total o parcial de la actividad para la que se concede la sub-vención o ejecutarla fuera de plazo.

c) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comproba-ción y control financiero así como el incumplimiento de las obligaciones contables,registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibi-lidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del obje-tivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas o la concurrenciade subvenciones para la misma finalidad.

d) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Diputación Provincial deZamora a los beneficiarios así como de los compromisos asumidos por éstos conmotivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran almodo en que se ha de realizar la actividad.

e) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Diputación Provincial deZamora a los beneficiarios así como de los compromisos asumidos por éstos, conmotivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ellose derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, elcumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencio-nadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para lamisma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos oprivados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

f) La adopción en virtud de lo establecido en los artículos 87 a 89 del Tratadode la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad de rein-tegro.

g) Incumplimiento de las demás obligaciones previstas en las presentes bases.3. La obligación de reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y de los

correspondientes intereses de demora, es independiente de las sanciones que, ensu caso, resulten exigibles.

Decimoquinta.- Inspección, control y seguimiento.La Diputación podrá, por las personas designadas al efecto, solicitar cualquier

información o documentación, así como efectuar visitas o pruebas de paternidadpara comprobar cualquier extremo relacionado con la actuación para la que se con-cede la subvención, en cualquier momento de su ejecución.

Decimosexta.- Normativa aplicable. La presente convocatoria de subvenciones se rige por lo dispuesto en la Ley

38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (BOE n.º 276 de 18 denoviembre), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba elReglamento de la citada Ley, la Ordenanza General de Subvenciones de estaDiputación Provincial (Boletín Oficial de la Provincia n.º 60, de 19 de mayo de2004), las bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial para elejercicio 2012 así como lo previsto en estas bases.

Zamora, 2 de julio de 2012.-El Presidente, Fernando Martínez Maíllo.

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ANEXO I: SOLICITUD SUBVENCIÓN

Datos de identificación de la subvención ÁREA GESTORA: Finalidad de la subvención: Importe solicitado: Importe

presupuesto: Importe o porcentaje de compromiso aportación:

Convocatoria: Nº. BOP: Fecha BOP:

Datos de Identificación del beneficiario N.I.F.: NOMBRE DEL BENEFICIARIO: Dirección:

Municipio/Provincia:

Datos bancarios para ingreso (20 dígitos): Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail:

Datos de identificación del representante( cuando el solicitante sea una razón social, Entidad u organismo) NOMBRE DEL REPRESENTANTE:

Cargo o representación:

Dirección: Municipio/Provincia:

Dirección a efecto de notificaciones: Municipio/Provincia:

Código Postal: Fax: e-mail:

Relación de documentos aportados por el beneficiario (señale con una X la documentación que acompaña a la solicitud): � Fotocopia del NIF/CIF del beneficiario � Documento que acredite la personalidad del solicitante, y en su caso, la representación (copia de la Escritura de constitución o modificación, copia del Acta fundacional y Estatutos, etc) � Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada

� Certificado expedido por el órgano competente, de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarios y para con la Seguridad Social � Ficha de Terceros.

� Relación de animales por los que solicita ayuda, y censo por pertenencia según base datos SIMOCYL

� Certificado animales inscritos en el Libro Genealógico y de participar en programas de conservación y mejora

� Para vacas paridas, certificado de hijos/as inscritos en el Libro Genealógico en el periodo que comprende la ayuda

Observaciones/Otra documentación aportada:

Por todo lo cual, reúno todos los requisitos solicitados en las Bases y SOLICITO la concesión previos los trámites pertinentes, de una ayuda económica por el importe reseñado, al objeto de poder realizar las actividades indicadas.

En ______________, a ____ de __________________ 20__

EL PETICIONARIO

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO II

RELACIÓN DE EJEMPLARES DE RAZA ____________________ INSCRITOS EN EL LIBRO GENEALOGICO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA BASE 6ª

�D._________________________________________________________________

con D.N.I: nº __________________________ titular de la explotación ganadera

CEA _______________________ con ejemplares de raza bovina Alistana-sanabresa y/o Sayaguesa inscritos en el Libro Genealógico, de conformidad con lo establecido en la base sexta.

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VACAS PARIDAS(Número de crotal)

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TOROS (Número de crotal)

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NOVILLAS (Número de crotal)

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ANEXO III: DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS SOLICITADAS Y/U OBTENIDAS PARA LA MISMA FINALIDAD QUE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA

D. .........................................................................................................................................., con

D.N.I. .........................., con domicilio en ......................................................................................,

localidad ..........................................................................................., en concepto de titular de la explotación ganadera titulares de explotaciones ganaderas y destinadas al fomento de sistemas extensivos de producción de la raza Alistana-Sanabresa y Sayaguesa, autóctona de la provincia de Zamora y catalogada como “de protección especial”.

DECLARO

� SI/ � NO HABER SOLICITADO O RECIBIDO OTRAS AYUDAS PARA EL PROYECTO OBJETO DE SOLICITUD.

Y para que así conste a los efectos oportunos firmo la presente declaración en

Zamora, ............ de ....................... de 20 ............

Fdo.: ............................................

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO IV: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ACREDITATIVA DE QUE LA PERSONA ABAJO FIRMANTE NO ESTÁ INCURSA EN LAS PROHIBICIONES PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO DE SUBVENCIONES, ESTABLECIDAS EN LOS APARTADOS 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE GENERAL DE SUBVENCIONES

D.______________________________________________________________ con DNI nº _______________ como propietario de ejemplares de las razas bovinas Alistana-sanabresa/ Sayaguesa enterado de la publicación

en el Boletín Oficial de la Provincia nº _____, de fecha ____________, de la “Convocatoria de Subvenciones DESTINADAS AL FOMENTO DE SISTEMAS EXTENSIVOS BASADOS EN LA PRODUCCION DE LA RAZA ALISTANA-SANABRESA Y SAYAGUESA y estando interesado en la obtención de una ayuda económica con cargo a los créditos que destina a tal fin esa Corporación

DECLARA: 1.- No haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener

subvenciones o ayudas públicas. 2.- No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declaradas insolventes en cualquier

procedimiento, no hallarse declarados en concurso, no estar sujetas a intervención judicial o no haber sido inhabilitadas conforme a la ley concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

3.- No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

4.- No estar incursas quienes ostenten la representación legal de las entidades en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.

5.- No haber sido sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria.

6.- No estar incursa en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

7.- No estar incurso en procedimientos de cobro en vía de apremio de deudas contraídas con esta Diputación Provincial

8.- Que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud. En ,_______________________ a __de__________________ de 20__ . Firma del peticionario Ante mí, Fdo.: Fdo.:____________________ NOTA: Según lo previsto en el art. 13.7 LGS y 11.3b) Ordenanza, esta declaración responsable podrá otorgarse ante cualquier autoridad

administrativa��

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ANEXO V

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III. Administración LocalDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORASERVICIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades locales de la provincia de Zamora de menos

de 5.000 habitantes en materia de ferias, concursos y exposiciones de ganado durante el ejercicio 2012

Primera.- Objeto.El objeto de la presente convocatoria es la regulación de la concesión de ayudas,

en régimen de concurrencia competitiva, a municipios u otras entidades Locales demenos de 5.000 habitantes de la provincia de Zamora, para la celebración de ferias,concursos y exposiciones de ganado durante el ejercicio 2012.

Segunda.- Finalidad.La concesión de estas ayudas tendrá como finalidad la cooperación por parte

de la Excma. Diputación Provincial, al fomento del desarrollo económico y socialde la provincia, apoyando con carácter específico la celebración de ferias, concur-sos y exposiciones de carácter ganadero y tratando así de promover la celebraciónde encuentros entre los diversos agentes del sector y mejorar este medio.

Tercera.- Cuantía y partida presupuestaria.La cuantía total máxima de esta subvención ascenderá a la cantidad de 20.000 €,

que se imputará a la partida presupuestaria 410.0 462.00 del Presupuesto General dela Excma. Diputación Provincial para el año 2012.

Cuarta.- Requisitos para obtener la condición de beneficiario.1.-Podrán ser beneficiarios de esta ayuda los Municipios u otras Entidades

Locales de menos de 5.000 habitantes de la provincia de Zamora.2.-Será necesario que realicen alguna actividad considerada como subvencio-

nable, de conformidad con lo previsto en la base sexta. 3.-No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas entidades en quie-

nes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 7.2 de la vigen-te Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial.

La justificación por parte de las entidades de no estar incursas en las prohibicionespara obtener la condición de beneficiario podrá realizarse mediante testimonio judicial,certificados telemáticos o transmisiones de datos, de acuerdo con lo establecido en lanormativa reglamentaria que regule la utilización de técnicas electrónicas, informáticasy telemáticas por la Administración General del Estado o de la Comunidad Autónoma,o certificación administrativa, según los casos y cuando dicho documento no pueda serexpedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración respon-sable otorgada ante una autoridad administrativa o notario público.

Quinta.- Obligaciones de los beneficiarios.Serán obligaciones de los beneficiarios:a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en el periodo

comprendido desde el 1 de enero al 31 de octubre de 2012.

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b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y con-diciones, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que deter-minen la concesión o disfrute de la subvención.

c) Someterse a actuaciones de comprobación que, en su caso, efectúe el órga-no concedente así como cualesquiera otras de comprobación y control financieroque puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales comocomunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de lasactuaciones anteriores.

d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayu-das, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Estacomunicación debe efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, conanterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesiónque se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y fren-te a la Seguridad Social.

f) Disponer de libros contables, registros diligenciados y demás documentosdebidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sec-torial aplicable al beneficiario, con la finalidad de garantizar el adecuado ejerciciode las facultades de comprobación y control.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibi-dos en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la acti-vidad que sea objeto de subvención. Se hará constar, en las actividades subven-cionadas, la colaboración de la Excma. Diputación Provincial de Zamora. Área deAgricultura y Ganadería. En las publicaciones, anuncios, folletos o material publici-tario en general, subvencionado por esta Administración, deberá hacerse constarexpresamente la colaboración de esta Institución provincial.

i) Proceder, en su caso, al reintegro de los fondos percibidos de conformidadcon lo previsto en la base decimoséptima.

Sexta.- Actividades subvencionables.1.- Se consideran actividades subvencionables: a) Equipamiento del espacio destinado a la celebración de la feria o certamen

expositivo de carácter ganaderob) Publicidad y divulgación de la feria, concurso o exposición, debiendo tener

en cuenta a estos efectos lo dispuesto en la h) de la base anterior. c) Premios otorgados con motivo de la feria, concurso o exposición (como máxi-

mo se subvencionara en este concepto 30% de la subvención concedida).d) Gastos de transporte y manutención de los animales.2.- No serán subvencionables las siguientes actividades:a) Las que constituyan inversiones reales o de carácter permanente.b) Las que tengan como objetivos:* Financiar el funcionamiento de la entidad. * Promocionar a la Entidad en sí misma.* Realizar publicaciones de difusión de las actividades propias de la entidad.c) Los gastos en materia de restauración, así como de todo tipo de espectáculos.Séptima.- Solicitudes y documentación. 1.- La solicitud, que se formalizará mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr.

Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, podrá ajustarse al

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modelo que aparece como Anexo I de las presentes bases debiendo conteneren todo caso los extremos recogidos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre).

2.- Dicha solicitud debe ir acompañada de la documentación siguiente,debiendo remitirse la misma en original o copia compulsada:

a) Acreditación de la capacidad de obrar del beneficiario y, en su caso, de la representación con la que se actúa.

Se acreditará mediante certificado expedido por el Secretario-Interventor oSecretario de la Entidad Local correspondiente.

b) Acreditación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones paraostentar la condición de beneficiario que señala el artículo 7.2 de la vigenteOrdenanza General de Subvenciones de esta entidad, de conformidad con loprevisto en la base cuarta, apartado tercero (Anexo V).

c) Memoria, informe, estudio o proyecto de la actividad para la que se solici-ta la subvención con indicación del programa o calendario previstos y especifi-cando los criterios de valoración establecidos en la base décima, apartado ter-cero.

d) Presupuesto de gastos e) Relación detallada de las subvenciones solicitadas y/o concedidas para la

misma actividad (Anexo II).f) Certificación del acuerdo de solicitud de la ayuda adoptado por el órgano

competente de la Corporación y el compromiso de realización de la actividadsubvencionada.

g) Ficha de Terceros (Anexo VII), (solamente si no se ha entregado anterior-mente en esta Administración o desean modificar los datos de la misma).

h) Certificación acreditativa, expedida por el órgano competente, de hallarseal corriente de sus obligaciones tributarias Y con la Seguridad Social.

3.- En el caso de que los documentos exigidos estuvieran en poder de laDiputación Provincial, el solicitante se podrá acoger a lo establecido en el apar-tado f) del artículo 35 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, siempre quese haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentadoso, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco añosdesde la finalización del procedimiento al que correspondan.

En los supuestos de imposibilidad material de obtención del documento, elórgano competente podrá requerir al solicitante su presentación o, en su defec-to, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el docu-mento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

4.- Será posible la sustitución de la presentación de los documentos reseña-dos en las letras a), b), y f) del apartado segundo de esta base por una decla-ración responsable del solicitante, en cuyo caso con anterioridad a la propues-ta de resolución de concesión de la subvención se requerirá la presentación dela documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en dichadeclaración, en un plazo no superior a quince días.

5.- Si la solicitud no reúne estos requisitos se requerirá al interesado paraque la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días teniendo encuenta que si no lo hiciese se le tiene por desistido de su solicitud, previa reso-lución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de laLey 30/1992, anteriormente citada.

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Octava.- Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de quince días habiles conta-

dos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de laProvincia.

Novena.- Lugar de presentación.Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General de esta Diputación o

por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.Décima.- Instrucción.1.- La instrucción del procedimiento corresponde al Diputado Delegado del

Área de Agricultura y Ganadería.2.- Las actividades de instrucción comprenderán la petición de cuantos infor-

mes se estimen necesarios para resolver así como la evaluación de las solicitudes,determinando las cuantías individualizadas que corresponden a los beneficiarios.

3.- Para la determinación de dichas cuantías se valorará el ámbito territorial delas actuaciones y programas y se dará una valoración prioritaria a los solicitantesque presenten programas integrados.

A estos efectos la valoración de los programas se realizará atendiendo a lossiguientes criterios de valoración:

a) Número de expositores concurrentes a la actividad: - Menos de 30 expositores: 1 punto.- 30 expositores o más: 2 puntos.- Si además persigue fundamentalmente promocionar razas autóctonas en peli-

gro de extinción, se añadirá a lo anterior hasta 2 puntos.b) Carácter de la actividad:- Municipal: 1 punto.- Comarcal: 1,5 punto.- Provincial o interprovincial: 2 puntos.4.- La valoración de las solicitudes se efectuará por una Comisión de Evaluación,

que estará presidida por el Presidente de la Corporación o Diputado delegado enquien delegue y actuarán como vocales el Jefe del Servicio de Agricultura yGanadería y el Técnico de Administración General adscrito a Secretaría General, ofuncionarios en quienes cada uno de ellos deleguen. Actuará como Secretario, convoz pero sin voto, un funcionario con categoría Administrativa del Servicio deAgricultura y Ganadería o funcionario en quien delegue.

Si el Presidente lo estima oportuno, podrán incorporarse a la Comisión, con vozpero sin voto, otros expertos y asesores en la materia.

5.- Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Evaluación deberá emitirinforme en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión deEvaluación, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motiva-da, que será notificada a los interesados, concediéndose un plazo de diez díaspara presentar alegaciones.

Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimien-to ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que lasaducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formuladatendrá el carácter de definitiva.

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Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se for-mulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o larelación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, ysu cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos paraefectuarla.

La propuesta de resolución definitiva, se notificará a los interesados que hayansido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción, para que en el plazode diez días comuniquen su aceptación.

Undécima.- Resolución.1.- Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, la Junta de

Gobierno Local resolverá el procedimiento en virtud de la delegación de competen-cias efectuada por la Presidencia mediante Decreto 5207/2005 de fecha 8 de sep-tiembre.

2.- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres mesescomputados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentaciónde solicitudes.

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima alos interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitudde concesión de la subvención.

3.- La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdocon lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, realizándose la práctica de dichanotificación de conformidad con lo regulado en el artículo 59 de esta misma ley.

4.- La Diputación Provincial de Zamora publicará en el Boletín Oficial de laProvincia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el pro-grama y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedi-da y finalidad o finalidades de la subvención.

En el Boletín Oficial de la Provincia se publicará un extracto de la resolución porla que se ordena la publicación, indicando los lugares donde se encuentra expues-to su contenido íntegro.

No será necesaria esta publicación en dicho Boletín si los importes de las sub-venciones concedidas, individualmente consideradas, son de cuantía inferior a3.000 euros, en cuyo caso, la publicación de los extremos relatados anteriormentese efectuará en el tablón de anuncios.

5.- La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa, pudiendointerponerse contra la misma los siguientes recursos:

- Recurso de reposición, potestativamente, ante el mismo órgano provincial quedictó el acto impugnado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente ala recepción de la notificación, en la forma y con los requisitos previstos en al Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Recurso contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interpo-ner previamente el recurso de reposición), ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguien-te a la recepción de la presente notificación, en la forma y con los requisitos exigi-dos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se hubiera interpuesto recurso de reposición y no se ha recibido resoluciónexpresa de dicho recurso en el plazo de un mes, computado desde el día siguien-te al de su interposición, éste se tendrá por desestimado, pudiendo interponerse

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recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquél en que laDiputación tendría que haber resuelto el recurso de reposición.

- Cualquier otro que se estime procedente.Duodécima.- Cuantía y compatibilidad de la ayuda.1.- Las ayudas previstas en la presente convocatoria serán compatibles con

cualquier otro tipo de ayuda para la misma finalidad procedente de otrasAdministraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea ode organismos internacionales.

2.- No obstante, el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de talcuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas,ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Decimotercera.- Justificación de la ayuda.1.- El plazo de justificación de las ayudas será hasta el 31 de octubre de 2012,

debiendo presentar los beneficiarios de las mismas, en la Diputación Provincial, lasiguiente documentación:

a) Memoria explicativa de las actividades realizadas, el la que conste expresay de forma independiente en qué medida los gastos reflejados en las facturas hanalcanzado los objetivos y su correspondiente evaluación.

b) Balance de ingresos y gastos (Anexo VI).c) Justificación del destino dado a la subvención (Anexos III y IV). Además, en

el caso de que se subvencione la edición de folletos o material publicitario impre-so deberá remitirse un ejemplar de los mismos, a través del cual se deberá acre-ditar el cumplimiento de lo dispuesto en la base quinta letra h).

d) Los gastos de personal se acreditarán con las correspondientes nóminas fir-madas por el perceptor, así como con los justificantes de las pertinentes cotizacio-nes a la Seguridad Social y a la retención e ingreso en la Delegación de la AgenciaEstatal de la Administración Tributaria de las cantidades pertenecientes al Impuestode la Renta de las Personas Físicas.

e) Los honorarios profesionales se justificarán con las oportunas minutas juntocon el recibí o el adeudo bancario.

f) En el caso de otros gastos, la justificación se efectuará a través de factura,que debe incluir los siguientes elementos:

- Nombre o razón social y NIF de la empresa que factura.- Fecha de emisión, debiendo estar datada entre el 1 de enero y el 31 de octu-

bre de 2012.- Importe total y, en su caso, desglosado por conceptos.- IVA: Base imponible, tipo, importe y, en su caso, certificación de exención del

impuesto.g) En el caso de premios en metálico, se podrá justificar hasta un máximo del

30% de la subvención concedida.h) Adeudo bancario. i) Certificación acreditativa, expedida por el órgano competente, de hallarse al

corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.j) Copia de la resolución de autorización emitida por la Dirección General

de Producción Agropecuaria y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León

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para la celebración de la feria, concurso o exposición ganadera objeto de lasubvención.

2.- La documentación acreditativa de los gastos señalados en los apartados d),e) y f) anteriores y la fecha de pago de las facturas deberán corresponder al perio-do comprendido entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2012. Los justificantesde estos gastos se presentarán en original, los cuales, a petición del beneficiariode la subvención, podrán ser devueltos. Para ello se acompañara fotocopia de losmismos que se unirán al expediente una vez compulsados, debiendo anotarse enlos originales que su importe ha sido objeto de subvención por la Diputación deZamora.

3.- La justificación de la ayuda ascenderá como mínimo al importe de la sub-vención concedida.

Decimocuarta.- Gastos subvencionables.1.- Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada

respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamentenecesarios y se realicen en el plazo establecido en estas bases.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podráser superior al valor de mercado.

2.- Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado conanterioridad a la finalización del periodo de justificación previsto en la base deci-motercera, párrafo primero.

3.- En la justificación de los premios otorgados con motivo de la feria, concur-so o exposición deberá constar la correspondiente retención de IRPF, conforme sedetermina para aquellos premios superiores a 300,00 € la Ley 35/2006 de 28 denoviembre, Ley del In puesto de la Renta sobre personas físicas y el articulo 75.3f) del Real Decreto 439/2007 de 30 de marzo por el que se aprueba el Reglamentodel Impuesto de la Renta sobre personas físicas.

4.- A estos efectos, se considerará lo previsto en el artículo 18 de la vigenteOrdenanza General de Subvenciones, teniendo en cuenta que en ningún caso seconsideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean suscep-tibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

5.-Los tributos serán gasto subvencionable si el beneficiario de la subvenciónlos abona efectivamente.

6.- Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías estableci-das en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el beneficia-rio deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carác-ter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicioo la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en elmercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, osalvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención.

La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justifi-cación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a crite-rios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoriala elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

Decimoquinta.- Subsanación de deficiencias en la justificación.1.- Antes de finalizado el plazo de justificación de las subvenciones, si del exa-

men de la documentación justificativa se dedujera que ésta es incompleta, se

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requerirá al interesado, otorgándole un plazo de 10 días para la subsanación de lasdeficiencias detectadas.

2.- El servicio competente para comprobar la documentación lo será tambiénpara la realización de este trámite de subsanación a través del órgano competente.

Decimosexta- Pago.1.- El pago se realizará previa justificación por el beneficiario de la realización

de la actividad para la que se concedió la ayuda. 2.- De conformidad con lo previsto en el artículo 21 de la vigente Ordenanza

General de Subvenciones, se realizarán pagos anticipados que supondrán entre-gas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesariapara poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención

De conformidad con lo previsto en la Base 43 apartado sexto de las deEjecución del Presupuesto vigente, en el supuesto de que el beneficiario no dis-ponga de liquidez suficiente para la previa y adecuada ejecución de la actividadobjeto de la subvención, se podrá solicitar el otorgamiento de un anticipo, total oparcial, respecto del importe de la subvención, aportando necesariamente la docu-mentación oportuna que justifique tal extremo, para lo cual se le otorga un plazo de10 días a contar desde la notificación de otorgamiento de la ayuda, entendiéndoseque el interesado renuncia a tal posibilidad de no presentarse solicitud motivada enplazo.

A efectos de lo dispuesto anteriormente deberá aportarse, al menos, una certi-ficación del Secretario donde se haga constar la insuficiencia de medios económi-cos de los que dispone la Entidad Local, en la partida presupuestaria afectada alnivel de vinculación aprobado en cada caso, para iniciar las actuaciones de formaprevia al otorgamiento de la ayuda, así como la imposibilidad motivada de realizarlas modificaciones presupuestarias oportunas para tal fin.

No se exigirá la constitución de garantía salvo que se trate de Ayuntamientosque, a través de Convenio, hayan delegado la recaudación de sus tributos en laDiputación Provincial, entendiéndose como garantía, la compensación con cargo ala recaudación obtenida, del importe anticipado y no justificado, ni en su caso, rein-tegrado posteriormente, juntos con los intereses devengados, conforme a la nor-mativa vigente en esta materia.

3.- No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no sehalle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a laSeguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.

Decimoséptima.- Reintegro de la ayuda.1.- Existirá obligación de devolver las cantidades percibidas en el supuesto de

declaración judicial o administrativa de nulidad o anulación de la resolución de laconcesión de la subvención, de conformidad con lo previsto en el artículo 22 de laOrdenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial.

2.- Procede igualmente el reintegro, total o parcial, de las cantidades percibidasy la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pagode la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, enlos siguientes casos:

a) Obtención de la ayuda falseando las condiciones requeridas para ello u ocul-tando aquéllas que lo hubieran impedido.

b) Incumplimiento total o parcial de la actividad o ejecutarla fuera del plazo esta-blecido.

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c) Incumplimiento de la obligación de justificación o justificación insuficiente.(base decimotercera)

d) Incumplimiento de adoptar las medidas de difusión (base quinta letra h).e) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comproba-

ción y control financiero así como el incumplimiento de las obligaciones contables,registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibi-lidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del obje-tivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas o la concurrenciade subvenciones para la misma finalidad.

f) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Diputación Provincial deZamora a los beneficiarios así como de los compromisos asumidos por éstos, conmotivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran almodo en que se ha de realizar la actividad.

g) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Diputación Provincial deZamora a los beneficiarios así como de los compromisos así como de los compro-misos asumidos por éstos, con motivo de la concesión de la subvención, distintosde los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleodado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidadde las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas,ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquieraAdministraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea ode organismos internacionales.

h) La adopción en virtud de lo establecido en los artículos 87 a 89 del Tratadode la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad de rein-tegro.

i) Incumplimiento de las demás obligaciones previstas en las presentes bases.3.- La obligación de reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y de

los correspondientes intereses de demora, es independiente de las sanciones que,en su caso, resulten exigibles.

Decimoctava.- Inspección, control y seguimiento.La Diputación podrá solicitar, por las personas designadas al efecto, cualquier

información o documentación, así como efectuar visitas para comprobar cualquierextremo relacionado con la actividad para la que se concede la subvención, encualquier momento de su ejecución.

Decimonovena.- Normativa aplicable.La presente convocatoria de subvenciones se rige por lo dispuesto en la Ley

38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18 denoviembre), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba elReglamento de la citada Ley, la Ordenanza General de Subvenciones de estaDiputación Provincial (Boletín Oficial de la Provincia n.º 60, de 19 de mayo de2004), las bases de Ejecución del Presupuesto vigente así como lo previsto enestas bases.

Zamora, 2 de julio de 2012.-El Presidente, Fernando Martínez Maíllo.

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ANEXO I: SOLICITUD SUBVENCIÓN

Datos de identificación de la subvención ÁREA GESTORA: Finalidad de la subvención: Importe solicitado: Importe

presupuesto: Importe o porcentaje de compromiso aportación:

Convocatoria: Nº. BOP: Fecha BOP:

Datos de Identificación del beneficiario NOMBRE DEL BENEFICIARIO: Dirección:

Municipio/Provincia:

Datos bancarios para ingreso (20 dígitos): Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail:

Datos de identificación del representante( cuando el solicitante sea una razón social, Entidad u organismo) NOMBRE DEL REPRESENTANTE:

Cargo o representación:

Dirección: Municipio/Provincia:

Dirección a efecto de notificaciones: Municipio/Provincia:

Código Postal: Fax: e-mail:

Relación de documentos aportados por el beneficiario (señale con una X la documentación que acompaña a la solicitud): � Fotocopia del NIF/CIF del beneficiario � Documento que acredite la personalidad del solicitante, y en su caso, la representación (copia de la Escritura de constitución o modificación, copia del Acta fundacional y Estatutos, etc) � Memoria explicativa, presupuesto detallado y financiación de la actividad o adquisición � Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada

� Certificado del Secretario acreditativo del acuerdo adoptado por el órgano competente por el cual se decide solicitar la subvención � Certificado expedido por el órgano competente, de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarios y para con la Seguridad Social � Ficha de Terceros

Por todo lo cual, reúno todos los requisitos solicitados en las Bases y SOLICITO la concesión previos los trámitpertinentes, de una ayuda económica por el importe reseñado, al objeto de poder realizar las actividades/obras indicada

En ______________, a ____ de __________________ 2012

EL PETICIONARIO

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO II: DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS SOLICITADAS Y/U OBTENIDAS PARA LA MISMA FINALIDAD QUE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA

D. ........................................................................................................., con D.N.I. .........................,con domicilio en ................................................................, localidad ..........................................................................................., en concepto de ........................................................................, comparece en representación de la entidad ……………………………............................................................ con C.I.F. ........................................, y domicilio social .................................................. localidad.................................................................,provincia ................................... C.P. ............................, teléfono ...............................fax ...................................... DECLARO � SI/ � NO HABER SOLICITADO O RECIBIDO OTRAS AYUDAS PARA EL PROYECTO OBJETO DE SOLICITUD. Y para que así conste a los efectos oportunos firmo la presente declaración en

Zamora, ............ de ....................... de 2012

Fdo.: ............................................

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO III: JUSTIFICACIÓN

Datos de identificación de la subvención : ÁREA GESTORA:

Finalidad de la subvención:

Importe concedido: Importe justificado:

Convocatoria: Nº BOP: Fecha BOP:

Datos de Identificación del beneficiario:

NOMBRE DEL BENEFICIARIO:

Dirección: Municipio/Provincia:

Datos bancarios para ingreso (20 dígitos):_ _ _ _/_ _ _ _/_ _/_ _ _ _ _ _ _ _ _ _

Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail:

Relación de documentos aportados por el beneficiario (señale con una X la documentación que acompaña a la justificación): �Certificado e índice de los gastos soportados por la actividad o adquisición objeto de la subvención, según anexo IV adjunto �Justificantes de los gastos

�Certificado de la Delegación de Hacienda acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias �Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la misma �Certificado, en su caso, del tipo de cambio de moneda extranjera en que se gestionó y ejecutó la subvención �Memoria final, detallada del proyecto, suscrita por el beneficiario, que describa los objetivos y resultados conseguidos �Balance de ingresos y gastos �Copia de la resolución de autorización emitida por la Dirección General de Producción Agropecuaria y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León para la celebración de la feria, concurso o exposición ganadera objeto de la subvención. Observaciones/Otra documentación aportada:

En ______________, a ____ de __________________ 2012

(Firma del interesado)

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO IV: CERTIFICADO PARA AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES LOCALES E ÍNDICE

DE GASTOS SOPORTADOS POR LA ACTIVIDAD O ADQUISICIÓN OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Datos de identificación de beneficiario y subvención : BENEFICIARIO:

FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN:

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN:

Nº Descripción del gasto Proveedor Nº Factura Fecha fra. F. Pago Importe Certificado (señalar lo que corresponda): D./Dª_______________________________________________________________________,Secretario de____________________________________________________________________ CERTIFICO: � Que se ha realizado la actividad para la cual se otorgó la subvención / � Que los fondos han sido aplicados, ejecutados en su totalidad y pagados a la finalidad subvencionada y que los justificantes aportados corresponden a gastos directamente relacionados con la actividad subvencionada/� Que la totalidad de los documentos que han servido de soporte para el reconocimiento de las obligaciones anteriores cumplen con los requisitos de la legalidad vigente/� Que cumple con lo previsto en el artículo 31.1 y 31.3 de la Ley General de Subvenciones y el Ayuntamiento se encuentra al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Que � sí* / � NO se han obtenido otras subvenciones o ayudas que se han aplicado a la finalidad subvencionada y que junto con la concedida por la Excma. Diputación Provincial de Zamora, no superan el coste total de la actividad.

*En caso afirmativo, relacionar a continuación las ayudas obtenidas: ………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………….

Observaciones:

En ______________, a ____ de __________________ 2012 Vº Bº : EL ALCALDE-PRESIDENTE EL SECRETARIO

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO V: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ACREDITATIVA DE QUE LA PERSONA ABAJO FIRMANTE NO ESTÁ INCURSA EN LAS PROHIBICIONES PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO DE SUBVENCIONES, ESTABLECIDAS EN LOS APARTADOS 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE GENERAL DE SUBVENCIONES D.___________________________________________ con DNI nº _______________ como Alcalde- Presidente del Ayuntamiento/Entidad Local de _______________________________ enterado de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia nº _____, de fecha ____________, de la “Convocatoria de

Subvenciones a ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE ZAMORA DE MENOS DE 5.000 HABITANTES EN MATERIA DE FERIAS, CONCURSOS Y EXPOSICIONES DURANTE EL EJERCICIO 2011 y estando interesado en la obtención de una ayuda económica con

cargo a los créditos que destina a tal fin esa Corporación DECLARA: 1.- No haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. 2.- No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, no estar sujetas a intervención judicial o no haber sido inhabilitadas conforme a la ley concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. 3.- No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. 4.- No estar incursas quienes ostenten la representación legal de las entidades en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. 5.- No haber sido sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria. 6.- No estar incursa en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. 7.- No estar incurso en procedimientos de cobro en vía de apremio de deudas contraídas con esta Diputación Provincial 8.- Que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud. En ,_______________________ a __de__________________ de 2012 .

Firma del peticionario Ante mí,

Fdo.: Fdo.:____________________ NOTA: Según lo previsto en el art. 13.7 LGS y 11.3b) Ordenanza, esta declaración responsable podrá otorgarse ante cualquier autoridad

administrativa (Secretario de la Entidad Local, Secretario de la Excma. Diputación de Zamora, …) o notario público.

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO VI: MODELO DE PRESUPUESTO EQUILIBRADO EN SUS VERTIENTES DE GASTOS E INGRESOS. PRESUPUESTO DE GASTOS CONCEPTO/ACTIVIDAD IMPORTE/EUROS (Especificar coste detallado) __________________________ TOTAL……………. PRESUPUESTO DE INGRESOS IMPORTE/EUROS 1.- Aportación del Ayuntamiento/Entidad Local………….. 2.- Aportación de la Diputación Provincial de Zamora…… 3.- Otras previsiones de ingresos (detallar): �

� � � � � � � ������������������������������

� � � � � TOTAL ………….. ___________________ a____de______________________de 2012 EL PRESIDENTE Fdo. _______________________

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ANEXO VII

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III. Administración LocalDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORASERVICIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones a las asociaciones de operadores y productores de agricultura ecológica y asociaciones de

consumidores de productos ecológicos con sede en la provincia de ZamoraPrimera.- Objeto.El objeto de la presente convocatoria es la regulación de la concesión de subven-

ciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones de operadores y pro-ductores de agricultura ecológica y asociaciones de consumidores de productos eco-lógicos, que tengan su sede en la provincia de Zamora.

Segunda.- Finalidad.La concesión de estas subvenciones tendrá como finalidad el fomento del des-

arrollo económico y social de la provincia, apoyando con carácter específico a lasasociaciones de operadores, productores y consumidores de agricultura ecológicaubicadas en la provincia de Zamora que contribuyan al fomento de este sistema deproducción sostenible y respetuoso con el medio ambiente.

Tercera.- Cuantía y partida presupuestaria.La cuantía total máxima de esta subvención ascenderá a la cantidad de 4.500 €,

que se imputará a la partida presupuestaria 410.0 480.00 del Presupuesto Generalde la Excma. Diputación Provincial para el año 2012.

Cuarta.- Requisitos para obtener la condición de beneficiario.Deberá cumplir todos y cada uno de los siguientes requisitos:1. Estar constituida como Asociación de operadores o productores de agricultura

ecológica o como Asociación de consumidores de productos ecológicos y tener susede en la provincia de Zamora.

2. Realizar alguna actividad considerada como subvencionable, de conformidadcon lo previsto en la base sexta.

3. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas personas o entidadesen quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 7.2 y 7.3 dela vigente Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial.

La justificación por parte de las personas o entidades de no estar incursas en lasprohibiciones para obtener la condición de beneficiario podrá realizarse mediante tes-timonio judicial, certificados telemáticos o transmisiones de datos, de acuerdo con loestablecido en la normativa reglamentaria que regule la utilización de técnicas elec-trónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado o de laComunidad Autónoma, o certificación administrativa, según los casos. Cuando dichodocumento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituidopor una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa o nota-rio público (Anexo II).

Quinta.- Obligaciones de los beneficiarios.Serán obligaciones de los beneficiarios:

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a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en el periodocomprendido desde el 1 de enero al 31 de octubre de 2012.

b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condi-ciones, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinenla concesión o disfrute de la subvención.

c) Someterse a actuaciones de comprobación que, en su caso, efectúe el órga-no concedente así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero quepuedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comuni-tarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuacio-nes anteriores.

d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas,ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunica-ción debe efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridada la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesiónque se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente ala Seguridad Social.

f) Disponer de libros contables, registros diligenciados y demás documentos debi-damente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorialaplicable al beneficiario, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de lasfacultades de comprobación y control.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibi-dos en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la activi-dad que sea objeto de subvención. Se hará constar, en las actividades subvenciona-das, la colaboración de la Excma. Diputación Provincial de Zamora. Área deAgricultura y Ganadería. En las los certámenes y exposiciones ganaderas, publica-ciones, anuncios, folletos o material publicitario en general, subvencionado por estaAdministración, deberá hacerse constar expresamente la colaboración de estaInstitución provincial.

i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos de conformidad con lo previstoen la base decimoséptima.

Sexta.- Actividades objeto de subvención.- Podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones: - Asistencia y celebración de exposiciones, ferias, concursos, y subastas.- Celebración de cursos de formación.- Presentaciones y degustaciones de productos.- Imagen externa: Emblemas, logotipos y material impreso o audiovisual.- Alquiler de sede. Se subvencionará para este concepto un máximo del 30% del

total de la subvención concedida.Gastos excluidos de subvención: Quedan excluidos de subvención los gastos

generales de funcionamiento de la entidad solicitante, los gastos financieros y los ele-mentos decorativos.

Séptima.- Solicitudes y documentación.1. La solicitud, que se formalizará mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr.

Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, podrá ajustarse al mode-lo que aparece como Anexo I de las presentes bases debiendo contener, en todo

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caso, los extremos recogidos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (BOE nº 285 de 27 de noviembre).

2. Dicha solicitud debe ir acompañada de la documentación siguiente, debiendoremitirse la misma en original o copia compulsada:

a) Acreditación de la capacidad de obrar del beneficiario y, en su caso, de larepresentación con la que se actúa.

La capacidad de obrar de los solicitantes que fueren personas jurídicas se acre-ditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas enel Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislaciónmercantil que sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrarse realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fun-dacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos,en su caso, en el correspondiente Registro oficial.

b) C.I.F.c) Acreditación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ostentar

la condición de beneficiario que señala el artículo 7.2 y 7.3 de la vigente OrdenanzaGeneral de Subvenciones de esta Entidad, de conformidad con lo previsto en la basecuarta, apartado cuarto (Anexo V).

d) Relación detallada de las subvenciones solicitadas y/o concedidas para lamisma actividad (Anexo II)

e) Memoria, informe, estudio o proyecto de la actividad para la que se solicita lasubvención con indicación del programa o calendario previstos.

f) Presupuesto de gastos.g) Ficha de Terceros (Anexo VII), (solamente si no se ha entregado anteriormen-

te en esta Administración o desean modificar los datos de la misma).h) Certificado del Secretario o informe del Presidente de la Asociación acreditati-

vo de los criterios de valoración previstos en la clausula decima, punto 2i) En su caso, contrato de arrendamiento del local destinado a domicilio social j) Acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social.3. En el caso de que los documentos exigidos estuvieran en poder de la

Diputación Provincial, el solicitante se podrá acoger a lo establecido en el apartado f)del artículo 35 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy Procedimiento Administrativo Común, siempre que se haga constar la fecha y elórgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuandono hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento alque correspondan.

En los supuestos de imposibilidad material de obtención del documento, el órga-no competente podrá requerir al solicitante su presentación o, en su defecto, la acre-ditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento, con ante-rioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

4. Si la solicitud no reúne estos requisitos se requerirá al interesado para que la sub-sane en el plazo máximo e improrrogable de diez días teniendo en cuenta que si no lohiciese se le tiene por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dicta-da en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, anteriormente citada.

Octava.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a partir de

la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.

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Novena.- Lugar de presentación.Las solicitudes se presentarán en el Registro General de esta Diputación o por

cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 denoviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Décima.- Instrucción.1. La instrucción del procedimiento corresponde al Diputado Delegado del Área

de Agricultura y Ganadería.2. Las actividades de instrucción comprenderán la petición de cuantos informes

se estimen necesarios para resolver así como la evaluación de las solicitudes,determinando las cuantías individualizadas que corresponden a los beneficiarios.

Para la determinación de dichas cuantías se atenderá a los siguientes criteriosde valoración:

- Número de socios. - Menos de 20 socios: 1 punto. - Más de 20 socios: 1,5 puntos. - Por cada curso/jornada de formación, promoción y divulgación: 0,50 hasta un

máximo de 2 puntos.3. La valoración de las solicitudes se efectuará por una Comisión de Evaluación

que estará presidida por el Presidente de la Corporación, o Diputado Delegado enquien delegue, y actuarán como vocales el Jefe del Servicio de Agricultura yGanadería y el Técnico de Administración General adscrito a Secretaría General,o funcionarios en quienes cada uno de ellos deleguen. Actuará como Secretario,con voz pero sin voto, un funcionario con categoría Administrativa del Servicio deAgricultura y Ganadería, o funcionario en quien delegue.

Si el Presidente lo estima oportuno, podrán incorporarse a la Comisión, con vozpero sin voto, otros expertos y asesores en la materia.

4. Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Evaluación deberá emitirinforme en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión deEvaluación, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motiva-da, que será notificada a los interesados, concediéndose un plazo de diez díaspara presentar alegaciones.

Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimien-to ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que lasaducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formuladatendrá el carácter de definitiva.

Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se for-mulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o larelación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, ysu cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos paraefectuarla.

La propuesta de resolución definitiva, se notificará a los interesados que hayansido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción, para que en el plazode diez días comuniquen su aceptación.

Undécima.- Resolución. 1. Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, la Junta de Gobierno

de la Diputación Provincial resolverá el procedimiento.

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2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres mesescomputados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentaciónde solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolu-ción legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administra-tivo la solicitud de concesión de la subvención.

3. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdocon lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, realizándose la práctica de dichanotificación de conformidad con lo regulado en el artículo 59 de esta misma Ley.

4. La Diputación Provincial de Zamora publicará en el Boletín Oficial de laProvincia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el pro-grama y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedi-da y finalidad o finalidades de la subvención.

En el Boletín Oficial de la Provincia se publicará un extracto de la resolución porla que se ordena la publicación, indicando los lugares donde se encuentra expues-to su contenido íntegro.

No será necesaria esta publicación en dicho Boletín si los importes de las sub-venciones concedidas, individualmente consideradas, son de cuantía inferior a3.000 euros, en cuyo caso, la publicación de los extremos relatados anteriormentese efectuará en el tablón de anuncios.

5. La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa, pudiendointerponerse contra la misma los siguientes recursos:

- Recurso de reposición, potestativamente, ante el mismo órgano provincial quedictó el acto impugnado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente ala recepción de la notificación, en la forma y con los requisitos previstos en al Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Recurso contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interpo-ner previamente el recurso de reposición), ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguien-te a la recepción de la presente notificación, en la forma y con los requisitos exigi-dos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se hubiera interpuesto recurso de reposición y no se ha recibido resoluciónexpresa de dicho recurso en el plazo de un mes, computado desde el día siguien-te al de su interposición, éste se tendrá por desestimado, pudiendo interponerserecurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquél en que laDiputación tendría que haber resuelto el recurso de reposición.

- Cualquier otro que se estime procedente.Duodécima.- Cuantía y compatibilidad de la subvención.1. Las subvenciones previstas en la presente convocatoria serán compatibles con

cualquier otro tipo de ayuda para la misma finalidad procedente de otrasAdministraciones o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o deorganismos internacionales, pero no con las concedidas por esta misma Corporación.

2. No obstante, el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de talcuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas,ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

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Decimotercera.- Justificación de la ayuda.1. El plazo de justificación de las ayudas será hasta el 31 de octubre de 2012,

debiendo presentar los beneficiarios de las mismas, en la Diputación Provincial, lasiguiente documentación:

a) Memoria explicativa de las actividades realizadas ,en la que conste expresay de forma independiente en que medida los gastos reflejados en las facturas hanalcanzado los objetivos y su correspondiente evaluación.

b) Balance de ingresos y gastos(Anexo VI).c) Justificación del destino dado a la subvención (anexo III y IV), de la siguien-

te manera:• A través de factura, que deberá incluir los siguientes elementos:- Nombre o razón social y NIF de la empresa que factura.- Fecha de emisión, debiendo estar datada entre el 1 de enero y el 31 de octu-

bre de 2012.- Importe total y, en su caso, desglosado por conceptos.- IVA: Base imponible, tipo, importe y, en su caso, certificación de exención del

impuesto.d) Adeudo bancario acreditativo de que la factura ha sido pagada.e) Acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social.f) Recibos acreditativos del pago del alquiler de la sede durante el periodo com-

prendido entre el 1 enero y el 31 de octubre de 2012 con el correspondiente adeu-do bancario. (solamente para capítulo II).

2. La justificación de la ayuda ascenderá como mínimo al importe de la subven-ción concedida.

3. Los gastos de justificación y la fecha de pago de las facturas será anterior aaquella en que finalice el periodo de justificación. Los justificantes de estos gastosse presentarán en original, los cuales, a petición del beneficiario de la subvención,podrán ser devueltos. Para ello se acompañara fotocopia de los mismos que seunirán al expediente una vez compulsados, debiendo anotarse en los originalesque su importe ha sido objeto de subvención por la Diputación de Zamora.

Decimocuarta.- Gastos subvencionables. 1. Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada

respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamentenecesarios y se realicen en el plazo establecido en estas bases.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podráser superior al valor de mercado.

2. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado conanterioridad a la finalización del período de justificación previsto en la base deci-motercera, párrafo primero.

3. A estos efectos, se considerará lo previsto en el artículo 18 de la vigenteOrdenanza General de Subvenciones, teniendo en cuenta que en ningún caso seconsideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean suscep-tibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

4. Los tributos serán gasto subvencionable si el beneficiario de la subvenciónlos abona efectivamente.

5. Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías estableci-das en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el beneficia-

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rio deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carác-ter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicioo la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en elmercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, osalvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención.

La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justifi-cación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a crite-rios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoriala elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

Decimoquinta.- Subsanación de deficiencias en la justificación.1. Antes de finalizado el plazo de justificación de las ayudas, si del examen de

la documentación justificativa se dedujera que ésta es incompleta, se requerirá alinteresado, otorgándole un plazo de 10 días para la subsanación de las deficien-cias detectadas.

2. El servicio competente para comprobar la documentación lo será tambiénpara la realización de este trámite de subsanación a través del órgano competente.

Decimosexta- Pago.1.- El pago se hará efectivo de una sola vez, previa presentación de las factu-

ras justificativas de la inversión.2.- No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se

halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a laSeguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.

Decimoséptima.- Reintegro de la subvención. 1. Existirá obligación de devolver las cantidades percibidas en el supuesto de

declaración judicial o administrativa de nulidad o anulación de la resolución de laconcesión de la subvención, de conformidad con lo previsto en el artículo 22 de laOrdenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial.

2. Procede igualmente el reintegro, total o parcial, de las cantidades percibidasy la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pagode la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro enlos siguientes casos:

a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello uocultando aquéllas que lo hubieran impedido.

b) Incumplimiento total o parcial de la actividad o ejecutarla fuera del plazo esta-blecido.

c) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comproba-ción y control financiero así como el incumplimiento de las obligaciones contables,registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibi-lidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del obje-tivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas o la concurrenciade subvenciones para la misma finalidad.

d) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Diputación Provincial deZamora a los beneficiarios así como de los compromisos asumidos por éstos conmotivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran almodo en que se ha de realizar la actividad.

e) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Diputación Provincial deZamora a los beneficiarios así como de los compromisos así como de los compro-

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misos asumidos por éstos, con motivo de la concesión de la subvención, distintosde los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleodado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidadde las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas,ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquieraAdministraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea ode organismos internacionales.

f) La adopción en virtud de lo establecido en los artículos 87 a 89 del Tratadode la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad de rein-tegro.

g) Incumplimiento de las demás obligaciones previstas en las presentes bases.3. La obligación de reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y de los

correspondientes intereses de demora, es independiente de las sanciones que, ensu caso, resulten exigibles.

Decimoctava.- Inspección, control y seguimiento.La Diputación podrá, por las personas designadas al efecto, solicitar cualquier

información o documentación, así como efectuar visitas para comprobar cualquierextremo relacionado con la actuación para la que se concede la subvención, encualquier momento de su ejecución.

Decimonovena.- Normativa aplicable. La presente convocatoria de subvenciones se rige por lo dispuesto en la Ley

38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (BOE n.º 276 de 18 denoviembre), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba elReglamento de la citada Ley, la Ordenanza General de Subvenciones de estaDiputación Provincial (Boletín Oficial de la Provincia n.º 60, de 19 de mayo de2004), las bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial para elejercicio 2012 así como lo previsto en estas bases.

Zamora, 2 de julio de 2012.-El Presidente, Fernando Martínez Maíllo.

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ANEXO I: SOLICITUD SUBVENCIÓN

Datos de identificación de la subvención ÁREA GESTORA: Finalidad de la subvención: Importe solicitado: Importe

presupuesto: Importe o porcentaje de compromiso aportación:

Convocatoria: Nº. BOP: Fecha BOP:

Datos de Identificación del beneficiario NOMBRE DEL BENEFICIARIO: Dirección:

Municipio/Provincia:

Datos bancarios para ingreso (20 dígitos): Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail:

Datos de identificación del representante( cuando el solicitante sea una razón social, Entidad u organismo) NOMBRE DEL REPRESENTANTE:

Cargo o representación:

Dirección: Municipio/Provincia:

Dirección a efecto de notificaciones: Municipio/Provincia:

Código Postal: Fax: e-mail:

Relación de documentos aportados por el beneficiario (señale con una X la documentación que acompaña a la solicitud): � Fotocopia del NIF/CIF del beneficiario � Documento que acredite la personalidad del solicitante, y en su caso, la representación (copia de la Escritura de constitución o modificación, copia del Acta fundacional y Estatutos, etc) � Memoria explicativa, presupuesto detallado y financiación de la actividad o adquisición � Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada

� Ficha de Terceros � Certificación indicativa del número de socios � Certificado expedido por el órgano competente, de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarios y para con la Seguridad Social

Por todo lo cual, reúno todos los requisitos solicitados en las Bases y SOLICITO la concesión previos los trámites pertinentes, de una ayuda económica por el importe reseñado, al objeto de poder realizar las actividades/obras indicadas.

En ______________, a ____ de __________________ 20__

EL PETICIONARIO

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO II: DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS SOLICITADAS Y/U OBTENIDAS PARA LA MISMA FINALIDAD QUE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA

D. ........................................................................................................., con D.N.I. .........................,con domicilio en ................................................................, localidad ..........................................................................................., en concepto de ........................................................................, comparece en representación de la entidad ……………………………............................................................ con C.I.F. ........................................, y domicilio social .................................................. localidad.................................................................,provincia ................................... C.P. ............................, teléfono ...............................fax ...................................... DECLARO � SI/ � NO HABER SOLICITADO O RECIBIDO OTRAS AYUDAS PARA EL PROYECTO OBJETO DE SOLICITUD. Y para que así conste a los efectos oportunos firmo la presente declaración en

Zamora, ............ de ....................... de 20 ............

Fdo.: ............................................

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO III: JUSTIFICACIÓN

Datos de identificación de la subvención : ÁREA GESTORA:

Finalidad de la subvención:

Importe concedido: Importe justificado:

Convocatoria: Nº BOP: Fecha BOP:

Datos de Identificación del beneficiario:

NOMBRE DEL BENEFICIARIO:

Dirección: Municipio/Provincia:

Datos bancarios para ingreso (20 dígitos):_ _ _ _/_ _ _ _/_ _/_ _ _ _ _ _ _ _ _ _

Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail:

Relación de documentos aportados por el beneficiario (señale con una X la documentación que acompaña a la justificación): �Certificado e índice de los gastos soportados por la actividad o adquisición objeto de la subvención, según anexo IV adjunto �Justificantes de los gastos

�Certificado de la Delegación de Hacienda acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias �Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la misma �Certificado, en su caso, del tipo de cambio de moneda extranjera en que se gestionó y ejecutó la subvención �Memoria final, detallada del proyecto, suscrita por el beneficiario, que describa los objetivos y resultados conseguidos �Balance de ingresos y gastos Observaciones/Otra documentación aportada:

En ______________, a ____ de __________________ 20__

(Firma del interesado)

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO IV: DECLARACIÓN PARA ENTIDADES PRIVADAS E ÍNDICE DE GASTOS SOPORTADOS POR LA ACTIVIDAD O ADQUISICIÓN OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Datos de identificación de beneficiario y subvención : BENEFICIARIO:

FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN:

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN:

Nº Descripción del gasto Proveedor Nº Factura Fecha fra. F. Pago Importe Certificado (señalar lo que corresponda): D./Dª______________________________________________,Presidente de______________________ DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que: � Que se ha realizado la actividad para la cual se otorgó la subvención � Que los fondos han sido aplicados, ejecutados en su totalidad y pagados a la finalidad subvencionada y que los justificantes aportados corresponden a gastos directamente relacionados con la actividad subvencionada � Que la totalidad de los documentos que han servido de soporte para el reconocimiento de las obligaciones anteriores cumplen con los requisitos de la legalidad vigente/� Que cumple con lo previsto en el artículo 31.1 y 31.3 de la Ley General de Subvenciones y la asociacion se encuentra al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Que � SI / � NO se han obtenido otras subvenciones o ayudas que se han aplicado a la finalidad subvencionada y que junto con la concedida por la Excma. Diputación Provincial de Zamora, no superan el coste total de la actividad.

*En caso afirmativo, relacionar a continuación las ayudas obtenidas: ………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………….

Observaciones:

En ______________, a ____ de __________________ 20__

Vº B

EL PRESIDENTE EL SECRETARIO

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA��

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ANEXO V: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ACREDITATIVA DE QUE LA PERSONA ABAJO FIRMANTE NO ESTÁ INCURSA EN LAS PROHIBICIONES PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO DE SUBVENCIONES, ESTABLECIDAS EN LOS APARTADOS 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE GENERAL DE SUBVENCIONES D.___________________________________________ con DNI nº _______________ como Presidente de la Asociación ______________________ enterado de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia nº _____, de fecha ____________, de la “Convocatoria de Subvenciones a LAS ASOCIACIONES DE OPERADORES Y PRODUCTORES DE AGRICULTURA ECOLÓGICA Y ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES DE PRODUCTOS ECOLÓGICOS CON SEDE EN LA PROVINCIA DE ZAMORA y estando interesado en la obtención de una ayuda económica con cargo a los créditos que destina a tal fin esa Corporación DECLARA: 1.- No haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. 2.- No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, no estar sujetas a intervención judicial o no haber sido inhabilitadas conforme a la ley concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. 3.- No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. 4.- No estar incursas quienes ostenten la representación legal de las entidades en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. 5.- No haber sido sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria. 6.- No estar incursa en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. 7.- No estar incurso en procedimientos de cobro en vía de apremio de deudas contraídas con esta Diputación Provincial 8.- Que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud. En ,_______________________ a __de__________________ de 20__ .

Firma del peticionario Ante mí,

Fdo.: Fdo.:____________________ NOTA: Según lo previsto en el art. 13.7 LGS y 11.3b) Ordenanza, esta declaración responsable podrá otorgarse ante cualquier autoridad administrativa (Secretario de la Entidad Local, Secretario de la Excma. Diputación de Zamora, …) o notario público.

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO VI: MODELO DE PRESUPUESTO EQUILIBRADO EN SUS VERTIENTES DE GASTOS E INGRESOS.

PRESUPUESTO DE GASTOS

CONCEPTO/ACTIVIDAD IMPORTE/EUROS (Especificar coste detallado)

__________________________ TOTAL…………….

PRESUPUESTO DE INGRESOS

IMPORTE/EUROS

1.- Aportación de la Asociación……………………………..

2.- Aportación de la Diputación Provincial de Zamora……

3.- Otras previsiones de ingresos (detallar):

� � � � � � ������������������������������

� � � � TOTAL …………..

___________________ a____de______________________de 20__

EL PRESIDENTE

Fdo. _______________________

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ANEXO VII

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III. Administración LocalDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORASERVICIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones de ganaderos que realicen la asistencia técnica del controllechero oficial de ganado bovino y ovino en explotaciones de la provincia

Primera.- Objeto.El objeto de la presente convocatoria es la regulación de la concesión de ayu-

das, en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones de ganaderos querealicen en explotaciones de la provincia la asistencia técnica del control de rendi-miento lechero oficial en ganado lechero bovino y ovino.

Segunda.- Finalidad. La concesión de estas ayudas tiene como finalidad fomentar los planes de

selección y mejora genética del ganado lechero (bovino y ovino) de la provincia. Tercera.- Cuantía y partida presupuestaria.La cuantía total máxima de esta ayuda ascenderá a la cantidad de 25.000 €,

que se imputará a la partida presupuestaria 410.0 480.00 del Presupuesto Generalde la Excma. Diputación Provincial para el año 2012.

Cuarta.- Requisitos para obtener la condición de beneficiario.1. Podrán ser beneficiarios de esta ayuda las Asociaciones de Ganaderos, a

través de su representante legal, que estén llevando a cabo en explotaciones ubi-cadas en la provincia de Zamora la asistencia técnica del control lechero oficial enexplotaciones de ganado lechero bovino y ovino.

2. Será necesario que realicen alguna actividad considerada como subvencio-nable de conformidad con lo previsto en la base sexta.

3. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas personas o entida-des en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2y 13.3 de Ley 38/2003 de 17 noviembre General de Subvenciones y en el 7.2 y 7.3de la vigente Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. DiputaciónProvincial.

La justificación por parte de las personas o entidades de no estar incursas enlas prohibiciones para obtener la condición de beneficiario podrá realizarsemediante testimonio judicial, certificados telemáticos o transmisiones de datos, deacuerdo con lo establecido en la normativa reglamentaria que regule la utilizaciónde técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración Generaldel Estado o de la Comunidad Autónoma, o certificación administrativa, según loscasos y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad compe-tente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante unaautoridad administrativa o notario público.

Quinta.- Obligaciones de los beneficiarios.Serán obligaciones de los beneficiarios: a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda, que consis-

te en llevar a cabo la asistencia técnica del control lechero oficial en explotaciones

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de la provincia mediante la integración o coordinación de los datos correspondien-tes al período indicado en la base sexta.

b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y con-diciones, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que deter-minen la concesión o disfrute de la subvención.

La realización de esta actividad se justificará mediante factura emitida porFEFRICALE o UAGCyL.

c) Someterse a actuaciones de comprobación que, en su caso, efectúe el órga-no concedente así como cualesquiera otras de comprobación y control financieroque puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales comocomunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de lasactuaciones anteriores.

d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayu-das, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Estacomunicación debe efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, conanterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesiónque se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y fren-te a la Seguridad Social.

f) Disponer de libros contables, registros diligenciados y demás documentosdebidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sec-torial aplicable al beneficiario, con la finalidad de garantizar el adecuado ejerciciode las facultades de comprobación y control.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibi-dos en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la acti-vidad que sea objeto de subvención (publicaciones, anuncios, folletos y materialpublicitario en general, etc.). A tales efectos, en todas las actividades subvenciona-das se hará constar expresamente la colaboración de la “Excma. DiputaciónProvincial de Zamora. Área de Agricultura y Ganadería”.

i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos de conformidad con lo previs-to en la base decimocuarta.

Sexta.- Actividades y plazo de realización.Se consideran actividades susceptibles de ayuda la asistencia técnica del con-

trol lechero oficial en explotaciones de la provincia, que consistirá en la integracióno coordinación de los datos correspondientes al período comprendido entre el 1 deenero y el 31 de diciembre de 2011.

Séptima.- Solicitudes y documentación.1. La solicitud, que se formalizará mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr.

Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, podrá ajustarse almodelo que aparece como Anexo I de las presentes bases debiendo contener entodo caso los extremos recogidos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (BOE n.º 285 de 27 de noviembre).

2. Dicha solicitud debe ir acompañada de la documentación siguiente, debien-do remitirse la misma en original o copia compulsada:

a. Acreditación de la capacidad de obrar del beneficiario y, en su caso, de larepresentación con la que se actúa.

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La acreditación de la capacidad de obrar de los solicitantes que fueren perso-nas jurídicas se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, ensu caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible con-forme a la legislación mercantil que sea aplicable.

Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante laescritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el queconstaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, enel correspondiente Registro Oficial.

b. Acreditación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para osten-tar la condición de beneficiario que señalan los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y el correlativo artículo 7.2y 7.3 de la vigente Ordenanza General de Subvenciones de esta Entidad, de con-formidad con lo previsto en la base cuarta, apartado tercero (Anexo II).

c. Relación detallada de las subvenciones solicitadas y/o concedidas para lamisma actividad (Anexo III).

d. Ficha de terceros (Anexo IV), (solamente si no se ha entregado anteriormen-te en esta Administración o desean modificar los datos de la misma).

e. Certificación acreditativa de hallarse al corriente en sus obligaciones tributa-rias y con la Seguridad Social.

f. Documento firmado por los titulares de las explotaciones en control lecherooficial donde conste que conoce la subvención que la Diputación de Zamora otor-ga al control lechero oficial.

g. Facturas de asistencia técnica al control lechero oficial referidas a la provin-cia de Zamora. En el caso de que la factura sea emitida por FEFRICALE se indi-cará la cuota por explotación y reproductora. Estas facturas corresponderán alperiodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011e incluirán los siguientes elemen-tos:

- Nombre o razón social y NIF de la entidad que emite la factura (FEFRICALEo UAGCYL).

- Fecha de emisión.- Importe total y, en su caso, desglosado por conceptos.- IVA: Base imponible, tipo, importe y, en su caso, certificación de exención del

impuesto.- Adeudo bancario acreditativa de que la factura ha sido pagada.Las facturas se presentarán en original, las cuales, a petición del beneficiario

de la subvención, podrán ser devueltas. Para ello, se acompañará fotocopia de lasmismas que se unirán al expediente una vez compulsados, debiendo anotarse enlos originales que su importe ha sido objeto de subvención por la Diputación deZamora.

h. Listado de explotaciones en las que se haya realizado control lechero oficialdurante el plazo previsto en la base sexta.

3. En el caso de que los documentos exigidos estuvieran en poder de laDiputación Provincial, el solicitante se podrá acoger a lo establecido en el aparta-do f) del artículo 35 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y Procedimiento Administrativo Común, siempre que se haga constar lafecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emiti-dos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización delprocedimiento al que correspondan.

En los supuestos de imposibilidad material de obtención del documento, elórgano competente podrá requerir al solicitante su presentación o, en su defecto,

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la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento,con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

4. Si la solicitud no reúne estos requisitos se requerirá al interesado para quela subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días teniendo en cuentaque si no lo hiciese se le tiene por desistido de su solicitud, previa resolución quedeberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992,anteriormente citada.

Octava.- Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles conta-

dos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de laProvincia.

Novena.- Lugar de presentación.Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General de esta Diputación o

por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.Décima.- Instrucción.1. La instrucción del procedimiento corresponde al Diputado Delegado del Área

de Agricultura y Ganadería.2. Las actividades de instrucción comprenderán la petición de cuantos informes

se estimen necesarios para resolver así como la evaluación de las solicitudes,determinando las cuantías individualizadas que corresponden a los beneficiarios.

3. Para la determinación de dichas cuantías se tendrá en cuenta el número deanimales sometidos a control de rendimiento lechero en las distintas ganaderías.

4. La valoración de las solicitudes se efectuará por una Comisión de Evaluación,que estará presidida por el Presidente de la Corporación o Diputado delegado enquien delegue y actuarán como vocales el Jefe del Servicio de Agricultura yGanadería y el Técnico de Administración General adscrito a Secretaría General, ofuncionarios en quienes cada uno de ellos deleguen. Actuará como Secretario, convoz pero sin voto, un funcionario con categoría Administrativa del Servicio deAgricultura y Ganadería o funcionario en quien delegue.

Si el Presidente lo estima oportuno, podrán incorporarse a la Comisión, con vozpero sin voto, otros expertos y asesores en la materia.

5. Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Evaluación deberá emitirinforme en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión deEvaluación, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motiva-da, que será notificada a los interesados, concediéndose un plazo de diez díaspara presentar alegaciones.

Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimien-to ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que lasaducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formuladatendrá el carácter de definitiva.

Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se for-mulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o larelación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, ysu cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos paraefectuarla.

La propuesta de resolución definitiva, se notificará a los interesados que hayan

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sido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción, para que en el plazode diez días comuniquen su aceptación.

Undécima.- Resolución.1. Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, la Junta de Gobierno

Local de la Diputación Provincial resolverá el procedimiento.2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses

computados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentaciónde solicitudes.

El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima alos interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitudde concesión de la subvención.

3. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdocon lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, realizándose la práctica de dichanotificación de conformidad con lo regulado en el artículo 59 de esta misma ley.

4. La Diputación Provincial de Zamora publicará en el Boletín Oficial de laProvincia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el pro-grama y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedi-da y finalidad o finalidades de la subvención.

En el Boletín Oficial de la Provincia se publicará un extracto de la resolución porla que se ordena la publicación, indicando los lugares donde se encuentra expues-to su contenido íntegro.

No será necesaria esta publicación en dicho Boletín si los importes de las sub-venciones concedidas, individualmente consideradas, son de cuantía inferior a3.000 euros, en cuyo caso, la publicación de los extremos relatados anteriormentese efectuará en el tablón de anuncios.

5. La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa, pudiendointerponerse contra la misma los siguientes recursos:

- Recurso de reposición, potestativamente, ante el mismo órgano provincial quedictó el acto impugnado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a larecepción de la notificación, en la forma y con los requisitos previstos en al Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común.

- Recurso contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interponerpreviamente el recurso de reposición), ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente ala recepción de la presente notificación, en la forma y con los requisitos exigidos por laLey 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se hubiera interpuesto recurso de reposición y no se ha recibido resoluciónexpresa de dicho recurso en el plazo de un mes, computado desde el día siguienteal de su interposición, éste se tendrá por desestimado, pudiendo interponerse recur-so contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo deZamora, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio,reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de seismeses, a contar desde el día siguiente a aquél en que la Diputación tendría quehaber resuelto el recurso de reposición.

- Cualquier otro que se estime procedente.Duodécima.- Cuantía y compatibilidad de la ayuda.1. La cuantía de las ayudas concedidas al amparo de esta convocatoria no

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superará el 70% de las facturas correspondientes al plazo de realización de activi-dades previsto en la base sexta.

En el caso de que el número de beneficiarios que cumplan las condicionesestablecidas en la base sexta supere la cuantía presupuestaria asignada para lapresente convocatoria, se aplicará un porcentaje de reducción proporcional a todosy cada uno de los beneficiarios.

2. El importe de la subvención, ya sea por sí sola o en concurrencia con otra uotras de las ayudas o subvenciones que pueda conceder cualquier otraAdministración o ente público o persona física o jurídica, no podrá superar el costetotal de la actividad objeto de la subvención, ni los límites establecidos en elReglamento (CE) n.º 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobrela aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para laspequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolasy por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 70/2001.

3. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, ais-ladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recur-sos, supere el coste de la actividad subvencionada.

4. Las ayudas previstas en la presente convocatoria serán compatibles concualquier otro tipo de ayuda para la misma finalidad procedente de otrasAdministraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea ode organismos internacionales.

Decimotercera.- Pago.1. El pago se hará efectivo de una sola vez previa justificación de la realización

de la actividad para la que se concede la subvención.2. No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se

halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a laSeguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.

Decimocuarta.- Reintegro de la ayuda.1. Existirá obligación de devolver las cantidades percibidas en el supuesto de

declaración judicial o administrativa de nulidad o anulación de la resolución de laconcesión de la ayuda, de conformidad con lo previsto en el artículo 22 de laOrdenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial.

2. Procede igualmente el reintegro, total o parcial, de las cantidades percibidasy la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pagode la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en lossiguientes casos:

a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello uocultando aquéllas que lo hubieran impedido.

b) Incumplimiento total o parcial de la actividad o ejecutarla fuera del plazo esta-blecido.

c) Incumplimiento de la obligación de justificación d) Incumplimiento de adoptar las medidas de difusión (base quinta letra h).e) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comproba-

ción y control financiero así como el incumplimiento de las obligaciones contables,registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibi-lidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del obje-tivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas o la concurrenciade subvenciones para la misma finalidad.

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f) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Diputación Provincial deZamora a los beneficiarios así como de los compromisos asumidos por éstos, conmotivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran almodo en que se ha de realizar la actividad.

g) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Diputación Provincial deZamora a los beneficiarios así como de los compromisos asumidos por éstos, conmotivo de la concesión de la ayuda, distintos de los anteriores, cuando de ello sederive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cum-plimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas,o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la mismafinalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o priva-dos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

h) La adopción en virtud de lo establecido en los artículos 87 a 89 del Tratadode la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad de rein-tegro.

i) Incumplimiento de las demás obligaciones previstas en las presentes bases.3. La obligación de reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y de los

correspondientes intereses de demora, es independiente de las sanciones que, ensu caso, resulten exigibles.

Decimoquinta.- Inspección, control y seguimiento.La Diputación podrá solicitar, por las personas designadas al efecto, cualquier

información o documentación, así como efectuar visitas para comprobar cualquierextremo relacionado con la actividad para la que se concede la ayuda, en cualquiermomento de su ejecución.

Decimosexta.- Normativa aplicable.La presente convocatoria de subvenciones se rige por lo dispuesto en la Ley

38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (BOE n.º 276 de 18 denoviembre), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba elReglamento de la citada Ley, la Ordenanza General de Subvenciones de estaDiputación Provincial (Boletín Oficial de la Provincia n.º 60, de 19 de mayo de2004), las bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial para elejercicio 2012así como lo previsto en estas bases.

Zamora, 2 de julio de 2012.-El Presidente, Fernando Martínez Maíllo.

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ANEXO I: SOLICITUD SUBVENCIÓN

Por todo lo cual, reúno todos los requisitos solicitados en las Bases y SOLICITO la concesión previos los trámites pertinentes, de una ayuda económica por el importe reseñado, al objeto de poder realizar las actividades/obras indicadas.

En ______________, a ____ de __________________ 2012

EL PETICIONARIO

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

Datos de identificación de la subvención ÁREA GESTORA: Finalidad de la subvención: Importe solicitado: Importe

presupuesto: Importe o porcentaje de compromiso aportación:

Convocatoria: Nº. BOP: Fecha BOP:

Datos de Identificación del beneficiario NOMBRE DEL BENEFICIARIO: DNI: Dirección:

Municipio/Provincia:

Datos bancarios para ingreso (20 dígitos): Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail:

Datos de identificación del representante( cuando el solicitante sea una razón social, Entidad u organismo) NOMBRE DEL REPRESENTANTE:

Cargo o representación:

Dirección: Municipio/Provincia:

Dirección a efecto de notificaciones: Municipio/Provincia:

Código Postal: Fax: e-mail:

Relación de documentos aportados por el beneficiario (señale con una X la documentación que acompaña a la solicitud): � Fotocopia del NIF/CIF del beneficiario � Documento que acredite la personalidad del solicitante, y en su caso, la representación (copia de la Escritura de constitución o modificación, copia del Acta fundacional y Estatutos, etc) � Ficha de Terceros � Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada

� Certificado expedido por el órgano competente, de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarios y para con la Seguridad Social � Documento firmado por titulares de las explotaciones donde conste que conoce la subvencion que otorga la Diputación.

� Facturas de asistencia tecnica al control lechero oficial referidas a la provincia de Zamora.

� Listado de explotaciones en las que se haya realizado el control lechero oficial.

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ANEXO II: DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS SOLICITADAS Y/U OBTENIDAS PARA LA MISMA FINALIDAD QUE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA

D. ........................................................................................................., con D.N.I. .........................,con domicilio en ................................................................, localidad ..........................................................................................., en concepto de ........................................................................, comparece en representación de la entidad ……………………………............................................................ con C.I.F. ........................................, y domicilio social .................................................. localidad.................................................................,provincia ................................... C.P. ............................, teléfono ...............................fax ...................................... DECLARO � SI/ � NO HABER SOLICITADO O RECIBIDO OTRAS AYUDAS PARA EL PROYECTO OBJETO DE SOLICITUD. Y para que así conste a los efectos oportunos firmo la presente declaración en

Zamora, ............ de ....................... de 2012

Fdo.: ............................................

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO III: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ACREDITATIVA DE QUE LA PERSONA ABAJO FIRMANTE NO ESTÁ INCURSA EN LAS PROHIBICIONES PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO DE SUBVENCIONES, ESTABLECIDAS EN LOS APARTADOS 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE GENERAL DE SUBVENCIONES D.___________________________________________ con DNI nº _______________ como Presidente de____________ ______________________ enterado de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia nº _____, de fecha ____________, de la “Convocatoria de Subvenciones a DESTINADAS A ASOCIACIONES DE GANADEROS QUE REALICEN LA ASISTENCIA TÉCNICA DEL CONTROL LECHERO OFICIAL DE GANADO OVINO Y BOVINO y estando interesado en la obtención de una ayuda económica con cargo a los créditos que destina a tal fin esa Corporación DECLARA: 1.- No haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. 2.- No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, no estar sujetas a intervención judicial o no haber sido inhabilitadas conforme a la ley concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. 3.- No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. 4.- No estar incursas quienes ostenten la representación legal de las entidades en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. 5.- No haber sido sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria. 6.- No estar incursa en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. 7.- No estar incurso en procedimientos de cobro en vía de apremio de deudas contraídas con esta Diputación Provincial 8.- Que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud. En ,_______________________ a __de__________________ de 2012 .

Firma del peticionario Ante mí,

Fdo.: Fdo.:____________________ NOTA: Según lo previsto en el art. 13.7 LGS y 11.3b) Ordenanza, esta declaración responsable podrá otorgarse ante cualquier autoridad administrativa (Secretario de la Entidad Local, Secretario de la Excma. Diputación de Zamora, …) o notario público.

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO IV

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III. Administración LocalDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORASERVICIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a lasAsociaciones, Cooperativas de Criadores de Ganado Caprino de la provincia de

Zamora para la realización de programas sanitarios durante el año 2012Primera. Objeto.El objeto de la presente convocatoria es la regulación de la concesión de ayu-

das, en régimen de concurrencia competitiva, a las Asociaciones y Cooperativasde criadores de caprino de la provincia de Zamora, para la realización de progra-mas sanitarios en el año 2012.

Segunda.- Finalidad.La concesión de estas ayudas tiene como finalidad la cooperación por parte de

la Excma. Diputación Provincial al fomento del desarrollo económico y social de laprovincia mediante las ayudas destinadas a compensar a los ganaderos de loscostes de prevención y erradicación de enfermedades del ganado caprino.

Tercera.- Cuantía y partida presupuestaria.La cuantía total máxima de esta subvención ascenderá a la cantidad de 8.500

€ que se imputará a la partida presupuestaria 410.0 480.00 del PresupuestoGeneral de la Excma. Diputación Provincial para el año 2012.

Cuarta.- Requisitos para obtener la condición de beneficiario.Podrán acceder a estas ayudas las Asociaciones y Cooperativas de criadores

de ganado caprino que cumplan los siguientes requisitos: - Tener su sede en la provincia de Zamora- Realizar alguna actividad considerada como subvencionable, de conformidad

con lo previsto en la base sexta. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas personas o entidades

en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 7.2 y 7.3de la vigente Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. DiputaciónProvincial.

La justificación por parte de las personas o entidades de no estar incursas enlas prohibiciones para obtener la condición de beneficiario podrá realizarsemediante testimonio judicial, certificados telemáticos o transmisiones de datos, deacuerdo con lo establecido en la normativa reglamentaria que regule la utilizaciónde técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración Generaldel Estado o de la Comunidad Autónoma, o certificación administrativa, según loscasos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad compe-tente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante unaautoridad administrativa o notario público (Anexo VI).

Quinta.- Obligaciones de los beneficiarios.Serán obligaciones de los beneficiarios:

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a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en el periodocomprendido desde el 1 de enero al 31 de octubre de 2012.

b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y con-diciones, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que deter-minen la concesión o disfrute de la subvención.

c) Someterse a actuaciones de comprobación que, en su caso, efectúe el órga-no concedente así como cualesquiera otras de comprobación y control financieroque puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales comocomunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de lasactuaciones anteriores.

d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayu-das, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Estacomunicación debe efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, conanterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesiónque se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y fren-te a la Seguridad Social.

f) Disponer de libros contables, registros diligenciados y demás documentosdebidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sec-torial aplicable al beneficiario, con la finalidad de garantizar el adecuado ejerciciode las facultades de comprobación y control.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibi-dos en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la acti-vidad que sea objeto de subvención. A tales efectos, en todas las actividades sub-vencionadas se hará constar expresamente la colaboración de la “Excma.Diputación Provincial de Zamora. Área de Agricultura y Ganadería”.

i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos de conformidad con lo previs-to en la base decimoséptima.

Sexta.- Actividades subvencionables.Se subvencionará la compra de medicamentos para la prevención y erradica-

ción de enfermedades de origen digestivo, reproductivo y parasitario del ganadocaprino.

Séptima.- Solicitudes y documentación.1. La solicitud, que se formalizará mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr.

Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, podrá ajustarse almodelo que aparece como Anexo I de las presentes bases debiendo contener, entodo caso, los extremos recogidos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre).

2. Dicha solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación,debiendo remitirse la misma en original o copia compulsada:

a) Acreditación de la capacidad de obrar del beneficiario y, en su caso, de larepresentación con la que se actúa.

La capacidad de obrar de los solicitantes que fueren personas jurídicas se acre-ditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscrita enel Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislaciónmercantil que sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar

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se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o actofundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, ins-critos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.

b) C.I.F.c) Acreditación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para osten-

tar la condición de beneficiario que señala el artículo 7.2 y 7.3 de la vigenteOrdenanza General de Subvenciones de esta Entidad, de conformidad con lo pre-visto en la base cuarta, apartado cuarto (Anexo V).

d) Relación detallada de las subvenciones solicitadas y/o concedidas para lamisma actividad (Anexo II).

e) Memoria, informe, estudio o proyecto de la actividad para la que se solicitala subvención con indicación del programa o calendario previstos

f) Presupuesto detallado de gastos.g) Ficha de Terceros (Anexo VII), (solamente si no se ha entregado anterior-

mente en esta Administración o desean modificar los datos de la misma).h) Certificado del Secretario o informe del Presidente de la Asociación o

Cooperativa que acredite los criterios de valoración previstos en la cláusula déci-ma punto 3.

i) Certificado expedido por el órgano competente, de hallarse al corriente en susobligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

3. En el caso de que los documentos exigidos estuvieran en poder de laDiputación Provincial, el solicitante se podrá acoger a lo establecido en el aparta-do f) del artículo 35 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y Procedimiento Administrativo Común, siempre que se haga constar lafecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emiti-dos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización delprocedimiento al que correspondan.

4. En los supuestos de imposibilidad material de obtención del documento, elórgano competente podrá requerir al solicitante su presentación o, en su defecto,la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento,con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

5. Si la solicitud no reúne estos requisitos se requerirá al interesado para quela subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días teniendo en cuentaque si no lo hiciese se le tiene por desistido de su solicitud, previa resolución quedeberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992,anteriormente citada.

Octava.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a partir de

la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia. Novena.- lugar de presentación.Las solicitudes se presentarán en el Registro General de esta Diputación o por

cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Décima.- Instrucción.1. La instrucción del procedimiento corresponde al Diputado Delegado del Área

de Agricultura y Ganadería.2. Las actividades de instrucción comprenderán la petición de cuantos informes

se estimen necesarios para resolver así como la evaluación de las solicitudes,

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determinando las cuantías individualizadas que corresponden a los beneficiarios. 3. Para la determinación de dichas cuantías se atenderá a los siguientes crite-

rios de valoración:- Número de años en los que la Asociación o Cooperativa viene operando en el

sector caprino:- Menos de 4 años: 1 punto- Cuatro años y más: 1,5 puntos.

- Por el número de socios ganaderos de caprino:- Menos de 50 socios: 1 punto.- Más de 50 socios: 2 puntos.

- Por disponer de personal licenciado en Veterinaria: 1 punto.4. La valoración de las solicitudes se efectuará por una Comisión de Evaluación

que estará presidida por el Presidente de la Corporación, o Diputado Delegado enquien delegue, y actuarán como vocales el Jefe del Servicio de Agricultura yGanadería y el Técnico de Administración General adscrito a Secretaría General,o funcionarios en quienes cada uno de ellos deleguen. Actuará como Secretario,con voz pero sin voto, un funcionario con categoría Administrativa del Servicio deAgricultura y Ganadería, o funcionario en quien delegue.

Si el Presidente lo estima oportuno, podrán incorporarse a la Comisión, con vozpero sin voto, otros expertos y asesores en la materia.

5. Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Evaluación deberá emitirinforme en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión deEvaluación, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motiva-da, que será notificada a los interesados, concediéndose un plazo de diez díaspara presentar alegaciones.

Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimien-to ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que lasaducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formuladatendrá el carácter de definitiva.

Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se for-mulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o larelación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, ysu cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos paraefectuarla.

La propuesta de resolución definitiva, se notificará a los interesados que hayansido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción, para que en el plazode diez días comuniquen su aceptación.

Undécima.- Resolución. 1. Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, la Junta de Gobierno

de la Diputación Provincial resolverá el procedimiento.2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses

computados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentaciónde solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolu-ción legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administra-tivo la solicitud de concesión de la subvención.

3. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdocon lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, realizándose la práctica de dichanotificación de conformidad con lo regulado en el artículo 59 de esta misma Ley.

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4. La Diputación Provincial de Zamora publicará en el Boletín Oficial de laProvincia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el pro-grama y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedi-da y finalidad o finalidades de la subvención.

5. En el Boletín Oficial de la Provincia se publicará un extracto de la resoluciónpor la que se ordena la publicación, indicando los lugares donde se encuentraexpuesto su contenido íntegro.

6. No será necesaria esta publicación en dicho Boletín si los importes de lassubvenciones concedidas, individualmente consideradas, son de cuantía inferior a3.000 euros, en cuyo caso, la publicación de los extremos relatados anteriormentese efectuará en el tablón de anuncios.

7. La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa, pudiendointerponerse contra la misma los siguientes recursos:

- Recurso de reposición, potestativamente, ante el mismo órgano provincial quedictó el acto impugnado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente ala recepción de la notificación, en la forma y con los requisitos previstos en al Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Recurso contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interpo-ner previamente el recurso de reposición), ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguien-te a la recepción de la presente notificación, en la forma y con los requisitos exigi-dos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se hubiera interpuesto recurso de reposición y no se ha recibido resoluciónexpresa de dicho recurso en el plazo de un mes, computado desde el día siguien-te al de su interposición, éste se tendrá por desestimado, pudiendo interponerserecurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que laDiputación tendría que haber resuelto el recurso de reposición.

- Cualquier otro que se estime procedente.Duodécima.- Cuantía y compatibilidad de la ayuda.1.- La cuantía de las ayudas concedidas al amparo de esta convocatoria no

superará el 70% de las facturas correspondientes al plazo de realización de activi-dades previsto en la base sexta.

En el caso de que el número de beneficiarios que cumplan las condicionesestablecidas en la base sexta supere la cuantía presupuestaria asignada para lapresente convocatoria, se aplicará un porcentaje de reducción proporcional a todosy cada uno de los beneficiarios.

2.- El importe de la subvención, ya sea por sí sola o en concurrencia con otrau otras de las ayudas o subvenciones que pueda conceder cualquier otraAdministración o ente público o persona física o jurídica, no podrá superar el costetotal de la actividad objeto de la subvención, ni los límites establecidos en elReglamento (CE) n.º 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobrela aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para laspequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolasy por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 70/2001.

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Decimotercera.- Justificación de la ayuda.1. El plazo de justificación de las ayudas será hasta el 31 de octubre de 2012,

debiendo presentar los beneficiarios de las mismas, en la Diputación Provincial, lasiguiente documentación:

a) Memoria explicativa de las actividades realizadas, en la que conste expresay de forma independiente en qué medida los gastos reflejados en las facturas hanalcanzado los objetivos y su correspondiente evaluación.

b) Balance de ingresos y gastos (Anexo VI).c) Justificación del destino dado a la subvención (Anexos III y IV).d) Se justificarán a través de factura, que deberá incluir los siguientes elemen-

tos:- Nombre o razón social y NIF de la empresa que factura.- Fecha de emisión, debiendo estar datada entre el 1 de enero y el 31 de octu-

bre de 2012.- Importe total y, en su caso, desglosado por conceptos.- IVA: Base imponible, tipo, importe y, en su caso, certificación de exención del

impuesto.e) Adeudo bancario acreditativo de que la factura ha dido pagada.f) Acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social.2. La justificación de la ayuda ascenderá como mínimo al importe de la subven-

ción concedida.3. Los gastos de justificación y la fecha de pago de las facturas será anterior a

que finalice el periodo de justificación. Los justificantes de estos gastos se presen-tarán en original, los cuales, a petición del beneficiario de la subvención, podránser devueltos. Para ello se acompañara fotocopia de los mismos que se unirán alexpediente una vez compulsados, debiendo anotarse en los originales que suimporte ha sido objeto de subvención por la Diputación de Zamora.

Decimocuarta.- Gastos subvencionalbles. 1. Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada

respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamentenecesarios y se realicen en el plazo establecido en estas bases.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podráser superior al valor de mercado.

2. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado conanterioridad a la finalización del período de justificación previsto en la base deci-motercera, párrafo primero.

3. A estos efectos, se considerará lo previsto en el artículo 18 de la vigenteOrdenanza General de Subvenciones, teniendo en cuenta que en ningún caso seconsideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean suscep-tibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

4. Los tributos serán gasto subvencionable si el beneficiario de la subvenciónlos abona efectivamente.

5.- Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías estableci-das en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el beneficia-rio deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carác-ter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicioo la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el

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mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, osalvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención.

La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justifi-cación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a crite-rios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoriala elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

Decimoquinta.- Subsanación de deficiencias en la justificación.1. Antes de finalizado el plazo de justificación de las ayudas, si del examen de

la documentación justificativa se dedujera que ésta es incompleta, se requerirá alinteresado, otorgándole un plazo de 10 días para la subsanación de las deficien-cias detectadas.

2. El servicio competente para comprobar la documentación lo será tambiénpara la realización de este trámite de subsanación a través del órgano compe-tente.

Decimosexta.- Pago.1. El pago se hará efectivo de una sola vez, previa justificación de la actividad

para la que ha sido concedida, a través de la presentación de las correspondien-tes facturas de compra

2. No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no sehalle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a laSeguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.

Decimoséptima.- Reintegro de la ayuda. 1. Existirá obligación de devolver las cantidades percibidas en el supuesto de

declaración judicial o administrativa de nulidad o anulación de la resolución de laconcesión de la subvención, de conformidad con lo previsto en el artículo 22 de laOrdenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial.

2. Procede igualmente el reintegro, total o parcial, de las cantidades percibidasy la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pagode la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro enlos siguientes casos.

a) Obtención de la ayuda falseando las condiciones requeridas para ello u ocul-tando aquéllas que lo hubieran impedido.

b) Incumplimiento total o parcial de la actividad o ejecutarla fuera del plazo esta-blecido.

c) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comproba-ción y control financiero así como el incumplimiento de las obligaciones contables,registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibi-lidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del obje-tivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas o la concurrenciade subvenciones para la misma finalidad.

d) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Diputación Provincial deZamora a los beneficiarios así como de los compromisos asumidos por éstos conmotivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran almodo en que se ha de realizar la actividad.

e) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Diputación Provincial deZamora a los beneficiarios así como de los compromisos así como de los compro-misos asumidos por éstos, con motivo de la concesión de la subvención, distintos

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de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleodado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidadde las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas,ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquieraAdministraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea ode organismos internacionales.

f) La adopción en virtud de lo establecido en los artículos 87 a 89 del Tratadode la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad de rein-tegro.

g) Incumplimiento de las demás obligaciones previstas en las presentes bases.3. La obligación de reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y de los

correspondientes intereses de demora, es independiente de las sanciones que, ensu caso, resulten exigibles.

Decimoctava.- Inspección, control y seguimiento.La Diputación podrá, por las personas designadas al efecto, solicitar cualquier

información o documentación, así como efectuar visitas para comprobar cualquierextremo relacionado con la actuación para la que se concede la subvención, encualquier momento de su ejecución.

Decimonovena.- Normativa aplicable. La presente convocatoria de subvenciones se rige por lo dispuesto en la Ley

38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18 denoviembre), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba elReglamento de la citada Ley, la Ordenanza General de Subvenciones de estaDiputación Provincial (Boletín Oficial de la Provincia n.º 60, de 19 de mayo de2004), las bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial para elejercicio 2012, así como lo previsto en estas bases.

Zamora, 2 de julio de 2012.-El Presidente, Fernando Martínez Maíllo.

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ANEXO I: SOLICITUD SUBVENCIÓN

Datos de identificación de la subvención ÁREA GESTORA: Finalidad de la subvención: Importe solicitado: Importe

presupuesto: Importe o porcentaje de compromiso aportación:

Convocatoria: Nº. BOP: Fecha BOP:

Datos de Identificación del beneficiario NOMBRE DEL BENEFICIARIO: DNI: Dirección:

Municipio/Provincia:

Datos bancarios para ingreso (20 dígitos): Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail:

Datos de identificación del representante( cuando el solicitante sea una razón social, Entidad u organismo) NOMBRE DEL REPRESENTANTE:

Cargo o representación:

Dirección: Municipio/Provincia:

Dirección a efecto de notificaciones: Municipio/Provincia:

Código Postal: Fax: e-mail:

Relación de documentos aportados por el beneficiario (señale con una X la documentación que acompaña a la solicitud): � Fotocopia del NIF/CIF del beneficiario � Documento que acredite la personalidad del solicitante, y en su caso, la representación (copia de la Escritura de constitución o modificación, copia del Acta fundacional y Estatutos, etc) � Memoria explicativa, presupuesto detallado y financiación de la actividad o adquisición � Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada

� Certificado expedido por el órgano competente, de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y la Hacienda Provincial. � Ficha de Terceros � Acreditación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ostentar la condición de beneficiario que señaña el art. 7.2 y 7.3 de la vigente Ordenanza General de Subvenciones de esta Entidad. � Certificado del Secretario/Presidente de la Asociación o Cooperativa que contemple los apartados previstos en la cláusula décima punto 3.

Por todo lo cual, reúno todos los requisitos solicitados en las Bases y SOLICITO la concesión previos los trámites pertinentes, de una ayuda económica por el importe reseñado, al objeto de poder realizar las actividades/obras indicadas.

En ______________, a ____ de __________________ 2012

EL PETICIONARIO

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO II: DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS SOLICITADAS Y/U OBTENIDAS PARA LA MISMA FINALIDAD QUE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA

D. ............................................................................................................................., con D.N.I. .........................,con domicilio en ................................................................, localidad ........................................................................................................................., en concepto de ........................................................................, comparece en representación de la entidad ……………………………............................................................................... con C.I.F. ...................., y domicilio social ................................................................................. localidad..........................................................................,provincia ................................... C.P. ............................, teléfono ...............................fax ...................................... DECLARO � SI/ � NO HABER SOLICITADO O RECIBIDO OTRAS AYUDAS PARA EL PROYECTO OBJETO DE SOLICITUD. Y para que así conste a los efectos oportunos firmo la presente declaración en

Zamora, ............ de ....................... de 2012

Fdo.: ............................................

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO III: JUSTIFICACIÓN

Datos de identificación de la subvención : ÁREA GESTORA:

Finalidad de la subvención:

Importe concedido: Importe justificado:

Convocatoria: Nº BOP: Fecha BOP:

Datos de Identificación del beneficiario:

NOMBRE DEL BENEFICIARIO:

Dirección: Municipio/Provincia:

Datos bancarios para ingreso (20 dígitos):_ _ _ _/_ _ _ _/_ _/_ _ _ _ _ _ _ _ _ _

Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail:

Relación de documentos aportados por el beneficiario (señale con una X la documentación que acompaña a la justificación): �Certificado e índice de los gastos soportados por la actividad o adquisición objeto de la subvención, según anexo. �Justificantes de los gastos

�Certificado de la Delegación de Hacienda acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias �Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la misma �Certificado, en su caso, del tipo de cambio de moneda extranjera en que se gestionó y ejecutó la subvención �Memoria final, detallada del proyecto, suscrita por el beneficiario, que describa los objetivos y resultados conseguidos � Relación firmada por ganaderos beneficiarios de la actuación. �Balance de ingresos y gastos Observaciones/Otra documentación aportada:

En ______________, a ____ de __________________ 2012

(Firma del interesado)

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO IV: DECLARACIÓN PARA ENTIDADES PRIVADAS E ÍNDICE DE GASTOS SOPORTADOS POR LA ACTIVIDAD O ADQUISICIÓN OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Datos de identificación de beneficiario y subvención : BENEFICIARIO:

FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN:

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN:

Nº Descripción del gasto Proveedor Nº Factura Fecha fra. F. Pago Importe Certificado (señalar lo que corresponda): D./Dª______________________________________________,Presidente de______________________ DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que: � Que se ha realizado la actividad para la cual se otorgó la subvención � Que los fondos han sido aplicados, ejecutados en su totalidad y pagados a la finalidad subvencionada y que los justificantes aportados corresponden a gastos directamente relacionados con la actividad subvencionada � Que la totalidad de los documentos que han servido de soporte para el reconocimiento de las obligaciones anteriores cumplen con los requisitos de la legalidad vigente/� Que cumple con lo previsto en el artículo 31.1 y 31.3 de la Ley General de Subvenciones y la Asociacion se encuentra al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Que � sí* / � NO se han obtenido otras subvenciones o ayudas que se han aplicado a la finalidad subvencionada y que junto con la concedida por la Excma. Diputación Provincial de Zamora, no superan el coste total de la actividad.

*En caso afirmativo, relacionar a continuación las ayudas obtenidas: ………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………….

Observaciones:

En ______________, a ____ de __________________ 2012

Vº B

EL PRESIDENTE EL SECRETARIO

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA��

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ANEXO V: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ACREDITATIVA DE QUE LA PERSONA ABAJO FIRMANTE NO ESTÁ INCURSA EN LAS PROHIBICIONES PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO DE SUBVENCIONES, ESTABLECIDAS EN LOS APARTADOS 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE GENERAL DE SUBVENCIONES D.___________________________________________ con DNI nº _______________ como Presidente de la Asociación ______________________ enterado de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia nº _____,de fecha ____________, de la “Convocatoria de Subvenciones________________________________ ________________________________________________________________________________________y estando interesado en la obtención de una ayuda económica con cargo a los créditos que destina a tal fin esa Corporación DECLARA: 1.- No haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. 2.- No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, no estar sujetas a intervención judicial o no haber sido inhabilitadas conforme a la ley concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. 3.- No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. 4.- No estar incursas quienes ostenten la representación legal de las entidades en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. 5.- No haber sido sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria. 6.- No estar incursa en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. 7.- No estar incurso en procedimientos de cobro en vía de apremio de deudas contraídas con esta Diputación Provincial 8.- Que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud. En ,_______________________ a __de__________________ de 2012.

Firma del peticionario Ante mí,

Fdo.: Fdo.:____________________ NOTA: Según lo previsto en el art. 13.7 LGS y 11.3b) Ordenanza, esta declaración responsable podrá otorgarse ante cualquier autoridad administrativa (Secretario de la Entidad Local, Secretario de la Excma. Diputación de Zamora, …) o notario público.

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO VI: MODELO DE PRESUPUESTO EQUILIBRADO EN SUS VERTIENTES DE GASTOS E INGRESOS. PRESUPUESTO DE GASTOS CONCEPTO/ACTIVIDAD IMPORTE/EUROS (Especificar coste detallado) __________________________ TOTAL……………. PRESUPUESTO DE INGRESOS IMPORTE/EUROS 1.- Aportación de la Asociación…………………………….. 2.- Aportación de la Diputación Provincial de Zamora…… 3.- Otras previsiones de ingresos (detallar): �

� � � � � � � ������������������������������

� � � � � TOTAL ………….. ___________________ a____de______________________de 2012 EL PRESIDENTE Fdo. _______________________�

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ANEXO VII

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III. Administración LocalDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORASERVICIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones destinadas a las Asociaciones y Federaciones de Criadores de Razas Autóctonas

de la provincia de ZamoraPrimera.- Objeto.El objeto de la presente convocatoria es la regulación de la concesión de ayu-

das, en régimen de concurrencia competitiva, a las Asociaciones y Federacionesde criadores de razas autóctonas de la provincia de Zamora para el año 2012.

Segunda.- Finalidad.La concesión de estas ayudas tiene como finalidad preservar la diversidad zoo-

genética y dar un mayor impulso al mantenimiento del patrimonio genético quesuponen las razas autóctonas de la provincia, fomentado especialmente la conser-vación de aquellas declaradas “de protección especial”.

Tercera.- Cuantía y partida presupuestaria.La cuantía total máxima de esta subvención ascenderá a la cantidad de 45.000

€ que se imputará a la partida presupuestaria 410.0 480.00 del PresupuestoGeneral de la Excma. Diputación Provincial para el año 2012 y que se distribuirácomo sigue:

- Promoción comercial y gastos de funcionamiento: 27.000 €.- Organización y celebración de ferias: 18.000 €.Cuarta.- Requisitos para obtener la condición de beneficiario.Podrán acceder a estas ayudas las Asociaciones o Federaciones de criadores

de razas autóctonas que cumplan los siguientes requisitos: 1. Tener su sede en la provincia de Zamora.2. En el caso de Asociaciones de Criadores, deberán: - Representar una raza autóctona “en peligro de extinción”.- Estar oficialmente reconocidas para la gestión del Libro Genealógico de la

raza por la Comunidad de Castilla y León.3. Realizar alguna actividad considerada como subvencionable, de conformi-

dad con lo previsto en la base sexta. 4. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas personas o entida-

des en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 7.2 y7.3 de la vigente Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. DiputaciónProvincial.

La justificación por parte de las personas o entidades de no estar incursas enlas prohibiciones para obtener la condición de beneficiario podrá realizarsemediante testimonio judicial, certificados telemáticos o transmisiones de datos, deacuerdo con lo establecido en la normativa reglamentaria que regule la utilizaciónde técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración Generaldel Estado o de la Comunidad Autónoma, o certificación administrativa, según loscasos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad compe-

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tente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante unaautoridad administrativa o notario público (Anexo VI).

Quinta.- Obligaciones de los beneficiarios.Serán obligaciones de los beneficiarios:a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en el periodo

comprendido desde el 1 de enero al 31 de octubre de 2012.b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y con-

diciones, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que deter-minen la concesión o disfrute de la subvención.

c) Someterse a actuaciones de comprobación que, en su caso, efectúe el órga-no concedente así como cualesquiera otras de comprobación y control financieroque puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales comocomunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de lasactuaciones anteriores.

d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayu-das, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Estacomunicación debe efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, conanterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesiónque se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y fren-te a la Seguridad Social.

f) Disponer de libros contables, registros diligenciados y demás documentosdebidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sec-torial aplicable al beneficiario, con la finalidad de garantizar el adecuado ejerciciode las facultades de comprobación y control.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibi-dos en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la acti-vidad que sea objeto de subvención (certámenes y exposiciones ganaderas, publi-caciones, anuncios, folletos y material publicitario en general, etc). A tales efectos,en todas las actividades subvencionadas se hará constar expresamente la colabo-ración de la “Excma. Diputación Provincial de Zamora. Área de Agricultura yGanadería”.

i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos de conformidad con lo previs-to en la base decimoséptima.

Sexta.- Actividades objeto de ayuda.1.- Actividades objeto de ayuda. Serán las siguientes: Capítulo 1.-Promoción comercial y gastos de funcionamiento:- Participación en ferias ganaderas.- Organización de cursos relacionados con la conservación y mejora de la raza

autóctona que representen.- Presentaciones y degustaciones de productos.- Imagen externa (emblemas, logotipos y material impreso o audiovisual).- Material técnico y desarrollo de programas de conservación y mejora genéti-

ca o esquemas de selección.- Gestión del Libro Genealógico de la raza.- Gastos veterinarios y administrativos.

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- Material de oficina e informático.- Servicios postales y de limpieza.- Primas de seguros, servicios jurídicos y cuotas FEAGAS y FAGACYL.Capítulo 2.- Organización y celebración de ferias- Organización de ferias ganaderas que fomenten las razas autóctonas.2.- Incompatibilidades: - No será compatible para una misma Feria solicitar ayuda para los capítulos 1 y 2.- Deberá tenerse en cuenta además, respecto al régimen de compatibilidad de

subvenciones, lo previsto en la base duodécima de la presente convocatoria. Séptima.- Solicitudes y documentación.1. La solicitud, que se formalizará mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr.

Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, podrá ajustarse almodelo que aparece como Anexo I de las presentes bases debiendo contener, entodo caso, los extremos recogidos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre).

2. Dicha solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación,debiendo remitirse la misma en original o copia compulsada:

a) Acreditación de la capacidad de obrar del beneficiario y, en su caso, de larepresentación con la que se actúa.

La capacidad de obrar de los solicitantes que fueren personas jurídicas se acre-ditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscrita enel Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislaciónmercantil que sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrarse realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o actofundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, ins-critos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.

b) C.I.F.c) Acreditación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para osten-

tar la condición de beneficiario que señala el artículo 7.2 y 7.3 de la vigenteOrdenanza General de Subvenciones de esta entidad, de conformidad con lo pre-visto en la base cuarta, apartado cuarto (Anexo VI).

d) Relación detallada de las subvenciones solicitadas y/o concedidas para lamisma actividad (Anexo II).

e) Memoria, informe, estudio o proyecto de la actividad para la que se solicitala subvención con indicación del programa o calendario previstos.

f) Acreditación, mediante la cumplimentación del Anexo III, de los criterios devaloración previstos en la base décima, punto 3.

g) Presupuesto de gastos.h) Ficha de Terceros (Anexo VIII), (solamente si no se ha entregado anterior-

mente en esta Administración o desean modificar los datos de la misma).i) Acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social.3. En el caso de que los documentos exigidos estuvieran en poder de la

Diputación Provincial, el solicitante se podrá acoger a lo establecido en el aparta-do f) del artículo 35 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y Procedimiento Administrativo Común, siempre que se haga constar la

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fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emiti-dos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización delprocedimiento al que correspondan.

4. En los supuestos de imposibilidad material de obtención del documento, elórgano competente podrá requerir al solicitante su presentación o, en su defecto,la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento,con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.

5. Si la solicitud no reúne estos requisitos se requerirá al interesado para quela subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días teniendo en cuentaque si no lo hiciese se le tiene por desistido de su solicitud, previa resolución quedeberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992,anteriormente citada.

Octava.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a partir de

la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia. Novena.- Lugar de presentación.Las solicitudes se presentarán en el Registro General de esta Diputación o por

cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Décima.- Instrucción.1. La instrucción del procedimiento corresponde al Diputado Delegado del Área

de Agricultura y Ganadería.2. Las actividades de instrucción comprenderán la petición de cuantos informes

se estimen necesarios para resolver así como la evaluación de las solicitudes,determinando las cuantías individualizadas que corresponden a los beneficiarios.

3. Para la determinación de dichas cuantías se atenderá a los siguientes crite-rios de valoración:

- Por las actuaciones destinadas a la conservación y mejora genética (controlde rendimientos, pruebas de testaje, mejora reproductiva, etc.): Hasta 7 puntos.

- Por la repercusión que sobre el fomento de las razas autóctonas puedan tenerlas ferias ganaderas organizadas: Hasta 5 puntos.

- Por número de ferias ganaderas en las que se participe, trascendencia de lasmismas y ganaderos que hayan colaborado participando con sus animales: Hasta2 puntos.

- Por el control y seguimiento de los Libros Genealógicos: Hasta 3 puntos.4. La valoración de las solicitudes se efectuará por una Comisión de Evaluación

que estará presidida por el Presidente de la Corporación, o Diputado Delegado enquien delegue, y actuarán como vocales el Jefe del Servicio de Agricultura yGanadería y el Técnico de Administración General adscrito a Secretaría General,o funcionarios en quienes cada uno de ellos deleguen. Actuará como Secretario,con voz pero sin voto, un funcionario con categoría Administrativa del Servicio deAgricultura y Ganadería, o funcionario en quien delegue.

Si el Presidente lo estima oportuno, podrán incorporarse a la Comisión, con vozpero sin voto, otros expertos y asesores en la materia.

5. Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Evaluación deberá emitirinforme en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión deEvaluación, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motiva-

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da, que será notificada a los interesados, concediéndose un plazo de diez díaspara presentar alegaciones.

Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimien-to ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que lasaducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formuladatendrá el carácter de definitiva.

Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se for-mulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o larelación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención, ysu cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos paraefectuarla.

La propuesta de resolución definitiva, se notificará a los interesados que hayansido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción, para que en el plazode diez días comuniquen su aceptación.

Undécima.- Resolución. 1. Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, la Junta de Gobierno

de la Diputación Provincial resolverá el procedimiento.2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses

computados desde el día siguiente a la finalización del plazo para la presentaciónde solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolu-ción legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administra-tivo la solicitud de concesión de la subvención.

3. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdocon lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, realizándose la práctica de dichanotificación de conformidad con lo regulado en el artículo 59 de esta misma Ley.

4. La Diputación Provincial de Zamora publicará en el Boletín Oficial de laProvincia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el pro-grama y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedi-da y finalidad o finalidades de la subvención.

5. En el Boletín Oficial de la Provincia se publicará un extracto de la resoluciónpor la que se ordena la publicación, indicando los lugares donde se encuentraexpuesto su contenido íntegro.

6. No será necesaria esta publicación en dicho Boletín si los importes de lassubvenciones concedidas, individualmente consideradas, son de cuantía inferior a3.000 euros, en cuyo caso, la publicación de los extremos relatados anteriormentese efectuará en el tablón de anuncios.

7. La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa, pudiendointerponerse contra la misma los siguientes recursos:

- Recurso de reposición, potestativamente, ante el mismo órgano provincial quedictó el acto impugnado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente ala recepción de la notificación, en la forma y con los requisitos previstos en al Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Recurso contencioso-administrativo, directamente (sin necesidad de interpo-ner previamente el recurso de reposición), ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguien-te a la recepción de la presente notificación, en la forma y con los requisitos exigi-dos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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Si se hubiera interpuesto recurso de reposición y no se ha recibido resoluciónexpresa de dicho recurso en el plazo de un mes, computado desde el día siguien-te al de su interposición, éste se tendrá por desestimado, pudiendo interponerserecurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquél en que laDiputación tendría que haber resuelto el recurso de reposición.

- Cualquier otro que se estime procedente.Duodécima.- Cuantía y compatibilidad de la ayuda.1. Las ayudas previstas en la presente convocatoria serán compatibles con cual-

quier otro tipo de ayuda para la misma finalidad procedente de otras Administracioneso entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos inter-nacionales, pero no con las concedidas por esta misma Corporación.

2. No obstante, el importe de la ayuda en ningún caso podrá ser de tal cuantíaque, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos orecursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

3. El importe de la subvención, ya sea por sí sola o en concurrencia con otra uotras de las ayudas o subvenciones que pueda conceder cualquier otraAdministración o ente público o persona física o jurídica, no podrá superar el costetotal de la actividad objeto de la subvención, ni los límites establecidos en elReglamento (CE) nº. 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobrela aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para laspequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolasy por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 70/2001.

Decimotercera.- Justificación de la ayuda.El plazo de justificación de las ayudas será hasta el 31 de octubre de 2012,

debiendo presentar los beneficiarios de las mismas, en la Diputación Provincial, lasiguiente documentación:

a) Memoria explicativa de las actividades realizadas, en la que conste expresay de forma independiente en qué medida los gastos reflejados en las facturas hanalcanzado los objetivos y su correspondiente evaluación.

b) Balance de ingresos y gastos (Anexo VII).c) Justificación del destino dado a la subvención (Anexos IV y V), de la siguien-

te manera:- Gastos de personal: Se justificarán con las correspondientes nóminas firmadas

por el perceptor, así como con los justificantes de las pertinentes cotizaciones a laSeguridad Social y a la retención e ingreso en la Delegación de la Agencia Estatal dela Administración Tributaria de las cantidades pertenecientes al Impuesto de la Rentade las Personas Físicas.

- Honorarios profesionales: Se justificarán con las oportunas minutas junto conel recibí o el adeudo bancario.

- Otros gastos: Se justificarán a través de factura, que deberá incluir los siguien-tes elementos:

- Nombre o razón social y NIF de la empresa que factura.- Fecha de emisión, debiendo estar datada entre el 1 de enero y el 31 de octu-

bre de 2012.- Importe total y, en su caso, desglosado por conceptos.

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- IVA: Base imponible, tipo, importe y, en su caso, certificación de exención delimpuesto.

d) Adeudo bancario acreditativo de que la factura ha sido pagada.e) Acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social.f) En el caso de la ayuda destinada a organización de ferias, copia de la resolu-

ción de autorización emitida por la Dirección General de Producción Agropecuaria yDesarrollo Rural de la Junta de Castilla y León para su celebración.

2. La justificación de la ayuda ascenderá como mínimo al importe de la subven-ción concedida.

3. Los gastos de justificación y la fecha de pago de las facturas serán anterio-res a que finalice el periodo de justificación. Los justificantes de estos gastos sepresentarán en original, los cuales, a petición del beneficiario de la subvención,podrán ser devueltos. Para ello se acompañara fotocopia de los mismos que seunirán al expediente una vez compulsados, debiendo anotarse en los originalesque su importe ha sido objeto de subvención por la Diputación de Zamora.

Decimocuarta.- Gastos subvencionables. 1.- Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada

respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamentenecesarios y se realicen en el plazo establecido en estas bases. En ningún caso elcoste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor demercado.

2.-Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado conanterioridad a la finalización del período de justificación previsto en la base deci-motercera, párrafo primero.

3.-A estos efectos, se considerará lo previsto en el artículo 18 de la vigenteOrdenanza General de Subvenciones, teniendo en cuenta que en ningún caso seconsideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean suscep-tibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

4.-Los tributos serán gasto subvencionable si el beneficiario de la subvenciónlos abona efectivamente.

5.- Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías estableci-das en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el beneficia-rio deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carác-ter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicioo la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en elmercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, osalvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención.

La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justifi-cación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a crite-rios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoriala elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

Decimoquinta.- Subsanación de deficiencias en la justificación.1. Antes de finalizado el plazo de justificación de las ayudas, si del examen de

la documentación justificativa se dedujera que ésta es incompleta, se requerirá alinteresado, otorgándole un plazo de 10 días para la subsanación de las deficien-cias detectadas.

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2. El servicio competente para comprobar la documentación lo será tambiénpara la realización de este trámite de subsanación a través del órgano compe-tente.

Decimosexta.- Pago.1. El pago se hará efectivo de una sola vez, previa justificación de la actividad

para la que ha sido concedida.2. No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se

halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a laSeguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.

Decimoséptima.- Reintegro de la ayuda. 1. Existirá obligación de devolver las cantidades percibidas en el supuesto de

declaración judicial o administrativa de nulidad o anulación de la resolución de laconcesión de la subvención, de conformidad con lo previsto en el artículo 22 de laOrdenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial.

2. Procede igualmente el reintegro, total o parcial, de las cantidades percibidasy la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pagode la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro enlos siguientes casos.

a) Obtención de la ayuda falseando las condiciones requeridas para ello u ocul-tando aquéllas que lo hubieran impedido.

b) Incumplimiento total o parcial de la actividad o ejecutarla fuera del plazo esta-blecido.

c) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comproba-ción y control financiero así como el incumplimiento de las obligaciones contables,registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibi-lidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del obje-tivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas o la concurrenciade subvenciones para la misma finalidad.

d) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Diputación Provincial deZamora a los beneficiarios así como de los compromisos asumidos por éstos conmotivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran almodo en que se ha de realizar la actividad.

e) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Diputación Provincial deZamora a los beneficiarios así como de los compromisos así como de los compro-misos asumidos por éstos, con motivo de la concesión de la subvención, distintosde los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleodado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidadde las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas,ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquieraAdministraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea ode organismos internacionales.

f) La adopción en virtud de lo establecido en los artículos 87 a 89 del Tratadode la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad de rein-tegro.

g) Incumplimiento de las demás obligaciones previstas en las presentes bases.3. La obligación de reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y de los

correspondientes intereses de demora, es independiente de las sanciones que, ensu caso, resulten exigibles.

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Decimoctava.- Inspección, control y seguimiento.La Diputación podrá, por las personas designadas al efecto, solicitar cualquier

información o documentación, así como efectuar visitas para comprobar cualquierextremo relacionado con la actuación para la que se concede la subvención, encualquier momento de su ejecución.

Decimonovena.- Normativa aplicable. La presente convocatoria de subvenciones se rige por lo dispuesto en la Ley

38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18 denoviembre), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba elReglamento de la citada Ley, la Ordenanza General de Subvenciones de estaDiputación Provincial (Boletín Oficial de la Provincia n.º 60, de 19 de mayo de2004), las bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial para elejercicio 2012 así como lo previsto en estas bases.

Zamora, 2 de julio de 2012.-El Presidente, Fernando Martínez Maíllo.

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ANEXO I: SOLICITUD SUBVENCIÓN

Datos de identificación de la subvención ÁREA GESTORA: AGRICULTURA Y GANADERIA Finalidad de la subvención: Importe solicitado: Importe

presupuesto: Importe o porcentaje de compromiso aportación:

Convocatoria: Nº. BOP: Fecha BOP:

Datos de Identificación del beneficiario NOMBRE DEL BENEFICIARIO: Dirección:

Municipio/Provincia:

Datos bancarios para ingreso (20 dígitos): Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail:

Datos de identificación del representante( cuando el solicitante sea una razón social, Entidad u organismo) NOMBRE DEL REPRESENTANTE:

Cargo o representación:

Dirección: Municipio/Provincia:

Dirección a efecto de notificaciones: Municipio/Provincia:

Código Postal: Fax: e-mail:

Relación de documentos aportados por el beneficiario (señale con una X la documentación que acompaña a la solicitud): � Fotocopia del NIF/CIF del beneficiario � Documento que acredite la personalidad del solicitante, y en su caso, la representación (copia de la Escritura de constitución o modificación, copia del Acta fundacional y Estatutos, etc) � Memoria explicativa, presupuesto detallado y financiación de la actividad o adquisición � Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada

� Certificado expedido por el órgano competente, de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarios y para con la Seguridad Social � Ficha de Terceros

Observaciones/Otra documentación aportada:

Por todo lo cual, reúno todos los requisitos solicitados en las Bases y SOLICITO la concesión previos los trámites pertinentes, de una ayuda económica por el importe reseñado, al objeto de poder realizar las actividades/obras indicadas.

En ______________, a ____ de __________________ 20__

EL PETICIONARIO

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO II: DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS SOLICITADAS Y/U OBTENIDAS PARA LA MISMA FINALIDAD QUE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA

D. ............................................................................................................................., con D.N.I. .........................,con domicilio en ................................................................, localidad ........................................................................................................................., en concepto de ........................................................................, comparece en representación de la entidad ……………………………............................................................................... con C.I.F. ...................., y domicilio social ................................................................................. localidad..........................................................................,provincia ................................... C.P. ............................, teléfono ...............................fax ...................................... DECLARO � SI/ � NO HABER SOLICITADO O RECIBIDO OTRAS AYUDAS PARA EL PROYECTO OBJETO DE SOLICITUD. Y para que así conste a los efectos oportunos firmo la presente declaración en

Zamora, ............ de ....................... de 20 ............

Fdo.: ............................................

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO III

RELACIÓN DE LAS ACTIVIDADES QUE SE AJUSTAN A LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN

� Actuaciones destinadas a la conservación y mejora genética (control de rendimientos, pruebas de

testaje, mejora reproductiva, etc.). ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

� Organización de ferias que repercutan favorablemente en el en el fomento de las razas autóctonas

de la provincia. ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

� Participación en certámenes ganaderos.

____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

� Gestión de Libros Genealógicos.

____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

� Estudios y publicaciones que recojan aspectos productivos de las razas y contribuyan a su

divulgación y promoción. ����������������������������������������������������������������������������������������

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������������ ______________, a ___ de ____________ de 20__ (Firma del solicitante)

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ANEXO IV: JUSTIFICACIÓN

Datos de identificación de la subvención : ÁREA GESTORA:

Finalidad de la subvención:

Importe concedido: Importe justificado:

Convocatoria: Nº BOP: Fecha BOP:

Datos de Identificación del beneficiario:

NOMBRE DEL BENEFICIARIO:

Dirección: Municipio/Provincia:

Datos bancarios para ingreso (20 dígitos):_ _ _ _/_ _ _ _/_ _/_ _ _ _ _ _ _ _ _ _

Código Postal: Teléfono: Fax: e-mail:

Relación de documentos aportados por el beneficiario (señale con una X la documentación que acompaña a la justificación): �Certificado e índice de los gastos soportados por la actividad o adquisición objeto de la subvención, según anexo. �Justificantes de los gastos

�Certificado de la Delegación de Hacienda acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias �Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la misma �Certificado, en su caso, del tipo de cambio de moneda extranjera en que se gestionó y ejecutó la subvención �Memoria final, detallada del proyecto, suscrita por el beneficiario, que describa los objetivos y resultados conseguidos �Balance de ingresos y gastos �Copia de la resolución de autorización emitida por la Dirección General de Producción Agropecuaria y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y León para la celebración de la feria objeto de la subvención. Observaciones/Otra documentación aportada:

En ______________, a ____ de __________________ 20__

(Firma del interesado)

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO V: DECLARACIÓN PARA ENTIDADES PRIVADAS E ÍNDICE DE GASTOS SOPORTADOS POR LA ACTIVIDAD O ADQUISICIÓN OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Datos de identificación de beneficiario y subvención : BENEFICIARIO:

FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN:

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN:

Nº Descripción del gasto Proveedor Nº Factura Fecha fra. F. Pago Importe Certificado (señalar lo que corresponda): D./Dª______________________________________________,Presidente de______________________ DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que: � Que se ha realizado la actividad para la cual se otorgó la subvención � Que los fondos han sido aplicados, ejecutados en su totalidad y pagados a la finalidad subvencionada y que los justificantes aportados corresponden a gastos directamente relacionados con la actividad subvencionada � Que la totalidad de los documentos que han servido de soporte para el reconocimiento de las obligaciones anteriores cumplen con los requisitos de la legalidad vigente/� Que cumple con lo previsto en el artículo 31.1 y 31.3 de la Ley General de Subvenciones y la Asociación se encuentra al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Que � sí* / � NO se han obtenido otras subvenciones o ayudas que se han aplicado a la finalidad subvencionada y que junto con la concedida por la Excma. Diputación Provincial de Zamora, no superan el coste total de la actividad.

*En caso afirmativo, relacionar a continuación las ayudas obtenidas: ………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………….

Observaciones:

En ______________, a ____ de __________________ 20__

Vº B

EL PRESIDENTE EL SECRETARIO

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA��

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ANEXO VI: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ACREDITATIVA DE QUE LA PERSONA ABAJO FIRMANTE NO ESTÁ INCURSA EN LAS PROHIBICIONES PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO DE SUBVENCIONES, ESTABLECIDAS EN LOS APARTADOS 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE GENERAL DE SUBVENCIONES D.___________________________________________ con DNI nº _______________ como Presidente de la Asociación ______________________ enterado de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia nº _____, de fecha ____________, de la “Convocatoria de Subvenciones a A LAS ASOCIACIONES Y FEDERACIONES DE CRIADORES DE RAZAS AUTÓCTONAS DE LA PROVINCIA DE ZAMORA y estando interesado en la obtención de una ayuda económica con cargo a los créditos que destina a tal fin esa Corporación DECLARA: 1.- No haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. 2.- No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, no estar sujetas a intervención judicial o no haber sido inhabilitadas conforme a la ley concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. 3.- No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. 4.- No estar incursas quienes ostenten la representación legal de las entidades en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. 5.- No haber sido sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria. 6.- No estar incursa en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. 7.- No estar incurso en procedimientos de cobro en vía de apremio de deudas contraídas con esta Diputación Provincial 8.- Que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud. En ,_______________________ a __de__________________ de 20__ .

Firma del peticionario Ante mí,

Fdo.: Fdo.:____________________ NOTA: Según lo previsto en el art. 13.7 LGS y 11.3b) Ordenanza, esta declaración responsable podrá otorgarse ante cualquier autoridad administrativa (Secretario de la Entidad Local, Secretario de la Excma. Diputación de Zamora, …) o notario público.

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

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ANEXO VII: MODELO DE PRESUPUESTO EQUILIBRADO EN SUS VERTIENTES DE GASTOS E INGRESOS. PRESUPUESTO DE GASTOS CONCEPTO/ACTIVIDAD IMPORTE/EUROS (Especificar coste detallado) __________________________ TOTAL……………. PRESUPUESTO DE INGRESOS IMPORTE/EUROS 1.- Aportación de la Asociación…………………………….. 2.- Aportación de la Diputación Provincial de Zamora…… 3.- Otras previsiones de ingresos (detallar): �

� � � � � � � ������������������������������

� � � � � TOTAL ………….. ___________________ a____de______________________de 20__ EL PRESIDENTE Fdo. _______________________

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ANEXO VIII

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

ZAMORAAnuncio

De conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se hace saber a la mercantil Pescavega, S.L., cuyo último domicilio conocidoes en la calle Pasaje Diego de Losada, n.º 3, oficina 3 - Entpta, Zamora, que por estaAlcaldía de Zamora, con fecha 18 de junio de 2012, se ha acordado:

Primero.- Esta Alcaldía ha tenido conocimiento a través de la Concejalía deComercio, de que el módulo número 40 del mercado municipal de mayoristas, cuyoconcesionario resulta serla mercantil Pescavega, S.L., finalizando el plazo concesio-nal el día 22 de junio de 2036, permanece cerrado a la actividad comercial y a todotipo de labores y tareas propias de la comercialización, desde el día 13 de abril de2012, sin haber presentado ningún tipo de solicitud ni justificación al respecto.

Segundo.- Tales hechos pueden ser constitutivos de causa de resolución delcontrato concesional del módulo número 40 del mercado, a tenor del Reglamentode Funcionamiento y Régimen Interno del mercado de mayoristas de Zamora,aprobado definitivamente por acuerdo plenarío de 17 de julio de 1985, así como,del Pliego de condiciones Económico-Administrativas de la Contratación medianteconcurso en procedimiento abierto y tramitación ordinaria para la Concesión depuestos de venta al por mayor del mercado de mayoristas de Zamora, aprobadopor acuerdo plenarío de fecha 9 de enero de 1996, que rige la concesión de dichomódulo cuyas cláusulas forman parte integrante del contrato concesional y de laNormativa de Contratación aplicable a las concesiones administrativas otorgadaspor las administraciones locales.

Con base en estos antecedentes, a propuesta del Sr. Concejal Delegado delÁrea de Desarrollo Económico, Empleo y Comercio y en virtud de las competen-cias que me asigna la vigente legislación sobre el Régimen Local,

HE RESUELTOQue, por el servicio de comercio de este Ayuntamiento se proceda a la instruc-

ción del correspondiente expediente de resolución, en su caso, del contrato conce-sional del módulo número 40 del mercado municipal de mayoristas, cuyo concesio-nario resulta ser la mercantil Pescavega, S.L., por el incumplimiento culpable quesupone el hecho de contravenir de forma continuada desde hace mas de dosmeses el objeto de la concesión, consistente en el uso, disfrute y explotación dedicho módulo para la venta al por mayor de productos de pescado, todo tipo depescado fresco y congelado, incluso los preparados y precocinados. Todo ello, aefectos de regularizar la situación jurídica y funcional de dicho módulo, de confor-midad con el Pliego de condiciones Económico-Administrativas de la contrataciónmediante concurso en procedimiento abierto y tramitación ordinaria para la conce-

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sión de puestos de venta al por mayor del mercado de mayoristas de Zamora,aprobado por acuerdo plenario de fecha 9 de enero de 1996, que rige la concesiónde dicho módulo, el Reglamento de Funcionamiento y Régimen Interno delMercado de Mayoristas de Zamora, aprobado definitivamente por acuerdo plenariode 17 de julio de 1985 y la normativa de contratación aplicable a las concesionesadministrativas otorgadas por las administraciones locales.

Segundo.- Notificar este Decreto al interesado, informándole de que el plazomáximo para la resolución y notificación del procedimiento es de tres meses desdela fecha de este acuerdo de iniciación, conforme al art. 42.3 y 42.4 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, así como de que el efecto que produciría, ensu caso, el silencio administrativo, sería la caducidad del procedimiento, de confor-midad con el art. 44.2 de la mentada Ley.

Tercero.- De conformidad con los arts. 31 y 84 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, queda abierto el preceptivo trámite de audien-cia a los interesados.

El expediente, hasta la fecha, consta de los siguientes documentos:Informe del Servicio de Comercio de fecha 15 de junio de 2012, en relación con

el incumplimiento continuado del objeto de la concesión del módulo núm. 40 delMercado de Mayoristas, por parte del titular de la misma.

Propuesta del Sr. Concejal Delegado del Área de Desarrollo Económico,Empleo y Comercio, de fecha 15 de junio de 2012, para la incoación de expedien-te de resolución del contrato concesional del módulo núm. 40 del Mercado deMayoristas, por incumplimiento continuado del objeto del contrato.

Decreto de la Alcaldía de fecha 18 de junio de 2012, ordenando la incoación delexpediente de resolución, en su caso, del contrato concesional del módulo núm. 40del mercado de mayoristas, por incumplimiento continuado del objeto del contrato.

El expediente está puesto de manifiesto, pudiendo acceder al mismo los inte-resados, en las oficinas del servicio de comercio de este Excmo. Ayuntamiento, enla calle de San Torcuato núm. 5, oficina de comercio, concediéndole a Pesca Vega,S.L., un plazo de diez días desde la recepción de esta notificación, para que, encalidad de interesado alegue y presente los documentos y justificaciones que esti-me pertinentes.

Lo que comunico a Vd., significándole que contra el acto anteriormente expre-sado, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de unmes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución o del acuer-do, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo hubiese dictado.Se le advierte, que en el caso de interposición del recurso de reposición, no sepodrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resueltoexpresamente éste, o se haya producido la desestimación presunta del recurso dereposición interpuesto. En el supuesto de no hacer uso del recurso potestativo dereposición, podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante

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el tribunal competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo dedos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acuerdo(artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa).

Sin perjuicio de lo anterior, le significo que, como interesado, podrá ejercitar cual-quier otro recurso que estime oportuno, de acuerdo con la Ley y el derecho (Ley4/99, de 13 de enero de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, así como, la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa).

Lo que se notifica mediante su inserción en el tablón de anuncios de esteExcmo. Ayuntamiento y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora,a los efectos prevenidos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, ya que, habiéndose intentado la notificación en el últimodomicilio conocido, esta no se ha podido practicar.

Zamora, 21 de junio de 2012.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

ZAMORAAnuncio

Aprobado por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Zamora con fecha 27 dejunio de 2012, la modifícación de la ordenanza del servicio de abastecimiento deagua potable, se expone al público en la tesorería (Plaza Mayor, 1), para quepueda ser examinado durante el plazo de treinta días, contados a partir del díasiguiente a aquél en que aparezca publicado en el Boletín Oficial de la Provincia,no admitiéndose reclamación alguna transcurrido dicho plazo.

Zamora, 2 de julio de 2012.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

ZAMORAEdicto

Habiéndose intentado la notificación a D.ª M.ª Dolores Fernández Ferreruela,con DNI n.° 53117495-F de la resolución de la Concejala delegada de BienestarSocial del Excmo. Ayuntamiento de Zamora de fecha 11 de junio de 2012 dictadoen el expediente CE-1355, promovido de oficio sobre requerimiento justificaciónayuda económica de urgente necesidad, sin que haya podido ser practicada la noti-ficación del mismo en su último domicilio conocido en Zamora, en cumplimiento delo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (BOE de 27 de noviembre), se procede a su notificación por medio deanuncios en el tablón de edictos de este Excmo. Ayuntamiento y en el BoletínOficial de la Provincia de Zamora.

Asimismo, y atendiendo a lo establecido en el artículo 61 del mismo cuerpo nor-mativo, se le comunica que el texto íntegro del mismo en virtud del cual se incoadicho procedimiento se encuentra a su disposición en el Excmo. Ayuntamiento deZamora, Departamento de Servicios Sociales, sito en la C/ Jiménez de Quesada,n.° 5, de Zamora, disponiendo el interesado de un plazo de diez días, a partir delsiguiente al de la publicación del presente anuncio para conocer su contenido, conindicación de que así no lo hiciera se procederá a continuar con la resolución delexpediente.

Zamora, 26 de junio de 2012.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

ZAMORAEdicto

Habiéndose intentado la notificación a D.ª Rossy del Carmen Matos Hatton, conDNI n.° X-7678453-H de la resolución de la Concejala delegada de BienestarSocial del Excmo. Ayuntamiento de Zamora de fecha 11 de junio de 2012 dictadoen el expediente CE-2321, promovido de oficio sobre requerimiento justificaciónayuda económica de urgente necesidad, sin que haya podido ser practicada la noti-ficación del mismo en su último domicilio conocido en Zamora, en cumplimiento delo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (BOE de 27 de noviembre), se procede a su notificación por medio deanuncios en el tablón de edictos de este Excmo. Ayuntamiento y en el BoletínOficial de la Provincia de Zamora.

Asimismo, y atendiendo a lo establecido en el artículo 61 del mismo cuerpo nor-mativo, se le comunica que el texto íntegro del mismo en virtud del cual se incoadicho procedimiento se encuentra a su disposición en el Excmo. Ayuntamiento deZamora, Departamento de Servicios Sociales, sito en la C/ Jiménez de Quesada,n.° 5, de Zamora, disponiendo el interesado de un plazo de diez días, a partir delsiguiente al de la publicación del presente anuncio para conocer su contenido, conindicación de que así no lo hiciera se procederá a continuar con la resolución delexpediente.

Zamora, 26 de junio de 2012.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

BENAVENTEEdicto

De conformidad con lo dispuesto en los artículos. 59 y 61 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas yProcedimiento Administrativo Común, habiendo resultado infructuoso el intento denotificación a los interesados por causas no imputables a este Ayuntamiento, sepone de manifiesto mediante el presente edicto los actos que a continuación serelacionan con indicación del interesado, último domicilio conocido así como delprocedimiento sancionador instruido al efecto.

En virtud de lo anterior, dispongo que los interesados o sus representantesdebidamente acreditados, podrán comparecer ante el Departamento de Sanciones,situado en la plaza del Grano, n.° 3 de Benavente, C.P. 49600, en el plazo de diezdías contados desde el siguiente a la inserción del presente edicto en el tablón deAnuncios de este Ayuntamiento, para el conocimiento del contenido íntegro de losactos mencionados y constancia de tal conocimiento, en horario de 9:00 a 14:00horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Asimismo, se advierte a los interesados de que, de no comparecer en el citadoplazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde eldía siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Expediente Interesado Localidad AsuntoOMVAM-1/11 Daniel Escudero Jiménez Valladolid Resolución sancionadoraOMVAM-12/11 Alberto Jiménez Jiménez Zamora Resolución sancionadoraOMVAM-20/11 Remedios Jiménez Motos El Perdigón (Zamora) Propuesta resoluciónOMVAM-32/11 Remedios Jiménez Motos El Perdigón (Zamora) Resolución sancionadoraOMVAM-36/11 Luciano Jiménez Jiménez Zamora Resolución sancionadoraOMVAM-37/11 Alfredo Jiménez Ramírez San Andrés de Rabanedo (León) Propuesta de resoluciónOMVAM-53/11 Juan Navarro Montaño Navalmoral de la Mata (Cáceres) Resolución sancionadora

Claves de identificación:OMVAM: Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Otras Actividades en la Vía Pública.

Benavente, 25 de junio de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOFERMOSELLE

Anuncio de exposición pública de la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2011

Rendidas por la Presidencia las Cuentas Generales del Presupuesto y de laAdministración del Patrimonio correspondientes al ejercicio 2011, e informadasdebidamente por la Comisión Especial de Cuentas de este Ayuntamiento, en cum-plimiento y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 de la Ley 7/85 y212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba eltexto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, quedan expues-tas al público en la Secretaría de esta Entidad por plazo de quince días hábilespara que durante el mismo y ocho días más, puedan los interesados presentar porescrito los reparos, observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes

Fermoselle, 2 de julio de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTORABANALES

AnuncioPor acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 4 de julio de 2012, se ha

resuelto aprobar inicialmente el siguiente proyecto:- Modificación del proyecto técnico de pavimentación, abastecimiento y sanea-

miento en Rabanales y Matellanes, redactado por el arquitecto, D. Teodoro ChillónRamos, con un presupuesto de ejecución por contrata de 65.204,95 euros y de laprimera separata del mismo por importe de 62.642,62 euros.

El citado acuerdo de modificación del proyecto técnico permanecerá expuestoal público por espacio de veinte días hábiles, contados a partir de aquel en el queaparezca este anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia al efecto deque todos los interesados puedan examinarlos e interponer las reclamaciones queestimen oportunas.

Transcurrido el citado plazo sin la interposición de reclamación de clase algu-na, se estimarán definitivamente aprobados.

Rabanales, 5 de julio de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

EL PEGOEdicto

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se anuncia que el Ayuntamientode El Pego, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de junio de 2012, por unanimi-dad de los asistentes, ha adoptado los siguientes acuerdos:

Aprobar provisionalmente, las ordenanzas que se identifican a continuación:1.- Ordenanza reguladora de la ocupación temporal de espacios públicos exte-

riores con veladores, parasoles y otras instalaciones análogas que constituyancomplemento de la actividad hostelera.

Los expedientes tramitados para la adopción de los acuerdos anteriores, asícomo las ordenanzas fiscales que se modifican y se aprueban nuevamente seexpondrán al público por espacio de treinta días, a contar desde el siguiente al dela inserción del precedente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Durante el periodo de exposición pública de las ordenanzas, quienes tuvieranun interés directo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamacionesque estimen oportunas. Transcurrido el periodo de exposición pública sin haberseformulado reclamaciones, los acuerdos iniciales devendrán definitivos sin necesi-dad de adoptar ningún nuevo acuerdo.

El Pego, 29 de junio de 2012.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

SANTOVENIA DEL ESLAAnuncio de notificación a interesados no localizados de la baja de oficio

en el Padrón Municipal de HabitantesIncoado en este Ayuntamiento procedimiento de comprobación de la residencia

de diversas personas a instancias del Instituto Nacional de Estadística y, en sucaso, de baja de oficio en los casos que proceda.

Intentada la notificación personal de apertura de expediente de baja de oficiopor falta de ratificación de la inscripción padronal y resultando infructuosa por cuan-to no ha podido localizarse a las personas que a continuación se citan, so hacepública mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anun-cios de este municipio:

Nombre y apellidos: Marcos Mendes Policiano.Los interesados disponen de un plazo de quince días hábiles, contados desde

el siguiente al de la publicación del presente edicto, para ratificar su residencia . Deno realizarse ésta, se seguirá con el procedimiento de baja de oficio.

Santovenia del Esla, 16 de junio del 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

CAMARZANA DE TERACon fecha 22 de noviembre de 2012, finaliza el mandato de Juez de Paz sus-

tituto del municipio de Camarzana de Tera.En consecuencia, se procede por este Ayuntamiento a anunciar la vacante para

que quienes estén interesados en el cargo puedan presentar su solicitud en laSecretaría del Ayuntamiento de Camarzana de Tera.

Todas las personas que deseen presentar sus solicitudes, deberán ajustarse alas siguientes bases:

1.- Requisitos:- Ser español.- Ser mayor de edad.- Residir en el municipio.- No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidadestablecidas en los arts. 303 y 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, nien la prohibición establecida en el art. 23 del Reglamento 3/1995, de 7 dejunio, de los Jueces de Paz.2.-Plazo y lugar de presentación de solicitudes:Durante treinta días naturales, a contar desde el día siguiente al de la fecha de

publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la Secretaríadel Ayuntamiento de Camarzana de Tera, de 9 a 14 horas (o por cualquiera de losprocedimientos establecidos en el art. 39 de la LRJAPPAC).

3.- Solicitudes:A las solicitudes deberá unirse la siguiente documentación:- Fotocopia del DNI.- Declaración jurada de no estar incurso en causas de incapacidad, incompati-bilidad ni prohibición para desempeñar dicho cargo.Camarzana de Tera, 2 de julio de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

CASTRONUEVO DE LOS ARCOSAnuncio

Por resolución de Alcaldía de fecha 26 de junio de 2012, han sido aprobadoslos siguientes padrones:

Agua 4.° trimestre 2011 y 1.° trimestre 2012, potabilización.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo

2/200,4 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, y el artículo 21 de la ley 7/1985, reguladora de las bases delRégimen Local, se abre un plazo de exposición pública durante el plazo de quincedías hábiles, contados a partir del día siguiente a la inserción de este anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia, durante el cual los interesados podrán formular lasreclamaciones y alegaciones que estimen oportunas, entendiéndose definitivamen-te aprobado en el supuesto de que no se formulara reclamación de ningún género.

Castronuevo de los Arcos, 28 de junio de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOMOLACILLOS

EdictoEl Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de junio de 2012,

ha aprobado inicialmente, el Presupuesto General para el ejercicio de 2012.En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo

2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto alpúblico en la Secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina y por plazode quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170de dicho RDL, puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y porlos motivos que se indican en el punto 2.° del citado último artículo, ante el Plenode este Ayuntamiento.

En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 delpredicho RDL, el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sin nece-sidad de acuerdo expreso.

Molacillos, 27 de junio de 2012.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOMOLACILLOS

EdictoRendidas las Cuentas Generales del Presupuesto y de Administración del

Patrimonio, correspondientes al ejercicio de 2011, e informadas debidamente porla Comisión Especial de Cuentas de esta entidad, en cumplimiento y de conformi-dad con lo dispuesto en los artículos 116 de la Ley 7/85 y 212 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, quedan expuestas al público en laSecretaría de esta Entidad, por plazo de quince días hábiles, para que durante elmismo y ocho días más, puedan los interesados presentar por escrito los reparos,observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.

Molacillos, 27 de junio de 2012.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

JUSTELEdicto

Formulada y rendida la Cuenta General, del presupuesto de este Ayuntamientode Justel, correspondiente al ejercicio 2011, en cumplimiento de lo dispuesto en losartículos 116 de la Ley 7/85 y 212 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, queda expuesta alpúblico, en la Secretaría del Ayuntamiento, durante el plazo de quince días, paraque durante el mismo y ocho días más, a partir de la publicación del presente enel Boletín Oficial de la Provincia, puedan los interesados presentar las reclamacio-nes y observaciones que estimen oportunas.

Justel, 25 de junio de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

JUSTELEdicto

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25 de junio de 2012,ha aprobado inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio de 2012.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del RDL 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, el expediente completo queda expuesto al público en laSecretaría de esta entidad, durante las horas de oficina por plazo de quince díashábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el art. 170.1 de dicho textopuedan presentar las reclamaciones que estimen, por los motivos que se indicanen el punto 2 de citado último artículo, ante el Pleno de este Ayuntamiento.

En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169 depredicha ley, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin necesi-dad de acuerdo expreso.

Justel, 25 de junio de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

TORRES DEL CARRIZALEdicto

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 28-06-12, ha apro-bado inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio de 2012.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el expediente completo queda expuesto al público en laSecretaría de esta entidad, por plazo de quince días hábiles, a fin de que los inte-resados que se señalan en el art. 170 de dicho texto, puedan presentar las recla-maciones que estimen, por los motivos que se indican en el punto 2 del citado últi-mo artículo, ante el Pleno de este Ayuntamiento.

En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde eldía siguiente de la inserción de este anuncio en el "Boletín Oficial de la Provincia",no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el art. 169, elpresupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdoexpreso.

Torres del Carrizal, 2 de julio 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

POBLADURA DE VALDERADUEYAnuncio

Por Decreto de Alcaldía de fecha 27 de junio de 2012, se aprueban provisional-mente los padrones cobratorios correspondientes a:

- Tasa de alcantarillado, de 2012.- Tasa de cementerio, año 2012.- Tasa de recogida de basura, año 2012.- Rodaje y arrastre, año 2012.- Tránsito de ganado, año 2012.- Tasa abastecimiento de agua domiciliario, 1.° semestre de 2012.Quedan expuestos al público a efectos de examen y reclamaciones en la

Secretaría de este Ayuntamiento, durante las horas de oficina, por un plazo dequince días, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia, transcurrido el cual sin que exista ninguna reclama-ción se entenderán definitivamente aprobados sin necesidad de acuerdo expreso.

Pobladura de Valderaduey, 27 de junio de 2012.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

VILLANUEVA DE AZOAGUEEdicto de aprobación definitiva

Se ha expuesto al público el presupuesto de este Ayuntamiento para el ejerci-cio de 2012, la plantilla orgánica y la relación de puestos de trabajo según se anun-cia en el Boletín Oficial de la Provincia número 70, de fecha 13/06/2012. A conti-nuación se hacen públicos el presupuesto resumido por capítulos, la plantilla orgá-nica y la relación de puestos de trabajo.

PRESUPUESTO ÚNICORESUMEN POR CAPÍTULOS

IngresosCapítulo Euros

A) Operaciones corrientes1 Impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 109.000,002 Impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.200,003 Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37.800,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71.000,005 Ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.000,00

Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 221.000,00

GastosCapítulo Euros

A) Operaciones corrientes1 Gastos en personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79.200,002 Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . 123.850,003 Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.000,004 Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.500,00

B) Operaciones de capital6 Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.950,007 Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.500,00

Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 221.000,00

PLANTILLA DE PERSONALPersonal funcionario:- Número de puestos: 1.

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- Denominación: Secretario-Interventor.- Grupo-Nivel: A.- Nombre y apellidos: A.H.A.Personal laboral fijo:- Número de puestos: 3.- Nombre y apellidos: L.B.P./ J.C.H./ MA.L.S.Personal laboral temporal: - Número de puestos: 0.Personal eventual:- Número de puestos: 0.Contra la aprobación del presupuesto se puede interponer recurso contencioso

administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de lapublicación de este edicto, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior deJusticia de Castilla y León.

Villanueva de Azoague, 1 de julio de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

BUSTILLO DEL OROAnuncio

Notificación al amparo de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPública y del Procedimiento Administrativo Común.

No habiendo surtido efecto la notificación intentada por esta Administración enel último domicilio conocido del interesado en el expediente Fernando TempranoCastañares que consta en el expediente de ruina número 2/2011, que se sigue eneste Ayuntamiento.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1.992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, mediante el presente anuncio se notifica aFernando Temprano Castañares, que:

Con fecha 2 de abril de 2012, por la Alcaldía se ha dictado resolución en la quese ordena a Fernando Temprano Castañares, con NIF 11951785L y domicilio en laAvda. Galicia, 10 Es: 5, Pl: 4 Pt: C, el desescombro actual y la demolición y elimi-nación completa de todas las construcciones derrumbadas en el interior de la pro-piedad, incluso eliminar partes inestable de los muros del cerramiento a vía públi-ca y su posterior reconstrucción con fábrica de ladrillo, enfoscadas y pintadas alexterior, con colores terrosos y ocres y una altura mínima de 2.50 metros, así comola reparación de las cubiertas y el resto de los paños de muro, donde el material deconstrucción se vea desprendido con el paso del tiempo, incluso limpieza de loselementos eliminados, dejando la zona y los elementes que se mantienen en per-fectas condiciones de estabilidad, todo ello del inmueble sito en la calle SanSebastián, número 3, de Bustillo del Oro. El plazo concedido al titular para realizartales obras es de dos meses.

En virtud de lo anterior, el titular o sus representantes debidamente acreditados,deberán comparecer para el conocimiento del contenido íntegro de la mencionadaresolución y constancia de tal conocimiento, en las oficinas de este Ayuntamientode Bustillo del Oro, sitas en la calle Fraguas, número 2, de Bustillo del Oro(Zamora), en horario de oficina, dentro del plazo de diez días, contados desde eldía siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de laProvincia.

Asimismo se advierte al interesado, que de no comparecer en el citado plazo,la notificación de esta resolución se entenderá producida a todos los efectos lega-les desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Contra la resolución que se anuncia, que pone fin a la vía administrativa, puedeinterponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un

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mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, ante el Alcalde de esteAyuntamiento de Bustillo del Oro, de conformidad con los artículos 116 y 117 deLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-admi-nistrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora en el plazode dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presentenotificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, dela Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recursode reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativohasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimaciónpor silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otrorecurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Bustillo del Oro, 5 de julio de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

MALVAAnuncio

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas locales aprobado por Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por laComisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspon-diente al ejercicio 2011, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho másquienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u obser-vaciones que tengan por convenientes.

Malva, 2 de julio de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

MALVAAnuncio

Aprobado inicialmente por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento con fecha2 de julio de 2012, la 2.ª separata del proyecto de obras, para obras de “CentroSocial y Asistencial en Malva”, con un presupuesto total de 32.680,96 euros redac-tado por el arquitecto Alfonso García de Acilu Gutiérrez. De conformidad con loestablecido en el art. 121 del R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por elque se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y alefecto de lo establecido en el art. 93 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 deabril, somete a información pública el citado proyecto técnico por plazo de un mesa contar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Zamora,durante los cuales podrán los interesados examinarlo, y presentar las alegacionesque estimen oportunas.

De no presentarse alegaciones durante el período de exposición pública elacuerdo inicial se elevará automáticamente a definitivo.

Malva, 5 de julio de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

MALVAAnuncio de aprobación definitiva

Por acuerdo adoptado en sesión ordinaria de fecha 2 de julio de 2012, por elPleno del Ayuntamiento de Malva se aprobó de forma definitiva la ordenanza fiscalreguladora de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial consti-tuido en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas a favor de empresas explo-tadoras de servicios de suministros, cuyo texto íntegro se hace público en cumpli-miento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL CONSTITUIDO EN EL SUELO, SUBSUELO

O VUELO DE LAS VÍAS PÚBLICAS A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS

Artículo 1. Fundamento y naturaleza.En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la

Constitución Española, y el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladorade las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo previsto en el artículo 57del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con los artí-culos 20.1.A) y 24.1.c) del mismo texto legal, este Ayuntamiento establece la «tasapor utilización privativa o aprovechamiento especial constituido en el suelo, sub-suelo o vuelo de las vías públicas a favor de empresas explotadoras de serviciosde suministros», que estará a lo establecido en la presente ordenanza fiscal.

Artículo 2. Hecho imponible.El hecho imponible está constituido por la utilización privativa o aprovechamien-

to especial constituido en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipa-les, a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten deinterés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario,tales como los suministros de agua, gas, electricidad, telefonía fija y otros análo-gos, quedando excluida la telefonía móvil.

Esta tasa es compatible con otras tasas que puedan establecerse por la pres-tación de servicios o la realización de actividades de competencia local, de las quelas mencionadas empresas deban ser sujetos pasivos conforme a lo establecidoen el artículo 23.1.b) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el quese aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que-dando excluida por el pago de esta tasa, la exacción de otras tasas derivadas dela utilización privativa o el aprovechamiento especial constituido en el suelo, sub-suelo o vuelo de las vías públicas municipales.

Artículo 3. Sujeto pasivo.Son sujetos pasivos de esta tasa, todas las personas físicas o jurídicas titula-

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res de las empresas explotadoras de servicios de suministros descritas en el artí-culo anterior, tanto si son titulares de las correspondientes redes a través de lascuales se efectúan los suministros como si lo son de derechos de uso, acceso ointerconexión a éstas.

Entre las empresas explotadoras de los servicios se entienden incluidas lasempresas distribuidoras y comercializadoras de estos.

Artículo 4. Responsables.Responderán solidariamente o subsidiariamente de las obligaciones tributarias

del sujeto pasivo, las personas físicas o jurídicas a que se refieren los artículos 41a 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Artículo 5. Base imponible.La base imponible estará constituida por los ingresos brutos, determinados con

arreglo a lo establecido en el artículo 24.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales.

Artículo 6. Tipo y cuota tributaria.La cuantía de la tasa regulada en esta ordenanza se determina aplicando el tipo

impositivo del 1,5% a la base imponible determinada con arreglo a lo dispuesto enel artículo 5.

Artículo 7. Devengo y nacimiento de la obligación.La tasa se devenga cuando se inicia la utilización privativa o aprovechamiento

especial constituido en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas, necesariopara la prestación del servicio de suministro.

Si la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público localse prolonga durante varios ejercicios, el devengo de la tasa tendrá lugar el 1 deenero de cada año.

A tenor del artículo 24.5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de diciem-bre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, cuando la utilización privativa o el aprovechamiento especiallleve aparejada la destrucción o deterioro del dominio público local, el beneficiario,sin perjuicio del pago de la tasa a que hubiere lugar, estará obligado al reintegrodel coste total de los respectivos gastos de reconstrucción o reparación y al depó-sito previo de su importe.

Si los daños fueran irreparables, la entidad será indemnizada en cuantía igualal valor de los bienes destruidos o al importe del deterioro de los dañados.

El Ayuntamiento no podrá condonar total ni parcialmente las indemnizaciones yreintegros a que se refiere este apartado.

Artículo 8. Liquidación e ingreso.Se establece el régimen de autoliquidación.Cuando se trata de la tasa devengada por aprovechamientos especiales de

redes que se realizan a lo largo de varios ejercicios, las compañías suministrado-ras o prestadoras de los servicios habrán de presentar al Ayuntamiento antes del30 de abril de cada año la liquidación correspondiente al importe de los ingresosbrutos facturados en el ejercicio inmediatamente anterior.

Las empresas que utilicen redes ajenas para efectuar el suministro habrán de

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acreditar la cantidad satisfecha a otras empresas en concepto de acceso o interco-nexión para justificar la reducción de sus ingresos.

El pago de la tasa podrá hacerse efectivo en las oficinas municipales o a travésde transferencia bancaria.

Artículo 9. Infracciones y sanciones.En todo lo referente a infracciones y sanciones será de aplicación la Ley

58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto, los artículos 181 ysiguientes, y las disposiciones que la desarrollen.

Disposición final:La presente ordenanza fiscal, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el

Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada en fecha 19 de diciembre de 2011,entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesadosrecurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir deldía siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede enValladolid.

Malva, 2 de julio de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

VIDEMALALicitación para la adjudicación mediante concurso de la cesión

de las instalaciones del bar municipal de VidemalaEl Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 28 de junio de 2012

aprobó el pliego de condiciones económico-administrativas para la adjudicaciónmediante concurso de la cesión de las instalaciones del "bar municipal". El expresa-do documento queda expuesto al público por espacio de ocho días hábiles, a con-tar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia de Zamora, a efectos de reclamaciones, entediéndose definitivamenteaprobado para el supuesto de no presentarse reclamación en el citado término.

De forma simultánea se anuncia concurso público, si bien la licitación se apla-zará lo necesario para el supuesto de presentarse reclamaciones contra el pliegode condiciones particulares.

El concurso, se regirá por las siguientes bases que se extracta:1.- Entidad adjudicataria.Ayuntamiento de Videmala.2.- Objeto del contrato.La prestación del servicio de "bar-cafetería", mediante la cesión de las instala-

ciones del edificio "bar municipal".3.-Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto. Forma: Concurso.4.-Garantías. Provisional: No se fija. Definitiva: 300 € (aval bancario).5.-Obtención de documentación e información.Ayuntamiento de Videmala, C/ Iglesia, 7 - 49164. Videmala. Teléfono: 980 556 230.6.-Plazo y lugar de presentación de proposiciones.En la Secretaría del Ayuntamiento de Videmala (miércoles, en horario de 10:00 a

13:00 horas, y jueves de 15.30 a 19:30) en el término de ocho días naturales, contadosa partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia deZamora, en días y horas hábiles, y hasta las trece horas del último día hábil así definido.

7.-Documentación a presentar.Los recogidos en la condición que rigen pliego.

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8.-Modelo de proposición.D. ................................................... con domicilio en, ……....………………

municipio ................................. C.P ……………. y DNI n.° ……………..... expedidoen ……………………............... con fecha, …………..en nombre propio (o enrepresentación de ……………………… como acredito por ................... enteradodel expediente de contratación ordinaria y de convocatoria para la adjudicación porprocedimiento abierto, mediante la forma de concurso de la cesión de los bienes einstalaciones .................., para gestionar el servicio de "bar- municipal”, anunciadaen el Boletín Oficial de la Provincia n.°…………de fecha ………………… tomoparte en la misma comprometiéndome a gestionar el servicio en la forma y conarreglo al Reglamento de Servicios, y el pliego de cláusulas administrativas, conlos criterios, mejoras y soluciones que expongo a continuación, declarando noestar incurso en los supuestos de incapacidad o incompatibilidad, establecidos enel texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

A) Mejoras: ........................................................................................................................................................................................................................................B) Puestos de trabajo: ......................................................................................................................................................................................................................C) Propuestas: ..................................................................................................................................................................................................................................Fecha y firma.9.-Apertura de proposiciones.En el Salón de Plenos del Ayuntamiento, a las 13:00 horas del primer día hábil

siguiente a la conclusión del plazo para la presentación de proposiciones.10.-Otras informaciones.-Serán de cuenta del adjudicatario las tasas que se detallan en el pliego de con-

diciones particulares.-Serán de cuenta del adjudicatario los gastos de anuncios.Videmala, 4 de julio de 2012.-El Alcalde.

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III. Administración LocalOTRAS ENTIDADES LOCALES

MANCOMUNIDAD “LAGO DE SANABRIA”Anuncio

En cumplimiento del artículo 212 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,se expone al público la Cuenta General y Administración del Patrimonio, correspon-diente al ejercicio 2009, 2010 y 2011 informada por la Comisión Especial de Cuentasy redactada por la Intervención, por un plazo de quince días, durante los cuales yocho más, podrán presentarse reparos u observaciones, por los interesados.

Requejo, 3 de julio de 2012.-El Presidente.

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III. Administración LocalOTRAS ENTIDADES LOCALES

MANCOMUNIDAD “NORTE-DUERO”Anuncio de aprobación provisional

La Asamblea de concejales de la Mancomunidad Norte-Duero, en sesión ordi-naria celebrada el día 30 de marzo de 2012, acordó la aprobación provisional de lamodificación puntual de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación delservicio de recogida de residuos sólidos urbanos.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a informaciónpública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserciónde este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados pue-dan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se con-siderará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Villalube, 30 de marzo de 2012.-El Presidente.

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VI. Anuncios particularesCOMUNIDAD DE REGANTES DEL “CAÑO DE COOMONTE”

El Presidente de la Comunidad de Regantes del “Caño de Coomonte”, pone enconocimiento de los miembros de la comunidad, que los recibos de pago de aguay canalización correspondientes al ejercicio 2011, se encuentran a su disposiciónen la sucursal de la Caja Rural en Santa María de la Vega.

El plazo para su pago es del 16 de julio al 7 de septiembre de 2012. El Padrónde Regantes se encuentra a disposición de los miembros de la Comunidad en eldomicilio del Presidente de la Comunidad de Regantes en Coomonte.

Coomonte, 2 de julio de 2012.-El Presidente.

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