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• PRESUNCIÓN APLICABLE CUANDO LAS COMPRAS OMITIDAS EN NO MENOS DE CUATRO MESES REPRESENTEN MENOS DEL 10% DE LAS COMPRAS REGISTRADAS EN DICHOS MESES
En la presunción del artículo 67 del Código Tributario, si se llegan a comprobar durante cuatro meses o más compras
omitidas de contabilización, pero que representan menos del 10% de las compras contabilizadas en dichos meses,
igual resulta de aplicación el procedimiento presuntivo, pero ciñéndose a los parámetros de su inciso b).
De esta forma, el único supuesto en que se desecha la aplicación de la presunción del artículo 67 del Código
Tributario (cabiendo únicamente la determinación tributaria sobre base cierta), es cuando el contribuyente tiene
compras omitidas de anotación en el registro de compras durante menos de cuatro meses en un periodo de
fiscalización de doce meses, aún así las omisiones representen más del 10% de las compras registradas y declaradas
en dichos meses.
Cuando las compras omitidas comprobadas por la Sunat cua
ndo menos en cuatro meses, representen menos del 10% de las compras anotadas en el registro de compras en
dichos meses, la Sunat únicamente se encontrará habilitada a determinarán impuestos sobre base presunta en los
periodos tributarios mensuales que comprobó compras omitidas, mas no en las demás meses comprendidos en la
fiscalización.
CASO PRACTICO• La empresa Michelle Holdings S.A.C. está siendo fiscalizada por el periodo tributario
2008, y se le han comprobado las siguientes compras omitidas de anotar en el registro de compras:
DJ anual impuesto a la renta Michelle Holding S.A.C. 2014:Ventas netas: S/. 32 400 000 compras: S/. 28 600 000
DJ anual impuesto a la renta empresa similar 1 2014: ventas netas: S/. 31 500 500 Compras S/. 29 000 000
DJ anual impuesto a la renta Empresa similar 2 2014: ventas netas: S/. 33 000 000, compras: S/. 29 500 000
DJ anual impuesto a la renta Empresa similar 3 2014: ventas netas: S/. 30 000 000, compras: S/. 28 700 000
MES COMPRAS REGISTRADAS COMPRAS OMITIDAS
MARZO S/. 2500,000 S/. 200,000
AGOSTO S/. 2000,000 S/. 180,000
OCTUBRE S/. 1900,000 S/. 240,000
NOVIEMBRE S/. 8000,000 S/. 175,000
TOTAL S/. 8000,000 S/. 195,000