aranceles aduaneros y comercio

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ACUERDO GENERAL SOBRE RESTRICTED IMC/INV/9/Rev.5 16 de marzo de 1993 ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO Acuerdo de la Carne de Bovino Original: inglés CONSEJO INTERNACIONAL DE LA CARNE Catálogo de las políticas nacionales y las medidas comerciales e información sobre los compromisos bilaterales, plurilaterales o multilaterales Respuesta a las partes G y H del cuestionario FINLANDIA Revisión Los participantes convinieron en facilitar la información relativa a las políticas nacionales y las medidas comerciales, con inclusión de los compromisos bilaterales y plurilaterales, sobre la base de las partes G y H del cuestionario (regla 16 del Reglamento). Los documentos que contienen las respuestas a estas partes del cuestionario se distribuyen con la signa- tura IMC/INV/... y son objeto de revisiones a medida que se notifican las modificaciones. El conjunto de estos documentos constituye el catálogo de todas las medidas que influyen en el comercio de la carne de bovino, entre las que figuran también los compromisos resultantes de negociaciones bilaterales, plurilaterales y multilaterales. En virtud de lo dispuesto en el articulo III del Acuerdo, la Secretaria ha de confeccionar y tener al dia ese catálogo conforme al mandato recibido del Consejo (nota al articulo III del Acuerdo y regla 18 del Reglamento). Nota: El presente documento ha sido revisado de conformidad con lo dispuesto en la regla 18 del Reglamento para su distribución trienal, y sustituye a todos los documentos anteriores de la serie IMC/INV/9/... 93-0384

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ACUERDO GENERAL SOBRE RESTRICTED

IMC/INV/9/Rev.5 16 de marzo de 1993

ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO

Acuerdo de la Carne de Bovino Original: inglés

CONSEJO INTERNACIONAL DE LA CARNE

Catálogo de las políticas nacionales y las medidas comerciales e información sobre los compromisos bilaterales,

plurilaterales o multilaterales

Respuesta a las partes G y H del cuestionario

FINLANDIA

Revisión

Los participantes convinieron en facilitar la información relativa a las políticas nacionales y las medidas comerciales, con inclusión de los compromisos bilaterales y plurilaterales, sobre la base de las partes G y H del cuestionario (regla 16 del Reglamento). Los documentos que contienen las respuestas a estas partes del cuestionario se distribuyen con la signa­tura IMC/INV/... y son objeto de revisiones a medida que se notifican las modificaciones.

El conjunto de estos documentos constituye el catálogo de todas las medidas que influyen en el comercio de la carne de bovino, entre las que figuran también los compromisos resultantes de negociaciones bilaterales, plurilaterales y multilaterales. En virtud de lo dispuesto en el articulo III del Acuerdo, la Secretaria ha de confeccionar y tener al dia ese catálogo conforme al mandato recibido del Consejo (nota al articulo III del Acuerdo y regla 18 del Reglamento).

Nota: El presente documento ha sido revisado de conformidad con lo dispuesto en la regla 18 del Reglamento para su distribución trienal, y sustituye a todos los documentos anteriores de la serie IMC/INV/9/...

93-0384

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IMC/INV/9/Rev.5 Página 2

PARTE G

Parte G.l - Información sobre las políticas nacionales y las medidas comerciales

El sector agropecuario finlandés sigue caracterizándose, pese a haber experimentado una transformación estructural bastante rápida, por el tamaño relativamente pequeño de sus explotaciones, cuya superficie cultivable totaliza por término medio 12,8 hectáreas, asi como por el gran número de personas que emplea, pues absorbe el 6,9 por ciento de la población econó­micamente activa del país. De los ingresos brutos de ese sector, el 70 por ciento procede de la actividad pecuaria, lo que se explica soL e todo por unas condiciones climáticas propicias para la obtención de forrajes, en particular de heno y pienso ensilado.

Finlandia es un pais en el que la producción del campo está encauzada esencialmente hacia la ganadería. Sólo el 15 por ciento de la tierra cultivable se destina a la producción de alimentos para consumo humano y casi la mitad de la renta agrícola total corresponde al sector pecuario. La estructura de la producción ha ido cambiando en éste con el paso del tiempo, lo que se ha traducido en una disminución de la parte porcentual representada por la leche y en un aumento en cambio de la representada por la carne. Se trata de una especialización de la actividad agropecuaria que registró una marcada aceleración en los decenios de 1960 y 1970. El sistema de concesión de primas por vaca para carne ha coadyuvado a esa evolución en favor de la producción cárnica. La carne solía ser un subpro­ducto de la industria lechera, pero su producción constituye hoy en dia por regla general una rama de actividad especializada.

I. PRODUCCIÓN

a) Descripción del sector de la carne vacuna

La evolución de la producción de carne vacuna de 1985 a 1991 ha sido la siguiente:

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IMC/INV/9/Rev.5 Página 3

Producción (miles de toneladas métricas)

Año

Carne de vaca - comercializada

Carne de ternera - comercializada

Total de ambas carnes

- total comercializado

1985

129,1 128,3

0,7 0,6

129,8

128.9

1986

128.1 127,3

0,6 0.5

128,7

127,8

1987

126,3 125,7

0,7 0.7

127,0

126,4

1

1988

114,4 113,9

0,4 0,4

114,8

114,3

—————

1989

110,1 109,8

0,3 0,3

110,4

110,1

1990

117,9 117,3

0.3 0,2

118,2

117,6

1991

121,3 120,9

0.3 0,2

121,6

121,1

El control de la producción de carne vacuna viene dado por el régimen de permisos de establecimiento, en virtud del cual para pasar a ser productor de dicha carne se precisa imperativamente el permiso correspon­diente de las autoridades.

Por lo que se refiere a la cabana, el número total de bovinos acusa una tendencia a la baja desde la segunda mitad de los años ochenta, la cual ha quedado compensada por el alza del peso medio en canal de las reses, a saber:

Peso medio en canal (kg/res)

Año

Vacas sacrificadas

los demás bovinos sacrificados

1985

212,3

195.1

1986

211.6

196,2

1987

211,0

194,9

1988

208,8

202,1

1989

218.6

223,7

1990

223,4

236,3

1991

222,9

246,3

Aunque en los últimos años se ha registrado cierta sobreproducción, la cual se sitúa dentro de una horquilla que va de un 5 a un 20 por ciento aproximadamente, la producción está orientada a atender el mercado interno. La situación económica del país es un factor que condiciona el nivel futuro

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del consumo, pues, ante la calda de sus ingresos, el consumidor opta por comprar menos carne vacuna y además los cortes de la misma que sean más baratos. La producción no podrá en todo caso alcanzar un nivel muy superior al del consumo interno, cuyo nivel anual parece mantenerse esta­cionario en la actualidad (1993) en torno a 100.000 toneladas. Otro problema a este respecto es el relacionado con el desempleo, que recorta las posibilidades de dejar el campo y pasar a otras ramas de la economía.

La producción finlandesa de carne de bovino está concentrada en las regiones central y oriental del pais. El siguiente cuadro contiene su desglose en función de los diferentes distritos rurales del pais:

Estructura de la producción, por regiones

Producción de carne de bovino y número de explotaciones ganaderas en ella especializadas, por distritos

rurales, en 1990

Distrito

Uusimaa Turku Háme Keski-Suomi Pirkanmaa Kymi Pohjois-Karjala Satakunta Mikkeli Ahvenanmaa Oulu Kainuu Vaasa Kuopio Etelá-Pohjanmaa Keski-Pohj anmaa Lapi

Total

Producción (miles de toneladas métricas)

4,63 4,48 7,50 7,08 6,21 7,73 8,45 5,56 7,05 0,61 3,77 3,46 4,48 11,53 14,02 11,58 4,41

119,06

Número de explotaciones ganaderas especializadas

438 272 622

1.044 756 834 980 538 908 49 926 395 385

1.055 1.198

705 395

11.500

La ubicación de las zonas dedicadas a esa producción es similar a la de las dedicadas a la producción de leche, en su mayoría localizadas en el "interior" y el centro del país. Con vistas a la debida comprensión del

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cuadro supra conviene tener presente que la mayor parte de la carne de bovino se produce todavía en explotaciones ganaderas productoras de leche o especializadas en la producción de carne pero a partir de razas lecheras (ganado Ayrshire, Holstein o finlandés); aproximadamente el 5 por ciento de la carne producida procede de bovinos para carne.

b) Políticas oficiales que inciden en la producción

El presupuesto para el ejercicio fiscal de 1993 comporta una reducción de las subvenciones a la exportación de productos agropecuarios ascendente a unos 1.360 millones de marcos finlandeses (el monto total de las mismas baja de 3.175 a 1.815 millones). La participación de los productores agropecuarios en los costes resultantes de la exportación cae de 1.500 a 500 millones de marcos finlandeses, es decir, expresada en términos porcen­tuales, del 47 al 28 por ciento.

El consumo de piensos industriales está sujeto al pago de un gravamen. El gravamen sobre los piensos subió en 1991, de 1,60 a 1,90 marcos finlan­deses el kg de grasas o proteínas forrajeras. El consumo de mezclas de piensos industriales se ha contraído, habiendo progresado en cambio las ventas de explotación a explotación.

Ley de Ingresos Agropecuarios

Los precios pagados al productor por los productos agropecuarios o el procedimiento aplicable a efectos de su determinación quedan estipulados en las leyes de ingresos agropecuarios. Muchas de éstas han incluido también estipulaciones en materia de política de precios y distribución de ingresos en el plano regional.

La Ley actual, promulgada en 1990, rige para las campañas de 1990/91 a 1994/95. Al igual que las precedentes, ella sirve de marco para las negociaciones relativas a los precios celebradas entre el Estado y las organizaciones de productores agropecuarios. La fijación de esos precios se lleva a cabo en dos fases. La subida de costes se compensa en principio dos veces por año. La modificación de los ingresos agropecuarios es objeto de negociación. Por regla general su evolución se ha correspondido con la de los sueldos y salarios en otras ramas de la economía. Con posterioridad a la fecha antes citada se han introducido cambios de gran alcance en dicha Ley, entre los que destaca la supresión en 1992, por ejemplo, del tope máximo del 13 por ciento de los costes de exportación que han de cubrir los productores agropecuarios.

En la Ley de Ingresos Agropecuarios se definen los productos sujetos a precios indicativos, esto es, a precios fijos al productor, a saber, centeno, trigo, cebada forrajera, avena forrajera, leche, carne de bovino, de porcino y de ovino y huevos. Esos precios indicativos se revisan dos veces al año, el Ia de marzo y el Ia de septiembre. En el caso de la carne de bovino, el precio al productor se situó por debajo del precio indicativo en 1991 (-11,3 por ciento para todas las clases de carne vacuna) y mantuvo

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esa tendencia en 1992: en octubre el precio al productor de todas las clases de dicha carne se cifró en 23,27 marcos finlandeses el kg, contra un precio indicativo por kg de 27,92 marcos finlandeses (-16,7 por ciento).

La Ley de Ingresos Agropecuarios está sujeta a revisión. Su finalidad es conseguir que los costes de exportación disminuyan, gracias al efecto de la contracción acelerada del nivel de producción, y que aumente la parte de ellos sufragada por los productores agropecuarios.

A continuación se enumeran los precios indicativos fijados:

Precios indicativos fijados a partir de 1985

techa de entrada en vigor de la modificación

1.1.1985 1.3.1985 1.4.1986 1.3.1987 1.4.1988 1.3.1989 1.3.1990 1.3.1991 1.3.1992

Todas clases de carne de bovino

(marcos finlandeses/kg)

13,91 24,67 24,97 25,10 26,10 27,80 28,22 28,42 27,92

Modificación de la base de los datos (diferencia del 3 por ciento).

Ley de Actividades Rurales

La legislación adoptada en pro del desarrollo agropecuario y rural quedó remodelada con la entrada en vigor, el Ia de enero de 1991, de la Ley de Actividades Rurales, que dejó sin efecto y fusionó varias leyes ante­riores, de las cuales la más importante fue la Ley del Sector Agropecuario. En virtud de la nueva Ley, que tiene por finalidad mejorar la estructura de explotación y el nivel de calificación en el campo al tiempo que promover y diversificar las actividades rurales, las explotaciones consideradas viables a largo plazo pueden beneficiarse, en determinadas circunstancias, de créditos agrícolas, así como de intereses en condiciones de favor y del aval del Estado para la obtención de créditos bancarios.

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Consolidación en 1992 de préstamos concedidos al sector agropecuario

En el sector agropecuario muchas explotaciones han atravesado por una situación económica difícil a causa de la crisis económica y de la reduc­ción de la ayuda prestada a ese sector, razón por la cual se decidió que aquellas que resultaran viables a largo plazo y cuyas dificultades econó­micas fueran pasajeras podrían disfrutar en 1992 de determinadas conce­siones y garantías. En consecuencia, en el primer presupuesto nacional suplementario de ese año se autorizó una transferencia presupuestaria en concepto de subvención de intereses ascendente a 125 millones de marcos finlandeses y se procedió a la consolidación de préstamos a tipos de interés del mercado por un total aproximado de 950 millones de marcos finlandeses. Se trata de medidas adoptadas por el Gobierno que rigen para todas las ramas de producción.

c) Programas de estabilización

La prima a la producción de carne y la subvención regional de ésta han dado paso a una subvención de la producción de carne. Esa ayuda varía en función de las nueve zonas de precios en que está dividido el país a tales efectos, caso en el cual el nivel máximo de ayuda corresponde al norte y el mínimo al sur, así como de las cuatro clases de carne vacuna previstas con el mismo fin. La subvención a contar del Ia de enero de 1993 es la siguiente:

a)

b)

c)

d)

Carne de bovinos mayores de más de 240 kg

Carne de bovinos mayores de entre 210 y 239,9 kg o de vaquillonas de entre 170 y 239,9 kg

Carne de bovinos mayores de entre 190 y 209,9 kg

Carne de vaquillonas

Nivel mínimo de ayuda (marcos

finíande s e s/kg)

5,50

4,00

2,50 4,00

Nivel máximo de ayuda (marcos

finlandeses/kg)

15,10

13,60

12,10 4,00

La modificación del límite de peso estipulado para la clase a) supra, que había sido hasta entonces "de más de 260 kg", sólo ha tenido un efecto muy restringido en la producción.

En el período comprendido entre el 10 de octubre de 1991 y el 31 de marzo de 1992 las cifras respectivas fueron las siguientes:

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a)

b)

c)

d)

Carne de bovinos mayores de más de 260 kg

Carne de bovinos mayores de entre 220 y 259,9 kg o de vaquillonas de entre 170 y 259,9 kg

Carne de bovinos mayores de entre 190 y 219,9 kg

Carne de vaquillonas

Nivel mínimo de ayuda (marcos

fínlandeses/kg)

5,00

3,50

2,00 3,50

Nivel máximo de ayuda (marcos

finlandeses/kg)

14,60

13,10

11,60 3,50

En el periodo comprendido entre el Ia de abril de 1992 y el 31 de diciembre de 1992 las cifras respectivas fueron las siguientes:

a)

b)

c)

d)

Carne de bovinos mayores de más de 260 kg

Carne de bovinos mayores de entre 220 y 259,9 kg o de vaquillonas de entre 170 y 259,9 kg

Carne de bovinos mayores de entre 190 y 219,9 kg

Carne de vaquillonas

Nivel mínimo de ayuda (marcos

finlandeses/kg)

6,50

5,00

3,50 5,00

Nivel máximo de ayuda (marcos

finlandeses/kg)

16,10

14,60

13,10 5,00

La prima anual por vaca para carne, hasta un máximo de 30 vacas, ha sido de 1.700 marcos finlandeses. El número total de vacas destinadas a la producción de carne apenas ascendió a unas 20.000 cabezas en 1992. La producción de carne de bovino se ha acrecentado a causa de dos programas de estímulo al abandono de la producción de leche. El primero de ellos, que duró desde diciembre de 1990 hasta mayo de 1991, abarcó 215 millones de litros de leche (5.400 proveedores y 41.200 vacas), y el segundo, que duró

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de marzo a junio de 1992, 107 millones de litros de leche (2.200 provee­dores y 19.000 vacas). En el caso de este último programa, parte de las vacas para leche se conservó para carne (con vistas a incrementar el número de reses destinadas a la producción cárnica).

El desembolso por concepto de subvenciones generales concedidas en función de la superficie ha bajado de 840 a 750 millones de marcos finlan­deses. El pago directo por hectárea (tipo uniforme de subvención) ha subido de 827 a 1.130 millones de marcos finlandeses (pago general en favor de todos los productores agropecuarios).

La evolución mensual de los precios de la carne de bovino percibidos por el productor ha sido la siguiente:

Precios medios mensuales percibidos por el productor entre 1989 y 1992 (marcos finlandeses/kg)

Mes

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Carne de bovinos menores

1989

28,05 28,19 28,57 28,73 28,68 28,67 28,84 29,03 28,90 28,54 28,90 29,06

1990

28,93 28,95 29,95 29,87 29,41 29,07 29,20 28,67 28,02 27,28 26,86 27,14

1991

26,41 26,99 26,64 26,71 26,81 26,57 26,46 26,18 25,82 25,60 25,99 26,54

Todas las clases de carne de bovino

1989

27,33 27,51 27,90 28,04 28,02 28,02 28,19 28,32 28,13 27,82 28,23 28,35

1990

28,19 28,17 29,19 29,04 28,57 28,26 28,41 27,80 27,07 26,21 25,65 25,85

1991

24,82 25,58 24,68 25,15 25,62 25,41 25,21 24,96 24,56 24,21 24,81 25,40

1992

25,57 26,50 26,39 25,48 25,03 24,91 24,97 24,41 23,76 23,27

m

Los precios al productor iniciaron su tendencia a la baja, a pesar de haber aumentado los precios indicativos, después de 1989:

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Precios medios al productor desde 1985 (marcos finlandeses/kg)

Año

1985 1986 1987 1988 1989 1990 1991

Carne de vaca

22,56 23,45 23,93 25,76 26,24 25,54 22,10

Las demás carnes de bovino

25,40 25,78 26,23 28,13 28,68 28,65 26,39

Todas las clases de carne de bovino

24,56 25,11 25,54 27,35 27,99 27,70 25,02

II. Precios internos y consumo

El consumo finlandés de carne de bovino subió en el curso de los años ochenta, alcanzó su cota máxima en 1990, en que se cifró en 108.000 toneladas, y comenzó a bajar a partir de entonces, sobre todo en 1992, en que cayó casi un 7 por ciento. El consumo por habitante es de unos 20 kg, nivel próximo al de la CE.

Año

Consumo total (miles de toneladas)

Consumo por habitante (kg)

1987

102,3

20,74

1988

102.6

20,74

1989

104,7

21,16

1990

108,1

21,85

1991

106,7

21,57

1992e

100,2

19,95

1993f

98,0

19,7

El consumo de carne de bovino depende del nivel de los ingresos. Su contracción se explica en gran parte por la actual situación económica. Se trata de una tendencia que al parecer persiste en 1993. No hay programas especiales para promover el consumo de carne.

Page 11: ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO

IMC/INV/9/Rev.5 Página 11

III. Medidas en frontera

a) Arancel de aduanas

Las importaciones están sujetas a un gravamen de importación.

Los gravámenes de importación en vigor el Ia de abril de 1992 fueron los siguientes:

Código del SA

01.02 02.01.10 02.01.20

02.01.30

02.02.10

02.02.20

02.02.30

02.10.20

Mercancía

Anímales vivos de la especie bovina Carne de animales de la especie bovina Los demás trozos sin deshuesar de carne

fresca de animales de la especie bovina Carne deshuesada de animales de la

especie bovina Canales o medias canales de carne conge­

lada de animales de la especie bovina Los demás trozos sin deshuesar de carne congelada de animales de la especie bovina

Carne deshuesada de animales de la especie bovina, congelada

Carne de animales de la especie bovina, salada, ahumada, etc.

Gravamen en vigor el 1.4.1992 (marcos

finlandeses/kg)

12,07 24,14

24,14

31,38

24,14

24,14

31,38

36,21

b) Otras medidas relativas a la importación

Aunque actualmente todas las importaciones están sujetas a la obten­ción de una licencia que la Oficina de Licencias de Comercio Exterior concede previa consulta con el Consejo de Comercialización, el Gobierno ha tomado la decisión de proceder a la eliminación gradual de ese régimen de licencias. Una vez finalizada su eliminación, sólo se podrá garantizar la protección en frontera por medio de derechos de aduana y gravámenes.

c) Medidas que inciden en el nivel de las exportaciones

En el periodo que va de 1985 a 1991, la evolución de las subvenciones a la exportación, que corren a cargo del Estado y de los productores, ha sido la siguiente (expresadas en marcos finlandeses por kg y en millones de marcos finlandeses):

Page 12: ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO

IMC/INV/9/Rev.5 Página 12

En marcos finlandeses por kg

Año

Todas las clases de carne de bovino

1985

14.510

1986

15.922

1987

16.247

1988

-

1989

-

1990

16.740

1991

17.532

En millones de marcos finlandeses

Año

Todas las clases de carne de bovino

1985

152,3

1986

151,5

1987

86,1

1988

-

1989

-

1990

21,0

1991

220,8

d) Reglamentos sanitarios

Véase a este respecto el anexo 2.

e) Restricciones cuantitativas

Todas las importaciones están sujetas al régimen de una licencia, pero no hay restricciones cuantitativas.

Page 13: ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO

IMC/INV/9/Rev.5 Página 13

PARTE G

Parte G.2 - Notificación de las modificaciones operadas en las políticas

En las páginas anteriores se han hecho constar las modificaciones operadas en las políticas.

Page 14: ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO

IMC/INV/9/Rev.5 Página 14

PARTE H

Información sobre los acuerdos bilaterales o plurilaterales concertados en el sector de los animales, la carne

y los despojos bovinos

Finlandia concertó acuerdos de libre comercio con los países de Europa Central y Oriental que le daban en teoría la posibilidad de beneficiarse de derechos de aduana más bajos.

Tras el proceso de liberalización de Europa Oriental y C tral hubo algunos intentos de sacar partido de esos acuerdos, lo cual a u tradujo en la exportación de pequeñas cantidades de carne de porcino a Polonia en 1992. Se trata sin embargo de acuerdos que se verán paulatinamente sustituidos por los acuerdos de libre comercio entre los países de la AELC y los de Europa Central y Oriental.

El eventual Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE) traerá consigo ciertas modificaciones de pequeña magnitud en lo que respecta al volumen de las exportaciones e importaciones finlandesas de carne de bovino.

Page 15: ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO

IMC/INV/9/Rev.5 Página 15

ANEXO 1

Medidas en favor de productos concretos adoptadas en el contexto de la política agropecuaria

Denominación de la medida: subvención abonada en función del número de reses

FUNDAMENTO LEGISLATIVO

Titulo en Inglés

"Cabinet Decisión (CD Na 687/91) on the Support Allocated According to the Number of Livestock" (Decisión del Gabinete Na 687/91 sobre la ayuda concedida en función del número de reses).

Objetivo

Se trata de una subvención de carácter regional en favor de explota-clones ganaderas.

Contenido

La subvención se funda en la Ley de Ingresos Agropecuarios. Su finalidad es ofrecer una compensación a las explotaciones ganaderas pequeñas y medianas de las regiones septentrional y central del pais, la cual se concede durante el corto periodo de cria. Esa ayuda se puede hacer extensiva a ciertas zonas de la reglón occidental del país, en razón del clima particularmente frío de ésta, al Igual que a algunas zonas del archipiélago, dadas las dificultades que ellas entrañan para el desarrollo de la ganadería.

Beneficiarios

Los ganaderos de menos de 65 años de edad dedicados por cuenta propia a la explotación pecuaria.

Base del pago

El pago se basa en el número de reses al 30 de junio de cada año, que se calcula a partir del consumo de piensos. A estos efectos el tope máximo es de 25 cabezas.

Cuantía de los pagos

La cuantía de la subvención varia en función de la división terri­torial prevista con tal fin. La cuantía de la misma por res según las diferentes regiones es la siguiente:

Page 16: ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO

IMC/INV/9/Rev.5 Página 16

Región

1 2 3 4 5 6 7 8 9 (Archipiélago) 10 (Archipiélago

interior)

Total

1991 Marcos finlandeses/

res

1.725 1.070 825 600 430 260 190 140 600

600

1991 Millones de marcos

finlandeses

3.9 33,5 35,2 23,0 28,4 15,7 24,0 22,8 4,2

1,1

191,8

1991 Explotaciones

ganaderas

126 1.350 1.899 1.790 3.530 3.616 7.230 11.647

689

119

31.996

En lo que respecta a las cifras anteriores ha de señalarse, sin embargo, que en el caso de las primeras doce vacas para leche la cuantía de la subvención abonada por cada una de ellas es tres veces superior en las regiones 1 a 5 y en el archipiélago, y el doble en las regiones 6 a 8. Además, la cuantía de esa subvención se duplica en las regiones 1 a 4 y en el archipiélago en el caso de las primeras doce reses distintas de las destinadas a la producción de leche.

Año

1986 1987 1988 1989 1990 1991 1992

Desembolso total en millones de

marcos finlandeses

124,2 127,8 145,3 180,5 191,8 188,8 180,0

Desembolso por beneficiario en

marcos finlandeses

3.421 3.650 4.748 5.453 5.994 6.400

Administración

La subvención se concede previa solicitud. La decisión al respecto y el pago al productor agropecuario son de la incumbencia de cada junta agropecuaria municipal.

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ANEXO 2

Reglamentación sanitaria aplicable a la carne de bovino

Su fundamento es legislativo.

Titulo de los instrumentos legislativos

Ley Na 160/60 de Control Sanitario de la Carne.

Reglamento Na 220/60 de Exportación e Importación de Carne y Productos Cárnicos.

Reglamento Na 884/75 de Lucha contra la Propagación de Epizootias por Animales Importados.

Objetivo

Garantizar las buenas condiciones sanitarias y de seguridad de la carne y los productos cárnicos.

Contenido

La dirección y planificación de la inspección sanitaria de la carne incumben al Ministerio de Agricultura y Silvicultura. Las autoridades distritales de los condados y las juntas sanitarias de las municipalidades se encargan de velar por la observancia de las reglamentaciones en materia de inspección sanitaria de la carne.

El Departamento de Veterinaria del Ministerio antes citado es la entidad responsable de la supervisión y contratación de los veterinarios y asistentes de éstos encargados de cerciorarse en los mataderos del cumpli­miento de dichas reglamentaciones.

Importaciones de carne de bovino

En virtud de lo dispuesto en el Reglamento de Lucha contra la Propagación de Epizootias por Animales Importados, la importación de carne de bovino está supeditada imperativamente a la obtención del permiso correspondiente expedido por el Departamento de Veterinaria del Ministerio de Agricultura y Silvicultura. La situación zoosanitaria en el país exportador condiciona la decisión que se adopta con respecto a cada soli­citud de importación. El Reglamento de Exportación e Importación de Carne y Productos Cárnicos estipula que cada cargamento de carne sea objeto de inspección sanitaria por el Instituto Nacional de Veterinaria, lo que comprende la toma de muestras y la realización de pruebas para la detección de la salmonela.