anexo - decreto n° 241/16 anexo i - buenos aires€¦ · anexo - resoluciÓn n° 13/secpecg/16...

78
ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4855 ANEXO - DECRETO N° 241/16 ANEXO I FECHA APROBACIÓN DTO. No BOL. OFICIAL INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARÍA ATENCIÓN HOSPITALARIA DIRECCIÓN GENERAL HOSPITALES INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA DEPARTAMENTO MÉDICO DE REHABILITACIÓN: UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS A-DIRECCIÓN GENERAL HOSPITALES DEPARTAMENTO DIRECCIÓN MÉDICA SUBDIRECCIÓN MÉDICO DE REHABILITACIÓN UNIDAD SERVICIO FISIATRÍA SERVICIO GUARDIA CUIDADOS INTENSIVOS PEDIÁTRICOS CRÓNICOS SERVICIO CIRUGÍA SERVICIO CLÍNICA MÉDICA N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 1

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ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4855

ANEXO - DECRETO N° 241/16

ANEXO IFECHA APROBACIÓN

DTO. No BOL. OFICIAL

INSTITUTO DE REHABILITACIÓN

PSICOFÍSICA

JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRESMINISTERIO DE SALUDSUBSECRETARÍA ATENCIÓN HOSPITALARIADIRECCIÓN GENERAL HOSPITALESINSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICADEPARTAMENTO MÉDICO DE REHABILITACIÓN: UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS

A-DIRECCIÓN GENERAL HOSPITALES

DEPA

RTAM

ENTO

DIRE

CCIÓ

N

MÉDICA

SUBD

IREC

CIÓ

N

MÉDICO DE REHABILITACIÓN

UNID

AD

SERVICIOFISIATRÍA

SERVICIOGUARDIA

CUIDADOSINTENSIVOS

PEDIÁTRICOSCRÓNICOS

SERVICIOCIRUGÍA

SERVICIOCLÍNICAMÉDICA

IF-2016-09162507- -DGAYDRH

página 1 de 1

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 1

FIN DEL ANEXO

ANEXO - DECRETO N° 241/16 (continuación)

ANEXOII

MINISTERIO DE SALUDSUBSECRETARÍA ATENCIÓN HOSPITALARIADIRECCIÓN GENERAL HOSPITALESINSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICASUBDIRECCIÓN MÉDICADEPARTAMENTO MÉDICO DE REHABILITACIÓNUNIDAD CUIDADOS INTENSIVOS PEDIÁTRICOS CRÓNICOS (UCIPEC)Descripción de Acciones

Atender a los pacientes pediátricos crónicos que se internen en la Unidad.

Atender las consultas solicitadas por las unidades de terapia intensiva o de cuidados críticos de los hospitales pediátricos del sistema público de salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y asesorar en los asuntos referentes a su actividad profesional.

Colaborar con el personal médico de su Unidad en la información de las autopsias autorizadas de los pacientes que hubieran fallecido en la Unidad.

Organizar las reuniones clínicas en los temas de su especialidad.

Participar de la actividad docente del IREP en lo referente a la formación de los Recursos Humanos.

Fiscalizar la confección de las historias clínicas y la evaluación de los pacientes internados en su unidad, supervisando las prestaciones de los profesionales actuantes y de enfermería.

-Autorizar las altas de los pacientes internados en la Unidad.

IF-2016-09186965- -DGAYDRH

página 1 de 1

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 12/SECPECG/16

FIN DEL ANEXO

CUIT APELLIDO Y NOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION Nº EXPEDIENTE27-25109021-7 BRUNO, Veronica Raquel 01/03/2016 31/12/2016 $ 18.000 $ 180.000 SECCCYFP SECCCYFP PROFESIONAL ABOGADA 7466443-MGEYA-SECCCYFP/16

TOTAL: $ 180.000

IF-2016-09160880- -DGTALMJG

página 1 de 1

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3

FIN DEL ANEXO FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 13/SECPECG/16

CUIT APELLIDO Y NOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION Nº EXPEDIENTE27-35269555-1 ROMERO BUZZONE, Amaranta 01/02/2016 31/12/2016 $ 7.000 $ 77.000 SECCCYFP DGICBV ADMINISTRATIVO BACHILLER 4396353-MGEYA-SECCCYFP/1627-11316751-9 TABOADA, Emma del Valle 01/02/2016 31/12/2016 $ 20.000 $ 220.000 SECCCYFP DGOCCYCC PROFESIONAL LIC EN CS BIOLOGICAS 7468379-MGEYA-SECCCYFP/16

TOTAL $ 297.000

IF-2016-09613138- -DGTALMJG

página 1 de 1

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 4

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 855/MHGC/16

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

Anexo

Número: Buenos Aires,

Referencia: EX-07823695-MGEYA-SSPCNA-2016

ANEXO I

MINISTERIO DE CULTURA

DESIGNACIONES

Apellido y nombre

DNI/CUIL CARGO Observaciones

TROMBINO, Angel

DNI: 13.830.226

CUIL: 20-13830226-2

Gerente Operativo concarácter transitorio de laGerencia Operativa deContenidos, de la DirecciónGeneral Centro CulturalGeneral de San Martín,dependiente de laSubsecretaría de PolíticasCulturales y NuevasAudiencias, del Ministeriode Cultura

Retiene sin percepción dehaberes la partida5058.0050.Y.00.07.

BONELLI, Monica

DNI: 23.974.951

Gerente Operativa concarácter transitorio de laGerencia OperativaComplejo Cultural 25 deMayo, de la Dirección

IF-2016-09670396- -DGDSCIVMiércoles 30 de Marzo de 2016

CUIL: 27-23974951-3 General Centro CulturalRecoleta, dependiente de laSubsecretaría de PolíticasCulturales y NuevasAudiencias, del Ministeriode Cultura

ROSIO ECHAIDEDirector GeneralD.G. DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL (SSGRH)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 5

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 151/SSASS/16

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 1 de 5

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

222Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 8509670 Nº: 09/03/2016 Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

40-MINISTERIO DE SALUD

UE

428-HTAL. DE QUEMADOS 446-INSTITUTO DE REHABILITACIONPSICOFICA 443-CENTRO DE SALUD AMEGHINO 420-HTAL. RICARDO GUTIERREZ 426-HTAL. PARMENIO PIÑERO 426-HTAL. PARMENIO PIÑERO 435-HTAL. RAMON SARDA 435-HTAL. RAMON SARDA 420-HTAL. RICARDO GUTIERREZ 420-HTAL. RICARDO GUTIERREZ 421-HTAL. PEDRO LAGLEYZE 421-HTAL. PEDRO LAGLEYZE 421-HTAL. PEDRO LAGLEYZE 421-HTAL. PEDRO LAGLEYZE 445-INSTITUTO PASTEUR

445-INSTITUTO PASTEUR

Programa

54-AT.MED.PAT.ESPECIF59-AT.REHABILITACION

85-ATENCIÓN DE SALUD ME55-AT.MEDICA MAT.INF

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

55-AT.MEDICA MAT.INF55-AT.MEDICA MAT.INF55-AT.MEDICA MAT.INF

55-AT.MEDICA MAT.INF

56- AT.MED.OFTALMOLOGICA 56- AT.MED.OFTALMOLOGICA 56- AT.MED.OFTALMOLOGICA 56- AT.MED.OFTALMOLOGICA 45-INST.CTROL DE ZOONOS 45-INST.CTROL DE ZOONOS

Subprograma

28-HOSP.QUEMADOS 46-INST.DE REHABIL.PSICOFISICA

43-CTRO. DE SALUD MENTA 20-HOSP.RICARDO GUTIERREZ26-HOSP.P.PIÑERO

26-HOSP.P.PIÑERO

35-HOSP.RAMON SARDA35-HOSP.RAMON SARDA 20-HOSP.RICARDO GUTIERREZ 20-HOSP.RICARDO GUTIERREZ 21-HOSP.PEDRO DE LAGLEYZE 21-HOSP.PEDRO DE LAGLEYZE 21-HOSP.PEDRO DE LAGLEYZE 21-HOSP.PEDRO DE LAGLEYZE0

0

Proyecto

00

0

0

0

0

000

0

0

0

0

0

0

0

Actividad

2-2-

2-

2-

1-

5-

5-2-4-

4-

4-

4-

4-

4-

5-

1-

Obra

0 0

0

0

0

0

0 0 0

0

0

0

0

0

0

0

Partida

39203920

3920

3920

3240

3330

333033902520

2990

2590

2520

2950

2930

3330

3380

Importe

213.327,0080.710,00

11.535,00

-305.572,00

28.600,00

-28.600,00

-207.000,00207.000,00-80.000,00

80.000,00

-57.960,00

6.590,00

48.600,00

2.770,00

-23.000,00

23.000,00

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 8509670 Fecha: 09/03/2016

CREDITO

FueFin FinFun

1111

11

11

11

11

111111

11

13

13

13

13

11

11

3131

31

31

31

31

313131

31

31

31

31

31

31

31

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 2 de 5

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

222Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 8509670 Nº: 09/03/2016 Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

40-MINISTERIO DE SALUD

UE

426-HTAL. PARMENIO PIÑERO 426-HTAL. PARMENIO PIÑERO 439-HTAL. BONORINO UDAONDO 439-HTAL. BONORINO UDAONDO 552-SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD 552-SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD 4000-SUBSECRETARÍA DEATENCIÓN HOSPITALARIA 412-HTAL. COSME ARGERICH 434-HTAL.DONACION FRANCISCO SANTOJANNI 434-HTAL.DONACION FRANCISCO SANTOJANNI 434-HTAL.DONACION FRANCISCO SANTOJANNI 412-HTAL. COSME ARGERICH 433-HTAL. SANTA LUCIA

437-HTAL. CAROLINA TOBAR GARCIA

Programa

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

54-AT.MED.PAT.ESPECIF

54-AT.MED.PAT.ESPECIF

65-ADM. DEL SISTEMA DE

65-ADM. DEL SISTEMA DE

7-ACT.AT.HOSP.

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

56- AT.MED.OFTALMOLOGICA 85-ATENCIÓN DE SALUD ME

Subprograma

26-HOSP.P.PIÑERO

26-HOSP.P.PIÑERO

39-HOSP.BONORINO UDAONDO 39-HOSP.BONORINO UDAONDO0

0

0

12-HOSP.COSME ARGERICH

34-HOSP.D.F.SANTOJANNI

34-HOSP.D.F.SANTOJANNI

34-HOSP.D.F.SANTOJANNI

12-HOSP.COSME ARGERICH

33-HOSP.SANTA LUCIA

37-HOSPITAL C. TOBAR GA

Proyecto

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Actividad

7-

4-

4-

1-

90-

90-

15-

2-

3-

7-

7-

5-

5-

5-

Obra

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Partida

2950

2520

2520

2990

3140

3520

5120

5120

2230

2520

2950

3380

3380

3380

Importe

36.000,00

-36.000,00

-2.100,00

2.100,00

3.600,00

-3.600,00

-120.000,00

10.000,00

142.665,00

66.838,00

14.508,00

-4.500,00

4.000,00

500,00

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 8509670 Fecha: 09/03/2016

CREDITO

FueFin FinFun

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 6

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 151/SSASS/16 (continuación)

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 3 de 5

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

222Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 8509670 Nº: 09/03/2016 Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

40-MINISTERIO DE SALUD

UE

425-HTAL. JOSE M. PENNA 4000-SUBSECRETARÍA DEATENCIÓN HOSPITALARIA 434-HTAL.DONACION FRANCISCO SANTOJANNI 434-HTAL.DONACION FRANCISCO SANTOJANNI 433-HTAL. SANTA LUCIA

433-HTAL. SANTA LUCIA

421-HTAL. PEDRO LAGLEYZE 421-HTAL. PEDRO LAGLEYZE 421-HTAL. PEDRO LAGLEYZE 421-HTAL. PEDRO LAGLEYZE 431-HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA 420-HTAL. RICARDO GUTIERREZ 420-HTAL. RICARDO GUTIERREZ 4002-ENTE AUTARQUICO INSTITUTO DE TRANSPLANTE

Programa

52-AT.MEDICA GRAL

85-ATENCIÓN DE SALUD ME52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

56- AT.MED.OFTALMOLOGICA 56- AT.MED.OFTALMOLOGICA 56- AT.MED.OFTALMOLOGICA 56- AT.MED.OFTALMOLOGICA 56- AT.MED.OFTALMOLOGICA 56- AT.MED.OFTALMOLOGICA52-AT.MEDICA GRAL

55-AT.MEDICA MAT.INF

55-AT.MEDICA MAT.INF

63-INSTITUTO DEL TRANSP

Subprograma

25-HOSP.PENNA

0

34-HOSP.D.F.SANTOJANNI

34-HOSP.D.F.SANTOJANNI

33-HOSP.SANTA LUCIA

33-HOSP.SANTA LUCIA

21-HOSP.PEDRO DE LAGLEYZE 21-HOSP.PEDRO DE LAGLEYZE 21-HOSP.PEDRO DE LAGLEYZE 21-HOSP.PEDRO DE LAGLEYZE 31-HOSP.BERNARDINO RIVADAVIA 20-HOSP.RICARDO GUTIERREZ 20-HOSP.RICARDO GUTIERREZ0

Proyecto

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Actividad

5-

61-

4-

4-

3-

3-

1-

1-

5-

4-

2-

2-

2-

27-

Obra

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Partida

3390

3390

2520

2340

2230

2220

3150

3380

3330

3390

5120

2590

2520

2950

Importe

-219.010,00

219.000,00

-524.011,00

300.000,00

5.000,00

-5.000,00

680,00

2.420,00

-4.600,00

1.500,00

10.000,00

550.000,00

-550.000,00

-15.000,00

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 8509670 Fecha: 09/03/2016

CREDITO

FueFin FinFun

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 4 de 5

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

222Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 8509670 Nº: 09/03/2016 Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

40-MINISTERIO DE SALUD

UE

4002-ENTE AUTARQUICO INSTITUTO DE TRANSPLANTE 4002-ENTE AUTARQUICO INSTITUTO DE TRANSPLANTE 420-HTAL. RICARDO GUTIERREZ 431-HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA 401-MINISTERIO DE SALUD 413-HTAL. JOSE T. BORDA 433-HTAL. SANTA LUCIA

433-HTAL. SANTA LUCIA

554-SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIONSANITARIA 554-SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIONSANITARIA 419-HTAL. MARIA FERRER 419-HTAL. MARIA FERRER 419-HTAL. MARIA FERRER

Programa

63-INSTITUTO DEL TRANSP

63-INSTITUTO DEL TRANSP

55-AT.MEDICA MAT.INF

52-AT.MEDICA GRAL

1-ACTIVIDADES CENTRALE

85-ATENCIÓN DE SALUD ME 56- AT.MED.OFTALMOLOGICA 56- AT.MED.OFTALMOLOGICA 66-PLANIFICACIÓN SANITA

66-PLANIFICACIÓN SANITA

59-AT.REHABILITACION

59-AT.REHABILITACION

59-AT.REHABILITACION

Subprograma

0

0

20-HOSP.RICARDO GUTIERREZ 31-HOSP.BERNARDINO RIVADAVIA0

13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR33-HOSP.SANTA LUCIA

33-HOSP.SANTA LUCIA

0

0

19-HOSP.MARÌA FERRER

19-HOSP.MARÌA FERRER

19-HOSP.MARÌA FERRER

Proyecto

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Actividad

1-

27-

2-

4-

1-

5-

7-

7-

1-

1-

2-

4-

4-

Obra

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Partida

2110

2110

5120

4380

4330

3390

2520

2590

2320

2310

5120

2510

2590

Importe

10.000,00

5.000,00

95.000,00

60.000,00

-60.000,00

10,00

-30.000,00

30.000,00

10.000,00

-10.000,00

5.000,00

40.000,00

-40.000,00

0,00

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 8509670 Fecha: 09/03/2016

CREDITO

FueFin FinFun

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 7

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 151/SSASS/16 (continuación)

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 5 de 5

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

222Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 8509670 Nº: 09/03/2016 Fecha:

Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 8509670 Fecha: 09/03/2016

 

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 1 de 1

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

747Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 8509670 Nº: 14/03/2016 Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

40-MINISTERIO DE SALUD

UE

434-HTAL.DONACION FRANCISCO SANTOJANNI 434-HTAL.DONACION FRANCISCO SANTOJANNI

Programa

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

Subprograma

34-HOSP.D.F.SANTOJANNI

34-HOSP.D.F.SANTOJANNI

Proyecto

0

0

Actividad

24-

24-

Obra

0

0

Partida

4330

4360

Importe

-40.000,00

40.000,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 8509670 Fecha: 14/03/2016

CREDITO

FueFin FinFun

14

14

31

31

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 8

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 156/SSASS/16

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 1 de 4

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

780Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 9154384 Nº: 21/03/2016 Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

40-MINISTERIO DE SALUD

UE

431-HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA 4000-SUBSECRETARÍA DEATENCIÓN HOSPITALARIA 424-HTAL.DE ODONTOLOGIA 424-HTAL.DE ODONTOLOGIA 424-HTAL.DE ODONTOLOGIA 413-HTAL. JOSE T. BORDA 413-HTAL. JOSE T. BORDA 413-HTAL. JOSE T. BORDA 413-HTAL. JOSE T. BORDA 413-HTAL. JOSE T. BORDA 413-HTAL. JOSE T. BORDA 413-HTAL. JOSE T. BORDA 413-HTAL. JOSE T. BORDA 413-HTAL. JOSE T. BORDA 413-HTAL. JOSE T. BORDA

Programa

52-AT.MEDICA GRAL

7-ACT.AT.HOSP.

57-AT.ODONTOLOG.GRAL

57-AT.ODONTOLOG.GRAL

57-AT.ODONTOLOG.GRAL

85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME

Subprograma

31-HOSP.BERNARDINO RIVADAVIA0

24-HOSP.RAMON CARRILLO

24-HOSP.RAMON CARRILLO

24-HOSP.RAMON CARRILLO

13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR

Proyecto

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Actividad

2-

15-

5-

1-

3-

1-

5-

1-

1-

1-

1-

1-

1-

1-

1-

Obra

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Partida

5120

5120

3330

3240

3520

3310

3330

2330

2430

2520

2580

2710

2920

2930

2950

Importe

50.000,00

-770.904,00

-50.000,00

45.000,00

5.000,00

10.095,00

-10.095,00

170,00

873,00

1.330,00

18,00

23.280,00

2.312,00

112,00

13.442,00

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 9154384 Fecha: 21/03/2016

CREDITO

FueFin FinFun

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 2 de 4

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

780Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 9154384 Nº: 21/03/2016 Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

40-MINISTERIO DE SALUD

UE

413-HTAL. JOSE T. BORDA 413-HTAL. JOSE T. BORDA 413-HTAL. JOSE T. BORDA 413-HTAL. JOSE T. BORDA 413-HTAL. JOSE T. BORDA 413-HTAL. JOSE T. BORDA 412-HTAL. COSME ARGERICH 412-HTAL. COSME ARGERICH 449-DIR.GRAL.ADJUNTA SAME 449-DIR.GRAL.ADJUNTA SAME 4001-SUBSECRETARIA ATENCION PRIMARIA AMBULATORIA Y COMUNITARIA 4001-SUBSECRETARIA ATENCION PRIMARIA AMBULATORIA Y COMUNITARIA 445-INSTITUTO PASTEUR

Programa

85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

49-SAME

49-SAME

64-GESTIÓN REDES Y PROG

61-PROM.Y CUID.SALUD DE

45-INST.CTROL DE ZOONOS

Subprograma

13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR12-HOSP.COSME ARGERICH

12-HOSP.COSME ARGERICH

0

0

0

0

0

Proyecto

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Actividad

1-

4-

1-

1-

5-

4-

5-

5-

29-

1-

78-

31-

50-

Obra

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Partida

2960

2520

3530

3560

3510

2230

3520

3390

2520

2330

3510

3510

3390

Importe

14.200,00

-755.737,00

1.600,00

1.440,00

-3.040,00

700.000,00

-33.000,00

33.000,00

-20.000,00

20.000,00

1.071.200,00

-1.616.640,00

545.440,00

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 9154384 Fecha: 21/03/2016

CREDITO

FueFin FinFun

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 9

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 156/SSASS/16 (continuación)

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 3 de 4

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

780Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 9154384 Nº: 21/03/2016 Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

40-MINISTERIO DE SALUD

UE

431-HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA 401-MINISTERIO DE SALUD 412-HTAL. COSME ARGERICH 412-HTAL. COSME ARGERICH 455-CAI CECILIA GRIERSON 455-CAI CECILIA GRIERSON 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 427-HTAL. IGNACIO PIROVANO 427-HTAL. IGNACIO PIROVANO 418-HTAL. JUAN A. FERNANDEZ 417-HTAL. PEDRO DE ELIZALDE 432-HTAL. MANUEL ROCCA 433-HTAL. SANTA LUCIA

430-HTAL. JOSE M.RAMOS MEJIA 426-HTAL. PARMENIO PIÑERO

Programa

52-AT.MEDICA GRAL

1-ACTIVIDADES CENTRALE

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

55-AT.MEDICA MAT.INF

59-AT.REHABILITACION

56- AT.MED.OFTALMOLOGICA52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

Subprograma

31-HOSP.BERNARDINO RIVADAVIA0

12-HOSP.COSME ARGERICH

12-HOSP.COSME ARGERICH

55-HOSP.GRIERSON

55-HOSP.GRIERSON

0

27-HOSP.IGNACIO PIROVANO 27-HOSP.IGNACIO PIROVANO 18-HOSP.JUAN A.FERNANDEZ 17-HOSP.PEDRO DE ELIZALDE32-HOSP.MANUEL ROCCA

33-HOSP.SANTA LUCIA

30-HOSP.RAMOS MEJIA

26-HOSP.P.PIÑERO

Proyecto

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Actividad

1-

1-

4-

4-

5-

5-

1-

3-

4-

2-

1-

7-

7-

7-

5-

Obra

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Partida

4330

4330

2950

2960

3510

3330

3330

2950

2590

5120

5120

2590

2590

2590

3220

Importe

100.970,00

-118.561,00

-2.000,00

2.000,00

28.000,00

25.000,00

-53.000,00

100.000,00

-100.000,00

332.230,00

2.000,00

50.000,00

35.000,00

-85.000,00

38.000,00

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 9154384 Fecha: 21/03/2016

CREDITO

FueFin FinFun

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

 

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 4 de 4

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

780Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 9154384 Nº: 21/03/2016 Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

40-MINISTERIO DE SALUD

UE

404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 430-HTAL. JOSE M.RAMOS MEJIA 426-HTAL. PARMENIO PIÑERO 426-HTAL. PARMENIO PIÑERO 425-HTAL. JOSE M. PENNA 425-HTAL. JOSE M. PENNA 411-HTAL. TORCUATO DEALVEAR 411-HTAL. TORCUATO DEALVEAR 411-HTAL. TORCUATO DEALVEAR 431-HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA 411-HTAL. TORCUATO DEALVEAR 411-HTAL. TORCUATO DEALVEAR 411-HTAL. TORCUATO DEALVEAR 412-HTAL. COSME ARGERICH

Programa

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME52-AT.MEDICA GRAL

85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME52-AT.MEDICA GRAL

Subprograma

0

30-HOSP.RAMOS MEJIA

26-HOSP.P.PIÑERO

26-HOSP.P.PIÑERO

25-HOSP.PENNA

25-HOSP.PENNA

11-HOSPITAL TORCUATO DE 11-HOSPITAL TORCUATO DE 11-HOSPITAL TORCUATO DE 31-HOSP.BERNARDINO RIVADAVIA 11-HOSPITAL TORCUATO DE 11-HOSPITAL TORCUATO DE 11-HOSPITAL TORCUATO DE12-HOSP.COSME ARGERICH

Proyecto

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Actividad

5-

2-

5-

5-

4-

4-

1-

1-

5-

4-

7-

3-

4-

2-

Obra

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Partida

3350

5120

3240

3330

2540

2950

3380

3520

3330

4380

2520

2990

2520

5120

Importe

-38.000,00

385.674,00

6.000,00

-6.000,00

100.000,00

-100.000,00

5.000,00

1.000,00

-6.000,00

17.591,00

8.000,00

10.000,00

-18.000,00

1.000,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 9154384 Fecha: 21/03/2016

CREDITO

FueFin FinFun

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 10

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 156/SSASS/16 (continuación)

 

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 1 de 1

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

791Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 9154384 Nº: 21/03/2016 Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

40-MINISTERIO DE SALUD

UE

412-HTAL. COSME ARGERICH 412-HTAL. COSME ARGERICH

Programa

52-AT.MEDICA GRAL

52-AT.MEDICA GRAL

Subprograma

12-HOSP.COSME ARGERICH

12-HOSP.COSME ARGERICH

Proyecto

0

0

Actividad

24-

24-

Obra

0

0

Partida

4330

4370

Importe

-7.000,00

7.000,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 9154384 Fecha: 21/03/2016

CREDITO

FueFin FinFun

14

14

31

31

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 11

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 950/MEGC/16

RESPONSABLESENTE REPARTICIÓN ALTA BAJA RATIFICACIÓN

Alberto Gowland DNI 21,072,191 2298 SSGEFYAR ALTA

María Oneto DNI 20,384,326 2298 SSGEFYAR ALTA

ANEXO I

DESIGNACIÓN DE RESPONSABLES FONDO DE MOVILIDAD

DOCUMENTO DE IDENTIDAD

IF-2016-07883289- -DGAR

página 1 de 1

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 12

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 88/MDUYTGC/16

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

Anexo

Número: Buenos Aires,

Referencia: C/ EX-2016-04571623 -MGEYA-DGCACTYT Anexo XIII Renovacion Planta Transitoria agentes

EX-2016-04571623- -MGEYA-DGCACTYT ANEXO 13

APELLIDO Y NOMBRE DNI CUILASIGNACION

BRUTAMENSUAL

PERIODO

BORDON, AMARO NICOLAS 31.352.215 20-31352215-7 $ 11.621,28 01/01/2016 al 31/12/2016JAUREGUI, MARIA SOLEDAD 31.207.728 27-31207728-6 $ 11.621,28 01/01/2016 al 31/12/2016

Miércoles 3 de Febrero de 2016IF-2016-04870655- -DGCACTYT

Digitally signed by Comunicaciones OficialesDN: cn=Comunicaciones OficialesDate: 2016.02.03 10:18:45 -03'00'

SERGIO JOSE F. PIETRAFESADirector GeneralD.G. CUERPO AGENTES CONTR. DEL TRANSITO Y TRANSP.(SSMS)

Digitally signed by ComunicacionesOficialesDN: cn=Comunicaciones OficialesDate: 2016.02.03 10:18:46 -03'00'

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

Anexo

Número: Buenos Aires,

Referencia: C/ EX-2016-04861033- -MGEYA-DGCACTYT ANEXO 1 PASE A PLANTA TRANSITORIA

EX-2016-04861033- -MGEYA-DGCACTYT ANEXO 14

APELLIDO Y NOMBREDNI

CUIL ASIGNACION BRUTAMENSUAL PERIODO

IÑIGUEZ ANALIA 31652631 23-31652631-4 $ 11.621,28 01/01/2016 al 31/12/2016

RADREZA CECILIA EDITH 29041081 27-29041081-4 $ 11.621,28 01/01/2016 al 31/12/2016

LA SPINA MARIA JOSE 34906588 27-34906588-1 $ 11.621,28 01/01/2016 al 31/12/2016

BENITEZ NICOLAS MATIAS 33988409 23-33988409-9 $ 11.621,28 01/01/2016 al 31/12/2016

POGGIO LEANDRO MARTIN 24335648 20-24335648-3 $ 11.621,28 01/01/2016 al 31/12/2016

STREET ANA DANIELA ELSA 30732642 27-30732642-1 $ 11.621,28 01/01/2016 al 31/12/2016

PLANDOLIT GUILLERMO 33082441 20-33082441-8 $ 11.621,28 01/01/2016 al 31/12/2016

SANCHEZ MARIA BELEN 29059329 27-29059329-3 $ 11.621,28 01/01/2016 al 31/12/2016

FUENTES DIEGO ROBERTO 26604529 20-26604529-9 $ 11.621,28 01/01/2016 al 31/12/2016

IBARROLA CAROLINA 19015158 27-19015158-7 $ 11.621,28 01/01/2016 al 31/12/2016

DEL CAMPO NICOLAS 35228951 20-35228951-6 $ 11.621,28 01/01/2016 al 31/12/2016

IF-2016-04873148- -DGCACTYTMiércoles 3 de Febrero de 2016

Digitally signed by Comunicaciones OficialesDN: cn=Comunicaciones OficialesDate: 2016.02.03 10:39:36 -03'00'

SERGIO JOSE F. PIETRAFESADirector GeneralD.G. CUERPO AGENTES CONTR. DEL TRANSITO Y TRANSP.(SSMS)

Digitally signed by ComunicacionesOficialesDN: cn=Comunicaciones OficialesDate: 2016.02.03 10:39:37 -03'00'

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 13

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 91/MDUYTGC/16

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 1 de 1

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

392Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 6134333Nº: 12/02/2016Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

30-MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE

UE2340-DG OBRAS DEINGENIERIA YARQUITECTURA9932-UNIDAD DEPROYECTOS ESPECIALES(UPE) PLAN HIDRAULICO

Programa25-EJEC.REHAB.OBRASCOM

31-DESARR.INFRA.REDPLU

Subprograma0

0

Proyecto0

0

Actividad10-

11-

Obra0

0

Partida5760

5759

Importe2.000,00

-2.000,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 6134333 Fecha: 12/02/2016

CREDITO

FueFin FinFun11

11

49

49

IF-2016-06393857- -DGTALMDUYT

página 1 de 1

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 14

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 106/MDUYTGC/16

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 15

FIN DEL ANEXO

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 16

FIN DEL ANEXO

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 1 de 1

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

466Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 7229444Nº: 23/02/2016Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

30-MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE

UE9052-DIR.GRAL.INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL9052-DIR.GRAL.INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL9052-DIR.GRAL.INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL9052-DIR.GRAL.INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL9052-DIR.GRAL.INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL9052-DIR.GRAL.INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL9052-DIR.GRAL.INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL

Programa16-NUEVO DISTRITOGUBER

16-NUEVO DISTRITOGUBER

16-NUEVO DISTRITOGUBER

16-NUEVO DISTRITOGUBER

16-NUEVO DISTRITOGUBER

16-NUEVO DISTRITOGUBER

16-NUEVO DISTRITOGUBER

Subprograma0

0

0

0

0

0

0

Proyecto1-TRASL.INSTAL.SEDES A

1-TRASL.INSTAL.SEDES A

1-TRASL.INSTAL.SEDES A

1-TRASL.INSTAL.SEDES A

1-TRASL.INSTAL.SEDES A

1-TRASL.INSTAL.SEDES A

1-TRASL.INSTAL.SEDES A

Actividad0

0

0

0

0

0

0

Obra64-

55-

55-

61-

51-

55-

51-

Partida4210

4210

4210

4210

3310

4370

4210

Importe-10.492.407,00

10.000.000,00

7.000.000,00

-13.805.798,00

3.165.707,00

587.900,00

3.544.598,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 7229444 Fecha: 23/02/2016

CREDITO

FueFin FinFun11

11

11

11

11

11

11

45

13

13

13

13

13

13

IF-2016-07274695- -DGTALMDUYT

página 1 de 1

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 107/MDUYTGC/16

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 17

FIN DEL ANEXO

IF-2016-08085994- -MCGC

página 1 de 4

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 178/MDUYTGC/16

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 1 de 1

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

855Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 9503899Nº: 29/03/2016Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

30-MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE

UE9052-DIR.GRAL.INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL9052-DIR.GRAL.INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL9052-DIR.GRAL.INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL9052-DIR.GRAL.INFRAESTRUCTURA GUBERNAMENTAL

Programa16-NUEVO DISTRITOGUBER

16-NUEVO DISTRITOGUBER

16-NUEVO DISTRITOGUBER

16-NUEVO DISTRITOGUBER

Subprograma0

0

0

0

Proyecto1-TRASL.INSTAL.SEDES A

1-TRASL.INSTAL.SEDES A

1-TRASL.INSTAL.SEDES A

1-TRASL.INSTAL.SEDES A

Actividad0

0

0

0

Obra51-

63-

51-

72-

Partida3580

4210

4210

4210

Importe820.000,00

-820.000,00

12.000.000,00

-12.000.000,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 9503899 Fecha: 29/03/2016

CREDITO

FueFin FinFun11

11

11

11

13

44

13

49

IF-2016-09598509- -DGTALMDUYT

página 1 de 1

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 18

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 173/MMIYTGC/16

REPORTE CONTROL INTERNO

Pág. 1 de 1

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Tipo de Ajuste: Área/OGESE

756Requerimiento Nº: PENDIENTE OGESEEstado: 15/03/2016Fecha:

Norma Aprobatoria: Nº: Fecha:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 9557735Nº: 21/03/2016Fecha:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 9557735 Fecha: 21/03/2016

Total de positivos:

Total de incisos:

11 156.000,00 -156.000,00

Total de fuentes de financiamiento:

3 156.000,00 -156.000,00

Total de negativos:

Total de Caracter:

1 156.000,00 -156.000,00

Total de Uni. Ejecutora:

2666

649

156.000,00

0,00

0,00

-156.000,00

Total de Finalidad y Funcion:

13

17

46

0,00

0,00

156.000,00

-136.000,00

-20.000,00

0,00

1 156.000,00 -156.000,00

Total de geografico:

156.000,00

-156.000,00

21 156.000,00 -156.000,00

Total por Clasificador Económico:

IF-2016-09570603- -DGTALMMIYT

página 1 de 2

 

MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS

Pág. 1 de 1

2016

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

756Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 9557735 Nº: 21/03/2016 Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

65-MIN.MODERN.INNOVACION Y TECNOLOGIA

UE

2666-SUBSECRETARIA DEINVERSIONES 649-MINISTERIO DE MODERNIZACIONINNOVACION Y TECNOLOGIA 649-MINISTERIO DE MODERNIZACIONINNOVACION Y TECNOLOGIA

Programa

61-PROMOCIÓN DE INVERSI1-ACTIVIDADES CENTRALE

1-ACTIVIDADES CENTRALE

Subprograma

0

0

0

Proyecto

0

0

0

Actividad

1-

1-

9-

Obra

0

0

0

Partida

3210

3520

3520

Importe

156.000,00

-136.000,00

-20.000,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 9557735 Fecha: 21/03/2016

CREDITO

FueFin FinFun

11

11

11

46

13

17

IF-2016-09570603- -DGTALMMIYT

página 2 de 2

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 19

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 63/ENTUR/16

Digitally signed by Comunicaciones OficialesDN: cn=Comunicaciones OficialesDate: 2016.03.30 17:07:26 -03'00'

Alem RamiroPresidenteENTE DE TURISMO (MMIYTGC)

Digitally signed by ComunicacionesOficialesDN: cn=Comunicaciones OficialesDate: 2016.03.30 17:07:27 -03'00'

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 20

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS 2051-0647-CME16

INDICE

1.1. GENERALIDADES

1.2. PROCEDIMIENTO - OBLIGACIONES

1.2.1 MANTENIMIENTO MENSUAL

1.2.2 MANTENIMIENTO TRIMESTRAL

1.2.3 MANTENIMIENTO ANUAL

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 25/DGTALMJG/16

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 21

Página 2 de 5

1.1. GENERALIDADES

La Contratación consiste en la prestación de un servicio de mantenimiento preventivo (mensual, trimestral y anual) de la instalación contra incendio correspondiente al Galpón de la Calle Carrasco N° 625 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

OBJETO

El objeto de las presentes especificaciones consiste en establecer los requisitos mínimos para efectuar el servicio de mantenimiento integral preventivo para la instalación fija del sistema de incendio en base a la siguiente normativa de cumplimiento obligatorio, pero sin limitar a cualquier otra normativa de aplicación para el presente servicio:

a. Norma IRAM 3594/3546 b. RESOLUCIÓN 643/AGC/2014 c. DISPOSICIÓN N° 215/DGHP/2015 d. DISPOSICIÓN Nº 415/GCABA/DGDYPC/11 e. LEY 2231

COMPOSICION DE LA INSTALACION

Hidrantes:

- Manguera de 1 ¾” x 20 m según IRAM 3548 - Gabinete metálico con puerta vidriada para manguera, según IRAM 3539 - Válvula tipo teatro de Bronce según IRAM 3508 - Lanza de chorro ple 1 ¾” según IRAM 3508

Boca de impulsión:

- Válvula de impulsión de 2 ½” - Válvula de retención - Tapa para bomberos

Red de distribución:

- Cañería troncal en 3” según IRAM 2502 - Cañería de bajadas a hidrantes de 2” según IRAM 2502

REGISTRO DE LA TOMA DE DATOS.

El proveedor deberá asegurar que todos los datos obtenidos en las operaciones de inspección, prueba y mantenimiento realizados, queden registrados en el Libro de la Instalación Fija que deberá ser otorgado por el mismo, y realizará la gestión del mismo junto con el Croquis de la Instalación.

LIMPIEZA DE LAS ZONAS DE TRABAJO

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 25/DGTALMJG/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 22

Página 3 de 5

El Proveedor procederá a la limpieza de las zonas de trabajo, coordinando con el personal designado por la Subgerencia Operativa de Obras y Mantenimiento para la supervisión de los trabajos, el retiro de todos aquellos materiales o elementos ajenos al destino del citado local y mantendrá las zonas de trabajo y sus elementos en perfectas condiciones de higiene.

ESPECIFICACIONES COMPLEMENTARIAS

El Proveedor efectuará todos los trabajos conforme a las reglamentaciones vigentes, con miras a asegurar un correcto funcionamiento de las instalaciones y sus componentes de acuerdo a su fin. Por tal motivo, tendrá en cuenta y evaluará todas las necesidades y previsiones que deberá tomar durante la ejecución de los trabajos, evitando cualquier error u omisión, aunque dicha ejecución se haga de acuerdo a planos, especificaciones o indicaciones. Las visitas por mantenimiento son Mensuales en carácter obligatorio de acuerdo a la DISPOSICIÓN N°

215/DGHP/2015.

El Proveedor deberá incluir dos visitas por trimestre atendiendo a reclamos y/o urgencias, sumadas a las visitas mensuales de mantenimiento.

En el caso de faltantes, roturas o reposición de elementos que compongan esta instalación contra incendio, el Proveedor deberá confeccionar el presupuesto correspondiente para ser presentado ante la Subgerencia Operativa de Obras y Mantenimiento a fin de que se proceda a la evaluación del mismo, para la reposición y/o reparación.

1.2. PROCEDIMIENTO - OBLIGACIONES

El Proveedor preparará un cronograma de trabajos que deberá presentar a la Subgerencia Operativa de Obras y Mantenimiento, conjuntamente con el listado del personal idóneo asignado oportunamente. Asimismo, si durante el transcurso de la contratación se produjesen modificaciones, deberá presentar el nuevo listado del personal.

El Proveedor deberá presentar, a la Subgerencia Operativa de Obras y Mantenimiento del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, un informe por escrito luego de cada visita de mantenimiento realizada describiendo el estado en el que se encuentra dicha instalación y de ser necesario los materiales y recursos que se requieren para reponer faltantes o reparar la instalación y dejarla en óptimas condiciones de uso y en cumplimiento de las normas vigentes.

El Proveedor deberá esperar a la aprobación por escrito de dicho gasto para realizar las tareas de reparación o reposición necesarias.

El Proveedor deberá emitir el certificado de Operatividad y Control Periódico.

1.2.1 MANTENIMIENTO MENSUAL:

El servicio de mantenimiento Mensual a prestar por el Proveedor constará de las siguientes tareas a realizar:

Relevamiento visual:

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 25/DGTALMJG/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 23

Página 4 de 5

• Verificar los armarios de mangueras para constatar que no estén dañados y que el equipo existente en su interior este completo y en buen estado.

• Verificar que todos los hidrantes estén completos y en buen estado de uso.

• Verificar que no existan fugas.

1.2.2 MANTENIMIENTO TRIMESTRAL:

El servicio de mantenimiento Trimestral consta de los siguientes trabajos:

Relevamiento visual:

• Inspección de los hidrantes registro de los elementos alojados en su interior, boca de impulsión, verificación de señalización reglamentaria, análisis de documentación si existiese.

-Varios:

• Revisión de fijaciones de la instalación.

• Provisión y colocación de toda la pintura necesaria (anticorrosiva y de terminación).

Se llevará a cabo el mantenimiento considerando los siguientes ítems:

• Se colocará un cartel indicador en cada gabinete de hidrante con fecha de control y estado de la misma.

• Verificación de señalización reglamentaria, según Norma IRAM 10005

• Se verificará la boca de impulsión y su conexión mediante acople store.

• En caso de ser necesario se pintaran los gabinetes, cañerías, y equipos con los colores reglamentarios.

• Engrase y limpieza de bisagras en puertas de armarios.

1.2.3 MANTENIMIENTO ANUAL:

El servicio de mantenimiento Anual a prestar por el Proveedor, además de lo descrito anteriormente para las tareas de mantenimiento mensual y trimestral, constará de las siguientes tareas a realizar:

• Se deberán desconectar y retirar las mangas y lanzas de cada nicho hidrante. Se le deberán realizar a las mismas las tareas de mantenimiento de acuerdo a la Norma IRAM 3594.

• Se colocarán las etiquetas correspondientes con la identificación según Norma IRAM, y oblea IRAM azul que certifica el mantenimiento realizado con Sello IRAM y auditoría técnica permanente.

• De las columnas secas: se evaluará la accesibilidad de la entrada desde la calle y la toma, comprobándose que la señalización sea la adecuada y que el estado de la tapa y su cierre sea

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 25/DGTALMJG/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 24

Página 5 de 5

óptimo, de no ser así, deberá engrasarse. Se evaluará mediante acople store de la boca de impulsión y su conexión.

• Se verificarán los diámetros interiores de cañería mediante método no destructivo (ultrasonido).

• Se llevará a cabo el llenado de cañerías y se verificará la existencia de pérdidas.

• Se verificará el caudal en cada hidrante, asegurando que no sea inferior al mínimo que establece la normativa vigente y/o Norma IRAM 3597.

• Se deberá corroborar la estanqueidad de todo el sistema.

• Se tomaran registros de la presión en la manguera según norma IRAM 3594.

• No se interrumpirá el servicio en el edificio en ningún momento, para lo cual se proveerán mangueras sustitutas mientras se realice el mantenimiento.

• Re localización de las mangueras en su posición original, dejando en situación operativa todo el sistema de extinción.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 25/DGTALMJG/16 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 25

Gobi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res

Dirección General de Seguros ANEXO

COBERTURAS DE SEGUROS A REQUERIR

GENERALIDADES:

En el presente se detallan las coberturas de seguros a requerir para el ingreso y permanencia de terceros ajenos, sean proveedores y/o contratistas que desarrollen tareas o presten servicios en ubicaciones pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) tanto sean estas en propiedad o en uso, así como las características mínimas de admisibilidad de las mismas.

El adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios deberá acreditar los contratos de seguros que se detallan y su vigencia durante todo el período contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y los comprobantes de pago de las mismas.

Cada vez que el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios modifique las condiciones de póliza o cambie de compañía aseguradora, o cada vez que el GCABA lo solicite, se presentarán copias de las pólizas contratadas.

La contratación de los seguros que aquí se requieren es independiente de aquellos otros que deba poseer el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios a fin de cubrir los posibles daños o pérdidas que afecten a sus bienes o los de sus empleados, sean los mismos o no de carácter obligatorio

Quedará a criterio del GCABA conforme a las actividades a realizar por terceros, la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas contratadas por el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios, los cuales deberán acreditar el endoso correspondiente a tales cambios

DE LAS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS:

Las compañías aseguradoras con las cuales el adjudicatario/prestador o proveedor contrate las coberturas establecidas en este Anexo, deben ser de reconocida solvencia, radicadas en la C.A.B.A. o que posean filial administrativa local y autorizadas a tal fin por la Superintendencia de Seguros de la Nación para emitir contratos en los riesgos a cubrir. El GCABA se reserva el derecho de solicitar a su solo juicio, el cambio de compañía aseguradora, si la contratada no alcanza con los indicadores generales, patrimoniales y de gestión en atención al riesgo asumido en el contrato de seguro.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 104/DGSEGUROS/16

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 26

Gobi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res

Dirección General de Seguros

DE LAS COBERTURAS DE SEGURO EN PARTICULAR:

Las coberturas que el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios ha de acreditar aun cuando disponga de otros, son los que se detallan a continuación:

1) Seguros Laborales.

2) Seguro de Accidentes Personales. (En caso de corresponder)

3) Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva.

En los apartados siguientes se detallan las condiciones mínimas de los contratos de seguro, los mismos deben cumplir con todas los requerimientos establecidos en las Leyes vigentes para cada caso en particular.

1) Seguros Laborales

Seguro de Riesgos del Trabajo, cobertura de ART.

El adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios en cumplimiento de la legislación vigente, debe acreditar un seguro que cubra a la totalidad del personal que afecte al servicio contratado, el cual será suscrito con una “Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART)”.

No se podrá afectar personal alguno cualquiera sea su índole, hasta que el mismo no cuente con su correspondiente cobertura por riesgo de accidentes de trabajo.

Se deberán presentar al GCABA, los certificados de cobertura de los trabajadores amparados, en los cuales estará incluido el siguiente texto:

“Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición, de subrogación ó de regreso contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el Art. N° 39 ap. 5 de la Ley N° 24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del permisionario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”

2) Seguro de Accidentes Personales. (En caso de corresponder)

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 104/DGSEGUROS/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 27

Gobi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res

Dirección General de Seguros En el caso que el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios, contrate a personal y/o prestadores de servicio que no esté alcanzado por La Ley de Contrato de Trabajo, es decir, quienes no revistan el carácter de relación de dependencia con el mismo; se deberá contar con una póliza de seguros del ramo Accidentes Personales con las siguientes características:

Alcance de la Cobertura: Se deberá amparar a la totalidad del personal afectado durante la jornada laboral incluyendo cobertura in-itinere.

Sumas mínimas a Asegurar:

Muerte: $ 400.000 (Pesos cuatrocientos Mil)

Invalidez Total y/ó parcial permanente por accidente: $ 400.000 (Pesos cuatrocientos Mil)

Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): $ 15.000 (Pesos Quince Mil)

La citada póliza deberá incluir el siguiente texto:

“La compañía ………………….renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/ó subrogación contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 34-99903208-9, sus funcionarios y/o empleados. “

3) Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva.

El adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a su actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros.

Suma Asegurada Mínima:

La misma será por un monto mínimo de $ 250.000 (Pesos Doscientos Cincuenta Mil)

Se detallan de manera enunciativa y no taxativa las coberturas adicionales a incluirse de corresponder en cada caso:

A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y /o explosión, descargas eléctricas.

B) Daños por caída de objetos, carteles y/o letreros

C) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 104/DGSEGUROS/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 28

Gobi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res

Dirección General de Seguros D) Grúas, Guinches, auto elevadores (de corresponder)

E) Bienes bajo cuidado, custodia y control.

F) Carga y descarga de bienes fuera del local del asegurado.

El contrato deberá contener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser considerados terceros en póliza.

La citada póliza deberá incluir el siguiente texto:

“La compañía ………………….renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/ó subrogación contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 34-99903208-9, sus funcionarios y/o empleados. “

FIN DEL ANEXO

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 104/DGSEGUROS/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 29

1/5

(/Default.aspx)

Jueves 31 de Marzo, 13:34:10

Proceso de compra

Número del proceso de compra

420-0293-LPU16

Número de expediente

EX-2016-09439892-   -MGEYA-HGNRG

Nombre del proceso de compra

service de mantenimiento integral de equipo para esterilizacion

Unidad Operativa de Adquisiciones

420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Información básica del proceso

Nº de proceso

420-0293-LPU16

Nombre de proceso

service de mantenimiento integral de equipo para esterilizacion

Objeto de la contratación

service de mantenimiento integral de equipo para esterilizacion

Procedimiento de selección

Licitacion Pública

Etapa

Única

Modalidad

Sin modalidad

Alcance

Nacional

Moneda

ARS-Peso Argentino

Encuadre legal

Ley Nº 2.095 Art. 31º

Tipo de cotización

Por cantidad de renglón: parcial Por renglones: parcial

Tipo de adjudicación

Por cantidad de renglón: parcial Por renglones: parcial

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 93/HGNRG/16

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 30

https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhz6pVQYcW|xuwRLEt39HW6ZHzZJgyn|U1DZN3gt5uosYXEzpJm… 2/5

Tipo documento que genera el proceso

Orden de compra

Cantidad de Ofertas al proceso

No acepta más de una oferta

Lugar de recepción de documentación física

GALLO 1330

Plazo mantenimiento de la oferta

60 Días hábiles Acto de apertura

Acepta redeterminación de precios

Si

Requiere pago

No

Otras condiciones

Otros requisitos obligatorios

Acepta prórroga

Solicitudes de gasto asignadas al proceso

Número solicitudde gasto Estado Unidad Ejecutora Rubro

Tipo deurgencia

Fechacreación

420-5040-SG15 Autorizada enProceso

420 - HTAL. RICARDOGUTIERREZ

Salud Normal 23/10/2015

TOTAL: $ 120.000,00

Detalle de productos o servicios

Númerorenglón

Objetodelgasto Código del ítem Descripción Cantidad

Preciounitario Subtotal Acciones

1 3-3-3-0 33.14.002.004.74 SERVICIO DE MANTENIMIENTOINTEGRAL DE EQUIPO PARAESTERILIZACIONCaracteristica/sServicio integral, comprendemantenimiento preventivo,incluye revisión completa,ajustes, calibración, provisiónde in Ver más

2,00 U 60000,00 120000,00

Cronograma

Fecha y hora estimada de publicación en el portal

08/04/2016 10:00:00 a.m.

Fecha y hora publicación en boletin oficial

No ha sido suministrada por el sistema de Boletín Oficial

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 93/HGNRG/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 31

3/5

Fecha y hora inicio de consultas

11/04/2016 10:00:00 a.m.

Fecha y hora final de consultas

13/04/2016 10:00:00 a.m.

Fecha y hora inicio recepción de documentos en soporte físico

11/04/2016 10:00:00 a.m.

Fecha y hora fin recepción de documentos en soporte físico

13/04/2016 10:00:00 a.m.

Cantidad de días a publicar

No ha sido suministrada por el sistema de Boletín Oficial

Fecha y hora acto de apertura

14/04/2016 10:00:00 a.m.

Pliego de bases y condiciones generales

Documento Número disposición aprobatoria Fecha creación Acciones

Pliego de Bases y Condiciones Generales Disposición Aprobatoria 4/6/2014

Requisitos mínimos de participación

I. Requisitos económicos y financieros

No se ingresaron requisitos económicos.

II. Requisitos técnicos

Nº de requisito Descripción Tipo dedocumento

1 SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPAMIENTOMEDICO:MANTENIMIENTO PREDICTIVO,PREVENTIVO YCORRECTIVO DEL EQUIPAMIENTO MEDICO DETALLADO EN ELANEXO TECNICO:LISTADO DE EQUIPAMIENTO MEDICO.

No requiereadjuntardocumentación

III. Requisitos administrativos

Nº de requisito Descripción Tipo dedocumento

1 PEDIDO PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DE 12 MESES No requiereadjuntardocumentación

Garantías

Garantía de impugnación al pliego

Porcentaje

3,00%

La garantía de impugnación al pliego será entre el uno por ciento (1%) y el tres por ciento (3%) delpresupuesto oficial o monto estimado de la compra.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 93/HGNRG/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 32

https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhz6pVQYcW|xuwRLEt39HW6ZHzZJgyn|U1DZN3gt5uosYXEzpJm… 4/5

Anexos

Garantía de impugnación a la preadjudicación

Porcentaje

5,00%

La garantía de impugnación a la preadjudicación será de entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento(5%) del monto de la oferta del renglón o renglones impugnados.

Garantía de mantenimiento de oferta

Si No

Requiere incorporar garantía de mantenimiento de oferta cuando el monto de la misma no supere las100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 de la Ley 2.095 y sumodificatoria Ley 4.764.

Garantía de cumplimiento de contrato

Si No

Requiere incorporar garantía de cumplimiento de contrato cuando el monto del instrumento contractual nosupere las 100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 de la Ley 2.095y su modificatoria Ley 4.764.

Si No

Requiere incorporar contragarantía.

Monto y duración del contrato

Monto

$ 120.000,00

Moneda

ARS - Peso Argentino

Periodicidad recepción

Diario

Fecha estimada del inicio del contrato

Dentro de los 15 Días corridos del perfeccionamiento del documento contractual

Duración del contrato

12 Meses

Supervisor

Nombre ApellidoTipodocumento

Númerodocumento Cargo Unidad Ejecutora

MariaPaula

Pandelo DNI 22177508 Administrativo 420 - HTAL. RICARDOGUTIERREZ

Penalidades

Nºpenalidad Descripción

1 De acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares de conformidad con lo establecido en elCapítulo XII de la Ley Nº 2095/06 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 93/HGNRG/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 33

5/5

Nombre Tipo Descripción Acciones

Anexo Cláusulas Particulares al 04-02-16.doc Administrativo .

ANEXO LP.ESTERILIZACION.pdf Técnico especificaciones técnicas generales

Evaluadores del proceso de compra

Nombre y apellido Declaración Jurada Unidad Ejecutora Opciones

Osvaldo Jesús Lopez IF-2015-27605589- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Fernado Javier Jover IF-2015-27606192- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Maria Paula Pandelo IF-2015-27608625- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Alicia Capelli IF-2015-36111539- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Fernanda Colandrea IF-2015-32783821- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Dina Levin IF-2015-32675116- -HGNRG 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Cantidad de Evaluadores considerados: 3

Actos administrativos

Documento Número SADE Número especial Fecha vinculación Opciones

Autorización llamado DI-2016-09663204- -HGNRG DI-2016-93-HGNRG 31/03/2016

Autorización pliego DI-2016-09663204- -HGNRG DI-2016-93-HGNRG 31/03/2016

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Dirección General de Compras y Contrataciones - v5.0.3308.31365_SEAC_UNIFICADO

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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 93/HGNRG/16 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 34

•GOBIERNO DE LACIUDAD DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE SALUD

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

CLÁUSULAS PARTICULARES

ANEXO 1

REQUERIMIENTOS MINIMOS PARA LA CONTRATACION DE EMPRESASPROVEDORAS DEL SERVICIO DE RECOLECCION. TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y

DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS L1QUIDOS PELIGROSOS

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1. OBJETO:

Recolección. transporte, tratamiento y disposición final de los residuos líquidospeligrosos (Categorias Y16, Y6, Y3) generados por el Hospital Dr. Cosme Argerich,con domicilio en la calle Corbeta Pi y Margall 750, de la Ciudad Autónoma de BuenosAires,. dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; conforme a la Ley2214/07 y a la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos.

2. CANTIDADES GENERADAS

La generación mensual estimada de los Residuos objeto de la licitación, es de 2.500lts. Y16 Y 420 lts. Y6 por mes.

El Hospital prestara conformidad de los litros de los residuos recolectados por eladjudicatario en cada retiro, firmando el manifiesto de transporte.

3. RECOLECCiÓN Y TRANSPORTE

FRECUENCIA: La frecuencia de retiro será a solicitud de la necesidad del Hospitalsiendo el minimo una vez cada tres meses y el máximo de cuatro veces por mes y enhorario a convenir, dentro de una franja horaria de tres horas, con la mencionadainstitución.

~UGAR DE RECOLECCiÓN: Será desde el sitio de Almacenamiento final del Htal.

TRANSPORTE : La recolección y el transporte deberá ser cumplimentado por eladjudicatario por si mismo o por terceros bajo su responsabilidad cumpliendo con:

Habilitación de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Naciónpara residuos objeto de la presente licitación.

Todos los requisitos para el transporte de estos residuos explicitados en la LeyNacional 24051.

tratados por métod s aprobados por la Secr t~)a detable de la Nación.

Los residuos deberánAmbiente y esarro lo

4. TRATAMIENTO

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 109/HGACA/16

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 35

5. ELEMENTOS A PROVEER

El adjudicatario deberá acordar la modalidad operativa del servicio con las Autoridadesdel Establecimiento y proveerá los siguientes elementos:

Elementos de contención: Bidones adecuados de polipropileno rígído, resistentesa la abrasíón y a los golpes con tapa de cierre hermético y de capacidad no mayor a 20litros, en cantidad suficiente que garanticen el almacenamiento y transporte seguros.

Rótulos para identificar procedencia de los bidones (modelo utilizado por elHospital).

Manifiesto de Transporte oficial según Ley 24051.

Certificado de destrucción final de los residuos líquidos peligrosos.

Certificado Ambiental anual: Extendido por la Secretaría de Ambiente y DesarrolloSustentable de la Nación que acredite la inscripción como transportista y operador

... de los residuos mencionados en el punto 1 de las especificaciones técnicas.

Habilitación de la Jurisdicción y demás Certificados Ambientales locales vigentesen la jurisdicción donde se encuentra la planta.-

6. DEL PERSONALEl adjudicatario será responsable de lo cualquier accidente de trabajo que le ocurra asu personal durante las tareas de recolección. Asimismo dicho personal deberá tener lacorrecta capacitación sobre el correcto manejo de los residuos así como tambiénposeer cobertura sobre accidentes de trabajo de acuerdo a la normativa vigente(vacunas, controles médicos preocupacionales y periódicos, vestimenta adecuadasegún tarea, utensilios adecuados.)

7. PLAZO Y FORMA DE RECOLECCION,

A solicitud del servicio, durante un periodo anual (12) meses, o hasta el consumo total delservicio solicitado.

La primera recolección será INMEDIATA: cinco (5) días hábiles.

El Organismo licitante se reserva el derecho de solicitar hasta el total de la Orden deCompra.

EL COMITE DE EVALUACiÓN DE OFERTAS SE RESERVA EL DERECHO DESOLICITAR LA DOCUMENTACiÓN FALTANTE E INCLUSO LA ADICIONAL QUECONSIDERE NECESARIA.

PLIEGO SIN VALOR

Dr. NESTOR H RNA OÉZDIRECTOR .lEO'C0

HOSPITAL Gral r:~¡....:.;uD()~'COSME AR ERICH"

FIN DEL ANEXO

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 109/HGACA/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 36

(/Default.aspx)

Lunes 4 de Abril, 8:32:14

Solicitud de Gasto Proceso de Compra Documento Contractual Convenio Marco

Otras Consultas

mpalmeyro

Proceso de compra

Número del proceso de compra

417-0316-LPU16

Número de expediente

EX-2016-09695004-   -MGEYA-HGNPE

Nombre del proceso de compra

ALQUILER DE CRANEOMETRO Y ASPIRADOR ULTRASONICO - NEUROCIRUGIA

Unidad Operativa de Adquisiciones

417 - HTAL. PEDRO DE ELIZALDE

Información básica del proceso

Nº de proceso

417-0316-LPU16

Nombre de proceso

ALQUILER DE CRANEOMETRO Y ASPIRADOR ULTRASONICO - NEUROCIRUGIA

Objeto de la contratación

ALQUILER DE CRANEOMETRO Y ASPIRADOR ULTRASONICO - NEUROCIRUGIA

Procedimiento de selección

Licitacion Pública

Etapa

Única

Modalidad

Sin modalidad

Alcance

Nacional

Moneda

ARS-Peso Argentino

Encuadre legal

Ley Nº 2.095 Art. 31º

Tipo de cotización

Por cantidad de renglón: parcialPor renglones: parcial

Tipo de adjudicación

Por cantidad de renglón: parcial

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 145/HGNPE/16

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 37

Por renglones: parcial

Tipo documento que genera el proceso

Orden de compra

Cantidad de Ofertas al proceso

No acepta más de una oferta

Lugar de recepción de documentación física

AVDA.MONTE DE OCA 40

Plazo mantenimiento de la oferta

20 Días hábiles Acto de apertura

Acepta redeterminación de precios

No

Requiere pago

No

Otras condiciones

Otros requisitos obligatorios

Acepta prórroga

Solicitudes de gasto asignadas al proceso

Número solicitudde gasto Estado Unidad Ejecutora Rubro

Tipo deurgencia

Fechacreación

417-1216-SG16 Autorizada enProceso

417 - HTAL. PEDRO DEELIZALDE

Salud Normal 17/03/2016

TOTAL: $ 135.000,00

Detalle de productos o servicios

Númerorenglón

Objetodelgasto Código del ítem Descripción Cantidad

Preciounitario Subtotal Acciones

1 3-2-2-0 33.14.001.002.1 ALQUILER DE ASPIRADORULTRASONICO PARAMICRONEUROCIRUGIACaracteristica/sPara microneurocirugía Variedad/esAspirador ultrasónico

10,00 U 6500,00 65000,00

2 3-2-2-0 33.14.001.002.52 ALQUILER DECRANEOTOMOCaracteristica/s Paraneurocirugía, con motor neumático,de altas revoluciones, podrá incluirfresas comedoras y diamantadasVariedad/es Craneótomo

10,00 U 7000,00 70000,00

Cronograma

Fecha y hora estimada de publicación en el portal

05/04/2016 10:00:00 a.m.

Fecha y hora publicación en boletin oficial

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 145/HGNPE/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 38

No ha sido suministrada por el sistema de Boletín Oficial

Fecha y hora inicio de consultas

05/04/2016 10:30:00 a.m.

Fecha y hora final de consultas

08/04/2016 10:00:00 a.m.

Fecha y hora inicio recepción de documentos en soporte físico

08/04/2016 08:00:00 a.m.

Fecha y hora fin recepción de documentos en soporte físico

13/04/2016 09:59:00 a.m.

Cantidad de días a publicar

No ha sido suministrada por el sistema de Boletín Oficial

Fecha y hora acto de apertura

13/04/2016 10:00:00 a.m.

Pliego de bases y condiciones generales

Documento Número disposición aprobatoria Fecha creación Acciones

Pliego de Bases y Condiciones Generales Disposición Aprobatoria 4/6/2014

Requisitos mínimos de participación

I. Requisitos económicos y financieros

Nº de requisito Descripción Tipo dedocumento

1 Deberá presentar Póliza de Caución de Garantía de Ofertacuando el monto de la oferta supere los $ 975.000.- (pesosnovecientos setenta y cinco mil).- VALOR UNIDAD DECOMPRA $ 9,75

Requiereadjuntardocumentaciónelectrónica

II. Requisitos técnicos

Nº de requisito Descripción Tipo dedocumento

1 C L Á U S U L A S P A R T I C U L A R ES 1º) OBLIGACIONES DELOFERENTE Deberán estar inscriptos en el Registro deproveedores del GCBA. 2º) Presentación de las ofertas ytoda documentación que la acompañe firmadas en todassus hojas por responsable autorizado 3º) SUBSANACION DEDEFICIENCIAS: Este establecimiento podrá, previo a larespectiva preadjudicación, requerir a las distintas firmascotizantes toda la documentación complementaria queresulte necesaria para la evaluación de sus ofertas,documentación que deberá ser aportada dentro de las 48(cuarenta y ocho) horas de solicitada. (Art. 8º Ley Nº 2095/06)4º) COTIZACION: El oferente podrá formular oferta por parteen cada renglón.

Requiereadjuntardocumentaciónelectrónica

III. Requisitos administrativos

Nº de requisito Descripción Tipo dedocumento

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 145/HGNPE/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 39

Nº de requisito Descripción Tipo dedocumento

1 1-Se deberá adjuntar junto con la oferta: 1- Fotocopiafirmada de la Disposición 2319/2004 expedida por ANMATpor el Apoderado legal junto con las Buenas PrácticasVigentes.- 2- Fotocopia, firmada por el Apoderado oRepresentante Legal, del Registro del Producto Médico y/osu Cerficado de fabricación y/o distribución vigente.ANMAT.- 3- Anexo de Acreditación de Cuenta Bancaria. 4-DDJJ de Aptitud para Contratar.- 4-Plazo de entrega: Dentrode los treinta(30)día hábiles de recepcionada la Orden deCompra y/o de acuerdo a las necesidades del Servicio. 5-ElManteniento de Oferta será de 20 (veinte) días hábiles conrenovación automática por otros 20 (veinte) días hábiles amenos que el oferente diere aviso con 10 (diez) días deantelación al vencimiento del plazo su deseo de noprorrogar el mantenimiento de oferta.- 6-El hospital deacuerdo al art. 90 del Decreto Reglamentario 95/14 de la leyde Compras 2095/06 y su modificatoria 4764/13 aceptarácotizaciones parciales. El organismo contratante se hacereserva de ejercer la facultad contemplada en el art. 117 dela Ley 2095/06, su modificatoria 4764/13 y su DecretoReglamentario 95/14.-

Requiereadjuntardocumentaciónelectrónica

Garantías

Garantía de impugnación al pliego

Porcentaje

3,00%

La garantía de impugnación al pliego será entre el uno por ciento (1%) y el tres por ciento (3%) delpresupuesto oficial o monto estimado de la compra.

Garantía de impugnación a la preadjudicación

Porcentaje

5,00%

La garantía de impugnación a la preadjudicación será de entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento(5%) del monto de la oferta del renglón o renglones impugnados.

Garantía de mantenimiento de oferta

Si No

Requiere incorporar garantía de mantenimiento de oferta cuando el monto de la misma no supere las100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 de la Ley 2.095 y sumodificatoria Ley 4.764.

Garantía de cumplimiento de contrato

Si No

Requiere incorporar garantía de cumplimiento de contrato cuando el monto del instrumento contractualno supere las 100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 de laLey 2.095 y su modificatoria Ley 4.764.

Si No

Requiere incorporar contragarantía.

Monto y duración del contrato

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 145/HGNPE/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 40

Monto

$ 135.000,00

Moneda

ARS - Peso Argentino

Periodicidad recepción

Semanal

Fecha estimada del inicio del contrato

A partir del perfeccionamiento del documento contractual

Duración del contrato

30 Días hábiles

Supervisor

Nombre ApellidoTipodocumento

Númerodocumento Cargo Unidad Ejecutora

Graciela Varela DNI 14238283 Jefe decompras

417 - HTAL. PEDRO DEELIZALDE

Evaluadores del proceso de compra

Nombre y apellido Declaración Jurada Unidad Ejecutora Opciones

Antonia Galvan IF-2015-20313238- -HGNPE 417 - HTAL. PEDRO DE ELIZALDE

Angel Bonina IF-2016-09239220- -HGNPE 417 - HTAL. PEDRO DE ELIZALDE

Daniel Navacchia IF-2016-05942165- -HGNPE 417 - HTAL. PEDRO DE ELIZALDE

Graciela Varela IF-2015-20471320- -HGNPE 417 - HTAL. PEDRO DE ELIZALDE

Horacio Vaccaro IF-2016-07033243- -HGNPE 417 - HTAL. PEDRO DE ELIZALDE

Raul Omar De la Barrera IF-2016-07027648- -HGNPE 417 - HTAL. PEDRO DE ELIZALDE

Cantidad de Evaluadores considerados: 4

Actos administrativos

Documento Número SADE Número especial Fecha vinculación Opciones

Autorización llamado DI-2016-09811719- -HGNPE DI-2016-145-HGNPE 01/04/2016

Autorización pliego DI-2016-09811719- -HGNPE DI-2016-145-HGNPE 01/04/2016

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Dirección General de Compras y Contrataciones - v5.0.3308.31365_SEAC_UNIFICADO

Avisos sobre Navegadores |  Términos y Condiciones de Uso

FIN DEL ANEXO

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 145/HGNPE/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 41

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

Artículo 1°.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

El objeto de la presente es la contratación de un servicio de alquiler de dos (2) oficinas móviles compuestas por dos módulos cada una de ellas, destinadas a ser utilizado de manera conjunta por los programas “Turismo cultural en dos ruedas” y “Centros de información turística”, dependientes de la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta del Ente de Turismo de La Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 2°.- MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN

Para la admisibilidad de las ofertas, se efectuará la evaluación de ofertas tomando en forma objetiva los requisitos exigidos por la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/06, su modificatoria Ley N° 4.764, su decreto reglamentario N° 95/14 y los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas. La simple presentación de ofertas implica el conocimiento de todo el régimen legal indicado precedentemente, con la declaración expresa de que lo conoce y acepta en todas sus partes. La presente contratación se realiza bajo la modalidad de contratación menor de Régimen Especial, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2.095, conforme texto Artículo 12° de la Ley N° 4.764.

Artículo 3°.- DESCRIPCIÓN Y DETALLES TÉCNICOS

La descripción y detalles técnicos se encuentran dentro del ANEXO I, el cual en todo forma parte del presente Pliego.

Nota: El oferente deberá acreditar en su oferta la “Certificación ISO 9001 y la Certificación ISO 14001” aludidas en el Anexo I del presente Pliego.

Artículo 4°.- ENTREGA

La oficinas móviles deberán ser entregados e instaladas de conformidad con la siguiente descripción: 1 (una) en Av. Don Pedro de Mendoza 1832, entre Valle Iberluca y Martin Rodríguez, Museo de Bellas Arte de la Boca de Artistas Argentinos “Benito Quinquela Martín”,CABA, y 1 (una) en la intersección de Av. Belisario Roldan y Av. Sarmiento, CABA, debiendo comunicarse previamente a [email protected] a efectos de coordinar la presencia de un representante del gobierno de la Ciudad en el lugar al momento de la colocación.

Artículo 5°.- FLETES, CARGA Y DESCARGA

Todos los fletes, acciones de carga y descarga que sean necesarios, incluyendo los operarios que se requiera para efectuar dichas tareas, se encuentran a cargo del adjudicatario.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 23/DGTALET/16

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 42

Artículo 6°.- PERÍODO DE CONTRATACIÓN

El servicio será contratado por un período total de ocho (8) meses, y entrará en vigencia a partir del 2° de Mayo de 2016.

Artículo 7º.- INSCRIPCIÓN

Los interesados en participar deberán estar inscriptos en BUENOS AIRES COMPRAS (BAC), dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE HACIENDA. La inscripción debe ser iniciada por el interesado a través del sitio de Internet, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado BAC.

Artículo 8°.- PRÓRROGA DEL CONTRATO

El Organismo contratante, conforme las facultades derivadas del Artículo 117°, inc.) III de la Ley N° 2.095 (modificada por el Artículo 49 de la Ley N° 4.764), podrá prorrogar el contrato por un período igual al contratado y en idénticas condiciones.

Artículo 9º.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

La presentación debe realizarse por el sistema de Buenos Aires Compras antes del horario indicado. En todos los casos se debe indicar el precio unitario y el total resultante. En caso de discrepancia, se tendrá como válido el precio que resulte de multiplicar el precio por unidad por la cantidad de unidades requeridas. Asimismo y junto con la declaración jurada de aptitud para contratar (Anexo I) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, se deberá presentar en idéntico carácter (DDJJ), otra declaración de que no se encuentra incurso en alguna causal de Inhabilitación para Contratar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, conforme se estipula en el Artículo 96 inciso 1 del Capítulo III de la Ley N 2095, incorporado por el Artículo 6 de la Ley Nº 4486.

Artículo 10.- GARANTÍA

No requerida.

Artículo 11.- VALOR DEL PLIEGO

El pliego es gratuito y podrá ser obtenido a través del Sistema Electrónico “Buenos Aires Compras” (BAC), donde se encontrará disponible en el portal www.buenosairescompras.gob.ar. En las contrataciones electrónicas (BAC), solo el proveedor que haya ingresado en BAC y se haya

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 23/DGTALET/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 43

acreditado para la adquisición del Pliego de Bases y Condiciones Particulares pasará a tener condición de oferente dentro del procedimiento de selección.

Artículo 12.- FORMA DE COTIZAR

La oferta debe incluir obligatoriamente el precio único por módulo y el total contemplando el período de meses descriptos en el Artículo 7° del presente pliego.

Artículo 13.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesario la presentación de los Pliegos de Bases y Condiciones con la oferta.

Artículo 14.- CONSULTAS TÉCNICAS

Toda consulta técnica deberá canalizarse al siguiente mail: [email protected], perteneciente a la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta, de este Ente de Turismo.

Artículo 15.- CONSULTAS ADMINISTRATIVAS

Toda consulta administrativa deberá canalizarse al siguiente mail: [email protected], perteneciente a la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta, de este Ente de Turismo.

Artículo 16.- VISITA OBLIGATORIA

Para la admisibilidad de las ofertas, los oferentes deberán efectuar con carácter previo y obligatorio, una visita de reconocimiento, a fin de poder cotizar el objeto de la contratación, agregando el certificado de visita (que como Anexo II forma parte del presente) en la documentación a presentar en el portal “Buenos Aires Compras” (BAC). Las visitas se podrán efectuar de acuerdo al siguiente detalle:

- Lunes a domingos de 10 hs a 17 hs, previo envío de mail a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected].

Nota: La falta de presentación del mentado certificado, será motivo de descarte de la oferta en los términos del inc.) H del Artículo 104 de la Ley 2.095 y su modificatoria.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 23/DGTALET/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 44

Artículo 17.- PRERROGATIVA DEL GCABA

Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo con relación al monto estimado de la contratación podrá solicitarse una mejora en el precio de la oferta. Por aplicación de los principios de eficiencia, eficacia y economía previstos tanto en la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones, como en la Ley N° 70 de Administración Financiera, ante la negativa del oferente de mejorar el precio, queda a criterio de la Comisión de Evaluación de ofertas proseguir con la preadjudicación debiendo justificar tal situación.

Artículo 18.- ADJUDICACIÓN – CRITERIOS DE EVALUACIÓN - NOTIFICACIÓN

El Órgano Contratante podrá discernir la adjudicación de la presente contratación en cabeza del oferente que hubiere formulado la propuesta más conveniente. A tal fin, contará con facultades suficientes para adoptar dicha decisión con discrecionalidad, siempre y cuando enmarque su proceder dentro de parámetros elementales de razonabilidad y extreme la motivación del acto administrativo en que la adjudicación se concrete.

En ese sentido, deberán tenerse en consideración, como criterios elementales de ponderación: los antecedentes empresarios y técnicos de los oferentes, lo que incluye –entre otros- solvencia patrimonial y experiencia en la prestación de servicios de similares características que el que aquí se contrata; la razonabilidad y seriedad de la propuesta, la inversión comprometida y el precio.

La adjudicación se notificará fehacientemente al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de los 7 (siete) días de emitido el acto administrativo. Siendo que el presente procedimiento tramita mediante BAC, el acto administrativo de adjudicación, será notificado por dicha vía al adjudicatario y al resto de los oferentes. El mismo será publicado en el portal www.buenosairescompras.gob.ar y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo de 1 (un) día.

Artículo 19.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la orden de compra al adjudicatario. Siendo que el presente procedimiento tramita mediante BAC, el contrato se perfecciona con la notificación efectuada por dicha vía de la orden de compra al adjudicatario, dentro del plazo de mantenimiento de la oferta.

Artículo 20.- OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El proveedor que resulte adjudicatario de la provisión requerida deberá cumplimentar acabadamente la prestación descripta en el artículo 3° del presente pliego en forma satisfactoria dentro del lapso de tiempo durante el cual se desarrollará la feria.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 23/DGTALET/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 45

Artículo 21.- PARTE DE RECEPCIÓN DEFINITIVA

Una vez cumplimentada la prestación que constituye el objeto de esta contratación, se procederá a entrega al proveedor el Parte de Recepción Definitiva.

ANEXO II

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los __________(____) días del mes de Abril de 2016, siendo las ____ horas, comparece el Sr/a. ______________________________, DNI Nº __________, al …………………………………………………………………………………………………………….., en representación de la empresa ____________________ a los fines de efectuar la visita obligatoria al predio sito en la calle la Av. Don Pedro De Mendoza 1832, entre Valle Iberluca y Martin Rodriguez,Museo de Bellas Arte de la Boca de Artistas Argentinos “Benito Quinquela Martín”, y en la intersección de Av. Belisario Roldan y Av. Sarmiento, las cuales se encuentran estipuladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas por el Servicio de Contratación de dos (2) Oficinas móviles.

FIN DEL ANEXO

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 23/DGTALET/16 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 46

FIN DEL ANEXO

ANEXO - ACTA DE DIRECTORIO N° 3140/14

00/100 ($ 384.000,00.-), en un todo de acuerdo al Anexo I, por ajustarse a los requerimientos de ladocumentación licitaria y resultar su oferta conveniente.

3º) Disponer que el presente gasto será solventado conforme a la afectación presupuestaria efectuada mediante formulario de solicitud de gastos Nº 39371/2014.

4º) Establecer que la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones notificará lo resuelto mediante Cédulade Notificación, la que deberá ser diligenciada conforme las disposiciones del Art. 60 y cc de la Ley deProcedimientos Administrativos aprobada por el DNU Nº 1510/GCBA/97.

5º) Encomendar a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones promover la publicación en el BoletínOficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un día, como así también en el sitio web.

6º) Comunicar a las Gerencias General, Coordinación General Técnica Administrativa y Legal, GerenciaLogística, Administración y Finanzas y Asuntos Jurídicos. Cumplido, pase a la Gerencia Logística para laprosecución de su trámite.

Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio.-

Anexo I - CD Nº 14/14

Oferta Nº Empresa Precio Unit. Cant.(meses) Total Oferta

1 SOFT DEL NOAS.R.L. $ 32.000,00 12 $ 384.000,00

TOTAL A ADJUDICAR $ 384.000,00

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 47

ANEXO - OL 834

ITEM DESIGNACIÓN Unidad Cantidad MONTO PRECIO ITEM PRECIO RUBRO3.1 TRABAJOS PRELIMINARES

3.1.1 Obrador gl 13.1.2 Protecciones y cerramientos temporales gl 13.1.3 Conexiones provisorias gl 13.1.4 Cartel de obra u 13.1.5 Documentación, Proyecto ejecutivo y Planos Conforme a Obra gl 13.1.6 Vigilancia y seguridad gl 1

3.2 DEMOLICIONES Y RETIROS3.2.1 Retiro de mobiliario, equipamiento y accesorios gl 1

3.2.2 Retiro de mesa de trabajo en sala comando. A reacondicionar y ajustar a nuevo proyecto. gl 1

3.2.3 Retiro de carpinterías existentes según Plano Demolición gl 13.2.4 Retiro de carpintería VE1. A reacondicionar y ajustar a nuevo proyecto. gl 13.2.5 Retiro de artefactos, griferías y accesorios sanitarios gl 1

3.2.6 Retiro artefactos de lavado y secado de cateters. Se deberán conservar para ser reinstalados. gl 1

3.2.7 Retiro de las instalaciones existentes. gl 13.2.8 Retiro de artefactos de iluminacion, tomas y llaves. gl 13.2.9 Retiro de mesada y mueble bajo mesada en Enfermería. gl 13.2.10 Retiro de radiador en Sala Recuperación. Previamente se deberá anular su instalación. gl 13.2.11 Retiro de todos los Solados. m2 943.2.12 Retiro de todos los Zócalos. ml 1203.2.13 Retiro de todos los Revestimientos. m2 663.2.14 Retiro de todos los Guardacamillas. ml 40.33.2.15 Retiro del Cielorraso existente. m2 943.2.16 Demolición de mampostería y banquinas, según Plano Demolición. gl 1.003.2.17 Readecuación de mesón existente gl 1.00

3.3 ESTRUCTURA3.3.1 Trabajos estructurales gl 1

3.4 MAMPOSTERIAS3.4.1 Pared de ladrillo 0.12 x 0.18 x 0.33 m (H12) m2 163.4.2 Pared de ladrillo de 0.08 x 0.18 x 0.33 m (H8) m2 703.4.3 Cierre de vanos / Ajustes de mamposterías gl 13.4.4 Tabique de construcción en seco (T1) m2 143.4.5 Tabique de construcción en seco (T2) m2 38.19

3.5 AISLACIONES3.5.1 Hidrófugo bajo revestimientos. m2 593.5.2 Capa aisladora horizontal en locales húmedos. m2 113.5.3 Aislación en Sala de Exámen. (Blindaje). gl 1

3.6 REVOQUES3.6.1 Revoque grueso o jaharro interior m2 2573.6.2 Revoque fino o enlucido a la cal interior m2 2573.6.3 Reparación de revoques existentes gl 1

3.7 CONTRAPISOS Y CARPETAS3.7.1 Reparación de contrapisos existentes gl 13.7.2 Banquinas (h: 10cm) (Incluye banquina en Unidad Coronaria) m2 7.53.7.3 Carpetas

3.7.3.1 Carpeta base para solados generales m2 41.2

3.7.3.2 Carpeta base para pisos de goma m2 46.63.7.3.3 Carpeta base para pisos de locales sanitarios m2 4.2

3.8 SOLADOS, ZOCALOS Y SOLIAS3.8.1 Provisión y colocación de mosaico granitico 30x30 TORINO m2 45.43.8.2 Provisión y colocación zócalo granitico 30x10 TORINO ml 1003.8.3 Provisión y colocación de solado de PVC conductivo en rollo m2 46.63.8.4 Provisión y colocación de zòcalo de PVC en rollo ml 343.8.5 Provisión y colocación de solias graniticas reconstituidas m2 0.53.8.6 Reposicion solados y zócalos rotos y/o faltantes ídem existentes gl 1

3.9 REVESTIMIENTOS3.9.1 Provisión y colocación de placa granitica 30x30 cm espesor 18mm m2 143.9.2 Provisión y colocación de cerámica 30x 30cm esmaltada blanco semimate m2 593.9.3 Provisión y colocación de revestimiento de PVC en rollo m2 703.9.4 Guardacamillas / guardasillas ml 503.9.5 Reposición revestimientos y guardacamillas rotos y/o faltantes ídem existentes. gl 1

3.10 CIELORRASOS3.10.1 Cielorraso armado de placa roca de yeso estandar m2 283.10.2 Cielorraso armado de placa roca de yeso anti humedad m2 4.23.10.3 Cielorraso armado de placa roca de yeso combinado m2 603.10.3.1 Cielorraso armado de placa roca de yeso estandar m2 41.283.10.3.2 Cielorraso armado de placa roca de yeso placas 60 x 60 m2 18.72

3.11 PINTURA3.11.1 Pintura al látex sobre paredes interiores m2 210.53.11.2 Pintura al látex sobre cielorrasos m2 95

3.12 MARMOLES Y GRANITOS3.12.1 Granito gris mara

ANEXO PLANILLA DE COTIZACIÓN PARTE II

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE SALUD-DGRFISS

TRABAJOS de ADECUACIÓN FÍSICA - INSTALACIÓN DE NUEVO ANGIÓGRAFO SERVICIO HEMODINAMIA (PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTE II)

PLANILLA DE COMPUTO Y PRESUPUESTO

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

PLIEG-2016-09947959- -DGADCYP

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N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 48

3.12.1.1 M1 - 1,82 x 0,50 m u 13.12.1.2 M2 - 2,53 x 0,60 m u 1

3.13 CRISTALES Y ESPEJOS3.13.1 Espejos m2 0.4

3.14 CARPINTERIA 3.14.1 Carpinterías de madera3.14.1.1 P1 (pta placa 2 hoja de abrir de 1,20 x 2,05 con visor s/planilla y pliego), incluye vidrio. u 13.14.1.2 P2 (pta placa 1 hoja de abrir de 0,80 x 2,05 con visor s/planilla y pliego), incluye vidrio u 23.14.1.3 P3 (pta placa 1 hoja de abrir de 0,70 x 2,05 con visor s/planilla y pliego), incluye vidrio u 23.14.1.4 P4 (pta placa 1 hoja corrediza de 0,80 x 2,05 s/planilla y pliego) u 13.14.1.5 P5 (pta placa 1 hoja de abrir de 0,80 x 2,05 s/planilla y pliego) u 33.14.1.6 P6 (pta placa 1 hoja de corrediza de 0,70 x 2,05 s/planilla y pliego) u 13.14.1.7 P7 (pta placa 2 hoja de abrir de 1,20 x 2,05 con visor s/planilla y pliego), incluye vidrio. u 13.14.1.8 P8 (pta placa 1 hoja de abrir de 0,70 x 2,05 s/planilla y pliego) u 1

3.14.1.9 P10 (pta placa 2 hojas de abrir de 1,00 x 2,05 con celosía de vent. inf en cada hoja s/planilla y pliego) u 2

3.14.2 Muebles fijos (bajomesadas, alacenas y mostrador)3.14.2.1 M1- Mueble Con bajomesada y alacena s/pliego s/planos u 1

3.14.2.2 M2 - Mueble Con bajomesada y alacena. Espacio para heladera y TT, s/pliego s/planos u 1

3.14.2.3 M3 - Mueble Con bajomesada y alacena + muebles laterales s/pliego s/planos u 13.14.2.4 M4 - Mesada mas mueble fijo UCO, s/pliego s/planos u 13.14.2.5 Mu1 -Escritorio con 1 modulo de cajones + mueble sobre escritorio u 13.14.2.6 Mu2 - Mueble Fijo sobre circulación, s/pliego s/planos u 13.14.2.7 Mu3 - Mueble Fijo sobre circulación, s/pliego s/planos u 13.14.2.8 Mu4 - Mueble Fijo en unidad coronaria, s/pliego s/planos u 13.14.3 Carpinterías de aluminio3.14.3.1 V1 (2,50 x 1,15 m), incluye vidrio u 13.14.4 Carpinterías especiales3.14.4.1 P9 (pta corrediza 1 hoja automatica de 1,20 x 2,05 s/planilla y pliego) u 13.14.5 Adecuación de Carpinterías existentes gl 1

3.15 ACERO INOXIDABLE3.15.1 Mesadas3.15.1.1 M3 u 13.15.1.2 M4 u 13.15.2 Piletones de acero inoxidable 3.15.2.1 Piletón simple ( 75 x 55 x 75 cm) u 1

3.16 INSTALACION SANITARIA3.16.1 Instalacion de termotanques electricos 55lts para agua caliente u 13.16.2 Distribución de agua fría y caliente gl 13.16.3 Desagües cloacales gl 13.16.4 Provisión e Instalación artefactos sanitarios 3.16.4.1 Lavatorio de colgar de pared. Ferrum Linea Bari. Color blanco u 2

3.16.4.2 Inodoro corto con asiento y tapa. Con depósito para pared. Ferrum Linea Bari. Color blanco u 2

3.16.5 Provisión e Instalación griferías 3.16.5.1 Griferia monocomando para lavabo FV 92 smile para lavatorio colgar u 23.16.5.2 Griferia cocina Línea 90 Swing cromo monocomando u 13.16.5.3 Válvula de descarga automática con tapateclas para inodoros u 23.16.6 Provisión e Instalación de Accesorios sanitarios3.16.6.1 Portarrollo de embutir ALS1 de FERRUM o similar u 23.16.6.2 Percha simple APS3U FERUM o similar para ducha u 23.16.6.3 Dispenser jabón liquido y dispenser toalla de papel u 4

3.17 INSTALACION CONTRA INCENDIO3.17.1 Reubicación de Hidrante gl 13.17.2 Matafuegos o Extintores3.17.2.1 Matafuegos CO2 5 Kg u 33.17.2.2 Matafuegos ABC polvo 5 Kg u 23.17.3 Elementos de señalización – Cartelería3.17.3.1 Señalización luminosa de emergencia con batería autónoma u 13.17.3.2 Señalización de matafuegos u 53.17.3.3 Señalización de salida fotoluminiscente u 2

3.18 INSTALACION ELECTRICA 3.18.1 Alimentación Hemodinamia gl 13.18.2 Tableros de distribución (TS-HEM-N TS-HEM-E Gabinete de Empalme) gl 13.18.3 Tableros Seccionales gl 13.18.4 Instalacion de Puesta a Tierra. gl 13.18.5 Instalacion Electrica en Salas uso no medico gl 13.18.6 Instalacion Electrica en Salas uso medico (incluye Tablero de UPS (TU) Tablero TQ (2)) gl 13.18.7 Provisión y colocación de Artefactos de Iluminación3.18.7.1 Inoxa de Quasar o equivalente u 33.18.7.2 E1016L de Quasar o equivalente u 113.18.7.3 E1016L de Quasar o equivalente con balasto dimerizable u 83.18.7.4 E1033 de Quasar o equivalente u 33.18.7.5 Aseptico 2x36W de Quasar o equivalente u 63.18.7.6 Aseptico 2x18W de Quasar o equivalente u 13.18.7.7 Aplique para cenefa mueble portatubo 1x18 W(Incluye mesa UCO) u 43.18.7.8 Spot con lámpara led roja tipo dicroica 1x15 W Quasar o equivalente u 13.18.8 Sistema de Control de Accesos gl 13.18.9 Portero Eléctrico gl 13.18.10 Sistema de CCTV gl 1

3.18.11Instalación y provisión de equipo de UPS (UPS de 120 kVA- Transformador de 120 kVA-Tablero de Alimentación y Rodeo de UPS)

gl 1

3.18.12 Filtros de línea gl 1

3.19 DATOS Y TELEFONIA3.19.1 Servicio de Cableado Estructurado gl 13.19.2 Switch de 48 bocas gl 1

PLIEG-2016-09947959- -DGADCYP

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ANEXO - OL 834 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 49

FIN DEL ANEXO

3.20 INSTALACION TERMOMECÁNICA

3.20.1 Equipos acondiconadores de aire

3.20.1.1 Equipos acondicionadores frio/calor para Sala de Examen, Control y Anexos u 13.20.1.2 Equipos acondicionadores de aire frio para sala técnica. u 23.20.2 Emisores de Radiación Ultravioleta UVC para la desinfección del aire u 33.20.3 Filtros de aire mediana efic. G4, accesorios gl 13.20.4 Cañería de interconexión de refrigerante m -3.20.5 Estructura de soporte de equipos gl 13.20.6 Desagües de condensación gl 13.20.7 Controles gl 13.20.8 Ventilador centrífugo de extracción (sanitarios, depósito y offices) u 13.20.9 Conductos de aire

3.20.9.1 Conductos kg -3.20.9.2 Aislaciones m2 -3.20.9.3 Persianas, rejas y difusores. gl. 13.20.10 Instalación eléctrica de aire acondicionado gl. 13.20.11 Acondicionamiento de aire para sala UPS

3.20.11.1 Split individual tipo mural, frío calor, de 3,5 kW de capacidad frío, control condensación. u 1

3.20.11.3 Estructura de soporte de equipos, bases, antivibratorios gl 13.20.11.4 Desagües de condensación gl 13.20.11.5 Ventilador extracción de aire del tipo axial "in line", 240 m3/hora u 13.20.11.6 Conductos de chapa galvanizada, accesorios kg -3.20.11.7 Persiana y reja de extracción. gl 13.20.11.8 Instalación eléctrica y de control gl 13.20.12 Puesta en marcha, regulación, inspecciones y pruebas gl 1

3.21 INSTALACION DE GASES MEDICOS3.21.1 Cañerías de cobre3.21.1.1 Cañería de cobre diámetro 13 mmm según E.T ml 153.21.1.2 Ídem diámetro 9,5 mm según E.T ml 223.21.1.3 Ídem diámetro 8 mm según E.T ml 503.21.2 Paneles3.21.2.1 Panel tipo 1 según E.T. n 23.21.2.2 Panel tipo 2 según E.T. n 23.21.2.3 Panel tipo 3 según E.T. n 13.21.3 Conector para A. Comp. Con toma goma plastico A.C. y manguera n 23.21.4 Aparatos dosificadores para paneles3.21.4.1 Caudalímetro- Medidores de flujo para Oxigeno según E.T n 63.21.4.2 Frasco Humidificador para Oxigeno según E.T n 63.21.4.3 Reductor de Baja Presión Oxigeno n 63.21.4.4 Caudalímetro - Medidores de flujo para Aire Comprimido según E.T n 63.21.4.5 Reductor de Baja Presión Aire Comprimido n 63.21.4.6 Llaves Reguladoras para Vacío según E.T n 63.21.4.7 Frasco intermediario para Vacío según E.T n 63.21.5 Alarmas para gases medicinales y aspiración según E.T n 63.21.6 Sistema de llamado de enfermeras según E.T n 13.21.7 Sistema de alarma paro cardiaco según E.T n 13.21.8 Accesorios para paneles3.21.8.1 Barral de 10 x 25 n 33.21.8.2 Soporte bomba universal y porta sueros n 33.21.8.3 Bandeja Monitor para Barral de 10x25 n 33.21.8.4 Pistola dosificadora para secado n 2

3.22 SEÑALIZACION3.22.1 Señalizacion gl 1

3.23 EQUIPAMIENTO

3.23.1 Silla giratoria con ruedas altura regulable u 4

3.23.2Guardarropas de 2 puertas cortas. De 1 módulo de 8 lockers (Sala de Informes) y 1 módulo de 4 lockers (Sanitario Pacientes)

gl 1

3.23.3 Perchero de pared tres soportes u 13.23.4 Cortinas sanitarias divisorias u 13.23.5 Heladera bajo mesada u 1

3.23.6 Basurero bajo mesada u 23.23.7 Contenedor de residuos u 2

3.24 LIMPIEZA DE OBRA3.24.1 Mantenimiento y limpieza de obra día 1503.29.2 Limpieza final de obra gl 1

$ 5,781,000Presupuesto Oficial Estimado a Febrero 2016 : pesos CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL

3.20.11.2Cañería de cobre para refrigeración aislada + pruebas de estanqueidad, vacío y carga adicional de refrigerante. Bandejas portacables.

m -

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ANEXO - OL 834 (continuación)

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 50

1

MINISTERIO DE HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES ÓRGANO RECTOR

PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

Artículo 1º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN: Las normas contenidas en el presente articulado, constituyen el PLIEGO

UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para los contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, alquileres con opción a compra y permutas del PODER EJECUTIVO, que celebren los organismos del Sector Público comprendidos en la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para todos aquellos contratos no excluidos expresamente en la ley citada o sujetos a un régimen especial1.

El presente Pliego resulta de igual modo aplicable para la contratación de bienes y servicios a ser gestionados través del portal denominado Buenos Aires Compras (BAC), con los alcances establecidos en el párrafo precedente.

Artículo 2°.- NORMATIVA APLICABLE: El presente llamado a licitación y/o contratación se regirá por las disposiciones

de la Ley N° 2.095, la Ley Nº 4.764, sus Decretos Reglamentarios N° 95/2014 y 1.145/09, el Decreto Nº 440/13, la Ley Nº 1.218, la ley Nº 2.809, la Ley Nº 4.736, la Ordenanza Nº 52.236; el Decreto Nº 1.616/97 y Decreto Nº 1.693/97, el Artículo 48, Ley Nº 7, normas complementarias y las contenidas en las Cláusulas Particulares.

Artículo 3°.- ADQUISICIÓN DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES:

Los Pliegos de Bases y Condiciones se suministrarán en forma gratuita. En las contrataciones a efectuarse a través del Sistema Electrónico “Buenos Aires Compras” (BAC) los Pliegos se encontrarán disponibles en el portal www.buenosairescompras.gob.ar 2.

Sin perjuicio de ello, en aquellos casos en que fundadamente y por sus características el organismo contratante determine que podrán ser obtenidos previo pago de una suma, la misma será establecida en la convocatoria, y no podrá superar el uno por ciento (1%) del monto estimado de la compra3.

1 Art. 2 y 3 Ley Nº 2095 2 Art. 11 Anexo I Decreto 1145/09. 3 Art. 86. 8 Anexo I Decreto Nº 95/14

ANEXO - DISPOSICIčN NÁ 143/HGNPE/16

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 51

2

En este último caso, sólo se tendrán en cuenta las ofertas presentadas por las firmas proveedoras que hayan abonado, previo a la apertura del acto licitatorio, el arancel correspondiente al valor del pliego. El importe recibido por la Administración por la venta de pliegos no será devuelto a los adquirentes en ningún caso, aún cuando por cualquier causa se dejara sin efecto la licitación o se rechazaran todas las ofertas.

En las contrataciones electrónicas (BAC), sólo el proveedor que haya ingresado en BAC y se haya acreditado para la adquisición del Pliego de Bases y Condiciones Particulares pasará a tener condición de participante dentro del proceso de selección, pudiendo en tal carácter presentar su oferta. 4

Artículo 4°.- COMUNICACIONES:

Las comunicaciones que se realicen entre el Organismo licitante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, podrán llevarse a cabo por cualquier medio. En los procedimientos BAC, tales comunicaciones se efectúan a través de BAC. No obstante, podrán llevarse a cabo por cualquier medio de comunicación que responda a los principios de transparencia, economía y celeridad de trámites.

No podrán utilizarse estos mecanismos para poner en ventaja a un interesado u oferente sobre los restantes.5

Artículo 5°.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y

PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD (RIUPP):

Los interesados en participar en los procedimientos de selección deberán estar

inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad (RIUPP), dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda.

También podrán participar proveedores que hayan iniciado el trámite de inscripción, debiendo encontrarse inscriptos en el RIUPP previo a la emisión del dictamen de evaluación de ofertas o del acto administrativo de adjudicación, según corresponda al tipo de procedimiento de selección. Cuando se tratare de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el proveedor debe estar inscripto en forma previa a la preselección.6

La inscripción debe ser iniciada por el interesado a través del sitio de Internet,

sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado RIUPP.

Artículo 6º.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO: Se considerará como domicilio legal el declarado en calidad de constituido en

el RIUPP. Para las contrataciones a ser efectuadas mediante BAC se considera domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP, en el que se tendrán por

4 Art. 14 Anexo I Decreto 1145/09 5 Art. 79 Anexo I Decreto Nº 95/14 y art. 6 Anexo I Decreto 1145/09 6 Art. 93 Ley 2095 y art. 22 Anexo I Decreto Nº 95/14

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 52

3

válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. En caso de corresponder, se considerará como domicilio constituido el domicilio declarado por el proveedor como sede de sus negocios en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores.

Todo cambio de domicilio deberá ser deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. El GCABA constituye domicilio en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) respectiva (*). Todas la notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos aquí referidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay N° 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en el domicilio que en el futuro lo reemplace, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N" 77/PG/06.

(*) Completar con la identificación y domicilio de la respectiva UOA. Artículo 7.- COMPETENCIA JUDICIAL: Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y

Contrataciones efectuadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las partes quedan sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción. 7

Artículo 8.- CÓMPUTO DE PLAZOS:

Los plazos deben computarse en días hábiles, salvo disposición expresa en contrario.8 El cómputo de los plazos en las compras y contrataciones electrónicas se efectuará conforme lo estipulado en los Arts. 5° "Cómputo de los Plazos" y 7° "Notificaciones Electrónicas‘‛ del Anexo 1 del Decreto N° 1145/09, y supletoriamente, en lo que sea aplicable, por lo normado en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/1997, ratificado por Resolución Nº 41/LCBA/98.

Artículo 9.- CONSULTAS: 7 Artículo 48, Ley Nº 7. 8 Art. 80 Ley 2095

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 53

4

Las consultas relacionadas con los distintos procesos licitatorios se realizan ante la respectiva Unidad Operativa de Adquisiciones (*) hasta los tres (3) días previos a la fecha establecida para la apertura de las ofertas. Asimismo, y en base a la naturaleza de la contratación, podrán fijarse plazos distintos al establecido9. En las contrataciones efectuadas mediante BAC tales consultas se efectúan a través del mentado sistema BAC. Las respuestas o aclaraciones formuladas por la Unidad Operativa de Adquisiciones respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la licitación o contratación, serán comunicadas a cada uno de los oferentes de conformidad con lo previsto en el Artículo 4º. Comunicaciones.

(*) Completar con la identificación de la respectiva UOA

Artículo 10.- CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.: A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), este

Gobierno reviste la condición de Exento, en consecuencia, en las propuestas económicas que el interesado presente junto a las ofertas no se deberá discriminar el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.

El número de CUIT correspondiente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires es el 34-99903208-9.

[Las jurisdicciones y entidades pertenecientes al Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuya condición no se corresponda con lo citado en los párrafos anteriores deberán consignar los datos que les son propios].

Artículo 11.- DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR: Los interesados en presentarse a procedimientos de selección en el Sector

Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán adjuntar a la oferta una declaración jurada de la que resulte que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas, o que los directores o miembros del órgano de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la Ley. Para el caso de oferentes en procedimientos de selección mediante sistema BAC, deberán aceptar en la oferta que presenten en BAC las condiciones de la Declaración Jurada para Contratar, de acuerdo con términos antes descriptos.

Ver “Anexo I: Declaración Jurada de Aptitud para contratar” La Comisión Evaluadora de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos

volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento. La falsedad de los datos cuanto de la documentación acompañada implicará la

pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción de rescisión del contrato10.

9 Art. 86.11 Anexo I Decreto Nº 95/14 y art. 15 Anexo I Decreto 1145/09 10 Art. 96 Decreto N° 95/14.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 54

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Artículo 12.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Las ofertas serán presentadas por duplicado y deberán estar firmadas por el

oferente o su representante legal. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante.

Las ofertas deberán encontrarse firmadas en todas sus fojas, incluyendo aquellas que expresamente requiera el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, más la documentación adicional, folletos o todo tipo de publicidad que el oferente adjunte y foliadas en forma correlativa11 . En los procedimientos efectuados por BAC, las ofertas serán presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentando con todas las previsiones que expresamente requiera el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el presente pliego y que, junto con la documentación adicional, folletos o todo tipo de documentos que el oferente adjunte electrónicamente, integrarán la Oferta. Para el caso que los pliegos prevean la presentación de muestras o documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel, estos serán individualizados en la oferta presentada por BAC y presentados en la Unidad Operativa de Adquisiciones en la fecha, hora y lugar que se indique en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares.12

Artículo 13.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.

Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por el término de veinte (20) días, o el que se fije en las Cláusulas Particulares, a contar de la fecha de la apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de diez (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial, salvo que el Pliego en sus Condiciones Particulares disponga otro distinto. 13

Artículo 14.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno

conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación de los Pliegos de Bases y Condiciones con la oferta, salvo que los

11 Art. 102 Anexo I Decreto Nº 95/14. 12 Art. 17 Anexo I Decreto 1145/09. 13 Art. 102.5 Anexo I Decreto 95/14 y art. 19 del Anexo I Decreto 1145/09.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 55

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mismos sean solicitados como requisito junto con la documentación que integra la misma14.

Artículo 15.- FALSEAMIENTO DE DATOS

El falseamiento de datos contenidos en la oferta dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.15

Artículo 16.- COTIZACIONES PARCIALES:

El oferente debe formular oferta por la totalidad de las cantidades solicitadas para cada renglón, salvo que los pliegos en sus Cláusulas Particulares admitan cotizaciones parciales. Asimismo, sólo en el caso de que la oferta contemple la totalidad de los renglones y cantidades solicitadas, el oferente podrá ofrecer descuento sobre la base de su adjudicación íntegra.16

Artículo 17.- GARANTÍAS: Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones, los oferentes y los

adjudicatarios deben constituir las siguientes garantías sin límite de validez 17.1. CLASES

a) De mantenimiento de oferta: no menor al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. En caso de licitaciones o concursos de etapa múltiple la garantía debe ser no menor al cinco por ciento (5%) sobre el presupuesto oficial o monto estimado de la compra. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando se trate de ofertas por servicios, deberá tenerse en cuenta el valor total del servicio, es decir, el que resulte del valor mensual, por hora, o el que se requiera en las cláusulas particulares, por la totalidad en tiempo del servicio que se solicite. EN EL CASO DE NO ESTABLECER EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA, LA MISMA SERÁ DEL CINCO POR CIENTO (5%) DEL VALOR TOTAL DE LA OFERTA. Para los procedimientos mediante BAC, al momento de presentar sus propuestas, los oferentes deberán identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando el formulario electrónico correspondiente. La garantía constituida deberá ser entregada a la Unidad Operativa de Adquisiciones dentro del plazo de 24 horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, en el lugar que se indique en los pliegos, bajo apercibimiento de descarte de la oferta. 17 EN LOS CASOS EN QUE CORRESPONDA LA INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA, SU NO PRESENTACIÓN DARÁ LUGAR AL DESCARTE DE LA MISMA.

14 Art. 103 Ley N° 2.095 15 Art. 131 Ley Nº 2.095 - Art. 96 Anexo I Decreto 95/14. 16 Art. 90 Anexo I Decreto Nº 95/14. 17 Art. 18 Anexo I Decreto 1145/09.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 56

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b) De cumplimiento del contrato: no menor al diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. El adjudicatario debe integrar y entregar a la UOA la garantía de cumplimiento del contrato dentro del término de cinco (5) días de recibida la Orden de Compra o Venta o suscripto el instrumento respectivo, o en el plazo que se establezca en el Pliego de Condiciones Particulares. EN EL CASO DE NO ESTABLECER EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA, LA MISMA SERÁ DEL DIEZ POR CIENTO (10%) SOBRE EL VALOR TOTAL DE LA ADJUDICACIÓN.18

c) Contra garantía: cien por ciento (100%) sobre el monto que reciba el

adjudicatario en concepto de adelanto, si el mismo estuviere previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

d) De impugnación al Pliego de Bases y Condiciones entre el uno por ciento

(1%) y el tres por ciento (3%) del presupuesto oficial o monto estimado de la compra. EN EL CASO DE NO ESTABLECER EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA EL MISMO SERÁ DEL DOS POR CIENTO (2%) DEL PRESUPUESTO OFICIAL O MONTO ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN19.

e) De impugnación a la preselección/precalificación para el caso de

licitaciones de etapa múltiple: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del presupuesto oficial o monto estimado de la contratación. EN EL SUPUESTO DE NO ESTABLECER EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA, EL MISMO SERÁ DEL CUATRO POR CIENTO (4%) DEL PRESUPUESTO OFICIAL O MONTO ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN.

f) De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: entre el uno por ciento

(1%) y el cinco por ciento (5%) del monto de la oferta del renglón o los renglones impugnados, a criterio del organismo licitante. Si el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante. EN EL SUPUESTO DE NO ESTABLECER EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA, EL MISMO SERÁ DEL CUATRO POR CIENTO (4%) DEL MONTO DE LA OFERTA, DEL RENGLÓN O LOS RENGLONES IMPUGNADOS. En los procedimientos gestionados a través de BAC la documentación que acredite la constitución de la garantía de impugnación deberá presentarse ante la Unidad Operativa de Adquisiciones previo a formalizar la impugnación, completando los formularios correspondientes mediante BAC, dentro del plazo legal establecido.

18

Art. 99 y 113 Anexo I Decreto 95/14 y art. 30 del Anexo I Decreto 1145/09

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 57

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g) Los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares podrán fijar otras garantías tomando en cuenta las características y naturaleza de las obligaciones que emanen de la respectiva contratación.

h) Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán

reintegrados al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente. 20

17.2. FORMAS DE CONSTITUCIÓN

Las garantías pueden constituirse de las siguientes formas o combinaciones de ellas21:

a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la Jurisdicción o entidad contratante.

b) Mediante cheque certificado, contra una entidad bancaria. El Organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.

Cuando la garantía se integre mediante el depósito en efectivo -Apartado a)- el

mismo deberá efectuarse en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires y cuando se opte por cheque certificado, previsto por el Apartado b), éste deberá estar emitido a favor de la citada entidad bancaria o su similar.

En caso que se opte por alguna de las opciones mencionadas precedentemente, el proveedor deberá concurrir a la Casa Matriz del Banco Ciudad, sita en la calle Sarmiento Nº 630, Piso 2º, Sector Títulos y Valores y abrir una “Cuenta de Garantía”, efectuando en ella los depósitos pertinentes, extendiéndole el Banco un comprobante dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas, el que se deberá adjuntar a la oferta.

c) Mediante aval bancario u otra fianza a satisfacción del Organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.

d) Mediante seguro de caución a través de pólizas emitidas por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del Organismo contratante o licitante.

e) Mediante títulos públicos emitidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los mismos deben ser depositados en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se debe calcular tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o mercado correspondiente, lo que debe ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores de los títulos en cuestión, se formulará el cargo por los gastos que ello ocasione. El eventual excedente queda sujeto a las disposiciones que rigen para la devolución de las garantías.

f) Afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados, firmes y a disposición de su cobro en organismos de la Administración del Gobierno

20 Art. 99 Ley 2095, art. 99 Anexo I Decreto Nº 95/14, art. 30 Anexo I Decreto 1145/09 21 Art. 100 Ley 2.095.

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de la Ciudad, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente.

La elección de la forma de la garantía, en principio, queda a opción del oferente o adjudicatario, si nada se expresa en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares respecto de algún tipo de garantía en especial.

Las garantías podrán ser sustituidas por otras de igual magnitud, a pedido del oferente o adjudicatario, previa aprobación por parte del organismo contratante o licitante.

Las garantías deben ser constituidas a entera satisfacción del organismo licitante.

17.3. DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS

a) Serán devueltas de oficio:

i. Las garantías de mantenimiento de oferta a los oferentes que no resulten adjudicatarios, una vez adjudicada la contratación.

ii. Las garantías de cumplimiento de contrato una vez cumplido el contrato a entera satisfacción del Organismo contratante, salvo que este afectado por una garantía técnica, la que será devuelta una vez operado el vencimiento del período de dicha garantía.

b) A solicitud de los interesados, deberá procederse a la devolución parcial de las garantías de adjudicación en proporción a lo ya cumplido, para lo cual se aceptara la sustitución de la garantía para cubrir los valores resultantes.

En el caso de que los oferentes o adjudicatarios luego de notificados por cualquiera de los medios previstos en la Ley no retirasen las garantías, podrán reclamar su devolución dentro del plazo de treinta (30) días a contar de la fecha de notificación.

La falta de presentación del oferente o adjudicatario dentro del plazo establecido precedentemente, implica la renuncia tacita de su derecho a la devolución de la garantía pudiendo la Unidad Operativa de Adquisiciones proceder a la destrucción del instrumento mediante el cual se formaliza la citada garantía.22

Artículo 18.- EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS:

No será necesario constituir la garantía de la oferta, ni de adjudicación en los siguientes supuestos: 23 a) Cuando el monto de la oferta o de la orden de compra o instrumento

contractual no supere el límite de las Cien Mil Unidades de Compra (U.C. 100.000).

22 Art. 113 Anexo I Decreto Nº 95/14 23 Art. 101 Ley N° 2.095.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 59

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b) En las contrataciones directas encuadradas en los incisos 8), 11) y 12) del artículo 28 de la Ley.

c) Contrataciones de artistas y profesionales. d) Contrataciones de avisos publicitarios. e) En la adquisición de publicaciones periódicas. f) Cuando se dé cumplimiento a la prestación dentro del plazo de integración

de la garantía de cumplimiento de contrato, salvo el caso de rechazo.

Artículo 19.- ANUNCIO DE LA PREADJUDICACIÓN:

El Dictamen de Evaluación de Ofertas se publicará en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; además, para las Licitaciones/Concursos Públicos y Privados se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, por el término de un (1) día.

Cuando se trate de procesos de etapas múltiples, la preselección se publicará en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asimismo para las Licitaciones/Concursos Públicos y Privados, se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, por el término de un (1) día. El resultado de las preselecciones al igual que las preadjudicaciones se comunicará a todos los participantes del proceso licitatorio. En los procedimientos efectuados mediante BAC, el Dictamen de Evaluación de Ofertas será publicado en el portal www.buenosairescompras.gob.ar y comunicado a todos los oferentes a través del BAC. De igual manera se procederá con el resultado de las preselecciones en el caso de procesos de etapas múltiples. En el caso de las Licitaciones Públicas y Privadas, se publicará en el Boletín Oficial, por el termino de un (1) día. 24 Todas las comunicaciones que se mencionan en el presente artículo son efectuadas a los oferentes, antes del día de publicación de los anuncios25.

Artículo 20.- PLAZO PARA IMPUGNAR:

a) Impugnación del pliego La impugnación del pliego podrá ser recibida, previo depósito de la garantía pertinente, hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha y hora fijada para la apertura de las ofertas, y tramita por cuerda separada. En los procedimientos celebrados mediante BAC, la impugnación del pliego será efectuada mediante BAC hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha y hora fijada para la Apertura de las Ofertas, y se tramitará en forma paralela al desarrollo del procedimiento, sin interrumpir el trámite de la contratación. Solo tiene derecho a impugnar el pliego, el proveedor acreditado que hubiera cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC. 26 b) Impugnación a la preselección/preadjudicación

24 Art. 23 Anexo I Decreto 1145/09. 25 Art. 108 Anexo I Decreto Nº 95/14 26 Art. 15 Anexo I Decreto 1145/09.

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Los interesados podrán formular impugnaciones a la preselección o preadjudicación dentro del plazo de tres (3) días, contados desde el día de publicación de los anuncios de la preselección y/o de la preadjudicación27. En las contrataciones gestionadas mediante BAC, los interesados podrán formular impugnaciones a la preadjudicación dentro del plazo de tres (3) días de su publicación a través de BAC, previo depósito de la garantía pertinente. 28

La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas, previo

dictamen de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 29

Artículo 21.- PRESENTACIÓN DE LAS IMPUGNACIONES:

Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones a la Preadjudicación por parte de los oferentes, el depósito entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del monto de la oferta del renglón o renglones impugnados a criterio de la Unidad Operativa de Adquisiciones. Si el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante.

En caso de no encontrarse establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares el porcentaje a depositar con respecto a la garantía de impugnación el mismo será del cuatro por ciento (4 %). En los procedimientos de etapa múltiple, dicho porcentaje se calcula de la siguiente manera: - La impugnación en la etapa de preselección, sobre el presupuesto oficial o

monto estimado de la contratación. - La impugnación en la etapa de preadjudicación, conforme se indicó

precedentemente. El monto de la garantía en concepto de impugnación de pliego, se establecerá en las Condiciones Particulares de los Pliegos, y en el caso de no establecer el Pliego de Bases y Condiciones Particulares el porcentaje de la garantía el mismo será del dos por ciento (2%) del presupuesto oficial o del monto estimado de la contratación.30

El depósito deberá efectuarse en Cuenta Corriente Nº (*). “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal actuante o entidad bancaria que indique la Jurisdicción respectiva, el

27 Art. 106.8 Anexo I Decreto Nº 95/14 28 Art. 23 Anexo I Decreto 1145/09. 29 Art. 109 Anexo I Decreto 95/14. 30 Art. 99 Ley 2095 y Art. 99 Anexo I Decreto Nº 95/14

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 61

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que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.

Las impugnaciones deberán ser presentadas, en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones sita en (**) dentro del plazo fijado en el artículo 20 del presente, adjuntando a la misma, la fotocopia de la boleta de depósito antes mencionada y exhibiendo el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no será considerada como impugnación.

En los procedimientos tramitados por BAC, la documentación que acredite la constitución de la garantía de impugnación deberá presentarse ante el organismo contratante de forma previa a formalizar la impugnación. La impugnación debe ser deducida a través de BAC mediante el uso de los formularios correspondientes.

(*) Completar con el número de cuenta correspondiente. (**) Completar domicilio de la UOA respectiva. Artículo 22.- PRERROGATIVA DEL GCABA:

Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo con relación al monto estimado de la contratación podrá solicitarse una mejora en el precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente a los intereses del Gobierno. Por aplicación de los principios de eficiencia, eficacia y economía previstos en la Ley, ante la negativa del oferente de mejorar el precio, queda a criterio de la Comisión de Evaluación de ofertas proseguir con la preadjudicación debiendo justificar tal situación.31

Artículo 23.- ADJUDICACIÓN La adjudicación se notifica fehacientemente al adjudicatario y al resto de los

oferentes dentro de los siete (7) días de emitido el acto administrativo. Deberá darse intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en forma previa a la resolución de la adjudicación, conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Nº 1218.

En los procedimientos tramitados mediante BAC, el acto administrativo de Adjudicación, será notificado a través de BAC al adjudicatario y al resto de los oferentes El mismo será publicado en el| portal www.buenosairescompras.gob.ar y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo de un (1) día.

Artículo 24.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la orden de compra o venta al adjudicatario, o mediante la suscripción del instrumento respectivo, según corresponda. 32 En los procedimientos tramitados mediante BAC, el contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la orden de compra al adjudicatario, dentro del plazo de mantenimiento de la oferta. 33

31 Art. 106.4 Anexo I Decreto Nº 95/14 y 25 Anexo I Decreto 1145/09 32 Art. 112 Ley N° 2.095. 33 Art. 29 Anexo I Decreto 1145/09.

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Artículo 25.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO: Los organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de

contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes34.

Artículo 26.- CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS: Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por

la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentadas en original en el Centro Único de Recepción de Documentación de Pago dependiente de la Dirección General de Contaduría, sito en la Av. Belgrano N° 844, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del horario de 09:30 a 15:00 horas o en el lugar y horario que fije esta última unidad de organización o en el lugar que indiquen las Cláusulas Particulares.

El Centro Unico de Recepción de Documentación de Pago, no recibirá ninguna factura que no posea el Parte de Recepción Definitiva debidamente suscripto por las entidades receptoras35.

Artículo 27.- DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA FACTURA(*): Junto con la presentación de facturas, deberá acompañarse la documentación

que se detalla a continuación: a) Original del parte de recepción definitiva b) Fotocopia autenticada por escribano o certificada por el funcionario

actuante del comprobante de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del último vencimiento operado al momento de presentar la factura.

c) Fotocopia autenticada por escribano o certificada por el funcionario actuante de la última Declaración Jurada de Cargas Sociales (Formulario 931) vencida al momento de presentación de la factura y constancia de su pago.

d) Constancia de su inscripción ante AFIP. e) Constancia de validez de la factura presentada. f) Otra documentación que exija el pliego o la normativa aplicable.

En cada factura debe constar: a) Número y fecha de la Orden de Compra, contrato o acto administrativo que corresponda.

b) Número de Parte de Recepción Definitiva. c) Descripción de los conceptos facturados. d) Importe total de la factura.

34 Art. 82 Ley N° 2.095 35 Art. 116 Anexo I Decreto Nº 95/14

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 63

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e) Y todo otro requisito que establezca la Dirección General de Contaduría, en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Contabilidad.

Las jurisdicciones y entidades pertenecientes al Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reservan el derecho de verificar los datos expuestos. 36

Artículo 28.- PAGO – PLAZOS (*): El pago se efectuará dentro del plazo de treinta (30) días de la fecha de

presentación de la respectiva factura37, a efectuarse por la Dirección General de Tesorería, quien depositará los fondos en la cuenta del adjudicatario, de acuerdo a las normas básicas de funcionamiento de la CUENTA ÚNICA DEL TESORO38.

Artículo 29.- ÚNICA FORMA DE PAGO(*): Los adjudicatarios deberán proceder a la apertura de una cuenta corriente o

caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en cualquiera de sus sucursales, en la cual se depositarán los pagos.

A tal efecto, se adjunta al presente Pliego de Bases y Condiciones el formulario “Anexo II – Autorización de acreditación de pagos del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en cuenta bancaria”, siendo sus formalidades las siguientes:

CUENTA CORRIENTE COMUN (Personas jurídicas y físicas) – CUENTA CORRIENTE ESPECIAL (Personas jurídicas) Los titulares de este tipo de cuentas deberán presentar el formulario mencionado, debidamente completo con sus datos y certificada la cuenta por la sucursal bancaria correspondiente, en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Tesorería, sita en Maipú 169 – Piso 4º de 9.30 a 14.30 hs. CAJA DE AHORROS (Personas Físicas) Los titulares de este tipo de cuentas deberán realizar la presentación de acuerdo a lo establecido en el Memorándum Nº 4869-DGTES-06, siendo sus requisitos los siguientes: 1) El adjudicatario deberá requerir a la Repartición contratante una nota certificando la relación contractual existente, firmada por funcionario que tenga firma registrada en la sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y el Anexo II. 2) El adjudicatario deberá hacer certificar, en la sucursal indicada, la firma del funcionario inserta en la nota. 3) Con ambos documentos, procede a realizar la apertura de la Caja de Ahorros, en la sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires que seleccione el adjudicatario. 4) Efectuada la apertura de la Caja de Ahorros deberá entregar el Anexo II, con la certificación de la sucursal bancaria, en la Repartición contratante.

36 Art. 116 Anexo I Decreto Nº 95/14 37 Art. 116 Anexo I Decreto Nº 95/14 38 Ordenanza Nº 52.236 - Decreto Nº 1.616/GCBA/97; Decreto Nº 1.693/97.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 64

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Artículo 30.- MORA (*): En caso de producirse la mora en el pago, será de aplicación la tasa pasiva del

Banco de la Ciudad de Buenos Aires para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.

La nota de débito por intereses debe ser presentada hasta 30 días posteriores de efectuada la acreditación en la cuenta bancaria. Vencido dicho plazo pierde todo derecho a reclamo39.

(*) Los Arts. 22°/25° rigen para la Administración Central, Ministerios y Comunas. Las demás jurisdicciones y entidades procederán de acuerdo a sus normas.

Artículo 31.- MONEDA DE COTIZACIÓN Y DE PAGO: La moneda de cotización y pago será el Peso ($), moneda de curso legal en la

República Argentina o el que se establezca en las cláusulas particulares40. Artículo 32.- PLAZO DE ENTREGA: Los adjudicatarios deben cumplir la obligación en la forma, plazos o fecha,

lugar y demás condiciones establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares41.

De no fijarse los plazos de entrega, se entiende que el cumplimiento debe operar en un plazo de quince (15) días. Los plazos se computarán a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de Compra o Venta, o suscripción del instrumento respectivo, según corresponda. En caso de que en las Condiciones Particulares no se fije el lugar de entrega, se entiende que es en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones.

Artículo 33.- CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

. La Provisión de los bienes o servicios objeto de la presente Licitación ylo

contratación revisten de carácter necesario para la actividad y el normal desenvolvimiento de la función pública inherente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Deberán entregarse o proveerse en las Condiciones de modo, tiempo y lugar de la que se establezcan en cada caso en la documentación licitatoria.

Artículo 34.- FLETE Y DESCARGA: El flete y la descarga serán por cuenta del adjudicatario, salvo indicación en

contrario expresada fehacientemente en las Cláusulas Particulares.

39 Art. 116 Anexo I Decreto Nº 95/14 40 Art. 102.1 y 102.2 Anexo I Decreto Nº 95/14 41 Art. 114 Ley N° 2.095 y Art. 114 Anexo I Decreto Nº 95/14

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 65

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Artículo 35.- CIERRE POR VACACIONES: No serán tenidas en cuenta para la adjudicación, aquellas cláusulas impuestas

por las firmas oferentes referidas al cierre por vacaciones, debiéndose recibir la correspondiente Orden de Compra en los términos reglamentarios y efectuar las entregas a las que se hubieran obligado, dentro de los plazos requeridos en el acto licitario.

Artículo 36.- REDETERMINACIÓN DE PRECIOS DEL CONTRATO Será de aplicación el Régimen de Redeterminación de precios establecido en

la Ley N° 2809 y su normativa reglamentaria, salvo que en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se hubiera establecido un régimen específico para la respectiva contratación.

Artículo 37.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN:

Es causal de rechazo de la propuesta u oferta, en cualquier estado de la contratación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, sin perjuicio de las acciones penales que se pudieran deducir, el hecho de dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que:

a) Funcionarios o empleados públicos con competencia en el procedimiento de selección del cocontratante y en el contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.

b) Funcionarios o empleados públicos con competencia en el procedimiento de selección del cocontratante y en el contrato, hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que ésta haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones.

c) Cualquier persona hiciere valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éste haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones.

Son considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos o cualquier otra persona física o jurídica.

Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producen aún en grado de tentativa42.

Artículo 38.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL.

Todo el personal afectado por el adjudicatario para el Cumplimiento de las obligaciones emergentes de la respectiva licitación o Contratación, ylo las relaciones jurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

42 Art. 15 Ley N° 2.095

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 66

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Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales así como cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quedará desligado respecto de todo litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y su personal, como cualquiera otro conflicto que pudiera derivarse de la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales de contralor de transgresiones a nomas establecidas para el Orden laboral, previsional impositivo que recaigan sobre el Adjudicatario. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de la licitación o contrato.

Articulo 39. DAÑOS A TERCEROS.

El adjudicatario deberá adoptar todas las medidas de Seguridad que sean impuestas por la legislación vigente, para evitar daños a personas o cosas, y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios que se generen.

Articulo 40. SEGUROS

El Adjudicatario deberá contratar los seguros que se exijan para el desarrollo de su actividad y los que se requieran en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de la contratación de los Seguros exigidos, quedado el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso.

Artículo 41.- CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 43º DE LA CONSTITUCIÓN DE LA

CIUDAD DE BUENOS AIRES: En virtud de lo normado en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires se pone en conocimiento de todos los oferentes que el o los adjudicatarios estarán obligados a emplear personas con capacidades especiales que reúnan las condiciones y la idoneidad requerida para el puesto o cargo que deberá cubrirse en una proporción no inferior al cinco por ciento (5%) de la totalidad de su personal y a establecer reservas a ser ocupadas exclusivamente por ellas. Este porcentaje deberá mantenerse por causa de vacante o incremento de la dotación. Las personas con necesidades especiales que se desempeñen en tales condiciones gozarán de los mismos derechos y estarán sujetas a las mismas obligaciones que la legislación laboral aplicable prevé para el trabajador no discapacitado43.

43 Art. 43 Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, arts. 2 y 15 Ley N° 1.502; y Decreto N° 812/2005.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 67

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NOTA: En la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires http://www.buenosaires.gob.ar/areas/leg_tecnica/sin/?menu_id=672, se encuentra disponible la normativa citada en el presente articulado.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 68

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Anexo I

DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR

El que suscribe, (Nombre y Apellido Representante Legal o Apoderado) …………………………………………………………………………..con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que (Nombre y Apellido o Razón Social)…………………………………………………………………………………………, CUIT N°..-…….-.., esta habilitada/o para contratar con la ADMINISTRACION DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 95 de la Ley Nº 2.095 “Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, y que no está incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a h) del artículo 96 del citado plexo normativo. “Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” Ley N° 2.095 y sus Decretos Reglamentarios N° 95/14 y 1.145/09. Artículo 95 - PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR. Pueden contratar con el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse, que no se encuentren comprendidas en el artículo 96 y que se encuentren inscriptas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores. Artículo 95 Decreto Reglamentario: A los fines de lo dispuesto en este artículo se entiende que el oferente deberá haber iniciado el trámite de inscripción en el RIUPP al momento de la apertura de la oferta. Asimismo, es condición para la preadjudicación que el oferente se encuentre inscripto en el RIUPP. En el caso previsto en el art. 38º de la Ley, la inscripción debe estar cumplida en forma previa a la adjudicación. Cuando se tratare de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el oferente debe estar inscripto en forma previa a la preselección.

Artículo 96 - PERSONAS NO HABILITADAS

No pueden presentarse en los procedimientos de selección del sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. c) Los cónyuges de los sancionados. d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace. e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario. f) Los inhibidos. g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 69

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h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente. i) Las personas físicas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II "De las faltas en particular", Sección 3°, Capítulo "Prohibiciones en Publicidad" del Anexo I de la Ley N° 451 Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto Inciso incorporado por ley Nº 4.486). j) Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación. Artículo 96 Decreto Reglamentario: Las personas que deseen presentarse en procedimientos de selección en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben presentar conjuntamente con la oferta una declaración jurada en la que conste expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la Ley. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento. La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción prevista en el art. 131, 2° párrafo de la Ley. El Órgano Rector determina el tratamiento que se da para el caso en que se constate la violación al inciso h) de la Ley. Inciso a). Sin reglamentar. Inciso b). Sin reglamentar. Inciso c). Sin reglamentar. Inciso d). Sin reglamentar. Inciso e). Sin reglamentar. Inciso f). Sin reglamentar. Inciso g). Sin reglamentar. Inciso h). Sin reglamentar. Inciso i). Sin reglamentar. Inciso j) Se desestiman todas aquellas ofertas en las que participe quien transgreda esta prohibición. .......................................................................................... Firma Aclaración

........................................................................ Carácter

........................................................................ Ciudad de Buenos Aires,

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 70

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ANEXO II AUTORIZACION DE ACREDITACION DE PAGOS DEL TESORO DEL GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EN CUENTA BANCARIA

Localidad, (1) (2) SEÑOR TESORERO GENERAL DIRECCION GENERAL DE TESORERIA Maipú 169 4to Piso TEL: 4323-8000 INT: 7006/7007/9452 El (los) que suscribe(n) (3) en mi (nuestro) carácter de (4) ______________ de (5) , DNI/CI/LE/LC (6) _____________, Ingresos Brutos Nº con domicilio legal/real/comercial (7) en la calle , Nº ___________ Piso Dto./Oficina/Local Nº de la localidad de provincia de _______________ telefono Nº_____________ mail ______________________, autoriza (mos) a que todo pago que deba realizar la DIRECCION GENERAL DE TESORERÍA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, en cancelación de deudas a mi (nuestro) favor por cualquier concepto de Organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sea efectuado en la cuenta bancaria que a continuación se detalla: DATOS DE LA CUENTA BANCARIA CUENTA CORRIENTE Nº CUENTA CORRIENTE ESPÈCIAL Nº CAJA DE AHORRO Nº TITULARIDAD DENOMINACION:

BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SUCURSAL Nº: DOMICILIO: C.U.I.T. - - C.U.I.L. - - (8) La orden de transferencia de fondos a la cuenta arriba indicada, efectuada por la Dirección General de Tesorería del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos contractuales, extinguirá la obligación del deudor por

todo concepto, teniendo validez todos los depósitos que allí se efectúen, hasta tanto, cualquier cambio que se opere

en la misma, no sea notificado fehacientemente a esa Dirección General de Tesorería.-

………………………………………………….. ………………………………………………. (9) Firma Aclaración Certificación Bancaria del cuadro de datos de la cuenta y firma(s) del (de los) titular(es).- ………………………………………………………………………………………………………………………. (1), (2) Lugar y fecha de emisión; (3) Apellido y Nombre del (de los) que autoriza (n) el deposito; (4) Carácter por el

cual firman (Presidente, Socio, Propietario, etc.); (5) Razón Social o denominación; (6), (7) Tachar lo que no corresponda; (8) número de C.U.I.T. impositivo; (9) firma(s) y aclaración(es) del (de los) beneficiario(s).-

………………………………….……………………….…………………………………..……….………

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 71

22

AUTORIZACION DE ACREDITACION DE PAGOS DEL TESORO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD E BUENOS AIRES EN CUENTA BANCARIA

APELLIDO Y NOMBRE O RAZON SOCIAL: C.U.I.T. Nº

CUENTA CORRIENTE Nº CUENTA CORRIENTE ESPECIAL Nº CAJA DE AHORRO Nº BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. SUCURSAL Nº: FECHA DE PRESENTACIÓN DEL “ANEXO II”: …../……/……

……………………………. Firma y Sello de Recepción

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 143/HGNPE/16 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 72

ANEXO - EO 550

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 73

FIN DEL ANEXO

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 74

EXP, N°: 921258/2012 N° LS,LR: 1198923-08

Contribuyente: RESTÓ Y MAS S.A. CUIT: 30-71112519-8

Resp, Ext:en carácter de Presidente del Directorio de la Firma al Sr. Plinio Nicolás Augusto Garbellano y/oquien resulte responsable en la actualidad.

Periodo Monto Imponible Verificacion del ImpuestoDiferencia

Declarado Determinado Declarado Determinado

AM2010-01 $ 11,965,83 $ 11.965,83 $ 358,97 $ 717,95 $ 358,9702 $ 18.336,21 $ 18.336,21 $ 550,09 $1.100,17 $ 550,0903 $ 19.524,64 $19.524,64 $ 585,74 $1.171,48 $ 585,7404 $ 17.888,98 $ 17,888,98 $ 536,67 $ 1.073,34 $ 536,6705 $ 21.067,39 $ 21,067,39 $ 632,02 $ 1.264,04 $ 632,0206 $ 22.331,94 $ 22.331,94 $ 669,96 $ 1,339,92 $ 669,9607 $ 30,014,20 $ 30.014,20 $ 900,43 $ 1.800,85 $ 900,4308 $ 20.543,69 $ 20.543,69 $ 616,31 $ 1.232,62 $ 616,3109 $ 39.694,83 $ 39.694,83 $1.190,84 $ 2.381,69 $1.190,8410 $ 32.690,92 $ 32.690,92 $ 980,73 $ 1.961,46 $ 980,7311 $ 23.782,67 $ 23.782,67 $ 713,48 $ 1.426,96 $ 713,4812 $ 48.327,21 $ 48.327,21 $ 1.449,82 $ 2.899,63 $ 1.449,82

AM 2011-01 $ 10.595,24 $10.595,24 $ 317,86 $ 635,71 $ 317,8602 $ 10.758,88 $ 10.758,88 $ 322,77 $ 645,53 $ 322,7703 $13,696,10 $13.696,10 $ 410,88 $821,77 $ 410,8804 $ 6,720,76 $ 76.720,76 $ 201,62 $ 4.603,25 $ 4.401,6205 $ 7.613,30 $ 57.613,31 $ 228,40 $ 3.456,80 $ 3.228,4006 $ 16.556,46 $16.556,46 $ 496,69 $ 993,39 $ 496,6907 $ 0,00 $ 16,723,09 $ 0,00 $ 1.003,39 $ 1,003,3908 $ 0,00 $ 16.892,85 $ 0,00 $1.013,57 $1,013,5709 $ 0,00 $ 17.066,08 $ 0,00 $ 1.023,96 $ 1,023,9610 $0,00 $17.221,61 $ 0,00 $ 1.033,30 $ 1.033,3011 $ 0,00 $17.385,81 $ 0,00 $1.043,15 $1,043,1512 $ 0,00 $ 17.545,85 $ 0,00 $ 1,052,75 $1.052,75

AM 2012-01 $ 0,00 $17.713,87 $ 0,00 $ 1.062,83 $ 1.062,8302 $ 0,00 $ 17.888,84 $ 0,00 $ 1.073,33 $ 1.073,3303 $ 0,00 $18.100,25 $ 0,00 $ 1.086,02 $ 1.086,0204 $ 0,00 $ 18.305,07 $ 0,00 $ 1,098,30 $ 1.098,3005 $ 0,00 $ 18.491,84 $ 0,00 $1.109,51 $1.109,5106 $ 0,00 $18.675,14 $ 0,00 $1.120,51 $1.120,5107 $ 0,00 $ 18.856,35 $ 0,00 $1.131,38 $1.131,3808 $ 0,00 $ 19,051,45 $ 0,00 $ 1.143,09 $1.143,0909 $ 0,00 $ 19.263,57 $ 0,00 $1.155,81 $1.155,8110 $ 0,00 $ 19.462,83 $ 0,00 $1.167,77 $1.167,7711 $ 0,00 $ 19.658,28 $ 0,00 $ 1.179,50 $1.179,5012 $ 0,00 $ 19,849,21 $ 0,00 $1.190,95 $1,190,95

AM 2013-01 $ 0,00 $ 20.050,91 $ 0,00 $ 1.203,05 $ 1,203,0502 $ 0,00 $ 20.262,67 $ 0,00 $ 1.215,76 $1,215,7603 $ 0,00 $ 20.466,80 $ 0,00 $ 1.228,01 $ 1,228,0104 $ 0,00 $ 20.663,29 $ 0,00 $ 1.239,80 $ 1.239,8005 $ 0,00 $ 20,918,16 $ 0,00 $ 1.255,09 $ 1.255,09

Total $ 44.194,11

$ 35.355,28$ 0,00

$ 35.355,281(Pesos Treinta y cinco mil trescientos cincuenta y cinco con 28/100)

$ 44.194,11$ 44. i9"4;!i]

(Pesos Cuarenta y cuatro mil ciento noventa y cuatro con 11/100)

$ 44.194,11$ 0,00

$ 44.194,111

80%0%

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES,ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS2016- Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina

ANEXO

Mu sllmpuesto Omitido:Mul s/Ampliación Sumario:Tot Ita Aplicada:

Multa (Base de Imposición):S/Impuesto Omitido:SI Ampl.de Sumario:

Total Base de Imposición:

Impuesto Omitido:

Total Impuesto Defraudado:

ANEXO - EO 551

FIN DEL ANEXO

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 75

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE RENTAS Notificación: - Expediente N°6461423/2014 La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma Insumos Descartables SA , que mediante CARGO Nº 16265/2014 se inicio verificación impositiva al número de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos 1179247-07, con último domicilio declarado ante la Dirección General de Rentas en Galicia 2918, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la que surgen diferencias de verificación a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, según surge de Exp. Nº 6461423/2014. Las diferencias de verificación se detallan en ANEXO que se acompaña. Se le notifica que el primer Lunes hábil a contar desde la fecha de la última publicación de este Edicto a las 12.30 horas, deberá presentarse responsable de la firma, debidamente autorizada y/o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la Dirección Fiscalización Integral y Operativos Especiales de la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos sito en Viamonte 900 (Sector Esmeralda 2° piso) Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos de prestar conformidad de las Diferencias de Verificación que se comunican, por las posiciones 12/2010 a 10/2015, determinadas en base presunta. . En caso de prestar conformidad a los ajustes efectuados, deberá abonar el impuesto resultante con más los recargos correspondientes que establece el Art. 76, del Código Fiscal (t.o. 2015), dentro de los 15 días posteriores al plazo anteriormente mencionado. En caso de incomparecencia se tendrán por no conformadas las mencionadas diferencias de fiscalización, dando lugar al inicio del Procedimiento de Determinación de Oficio correspondiente. Diferencias de carácter parcial.

Dr. Claudio Basile DIRECTOR DE FISCALIZACION INTEGRAL Y OPERATIVOS ESPECIALES

Periodo Actividad

Monto imponible Declarado

Monto imponible Ajustado Alicuota

Impuesto Declarado

Impuesto Ajustado Diferencia

dic-10 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 124.119,76 0,03 0,00 3.723,59 3.723,59

ene-11 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 125.478,36 0,03 0,00 3.764,35 3.764,35

feb-11 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 137.410,70 0,03 0,00 4.122,32 4.122,32

mar-11 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 133.191,23 0,03 0,00 3.995,74 3.995,74

abr-11 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 147.487,95 0,03 0,00 4.424,64 4.424,64

may-11 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 99.632,58 0,03 0,00 2.988,98 2.988,98

jun-11 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 259.187,96 0,03 0,00 7.775,64 7.775,64

jul-11 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 102.369,63 0,03 0,00 3.071,09 3.071,09

ago-11 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 124.789,36 0,03 0,00 3.743,68 3.743,68

sep-11 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 102.369,58 0,03 0,00 3.071,09 3.071,09

oct-11 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 115.874,36 0,03 0,00 3.476,23 3.476,23

ANEXO - EO 552

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 76

nov-11 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 112.598,74 0,03 0,00 3.377,96 3.377,96

dic-11 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 102.587,36 0,03 0,00 3.077,62 3.077,62

ene-12 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 101.425,89 0,03 0,00 3.042,78 3.042,78

feb-12 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 112.478,36 0,03 0,00 3.374,35 3.374,35

mar-12 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 102.547,98 0,03 0,00 3.076,44 3.076,44

abr-12 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 255.254,80 0,03 0,00 7.657,64 7.657,64

may-12 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 125.874,36 0,03 0,00 3.776,23 3.776,23

jun-12 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 112.547,36 0,03 0,00 3.376,42 3.376,42

jul-12 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 122.622,30 0,03 0,00 3.678,67 3.678,67

ago-12 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 153.914,57 0,03 0,00 4.617,44 4.617,44

sep-12 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 100.000,00 0,03 0,00 3.000,00 3.000,00

oct-12 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 567.982,50 0,03 0,00 17.039,48 17.039,48

nov-12 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 1.539.653,29 0,03 0,00 46.189,60 46.189,60

dic-12 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 2.828.480,32 0,03 0,00 84.854,41 84.854,41

ene-13 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 474.570,62 0,03 0,00 14.237,12 14.237,12

feb-13 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 479.258,10 0,03 0,00 14.377,74 14.377,74

mar-13 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 1.248.598,42 0,03 0,00 37.457,95 37.457,95

abr-13 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 3.255.298,51 0,03 0,00 97.658,96 97.658,96

may-13 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 1.501.521,53 0,03 0,00 45.045,65 45.045,65

jun-13 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 681.181,83 0,03 0,00 20.435,45 20.435,45

jul-13 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 2.659.364,22 0,03 0,00 79.780,93 79.780,93

ago-13 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 4.019.846,38 0,03 0,00 120.595,39 120.595,39

sep-13 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 331.101,08 0,03 0,00 9.933,03 9.933,03

oct-13 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 2.365.702,76 0,03 0,00 70.971,08 70.971,08

nov-13 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 900.817,09 0,03 0,00 27.024,51 27.024,51

dic-13 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 4.115.524,09 0,03 0,00 123.465,72 123.465,72

ene-14 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 1.739.557,72 0,03 0,00 52.186,73 52.186,73

feb-14 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 1.828.648,58 0,03 0,00 54.859,46 54.859,46

mar-14 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 1.873.156,12 0,03 0,00 56.194,68 56.194,68

abr-14 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 1.905.362,20 0,03 0,00 57.160,87 57.160,87

may-14 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 1.940.953,07 0,03 0,00 58.228,59 58.228,59

jun-14 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 1.970.178,51 0,03 0,00 59.105,36 59.105,36

jul-14 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 1.996.701,16 0,03 0,00 59.901,03 59.901,03

ago-14 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 2.029.286,14 0,03 0,00 60.878,58 60.878,58

sep-14 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 2.061.643,78 0,03 0,00 61.849,31 61.849,31

oct-14 Venta al por mayor de 0,00 2.086.903,45 0,03 0,00 62.607,10 62.607,10

N° 4855 - 6/4/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 77

mercancias n.c.p (519900)

nov-14 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 2.105.949,24 0,03 0,00 63.178,48 63.178,48

dic-14 Venta al por mayor de mercancias n.c.p (519900) 0,00 2.126.005,42 0,03 0,00 63.780,16 63.780,16

53.507.009,31 1.605.210,28 1.605.210,28

FIN DEL ANEXO

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