anexo del boletÍn oficial n° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del...

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ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 50-MJGGC/14 FIN DEL ANEXO ANEXO I CUIT APELLIDO Y NOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTALORG. DEP. FUNCION OBSERVACION EXPEDIENTE 27- 94065304- 0 CARDENAS NEYRA, Virginia 01/01/201431/12/2014 6.000 72.000 SSPLYCGDGPLEADMINISTRATIVOPRIMARIO 7181312- MGEYA- SSPLYCG/13 27- 33484241- 5 COLOMBRAM, Julieta Ludmila 01/01/201431/12/2014 7.000 84.000 SSPLYCGDGPLEPROFESIONAL LIC. EN GOB Y REL. INTERNAC. 7183117- MGEYA- SSPLYCG/13 27- 28066908- 9 MIGUEL, Maria Felicitas 01/01/201431/12/2014 8.625 103.500SSPLYCGDGPLEPROFESIONAL ABOGADA 63636- MGEYA- SSPLYCG/14 20- 28909380- 0 SANZ, Alberto Santiago 01/01/201431/12/2014 6.300 75.600 SSPLYCGDGPLEPROFESIONAL LIC. EN ESTUDIOS INT. 7181725- MGEYA- SSPLYCG/13 20- 33516361- 4 ROMERO, Javier Horacio 01/01/2014 31/12/2014 8.395 100.740SSPLYCGDGPLEPROFESIONAL LIC. EN RELAC. INTERNAC. 7181079- MGEYA- SSPLYCG/13 TOTAL 435.840 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 51-MJGGC/14 FIN DEL ANEXO ANEXO I CUIT APELLIDO Y NOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTALORG. DEP. FUNCION OBSERVACION EXPEDIENTE 20- 23100684- 3 ARGUIZ, Hernan Diego 01/01/201431/12/2014 12.000 144.000SSPLYCGDGEGAS PROFESIONAL LIC. EN ECONOMIA 7097168- MGEYA- SSPLYCG/13 20- 37417575- 1 BALAN, Dario Javier 01/01/201431/12/2014 3.800 45.600 SSPLYCGDGEGAS ADMINISTRATIVO BACHILLER TECNICO 7105690- MGEYA- SSPLYCG/13 27- 94151528- 8 GARRIDO CARRAZCO, Jennette 01/01/201431/12/2014 8.000 96.000 MJGGC SSPLYCG PROFESIONAL ABOGADA 7120356- MGEYA- SSPLYCG/13 27- 26932032- 5 SCHMULEWITZ, Debora 01/01/201431/12/2014 12.000 144.000SSPLYCGDGEGAS PROFESIONAL LIC. EN PSICOLOGIA 7105991- MGEYA- SSPLYCG/13 20- 33329484- 3 PERELLO, Pablo Javier 01/01/2014 31/12/2014 8.000 96.000 SSPLYCGDGCONTGADMINISTRATIVO BACHILLER 7119853- MGEYA- SSPLYCG/13 TOTAL 525.600 N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1

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Page 1: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 50-MJGGC/14

FIN DEL ANEXO

ANEXO I

CUIT APELLIDO YNOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTALORG. DEP. FUNCION OBSERVACIONNº

EXPEDIENTE27-94065304-0

CARDENASNEYRA,Virginia

01/01/201431/12/2014 6.000 72.000 SSPLYCGDGPLEADMINISTRATIVOPRIMARIO7181312-MGEYA-SSPLYCG/13

27-33484241-5

COLOMBRAM,Julieta Ludmila 01/01/201431/12/2014 7.000 84.000 SSPLYCGDGPLEPROFESIONAL

LIC. EN GOB YREL.INTERNAC.

7183117-MGEYA-SSPLYCG/13

27-28066908-9

MIGUEL,Maria Felicitas 01/01/201431/12/2014 8.625 103.500SSPLYCGDGPLEPROFESIONAL ABOGADA

63636-MGEYA-SSPLYCG/14

20-28909380-0

SANZ, AlbertoSantiago 01/01/201431/12/2014 6.300 75.600 SSPLYCGDGPLEPROFESIONAL LIC. EN

ESTUDIOS INT.

7181725-MGEYA-SSPLYCG/13

20-33516361-4

ROMERO,Javier Horacio 01/01/201431/12/2014 8.395 100.740SSPLYCGDGPLEPROFESIONAL LIC. EN

RELAC.INTERNAC.

7181079-MGEYA-SSPLYCG/13

TOTAL 435.840

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 51-MJGGC/14

FIN DEL ANEXO

ANEXO I

CUIT APELLIDO YNOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTALORG. DEP. FUNCION OBSERVACIONNº

EXPEDIENTE20-23100684-3

ARGUIZ, HernanDiego 01/01/201431/12/2014 12.000 144.000SSPLYCGDGEGAS PROFESIONAL LIC. EN

ECONOMIA

7097168-MGEYA-SSPLYCG/13

20-37417575-1

BALAN, DarioJavier 01/01/201431/12/2014 3.800 45.600 SSPLYCGDGEGAS ADMINISTRATIVOBACHILLER

TECNICO

7105690-MGEYA-SSPLYCG/13

27-94151528-8

GARRIDOCARRAZCO,Jennette

01/01/201431/12/2014 8.000 96.000 MJGGC SSPLYCG PROFESIONAL ABOGADA7120356-MGEYA-SSPLYCG/13

27-26932032-5

SCHMULEWITZ,Debora 01/01/201431/12/2014 12.000 144.000SSPLYCGDGEGAS PROFESIONAL LIC. EN

PSICOLOGIA

7105991-MGEYA-SSPLYCG/13

20-33329484-3

PERELLO, PabloJavier 01/01/201431/12/2014 8.000 96.000 SSPLYCGDGCONTGADMINISTRATIVOBACHILLER

7119853-MGEYA-SSPLYCG/13

TOTAL 525.600

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1

Page 2: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 52-MJGGC/14

FIN DEL ANEXO

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 53-MJGGC/14

FIN DEL ANEXO

ANEXO I

CUIT NOMBRE YAPELLIDO DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION Nº

EXPEDIENTE27-31533983-4

BERNAL,Valeria Anabel 01/01/201431/12/2014 7.800 93.600 SSPLYCGDGCONTGADMINISTRATIVOPRIMARIO

7183009-MGEYA-SSPLYCG/13

27-62382060-8

CHACONBORTOT,Angela Maria

01/01/201431/12/2014 3.600 43.200 SSPLYCGDGCONTGING. ENCOMPUTACION

ING. ENCOMPUTACION

7183117-MGEYA-SSPLYCG/13

20-26402010-8

DAVERIO,Julian Matias 01/01/201431/12/2014 8.800 105.600 SSPLYCGDGCONTGTECNICO TECNICO EN

PUBLICIDAD

7183514-MGEYA-SSPLYCG/13

20-34394653-9

LENSINAS DICARLO, NelsonWalter

01/01/201431/12/2014 13.000 156.000 SSPLYCGDGCONTGADMINISTRATIVOPOLIMODAL7066684-MGEYA-SSPLYCG/13

27-30408822-8

POGGI, Agustina 01/01/201431/12/2014 7.800 93.600 SSPLYCGDGCONTGADMINISTRATIVOPRIMARIO7183654-MGEYA-SSPLYCG/13

27-31252168-2

RODRIGUEZBATTINI, MariaSol

01/01/201431/12/2014 9.000 108.000 SSPLYCGDGCONTGLIC. EN REL. INT. LIC. EN REL.INT.

7105231-MGEYA-SSPLYCG/13

20-25789008-3

SARMIENTOSPINOSA, Diego 01/01/201431/12/2014 13.000 156.000 SSPLYCGDGCONTGADMINISTRATIVOBACHILLER

7105450-MGEYA-SSPLYCG/13

27-25676504-2

GARCIAMELGAREJO,FLAVIA N.

01/01/201431/12/2014 19.800 237.600 SSPLYCGDGCONTGPROFESIONAL ABOGADO7119663-MGEYA-SSPLYCG/13

20-30633738-7

MIGLIAVACCA,Juan Pablo 01/01/201431/12/2014 8.000 96.000 SSPLYCGDGCONTGPROFESIONAL LIC. EN

INFORMATICA

7119979-MGEYA-SSPLYCG/13

TOTAL 1.089.600

ANEXO I

CUIT NOMBRE YAPELLIDO DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION Nº

EXPEDIENTE20-11070366-0

PAZ, Manuel deJesus 01/01/2014 31/12/2014 13.000 156.000 MJGGC UAI PROFESIONAL CONTADOR

PUBLICO

7317725-MGEYA-DGTALMJG/13

27-05251241-2

GUEZIKARAIAN, Lidia 01/01/2014 31/12/2014 6.000 72.000 MJGGC UAI ADMINISTRATIVO BACHILLER

7317783-MGEYA-DGTALMJG/13

20-26239637-2

LOCATELLI,Fernando Daniel 01/01/2014 31/12/2014 6.000 72.000 MJGGC UAI ADMINISTRATIVO PERITO

MERCANTIL8411-MGEYA-DGTALMJG/14

TOTAL 300.000

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 2

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 54-MJGGC/14para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Cumplido, archívese

ANEXO I

CUIT APELLIDO YNOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION Nº

EXPEDIENTE23-35836946-4

ALVAROGRAND, MariaAgustina

01/01/2014 31/12/2014 4.500 54.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO PRIMARIO7142954-MGEYA-SSTRANS/13

27-18309522-1

ARES, MarcelaNoemi 01/01/2014 31/12/2014 12.000 144.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO BACHILLER

7143301-MGEYA-SSTRANS/13

20-20720134-1

ARIAS, HugoHector 01/01/2014 31/12/2014 10.000 120.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO BACHILLER

CONTABLE

7143398-MGEYA-SSTRANS/13

20-28166205-9

ASTOLFO, JuanPablo 01/01/2014 31/12/2014 12.300 147.600 MJGGC SSTRANS PROFESIONAL LIC. EN

CS.POLITICAS

7143549-MGEYA-SSTRANS/13

27-13403410-1

AYUS, SandraBeatriz 01/01/2014 31/12/2014 5.500 66.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO PRIMARIO

7143674-MGEYA-SSTRANS/13

20-27691014-1

BALLESTER, Ignacio Porfirio 01/01/2014 31/12/2014 10.000 120.000 MJGGC SSTRANS PROFESIONAL ARQUITECTO

7143990-MGEYA-SSTRANS/13

20-17305303-8

BROWN,Gustavo Alberto 01/01/2014 31/12/2014 6.400 76.800 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO PRIMARIO

7146262-MGEYA-SSTRANS/13

20-34844511-2

BURGOS, LuisAngel 01/01/2014 31/12/2014 7.000 84.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO PRIMARIO

7424772-MGEYA-SSTRANS/13

23-35205694-4

CHERONE,Lucia 01/01/2014 31/12/2014 6.000 72.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO BACHILLER

7152637-MGEYA-SSTRANS/13

20-29591954-0

CHIMIENTI,Juan Diego 01/01/2014 31/12/2014 13.000 156.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO PRIMARIO

7152766-MGEYA-SSTRANS/13

27-94517919-3

CIFUENTESVACA, MariaCamila

01/01/2014 31/12/2014 4.500 54.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVA PRIMARIO7152852-MGEYA-SSTRANS/13

27-18367218-0

COSTA, AndreaFernanda 01/01/2014 31/12/2014 6.800 81.600 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVA PRIMARIO

7153015-MGEYA-SSTRANS/13

27-18367222-9

COTTI LERICI,Silvina 01/01/2014 31/12/2014 10.000 120.000 MJGGC SSTRANS TECNICO TEC. ORG. DE

EVENTOS

7140350-MGEYA-SSTRANS/13

27-26439761-3

CUMIANO,Vanesa Patricia 01/01/2014 31/12/2014 6.000 72.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO PRIMARIO

7154528-MGEYA-SSTRANS/13

27-26258331-2

DAVALOSMICHEL, Maria 01/01/2014 31/12/2014 10.000 120.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO

PROF.ENSEÑANZAPRIMARIA

7154686-MGEYA-SSTRANS/13

20-23670505-7

DEVINCENZO,Dante Alejandro

01/01/2014 31/12/2014 12.000 144.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO PERITOCOMERCIAL

7154985-MGEYA-SSTRANS/13

23-12946425-9

DURANDCORNEJO,Alejandro M.

01/01/2014 31/12/2014 7.500 90.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO PRIMARIO7155264-MGEYA-SSTRANS/13

27-34454682-2

ERIBE, MariaVictoria 01/01/2014 31/12/2014 7.900 94.800 MJGGC SSTRANS PROFESIONAL

LIC. EN GOB. YRELAC.INTERNC

7203765-MGEYA-SSTRANS/13

27-34308667-4

ESCALANTE,Brenda Estefania 01/01/2014 31/12/2014 7.000 84.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO BACHILLER

7398728-MGEYA-SSTRANS/13

20-38028667-0

GALLARDOFRIGERIO,Rodrigo Emilio

01/01/2014 31/12/2014 4.500 54.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO BACHILLER7156718-MGEYA-SSTRANS/13

20-26942177-1

GATTI, MarcosDavid 01/01/2014 31/12/2014 8.000 96.000 MJGGC SSTRANS PROFESIONAL CONTADOR

PUBLICO

7157116-MGEYA-SSTRANS/13

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 3

Page 4: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 54-MJGGC/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

23-29635072-9

GEORGIADIS,GonzaloEzequiel

01/01/2014 31/12/2014 7.500 90.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO BACHILLER7157394-MGEYA-SSTRANS/13

20-13465161-0

GIACHETTI,FedericoEduardo

01/01/2014 31/12/2014 10.500 126.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO BACHILLER7157523-MGEYA-SSTRANS/13

20-18024430-2

GIMENEZ, JuanCarlos 01/01/2014 31/12/2014 8.000 96.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO PERITO

MERCANTIL

7157601-MGEYA-SSTRANS/13

20-14515456-2

GOMEZ, LuisAlberto 01/01/2014 31/12/2014 10.200 122.400 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO PRIMARIO

7157839-MGEYA-SSTRANS/13

20-27699503-1

GONZALEZ,Gaston 01/01/2014 31/12/2014 5.000 60.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO PRIMARIO

111328-MGEYA-SSTRANS/14

20-32945016-4

IACCARINO,Patricio 01/01/2014 31/12/2014 6.000 72.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO POLIMODAL

7158409-MGEYA-SSTRANS/13

20-20406061-5

KAMINETZKY,Alejandro 01/01/2014 31/12/2014 5.500 66.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO BACHILLER

7159389-MGEYA-SSTRANS/13

27-25433395-1

LEIRO, MariaXimena 01/01/2014 31/12/2014 9.000 108.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO PERITO

MERCANTIL

7140366-MGEYA-SSTRANS/13

27-30750175-4

LOPEZ, LauraAdriana 01/01/2014 31/12/2014 5.000 60.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVO POLIMODAL

7159739-MGEYA-SSTRANS/13

27-34390769-4

LUCHI,Carolina Maria 01/01/2014 31/12/2014 7.000 84.000 MJGGC SSTRANS PROFESIONAL ABOGADA

7141693-MGEYA-SSTRANS/13

27-25314987-1

MAIALE, MariaValeria 01/01/2014 31/12/2014 7.700 92.400 MJGGC SSTRANS PROFESIONAL ABOGADA

7142004-MGEYA-SSTRANS/13

27-31541025-3

MALDONADO,Estefania Anahi 01/01/2014 31/12/2014 5.000 60.000 MJGGC SSTRANS ADMINISTRATIVA BACHILLER

7142844-MGEYA-SSTRANS/13

TOTAL 3.087.600

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 4

Page 5: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 55-MJGGC/14

ANEXO I

CUIT APELLIDO YNOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION Nº

EXPEDIENTE27-27681380-9

MARIN, GeraldineValeria 01/01/201431/12/2014 6.000 72.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOPRIMARIO

7143698-MGEYA-SSTRANS/13

27-18764412-2

MARTINEZ,Florinda Gladys 01/01/201431/12/2014 12.000 144.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOPRIMARIO

7143887-MGEYA-SSTRANS/13

23-08315739-9

MATANIC, JorgeAlberto 01/01/201431/12/2014 10.000 120.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOBACHILLER

7144108-MGEYA-SSTRANS/13

27-20470612-9

MENDARO,Adriana 01/01/201431/12/2014 6.900 82.800 MJGGCSSTRANSPROFESIONAL CONTADORA

7144711-MGEYA-SSTRANS/13

20-35323320-4

MENDOZA, JuanManuel 01/01/201431/12/2014 6.000 72.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOPOLIMODAL

7145028-MGEYA-SSTRANS/13

20-28377574-8

MIRABAL, CarlosDamian 01/01/201431/12/2014 6.000 72.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOBACHILLER

7145473-MGEYA-SSTRANS/13

20-31492953-6

MORAN, Rodrigo 01/01/201431/12/2014 7.000 84.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOBACHILLER7146386-MGEYA-SSTRANS/13

20-32216294-5

NAPPA, SantiagoCarlos 01/01/201431/12/2014

7.00084.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOBACHILLER

7146546-MGEYA-SSTRANS/13

20-26294464-7

NILLES, RodolfoFederico 01/01/201431/12/2014 17.167 206.004 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOPRIMARIO

7146776-MGEYA-SSTRANS/13

27-30697178-1

NOVOSELITCHIDesiree Denise 01/01/201431/12/2014 5.000 60.000 MJGGCSSTRANSPROFESIONAL ARQUITECTA

7147004-MGEYA-SSTRANS/13

20-30284144-7

OJEDA TON,Gustavo 01/01/201431/12/2014 8.000 96.000 MJGGCSSTRANSPROFESIONAL ARQUITECTO

7147165-MGEYA-SSTRANS/13

20-27796287-0

OJEDA JuanEduardo 01/01/201431/12/2014 10.000 120.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOBACHILLER

7147324-MGEYA-SSTRANS/13

27-29266690-5

ONORATO,Yanina 01/01/201431/12/2014 6.000 72.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOPRIMARIO

7147479-MGEYA-SSTRANS/13

20-10746427-2

OTERO, Santiago 01/01/201431/12/2014 9.000 108.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOPRIMARIO7147730-MGEYA-SSTRANS/13

27-31519611-1

PIUBELLO,Georgina 01/01/201431/12/2014 7.000 84.000 MJGGCSSTRANSPROFESIONAL LIC.

ADMINISTRACION

7153814-MGEYA-SSTRANS/13

27-27435441-6

PORTO, MariaMercedes 01/01/201431/12/2014 8.000 96.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOBACHILLER

7154463-MGEYA-SSTRANS/13

23-23805502-4

PUGLIESE,Mariana Ines 01/01/201431/12/2014 12.000 144.000 MJGGCSSTRANSPROFESIONAL LIC. CIENCIAS

BIOLOGICAS

7154591-MGEYA-SSTRANS/13

23-29076512-9

RAMOS VERTIZ,Mariano 01/01/201431/12/2014 12.000 144.000 MJGGCSSTRANSPROFESIONAL ABOGADO

7154822-MGEYA-SSTRANS/13

27-31443537-6

SALCEDO, JesicaLorena 01/01/201431/12/2014 6.000 72.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOPRIMARIO

7157697-MGEYA-SSTRANS/13

20-17977178-1

SALESE, Ezequiel 01/01/201431/12/2014 7.200 86.400 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOBACHILLER7157837-MGEYA-SSTRANS/13

20-04702984-9

RUBINO, JorgeLuis 01/01/201431/12/2014 12.000 144.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOPRIMARIO

7143407-MGEYA-SSTRANS/13

20-33317147-4

SCHATZ OCONNOR, Santiago01/01/201431/12/2014 7.000 84.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOPOLIMODAL

7158587-MGEYA-SSTRANS/13

20- SCHIAPPACASSE, 7158714-

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 5

Page 6: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 55-MJGGC/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

10401372-5 Miguel Angel 01/01/201431/12/2014 8.500 102.000 MJGGCSSTRANSPROFESIONAL ABOGADO MGEYA-

SSTRANS/1327-26737670-6

SIGILLITO,Veronica Graciela 01/01/201431/12/2014 8.800 105.600 MJGGCSSTRANSPROFESIONAL CONTADORA

7158977-MGEYA-SSTRANS/13

23-36156351-4

SOLDANI, LuciaAyelen 01/01/201431/12/2014 7.500 90.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOBACHILLER

7144164-MGEYA-SSTRANS/13

27-16164683-6

TORRES, CristinaLaura 01/01/201431/12/2014 9.000 108.000 MJGGCSSTRANSPROFESIONAL PSICOLOGA

7144751-MGEYA-SSTRANS/13

27-17810831-5

VILARDO, MariaLaura 01/01/201431/12/2014 7.000 84.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOBACHILLER

7146256-MGEYA-SSTRANS/13

27-30813887-4

WALSH, NoemiEugenia 01/01/201431/12/2014 12.000 144.000 MJGGCSSTRANSADMINISTRATIVOPERITO

MERCANTIL

7146988-MGEYA-SSTRANS/13

TOTAL 2.880.804

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 6

Page 7: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 56-MJGGC/14

Artículo 1º.- Autorízase la contratación de diversas personas, para prestar servicios en la Dirección General TécnicaAdministrativa y Legal de esta Jefatura de Gabinete de Ministros, bajo la modalidad de locación de servicios, en el modo,monto y período que se detallan en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2º.- Delégase al titular de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete deMinistros la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes.

Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden General de Pago,correspondiente a lo mencionado en el artículo 1º de la presente.

Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto delaño 2014.

Artículo 5º.- Comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y alMinisterio de Modernización, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica,Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese.

ANEXO I

CUIT NOMBRE YAPELLIDO DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION Nº EXPEDIENTE

23-18394383-9

ACOSTA, DarioDuilio 01/01/2014 31/12/2014 8.000 96.000 MJGGC DGTALMJG PROFESIONAL LIC. EN

COMERCIALIZACION7116402-MGEYA-DGTALMJG/13

20-33156496-7

AYALA, CristianDamian 01/01/2014 31/12/2014 8.000 96.000 MJGGC DGTALMJG ADMINISTRATIVO PERITO MERCANTIL 7116800-MGEYA-

DGTALMJG/13

23-18167366-4

DOMINGUEZ,Monica Patricia 01/01/2014 31/12/2014 5.200 62.400 MJGGC DGTALMJG ADMINISTRATIVA PRIMARIO 7116485-MGEYA-

DGTALMJG/13

20-11704831-5

GOBATTO, CarlosRoberto 01/01/2014 31/12/2014 8.000 96.000 MJGGC DGTALMJG ADMINISTRATIVO BACHILLER 7116585-MGEYA-

DGTALMJG/13

20-26949054-4

PARODI LASCANO,Nicolas Cesar 01/01/2014 31/12/2014 8.000 96.000 MJGGC DGTALMJG ADMINISTRATIVO BACHILLER 7116676-MGEYA-

DGTALMJG/13

20-31270471-5

PEREZLORGUEILLEUX,Diego Sebastian

01/01/2014 31/12/2014 13.000 156.000 MJGGC DGTALMJG PROFESIONAL ABOGADO 7116705-MGEYA-DGTALMJG/13

20-30915622-7

MELO, Luis Felipe 01/01/2014 31/12/2014 5.000 60.000 MJGGC DGTALMJG ADMINISTRATIVO BACHILLER 7116838-MGEYA-DGTALMJG/13

20-26047352-3

SAVASTANO,Mariano Cesar 01/01/2014 31/12/2014 8.000 96.000 MJGGC DGTALMJG TECNICO TEC. SUP. ANAL.

SIST. INF7116882-MGEYA-DGTALMJG/13

23-28194738-9

ZIMAN, EduardoNicolas 01/01/2014 31/12/2014

17.000 204.000MJGGC DGTALMJG PROFESIONAL

ABOGADO7116772-MGEYA-DGTALMJG/13

27-29583204-0

AUFGANG RominaMariela 01/01/2014 31/12/2014 11.000 132.000 MJGGC DGTALMJG PROFESIONAL CONTADOR

PÚBLICO7116459-MGEYA-DGTALMJG/13

27-04618724-0

ESPINDOLA HildaIsolina 01/01/2014 31/12/2014 5.200 62.400 MJGGC DGTALMJG ADMINISTRATIVA PRIMARIO 7116520-MGEYA-

DGTALMJG/13

20-31559244-6

FORMENTINIMarcelo Fernando 01/01/2014 31/12/2014 9.000 108.000 MJGGC DGTALMJG ADMINISTRATIVO TECNICO MECANICO 7116551-MGEYA-

DGTALMJG/13

20-29393953-6

NAVARRO EzequielSantiago 01/01/2014 31/12/2014 12.000 144.000 MJGGC DGTALMJG PROFESIONAL ABOGADO 7116617-MGEYA-

DGTALMJG/13

20-10144457-1

SCHROEDER JuanJorge 01/01/2014 31/12/2014 8.500 102.000 MJGGC DGTALMJG ADMINISTRATIVO TECNICO

INDUSTRIAL7116733-MGEYA-DGTALMJG/13

20-18403508-2

LOPEZ HectorMarcelo 01/01/2014 31/12/2014

6.30075.600 MJGGC DGTALMJG ADMINISTRATIVO BACHILLER 7116907-MGEYA-

DGTALMJG/13

TOTAL 1.586.400

FIN DEL ANEXO

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 7

Page 8: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 58-MJGGC/14

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 57-MJGGC/14

FIN DEL ANEXO

ANEXO I

CUITNOMBREYAPELLIDO

DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION NºEXPEDIENTE

23-27946553-9

CUBERLI,JavierAugusto

01/01/2014 31/12/2014 9.000 108.000 MJGGC UAI PROFESIONAL LIC. HIG. YSEGURIDAD

7314514-MGEYA-DGTALMJG/13

27-30036517-0

GALLESIO,PaulaJimena

01/01/2014 31/12/2014 9.000 108.000 MJGGC UAI PROFESIONAL CONTADORA7314799-MGEYA-DGTALMJG/13

20-25163271-6

BURGOS,SergioErnesto

01/01/2014 31/12/2014 11.000 132.000 MJGGC UAI PROFESIONAL CONTADORA7315209-MGEYA-DGTALMJG/13

TOTAL 348.000

ANEXO I

CUIT NOMBRE YAPELLIDO DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION Nº

EXPEDIENTE27-31554326-1

COLECCHIACORSO,Maria Julieta

01/01/2014 31/12/2014 12.000 144.000 MJGGC DGTALMJG PROFESIONAL ABOGADA7115987-MGEYA-DGTALMJG/13

20-23477254-7

CANDIA,SebastianLionel

01/01/2014 31/12/2014 9.000 108.000 MJGGC DGTALMJG ADMINISTRATIVO MMO7116177-MGEYA-DGTALMJG/13

20-29461790-7

MOLINA,EzequielHernan

01/01/2014 31/12/2014 12.000 144.000 MJGGC DGTALMJG PROFESIONAL ABOGADO7116274-MGEYA-DGTALMJG/13

27-28058693-0

PASERO,Ana Laura 01/01/2014 31/12/2014 12.000 144.000 MJGGC DGTALMJG ADMINISTRATIVA BACHILLER 7116812-

MGEYA-DGTALMJG/13

TOTAL 540.000

FIN DEL ANEXO

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 8

Page 9: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 62-MJGGC/14

archívese.

ANEXO I

CUIT APELLIDO YNOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION Nº

EXPEDIENTE20-28604334-9

PEDRAZA,RamonAlberto 01/01/2014 31/12/2014 6.36276.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

TEC. MECANICO7027492-MGEYA-DGCACTYT/13

27-33281573-9

PEREYRA,Valeria Judith 01/01/2014 31/12/2014 6.36276.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7027480-MGEYA-DGCACTYT/13

20-23844955-4

PEREZ, ErnestoAriel 01/01/2014 31/12/2014 6.36276.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PERITOMERCANTIL

7027517-MGEYA-DGCACTYT/13

20-30217195-6

PILONI, GabrielEzequiel 01/01/2014 31/12/2014 6.36276.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7027539-MGEYA-DGCACTYT/13

23-36771843-9

PIZARRO,MAXIMILIANO 01/01/2014 31/12/2014 6.36276.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

TEC.INFORMATICA

7027554-MGEYA-DGCACTYT/13

20-28985039-3

PONCE, JorgeOscar 01/01/2014 31/12/2014 6.36276.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PRIMARIO202739-MGEYA-DGCACTYT/14

20-30725161-3

PORRASLENCINA, JoseDaniel

01/01/2014 31/12/2014 6.36276.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

POLIMODAL7027593-MGEYA-DGCACTYT/13

27-37248439-5

PORTILLO, SofiaBelen 01/01/2014 31/12/2014 6.36276.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7027602-MGEYA-DGCACTYT/13

27-28386067-7

PRIETO, MariaSol 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO BACHILLER

7027621-MGEYA-DGCACTYT/13

24-37123057-9

RADANOVICH,Walter Horacio 01/01/2014 31/12/2014 6.36276.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

POLIMODAL7027637-MGEYA-DGCACTYT/13

27-25966382-8

SANTINILORENA LIDIA 1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

P. MERCANTIL7027956-MGEYA-DGCACTYT/13

24-93034104-1

SALINASMendieta Alberto 1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

P. MERCANTIL7027789-MGEYA-DGCACTYT/13

20-25106432-7

SANTOLARIALEANDRODARIO

1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

P. MERCANTIL7027834-MGEYA-DGCACTYT/13

27-17773933-8

SAPIENZASilvana 1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

P. MERCANTIL202753-MGEYA-DGCACTYT/14

20-24756622-9

SANTIS LuisAlberto 1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PRIMARIO202796-MGEYA-DGCACTYT/14

20-31293098-7

VERCILLOFERNANDOEDUARDO

1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

P. MERCANTIL7039344-MGEYA-DGCACTYT/13

27-31387455-4

VILLARROELELISABETHPAMELA

1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

BACHILLER7039315-MGEYA-DGCACTYT/13

20-35324565-2

VISCIGLIAPATRICIONICOLAS

1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

TECNICO EN REP.DE PC

7039508-MGEYA-DGCACTYT/13

20-32143440-2

ZAFFARONIROBLEDODANIEL E.

1/1/2014 31/12/20146.362

76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO P. MERCANTIL

7039775-MGEYA-DGCACTYT/13

20-23582564-4

RAJOY, Luis 1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

BACHILLER7027669-MGEYA-DGCACTYT/13

20-32353738-1

RIVEROS MatíasOsvaldo 1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7027704-MGEYA-DGCACTYT/13

20-30915521-

RODRIGUEZFELCHER 1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDE BACHILLER

7027688-MGEYA-

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 9

Page 10: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 62-MJGGC/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

2 Cristian L. TRANSITO DGCACTYT/1320-32187178-0

STANGALLINIJuan Mariano 1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

P. MERCANTIL202785-MGEYA-DGCACTYT/14

20-93867073-1

RODRIGUEZLOPEZ JuanCarlos

1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

M.M.O.7027721-MGEYA-DGCACTYT/13

20-35362077-1

ROIG MatíasEzequiel 1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

ELECTROTÉCNICO7027734-MGEYA-DGCACTYT/13

27-29041081-4

RADRESACecilia Edith 1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7027654-MGEYA-DGCACTYT/13

27-62662572-5

OSANOCERDEÑA MaríaBelén

1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

PRIMARIO128134-MGEYA-DGCACTYT/14

20-33810424-4

VERA RodrigoSantiago 1/1/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7039409-MGEYA-DGCACTYT/13

TOTAL 2.137.632

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 10

Page 11: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 63-MJGGC/14Artículo 5º.- Comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y al Ministerio de Modernización, ypara su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Cumplido, archívese.

ANEXO I

CUIT APELLIDO YNOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION Nº

EXPEDIENTE20-32983368-3

GUADAGNO,Franco Antonio 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PERITOMERCANTIL

7028202-MGEYA-DGCACTYT/13

20-35398651-2

HERNANDEZ,Matias Ezequiel 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7028181-MGEYA-DGCACTYT/13

20-27024648-7

HERRERA,Martin 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PRIMARIO7028012-MGEYA-DGCACTYT/13

27-31992520-7

HORNEDO,Laura Soledad 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

POLIMODAL7027994-MGEYA-DGCACTYT/13

23-18409640-4

HOUSSAYANCHORENA,Belen

01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

PRIMARIO202732-MGEYA-DGCACTYT/14

27-36171644-8

HUTTONERASMO, AnaLaura

01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

BACHILLER6889492-MGEYA-DGCACTYT/13

27-17633125-4

IGLESIAS,Fabiana 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PRIMARIO7025831-MGEYA-DGCACTYT/13

23-31652631-4

IÑIGUEZ,Analia Esther 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PERITOCOMERCIAL

7378286-MGEYA-DGCACTYT/13

20-34519429-1

JAKUBOWICZ,Mariano Brian 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

POLIMODAL7025694-MGEYA-DGCACTYT/13

27-37842639-7

JALDIN, MalenMaria Gabriela 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER 7026051-MGEYA-DGCACTYT/13

20-38049221-1

JALDIN, SergioMaximiliano 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PRIMARIO7025960-MGEYA-DGCACTYT/13

23-36323778-9

LA FICO,Hernan Alberto 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PERITOCOMERCIAL

7025791-MGEYA-DGCACTYT/13

20-35271281-8

LANDAU,Julian Manuel 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7025814-MGEYA-DGCACTYT/13

20-34611758-4

LANDIN, JorgeFederico 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

TEC. ENCOMPUTACION

7025880-MGEYA-DGCACTYT/13

20-30586320-4

LAZDAUSKAS,Victor Hugo 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PRIMARIO7025909-MGEYA-DGCACTYT/13

20-11381697-0

LEGUIZAMON,Juan Domingo 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PRIMARIO202700-MGEYA-DGCACTYT/14

27-17896543-9

LEMBO,Monica Beatriz 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

LIC. ENPSICOLOGIA

202763-MGEYA-DGCACTYT/14

27-11635233-3

LEOIACONI,Graciela 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER202760-MGEYA-DGCACTYT/14

20-32960880-9

LOMBARDI,Leonel Esteban 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER 7025988-MGEYA-DGCACTYT/13

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 11

Page 12: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 63-MJGGC/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

20-36929549-8

LOPEZ, JulianYamil 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7026199-MGEYA-DGCACTYT/13

20-36461022-0

MAHIQUEZ,Cristian Roberto 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

TEC. EN ADM.EMPRESA

7026130-MGEYA-DGCACTYT/13

20-36684361-3

MARTIN,Santiago Enrique 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7026168-MGEYA-DGCACTYT/13

27-34101712-8

MARTINEZ,Florencia Elena 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PRIMARIO7026184-MGEYA-DGCACTYT/13

27-33519309-7

MAURIEL,Laura Natalia 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PERITOMERCANTIL

7026220-MGEYA-DGCACTYT/13

20-12258492-6

MEDINA,Carlos Alberto 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PRIMARIO128886-MGEYA-DGCACTYT/14

20-24903183-7

MEDINA, CesarJavier 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

TEC. ENELECTRONICA

129224-MGEYA-DGCACTYT/14

27-31317320-3

MINGUEZ,Noelia Natalia 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7027322-MGEYA-DGCACTYT/13

23-28803536-9

MONTERO,MarianoFederico

01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

PERITOMERCANTIL

7026235-MGEYA-DGCACTYT/13

20-36606190-9

MONTIEL,Adrian Jorge 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PRIMARIO 7026258-MGEYA-DGCACTYT/13

20-27901265-9

MONTOYA,Horacio Javier 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

TEC. ARTES.GRAFICAS

7026287-MGEYA-DGCACTYT/13

20-17772074-8

MORA, RicardoSerafin 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PRIMARIO202715-MGEYA-DGCACTYT/14

23-34258398-9

MORELLI,Lisandro 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7026324-MGEYA-DGCACTYT/13

20-22862430-7

NALESSO,AlejandroHumberto

01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

TEC.MECANICO

7027160-MGEYA-DGCACTYT/13

20-27711965-0

NAVAL, DiegoMartin 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7027143-MGEYA-DGCACTYT/13

23-31826508-9

NIEVAS,Francisco 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7027307-MGEYA-DGCACTYT/13

20-29523980-9

ORTALLI,Jorge Federico 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7027361-MGEYA-DGCACTYT/13

27-28304252-4

ORTIZ, Paola 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

BACHILLER202792--MGEYA-DGCACTYT/14

20-37378145-3

PADRON,Leonel Esteban 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

MAESTROMAY. OBRA

7385852-MGEYA-DGCACTYT/13

20-29984879-6

PARE, Diego 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

PERITOMERCANTIL

7027467-MGEYA-DGCACTYT/13

20-35324331-5

PASTENE,Nahuel 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7180960-MGEYA-DGCACTYT/13

TOTAL 3.053.760

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 12

Page 13: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 64-MJGGC/14

ANEXO I

CUIT APELLIDO YNOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION Nº

EXPEDIENTE20-35320130-2

NUÑEZ RodrigoFernando 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO P. MERCANTIL7027342-MGEYA-DGCACTYT/13

27-34847823-6

PAEZ ElianaDaniela 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO PRIMARIO7027446-MGEYA-DGCACTYT/13

20-38079450-1

PAEZ NicolasMartin 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER7027414-MGEYA-DGCACTYT/13

27-34438567-5

SCAVONE NadiaSoledad 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER7027924-MGEYA-DGCACTYT/13

20-14432473-1

SAVARINODavid 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER135220-MGEYA-DGCACTYT/14

20-24638945-5

SARAPURAAlejandro David 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER

7027849-MGEYA-DGCACTYT/14

27-29059329-3

SANCHEZ MaríaBelén 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER7027820-MGEYA-DGCACTYT/13

20-36156961-0

SANCHEZ LucioDaniel 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITOP. AUX. ENINFORMATICA

7027802-MGEYA-DGCACTYT/13

23-37989490-9

ROSIGNUOLOLautaro Martin 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO PRIMARIO202775-MGEYA-DGCACTYT/13

20-25797350-7

ROMEROChristian Victor 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER7027761-MGEYA-DGCACTYT/13

27-12805360-9

ROMEROGraciela Mónica 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO PRIMARIO202726-MGEYA-DGCACTYT/14

20-07596639-4

ROSSI José Luis 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT PROFESIONAL ABOGADO139202-MGEYA-DGCACTYT/14

27-24856387-2

SALAPATAClaudia Alejandra 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO P. MERCANTIL7027775-MGEYA-DGCACTYT/13

27-31860164-5

ROIG DeniseEliana 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER7027752 -MGEYA-DGCACTYT/13

27-31443116-8

VENTRICELLIAldana 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER

7039424 -MGEYA-DGCACTYT/13

27-26719271-0

VELEZ AnalíaAlejandra 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER7039437-MGEYA-DGCACTYT/13

20-36684986-7

LEIS EzequielPablo 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO P. MERCANTIL203910-MGEYA-DGCACTYT/14

20-11774209-2

VALDEZ DanielOscar 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO PRIMARIO202747-MGEYA-DGCACTYT/14

20-36846361-3

VANESKEHEIANAgustín Patricio 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER7039449-MGEYA-DGCACTYT/13

20-93066554-2

VALDIVIEZO BANDO LucioReynaldo

01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DETRANSITO P. MERCANTIL

7039462-MGEYA-DGCACTYT/13

27-34020244-4

TROYA PÉREZValeria Noemí 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER7039475-MGEYA-DGCACTYT/13

27-27241331-8

TOLEDO SusanaBeatriz 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO PRIMARIO7039490-MGEYA-DGCACTYT/13

27-37661457-9

TENAGLIAEvelyn Yanina 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER7039386-MGEYA-DGCACTYT/13

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 13

Page 14: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 64-MJGGC/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

20-33768116-7

TEDESCO NicolasDaniel 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER7026108-MGEYA-DGCACTYT/13

20-26062178-6

STREGEVITCHDaniel Alejandro 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER

7039178-MGEYA-DGCACTYT/13

27-30732642-1

STREET AnaDaniela Elsa 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER7027862-MGEYA-DGCACTYT/13

20-37248519-2

STEFANI LucasNicolas 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER7027875-MGEYA-DGCACTYT/13

20-31767951-4

JUSTINIANOCarlos Daniel 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO ELECTROMECANICO7025720-MGEYA-DGCACTYT/13

27-33179264-6

SISLO YamilaDaniela 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER7027886-MGEYA-DGCACTYT/13

20-35171354-3

SELLARORODRIGUEZJulian Andrés

01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DETRANSITO BACHILLER

7027907-MGEYA-DGCACTYT/13

TOTAL 2.290.320

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 14

Page 15: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 65-MJGGC/14Cumplido, archívese.

ANEXO I

CUIT APELLIDO YNOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION Nº

EXPEDIENTE27-28907040-6

ABELLEIRA,Daniela Carolina 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7029371-MGEYA-DGCACTYT/13

27-29594742-5

ACOSTA, ClaudiaAlejandra 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PERITOMERCANTIL

7029331-MGEYA-DGCACTYT/13

20-26091292-6

ACOSTA, JoseAlberto 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7029350-MGEYA-DGCACTYT/13

20-28417875-1

AGUILERA,Walter Armando 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PERITOAUXILIAR ENINF.

7029319-MGEYA-DGCACTYT/13

27-20636504-3

ALVAREZ, LauraMabel 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PRIMARIO7029301-MGEYA-DGCACTYT/13

27-31719053-6

ALVORFERNANDEZ,Victoria del Valle

01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

BACHILLER7029280-MGEYA-DGCACTYT/13

20-35802411-5

AMADOR, MauroEmanuel 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7029261-MGEYA-DGCACTYT/13

27-22854515-0

AMARILLA, SilviaBeatriz 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PERITOMERCANTIL

7029247-MGEYA-DGCACTYT/13

20-35957652-9

ANDRES, MauroIvan 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO PRIMARIO

7029225-MGEYA-DGCACTYT/13

20-16492021-7

ANSELMO,Marcelo Daniel 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PERITOMERCANTIL

7029204-MGEYA-DGCACTYT/13

20-34117680-9

CASTELLANOS,Juan Manuel 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7028838-MGEYA-DGCACTYT/13

20-35230510-4

CASTRO,Maximiliano 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7028823-MGEYA-DGCACTYT/13

20-36686499-8

CHARON, LuisEsteban 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7028810-MGEYA-DGCACTYT/13

20-30815197-3

CHAVEZ, EnzoFederico 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PERITOMERCANTIL

7028788-MGEYA-DGCACTYT/13

23-34906211-9

CHIAPUZZO,Alfredo Roberto 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7028763-MGEYA-DGCACTYT/13

27-34142634-6

CLAUZURE,Yamile Soledad 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

POLIMODAL7028748-MGEYA-DGCACTYT/13

20-35161629-7

COLOMBO,Jonathan 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLERPEDAGOGICO

7028739-MGEYA-DGCACTYT/13

20-36726928-7

CUELLAR, GabrielIvan 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILER7028703-MGEYA-DGCACTYT/13

20-29702373-0

CUENCA,Leonardo David 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PERITOMERCANTIL

7028688-MGEYA-DGCACTYT/13

20-35228951-6

DEL CAMPO,Nicolas 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PRIMARIO7028632-MGEYA-DGCACTYT/13

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 15

Page 16: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 212-MJGGC/14

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 65-MJGGC/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

20-31752291-7

DE LUCA, RicardoRaul 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PERITOMERCANTIL

7028649-MGEYA-DGCACTYT/13

20-34320265-3

DE LUCA, LeandroMartin 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PERITOMERCANTIL

7028659-MGEYA-DGCACTYT/13

20-36567377-3

DERGHAZARIAN,Lucas 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7028617-MGEYA-DGCACTYT/13

20-36921072-7

DI FAZIO, Gabriel 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYTAGENTEDETRANSITO

BACHILLER7028580-MGEYA-DGCACTYT/13

23-31926723-9

DI LORENZO,Carlos Alberto 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

BACHILLER7028566-MGEYA-DGCACTYT/13

20-36785129-6

DI SANZO, AlexisIvan 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PRIMARIO7028547-MGEYA-DGCACTYT/13

20-37991378-5

ELISSAMBURU,Lara Ayelen 01/01/2014 31/12/2014 6.362 76.344 SSTRANS DGCACTYT

AGENTEDETRANSITO

PERITOMERCANTIL

7028524-MGEYA-DGCACTYT/13

TOTAL 2.061.288

ANEXO I

CUIT APELLIDO Y NOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION Nº EXPEDIENTE

27-30982774-6 AMIN, Miriam Noemi 01/01/2014 31/12/2014 6.582 78.984 SSDHPC CGPMMVTE ADMINISTRATIVO BACHILLER 7468239-MGEYA-

SSDHPC/13

20-27065375-9

CANELO, MaximilianoJesus 01/01/2014 31/12/2014 6.582 78.984 SSDHPC CGPMMVTE ADMINISTRATIVO PRIMARIO 7468224-MGEYA-

SSDHPC/13

20-27259765-1

DE SIMONE, LeonardoAriel 01/01/2014 31/12/2014 6.500 78.000 SSDHPC SSDHPC ADMINISTRATIVO PRIMARIO 7468748-MGEYA-

SSDHPC/13

27-30181228-6

ETCHEVERRY, PaulaBeatriz 01/01/2014 31/12/2014 6.582 78.984 SSDHPC CGPMMVTE PROFESIONAL PROFESORA DE

ARTE7468193-MGEYA-SSDHPC/13

27-34454794-2 FERRANTE, Luisina 01/01/2014 31/12/2014 6.582 78.984 SSDHPC CGPMMVTE ADMINISTRATIVO BACHILLER 7468142-MGEYA-

SSDHPC/13

27-26498275-3 FIGUEREDO. Erica Vanesa 01/01/2014 31/12/2014 6.900 82.800 SSDHPC CGPMMVTE ADMINISTRATIVO BACHILLER 7468331-MGEYA-

SSDHPC/13

27-33366578-1 FROSIO, Ana Clara 01/01/2014 31/12/2014 6.582 78.984 SSDHPC CGPMMVTE ADMINISTRATIVO BACHILLER 7468232-MGEYA-

SSDHPC/13

27-22285117-9 GOMEZ, Cristina Paula 01/01/2014 31/12/2014 8.625 103.500 SSDHPC CGPMMVTE PROFESIONAL ABOGADO 7468198-MGEYA-

SSDHPC/13

20-29984858-3 GONZALEZ, Mariano 01/01/2014 31/12/2014 6.582 78.984 SSDHPC CGPMMVTE ADMINISTRATIVO BACHILLER 7468154-MGEYA-

SSDHPC/13

24-33182005-5

GUASTAVINO ALVAREZ,Florencia Ines 01/01/2014 31/12/2014 6.582 78.984 SSDHPC CGPMMVTE ADMINISTRATIVO BACHILLER 7468122-MGEYA-

SSDHPC/13

23-30463533-9

ISHIKAWA, SantiagoFederico 01/01/2014 31/12/2014 6.582 78.984 SSDHPC CGPMMVTE PROFESIONAL TECNICA EN

FOTOGRAFIA7468059-MGEYA-SSDHPC/13

20-33018703-5

POJOMOVSKY, MatiasAriel 01/01/2014 31/12/2014 6.582 78.984 SSDHPC CGPMMVTE ADMINISTRATIVO BACHILLER 7468020-MGEYA-

SSDHPC/13

20-34253141-6

PRIETO BELZUNCE,Ignacio 01/01/2014 31/12/2014 6.582 78.984 SSDHPC CGPMMVTE ADMINISTRATIVO BACHILLER 7468251-MGEYA-

SSDHPC/13

20-29799872-3 SEGALIS, Carlos Guillermo 01/01/2014 31/12/2014 6.900 82.800 SSDHPC CGPMMVTE PROFESIONAL CS. DE LA

COMUNICACION7468071-MGEYA-SSDHPC/13

27-26587197-1

SIVAK OYHANARTE,Malena 01/01/2014 31/12/2014 8.625 103.500 SSDHPC CGPMMVTE PROFESIONAL ABOGADO 7467982-MGEYA-

SSDHPC/13

TOTAL 1.240.440

FIN DEL ANEXO

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 16

Page 17: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 259-SSTRANS/14

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 213-MJGGC/14

FIN DEL ANEXO

ANEXO I

CUITAPELLIDOYNOMBRE

DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION OBSERVACION NºEXPEDIENTE

27-29487125-5

DEL RIO,Estefania 01/01/2014 31/12/2014 8.100 97.200 SSTRANS DGCACTYT AGENTE DE

TRANSITO BACHILLER1703473-MGEYA-DGCACTYT/14

27-31798020-0

SOLMI,MariaVictoria

01/01/2014 31/12/2014 8.100 97.200 SSTRANS DGCACTYT PROFESIONAL LIC. ENPSICOLOGIA

318255-MGEYA-DGCACTYT/14

TOTAL 194.400

ANEXO I

NOMBRE DNI CARGOClaudio Marcelo Palmeyro 17.031.197 Diputado LCABADaniel Agustín Presti 20.174.124 Diputado LCABAMaximiliano Carlos Ferraro 25.044.243. Diputado LCABAEduardo Nicolás Ziman 28.194.738 Asesor DGTAL MJGGabriel María Astarloa 13.872.301 Director General de

Concesiones MDECarmelo Vicente Sigilito 11.321.863 Director General de Tránsito

MJGConstanza Movsichoff 23.377.267 Asesora SSTRANS

FIN DEL ANEXO

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 17

Page 18: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

1

ANEXO

1. Denominación del Proyecto: Especialización Técnica de Nivel Superior en Diseño de Páginas Web.

2. Información institucional

• Denominación: Universitas Estudios Superiores A-809

• Nro. de CUE: 0200603

• Dirección: Lavalle 1838

• Localidad: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

• Jurisdicción: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

• Código Postal:1051

• Teléfono: (011) 4372-2107/ 4373-3199 / 4374-2230

• Correo electrónico: [email protected]

• Página Web: www.universitas.edu.ar

• CUIT: 30-71141865-9 Desde la creación del instituto en 1982, hemos seguido el avance constante de la evolución social y junto a ella hemos acompañado el desarrollo de la educación del país con propuestas educativas inmersas en el marco de la actualización constante de las normativas emanadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en particular por la Dirección de General de Gestión de Educación Privada.

El PEI de nuestra Institución refleja los objetivos, valores e ideales del sistema educativo de Universitas Estudios Superiores que se cristalizan en la misión de:

• Contribuir a la mejora del capital humano con programas educativos actualizados y de calidad que formen un ser humano competente y competitivo con criterio social y solidario.

• Promover la capacitación continua para incrementar el capital social de nuestra sociedad.

• Participar en la formación de personas con alto nivel educativo para facilitar a los egresados la inserción al mundo laboral del tercer milenio.

En todos estos años hemos reducido obstáculos mediante una metodología con técnicas y recursos que optimizan la productividad y la flexibilidad de los procesos de enseñanza-aprendizaje. Nos sustentamos en las tecnologías de la información y comunicación (TICs) adoptando

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 18

Page 19: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

2

estrategias que multipliquen las oportunidades de capacitación y de aprendizaje en forma autónoma.

Contamos con un campus virtual que en su diseño ofrece: contenidos, materiales didácticos, foros de intercambio, calendario académico, agenda de eventos de interés, tareas para compartir y construye un recorrido para crear comunidades profesionales con el desafío de la capacitación permanente.

La Institución CRECE Y RESPONDE a la demanda de intereses de los estudiantes y capacita a sus docentes en las actualizaciones curriculares a través de especialistas. Se planifican proyectos colaborativos proponiendo espacios de formación que potencian el trabajo interdisciplinario con contenidos transversales, alfabetización de medios y trabajo en equipo. Es decir, que entendemos a la tecnología como un producto social que acumula saberes, conocimientos y experiencias que diferentes comunidades han desarrollado. Nuestra institución brinda a los futuros profesionalidades dos modalidades de cursado: presencial y a distancia. A continuación se detallan las carreras de Educación Modalidad a Distancia:

RMEGC N º

3285/10

Formación del Técnico Superior en Administración de Recursos Humanos.

RM Nº

3640/10

Formación de Técnico Superior en Organización de Eventos.

R MEGC Nº

5341/07

Formación del Técnico Superior en Administración para Pymes.

R MEGC Nº

5896/07

Formación del Técnico Superior en Administración para Relaciones Públicas.

R MEGC Nº

5761/07

Formación de Analista en Sistemas de Computación.

R MEGC Nº

5895/07

Formación del Técnico Superior en Administración para Comercialización.

R.MEGC Nº

54/13

Tecnicatura Superior en Administración de Recursos Humanos.

R.MEGC Nº

3157/12, 3648/12

Tecnicatura Superior en Organización de Eventos.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 19

Page 20: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

3

R.MEGC Nº

8/13

Tecnicatura Superior en Administración de Pequeñas y Medianas Empresas.

R.MEGC Nº

33/13- 63/13

Tecnicatura Superior en Relaciones Públicas para Pymes.

R.MEGC Nº

3158/12, 3647/13

Tecnicatura Superior Analista de Computación.

R.MEGC Nº 57/13 Tecnicatura Superior en Comercialización para Pequeñas y Medianas Empresas.

A continuación se detallan las carreras de Educación Modalidad a Presencial:

RSSGE y CP Nº

08/12

Tecnicatura Superior en Agencias de Viajes.

RSSGE y CP Nº

100/12 Tecnicatura Superior en Instrumentación Quirúrgica.

RSSGE y CP Nº

136/12

Tecnicatura Superior en Administración de Empresas.

RSSGE y CP Nº

166/12

Tecnicatura Superior en Administración de Hoteles.

RSSGE y CP Nº

168/12

Tecnicatura Superior en Organización de Eventos.

RSSGE y CP Nº

173/12

Tecnicatura Superior en Marketing.

RSSGE y CP Nº

241/12

Analista de Sistemas.

RSSGE y CP Nº

280/12

Tecnicatura Superior en Relaciones Públicas.

RSSGE y CP Nº

715/87 Tecnicatura Superior en Radiología.

RSSGE y CP Nº

1845/88 Tecnicatura Superior en Turismo.

Concluyendo: nuestro andamiaje está sostenido en la experiencia, la capacitación docente, los textos y la comunicación manteniendo un principio de receptividad, apertura y disponibilidad, ocupando los textos

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 20

Page 21: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

4

un lugar destacado provocando relaciones que convierten a los encuentros desde la formación a la experiencia.

3. Identificación de los responsables directos de la aplicación del proyecto

• Rector:

o Nombre y Apellido: Oscar Ricardo MALFITANO CAYUELA

o Título: Licenciado en Administración.

o Expedido por: Facultad de Ciencias Económicas de la

Universidad de Buenos Aires.

o Título: Especialista en Planeamiento Estratégico FCE UBA.

• Directora de Estudios:

o Nombre y Apellido: Marcela Ruades

o Título: Profesora de Filosofía

o Expedido por: INES Nº 1 “Dra. Alicia Moreau de Justo”

• Coordinadora de la Carrera de Sistemas: o Nombre y Apellido: Mónica Chinchilla

o Título: Analista de Sistemas

o Expedido por: Universitas Estudios Superiores

o Título: Postítulo de Formación Docente

o Expedido por: IAPE – Insituto Superior de Formación Docente,

Apoyo y Perfeccionamiento Docente - Dipregep Nº2957 – Buenos

Aires.

4. Justificación de la necesidad y oportunidad de la propuesta

formativa. a. Por qué se propone la especialización técnica de nivel

superior El Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires dio reconocimiento por resolución a las Especializaciones Técnicas. Después de cuatro años de interpretaciones disímiles a la normativa vigente en relación a la validez del dictado de Postítulos Técnicos, entendidos como especializaciones superiores a los que pueden acceder aquellos que hubieren culminado una tecnicatura superior, según lo establecido por la Ley de Educación Superior N° 24521/95, la Ley de Educación Técnico Profesional N° 26058/06 y conforme a la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 13/07 (donde

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 21

Page 22: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

5

aparecen comprendidos como articulaciones verticales de formación profesional continua), la Subsecretaría de Educación del Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires dictó la Resolución N° 786/13 SSGECP por la que estableció las pautas de aprobación de proyectos de Especializaciones Técnicas de Educación Superior en su ámbito jurisdiccional y que entre sus considerandos establece:

“Que la misma ley nacional entiende por formación profesional al conjunto de acciones cuyo propósito es la formación socio-laboral para y en el trabajo, dirigida tanto a la adquisición y mejora de las cualificaciones como a la recualificación de los trabajadores, y que permite compatibilizar la promoción social, profesional y personal con la productividad de la economía nacional, regional y local. Que por Resolución Nº 5556/MEGC/11 se reconoció a las instituciones educativas de gestión privada, incorporadas a la enseñanza oficial, la posibilidad de implementar ofertas de formación profesional en los términos de los artículos 9, 13 y concordantes de la Ley 26.058 y se estableció el procedimiento para la aprobación de trayectos formativos, itinerarios y módulos de formación profesional inicial y continua.”

La educación superior no universitaria ofrece, de esta manera, oportunidades de continuar progresando en conocimientos y nivel académico luego de obtener el título terciario formando al estudiante en nuevas competencias y otorgándole una nueva calificación profesional. El objetivo general del presente proyecto es brindar especialización al estudiante en un área específica del conocimiento a fin de que el profesional pueda enfrentar de manera competente las problemáticas propias del campo profesional en el que se desenvuelve para acrecentar de ésta forma su accionar futuro. Contar con una especialización técnica en el área del diseño de páginas web, facilita la movilidad laboral, el acceso a mejores oportunidades laborales y puestos de trabajo y con ello, el aumento del salario. En la actualidad los profesionales requieren actualizarse y reorientarse permanentemente en sus conocimientos y habilidades para seguir siendo competitivos en el mercado laboral. Se requiere de ellos lo que se conoce como formación continua o “educación durante toda la vida”. Es por ello, que la institución justifica el poner en práctica éste proyecto. La presente propuesta se fundamenta en la necesidad de realizar una oferta académica de capacitación profesional, en orden a los profundos cambios y transformaciones que, como rasgos distintivos presenta la sociedad actual, reconociendo en dicho proceso el desarrollo de la ciencia y tecnología como elementos fundamentales. Se advierte,

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 22

Page 23: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

6

además, la permanente y creciente presencia de las tecnologías de la información y comunicación en los diversos ámbitos de la vida social, económica y laboral de las sociedades contemporáneas, lo que se traduce en una demanda ocupacional diversificada y, como consecuencia de ello, la necesaria formación y capacitación de individuos que permitan satisfacerla. Por lo tanto, la capacitación en esta área del saber, es una de las condiciones básicas e insoslayables para quienes aspiran a ingresar al mundo laboral, y condición excluyente para un sólido desarrollo personal en el denominado mundo de la comunicación y la información. Con este postítulo se brinda al egresado técnico de la carrera de Analista de Sistemas, una formación tecnológica orientada al nuevo mundo de las comunicaciones informáticas e Internet. La tecnología web y sus aplicaciones requieren de profesionales con conocimientos de nuevas herramientas y paradigmas de desarrollo en el campo de la Informática para su implementación en las diferentes áreas de la actividad económica. Este “saber hacer” requiere de un aprendizaje sistematizado y organizado por parte de quienes aspiran a la capacitación. Sólo es posible cumplir con este objetivo si se logra una adecuada planificación y organización curricular que incorpore un cuerpo de saberes conceptuales básicos y una práctica adecuada que garantice calidad académica y pertinencia metodológica, requisitos indispensables para este tipo de oferta académica que pretende incorporar nuestro instituto. Estas cualidades permitirán a esta especialización diferenciarse de otras ofertas de la ciudad y la región en el área de Informática, garantizando a su vez los criterios de calidad y excelencia en el perfil de los egresados.

Su creación se justifica por el creciente e incesante desarrollo de las aplicaciones en internet y la demanda de servicios basados en tecnología web.

Este proyecto propone el desarrollo de contenidos que promueven la adquisición de conocimientos básicos sobre fundamentos de la tecnología de la información y sus aplicaciones y herramientas para la elaboración de sitios web, administración de los mismos, programación de servicios remotos, diseño de interfaces de usuario, tecnología multimedia y aspectos sociales de las nuevas tecnologías. Para ello se interrelacionan una serie de asignaturas específicas en Informática y aplicaciones de software con los fundamentos teóricos indispensables y una importante carga horaria destinada a la práctica y al uso de herramientas de desarrollo. Sería difícil señalar una industria con mayor potencial de empleo que la del Diseño Web. A medida que la tecnología continúa avanzando y que su dominio se extiende hacia sectores cada vez más amplios de la

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 23

Page 24: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

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experiencia humana, la presencia de diseñadores y programadores web se torna esencial. Resulta casi imposible imaginarse una empresa futura que no tenga presencia en Internet. Y dentro de esta presencia masiva de páginas, es necesario tener una buena combinación de conocimientos técnicos y una alta calidad en el diseño y la performance para poder competir y diferenciarse del resto. Internet, y en especial la web, ya no está solamente en nuestras computadoras de escritorio. Nos acompaña permanentemente en nuestras laptops, tabletas, celulares y asistentes digitales. Esta Especialización capacitará a los profesionales Analistas de Sistemas y de carrera afines para planificar, diseñar y desarrollar experiencias digitales completas, desde la idea original hasta su administración en un servidor, teniendo en cuenta cuestiones de estética y usabilidad, estrategias publicitarias y su posterior seguimiento online. b) Qué necesidades de formación profesional técnica cubre

El egresado con ésta Especialización Técnica de Nivel Superior en Diseño de Páginas Web deberá cubrir necesidades de las empresas y particulares que lo lleven a estar capacitado para dominar, seleccionar y aplicar herramientas informáticas orientadas al desarrollo de aplicaciones generales en la World Wide Web, así como en puestos de trabajo que requieran de la combinación de fuentes de información de naturaleza diversa, aprovechando las características hipermediales del hardware actual. Será capaz de desarrollar sitios y portales web con niveles de complejidad media y alta, asistiendo a gerentes y personal de gestión de diversas entidades, que requieran del uso de estas nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Será importante su formación en el uso de los servicios de Internet y en la configuración e instalación de servidores (web servers) y en la configuración y mantenimiento de sitios en la web. Puede desarrollar software de aplicación que requiera de información multimedial: texto, sonido, gráficos, video, integrando dichos medios en una aplicación para puestos individuales de trabajo o en un nodo de Internet. Estará capacitado para asistir a profesionales informáticos, del diseño gráfico y de la comunicación visual en el desarrollo e implementación de aplicaciones distribuidas usando tecnología web. Puede participar de grupos interdisciplinarios de diversas ramas de la ciencia y la tecnología para aplicar sus conocimientos en el desarrollo de aplicaciones de software y/o técnicas de digitalización de la información.

Las necesidades técnicas que cubren esta especialización incluyen:

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Desarrollo, documentación e implementación de sitios web, aplicaciones y servicios de acceso remoto a través de Internet y aplicaciones hipermediales.

Integración de grupos técnicos de tareas interdisciplinarias para asesorar sobre el desarrollo de aplicaciones informáticas en Internet.

Selección y proposición de hardware, software (sistemas operativos, protocolos, etc.) y servicios más convenientes para el acceso a Internet en empresas, organismos y entidades en general.

Diseño y puesta en funcionamiento de sistemas de seguridad -software o hardware-, para detectar y/o eliminar la presencia de agentes externos que pongan en peligro la seguridad de la información en ambientes tipo PC en el uso de Internet.

Asesorar a auditores informáticos a realizar peritajes de programas de aplicación en internet.

c) Qué otras ofertas similares existen en la región Como se señaló en la página 2 de ésta presentación, la resolución Nº 786/13 por la que se estableció las pautas de aprobación de proyecto de Especializaciones Técnicas de Educación Superior es de reciente data, por lo que no existen ofertas de especializaciones de éstas características en la región. Lo que sí existen, son numerosas carreras terciarias de desarrollo y diseño de páginas y sitios web. Son propuestas de formación que tienen como objetivo incidir directamente en el mercado laboral que demanda incesantemente programadores de sitios web. Todas estas propuestas de enseñanza que se presentan en ésta rama de la Informática, están organizadas a partir de carreras de tres años de duración y son generadas desde sus orígenes en el campo eminentemente del diseño gráfico y el entorno multimedial y tienen como condiciones de ingreso estudios secundarios completos.

Nuestra institución forma profesionales técnicos en la carrera de Analista de Sistemas con una fuerte formación en la programación orientada a los negocios y no en lo referente al diseño gráfico en general y al diseño de páginas web en particular.

El Analista de Sistemas es un profesional que está formado en una rama de la Informática que es la encargada del análisis de grandes y complejos sistemas informáticos y la interacción entre los mismos. Las competencias de ésta formación están relacionadas en campos como procesos industriales, administración, toma de decisiones, procesos en general, protección al medio ambiente, etc.

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Todo esto nos lleva plantear el presente proyecto como un nuevo argumento de salida laboral a nuestros profesionales del área. A darle un nuevo enfoque, una nueva estrategia, en definitiva a darle a nuestro egresado técnico en Análisis de Sistemas un conjunto de herramientas que sustentarán su accionar profesional futuro aprovechando el alto nivel de informatización de la sociedad.

d) Qué ventajas reportará al Sistema Educativo su implementación

La institución ha tomado para sí el compromiso de acompañar la permanente actualización de los contenidos en relación con la actualización que se verifica en las tecnologías, la informática y las telecomunicaciones y su aplicación en el proceso de enseñanza aprendizaje. A nivel nacional la conformación de polos tecnológicos se ha implantado como una estructura usual y un casi requerimiento insoslayable para el crecimiento económico y social de cada una de las provincias que cuentan con ellos. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a través de la sanción de la Ley 2972/08, confirma esta política, a través de la promoción de las empresas de tecnología de la información y las comunicaciones en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

“Artículo 1º.- Créase el Distrito Tecnológico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “el Distrito”, dentro del área comprendida por las Avenidas Sáenz, Boedo, Chiclana, Sánchez de Loria y Brasil, las calles Alberti y Manuel García y la Avenida Amancio Alcorta, en ambas aceras. Art. 2º.- Son beneficiarias de las políticas de fomento previstas por la presente ley, las personas físicas o jurídicas radicadas o que se radiquen en el Distrito, cuya actividad principal en el mismo se refiera a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).”

El hecho mencionado no es un dato menor, si se considera que involucra a prestadores de servicios de provisión de aplicaciones (ASP), servicios de capacitación a distancia (e-learning), servicios aplicados al comercio electrónico (e-commerce), servicios de marketing interactivo, edición y publicación electrónica de información, desarrollo de juegos interactivos, desarrollo de software aplicado a simulaciones, desarrollo, mantenimiento y actualización de portales web. Cada uno de estos servicios representa componentes de la cadena de formación profesional en un área como lo es el vinculado a las nuevas tecnologías de la información y comunicación. Cabe destacar los alcances que tiene esta medida gubernamental para comprender su impacto en la necesidad y oportunidad de la

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presentación del presente proyecto de postítulo debido a la marcada demanda social que implican sus lineamientos. La Ley 2972/08 prevé los beneficios para las empresas que realicen:

• Desarrollo y puesta a punto de productos de software originales, registrables como obra inédita o editada, elaborados en el país, o primera registración, en los términos de la Ley 11723/33 de Propiedad Intelectual y sus modificatorias.

• Implantación y puesta a punto a terceras personas sobre productos de software propios o creados por terceros, o de productos registrados.

• Desarrollo total o parcial de sistemas, módulos, rutinas, procedimientos, documentación y similares, destinados para uso propio o para ser provistos a terceros, siempre que se trate de desarrollos integrables o complementarios a productos de software registrables.

• Desarrollo de software a medida. • Prestación de servicios informáticos orientados a mejorar la

seguridad de equipos y redes, la confiabilidad de programas y sistemas de software, la calidad de los sistemas y datos, la administración de la información y el conocimiento en las organizaciones entre otros.

• Prestación de servicios informáticos vinculados a procesos de negocios, tanto para uso de terceros como para uso propio (Centro de Servicios Compartidos).

• Desarrollo de productos y servicios de software, existentes o que se creen en el futuro, que se apliquen efectivamente a actividades tales como e-learning, marketing interactivo, e-commerce, Servicio de Provisión de Aplicaciones (ASP), edición y publicación electrónica de información, y similares – siempre que se encuentren formando parte de una oferta informática integrada, y agreguen valor a la misma -, portales web.

• Servicios de diseño, codificación, implementación, mantenimiento, soporte a distancia, resolución de incidencias, conversión o traducción de lenguajes informáticos, adición de funciones, preparación de documentación para el usuario y garantía o asesoramiento de calidad de sistemas, productos de software.

• Desarrollo y puesta a punto de software embebido o insertado. • Producción de hardware, entendiéndose por tal la fabricación de

partes, piezas o componentes de equipos informáticos. • Actualización, perfeccionamiento y capacitación de docentes y

alumnos y alumnas del sistema educativo. Todas y cada una de las materias propuestas en nuestro proyecto, han sido consideradas para cubrir las demandas actuales y a las oportunidades futuras que se ponen en evidencia en varios párrafos que preceden.

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Desde el punto de vista pedagógico, la implementación del proyecto que se propone reafirma la característica dada por aspectos de formación que requieren de una actualización constante debido a la aparición de nuevos medios, así como los avances tecnológicos que demandan al sistema educativo, formar profesionales capaces de lograr la autonomía futura para acompañar los vertiginosos cambios que se producen a nivel de las NTICs y sus consecuencias sociales, culturales y específicamente de carácter laboral.

e) Cómo y con qué instrumentos se ha relevado la información

para su justificación El presente proyecto es respuesta a dos inquietudes observadas por la institución que reflejan el presente de los egresados de la carrera de Analista de Sistemas. En efecto, resultados del monitoreo de la última cohorte han arrojado datos muy reveladores acerca de los distintos intereses en continuar sus estudios que demuestran nuestros egresados de la carrera de Analista de Sistemas. Para ello se han utilizado encuestas telefónicas cuyos datos son muy elocuentes:

- Más de un 90% manifiestan interés en continuar sus estudios en Informática.

- De ellos, más del 80% afirma que optará por estudios universitarios en las diferentes ramas de la Informática.

- El resto puso de manifiesto su interés en obtener algún tipo de postítulo. Dentro de éste núcleo, las respuestas han sido esclarecedoras. Preguntados acerca del tipo de especialización, han manifestado:

a) 36% diseño y programación web. b) 32% diseño de videojuegos. c) 11% diseño multimedial. d) 8% automatización y redes. e) 5% diseño gráfico. f) 4% operación SAP. g) 2% redes y sistemas distribuidos. h) 2% no sabe/no contesta.

En segundo lugar, la institución investigó en los principales portales de búsqueda de empleo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuáles eran las salidas laborales más solicitadas en el Área de Informática. El resultado de dicho relevamiento dio los siguientes resultados:

• Nombre del portal de búsqueda empleo: Bumeran. Día: 5/7/13 Total de Avisos: 296

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Referencia de Búsqueda: Programadores y Diseñadores de Páginas y Sitios Web. Cantidad de avisos que cumplen la condición: 163 Porcentaje: 55%

• Nombre del portal de búsqueda empleo: Clarín Digital

Día: 8/7/13 Total de Avisos: 84 Referencia de Búsqueda: Programadores y Diseñadores de Páginas y Sitios Web. Cantidad de avisos que cumplen la condición: 44 Porcentaje: 52%

• Nombre del portal de búsqueda empleo: CompuTrabajo Día: 11/7/13 Total de Avisos: 331 Referencia de Búsqueda: Programadores y Diseñadores de Páginas y Sitios Web. Cantidad de avisos que cumplen la condición: 212 Porcentaje: 64%

El trabajo de investigación realizado por la institución ha llevado casi a la necesidad imperiosa de hacer frente a tal demanda abrumadora que surge de la permanente y creciente presencia de las tecnologías de la información y comunicación en los diversos ámbitos de la vida social, económica y laboral de las sociedades contemporáneas, lo que se traduce en una demanda ocupacional dirigida a la programación web y, como consecuencia de ello, la necesaria formación y capacitación de individuos que permitan satisfacerla. La presentación del presente proyecto de postítulo tiene, entonces, la necesidad de adecuarnos al tiempo que nos toca vivir que impone un continuo reciclaje de nuestros hábitos, así como aprender nuevos modos de relacionarnos y trabajar. Resolver este desafío pasa por dotar de significado a productos y servicios ofrecidos dotándolos de estructura y comprensión a escala humanizada.

5. Marco teórico general de la propuesta

La educación superior de carácter técnico en las últimas décadas ha manifestado a nivel internacional un desarrollo vertiginoso, en todas las regiones y países con una clara identificación de dos sectores diferenciados: el de las instituciones y carreras universitarias tradicionales por un lado, y un conjunto de instituciones y carreras que ofrecen formación de carácter superior, no universitario, por otro, especialmente en la formación técnico-profesional. Muchos fueron los factores que contribuyeron a éste marcado desarrollo, entre las cuales pueden mencionarse:

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• Los acelerados cambios en las demandas laborales, especialmente

en las áreas técnicas, que no fueron adecuadamente atendidos en su momento por la oferta existente. En efecto, las universidades no parecieron ser lo suficientemente flexibles para adaptarse a estos cambios, lo que llevó a la necesidad de contar con instituciones más ágiles y estrechamente ligadas al mundo de las nuevas tecnologías de la información, al desarrollo de la sociedad global, y la hiperconectividad, en la que aún no se da respuesta a un aspecto determinante para el mercado, la falta de preparación integral y capacitación profunda en el área informática de las aplicaciones móviles de un desarrollo y mutación vertiginosa comparable a los primeros años del surgimiento de la Web.

• La aparición de una variada y nueva clientela de alumnos tales como adultos re ingresantes a los sistemas educativos, aspirantes a cursos de capacitación y nivelación, etc.

• La necesidad de cursos más cortos y menos costosos.

• El requerimiento social más equitativo a la educación superior y,

consecuentemente, al mercado laboral.

• Las crecientes demandas de formación, provenientes de diversos sectores de la producción, originadas en el avance de nuevas tecnologías y del desarrollo industrial. Ellos aparecen y enfrentan la creciente dificultad de las instituciones tradicionales de formación superior, esto es, de las universidades, para responder a ambos procesos: absorber a los egresados del nivel secundario que ansían proseguir su formación en el sistema educativo y, al mismo tiempo, atender las demandas permanentemente renovadas y cada vez más específicas de los sectores productivos.

Los países desarrollados y algunos en vías de desarrollo, han adoptado políticas de transformación de la educación superior, especialmente en las áreas tecnológicas, en la organización misma de los sistemas educativos, en especial en el nivel de diseño e implementación de alternativas de corta duración, conducentes a certificaciones o capacitaciones profesionales de alto nivel y reconocidas socialmente, (Fuente: Documento de trabajo, Universidad de Belgrano, Nº 72. Área de estudio de nivel superior. Departamento de Investigación, Aspectos de la educación superior no universitaria. La formación técnico profesional: situación nacional y experiencias internacionales). Esta realidad se encuentra determinada por el contexto económico, político y social donde debe insertarse la formación profesional. Específicamente con referencia al proyecto que se presenta, cuenta con un perfil profesional que le atribuye capacidades para reconocer los

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alcances que involucran plataformas web, así como desarrollos interactivos dependientes de las mismas con pleno dominio de las distintas plataformas especiales aplicables a la comunicación multimedial transpolar los conocimientos generales en el campo del diseño general a la comunicación dirigida a distintos y cada vez más variados medios de comunicación, desarrollar proyectos integrales en los que confluyan aplicaciones en base a la interrelación entre tratamiento visual de la imagen, diseño, programación, edición de video y sonido, desarrollo web, que permitan dar respuestas a nuevas necesidades del mercado de la comunicación con los estándares planteados por el avance de la interacción a nivel internacional. De esta manera el objetivo es la formación de un profesional que pueda dar respuesta a las exigencias de un mercado que demanda amplio conocimiento práctico, ductilidad en la visualización de aplicaciones que intercomuniquen servicios y medios, con un alto contenido estético pero adecuado al destino comunicacional planteado. La especialización que se presenta intenta integrar las diferentes disciplinas que conforman la industria del diseño interactivo y la comunicación visual, sin perder de vista la evolución tecnológica de tercera y cuarta generación que indudablemente abre un marcado impulso para la conciliación rápida a las nuevas realidades de la virtualidad, de manera tal de alcanzar el justo equilibrio entre el logro profesional en su cuota de creatividad por un lado, y una solución a la demanda de un mercado ávido de profesionales que conozcan las distintas facetas de la producción industrial, de modo que el mismo resulte en una respuesta económica que mantenga el crecimiento sostenido de las variables de mercado capaces de asegurar la competitividad a través de un aspecto fundamental, el desarrollo de contenidos de máxima calidad y estándar internacional. Asumimos por lo tanto como propios los objetivos establecidos por la Ley de Educación Superior y la Ley de Educación Técnico Profesional al promover la formación de técnicos superiores con postítulos de especialización en un área cuya complejidad requiere la disposición de competencias profesionales que se desarrollan a través de procesos sistemáticos y prolongados de formación para generar capacidades profesionales, de manera que se contribuya al desarrollo integral de los alumnos proporcionándoles las condiciones para el crecimiento personal, laboral y comunitario, en el marco de una educación técnico profesional continua y permanente. Al mismo tiempo impulsamos el desarrollo de procesos sistemáticos de formación que articulen el estudio y el trabajo, la investigación y la producción, la complementación teórico-práctico en la formación, y la relacionada con el campo profesional específico, garantizando el acceso a una base de capacidades profesionales y saberes que permitan la inserción en el mundo del trabajo.

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6. Bibliografía específica

- Asch David, Photoshop Elements, Editorial Marcombo, Edición

2012, Buenos Aires, Argentina. - Barajas Fruto, M., Álvarez González B., La Tecnología

Educativa en la enseñanza superior, Editorial Mc Graw – Hill,

Edición 2003, México. - Benchimol Daniel, Postproducción integral, Editorial Fox Andina,

Edición 2012, Buenos Aires, Argentina. - Benchimol Daniel, Flash Creaciones de Sitios Web, Editorial Fox

Andina, Edición 2012, Buenos Aires, Argentina. - Benchimol Daniel, Sitios Web desde cero, Editorial Fox Andina,

Edición 2011, Buenos Aires, Argentina. - Blake O. J., Diseño Educativo, Editorial Macchi, Edición 2001,

Buenos Aires, Argentina. - Caballero Gustavo, diseño Web con HTML & CSS, Editorial Fox

Andina, Edición 2012, Buenos Aires, Argentina. - González Romano J., Cordero Valle J., Diseño de páginas Web

iniciación y referencia, Editorial Mc Graw – Hill, Nivel Principiante

– Intermedio, Edición 2004, México. - Kessler R., Marcelo H., Diseño Web, Editorial MP Ediciones,

Edición 2004, Buenos Aires, Argentina. - Lynch P., Horton S., Principios de diseño básicos para la

creación de sitios Web, Editorial Gustavo Gilli, Edición 2000,

España. - Lynch P., Manual de estilo Web, principios básicos para la

creación de sitios Web, Editorial Gustavo Gilli, Edición 2000,

España. - Maravall H., Reconocimiento de formas y visión artificial, Editorial

Addison – Wesley Iberoamericana, Edición 1994, Buenos Aires,

Argentina. - Mediactive, Aprender Retoques Fotográficos con Photoshop

CS6, Alfaomega Grupo Editor, Edición 2012, Buenos Aires,

Argentina.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

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- Mediactive, Aprender Illustrator CS5, Alfaomega Grupo Editor,

Edición 2011, Buenos Aires, Argentina. - Navarro Martin Alejandro, WordPress, Editorial Fox Andina,

Edición 2011, Buenos Aires, Argentina. - Pascual Francisco, Adobe Dreamweaver CS4, Editorial RA-MA,

Edición 2010, Buenos Aires, Argentina. - Pavón Puertas Jacobo, Creación de un portal con PHP y

MYSQL, Alfaomega Grupo Editor, Edición 2011, Buenos Aires,

Argentina. - Pipes Alan, Diseño de Sitios Web, Editorial Promopress, Edición

2011, Buenos Aires, Argentina. - Royo J., Diseño Digital, Editorial Paidós, Edición 2004, España.

Legislación de referencia:

- Profesional Nro. 26658. Nacional de Educación Nro.26.206.

- Ley de Educación Superior Nro. 24.521

- Ley de Educación Técnico Profesional Nro. 26.058

- Decreto Ley 144/08 – Validez Nacional de los Títulos

- Resolución del CFE Nro. 238/05 – Acuerdo Marco para la Educación Superior no Universitaria

- Resolución del CFE N261/06 – Homologación de Títulos Educación Técnico Profesional.

- Resolución del CFE Nro. 13/08- Títulos y Certificados de la Educación Técnico Profesional.

- Resolución del CFE Nro. 14/07 – Lineamientos, Méritos y Criterios para la Organización Institucional Curricular de la Educación Técnico Profesional.

- Resolución del CFE Nro. 47/08 – Lineamientos y Criterios para la Organización Institucional y Curricular de la Educación Técnico Profesional.

- Resolución del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nro. 734/10.

- Resolución M.E. Nro. 1019/09 Extensión de la Validez Nacional de los Títulos Nacionales.

- Resolución Nro. 1120 /MEGC/2010.

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- Resolución Nro. 2792 /MEGC/2010.

- Resolución Nro. 3116 / MEGC / 2010.

7. Diseño curricular a) Denominación del plan de estudios: Especialización Técnica de

Nivel Superior en Diseño de Páginas Web.

b) Título que otorga: Especialista en Diseño de Páginas Web.

c) Características generales.

c1. Nivel: Superior.

c2. Modalidad: Presencial.

c3. Familia: Sistemas.

d) Duración en horas cátedra y en horas reloj:

d.1. En horas reloj: 416

d.2. En horas cátedra: 624

d.3. En años de estudio: 1 (uno)

e) Condiciones de ingreso: Analista de Sistemas, Analistas Programadores, Técnico en Desarrollo de Software, Técnico Superior en Programación, Técnico Superior en Informática, y en general, técnicos, licenciados e ingenieros provenientes de las Ciencias Informáticas y Computación.

f) Perfil del egresado:

El egresado se caracterizará por el dominio de competencias para:

• Elaborar desarrollos destinados a sitios Web que incluyen imágenes, hipertextos, sonidos, videos, efectos visuales y animaciones tridimensionales sobre la base de guiones estructurados e interactivos.

• Seleccionar y manejar los lenguajes artístico-comunicacionales y los recursos tecnológicos involucrados en el desarrollo de sitios Web.

• Coordinar, supervisar, planificar y diseñar proyectos integrales vinculados a las comunicaciones audio y a las campañas publicitarias dirigidas a la interacción a través de redes y telefonía móvil.

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• Seleccionar y organizar los recursos humanos, materiales y técnicos involucrados en el desarrollo y administración de sitios Web.

• Desarrollar proyectos creativos que respondan a las necesidades de comunicación visual de particulares, empresas y organizaciones; desempeñarse en forma independiente o en equipos de trabajo en estudios de diseño, agencias de publicidad, editoriales, departamentos de arte y empresas basadas o usuarias de Internet.

g) Alcances:

El entorno actual de las empresas en las áreas de sistemas es cada vez más vertiginoso. Por ello, surge la necesidad de una figura profesional que gestione la concreción de los resultados a través de la aplicación de un proceso metódico cuando se intenta la construcción de sitios web: el Especialista en Diseño de Páginas Web. Dicho profesional se verá obligado a coordinar y mantener un control sobre el desarrollo de los proyectos web pudiendo así entender la diversidad de competencias involucradas y las distintas etapas de un proyecto para cumplir con las metas establecidas. Para ello, el presente proyecto que se presenta está diseñado sobre la base tres áreas pedagógicas bien diferenciadas:

a. Diseño. Se proyecta como el soporte epistemológico en lo

referente a la resignificación del rol hegemónico de la visualización en función de su empleo como vehículo para una organización eficaz de la información, destinada a comunicar redes de datos diversos en campos disímiles de aplicación. Se expone el desarrollo de una propuesta educativa orientada a promover procesos de pensamiento que accionen en el punto neurálgico de este nuevo ámbito operativo: el diseño conceptual de la información. Para ello se propone dos ejes diferenciados, el diseño gráfico y el diseño web. Tiene como objetivos:

i. Aprender a percibir una imagen y reconocer su lenguaje. ii. Identificar los elementos morfológicos de la imagen. iii. Verificar la función expresiva de los signos básicos en la

composición. iv. Valorar el diseño ergonómico en la realización de la interfaz

de usuario. v. Arquitectura de sitios web: la visión y la misión, análisis de

requerimientos, anteproyecto, estructura, organización del espacio, diseño de entrada, planificación, supervisión y usabilidad.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

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b. Programación. Constituye el marco de referencia en donde la web se desarrolla. Se comienza realizando una introducción en programación orientada al diseño de páginas web, que consiste en definir, valorar y manipular el lenguaje HTML. A continuación, nos detendremos con mayor profundidad en la presentación de cada uno de los lenguajes que tenemos a nuestra disposición para construir páginas web, enmarcadas en el ámbito donde se ejecutan: cliente o servidor.

c. Práctica en taller. Se trata de abordar los conocimientos a partir de las nuevas habilidades adquiridas involucrando al estudiante para realizar trabajos de campo finales. Estos se llevarán a cabo mediante prueba de hipótesis, de alimentación de modelos teóricos o de simple obtención de datos específicos para responder a necesidades concretas. Se llevará a cabo sobre el terreno en donde se darán los hechos. Con la ayuda del docente, el alumno deberá planificar detalladamente su trabajo para la recolección de información y puesta en marcha del trabajo en sí mismo. El alumno desarrollará una actividad técnica profesional de lo aprendido bajo condiciones que simulen el nivel de exigencia profesional con una carga horaria total de 46 horas para Proyecto de Diseño Web estático de las cuales 14 se destinan a tutoría y 32 a elaboración autónoma; mientras que en el caso de Proyecto de Diseño Web dinámico tiene una carga horaria total de 128 horas, de las cuales 32 se destinan a tutorías y 96 a elaboración autónoma.

De ésta forma, nuestra institución proveerá a sus egresados de una sólida base de conocimientos y habilidades relacionadas con la elaboración de proyectos de páginas web en un corto período de tiempo. La Especialización Técnica de Nivel Superior en Diseño de Páginas Web habilita al egresado para desempeñar las siguientes funciones: diseñar y programar sitios web, colaborar en la planificación y coordinación de proyectos de desarrollo de páginas web; evaluar y recomendar software de base y hardware necesario para el desarrollo de sitios web y asistir en las auditorias de los sistemas de información que involucren entorno de diseño web. Los ámbitos de desempeño son: organizaciones, bancos y entidades financieras, empresas comerciales y de comercialización, industrias y consultoras.

h) Finalidades y objetivos:

h.1 Finalidad del plan

El presente plan tiene como objetivo brindar al alumnado la capacitación teórica, estética, técnica y práctica que le permita:

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1. Investigar, coordinar, planificar, diseñar y producir aplicaciones interactivas destinadas a sitios Web.

2. Comunicar ideas, informaciones e imágenes que identifiquen y agreguen valor a productos y/o mensajes mediante el conocimiento y uso de los lenguajes artístico-comunicacionales y la producción técnico-asistida orientadas a las comunicaciones globales a través de redes o interacción con aplicaciones de telefonía móvil.

3. Dominar las tecnologías informáticas como recursos aplicados a la administración de portales, al diseño de sitios Web y a la gestión y administración de servidores y redes.

4. Comprender el plano del discurso, las audiencias y los consumidores de los mensajes globales destinados a clientes o usuarios Web.

5. Manejar herramientas de comunicación masiva.

6. Conformar un gusto estético a partir de criterios de selección, desarrollar una actitud reflexiva y crítica ante los mensajes de comunicación social, y la responsabilidad existente.

7. Desempeñar actitudes éticas y profesionales en el campo de las comunicaciones orientadas a Internet y redes sociales que abarca las áreas de: publicidad, diseño editorial a través de libros electrónicos, videos digitales y efectos especiales, animaciones en tres dimensiones, sitios y páginas en redes de información internacionales.

h.2 Objetivos

El proyecto ofrece:

a. A los alumnos, la posibilidad de acceder a una sólida formación estético-creativa simultánea a la capacitación técnica.

b. A la comunidad local, la formación de profesionales en el área de las comunicaciones a través de sitios Web interactivos y redes sociales, así como su gestión y administración, que respondan a las necesidades de una demanda laboral creciente.

c. Al Sistema Educativo, una nueva alternativa de formación técnica facilitando procesos de comunicación Web.

i) Organizadores curriculares

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 37

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DENOMINACION DE LAS UNIDADES

CURRICULARES

Tipo de Unidad

Curricular y

Duración

Hor

as c

áted

ras

DO

CE

NTE

HORAS ALUMNO

Tipo

de

unid

ad

curri

c.

(*)

Dur

ació

n

Hor

as

Cla

se

Sem

anal

Trab

ajo

de

Cam

po

Trab

ajo

Aut

ónom

o

Hor

as

Cát

edra

To

tal

1.1 Software para Internet I M 16 64 4 8 72

1.2 Fundamentos del Diseño Gráfico M 16 64 4 8 72

1.3 Multimedia para Internet M 16 64 4 8 72

1.4 Proyecto de Sitio Web estático T 16 32 2 32 64

2.1 Software para Internet II M 16 64 4 8 72

2.2 Diseño Multimedial M 16 64 4 8 72

2.3 Diseño Interactivo M 16 64 4 8 72

2.4 Proyecto de Sitio Web dinámico T 16 32 2 96 128

Total Carga Horaria 448 28 128 48 624 (*) M: Materia; T: Taller

j) Secuencia de Implementación de los espacios curriculares

Primer Cuatrimestre

DENOMINACION DE LAS UNIDADES

CURRICULARES

Tipo de Unidad

Curricular y

Duración

Hor

as c

áted

ras

DO

CE

NTE

HORAS ALUMNO

Tipo

de

unid

ad

curri

c.

(*)

Dur

ació

n

Hor

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Cla

se

Sem

anal

Trab

ajo

de

Cam

po

Trab

ajo

Aut

ónom

o

Hor

as

Cát

edra

To

tal

1.1 Software para Internet I M 16 64 4 8 72

1.2 Fundamentos del Diseño Gráfico M 16 64 4 8 72

1.3 Multimedia para Internet M 16 64 4 8 72

1.4 Proyecto de Sitio Web estático T 16 32 2 32 64

Total Carga Horaria Primer Cuatrimestre 224 14 32 24 280

(*) M: Materia; T: Taller

Segundo Cuatrimestre

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 38

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DENOMINACION DE LAS UNIDADES

CURRICULARES

Tipo de Unidad

Curricular y

Duración

Hor

as c

áted

ras

DO

CE

NTE

HORAS ALUMNO

Tipo

de

unid

ad

curri

c.

(*)

Dur

ació

n

Hor

as

Cla

se

Sem

anal

Trab

ajo

de

Cam

po

Trab

ajo

Aut

ónom

o

Hor

as

Cát

edra

To

tal

2.1 Software para Internet II M 16 64 4 8 72

2.2 Diseño Multimedial M 16 64 4 8 72

2.3 Diseño Interactivo M 16 64 4 8 72

2.4 Proyecto de Sitio Web dinámico T 16 32 2 96 128

Total Carga Horaria Primer Cuatrimestre 224 14 96 24 344

(*) M: Materia; T: Taller

k) Descripción de los espacios curriculares 1.1 Software para Internet I

Objetivos:

Que el alumno logre:

- Conocer y aplicar técnicas de programación básicas de la programación en red, en particular en la web.

- Ampliar los conceptos fundamentales sobre las técnicas y tecnologías que permiten la creación de páginas web.

- Configurar el panel preferencias de acuerdo al tipo de trabajo a realizar.

- Crear y configurar un sitio web en local. - Conocer la Interfaz de trabajo de Dreamweaver, la disposición de

paneles y barras de herramientas. - Simplificar y optimizar cualquier proceso relacionado con la

presentación de una web. - Disponer y acceder de forma rápida a los recursos del sitio web. - Facilitar la creación de scripts para comportamientos. - Simplificar la reutilización de cualquier fragmento de código, y su

inserción correcta en el documento web. - Estructurar el código de una web conforme a los estándares actuales

basados en xml. - Conocer la sintaxis y hacer un uso correcto de los principales

elementos del lenguaje de marcas utilizado.

Contenidos mínimos: - Introducción a HTML.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 39

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23

- Estructura de una página. - El texto. - Hiperenlaces. - Diseño y usabilidad. - Maquetación web. - Menús, tablas y marcos - Imágenes. - Formularios. - Multimedia. - Capas. - Conceptos básicos de Dreamweaver CS5. - El entorno de Dreamweaver CS5. - Configurar un sitio local. - El texto: propiedades y formato. - Hiperenlaces. - Imágenes. - Tablas. - Marcos. - Formularios. - Multimedia. - Las plantillas. - HTML desde Dreamweaver. - Comportamientos. - Comportamientos avanzados.

Trabajo Autónomo:

El alumno dispondrá de 8 horas para desarrollar y evaluar críticamente actividades prácticas propuestas por el docente para profundizar los temas específicos de cada unidad. Estas actividades pueden contener:

a) Redacción de informes, valoración de un programa. b) Resolución de trabajos prácticos. c) Elaborar y realizar una entrevista. d) Organizar un sitio web. e) Argumentar opiniones críticas sobre sitios web. f) Programar sitios web.

La aprobación de las actividades es condición para el examen final de la asignatura. 1.2 Fundamentos del Diseño Gráfico

Objetivos:

Que el alumno logre:

- Dominar los principios básicos e intermedios, técnicas y herramientas del programa Adobe Photoshop, optimizando el uso y el manejo de la fotografía digital en el medio donde se desarrollen.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 40

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- Desarrollar facilidad tecnológica de la computadora a nuestro servicio, como herramienta tanto de Diseño, como de Ilustración, facilitando así el desarrollo personal del estudiante.

- Proporcionar al estudiante las herramientas básicas y técnicas intermedias del programa, dándole a conocer la importancia del curso, desarrollando la creatividad y estilo propio por medio de la experimentación.

Contenidos mínimos: - Introducción a Photoshop CS5. - El entorno de Photoshop CS5. - Las herramientas de pintura y edición. - Las herramientas de borrado. - Las capas. - Selecciones. - Formas y texto.

Trabajo Autónomo:

El alumno dispondrá de 8 horas para desarrollar y evaluar críticamente actividades prácticas propuestas por el docente para profundizar los temas específicos de cada unidad. Estas actividades pueden contener:

a) Resolución de trabajos prácticos. b) Búsqueda de información y documentación. c) Redacción de informes, valoración de un programa.

La aprobación de las actividades es condición para el examen final de la asignatura.

1.3 Multimedia para Internet

Objetivos:

Que el alumno logre:

- Crear animaciones interactivas dirigidas a las páginas web o a otros proyectos multimedia.

- Conocer técnicas de remodelado de líneas y modelos de dibujo existentes que influyen en cómo se combinarán los dibujos creados.

- Interpretar el concepto de trazo de un objeto y su edición.

Contenidos mínimos: - Introducción a Flash Professional CS5. - Entorno. Sonidos. Objetos. - Capas. Símbolos. - Gráficos. - Clips de películas. - Botones - Administración de movimiento.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 41

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- Efectos y animaciones. - Generar y publicar películas swf.

Trabajo Autónomo:

El alumno dispondrá de 8 horas para desarrollar y evaluar críticamente actividades prácticas propuestas por el docente para profundizar los temas específicos de cada unidad. Estas actividades pueden contener:

a) Crear y desarrollar nuevas ideas en un entorno gráfico. b) Búsqueda de información y documentación. c) Redacción de informes, valoración de un programa. d) Resolución de trabajos prácticos.

La aprobación de las actividades es condición para el examen final de la asignatura.

1.4 Proyecto de Sitio Web estático

Objetivos:

Que el alumno logre:

- Desarrollar una página o sitio web que realice una descripción detallada de una organización con el objeto de informar a sus clientes de sus productos y su perfil de empresa.

Trabajo de Campo:

El alumno dispondrá de 32 horas para la realización de un sitio web estático. Para ello deberá realizar un Web Quest, Blog o bitácora, Currículo Vitae o bien una Web informativa de acuerdo a las condiciones y sugerencias realizadas por el docente.

La aprobación del trabajo de campo condición para el examen final de la asignatura.

2.1 Software para Internet II

Objetivos:

Que el alumno logre:

- Interpretar los principales selectores y reglas de estilo que especifican la presentación de cada elemento de la web.

- Conocer otros factores que determinan la presentación del contenido, como son la herencia y el contexto en el que se sitúa su elemento correspondiente.

- Adquirir el modo óptimo de trabajar con Dreamweaver para aplicar y editar reglas de estilo.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 42

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- Maquetar una web identificando y marcando correctamente cada una de sus partes principales, así como los elementos que contienen, controlando mediante CSS la posición y el comportamiento visual del contenido en distintos dispositivos.

- Aprovechar el potencial de algunas herramientas Dreamweaver para

gestionar el contenido de varios archivos de forma automatizada.

- Conocer las principales tareas de configuración y gestión de sitios, tanto para trabajar con un servidor remoto, como para operaciones de web dinámica en local.

- Operar con el panel resultados para obtener información sobre

múltiples aspectos del estado de nuestros documentos a nivel parcial, o de todo el sitio.

Contenidos mínimos: - Estilos CSS avanzados. - Diseño de página. Maquetación web. - Sitios remotos. - Servidor de pruebas. - Páginas dinámicas. - Creación de blog. - XML y RSS - Acceso a datos con Spry. - AJAX y Spry. Framework. - Spry y Formularios. - Controles Spry avanzados.

Trabajo Autónomo:

El alumno dispondrá de 8 horas para desarrollar y evaluar críticamente actividades prácticas propuestas por el docente para profundizar los temas específicos de cada unidad. Estas actividades pueden contener:

a) Redacción de informes, valoración de un programa. b) Resolución de trabajos prácticos. c) Elaborar y realizar una entrevista. d) Organizar un sitio web. e) Argumentar opiniones críticas sobre sitios web. f) Programar sitios web.

La aprobación de las actividades es condición para el examen final de la asignatura. 2.2 Diseño Multimedial

Objetivos:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 43

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Que el alumno logre:

- Conocer y desarrollar ediciones de imágenes, piezas gráficas, ilustraciones y montajes fotográficos en el programa Photoshop, utilizando en forma eficiente técnicas de dibujo, pintura y corrección de color, junto con filtros y efectos para gráficos, fotos y textos, entendiendo la metodología para integrarlos en forma óptima.

- Optimizar imágenes para sitios web y presentaciones multimedia, entendiendo la exportación de formatos digitales en Photoshop para imprenta o impresión de diseños gráficos, manejando herramientas de productividad y entendiendo la integración de Photoshop con otras aplicaciones.

Contenidos mínimos: - Edición avanzada de capas. - Fotografía digital. - Impresión de imágenes. - Fotografía digital avanzada. - Creación de imágenes sintéticas. - Opciones adicionales. - Los trazados. - Las instrucciones.

Trabajo Autónomo:

El alumno dispondrá de 8 horas para desarrollar y evaluar críticamente actividades prácticas propuestas por el docente para profundizar los temas específicos de cada unidad. Estas actividades pueden contener:

a) Resolución de trabajos prácticos. b) Modificar, revisar y editar proyectos. c) Trabajar en equipo para elaborar diseños.

La aprobación de las actividades es condición para el examen final de la asignatura. 2.3 Diseño Interactivo Objetivos:

Que el alumno logre:

- Manipular con fluidez las técnicas básicas para trabajar con los dibujos de una película del programa ActionScript.

- Utilizar la línea de tiempo para organizar el contenido de una película. - Interprete el proceso que se sigue tras finalizar el diseño de una

película para publicarla en un formato adecuado y poderla incluir en las páginas web, además de la manera de exportarla a otros formatos para otras finalidades.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 44

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Contenidos mínimos: - Introducción a ActionScript. - Navegación. - Formularios. - Filtros. - Videos. Juegos interactivos. - Animaciones avanzadas.

Trabajo Autónomo:

El alumno dispondrá de 8 horas para desarrollar y evaluar críticamente actividades prácticas propuestas por el docente para profundizar los temas específicos de cada unidad. Estas actividades pueden contener:

a) Resolución de trabajos prácticos. b) Modificar, revisar y editar proyectos. c) Trabajar en equipo para elaborar diseños.

La aprobación de las actividades es condición para el examen final de la asignatura. 2.4 Proyecto de Sitio Web dinámico

Objetivos:

Que el alumno logre:

- Desarrollar una página web dinámica que contenga aplicaciones dentro de la propia web, otorgando mayor interactividad con el navegante. Ejemplos de aplicaciones dinámicas son encuestas y votaciones, foros de soporte, libros de visita, envío de e-mails inteligentes, reserva de productos, pedidos on-line, atención al cliente personalizada, etc.

Trabajo de Campo:

El alumno dispondrá de 96 horas para la realización de un sitio web dinámico. Para ello deberá diseñar un sitio que incluya: encuestas y votaciones, foros de soporte, libros de visita, envío de e-mails inteligentes, reserva de productos, pedidos on-line, atención al cliente personalizada, etc. de acuerdo a las condiciones y sugerencias realizadas por el docente.

La aprobación del trabajo de campo condición para el examen final de la asignatura. l) Régimen académico

- Régimen de asistencia:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 45

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Conforme al régimen cuatrimestral y reglamentación vigente (Disposición DGEGP Nº 377/96), el régimen de cursada obligatoria será de tres veces por semana y con una duración de cuatro horas cátedra por día con una asistencia del 75% a las clases. Las materias que corresponden al área Formación Práctica en Taller:

Proyecto de Sitio Web estático. Proyecto de Sitio Web dinámico.

tendrán un sistema optativo de asistencia. En el primer caso, será de una hora por semana y en el segundo, de dos horas por semana. La finalidad será la de poder realizar consultas al docente sobre las evolución de los trabajos de campo respectivos.

- Régimen de regularidad

Para conservar la condición de regular, el alumno deberá cumplir el 75 % de asistencias sobre las horas de clase dictadas por materia. Reincorporación: si el alumno quedase libre por inasistencias no deberá dejar de asistir a clase, puesto que mediante un examen de reincorporación, en caso de ser aprobado, se lo habilitará para poder rendir el examen final, si correspondiere. Para poder rendir el examen de reincorporación se debe cumplir con el 40 % de asistencia sobre el total de horas de clase dictadas. Si la reincorporación fuese reprobada, entonces se deberá recursar la materia.

- Régimen de correlatividades Para rendir examen final de: Deberá tener aprobada: Cód. Asignatura Cód. Asignatura

2.1 Software para Internet II 1.1 Software para Internet I

2.2 Diseño Multimedial 1.2 Fundamentos del Diseño Gráfico

2.3 Diseño Interactivo 1.3 Multimedia para Internet

2.4 Proyecto de Sitio Web dinámico 1.4 Proyecto de Sitio Web estático

Las correlatividades están regidas por:

- El alumno que haya cumplimentado los requisitos de inscripción podrá cursar los espacios curriculares correspondientes a la carrera.

- Las disciplinas podrán cursarse y aprobarse mediante un régimen de regularidad que incluye la acreditación de las evaluaciones parciales, trabajos prácticos, autónomos y de campo (según corresponda) obligatorios y la evaluación final individual. Podrán acceder a la evaluación final los alumnos que concluyan el cursado de los espacios con la condición de alumnos regulares.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 46

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- Los alumnos podrán cursar la correlativa de una asignatura que adeudan su aprobación pero no podrá rendir los exámenes correspondientes a su aprobación definitiva si antes no aprobaron la cursada anterior.

- Para las equivalencias se respetara la normativa jurisdiccional vigente, como así también las emanadas del Consejo Federal de Educación.

- Régimen de evaluación

Los talleres de Proyecto de Sitio Web estático y Proyecto de Sitio Web dinámico tienen un único régimen de evaluación la presentación de los trabajos de campo. Estos trabajos de campo consisten en una aproximación teórico – práctica de un recorte de la realidad. Su objetivo es realizar la recolección y el análisis de la información que contribuya a ampliar y profundizar el conocimiento teórico y dar nuevos sentidos a los conceptos. El campo es el recorte de lo real que se desea conocer. No queda reducido a fenómenos observables, abarca también los problemas y las relaciones entre los aspectos específicos que se quieren profundizar. El tipo de problemas que se propongan procurará contribuir a que los alumnos construyan una actitud interrogativa y articulen el tratamiento conceptual de los aspectos de la realidad con referentes empíricos relevados en terreno. Para éstos dos espacios curriculares se incluyen las consignas para la realización y evaluación de dicha actividad. La elaboración de informes y producciones académicas realizadas en esta modalidad se constituyen en requisito para la aprobación de la asignatura. El resto de las asignaturas tendrá dos exámenes parciales y un examen final. Para acceder a la evaluación final, de cada espacio curricular, el alumno deberá tener aprobadas dos evaluaciones parciales obligatorias y los trabajos autónomos. Dichos parciales se distribuyen a lo largo del desarrollo de la asignatura y sus instrumentos para recepcionar estas evaluaciones pueden consistir en:

- Pruebas objetivas.

- Ejercicios prácticos.

- Estudio y resolución de casos.

- Elaboración de esquemas, mapas, redes conceptuales,

- Trabajos integradores,

- Cuestionarios.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 47

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A los efectos de la promoción, la escala de calificación es numérica de 1 a 10, y la nota final será igual a la de la evaluación final, requiriéndose para aprobar cada espacio curricular un mínimo de 4 (cuatro) puntos. En cada evaluación parcial obligatoria, el alumno tiene derecho a una recuperación dentro del cronograma establecido por la institución y que el alumno recibe al inicio de las actividades académicas.

- Obligatoriedad/optatividad de los espacios curriculares

Como se mencionó anteriormente todos los espacios son de asistencia obligatoria salvo los que corresponden al Área de Taller: Proyecto de Sitio Web Estático y Proyecto de Sitio Web Dinámico que tienen una asistencia optativa.

8. Antecedentes académicos

a) Del Director de Proyecto Nombre y Apellido: Oscar Ricardo Malfitano Cayuela Titulación: Lic. en Administración FCEUBA

Magíster en Planeamiento Estratégico FCEUBA Antecedentes de desempeño en el nivel correspondiente Antecedentes en la conducción, supervisión y evaluación de proyectos. Evaluador de CONEAU desde 1998. EX Director de Carrera de Administración FCE UNIVERSIDAD DE MORON durante 15 años hasta 2002. Ex Director de Carrera de Comercialización FCE UNIVERSIDAD DE MORN durante 10 años hasta 2002. Profesor por Concurso de FCEUBA en asignaturas Administración General, Planeamiento Estratégico, Dirección General, Estructura de los organizaciones desde 1978 a la fecha. Profesor por Concurso en la FCE UNIVERSIDAD DE MORON en las asignaturas Administración de la Comercialización, Servicio al Cliente, Seminario de Dirección de Comercialización. Conferencista internacional en temas de su especialidad. Director de Alta Gerencia. Portal dedicado en temas de administración, marketing y estrategia. Miembro de Organización Latinoamericana de Administración – OLA – panelista invitado para México, Brasil, Perú, Bolivia, Ecuador, Paraguay, República Dominicana, Uruguay. Ex DIRECTOR de SLADE, Sociedad Latinoamericana de Estrategia: Panelista Invitado en Congresos de SLADE para Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, México, Perú, Uruguay.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 48

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Autor de los libros:

• Recreando Empresas; • Recreando la Administración, una visión

latinoamericana • Neuromarketing; para recrear la confianza con los

clientes • Planeamiento Estratégico para pymes • Administración Latinoamericana • Liderazgo Femenino o Compartido. • Del Director de Proyecto

b) Perfil que se requerirá a los docentes

El cuerpo docente que será designado para llevar adelante el proyecto está conformado por:

o Técnicos en comunicación multimedial. o Diseñadores multimediales. o Programadores. o Diseñadores gráficos. o Diseñadores y Administradores de Sitios Web. o Licenciados en Sistemas.

Todos ellos con experiencia profesional equivalente a un título de nivel superior y con una experiencia en desempeño docente de nivel superior comprobable fehacientemente.

9. Condiciones operativas a) Infraestructura edilicia

La estructura edilicia de cuatro plantas, cuenta con las siguientes instalaciones:

- Gabinete de Informática. - Aulas teóricas. - Aulas de práctica. - Salas de edición. - Biblioteca. - Rectoría. - Dirección de Estudios. - Secretaría. - Bedelía. - Sala de Profesores. - Sala de Reuniones. - Dependencias de servicio técnico. - Dependencias pedagógicas. - Dependencias administrativas.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 49

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33

- Dependencias de archivos. - Sala de Máquinas. - Dependencias de Mantenimiento. - Sanitarios para damas y caballeros en dos plantas. - Sanitarios privados. - Sala de auditorio. - Buffet.

b) Equipamiento

- Gabinete de Informática:

o Computadoras de última generación en red con clave de acceso personalizada.

o Grabadoras de CDs t DVD en todas las computadoras. o Placas capturadoras de video. o Proyectores y pantallas de video. o Equipos de audio.

- Sala de edición:

o Computadoras de última generación. o Placas digitales de entrada y salida. o Videograbadoras. o Videoeditores. o Monitores. o Proyectores. o Televisores. o Cámaras fotográficas.

- Acceso a los materiales de trabajo:

o Acceso on line permanente a Internet durante el dictado de las asignaturas (enlace dedicado).

o Acceso on line permanente a la carpeta de trabajos. o Website de la institución. o Consultas vía Intranet/extranet para alumnos y docentes. o Hosting propio. o Servicio técnico permanente. o Biblioteca digital.

- Requerimientos accesorios para la práctica de los saberes

adquiridos: o Sala de Práctica. o Biblioteca. o Videoteca. o Website d la institución. o Casilla de correo personal para los alumnos y los docentes.

c) Organización de los procesos administrativos.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 50

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34

El instituto, a los efectos de la implementación del presente proyecto, deberá ajustar su funcionamiento administrativo a todo lo dispuesto por el “Reglamento Orgánico de los Institutos Técnicos de Educación Superior”, aprobado por Disposición Nº 377/DGEGP/96. La rectoría y la secretaría del instituto tienen a su cargo los siguientes procesos administrativos: difusión del postítulo, matriculación de alumnos, designación de docentes, constatación de las actividades académicas desarrolladas, registro de las calificaciones y la promoción de los alumnos, emisión de títulos y certificados. Los procesos de planeamiento académico, desarrollo de las actividades programadas, así como la utilización de la infraestructura y el equipamiento didáctico disponible, están bajo la responsabilidad del rector, la dirección de estudios y del cuerpo docente.

10. Criterios para la evaluación del proyecto

10.1 Cumplimiento de los objetivos del plan. 10.2 Dimensión alumnos: 10.2.1. Indicadores.

• Número de alumnos al comenzar el curso. • Porcentaje de egresados en relación con los inscriptos en

primer año. • Porcentaje de egresados en el tiempo establecido en el

plan con relación con los inscriptos en primero. • Porcentaje de alumnos que aprobaron cada asignatura en

el año de la cursada. • Principales causas de deserción. • Principales causas de atraso en los estudios.

10.2.2. Fuentes de información: Documentación en los legajos de los alumnos, registros, libro de entrevistas, actas de reuniones. 10.2.3. Instrumentos de evaluación: cuestionarios, escalas de valoración/ponderación, listas de control/es. 10.2.4. Técnicas de recolección de datos: observación, encuestas, entrevistas, trinagulación.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 51

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35

10.3. Dimensión docentes:

10.3.1. Indicadores

• Porcentaje con título docente. • Porcentaje con título profesional de carreras afines. • Porcentaje de docentes que acrediten antecedentes

académicos. • Porcentaje de docentes que dan cumplimiento a acciones

de perfeccionamiento, capacitación y/o • Porcentaje de docentes que cumplimentan las acciones

requeridas por la institución. 10.3.2. Fuentes de información: Documentación archivada en los legajos de los docentes, registros de reuniones. 10.3.3. Instrumentos de evaluación: cuestionarios, escalas de valoración/ponderación, listas de control/es. 10.3.4. Técnicas de recolección de datos: encuestas, entrevistas.

10.4. Dimensión egresados:

10.4.1. Indicadores en relación con las demandas del mercado laboral:

• Porcentaje de egresados que se insertaron en el mercado laboral dentro de su especialidad.

• Porcentaje de egresados que se insertaron en el mercado laboral en áreas afines.

• Porcentaje de egresados que se insertaron en el mercado laboral en tareas no vinculadas con la carrera.

• Porcentaje de egresados que no se insertaron en el mercado laboral.

10.4.2. Fuentes de información: fichas de seguimiento del desempeño en el campo laboral, registros de entrevistas a especialistas del área y empresario.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 148-SSGECP/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 52

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Anexo “I” de la Resolución Nº

MINISTERIO DE MODERNIZACION

DESIGNACIONES

APELLIDO/NOMBRE/DNI/ CUIL

PARTIDA FUNCION

A PARTIR DEL: 1 DE MAYO DE 2014

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos

Dirección General Planeamiento de Carreras

Nenninger, Mónica D.N.I. 20.202.267 CUIL. 27-20202267-2

6801.1200.P.A.01.0270.201 Abogada.-

A PARTIR DEL: 26 DE MAYO DE 2014

Dirección General de Capital Humano

Biscaglia María Laura D.N.I. 21.731.882 CUIL. 27-21731882-9

6020.0130.P.A.01.0270.207 Contadora Pública.-

A PARTIR DEL: 1 DE JUNIO DE 2014

Subsecretaría de Gestión de Proyectos de Modernización

Dirección General Modernización Administrativa

Dorado, Gerardo D.N.I. 17.507.901 CUIL. 20-17507901-8

2120.0000.P.A.01.0270.201 Abogado.-

PÁGINA Nº 1/2

//.-

Anexo “I” de la Resolución Nº

MINISTERIO DE MODERNIZACION

DESIGNACIONES

APELLIDO/NOMBRE/DNI/ CUIL

PARTIDA FUNCION

A PARTIR DEL: 2 DE JULIO DE 2014

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos

Dirección General Auditoría y Control Operativo

Ayala, Guillermo David D.N.I. 33.087.408 CUIL. 20-33087408-3

6801.1500.P.A.01.0270.201 Abogado.-

PÁGINA Nº 2/2

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 369-MMGC/14

FIN DEL ANEXO

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 53

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A ~ Agencia GubernamentalG e de Control.

INFORME DE CIERRE DE GESTIONLey N° 70 - Artículo 25

UNIDAD DE COORDINACION GENERALAGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROLMINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDADGOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

FUNCIONARIO SALIENTE:DR. ANDRÉS EDUARDO HONER

PERÍODO DE GESTIÓN:01 DE JUNIO DE 2013 AL 28 DE ABRIL DE 2014

FECHA DE ELABORACION:

22 DE MAYO DE 2014

G Buenos Aires Ciudad

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 54

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INTRODUCCION

En concordancia a lo dispuesto por la RESOL-2014-237-AGC, y atentolo estipulado en el Artículo 25 de la Ley N° 70, habiéndose producido el ceseen el ejercicio de las funciones del Dr. Andrés Eduardo Honer al frente de laUnidad de Coordinación General de la Agencia Gubernamental de Control delGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se procede a elaborar elpresente Informe de Cierre de Gestión.

El mismo considerará las principales actividades y proyectosdesarrollados desde la fecha de designación en el cargo el día 01 de Junio de2013, hasta el cese de actividades como funcionario del área el día 28 de Abrilde 2014, comprendiendo por lo tanto un período de 10 meses de gestión.

A partir de una descripción de las principales responsabilidades del área,se abordarán los hitos que caracterizaron los principales objetivos de gestión,indicando cuáles de ellos se han convertido en acciones de ejecución continua,estandarizando por tanto su cumplimiento independientemente de lascaracterísticas propias de quien gestione la Unidad, habiéndose convertido enproductos distintivos de la misma.

Al describir cada actividad, se desarrollara una breve reseña de lamisma, quedando todos los documentos respaldatorios en los sistemas de laUnidad para un mayor abundamiento.

Finalmente, se plasmarán comentarios particulares en cuanto a losproyectos en etapa inicial de ejecución.

Or. Andrés Eduardo Hóner(Período 01/06/2013 - 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 55

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7{. ~ Agencia Gubernamenta'G e de Control.

1. LA UNIDAD DE COORDINACION GENERAL (UCG)

A. Labor sustantiva del Organismo

La Unidad posee como principales misiones y funciones, el participar enla elaboración del Plan Estratégico Anual (PEA) y el Plan Operativo Anual(POA) de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), acorde loslineamientos emanados de la Dirección Ejecutiva, y entendiendo en todoaquello relacionado con su actualización, seguimiento y evaluación.

Asimismo, propone, registra y realiza el monitoreo de los indicadores deGestión de la AGC, debiendo subministrar a las máximas autoridadesinformación relevante y fidedigna para la mejor toma de decisiones.

Por otro lado, posee la misión de formular y coordinar la implementaciónde los proyectos de modernización que contribuyan a la unificación de criteriosy la mejora de resultados en materia inspectiva y administrativa, que demandenla intervención articulada de diversas áreas.

La ejecución de las precitadas misiones y funciones es llevada a cabo através de la Gerencia Operativa de Planificación Estratégica y Evaluación deGestión, y la Gerencia Operativa de Modernización y Desarrollo.

B. Diagnóstico

Al inicio del desempeño como responsable del área, la misma seencontraba en un proceso de transición y adaptación a las nuevas funcionesemanadas de las recientes modificaciones de la estructura orgánico funcionalde la AGC a partir de la vigencia de la Resolución W 66/AGC-2013.

Con anterioridad a la mencionada norma, la Unidad se encontrabaorgánicamente como parte de la línea de conducción de las DireccionesGenerales del Organismo, importando ello una relación jerárquica directa, y elcorrespondiente desarrollo de actividades y programas vinculados de formadirecta con cada una de las áreas ejecutivas, que debían reportar losresultados de sus respectivas gestiones a la Coordinación General, teniendoesta última, una estrecha vinculación con los lineamientos de gestión de lasmismas.

Con la modificación orgánico-funcional, el trabajo de línea fuereemplazado por una lógica de articulación y transversalidad. El área dejó detener injerencia directa y jerárquica para con las restantes DireccionesGenerales, para constituirse en un órgano de gestión estratégica, abocada alos proyectos de mejora y el monitoreo de gestión por sobre el seguimientocotidiano de las labores diarias de las demás áreas del Organismo.

Asimismo, la Coordinación de Cooperación Institucional, queanteriormente se encontraba bajo su órbita, pasó a depender directamente de

Dr. Andrés Eduardo Hóner(Período 01/06/2013 - 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 56

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A ~ Agencia GubernamentalG e de Control.

la Dirección Ejecutiva, abandonando por tanto su rol de articulación conOrganizaciones de la Sociedad Civil y otros Organismos Gubernamentales,para centrarse en el desarrollo interno de los planes de gestión estratégica yoperativa.

B.1 Estado de situación internaPlanificación Estratégica y Evaluación de Gestión

GO de

Al momento de la designación al frente de la UCG, la Gerencia seencontraba transitando el proceso de concurso del cargo, contando con unequipo de 4 colaboradores con vasta experiencia en la ejecución de las tareaspropias del área, y un arraigado sentido de grupo.

La particularidad en el desarrollo de las funciones, importaba unalógica de trabajo reactiva, según los requerimientos generales propios de ladinámica de la AGC en lo relativo a la Planificación Estratégica (PEA) yOperativa (POA).

Las principales transformaciones vinculadas con la GO se centraron enlos siguientes puntos:

1.Consolidación del equipo de trabajo

o

o

Definición de roles y dinámicas

Ampliación de la capacidad de gestión

2.Transformación de reactivo a proactivo

o Generación de informes sobre la evOlución del POA yPEA destinados a los Directores Generales involucrados, laJefatura de Gabinete y la Dirección Ejecutiva;

o Seguimiento interno del Tablero de Control a fin dedetectar retrasos y ajustar prioridades;

o Asistencia a las áreas internas en el armado de losproyectos correspondientes a la Planificación Estratégica;

o Ampliación del marco informativo destinado a brindarinformación a las autoridades de la AGC.

B.2.Modernización v Calidad

Estado de situación interna - GO de

Al momento de la designación al frente de la UCG, la Gerencia seencontraba acéfala, tanto respecto a la posición de Gerencia como al equipo detrabajo de la misma, no existiendo proyecto alguno en etapa de ejecución.

Dr. Andrés Eduardo Honer(Período 01/06/2013 - 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 57

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Las principales transformaciones vinculadas con la GO se centraron en lossiguientes puntos:

1.Conformación del equipo (importó la incorporación al área de colaboradorescon conocimiento general del funcionamiento de la Agencia)

o Nombramiento del Gerente interino e impulso de laapertura del concurso público para ocupar el cargo.

o Armado del equipo en base a la búsqueda de perfilesinternos de carácter generalista

2.Think tanko Constituirse como el área generadora de las propuestas

transversales de la AGC

o Desarrollar planes tendientes a transparentar, agilizar ymodernizar la gestión

C.Propuesta de Gestión.

El objetivo final propuesto al frente del área radicó en que la UCGpueda consolidarse en su rol de Seguimiento de Gestión y ControlOperativo, asi como constituirse en fuente de Proyectos Transversales a laAgencia Gubernamental de Control, y Proyectos Focalizados en lasDirecciones Generales, a partir de la detección de falencias en los procesos, oposibilidades de mejora en los rendimientos, teniendo como visión lograr laagilización, transparencia, profeslonallzaclón y articulación en el trabajo,tendiendo a generar un mejor servicio tanto hacia el interior de la Agencia comopara con los vecino de la Ciudad.

2. PROYECTOS Y ACTIVIDADES DESARROLLADAS

Seguidamente se expondrá un breve desarrollo relacionado a los proyectosgestionados por el área en el período en cuestión.

2.1 Manual de Gestión de Crisis

Diagnóstico

La AGC contaba desde el año 2010 con un Manual para la Gestión deCrisis, que con el transcurso del tiempo no habia sido revisado ni actualizadode forma tal que el mismo acompañara la evolución propia de la Agencia. ElManual, constituia un protocolo de respuesta ante situaciones criticas, sin

Dr. AndrésEduardoHóner(Período01/06/2013- 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 58

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A ~ Agencia Gubernamenta'G e de Control.

haber desarrollado en todo su potencial el circuito interno de información,necesitando receptar los cambios orgánicos de estructura.

Actividades Desarrolladas

Se inició un proceso de revisión general del Manual a los fines de que elmismo pueda constituirse como un Protocolo de Actuación a los fines deidentificar las situaciones detonantes para la convocatoria de un Comité deCrisis, la distribución de responsabilidades a su interior, y el conjunto deactividades vinculadas con la Gestión de Crisis en la AGC.

Esta tarea implico principalmente trabajar sobre los siguientes aspectos:

1) Reemplazar el Plan de Intervención Comunicacional por el Plan de Acción,basado en el análisis de información.

2) Modificar las etapas del proceso y los roles de los miembros, a fin deadecuarlos al nuevo Plan de Acción.

3) Incorporar nuevos roles de apoyo operativos e informativos diferenciados delos roles principales.

4) Incorporar de nuevos actores, receptando las modificaciones de estructura

5) Corregir el estilo en la redacción del Manual.

6) Redistribuir el Manual entre todos los actores intervinientes

2.2 Misiones y Funciones superpuestas Unidad de Coordinación General(UCG) - Unidad de Auditarla Interna (UAI)

Diagnóstico

Las reformas resultantes de la Resolución W 66-AGC/2013, trajeronconsigo una redistribución de las tareas entre las distintas Unidades de la AGC.

Dentro de las competencias propias de la Unidad de Auditoría Interna seencontraba la gestión de los procesos de Normas de Calidad de la Agencia.Asimismo, la UCG poseía competencias vinculadas a los mismos fines, quedebían ser ejecutadas a través de la Gerencia Operativa de Modernización yCalidad. La superposición de los roles, atentaba contra el principio deceleridad, economía, y unificación de tareas.

Actividades Desarrolladas

Se propuso y llevó adelante un plan de rectificación normativa queresultó en el dictado de la RESOL-2013-330-AGC a partír de la cual sereadecuaron los procesos de gestíón de Calidad a partir de la necesidad de no

Dr. Andrés Eduardo Honer(Período 01/06/2013 - 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 59

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A ~ Agencia Gubernamenta'G e de Control.

interferir con las competencias de la Unidad de Auditoría Interna (UAI) en todolo referente a gestión de calidad, requisitos de calidad y certificación de calidad,normas ISO, y al solo efecto de evitar que dos áreas de la AGC ejecuten sutrabajo en forma concurrente en igualo similar materia.

En efecto, la modificación normativa importó optimizar, profundizar yfortalecer los criterios de coordinación, eficiencia funcional y organizativa parael desempeño de las funciones y el alcance de los objetivos yresponsabilidades primarias de dichas Unidades.

2.3. Plan de Mejora vinculado con la Incorporación de tecnología(Inspecciones Digitales Móviles) a las Auditorias Integrales Programadas

Diagnóstico

Toda nueva modalidad de trabajo implica un impacto en los sistemas,procesos y personas, que necesitan ser analizados para poder optimizar el usode los recursos, superar posibles inconvenientes y brindar un mejor servicio alciudadano.

Las Auditorías Integrales Programadas, se encontraban en plena etapade incorporación de tecnología al servicio del acto inspectivo, trayendo consigola necesidad de monitorear el rendimiento de un nuevo proceso con vocaciónde expandirse a las restantes Direcciones Generales.

. Actividades Desarrolladas

En razón de la importancia del proyecto de Auditorias IntegralesProgramadas (AIP), la Unidad de Coordinación General participó en lasinspecciones que la Dirección General de Fiscalización y Control realiza en lamodalidad de fiscalización integral a los fines de evaluar la utilización de"tablets" en los actos inspectivos, y de programación operativa.

De las diversas incursiones, resultó el Informe AIP - 10M donde sedescribe el funcionamiento del sistema, se informa sobre sus actualesinconvenientes funcionales, y se brinda sugerencias para la implementación demejoras.

A la fecha del presente informe, se han incorporado al proceso lasmejoras planteadas, habiéndose reducido significativamente los erroresdetectados inicialmente.

2.4 Conflicto de Competencias entre la Dirección General de Fiscalizacióny Control y la Dirección General Legal y Técnica en el marco de laResolución N° 66-AGC/2013

Diagnóstico

Dr. Andrés Eduardo Honer(Período 01/06/2013 - 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 60

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A~GC Agencia Gubernamenta'de Control.

La Resolución 66-AGC/2013 modificó la estructura orgánica funcionaldel organismo disolviendo, creando y transfiriendo áreas en procura de mayorefectividad y eficiencia en la prestación de las labores inherentes a cada una enparticular, y de las responsabilidades de la AGC en general.

Entre las modificaciones estructurales, se procedió disolver las áreasjurídicas de la Direcciones Generales inspectivas y crear una GerenciaOperativa de Dictámenes dentro de la Dirección General Legal y Técnica.

En efecto, la modificación tuvo por finalidad unificar criterios respecto delas Direcciones inspectivas, asegurar el cumplimiento de los principios deceleridad, economía, sencillez y eficacia, y aunar los principios que respaldenlos actos administrativos a dictarse por cada Dirección General Inspectiva de laAGC promoviendo los controles por oposición.

Sin embargo, como lógica y atendible consecuencia de todo proceso decambio, se constató que en Dirección General de Fiscalización y Control(DGFYC), a pesar de la disolución de lo que fuera su área de Asuntos Jurídicos(Res. 171/AGC/2011), aún se encontraba cumpliendo competencias de dichaárea ya disuelta. Esto, debido a que tales competencias, no estarían del todocontempladas en la nueva estructura orgánica funcional de la AGC creada porla Resolución 66/AGC/2013 lo que aparejaba que, por criterio deresponsabilidad, DGFYC aún continuara cumpliendo con las mismas, a pesarde que tales cumplimientos trajeran aparejadas disfunciones operativasrespecto de competencias propias del área .

. Actividades Desarrolladas

La UCG generó una mesa de intercambio entre ambas Direccionesinvolucradas, donde DGFYC fue representada por la G.O. de Administración yGestión Operativa, y DGLYT por la G.O. de Dictámenes, a fin de elevar uninforme que disponga el mecanismo para definir el marco de ejecución dedeterminadas competencias entre dichas Direcciones.

Finalmente, se formuló una propuesta consistente en que las gerenciasmencionadas dividan las competencias de acuerdo con un criterio de legalidadque permita que todo aquello que requiera un análisis jurídico sea tratado por laG.O. de Dictámenes y lo que requiera una gestión administrativa u operativasubsista dentro de la G.O. de Administración y Gestión Operativa.

La aplicación de los nuevos circuitos administrativos importó la mejora deprocesos de ejecución continua vinculados al despacho de trámites aparejandouna mejora en los cumplimientos de los plazos de gestión y la reducción destock por actuaciones pendientes de resolución.

Dr. Andrés Eduardo Hóner(Período 01/06/2013 - 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 61

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A ~ Agencia GubernamentalG e de Control.

2.5 Publicación "Evolución de las habilitaciones comerciales en la Ciudadde Buenos Aires" (Actividad en ejecución)

Diagnóstico

La actividad comercial en la Ciudad de Buenos Aires ha ido mutando apartir de la creación de diferentes polos vinculados a las Industrias Creativas, laInnovación, el Diseño, la Producción, la Gastronómica, entre otros.

El dinamismo propio de las grandes urbes implica que el desarrollo deciertas áreas traen consigo la anexión de actividades comerciales previamenteinexistentes en determinadas zonas, que acompañan el crecimiento y latransformación del tejido urbano,

Durante la última década, se han consolidado proyectos de desarrollourbano e inclusión en barrios con bajos índices de actividad comercial, quefueron convirtiéndose en receptores de una nueva oferta cultural, gastronómicay de servicios, transformando la realidad de los vecinos de la zona.

Actividades Desarrolladas

A partir de la realidad previamente detallada, se propuso la elaboraciónde un Informe que permita plasmar el dinamismo de la actividad comercial de laCiudad de Buenos Aires en la última década, centrándonos principalmente engenerar un producto que permita abordar parcela por parcela, barrio por barrioy distrito por distrito la concentración geográfica de las habilitacionescomerciales, llegando a definir los siguientes parámetros:

1) Cantidad de habilitaciones otorgadas totales por año2) Cantidad de habilitaciones otorgadas por grandes rubros por año3) Cantidad de habilitaciones otorgadas por zona por año4) Cantidad de habilitaciones otorgadas por rubro por zona por año

Con los datos obtenidos se prevé llevar adelante las siguientes tareas:(pendientes a la fecha de cierre de esta gestión)

1) Georreferenciación de los resultados2) Análisis de rubros comerciales más solicitados en los diversos períodos3) Análisis de los rubros comerciales que sufrieron grandes variaciones

positivas o negativas en cuanto a cantidad de locales vinculados a losmismos

4) Detección de concentraciones de rubros en polos o distritos5) Generación del panorama comparativo entre el inicio y el final de la

década6) Publicación de los resultados y conclusiones

Dr. Andrés Eduardo Hóner(Período 01/06/2013 - 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 62

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Agencia Gubernamenta'de Control.

2.6. Diseño y rediseño de Informes vinculados a la gestión y destinados alos Directores Generales, Jefatura de Gabinete y Dirección Ejecutiva

Diagnóstico

Se detectó la existencia de importantes caudales de información decarácter estratégico y operativo, que por razones de capacidad y recursos noestaba siendo analizada y aprovechada por las distintas Direcciones Generalesde forma tal de poder tomar las medidas correctivas necesarias, o potenciar las

acciones exitosas.

Se consideró necesario la conformación de un equipo de trabajodestinado al análisis de información y generación de informes de monitoreodestinados a los diversos actores internos con capacidad de decisión.

Actividades Realizadas

A partir de lo detallado previamente comenzaron a diseñarse y circularselos siguientes Informes:

• Informe mensual general: Se implementó la elaboración de un informemensual con datos sobre las principales actividades de todas las áreas de laAGC: Fiscalizaciones, Habilitaciones, Auditorias Integrales Programadas,Gestión de Denuncias, Disponibilidad de Recursos Humanos, Presupuestodevengado, etc, de forma de actuar como resumen ejecutivo mensual. Almismo se le incorporaron noticias vinculadas a proyectos que en el mes encuestión merecían especial tratamiento. De esta forma a todas las autoridadescon rango de Director General y superiores, se les eleva informaciónactualizada de la realidad de la AGC mes a mes.

• Informe mensual de habilitaciones con y sin plano: en el marco de laimplementación de modificaciones en el proceso de obtención de estos tipos dehabilitaciones, se mejoró y rediseño el informe de habilitaciones, incluyendoentre otras cosas los cambios por la implementación de la mesa única deentradas y atención al público.

• Informe Bimestral de auditorías integrales programadas: Se proyectó laelaboración de un informe bimestral para monitorear los resultados de avancede esta nueva metodología inspectiva. En los mismos se incluyen datoscorrespondientes a la totalidad de las fiscalizaciones con la nueva modalidad,

Dr. Andrés Eduardo Hóner(Período 01/06/2013 - 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 63

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Agencia Gubernamenta'de Control.

su evolución temporal, acumulados por rubro total y bimestral, análisis deresultados y principales motivos de faltas, y análisis comparativo entreresultados de inspecciones tradicionales y las AIP.

• Informe trimestral de cumplimiento del Plan Operativo Anual (POA): Serediseño el informe de cumplimiento de las metas de operativas de la agencia,haciéndolo de mas fácil lectura, y se lo distribuyó entre directores generales yautoridades máximas de la AGC para que sea utilizado como herramienta degestión.

• Informe Bimestral de cumplimiento del Plan Estratégico Anual (PEA): Serediseño el informe, se pasó de una elevación trimestral a una bimestral, deforma tal de poder llevar adelante las correcciones necesarias con mayorpremura y celeridad.

• Informe en materia de obras civiles: Se realizó un informe sobre obras en laciudad de Buenos Aires, precisando información sobre el crecimiento de laactividad constructiva, la normativa vinculada, los cambios en el procesoinspectivo de obras en los últimos años, y un estudio comparativo con otrasciudades de similares caracteristicas a la CABA

• Informes Anuales: Se realizaron y elevaron a todas las Direcciones, Unidadesde Coordinación, Jefatura de Gabiete y Dirección Ejecutiva, los informes finalespor área de gestión relativos al cumplimiento del POA y estado de ejecución delPEA, realizando un exhaustivo análisis respecto de su consecución y desvíos.

2.7 Mejoras en los procesos y las variables del Plan Operativo y el PlanEstratégico Anual 2014

A. Planificación POA 2014: Se incluyeron nuevos indicadores en el POA,relacionados con:

a. Gestión interna de denuncias;b. Plazos de demora en las fiscalizaciones de Obras: yc. Disponibilidad de planchetas en habilitaciones simples con plano

de más de 100 m2.

Se unificó la programación de las metas, llevando a todas las áreas arelevamientos trimestrales.

B. Planificación PEA 2014: Se asistió técnicamente a las áreas para ladefinición de los proyectos estratégicos, generando un circuito de trabajoque permitió contar con una Resolución aprobatoria del PEA el30/01/2014, siendo ésta la vez en que antes se dispuso de tal actoadministrativo.

Or. Andrés Eduardo Honer(Período 01/06/2013 - 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 64

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A [::3 Agencia Gubernamenta'G e de Control.

2.8. Incorporación de la AGC al Sistema de Evaluación V Monitoreo deGestión (SEMG)

Diagnóstico

El SEMG es una herramienta de gestión que permite realizar elseguimiento de los objetivos y actividades de todas las jurisdicciones delGCBA. Dicha herramienta es una iniciativa de la Subsecretaría dePlaneamiento y Control de Gestión, de la que la AGC no participaba.

Actividades Realizadas

A fin de incluir a la AGC en dicha iniciativa, se definieron los productos yservicios principales dirigidos a los ciudadanos o clientes internos(intergubernamentales) de todas las Direcciones Generales, consensuandojunto a las mismas los estándares de calidad a alcanzar durante 2014 entérmino del tiempo promedio de demora en el logro de tales productos oservicios. Dichos estándares de calidad fueron incluidos por la mencionadaSubsecretaría en la Carta Compromiso que incorpora los estándaresproyectados por la Ciudad para los públicos precitados.

2.9. Sistema de Interdicciones Vigentes (S.I.V.)

Diagnóstico

En la actualidad, la Ciudad no cuenta con un sistema de información deinterdicciones vigentes que refleje, en forma inmediata, actualizada,centralizada, confiable, detallada y certificada si, sobre una actividad comercialhabilitada o no, recae una clausura administrativa, judicial o cualquier otramedida de interdicción.

Los sistemas son múltiples y no se encuentran plenamente vinculados.Surge entonces, la necesidad de contar con un sistema único y centralizadoque refleje la información inherente a las acciones de fiscalización, prevencióny control.

Actividades Realizadas

Se propone y presenta un proyecto de sistema unlCO,centralizado yvirtual de interdicciones vigentes para que, como herramienta para elmejoramiento del ejercicio de la fiscalización, el control y la prevención, sepueda fortalecer el proceso de toma de decisiones por parte de todos losorganismos que tienen competencia en el territorio de la Ciudad Autónoma deBuenos en materia de faltas, contravenciones y delitos. Se incorpora el mismoal Plan Estratégico Anual 2014. (Se encuentra en etapa de desarrollo)

Dr. Andrés Eduardo Hóner(Período 01/06/2013 - 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

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A ~ Agencia Gubernamenta'G e de Control.

Los pilares fundamentales del proyecto se asientan en la gestión unificada dela información referente a:

1. Las medidas de interdicción vigentes que, ordenadas en ejercicio delpoder de policía, han decidido diversos organismos de la Ciudad. Estoincluye clausuras preventivas de locales, establecimientos y actividadescomerciales, también se incluiría las paralizaciones de obras.

2. Las clausuras por sanción que hubieren sido ordenadas en ejercicio dela actividad jurisdiccional administrativa de la Ciudad.

3. Las medidas de interdicción vigentes que, asimismo, fueron ordenadaspor el Poder Judicial de la Nación o de la Ciudad en relación a locales,establecimientos y actividades comerciales de la Ciudad. Esto previoacuerdo de implementación con dichos poderes.

4. La revocación de habilitaciones ordenadas en la Ciudad en las que elacto de revocación se encuentre firme.

5. El cambio y la modificación en el estado de las mencionadasinterdicciones tales como levantamientos de clausuras, levantamientosprovisorios de clausuras, fin de dichas interdicciones por cumplimientode plazos o condiciones, etc.

2.10. Servicio de Comedor en la AGC

Diagnóstico

Actualmente existe un espacio dentro de la sede de la AGC que, aunqueen ciertas circunstancias es utilizado por el personal del organismo en horariode almuerzo, no posee las condiciones necesarias para constituirse en uncomedor.

Los numerosos colaboradores del Organismo, que congrega un promediode 1.800 personas, no poseen un espacio confortable, acondicionado, yequipado, donde poder dirigirse durante el periodo de almuerzo.

Actividades Realizadas

Se elevo a la Unidad de Coordinación Administrativa (UCA) un proyectoque contemplaba la redefinición de usos del sector destinado a comedor, y unplan de obra de readecuación edilicia, evaluando diversas posibilidades degestión gastronómica a fin de ofrecerle a los empleados un servicio de comedorinterno, con el objetivo de:

a) Mejorar el ambiente laboral, otorgándole al empleado mejoresprestaciones en el propio lugar de trabajo

b) Crear un servicio seguro, dinámico y eficienteOr. Andrés Eduardo Hóner

(Período 01/06/2013 - 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

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Agencia Gubernamentalde Control.

c) Mejorar el rendimiento del personal en virtud de la prestación que sepropone.

d) Generar un nuevo espacio de encuentro e intercambio en un ámbito dedistención.

-- --• ----• -- --• -- ---- ==)--)/,

El presente proyecto se encuentra en etapa de análisis por parte de la UCA

2.11. Certificación Norma ISO 9001 - UCG

Diagnóstico

Desde el año 2012, la AGC se encontraba en pleno proceso decertificación de normas de calidad. La Unidad de Coordinación General nohabía obtenido la certificación al momento del inicio de la presente gestión.

Actividades Realizadas

Se procedió a iniciar el proceso de certificación de la Gerencia Operativade Modernización y Calidad, y la Gerencia Operativa de PlanificaciónEstratégica y Evaluación de Control. De acuerdo con la norma, se estableció unsistema de trabajo que evidencia cada acción que desarrolle el área,identificando cada proyecto de acuerdo con roles de cada responsable y líderdel mismo. Asimismo, se identificaron las etapas para el seguimiento delproyecto.

Los proyectos del área, a partir de la certificación, se encauzaron dentrode los procedimientos de norma ISO 9001.

Dr. Andrés Eduardo Hóner(Período 01/0612013 - 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

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Agencia Gubernamenta'de Control.

2.12. Reforma Ley N" 451

Diagnóstico

Ante la necesidad de actualización de la Ley N" 451"Código de Faltas",la AGC, debía presentar por ante las autoridades del Ministerio de Justicia ySeguridad su propuesta de reforma a los fines de ser elevada a laconsideración del Señor Jefe de Gobierno.

Actividades Desarrolladas

La Unidad de Coordinación General en conjunto con la GerenciaOperativa de Enlace de Faltas Especiales, lideraron los equipos técnicos quese avocaron a presentar la propuesta de reforma respecto de las materias decompetencia de la Agencia Gubernamental de Control en relación con elCódigo de Faltas. Las propuestas posteriormente fueron receptadas por la LeyW 4.811 sancionada en enero del presente año.-

El abordaje importó el elevar el a consideración reformas vinculadas conlos Artículos: 4.4.1 (Ausencia de Habilitación), 6.1.36 bis (tránsito),1.1.1(Alimentos en Infracción), 1.1.5 (Higiene y Aseo), 1.1.6 (DocumentaciónSanitaria). 1,1,10 (Depósito inapropiado de mercaderías). 2,2,1 (Permiso yPlanos de Obra), 2.2.2 (Falsedad de Datos), 2.2.3 (Obra no autorizada), 4.1.1.1(Ausencia de Registro), 4.1.1.2 (Habilitación en infracción y/o desvirtuación derubro). 4.1.1.3 (Registro en Infracción), 9.1.1 (Obstrucción de Inspección), y Art.60 (Ejecución de la sentencia)

2.13 Articulación Agencia Gubernamental de Control - Dirección Generalde Administración de Infracciones

Diagnóstico

Por Ley W 4340 se dispuso transferir las "responsabilidades primarias,objetivos, acciones, patrimonio, presupuesto y recursos humanos con susrespectivos niveles y grados escalafonarios" de la la Unidad Administrativa deAtención de Faltas Especiales de la Ciudad (UAAFE), a la Dirección General deAdministración de Infracciones de la Subsecretaria de Justicia (DGAI),disolviendo la Dirección General de Control de Faltas Especiales.

La UAAFE tenía por objeto sancionar todas aquellas infraccionesprevistas en el Régimen de Faltas (L.ey W 451) sujetas al poder de policía de laCiudad.

Actividades Realizadas

Se generó una mesa de articulación entre la AGC, representada por laUCG y la CEFE, y la DGAI, en donde se trataron diversos temas decoordianción interorganismos, resultando en una relación más fluida y en la

Dr. Andrés Eduardo I-1óner(Período 01/06/2013 - 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

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A~GC Agencia Gubernamenta'de Control.

unificación de criterios de actuación en el procedimiento de faltas.

Entre los principales temas abordados se encontraron:

• Flujo de información que la DGAI brinda a la AGC respecto a lasclausuras y levantamientos de clausuras

• Coordinar del traspaso de documentación de las UAAFE en poderde laAGC.

~I

Dr. Andrés Eduardo Honer(Período 01106/2013 - 28/04/2014)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 341-AGC/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 69

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LICITACION PUBLICA Tipo:

MGEYA EXP 4239250/2014 Actuado:

PLIEGO SIN VALOR Costo del pliego:

ETAPA UNICA 2014 Ejercicio: 795 Nro

LEY Nº 2.095 ART. 31º Encuadre legal:

PROCEDIMIENTO DE SELECCION

Salud Rubro comercial:

Lugar/Dirección Plazo y Horario

PRESENTACION DE OFERTAS

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD AV. DE MAYO 575 CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

De lunes a viernes 09:00 a 17:00 hs.

Lugar/Dirección Día y Hora

ACTO DE APERTURA

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD AV. DE MAYO 575 CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

16 de Junio de 2014 a las 11:00 horas

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Nombre del organismo contratante

Recepción de Ofertas hasta el 16 de Junio de 2014 a las 10:00 horas

Objeto de la contratacion: Adquisición de Inmunomoduladores y Antineoplásicos con destino a los Hospitales y Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Lugar/Dirección Día y Hora

CONSULTA DE PLIEGOS

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD AV. DE MAYO 575 CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 hs.

Lugar/Dirección Día y Hora

VENTA DE PLIEGOS

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD AV. DE MAYO 575 CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

www.buenosaires.gob.ar -hacienda-compras y contrataciones-licitaciones y compras-consultas de compras y contrataciones.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 58-UCAS/14

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Índice

Pliego de Bases y Condiciones Particulares

Artículo 1.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Artículo 2.- MONTO Artículo 3.- CONSULTA Y ADQUISICIÓN DEL PLIEGO Artículo 4.- LUGAR, DÍA Y HORA DE APERTURA DE OFERTAS Artículo 5.- PLAZOS Artículo 6.- COMUNICACIONES AL ORGANISMO LICITANTE Artículo 7.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES Artículo 8.- COMPETENCIA JUDICIAL Artículo 9.- DE LOS OFERENTES Artículo 10.- PRESENTACIÓN DE MUESTRAS Artículo 11.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Artículo 12.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE Artículo 13.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES Artículo 14.- UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS Artículo 15.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES Artículo 16.- MANTENIMIENTO DE OFERTA Artículo 17.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Artículo 18.- GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Artículo 19.- ANUNCIOS Artículo 20.- APERTURA DE OFERTAS Artículo 21.- RECHAZO Artículo 22.- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA Artículo 23.- ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN

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Artículo 24.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Artículo 25.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Artículo 26.- IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN Artículo 27.- ADJUDICACIÓN Artículo 28.- RECURSOS Artículo 29.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Artículo 30.- PLAZO DE ENTREGA Artículo 31.- LUGAR Y FORMA DE RECEPCIÓN DE INSUMOS Artículo 32.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA ENTREGA Artículo 33.- MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA Artículo 34.- FACTURACIÓN Y PLAZO DE PAGO Artículo 35.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO Artículo 36.- PENALIDADES Artículo 37.-PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA –

DESISTIMIENTO DE OFERTAS Artículo 38.-PÉRDIDA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO –

INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA Artículo 39.- MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS Artículo 40.- SANCIONES Artículo 41.-RESCISIÓN DEL CONTRATO POR CULPA DEL COCONTRATANTE.

CAUSALES Artículo 42.- RESCISIÓN TOTAL O PARCIAL Artículo 43.- FALSEAMIENTO DE DATOS

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Pliego de Bases y Condiciones Particulares Artículo 1.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama a Licitación Pública para la Adquisición de Inmunomoduladores y Antineoplásicos con destino a los Hospitales y Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2.- MONTO: El monto de la presente contratación se estima en la suma de PESOS SIETE MILLONES CIENTO DOCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON 24/100 ($ 7.112.380.24). Artículo 3.- CONSULTA Y ADQUISICIÓN DEL PLIEGO: Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en www.buenosaires.gob.ar – Hacienda – Compras y Contrataciones – Licitaciones y Compras – Consultas de Compras y Contrataciones. El presente pliego se suministra en forma gratuita. No se entregarán los mismos en soporte papel. Las cotizaciones deberán presentarse en base a lo publicado en la mencionada página. Las consultas se realizan ante la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud hasta tres (3) días previos a la fecha establecida para la apertura de las ofertas. A los efectos del cómputo del citado plazo no se tendrá en cuenta el día de apertura de las ofertas. El organismo licitante podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al presente Pliego de oficio o como respuesta a consultas. Toda circular con o sin consulta que emita el organismo licitante se publicará por este mismo medio. Asimismo los interesados podrán consultar, exclusivamente, sobre la normativa aplicable a la Mesa de Consulta (4323-9778) de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 13:00 hs. y de 14:00 a 16:00 hs. Artículo 4.- LUGAR, DÍA Y HORA DE APERTURA DE OFERTAS: La Apertura de Ofertas se realizará en la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud, sita en Av. de Mayo 575, entre piso, Of. 17, el día y hora fijada para la misma. Artículo 5.- PLAZOS: Los plazos establecidos en este Pliego deberán entenderse en días hábiles, salvo mención expresa de días corridos, conforme lo estipulado en el artículo 80 de la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764 y el Decreto Nº 95/GCBA/14. Subsidiariamente, será de aplicación la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/GCBA/97 ratificado por Resolución Nº 41/LCABA/98). Artículo 6.- COMUNICACIONES AL ORGANISMO LICITANTE: Todos los trámites y presentaciones referidos al presente deberán dirigirse a la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sita en Av. de Mayo 575 Oficina 14 PB. Éstas y todas las notificaciones serán válidas cuando se efectúen por medio fehaciente en el domicilio precitado, salvo las notificaciones judiciales, que para tener validez deberán estar dirigidas a Uruguay 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06. Se considerarán medios fehacientes las comunicaciones efectuadas por acceso directo o presentación espontánea de la parte interesada, cédula, oficio, carta documento, telegrama, de acuerdo a lo establecido en el art. 61 del DNU Nº 1510/GCBA/97, aprobado por Resolución 41/LCABA/98.

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Artículo 7.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES: Se considerará domicilio legal del oferente, el domicilio que constituya en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de la presente Licitación Pública. En caso de no hacerlo, se tomará como domicilio del oferente aquél que hubiera declarado en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego de Bases y Condiciones Generales). Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. El nuevo domicilio deberá ser constituido dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El GCABA constituye domicilio en Av. de Mayo 575 –Entre Piso – Oficina 17, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay Nº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06. Artículo 8.- COMPETENCIA JUDICIAL: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (art. 7° del Pliego de Condiciones Generales). Artículo 9.- DE LOS OFERENTES: Podrán presentarse a esta Licitación las Personas Físicas o Jurídicas, que en forma individual, conjunta o asociada reúnan las condiciones que se exigen y que no se encontraren comprendidas en las prohibiciones e inhabilidades que se mencionan en el presente. Artículo 10.- PRESENTACIÓN DE MUESTRAS: Las muestras deben ser presentadas en Av. de Mayo 575, PB, Oficina 14, hasta el momento fijado para la iniciación de la apertura de ofertas. Artículo 11.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS: La presente licitación se efectuará mediante etapa única. Las Ofertas se deberán presentar en sobre común o con membrete del oferente, indistintamente, o en caja o paquete si son voluminosas, perfectamente cerrados, por duplicado la oferta económica y póliza de caución, y se admiten hasta una hora antes del día y hora fijados para la apertura del acto y deben contener en su cubierta la indicación de la contratación a que corresponde, el día y hora de apertura, de acuerdo a la siguiente leyenda:

“GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES LICITACIÓN PÚBLICA Nº 795/SIGAF/2014.

ADQUISICIÓN DE INMUNOMODULADORES Y ANTINEOPLÁSICOS CON DESTINO A LOS HOSPITALES Y CENTROS DE SALUD DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE SALUD DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES RUBRO 7210 – SALUD

DÍA Y HORA DE LA APERTURA”

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Las ofertas originales deben estar firmadas en todas sus fojas por el oferente o su Representante Legal. Las enmiendas y raspaduras en partes esenciales de la oferta deben ser debidamente salvadas por el oferente. A cada oferta debe acompañarse la constancia de la constitución de la garantía y/o presentación de muestras, cuando correspondiere. Para que las ofertas sean consideradas válidas, los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores) o haber iniciado el trámite, en el rubro – 7210 Salud – 102 – Productos Farmacéuticos y Biológicos, caso contrario las Ofertas no serán consideradas en los respectivos renglones. Artículo 12.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE: Para concurrir como oferentes a la presente licitación deberán reunirse los siguientes requisitos: a) Personas físicas. b) Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la Legislación vigente en la materia. c) Cumplir con los requisitos previstos para la presentación de la oferta. d) Encontrarse inscripto en el RIUP. Artículo 13.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES: No pueden presentarse como oferentes a la presente licitación: a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según

el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley Nº 2095 modificada por Ley 4764 y el Decreto Nº 95/GCBA/14, mientras dichas sanciones sigan vigentes.

b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley Nº 2095 modificada por Ley 4764 y el Decreto Nº 95/GCBA/14, mientras dichas sanciones sigan vigentes.

c) Los cónyuges de los sancionados. d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la

Ley de Ética Pública Nº 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace. e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de

aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.

f) Los inhibidos. g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la

Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.

h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente.

i) Las personas físicas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II "De las faltas en particular", Sección 3°, Capítulo "Prohibiciones en Publicidad" del Anexo I de la Ley Nº 451 Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto Inciso incorporado por ley Nº 4.486).

j) Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación.

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Artículo 14.- UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS: Si el oferente se presentara como una Unión Transitoria de Empresas, cada integrante deberá presentar los certificados de Inscripción en el RIUPP o constancia de inicio de Trámite de Inscripción. Asimismo, deberá acompañar: a) Fotocopia certificada del compromiso de constituirse en UTE. En caso de resultar adjudicado, deberá presentar el Contrato de Constitución, el que deberá contener el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros. b) Declaración Jurada en donde todos los miembros brindan su compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada durante el proceso de licitación, el cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, su responsabilidad frente a terceros y a todas las demás obligaciones y responsabilidades legales y contractuales. c) Declaración Jurada de mantener la vigencia de la UTE hasta que se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones emergentes del contrato. d) Declaración Jurada de mantener la composición de la UTE durante el plazo mencionado en el apartado anterior, así como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad sin la aprobación del GCABA, ni en el Contrato constitutivo de UTE. e) Fotocopia de la designación de uno o más representantes legales que acrediten, mediante poder otorgado por escritura pública, facultades suficientes para obligar a su mandante. De los documentos por los que se confieren los poderes y por los que se constituye la UTE, deberá resultar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las atribuciones que les corresponden como autoridades de cada una de las empresas en funciones, en el momento del acto respectivo. Artículo 15.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones al pliego, el depósito equivalente al tres por ciento (3%) del monto estimado de la contratación. La impugnación se recibirá hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas. La misma será resuelta en el cuerpo del expediente, previa intervención de la Procuración General. Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente. Artículo 16.- MANTENIMIENTO DE OFERTA: Los oferentes deben mantener las ofertas por el término de veinte (20) días a contar desde la fecha de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de diez (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por única vez y por un lapso igual al inicial. Artículo 17.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: El Oferente deberá presentar una garantía de mantenimiento de oferta equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total de su oferta. En caso de que algún oferente presente más de una oferta económica para un mismo renglón se computará la de mayor valor a los efectos del cálculo de la garantía. Esta garantía deberá constituirse sin límite de plazo y podrá efectivizarse mediante algunas de las formas previstas en el artículo 100 de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14 y el art. 14.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Cuando así corresponda se devolverá dentro de los 30 días siguientes a la adjudicación de todos los renglones. La no presentación de la Garantía de Oferta, cuando así corresponda, dará lugar al descarte de la misma sin más trámite.

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Artículo 18.- GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: El adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento de contrato equivalente al diez por ciento (10%) sobre el valor adjudicado y deberá constituirse sin límite de plazo, previo a la iniciación del servicio, dentro del término de cinco (5) días de recibida la Orden de Compra, y presentarse en la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, sita en Av. Roque Sáenz Peña 547 piso 8, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La misma podrá constituirse de acuerdo a lo prescripto en el artículo 14.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14. La garantía será devuelta de conformidad con lo establecido en el art. 14.3, inciso a), apartado i) del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Artículo 19.- ANUNCIOS: El llamado a Licitación Pública para la contratación objeto de la presente se anunciará de acuerdo con lo establecido en el artículo 98 del Anexo I del Decreto Nº 95/GCBA/14. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva la facultad de postergar el Acto Licitatorio, el cual se anunciará por los mismos medios y formas que el llamado a Licitación Pública. Artículo 20.- APERTURA DE OFERTAS: Las Ofertas se abrirán en acto público, el que se realizará en la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575 – EP – Oficina 17, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el día y hora establecidos para la misma. Se leerá en voz alta el número de orden asignado a cada oferente, el nombre o razón social de los oferentes. En esa oportunidad se labrará un Acta en la que constarán todos los datos consignados en el artículo 102, inciso 4 del Decreto Nº 95/GCBA/14. Artículo 21.- RECHAZO: El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de revocar el llamado licitatorio o de rechazar la totalidad de las ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho alguno a los oferentes para formular y/o efectuar reclamo alguno. Artículo 22.- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA: En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser adjudicatarios, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello dé derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes. Artículo 23.- ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN: Realizada la apertura, la Comisión de Evaluación de Ofertas designada a tal fin emitirá su dictamen en el plazo previsto en la Ley Nº 2095 su modificatoria Ley 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14, el cual no tendrá carácter vinculante, y proporcionará a la autoridad competente para adjudicar los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual se concluirá el procedimiento. Son contenidos mínimos de dicho dictamen: a) Examen de los aspectos formales de cada oferta y documentación. b) Aptitud de los oferentes para participar de esta Contratación. c) Evaluación de las ofertas y de la modalidad en que han sido realizadas de acuerdo a los intereses del GCBA. d) Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento.

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Artículo 24.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS: La preadjudicación recaerá en la propuesta más conveniente para el Organismo, teniendo en cuenta la calidad, el precio, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta. El anuncio de las preadjudicaciones será conforme lo estipulado en el art. 16 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Artículo 25.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: Para la evaluación de las ofertas la Comisión de Evaluación podrá requerir de los oferentes la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas. La solicitud de información complementaria podrá efectuarse vía fax o mail, para lo cual el oferente tendrá un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para cumplimentar el requerimiento por Mesa de Entrada de la UCAS. Su decisión recaerá en la oferta más conveniente. Artículo 26.- IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN: De conformidad con lo dispuesto en el art. 14.1 inciso d) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones a la Preadjudicación el depósito equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto total de la oferta preadjudicada, el mismo deberá ser efectuado en la Cuenta Corriente Nº 26.678/7 “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Centro, perteneciente a la Dirección General de Compras y Contrataciones, el que será reintegrado sólo en caso de que la impugnación prospere totalmente. Las impugnaciones deberán ser presentadas en la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), dentro del plazo de tres (3) días, a computar a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, acompañando fotocopia y original de la boleta de depósito, caso contrario no será considerada impugnación, y habrá de ser rechazada in limine. Asimismo podrá constituir una garantía equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto total de la oferta preadjudicada, la que será efectuada mediante alguna de las formas previstas en el art. 14.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente. Artículo 27.- ADJUDICACIÓN: La adjudicación es resuelta en forma fundada por la autoridad competente para aprobar la contratación y se notifica fehacientemente al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de los siete (7) días de emitido el acto administrativo. Si se han formulado impugnaciones contra el Dictamen de Evaluación de las ofertas, éstas son resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. Puede adjudicarse aún cuando se haya presentado una sola oferta. El órgano contratante podrá dejar sin efecto la adjudicación antes del perfeccionamiento del contrato sin que éste genere indemnización alguna. Artículo 28.- RECURSOS: Contra el acto administrativo de adjudicación sólo podrán interponerse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos (D.N.U. Nº 1510/GCBA/97, aprobada por Resolución Nº 41/LCABA/98) y/o normativa vigente. Artículo 29.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la Orden de Compra al adjudicatario, efectuada dentro del plazo de siete (7) días contados a partir del dictado del acto administrativo de adjudicación.

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Artículo 30.- PLAZO DE ENTREGA: El adjudicatario realizará la entrega de insumos de acuerdo al siguiente cronograma: 40% del monto adjudicado dentro de los 10 días, el 25% a los 45 días y el restante 35% a los 65 días, todos los plazos contados a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de Compra, o suscripción del instrumento respectivo, según corresponda. A efectos de cumplir en tiempo y forma con los plazos previstos en la entrega, los respectivos proveedores deberán comunicarse, con una antelación no inferior a siete (7) días del previsto para la entrega, con la Gerencia Operativa de Distribución y Logística de la UCAS para solicitar el turno correspondiente. Aquel proveedor que, habiendo solicitado un turno no se presentara o pretendiere entregar sus productos en condiciones distintas de las establecidas en la Orden de Compra, será pasible de la aplicación de penalidades contractuales y de las sanciones previstas en la Ley Nº 2095 su modificatoria Ley Nº 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14. La repartición licitante podrá solicitar modificaciones al cronograma establecido. Artículo 31.- LUGAR Y FORMA DE RECEPCIÓN DE INSUMOS: El adjudicatario deberá efectuar la entrega de los insumos en el domicilio indicado en la Orden de Compra, o donde la repartición licitante lo designe, en el día y hora previamente estipulada. El transporte, carga, descarga y estiba de las mercaderías serán efectuadas por el proveedor, estando a su exclusivo cargo. Artículo 32.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA ENTREGA: Remito original y tres (3) copias en los que se indicará: orden de compra, número de renglón, cantidad de productos entregados, código de producto, fabricante y nombre comercial (este último sólo si corresponde), número de lote y/o partida y fecha de vencimiento. Ante la falta de individualización de las características mencionadas deberá la autoridad rechazar la entrega, siendo en consecuencia, imputable al proveedor. Artículo 33.- MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA: Una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante puede aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la disminución puede incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante no exceda el porcentaje previsto, según corresponda. En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrán exceder el veinte por ciento (20%), y se deberá requerir la conformidad del cocontratante. Si esta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato, aún con consentimiento del cocontratante. Artículo 34.- FACTURACIÓN Y PLAZO DE PAGO: El adjudicatario sólo deberá facturar lo efectivamente entregado. El pago se realizará de acuerdo a las disposiciones contenidas en los arts. 21, 22, 23 y 24 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Artículo 35.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO: El incumplimiento en término de las obligaciones contractuales coloca a la adjudicataria en estado de mora automática y, por lo tanto, sujeta a la aplicación de las penalidades establecidas en el presente Pliego y a la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley Nº 2095 su modificatoria Ley 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14.

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Artículo 36.- PENALIDADES: Los oferentes o contratantes pueden ser pasibles de las siguientes penalidades: a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. b) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales. c) Rescisión del contrato por culpa del cocontratante. A los efectos de la aplicación de las penalidades se deben reunir todos los antecedentes referidos al desempeño del oferente o contratante durante el desarrollo del procedimiento contractual, que motiven y justifiquen la aplicación de la penalidad. Artículo 37.- PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA – DESISTIMIENTO DE OFERTAS: El desistimiento de la oferta antes del vencimiento del plazo de validez establecido según artículo 17 conlleva la pérdida de la garantía de oferta. En caso de desistimiento parcial, la garantía se pierde de forma proporcional. Artículo 38.- PÉRDIDA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO – INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA: Si el adjudicatario no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del término de cinco (5) días de recibida la Orden de Compra, se le intimará en forma fehaciente, por igual término. Vencido el plazo otorgado en la intimación sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá el contrato con la pérdida de la garantía de la oferta o de un monto equivalente a dicha garantía, sin perjuicio del cargo que se le formule al adjudicatario por los daños y perjuicios que dicha conducta puede haberle ocasionado al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 39.- MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS: El adjudicatario puede solicitar, por única vez, la prórroga del plazo de entrega que se estipule en la reglamentación de la presente, antes del vencimiento del mismo, exponiendo los motivos de la demora. La prórroga sólo es admisible cuando existan causas debidamente justificadas y las necesidades del Gobierno de la Ciudad admitan la satisfacción de la prestación fuera de término. La multa por mora es del uno por ciento (1%) del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato por cada siete (7) días de atraso o fracción mayor de tres (3) días. Si el plazo de entrega fuera inferior a siete (7) días, no resulta de aplicación lo previsto en el artículo 120 de la Ley, procediéndose a la rehabilitación del contrato conforme al artículo 121 de la Ley y su reglamentación. Rehabilitación de Contrato: “Vencido el plazo de cumplimiento del contrato o de la prórroga que se hubiera acordado, sin que los elementos fueran entregados o prestados los servicios de conformidad, el contrato queda rescindido de pleno derecho por la parte no cumplida, sin necesidad de intimación o interpelación judicial o extrajudicial, debiendo luego la Unidad Operativa de Adquisiciones proceder al dictado de la declaración formal de la rescisión, salvo que antes del vencimiento, agotada la posibilidad de prórroga, el adjudicatario haya solicitado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley la rehabilitación del contrato por la parte no cumplida. El contrato rehabilitado debe cumplirse dentro de los mismos plazos y puede otorgarse la misma prórroga y en las mismas condiciones que para el contrato original. Si el adjudicatario que solicitó la rehabilitación no hace el pago de la multa del diez por ciento (10%) dentro de los tres (3) días de habérsele comunicado la aceptación de la rehabilitación, se da por rescindido el contrato, sin más trámite, en las condiciones estipuladas en este mismo artículo”. (art. 121 Anexo I del Decreto Nº 95/GCBA/14). Dicho depósito deberá realizarse en la Tesorería General perteneciente al Ministerio de Hacienda, sita en Av. Belgrano 840 – en el horario de 9.30 a 14.30 hs. Los depósitos en Cheque deberán realizarse en la Cuenta 200330/4 “Multa Proveedores y Contratistas”.

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Cheque Propio del Adjudicatario, el cual deberá ser librado a nombre del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CRUZADO – NO A LA ORDEN. Los depósitos en efectivo deberán realizarse en la Cuenta 200233/2 “Multa Proveedores y Contratistas”. Artículo 40.- SANCIONES: Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades establecidas en el artículo precedente, los oferentes pueden asimismo ser pasibles de las siguientes sanciones: • Apercibimiento: a) Por desistimiento de la oferta. b) Por incumplimientos o demoras en sus obligaciones contractuales siempre y cuando para el caso no estuviera previsto una penalidad contractual. c) Si tuvieran, a criterio de las distintas Dependencias Usuarias, dos (2) conceptos malos al cabo de un (1) año y siempre que los motivos del mismo no se encuentren previstos en otras causales de sanción. • Suspensión: a) De un (1) mes a seis (6) meses: El proveedor que incurriere en el incumplimiento establecido en el artículo 128 de la Ley Nº 2095 y su Decreto reglamentario Nº 754/GCBA/08. El proveedor que, intimado para que deposite en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante el valor de la multa o de la garantía perdida, no lo haga dentro del plazo que se le fijare a tal efecto. El proveedor al que se le hayan impuesto tres (3) apercibimientos en el lapso de un año calendario, contando a partir de la imposición del primero de ellos. b) De siete (7) meses a un (1) año, al proveedor que incurra en el incumplimiento establecido en el artículo 129 de la Ley 2095 y su Decreto reglamentario Nº 754/GCBA/08. c) De más de un (1) año y hasta dos (2) al proveedor que incurra en los incumplimientos establecidos en los artículos 130, 131 y/o 132 de la Ley 2095 y su Decreto reglamentario Nº 754/GCBA/08.• Inhabilitación: a) El proveedor que acumulara suspensiones por más de (2) años en el transcurso de un lapso de cinco (5) años calendario. b) El proveedor que, habiendo cumplido la suspensión prevista en el artículo 137, inciso b) de la Ley Nº 2095 y su Decreto reglamentario Nº 754/GCBA/08, no haya efectuado el depósito correspondiente a la multa o garantía pedida, hasta tanto no efectúe el pago respectivo. En el caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato, igualmente le será aplicada la penalidad y la sanción que pudiere corresponderle aún cuando el contrato se encontrara rescindido y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente Acto Administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción. Artículo 41.- RESCISIÓN DEL CONTRATO POR CULPA DEL COCONTRATANTE. CAUSALES: a) Rechazo de la Orden de Compra: si el adjudicatario rechazare la Orden de Compra dentro del plazo de tres (3) días de perfeccionado el contrato, se intimará al cumplimiento contractual, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de la garantía de la oferta, sin perjuicio de las demás sanciones contractuales. b) Incumplimiento del Contrato: vencido el plazo de cumplimiento del contrato, de su prórroga o en su caso, del contrato rehabilitado, sin que los bienes hayan sido entregados o prestados los servicios de conformidad, se rescindirá el mismo de pleno derecho con pérdida de las garantías correspondientes sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, debiendo luego el organismo licitante proceder al dictado de la declaración formal de rescisión (art. 129 Ley Nº 2095). c) Prestación con Carácter Especial: El incumplimiento de las prestaciones en que no sea posible admitir su satisfacción fuera de término, en razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la Administración, es sancionado con la rescisión del contrato más la pérdida de la garantía de cumplimiento del mismo por el importe total de aquella (art. 130 Ley Nº 2095). d) Fraude o Negligencia: Cuando el cocontratante incurre en negligencia en la ejecución del contrato o incumple las obligaciones a su cargo, el organismo contratante puede rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo del cocontratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar.

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Asimismo es causal de rescisión del contrato por culpa del cocontratante y con las consecuencias precedentemente indicadas, cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión (art. 131 Ley Nº 2095). e) Transferencia o Cesión el Contrato: Cuando el cocontratante transfiera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por la entidad contratante, ésta debe rescindir unilateralmente el contrato por culpa del cocontratante, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato (art. 132 Ley Nº 2095). Artículo 42.- RESCISIÓN TOTAL O PARCIAL: La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento pueden ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquel. Además de las penalidades previstas para la rescisión parcial o total del contrato, en el caso de haberse acordado prórrogas, será de aplicación la multa fijada en la reglamentación al art. 121 de la Ley, calculada en relación con el valor no satisfecho. Artículo 43.- FALSEAMIENTO DE DATOS: El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.

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Índice Anexo I

Pliego de Bases y Condiciones Particulares

1º) OBLIGACIONES DEL OFERENTE

2º) VENCIMIENTO Y CANJE

3º) ALTERNATIVA

4º) ASEGURAMIENTO DE LA CADENA DE FRÍO DE LOS INSUMOS A PROVEER

5º) EMBALAJE Y PALLETIZACION DE LOS PRODUCTOS

6º) ENVASES

7º) MARCA

8°) DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA ENTREGA

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Anexo I

Pliego de Bases y Condiciones Particulares

OBJETO: MEDICAMENTOS 1º) OBLIGACIONES DEL OFERENTE

El incumplimiento de alguna de las obligaciones que se indican a continuación dará lugar al rechazo de la oferta.

a. El oferente deberá indicar en cada renglón de su presupuesto el nombre genérico y la marca comercial de los productos cotizados, número de Certificado de Autorización de Venta otorgado por Autoridad Sanitaria Nacional, nombre comercial de la especialidad medicinal y denominación del Establecimiento Elaborador, forma farmacéutica, concentración, presentación y/o embalaje, según lo solicitado en las Especificaciones Técnicas.

b. Deberá presentar al momento de la Apertura de Ofertas, una Declaración Jurada del Director Técnico avalada por el Apoderado Legal, manifestando que todos los productos cotizados se ajustan a lo establecido por la Ley 16.463, sus modificatorias, Decretos y Resoluciones.

c. Laboratorios, Droguerías, Farmacias y Distribuidoras Nacionales deberán presentar, al momento del Acto de Apertura de Ofertas, copia de la Habilitación e Inscripción extendida por ANMAT, como elaborador, importador, o distribuidor de los productos cotizados y el certificado de GMP otorgado por dicho organismo (Disposición ANMAT 1930/95) y/ o la constancia de aptitud para elaborar y controlar dicho producto expedida por ANMAT, firmada por Apoderado Legal y Director Técnico.

d. Ultimo Certificado de Libre Sanción extendido por la A.N.M.A.T. donde conste la situación del oferente con respecto a la existencia o no de sanciones que se le hubiesen aplicado en un período no menor a 12 (doce) meses anteriores a la fecha de invitación del concurso. Este certificado puede tener como máximo 90 días de expedido.

e. Disposición con la designación del Director Técnico expedida por la ANMAT u organismo competente, firmada por el Apoderado Legal y el Director Técnico.

f. Copia autenticada del certificado actualizado de la especialidad medicinal ofertada, otorgado por la A.N.M.A.T., para cada uno de los renglones cotizados (firmada en original por el Director Técnico y el Apoderado Legal). De encontrarse éste vencido, deberá adjuntarse una copia de la solicitad de reinscripción, cuya fecha de presentación no puede superar los seis (6) meses de la fecha de apertura, conjuntamente con la nota expedida por la COORDINACIÓN DE EVALUACION DE MEDICAMENTOS DE LA A.N.M.A.T., donde conste la autorización para continuar con la comercialización del producto hasta que se efectúe el acto administrativo correspondiente.

g. El oferente deberá comunicar junto con la presentación de su oferta la designación de un representante a los efectos de coordinar y asegurar el cumplimiento de las obligaciones contractualmente pactadas, como así, de las novedades que le impongan las autoridades del Organismo Licitante. En caso de que dicha designación no fuera comunicada expresamente en la oferta, se

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tomará como REPRESENTANTE a / los FIRMANTES de la Oferta. Cualquier modificación en la designación del representante deberá ser notificada en forma fehaciente al Organismo Licitante, dentro de un plazo de 24 horas de producido el hecho.

h. En el caso en que el oferente no sea el productor primario del insumo cotizado (Droguerías, Distribuidores, etc.) deberá acompañar una nota del fabricante donde se lo autoriza a cotizar dicho producto en la presente licitación, en un todo de acuerdo con el pliego, detallando cantidades a entregar y aceptando el cronograma de entregas propuesto en la licitación.

i. Para los medicamentos comprendidos en la Disposición Nº 3185/99 de la A.N.M.A.T. y Resolución Nº 189/2000 del MSPN – Sec. de Políticas y Regulación Sanitarias, se deberá presentar copia autenticada de los certificados correspondientes extendidos por la A.N.M.A.T., en los que conste la aprobación de los estudios de biodisponibilidad y bioequivalencia.

j. Soluciones Parenterales: deberá cumplir con las “Normas para la Identificación por Colores de Envases” establecidos en el Anexo IX punto 3) de la Disposición ANMAT Nº 2819/2004. El organismo licitante puede solicitar muestras para verificar su cumplimiento.

k. Para Productos Sanitizantes, Desinfectantes y Esterilizantes de Uso Profesional Exclusivo, comprendidos en la Disposición Nº 4324/99, deberán presentar Copia Autenticada del Certificado y Copia autenticada de la “Hoja de Seguridad del Producto”.

2º) VENCIMIENTO Y CANJE

Los productos tendrán una fecha de vencimiento no inferior a los doce (12) meses a partir de la fecha de entrega. El Organismo solicitante se reserva el derecho de exigir al respectivo proveedor, con un mínimo de TREINTA (30) días de antelación a la fecha de vencimiento declarada, que proceda a efectuar el canje de los medicamentos oportunamente provistos, por la misma marca, número de unidades y calidad, con vencimiento posterior, no inferior a 12 (doce) meses. 3º) ALTERNATIVA

El Organismo Licitante se reserva el derecho de considerar ofertas alternativas, de características distintas a lo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones, incluidos envases, formas farmacéuticas, y/o presentaciones de contenidos diferentes a los solicitados. En el caso de ofrecer distintas marcas comerciales para un mismo renglón deberán ser presentadas por separado como ofertas alternativas, de lo contrario no serán consideradas ofertas válidas. Deberán los proveedores especificar dicha característica en su oferta. 4º) ASEGURAMIENTO DE LA CADENA DE FRÍO DE LOS INSUMOS A PROVEER

Los productos que requieran cadena de frío deberán estar perfectamente identificados y se deberá asegurar la misma. 5º) EMBALAJE Y PALLETIZACION DE LOS PRODUCTOS

La mercadería deberá entregarse en pallets tipo ARLOG MERCOSUR (1,00 x 1,20 m.) con una altura máxima de 1,40 m incluyendo la tarima, los mismos deben ser adecuados al peso/volumen de la carga, aptos para su almacenamiento en racks.

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Los pallets serán foliados (con film adecuado) respetando la consigna de monolote y monoproducto (un pallet solo podrá contener un solo lote de un solo producto). En caso de utilizarse embalaje secundarios (cajas contenedoras) deberán ser de materiales adecuados para cada caso y respetando la consigna de monolote y monoproducto. Dichos pallets deberán identificarse con una etiqueta que indique como mínimo la siguiente información: código del producto, descripción del producto, cantidad, lote y fecha del vencimiento. 6º) ENVASES

El Organismo Licitante, se reserva el derecho de considerar envases de capacidad distinta a la solicitada, en el presente Pliego de Bases y Condiciones. Los oferentes deberán cotizar sobre la base de la unidad del producto que se solicita, cualquiera sea la capacidad del envase que se comercialice, con el objeto de facilitar la comparación de precios. 7º) MARCA

Es imprescindible que se consigne la marca de los productos ofertados, o cuando en las especificaciones se mencione tipo de marca, lo es al solo efecto de señalar las características generales del artículo solicitado sin que ello implique que el proponente no pueda ofrecer artículos similares, de otras marcas, pero asimismo deberá especificar lo que ofrece. 8°) DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA ENTREGA

Remito original y 3 (tres) copias en los que se indicará: orden de compra, número de renglón, cantidad de productos entregados, código de producto, fabricante y nombre comercial (este último sólo si corresponde), número de lote y/o partida y fecha de vencimiento. Ante la falta de individualización de las características mencionadas deberá la autoridad rechazar la entrega, siendo en consecuencia, imputable al proveedor.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

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N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 87

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

“2014. Año de las letras argentinas”

ESPECIFICACIONES

CICLOSPORINA - De 100 mg, en cápsula blanda -

CICLOSPORINA - De 25 mg, en cápsula blanda -

CICLOSPORINA - De 50 mg, en cápsula blanda -

BASILIXIMAB - De 20 mg, inyectable liof ilizado + ampolla de solvente -

TIMOGLOBULINA - De 25 mg (inmunoglobulina de coneco antitimocitos humanos), inyectable, en frasco ampolla -

RITUXIMAB - De 100 mg, inyectable, en frasco ampolla x 10 ml -

RITUXIMAB - De 500 mg, inyectable, en frasco ampolla x 50 ml -

ADALIMUMAB - De 40 mg, inyectable, en jeringa prellenada x 0,8 ml, uso subcutáneo -

INTERFERON ALFA 2A PEGILADO - De 180 µg, inyectable subcutáneo, en jeringa prellenada -

INFLIXIMAB - De 100 mg, inyectable, en frasco ampolla -

3.950,000000

2.620,000000

2.050,000000

24,000000

419,000000

38,000000

20,000000

145,000000

76,000000

283,000000

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

252-00650501-05042722

252-00650501-05042724

252-00650501-05042725

252-00650501-05066401

252-00650501-05066535

252-00650501-09016376

252-00650501-09016381

252-00650501-09018339

252-00650501-09019856

252-00650501-09034165

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

No

No

No

No

No

No

No

No

No

No

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 88

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PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓNTIPO: NRO.:AÑO:

1

23

45

6

7

8

A

3950 UNIDAD x 1u 0

2620 UNIDAD x 1u 0

2050 UNIDAD x 1u 0

24 UNIDAD x 1u 0

419 UNIDAD x 1u 0

38 UNIDAD x 1u 0

20 UNIDAD x 1u 0

145 UNIDAD x 1u 0

76 UNIDAD x 1u 0

283 UNIDAD x 1u 0

MONTO TOTAL DE LA OFERTA $

2 252-650501-5042724

CICLOSPORINA - De 25 mg, en cápsula blanda -

1 252-650501-5042722

CICLOSPORINA - De 100 mg, en cápsula blanda -

4 252-650501-5066401

BASILIXIMAB - De 20 mg, inyectable liofilizado + ampolla de solvente -

3 252-650501-5042725

CICLOSPORINA - De 50 mg, en cápsula blanda -

6 252-650501-9016376

RITUXIMAB - De 100 mg, inyectable, en frasco ampolla x 10 ml -

5 252-650501-5066535

TIMOGLOBULINA - De 25 mg (inmunoglobulina de coneco antitimocitos humanos), inyectable, en frasco ampolla -

8 252-650501-9018339

ADALIMUMAB - De 40 mg, inyectable, en jeringa prellenada x 0,8 ml, uso subcutáneo -

7 252-650501-9016381

RITUXIMAB - De 500 mg, inyectable, en frasco ampolla x 50 ml -

9 252-650501-9019856

INTERFERON ALFA 2A PEGILADO - De 180 µg, inyectable subcutáneo, en jeringa prellenada -

LICITACION PUBLICA7952014

EL ORGANISMO LICITANTE SE RESERVA EL DERECHO, A SU SOLO JUICIO, DE DESCARTAR LAS OFERTAS QUE NO SE AJUSTEN A LAS CONDICIONES DETERMINADAS PARA LA PRESENTE LICITACIÓN, LAS CUALES EL OFERENTE DECLARA CONOCER Y ACEPTAR.

Nº CUITTELÉFONOCORREO ELECTRÓNICO

NNE

Punto E, F y G - Es requisito indispensable completar y firmar todas las Declaraciones que se requieren en estos puntos.

COTIZACIÓN BÁSICA

Punto A - . Contendrá la cotización básica, la que debe ajustarse estrictamente a lo requerido en los Pliegos de Bases y Condiciones Grales., Particulares y Especificaciones Técnicas. No se deben modificar los números de ítem, ni el orden, ni los códigos, ni las definiciones del producto o la unidad. Solo se podrá modificar la cantidad ofrecida, cuando por razones de presentación, sea necesario hacerlo para adecuarla al empaque.

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD

MINISTERIOS DE SALUD

ANEXO II DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS

UnidadCertificado

ANMAT Nº / N* PM

LAS ÚNICAS OFERTAS VALIDAS SERÁN LAS PRESENTADAS EN ESTE FORMULARIO; NO OBSTANTE LAS EMPRESAS PODRÁN ACOMPAÑAR A ÉSTA PLANILLA INFORMACIÓN ADICIONAL EN PAPELERÍA PROPIA DE LA FIRMA.

Nombre Comercial / marca

Punto B - En este punto puede proponerse UNA UNICA OFERTA ALTERNATIVA POR RENGLON, explicando en el campo unificado, las observaciones de las misma.

Los precios cotizados deben ser con IVA incluido, por unidad y por mercadería puesta en el destino explicitado en las Condiciones Particulares.

Punto C - Este espacio está previsto para cualquier aclaración, comentario u observación no contemplado en los puntos anteriores. Agregue el espacio que sea necesario.

PRECIO UNITARIO (Iva Incl.)

Cantidad Ofertada

RAZON SOCIAL:

DescripciónRENGLÓN

10 252-650501-9034165

INFLIXIMAB - De 100 mg, inyectable, en frasco ampolla -

Establecimiento Elaborador

Fecha Vencimiento

del certificadoPRECIO TOTALCantidad

Requerida

LA CARGA DE DATOS SE REALIZARA DE LA SIGUIENTE MANERA: LOS NUMEROS DECIMALES SE SEPARARAN CON COMA , y NO SE PONDRAN PUNTOS COMO SEPARADORES DE MILES

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 89

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GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD

MINISTERIOS DE SALUDB

Precio Unit.100 % PESOSIVA INCLUIDO

3950 UNIDAD x 1u 0

2620 UNIDAD x 1u 0

2050 UNIDAD x 1u 0

24 UNIDAD x 1u 0

419 UNIDAD x 1u 0

38 UNIDAD x 1u 0

20 UNIDAD x 1u 0

145 UNIDAD x 1u 0

76 UNIDAD x 1u 0

283 UNIDAD x 1u 0

C OBSERVACIONES

D GARANTIA DE OFERTA (En caso de superar la oferta las 30,000 U.C.)

(En caso de presentar pólizas de caución) NOMBRE DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA

Los abajo firmantes, declaramos ACEPTAR, las manifestaciones siguientes:

1.- ACEPTAMOS LA PROPUESTA DE CUMPLIMIENTO DEL MANTENIMIENTO DE OFERTA, SEGÚN LO

1 252-650501-5042722

3 252-650501-5042725

2 252-650501-5042724

5 252-650501-5066535

4 252-650501-5066401

7 252-650501-9016381

6 252-650501-9016376

8 252-650501-9018339

Certificado ANMAT Nº / N*

PM

Fecha Vencimiento

del certificado

ALTERNATIVA

RENGLÓN NNE Observaciones Cantidad Requerida

Cantidad Ofertada Unidad

E

MONTO GARANTIA PRESENTADA

La garantía de oferta deberá ser constituida por el cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto.

DECLARACIONES ADMINISTRATIVAS

10 252-650501-9034165

9 252-650501-9019856

PRECIO TOTALNombre Comercial / marca

Establecimiento Elaborador

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 90

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GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD

MINISTERIOS DE SALUDPRESCRIPTO POR EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.

2.- ACEPTAMOS LA PROPUESTA DE CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE ENTREGA Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS INSUMOS, EN UN TODO DE ACUERDO A LO PRESCRIPTO PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.

3.- ACEPTAMOS LA PROPUESTA DE PAGO EN UN TODO DE ACUERDO A LO PRESCRIPTO POR ELPLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.

4.- ADJUNTAMOS A LA PRESENTE EL ANEXO I, DDJJ DE APTITUD PARA CONTRATAR DEBIDAMENTE FIRMADO

5.- ADJUNTAMOS A LA PRESENTE EL AVAL QUE CERTIFICA EL CARÁCTER DEL FIRMANTE

Los abajo firmantes, declaramos BAJO JURAMENTO, las manifestaciones siguientes:

1. DECLARACIÓN JURADA DE CONFECCION DE LA OFERTA PRESENTADA

Los abajo firmantes, declaramos BAJO JURAMENTO, las manifestaciones siguientes:

1. DECLARACIÓN JURADA CUMPLIMIENTO LEY 16463

Los abajo firmantes declaramos bajo juramento que la oferta presentada en soporte magnetico y la presentada en formato papel guardan EXACTO CORRELATO ENTRE SUS DATOS.

firma APODERADO y sello aclaratorio

firma APODERADO y sello aclaratorio

firma APODERADO y sello aclaratorio

firma DIRECTOR TÉCNICO y sello aclaratorio firma APODERADO y sello aclaratorio

firma APODERADO y sello aclaratorio

Los abajo firmantes declaramos bajo juramento que las especialidades medicinales cotizadas en esta contratación, son de origen genuino, cumplen con la LEY Nº 16.463, sus modificatorias y decretos reglamentarios, y sus correspondientes certificados de autorización de venta expedidos por el Ministerio de Salud de la Nación se encuentran en plena Vigencia.

firma APODERADO y sello aclaratorio

G

firma DIRECTOR TÉCNICO y sello aclaratorio

DECLARACIONES JURADAS TÉCNICAS

firma APODERADO y sello aclaratorio

F DECLARACIONES JURADAS

FIN DEL ANEXO

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 58-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 91

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014. Año de las letras argentinas”

LICITACION PUBLICA Tipo:

MGEYA EXP 4242217/2014 Actuado:

PLIEGO SIN VALOR Costo del pliego:

ETAPA UNICA 2014 Ejercicio: 799 Nro

LEY Nº 2.095 ART. 31º Encuadre legal:

PROCEDIMIENTO DE SELECCION

Salud Rubro comercial:

Lugar/Dirección Plazo y Horario

PRESENTACION DE OFERTAS

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD AV. DE MAYO 575 – EP OF. 17 CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

De lunes a viernes de 09:00 a 16:00 hs.

Lugar/Dirección Día y Hora

ACTO DE APERTURA

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD AV. DE MAYO 575 – EP – OF. 17 CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

16 de Junio de 2014 a las 15:00 horas

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Nombre del organismo contratante

Recepción de Ofertas hasta el 16 de Junio de 2014 a las 14:00 horas

Objeto de la contratacion: Adquisición de Detergentes y Soluciones para Instrumental con destino a los Hospitales y Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Lugar/Dirección Día y Hora

CONSULTA DE PLIEGOS

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD AV. DE MAYO 575 – EP – OF. 17 CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

De lunes a viernes de 09:00 a 16:00 hs.

Lugar/Dirección Día y Hora

VENTA DE PLIEGOS

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD AV. DE MAYO 575 – EP – OF. 17 CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

www.buenosaires.gob.ar -hacienda-compras y contrataciones-licitaciones y compras-consultas de compras y contrataciones.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-UCAS/14

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 92

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014. Año de las letras argentinas”

Índice

Pliego de Bases y Condiciones Particulares

Artículo 1.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Artículo 2.- MONTO Artículo 3.- CONSULTA Y ADQUISICIÓN DEL PLIEGO Artículo 4.- LUGAR, DÍA Y HORA DE APERTURA DE OFERTAS Artículo 5.- PLAZOS Artículo 6.- COMUNICACIONES AL ORGANISMO LICITANTE Artículo 7.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES Artículo 8.- COMPETENCIA JUDICIAL Artículo 9.- DE LOS OFERENTES Artículo 10.- PRESENTACIÓN DE MUESTRAS Artículo 11.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Artículo 12.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE Artículo 13.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES Artículo 14.- UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS Artículo 15.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES Artículo 16.- MANTENIMIENTO DE OFERTA Artículo 17.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Artículo 18.- GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Artículo 19.- ANUNCIOS Artículo 20.- APERTURA DE OFERTAS Artículo 21.- RECHAZO Artículo 22.- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA Artículo 23.- ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN Artículo 24.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 93

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014. Año de las letras argentinas”

Artículo 25.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Artículo 26.- IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN Artículo 27.- ADJUDICACIÓN Artículo 28.- RECURSOS Artículo 29.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Artículo 30.- PLAZO DE ENTREGA Artículo 31.- LUGAR Y FORMA DE RECEPCIÓN DE INSUMOS Artículo 32.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA ENTREGA Artículo 33.- MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA Artículo 34.- FACTURACIÓN Y PLAZO DE PAGO Artículo 35.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO Artículo 36.- PENALIDADES Artículo 37.-PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA –

DESISTIMIENTO DE OFERTAS Artículo 38.-PÉRDIDA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO –

INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA Artículo 39.- MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS Artículo 40.- SANCIONES Artículo 41.-RESCISIÓN DEL CONTRATO POR CULPA DEL COCONTRATANTE.

CAUSALES Artículo 42.- RESCISIÓN TOTAL O PARCIAL Artículo 43.- FALSEAMIENTO DE DATOS

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 94

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014. Año de las letras argentinas”

Pliego de Bases y Condiciones Particulares Artículo 1.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama a Licitación Pública para la Adquisición de Detergentes y Soluciones para Instrumental con destino a los Hospitales y Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2.- MONTO: El monto de la presente contratación se estima en la suma de PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS SIETE CON 63/100 ($ 6.370.507,63). Artículo 3.- CONSULTA Y ADQUISICIÓN DEL PLIEGO: Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en www.buenosaires.gob.ar – Hacienda – Compras y Contrataciones – Licitaciones y Compras – Consultas de Compras y Contrataciones. El presente pliego se suministra en forma gratuita. No se entregarán los mismos en soporte papel. Las cotizaciones deberán presentarse en base a lo publicado en la mencionada página. Las consultas se realizan ante la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud hasta tres (3) días previos a la fecha establecida para la apertura de las ofertas. A los efectos del cómputo del citado plazo no se tendrá en cuenta el día de apertura de las ofertas. El organismo licitante podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al presente Pliego de oficio o como respuesta a consultas. Toda circular con o sin consulta que emita el organismo licitante se publicará por este mismo medio. Asimismo los interesados podrán consultar, exclusivamente, sobre la normativa aplicable a la Mesa de Consulta (4323-9778) de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 13:00 hs. y de 14:00 a 16:00 hs. Artículo 4.- LUGAR, DÍA Y HORA DE APERTURA DE OFERTAS: La Apertura de Ofertas se realizará en la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud, sita en Av. de Mayo 575, entre piso, Of. 17, el día y hora fijada para la misma. Artículo 5.- PLAZOS: Los plazos establecidos en este Pliego deberán entenderse en días hábiles, salvo mención expresa de días corridos, conforme lo estipulado en el artículo 80 de la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764 y el Decreto Nº 95/GCBA/14. Subsidiariamente, será de aplicación la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/GCBA/97 ratificado por Resolución Nº 41/LCABA/98). Artículo 6.- COMUNICACIONES AL ORGANISMO LICITANTE: Todos los trámites y presentaciones referidos al presente deberán dirigirse a la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sita en Av. de Mayo 575 Oficina 14 PB. Éstas y todas las notificaciones serán válidas cuando se efectúen por medio fehaciente en el domicilio precitado, salvo las notificaciones judiciales, que para tener validez deberán estar dirigidas a Uruguay 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06. Se considerarán medios fehacientes las comunicaciones efectuadas por acceso directo o presentación espontánea de la parte interesada, cédula, oficio, carta documento, telegrama, de acuerdo a lo establecido en el art. 61 del DNU Nº 1510/GCBA/97, aprobado por Resolución 41/LCABA/98.

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 95

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014. Año de las letras argentinas”

Artículo 7.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES: Se considerará domicilio legal del oferente, el domicilio que constituya en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de la presente Licitación Pública. En caso de no hacerlo, se tomará como domicilio del oferente aquél que hubiera declarado en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego de Bases y Condiciones Generales). Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. El nuevo domicilio deberá ser constituido dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El GCABA constituye domicilio en Av. de Mayo 575 –Entre Piso – Oficina 17, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay Nº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06. Artículo 8.- COMPETENCIA JUDICIAL: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (art. 7° del Pliego de Condiciones Generales). Artículo 9.- DE LOS OFERENTES: Podrán presentarse a esta Licitación las Personas Físicas o Jurídicas, que en forma individual, conjunta o asociada reúnan las condiciones que se exigen y que no se encontraren comprendidas en las prohibiciones e inhabilidades que se mencionan en el presente. Artículo 10.- PRESENTACIÓN DE MUESTRAS: Las muestras deben ser presentadas en Av. de Mayo 575, PB, Oficina 14, hasta el momento fijado para la iniciación de la apertura de ofertas. Artículo 11.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS: La presente licitación se efectuará mediante etapa única. Las Ofertas se deberán presentar en sobre común o con membrete del oferente, indistintamente, o en caja o paquete si son voluminosas, perfectamente cerrados, por duplicado la oferta económica y póliza de caución, y se admiten hasta una hora antes del día y hora fijados para la apertura del acto y deben contener en su cubierta la indicación de la contratación a que corresponde, el día y hora de apertura, de acuerdo a la siguiente leyenda:

“GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES LICITACIÓN PÚBLICA Nº 799/SIGAF/2014.

ADQUISICIÓN DE DETERGENTES Y SOLUCIONES PARA INSTRUMENTAL CON DESTINO A LOS HOSPITALES Y CENTROS DE SALUD DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE SALUD DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES RUBRO 7210 – SALUD

DÍA Y HORA DE LA APERTURA”

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 96

Page 97: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014. Año de las letras argentinas”

Las ofertas originales deben estar firmadas en todas sus fojas por el oferente o su Representante Legal. Las enmiendas y raspaduras en partes esenciales de la oferta deben ser debidamente salvadas por el oferente. A cada oferta debe acompañarse la constancia de la constitución de la garantía y/o presentación de muestras, cuando correspondiere. Para que las ofertas sean consideradas válidas, los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores) o haber iniciado el trámite, en el rubro – 7210 Salud – 102 – Productos Farmacéuticos Y Biológicos, caso contrario las Ofertas no serán consideradas en los respectivos renglones. Artículo 12.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE: Para concurrir como oferentes a la presente licitación deberán reunirse los siguientes requisitos: a) Personas físicas. b) Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la Legislación vigente en la materia. c) Cumplir con los requisitos previstos para la presentación de la oferta. d) Encontrarse inscripto en el RIUP. Artículo 13.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES: No pueden presentarse como oferentes a la presente licitación: a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según

el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley Nº 2095 modificada por Ley 4764 y el Decreto Nº 95/GCBA/14, mientras dichas sanciones sigan vigentes.

b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley Nº 2095 modificada por Ley 4764 y el Decreto Nº 95/GCBA/14, mientras dichas sanciones sigan vigentes.

c) Los cónyuges de los sancionados. d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la

Ley de Ética Pública Nº 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace. e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de

aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.

f) Los inhibidos. g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la

Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.

h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente.

i) Las personas físicas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II "De las faltas en particular", Sección 3°, Capítulo "Prohibiciones en Publicidad" del Anexo I de la Ley Nº 451 Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto Inciso incorporado por ley Nº 4.486).

j) Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación.

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Artículo 14.- UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS: Si el oferente se presentara como una Unión Transitoria de Empresas, cada integrante deberá presentar los certi ficados de Inscripción en el RIUPP o constancia de inicio de Trámite de Inscripción. Asimismo, deberá acompañar: a) Fotocopia certificada del compromiso de constituirse en UTE. En caso de resultar adjudicado, deberá presentar el Contrato de Constitución, el que deberá contener el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros. b) Declaración Jurada en donde todos los miembros brindan su compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada durante el proceso de licitación, el cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, su responsabilidad frente a terceros y a todas las demás obligaciones y responsabilidades legales y contractuales. c) Declaración Jurada de mantener la vigencia de la UTE hasta que se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones emergentes del contrato. d) Declaración Jurada de mantener la composición de la UTE durante el plazo mencionado en el apartado anterior, as í como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad sin la aprobación del GCABA, ni en el Contrato constitutivo de UTE. e) Fotocopia de la designación de uno o más representantes legales que acrediten, mediante poder otorgado por escritura pública, facultades suficientes para obligar a su mandante. De los documentos por los que se confieren los poderes y por los que se constituye la UTE, deberá resultar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las at ribuciones que les corresponden como autoridades de cada una de las empresas en funciones, en el momento del acto respectivo. Artículo 15.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones al pliego, el depósito equivalente al tres por ciento (3%) del monto estimado de la contratación. La impugnación se recibirá hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas. La misma será resuelta en el cuerpo del expediente, previa intervención de la Procuración General. Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente. Artículo 16.- MANTENIMIENTO DE OFERTA: Los oferentes deben mantener las ofertas por el término de veinte (20) días a contar desde la fecha de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garant ía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de diez (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por única vez y por un lapso igual al inicial. Artículo 17.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: El Oferente deberá presentar una garantía de mantenimiento de oferta equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total de su oferta. En caso de que algún oferente presente más de una oferta económica para un mismo renglón se computará la de mayor valor a los efectos del cálculo de la garantía. Esta garantía deberá constituirse sin límite de plazo y podrá efectivizarse mediante algunas de las formas previstas en el artículo 100 de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14 y el art. 14.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Cuando así corresponda se devolverá dentro de los 30 días siguientes a la adjudicación de todos los renglones. La no presentación de la Garant ía de Oferta, cuando así corresponda, dará lugar al descarte de la misma sin más trámite.

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Artículo 18.- GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: El adjudicatario deberá presentar una garant ía de cumplimiento de contrato equivalente al diez por ciento (10%) sobre el valor adjudicado y deberá constituirse sin l ímite de plazo, previo a la iniciación del servicio, dentro del término de cinco (5) días de recibida la Orden de Compra, y presentarse en la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, sita en Av. Roque Sáenz Peña 547 piso 8, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La misma podrá constituirse de acuerdo a lo prescripto en el artículo 14.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14. La garant ía será devuelta de conformidad con lo establecido en el art. 14.3, inciso a), apartado i) del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Artículo 19.- ANUNCIOS: El llamado a Licitación Pública para la contratación objeto de la presente se anunciará de acuerdo con lo establecido en el artículo 98 del Anexo I del Decreto Nº 95/GCBA/14. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva la facultad de postergar el Acto Licitatorio, el cual se anunciará por los mismos medios y formas que el llamado a Licitación Pública. Artículo 20.- APERTURA DE OFERTAS: Las Ofertas se abrirán en acto público, el que se realizará en la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo 575 – EP – Oficina 17, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el día y hora establecidos para la misma. Se leerá en voz alta el número de orden asignado a cada oferente, el nombre o razón social de los oferentes. En esa oportunidad se labrará un Acta en la que constarán todos los datos consignados en el artículo 102, inciso 4 del Decreto Nº 95/GCBA/14. Artículo 21.- RECHAZO: El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de revocar el llamado licitatorio o de rechazar la totalidad de las ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho alguno a los oferentes para formular y/o efectuar reclamo alguno. Artículo 22.- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA: En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser adjudicatarios, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello dé derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes. Artículo 23.- ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN: Realizada la apertura, la Comisión de Evaluación de Ofertas designada a tal fin emitirá su dictamen en el plazo previsto en la Ley Nº 2095 su modificatoria Ley 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14, el cual no tendrá carácter vinculante, y proporcionará a la autoridad competente para adjudicar los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual se concluirá el procedimiento. Son contenidos mínimos de dicho dictamen: a) Examen de los aspectos formales de cada oferta y documentación. b) Aptitud de los oferentes para participar de esta Contratación. c) Evaluación de las ofertas y de la modalidad en que han sido realizadas de acuerdo a los intereses del GCBA. d) Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento. Artículo 24.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS: La preadjudicación recaerá en la propuesta más conveniente para el Organismo, teniendo en cuenta la calidad, el precio, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta.

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El anuncio de las preadjudicaciones será conforme lo estipulado en el art. 16 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Artículo 25.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: Para la evaluación de las ofertas la Comisión de Evaluación podrá requerir de los oferentes la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas. La solicitud de información complementaria podrá efectuarse vía fax o mail, para lo cual el oferente tendrá un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para cumplimentar el requerimiento por Mesa de Entrada de la UCAS. Su decisión recaerá en la oferta más conveniente. Artículo 26.- IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN: De conformidad con lo dispuesto en el art. 14.1 inciso d) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones a la Preadjudicación el depósito equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto total de la oferta preadjudicada, el mismo deberá ser efectuado en la Cuenta Corriente Nº 26.678/7 “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Centro, perteneciente a la Dirección General de Compras y Contrataciones, el que será reintegrado sólo en caso de que la impugnación prospere totalmente. Las impugnaciones deberán ser presentadas en la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), dentro del plazo de tres (3) días, a computar a partir de su publicación en el Bolet ín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, acompañando fotocopia y original de la boleta de depósito, caso contrario no será considerada impugnación, y habrá de ser rechazada in limine. Asimismo podrá constituir una garantía equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto total de la oferta preadjudicada, la que será efectuada mediante alguna de las formas previstas en el art. 14.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente. Artículo 27.- ADJUDICACIÓN: La adjudicación es resuelta en forma fundada por la autoridad competente para aprobar la contratación y se notifica fehacientemente al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de los siete (7) días de emitido el acto administrativo. Si se han formulado impugnaciones contra el Dictamen de Evaluación de las ofertas, éstas son resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. Puede adjudicarse aún cuando se haya presentado una sola oferta. El órgano contratante podrá dejar sin efecto la adjudicación antes del perfeccionamiento del contrato sin que éste genere indemnización alguna. Artículo 28.- RECURSOS: Contra el acto administrativo de adjudicación sólo podrán interponerse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos (D.N.U. Nº 1510/GCBA/97, aprobada por Resolución Nº 41/LCABA/98) y/o normativa vigente. Artículo 29.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la Orden de Compra al adjudicatario, efectuada dentro del plazo de siete (7) días contados a partir del dictado del acto administrativo de adjudicación. Artículo 30.- PLAZO DE ENTREGA: El adjudicatario realizará la entrega de insumos de acuerdo al siguiente cronograma: 40% del monto adjudicado dentro de los 10 días, el 25% a los 45 días y el restante 35% a los 65 días, todos los plazos contados a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de Compra, o suscripción del instrumento respectivo, según corresponda.

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A efectos de cumplir en tiempo y forma con los plazos previstos en la entrega, los respectivos proveedores deberán comunicarse, con una antelación no inferior a siete (7) días del previsto para la entrega, con la Gerencia Operativa de Distribución y Logística de la UCAS para solicitar el turno correspondiente. Aquel proveedor que, habiendo solicitado un turno no se presentara o pretendiere entregar sus productos en condiciones distintas de las establecidas en la Orden de Compra, será pasible de la aplicación de penalidades contractuales y de las sanciones previstas en la Ley Nº 2095 su modificatoria Ley Nº 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14. La repartición licitante podrá solicitar modificaciones al cronograma establecido. Artículo 31.- LUGAR Y FORMA DE RECEPCIÓN DE INSUMOS: El adjudicatario deberá efectuar la entrega de los insumos en el domicilio indicado en la Orden de Compra, o donde la repartición licitante lo designe, en el día y hora previamente estipulada. El transporte, carga, descarga y estiba de las mercaderías serán efectuadas por el proveedor, estando a su exclusivo cargo. Artículo 32.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA ENTREGA: Remito original y tres (3) copias en los que se indicará: orden de compra, número de renglón, cantidad de productos entregados, código de producto, fabricante y nombre comercial (este último sólo si corresponde), número de lote y/o partida y fecha de vencimiento. Ante la falta de individualización de las características mencionadas deberá la autoridad rechazar la entrega, siendo en consecuencia, imputable al proveedor. Artículo 33.- MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA: Una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante puede aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la disminución puede incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante no exceda el porcentaje previsto, según corresponda. En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrán exceder el veinte por ciento (20%), y se deberá requerir la conformidad del cocontratante. Si esta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato, aún con consentimiento del cocontratante. Artículo 34.- FACTURACIÓN Y PLAZO DE PAGO: El adjudicatario sólo deberá facturar lo efectivamente entregado. El pago se realizará de acuerdo a las disposiciones contenidas en los arts. 21, 22, 23 y 24 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Artículo 35.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO: El incumplimiento en término de las obligaciones contractuales coloca a la adjudicataria en estado de mora automática y, por lo tanto, sujeta a la aplicación de las penalidades establecidas en el presente Pliego y a la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley Nº 2095 su modificatoria Ley 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14. Artículo 36.- PENALIDADES: Los oferentes o contratantes pueden ser pasibles de las siguientes penalidades: a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. b) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales. c) Rescisión del contrato por culpa del cocontratante.

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A los efectos de la aplicación de las penalidades se deben reunir todos los antecedentes referidos al desempeño del oferente o contratante durante el desarrollo del procedimiento contractual, que motiven y justifiquen la aplicación de la penalidad. Artículo 37.- PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA – DESISTIMIENTO DE OFERTAS: El desistimiento de la oferta antes del vencimiento del plazo de validez establecido según art ículo 17 conlleva la pérdida de la garant ía de oferta. En caso de desistimiento parcial, la garantía se pierde de forma proporcional. Artículo 38.- PÉRDIDA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO – INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA: Si el adjudicatario no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del término de cinco (5) días de recibida la Orden de Compra, se le intimará en forma fehaciente, por igual término. Vencido el plazo otorgado en la intimación sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá el contrato con la pérdida de la garant ía de la oferta o de un monto equivalente a dicha garant ía, sin perjuicio del cargo que se le formule al adjudicatario por los daños y perjuicios que dicha conducta puede haberle ocasionado al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 39.- MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS: El adjudicatario puede solicitar, por única vez, la prórroga del plazo de entrega que se estipule en la reglamentación de la presente, antes del vencimiento del mismo, exponiendo los motivos de la demora. La prórroga sólo es admisible cuando existan causas debidamente justificadas y las necesidades del Gobierno de la Ciudad admitan la satisfacción de la prestación fuera de término. La multa por mora es del uno por ciento (1%) del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato por cada siete (7) días de atraso o fracción mayor de tres (3) días. Si el plazo de entrega fuera inferior a siete (7) días, no resulta de aplicación lo previsto en el artículo 120 de la Ley, procediéndose a la rehabilitación del contrato conforme al art ículo 121 de la Ley y su reglamentación. Rehabilitación de Contrato: “Vencido el plazo de cumplimiento del contrato o de la prórroga que se hubiera acordado, sin que los elementos fueran entregados o prestados los servicios de conformidad, el contrato queda rescindido de pleno derecho por la parte no cumplida, sin necesidad de intimación o interpelación judicial o extrajudicial, debiendo luego la Unidad Operativa de Adquisiciones proceder al dictado de la declaración formal de la rescisión, salvo que antes del vencimiento, agotada la posibilidad de prórroga, el adjudicatario haya solicitado de acuerdo a lo dispuesto en el art ículo 120 de la Ley la rehabilitación del contrato por la parte no cumplida. El contrato rehabilitado debe cumplirse dentro de los mismos plazos y puede otorgarse la misma prórroga y en las mismas condiciones que para el contrato original. Si el adjudicatario que solicitó la rehabilitación no hace el pago de la multa del diez por ciento (10%) dentro de los tres (3) días de habérsele comunicado la aceptación de la rehabilitación, se da por rescindido el contrato, sin más trámite, en las condiciones estipuladas en este mismo artículo”. (art. 121 Anexo I del Decreto Nº 95/GCBA/14). Dicho depósito deberá realizarse en la Tesorería General perteneciente al Ministerio de Hacienda, sita en Av. Belgrano 840 – en el horario de 9.30 a 14.30 hs. Los depósitos en Cheque deberán realizarse en la Cuenta 200330/4 “Multa Proveedores y Contratistas”. Cheque Propio del Adjudicatario, el cual deberá ser librado a nombre del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CRUZADO – NO A LA ORDEN. Los depósitos en efectivo deberán realizarse en la Cuenta 200233/2 “Multa Proveedores y Contratistas”. Artículo 40.- SANCIONES: Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades establecidas en el artículo precedente, los oferentes pueden asimismo ser pasibles de las siguientes sanciones: • Apercibimiento: a) Por desistimiento de la oferta. b) Por incumplimientos o

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demoras en sus obligaciones contractuales siempre y cuando para el caso no estuviera previsto una penalidad contractual. c) Si tuvieran, a criterio de las distintas Dependencias Usuarias, dos (2) conceptos malos al cabo de un (1) año y siempre que los motivos del mismo no se encuentren previstos en ot ras causales de sanción. • Suspensión: a) De un (1) mes a seis (6) meses: El proveedor que incurriere en el incumplimiento establecido en el art ículo 128 de la Ley Nº 2095 y su Decreto reglamentario Nº 754/GCBA/08. El proveedor que, intimado para que deposite en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante el valor de la multa o de la garant ía perdida, no lo haga dentro del plazo que se le fijare a tal efecto. El proveedor al que se le hayan impuesto tres (3) apercibimientos en el lapso de un año calendario, contando a partir de la imposición del primero de ellos. b) De siete (7) meses a un (1) año, al proveedor que incurra en el incumplimiento establecido en el artículo 129 de la Ley 2095 y su Decreto reglamentario Nº 754/GCBA/08. c) De más de un (1) año y hasta dos (2) al proveedor que incurra en los incumplimientos establecidos en los artículos 130, 131 y/o 132 de la Ley 2095 y su Decreto reglamentario Nº 754/GCBA/08.• Inhabilitación: a) El proveedor que acumulara suspensiones por más de (2) años en el transcurso de un lapso de cinco (5) años calendario. b) El proveedor que, habiendo cumplido la suspensión prevista en el artículo 137, inciso b) de la Ley Nº 2095 y su Decreto reglamentario Nº 754/GCBA/08, no haya efectuado el depósito correspondiente a la multa o garant ía pedida, hasta tanto no efectúe el pago respectivo. En el caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato, igualmente le será aplicada la penalidad y la sanción que pudiere corresponderle aún cuando el contrato se encontrara rescindido y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente Acto Administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción. Artículo 41.- RESCISIÓN DEL CONTRATO POR CULPA DEL COCONTRATANTE. CAUSALES: a) Rechazo de la Orden de Compra: si el adjudicatario rechazare la Orden de Compra dentro del plazo de tres (3) días de perfeccionado el contrato, se intimará al cumplimiento contractual, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de la garantía de la oferta, sin perfjuicio de las demás sanciones contractuales. b) Incumplimiento del Contrato: vencido el plazo de cumplimiento del contrato, de su prórroga o en su caso, del contrato rehabilitado, sin que los bienes hayan sido entregados o prestados los servicios de conformidad, se rescindirá el mismo de pleno derecho con pérdida de las garantías correspondientes sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, debiendo luego el organismo licitante proceder al dictado de la declaración formal de rescisión (art. 129 Ley Nº 2095). c) Prestación con Carácter Especial: El incumplimiento de las prestaciones en que no sea posible admitir su satisfacción fuera de término, en razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la Administración, es sancionado con la rescisión del contrato más la pérdida de la garant ía de cumplimiento del mismo por el importe total de aquella (art. 130 Ley Nº 2095). d) Fraude o Negligencia: Cuando el cocontratante incurre en negligencia en la ejecución del contrato o incumple las obligaciones a su cargo, el organismo contratante puede rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo del cocontratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. Asimismo es causal de rescisión del contrato por culpa del cocontratante y con las consecuencias precedentemente indicadas, cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión (art. 131 Ley Nº 2095). e) Transferencia o Cesión el Contrato: Cuando el cocontratante transfiera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por la entidad contratante, ésta debe rescindir unilateralmente el contrato por culpa del cocontratante, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato (art. 132 Ley Nº 2095).

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Artículo 42.- RESCISIÓN TOTAL O PARCIAL: La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento pueden ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquel. Además de las penalidades previstas para la rescisión parcial o total del contrato, en el caso de haberse acordado prórrogas, será de aplicación la multa fijada en la reglamentación al art. 121 de la Ley, calculada en relación con el valor no satisfecho. Artículo 43.- FALSEAMIENTO DE DATOS: El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garant ía. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garant ía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.

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Índice Anexo I

Pliego de Bases y Condiciones Particulares

1º) OBLIGACIONES DEL OFERENTE 2º) VENCIMIENTO Y CANJE 3º) ALTERNATIVA 4º) EMBALAJE Y PALLETIZACION DE LOS PRODUCTOS 5º) GLUTERALDEHIDO 14 DÍAS con ACTIVADOR 6º) GLUTERALDEHIDO 30 DÍAS sin ACTIVADOR y ORTOFTALDEHIDO 7º) ENVASES 8º) MARCA 9º) DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA ENTREGA

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Anexo I

Pliego de Bases y Condiciones Particulares

OBJETO: DETERGENTES Y SOLUCIONES PARA INSTRUMENTAL 1º) OBLIGACIONES DEL OFERENTE

El incumplimiento de alguna de las obligaciones que se indican a continuación dará lugar al rechazo de la oferta.

a. El oferente deberá indicar en cada renglón de su presupuesto el nombre genérico y la marca comercial de los productos cotizados, número de Certi ficado de Autorización de Venta otorgado por Autoridad Sanitaria Nacional, nombre comercial de la especialidad medicinal y denominación del Establecimiento Elaborador, forma farmacéutica, concentración, presentación y/o embalaje, según lo solicitado en las Especificaciones Técnicas.

b. Deberá presentar al momento de la Apertura de Ofertas, una Declaración Jurada del Director Técnico avalada por el Apoderado Legal, manifestando que todos los productos cotizados se ajustan a lo establecido por la Ley 16.463, sus modificatorias, Decretos y Resoluciones.

c. Laboratorios, Droguerías, Farmacias y Distribuidoras Nacionales deberán presentar, al momento del Acto de Apertura de Ofertas, copia de la Habilitación e Inscripción extendida por ANMAT, como elaborador, importador, o distribuidor de los productos cotizados y el certificado de GMP otorgado por dicho organismo (Disposición ANMAT 1930/95) y/ o la constancia de aptitud para elaborar y controlar dicho producto expedida por ANMAT, firmada por Apoderado Legal y Director Técnico.

d. Ultimo Certificado de Libre Sanción extendido por la A.N.M.A.T. donde conste la situación del oferente con respecto a la existencia o no de sanciones que se le hubiesen aplicado en un período no menor a 12 (doce) meses anteriores a la fecha de invitación del concurso. Este certi ficado puede tener como máximo 90 días de expedido.

e. Disposición con la designación del Director Técnico expedida por la ANMAT u organismo competente, firmada por el Apoderado Legal y el Director Técnico.

f. Copia autenticada del certi ficado actualizado de la especialidad medicinal ofertada, otorgado por la A.N.M.A.T., para cada uno de los renglones cotizados (firmada en original por el Director Técnico y el Apoderado Legal). De encontrarse éste vencido, deberá adjuntarse una copia de la solicitad de reinscripción, cuya fecha de presentación no puede superar los seis (6) meses de la fecha de apertura, conjuntamente con la nota expedida por la COORDINACIÓN DE EVALUACION DE MEDICAMENTOS DE LA A.N.M.A.T., donde conste la autorización para continuar con la comercialización del producto hasta que se efectúe el acto administrativo correspondiente.

g. El oferente deberá comunicar junto con la presentación de su oferta la designación de un representante a los efectos de coordinar y asegurar el cumplimiento de las obligaciones contractualmente pactadas, como así, de las novedades que le impongan las autoridades del Organismo Licitante. En caso de que dicha designación no fuera comunicada expresamente en la oferta, se tomará como REPRESENTANTE a / los FIRMANTES de la Oferta. Cualquier

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modificación en la designación del representante deberá ser notificada en forma fehaciente al Organismo Licitante, dentro de un plazo de 24 horas de producido el hecho.

h. En el caso en que el oferente no sea el productor primario del insumo cotizado (Droguerías, Distribuidores, etc.) deberá acompañar una nota del fabricante donde se lo autoriza a cotizar dicho producto en la presente licitación, en un todo de acuerdo con el pliego, detallando cantidades a entregar y aceptando el cronograma de entregas propuesto en la licitación.

i. Para los medicamentos comprendidos en la Disposición Nº 3185/99 de la A.N.M.A.T. y Resolución Nº 189/2000 del MSPN – Sec. de Políticas y Regulación Sanitarias, se deberá presentar copia autenticada de los certificados correspondientes extendidos por la A.N.M.A.T., en los que conste la aprobación de los estudios de biodisponibilidad y bioequivalencia.

j. Soluciones Parenterales: deberá cumplir con las “Normas para la Identificación por Colores de Envases” establecidos en el Anexo IX punto 3) de la Disposición ANMAT Nº 2819/2004. El organismo licitante puede solicitar muestras para verificar su cumplimiento.

k. Para Productos Sanitizantes, Desinfectantes y Esterilizantes de Uso Profesional Exclusivo, comprendidos en la Disposición Nº 4324/99, deberán presentar Copia Autenticada del Certificado y Copia autenticada de la “Hoja de Seguridad del Producto”.

2º) VENCIMIENTO Y CANJE

Los productos tendrán una fecha de vencimiento no inferior a los doce (12) meses a partir de la fecha de entrega. El Organismo solicitante se reserva el derecho de exigir al respectivo proveedor, con un mínimo de TREINTA (30) días de antelación a la fecha de vencimiento declarada, que proceda a efectuar el canje de los medicamentos oportunamente provistos, por la misma marca, número de unidades y calidad, con vencimiento posterior, no inferior a 12 (doce) meses. 3º) ALTERNATIVA

El Organismo Licitante se reserva el derecho de considerar ofertas alternativas, de características distintas a lo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones, incluidos envases, formas farmacéuticas, y/o presentaciones de contenidos diferentes a los solicitados. En el caso de ofrecer distintas marcas comerciales para un mismo renglón deberán ser presentadas por separado como ofertas alternativas, de lo contrario no serán consideradas ofertas válidas. Deberán los proveedores especificar dicha característica en su oferta. 4º) EMBALAJE Y PALLETIZACION DE LOS PRODUCTOS

La mercadería deberá entregarse en pallets tipo ARLOG MERCOSUR (1,00 x 1,20m) con una altura máxima de 1,40m incluyendo la tarima, los mismos deben ser adecuados al peso/volumen de la carga, aptos para su almacenamiento en racks. Los pallets serán follados (con film adecuado) respetando la consigna del monolote y monoproducto (un pallet solo podrá contener un solo lote de un solo producto) En caso de utilizarse embalaje secundarios (cajas contenedoras) deberán ser de materiales adecuados para cada caso y respetando la consigna de monolote y monoproducto. Dichos pallets deberán identificarse con una etiqueta que indique la siguiente información: código del producto, descripción del producto, cantidad, lote y fecha de vencimiento.

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014. Año de las letras argentinas”

5º) GLUTERALDEHIDO 14 DÍAS con ACTIVADOR

El adjudicatario de gluteraldehido 14 días con activador deberá entregar, por cada Litro de Solución, 3 (tres) Tiras Reactivas de Control sin costo extra para el Ministerio de Salud del G.C.A.B.A. 6º) GLUTERALDEHIDO 30 DÍAS sin ACTIVADOR y ORTOFTALDEHIDO

El adjudicatario de gluteraldehido 30 días sin activador y ortoftaldehido deberá entregar, por cada Litro de Solución, 6 (seis) Tiras Reactivas de Control sin costo extra para el Ministerio de Salud del G.C.A.B.A. 7º) ENVASES

El Organismo Licitante, se reserva el derecho de considerar envases de capacidad distinta a la solicitada, en el presente Pliego de Bases y Condiciones. Los oferentes deberán cotizar sobre la base de la unidad del producto que se solicita, cualquiera sea la capacidad del envase que se comercialice, con el objeto de facilitar la comparación de precios. 8º) MARCA

Es imprescindible que se consigne la marca de los productos ofertados, o. Cuando en las especificaciones se mencione tipo de marca, lo es al solo efecto de señalar las características generales del artículo solicitado sin que ello implique que el proponente no pueda ofrecer art ículos similares, de ot ras marcas, pero asimismo deberá especificar lo que ofrece. 9º) DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA ENTREGA

Remito original y 3 (tres) copias en los que se indicará: orden de compra, número de renglón, cantidad de productos entregados, código de producto, fabricante y nombre comercial (este último sólo si corresponde), número de lote y/o partida y fecha de vencimiento. Ante la falta de individualización de las características mencionadas deberá la autoridad rechazar la entrega, siendo en consecuencia, imputable al proveedor.

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 108

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Pag.1 de ___

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓNTIPO: NRO.:AÑO:

1

2345

6

7

8

A

1040 UNIDAD x 1l 0

15 UNIDAD x 1u 0

28285 UNIDAD x 1u 0

14224 UNIDAD x 1u 0

18407 UNIDAD x 1u 0

24601 UNIDAD x 1u 0

8282 UNIDAD x 1u 0

3132 UNIDAD x 1u 0

4884 UNIDAD x 1u 0

580 UNIDAD x 1u 0

1328 UNIDAD x 1u 0

1660 UNIDAD x 1u 0

12409 UNIDAD x 1u 0

984 UNIDAD x 1u 0

273 UNIDAD x 1u 0

LA CARGA DE DATOS SE REALIZARA DE LA SIGUIENTE MANERA: LOS NUMEROS DECIMALES SE SEPARARAN CON COMA , y NO SE PONDRAN PUNTOS COMO SEPARADORES DE MILES

15 295-655014-9065027

DETERGENTE PREDESINFECTANTE - Para limpieza previa de instrumental quirúrgico y endoscopios - De pH final neutro, conteniendo propionato de didecilmetilo, polioxietilamonio, poliexanido, complejo trien

Establecimiento Elaborador

Fecha Vencimiento

del certificadoPRECIO TOTALCantidad

Requerida

RAZON SOCIAL:

DescripciónPRECIO

UNITARIO (Iva Incl.)

Cantidad OfertadaRENGLÓN

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD

MINISTERIOS DE SALUD

ANEXO II DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS

UnidadCertificado

ANMAT Nº / N* PM

LAS ÚNICAS OFERTAS VALIDAS SERÁN LAS PRESENTADAS EN ESTE FORMULARIO; NO OBSTANTE LAS EMPRESAS PODRÁN ACOMPAÑAR A ÉSTA PLANILLA INFORMACIÓN ADICIONAL EN PAPELERÍA PROPIA DE LA FIRMA.

Nombre Comercial / marca

Punto B - En este punto puede proponerse UNA UNICA OFERTA ALTERNATIVA POR RENGLON, explicando en el campo unificado, las observaciones de las misma.

NNE

Punto E, F y G - Es requisito indispensable completar y firmar todas las Declaraciones que se requieren en estos puntos.

COTIZACIÓN BÁSICA

Punto A - . Contendrá la cotización básica, la que debe ajustarse estrictamente a lo requerido en los Pliegos de Bases y Condiciones Grales., Particulares y Especificaciones Técnicas. No se deben modificar los números de ítem, ni el orden, ni los códigos, ni las definiciones del producto o la unidad. Solo se podrá modificar la cantidad ofrecida, cuando por razones de presentación, sea necesario hacerlo para adecuarla al empaque.

Los precios cotizados deben ser con IVA incluido, por unidad y por mercadería puesta en el destino explicitado en las Condiciones Particulares.

Punto C - Este espacio está previsto para cualquier aclaración, comentario u observación no contemplado en los puntos anteriores. Agregue el espacio que sea necesario.

Nº CUITTELÉFONOCORREO ELECTRÓNICO

LICITACION PUBLICA7992014

EL ORGANISMO LICITANTE SE RESERVA EL DERECHO, A SU SOLO JUICIO, DE DESCARTAR LAS OFERTAS QUE NO SE AJUSTEN A LAS CONDICIONES DETERMINADAS PARA LA PRESENTE LICITACIÓN, LAS CUALES EL OFERENTE DECLARA CONOCER Y ACEPTAR.

14 295-655014-9065024

DETERGENTE LIMPIADOR DESINFECTANTE - Octil Dietientriamina 2,43 %. - En polvo. Sobre x 50 g. Debe cumplir con la Disposición 6727/2003 del ANMAT.

13 295-655014-9065021

DETERGENTE ENZIMATICO - Detergente líquido trienzimático para instrumental quirúrgico, con proteasa, lipasa y amilasa - De pH neutro tanto la solución concentrada como la dilución de uso, bacteriostático,

12 295-655014-9065009

DETERGENTE LIMPIADOR DESINFECTANTE - De alto nivel, para instrumental quirúrgico y endoscopios - De pH entre 5 y 7, a base de ácido peracético 1500 ppm, sin ácido acético, biodegradable, no tóxico.

11 295-655014-9065008

DETERGENTE LIMPIADOR DESINFECTANTE - En espuma, listo para usar en un solo paso De acción bactericida, viricida, fungicida y tuberculosidal, para superficies y dispositivos médicos. En frasco con pu

10 295-655014-9065006

DETERGENTE LIMPIADOR DESINFECTANTE - De acción bactericida, viricida, fungicida y tuberculosidal Para suelos, paredes, materiales y equipos médicos, con bomba dosificadora de 20 ml - De pH alcalin

9 259-655007-9065046

ORTOFTALDEHIDO - De uso médico, para desinfección de instrumental, con una concentración mínima de 0,30 %, sin surfactantes, sin activador, listo para su uso, con un tiempo de estabilidad de 14 días. - C

8 252-652002-9065039

GLUTARALDEHIDO - Para desinfección de instrumental, concentración no menor al 2 %, sin activador actividad no menor a 30 días. Debe cumplir con la Disposición Nº 4324/99 - Con tiras reactivas para medic

7 252-650501-9047615

CLORHEXIDINA + ETILICO ALCOHOL - Al 1 % de Clorhexidina + 61 % de alcohol etilico, solución, en frasco x 500 ml -

6 252-650501-9012142

ETILICO ALCOHOL - Gel neutro, en frasco dosificador x 250 ml -

5 252-650501-9012141

ETILICO ALCOHOL - Gel neutro, en frasco dosificador x 500 ml -

4 252-650501-5069473

IODOPOVIDONA - Al 5 %, solución jabonosa, en envase x 1 l -

3 252-650501-5069471

IODOPOVIDONA - Al 10 %, solución, en envase x 1 l -

2 252-650501-5069470

IODOPOVIDONA - Al 10 %, pomada, en pote x 500 g -

1 252-650501-5066526

FORMOL - Producto farmacéutico básico, según Farmacopea Nacional Argentina vigente, con protocolo de análisis -

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Pag.2 de ___

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD

MINISTERIOS DE SALUD

MONTO TOTAL DE LA OFERTA $

BPrecio Unit.

100 % PESOSIVA INCLUIDO

1040 UNIDAD x 1l 0

15 UNIDAD x 1u 0

28285 UNIDAD x 1u 0

14224 UNIDAD x 1u 0

18407 UNIDAD x 1u 0

24601 UNIDAD x 1u 0

8282 UNIDAD x 1u 0

3132 UNIDAD x 1u 0

4884 UNIDAD x 1u 0

580 UNIDAD x 1u 0

1328 UNIDAD x 1u 0

1660 UNIDAD x 1u 0

12409 UNIDAD x 1u 0

984 UNIDAD x 1u 0

273 UNIDAD x 1u 0

C OBSERVACIONES

D GARANTIA DE OFERTA (En caso de superar la oferta las 30,000 U.C.)

14 295-655014-9065024

PRECIO TOTALNombre Comercial / marca

Establecimiento Elaborador

La garantía de oferta deberá ser constituida por el cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto.

15 295-655014-9065027

Cantidad Ofertada Unidad

ALTERNATIVA

RENGLÓN NNE Observaciones Cantidad Requerida

13 295-655014-9065021

Certificado ANMAT Nº / N*

PM

Fecha Vencimiento

del certificado

12 295-655014-9065009

11 295-655014-9065008

10 295-655014-9065006

9 259-655007-9065046

8 252-652002-9065039

7 252-650501-9047615

6 252-650501-9012142

5 252-650501-9012141

4 252-650501-5069473

3 252-650501-5069471

2 252-650501-5069470

1 252-650501-5066526

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GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD

MINISTERIOS DE SALUD

(En caso de presentar pólizas de caución) NOMBRE DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA

Los abajo firmantes, declaramos ACEPTAR, las manifestaciones siguientes:

1.- ACEPTAMOS LA PROPUESTA DE CUMPLIMIENTO DEL MANTENIMIENTO DE OFERTA, SEGÚN LO PRESCRIPTO POR EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.

2.- ACEPTAMOS LA PROPUESTA DE CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE ENTREGA Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS INSUMOS, EN UN TODO DE ACUERDO A LO PRESCRIPTO PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.

3.- ACEPTAMOS LA PROPUESTA DE PAGO EN UN TODO DE ACUERDO A LO PRESCRIPTO POR ELPLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.

4.- ADJUNTAMOS A LA PRESENTE EL ANEXO I, DDJJ DE APTITUD PARA CONTRATAR DEBIDAMENTE FIRMADO

5.- ADJUNTAMOS A LA PRESENTE EL AVAL QUE CERTIFICA EL CARÁCTER DEL FIRMANTE

Los abajo firmantes, declaramos BAJO JURAMENTO, las manifestaciones siguientes:

1. DECLARACIÓN JURADA DE CONFECCION DE LA OFERTA PRESENTADA

Los abajo firmantes, declaramos BAJO JURAMENTO, las manifestaciones siguientes:

1. DECLARACIÓN JURADA CUMPLIMIENTO LEY 16463

F DECLARACIONES JURADAS

G

firma DIRECTOR TÉCNICO y sello aclaratorio

DECLARACIONES JURADAS TÉCNICAS

firma APODERADO y sello aclaratorio

DECLARACIONES ADMINISTRATIVAS

firma DIRECTOR TÉCNICO y sello aclaratorio firma APODERADO y sello aclaratorio

firma APODERADO y sello aclaratorio

Los abajo firmantes declaramos bajo juramento que las especialidades medicinales cotizadas en esta contratación, son de origen genuino, cumplen con la LEY Nº 16.463, sus modificatorias y decretos reglamentarios, y sus correspondientes certificados de autorización de venta expedidos por el Ministerio de Salud de la Nación se encuentran en plena Vigencia.

firma APODERADO y sello aclaratorio

Los abajo firmantes declaramos bajo juramento que la oferta presentada en soporte magnetico y la presentada en formato papel guardan EXACTO CORRELATO ENTRE SUS DATOS.

firma APODERADO y sello aclaratorio

firma APODERADO y sello aclaratorio

E

firma APODERADO y sello aclaratorio

MONTO GARANTIA PRESENTADA

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Gobi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res

“2014. Año de las letras argentinas”

Órgano Rector Dirección General de Compras y Contrataciones Departamento Pliegos y Aperturas (Aprobado por Disposición N°………. del ………)

CLÁUSULAS GENERALES

Artículo 1°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 2°.- NORMATIVA APLICABLE Artículo 3°.- ADQUISICIÓN DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES Artículo 4°.- COMUNICACIONES Artículo 5°.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y

PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD (RIUPP)

Artículo 6°.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO Artículo 7°.- CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIO

MOROSOS Artículo 8°.- CONSULTAS Artículo 9°.- CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A. Artículo 10.- DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR Artículo 11.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Artículo 12.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Artículo 13.- COTIZACIONES PARCIALES Artículo 14.- GARANTÍAS CLASES

a) De mantenimiento de oferta b) De cumplimiento del contrato

c) Contra garantía

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d) De impugnación a la preadjudicación de las ofertas

e) De impugnación al pliego FORMAS DE CONSTITUCIÓN DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS Artículo 15.- EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS Artículo 16.- ANUNCIO DE LA PREADJUDICACIÓN Artículo 17.- PLAZO PARA IMPUGNAR Artículo 18.- PRESENTACIÓN DE LAS IMPUGNACIONES Artículo 19.- PRERROGATIVA DEL GCABA Artículo 20.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO Artículo 21.- CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS Artículo 22.- DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA

FACTURA Artículo 23.- PAGO – PLAZOS Artículo 24.- ÚNICA FORMA DE PAGO Artículo 25.- MORA Artículo 26.- MONEDA DE COTIZACIÓN Y DE PAGO Artículo 27.- PLAZO DE ENTREGA Artículo 28.- FLETE Y DESCARGA Artículo 29.- CIERRE POR VACIONES Artículo 30.- COMPETENCIA JUDICIAL Artículo 31.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN Artículo 32.- CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 43 DE LA CONSTITUCIÓN

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 113

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Gobi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res

“2014. Año de las letras argentinas”

Órgano Rector Dirección General de Compras y Contrataciones Departamento Pliegos y Aperturas (Aprobado por Disposición N°………. del ………)

MINISTERIO DE HACIENDA

ÓRGANO RECTOR

PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Artículo 1º.- AMBITO DE APLICACIÓN:

Las normas contenidas en el presente articulado, constituyen el PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para los contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, alquileres con opción a compra y permutas del PODER EJECUTIVO, que celebren los organismos del Sector Público comprendidos en la Ley y para todos aquellos contratos no excluidos expresamente en la ley citada o sujetos a un régimen especial1.

Artículo 2°.- NORMATIVA APLICABLE:

El presente llamado a licitación y/o contratación se regirá por las disposiciones de la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCABA/06 (B.O.C.B.A. Nº 2.557); su Decreto Reglamentario Nº 754/GCABA/2008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960); Decreto 1.276/GCABA/06 (B.O.C.B.A. Nº 2.513) modificado por Decretos Nº 466/GCABA/08 (B.O.C.B.A. Nº 2.924) y 754/GCABA/2008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960); Ley 1218 promulgada por Decreto Nº 2.819/GCBA/03 (B.O.C.B.A. Nº 1.850); Ordenanza Nº 52.236; Decreto Nº 1.616/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 329) y Decreto Nº 1.693/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 337); Artículo 48, Ley Nº 7 (B.O.C.B.A. Nº 405), y las contenidas en las Cláusulas Particulares.

Artículo 3°.- ADQUISICIÓN DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES:

Los Pliegos de Bases y Condiciones se suministrarán en forma gratuita, salvo en aquellos casos en que fundadamente y por sus características el organismo contratante determine que sean obtenidos previo pago de una suma que será establecida en la convocatoria, y no podrá superar el uno por ciento (1%) del monto estimado de la compra2.

///...

1 Art. 2 Ley N° 2.095 2 Art. 86. 8 Decreto Nº 754/GCABA/2008

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Órgano Rector Dirección General de Compras y Contrataciones Departamento Pliegos y Aperturas (Aprobado por Disposición N°………. del ………)

...///

En este último caso, sólo se tendrán en cuenta las ofertas presentadas por las firmas proveedoras que hayan abonado, previo a la apertura del acto licitario, el arancel correspondiente al valor del pliego. El importe recibido por la Administración por la venta de pliegos, no será devuelto a los adquirentes en ningún caso, aún cuando por cualquier causa se dejara sin efecto la licitación o se rechazaran todas las ofertas.

Artículo 4°.- COMUNICACIONES:

Las comunicaciones que se realicen entre el Organismo licitante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, podrán llevarse a cabo por cualquier medio de comunicación. No podrán utilizarse estos mecanismos para poner en ventaja a un interesado u oferente sobre los restantes.3

Artículo 5°.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y

PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD (RIUPP):

Los interesados en participar en los procedimientos de selección deberán haber iniciado el trámite de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda (RIUPP).

Es condición para la preadjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP. En el caso de contratación menor, la inscripción debe estar cumplida en forma previa a la adjudicación. Cuando se tratare de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el proveedor debe estar inscripto en forma previa a la preselección.4

La inscripción debe realizarse por el interesado a través del sitio de Internet, en la página www.buenosaires.gov.ar/rup, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado RIUPP. Para más datos, podrá concurrir a Av. de Mayo Nº 525 Planta Baja Oficina 20, de lunes a viernes en el horario de 10,00 a 15,00 horas, o comunicándose a los teléfonos 4343-8877, 4323-9619, 4323-9400, Internos 2066 y 2068 o el que oportunamente se determine.

Artículo 6º.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO:

Se considerará como domicilio legal el declarado en calidad de constituido en el RIUPP.

3 Art. 79 Decreto Nº 754/GCABA/2008. 4 Art. 22 Decreto Nº 754/GCBABA/2008.

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 115

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Gobi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res

“2014. Año de las letras argentinas”

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Artículo 7°.- CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS:

El oferente deberá presentar, en el RIUPP al momento de la inscripción, el “Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos” expedido por el organismo competente dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, del que resulta que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del organismo de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos5.

Artículo 8°.- CONSULTAS:

Las consultas relacionadas con los distintos procesos licitatorios se realizan ante la respectiva Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) mediante correo electrónico [email protected], fax 4342-9997 o por escrito, hasta setenta y dos (72) horas previas a la fecha establecida para la apertura de las ofertas. Asimismo, y en base a la naturaleza de la contratación, podrán fijarse plazos distintos al establecido6. Las respuestas o aclaraciones formuladas por la Unidad Operativa de Adquisiciones respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la licitación o contratación, serán comunicadas a cada uno de los oferentes de conformidad con lo previsto en el Artículo 4º. Comunicaciones.

Artículo 9°.- CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.:

A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), se comunica que este Gobierno reviste la condición de Exento.

En consecuencia, en las ofertas no deberá discriminarse el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.

El número de CUIT correspondiente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el 34-99903208-9.

[Las jurisdicciones y entidades pertenecientes al Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que no se correspondan con lo citado en los párrafos anteriores deberán consignar los datos que les son propios].

5 Art. 7, Ley N° 269. 6 Art. 86.11 Decreto Nº 754/GCBABA/2008

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 116

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Artículo 10.- DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR:

Los interesados en presentarse a procedimientos de selección en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán adjuntar a la oferta una declaración jurada de la que resulte que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del órgano de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la Ley. Ver “Anexo I: Declaración Jurada de Aptitud para contratar”.

La Comisión Evaluadora de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento.

La falsedad de los datos cuanto de la documentación acompañada implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción de rescisión del contrato7.

Artículo 11.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS:

Las ofertas serán presentadas por duplicado y deberán estar firmadas por el oferente o su representante legal. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante, debiéndose presentar la documentación que acredite el carácter invocado.

Las ofertas deberán encontrarse firmadas en todas sus fojas, incluyendo aquellas que expresamente requiera el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, más la documentación adicional, folletos o todo tipo de publicidad que el oferente adjunte y foliadas en forma correlativa8 .

Artículo 12.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA:

La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación de los Pliegos de Bases y Condiciones con la oferta, salvo que los mismos sean solicitados como requisito junto con la documentación que integra la misma9.

Artículo 13.- COTIZACIONES PARCIALES:

El oferente debe formular oferta por la totalidad de las cantidades

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7 Art. 96 Decreto N° 754/GCBABA/2008 8 Art. 102 Decreto Nº 754/GCABA/2008. 9 Art. 103 Ley N° 2.095

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solicitadas para cada renglón, salvo que los pliegos en sus Cláusulas Particulares admitan cotizaciones parciales. Asimismo, sólo en el caso de que la oferta contemple la totalidad de los renglones y cantidades solicitadas, el oferente podrá ofrecer descuento sobre la base de su adjudicación íntegra.10

Artículo 14.- GARANTÍAS: 14.1. CLASES a) De mantenimiento de Oferta: cinco por ciento (5%) del valor total

de la oferta. Cuando se trate de ofertas por servicios, deberá tenerse en cuenta el valor total del servicio, es decir, el que resulte del valor mensual, por hora, o el que se requiera en las cláusulas particulares, por la totalidad en tiempo del servicio que se solicite.

En los casos de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el valor de la garantía de oferta es del 5% sobre el monto total del presupuesto oficial de la compra o contratación. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato.

EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA LA INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA, SU NO PRESENTACIÓN DARÁ LUGAR AL DESCARTE DE LA MISMA. b) De cumplimiento del contrato: diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación.

c) Contra garantía: cien por ciento (100%) sobre el monto que reciba el adjudicatario en concepto de adelanto, si el mismo estuviere previsto en los Pliego de Condiciones Particulares.

d) De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicada, a criterio del organismo licitante. Para el caso de licitaciones con doble sobre, los porcentajes deben calcularse sobre el presupuesto oficial de la compra o contratación. e) De impugnación al pliego: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del presupuesto oficial, a criterio del organismo licitante De no existir presupuesto oficial, el monto de la garantía en concepto de impugnación de pliego, será establecido en las Condiciones Particulares de los Pliegos y no puede superar el 3% del monto estimado de la contratación11.

10 Art. 90 Decreto Nº 754/GCABA/2008 11 Art. 99 Ley N° 2095 y Decreto N° 754/GCABA/2008.

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14.2. FORMAS DE CONSTITUCIÓN

Las garantías pueden constituirse de las siguientes formas o combinaciones de ellas12:

a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la Jurisdicción o entidad contratante. b) Mediante cheque certificado, contra una entidad bancaria. El Organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.

Cuando la garantía se integre mediante el depósito en efectivo -Apartado a)- el mismo deberá efectuarse en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires y cuando se opte por cheque certificado, previsto por el Apartado b), éste deberá estar emitido a favor de la citada entidad bancaria o su similar.

En caso que se opte por alguna de las opciones mencionadas precedentemente, el proveedor deberá concurrir a la Casa Matriz del Banco Ciudad, sita en la calle Sarmiento Nº 630, Piso 2º, Sector Títulos y Valores y abrir una “Cuenta de Garantía”, efectuando en ella los depósitos pertinentes, extendiéndole el Banco un comprobante dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas, el que se deberá adjuntar a la oferta. c) Mediante aval bancario u otra fianza a satisfacción del Organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.

d) Mediante seguro de caución a través de pólizas emitidas por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del Organismo contratante o licitante.

e) Mediante títulos públicos emitidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los mismos deben ser depositados en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se debe calcular tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o mercado correspondiente, lo que debe ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores de los títulos en cuestión, se formulará el cargo por los gastos que ello ocasione. El eventual excedente queda sujeto a las disposiciones que rigen para la devolución de las garantías.

f) Afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados, firmes y a disposición de su cobro en organismos de la Administración del Gobierno de la Ciudad, a cuyo efecto el interesado

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12 Art. 100 Ley N° 2.095

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deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente.

La elección de la forma de la garantía, en principio, queda a opción del oferente o adjudicatario, si nada se expresa en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares respecto de algún tipo de garantía en especial.

Las garantías podrán ser sustituidas por otras de igual magnitud, a pedido del oferente o adjudicatario, previa aprobación por parte del organismo contratante o licitante. Las garantías deben ser constituidas a entera satisfacción del organismo licitante.

14.3. DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS

a) Serán devueltas de oficio:

i. Las garantías de mantenimiento de oferta a los oferentes que no resulten adjudicatarios, una vez adjudicada la contratación.

ii. Las garantías de cumplimiento de contrato una vez cumplido el contrato a entera satisfacción del Organismo contratante, salvo que este afectado por una garantía técnica, la que será devuelta una vez operado el vencimiento del período de dicha garantía.

b) A solicitud de los interesados, deberá procederse a la devolución parcial de las garantías de adjudicación en proporción a lo ya cumplido, para lo cual se aceptara la sustitución de la garantía para cubrir los valores resultantes.

En el caso de que los oferentes o adjudicatarios luego de notificados por cualquiera de los medios previstos en la Ley no retirasen las garantías, podrán reclamar su devolución dentro del plazo de ciento ochenta (180) días a contar de la fecha de notificación.

La falta de presentación del oferente o adjudicatario dentro del plazo establecido precedentemente, implica la renuncia tacita de su derecho a la devolución de la garantía a favor del Organismo contratante.13

Artículo 15.- EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS:

No será necesario constituir la garantía de la oferta, ni de adjudicación, cuando el monto de la oferta o del contrato no supere el límite de las Treinta Mil Unidades de Compra (U.C. 30.000)14.

13 Art. 113 Decreto Nº 754/GCABA/2008 14 Art. 101 Decreto Nº 754/GCABA/2008

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Artículo 16.- ANUNCIO DE LA PREADJUDICACIÓN:

La preadjudicación se anuncia en uno o más lugares visibles de la Unidad Operativa de Adquisiciones, a los cuales tiene acceso el público, Av. de Mayo 575, PB Of. 14, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un día.

Paralelamente a su exhibición en Cartelera Oficial, la misma se publicará, en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; así como también, para las Licitaciones Públicas y Privadas, se publicará en el Boletín Oficial del mismo, por el término de un (1) día.

Cuando se trate de procesos de etapas múltiples, la preselección se exhibirá en uno o más lugares visibles de la Unidad Operativa de Adquisiciones a los cuales tiene acceso el público, por el mismo período que se establece para las preadjudicaciones, y se publicará en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El resultado de las preselecciones al igual que las preadjudicaciones se comunicará a todos los participantes del proceso licitatorio.

Todas las comunicaciones que se mencionan en el presente artículo son efectuadas a los oferentes, antes del día de publicación de los anuncios15.

Artículo 17.- PLAZO PARA IMPUGNAR:

Los interesados podrán formular impugnaciones a la preadjudicación dentro del plazo de tres (3) días, contados desde el día de publicación de los anuncios de la preselección y/o de la preadjudicación16.

La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas, previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires17.

Asimismo, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, también tomará intervención, en su caso, antes de la adjudicación aún cuando no se hubieran deducido impugnaciones 18.

La impugnación del pliego puede ser recibida hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas, y se tramita por cuerda separada19.

Artículo 18.- PRESENTACIÓN DE LAS IMPUGNACIONES:

Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones a la Preselección y/o la Preadjudicación por parte de los oferentes, el depósito entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del

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15 Art. 108.1 Decreto Nº 754/GCABA/2008 16 Art. 108.2 Decreto Nº 754/GCABA/2008 17 Art. 109 Decreto Nº 754/GCABA/2008 18 Art. 141 Ley N° 2.095 19 Art. 99.d) Decreto Nº 754/GCABA/2008

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monto total de la oferta preadjudicada, a criterio de la Unidad Operativa de Adquisiciones. Para el caso en los que no se establezca por parte de la Unidad Operativa de Adquisiciones el porcentaje a depositar con respecto a la garantía de impugnación el mismo es del cuatro por ciento (4%) sobre el monto total preadjudicado por el que se presenta impugnación.

En el supuesto de que no existiese un preadjudicatario, para determinar el monto de la impugnación al acta, se efectuará el depósito del cuatro por ciento (4%) sobre el precio total de la oferta del impugnante.

En los procedimientos de doble sobre, dicho porcentaje se calcula de la siguiente manera:

- La impugnación en la etapa de preselección, sobre el presupuesto oficial o monto estimado de la contratación.

- La impugnación en la etapa de preadjudicación, sobre el importe total preadjudicado por el que se presenta impugnación.

Igual metodología se utiliza para la impugnación del pliego: de no existir presupuesto oficial, el monto de la garantía en concepto de impugnación de pliego, establecerá en las Condiciones Particulares de los Pliegos y no superará el 3% del monto estimado de la contratación.20

El depósito deberá efectuarse en Cuenta Corriente Nº 26.678/7 “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal actuante o entidad bancaria que indique la Jurisdicción respectiva, el que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.

Las impugnaciones deberán ser presentadas, en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones sita en Diagonal Roque Sáenz Peña 547 Piso 8°, dentro del plazo fijado en el artículo 17 del presente, adjuntando a la misma, la fotocopia de la boleta de depósito antes mencionada y exhibiendo el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no será considerada como impugnación.

Artículo 19.- PRERROGATIVA DEL GCABA:

Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo podrá solicitarse al oferente mejor calificado una mejora en el

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20 Art. 99.d) Decreto Nº 754/GCABA/2008

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precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente a los intereses del Gobierno, por aplicación de los principios de eficiencia y eficacia y economía previstos en la Ley21.

Artículo 20.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO:

Los organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes22.

Artículo 21.- CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS: Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos

establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentadas en original en el Centro Único de Recepción de Documentación de Pago, sito en la Av. Belgrano Nº 844, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del horario de 09:30 a 15:00 horas.

El Departamento Centro de Recepción de Documentación de Pago dependiente de la Dirección General de Contaduría, no recibirá ninguna factura que no posea el Parte de Recepción Definitiva debidamente suscripto por las entidades receptoras 23.

Artículo 22.- DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA

FACTURA(*):

Junto con la presentación de facturas, deberá acompañarse, obligatoriamente, una fotocopia debidamente autenticada del comprobante de pago correspondiente al último vencimiento operado al momento de presentar la factura en el Centro de Recepción de Documentación de Pagos, dependiente de la Dirección General de Contaduría, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Artículo 1º de la Ordenanza Nº 33.588 (B.M. 15.541), conforme lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 33.440 (B.M. 15.493) AD 350.29).

En cada una de las facturas que se presenten, deberá consignarse, indefectiblemente, el número de inscripción, debidamente actualizado, del impuesto de que se trata, que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos le haya acordado oportunamente a la firma presentante, conforme al Artículo 8º del Decreto Nº 2.241/85 (B.M. 17.498), a los efectos de la retención establecida por la Ordenanza Nº 40.434 (B.M. 17.460) y el Decreto Nº 706/GCABA/07 (B.O.C.B.A. Nº 2.689).

Para el caso de Contrataciones de Servicio, deberá presentarse una fotocopia autenticada de la Declaración Jurada de Cargas Sociales

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21 Art. 108.3 Decreto Nº 754/GCABA/2008 22 Art. 82 Ley N° 2.095 23 Art. 116 Decreto Nº 754/GCABA/2008

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(Formulario 931) correspondiente al mes anterior al momento de presentación de la factura y constancia de su pago.

Las jurisdicciones y entidades pertenecientes al Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reservan el derecho de verificar los datos expuestos.

Artículo 23.- PAGO – PLAZOS (*):

El pago se efectuará dentro del plazo de treinta (30) días de la fecha de presentación de la respectiva factura24, a efectuarse por la Dirección General de Tesorería, quien depositará los fondos en la cuenta del adjudicatario, de acuerdo a las normas básicas de funcionamiento de la CUENTA ÚNICA DEL TESORO25.

Artículo 24.- ÚNICA FORMA DE PAGO(*):

Los adjudicatarios deberán proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en cualquiera de sus sucursales, en la cual se depositarán los pagos. A tal efecto, se adjunta al presente Pliego de Bases y Condiciones el formulario “Anexo II – Autorización de acreditación de pagos del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en cuenta bancaria”, siendo sus formalidades las siguientes: CUENTA CORRIENTE COMÚN (Personas jurídicas y físicas) – CUENTA CORRIENTE ESPECIAL (Personas jurídicas)

Los titulares de este tipo de cuentas deberán presentar el formulario mencionado, debidamente completo con sus datos y certificada la cuenta por la sucursal bancaria correspondiente, en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Tesorería, sita en Bartolomé Mitre 648 – 7º piso de 9.30 a 14.30 hs. CAJA DE AHORROS (Personas Físicas)

Los titulares de este tipo de cuentas deberán realizar la presentación de acuerdo a lo establecido en el Memorandum Nº 4869-DGTES-06, siendo sus requisitos los siguientes:

1) El adjudicatario deberá requerir a la Repartición contratante una nota certificando la relación contractual existente, firmada por funcionario que tenga firma registrada en la sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y el Anexo II.

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24 Art. 116 Decreto Nº 754/GCABA/2008 25 Ordenanza Nº 52.236 -Decreto Nº 1.616/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 329); Decreto Nº 1.693/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 337) y Decreto Nº 466/GCBA/08.

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2) El adjudicatario deberá hacer certificar, en la sucursal indicada, la firma del funcionario inserta en la nota.

3) Con ambos documentos, procede a realizar la apertura de la Caja de Ahorros, en la sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires que seleccione el adjudicatario.

4) Efectuada la apertura de la Caja de Ahorros deberá entregar el Anexo II, con la certificación de la sucursal bancaria, en la Repartición contratante.

Artículo 25.- MORA (*):

En caso de producirse la mora en el pago, será de aplicación la tasa pasiva del Banco de la Ciudad de Buenos Aires para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.

La nota de débito por intereses debe ser presentada hasta 30 días posteriores de efectuada la acreditación en la cuenta bancaria. Vencido dicho plazo pierde todo derecho a reclamo26. (*) Los Arts. 22/25 rigen para la Administración Central, Ministerios y Comunas. Las demás jurisdicciones y entidades procederán de acuerdo a sus normas.

Artículo 26.- MONEDA DE COTIZACIÓN Y DE PAGO:

La moneda de cotización y pago será el Peso ($), moneda de curso legal en la República Argentina o el que se establezca en las cláusulas particulares27.

Artículo 27.- PLAZO DE ENTREGA: Los adjudicatarios deben cumplir la obligación en la forma, plazos o

fecha, lugar y demás condiciones establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares28.

Artículo 28.- FLETE Y DESCARGA:

El flete y la descarga serán por cuenta del adjudicatario, salvo indicación en contrario expresada fehacientemente en las Cláusulas Particulares.

Artículo 29.- CIERRE POR VACACIONES:

No serán tenidas en cuenta para la adjudicación, aquellas cláusulas impuestas por las firmas oferentes referidas al cierre por vacaciones,

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26 Art. 116 Decreto Nº 754/GCABA/2008 27 Art. 102.2 Decreto Nº 754/GCABA/2008 28 Art. 114º Ley N° 2.095 y Decreto Nº 754/GCABA/2008

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debiéndose recibir la correspondiente Orden de Compra en los términos reglamentarios y efectuar las entregas a las que se hubieran obligado, dentro de los plazos requeridos en el acto licitario.

Artículo 30.- COMPETENCIA JUDICIAL:

Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires29, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.

Artículo 31.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN:

Es causal de rechazo de la propuesta u oferta, en cualquier estado de la contratación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, sin perjuicio de las acciones penales que se pudieran deducir, el hecho de dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que:

a) Funcionarios o empleados públicos con competencia en el procedimiento de selección del cocontratante y en el contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.

b) Funcionarios o empleados públicos con competencia en el procedimiento de selección del cocontratante y en el contrato, hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que ésta haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones.

c) Cualquier persona hiciere valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éste haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones.

Son considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos o cualquier otra persona física o jurídica. Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producen aún en grado de tentativa30.

29 Artículo 48, Ley Nº 7, B.O.C.B.A. N° 405 30 Art. 15 Ley N° 2.095

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Artículo 32.- CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 43 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA

CIUDAD DE BUENOS AIRES:

En virtud de lo normado en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires se pone en conocimiento de todos los oferentes que el o los adjudicatarios estarán obligados a emplear personas con capacidades especiales que reúnan las condiciones y la idoneidad requerida para el puesto o cargo que deberá cubrirse en una proporción no inferior al cinco por ciento (5%) de la totalidad de su personal y a establecer reservas a ser ocupadas exclusivamente por ellas. Este porcentaje deberá mantenerse por causa de vacante o incremento de la dotación

Las personas con necesidades especiales que se desempeñen en tales condiciones gozarán de los mismos derechos y estarán sujetas a las mismas obligaciones que la legislación laboral aplicable prevé para el trabajador no discapacitado31.

NOTA: En la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires www.buenosaires.gov.ar/normativa, se encuentra disponible la normativa citada en el presente articulado.

31 Art. 43 Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, arts. 2 y 15 Ley N° 1502; y Decreto N° 812/GCABA/2005.

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Anexo I

DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR

El que suscribe, (Nombre y Apellido Representante Legal o Apoderado) …………………………………………………………………………..con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que (Nombre y Apellido o Razón Social)…………………………………………………………………………………………, CUIT Nº..-…….-.., esta habilitada/o para contratar con la ADMINISTRACION DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 95 de la Ley Nº 2.095 “Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, y que no está incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a h) del artículo 96 del citado plexo normativo. “Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” Ley Nº 2.095 y Decreto Reglamentario Nº 754/08 Artículo 95 - PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR. Pueden contratar con el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse, que no se encuentren comprendidas en el artículo 96 y que se encuentren inscriptas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores. Artículo 95 Decreto Reglamentario: A los fines de lo dispuesto en este artículo se entiende que el oferente deberá haber iniciado el trámite de inscripción en el RIUPP al momento de la apertura de la oferta. Asimismo, es condición para la preadjudicación que el oferente se encuentre inscripto en el RIUPP. En el caso previsto en el art. 38º de la Ley, la inscripción debe estar cumplida en forma previa a la adjudicación. Cuando se tratare de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el oferente debe estar inscripto en forma previa a la preselección. Artículo 96 - PERSONAS NO HABILITADAS. No pueden presentarse a ningún procedimiento de selección en el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. c) Los cónyuges de los sancionados. d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública Nº 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace. e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario. f) Los inhibidos.

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Órgano Rector Dirección General de Compras y Contrataciones Departamento Pliegos y Aperturas (Aprobado por Disposición N°………. del ………)

g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente. Artículo 96 Decreto Reglamentario: Las personas que deseen presentarse en procedimientos de selección en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán presentar conjuntamente con la oferta una declaración jurada en la que conste expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la Ley. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, la Comisión Evaluación de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento. La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción prevista en el art. 131, 2° párrafo de la Ley. El Órgano Rector determinará el tratamiento que se dará para el caso en que se constate la violación al inciso h) de la Ley. .......................................................................................... Firma Aclaración

........................................................................ Carácter

........................................................................ Ciudad de Buenos Aires,

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Gobi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res

“2014. Año de las letras argentinas”

Órgano Rector Dirección General de Compras y Contrataciones Departamento Pliegos y Aperturas (Aprobado por Disposición N°………. del ………)

Anexo II AUTORIZACION DE ACREDITACION DE PAGOS DEL TESORO DEL GOBIERNO DE LA

CIUDAD DE BUENOS AIRES EN CUENTA BANCARIA

Localidad, (1) (2)

SEÑORTESORERO GENERALDIRECCION GENERAL TESORERIA

El (los) que suscribe(n) (3)_______________________________________________________en mi(nuestro) carácter de (4)__________________________de (5)_______________________________DNI/CI/LE/LC ______________________, CUIT Nº (6)______________________Ingresos Brutos Nº____________, con domicilio legal/real/comercial (7) en la calle______________________________Nº ______Piso_________Dto./Oficina/Local Nº ______de la localidad de ______________________Provincia de ____________________________, autoriza (mos) a que todo pago que deba realizar laDIRECCION GENERAL TESORERIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES encancelación de deudas a mí (nuestro) favor por cualquier concepto de Organismos dependientes delGobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sea efectuado en la cuenta bancaria que a continuación sedetalla

DATOS DE LA CUENTA BANCARIA

CUENTA CORRIENTE O CAJA DE AHORRO (8) Nº:TITULARIDADDENOMINACIONBANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESSUCURSALDOMICILIOLa orden de transferencia de fondos a la cuenta arriba indicada, efectuada por la Dirección GeneralTesorería del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos Contractuales, extinguirála obligación del deudor por todo concepto, teniendo validez todos los depósitos que allí se efectúen,hasta tanto, cualquier cambio que se opere en la misma, no sea notificado fehacientemente a esaDirección Tesorería General.

…………………………………………….. ……………………………………………………(9) Firma Aclaración

……….………………………………………………………………………………………………Certificación Bancaria del cuadro de datos de la cuenta y firma (s) del (de los) titular (es)

(1) (2) Lugar y fecha de emisión, (3) Apellido y Nombre del (de los) que autoriza (n) el depósito, (4) Carácter por el cual firman(Presidente, Socio, Propietario, etc.), (5) Razón social o Denominación, (6) Número de CUIT. Impositivo, (7) (8) Tachar lo queno corresponda, (9) Firma (s) y Aclaración (es) del (de los) beneficiario (s)

AUTORIZACION DE ACREDITACION DE PAGOS DEL TESORO DEL GOBIERNO DE LACIUDAD DE BUENOS AIRES EN CUENTA BANCARIA

APELLIDO Y NOMBRE O RAZON SOCIAL:CUIT Nº:CUENTA CORRIENTE O CAJA DE AHORRO Nº:BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES – SUCURSAL:

FECHA DE PRESENTACION “ANEXO I”: ……/…../……

……………………………………… Firma y sello de Recepción

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“2014. Año de las letras argentinas”

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

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Pág. 2 de 4

ESPECIFICACIONES

FORMOL - Producto farmacéutico básico, según Farmacopea Nacional Argentina vigente, con protocolo de análisis -

IODOPOVIDONA - Al 10 %, pomada, en pote x 500 g -

IODOPOVIDONA - Al 10 %, solución, en envase x 1 l -

IODOPOVIDONA - Al 5 %, solución jabonosa, en envase x 1 l -

ETILICO ALCOHOL - Gel neutro, en frasco dosif icador x 500 ml -

ETILICO ALCOHOL - Gel neutro, en frasco dosif icador x 250 ml -

CLORHEXIDINA + ETILICO ALCOHOL - Al 1 % de Clorhexidina + 61 % de alcohol etilico, solución, en frasco x 500 ml -

GLUTARALDEHIDO - Para desinfección de instrumental, concentración no menor al 2 %, sin activador; actividad no menor a 30 días. Debe cumplir con la Disposición Nº 4324/99 - Con tiras reactivas para medición de la concentración de glutaraldehido activo

ORTOFTALDEHIDO - De uso médico, para desinfección de instrumental, con una concentración mínima de 0,30 %, sin surfactantes, sin activador, listo para su uso, con un tiempo de estabilidad de 14 días. - Con tiras reactivas para medición de la concentración de ortoftaldehido activo

1.040,000000

15,000000

28.285,000000

14.224,000000

18.407,000000

24.601,000000

8.282,000000

3.132,000000

4.884,000000

UNIDADx1l

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

1

2

3

4

5

6

7

8

9

252-00650501-05066526

252-00650501-05069470

252-00650501-05069471

252-00650501-05069473

252-00650501-09012141

252-00650501-09012142

252-00650501-09047615

252-00652002-09065039

259-00655007-09065046

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

No

No

No

No

No

No

No

No

No

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Pág. 3 de 4

ESPECIFICACIONES

DETERGENTE LIMPIADOR DESINFECTANTE - De acción bactericida, viricida, fungicida y tuberculosidal Para suelos, paredes, materiales y equipos médicos, con bomba dosif icadora de 20 ml - De pH alcalino, conteniendo anfóteros, amonio cuaternario, agentes quelantes, detergente no iónico, biodegradable, Dilución de uso 20 ml/8 litros de agua

DETERGENTE LIMPIADOR DESINFECTANTE - En espuma, listo para usar en un solo paso De acción bactericida, viricida, fungicida y tuberculosidal, para superficies y dispositivos médicos. En frasco con pulverizador formador de espuma - De pH neutro, contieniendo propionatos de amonio cuaternario, acetato de guanidinio, agentes de espuma controlada, detergentes no iónicos.

DETERGENTE LIMPIADOR DESINFECTANTE - De alto nivel, para instrumental quirúrgico y endoscopios - De pH entre 5 y 7, a base de ácido peracético 1500 ppm, sin ácido acético, biodegradable, no tóxico. Envasado en bidones x 5 litros, con activador y tiras reactivas para control d ti id d

DETERGENTE ENZIMATICO - Detergente líquido trienzimático para instrumental quirúrgico, con proteasa, lipasa y amilasa - De pH neutro tanto la solución concentrada como la dilución de uso, bacteriostático, atóxico, biodegradable, sin contenido de detergentes iónicos, no espumígeno, apto para lavado manual, mecánico y ultrasónico.Dilución de uso según fabricante de 2,5 a 5 ml/ litro de agua. Debe cumplir con la Disposición Nº 4324/99 del ANMAT.

DETERGENTE LIMPIADOR DESINFECTANTE - Octil Dietientriamina 2,43 %. - En polvo. Sobre x 50 g. Debe cumplir con la Disposición 6727/2003 del ANMAT.

580,000000

1.328,000000

1.660,000000

12.409,000000

984,000000

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

10

11

12

13

14

295-00655014-09065006

295-00655014-09065008

295-00655014-09065009

295-00655014-09065021

295-00655014-09065024

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

No

No

No

No

No

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 133

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

“2014. Año de las letras argentinas”

ESPECIFICACIONES

DETERGENTE PREDESINFECTANTE - Para limpieza previa de instrumental quirúrgico y endoscopios - De pH final neutro, conteniendo propionato de didecilmetilo, polioxietilamonio, poliexanido, complejo trienzimatico (lipasa, proteasa y amilasa). Biodegradable. Envasado en bidones x 5 litros, con bomba dosif icadora

273,000000 UNIDADx1 u

15 295-00655014-09065027

Cod. Catálogo U. Medida Cantidad Ren. Descripción Muestra

No

FIN DEL ANEXO

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 134

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M I N I S T E R I O D E S A L U D

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES (PETP)

Las características solicitadas para los equipos son las detalladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares. Cualquier divergencia, complemento o suplemento entre el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y las especificaciones técnicas emitidas por el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera, conforme al Catálogo General de Efectos y Servicios, responden a características superadoras solicitadas por el efector.-

1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 1

Equipo: MONITOR DE PRESIÓN NO INVASIVA NEONATAL Cantidad: UNO (1) 1.1. Monitor para medición de presión no invasiva por método oscilométrico. 1.2. Deberá mostrar los valores numéricos en pantalla de Presión diastólica, sistólica y media. 1.3. Rango de medición: 15 a 250 mmHg; exactitud: +- 5 mmHg; resolución: 1 mmHg 1.4. Modos de medición: Auto/Manual/Continuo. 1.5. Los intervalos de las mediciones automáticas podrán determinarse por el usuario. 1.6. Límite de inflado automático según tipo de paciente. 1.7. Alarma: diastólica, sistólica y media. 1.8. Medición Adulto/Pediátrico/Neonatal. 1.9. Alimentación 220 V y batería interna con autonomía de al menos 30 min.

1.10. ACCESORIOS POR EQUIPO: 1.10.1. Dos (2) mangueras / tubuladuras. 1.10.2. Cuatro (4) manguitos reusables (tamaño infante, pediátrico, adulto pequeño y adulto).

2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 2

Equipo: NEGATOSCOPIO Cantidad: ONCE (11) 2.1. Negatoscopio para visualización de dos placas de 35 x 43 cm simultáneas 2.2. Construido en chapa esmaltada. 2.3. Para dos placas radiográficas. 2.4. Prensa placa. 2.5. Frente acrílico de difusión uniforme de luz. 2.6. Con conexión a 220V, 50Hz. 2.7. Fabricación con condiciones de seguridad eléctrica. 2.8. Se deberá entregar instalado en donde el Hospital lo determine.

3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 3

Equipo: ELECTROCARDIÓGRAFO Cantidad: DOS (2)

EL ELECTROCARDIÓGRAFO DEBERÁ CUMPLIR AL MENOS LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES:

3.1. Para 12 derivaciones estándar, 3.2. De tres canales de estado sólido, 3.3. Con controles y menú en español. 3.4. Con protección contra desfibrilación.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 135

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M I N I S T E R I O D E S A L U D

3.5. Con selector de derivaciones, y calibración. 3.6. Modo de operación: Manual/Automático. 3.7. Ganancia configurable por el usuario: de al menos 0,5; 1; 2 cm/mV.

3.8. FILTROS MÍNIMOS REQUERIDOS: 3.8.1. De AC 50/60 Hz -20dB o menor, 3.8.2. Muscular 25 o 35 Hz – dB, 3.8.3. Filtro por derivación: 0,25 o 0,5 Hz -3Db

3.9. IMPRESIÓN: 3.9.1. En papel térmico milimetrado, 3.9.2. Que permita la impresión simultánea de al menos 3 (tres) derivaciones con indicación de: fecha,

ganancia, velocidad de papel.

3.10. PANTALLA LCD PARA: 3.10.1. Pre-visualización de las señales de ECG 3.10.2. Indicación de Frecuencia cardíaca, 3.10.3. Estado de los filtros, 3.10.4. Ganancia, 3.10.5. Velocidad del papel. 3.10.6. Indicador de conexión a alimentación /batería y 3.10.7. Estado de carga de la batería. 3.10.8. Salida para almacenar los ECGs en una PC y, desde allí, imprimirlos en cualquier impresora

estándar o permitir conectar el ECG directamente a la impresora. 3.10.9. Alimentación: 220 V, 50 Hz. y batería incorporada con autonomía de al menos 25 ECG. 3.10.10. Peso menor a 10 Kg. 3.10.11. Se suministrará con carro de electrocardiógrafo, el cual deberá contar con 4 ruedas que

permitan un fácil desplazamiento, ruedas con cubierta anti-hilo, un cajón para almacenar los accesorios del electrocardiógrafo y un estante inferior.

3.11. ACCESORIOS POR EQUIPO: 3.11.1. Dos (2) juegos de cables de ECG de 10 latiguillos 3.11.2. Cuatro (4) electrodos tipo pinza adultos 3.11.3. Cuatro (4) electrodos tipo pinza pediátricos 3.11.4. Seis (6) electrodos para pecho, tipo chupete completos adultos 3.11.5. Seis (6) electrodos para pecho, tipo chupete completos pediátricos 3.11.6. Dos (2) potes de gel para electrocardiografía. 3.11.7. Diez (10) rollos / resma de papel para impresión

4. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 4

Equipo: CARDIOVERSOR PORTATIL Cantidad: DOS (2) 4.1. Con cardioscopio, desfibrilador y marcapasos externo. 4.2. DESFIBRILADOR 4.2.1. De paletas externas Adultos / Pediátricas. Las paletas pediátricas deben estar integradas, lista

para ser usadas destrabando la paleta adulta. Evita el recambio de cable entre Adulto y Pediátrico.

4.2.2. Onda de desfibrilación bifásica. 4.2.3. Modos: Manual. 4.2.4. Rango de energía seleccionable mínimo: 2 a 200 joules. 4.2.5. Modo de disparo: Asíncrono / Sincrónico. 4.2.6. Autoajuste de energía máxima para descarga pediátrica de menos de 85 Joules. 4.3. MARCAPASOS EXTERNO:

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 136

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4.3.1. Modos: Fijo, A demanda. 4.3.2. Tasas de captura cardíaca superiores al 80% 4.3.3. Corriente de estimulación aproximada a 50 mA 4.4. MONITORIZACION: 4.4.1. Monitorización de ECG de 5 derivaciones. 4.4.2. Medición de ECG por cable paciente y paleta. 4.4.3. Capacidad de agregar (a futuro) monitoreo de SPO2.

4.5. PANTALLA 4.5.1. LCD de alta definición, retroiluminada, con visualización de textos, iconos y señal de ECG. 4.5.2. Dimensiones: 5” o superior. 4.6. ALARMAS: 4.6.1. Alarmas del Sistema: Monitor, desfibrilador y carga de la batería. 4.6.2. Alarmas Técnicas para todos los parámetros. 4.6.3. Auto-test: deberá contar con un sistema interno de chequeo y verificación de las descargas. 4.7. BATERÍA: 4.7.1. De alto rendimiento. Tipo recargable sin efecto de memoria. 4.7.2. Autonomía (valores de mínima): 50 descargas con máxima energía o 100 minutos de

monitorización. 4.7.3. Control del nivel de batería. 4.7.4. Indicación de carga y descarga de la batería en pantalla. 4.8. IMPRESORA: 4.8.1. Tipo Térmica de alta resolución. 4.8.2. Impresión de curvas, mediciones, alarmas, fecha y hora. 4.8.3. Modos de operación: Automático o manual. 4.8.4. Capacidad de imprimir el historial de eventos cardiológicos hasta 5 segundos previos al disparo. 4.9. SUMINISTRO DE PODER: 4.9.1. Voltaje, 100–240 VAC 50/60 Hz. 4.10. ACCESORIOS POR EQUIPO: 4.10.1. Dos (2) cables paciente de 5 latiguillos completos (cable troncal y latiguillos). 4.10.2. Un (1) juego de paletas adultas. 4.10.3. Un (1) juego de paletas pediátricas.

5. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 5

Equipo: OXÍMETRO DE PULSO – SATURÓMETRO – PULSIOXIMETRO Cantidad: TRES (3) 5.1. Oxímetro de pulso para uso clínico para pacientes adultos / pediátricos / neonatales. 5.2. Display gráfico de cristal líquido de alto contraste 5.3. Rango de Saturación de 0 a 100% 5.4. Precisión 2% en adultos y 3% en neonatos 5.5. Precisión ±2 lpm o ±2%Rango de frecuencia del pulso de 30 a 250 lpm 5.6. Pantalla que permita una permanente visibilidad (día / noche). 5.7. Deberá visualizar los valores numéricos y la curva pletismográfica de pulso con ajuste automático

de ganancia. 5.8. Volumen de latido regulable. 5.9. Deberá permitir la medición en condiciones de baja perfusión. 5.10. Indicador de nivel de perfusión (nivel de señal) con cada pulso detectado. 5.11. ALARMAS,

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 137

Page 138: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

M I N I S T E R I O D E S A L U D

5.11.1. Automática por default y 5.11.2. Ajustables para la Saturación y frecuencia 5.11.3. Acústica: silenciable por dos minutos aproximadamente y de volumen regulable 5.11.4. E indicadores visuales de: estados de monitoreo, alarmas de sensor, baja batería, límites

violados, alarma silenciada. 5.12. FUNCIONAMIENTO DUAL: 5.12.1. Con batería interna (autonomía mínima 2 hs) 5.12.2. Alimentación con línea (220 VAC 50 Hz sin cargador/fuente de alimentación externo). 5.13. ACCESORIOS POR EQUIPO: 5.13.1. 2 (dos) prolongadores / intermediario de saturación. 5.13.2. 2 (dos) sensores de saturación adulto reutilizable. 5.13.3. 2 (dos) sensores de saturación neonatal (universal en Y) reutilizable (con banda de sujeción).

6. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 6 Equipo: TENSIOMETRO ANEROIDE PARA PARED Cantidad: TRES (3) 6.1. Para toma de presión arterial, 6.2. con cápsula de widia, 6.3. con brazalete neumático con ajuste por cinta abrojo y pera de goma, 6.4. con prolongador, calibrado, 6.5. con soporte para fijación a pared. 6.6. Se deberá entregar instalado donde lo determine el Hospital.

6.7. ACCESORIOS POR EQUIPO:

6.7.1. Dos (2) manguitos reusables tamaño lactante, 6.7.2. Dos (2) manguitos reusables tamaño pediátrico 6.7.3. Dos (2) manguitos reusables tamaño adulto. 6.7.4. Una (1) cápsula de widia de repuesto. 6.7.5. Una (1) pera de goma de repuesto.

7. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 7

Equipo: LARINGOSCOPIO ADULTO-PEDIÁTRICO Cantidad: DOS (2) 7.1. Tipo Mcintosh 7.2. Construido en acero inoxidable esterilizable, 7.3. Para sistema de fibra óptica: luz halógena 7.4. Alimentación a batería. 7.5. ACCESORIOS: 7.5.1. Ramas: Una tamaño Nº 2, una tamaño Nº 3, una tamaño Nº 4 (aproximadamente 15 cm de

largo) 7.5.2. Dos (2) Sets de baterías. 7.5.3. Tres (3) lámparas de repuesto. 7.5.4. Un (1) estuche de transporte

8. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 8

Equipo: VENTILADOR PULMONAR PARA PACIENTES ADULTOS Y PEDIÁTRICOS Cantidad: DOS (2)

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 138

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8.1. Respirador controlado por microprocesador, con pantalla color, táctil y de tamaño mayor o igual a

12¨. 8.2. Posibilidad de seleccionar al arranque entre modos neonatal, pediátrico, adulto. 8.3. Software en castellano. 8.4. Conmutación automática de gases en caso de falla de uno de ellos. 8.5. Deberá permitir el almacenamiento en orden cronológico las alarmas, eventos y cambios de

ajustes producidos en el equipo: FiO2, VM, VT, FR, PEEP, Resistencia, Compliancia, Presión plateau, Presión pico. Con una capacidad de almacenamiento de eventos de al menos 24 horas, indicando fecha y hora de los mismos.

8.6. MODOS VENTILATORIOS 8.6.1. Ventilación controlada por volumen (VC). 8.6.2. Ventilación controlada por presión (PC). 8.6.3. Ventilación Asistida / Controlada. 8.6.4. SIMV + PC. 8.6.5. SIMV + VC. 8.6.6. Presión de soporte. 8.6.7. Ventilación de seguridad (de apnea). 8.6.8. Relación I:E inversa. 8.6.9. Volumen controlado regulado por presión. 8.6.10. Ventilación espontánea con presión de soporte. 8.6.11. CPAP. 8.6.12. Bipap / Bilevel / Bivent. 8.6.13. Ventilación No Invasiva (VNI) 8.6.14. Modo de cambio entre ventilación mandatoria y ventilación espontánea según la necesidad del

paciente. 8.7. MEDICIÓN DE PARÁMETROS VENTILATORIOS 8.7.1. Presiones pico, meseta (en los modos asistidos y controlados ciclados por volumen o por

tiempo), media, PEEP. 8.7.2. Volumen tidal espirado, volumen minuto, volumen minuto espontáneo, fracción de fugas. 8.7.3. Frecuencia respiratoria automática y espontánea, 8.7.4. Concentración inspiratoria de O2, 8.7.5. Resistencia y Compliancia. 8.7.6. P01 de forma continua 8.7.7. Trabajo respiratorio. 8.7.8. Regulación de PEEP. 8.7.9. Trigger inspiratorio por flujo o presión. 8.7.10. Oxigenación al 100% para maniobras de aspiración, entregando pre y post oxigenación (con la

posibilidad de efectuarlo mediante tecla o perilla), con cancelación automática de alarmas durante la ejecución de la misma.

8.7.11. Compensación automática de fugas. 8.8. AJUSTE DE PARÁMETROS VENTILATORIOS 8.8.1. Frecuencia respiratoria: 5 a 150 r/min 8.8.2. Tiempo de inspiración: 0,1 a 5 s. 8.8.3. Volumen Tidal: desde al menos 10 ml a 2000 ml (CMV) 8.8.4. Flujo inspiratorio: 5 a 150 l/min 8.8.5. Presión inspiratoria: 0 a 80 mbar 8.8.6. Concentración de oxígeno: 21 a 100 % 8.8.7. PEEP: 0 a 45 mbar. 8.8.8. Sensibilidad de trigger: 0,5 a 2 l/min y/o -10 a 0 cm de H20. 8.8.9. Presión de soporte: 0 a 80 mbar. 8.8.10. Relación I:E 1:10 a 4:1 8.9. VISUALIZACIÓN 8.9.1. Curvas en tiempo real de presión, flujo, volumen y bucles.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 139

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8.9.2. Posibilidad de visualizarlas curvas de presión, flujo, volumen y los bucles de manera simultánea.

8.9.3. Gráficos de Tendencias hasta 24 horas. 8.9.4. Lazos configurados por el usuario: P/V – F/V, con posibilidad de congelamiento. 8.9.5. Deberá poseer indicadores luminosos (de diferentes colores, claramente identificables desde

cualquier ángulo) para: encendido, conexión a red eléctrica, funcionamiento con batería, estado de carga de la batería.

8.10. SISTEMA DE ALARMAS 8.10.1. Volumen Minuto mínimo y máximo. 8.10.2. Presión en vías aéreas. Paw mínima y máxima. 8.10.3. Concentración de O2 inferior y superior. 8.10.4. Frecuencia de taquipnea. 8.10.5. Tiempo de alarma de apnea. 8.10.6. Desconexión eléctrica. 8.10.7. Batería baja. 8.10.8. Baja presión de O2 / Aire Comprimido. 8.11. ALIMENTACIÓN 8.11.1. Suministro eléctrico de 220V/50Hz. 8.11.2. Batería interna con autonomía de al menos 1 hora. 8.12. ACCESORIOS POR EQUIPO 8.12.1. En caso de que el equipo ofertado posea sistema de medición de flujo de hilo caliente, deberá

proveerse diez (10) sensores reusables. 8.12.2. Una (1) Celda de oxigeno. 8.12.3. Diez (10) circuitos paciente neonatal y Diez (10) circuitos paciente pediátrico/adulto (con filtros,

válvulas, etc.), descartables, con sistema calefactor para la vía inspiratoria. 8.12.4. Dos (2) pulmones de prueba (uno neonatal y uno adulto). 8.12.5. Cuatro (4) filtros bacterianos (para la vía respiratoria). 8.12.6. Carro autoportante con cuatro (4) ruedas recubiertas de goma, con sistemas de frenos en al

menos dos de ellas, brazo articulado. 8.12.7. Trampa de agua en la entrada de suministro de aire comprimido. 8.12.8. Un (1) manguera de oxígeno para la conexión del equipo con la red de gases con el tomagoma

bajo norma DISS. 8.12.9. Un (1) manguera de aire comprimido para la conexión del equipo con la red de gases con el

tomagoma bajo norma DISS 8.12.10. Un (1) sistema humidificador con las siguientes características: calefactor para la vía

inspiratoria, compatible con circuito paciente (8.12.3); base calefaccionada para 220 [V]/50 [Hz], tres (3) depósitos de agua de material transparente, con marcadores de medida de llenado, lavable y esterilizable en autoclave. Display digital con indicador de temperatura en ºC. Deberá estar amurado al carro del equipo (8.12.6).

9. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 9 Equipo: VENTILADOR PULMONAR NO INVASIVO - BIPAP Cantidad: DOS (2) 9.1. Equipo para ventilación no invasiva con dos niveles de presión (Bilevel Positive Airway Presure

BiPAP). 9.2. MODOS DE FUNCIONAMIENTO: 9.2.1. S (Espontáneo) 9.2.2. S/T (frecuencia de respaldo o similar) 9.2.3. CPAP (o similar) 9.2.4. PCV (Control de presión o similar) 9.2.5. T (Controlado)

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 140

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9.3. CAPACIDAD PARA MONITOREAR: 9.3.1. Volumen corriente 9.3.2. Frecuencia respiratoria 9.3.3. Presión respiratoria (inspiratoria y espiratoria) 9.3.4. Nivel de fugas 9.3.5. Deberá permitir el funcionamiento con volumen objetivo / target modificando la presión

inspiratoria dentro de un rango establecido de presiones (garantizando volumen corriente programado)

9.3.6. Deberá contar con algún sistema de almacenamiento de datos. 9.4. ALARMAS: 9.4.1. Desconexión eléctrica. 9.4.2. Desconexión del paciente 9.4.3. Baja/Alta presión 9.4.4. Ventilación minuto baja 9.4.5. Volumen corriente bajo (al funcionar con volumen objetivo / target) 9.4.6. Apnea. 9.4.7. Batería baja. 9.4.8. Baja presión de O2 / Aire Comprimido.

9.5. PARÁMETROS 9.5.1. Volumen: 100 – 1500 ml (+- 10 %) 9.5.2. Tiempo de crecimiento (Rise time): 100 – 400 ms 9.5.3. Rampa de adormecimiento: 10 – 45 min 9.5.4. Frecuencia de backup: 4 a 30 rpm (+- 10%) 9.5.5. Ti: 0,5 – 3 seg 9.6. ALIMENTACIÓN 9.6.1. Suministro eléctrico de 220V/50Hz. 9.6.2. Bateria con autonomía de al menos dos (2) horas. 9.7. ACCESORIOS POR EQUIPO: 9.7.1. Dos (2) Juegos de tubuladuras reusables 9.7.2. Dos (2) Juegos de máscaras pediátricas reusables, de gel a ser especificadas por la institución. 9.7.3. Humidificador (apto para humidificación contínua por tiempo prolongado) con selector. 9.7.4. Conexión en T para enriquecimiento de oxígeno.

10. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 10

Equipo: PANTOSCOPIO PARA ADULTO Cantidad: UNO (1) 10.1. Pantoscopio para adulto con mango de superficie antideslizante; 10.2. Otoscopio con lupa removible y oftalmoscopio intercambiables. 10.3. Espéculos para oído de al menos 2 medidas para adultos. 10.4. Alimentación: baterías comunes.

10.5. ACCESORIOS: 10.5.1. Estuche resistente; 10.5.2. Set de baterías recargables: 10.5.3. lámparas de repuesto. 10.5.4. Un (1) cargador de baterías

11. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 11

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 141

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Equipo: EQUIPO PANTOSCOPIO PARA PEDIÁTRICO Cantidad: TRES (3)

11.1. Pantoscopio pediátrico / neonatal con mango de superficie antideslizante; 11.2. Otoscopio con lupa removible y oftalmoscopio intercambiables. 11.3. Espéculos para oído de al menos 2 medidas pediátricas neonatales. 11.4. Alimentación: baterías comunes de 1,5 V.

11.5. ACCESORIOS POR EQUIPO: 11.5.1. Estuche resistente; 11.5.2. Dos (2) Set de baterias recargables: 11.5.3. Tres (3) lámparas de repuesto. 11.5.4. Un (1) cargador de baterías

12. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 12

Equipo: LARINGOSCOPIO TIPO MINIMILLER PEDIÁTRICO NEONATAL Cantidad: DOS (2)

12.1. Construido en acero inoxidable, esterilizable 12.2. Con luz halógena iluminación a fibra óptica 12.3. Alimentación a batería.

12.4. ACCESORIOS POR EQUIPO: 12.4.1. Tres (3) ramas: Tamaños (0, 1 y 2) 12.4.2. Dos (2) Set de baterías 12.4.3. Tres (3) lámparas de repuesto. 12.4.4. Un (1) estuche de transporte

13. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 13

Equipo: MONITOR MULTIPARAMÉTRICO Cantidad: DOS (2) 13.1. Monitor apto para uso en pacientes críticos adultos y pediátricos. 13.2. Los monitores deberán ser de tipo modular y deberán contar con módulos intercambiables a nivel

de usuario. El módulo base de cada monitor deberá medir los siguientes parámetros: ECG, SPO2, 2 Temp, PNI, 2 IBP.

13.3. Completamente microprocesado, pantalla color de alta resolución, (resolución mínima de 1024 x 768 píxeles) display de al menos 14” de diagonal.

13.4. Menú sencillo, en español. 13.5. Acceso rápido a los datos del paciente y/o configuración de los datos a mostrar. 13.6. Nº de trazos / curvas: mínimo 5 con capacidad de expansión. 13.7. Permitirá la visualización en pantalla de los valores numéricos de los parámetros solicitados y sus

límites de alarma seteados. 13.8. Tendencias gráficas y tabulares de 24 hs. de todos los parámetros 13.9. Ítems alfanuméricos: Frecuencias cardiaca (FC) y de pulso (FP), presiones sistólica, diastólica y

media, temperatura, SpO2. 13.10. Ítems gráficos: señal de ECG, curva pletismográfica, respiración. 13.11. Velocidad de barrido y amplitud de cada canal seleccionables por el usuario. 13.12. Contará con alarmas visuales, sonoras y tecla de silencio de todos los parámetros, con máximos y

mínimos. 13.13. Detección y análisis de arritmias básicas (Asístole, Bradicardia Taquicardia, y Fibrilación). 13.14. Alimentación: 220 V – 50 Hz y batería interna. Autonomía de la batería no menor a una hora. 13.15. El monitor debe estar protegido contra descargas de desfibrilador, y deberá detectar y rechazar la

señal de marcapasos.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 142

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13.16. Deberá ser posible la actualización de software periódicamente. También deberá tener la posibilidad de ampliación en el futuro para agregar las siguientes opciones: Capnografía, Gasto Cardíaco (mínimamente invasivo), Batería, análisis de segmento, análisis de arritmia completa.

13.17. ELECTROCARDIOGRAFÍA: 13.17.1. Canales que permitan ver dos derivaciones distintas, cable paciente de 5 electrodos. 13.17.2. Pantalla de ECG en cascada. 13.17.3. Con análisis de arritmias básicas. 13.17.4. Con protección contra desfibrilación. 13.17.5. Parámetros aproximados de FC: rango 15-300 ppm. – Precisión: 1 ppm. Acho de banda: 0,05-

100Hz. 13.18. RESPIRACIÓN: 13.18.1. Método de medición, impedancia torácica. 13.18.2. Rango 0-120 rpm, alarma de apneas, filtro para interferencia y artefactos. Precisión: igual o

mejor que 2%. 13.19. SPO2 (SATURACIÓN DE OXÍGENO): 13.19.1. Deberá permitir la medición en condiciones de baja perfusión. 13.19.2. Graficación de la curva pletismográfica. 13.19.3. Valores numéricos de SpO2 y FP en pantalla. 13.19.4. Límites de alarma programables. 13.19.5. Rango de medición: 0 a 100%; precisión: igual o mejor que 2%; resolución: 1%. Rango de

alarmas: 0-100% 13.20. PANI (PRESIÓN ARTERIAL NO INVASIVA): 13.20.1. Método de medida: oscilométrico. 13.20.2. Modo manual, auto y continuo. 13.20.3. Valores numéricos en pantalla de Presión diastólica, presión sistólica y presión media. 13.20.4. Alarma: diastólica, sistólica y media. 13.20.5. Rango de medición: 10 a 270 mmHg; precisión: igual o mejor que 2%; resolución: 1 mmHg. 13.21. TEMPERATURA: 13.21.1. Rango de medición: 0 a 50 ºC; resolución 0.1 ºC, exactitud: 0.2ºC. 13.22. CAPNOGRAFÍA: 13.22.1. Deberá contar el sistema flujo lateral (sidestream). 13.22.2. Valor numérico de FiCO2 y EtCO2, y graficación de la curva de capnografía. 13.22.3. Rango de medición: 0 a 99 mmHg; precisión: igual o mejor que 2%; resolución: 1 mmHg. 13.23. PRESIÓN INVASIVA: 13.23.1. Canales de Presión Arterial Invasiva: Rango de medición: - 25 mmHg a 300 mmHg. 13.23.2. Cero automáticos de la escala. Escala automática en mmHg en el inicio del registro. 13.23.3. Salida de video, permitiendo la conexión con un monitor repetidor. 13.23.4. Posibilidad de visualizar a futuro imágenes de diagnostico. 13.24. ACCESORIOS POR EQUIPO: 13.24.1. Dos (2) juegos completos de ECG de 5 leads (cable troncal y latiguillos) con terminales tipo

pinzas/cocodrilo. 13.24.2. Dos (2) sensores de SpO2 reusable, tipo universal en Y (con banda sujetadora de silicona). 13.24.3. Dos (2) sensores de temperatura de piel. 13.24.4. Dos (2) sensores de temperatura esofágica-rectal 13.24.5. Dos (2) manguera para la medición de PNI 13.24.6. Cuatro (4) manguitos reusables (tamaño infante, pediátrico, adulto pequeño y adulto) 13.24.7. Dos (2) intermediarios para IBP (con la tecnología que la institución solicite). 13.24.8. Veinte (20) Líneas de capnografía descartables y 5 trampas de agua. 13.24.9. Se deberán incluir los soportes (en caso de ser necesario). Se entregarán instalados en la Sala

de Shock Room de la Guardia del Hospital.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 143

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13.25. MÓDULOS ADICIONALES

Además de los dos módulos base se deberán incluir: Dos (2) módulos de CO2 (Capnografía)

14. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 14 Equipo: CAMILLA PARA CLÍNICA PEDIÁTRICA Cantidad: DIEZ (10) 14.1. Largo 180 cm +/- 5 cm 14.2. Ancho 60 cm +/- 5 cm 14.3. Alto 85 cm +/- 5 cm 14.4. Con regatones antideslizantes de PVC 14.5. Estructura portante de caño de acero SAE 1010 de 30 mm de lado y 24 mm de espesor con

cruceta de refuerzo 14.6. Cromado con un espesor mínimo de 25 micrones con pulido perfecto 14.7. Plano superior conformado por colchoneta tapizado en cuero vinílico con relleno de espuma de

poliuretano de 60 mm.

15. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 15 Equipo: CARRO PARA PARO CARDÍACO Cantidad: DOS (2) 15.1. Carro para paro cardíaco en emergencias. 15.2. Construido en estructura de acero con tratamiento electrostático de alta resistencia. 15.3. Plano principal soporte para Cardiodesfibrilador. 15.4. Bandeja deslizable bajo plano principal en acero inoxidable. 15.5. Con cuatro (4) cajones con divisiones; los dos superiores para medicamentos y el inferior para

accesorios de profundidad. Todos con traba. 15.6. Con cuatro (4) ruedas, al menos dos (2) con frenos. 15.7. Parachoques con rodillos montados en las 4 esquinas de aprox. 100 mm de diámetro. 15.8. Cesto plástico para residuos. 15.9. Soporte telescópico para suero. 15.10. Accesorio para al menos 1 tubo de oxígeno de aluminio con válvula reductora. 15.11. Tamaño aproximado: Altura 70cm, Ancho 55cm y Profundidad 40cm

16. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 16 Equipo: CAMA PARA TERAPIA INTENSIVA Cantidad: SIETE (7) 16.1. LECHO DE PLÁSTICO DESMONTABLE: 16.1.1. Resistente al intensivo lavado con desinfectantes y químicos hospitalarios. 16.1.2. De fácil limpieza y desinfección integral, cuya estructura no permita la formación de colonias

bacterianas. 16.1.3. Fluoroscópico radio-translúcido, con soporte de chasis radiográfico para realizar radiografías de

tórax sentado. 16.1.4. Apto para masajes cardíacos (maniobras de RCP). 16.1.5. Soportes de colchón en laterales y pies 16.1.6. Topes perimetrales. 16.2. MEDIDAS: 16.2.1. Largo externo 180 +/- 10 % cm. 16.2.2. Ancho externo con barandas menor 90cm 16.2.3. Altura de lecho al piso de 60 cm a 85 cm aprox.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 144

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16.3. CABECERA Y PIECERA: 16.3.1. Estructura metálica y/o plástico moldeado de alta resistencia, (NO pintado, NO enchapados

plásticos, NO de melamina). Resistente a golpes y maniobras de emergencia. 16.3.2. Rebatibles y/o desmontables. 16.3.3. Deben permitir trasladar la cama desde ellas. 16.4. BARANDAS: 16.4.1. Con barandas rebatibles (tipo cuna), de no menos de 50 cm de alto, con barrotes de no más de

6 cm de separación, preferentemente de la misma longitud que el largo máximo de la cama. 16.4.2. Con normas de seguridad que impida que el paciente pueda pasar la cabeza o brazos entre los

barrotes de la baranda. 16.4.3. Con trabas de seguridad que deberán estar fuera del alcance del paciente y que garantice la

seguridad de las manos del operador. 16.5. RUEDAS: 16.5.1. De 125 mm de diámetro como mínimo. 16.5.2. Conformadas por núcleo de hierro con rodamiento a bolilla o rodillo, banda en goma, con tapa

protectora anti-hilo 16.5.3. Montadas en horquilla de hierro zincado con doble crapodina. 16.5.4. Freno total giro y rotación en al menos dos (2) de ellas. 16.6. MOVIMIENTOS ELÉCTRICOS: 16.6.1. Actuadores lineales de gran fuerza, que posean unidades blindadas de bajo voltaje con central

de comandos bi-volt (110/220 V) automático. 16.6.2. La cama debe estar liberada del suministro de energía mientras no se accione para evitar

interferir en señales de monitores y minimizar los riesgos de shock eléctrico. 16.6.3. El sistema eléctrico debe ser protegido contra derrames. 16.6.4. Comandos en cama o con posibilidad de fijarlos a la misma (control remoto). 16.6.5. Función de emergencia para Resucitación Cardio Pulmonar. Debe permitir mediante un

accionamiento que la cama quede en posición en forma rápida permitiendo así comenzar con las maniobras de RCP.

16.6.6. Batería de reserva. 16.7. MOVIMIENTOS: 16.7.1. Trendelemburg 16.7.2. Trendelemburg invertido 16.7.3. Respaldar 16.7.4. Piernas con articulación de rodillas 16.8. ACCESORIOS POR EQUIPO: 16.8.1. Calce para porta-sueros/porta-bomba en cada ángulo (cabecera y pies). 16.8.2. Un (1) soporte para bombas de infusión. 16.8.3. Un (1) mástil con al menos 6 ganchos multipropósito fijos para colgar sachets de suero, etc.

Íntegramente construido en tubo de acero inoxidable calidad AISI 304. 16.8.4. Trapecio para ayuda del paciente. Debe soportar 40kg (como mínimo) y evitar golpes con los

poliductos de gases. 16.8.5. Soporte para tubo de oxígeno. 16.8.6. COLCHÓN: 16.8.6.1. De espuma poliuretánica de densidades diferentes de acuerdo al reparto del peso del paciente. 16.8.6.2. Que permita copiar las articulaciones de la cama. 16.8.6.3. Funda de PVC impermeable, atóxico, con tela indesmallable, antibacteriana, resistente a fluidos

corporales y líquidos de limpieza (incluido el cloro). Uniones selladas para evitar filtraciones. 16.8.6.4. Medidas compatibles con el lecho de la cama. 16.8.6.5. Colchón adicional: de las mismas características que el colchón principal para el sector de

extensión del lecho 16.8.7. ALMOHADA:

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 145

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G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

M I N I S T E R I O D E S A L U D

16.8.7.1. De fibras siliconadas, con doble funda (interior de poliéster y exterior de PCV), con juntas y cierres sellados.

16.8.7.2. Totalmente impermeable

17. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 17

Equipo: BALANZA ELECTRÓNICA PARA BEBÉS Cantidad: DOS (2) 17.1. Balanza para bebés con capacidad hasta 15kg como mínimo, graduación de 10 grs 17.2. Base/asiento/plataforma de acero inoxidable apto para su fin. 17.3. Deberá poseer tecla de tara y fijación de cero. 17.4. Deberá entregarse con su correspondiente certificado de exactitud emitido por la oficina nacional

de pesas y medidas. 17.5. Alimentación 220 V, 50 Hz.

18. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL RENGLÓN Nº 18 Equipo: BALANZA Cantidad: DOS (2)

18.1. Capacidad de pesada máxima aproximada: 150 Kg. 18.2. Capacidad de pesada mínima aproximada: 100 g. 18.3. Resolución máxima: 100g. 18.4. Altura de lectura de 1,55 m, 18.5. Rango de altímetro telescópico: 1,10m a 2,00m. 18.6. Con certificaciones de calibración.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 146

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G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

M I N I S T E R I O D E S A L U D

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES (PETG) 1. OBLIGACIONES DEL OFERENTE. 1.1. En la oferta, las características y especificaciones técnicas del equipamiento; así como en toda

presentación y documentos relativos a ella que deba presentar el oferente al GCABA con posterioridad al momento de presentación de la misma, deberán estar redactadas en idioma castellano. No serán tenidos en cuenta al momento de la evaluación aquella información expresada en otro idioma.

1.2. Deberá presentar una declaración jurada de estar de acuerdo y en conocimiento de la normativa, metodología y forma de pago del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la contratación del servicio de reparación de equipamiento médico, sea cual fuere la metodología. Si el oferente no prestara en un futuro el servicio técnico de reparación, se compromete a gestionarlo con los representantes oficiales y exclusivos bajo el marco de la normativa mencionada.

1.3. Todas las siglas referentes del Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares (PETP) son orientativas, figurativas y estimativas. Serán tenidas en cuenta otras nomenclaturas y siglas que demuestren un modo de funcionamiento similar al requerido.

1.4. Todos los rangos solicitados en los parámetros descritos en el PETP son orientativos, figurativos y estimativos. Serán tenidos en cuenta otros rangos que demuestren estar dentro de los parámetros de aplicación médica.

1.5. En los casos en que el equipamiento requiera de instalación, cableado, u otra intervención, la totalidad de las tareas y materiales estarán a cargo del oferente hasta lograr que el equipo quede operativo en todas sus prestaciones. En aquellas adquisiciones que sea necesario que el adjudicatario opere sobre la estructura del establecimiento afectando la mampostería mediante roturas, perforaciones, o similar, para la colocación de medios de fijación, paneles de cabecera, o cualquier otro estativo, el oferente deberá efectuar todos los trabajos correspondientes dejando la mampostería en condiciones similares a las iniciales sin que se comprueben discontinuidades abruptas en la estructura, revoque, revestimiento y pintura.

1.6. Los equipos deberán poseer al menos las características generales citadas en el PETP. Serán tenidas en cuenta y debidamente evaluadas otras especificaciones no solicitadas siempre que cumplan con los requerimientos mínimos y de acuerdo a las necesidades puntuales del efector.

1.7. Deberán incluirse todos los accesorios y cables operacionales de los equipos en estas especificaciones técnicas, que hagan al correcto y mejor funcionamiento de los mismos para el fin propuesto, sin perjuicio de que no se incluyan explícitamente en el presente pliego.

2. GARANTÍA

2.1. Todos los equipos deberán contar con una garantía total no menor a 2 (dos) años. 2.2. Durante todo el período, la Garantía deberá incluir el Mantenimiento Predictivo, Preventivo y

Correctivo (contemplando la provisión y reemplazo de todas las partes) que deberá ejecutarse de acuerdo a los protocolos originales de fábrica. Se deberá incluir el mantenimiento preventivo-correctivo correspondiente al mes 24°.

2.3. La Garantía deberá incluir la mano de obra, los repuestos, los fletes, las calibraciones y cualquier otro gasto que pudiera surgir para los mantenimientos preventivos /predictivos /correctivos durante el período de garantía.

2.4. Para los mantenimientos preventivos se presentará, junto con la oferta, el listado completo de tareas a realizar en cada visita. Se indicará frecuencia de visitas anuales y tiempo necesario de desafectación de servicio del equipo. En caso de requerir el retiro del equipo para la ejecución de las tareas de mantenimiento preventivo, el adjudicatario deberá proveer de otro equipo de iguales(o superiores) características al provisto hasta tanto se reintegre el original.

2.5. El adjudicatario deberá informar un número de teléfono de atención permanente, y una dirección de correo electrónico a los fines de que queden registrados los reclamos. Todo reclamo por Garantía deberá ser atendido por personal especializado perteneciente a la Empresa proveedora. La respuesta deberá efectuarse con el diagnóstico de la falla, en un lapso NO MAYOR a 48 horas de haber recibido el reclamo. El equipo deberá ser reparado y puesto en funcionamiento en un lapso NO MAYOR a los siete (7) días hábiles de haber sido efectuado el reclamo.

2.6. Al momento de la entrega del equipamiento, el Jefe de Servicio y el Bioingeniero del Hospital procederán a la firma del remito. Una vez firmado el remito, se exigirá un período no mayor a diez

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 147

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G O B I E R N O D E L A C I U D A D D E B U E N O S A I R E S

M I N I S T E R I O D E S A L U D

(10) días corridos en carácter de prueba y a satisfacción del Jefe del Servicio; a partir del cual se procederá a la confección del Acta / Parte de Recepción Definitivo. La GARANTÍA indicada en 2.1 dará comienzo a partir de este momento.

3. ANTECEDENTES COMERCIALES DE SERVICIO TÉCNICO.

3.1. De resultar necesario a los efectos de la correcta evaluación de las características técnicas del

equipamiento ofertado, el área técnica podrá solicitar a los oferentes la entrega de: 3.1.1. Un Listado de al menos cinco (5) clientes nacionales o internacionales que cuenten con un

equipamiento igual al ofrecido, indicando en la misma la fecha de venta, y todo aquel dato que permita la verificación de los antecedentes remitidos, en original.

3.1.2. Fotocopia copia fiel de la carta de representación emitida por el fabricante, donde acredite que el oferente, con una antigüedad no menor a un (1) año, puede brindar la comercialización, el servicio postventa, y los repuestos en el territorio nacional.

4. CAPACIDAD TÉCNICA

4.1. Los equipos deberán ser nuevos y sin uso. 4.2. Con la oferta se deberá presentar un certificado de fábrica que avale que la fabricación de los

equipos ofertados no se halla discontinuada. 4.3. Con la oferta se deberán presentar folletos y hojas técnicas del equipamiento ofrecido. 4.4. Se deberá incluir capacitación completa de usuarios (médicos y técnicos) y de personal técnico (en

mantenimiento preventivo correctivo) que el Hospital asigne. Se deberá presentar junto con la oferta, un resumen del contenido de la capacitación tanto de usuarios como de personal técnico con la carga horaria correspondiente.

5. REPUESTOS

5.1. Se deberá presentar un Certificado de fábrica que asegure la provisión de la totalidad de repuestos

por un período mínimo de siete (7) años. 6. ACTUALIZACIONES

6.1. Las empresas adjudicatarias deberán certificar por escrito la provisión e instalación sin costo

alguno de todas las mejoras de software (updates y upgrades) de los equipos por un plazo de 2 (dos) años. Previo a la finalización del período de Garantía el proveedor deberá realizar la última actualización de los programas (software) disponibles.

7. NORMAS OBLIGATORIAS - Solo para Equipos Médicos

7.1. TODOS los equipos médicos deberán contar con la aprobación de la ANMAT. El oferente deberá

adjuntar una fotocopia, copia fiel, del REGISTRO DE PRODUCTO MEDICO vigente, extendido por la ANMAT.

7.2. El oferente deberá presentar una fotocopia, copia fiel, del CERTIFICADO DE HABILITACION DE FUNCIONAMIENTO DE EMPRESA vigente, extendido por la ANMAT.

7.3. El oferente deberá presentar una fotocopia, copia fiel, del CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE LAS BUENAS PRACTICAS DE FABRICACION vigente, extendido por la ANMAT.

8. MANUALES.

8.1. Juntamente con la oferta se deberá presentar copia digital de los Manuales de Usuario y Servicio

Técnico, completos. 8.2. Asimismo junto con el equipo deberán entregarse: una copia del Manual de Usuario para el Jefe

del Servicio, una copia del Manual de Usuario y una copia del Manual de Servicio Técnico para el Bioingeniero del Hospital.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 148

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

“2014, Año de las letras argentinas”

EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Nº 5.771.258/MGEYA-DGADC/2014

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

1.- RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN El presente llamado a Licitación Pública se sujeta al régimen establecido por el artículo 31, primer párrafo del artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14 y se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC) al amparo de lo establecido en el artículo 83 de la Ley de Compras y Contrataciones y su Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09. La contratación se rige por la normativa citada, por las disposiciones del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC (Disposición N° 119-DGCYC/11), las contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.

2.- OBJETO El objeto de la presente contratación es la “Adquisición de Equipamiento Médico con destino al Hospital General de Niños Dr.Ricardo Gutiérrez del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Las características y especificaciones técnicas de los equipos a adquirir, se encuentran detalladas en las Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas emitidas por el BAC (Buenos Aires Compras), conforme al Catálogo General de Efectos y Servicios del Registro Informatizado de Bienes y Servicios y las descriptas en el Pliego de Especificaciones Técnicas.

Todo el equipamiento que se provea por la presente contratación, deberá tener grabada en forma permanente, indeleble e inviolable y en una parte visible el logo gobBsAs. .

El Organismo contratante hace reserva de ejercer la facultad contemplada en el artículo 117 inciso I de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764.

3.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, a los efectos del presente procedimiento licitatorio el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Carlos Pellegrini Nº 313 Piso 4º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Una vez perfeccionado el contrato el GCABA constituye domicilio en Carlos Pellegrini Nº 313 Piso 10º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Dirección General Sistemas Informáticos en Salud del Ministerio de Salud del GCABA). A los efectos de la presente contratación el oferente deberá constituir domicilio dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todo cambio de domicilio deberá fijarse dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 149

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Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en el Capítulo II del Anexo I Decreto N° 1145-GCABA/09. 4. GARANTÍAS 4.1.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

De conformidad con lo prescripto por el Artículo 99 de la Ley N° 2095 modificada por la Ley N° 4764 y el Artículo 18 apartado 18.1 inc. e) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, el monto a depositar en concepto de garantía de impugnación será igual a la suma de pesos treinta y cuatro mil novecientos cuarenta ($ 34.940.-), equivalente al dos coma cinco por ciento (2,5%) del monto estimado de la contratación.

La constitución de esta garantía deberá realizarse en efectivo a través de depósito bancario conforme lo prevé el Artículo 18, apartado 18.2 a) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, y el artículo 100 inciso a) y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95-GCBA/14. 4.2.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA

Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo prescripto en el Artículo 18 apartado 18.1 inciso a) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC.

La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Artículo 18 apartado 18.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, artículo 100 y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95-GCBA/14.

Sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 19 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, de conformidad con lo establecido en el artículo 101 de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764, no resulta necesario presentar garantía de mantenimiento de oferta, cuando el importe de la misma no supere las CIEN MIL (100.000) Unidades de Compra (Valor de la Unidad de Compra $ 5,50 – LEY Nº 4809 art. 28).

Esta garantía deberá ser identificada e individualizada con la oferta ingresada por BAC. Asimismo, deberá ser entregada físicamente (póliza, cheque certificado u otro documento según la forma de constitución en formato impreso) dentro del plazo de 24 horas contado a partir del acto de apertura de ofertas, bajo apercibimiento de descarte de la oferta, de acuerdo a lo establecido en el artículo 18 del Anexo I Decreto Reglamentario N° 1145-GCABA/09 y el articulo 18.1 P.U.B.C.G. BAC, en el domicilio y horario fijados en el punto 4.5 del presente pliego. 4.3.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS –

PREADJUDICACIÓN

A tenor de lo establecido en el Artículo 18 apartado 18.1 inciso d) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, la suma a depositar en concepto de garantía de impugnación a la preadjudicación de las ofertas, se fija en un tres por ciento (3%) del monto total de la oferta preadjudicada por la que se presenta impugnación. En el supuesto de que no existiese un preadjudicatario, el monto de la garantía de impugnación al dictamen, será del tres por ciento (3%) en base al monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 150

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

“2014, Año de las letras argentinas”

La constitución de esta garantía deberá realizarse en efectivo mediante depósito bancario conforme lo prevé el Artículo 18, apartado 18.2 a) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, y el artículo 100 inciso a) y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95-GCBA/14. 4.4.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Dicha garantía deberá constituirse conforme lo establecido en el artículo 18 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, artículo 100 y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14 y el artículo 30 del Anexo I del Decreto N° 1145-GCABA/09. Todos los adjudicatarios deberán presentar la garantía de cumplimiento del contrato, aun cuando el importe de la Orden de Compra no supere las CIEN MIL (100.000) Unidades de Compra (Valor de la Unidad de Compra $ 5,50 – LEY Nº 4809 art. 28), por encontrarse afectada a la garantía técnica establecida en el Pliego de Especificaciones Técnicas. La garantía de cumplimiento de contrato será devuelta una vez vencida la garantía técnica, a entera satisfacción del organismo contratante, en conformidad con lo establecida en el artículo 113 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14. 4.5.- LUGAR DE ENTREGA DE LAS GARANTÍAS Las garantías que se constituyan en la presente contratación deberán ser entregadas en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud, sita en Carlos Pellegrini 313 piso 4º de la CABA, de 9 a 16 horas.

5.- DEL PROCEDIMIENTO

5.1.- ANUNCIOS

El llamado a Licitación Pública se anunciará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el portal www.buenosairescompras.gob.ar y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de un (1) día, con una antelación no menor a tres (3) días de la fecha de apertura. Se cursarán invitaciones a Proveedores inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). Las invitaciones se cursarán de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Anexo I del Decreto N° 1145-GCABA/09. Asimismo se cursarán las comunicaciones establecidas en el artículo 93 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14. 5.2.- CONSULTAS

Sólo tiene derecho a formular consultas el proveedor acreditado que hubiera cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC, conforme lo establecido en el Art. 15 del Anexo I Decreto Nº 1145-GCABA/09.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 151

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Las consultas deberán realizarse mediante BAC hasta setenta y dos (72) horas previas a la fecha establecida para la apertura de ofertas. Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCABA respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la licitación electrónica, serán comunicadas a cada uno de los oferentes de conformidad con lo previsto en el Art. 6º “Comunicaciones Electrónicas” del Anexo I Decreto Nº 1145-GCABA/09. SE DEJA CONSTANCIA QUE EL PORTAL BAC DEL GCABA DEBERÀ SER CONSULTADO PERIÓDICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISIÓN DE CIRCULARES. 5.3.- PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR Podrán participar en la presente licitación pública las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse, que reúnan las condiciones que se exigen en la normativa vigente en función del objeto de la contratación y que no se encontraren comprendidas en las prohibiciones e inhabilidades que se mencionan en la normativa aplicable, de conformidad con lo establecido en los artículos 95 y 96 de la Ley Nº 2095 modificada por Ley 4764 y su reglamentación. Los interesados deberán formular una Declaración Jurada según lo dispuesto en el artículo 12 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC. 5.4.- COTIZACIÓN Los valores de la oferta deberán expresarse en letras y números. Deberá individualizarse el valor unitario (por unidad de medida) y el monto total por cada renglón cotizado. Asimismo, deberá indicarse el monto total de la oferta por la totalidad de los renglones cotizados. Deberá contemplarse lo establecido en el Artículo 9 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC.

5.5.- ALTERNATIVAS Toda variante ofrecida deberá ser cotizada como alternativa.

El organismo licitante, se reserva el derecho de considerar ofertas alternativas, de características distintas a lo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, conforme los lineamientos señalados en el citado Pliego. En el caso de ofrecer distintas marcas comerciales para un mismo renglón, deberán ser presentadas por separado como ofertas alternativas, de lo contrario no serán consideradas ofertas válidas.

5.6.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS

Las ofertas deberán ser presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentado con todas las previsiones que expresamente requiera el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Cláusulas Generales. TODAS las hojas que compongan la oferta deben tener consignado el nombre de la empresa oferente. Toda la documentación solicitada en el Pliego de Especificaciones Técnicas debe ser presentada físicamente en formato impreso (papel), con excepción de los Manuales de Usuario y Servicio Técnico del equipamiento ofertado, los cuales deben presentarse físicamente, en formato digital. La documentación en todas sus fojas debe ser firmada, sellada y foliada por el Oferente o su Representante Legal. La firma debe aclararse y asimismo, debe indicarse el carácter del firmante. Debe presentarse,

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 152

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

“2014, Año de las letras argentinas”

en un único ejemplar, en un sobre o paquete cerrado, indicando en su cubierta el número de Licitación y el día y hora límite establecidos para la apertura de ofertas. Debe entregarse en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud sita en Carlos Pellegrini Nº 313, piso 4º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de 9 a 16 horas, hasta la fecha y hora fijada para la apertura de ofertas.

El acto de apertura de ofertas se efectuará a través del BAC, liberándose las ofertas el día establecido para dicho acto, en el acto administrativo de convocatoria y en el cronograma del punto 4 del pliego registrado en el Portal de Compras www.buenosairescompras.gob.ar, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados. El sistema asegura certeza en la hora y fecha de la apertura y permite a los Oferentes acceder al resto de las ofertas presentadas. Los oferentes pueden efectuar observaciones a las ofertas presentadas dentro de las 24 horas siguientes a la apertura. 5.7.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un plazo de TREINTA (30) DIAS a contar de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial (artículo 19° Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09). El desistimiento de la Oferta antes del plazo señalado o de su prórroga aceptada por el Oferente, causará la pérdida del importe de la Garantía de Mantenimiento de Oferta 5.8.- OBLIGACIONES DEL OFERENTE

El oferente deberá presentar junto con la oferta:

a) Si se encontrase preinscripto en el RIUPP, copia certificada por escribano público, de la documentación societaria que acredite la razón social y la representación invocada por el presentante. b) Declaración Jurada de no encontrarse dentro de las causales de impedimento para contratar con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dicha cláusula se extiende a los Directores, Representantes legales y Síndicos de la Sociedad. (Anexo I del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC - Deberá completarse todos los datos correspondientes –no dejar los espacios en blanco-). c) Autorización de acreditación de pagos del Tesoro del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cuenta bancaria. (Anexo II del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC). d) Garantía de Mantenimiento de Oferta. e) Indicación del lugar o lugares donde, en su caso, un representante de la Dirección General Recursos Físicos en Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pueda visualizar la calidad y características de los equipos ofertados.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 153

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h) Declaración Jurada de aceptación de los plazos y las condiciones de la Garantía Técnica establecida en el Pliego de Especificaciones Técnicas. i) Folletos técnicos, folletos comerciales, fotos y/o todo otro documento emitido por el fabricante, que deberán resultar suficientes para verificar el cumplimiento de las especificaciones solicitadas. j) Toda otra documentación solicitada en los pliegos de la licitación.

5.9.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS - PREADJUDICACIÓN

Las ofertas se evaluarán teniendo en cuenta los antecedentes de los oferentes, el cumplimiento de la normativa exigida y de las especificaciones técnicas, las ofertas económicas presentadas y los demás aspectos formales contenidos en las propuestas, conforme lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764, y el Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09.

Sin perjuicio de las prerrogativas contempladas en los Artículos 25 y 26 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, la CEO podrá aceptar o rechazar todas y cada una de las ofertas, cuando no resultaren convenientes y sin que ello genere derecho a percibir indemnizaciones por parte de los oferentes.

6.- OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA

La empresa adjudicataria deberá:

a) Presentar la Garantía de cumplimiento de contrato. b) En caso de tratarse de un equipo importado, dentro de los cinco (5) días contados a

partir del perfeccionamiento el contrato, deberá presentar en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud, sita en Carlos Pellegrini 313 4º piso, copia certificada de la constancia de presentación de la Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI).

c) Efectuar la entrega de los equipos de conformidad con las previsiones de los pliegos licitatorios y la oferta adjudicada.

d) Entregar los Manuales conforme lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.

e) Entregar al Jefe del Servicio y al Bioingeniero del Hospital folletos y toda otra documentación emitida oficialmente por el fabricante que haga al buen uso y mantención de los equipos en castellano o traducidos por traductor público nacional.

f) Cumplir con la garantía técnica conforme el Pliego de Especificaciones Técnicas. g) Cumplir con todas las demás obligaciones establecidas en los pliegos de la licitación. 7.- LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA

a) Lugar de Entrega: El equipamiento deberá entregarse en el Hospital General de Niños Dr. Ricardo Gutiérrez, sito en la calle Gallo 1330 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. b) Plazo de entrega: El plazo de entrega para todo el equipamiento (instalado y funcionando) será de noventa (90) días corridos, desde el momento en que se perfeccione el contrato, mediante la notificación fehaciente de la orden de compra (art. 112 de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14 y el art. 29 del Decreto Reglamentario Nº1145/GCABA/09). La recepción y prueba de los equipos se sujeta a lo previsto en el Pliego de Especificaciones Técnicas

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 154

Page 155: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

“2014, Año de las letras argentinas”

Quedan a cargo de la Adjudicataria los gastos de transporte y depósitos necesarios a los efectos de dar cumplimiento con el objeto de la licitación.

8.- TRANSFERENCIA Y CESIÓN DEL CONTRATO

El contrato sólo puede ser transferido y/o cedido por el adjudicatario con la previa autorización fundada de la autoridad competente. En caso contrario, el contrato se dará por rescindido en los términos dispuestos en el artículo 132 de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764. El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato.

9.- PENALIDADES CONTRACTUALES Y SANCIONES

Los contratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades: a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento del contrato; b) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales; y, c) Rescisión del contrato por su culpa; de conformidad con lo establecido en el Capítulo XII de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario. Asimismo, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades, podrán ser pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo XIII de la citada normativa. El GCABA podrá dictar el acto administrativo que decida la aplicación de penalidades y/o sanciones por incumplimiento de las obligaciones por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato; aun cuando al tiempo de su materialización el contrato se encontrara extinguido y/o rescindido.

10.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN. 10.1.- Los siguientes instrumentos constituyen la documentación contractual:

a) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC y sus circulares aclaratorias, si las hubiere; b) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus circulares aclaratorias, si las hubiere; c) El Pliego de Especificaciones Técnicas y sus circulares aclaratorias, si las hubiere; d) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación; e) El Acto Administrativo aprobatorio de la Adjudicación; f) Orden de Compra.

10.2.- Cuando exista divergencia entre los documentos señalados en el párrafo anterior, a los fines de su interpretación se establece el siguiente orden de prelación:

a) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC y sus circulares aclaratorias. b) Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus circulares aclaratorias. c) Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Circulares aclaratorias si las hubiera. d) El Acto Administrativo de Adjudicación. e) Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación. f) Orden de compra.

Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual será resuelto de acuerdo con la normativa aplicable y las disposiciones del Derecho Público, dentro del espíritu y finalidad del objeto de la Licitación Pública.

FIN DEL ANEXO

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 60-DGADC/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 155

Page 156: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 65-HQ/14

CLAUSULAS PARTICULARES

1.- ACTUACION EXPEDIENTE NRO.: 06390647/14

2.- PEDIDOS NROS: 33600/14 - SIGAF.-

3.- REPARTICION SOLICITANTE: HOSPITAL DE QUEMADOS. -

4.- LICITACION PUBLICA NRO.:

5.- LICITACION PRIVADA NRO.:

6.-CONTRATACION DIRECTA MENOR NRO.: 4533 /14

7.- RUBRO: SERVICIO DE REPARACION DE EQUIPOS VARIOS

8.- FECHA Y HORA DE APERTURA: 17-06-2014 a las 10:00 horas .

9.- LUGAR DE APERTURA DIVISION COMPRAS HOSPITAL DE QUEMADOS SITO EN PEDRO GOYENA NRO 369 P. B. CAP. FED.

10.-PLAZO DE LA OFERTA: Treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de apertura de las ofertas, renovable por otro periodo similar.

11 .-VALOR DEL PLIEGO: GRATUITO.

12.- PLAZO DE ENTREGA: SEGÚN PLIEGO.

13 - PUBLICACION EN INTRANET y BOLETIN OFICIAL

http://www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/backoffice.

14.- LUGAR DE ENTREGA :DEPENDENCIA HOSPITAL DE QUEMADOSSECTOR: TERAPIA INTENSIVAHORARIO: 8 A 12 HORAS.15.- EL HOSPITAL SE RESERVA EL DERECHO DE ACEPTAR OFERTAS ALTERNATIVAS.NOTA : LAS OFERTAS DEBERAN ESTAR FIRMADAS Y SELLADAS EN TODAS SUS FOJAS.

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 156

Page 157: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 65-HQ/14 (continuación)

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

Pág. 1 de 3

CONTRATACION DIRECTATipo:

HQ EXP 6390647/2014Actuado:

PLIEGO SIN VALORCosto del pliego:

ETAPA UNICA

2014Ejercicio:4533Nro

LEY Nº 2.095 ART. 38ºEncuadre legal:

PROCEDIMIENTO DE SELECCION

SaludRubro comercial:

Lugar/Dirección Plazo y Horario

PRESENTACION DE OFERTAS

HOSPITAL DE QUEMADOSPEDRO GOYENA 369CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 hs

Lugar/Dirección Día y Hora

ACTO DE APERTURA

HOSPITAL DE QUEMADOSPEDRO GOYENA 369CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

17 de Junio de 2014 a las 10:00 horas

Gobierno de la Ciudad de Buenos AiresNombre del organismocontratante

Recepción de Ofertas hasta el 17 de Junio de 2014 alas 10:00 horas

Objeto de la contratacion: SERVICIO DE REPARACION DE EQUIPOS VARIOS

Lugar/Dirección Día y Hora

CONSULTA DE PLIEGOS

HOSPITAL DE QUEMADOSPEDRO GOYENA 369CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 hs.

Lugar/Dirección Día y Hora

VENTA DE PLIEGOS

HOSPITAL DE QUEMADOSPEDRO GOYENA 369CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

Con 72 hs. de anticipación de lunes a viernes de 8:00a 15.00 hs . División Compras. GRATUITO

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 157

Page 158: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 65-HQ/14 (continuación)

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

Pág. 2 de 3

ESPECIFICACIONES

por EL EQUIPO PRESENTA DAÑO EN LA PANTALLA INFORMADO POR LA EMPRESA DESDE EL MES 9/2012 ESTE DAÑOSE ORIGINO POR UN MAL USO O ACCIDENTE DE TRABAJO, NO SE DEBE A UN DEFECTO DE FABRICACIÓN POR ESONO LO CONTEMPLA EL MANTENIMIENTO ESTABLECIDO CON LA EMPRESA DRAGER.

FORMA DE ENTREGA INMEDIATA, ES DECIR DENTRO DE LOS CINCO DIAS HABILES DE RECIBIDA LACORRESPONDIENTE ORDEN DE PROVISION

FORMA DE ENTREGA INMEDIATA, ES DECIR DENTRO DE LOS CINCO DIAS HABILES DE RECIBIDA LACORRESPONDIENTE ORDEN DE PROVISION

FORMA DE ENTREGA INMEDIATA, ES DECIR DENTRO DE LOS CINCO DIAS HABILES DE RECIBIDA LACORRESPONDIENTE ORDEN DE PROVISION

PARA MAQUINA CORTADORA CIRCULAR DE 5" PARA CORTAR GASA.MARCA DAPET. MODELO B-1 SERIE NRO. 1940 INV.21826

SERIE: ARYE0038Nº INVENTARIO: 28853

SERIE 0840402Nº INVENTARIO: 29075

Servicio:

Observaciones del ítem:

Observaciones del ítem:

Observaciones del ítem:

Especificación técnica:

Especificación técnica:

Especificación técnica:

SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DEMAQUINA CORTADORA DE GASA - Demásespecificaciones deberán ser indicadas por larepartición solicitante - El servicio comprendemantenimiento preventivo, incluye revisióncompleta, ajustes, calibración, provisión deinsumos menores y mano de obra

SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVOY CORRECTIVO DE RESPIRADOR - Demásespecificaciones deberán ser indicadas por larepartición solicitante - Marca DRAGER, modeloEvita 4, el servicio comprende mantenimientopreventivo y correctivo, incluye provisión deinsumos menores, revisión completa mensual yllamadas de emergencia

SERVICIO DE REPARACION INTEGRAL DECARDIOVERSOR - Demás especificacionesdeberán ser indicadas por la repartición solicitante- Marca E&M, modelo C-12, el servicio incluyemano de obra e insumos para su correctofuncionamiento

1,000000

1,000000

1,000000

U

U

U

1

2

3

333-00650001-09043065

333-00650001-09043267

333-00650001-09049022

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

U. Medida

U. Medida

U. Medida

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Ren.

Ren.

Ren.

Descripción

Descripción

Descripción

Muestra

Muestra

Muestra

No

No

No

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 158

Page 159: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 65-HQ/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

Pág. 3 de 3

ESPECIFICACIONES

FORMA DE ENTREGA INMEDIATA, ES DECIR DENTRO DE LOS CINCO DIAS HABILES DE RECIBIDA LACORRESPONDIENTE ORDEN DE PROVISION

FORMA DE ENTREGA INMEDIATA, ES DECIR DENTRO DE LOS CINCO DIAS HABILES DE RECIBIDA LACORRESPONDIENTE ORDEN DE PROVISION

SERIE NRO. BY-1316836Nº INVENTARIO:31766

SERIE CE1B135076Nº DE INVENTARIO:30725

Observaciones del ítem:

Observaciones del ítem:

Especificación técnica:

Especificación técnica:

CLAUSULAS PARTICULARES

30 DIAS HABILES según art. 23 y 24 del pliego de bases y condicionesForma de pago:

30 días habiles a partir de la fecha de apertura renovables por otro periodo similarPlazo de mantenimiento de la oferta:

según pliegoPlazo:

HOSPITAL DE QUEMADOSPEDRO GOYENA 369CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

Lugar:

PESOS

Moneda de cotización:

Plazo y lugar de entrega único

Si, según Pliego de Bases y CondicionesOpción a Prorroga:

SERVICIO DE REPARACION INTEGRAL DEOXIMETRO DE PULSO - Demásespecificaciones deberán ser indicadas por larepartición solicitante - Marca MINDRAY, ModeloVS-800, el servicio incluye mano de obra einsumos para su correcto funcionamiento

SERVICIO DE REPARACION INTEGRAL DEMONITOR MULTIPARAMETRICO - MarcaMINDRAY, Modelo PM 7000, el servicio incluyemano de obra e insumos para su correctofuncionamiento

1,000000

1,000000

U

U

4

5

333-00650001-09052556

333-00650001-09064514

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

U. Medida

U. Medida

Cantidad

Cantidad

Ren.

Ren.

Descripción

Descripción

Muestra

Muestra

No

No

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 159

Page 160: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 20-DGPRT/14

ANEXO III

Declaración Jurada Régimen de Viáticos, Alojamientos y Pasajes

FECHA DE LA DECLARACION: 30 DE ABRIL DE 2014APELLIDO Y NOMBRE DEL FUNCIONARIO: Valentín Díaz GilliganCARGO: Director General de Promoción Turística del ENTURACTO ADMINISTRATIVO : Resolución Nº 46-ENTUR-2014PASAJES: FC. Nº 0002-00011621ALOJAMIENTO: FC. Nº 0002-00011627

DATOS DE LA MISION / VIAJE: WTM, World Travel Market Latin AméricaPAIS / PROVINCIA / CIUDAD: San Pablo, República Federativa del BrasilDIA DE INICIO: 22 de abril de 2014DIA DE FINALIZACION: 25 de abril de 2014TOTAL DE DIAS: 4 (cuatro)

IMPORTE RECIBIDO EN PESOSVIATICOS: $ 3.776,48 PASAJES: $ 22.500,00 ALOJAMIENTO : $ 7.040,88 INSCRIPCIONES: $ -

TOTAL $ 33.317,36

IMPORTE EROGADO

Moneda Extranjera Monto Tipo de Cambio Monto en Pesos

VIATICOS: $ 3.776,48 PASAJES: $ 22.499,58 ALOJAMIENTO : $ 7.029,61 INSCRIPCIONES: $ -

TOTAL $ 33.305,67

RESUMENSALDO NO INVERTIDO (DEVOLUCION) $ 11,69 TOTAL RENDIDO $ 33.305,67

ANEXO III

RESUMEN DE COMPROBANTE POR FECHA

REPARTICIÓN: ENTUR - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESTIPO DE FONDO: Decreto 477/11-GCABAAGENTE: Valentín Díaz GilliganCONCEPTO: Rendición WTM, World Travel Market Latin América - San Pablo EJERCICIO: 2014

Nº CTE. FECHA BENEFICIARIO DE PAGO IMPORTE EN PESOS

1 29/04/2014 Grupo Ocho SRL $ 22.499,58 2 29/04/2014 Grupo Ocho SRL $ 7.029,61

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 160

Page 161: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 20-DGPRT/14 (continuación)

TOTAL: $ 29.529,19

1. RECIBIDO DE TESORERIA GRAL. C/C AL RUBRO OBJETO DE LA RENDICION $ 29.540,88 2. SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION ANTERIOR $ -3. IMPORTE TOTAL A RENDIR (1+2) $ 29.540,88 4. TOTAL INVERTIDO SEGÚN COMPROBANTES $ 29.529,19 5. SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION (3-4) $ 11,69

ANEXO IIIRESUMEN DE COMPROBANTE POR IMPUTACIÓN

REPARTICIÓN: ENTUR - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESTIPO DE FONDO: Decreto 477/11-GCABAAGENTE: Valentín Díaz Gilligan

CONCEPTO: WTM, World Travel Market Latin América - San PabloEJERCICIO:2014

Nº DE ORDEN COMPROB.

BENEFICIARIO DE PAGO CONCEPTO IMPORTE

IMPUTACIÓN DEL

COMPROBANTE(*) SUMATORIA

POR PDA. PRES.

1 Grupo Ocho SRL Pasajes $ 22.499,58 3.7.1 $ 22.499,58 2 Grupo Ocho SRL Alojamiento $ 7.029,61 3.7.2 $ 7.029,61

IMPORTE DE SUMA EN PESOS: $ 29.529,19 $ 29.529,19

ANEXO III

Declaración Jurada Régimen de Viáticos, Alojamientos y Pasajes

FECHA DE LA DECLARACION: 30 DE ABRIL DE 2014APELLIDO Y NOMBRE DEL FUNCIONARIO: Sandra RossiCARGO: Gerente Operativo de Mercados Internacionales de la DGPRT del ENTURACTO ADMINISTRATIVO : Resolución Nº 46-ENTUR-2014PASAJES: FC. Nº 0002-00011624ALOJAMIENTO: FC. Nº Nº 0002-00011707

DATOS DE LA MISION / VIAJE: WTM, World Travel Market Latin AméricaPAIS / PROVINCIA / CIUDAD: San Pablo, República Federativa del BrasilDIA DE INICIO: 22 de abril de 2014DIA DE FINALIZACION: 26 de abril de 2014TOTAL DE DIAS: 5 (cinco)

IMPORTE RECIBIDO EN PESOSVIATICOS: $ 4.720,60 PASAJES: $ 22.500,00 ALOJAMIENTO : $ 8.801,10 INSCRIPCIONES: $ -

TOTAL $ 36.021,70

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 161

Page 162: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 20-DGPRT/14 (continuación)

IMPORTE EROGADO

Moneda Extranjera Monto Tipo de Cambio Monto en Pesos

VIATICOS: $ 4.720,60 PASAJES: $ 22.500,00 ALOJAMIENTO : $ 8.801,10 INSCRIPCIONES: $ -

TOTAL $ 36.021,70

RESUMENSALDO NO INVERTIDO (DEVOLUCION) $ - TOTAL RENDIDO $ 36.021,70

ANEXO III

RESUMEN DE COMPROBANTE POR FECHA

REPARTICIÓN: ENTUR - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESTIPO DE FONDO: Decreto 477/11-GCABAAGENTE: Sandra RossiCONCEPTO: Rendición WTM, World Travel Market Latin América - San Pablo EJERCICIO: 2014

Nº CTE. FECHA BENEFICIARIO DE PAGO IMPORTE EN PESOS

3 29/04/2014 Grupo Ocho SRL $ 22.500,00 4 09/05/2014 Grupo Ocho SRL $ 8.801,10

TOTAL: $ 31.301,10

1. RECIBIDO DE TESORERIA GRAL. C/C AL RUBROOBJETO DE LA RENDICION $ 31.301,10 2. SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION ANTERIOR $ -3. IMPORTE TOTAL A RENDIR (1+2) $ 31.301,10 4. TOTAL INVERTIDO SEGÚN COMPROBANTES $ 31.301,10 5. SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION (3-4) $ -

ANEXO IIIRESUMEN DE COMPROBANTE POR IMPUTACIÓN

REPARTICIÓN: ENTUR - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESTIPO DE FONDO: Decreto 477/11-GCABAAGENTE: Sandra Rossi

CONCEPTO: WTM, World Travel Market Latin América - San PabloEJERCICIO:2014

Nº DE ORDEN COMPROB.

BENEFICIARIO DE PAGO CONCEPTO IMPORTE

IMPUTACIÓN DEL

COMPROBANTE(*) SUMATORIA

POR PDA. PRES.

3 Grupo Ocho SRL Pasajes$

22.500,00 3.7.1 $ 22.500,00

4 Grupo Ocho SRL Alojamiento$

8.801,10 3.7.2 $ 8.801,10

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 162

Page 163: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 20-DGPRT/14 (continuación)

IMPORTE DE SUMA EN PESOS:$

31.301,10 $ 31.301,10

ANEXO III

Declaración Jurada Régimen de Viáticos, Alojamientos y Pasajes

FECHA DE LA DECLARACION: 30 DE ABRIL DE 2014APELLIDO Y NOMBRE DEL FUNCIONARIO: María Laura PieriniCARGO: Asistente Técnica de la Dirección General de Promoción Turística del ENTURACTO ADMINISTRATIVO : Resolución Nº 46-ENTUR-2014PASAJES: FC. Nº 0002-00011622ALOJAMIENTO: FC. Nº 0002-00011625

DATOS DE LA MISION / VIAJE: WTM, World Travel Market Latin AméricaPAIS / PROVINCIA / CIUDAD: San Pablo, República Federativa del BrasilDIA DE INICIO: 21 de abril de 2014DIA DE FINALIZACION: 26 de abril de 2014TOTAL DE DIAS: 6 (seis)

IMPORTE RECIBIDO EN PESOSVIATICOS: $ 5.664,72 PASAJES: $ 22.500,00 ALOJAMIENTO : $ 10.561,32 INSCRIPCIONES: $ -

TOTAL $ 38.726,04

IMPORTE EROGADO

Moneda Extranjera Monto Tipo de Cambio Monto en Pesos

VIATICOS: $ 5.664,72 PASAJES: $ 22.500,00 ALOJAMIENTO : $ 10.561,12 INSCRIPCIONES: $ -

TOTAL $ 38.725,84

RESUMENSALDO NO INVERTIDO (DEVOLUCION) $ 0,20 TOTAL RENDIDO $ 38.725,84

ANEXO III

RESUMEN DE COMPROBANTE POR FECHA

REPARTICIÓN: ENTUR - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESTIPO DE FONDO: Decreto 477/11-GCABAAGENTE: Maria Laura PieriniCONCEPTO: Rendición WTM, World Travel Market Latin América - San Pablo EJERCICIO: 2014

Nº CTE. FECHA BENEFICIARIO DE PAGO IMPORTE EN PESOS

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 163

Page 164: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 20-DGPRT/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

5 29/04/2014 Grupo Ocho SRL $ 22.500,00 6 29/04/2014 Grupo Ocho SRL $ 10.561,12

TOTAL: $ 33.061,12

1. RECIBIDO DE TESORERIA GRAL. C/C AL RUBRO OBJETO DE LA RENDICION $ 33.061,32 2. SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION ANTERIOR $ -3. IMPORTE TOTAL A RENDIR (1+2) $ 33.061,32 4. TOTAL INVERTIDO SEGÚN COMPROBANTES $ 33.061,12 5. SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION (3-4) $ 0,20

ANEXO IIIRESUMEN DE COMPROBANTE POR IMPUTACIÓN

REPARTICIÓN: ENTUR - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESTIPO DE FONDO: Decreto 477/11-GCABAAGENTE: Maria Laura Pierini

CONCEPTO: WTM, World Travel Market Latin América - San PabloEJERCICIO:2014

Nº DE ORDEN COMPROB.

BENEFICIARIO DE PAGO CONCEPTO IMPORTE

IMPUTACIÓN DEL

COMPROBANTE(*) SUMATORIA

POR PDA. PRES.

5 Grupo Ocho Pasajes$

22.500,00 3.7.1 $ 22.500,00

6 Grupo Ocho Alojamiento$

10.561,12 3.7.2 $ 10.561,12

IMPORTE DE SUMA EN PESOS:$

33.061,12 $ 33.061,12

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 164

Page 165: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 21-DGPRT/14

ANEXO III

Declaración Jurada Régimen de Viáticos, Alojamientos y Pasajes

FECHA DE LA DECLARACION: 7 DE ABRIL DE 2014APELLIDO Y NOMBRE DEL FUNCIONARIO: María Constanza Ibarra OddinoCARGO: Gerente Operativo de Captación de Eventos de la DGPRT del ENTURACTO ADMINISTRATIVO : Disposición Nº 21-DGTALET-2014PRD PASAJES: Nº 131.446-MHGC/2014PRD. ALOJAMIENTO: Nº 131.458-MHGC/2014

DATOS DE LA MISION / VIAJE: XVIII Encuentro Nacional de Destinos de SedesPAIS / PROVINCIA / CIUDAD: Salta, República ArgentinaDIA DE INICIO: 30 de marzo de 2014DIA DE FINALIZACION: 2 de abril de 2014TOTAL DE DIAS: 4 (cuatro)

IMPORTE RECIBIDO EN PESOSVIATICOS: $ 1.348,00 PASAJES: $ 2.796,95 ALOJAMIENTO : $ 1.455,00 INSCRIPCIONES: $ 1.200,00

TOTAL $ 6.799,95

IMPORTE EROGADO

Moneda Extranjera Monto Tipo de Cambio Monto en Pesos

VIATICOS: $ 1.348,00 PASAJES: $ 2.796,95 ALOJAMIENTO : $ 1.455,00 INSCRIPCIONES: $ 1.200,00

TOTAL $ 6.799,95

RESUMENSALDO NO INVERTIDO (DEVOLUCION) $ - TOTAL RENDIDO $ 6.799,95

ANEXO III

RESUMEN DE COMPROBANTE POR FECHA

REPARTICIÓN: ENTUR - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESTIPO DE FONDO: Decreto 477/11-GCABAAGENTE: María Constanza Ibarra OddinoCONCEPTO: Rendición XVIII Encuentro Nacional de Destinos de Sedes EJERCICIO: 2014

Nº CTE. FECHA BENEFICIARIO DE PAGO IMPORTE EN PESOS

1 31/03/2014 Bureau de Convenciones y Congresos Salta $ 1.200,00

TOTAL: $ 1.200,00

1. RECIBIDO DE TESORERIA GRAL. C/C AL RUBRO OBJETO DE LA RENDICION $ 1.200,00

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 165

Page 166: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 21-DGPRT/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

2. SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION ANTERIOR $ -3. IMPORTE TOTAL A RENDIR (1+2) $ 1.200,00 4. TOTAL INVERTIDO SEGÚN COMPROBANTES $ 1.200,00 5. SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION (3-4) $ -

ANEXO IIIRESUMEN DE COMPROBANTE POR IMPUTACIÓN

REPARTICIÓN: ENTUR - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESTIPO DE FONDO: Decreto 477/11-GCABAAGENTE: María Constanza Ibarra Oddino

CONCEPTO: XVIII Encuentro Nacional de Destinos de SedesEJERCICIO:2014

Nº DE ORDEN COMPROB.

BENEFICIARIO DE PAGO CONCEPTO IMPORTE

IMPUTACIÓN DEL

COMPROBANTE(*) SUMATORIA

POR PDA. PRES.

1 Bureau C. y C - Salta Inscripciones $ 1.200,00 3.9.9 $ 1.200,00

IMPORTE DE SUMA EN PESOS: $ 1.200,00 $ 1.200,00

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 166

Page 167: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 22-DGPRT/14

ANEXO III

Declaración Jurada Régimen de Viáticos, Alojamientos y Pasajes

FECHA DE LA DECLARACION: 25 DE MARZO DE 2014APELLIDO Y NOMBRE DEL FUNCIONARIO: Valentín Díaz GilliganCARGO: Director General de Promoción Turística del ENTURACTO ADMINISTRATIVO : Disposición Nº 15-DGTALET-2014PRD PASAJES: Nº 103.241-MHGC/2014PRD. ALOJAMIENTO: Sin Alojamiento

DATOS DE LA MISION / VIAJE: 123º Asamblea del Consejo Federal de TurismoPAIS / PROVINCIA / CIUDAD: San Luis, República ArgentinaDIA DE INICIO: 17 de marzo de 2014DIA DE FINALIZACION: 18 de marzo de 2014TOTAL DE DIAS: 2 (dos)

IMPORTE RECIBIDO EN PESOSVIATICOS: $ 784,00 PASAJES: $ 1.614,60 ALOJAMIENTO : $ - INSCRIPCIONES: $ -

TOTAL $ 2.398,60

IMPORTE EROGADO

Moneda Extranjera Monto Tipo de Cambio Monto en Pesos

VIATICOS $ 784,00 PASAJES: $ 1.614,60 ALOJAMIENTO : $ - INSCRIPCIONES: $ -

TOTAL $ 2.398,60

RESUMENSALDO NO INVERTIDO (DEVOLUCION) $ - TOTAL RENDIDO $ 2.398,60

ANEXO III

Declaración Jurada Régimen de Viáticos, Alojamientos y Pasajes

FECHA DE LA DECLARACION: 25 DE MARZO DE 2014APELLIDO Y NOMBRE DEL FUNCIONARIO: María Constanza Ibarra OddinoCARGO: Gerente Operativo de Captación de Eventos de la DGPRT del ENTURACTO ADMINISTRATIVO : Disposición Nº 15-DGTALET-2014PRD PASAJES: Nº 108.343-MHGC/2014PRD PASAJES: Nº 108.352-MHGC/2014PRD. ALOJAMIENTO: Sin Alojamiento

DATOS DE LA MISION / VIAJE: 123º Asamblea del Consejo Federal de TurismoPAIS / PROVINCIA / CIUDAD: San Luis, República ArgentinaDIA DE INICIO: 17 de marzo de 2014DIA DE FINALIZACION: 18 de marzo de 2014TOTAL DE DIAS: 2 (dos)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 167

Page 168: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 22-DGPRT/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

IMPORTE RECIBIDO EN PESOSVIATICOS: $ 784,00 PASAJES: Aéreo $ 3.312,08 PASAJES: Bus $ 284,20 ALOJAMIENTO : $ - INSCRIPCIONES: $ -

TOTAL $ 4.380,28

IMPORTE EROGADO

Moneda Extranjera Monto Tipo de Cambio Monto en Pesos

VIATICOS: $ 784,00 PASAJES: Aéreo $ 3.312,08 PASAJES: Bus $ 284,20 ALOJAMIENTO : $ - INSCRIPCIONES: $ -

TOTAL $ 4.380,28

RESUMENSALDO NO INVERTIDO (DEVOLUCION) $ - TOTAL RENDIDO $ 4.380,28

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 168

Page 169: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 23-DGPRT/14

ANEXO III

Declaración Jurada Régimen de Viáticos, Alojamientos y Pasajes

FECHA DE LA DECLARACION: 3 DE ABRIL DE 2014APELLIDO Y NOMBRE DEL FUNCIONARIO: Silvia Alejandra WeberCARGO: Asistente Técnico de la DGPRT del ENTURACTO ADMINISTRATIVO : Disposición Nº 19-DGTALET-2014PRD PASAJES: Nº 121.829-MHGC/2014PRD. ALOJAMIENTO: Nº 121.835-MHGC/2014

DATOS DE LA MISION / VIAJE: 28º Workshop AAAVyT Mar del Plata y SudestePAIS / PROVINCIA / CIUDAD: Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, República ArgentinaDIA DE INICIO: 27 de marzo de 2014DIA DE FINALIZACION: 28 de marzo de 2014TOTAL DE DIAS: 2 (dos)

IMPORTE RECIBIDO EN PESOSVIATICOS: $ 674,00 PASAJES: $ 751,00 ALOJAMIENTO : $ 495,00 INSCRIPCIONES: $ 2.500,00

TOTAL $ 4.420,00

IMPORTE EROGADO

Moneda Extranjera Monto Tipo de Cambio Monto en Pesos

VIATICOS: $ 674,00 PASAJES: $ 751,00 ALOJAMIENTO : $ 495,00 INSCRIPCIONES: $ 2.500,00

TOTAL $ 4.420,00

RESUMENSALDO NO INVERTIDO (DEVOLUCION) $ - TOTAL RENDIDO $ 4.420,00

ANEXO III

RESUMEN DE COMPROBANTE POR FECHA

REPARTICIÓN: ENTUR - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESTIPO DE FONDO: Decreto 477/11-GCABAAGENTE: Silvia Alejandra WeberCONCEPTO: Rendición 28º Workshop Mar del Plata y Sudeste EJERCICIO: 2014

Nº CTE. FECHA BENEFICIARIO DE PAGO IMPORTE EN PESOS

1 26/03/2014 Asociación Arg. De Viajes del Sudeste Argentino $ 2.500,00 TOTAL: $ 2.500,00

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 169

Page 170: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 23-DGPRT/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

1. RECIBIDO DE TESORERIA GRAL. C/C AL RUBRO OBJETO DE LA RENDICION $ 2.500,00 2. SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION ANTERIOR $ -3. IMPORTE TOTAL A RENDIR (1+2) $ 2.500,00 4. TOTAL INVERTIDO SEGÚN COMPROBANTES $ 2.500,00 5. SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION (3-4) $ -

ANEXO IIIRESUMEN DE COMPROBANTE POR IMPUTACIÓN

REPARTICIÓN: ENTUR - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESTIPO DE FONDO: Decreto 477/11-GCABAAGENTE: Silvia Alejandra Weber

CONCEPTO: 28º Workshop Mar del Plata y SudesteEJERCICIO:2014

Nº DE ORDEN COMPROB.

BENEFICIARIO DE PAGO CONCEPTO IMPORTE

IMPUTACIÓN DEL

COMPROBANTE(*) SUMATORIA

POR PDA. PRES.

1Asoc. Arg. De V del SA Inscripciones $ 2.500,00 3.9.9 $ 2.500,00

IMPORTE DE SUMA EN PESOS: $ 2.500,00 $ 2.500,00

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 170

Page 171: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 24-DGPRT/14

ANEXO III

Declaración Jurada Régimen de Viáticos, Alojamientos y Pasajes

FECHA DE LA DECLARACION: 8 DE MAYO DE 2014APELLIDO Y NOMBRE DEL FUNCIONARIO: Stella Maris RivasCARGO: Subgerente Operativo de Mercados Nacionales de la DGPRT del ENTURACTO ADMINISTRATIVO : Resolución Nº 47-ENTUR-2014PRD PASAJES: Nº 164.107-MHGC/2014PRD. ALOJAMIENTO: Nº 164.110-MHGC/2014

DATOS DE LA MISION / VIAJE: Workshop AAAVyT MendozaPAIS / PROVINCIA / CIUDAD: Mendoza, República ArgentinaDIA DE INICIO: 29 de abril de 2014DIA DE FINALIZACION: 1 de mayo de 2014TOTAL DE DIAS: 3 (tres)

IMPORTE RECIBIDO EN PESOSVIATICOS: $ 1.011,00 PASAJES: $ 2.237,69 ALOJAMIENTO : $ 850,00 INSCRIPCIONES: $ 2.300,00

TOTAL $ 6.398,69

IMPORTE EROGADO

Moneda Extranjera Monto Tipo de Cambio Monto en Pesos

VIATICOS: $ 1.011,00 PASAJES: $ 2.237,69 ALOJAMIENTO : $ 850,00 INSCRIPCIONES: $ 2.300,00

TOTAL $ 6.398,69

RESUMENSALDO NO INVERTIDO (DEVOLUCION) $ - TOTAL RENDIDO $ 6.398,69

ANEXO III

RESUMEN DE COMPROBANTE POR FECHA

REPARTICIÓN: ENTUR - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESTIPO DE FONDO: Decreto 477/11-GCABAAGENTE: Stella Maris RivasCONCEPTO: Rendición Workshop AAAVyT Mendoza EJERCICIO: 2014

Nº CTE. FECHA BENEFICIARIO DE PAGO IMPORTE EN PESOS

1 30/04/2014Asociación Mendocina de Agencias de Viajes y Turismo $ 2.300,00

TOTAL: $ 2.300,00

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 171

Page 172: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 24-DGPRT/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

1. RECIBIDO DE TESORERIA GRAL. C/C AL RUBRO OBJETO DE LA RENDICION $ 2.300,00 2. SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION ANTERIOR $ -3. IMPORTE TOTAL A RENDIR (1+2) $ 2.300,00 4. TOTAL INVERTIDO SEGÚN COMPROBANTES $ 2.300,00 5. SALDO NO INVERTIDO DE LA RENDICION (3-4) $ -

ANEXO IIIRESUMEN DE COMPROBANTE POR IMPUTACIÓN

REPARTICIÓN: ENTUR - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESTIPO DE FONDO: Decreto 477/11-GCABAAGENTE: Stella Maris Rivas

CONCEPTO: Workshop AAAVyT MendozaEJERCICIO:2014

Nº DE ORDEN COMPROB.

BENEFICIARIO DE PAGO CONCEPTO IMPORTE

IMPUTACIÓN DEL

COMPROBANTE(*) SUMATORIA

POR PDA. PRES.

1Asoc. Mendocina AVyT Inscripciones $ 2.300,00 3.9.9 $ 2.300,00

IMPORTE DE SUMA EN PESOS: $ 2.300,00 $ 2.300,00

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 172

Page 173: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014. Año de las letras argentinas”

LICITACION PUBLICA Tipo:

MGEYA EXP 4238273/2014 Actuado:

PLIEGO SIN VALOR Costo del pliego:

ETAPA UNICA 2014 Ejercicio: 797 Nro

LEY Nº 2.095 ART. 31º Encuadre legal:

PROCEDIMIENTO DE SELECCION

Salud Rubro comercial:

Lugar/Dirección Plazo y Horario

PRESENTACION DE OFERTAS

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD AV. DE MAYO 575 – EP – OF. 17 CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

De lunes a viernes de 09:00 a 16:00 hs.

Lugar/Dirección Día y Hora

ACTO DE APERTURA

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD AV. DE MAYO 575 – EP – OF. 17 CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

16 de Junio de 2014 a las 13:00 horas

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Nombre del organismo contratante

Recepción de Ofertas hasta el 16 de Junio de 2014 a las 12:00 horas

Objeto de la contratacion: Adquisición de Medicamento Antifúngico Sistémico Caspofungin, Posaconazol, Andalafulgina, con destino a los Hospitales y Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Lugar/Dirección Día y Hora

CONSULTA DE PLIEGOS

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD AV. DE MAYO 575 – EP – OF. 17 CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

De lunes a viernes de 09:00 a 16:00 hs.

Lugar/Dirección Día y Hora

VENTA DE PLIEGOS

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD AV. DE MAYO 575 – EP – OF. 17 CAP.FED Ciudad Aut. de Bs.As

www.buenosaires.gob.ar -hacienda-compras y contrataciones-licitaciones y compras-consultas de compras y contrataciones.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 173

Page 174: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014. Año de las letras argentinas”

Índice

Pliego de Bases y Condiciones Particulares

Artículo 1.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Artículo 2.- MONTO Artículo 3.- CONSULTA Y ADQUISICIÓN DEL PLIEGO Artículo 4.- LUGAR, DÍA Y HORA DE APERTURA DE OFERTAS Artículo 5.- PLAZOS Artículo 6.- COMUNICACIONES AL ORGANISMO LICITANTE Artículo 7.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES Artículo 8.- COMPETENCIA JUDICIAL Artículo 9.- DE LOS OFERENTES Artículo 10.- PRESENTACIÓN DE MUESTRAS Artículo 11.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Artículo 12.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE Artículo 13.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES Artículo 14.- UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS Artículo 15.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES Artículo 16.- MANTENIMIENTO DE OFERTA Artículo 17.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Artículo 18.- GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Artículo 19.- ANUNCIOS Artículo 20.- APERTURA DE OFERTAS Artículo 21.- RECHAZO Artículo 22.- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA Artículo 23.- ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN Artículo 24.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Artículo 25.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 174

Page 175: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014. Año de las letras argentinas”

Artículo 26.- IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN Artículo 27.- ADJUDICACIÓN Artículo 28.- RECURSOS Artículo 29.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Artículo 30.- PLAZO DE ENTREGA Artículo 31.- LUGAR Y FORMA DE RECEPCIÓN DE INSUMOS Artículo 32.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA ENTREGA Artículo 33.- MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA Artículo 34.- FACTURACIÓN Y PLAZO DE PAGO Artículo 35.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO Artículo 36.- PENALIDADES Artículo 37.-PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA –

DESISTIMIENTO DE OFERTAS Artículo 38.-PÉRDIDA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO –

INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA Artículo 39.- MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS Artículo 40.- SANCIONES Artículo 41.-RESCISIÓN DEL CONTRATO POR CULPA DEL COCONTRATANTE.

CAUSALES Artículo 42.- RESCISIÓN TOTAL O PARCIAL Artículo 43.- FALSEAMIENTO DE DATOS

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 175

Page 176: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014. Año de las letras argentinas”

Pliego de Bases y Condiciones Particulares Artículo 1.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires llama a Licitación Pública para la Adquisición de Medicamento Antifúngico Sistémico Caspofungin, Posaconazol, Andalafulgina, con destino a los Hospitales y Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2.- MONTO: El monto de la presente contratación se estima en la suma de PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO CON 37/100 ($ 6.363.861,37). Artículo 3.- CONSULTA Y ADQUISICIÓN DEL PLIEGO: Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en www.buenosaires.gob.ar – Hacienda – Compras y Contrataciones – Licitaciones y Compras – Consultas de Compras y Contrataciones. El presente pliego se suministra en forma gratuita. No se entregarán los mismos en soporte papel. Las cotizaciones deberán presentarse en base a lo publicado en la mencionada página. Las consultas se realizan ante la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud hasta tres (3) días previos a la fecha establecida para la apertura de las ofertas. A los efectos del cómputo del citado plazo no se tendrá en cuenta el día de apertura de las ofertas. El organismo licitante podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al presente Pliego de oficio o como respuesta a consultas. Toda circular con o sin consulta que emita el organismo licitante se publicará por este mismo medio. Asimismo los interesados podrán consultar, exclusivamente, sobre la normativa aplicable a la Mesa de Consulta (4323-9778) de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 13:00 hs. y de 14:00 a 16:00 hs. Artículo 4.- LUGAR, DÍA Y HORA DE APERTURA DE OFERTAS: La Apertura de Ofertas se realizará en la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud, sita en Av. de Mayo 575, entre piso, Of. 17, el día y hora fijada para la misma. Artículo 5.- PLAZOS: Los plazos establecidos en este Pliego deberán entenderse en días hábiles, salvo mención expresa de días corridos, conforme lo estipulado en el art ículo 80 de la Ley 2095, su modificatoria Ley 4764 y el Decreto Nº 95/GCBA/14. Subsidiariamente, será de aplicación la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/GCBA/97 ratificado por Resolución Nº 41/LCABA/98). Artículo 6.- COMUNICACIONES AL ORGANISMO LICITANTE: Todos los trámites y presentaciones referidos al presente deberán dirigirse a la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sita en Av. de Mayo 575 Oficina 14 PB. Éstas y todas las notificaciones serán válidas cuando se efectúen por medio fehaciente en el domicilio precitado, salvo las notificaciones judiciales, que para tener validez deberán estar dirigidas a Uruguay 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06. Se considerarán medios fehacientes las comunicaciones efectuadas por acceso directo o presentación espontánea de la parte interesada, cédula, oficio, carta documento, telegrama, de acuerdo a lo establecido en el art. 61 del DNU Nº 1510/GCBA/97, aprobado por Resolución 41/LCABA/98. Artículo 7.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES: Se considerará domicilio legal del oferente, el domicilio que constituya en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de la presente Licitación Pública. En caso de no hacerlo, se tomará como domicilio del oferente aquél que hubiera declarado en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 176

Page 177: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014. Año de las letras argentinas”

del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6º Pliego de Bases y Condiciones Generales). Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. El nuevo domicilio deberá ser constituido dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El GCABA constituye domicilio en Av. de Mayo 575 –Entre Piso – Oficina 17, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay Nº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06. Artículo 8.- COMPETENCIA JUDICIAL: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (art. 7° del Pliego de Condiciones Generales). Artículo 9.- DE LOS OFERENTES: Podrán presentarse a esta Licitación las Personas Físicas o Jurídicas, que en forma individual, conjunta o asociada reúnan las condiciones que se exigen y que no se encontraren comprendidas en las prohibiciones e inhabilidades que se mencionan en el presente. Artículo 10.- PRESENTACIÓN DE MUESTRAS: Las muestras deben ser presentadas en Av. de Mayo 575, PB, Oficina 14, hasta el momento fijado para la iniciación de la apertura de ofertas. Artículo 11.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS: La presente licitación se efectuará mediante etapa única. Las Ofertas se deberán presentar en sobre común o con membrete del oferente, indistintamente, o en caja o paquete si son voluminosas, perfectamente cerrados, por duplicado la oferta económica y póliza de caución, y se admiten hasta una hora antes del día y hora fijados para la apertura del acto y deben contener en su cubierta la indicación de la contratación a que corresponde, el día y hora de apertura, de acuerdo a la siguiente leyenda:

“GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES LICITACIÓN PÚBLICA Nº 797/SIGAF/2014.

ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTO ANTIFUNGICO SISTÉMICO CASPOFUNGIN, POSACONALZOL, ANDALAFULGINA

CON DESTINO A LOS HOSPITALES Y CENTROS DE SALUD DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE SALUD DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RUBRO 7210 – SALUD DÍA Y HORA DE LA APERTURA”

Las ofertas originales deben estar firmadas en todas sus fojas por el oferente o su Representante Legal. Las enmiendas y raspaduras en partes esenciales de la oferta deben ser debidamente salvadas por el oferente. A cada oferta debe acompañarse la constancia de la constitución de la garantía y/o presentación de muestras, cuando correspondiere. Para que las ofertas sean consideradas válidas, los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores) o haber iniciado el trámite, en el rubro – 7210 Salud – 102 – Productos Farmacéuticos y Biológicos, caso contrario las Ofertas no serán consideradas en los respectivos renglones.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 177

Page 178: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “2014. Año de las letras argentinas”

Artículo 12.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE: Para concurrir como oferentes a la presente licitación deberán reunirse los siguientes requisitos: a) Personas físicas. b) Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la Legislación vigente en la materia. c) Cumplir con los requisitos previstos para la presentación de la oferta. d) Encontrarse inscripto en el RIUP. Artículo 13.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES: No pueden presentarse como oferentes a la presente licitación: a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el

caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el art ículo 2° de la Ley Nº 2095 modificada por Ley 4764 y el Decreto Nº 95/GCBA/14, mientras dichas sanciones sigan vigentes.

b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley Nº 2095 modificada por Ley 4764 y el Decreto Nº 95/GCBA/14, mientras dichas sanciones sigan vigentes.

c) Los cónyuges de los sancionados. d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley

de Ética Pública Nº 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace. e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas

en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.

f) Los inhibidos. g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la

Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.

h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente.

i) Las personas físicas o jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II "De las faltas en particular", Sección 3°, Capítulo "Prohibiciones en Publicidad" del Anexo I de la Ley Nº 451 Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto Inciso incorporado por ley Nº 4.486).

j) Las personas físicas o jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación.

Artículo 14.- UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS: Si el oferente se presentara como una Unión Transitoria de Empresas, cada integrante deberá presentar los certi ficados de Inscripción en el RIUPP o constancia de inicio de Trámite de Inscripción. Asimismo, deberá acompañar: a) Fotocopia certificada del compromiso de constituirse en UTE. En caso de resultar adjudicado, deberá presentar el Contrato de Constitución, el que deberá contener el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros. b) Declaración Jurada en donde todos los miembros brindan su compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada durante el proceso de licitación, el cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, su responsabilidad frente a terceros y a todas las demás obligaciones y responsabilidades legales y contractuales. c) Declaración Jurada de mantener la vigencia de la UTE hasta que se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones emergentes del contrato. d) Declaración Jurada de mantener la composición de la UTE durante el plazo mencionado en el apartado anterior, así como también de no int roducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad sin la aprobación del GCABA, ni en el Contrato constitutivo de UTE. e) Fotocopia de la designación de uno o más representantes legales que

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 178

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acrediten, mediante poder otorgado por escritura pública, facultades suficientes para obligar a su mandante. De los documentos por los que se confieren los poderes y por los que se constituye la UTE, deberá resultar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las atribuciones que les corresponden como autoridades de cada una de las empresas en funciones, en el momento del acto respectivo. Artículo 15.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones al pliego, el depósito equivalente al tres por ciento (3%) del monto estimado de la contratación. La impugnación se recibirá hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas. La misma será resuelta en el cuerpo del expediente, previa intervención de la Procuración General. Los importes correspondientes a las garant ías de impugnación serán reintegrados al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente. Artículo 16.- MANTENIMIENTO DE OFERTA: Los oferentes deben mantener las ofertas por el término de veinte (20) días a contar desde la fecha de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garant ía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de diez (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por única vez y por un lapso igual al inicial. Artículo 17.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: El Oferente deberá presentar una garant ía de mantenimiento de oferta equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total de su oferta. En caso de que algún oferente presente más de una oferta económica para un mismo renglón se computará la de mayor valor a los efectos del cálculo de la garantía. Esta garantía deberá constituirse sin límite de plazo y podrá efectivizarse mediante algunas de las formas previstas en el artículo 100 de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14 y el art. 14.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Cuando así corresponda se devolverá dentro de los 30 días siguientes a la adjudicación de todos los renglones. La no presentación de la Garant ía de Oferta, cuando así corresponda, dará lugar al descarte de la misma sin más trámite. Artículo 18.- GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: El adjudicatario deberá presentar una garant ía de cumplimiento de contrato equivalente al diez por ciento (10%) sobre el valor adjudicado y deberá constituirse sin límite de plazo, previo a la iniciación del servicio, dentro del término de cinco (5) días de recibida la Orden de Compra, y presentarse en la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, sita en Av. Roque Sáenz Peña 547 piso 8, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La misma podrá constituirse de acuerdo a lo prescripto en el artículo 14.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14. La garant ía será devuelta de conformidad con lo establecido en el art. 14.3, inciso a), apartado i) del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Artículo 19.- ANUNCIOS: El llamado a Licitación Pública para la contratación objeto de la presente se anunciará de acuerdo con lo establecido en el art ículo 98 del Anexo I del Decreto Nº 95/GCBA/14. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva la facultad de postergar el Acto Licitatorio, el cual se anunciará por los mismos medios y formas que el llamado a Licitación Pública. Artículo 20.- APERTURA DE OFERTAS: Las Ofertas se abrirán en acto público, el que se realizará en la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), sito en Av. de Mayo

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 179

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575 – EP – Oficina 17, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el día y hora establecidos para la misma. Se leerá en voz alta el número de orden asignado a cada oferente, el nombre o razón social de los oferentes. En esa oportunidad se labrará un Acta en la que constarán todos los datos consignados en el artículo 102, inciso 4 del Decreto Nº 95/GCBA/14. Artículo 21.- RECHAZO: El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de revocar el llamado licitatorio o de rechazar la totalidad de las ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho alguno a los oferentes para formular y/o efectuar reclamo alguno. Artículo 22.- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA: En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser adjudicatarios, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello dé derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes. Artículo 23.- ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN: Realizada la apertura, la Comisión de Evaluación de Ofertas designada a tal fin emitirá su dictamen en el plazo previsto en la Ley Nº 2095 su modificatoria Ley 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14, el cual no tendrá carácter vinculante, y proporcionará a la autoridad competente para adjudicar los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual se concluirá el procedimiento. Son contenidos mínimos de dicho dictamen: a) Examen de los aspectos formales de cada oferta y documentación. b) Aptitud de los oferentes para participar de esta Contratación. c) Evaluación de las ofertas y de la modalidad en que han sido realizadas de acuerdo a los intereses del GCBA. d) Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento. Artículo 24.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS: La preadjudicación recaerá en la propuesta más conveniente para el Organismo, teniendo en cuenta la calidad, el precio, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta. El anuncio de las preadjudicaciones será conforme lo estipulado en el art. 16 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Artículo 25.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: Para la evaluación de las ofertas la Comisión de Evaluación podrá requerir de los oferentes la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas. La solicitud de información complementaria podrá efectuarse vía fax o mail, para lo cual el oferente tendrá un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para cumplimentar el requerimiento por Mesa de Entrada de la UCAS. Su decisión recaerá en la oferta más conveniente. Artículo 26.- IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN: De conformidad con lo dispuesto en el art. 14.1 inciso d) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones a la Preadjudicación el depósito equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto total de la oferta preadjudicada, el mismo deberá ser efectuado en la Cuenta Corriente Nº 26.678/7 “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Centro, perteneciente a la Dirección General de Compras y Contrataciones, el que será reintegrado sólo en caso de que la impugnación prospere totalmente. Las impugnaciones deberán ser presentadas en la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), dentro del plazo de tres (3) días, a computar a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, acompañando fotocopia y original de la boleta de depósito, caso contrario no será considerada impugnación, y habrá de ser rechazada in limine. Asimismo podrá constituir una garantía equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto total de la oferta preadjudicada, la que será efectuada mediante

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 180

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alguna de las formas previstas en el art. 14.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Los importes correspondientes a las garant ías de impugnación serán reintegrados al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente. Artículo 27.- ADJUDICACIÓN: La adjudicación es resuelta en forma fundada por la autoridad competente para aprobar la contratación y se notifica fehacientemente al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de los siete (7) días de emitido el acto administrativo. Si se han formulado impugnaciones contra el Dictamen de Evaluación de las ofertas, éstas son resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación. Puede adjudicarse aún cuando se haya presentado una sola oferta. El órgano contratante podrá dejar sin efecto la adjudicación antes del perfeccionamiento del contrato sin que éste genere indemnización alguna. Artículo 28.- RECURSOS: Contra el acto administrativo de adjudicación sólo podrán interponerse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos (D.N.U. Nº 1510/GCBA/97, aprobada por Resolución Nº 41/LCABA/98) y/o normativa vigente. Artículo 29.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la Orden de Compra al adjudicatario, efectuada dentro del plazo de siete (7) días contados a partir del dictado del acto administrativo de adjudicación. Artículo 30.- PLAZO DE ENTREGA: El adjudicatario realizará la entrega de insumos de acuerdo al siguiente cronograma: 40% del monto adjudicado dentro de los 10 días, el 25% a los 45 días y el restante 35% a los 65 días, todos los plazos contados a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de Compra, o suscripción del instrumento respectivo, según corresponda. A efectos de cumplir en tiempo y forma con los plazos previstos en la entrega, los respectivos proveedores deberán comunicarse, con una antelación no inferior a siete (7) días del previsto para la entrega, con la Gerencia Operativa de Distribución y Logística de la UCAS para solicitar el turno correspondiente. Aquel proveedor que, habiendo solicitado un turno no se presentara o pretendiere entregar sus productos en condiciones distintas de las establecidas en la Orden de Compra, será pasible de la aplicación de penalidades contractuales y de las sanciones previstas en la Ley Nº 2095 su modificatoria Ley Nº 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14. La repartición licitante podrá solicitar modificaciones al cronograma establecido. Artículo 31.- LUGAR Y FORMA DE RECEPCIÓN DE INSUMOS: El adjudicatario deberá efectuar la entrega de los insumos en el domicilio indicado en la Orden de Compra, o donde la repartición licitante lo designe, en el día y hora previamente estipulada. El transporte, carga, descarga y estiba de las mercaderías serán efectuadas por el proveedor, estando a su exclusivo cargo. Artículo 32.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA ENTREGA: Remito original y tres (3) copias en los que se indicará: orden de compra, número de renglón, cantidad de productos entregados, código de producto, fabricante y nombre comercial (este último sólo si corresponde), número de lote y/o partida y fecha de vencimiento. Ante la falta de individualización de las características mencionadas deberá la autoridad rechazar la entrega, siendo en consecuencia, imputable al proveedor. Artículo 33.- MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA: Una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante puede aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un veinte por ciento (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 181

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pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la disminución puede incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante no exceda el porcentaje previsto, según corresponda. En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrán exceder el veinte por ciento (20%), y se deberá requerir la conformidad del cocontratante. Si esta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato, aún con consentimiento del cocontratante. Artículo 34.- FACTURACIÓN Y PLAZO DE PAGO: El adjudicatario sólo deberá facturar lo efectivamente entregado. El pago se realizará de acuerdo a las disposiciones contenidas en los arts. 21, 22, 23 y 24 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Artículo 35.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO: El incumplimiento en término de las obligaciones contractuales coloca a la adjudicataria en estado de mora automática y, por lo tanto, sujeta a la aplicación de las penalidades establecidas en el presente Pliego y a la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley Nº 2095 su modificatoria Ley 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14. Artículo 36.- PENALIDADES: Los oferentes o contratantes pueden ser pasibles de las siguientes penalidades: a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. b) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales. c) Rescisión del contrato por culpa del cocontratante. A los efectos de la aplicación de las penalidades se deben reunir todos los antecedentes referidos al desempeño del oferente o contratante durante el desarrollo del procedimiento contractual, que motiven y justifiquen la aplicación de la penalidad. Artículo 37.- PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA – DESISTIMIENTO DE OFERTAS: El desistimiento de la oferta antes del vencimiento del plazo de validez establecido según artículo 17 conlleva la pérdida de la garantía de oferta. En caso de desistimiento parcial, la garantía se pierde de forma proporcional. Artículo 38.- PÉRDIDA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO – INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA: Si el adjudicatario no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del término de cinco (5) días de recibida la Orden de Compra, se le intimará en forma fehaciente, por igual término. Vencido el plazo otorgado en la intimación sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá el contrato con la pérdida de la garant ía de la oferta o de un monto equivalente a dicha garantía, sin perjuicio del cargo que se le formule al adjudicatario por los daños y perjuicios que dicha conducta puede haberle ocasionado al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 39.- MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS: El adjudicatario puede solicitar, por única vez, la prórroga del plazo de entrega que se estipule en la reglamentación de la presente, antes del vencimiento del mismo, exponiendo los motivos de la demora. La prórroga sólo es admisible cuando existan causas debidamente justificadas y las necesidades del Gobierno de la Ciudad admitan la satisfacción de la prestación fuera de término. La multa por mora es del uno por ciento (1%) del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato por cada siete (7) días de atraso o fracción mayor de tres (3) días. Si el plazo de entrega fuera inferior a siete (7) días, no resulta de aplicación lo previsto en el artículo 120 de la Ley, procediéndose a la rehabilitación del contrato conforme al art ículo 121 de la Ley y su reglamentación. Rehabilitación de Contrato: “Vencido el plazo de cumplimiento del contrato o de la prórroga que

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 182

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se hubiera acordado, sin que los elementos fueran entregados o prestados los servicios de conformidad, el contrato queda rescindido de pleno derecho por la parte no cumplida, sin necesidad de intimación o interpelación judicial o extrajudicial, debiendo luego la Unidad Operativa de Adquisiciones proceder al dictado de la declaración formal de la rescisión, salvo que antes del vencimiento, agotada la posibilidad de prórroga, el adjudicatario haya solicitado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley la rehabilitación del contrato por la parte no cumplida. El contrato rehabilitado debe cumplirse dentro de los mismos plazos y puede otorgarse la misma prórroga y en las mismas condiciones que para el contrato original. Si el adjudicatario que solicitó la rehabilitación no hace el pago de la multa del diez por ciento (10%) dentro de los tres (3) días de habérsele comunicado la aceptación de la rehabilitación, se da por rescindido el contrato, sin más trámite, en las condiciones estipuladas en este mismo artículo”. (art. 121 Anexo I del Decreto Nº 95/GCBA/14). Dicho depósito deberá realizarse en la Tesorería General perteneciente al Ministerio de Hacienda, sita en Av. Belgrano 840 – en el horario de 9.30 a 14.30 hs. Los depósitos en Cheque deberán realizarse en la Cuenta 200330/4 “Multa Proveedores y Contratistas”. Cheque Propio del Adjudicatario, el cual deberá ser librado a nombre del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CRUZADO – NO A LA ORDEN. Los depósitos en efectivo deberán realizarse en la Cuenta 200233/2 “Multa Proveedores y Contratistas”. Artículo 40.- SANCIONES: Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades establecidas en el artículo precedente, los oferentes pueden asimismo ser pasibles de las siguientes sanciones: • Apercibimiento: a) Por desistimiento de la oferta. b) Por incumplimientos o demoras en sus obligaciones contractuales siempre y cuando para el caso no estuviera previsto una penalidad contractual. c) Si tuvieran, a criterio de las distintas Dependencias Usuarias, dos (2) conceptos malos al cabo de un (1) año y siempre que los motivos del mismo no se encuentren previstos en otras causales de sanción. • Suspensión: a) De un (1) mes a seis (6) meses: El proveedor que incurriere en el incumplimiento establecido en el artículo 128 de la Ley Nº 2095 y su Decreto reglamentario Nº 754/GCBA/08. El proveedor que, intimado para que deposite en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante el valor de la multa o de la garant ía perdida, no lo haga dentro del plazo que se le fijare a tal efecto. El proveedor al que se le hayan impuesto tres (3) apercibimientos en el lapso de un año calendario, contando a partir de la imposición del primero de ellos. b) De siete (7) meses a un (1) año, al proveedor que incurra en el incumplimiento establecido en el art ículo 129 de la Ley 2095 y su Decreto reglamentario Nº 754/GCBA/08. c) De más de un (1) año y hasta dos (2) al proveedor que incurra en los incumplimientos establecidos en los artículos 130, 131 y/o 132 de la Ley 2095 y su Decreto reglamentario Nº 754/GCBA/08.• Inhabilitación: a) El proveedor que acumulara suspensiones por más de (2) años en el transcurso de un lapso de cinco (5) años calendario. b) El proveedor que, habiendo cumplido la suspensión prevista en el artículo 137, inciso b) de la Ley Nº 2095 y su Decreto reglamentario Nº 754/GCBA/08, no haya efectuado el depósito correspondiente a la multa o garantía pedida, hasta tanto no efectúe el pago respectivo. En el caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato, igualmente le será aplicada la penalidad y la sanción que pudiere corresponderle aún cuando el contrato se encontrara rescindido y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente Acto Administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción. Artículo 41.- RESCISIÓN DEL CONTRATO POR CULPA DEL COCONTRATANTE. CAUSALES: a) Rechazo de la Orden de Compra: si el adjudicatario rechazare la Orden de Compra dentro del plazo de tres (3) días de perfeccionado el contrato, se intimará al cumplimiento contractual, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de la garantía de la oferta, sin perjuicio de las demás sanciones contractuales. b) Incumplimiento del Contrato: vencido el plazo de cumplimiento del contrato, de su prórroga o en su caso, del contrato rehabilitado, sin que los bienes hayan sido entregados o prestados los servicios de

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 183

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conformidad, se rescindirá el mismo de pleno derecho con pérdida de las garantías correspondientes sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, debiendo luego el organismo licitante proceder al dictado de la declaración formal de rescisión (art. 129 Ley Nº 2095). c) Prestación con Carácter Especial: El incumplimiento de las prestaciones en que no sea posible admitir su satis facción fuera de término, en razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la Administración, es sancionado con la rescisión del contrato más la pérdida de la garantía de cumplimiento del mismo por el importe total de aquella (art. 130 Ley Nº 2095). d) Fraude o Negligencia: Cuando el cocontratante incurre en negligencia en la ejecución del contrato o incumple las obligaciones a su cargo, el organismo contratante puede rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo del cocontratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. Asimismo es causal de rescisión del contrato por culpa del cocontratante y con las consecuencias precedentemente indicadas, cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión (art. 131 Ley Nº 2095). e) Transferencia o Cesión el Contrato: Cuando el cocontratante transfiera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por la entidad contratante, ésta debe rescindir unilateralmente el contrato por culpa del cocontratante, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato (art. 132 Ley Nº 2095). Artículo 42.- RESCISIÓN TOTAL O PARCIAL: La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garant ía de cumplimiento pueden ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquel. Además de las penalidades previstas para la rescisión parcial o total del contrato, en el caso de haberse acordado prórrogas, será de aplicación la multa fijada en la reglamentación al art. 121 de la Ley, calculada en relación con el valor no satisfecho. Artículo 43.- FALSEAMIENTO DE DATOS: El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garant ía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 184

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Índice Anexo I

Pliego de Bases y Condiciones Particulares

1º) OBLIGACIONES DEL OFERENTE

2º) VENCIMIENTO Y CANJE

3º) ALTERNATIVA

4º) ASEGURAMIENTO DE LA CADENA DE FRÍO DE LOS INSUMOS A PROVEER

5º) EMBALAJE Y PALLETIZACION DE LOS PRODUCTOS

6º) ENVASES

7º) MARCA

8°) DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA ENTREGA

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 185

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Anexo I

Pliego de Bases y Condiciones Particulares

OBJETO: MEDICAMENTOS 1º) OBLIGACIONES DEL OFERENTE

El incumplimiento de alguna de las obligaciones que se indican a continuación dará lugar al rechazo de la oferta.

a. El oferente deberá indicar en cada renglón de su presupuesto el nombre genérico y la marca comercial de los productos cotizados, número de Certificado de Autorización de Venta otorgado por Autoridad Sanitaria Nacional, nombre comercial de la especialidad medicinal y denominación del Establecimiento Elaborador, forma farmacéutica, concentración, presentación y/o embalaje, según lo solicitado en las Especificaciones Técnicas.

b. Deberá presentar al momento de la Apertura de Ofertas, una Declaración Jurada del Director Técnico avalada por el Apoderado Legal, manifestando que todos los productos cotizados se ajustan a lo establecido por la Ley 16.463, sus modificatorias, Decretos y Resoluciones.

c. Laboratorios, Droguerías, Farmacias y Distribuidoras Nacionales deberán presentar, al momento del Acto de Apertura de Ofertas, copia de la Habilitación e Inscripción extendida por ANMAT, como elaborador, importador, o distribuidor de los productos cotizados y el certificado de GMP otorgado por dicho organismo (Disposición ANMAT 1930/95) y/ o la constancia de aptitud para elaborar y controlar dicho producto expedida por ANMAT, firmada por Apoderado Legal y Director Técnico.

d. Último Certificado de Libre Sanción extendido por la A.N.M.A.T. donde conste la situación del oferente con respecto a la existencia o no de sanciones que se le hubiesen aplicado en un período no menor a 12 (doce) meses anteriores a la fecha de invitación del concurso. Este certi ficado puede tener como máximo 90 días de expedido.

e. Disposición con la designación del Director Técnico expedida por la ANMAT u organismo competente, firmada por el Apoderado Legal y el Director Técnico.

f. Copia autenticada del certi ficado actualizado de la especialidad medicinal ofertada, otorgado por la A.N.M.A.T., para cada uno de los renglones cotizados (firmada en original por el Director Técnico y el Apoderado Legal). De encontrarse éste vencido, deberá adjuntarse una copia de la solicitad de reinscripción, cuya fecha de presentación no puede superar los seis (6) meses de la fecha de apertura, conjuntamente con la nota expedida por la COORDINACIÓN DE EVALUACION DE MEDICAMENTOS DE LA A.N.M.A.T., donde conste la autorización para continuar con la comercialización del producto hasta que se efectúe el acto administrativo correspondiente.

g. El oferente deberá comunicar junto con la presentación de su oferta la designación de un representante a los efectos de coordinar y asegurar el cumplimiento de las obligaciones contractualmente pactadas, como así, de las novedades que le impongan las autoridades del Organismo Licitante. En caso de que dicha designación no fuera comunicada expresamente en la oferta, se tomará como REPRESENTANTE a / los FIRMANTES de la Oferta. Cualquier modificación en la designación del representante deberá ser notificada en forma fehaciente al Organismo Licitante, dentro de un plazo de 24 horas de producido el hecho.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 186

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h. En el caso en que el oferente no sea el productor primario del insumo cotizado (Droguerías, Distribuidores, etc.) deberá acompañar una nota del fabricante donde se lo autoriza a cotizar dicho producto en la presente licitación, en un todo de acuerdo con el pliego, detallando cantidades a entregar y aceptando el cronograma de entregas propuesto en la licitación.

i. Para los medicamentos comprendidos en la Disposición Nº 3185/99 de la A.N.M.A.T. y Resolución Nº 189/2000 del MSPN – Sec. de Políticas y Regulación Sanitarias, se deberá presentar copia autenticada de los certificados correspondientes extendidos por la A.N.M.A.T., en los que conste la aprobación de los estudios de biodisponibilidad y bioequivalencia.

j. Soluciones Parenterales: deberá cumplir con las “Normas para la Identificación por Colores de Envases” establecidos en el Anexo IX punto 3) de la Disposición ANMAT Nº 2819/2004. El organismo licitante puede solicitar muestras para verificar su cumplimiento.

k. Para Productos Sanitizantes, Desinfectantes y Esterilizantes de Uso Profesional Exclusivo, comprendidos en la Disposición Nº 4324/99, deberán presentar Copia Autenticada del Certi ficado y Copia autenticada de la “Hoja de Seguridad del Producto”.

2º) VENCIMIENTO Y CANJE

Los productos tendrán una fecha de vencimiento no inferior a los doce (12) meses a partir de la fecha de entrega. El Organismo solicitante se reserva el derecho de exigir al respectivo proveedor, con un mínimo de TREINTA (30) días de antelación a la fecha de vencimiento declarada, que proceda a efectuar el canje de los medicamentos oportunamente provistos, por la misma marca, número de unidades y calidad, con vencimiento posterior, no inferior a 12 (doce) meses. 3º) ALTERNATIVA

El Organismo Licitante se reserva el derecho de considerar ofertas alternativas, de características distintas a lo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones, incluidos envases, formas farmacéuticas, y/o presentaciones de contenidos diferentes a los solicitados. En el caso de ofrecer distintas marcas comerciales para un mismo renglón deberán ser presentadas por separado como ofertas alternativas, de lo contrario no serán consideradas ofertas válidas. Deberán los proveedores especificar dicha característica en su oferta. 4º) ASEGURAMIENTO DE LA CADENA DE FRÍO DE LOS INSUMOS A PROVEER

Los productos que requieran cadena de frío deberán estar perfectamente identificados y se deberá asegurar la misma. 5º) EMBALAJE Y PALLETIZACION DE LOS PRODUCTOS

La mercadería deberá entregarse en pallets tipo ARLOG MERCOSUR (1,00 x 1,20 m.) con una altura máxima de 1,40 m incluyendo la tarima, los mismos deben ser adecuados al peso/volumen de la carga, aptos para su almacenamiento en racks. Los pallets serán foliados (con film adecuado) respetando la consigna de monolote y monoproducto (un pallet solo podrá contener un solo lote de un solo producto). En caso de utilizarse embalaje secundarios (cajas contenedoras) deberán ser de materiales adecuados para cada caso y respetando la consigna de monolote y monoproducto. Dichos pallets deberán identificarse con una etiqueta que indique como mínimo la siguiente información: código del producto, descripción del producto, cantidad, lote y fecha del vencimiento.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 187

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6º) ENVASES

El Organismo Licitante, se reserva el derecho de considerar envases de capacidad distinta a la solicitada, en el presente Pliego de Bases y Condiciones. Los oferentes deberán cotizar sobre la base de la unidad del producto que se solicita, cualquiera sea la capacidad del envase que se comercialice, con el objeto de facilitar la comparación de precios. 7º) MARCA

Es imprescindible que se consigne la marca de los productos ofertados, o cuando en las especificaciones se mencione tipo de marca, lo es al solo efecto de señalar las características generales del artículo solicitado sin que ello implique que el proponente no pueda ofrecer artículos similares, de otras marcas, pero asimismo deberá especificar lo que ofrece. 8°) DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA ENTREGA

Remito original y 3 (tres) copias en los que se indicará: orden de compra, número de renglón, cantidad de productos entregados, código de producto, fabricante y nombre comercial (este último sólo si corresponde), número de lote y/o partida y fecha de vencimiento. Ante la falta de individualización de las características mencionadas deberá la autoridad rechazar la entrega, siendo en consecuencia, imputable al proveedor.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 188

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ESPECIFICACIONES

TÉCNICAS

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 189

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ESPECIFICACIONES

CASPOFUNGIN 50 mg - Caspofungin Acetato 60.6 mg (equivalente a 54.6 de ácido libre anhidro), inyectable, liof ilizado, en frasco ampolla, uso endovenoso -

CASPOFUNGIN 70 mg - Caspofungin Acetato 83.9 mg (equivalente a 75.6 mg de ácido libre anhidro), inyectable, liof ilizado, en frasco ampolla, uso intavenoso -

POSACONAZOL - En suspensión oral 40 mg/ml - Demás especif icaciones deberán ser indicadas por la repartición solicitante

ANIDULAFUNGINA - De 100 mg, inyectable, en frasco ampolla, uso intramuscular y endovenoso -

1.162,000000

305,000000

79,000000

256,000000

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

UNIDADx1 u

1

2

3

4

252-00650501-09019510

252-00650501-09019511

252-00650501-09054841

252-00650501-09058261

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

Cod. Catálogo

U. Medida

U. Medida

U. Medida

U. Medida

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Cantidad

Ren.

Ren.

Ren.

Ren.

Descripción

Descripción

Descripción

Descripción

Muestra

Muestra

Muestra

Muestra

No

No

No

No

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 190

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CLÁUSULAS GENERALES

Artículo 1°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 2°.- NORMATIVA APLICABLE Artículo 3°.- ADQUISICIÓN DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES Artículo 4°.- COMUNICACIONES Artículo 5°.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y

PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD (RIUPP)

Artículo 6°.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO Artículo 7°.- CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIO

MOROSOS Artículo 8°.- CONSULTAS Artículo 9°.- CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A. Artículo 10.- DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR Artículo 11.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Artículo 12.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Artículo 13.- COTIZACIONES PARCIALES Artículo 14.- GARANTÍAS CLASES

a) De mantenimiento de oferta b) De cumplimiento del contrato

c) Contra garantía

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 191

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d) De impugnación a la preadjudicación de las ofertas

e) De impugnación al pliego FORMAS DE CONSTITUCIÓN DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS Artículo 15.- EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS Artículo 16.- ANUNCIO DE LA PREADJUDICACIÓN Artículo 17.- PLAZO PARA IMPUGNAR Artículo 18.- PRESENTACIÓN DE LAS IMPUGNACIONES Artículo 19.- PRERROGATIVA DEL GCABA Artículo 20.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO Artículo 21.- CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS Artículo 22.- DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA

FACTURA Artículo 23.- PAGO – PLAZOS Artículo 24.- ÚNICA FORMA DE PAGO Artículo 25.- MORA Artículo 26.- MONEDA DE COTIZACIÓN Y DE PAGO Artículo 27.- PLAZO DE ENTREGA Artículo 28.- FLETE Y DESCARGA Artículo 29.- CIERRE POR VACIONES Artículo 30.- COMPETENCIA JUDICIAL Artículo 31.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN Artículo 32.- CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 43 DE LA CONSTITUCIÓN

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 192

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MINISTERIO DE HACIENDA

ÓRGANO RECTOR

PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Artículo 1º.- AMBITO DE APLICACIÓN:

Las normas contenidas en el presente articulado, constituyen el PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para los contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, alquileres con opción a compra y permutas del PODER EJECUTIVO, que celebren los organismos del Sector Público comprendidos en la Ley y para todos aquellos contratos no excluidos expresamente en la ley citada o sujetos a un régimen especial1.

Artículo 2°.- NORMATIVA APLICABLE:

El presente llamado a licitación y/o contratación se regirá por las disposiciones de la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCABA/06 (B.O.C.B.A. Nº 2.557); su Decreto Reglamentario Nº 754/GCABA/2008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960); Decreto 1.276/GCABA/06 (B.O.C.B.A. Nº 2.513) modificado por Decretos Nº 466/GCABA/08 (B.O.C.B.A. Nº 2.924) y 754/GCABA/2008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960); Ley 1218 promulgada por Decreto Nº 2.819/GCBA/03 (B.O.C.B.A. Nº 1.850); Ordenanza Nº 52.236; Decreto Nº 1.616/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 329) y Decreto Nº 1.693/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 337); Artículo 48, Ley Nº 7 (B.O.C.B.A. Nº 405), y las contenidas en las Cláusulas Particulares.

Artículo 3°.- ADQUISICIÓN DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES:

Los Pliegos de Bases y Condiciones se suministrarán en forma gratuita, salvo en aquellos casos en que fundadamente y por sus características el organismo contratante determine que sean obtenidos previo pago de una suma que será establecida en la convocatoria, y no podrá superar el uno por ciento (1%) del monto estimado de la compra2.

///...

1 Art. 2 Ley N° 2.095 2 Art. 86. 8 Decreto Nº 754/GCABA/2008

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 193

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...///

En este último caso, sólo se tendrán en cuenta las ofertas presentadas por las firmas proveedoras que hayan abonado, previo a la apertura del acto licitario, el arancel correspondiente al valor del pliego. El importe recibido por la Administración por la venta de pliegos, no será devuelto a los adquirentes en ningún caso, aún cuando por cualquier causa se dejara sin efecto la licitación o se rechazaran todas las ofertas.

Artículo 4°.- COMUNICACIONES:

Las comunicaciones que se realicen entre el Organismo licitante y los interesados, oferentes y adjudicatarios, podrán llevarse a cabo por cualquier medio de comunicación. No podrán utilizarse estos mecanismos para poner en ventaja a un interesado u oferente sobre los restantes.3

Artículo 5°.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y

PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD (RIUPP):

Los interesados en participar en los procedimientos de selección deberán haber iniciado el trámite de inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda (RIUPP).

Es condición para la preadjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP. En el caso de contratación menor, la inscripción debe estar cumplida en forma previa a la adjudicación. Cuando se tratare de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el proveedor debe estar inscripto en forma previa a la preselección.4

La inscripción debe realizarse por el interesado a través del sitio de Internet, en la página www.buenosaires.gov.ar/rup, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado RIUPP. Para más datos, podrá concurrir a Av. de Mayo Nº 525 Planta Baja Oficina 20, de lunes a viernes en el horario de 10,00 a 15,00 horas, o comunicándose a los teléfonos 4343-8877, 4323-9619, 4323-9400, Internos 2066 y 2068 o el que oportunamente se determine.

Artículo 6º.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO:

Se considerará como domicilio legal el declarado en calidad de constituido en el RIUPP.

3 Art. 79 Decreto Nº 754/GCABA/2008. 4 Art. 22 Decreto Nº 754/GCBABA/2008.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 194

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Artículo 7°.- CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS:

El oferente deberá presentar, en el RIUPP al momento de la inscripción, el “Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos” expedido por el organismo competente dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, del que resulta que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del organismo de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos5.

Artículo 8°.- CONSULTAS:

Las consultas relacionadas con los distintos procesos licitatorios se realizan ante la respectiva Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) mediante correo electrónico [email protected], fax 4342-9997 o por escrito, hasta setenta y dos (72) horas previas a la fecha establecida para la apertura de las ofertas. Asimismo, y en base a la naturaleza de la contratación, podrán fijarse plazos distintos al establecido6. Las respuestas o aclaraciones formuladas por la Unidad Operativa de Adquisiciones respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la licitación o contratación, serán comunicadas a cada uno de los oferentes de conformidad con lo previsto en el Artículo 4º. Comunicaciones.

Artículo 9°.- CONDICIÓN FRENTE AL I.V.A.:

A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), se comunica que este Gobierno reviste la condición de Exento.

En consecuencia, en las ofertas no deberá discriminarse el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.

El número de CUIT correspondiente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el 34-99903208-9.

[Las jurisdicciones y entidades pertenecientes al Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que no se correspondan con lo citado en los párrafos anteriores deberán consignar los datos que les son propios].

5 Art. 7, Ley N° 269. 6 Art. 86.11 Decreto Nº 754/GCBABA/2008

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 195

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Artículo 10.- DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR:

Los interesados en presentarse a procedimientos de selección en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán adjuntar a la oferta una declaración jurada de la que resulte que el oferente, concursante o postor en el caso de personas físicas o que los directores o miembros del órgano de administración, en el caso de personas jurídicas, no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la Ley. Ver “Anexo I: Declaración Jurada de Aptitud para contratar”.

La Comisión Evaluadora de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento.

La falsedad de los datos cuanto de la documentación acompañada implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción de rescisión del contrato7.

Artículo 11.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS:

Las ofertas serán presentadas por duplicado y deberán estar firmadas por el oferente o su representante legal. La firma deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante, debiéndose presentar la documentación que acredite el carácter invocado.

Las ofertas deberán encontrarse firmadas en todas sus fojas, incluyendo aquellas que expresamente requiera el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, más la documentación adicional, folletos o todo tipo de publicidad que el oferente adjunte y foliadas en forma correlativa8 .

Artículo 12.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA:

La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación de los Pliegos de Bases y Condiciones con la oferta, salvo que los mismos sean solicitados como requisito junto con la documentación que integra la misma9.

Artículo 13.- COTIZACIONES PARCIALES:

El oferente debe formular oferta por la totalidad de las cantidades

///...

7 Art. 96 Decreto N° 754/GCBABA/2008 8 Art. 102 Decreto Nº 754/GCABA/2008. 9 Art. 103 Ley N° 2.095

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 196

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solicitadas para cada renglón, salvo que los pliegos en sus Cláusulas Particulares admitan cotizaciones parciales. Asimismo, sólo en el caso de que la oferta contemple la totalidad de los renglones y cantidades solicitadas, el oferente podrá ofrecer descuento sobre la base de su adjudicación íntegra.10

Artículo 14.- GARANTÍAS: 14.1. CLASES a) De mantenimiento de Oferta: cinco por ciento (5%) del valor total

de la oferta. Cuando se trate de ofertas por servicios, deberá tenerse en cuenta el valor total del servicio, es decir, el que resulte del valor mensual, por hora, o el que se requiera en las cláusulas particulares, por la totalidad en tiempo del servicio que se solicite.

En los casos de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el valor de la garantía de oferta es del 5% sobre el monto total del presupuesto oficial de la compra o contratación. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato.

EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA LA INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA, SU NO PRESENTACIÓN DARÁ LUGAR AL DESCARTE DE LA MISMA. b) De cumplimiento del contrato: diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación.

c) Contra garantía: cien por ciento (100%) sobre el monto que reciba el adjudicatario en concepto de adelanto, si el mismo estuviere previsto en los Pliego de Condiciones Particulares.

d) De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicada, a criterio del organismo licitante. Para el caso de licitaciones con doble sobre, los porcentajes deben calcularse sobre el presupuesto oficial de la compra o contratación. e) De impugnación al pliego: entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del presupuesto oficial, a criterio del organismo licitante De no existir presupuesto oficial, el monto de la garantía en concepto de impugnación de pliego, será establecido en las Condiciones Particulares de los Pliegos y no puede superar el 3% del monto estimado de la contratación11.

10 Art. 90 Decreto Nº 754/GCABA/2008 11 Art. 99 Ley N° 2095 y Decreto N° 754/GCABA/2008.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 197

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14.2. FORMAS DE CONSTITUCIÓN

Las garantías pueden constituirse de las siguientes formas o combinaciones de ellas12:

a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la Jurisdicción o entidad contratante. b) Mediante cheque certificado, contra una entidad bancaria. El Organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.

Cuando la garantía se integre mediante el depósito en efectivo -Apartado a)- el mismo deberá efectuarse en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires y cuando se opte por cheque certificado, previsto por el Apartado b), éste deberá estar emitido a favor de la citada entidad bancaria o su similar.

En caso que se opte por alguna de las opciones mencionadas precedentemente, el proveedor deberá concurrir a la Casa Matriz del Banco Ciudad, sita en la calle Sarmiento Nº 630, Piso 2º, Sector Títulos y Valores y abrir una “Cuenta de Garantía”, efectuando en ella los depósitos pertinentes, extendiéndole el Banco un comprobante dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas, el que se deberá adjuntar a la oferta. c) Mediante aval bancario u otra fianza a satisfacción del Organismo contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.

d) Mediante seguro de caución a través de pólizas emitidas por compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del Organismo contratante o licitante.

e) Mediante títulos públicos emitidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los mismos deben ser depositados en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se debe calcular tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o mercado correspondiente, lo que debe ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores de los títulos en cuestión, se formulará el cargo por los gastos que ello ocasione. El eventual excedente queda sujeto a las disposiciones que rigen para la devolución de las garantías.

f) Afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados, firmes y a disposición de su cobro en organismos de la Administración del Gobierno de la Ciudad, a cuyo efecto el interesado

///...

12 Art. 100 Ley N° 2.095

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 198

Page 199: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

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...///

deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente.

La elección de la forma de la garantía, en principio, queda a opción del oferente o adjudicatario, si nada se expresa en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares respecto de algún tipo de garantía en especial.

Las garantías podrán ser sustituidas por otras de igual magnitud, a pedido del oferente o adjudicatario, previa aprobación por parte del organismo contratante o licitante. Las garantías deben ser constituidas a entera satisfacción del organismo licitante.

14.3. DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS

a) Serán devueltas de oficio:

i. Las garantías de mantenimiento de oferta a los oferentes que no resulten adjudicatarios, una vez adjudicada la contratación.

ii. Las garantías de cumplimiento de contrato una vez cumplido el contrato a entera satisfacción del Organismo contratante, salvo que este afectado por una garantía técnica, la que será devuelta una vez operado el vencimiento del período de dicha garantía.

b) A solicitud de los interesados, deberá procederse a la devolución parcial de las garantías de adjudicación en proporción a lo ya cumplido, para lo cual se aceptara la sustitución de la garantía para cubrir los valores resultantes.

En el caso de que los oferentes o adjudicatarios luego de notificados por cualquiera de los medios previstos en la Ley no retirasen las garantías, podrán reclamar su devolución dentro del plazo de ciento ochenta (180) días a contar de la fecha de notificación.

La falta de presentación del oferente o adjudicatario dentro del plazo establecido precedentemente, implica la renuncia tacita de su derecho a la devolución de la garantía a favor del Organismo contratante.13

Artículo 15.- EXENCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS:

No será necesario constituir la garantía de la oferta, ni de adjudicación, cuando el monto de la oferta o del contrato no supere el límite de las Treinta Mil Unidades de Compra (U.C. 30.000)14.

13 Art. 113 Decreto Nº 754/GCABA/2008 14 Art. 101 Decreto Nº 754/GCABA/2008

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 199

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Artículo 16.- ANUNCIO DE LA PREADJUDICACIÓN:

La preadjudicación se anuncia en uno o más lugares visibles de la Unidad Operativa de Adquisiciones, a los cuales tiene acceso el público, Av. de Mayo 575, PB Of. 14, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un día.

Paralelamente a su exhibición en Cartelera Oficial, la misma se publicará, en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; así como también, para las Licitaciones Públicas y Privadas, se publicará en el Boletín Oficial del mismo, por el término de un (1) día.

Cuando se trate de procesos de etapas múltiples, la preselección se exhibirá en uno o más lugares visibles de la Unidad Operativa de Adquisiciones a los cuales tiene acceso el público, por el mismo período que se establece para las preadjudicaciones, y se publicará en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El resultado de las preselecciones al igual que las preadjudicaciones se comunicará a todos los participantes del proceso licitatorio.

Todas las comunicaciones que se mencionan en el presente artículo son efectuadas a los oferentes, antes del día de publicación de los anuncios15.

Artículo 17.- PLAZO PARA IMPUGNAR:

Los interesados podrán formular impugnaciones a la preadjudicación dentro del plazo de tres (3) días, contados desde el día de publicación de los anuncios de la preselección y/o de la preadjudicación16.

La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas, previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires17.

Asimismo, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, también tomará intervención, en su caso, antes de la adjudicación aún cuando no se hubieran deducido impugnaciones 18.

La impugnación del pliego puede ser recibida hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas, y se tramita por cuerda separada19.

Artículo 18.- PRESENTACIÓN DE LAS IMPUGNACIONES:

Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones a la Preselección y/o la Preadjudicación por parte de los oferentes, el depósito entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del

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15 Art. 108.1 Decreto Nº 754/GCABA/2008 16 Art. 108.2 Decreto Nº 754/GCABA/2008 17 Art. 109 Decreto Nº 754/GCABA/2008 18 Art. 141 Ley N° 2.095 19 Art. 99.d) Decreto Nº 754/GCABA/2008

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 200

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monto total de la oferta preadjudicada, a criterio de la Unidad Operativa de Adquisiciones. Para el caso en los que no se establezca por parte de la Unidad Operativa de Adquisiciones el porcentaje a depositar con respecto a la garantía de impugnación el mismo es del cuatro por ciento (4%) sobre el monto total preadjudicado por el que se presenta impugnación.

En el supuesto de que no existiese un preadjudicatario, para determinar el monto de la impugnación al acta, se efectuará el depósito del cuatro por ciento (4%) sobre el precio total de la oferta del impugnante.

En los procedimientos de doble sobre, dicho porcentaje se calcula de la siguiente manera:

- La impugnación en la etapa de preselección, sobre el presupuesto oficial o monto estimado de la contratación.

- La impugnación en la etapa de preadjudicación, sobre el importe total preadjudicado por el que se presenta impugnación.

Igual metodología se utiliza para la impugnación del pliego: de no existir presupuesto oficial, el monto de la garantía en concepto de impugnación de pliego, establecerá en las Condiciones Particulares de los Pliegos y no superará el 3% del monto estimado de la contratación.20

El depósito deberá efectuarse en Cuenta Corriente Nº 26.678/7 “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal actuante o entidad bancaria que indique la Jurisdicción respectiva, el que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.

Las impugnaciones deberán ser presentadas, en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones sita en Diagonal Roque Sáenz Peña 547 Piso 8°, dentro del plazo fijado en el artículo 17 del presente, adjuntando a la misma, la fotocopia de la boleta de depósito antes mencionada y exhibiendo el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no será considerada como impugnación.

Artículo 19.- PRERROGATIVA DEL GCABA:

Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo podrá solicitarse al oferente mejor calificado una mejora en el

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20 Art. 99.d) Decreto Nº 754/GCABA/2008

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 201

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precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente a los intereses del Gobierno, por aplicación de los principios de eficiencia y eficacia y economía previstos en la Ley21.

Artículo 20.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO:

Los organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes22.

Artículo 21.- CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE FACTURAS: Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos

establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentadas en original en el Centro Único de Recepción de Documentación de Pago, sito en la Av. Belgrano Nº 844, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del horario de 09:30 a 15:00 horas.

El Departamento Centro de Recepción de Documentación de Pago dependiente de la Dirección General de Contaduría, no recibirá ninguna factura que no posea el Parte de Recepción Definitiva debidamente suscripto por las entidades receptoras 23.

Artículo 22.- DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A ADJUNTAR CON LA

FACTURA(*):

Junto con la presentación de facturas, deberá acompañarse, obligatoriamente, una fotocopia debidamente autenticada del comprobante de pago correspondiente al último vencimiento operado al momento de presentar la factura en el Centro de Recepción de Documentación de Pagos, dependiente de la Dirección General de Contaduría, del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Artículo 1º de la Ordenanza Nº 33.588 (B.M. 15.541), conforme lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 33.440 (B.M. 15.493) AD 350.29).

En cada una de las facturas que se presenten, deberá consignarse, indefectiblemente, el número de inscripción, debidamente actualizado, del impuesto de que se trata, que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos le haya acordado oportunamente a la firma presentante, conforme al Artículo 8º del Decreto Nº 2.241/85 (B.M. 17.498), a los efectos de la retención establecida por la Ordenanza Nº 40.434 (B.M. 17.460) y el Decreto Nº 706/GCABA/07 (B.O.C.B.A. Nº 2.689).

Para el caso de Contrataciones de Servicio, deberá presentarse una fotocopia autenticada de la Declaración Jurada de Cargas Sociales

///...

21 Art. 108.3 Decreto Nº 754/GCABA/2008 22 Art. 82 Ley N° 2.095 23 Art. 116 Decreto Nº 754/GCABA/2008

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 202

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(Formulario 931) correspondiente al mes anterior al momento de presentación de la factura y constancia de su pago.

Las jurisdicciones y entidades pertenecientes al Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reservan el derecho de verificar los datos expuestos.

Artículo 23.- PAGO – PLAZOS (*):

El pago se efectuará dentro del plazo de treinta (30) días de la fecha de presentación de la respectiva factura24, a efectuarse por la Dirección General de Tesorería, quien depositará los fondos en la cuenta del adjudicatario, de acuerdo a las normas básicas de funcionamiento de la CUENTA ÚNICA DEL TESORO25.

Artículo 24.- ÚNICA FORMA DE PAGO(*):

Los adjudicatarios deberán proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en cualquiera de sus sucursales, en la cual se depositarán los pagos. A tal efecto, se adjunta al presente Pliego de Bases y Condiciones el formulario “Anexo II – Autorización de acreditación de pagos del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en cuenta bancaria”, siendo sus formalidades las siguientes: CUENTA CORRIENTE COMÚN (Personas jurídicas y físicas) – CUENTA CORRIENTE ESPECIAL (Personas jurídicas)

Los titulares de este tipo de cuentas deberán presentar el formulario mencionado, debidamente completo con sus datos y certificada la cuenta por la sucursal bancaria correspondiente, en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Tesorería, sita en Bartolomé Mitre 648 – 7º piso de 9.30 a 14.30 hs. CAJA DE AHORROS (Personas Físicas)

Los titulares de este tipo de cuentas deberán realizar la presentación de acuerdo a lo establecido en el Memorandum Nº 4869-DGTES-06, siendo sus requisitos los siguientes:

1) El adjudicatario deberá requerir a la Repartición contratante una nota certificando la relación contractual existente, firmada por funcionario que tenga firma registrada en la sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y el Anexo II.

///...

24 Art. 116 Decreto Nº 754/GCABA/2008 25 Ordenanza Nº 52.236 -Decreto Nº 1.616/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 329); Decreto Nº 1.693/GCBA/97 (B.O.C.B.A. Nº 337) y Decreto Nº 466/GCBA/08.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 203

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2) El adjudicatario deberá hacer certificar, en la sucursal indicada, la firma del funcionario inserta en la nota.

3) Con ambos documentos, procede a realizar la apertura de la Caja de Ahorros, en la sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires que seleccione el adjudicatario.

4) Efectuada la apertura de la Caja de Ahorros deberá entregar el Anexo II, con la certificación de la sucursal bancaria, en la Repartición contratante.

Artículo 25.- MORA (*):

En caso de producirse la mora en el pago, será de aplicación la tasa pasiva del Banco de la Ciudad de Buenos Aires para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.

La nota de débito por intereses debe ser presentada hasta 30 días posteriores de efectuada la acreditación en la cuenta bancaria. Vencido dicho plazo pierde todo derecho a reclamo26. (*) Los Arts. 22/25 rigen para la Administración Central, Ministerios y Comunas. Las demás jurisdicciones y entidades procederán de acuerdo a sus normas.

Artículo 26.- MONEDA DE COTIZACIÓN Y DE PAGO:

La moneda de cotización y pago será el Peso ($), moneda de curso legal en la República Argentina o el que se establezca en las cláusulas particulares27.

Artículo 27.- PLAZO DE ENTREGA: Los adjudicatarios deben cumplir la obligación en la forma, plazos o

fecha, lugar y demás condiciones establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares28.

Artículo 28.- FLETE Y DESCARGA:

El flete y la descarga serán por cuenta del adjudicatario, salvo indicación en contrario expresada fehacientemente en las Cláusulas Particulares.

Artículo 29.- CIERRE POR VACACIONES:

No serán tenidas en cuenta para la adjudicación, aquellas cláusulas impuestas por las firmas oferentes referidas al cierre por vacaciones,

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26 Art. 116 Decreto Nº 754/GCABA/2008 27 Art. 102.2 Decreto Nº 754/GCABA/2008 28 Art. 114º Ley N° 2.095 y Decreto Nº 754/GCABA/2008

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 204

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debiéndose recibir la correspondiente Orden de Compra en los términos reglamentarios y efectuar las entregas a las que se hubieran obligado, dentro de los plazos requeridos en el acto licitario.

Artículo 30.- COMPETENCIA JUDICIAL:

Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires29, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.

Artículo 31.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN:

Es causal de rechazo de la propuesta u oferta, en cualquier estado de la contratación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, sin perjuicio de las acciones penales que se pudieran deducir, el hecho de dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que:

a) Funcionarios o empleados públicos con competencia en el procedimiento de selección del cocontratante y en el contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.

b) Funcionarios o empleados públicos con competencia en el procedimiento de selección del cocontratante y en el contrato, hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que ésta haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones.

c) Cualquier persona hiciere valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éste haga o deje de hacer algo relativo a sus funciones.

Son considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos o cualquier otra persona física o jurídica. Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producen aún en grado de tentativa30.

29 Artículo 48, Ley Nº 7, B.O.C.B.A. N° 405 30 Art. 15 Ley N° 2.095

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 205

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Artículo 32.- CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 43 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA

CIUDAD DE BUENOS AIRES:

En virtud de lo normado en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires se pone en conocimiento de todos los oferentes que el o los adjudicatarios estarán obligados a emplear personas con capacidades especiales que reúnan las condiciones y la idoneidad requerida para el puesto o cargo que deberá cubrirse en una proporción no inferior al cinco por ciento (5%) de la totalidad de su personal y a establecer reservas a ser ocupadas exclusivamente por ellas. Este porcentaje deberá mantenerse por causa de vacante o incremento de la dotación

Las personas con necesidades especiales que se desempeñen en tales condiciones gozarán de los mismos derechos y estarán sujetas a las mismas obligaciones que la legislación laboral aplicable prevé para el trabajador no discapacitado31.

NOTA: En la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires www.buenosaires.gov.ar/normativa, se encuentra disponible la normativa citada en el presente articulado.

31 Art. 43 Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, arts. 2 y 15 Ley N° 1502; y Decreto N° 812/GCABA/2005.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 206

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Anexo I

DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR

El que suscribe, (Nombre y Apellido Representante Legal o Apoderado) …………………………………………………………………………..con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que (Nombre y Apellido o Razón Social)…………………………………………………………………………………………, CUIT Nº..-…….-.., esta habilitada/o para contratar con la ADMINISTRACION DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 95 de la Ley Nº 2.095 “Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, y que no está incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a h) del artículo 96 del citado plexo normativo. “Ley de compras y contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” Ley Nº 2.095 y Decreto Reglamentario Nº 754/08 Artículo 95 - PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR. Pueden contratar con el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse, que no se encuentren comprendidas en el artículo 96 y que se encuentren inscriptas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores. Artículo 95 Decreto Reglamentario: A los fines de lo dispuesto en este artículo se entiende que el oferente deberá haber iniciado el trámite de inscripción en el RIUPP al momento de la apertura de la oferta. Asimismo, es condición para la preadjudicación que el oferente se encuentre inscripto en el RIUPP. En el caso previsto en el art. 38º de la Ley, la inscripción debe estar cumplida en forma previa a la adjudicación. Cuando se tratare de licitaciones o concursos de etapa múltiple, el oferente debe estar inscripto en forma previa a la preselección. Artículo 96 - PERSONAS NO HABILITADAS. No pueden presentarse a ningún procedimiento de selección en el sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: a) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. b) Las personas físicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la presente, mientras dichas sanciones sigan vigentes. c) Los cónyuges de los sancionados. d) Los agentes y funcionarios del sector público de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública Nº 25.188, o la norma que en el futuro la reemplace. e) Las personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario. f) Los inhibidos.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 207

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Órgano Rector Dirección General de Compras y Contrataciones Departamento Pliegos y Aperturas (Aprobado por Disposición N°………. del ………)

g) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. h) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente. Artículo 96 Decreto Reglamentario: Las personas que deseen presentarse en procedimientos de selección en el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán presentar conjuntamente con la oferta una declaración jurada en la que conste expresamente que no se encuentran incursas en ninguna de las inhabilitaciones previstas por la Ley. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, la Comisión Evaluación de Ofertas podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada en cualquier etapa del procedimiento. La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción prevista en el art. 131, 2° párrafo de la Ley. El Órgano Rector determinará el tratamiento que se dará para el caso en que se constate la violación al inciso h) de la Ley. .......................................................................................... Firma Aclaración

........................................................................ Carácter

........................................................................ Ciudad de Buenos Aires,

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 208

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Anexo II AUTORIZACION DE ACREDITACION DE PAGOS DEL TESORO DEL GOBIERNO DE LA

CIUDAD DE BUENOS AIRES EN CUENTA BANCARIA

Localidad, (1) (2)

SEÑORTESORERO GENERALDIRECCION GENERAL TESORERIA

El (los) que suscribe(n) (3)_______________________________________________________en mi(nuestro) carácter de (4)__________________________de (5)_______________________________DNI/CI/LE/LC ______________________, CUIT Nº (6)______________________Ingresos Brutos Nº____________, con domicilio legal/real/comercial (7) en la calle______________________________Nº ______Piso_________Dto./Oficina/Local Nº ______de la localidad de ______________________Provincia de ____________________________, autoriza (mos) a que todo pago que deba realizar laDIRECCION GENERAL TESORERIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES encancelación de deudas a mí (nuestro) favor por cualquier concepto de Organismos dependientes delGobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sea efectuado en la cuenta bancaria que a continuación sedetalla

DATOS DE LA CUENTA BANCARIA

CUENTA CORRIENTE O CAJA DE AHORRO (8) Nº:TITULARIDADDENOMINACIONBANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESSUCURSALDOMICILIOLa orden de transferencia de fondos a la cuenta arriba indicada, efectuada por la Dirección GeneralTesorería del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos Contractuales, extinguirála obligación del deudor por todo concepto, teniendo validez todos los depósitos que allí se efectúen,hasta tanto, cualquier cambio que se opere en la misma, no sea notificado fehacientemente a esaDirección Tesorería General.

…………………………………………….. ……………………………………………………(9) Firma Aclaración

……….………………………………………………………………………………………………Certificación Bancaria del cuadro de datos de la cuenta y firma (s) del (de los) titular (es)

(1) (2) Lugar y fecha de emisión, (3) Apellido y Nombre del (de los) que autoriza (n) el depósito, (4) Carácter por el cual firman(Presidente, Socio, Propietario, etc.), (5) Razón social o Denominación, (6) Número de CUIT. Impositivo, (7) (8) Tachar lo queno corresponda, (9) Firma (s) y Aclaración (es) del (de los) beneficiario (s)

AUTORIZACION DE ACREDITACION DE PAGOS DEL TESORO DEL GOBIERNO DE LACIUDAD DE BUENOS AIRES EN CUENTA BANCARIA

APELLIDO Y NOMBRE O RAZON SOCIAL:CUIT Nº:CUENTA CORRIENTE O CAJA DE AHORRO Nº:BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES – SUCURSAL:

FECHA DE PRESENTACION “ANEXO I”: ……/…../……

……………………………………… Firma y sello de Recepción

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 209

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Pag.1 de ___

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓNTIPO: NRO.:AÑO:

1

2345

6

7

8

A

1162 UNIDAD x 1u 0

305 UNIDAD x 1u 0

79 UNIDAD x 1u 0

256 UNIDAD x 1u 0

MONTO TOTAL DE LA OFERTA $

BPrecio Unit.

100 % PESOS

2 252-650501-9019511

CASPOFUNGIN 70 mg - Caspofungin Acetato 83.9 mg (equivalente a 75.6 mg de ácido libre anhidro), inyectable, liofilizado, en frasco ampolla, uso intavenoso -

1 252-650501-9019510

CASPOFUNGIN 50 mg - Caspofungin Acetato 60.6 mg (equivalente a 54.6 de ácido libre anhidro), inyectable, liofilizado, en frasco ampolla, uso endovenoso -

3 252-650501-9054841

POSACONAZOL - En suspensión oral 40 mg/ml - Demás especificaciones deberán ser indicadas por la repartición solicitante

LICITACION PUBLICA7972014

Certificado ANMAT Nº / N*

Fecha Vencimiento

EL ORGANISMO LICITANTE SE RESERVA EL DERECHO, A SU SOLO JUICIO, DE DESCARTAR LAS OFERTAS QUE NO SE AJUSTEN A LAS CONDICIONES DETERMINADAS PARA LA PRESENTE LICITACIÓN, LAS CUALES EL OFERENTE DECLARA CONOCER Y ACEPTAR.

ALTERNATIVA

RENGLÓN NNE Observaciones

Nº CUITTELÉFONOCORREO ELECTRÓNICO

Cantidad Requerida

NNE

Cantidad Ofertada Unidad

Punto E, F y G - Es requisito indispensable completar y firmar todas las Declaraciones que se requieren en estos puntos.

COTIZACIÓN BÁSICA

Punto A - . Contendrá la cotización básica, la que debe ajustarse estrictamente a lo requerido en los Pliegos de Bases y Condiciones Grales., Particulares y Especificaciones Técnicas. No se deben modificar los números de ítem, ni el orden, ni los códigos, ni las definiciones del producto o la unidad. Solo se podrá modificar la cantidad ofrecida, cuando por razones de presentación, sea necesario hacerlo para adecuarla al empaque.

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD

MINISTERIOS DE SALUD

ANEXO III DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS

UnidadCertificado

ANMAT Nº / N* PM

LAS ÚNICAS OFERTAS VALIDAS SERÁN LAS PRESENTADAS EN ESTE FORMULARIO; NO OBSTANTE LAS EMPRESAS PODRÁN ACOMPAÑAR A ÉSTA PLANILLA INFORMACIÓN ADICIONAL EN PAPELERÍA PROPIA DE LA FIRMA.

Nombre Comercial / marca

Punto B - En este punto puede proponerse UNA UNICA OFERTA ALTERNATIVA POR RENGLON, explicando en el campo unificado, las observaciones de las misma.

Los precios cotizados deben ser con IVA incluido, por unidad y por mercadería puesta en el destino explicitado en las Condiciones Particulares.

Punto C - Este espacio está previsto para cualquier aclaración, comentario u observación no contemplado en los puntos anteriores. Agregue el espacio que sea necesario.

PRECIO UNITARIO (Iva Incl.)

Cantidad Ofertada

RAZON SOCIAL:

DescripciónRENGLÓN

4 252-650501-9058261

ANIDULAFUNGINA - De 100 mg, inyectable, en frasco ampolla, uso intramuscular y endovenoso -

Establecimiento Elaborador

Fecha Vencimiento

del certificadoPRECIO TOTALCantidad

Requerida

LA CARGA DE DATOS SE REALIZARA DE LA SIGUIENTE MANERA: LOS NUMEROS DECIMALES SE SEPARARAN CON COMA , y NO SE PONDRAN PUNTOS COMO SEPARADORES DE MILES

PRECIO TOTALNombre Comercial / marca

Establecimiento Elaborador

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 210

Page 211: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

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GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD

MINISTERIOS DE SALUDIVA INCLUIDO

1162 UNIDAD x 1u 0

305 UNIDAD x 1u 0

79 UNIDAD x 1u 0

256 UNIDAD x 1u 0

C OBSERVACIONES

D GARANTIA DE OFERTA (En caso de superar la oferta las 30,000 U.C.)

(En caso de presentar pólizas de caución) NOMBRE DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA

Los abajo firmantes, declaramos ACEPTAR, las manifestaciones siguientes:

1.- ACEPTAMOS LA PROPUESTA DE CUMPLIMIENTO DEL MANTENIMIENTO DE OFERTA, SEGÚN LO PRESCRIPTO POR EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.

2.- ACEPTAMOS LA PROPUESTA DE CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE ENTREGA Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS INSUMOS, EN UN TODO DE ACUERDO A LO PRESCRIPTO PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.

1 252-650501-9019510

2 252-650501-9019511

PM

del certificado

Requerida

Ofertada

E

firma APODERADO y sello aclaratorio

MONTO GARANTIA PRESENTADA

La garantía de oferta deberá ser constituida por el cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto.

firma APODERADO y sello aclaratorio

DECLARACIONES ADMINISTRATIVAS

4 252-650501-9058261

3 252-650501-9054841

/ marca

Elaborador

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 211

Page 212: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

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GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD

MINISTERIOS DE SALUD

3.- ACEPTAMOS LA PROPUESTA DE PAGO EN UN TODO DE ACUERDO A LO PRESCRIPTO POR ELPLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.

4.- ADJUNTAMOS A LA PRESENTE EL ANEXO I, DDJJ DE APTITUD PARA CONTRATAR DEBIDAMENTE FIRMADO

5.- ADJUNTAMOS A LA PRESENTE EL AVAL QUE CERTIFICA EL CARÁCTER DEL FIRMANTE

Los abajo firmantes, declaramos BAJO JURAMENTO, las manifestaciones siguientes:

1. DECLARACIÓN JURADA DE CONFECCION DE LA OFERTA PRESENTADA

Los abajo firmantes, declaramos BAJO JURAMENTO, las manifestaciones siguientes:

1. DECLARACIÓN JURADA CUMPLIMIENTO LEY 16463

Los abajo firmantes declaramos bajo juramento que la oferta presentada en soporte magnetico y la presentada en formato papel guardan EXACTO CORRELATO ENTRE SUS DATOS.

firma APODERADO y sello aclaratorio

firma APODERADO y sello aclaratorio

firma DIRECTOR TÉCNICO y sello aclaratorio firma APODERADO y sello aclaratorio

firma APODERADO y sello aclaratorio

Los abajo firmantes declaramos bajo juramento que las especialidades medicinales cotizadas en esta contratación, son de origen genuino, cumplen con la LEY Nº 16.463, sus modificatorias y decretos reglamentarios, y sus correspondientes certificados de autorización de venta expedidos por el Ministerio de Salud de la Nación se encuentran en plena Vigencia.

firma APODERADO y sello aclaratorio

G

firma DIRECTOR TÉCNICO y sello aclaratorio

DECLARACIONES JURADAS TÉCNICAS

FDECLARACIONES JURADAS

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 59-UCAS/14 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 212

Page 213: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

ANEXO - EP 223

FIN DEL ANEXO

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 213

Page 214: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4416 · 2017. 7. 19. · anexo - resoluciÓn n° 51-mjggc/14 fin del anexo anexo i cuit apellido y nombre desde hasta mensual totalorg. dep. funcion

FIN DEL ANEXO

ANEXO - EO 548

N° 4416 - 12/6/2014 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 214