sÍntesis de la hacienda pÚblica

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SÍNTESIS DE LA HACIENDA PÚBLICA. EL PRESUPUESTO PUBLICO. UBICACIÓN : Parte fundamental de las finanzas públicas. FINES. PRESUPUESTO. FINANZAS PUBLICAS. MEDIOS. DEFINICION PRESUPUESTO PUBLICO 1. TRADICIONAL - PowerPoint PPT Presentation

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SÍNTESIS DE LA HACIENDA PÚBLICA

EL PRESUPUESTO PUBLICO

UBICACIÓN: Parte fundamental de las

finanzas públicas.

FINANZASPUBLICAS

PRESUPUESTO

FINES

MEDIOS

DEFINICION PRESUPUESTO PUBLICO1. TRADICIONALActo administrativo mediante el cual el gobierno computa anticipadamente las rentas e ingresos, y asigna partidas para los gastos públicos dentro de un período fiscal.

2. GENERALPresentación ordenada de los resultados previstos de un plan, de un proyecto o una estrategia.

LEGAL . ART 6 LEY 38/89Instrumento para el cumplimiento de los planes y programas de desarrollo económico y social

SISTEMA PRESUPUESTAL

Conjunto de actores o instrumentosque interactúan en el proceso de formulación ejecución y seguimientodel presupuesto

SISTEMA PRESUPUESTAL

PLANFINANCIERO

PRESUPUESTOANUAL

P.O.A.I

SISTEMA PRESUPUESTAL

PLAN FINANCIERO

Es un instrumento de planificación y gestión financiera que sirve para determinar en el mediano plazo (período de gobierno) las previsiones de ingresos, gastos, excedentes y posibilidades de financiación para el cumplimento de las estrategias del plan de desarrollo

PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES (P.O.A.I)

Conjunto de proyectos clasificados (agrupados) por sectores, programas y subprogramas con indicación de sus costos y prioridades.

Guarda concordancia con el PLAN DE INVERSIONES contenido en el Plan de Desarrollo

PRESUPUESTO ANUAL (GENERAL)

Es el instrumento para el cumplimiento de los planes y programas de desarrollo económico y social.

NORMATIVIDAD DEL SISTEMA PRESUPUESTAL

CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA

Artículo 345 en adelanteAquí se consagra el precepto constitucional más importante en materia de gasto público:

“Ninguna autoridad puede gastar sin apropiación”

ESTATUTO ORGANICO DE PRESUPUESTO

Ley 38/89 Ley 179/94 Ley 225/95

Decreto 111/96

ESTRUCTURA PRESUPUESTALA Presupuestos de Rentas y Recursos

del Capital.

B Presupuesto de Gastos o de Apropiaciones.

C Disposiciones Generales.

Presupuestos de Rentas

1. Ingresos Corrientes 2. Contribuciones Parafiscales 3. Recursos de Capital 4. Ingresos de los

Establecimientos PúblicosEl cálculo tendrá como base el

recaudo de cada renglón rentístico (L. 30. Art 28)

• Presupuestos de Rentas y Recursos del Capital.

1. Ingresos Corrientes

Tributarios: Impuestos Directos, Impuestos Indirectos

No tributarios: Tasas, Multas, Contribuciones

Presupuestos de Rentas y Recursos del Capital.

2. Recursos de Capital: Recursos del Balance, Recursos del Crédito Interno y Externo, Rendimientos Financieros, Diferencial Cambiario, Donaciones, Excedentes financieros, Utilidades del Banco de la República

• Presupuesto de gastos o acuerdo de apropiaciones

1. Gastos de Funcionamiento

2. Servicio de la Deuda

3. Gastos de Inversión

Anexo: Gasto Público Social: salud, educación, saneamiento básico ambiental, agua potable, vivienda: Las tendientes al bienestar general y al mejoramiento de la calidad de vida (inversión y funcionamiento). No se podrá disminuir porcentualmente en relación con el año anterior.

Disposiciones Generales

Normas tendientes a asegurar la correcta ejecución del presupuesto

Rigen únicamente para el año fiscal para el cual se expidan

PRINCIPIOS PRESUPUESTALES

Planificación Anualidad Universalidad Unidad de Caja Programación integral Especialización Inembargabilidad Coherencia Macroeconómica Homeóstasis presupuestal

PROCESO PRESUPUESTAL

Presentación del Presupuesto Nación: Al Congreso: Primeros diez días

de cada legislatura. Inicia 20 de julio

Presupuesto Repetido: Si el proyecto de presupuesto NO hubiere sido presentado por el Gobierno se adoptará por Decreto el del año anterior

Aprobación del PresupuestoNACIÓN:

Primer debate: Comisiones Cuartas

Segundo Debate: En plenaria Senado y Cámara

Antes de la media noche del 20 de octubre

Dictadura Fiscal

Si el Congreso NO aprueba el presupuesto, regirá el proyecto presentado por el Gobierno, incluyendo las modificaciones que hayan sido aprabadas en primer debate

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