oit y las normas internacionales del trabajo monique cloutier actrav

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OITy las normas

internacionales del trabajo

Monique CloutierActrav

Tripartismo

Desde su creación, el rol esencial de la OIT fue el conseguir la cooperación entre los gobiernos, empleadores y trabajadores afín de alcanzar la justicia social con el objetivo del establecimiento de la paz universal y permanente

La OIT y su estructura tripartita única

Gobiernos EmpleadoresTrabajadores

Mandato de la OIT

Justicia social

Mejores condiciones de trabajo

Actividad normativa Cooperación técnica

Estructura de la OIT

Órganos de la OIT

Conferencia internacional del trabajo182 estados miembros - G/E/T

Adopta las normasForum para discutir temas críticos

Consejo de administración56 Miembros14E-14T-28G

Oficina internacional del trabajoSecretario

Las normas internacionales del trabajo

• Las normas son uno de los medios de que dispone la organización para alcanzar sus objetivos y hacer tangibles los valores que se enuncian en su constitución.

Fuente: la actividad normativa de la OIT en la era de la mundializacion, Memoria del Director general, CIT, 85a reunión, 1997, p. 3

Adopción de nuevas normas•Participa en la CIT•Respuesta a los cuestionarios

Sumisión de nuevas normas a los legisladores nacionales – Informe a la OIT

NormasInternacionales

del trabajo

•Supervisión•Informes sobre los convenios ratificados•Reclamaciones•Quejas•Quejas sobre la Libertad sindical

Denuncia

Informa sobre los Cs y

Rs no ratificados

Ratificación

Constitución

Normas internacionales del trabajo

– Fuente de protección para los trabajadores– Marco y punto de referencia para realizar :

•Trabajo decente•Desarrollo social y económico que

respeta los derechos fundamentales en el trabajo

– Herramienta para resolver los problemas

188 CONVENIOS

• Adoptados para la Conferencia Internacional del Trabajo

• Abierto a ratificación

199 RECOMENDACIONES

• Adoptadas para la Conferencia Internacional del Trabajo

• No abiertas a la ratificación

CONVENIOS

Cuando ratificados :vinculante

Si no ratificados, representan metas y influyen la ley y la practica nacional

RECOMENDACIONES

Directrices general o técnicas

Influyen la ley y la practica nacional

UNIVERSALIDAD

Normas son de ámbito

mundial y son validas para países con muy diferentes estructuras sociales.

FLEXIBILIDAD

Las normas son adoptadas con un espíritu de realismo y de eficacia.

Circunstancias especiales pueden ser tomadas en cuenta.

Disposiciones de flexibilidad.

Convenios fundamentales Todos los países tienen la obligación de respetar sus principios,

independientemente de su ratificación.

• Trabajo forzoso (Nos. 29 y 105)

• Libertad sindical (Nos. 87, 98)

• Trabajo infantil (Nos. 138, 182)

• Eliminación de la discriminación (Nos. 100, 111)

Consenso internacional para apoyar y defender los derechos internacionales

del trabajo• Hay un aceptación general de la comunidad internacional

en cuanto al valor de las normas internacionales del trabajo como un medio de mejorar las condiciones del empleo y del trabajo en todo el mundo.

• Las normas fundamentales del trabajo son reglas mínimas para el trabajo en la economía mundial.

• Las normas fundamentales del trabajo son metas y medios de desarrollo. Informe de la Comisión mundial sobre las dimensión social de la globalización. POR UNA GLOBALIZACION JUSTA: CREAR OPORTUNIDADES PARA TODOS

Convenios fundamentales• 127 países han ratificado los 8 convenios fundamentales• 20 países han ratificado 7• 7 países han ratificado 6• 11 países han ratificado 5• 6 países han ratificado 4• 3 países han ratificado 3• 2 países han ratificado 2• 1 ha ratificado 1 • 4 no han ratificado ninguno

Convenios prioritariosConvenios prioritarios

• Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144)

• Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81)

• Convenio sobre la inspección del trabajo (agricultura), 1969 (núm. 129)

• Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122)

Como se adoptan los convenios

• Problema

• Consejo de administración incluye el asunto en el orden del día de la CIT.

• Discusión en la CIT – normalmente durante un periodo de 2 años (Doble discusión)

Primera discusión

• Informe de discusión (ley y práctica) y cuestionario

Respuestas de los gobiernos, después de consultaciones y comentarios de organizaciones de empleadores y trabajadores

Secundo informe – resume las respuestas recibidas y indica cuestiones para la Conferencia

• Discusión a la CIT – Comision , Informe en la plenaria

segunda discusión

• Proyecto de texto de convenio o de recomendación basado sobre la primera discusión enviado a los gobiernos

– Gobiernos después de consultas sugieren enmiendas y hacen comentarios. También hacen comentarios las organizaciones de trabajadores y de empleadores

• Informe final basado sobre respuestas; texto a considerar en la CIT durante la segunda discusión

• Discusión en la CIT- Comisión e informe en la plenaria

Adopción por 2/3 de los votos en la CIT

(Gobiernos, empleadores y trabajadores)

Cumplir con las obligaciones de los convenios

Se somete a ratificación

• Decisión soberana

• Acuerdo de las autoridades competentes

• Comunicación de la ratificación formal al Director-General de la OIT

• Gobiernos manifiestan sus intenciones de ajustar la ley a los contenidos de los convenios y velar por su debida aplicación práctica.

• Los Convenios entran en vigor a los 12 meses de que el país haya registrado su ratificación. (previsto en cada convenio)Convenio sobre los documentos de identidad de la gente del mar (revisado), 2003 (núm. 185)

Entra en vigor 6 meses después de la segunda ratificación. Para los países, a los 6 meses después del registro de la ratificación.

Tomar en serio la aplicación de las normas

MecanismosMecanismos de control de control

• Control regular – Memorias anuales • Reclamaciones• Quejas• Proceso especial para la Libertad sindical

– Alegato de violación de derechos de los sindicatos y de sindicalistas

– Se aplica, lo haya ratificado o no, el país!

Memorias sobre convenios ratificados en virtud del Art. 22 de la Constitución

Memorias anuales

• Los gobiernos deben someter las memorias a la Oficina.

• Los gobiernos deben llevar a cabo consultas con las organizaciones de empleadores y trabajadores (Convenio No. 144). – Si el convenio 144 no ha sido ratificado,

aplicación del Art. 23 de la Constitución.

Memorias anuales - Agenda

• Petición en Febrero/Marzo• Debidas entre el 1° de Junio y el 1° de septiembre• Calendario de memorias preparado para cada país

sobre todos los convenios ratificados• Frecuencia de memorias

– Cada dos años: convenios fundamentales y prioritarios– Cada cinco años: Otros convenios

Memorias anuales - Agenda

• Se puede preguntar con más frecuencia – fuera del calendarion normal- por el convenio– Si la memoria no enviada, lo sigue siendo el año

siguiente.– Nueva ratificación – enviar la primera memoria un año

despues de que el convenio entra en vigor en el país. ( normalmente dos años despues de la ratificacion)– La Comisión de Expertos puede preguntar una

memoria más pronto que el calendario normal (Notas a pie de pagina en el informe)

Actores sociales

• Comunicación y consultas en virtud del Convenio 144

• Observaciones – Contribuciones de valor, especialmente en lo que

se refiere a la práctica. Plantear problemas que se pueden resolver antes de plantear una queja.

• Los gobiernos pueden hacer comentarios sobre los hechos por los actores sociales.

Papel de los sindicatos

Muy importante!

Preparación de la memoria

• Se puede someter la memoria por correo electrónico.

• Antes de enviarla, verificar:– Corresponde la memoria al calendario?– Están todos los justificantes?– La memoria constituye una respuesta

correcta a los comentarios de los expertos?

¿Que paso con la memoria?

Comisión de Expertos• Miembros

– Nombrados por el Consejo de Administración a propuesta del Director-General .

– Son seleccionados en función de sus capacidades personales. Personas completamente independientes e imparciales con una gran competencia técnica.

– Proceden de todas las partes del mundo afín de que la Comisión pueda sacar provecho de la experiencia de diferentes sistemas legales, económicos y sociales.

Información y memorias de los gobiernos,

comentarios de los actores sociales

Comisión de Expertos en Aplicación de convenios y

recomendaciones

Solicitudes directas

observaciones

GobiernoComisión tripartita de la CIT

Gobiernos Empleadores Trabajadores

Informe a la plenaria de la Conferencia internacional del trabajo

Memorias sobre los convenios no ratificados

Memorias sobre los convenios no ratificados

(Article 19)

• La Comisión de Expertos elabora cada año un estudio general sobre la base de informaciones recibidas de todos los países miembros sobre determinados convenios y/o recomendaciones.

Estudios generales

• Los estudios generales contienen un análisis de las leyes nacionales y los comentarios de los Expertos sobre la adecuación de las mismas a los contenidos de los instrumentos de que se tratan. Sirven de referencia para todo el sistema de normas.

• (calendario)

ReclamacionesQuejas

ReclamacionesReclamaciones(Articulos 24,25)

• Organizaciones Nacionales o Internacionales de empleadores o trabajadores

Comité tripartita del Consejo de

administración

Quejas (Articulos 26-29, 31-34)

• Gobierno de un Estado miembro (los 2 han ratificado)• Consejo de Administración• Delegado a la Conferencia (G, E, T) Comisión de encuesta Consejo de

Administración

Procedimiento especial de la Libertad sindical

(Proxima presentacion)

Obligaciones finales en consideración de

convenios

DENUNCIA DE UN CONVENIO

• Disposiciones en el convenio– 144: 10 desde la entrada en vigor

(periodos de 10 años)

• Algunas como resultado de ratificaciones de convenios más recientes

• Comunicación a la oficina para registro

Acceso a la información sobre las normas internacionales del

trabajo

• www.ilo.org

• Normas internacionales del Trabajo– ILOLEX– APPLIS– NATLEX– Casos del Comité de la libertad sindical

(LibSynd)

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