normas legales de la educación argentina

Post on 26-Jul-2015

205 Views

Category:

Documents

1 Downloads

Preview:

Click to see full reader

TRANSCRIPT

Normas Legales de la educación argentina

Normas legales de la

argentina

En esta presentación se analizarán distintos puntos de la educación desde:

Ley de educación nacional Ley de educación provincial Reglamento general de las

instituciones educativas de la provincia de Bs As

Definición de educación

Bien públicoDerecho personal y social

Prioridad nacional y provincial

Ley de educación nacional N°26.206 ; articulo 1 y 2Ley de educación provincial N° 13688/7; articulo 2 y 3

Responsables de la educación

Ciudad autónoma de Bs As

Provincias

Estado nacional

Ley de educación nacional N°26.206 ; articulo 4,8 , 9, 12 Ley de educación provincial N° 13688/7; articulo 5 y 6

Fines y objetivos Fortalecer la

identidad nacional

Construir una

sociedad justa

Garantizar la inclusión

educativa a través de políticas

universales

Ejercicio de la ciudadanía

democrática

Respetar los derechos

humanos y libertades.

Respetar la diversidad

cultural

Brindar una educación

igualitaria y equitativa

Mantener vínculos

Ayudar a definir el proyecto de

vida

Ley de educación nacional. Art.3 y 8.Ley de educación provincial. Art. 16Reglamento Gral. de educación de las prov. de Bs As. Art. 2

Obligatoriedad y gratuidad

La obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cinco (5) años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria.

Ley de educación nacional. Art. 16

En provincia: Dirección Gral. de cultura y

educación

En nación: El Ministerio de Educación, Ciencia y

Tecnología y las

autoridades jurisdiccional

es competentes

¿Quiénes lo garantizan?

Ley de educación Nacional. Art.17Ley de educación provincial. Art. 5, 6 y 20

Estructura del sist. Educativo nacional y bonaerense

Sistema Educativo Nacional

Educación Secundaria.

(obligatorio 6 años)

Educación Primaria. (obligatorio 6 años)

Educación Superior

Educación Inicial (45 dias a 5 años de edad.

Ultimo año oblig en nación y los últimos

dos en prov.

Ley de educación Nacional. Art.16 y 17Ley de educación provincial. Art. 24

Características y objetivos del nivel secundario

ObligatorioDuración: 6 añosRequisito: haber cumplido con el nivel primario

Objetivos:Brindar una formación éticaFormar sujetos responsablesDesarrollar procesos de orientación vocacionalReconocer a los adolescentes como sujetos de derechoPromover respeto a la interculturalidadConcebir y fortalecer la cultura del trabajo

Ley de educación Nacional. Art.19, 30Ley de educación provincial. Art. 18

Derechos y obligaciones de los distintos actores institucionales

DOCENTES

Derechos:Al desempeño en cualquier jurisdicciónA la capacitación y actualización integral, gratuita y en servicioAl desarrollo de sus tareas en condiciones dignas de seguridad e higieneA participar en el gobierno de la educación Libertad de cátedraMeritos por antecedentesOtros…

Ley de educación Nacional. Art.67Ley de educación provincial. Art. 93Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 18

Obligaciones

A respetar y hacer respetar los principios constitucionalesA cumplir con los lineamientos de la política educativa de la NaciónA ejercer su trabajo de manera idónea y responsableA proteger y garantizar los derechos de los/as niños/as y adolescentesMejorar las practicas pedagógicas en forma constanteEvitar todo tipo de discriminación

Ley de educación Nacional. Art.67Ley de educación provincial. Art. 94Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As Art. 18

PADRES

Derechos:

Ser reconocidos/as como agentes naturales y primarios de la educación.Participar en las actividades de los establecimientos educativosElegir para sus hijos/as o representados/as, la institución educativaSer informados/as periódicamente acerca de la evolución y evaluación del proceso educativo de sus hijos/as o representados/as.

Ley de educación Nacional. Art.128Ley de educación provincial. Art. 90 Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 15

Obligaciones:

Hacer cumplir a sus hijos/as o representados/as la educación obligatoriaAsegurar la concurrencia de sus hijos/as o representados/asSeguir y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos/as o representados/as Respetar y hacer respetar a sus hijos/as o representados/as la autoridad pedagógica del/de la docente y las normas de convivencia de la unidad educativaRespetar y hacer respetar a sus hijos/as o representados/as la libertad de conciencia, la dignidad, integridad e intimidad de todos/as los/as miembros de la comunidad educativa

Ley de educación Nacional. Art.129Ley de educación provincial. Art. 91Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 16

ALUMNOS:

Derechos:

Una educación integral e igualitaria en términos de calidad y cantidadSer respetados/as en su libertad de concienciaConcurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria.Ser protegidos/as contra toda agresión física, psicológica o moral.Recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacionalParticipar en la toma de decisiones sobre la formulación de proyectos y en la elección de espacios curriculares complementariosTrato igualitarioIngresar, permanecer y egresar de todas las propuestas educativas publicas

Ley de educación Nacional. Art.125Ley de educación provincial. Art. 88Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 8

Obligaciones:

Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y posibilidades.Respetar la libertad de conciencia, la dignidad, integridad e intimidad de todos/as los/as miembros de la comunidad educativa.Respetar el proyecto educativo institucional, las normas de organización, convivencia y disciplina del establecimiento escolar. Asistir a clase regularmente y con puntualidad.Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria

Ley de educación Nacional. Art.126Ley de educación provincial. Art. 89Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 9

DEL PERSONAL TECNICO, ADMINISTRATIVO, PROFESIONAL, AUXILIAR Y DE SERVICIO:

Derechos:

Participación en el gobierno de las Inst.. educativasCapacitación estatal gratuitaParticipación gremialBeneficios

Obligaciones:

Contribuir a asegurar el funcionamiento del sistema educativo y de las instituciones educativas

Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 19Ley de educación provincial. Art. 92

Preparar profesionales capaces de enseñar,

generar y transmitir los conocimientos y valores

Asegurar la protección integral

de todos sus alumnos

No deberán promover actitudes

discriminatorias

Evaluar en forma sistemática los procesos y resultados de la

tarea educativa

Promover la construcción de una identidad docente

REGLAMENTACION DE LA DOCENCIA

Ley de educación Nacional. Art.71Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 38, 39, 40y 41

INSTITUCION EDUCATIVA

Unidad pedagógica del sistema responsable de los procesos de enseñanza-aprendizaje

Favorece y articula la participación de los distintos actores que constituyen la comunidad educativa

Ley de educación nacional. Art. 122Ley de educación provincial. Art. 63Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 1

PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

personal administrativ

o, técnico, auxiliar,

social, de la salud y

de servicio

contribuir a asegurar el funcionamiento de las

instituciones educativas y de los servicios de la educación

Proyecto compartido y de cooperación con el objetivo de alcanzar los fines de la

institución

La participación

de la comunidad

ed. Es asegurada

por la dirección

general de cultura y

educación

Comunidad educativa

Ley de educación nacional. Art. 68Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 5, 6 y 22

EQUIPOS DE TRABAJO

DIRECTOR

VICEDIRECTOR

REGENTE Y SECRETARIO

conducción

Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 44

docentes

Eq. administrativo

Auxiliares de la educación

De trabajo:

Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 43

CARGOS DOCENTES DE BASE

PROFESOR/MAESTRO

PRECEPTOR

BIBLIOTECARIO

Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 72, 74 Y 76

PROYECTO INSTITUCIONAL

garantizar el acceso y la permanencia en la escuela Promoverán la inclusión de niños/as no escolarizados/as en espacios escolares no formalesAsegurar la mejor realización del acto educativoDar respuesta a problemáticas institucionales mediante los acuerdos de convivencia, evaluación diagnostica, etc.El plan de continuidad pedagógica es la herramienta de intervención institucional para asegurar los actos educativos.El acuerdo de convivencia tiene como fin facilitar las condiciones adecuadas para el ejercicio de los derechos de enseñar y aprenderLa obligatoriedad comprenderá el acceso y trayectoria de los alumnos Planta orgánica funcional y planta orgánica funcional y analítica

Ley de educación nacional. Art. 81Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 93, 95, 103, 107, 121 y 206

AUTORIA:

Bargas, Juliana

Fioretta, Nancy

Pérez, María de los Ángeles

Ramírez, Federico

Rodríguez, Mónica

top related