ley de remisiÓn · es la condonación de intereses, multas y recargos tributarios. ... beneficio...
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Aplica para las obligaciones tributarias y
fiscales administradas y
recaudadas únicamente por
el SRI.
Solo se incluirán obligaciones
pendientes de pago hasta el 31
de marzo de 2015.
En caso de deudas
impugnadas, el contribuyente
debe desistir del proceso judicial.
Para facilidades de pago los
valores cancelados se imputarán al capital y la
remisión aplicará al saldo
pendiente.
El contribuyente no podrá iniciar
acciones legales sobre las deudas canceladas bajo
remisión.
Se deberá pagar la totalidad del
impuesto pendiente.
No aplica para tributos que se
hayan retenido a terceros
determinados por el SRI.
Del día 1 al 60 se paga el 100% de capital; del día
61 al 90 se paga el 100% de
capital más el 50% de
intereses, multas y recargos.
100% 50%Condonación de intereses de mora, multas y recargos
días hábiles
días hábiles
60 901día hábil
Es la condonación de intereses, multas y recargos tributarios.
El contribuyente tiene 90 días hábiles para acogerse a la remisión.
¿Qué es la Ley deRemisión Tributaria?
Se aplica a:• Deudas de contribuyentes • Cuotas RISE• Impuestos vehiculares• Declaraciones y anexos pendientes
06 de mayo2015
29 de julio 2015
10 de septiembre
2015
Aplica para las obligaciones tributarias y
fiscales administradas y
recaudadas únicamente por
el SRI.
Solo se incluirán obligaciones
pendientes de pago hasta el 31
de marzo de 2015.
En caso de deudas
impugnadas, el contribuyente
debe desistir del proceso judicial.
Para facilidades de pago los
valores cancelados se imputarán al capital y la
remisión aplicará al saldo
pendiente.
El contribuyente no podrá iniciar
acciones legales sobre las deudas canceladas bajo
remisión.
Se deberá pagar la totalidad del
impuesto pendiente.
No aplica para tributos que se
hayan retenido a terceros
determinados por el SRI.
Del día 1 al 60 se paga el 100% de capital; del día
61 al 90 se paga el 100% de
capital más el 50% de
intereses, multas y recargos.
100% 50%Condonación de intereses de mora, multas y recargos
días hábiles
días hábiles
60 901día hábil
Es la condonación de intereses, multas y recargos tributarios.
El contribuyente tiene 90 días hábiles para acogerse a la remisión.
¿Qué es la Ley deRemisión Tributaria?
Se aplica a:• Deudas de contribuyentes • Cuotas RISE• Impuestos vehiculares• Declaraciones y anexos pendientes
06 de mayo2015
29 de julio 2015
10 de septiembre
2015
Identi�que el tipo
pendiente de pagode obligación
IMPUESTOS VEHICULARES
CUOTAS RISE
CASOS ESPECIALES
DECLARACIONES TRIBUTARIAS
DEUDAS NOTIFICADAS
Deudas Notificadas
Benefíciese de la Ley Orgánica de Remisión de intereses, multas y recargos, cancelando la totalidad de sus obligaciones pendientes de pago con corte al 31 de marzo de 2015.
Póngase al día con sus Deudas Notificadaspendientes de pago
InformaciónRegresar al inicio MenúVer ejemplo
Remisión de 100% y 50% de intereses de mora, multas y recargos causados por las obligaciones pendientes de
pago.
Beneficios de la Ley Plazo Formas de Pago
Consulta pública Consulta personal
Consulte los beneficios
Conozca las formas de pago que el SRI pone a su
disposición.
Conozca los valores pendientes de pago y el
beneficio que otorga la Ley de Remisión.
Desde el 06 de mayo de 2015 hasta el 29 de julio de 2015
recibe el 100%
Desde el 30 de julio de 2015 hasta el 10 de septiembre de
2015 recibe el 50% Clic aquí
Deudas Notificadas
Benefíciese de la Ley Orgánica de Remisión de intereses, multas y recargos, cancelando la totalidad de sus obligaciones pendientes de pago con corte al 31 de marzo de 2015.
Póngase al día con sus Deudas Notificadaspendientes de pago
InformaciónRegresar al inicio MenúVer ejemplo
Remisión de 100% y 50% de intereses de mora, multas y recargos causados por las obligaciones pendientes de
pago.
Beneficios de la Ley Plazo Formas de Pago
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Consulte los beneficios
Conozca las formas de pago que el SRI pone a su
disposición.
Conozca los valores pendientes de pago y el
beneficio que otorga la Ley de Remisión.
Desde el 06 de mayo de 2015 hasta el 29 de julio de 2015
recibe el 100%
Desde el 30 de julio de 2015 hasta el 10 de septiembre de
2015 recibe el 50% Clic aquí
Ejemplo Deudas Notificadas
El contribuyente “D” mantiene una deuda con el SRI por un acta de determinación de Impuesto a la Renta del año 2011.
Impuesto Interés Multa
21.374,15Deuda 1.588,52 311,19
21.374,15Remisión100% 0 0
21.374,15Remisión50% 794,26 155,60
Recargo Total a Pagar BENEFICIO
235 23.508,86
0 21.374,15
117,50 22.441,51
2.134,71
1.067,36
InformaciónRegresar al inicio MenúEjemplo
Declaraciones Tributarias
Ejemplo Deudas Notificadas
El contribuyente “D” mantiene una deuda con el SRI por un acta de determinación de Impuesto a la Renta del año 2011.
Impuesto Interés Multa
21.374,15Deuda 1.588,52 311,19
21.374,15Remisión100% 0 0
21.374,15Remisión50% 794,26 155,60
Recargo Total a Pagar BENEFICIO
235 23.508,86
0 21.374,15
117,50 22.441,51
2.134,71
1.067,36
InformaciónRegresar al inicio MenúEjemplo
Declaraciones Tributarias
Benefíciese de la Ley Orgánica de Remisión de intereses, multas y recargos, cancelando la totalidad de sus obligaciones pendientes de pago con corte al 31 de marzo de 2015.
Póngase al día con sus Declaraciones Tributariaspendientes de pago
Remisión de 100% y 50% de intereses de mora, multas
y recargos causados por declaraciones vencidas que generen impuesto a pagar.
Conozca las formas de pago que el SRI pone a su
disposición.
Beneficios de la Ley Plazo Formas de Pago
Conozca las obligaciones pendientes de pago y el
beneficio que otorga la Ley de Remisión.
Consulte los beneficios
Consulta pública Consulta personal
Desde el 06 de mayo de 2015 hasta el 29 de julio de 2015
recibe el 100%
Desde el 30 de julio de 2015 hasta el 10 de septiembre de
2015 recibe el 50% Clic aquí
InformaciónRegresar al inicio MenúVer ejemplo
Ejemplo Declaraciones con valor a pagar
El contribuyente “B” mantiene una deuda con el SRI por no presentar ni pagar su declaración de Impuesto al Valor Agregado del período agosto 2012.
Impuesto Interés Multa Total a Pagar BENEFICIO
1.380Deuda 470 1.380 3.230
1.380Remisión100% 0 0 1.380
1.380Remisión50% 235 690 2.305
1.850
925
InformaciónRegresar al inicio MenúEjemplo 1
Ejemplo Declaraciones en cero
El contribuyente “C” mantiene una multa pendiente de pago con el SRI por presentanción tardía de su declaración en cero, correspondiente al mes de mayo de 2012.
Impuesto BENEFICIOMulta Total a Pagar
0Deuda 30 30
0Remisión100% 0 0
0Remisión50% 15 15
30
15
InformaciónRegresar al inicio MenúEjemplo 2
¿Cómo presentar sus declaraciones?
Ejemplo Declaraciones en cero
El contribuyente “C” mantiene una multa pendiente de pago con el SRI por presentanción tardía de su declaración en cero, correspondiente al mes de mayo de 2012.
Impuesto BENEFICIOMulta Total a Pagar
0Deuda 30 30
0Remisión100% 0 0
0Remisión50% 15 15
30
15
InformaciónRegresar al inicio MenúEjemplo 2
¿Cómo presentar sus declaraciones?
InformaciónRegresar al inicio MenúCómo declarar
¿Cómo presentar sus declaraciones?
Remisión 100% Remisión 50% Declaraciones en cero
Para acogerse al 100% de beneficio de la Ley de Remisión deberá, en los casilleros
903 y 904 de su formulario de declaración, mantener en 0,00.
Recuerde colocar el valor del beneficio obtenido por la ley.
Recuerde colocar el valor del beneficio obtenido por la ley.
Para acogerse al 50% de beneficio de la Ley de Remisión deberá, en los casilleros 903 y 904 de su formulario, digitar los valores
adeudados de intereses, multas y recargos con el 50% de los mismos.
Si usted no generó ningún movimiento económico, responda las preguntas de
validación para declarar en “cero”.
A continuación escoja SI para acogerse al beneficio de la Remisión y seleccione el tipo de contribuyente y el estado de su omisión (notificado o no por el SRI); luego de estos pasos su declaración será receptada con el
beneficio correspondiente.
Total impuesto a pagarInterés por moraMultaTotal pagado
Total impuesto a pagarInterés por moraMultaTotal pagado
902 801,87903 0,00904 0,00999 801,87
902 1.390,49903 238,45904 695,25999 2.324,19
Registre los valores de intereses, multas y/o recargos que son condonados por la Remisión de acuerdo al porcentaje vigente
Interesespor mora MultasRecargos
Cancelar Enviar
336,790,00
112,99
Registre los valores de intereses, multas y/o recargos que son condonados por la Remisión de acuerdo al porcentaje vigente
Interesespor mora MultasRecargos
Cancelar Enviar
695,250,00
238,45
Se deben utilizar los formularios que normalmente el contribuyente aplica para las declaraciones por cada tipo de obligación, a través del DIMM Formularios Multiplataforma o los formularios en línea, según corresponda.
Cuestionario de veri�cación
Formulario 102A - Impuesto a la Renta Personas Naturales No Obligados2014
Pregunta Respuestas¿Tuvo ingresos y/o gastos mayores a cero?¿Arrasta crédito tributario?
Formulario:Período �scal:
Preguntas:
Atrás Continuar
SI NO
SI NO
InformaciónRegresar al inicio MenúCómo declarar
Pasos para cargar una declaración
1Ingrese a la opción Servicios en Línea de la página web del SRI www.sri.gob.ec y digite su número de identificación y clave personal.
Ingrese a la opción Declaraciones y seleccione el formulario según corresponda.
Seleccione el período fiscal a declarar, escoja el archivo de la declaración y defina la forma de pago.
En la pantalla que se desplegará, seleccione SI para acogerse a la remisión, previo al envío de la declaración.
Se desplegará una pantalla en la que deberá registrar los valores remitidos de intereses, multas y recargos y continuar con el proceso de la declaración.
2
3
4
5
Ingreso al Sistema
CI/RUC Titular
CI Adicional:
Contraseña:
(Obligatorio)
Requerido solamente para usuario adicional
Aceptar
Declaración de impuestos - Impuestos al Valor Agregado (Mensual)
Mes:Año:Archivo a cargar:Forma de pago:
Proceda a seleccionar el período �scal. A continucación escoja el archivo a cargar.Seleccione el período �scal
Subir Archivo
REMISIÓN DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS TRIBUTARIOS PARA IMPUESTOS NACIONALES
SINO
Estimado Contribuyente, desea acogerse a la remisión?
Recuerde que usted tiene 60 días para aplicar al 100% de la remisión a partir del día 61 30 días para aplicar al 50% de la remisión
Cancelar Continuar
+DECLARACIONES
- Declaración de Impuestos
Declaración de Impuesto a la RentaDeclaración de Rentenciones en la FuenteDeclaración de Impuesto al Valor Agregado
Registre los valores de intereses, multas y/o recargos que son condonados por la Remisión de acuerdo al porcentaje vigente
Interesespor mora MultasRecargos
695,250,00
238,45
Cancelar Enviar
Impuestos Vehiculares
Benefíciese de la Ley Orgánica de Remisión de intereses, multas y recargos, cancelando la totalidad de sus obligaciones pendientes de pago con corte al 31 de marzo de 2015.
Póngase al día con sus Impuestos Vehicularespendientes de pago
Remisión de 100% y 50% de intereses de mora,
causados por las obligaciones pendientes de pago.
Beneficios de la Ley Plazo Consulte los beneficios Formas de Pago
Clic aquí Clic aquí
Conozca las formas de pago que el SRI pone a su
disposición.
Conozca los valores pendientes de pago y el
beneficio que otorga la Ley de Remisión.
Desde el 06 de mayo de 2015 hasta el 29 de julio de 2015
recibe el 100%
Desde el 30 de julio de 2015 hasta el 10 de septiembre de
2015 recibe el 50%
InformaciónRegresar al inicio MenúVer ejemplo
Ejemplo Impuestos Vehiculares
El contribuyente “E” mantiene una deuda con el SRI por no declarar impuestos de matriculación de vehículos desde el año 2011.
*Otros rubros no administrados por el SRI que no aplican a remisión
InteresesImpuesto Ambiental
Impuesto a la Propiedad
1.065,56Deuda 379,06 437,18
1.065,56Remisión100% 379,06 0
1.065,56Remisión50% 379,06 218,59
Total a Pagar
370,04 2.251,84
370,04 1.814,66
370,04
Otrosrubros*
2.033,25
BENEFICIO
437,18
218,59
InformaciónRegresar al inicio MenúEjemplo
Ejemplo Impuestos Vehiculares
El contribuyente “E” mantiene una deuda con el SRI por no declarar impuestos de matriculación de vehículos desde el año 2011.
*Otros rubros no administrados por el SRI que no aplican a remisión
InteresesImpuesto Ambiental
Impuesto a la Propiedad
1.065,56Deuda 379,06 437,18
1.065,56Remisión100% 379,06 0
1.065,56Remisión50% 379,06 218,59
Total a Pagar
370,04 2.251,84
370,04 1.814,66
370,04
Otrosrubros*
2.033,25
BENEFICIO
437,18
218,59
InformaciónRegresar al inicio MenúEjemplo
Cuotas RISE
Benefíciese de la Ley Orgánica de Remisión de intereses, multas y recargos, cancelando la totalidad de sus obligaciones pendientes de pago con corte al 31 de marzo de 2015.
pendientes de pagoPóngase al día con sus cuotas RISE
Remisión de 100% y 50% de intereses de mora,
causados por las obligaciones pendientes de pago.
Beneficios de la Ley Plazo Formas de PagoConsulte los beneficios
Clic aquí
Conozca las formas de pago que el SRI pone a su
disposición.
Conozca los valores pendientes de pago y el
beneficio que otorga la Ley de Remisión.
Consulta pública
Desde el 06 de mayo de 2015 hasta el 29 de julio de 2015
recibe el 100%
Desde el 30 de julio de 2015 hasta el 10 de septiembre de
2015 recibe el 50%
InformaciónRegresar al inicio MenúVer ejemplo
Benefíciese de la Ley Orgánica de Remisión de intereses, multas y recargos, cancelando la totalidad de sus obligaciones pendientes de pago con corte al 31 de marzo de 2015.
pendientes de pagoPóngase al día con sus cuotas RISE
Remisión de 100% y 50% de intereses de mora,
causados por las obligaciones pendientes de pago.
Beneficios de la Ley Plazo Formas de PagoConsulte los beneficios
Clic aquí
Conozca las formas de pago que el SRI pone a su
disposición.
Conozca los valores pendientes de pago y el
beneficio que otorga la Ley de Remisión.
Consulta pública
Desde el 06 de mayo de 2015 hasta el 29 de julio de 2015
recibe el 100%
Desde el 30 de julio de 2015 hasta el 10 de septiembre de
2015 recibe el 50%
InformaciónRegresar al inicio MenúVer ejemplo
Ejemplo Cuotas RISE
N° de cuotas vencidas
Valor cuotas vencidas
Interés Total a Pagar BENEFICIO
12Deuda 300,96 33,86 334,82
12Remisión100% 300,96 0 300,96
12Remisión50% 300,96 16,93 317,89
33,86
16,93
El contribuyente “F” mantiene una deuda con el SRI por no declarar sus cuotas RISE.
InformaciónRegresar al inicio MenúEjemplo
Aplica para las obligaciones tributarias y
fiscales administradas y
recaudadas únicamente por
el SRI.
Solo se incluirán obligaciones
pendientes de pago hasta el 31
de marzo de 2015.
En caso de deudas
impugnadas, el contribuyente
debe desistir del proceso judicial.
Para facilidades de pago los
valores cancelados se imputarán al capital y la
remisión aplicará al saldo
pendiente.
El contribuyente no podrá iniciar
acciones legales sobre las deudas canceladas bajo
remisión.
Se deberá pagar la totalidad del
impuesto pendiente.
No aplica para tributos que se
hayan retenido a terceros
determinados por el SRI.
Del día 1 al 60 se paga el 100% de capital; del día
61 al 90 se paga el 100% de
capital más el 50% de
intereses, multas y recargos.
100% 50%Condonación de intereses de mora, multas y recargos
días hábiles
días hábiles
60 901día hábil
Es la condonación de intereses, multas y recargos tributarios.
El contribuyente tiene 90 días hábiles para acogerse a la remisión.
¿Qué es la Ley deRemisión Tributaria?
Se aplica a:• Deudas de contribuyentes • Cuotas RISE• Impuestos vehiculares• Declaraciones y anexos pendientes
06 de mayo2015
28 de julio 2015
09 de septiembre
2015
Procesos administrativos en curso
Si usted presentó un reclamo o recurso de revisión.
Si el SRI le está determinando el impuesto que debe pagar.
Si se encuentra en proceso de control de omisidad o diferencias en
declaraciones.
Si usted tiene valores a favor reconocidos por el SRI y desea utilizarlos para
el pago del impuesto adeudado (capital).
Compensación de obligaciones
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Si usted se encuentra en juicio coactivo con el SRI, podrá realizar los
pagos correspondientes del impuesto adeudado (capital).
Si el SRI recaudó valores producto de embargos, subastas y/o remates, usted podrá solicitar la aplicación de los valores al impuesto
adeudado (capital).
Procedimientos de ejecución coactiva
Si el SRI le concedió facilidades de pago y estas se encuentran vigentes, usted
podrá solicitar que los pagos realizados se apliquen al impuesto adeudado (capital).
Facilidades de pago
Casosespeciales
Comunicaciones formales al SRI para acogerse a la remisión
InformaciónRegresar al inicio Menú
DESCARGAR FORMATO
Si usted ha sido sancionado pecuniariamente por no realizar sus declaraciones o
anexos y justificó con la presentación de los mismos dentro del plazo del 100% de remisión.
DESCARGAR FORMATO
Si usted ha sido sancionado pecuniariamente por no realizar sus declaraciones o
anexos y justificó con la presentación de los mismos dentro del plazo del 50% de remisión.
Obligaciones originadas por resoluciones
sancionatorias pecuniarias
Obligaciones impugnadas judicialmente
Si usted presentó una impugnación de un acto administrativo, podrá pagar su obligación dentro del período de remisión y desistir de la acción judicial.
DESCARGAR FORMATO
Si usted ha realizado o realizará el pago total de una obligación, a través de pagos
parciales.
Pagos parciales en período de remisión
DESCARGAR FORMATO
Si usted ha presentado la declaración y/o pago por una obligación que ha sido generada por procesos de control de diferencias.
Pagos realizados por obligacionesgeneradas por procesos de
control de diferencias
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Casosespeciales
Comunicaciones formales al SRI para acogerse a la remisión
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