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EL DESCENSO EN RÍOS ¿UNA OPCIÓN DE ECOTURISMO SUSTENTABLE?
Cruz Angón Andrea, Rodríguez Yáñez Claudia A. 1, Luna Monzalvo María 1.2
, Deljin Alfonso Chris
tian A. 3, Ortega Argueta Alejandro3• Espeje! González Verónica3
, Macias Sánchez Samue!3• Martí
nez de la Vega Guillermo3, Mendoza Paredes Claudia3 y Rodríguez Toledo E. Mildred 3
.
(1) l'o~gratlo en Ecolo)!ia y :O,lanc¡o de Rccur,;o~ ::-..arur~lcs 1:\JEO >J.. (2) Posgratlo 1 n ( imgrafia (Pianc;ICI<Ín) U'\J \M.
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R ecientcmente el llamado ecoturismo se ha convertido en una opción viable tanto para conser\'ar el patrimo
nio natural y cultural de algunas regiones, como para promover el desarrollo sustentable de las mismas. La
IUCN ha definido el ecoturismo como todas aquellas actividades turístico-recreativas realizadas al aire libre y en zo
nas naturales; sin embargo, la Sociedad de Ecoturismo ad,ierte que éste deberá enfocarse en la recreación al aire libre
de tal manera que se promueva la conservación de ambientes naturales (áreas protegidas, 1íos, lagos, etc.) y se mejo
ren las condiciones de bienestar de la gente local, con la participación de las comunidades locales en la instrumenta
ción de los programas ecoturísticos. Las organizaciones interesadas en la conservación de la naturaleza se han involucrado en la difusión y promo
ción de un tipo de turismo ambientalmente responsable. Para lograr esto se debe integrar en la planificación las rela
ciones esenciales entre el ambiente y el turismo con el fin de reducir los costos económicos y ambientales ocasionados
por los procesos y fenómenos naturales; mantener la calidad de los ecosistemas (el principal atractivo turístico) y faci
litar el cumplimiento de la norma ambiental, o que los proyectos se ajusten a lo establecido por los ordenamientos
ecológicos.
El descenso en ríos en Veracruz
El descenso en ríos es una de las actividades que las empresas de ecoturismo promueven con mayor éxito. En Ve
racruz existe un número considerable de compañías que realizan excursiones a distintos ríos de la región. Sin embar
go, muchas de las empresas se promueven como ecoturísticas, sin que necesariamente cumplan con los criterios para
ser consideradas como tales. Un análisis que efectuamos de esta situación nos indica que el conflicto radica en un va
cío legal concerniente a la reglamentación y regulación de este tipo de actividades.
Para el análisis de esta problemática abordamos el tema con un estudio de caso en la comunidad de Jalcomul
co, Veracruz. Se escogió esta región debido a que en la actualidad es el sitio con mayor demanda de este tipo de servi
cio turístico (descenso en ríos) y donde se han establecido un mayor número de empresas en el estado de Veracruz.
En este ensayo evaluamos si las actividades de descenso en ríos realizadas en Jalcomulco en la actualidad cumplen
con los criterios del ecoturismo y desarrollo sustentable. La primer parte del trabajo hace referencia a los antecedentes
de la actividad de descenso en ríos y presenta un diagnóstico socio-económico y ambiental de la región, identificando
los impactos potenciales que esta actividad podría estar teniendo sobre el ambiente. En la segunda parte revisamos e1
marco jurídico y la situación legal que regula esta actividad. En la tercer patte proponemos y discutimos el uso de indi
cadores de sustentabilidad para e\·aluar los impactos ambientales y sociocconómicos de la actividad.
Antecedentes y diagnóstico
Los inicios en México de la práctica del descenso en ríos se presenta desde mediados de la década de los 70's. Poste
riormente en los 80 · s se funda la primera asociación de descenso de ríos en Veracruz, y se organizan las primeras
competencias en los ríos Actopan y Jalcomulco. En la planificación de estas actividades participan ya algunas dcpen- .
dendas gubernamentales tales como la SEDUE. Más tarde, en la década de los 90's se desarrolla de manera impor
tante esta actividad, surgiendo un número considerable de empresas que promueven el descenso en rios dentro de sus
paquetes turísticos. En los últimos ocho años se han establecido, tan sólo en la localidad de Jalcomulco cerca de 20
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L compañías de descenso en ríos. Ahora los mismos prestadores de servicios que ya tienen su empresa establecida están preocupados por la continua llegada de nuevas empresas a la comunidad. Esto los obliga a razonar cuáles serán los límites en el número de empresas que se instalen sobre el río. Ante este fenómeno, la pregunta es ¿cuántas empresas más pueden instalarse sin que se deteriore la calidad ambiental del sistema? Esto es un punto importante ya que este tipo de turismo depende de la calidad ambiental y escénica que buscan los visitantes. De convertirse esto en un problema ambiental, las mismas actividades turísticas dañarían el recurso del cual se favorecen.
Diagnóstico socio-económico
La mayor parte de las empresas instaladas en la zona pertenecen a inversionistas foráneos (Puebla, Ciudad de México, Xalapa y Vcracruz principalmente) y por lo tanto podrían considerarse ajenos a la región. Para la instalación de la empresa en necesario la obtención de un predio. Este se obtienen mediante un convenio de renta o concesión en el cual se concede el uso del terreno (de propiedad ejidal) al prestador del servicio. Este deberá pagar al Comisariado Ejidal de Jalcomulco una cuota inicial y otra anual, las cuales son administradas por el ayuntamiento local.
Los servicios incluidos en los paquetes ofrecidos por las compañías son: transporte terrestre, hospedaje y alimentación. El hospedaje puede ser rústico (casas de campaña y cabañas) o en pequeños hoteles. Las actividades recreativas que se pueden realizar son: descenso en ríos, rappel, caminata, ciclismo de montaña y campismo entre otras. Esto genera ingresos para la empresa de entre $1,800.00 y $3,000 por persona. Los periodos de operación de mayor actividad son durante la semana sanla y el verano (junio-octubre). El resto del año, con excepción de los fines de semana, es considerada como temporada baja.
Un aspecto importante de destacar es que la llegada del turismo no ha repercutido de una manera evidente sobre el mejoramiento socio-económico de la comunidad. El aporte económico se basa en la generación de algunos empleos. El número de personas locales contratadas por cada empresa varía de 2 a 10 realizando funciones como guías, vigilantes, cocineros y meseros. Esta carga de empleos fluctúa de acuerdo a la capacidad operativa de cada empresa. Sin embargo, este aporte económico no es para toda la población ni es constante, ya que algunos empleos sólo son temporales y se crean de acuerdo con la demanda de servicios entre las temporadas altabaja. A pesar de ello, para los lugareños el establecimiento de estas empresas ha significado la diversificación de oportunidades laborales que aseguran un ingreso durante las estaciones en que son adversas las condicionas para la
agricultura y la pesca. Esto se ha visto reflejado en una reducción de la migración de la gente local en busca de trabajos fuera de la comunidad. Otro aspecto que minimiza los ingresos obtenidos por la llegada de h1ristas a la comunidad es que las compañías han construido cabañas y restaurantes, lo cual impide que los lugareños se beneficien por el ofrecimiento de estos servicios. De esta manera se concentra así un mayor porcentaje de las ganancias para los empresarios.
Diagnóstico ambiental
Un aspecto muy importante en la planificación del desarrollo turístico son los estudios de impacto ambiental. Estos permiten obtener, a través de varios estudios ecológicos, información sobre aquellas actividades que causen impactos al ambiente. Actualmente, para el establecimiento de los predios y el servicio del descenso de ríos las autoridades competentes no solicitan ningún tipo de evaluación de este tipo. Esto significa que se desconoce cuál es el impacto real de esta actividad sobre la calidad ambiental de los ríos y áreas adyacentes. A continuación mencionamos los impactos ambientales provocados por el establecimiento de empresas para descenso en lios, que según nuestro criterio, potencialmente podrían tener efecto sobre el ambiente
a) Impacto sobre la calidad del agua: a nivel local, la contaminación del agua provocada por las descargas de aguas residuales provenientes de los hoteles y restaurantes, dado que carecen en su mayoría de una planta de tratamiento de aguas residuales. Esto repercute directa e indirectamente sobre los ciclos biológicos relacionados con el sistema hídrico. Otra fuente de contaminación son los desechos sólidos que provienen de los visitantes; aunque algunas empresas si cuidan el destino de sus desechos, esto no es una práctica común para toda la zona, Jo cual podría convertirse en un problema de salud pública.
b) Impacto sobre el suelo y la vegetacién original: al ocuparse áreas naturales adyacentes al río para el estab]ecimiento de campamentos se deteriora la cubierta vegetal original. El pisoteo sobre las áreas de tránsito para los turistas compacta el suelo, ocurriendo cambios en la composición florística del lugar. También la práctica de rappel va eliminando la cubierta vegetal de las laderas y
facilita la erosión.
e) Impactos sobre la fauna: al modificarse la estructura de las comunidades vegetales se afecta también la estructura de las comunidades animales. Puede ocurrir una sustihiCión de especies sensibles por otras más tolerantes al disturbio. Un aspecto que no se ha evaluado es el impacto del tráfico de balsas sobre la fauna acuática. Especies importantes de peces y crustáceos pueden verse afee-
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tadas al destruirse sus áreas de oviposición. Algunas especies de vertebrados que dependen del medio acuático como las nutrias, pueden perjudicarse por la presión humana sobre sus patrones conductuales.
Marco jurídico y situación legal
La planificación legal en el manejo de los recursos naturales requiere conocer cómo actúa el orden normativo en todos sus aspectos (la jerarquía en la aplicación de normas, el valor de cada una, sus alcances y los tiempos de aplicación entre otros). En México la actividad del descenso en ríos no se encuentra específicamente normada en la legislación ambiental. Sólo existen la norma parcial de algunos aspectos que remiten a otras leyes, no existiendo una reglamentación espedfica y clara que regule de manera estricta la actividad de descenso en ríos.
La utilización de ríos y otros cuerpos de agua, considerados como un patrimonio de la nación, compete a la administración pública de la federación. Por lo tanto, consideramos que esta actividad debe ser regulada por la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP), la Comisión Nacional del Agua (CNA) y la Secretaría de Turismo (SECfUR). Sin embargo, al revisar las leyes de estas instancias, no encontramos una clara delimitación de la competencia de las leyes e instituciones. Esto muestra que el ecoturismo en ríos es un ejemplo del vacío legal existente para la regulación efectiva de este tipo de actividades.
Es responsabilidad de las entidades federativas establecer el marco legal que regule el desarrollo de actividades que puedan impactar sobre el ambiente. Así, se cuenta ya con una nueva legislación en diversas materias que regulan las actividades turístico-recreativas. En 1993 se instrumenta la Ley Federal de Turismo que regula algunos aspectos ambientales relacionados con las actividades tmísticas. Existen otras leyes al respecto como las leyes de inversión extranjera, de puertos, de navegación, de protección al consumidor, de caminos, puentes y autotransporte federal, de metrología y de normalización. Para la regulación del ecoturismo es relevante la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) que sienta las bases para el aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del suelo, el agua y demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos, las actividades de la sociedad con la preservación de los ecosistemas y que también se garantice la participación corresponsable de las personas.
Con la finalidad de prevenir, evitar o reducir los efectos negativos de algunas actividades sobre el ambiente, la LGEEPA contempla la realización de una manifestación de impacto ambiental (MIA). Con este procedimiento la SEMARNAP revisa las condiciones en las cuales se realizarán las obras y actividades, lo cual permite detectar a aquellas que puedan causar un desequilibrio ecológico
yfo rebasar los límites y condiciones establecidos para proteger el ambiente, y preservar y restaurar los ecosistemas. Con respecto a las actividades acuáticas, la ley contempla la realización de manifestaciones de impacto ambiental si se planea desarrollar obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales. En cuanto al uso y aprovechamiento del agua y los recursos acuáticos, la LGEEPA prevé también que: "Al Estado y la sociedad les corresponde proteger los ecosistemas acuáticos y el equilibrio ecológico de los elementos naturales que intervienen en el ciclo hidrológico." Por estas condiciones, si debería ser requerida la realización de una MIA para las actividades de descenso en ríos. Sin embargo, al consultar a los funcionarios de esta dependencia nos indicaron que no se solicitan este tipo de estudios previos a los empresarios porque no están haciendo "uso extractivo del recurso agua".
Estos funcionarios se refieren a la Ley de Aguas Nacionales (LAN) que contempla que todos los cuerpos d~ agua son propiedad de la Nación en términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y que es obligación de la CNA administrar y reglamentar el control de la extracción y utilización de las aguas. Para su efecto cuenta con un consejo técnico integrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la SE.MARNAP y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Recursos Hidráulicos (SAGAR).
Por todo esto, y considerando el manejo del recurso agua en la actividad de descenso de ríos, las autoridades sí deberían solicitar la realización de MIA' s para las empresas que ofrecen este tipo de servicios. Hasta la fecha, la única información disponible en materia de impacto ambiental es el archivo de informes preventivos que la propia Subsecretaría del Medio Ambiente del Estado en Veracruz solicita a los empresarios. Este informe preventivo se realiza cumpliendo ciertos criterios y sólo contempla la identificación de los posibles impactos al ambiente y proponer las medidas de mitigación para estos.
Consideraciones finales y recomendaciones
Aún cuando es clara la necesidad de conjuntar el desarrollo turístico con la protección de los ecosistemas, este objetivo es dificil de lograr sobre todo cuando existen deficiencias en la elaboración de leyes, y la aplicación estricta de las mismas. Creemos que la regulación de las actividades de descenso en ríos deberían ser parte integral del plan de manejo y ordenamiento ecológico de las cuencas. Para tal fin es indispensable elaborar y poner en marcha reglamentos en los que se estipulen claramente la magnitud y el alcance que pueda tener un desarrollo turístico de acuerdo con el valor y las características ecológicas de la ' zona. La elaboración de una MIA que evalué los efectos de la actividad sobre el ambiente debe ser una prioridad si se quiere regular y planificar la utilización de los recur-
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sos de una manera sustentable. Sugerimos la creación de comités de participación intersectorial integrados por los prestadores de servicios, comunidades locales y autoridades gubernamentales Oocales, estatales y federales), así como de instituciones académicas y ONG's que colaboren en la construcción de un plan de manejo integral para la cuenca, que contemple el desarrollo turístico a la par del desarrollo socioeconómico de las comunidades locales. Este mismo comité puede tener una participación activa en las labores de vigilancia e inspección de las acti,·idades tmísticas.
Asimismo, se requiere el desarrollo de proyectos de investigación que evalúen y supervisen a nivel local y regional los impactos ambientales y socioeconómicos del ecoturismo, para poder mejorar las estrategias de manejo y establecer medidas de mitigación. Los avances en la marcha de estos objetivos se pueden medir a través de indicadores de sustentabilidad. Estos funcionan como instrumentos de medición y verificación que aportan información válida, \'erificable y de alta precisión, y sitven además como términos de referencia para supetvisar los logros en materia de mejoramiento ambiental y la situación socio-económica de la región. Debido a esto, los indicadores siempre deberán enmarcarse en el contexto de las metas y objetivos planteados para la instrumentación de dicha política. Los indicadores deberán seleccionarse con base en un análisis de las variables de impacto identificadas; por ejemplo, para la calidad y estabilidad del suelo, algunos indicadores serían: productividad del suelo, compactación, superficie (ha) con programas de recuperación. Para la calidad del agua serían: concentraciones de contaminantes disueltos que no reúnan los límites pcnnisibles por la NOM, presencia de organismos patógenos, volumen de agua tratada, número de tecnologías limpias aplicadas y número de mullas e incentivos entre otros. En cuan lo a los impactos sobre la flora y fauna, algunos indicadores serían: cambios en índices de riqueza y diYersidad y el monitoreo de algunas especies muy susceptibles al disturbio humano. Lo mismo puede aplicarse a las variables económicas y sociales, como son: aumento en el tipo de se1vicios públicos en la comunidad, ingreso per capita, número de empleos nuevos, tasa de migración, formación de recursos humanos, sensibilización de los empresarios y lugareños a los problemas ambientales, entre otros.
Las empresas y en general todos los prestadores de servicios deben hacer suya la politica de protección de los recursos hidrológicos y del ambiente en general. Para esto deben asumir el compromiso de resolver en primera instancia los impactos ambientales sobre los que tienen alguna relación. Deben tratar de educar y capacitar a los involucrados en esta actividades sobre la forma y medios necesarios para minimizar los impactos sobre el ambiente, y dar a conocer a la gente 1a importancia ele consetvar los servicios que tos recursos ofrecen a su modo de vida. Una distribución más equitativa de los beneficios econó-
micos del ecoturismo sobre las comunidades locales y los operadores turísticos es un aspecto crítico que se debe considerar en cualquier planificación. Esto es más importante aún en aquellas actividades que se basen en el aprovechamiento de bienes de "uso común".
Referencias
Cater, E. y G. Lowman (Eds.). 1999. Ecotourism: a sustainable option. Wiley Publishers. New York.
Ceballos-Lascurra[n, Héctor. 1994. Estrategia Nacional de Ecoturismo para México. Secretaría de Turismo. México, D.F.
Delgado, S. A. 1998. Análisis de tres cuencas de la zona central del Estado de Veracruz y sus perspectivas para un manejo sustentable ecoturístico. Tesis de Licenciatura en Administración de Empresas Turísticas. CSETX. Xalapa, Veracruz. Diario Oficial de la Federación. 7 de Junio de 1988. Reglamento de la Ley GeneraJ del Equilibrio Ecológico y la Protección aJ Ambiente en Materia de Impacto Ambiental.
Diario Oficial de la Federación. 1° de diciembre de 1992. Ley de Aguas Nacionales.
Guevara, L. M. y S. E. Ramírez. 1997. Análisis de la problemática ambiental causada por la actividad turística en México y sus posibles soluciones. Tesis de Licenciatura en Administración de Empresas Turísticas. CSETX. Xalapa, Veracruz.
Linberg, K., M. E. Wood y D. Engeldrum (Eds.). 1999. Ecotomism: A guide for planners and managers. Volum 2. The Ecotourism Society. North Bermington, Vermont.
Lora, P.M.E. y L. M. Niño M. 1998. Indicadores de gestión ambiental para proyectos de desarrollo en el área rural de zonas costeras. Tesis de Maestría. Pontificia U. Javeriana y U. JTL Secc. Caribe. Cartag~::na.
Molina, c. R.P. Rubinoff y J. Carranza. 1998. Normas prácticas para el Desarrollo Turístico de la wna costera de Quintana Roo, México. Amigos de Sian Ka'an y Centro de Rec. Costeros, URT. Cancún.
Poder Ejecutivo Fedcral.1998. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Secretaría de Gobernación. México, D.F.
Secretaría de Gobernación. 1998. Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
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