eia carretera umari
Post on 02-Jun-2018
245 Views
Preview:
TRANSCRIPT
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
1/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
1
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
INDICE
I. INTRODUCCIN ................................................................................................................................................... 4
1.1. PRESENTACIN ......................................................................................................................................... 4
1.2. GENERALIDADES DEL PROYECTO ..................................................................................................... 4
1.3. OBJETIVOS .................................................................................................................................................... 5
1.4. METODOLOGA DEL EIA......................................................................................................................... 6
II. MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL .......................................................................................................... 8
2.1. GENERALIDADES ...................................................................................................................................... 8
2.2. MARCO LEGAL ............................................................................................................................................ 8
2.3. MARCO INSTITUCIONAL ..................................................................................................................... 28
III. DESCRIPCIN DEL PROYECTO .............................................................................................................. 50
3.1. GENERALIDADES ................................................................................................................................... 50
3.2. UBICACIN DEL PROYECTO .............................................................................................................. 50
3.3. VAS DE ACCESO ..................................................................................................................................... 52
3.4. DESCRIPCIN DEL PROYECTO ......................................................................................................... 52
3.5. COMPONENTES PRINCIPALES E INSTALACIONES ASOCIADAS ........................................ 53
3.6. CARACTERSTICAS TCNICAS DEL PROYECTO ........................................................................ 54
IV. ESTUDIO DE LNEA BASE ........................................................................................................................ 594.1. GENERALIDADES ................................................................................................................................... 59
4.2. LINEA BASE MEDIO FSICO ................................................................................................................ 59
4.3. LINEA BASE MEDIO BIOLGICO ...................................................................................................... 61
4.4. LINEA BASE SOCIO-ECONMICO Y CULTURAL......................................................................... 63
V. IDENTIFICACIN Y EVALUACIN DE IMPACTOS .............................................................................. 68
5.1. GENERALIDADES ................................................................................................................................... 68
5.2. PROCEDIMIENTO DE ANALISIS DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL ............................ 69
5.3. METODOLOGA DE IDENTIFICACIN Y EVALUACIN DE LOS EFECTOS PREVISIBLES
O IMPACTOS AMBIENTALES ........................................................................................................................... 695.4. MATRIZ DE IDENTIFICACIN DE IMPACTOS (INTERACCIN CAUSA / EFECTO) ..... 72
5.5. MATRIZ DE EVALUACIN DE IMPACTOS .................................................................................... 75
5.6. DESCRIPCIN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES Y SOCIALES DEL PROYECTO ........ 78
VI. PLAN DE MANEJO ABIENTAL ................................................................................................................ 82
6.1. GENRALIDADES ...................................................................................................................................... 82
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
2/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
2
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
6.2. OBJETIVOS ................................................................................................................................................. 82
6.3. MARCO DE POLTICA DEL PMA ....................................................................................................... 83
6.4. ORGANIZACIN DE RESPONSABILIDADES................................................................................. 846.5. PROGRAMA DE MANEJO AMBIENTAL PARA LA PREVENCIN Y MITIGACIN DEIMPACTOS POTENCIALES IDENTIFICADOS .............................................................................................. 87
6.6. PROGRAMA DE SEALIZACIN ....................................................................................................... 91
6.7. PROGRAMA DE REFORESTACIN EN REAS SENSIBLES .................................................... 93
6.8. PROGRAMA DE PROTECCIN DE SISTEMAS DE DRENAJE .................................................. 96
6.9. PROGRAMA DE MANEJO DE CANTERAS Y BOTADEROS ....................................................... 96
6.10. MANEJO DE BOTADEROS ............................................................................................................... 97
6.11. MANEJO DE CAMPAMENTO .......................................................................................................... 99
6.12. MICRORELLENO SANITARIO ..................................................................................................... 100
6.13. INSTALACIN DE CONTENEDOR ............................................................................................ 100
VII. PLAN DE CONTINGENCIA ..................................................................................................................... 102
7.1. GENERALIDADES ................................................................................................................................ 102
7.2. OBJETIVOS .............................................................................................................................................. 102
7.3. ORGANIZACIN Y RESPONSABILIDADES ................................................................................. 103
7.4. COMITS DE APOYO PARA EL PLAN DE CONTINGENCIA ................................................. 104
7.5. ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL Y COORDINACIN CON LA POBLACIN ........... 105
7.6. CONTINGENCIAS DE ACCIDENTES LABORALES ................................................................... 105VIII. PLAN DE ABANDONO ....................................................................................................................... 110
8.1. GENERALIDADES ................................................................................................................................ 110
8.2. OBJETIVOS .............................................................................................................................................. 110
8.3. ORGANIZACIN Y RESPONSABILIDADES ................................................................................. 111
8.4. IMPLEMENTACIN ............................................................................................................................. 111
8.5. ACCIONES PREVIAS ............................................................................................................................ 112
8.6. RETIRO DE INSTALACIONES, MATERIALES, EQUIPOS Y MAQUINARIA ..................... 112
8.7. LIMPIEZA DEL LUGAR ....................................................................................................................... 113
8.8. RESTAURACIN DEL LUGAR .......................................................................................................... 114IX. ANALISIS DE EVALUACIN COSTO Y BENEFICIO AMBIENTAL ........................................... 115
9.1. GENERALIDADES ................................................................................................................................ 115
9.2. COSTOS DEL PROYECTO .................................................................................................................. 115
9.3. BENEFICIOS DEL PROYECTO ......................................................................................................... 116
9.4. RESULTADOS ........................................................................................................................................ 117
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
3/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
3
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
X. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ........................................................................................ 118
10.1. CONCLUSIONES ............................................................................................................................... 118
10.2. RECOMENDACIONES .................................................................................................................... 121
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
4/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
4
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
I. INTRODUCCIN
1.1.
PRESENTACIN
El presente documento corresponde al desarrollo del Estudio de Impacto Ambiental
del Proyecto REHABILITACION Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO
- PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA - HUANUCO de
acuerdo al cumplimiento de los alcances tcnicos, con la finalidad de dar acceso a
zonas rurales productoras y con ello generar su desarrollo.
1.2.
GENERALIDADES DEL PROYECTO
El proyecto REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO
- PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO est
ubicado en el departamento de Hunuco, provincia de Pachitea, distrito de Umari. El
tramo del proyecto que se considera en este estudio es desde Tambillo hasta
Panacocha de 8.780 Km. El trazo de la carretera en todos los tramos se desarrolla con
pendientes suaves en mayor parte y en algunos tramos con gradientes pronunciadas,
en un terreno accidentado casi en su totalidad toda vez que la topografa del terreno es
la misma en el tramo por la topografa de la zona.
Presentan un ancho de calzada actual de 3.00 - 4.00 m conformada por poca
vegetacin en ambas mrgenes pero si en su totalidad con tierras agrcolas.
Durante el recorrido de la va se puede apreciar que existen problemas de ancho de
plataforma y drenaje, los cuales requieren construir obras de arte, para evitar el
colapso de la calzada.
Se ha determinado que las obras que el contratista realizar antes del mejoramiento
del camino vecinal en estudio ambiental son las siguientes:
La instalacin de campamentos, talleres, patios de mquinas, oficinas.
La seleccin de zonas destinadas como posibles botaderos.
El mejoramiento de las vas de acceso a las zonas de prstamo de material y
fuentes de agua.
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
5/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
5
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
1.3. OBJETIVOS
1.3.1.
Objetivo GeneralIdentificar, evaluar los impactos ambientales y sociales y proponer medidas de
manejo ambiental y social que permitan prevenir, evitar y/o mitigar los
potenciales impactos ambientales y sociales que podran generarse debido a la
REHABILITACION Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA - HUANUCO,
basado en el cumplimiento del marco regulatorio e institucional vigente.
1.3.2.
Objetivos EspecficosSon objetivos especficos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) los siguientes:
Cumplir con el marco jurdico y/o reglamentacin de carcter nacional de
inters, respecto a las consideraciones de proteccin ambiental y social,
relacionadas con el Proyecto.
Describir las caractersticas tcnicas de la optimizacin del Proyecto,
considerando las obras y actividades a llevar a cabo durante la construccin
y operacin, particularmente aquellas que pudieran causar algn efectosobre los medios natural y humano en el mbito de intervencin.
Describir el estado actual del mbito de influencia del proyecto en los
aspectos fsico, bitico, socioeconmico y cultural; a fin de tener
conocimiento del estado de los recursos del medio natural y humano,
previo a la insercin del Proyecto.
Identificar, dimensionar y evaluar los impactos ambientales y sociales, que
podran ser ocasionados por la construccin, operacin y cierre del
Proyecto.
Disear un plan integral de manejo ambiental y social, donde se
especifiquen las medidas de prevencin, correccin y/o mitigacin, que
garanticen la ptima gestin ambiental y social del proyecto; incluyndose
adems, los planes de contingencia y de cierre o abandono.
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
6/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
6
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
1.4. METODOLOGA DEL EIA
El EIA se realiz sobre la base del anlisis de la normativa legal vigente, el anlisis dedetalle de la ingeniera del proyecto y del conocimiento de los aspectos fsicos,
biolgicos, socioeconmicos y culturales en el mbito geogrfico del rea de influencia
del proyecto.
El EIA se desarroll considerando las fases siguientes:
1.4.1. Fase pre gabinete
Esta fase consisti en la realizacin del planeamiento y estandarizacin de la
metodologa especfica para cada uno de los componentes del estudio (Lnea BaseFsica, Biolgica y Socioeconmica y Cultural), as como la recopilacin de
informacin secundaria existente. Para ello, se analiz en detalle los alcances de la
normatividad relacionada con el proyecto. As mismo se estableci las reas de
evaluacin, considerando el rea de influencia directa (AID) y rea de influencia
indirecta (AII).
1.4.2. Fase de campo
Esta fase consisti en la realizacin de la evaluacin del mbito del proyecto, atravs de inspecciones y registros in situ (muestras y/o colectas) para los
aspectos fsico y biolgico; as como, entrevistas a los actores sociales y a la
poblacin local con interrelacin en el desarrollo del proyecto. Se consider la
evaluacin estacional (seca y hmeda) de las variables ambientales ms sensibles,
relacionados con el componente biolgico y calidad de agua.
1.4.3. Fase de gabinete
En esta fase se articul e integr la informacin referida a la normatividad
nacional vigente en relacin con el proyecto, la descripcin del proyecto, as como
la informacin del mbito de influencia del proyecto, desarrollando y
describiendo la lnea base del componente fsico, biolgico y socioeconmico y
cultural. Se identificaron los impactos ambientales y sociales potenciales, as
como, se defini el Plan de Manejo donde se establecen las medidas para evitarlos
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
7/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
7
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
y/o minimizarlos, incluyendo adems, al Plan de Contingencias y Plan de
Abandono.
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
8/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
8
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
II . MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL
2.1.
GENERALIDADES
El Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO
DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO - PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA
DE PACHITEA HUNUCO, ha sido elaborado teniendo en consideracin el marco
jurdico nacional correspondiente a la proteccin ambiental y la normativa de los
procesos administrativos correspondientes MINAM, incidiendo en el sub sector
Transporte y comunicaciones.
2.2. MARCO LEGAL
La elaboracin y anlisis del marco legal para el presente proyecto sobre materia de
proteccin ambiental, parte del estudio de normas de carcter general y normas de
carcter especfica, expedidas por las instituciones del Estado, las mismas que tienen
como principio tuitivo la proteccin del hombre sobre cualquier otro aspecto.
Normas Generales: Son aquellas normas de carcter general, promulgadas en
su mayora por el Presidente de la Repblica y el Congreso de la Repblica.
Normas Especficas: Es el ordenamiento jurdico expedido para la proteccin
del ambiente de los efectos de ciertas actividades productivas. Este tipo de
normas son emitidas para los diferentes sectores productivos, como minera,
electricidad, agricultura; orientado a la conservacin del ecosistema, fauna,
flora, recursos ictiolgicos, recursos hdricos, procesos ecolgicos esenciales,
entre otros.
2.2.1. Normas Generales
2.2.1.1. En relacin al Derecho y a la Conservacin Ambiental
La Constitucin Poltica del Per, es la norma legal de mayor jerarqua en
nuestro pas. En ella se resalta que es deber primordial del Estado garantizar el
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
9/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
9
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para
el desarrollo de su vida; constituyendo un derecho humano fundamental y
exigible de conformidad con los compromisos internacionales suscritos por el
Estado, conforme se describe en el numeral 22, del Art. 2. Es necesario
mencionar, que en el Ttulo III Del Rgimen Econmico, Captulo II Del
Ambiente y los Recursos Naturales, Art. 67, establece que el Estado
determina la poltica nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus
recursos naturales.
De acuerdo a lo precedentemente sealado, la Ley General del Ambiente, Ley
N 28611, es el ms claro ejemplo de la poltica que maneja el Estado en
materia ambiental, la cual seala en el Ttulo Preliminar, Art. 1, el derecho
irrenunciable de toda persona a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y
adecuado para el pleno desarrollo de la vida; y el deber de contribuir a una
efectiva gestin ambiental y de proteger el ambiente, as como sus
componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma
individual y colectiva, la conservacin de la diversidad biolgica, el
aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo
sostenible del pas.
En el Ttulo I, Poltica Nacional del Ambiente y Gestin Ambiental, captulo I,
Aspectos Generales, Art. 1, seala a esta ley como la norma ordenadora del
marco normativo legal para la gestin ambiental en el Per, para lo cual
seala en su Art. 3, que el Estado, a travs de sus entidades y rganos
correspondientes, disea y aplica las polticas, normas, instrumentos,
incentivos y sanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio
de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades
contenidas en la ley. Ello adems debemos de concordarlo con el Decreto
Supremo N 012-2009-MINAM norma que aprueba la Poltica Nacional del
Ambiente. Ambas son lineamientos polticos planteados va normas legales.
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
10/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
10
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
2.2.1.2. En relacin a la Autoridad Competente
El Reglamento de la Ley N 28245, Ley Marco del Sistema de Gestin
Ambiental aprobado por el Decreto Supremo N 008-2005-PCM, al tratar sobre
las Competencias Ambientales, se sujeta a lo establecido en la ley respecto de
los rganos Ambientales Sectoriales, precisando que las dems entidades del
Estado, ejercen sus funciones apoyando el desarrollo de las actividades de
gestin ambiental en el marco del Sistema Nacional de Gestin Ambiental, de la
Constitucin y de sus respectivas Leyes Orgnicas o de creacin.
Por su parte la Ley del Sistema Nacional de Evaluacin del Impacto Ambiental,
Ley N 27446 y su reglamento recientemente aprobado va el Decreto
Supremo N 019-2009-MINAM, establece la categorizacin ambiental de un
proyecto en funcin al riesgo y a los impactos derivados del mismo.
Tambin seala que las normas sectoriales respectivas seguirn siendo
aplicables en tanto no se opongan a esta nueva norma y las autoridades
competentes para el cumplimiento de esta ley, son las mismas autoridades
ambientales nacionales y sectoriales con competencias ambientales
(Ministerios). Para la aplicacin de esta ley se requiere de la aprobacin del
reglamento correspondiente; por lo cual, los sectores continuarn aplicando su
normativa sectorial hasta que se dicte el reglamento.
Se hace necesario mencionar, que an est en vigencia lo que establece La Ley
Marco para el Crecimiento de la Inversin Privada, Decreto Legislativo N 757,
donde se define que los Estudios de Impacto Ambiental sern realizados por
empresas o instituciones pblicas y privadas, que se encuentren debidamente
calificadas e inscritas en el registro del respectivo sector y ello se concuerda
con la Ley General del Ambiente Ley N 28611 y la Ley del Sistema de
Evaluacin de Impacto Ambiental Ley N 27446.
En virtud a todas las consideraciones legales y la aplicacin normativa,
corresponde sealar que el Proyecto REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO
DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO - PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI,
PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO, corresponde a la actividad de Vas de
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
11/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
11
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
Comunicacin, siendo por tanto el ente competente el Ministerio de
Transporte y Comunicaciones (MTC).
2.2.2. Normas Especficas
2.2.2.1. Sobre Expropiaciones
Ley que Facilita la Ejecucin de Obras Pblicas Viales Ley N 27628 del
09-01-2002.Regula la adquisicin de inmuebles afectados por trazos de vas
pblicas mediante trato directo o expropiacin y para los casos de concesin
de infraestructura vial, se faculta a las concesiones efectuar el trazo directo
para la adquisicin de los inmuebles. La ley dispone que la adquisicin de
inmuebles afectados por trazos de vas pblicas y por concesin de
infraestructura pblica vial, se realice por trato directo entre la entidad
ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley
General de Expropiaciones.
Ley General de Expropiacin Ley N 27117 del 20-05-1999.Esta Ley en su
Art. 2 menciona que la expropiacin consiste en la transferencia forzosa del
derecho de propiedad privada, autorizada nicamente por la ley expresa del
Congreso a favor del Estado, a iniciativa del Poder Ejecutivo, Regiones, o
Gobiernos Locales y previo pago en efectivo de la indemnizacin justipreciada
que incluya compensacin por el eventual perjuicio.
En el Art. 3 dispone que el nico beneficiado de una expropiacin sea el
Estado. El Art. 7 menciona que todos los procesos de expropiacin que se
dispongan, al amparo de lo dispuesto en el presente artculo deben ajustarse a
lo establecido en la presente Ley. El Art. 9 est referido al trato directo, donde
se establecen mecanismos para acceder al trato directo, as como los
respectivos pasos para enmarcar los acuerdos a la Ley.
El Art. 10 establece la naturaleza del sujeto activo de la expropiacin y el Art.
11 la del sujeto pasivo de la expropiacin. El Art. 15 est referido a la
indemnizacin justipreciada, la misma que por un lado comprende el valor de
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
12/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
12
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
tasacin comercial debidamente actualizado del bien que se expropia y por
otro, la compensacin que el sujeto activo de la expropiacin debe abonar en
caso de acreditarse fehacientemente daos y perjuicios para el sujeto pasivo
originados inmediata, directa y exclusivamente por la naturaleza forzosa de la
transferencia. En este mismo Artculo, se menciona que la indemnizacin
justipreciada no podr ser inferior al valor comercial actualizado, ni exceder de
la estimacin del sujeto pasivo.
El Art. 16 establece que el valor del bien se determinar mediante tasacin
comercial actualizada que ser realizada exclusivamente por el Consejo
Nacional de Tasaciones.
El Art. 19 referente a la forma de pago, establece que la consigna de la
indemnizacin justipreciada, debidamente actualizada, se efectuar
necesariamente en dinero y en moneda nacional y dems alcances
relacionados a la indemnizacin justipreciada.
2.2.2.2. Sobre Calidad del Aire
Lmites Mximos Permisibles y Estndares de Calidad Ambiental (D.S. N
074-2 001- PCM, del 24.06.01). El Reglamento de Estndares Nacionales de
Calidad de Aire, establece los valores correspondientes para los Estndares
Nacionales de Calidad Ambiental de Aire y los valores de trnsito que se
presentan en los Cuadros 2.1 y 2.2.
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
13/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
13
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
Cuadro 2.1: Estndares Nacionales de Calidad Ambiental de Aire
CONTAMINANTES Periodo
FORMAS DEL ESTANDAR
Mtodo deAnlisis
Valor
(g/)*
Valor
(ppm) Formato
Dixido de AzufreAnual 80
0.028 Media Aritmtica
anualFluorescencia UV
(Mtodo
automtico)24 horas 365 0.127
NE ms de 1 vez al
ao
PM-10
Anual 50
*** Media Aritmtica
anualSeparacin Inercial
/ filtracin(gravimetra)
24 horas 150 ***
NE ms de 3 veces al
ao
Monxido de
Carbono
8 Horas 10,000 8,730 Promedio mvil Infrarrojo no
dispersivo (NDIR)
Automtico1 hora 30,000 26,19
NE ms de 1 vez al
ao
Dixido de
Nitrgeno
Anual 100 0.053
Promedio
Aritmtica anualQuimiluminiscencia
(Mtodo
Automtico)1 hora 200 0.106
NE ms de 24 vecesal ao
Ozono 8 Horas 120NE ms de 24 veces
al aoFotomtrica UV
Plomo
Anual
Mtodo para PM 10
Mensual 1.5
NE ms de 4 veces al
ao
Sulfuro de
Hidrogeno 24 horas Fluorescencia UV
Fuente: D.S. N 074-2001-PCM y D.S. N 003-2008-MINAM.
* Todos los valores son concentraciones en microgramos por metro cbico.
** Valores obtenidos considerando condiciones normales de temperatura (25C), presin
(1 atm) y considerando respectivos pesos moleculares (PM).
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
14/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
14
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
*** No se expresa en estas unidades
NE: No exceder.
(1) El mtodo equivalente aprobado a ser determinado segn lo establecido en el Art. 5
del Reglamento.
Cuadro 2.2: Valores de Trnsito
Fuente: D.S. N 074-2001-PCM. Anexo 2, Valor de trnsito
2.2.2.3. Sobre Recursos Naturales
La ley N28611en su artculo 84 considera como recursos naturales a todos
los componentes de la naturaleza, susceptibles de ser aprovechados por el ser
humano para la satisfaccin de sus necesidades y que tengan un valor actual o
potencial en el mercado, conforme lo dispone la Ley. La misma Ley en el
artculo 85 define, que, el Estado promueve la conservacin y el
aprovechamiento sostenible de los recursos naturales a travs de polticas,
normas, instrumentos y acciones de desarrollo, as como, mediante el
otorgamiento de derechos, conforme a los lmites y principios expresados en la
presente Ley y en las dems leyes y normas reglamentarias aplicables.
Los recursos naturales son Patrimonio de la Nacin, solo por derecho otorgado
de acuerdo a la ley y al debido procedimiento pueden aprovecharse los frutos o
productos de los mismos, salvo las excepciones de ley. El Estado es competente
para ejercer funciones legislativas, ejecutivas y jurisdiccionales respecto de los
recursos naturales.
La Autoridad Ambiental Nacional, en coordinacin con las autoridades
ambientales sectoriales y descentralizadas, elabora y actualiza
permanentemente, el inventario de los recursos naturales y de los servicios
ambientales que prestan estableciendo su correspondiente valorizacin.
CONTAMINANTES PERIODOFORMA DEL ESTANDAR
VALOR FORMATO
PM-10Anual 80 Media Aritmtica anual
24 Horas 200 NE ms de 3 veces al ao
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
15/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
15
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
Convenio sobre Diversidad Biolgica (CDB). Mediante esta Resolucin N
26181 del 11-05-1993, se incorpora a nuestra legislacin nacional el Convenio
sobre Diversidad Biolgica, cuyo objetivo es: La conservacin de la diversidad
biolgica, la utilizacin sostenible de sus componentes y la participacin justa
y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilizacin de los recursos
genticos, mediante, entre otros aspectos, un acceso adecuado a esos recursos
y una transferencia apropiada de las tecnologas pertinentes, teniendo en
cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologas, as como
mediante una financiacin apropiada (Art. 1).
En este convenio se abordan aspectos medulares relativos a soberana;
conservacin in situ y ex situ; utilizacin sostenible de los componentes;
evaluacin del impacto; acceso a recursos genticos y tecnologa; transferencia
tecnolgica; intercambio de informacin; gestin de la biotecnologa y
distribucin de sus beneficios; entre otros puntos.
Ley Orgnica de Aprovechamiento de los Recursos Naturales Ley N
26821, del 26-06-97. En su Artculo 2 se seala que esta Ley tiene por
objetivo promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales, renovables y no renovables, estableciendo un marco adecuado para
el fomento de la inversin, procurando un equilibrio dinmico entre el
crecimiento econmico, la conservacin de los recursos naturales y del
ambiente y el desarrollo integral de la persona humana.
En el Artculo 5 se seala que los ciudadanos tienen derecho a ser informados
y a participar en la definicin y adopcin de polticas relacionadas con la
conservacin y uso sostenible de los recursos naturales. Adems, se les
reconoce el derecho de formular peticiones y promover iniciativas de carcter
individual o colectivo ante las autoridades competentes (Art. 5). La norma
seala las condiciones para el aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales, precisando que los recursos naturales deben utilizarse en forma
sostenible, lo cual implica que su manejo debe ser racional (Art. 28). Por tanto,
el otorgamiento de derechos sobre los recursos naturales no es absoluto ya
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
16/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
16
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
que se encuentra sujeto a condiciones por parte del titular del derecho. Estas
condiciones, sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales, son las siguientes
(Art.29):
Utilizar el recurso natural para los fines para los que fue otorgado,
garantizando el mantenimiento de los procesos ecolgicos esenciales.
Cumplir con las obligaciones dispuestas por la legislacin especial
respectiva.
Cumplir con los procedimientos de evaluacin de impacto ambiental y
los planes de manejo correspondiente, establecido en la legislacin de la
materia.
Cumplir con la respectiva retribucin econmica, de acuerdo a las
modalidades establecidas en la legislacin correspondiente.
En caso de incumplimiento con estas condiciones se determinar la caducidad
del derecho, ello de acuerdo a lo establecido en los procedimientos sealados
en las leyes especiales. Dicha caducidad implica la reversin al Estado del
derecho de aprovechamiento concedido, lo cual opera desde el momento de la
inscripcin de la cancelacin del ttulo correspondiente.
Cabe sealar que, la retribucin econmica que debe abonarse por la
explotacin de los recursos naturales se encuentra regulada por la legislacin
del canon (Ley 27406 modificada por Ley 27763 y su respectivo reglamento
D.S. 004-2002-EF).
Ley de la Conservacin de la Diversidad Biolgica Ley N 26839 del 16-
07-1997. Esta ley regula lo relativo a la conservacin de la diversidad
biolgica y la utilizacin sostenible de sus componentes, en concordancia con
los artculos 66 y 68 de la Constitucin Poltica del Per. Adems, promueve
la conservacin de la diversidad de ecosistemas, especies y genes, el
mantenimiento de los procesos ecolgicos esenciales, la participacin justa y
equitativa de los beneficios que se deriven de la utilizacin de la diversidad
biolgica, y el desarrollo econmico del pas basado en el uso sostenible de sus
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
17/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
17
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
componentes, en concordancia con el Convenio de las Naciones Unidas sobre
Diversidad Biolgica.
Estrategia Nacional de la Diversidad Biolgica. En el D.S. N 102-2001-PCM
del 05-09-2001 se menciona que la diversidad biolgica peruana es patrimonio
natural de la Nacin; que, por Resolucin Legislativa N 26181 y en
concordancia con el Ttulo III, Captulo II de la Constitucin Poltica del Per,
relativo al Ambiente y los Recursos Naturales, se ratific el Convenio sobre la
Diversidad Biolgica, el cual regula lo relativo a la conservacin de la
diversidad biolgica, utilizacin sostenible de sus componentes y la
distribucin justa y equitativa de los beneficios por su uso.
Se menciona que la estrategia nacional es de obligatorio cumplimiento y debe
ser incluida en las polticas, planes y programas sectoriales.
2.2.2.4. Sobre vegetacin, flora y fauna
Ley 28611 Ley General del Ambiente, En relacin a recursos forestales y de
fauna silvestre define, que:
El Estado establece una poltica forestal orientada por los principios de
la presente Ley, propiciando el aprovechamiento sostenible de los
recursos forestales y de fauna silvestre, as como la conservacin de los
bosques naturales, resaltando sin perjuicio de lo sealado, los principios
de ordenamiento y zonificacin de la superficie forestal nacional, el
manejo de los recursos forestales, la seguridad jurdica en el
otorgamiento de derechos y la lucha contra la tala y caza ilegal.
El Estado promueve y apoya el manejo sostenible de la fauna y flora
silvestre, priorizando la proteccin de las especies y variedades
endmicas y en peligro de extincin, en base a la informacin tcnica,
cientfica, econmica y a los conocimientos tradicionales.
Aprueban categorizacin de especies amenazadas de fauna silvestre y
prohben su caza captura, tenencia, transporte o exportacin con fines
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
18/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
18
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
comerciales. El D.S. N 034-2004-AG decreta que categorizacin de especies
amenazadas de fauna silvestre, distribuidas indistintamente en las siguientes
categoras: en peligro crtico, en peligro, vulnerable y casi amenazado;
especificando la prohibicin de caza, captura, tenencia, transporte o
exportacin con fines comerciales de todos los especmenes, productos y/o
subproductos de las especies amenazadas de fauna silvestre. Con fines de
difusin cultural la caza, captura o exportacin solo procede con la
autorizacin del INRENA. De la misma forma se establece que la caza o colecta
cientfica de los especmenes amenazadas, categorizadas en peligro crtico u en
peligro, son autorizadas por el INRENA, siempre que se contribuya a la
conservacin de dichas especies y cuando sea de inters y beneficio de la
Nacin.
Ley Forestal y de Fauna Silvestre. La Ley N 27308, promulgada el 16-07-
2000, indica que el Estado promueve el manejo de los recursos forestales y de
fauna silvestre en el territorio nacional, determinando su rgimen de uso
racional mediante la transformacin y comercializacin de los recursos que se
deriven de ellos; norma la conservacin de los recursos forestales y de la fauna
silvestre, y establece el rgimen de uso, transformacin y comercializacin de
los productos que se deriven de ellos.
Le corresponde al Ministerio de Agricultura normar, promover el uso
sostenible y conservacin de los recursos forestales y de la fauna silvestre. El
Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) es el encargado de la
gestin y administracin de los recursos forestales y de fauna silvestre a nivel
nacional. Por otro lado, las tierras cuya capacidad de uso es forestal, con
bosques o sin ellos, no podrn ser utilizadas con fines agropecuarios u otras
actividades que afecten la cobertura vegetal, el uso sostenible y la
conservacin del recurso forestal, cualquiera que sea su ubicacin en el
territorio nacional.
Ley de reas Naturales Protegidas Ley N 26834 del 04-05-1997.Norma
los aspectos relacionados con la gestin de las reas Naturales Protegidas y su
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
19/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
19
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
conservacin de conformidad con el artculo 68 de la Constitucin Poltica del
Per.
Las reas Naturales Protegidas son los espacios continentales y/o marinos del
territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales,
incluyendo sus categoras y zonificaciones, para conservar la diversidad
biolgica y dems valores asociados de inters cultural, paisajstico y cientfico,
as como por su contribucin al desarrollo sostenible del pas.
2.2.2.5. Normas sobre Evaluacin de Impacto Ambiental
Ley de Evaluacin de Impacto Ambiental para Obras y Actividades, Ley N
26786. La cual modifica los artculos 51 y 52 de la Ley Marco para el
Crecimiento de la Inversin Privada Decreto Ley N 757, sealando en el Art.
1 que la Autoridad Sectorial competente debe comunicar al Consejo Nacional
del Ambiente ahora Ministerio del Ambiente (MINAM), sobre las actividades a
desarrollarse en su sector, que por su riesgo ambiental, pudieran exceder los
niveles o estndares tolerables de contaminacin o deterioro del ambiente, las
que obligatoriamente debern presentar Estudios de Impacto Ambiental
previos a su ejecucin y, sobre los lmites mximos permisibles del impacto
ambiental acumulado. Asimismo, establece que la autoridad sectorial
competente propondr al MINAM los requisitos para la elaboracin de los
Estudios de Impacto Ambiental y Programas de Adecuacin del Manejo
Ambiental, as como, el trmite para la aprobacin y la supervisin
correspondiente a dichos estudios.
Ley General del Ambiente Ley N 28611. Se concuerda con la Ley Marco del
Sistema Nacional de Gestin Ambiental, Ley N 28245, la misma que tiene
como objetivo asegurar el ms eficaz cumplimiento de los objetivos
ambientales de las entidades pblicas, fortalecer los mecanismos de
transectorialidad en la gestin ambiental. Se definen los diversos mecanismos
de participacin ciudadana, se seala que las instituciones pblicas a nivel
nacional, regional y local administrarn la informacin ambiental en el marco
de las orientaciones del Sistema Nacional de Informacin Ambiental. En
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
20/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
20
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
cumplimiento con las disposiciones de las normas sealadas, se elabora la
modificacin del EIA del Proyecto en base a las exigencias sealadas por el
MINAM y de los dems organismos intervinientes en el proceso.
De manera complementaria a la Ley N 26786, se dict el Decreto Supremo N
056-97 PCM, en el cual se estableca que los casos en que la aprobacin de los
Estudios de Impacto Ambiental y Programa de Adecuacin de Manejo
Ambiental requerirn la opinin tcnica del INRENA, hoy dicho Decreto
Supremo tiene una derogacin tcita en el extremo de lo que seala el Decreto
Supremo N 004-2010-MINAM, norma que precisa la obligacin de solicitar
opinin tcnica previa vinculante en defensa del patrimonio natural de las
reas Naturales Protegidas, como paso previo, a su aprobacin por la
autoridad sectorial competente, cuando las actividades y opciones que
modifiquen el estado natural de los recursos naturales renovables, se refieran
a:
Alteracin en el flujo y/o calidad de las aguas superficiales y
subterrneas, represamientos y canalizacin de cursos de agua,
remocin del suelo y de la vegetacin, alteracin del hbitat de fauna
silvestre, uso del suelo para el depsito de materiales no utilizables
(relaves, desechos industriales, desechos peligrosos o txicos),
desestabilizacin de taludes, alteracin de fajas marginales (ribereas) y
deposicin de desechos en el ambiente lntico (lagos y lagunas).
Al respecto, se precisa que segn lo establecido por Decreto Supremo N 030-
2008-AG, se establece la fusin del INRENA al INADE en el Ministerio de
Agricultura, siendo ste ltimo el ente absorbente. As se establece, como lo
sealramos en pginas precedentes, en su artculo 1 que toda referencia
hecha a la intendencia Forestal y de Fauna Silvestre y a la Oficina de Gestin
Ambiental Transectorial, Evaluacin e Informacin de Recursos Naturales, de
las competencias, fusiones y atribuciones que stas venan ejerciendo, se
entender como efectuada al Ministerio de Agricultura (MINAG). El proceso de
fusin fue hasta el 31 de diciembre del 2008; concluidos el proceso el INRENA
queda extinguido.
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
21/122
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
22/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
22
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
Ministerios u organismos reguladores o de fiscalizacin contemplados en
el artculo 6 de la Ley
Direccin General de Capitanas y Guardacostas del Ministerio de
Defensa
Municipalidades provinciales y distritales
Se seala, que el manejo de los residuos que realiza toda persona deber ser
sanitaria y ambientalmente adecuado de manera tal de prevenir impactos
negativos y asegurar la proteccin de la salud, con sujecin a los lineamientos
de poltica establecidos en el artculo 4 de la ley.
Tambin indica que todo generador est obligado a acondicionar y almacenar
en forma segura, sanitaria y ambientalmente adecuada los residuos, previo a
su entrega a la EPS RS, o a la EC RS o municipalidad, para continuar con su
manejo hasta su destino final.
Se establece que los vehculos utilizados en el transporte de residuos
peligrosos slo podrn usarse para dicho fin salvo que sean utilizados para el
transporte de sustancias peligrosas de similares caractersticas y de
conformidad con la normatividad que el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones emite al respecto.
Ley que Regula el Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos Ley N
28256 del 18-06-2004. Tiene por objeto regular las actividades, procesos y
operaciones del transporte terrestre de los materiales y residuos peligrosos,
con sujecin a los principios de prevencin y de proteccin de las personas, el
medio ambiente y la propiedad.
2.2.2.7. Sobre extraccin de materiales en canteras y/o cauces
Aprovechamiento de canteras de materiales de construccin D.S. N 037-
96-EM, del 25-11-1996.Este Decreto Supremo establece en sus artculos 1 y
2, que las canteras de materiales de construccin utilizadas exclusivamente
para la construccin, rehabilitacin o mantenimiento de obras de
infraestructura que desarrollan las entidades del Estado directamente o por
contrata, ubicadas dentro de un radio de veinte kilmetros de la obra o dentro
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
23/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
23
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
de una distancia de hasta seis kilmetros medidos a cada lado del eje
longitudinal de las obras, se afectarn a stas durante su ejecucin y formarn
parte integrante de dicha infraestructura. Igualmente las Entidades del Estado
que estn sujetos a lo mencionado anteriormente, previa calificacin de la obra
hecha por el MTC, informarn al registro pblico de Minera el inicio de la
ejecucin de las obras y la ubicacin de stas.
Ley que regula el derecho por extraccin de materiales de los lveos o
cauces de los ros por las Municipalidades Ley N 28221, del 11-05-2004.
Esta Ley deja sin efecto al D.S. N 013-97-AG. Reglamento de la Ley N 26737,
que regulaba la explotacin de materiales que acarrean y depositan las aguas
en sus lveos o cauces, y complementa lo dispuesto en el Numeral 9 del Art.
69 de la Ley Orgnica de Municipalidades, Ley N 27972, del 06-05-2003.
En efecto, el D.S. N 013-97-AG. Reglamento de la Ley N 26737, que regulaba
la explotacin de materiales que acarrean y depositan las aguas en sus lveos o
cauces. Estableca que la autoridad de aguas es la nica facultada para otorgar
los permisos de extraccin de los materiales que acarrean y depositan en sus
lveos o cauces, priorizando las zonas de extraccin en el cauce, previa
evaluacin tcnica efectuada por el administrador tcnico del distrito de riego
correspondiente. Tambin sealaba la obligacin del titular de, concluida la
extraccin, reponer a su estado natural la ribera utilizada para el acceso y
salida a la zona de explotacin.
Como se puede apreciar, en dicho Reglamento se estableca la competencia
para el otorgamiento de los permisos de extraccin de los materiales que
acarrean y depositan en sus lveos o cauces, y no se precisaba si se tena que
pagar o no por la extraccin de dichos materiales, y a quin le corresponda
cobrar por los derechos respectivos. Este aspecto se corrige con la nueva Ley
Orgnica de Municipalidades, Ley N 27972, del 06-05-2003, donde en el
Numeral 9 del Art. 69, correspondiente a las Rentas Municipales, se establece
que: Los derechos por la extraccin de materiales de construccin ubicados
en los lveos y cauces de los ros y canteras localizadas en su jurisdiccin,
conforme a ley, son rentas municipales.
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
24/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
24
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
2.2.2.8. Normas sobre salud
Ley General de Salud, Ley N 26842. Es la principal norma encargada del
cuidado de la salud y bienestar de la poblacin y la persona, establece que la
salud es condicin indispensable del desarrollo humano y medio fundamental
para alcanzar el bienestar individual y colectivo. Por tanto, es responsabilidad
del Estado regularla, vigilarla y promoverla. En el Art. 103 se indica que la
proteccin del ambiente es responsabilidad del Estado y de las personas
naturales y jurdicas, los que tienen la obligacin de mantenerlo dentro de los
estndares que para preservar la salud de las personas, establece la Autoridad
de Salud competente. En el Art. 104, se seala que toda persona natural o
jurdica est impedida de efectuar descargas de desechos o sustancias
contaminantes en el agua, el aire o el suelo, sin haber adoptado las
precauciones de depuracin en la forma que sealan las normas sanitarias y de
proteccin del ambientes se acatar lo indicado en esta Ley, para todas las
actividades que realice respecto al Proyecto REHABILITACIN Y
MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO - PANACOCHA, DISTRITO
DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO,
2.2.2.9.
Normas sobre participacin ciudadana
Aprueban Reglamento de Consulta y Participacin Ciudadana en el
Proceso de Evaluacin Ambiental y Social en el Subsector Transportes
MTCR.D. N 006-2004-MTC/16. Aprueba el Reglamento de Consulta y
Participacin Ciudadana en el Proceso de Evaluacin Ambiental y Social en el
Subsector Transportes norma la participacin de las personas naturales,
organizaciones sociales, titulares de proyectos de infraestructura de
transportes, y autoridades, en proyectos de construccin, mantenimiento y
rehabilitacin; as como en el procedimiento de Declaracin de Impacto
Ambiental, Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIAsd) y detallado
(EIAd), con la finalidad de mejorar el proceso de toma de decisiones en
relacin a los proyectos.
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
25/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
25
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
Si bien, an no se ha expedido el reglamento que regule la Ley del Sistema
Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental (Ley 274469) y no se ha emitido
el reglamento de proteccin ambiental del sector transportes, se est haciendo
referencia a las categoras de DIA, EIAsd y EIAd en funcin a la normativa a ser
prontamente promulgada en esta materia.
A su vez, se ha establecido que es requisito para la aprobacin de los EIAs, la
aplicacin de lo establecido en este reglamento de consulta y participacin
ciudadana.
Todo procedimiento de consulta debe ser llevado a cabo por especialistas de
las ciencias sociales (socilogos o antroplogos) con experiencia en el uso de
metodologas participativas. En el caso se trate de personas jurdicas, stas
debern estar inscritas en el Registro de Entidades Autorizadas para la
Elaboracin de Estudios de Impacto Ambiental en el Subsector Transportes y
su Reglamento (R.D. N 004-2003-MTC/16). La participacin de la ciudadana
en los procedimientos de consulta se lleva a cabo mediante las siguientes
modalidades:
Consulta Previa: Se prev esta modalidad de consulta en el caso de: a)
proyectos de construccin de nueva infraestructura de transporte; b)
proyectos que prevn la rehabilitacin de infraestructura que constituir
ejes multimodales de integracin, al verse modificado el trnsito tanto
cuantitativamente, como cualitativamente; c) para todo tipo de proyecto
que pueda significar alteracin permanente en la forma de vida de la
poblacin local. La Consulta Previa se desarrollar con modalidad de
talleres participativos, convocados por laDGASA, en coordinacin con la
Unidad Ejecutora del MTC a cargo del proyecto y sus autoridades
regionales.
Consulta Pblica General: Es un Acto Pblico que se llevar a cabo para
todo tipo de proyecto, tanto para aquellos que necesiten de una
Declaracin de Impacto Ambiental (DIA), as como para los Estudios de
Impacto Ambiental semidetallado (EIAsd) y Estudios de impacto
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
26/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
26
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
Ambiental detallados (EIAd). Est a cargo de la DGASA - MTC, en
coordinacin con la Unidad Ejecutora del proyecto y la entidad que
elabora el estudio.Se presentar a la ciudadana el Proyecto y el Estudio
de Impacto Ambiental en sus diferentes etapas y modalidades,
registrndose las observaciones que formulen los participantes de la
misma. Los proyectos que han contado con la Consulta Previa, llevarn a
cabo las consultas pblicas generales durante la ejecucin del Estudio.
Consultas especficas a propiedad afectada por el proyecto: Esta
consulta es de carcter especfica y orientada solamente a aquella
poblacin/propiedad privada o comunal, que se encuentre afectada por
la realizacin de un proyecto. Se deber ubicar con exactitud las
afectaciones de manera temprana y en etapa de estudios. Se definir de
manera precisa:
La condicin de la propiedad.
El perfil socio-econmico de los propietarios, a travs de encuestas
que sern coordinadas con la DGASA-MTC.
La problemtica de la afectacin.
Un Plan de compensacin, relocalizacin temporal, o
reasentamiento, con la finalidad de mantener o mejorar las
condiciones de vida de quienes se encuentran afectados por el
proyecto. Este Plan constar de medidas especficas, organizadas en
programas, que brindarn respuestas especficas para cada
situacin.
Para el desarrollo de estos procesos de participacin ciudadana, se debe
formular un Plan de Participacin Ciudadana el mismo que debe ser
aprobado por la DGASA. Dicho plan ser fruto de un trabajo de campo
previo y de la coordinacin estrecha con las autoridades locales del rea
de influencia del proyecto y con representantes de la sociedad civil:
gremios, sector privado, colegios profesionales y representantes de
poblacin organizada. En las zonas con poblacin indgena, se debern
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
27/122
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
28/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
28
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
soluciones y alternativas posibles, llegando a firmar un acta que de
constancia del proceso.
Durante la realizacin de los estudios se mantendrn otras
consultas de informacin sobre los avances y se espera la
retroalimentacin de los participantes.
Se evaluar el mejor medio de difusin del EIA, una vez terminado y
aprobado; as como se definir un lugar en el cual dejarlo
depositado.
2.3. MARCO INSTITUCIONAL
2.3.1. Gobiernos Centrales
2.3.1.1. Ministerio del Ambiente (MINAM)
Creado mediante el Decreto Legislativo N1013, cuya finalidad es la de
formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la poltica
nacional del ambiente aplicable a todos los niveles del gobierno. Garantizando
el cumplimiento de las normas ambientales, realizando funciones de
fiscalizacin, supervisin, evaluacin y control, as como ejercer potestadsancionadora en materia de su competencia y dirigir el rgimen de
fiscalizacin y control ambiental y el rgimen de incentivos previsto por la Ley
N 28611. Las coordinaciones para la implementacin de la poltica nacional
ambiental se realizarn a nivel nacional, regional y local.
El MINAM, a travs de su rgano adscrito el Servicio Nacional de reas
Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP se encarga de la conduccin de
la gestin del Sistema Nacional de reas Naturales Protegidas por el Estado
SINANPE. Esta se refiere al conjunto de reas Naturales Protegidas por el
Estado, en todas sus categoras, a cuya gestin se suman las instituciones
pblicas de nivel nacional, regional y municipal y todos los actores privados
vinculados a ellas. El SINANPE tiene como objetivo contribuir al desarrollo
sostenible del pas a travs de la gestin eficaz de reas naturales protegidas
que conservan muestras representativas de la diversidad biolgica,
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
29/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
29
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
garantizando el aporte de sus beneficios ambientales, sociales y econmicos a
la sociedad.
En la misma norma de creacin del MINAM en su Segunda Disposicin
Complementaria y Final se crea el Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin
Ambiental como un organismo pblico adscrito al MINAM la misma que tiene
la funcin de fiscalizacin ambiental y sancionar principalmente en los sub
sectores de minera, electricidad e hidrocarburos, todo ello adems en
concordancia con la Ley del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin
Ambiental Ley N 29325 y el Reglamento de Organizacin y Funciones de la
OEFA aprobado va el Decreto Supremo 022-2009-MINAM.
Servicio Nacional de reas Naturales Protegidas
Con la creacin del Ministerio del Ambiente (MINAM), mediante Decreto
Legislativo N 1013, tambin se establece la creacin del Servicio Nacional de
reas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo pblico
tcnico especializado con personera jurdica de derecho pblico interno,
constituyndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente,
as como, en el ente rector del Sistema Nacional de reas Naturales Protegidas
por el Estado (SINANPE) y su autoridad tcnica normativa.
En el Decreto Supremo N 006-2008-MINAM, del 15 de noviembre del 2008, se
public el Reglamento y Organizacin de Funciones (ROF) del SERNANP.
2.3.1.2. Ministerio de Agricultura (MAG)
Organismo central rector del Sector Agrario, se rige, entre otra normas, por el
Decreto Supremo N 031-2008-AG Reglamento de Organizacin y Funciones
del Ministerio de Agricultura, teniendo entre sus funciones principales el de
promover el desarrollo sostenido del Sector y entre sus principales funciones
podemos observar:
Formular, coordinar y evaluar las polticas nacionales, en materia de
preservacin y conservacin de los recursos naturales.
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
30/122
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
31/122
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
32/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
32
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
aprobacin, ejecucin y supervisin de la infraestructura de transportes y
comunicaciones. Para tal efecto, dicta normas de alcance nacional y supervisa
su cumplimiento.
El D.S. 041-2002-MTC Reglamento de Organizacin y Funciones de la Direccin
General de Asuntos Socio-Ambientales (DGASA). Esta Direccin General ha
recibido el encargo de velar por el cumplimiento de las normas de
conservacin del medio ambiente del subsector, con el fin de garantizar el
adecuado manejo de los recursos naturales durante el desarrollo de las obras
de infraestructura de transporte; as como de conducir los procesos de
expropiacin y reubicacin que las mismas requieran.
Son funciones de la DGASA las siguientes:
Formular y proponer polticas, estrategias y proyectos de normas socio-
ambientales para el subsector.
Proponer programas y planes de manejo socio-ambiental para el
subsector.
Evaluar, aprobar y supervisar socio-ambientalmente los proyectos de
infraestructura de transporte en todas sus etapas.
Emitir opinin tcnica especializada sobre asuntos socio-ambientales en
el subsector Transportes.
Promover el mantenimiento de una base de datos de asuntos socio-
ambientales.
Coordinar con los rganos pertenecientes al subsector transportes, as
como con otras entidades del estado, asuntos relacionados con la gestin
socio-ambiental del subsector.
Expedir Resoluciones Directorales que por atribucin y responsabilidad
correspondan a la Direccin General.
Internamente la DGASA cuenta con los siguientes rganos de Lnea:
Direccin de Evaluacin Socio-Ambiental
Direccin de Expropiaciones y Reasentamientos
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
33/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
33
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
La Direccin de Evaluacin Socio-Ambiental se encarga de velar por que los
Estudios de Impacto Social y Ambiental del Subsector Transportes garanticen
un adecuado manejo de los recursos naturales y un mnimo impacto social
durante el desarrollo de las obras de infraestructura de transporte. A esta
Direccin le corresponde evaluar y aprobar los Estudios de Impacto Social y
Ambiental, as como otros instrumentos de gestin, para el desarrollo de
actividades del Subsector Transportes; as como fiscalizar su cumplimiento.
Asimismo, se encarga de conducir el registro de entidades autorizadas a
elaborar estos estudios, la misma que fue creada por RM N 116-2003-MTC-02
en concordancia con la R.D N 004-2003-MTC-16. Se le ha encargado la tarea
de proponer trminos de referencia, guas tcnicas y otros documentos
tcnicos normativos relacionados con aspectos socio-ambientales, necesarios
para la ejecucin de estudios y obras en proyectos del Subsector Transportes.
La Direccin de Expropiaciones y Reasentamientos es responsable de conducir
los procesos de expropiacin de predios y reasentamientos que sean
necesarios para el desarrollo de las obras del subsector. Le corresponde, entre
otras funciones, coordinar con las dependencias e instituciones
correspondientes, las acciones conducentes a la ejecucin de las
expropiaciones y reasentamientos, encargndose de su supervisin en todas
sus etapas.
2.3.1.6. Organismo Supervisor de la Inversin en Infraestructura de Transporte
de Uso Pblico (OSITRAN)
La Ley de Supervisin de la Inversin Privada en Infraestructura del
Transporte de Uso Pblico y Promocin de los Servicios de Transporte Areo
cre el Organismo Supervisor de la Inversin en Infraestructura de Transporte
de Uso Pblico (OSITRAN) como organismo pblico descentralizado adscrito al
Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccin.
Dentro de los objetivos OSITRAN se encuentra el correspondiente a velar por
el cabal cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos de
concesin vinculados a la infraestructura pblica nacional de transporte.
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
34/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
34
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
Entre las principales funciones de OSITRAN se encuentran:
Administrar, fiscalizar y supervisar los contratos de concesin con
criterios tcnicos desarrollando todas las actividades relacionadas al
control posterior de los contratos bajo su mbito.
Adoptar las medidas correctivas y aplicar sanciones sobre las materias
que son de su competencia o que le han sido delegadas.
Velar por el cumplimiento de las normas sobre contaminacin ambiental
en la explotacin de la infraestructura pblica de transporte, con
excepcin de aquellos aspectos que por ley corresponden al mbito de
responsabilidad de otras autoridades.
A su vez, dentro del Reglamento General del OSITRAN, se ha sealado la
funcin de supervisin de esta entidad en materia de cumplimiento de
obligaciones ambientales. A este respecto, se ha sealado que el OSITRAN
podr velar por el cumplimiento de las normas de proteccin al medio
ambiente referidas a las actividades que son objeto de su competencia, con
excepcin de aquellos aspectos que por Ley correspondan al mbito de
responsabilidad de otras autoridades.
A su vez, las controversias o conflictos en materia ambiental en las actividades
dentro del mbito de su competencia quedan sujetas a la funcin de solucin
de controversias de OSITRAN; salvo cuando se trata de asuntos
intersectoriales en cuyo caso ser competente al MINAM.
2.3.2. Gobiernos Regionales
Los gobiernos regionales, tienen autonoma poltica, econmica y administrativa
en los asuntos de su competencia; coordinan con las municipalidades sin
interferir sus funciones y atribuciones.
Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economa regional,
fomentan las inversiones, actividades y servicios pblicos de su responsabilidad,
armona con las polticas nacionales y locales de desarrollo.
Las competencias exclusivas de los gobiernos regionales, que son de inters para
el Proyecto, son las siguientes:
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
35/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
35
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
Planificar el desarrollo integral de su regin; para cuyo efecto formula y
aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado; en armona con el Plan
Nacional de Desarrollo.
Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la
agricultura, la agroindustria, la artesana, la actividad forestal y otros
sectores productivos, de acuerdo a sus potencialidades.
Administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del
Estado en su jurisdiccin, con excepcin de los terrenos de propiedad
municipal.
Dictar las normas sobre los asuntos o materias de su responsabilidad.
Promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad.
Por su parte, las competencias regionales de carcter compartido, que son de
inters del Proyecto, son:
Promocin, gestin y regulacin de actividades econmicas y productivas
en su mbito y nivel correspondientes a los sectores transportes y
comunicaciones y medio ambiente (entre otros).
Gestin sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad
ambiental.
Preservacin y administracin de las reas naturales protegidas regionales.
Salud pblica.
Competitividad regional y la promocin del empleo productivo en todos los
niveles, concertando los recursos pblicos y privados.
Participacin ciudadana, alentando la concertacin entre los intereses
pblicos y privados en todos los niveles.
Debemos sealar que el tramo comprendido en el Proyecto es calificado como
carretera nacional, por tanto no son relevantes las normas que establecen reglas
aplicables a infraestructura vial regional.
Ahora bien, en particular, en lo relativo a funciones en materia ambiental y de
ordenamiento territorial, y en el marco de los aspectos de inters del Proyecto, los
gobiernos regionales son competentes para:
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
36/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
36
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los
planes y polticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en
concordancia con los planes de los Gobiernos Locales.
Implementar el sistema regional de gestin ambiental, en coordinacin con
las comisiones ambientales regionales.
Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicacin de las estrategias
regionales respecto a la diversidad biolgica y sobre cambio climtico,
dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas.
Proponer la creacin de las reas de conservacin regional y local en el
marco del Sistema Nacional de reas Protegidas.
Promover la educacin e investigacin ambiental en la regin e incentivar la
participacin ciudadana en todos los niveles.
Planificar y desarrollar acciones de ordenamiento y delimitacin en el
mbito del territorio regional y organizar evaluar y tramitar los expedientes
tcnicos de demarcacin territorial, en armona con las polticas y normas
de la materia.
Controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos
y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los recursos
naturales, en su respectiva jurisdiccin.
Imponer sanciones ante la infraccin de normas ambientales regionales.
Preservar y administrar, en coordinacin con los Gobiernos Locales, las
reservas y reas naturales protegidas regionales que estn comprendidas
ntegramente dentro de su jurisdiccin, as como los territorios insulares,
conforme a Ley.
Ntese que las funciones de supervisin, control y sancin que le son reconocidas
a las regiones, estn referidas a la infraccin de normas ambientales regionales.
Esta funcin se encuentra supeditada a la dacin de normas ambientales
regionales lo cual no ha tenido, todava, mayor desarrollo normativo.
El Gobierno Regional es responsable de aprobar y ejecutar la Poltica Ambiental
Regional, en el marco de lo establecido por el artculo 53 de la Ley N 27867,
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
37/122
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
38/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
38
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
2.3.3. Gobiernos Locales
Los gobiernos locales, constituyen el nivel de gobierno de mayor cercana a la
poblacin y de all la importancia de su rol en la gestin ambiental.
Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada
prestacin de los servicios pblicos locales y el desarrollo integral, sostenible y
armnico de su circunscripcin; en armona con las polticas y planes nacionales y
regionales de desarrollo. Promueven el desarrollo integral para viabilizar el
crecimiento econmico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental.
El ejercicio de las competencias y funciones especficas de las municipalidades se
realiza de conformidad y con sujecin a las normas tcnicas sobre la materia. Las
autoridades municipales otorgarn las licencias de construccin, bajo
responsabilidad, ajustndose estrictamente a las normas sobre barreras
arquitectnicas y de accesibilidad. Asimismo, pueden ordenar la clausura
transitoria o definitiva de edificios, establecimientos o, servicios cuando su
funcionamiento est prohibido legalmente y constituya peligro, o cuando estn en
contra de las normas reglamentarias o de seguridad de defensa civil, o produzcan
olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o tranquilidad del
vecindario.
Dentro de las competencias municipales exclusivas, de inters del Proyecto, se
encuentran:
En materia de organizacin del espacio fsico y uso del suelo
Funciones exclusivas de las municipalidades provinciales
Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel
provincial, que identifique las reas urbanas y de expansin urbana,
as como las reas de proteccin o de seguridad as como las reas
de proteccin o de seguridad por riesgos naturales; las reas
agrcolas y las reas de conservacin ambiental.
Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el
Esquema de Zonificacin de reas urbanas, el Plan de Desarrollo de
Asentamientos Humanos y dems planes especficos de acuerdo con
el Plan de Acondicionamiento Territorial.
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
39/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
39
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
Aprobar la regulacin provincial respecto del otorgamiento de
licencias y las labores de control y fiscalizacin de las
municipalidades distritales en las materias reguladas por los planes
antes mencionados, de acuerdo con las normas tcnicas de la
materia, sobre: Otorgamiento de licencias de construccin,
remodelacin o demolicin y Estudios de Impacto Ambiental (entre
otros).
Funciones exclusivas de las municipalidades distritales
Aprobar el plan urbano o rural distrital, segn corresponda, con
sujecin al plan y a las normas municipales provinciales sobre la
materia.
Elaborar y mantener el catastro distrital.
Reconocer los asentamientos humanos y promover su desarrollo y
formalizacin.
Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y
realizar la fiscalizacin de Construccin, remodelacin o demolicin
de inmuebles y declaratorias de fbrica.
En materia de saneamiento, salubridad y salud
Funciones exclusivas de las municipalidades provinciales
Regular y controlar el proceso de disposicin final de desechos
slidos, lquidos y vertimientos industriales en el mbito provincial.
Regular y controlar la emisin de humos, gases, ruidos y dems
elementos contaminantes de la atmsfera y el ambiente.
Funciones exclusivas de las municipalidades distritales
Proveer del servicio de limpieza pblica determinando las reas de
acumulacin de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento
industrial de desperdicios.
Fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emisin de
humos, gases, ruidos y dems elementos contaminantes de la
atmsfera y el ambiente.
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
40/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
40
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
Cabe sealarse que, en materia de transporte y vialidad los gobiernos locales
tienen competencias respecto de aqul de mbito provincial o distrital, lo cual
excluye el mbito del Proyecto, el cual como ya hemos sealado comprende una
serie de vas de mbito nacional.
De acuerdo a lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralizacin, dentro de
las competencias municipales compartidas se encuentran las relativas a salud
pblica, gestin de residuos slidos, administracin de reas naturales protegidas
locales, as como la defensa y proteccin del ambiente.
Por otro lado, y en el marco establecido dentro de la Ley del SNGA, el Gobierno
Local es responsable de aprobar e implementar la Poltica Ambiental Local, la cual
debe estar articulada con la poltica y planes de desarrollo local, en el marco de lo
establecido por su Ley Orgnica, debiendo implementar el Sistema Local de
Gestin Ambiental en coordinacin con la Comisin Ambiental Regional
respectiva.
En este mismo marco, se ha establecido que los Gobiernos Locales ejercen sus
funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en
concordancia con las polticas, normas y planes nacionales, regionales y
sectoriales, en el marco de los principios de gestin ambiental.
El Sistema Local de Gestin Ambiental tiene como finalidad desarrollar,
implementar, revisar y corregir la poltica ambiental local y las normas que
regulan su organizacin y funciones, en el marco poltico institucional nacional y
regional; para guiar la gestin de la calidad ambiental, el aprovechamiento
sostenible y conservacin de los recursos naturales, y el mayor bienestar de su
poblacin.
2.3.3.1. Delitos Ambientales
En la Legislacin en materia penal, la vulneracin de diferentes bienes
jurdicos tutelados por el Estado en materia ambiental, han sido protegidos
punitivamente por el mbito penal, de tal manera que la actual legislacin los
ha tipificado en el actual Cdigo Penal aprobado por el Decreto Legislativo N
635, ubicados en el Ttulo XIII como Delitos Ambientales, especficamente del
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
41/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
41
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
Art. 304 al 314, entre los cuales se puede sancionar al sujeto activo de delitos
contra los recursos naturales, como a representantes de empresas y hasta
funcionarios pblicos, llegando hasta sancionar la entrega y manifestacin de
informacin falsa a la autoridad. Todas estas medidas de proteccin y sancin
punitiva del fuero penal, van a ser tomadas en cuenta al momento de la
elaboracin y ejecucin del presente estudio ambiental.
2.3.3.2. Sistema Nacional de Gestin Ambiental
A partir de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestin Ambiental (SNGA),
Ley N 28245 y su reglamento aprobado va Decreto Supremo N 008-2005-
PCM, se ha establecido (nuevamente) en nuestro pas un esquema de gestin
ambiental Transectorial. El enfoque de esta normativa est orientado a
fortalecer mecanismos que le den transectorialidad a la gestin ambiental
coordinando el rol que le corresponde a las entidades sectoriales (como el
Ministerio del Ambiente - MINAM), regionales y locales en el ejercicio de sus
atribuciones ambientales a fin de garantizar que cumplan con sus funciones y
de asegurar que se evite en el ejercicio de ellas superposiciones, omisiones,
duplicidad, vacos o conflictos.
Para tales efectos, las funciones ambientales a cargo de las entidades
conformantes del Sistema se deben ejercer en forma coordinada,
descentralizada y desconcentrada, con sujecin a la Poltica Nacional
Ambiental, y a las normas, instrumentos y mandatos de carcter transectorial,
que son de observancia obligatoria en los distintos mbitos y niveles de
Gobierno2. Y es que, como se seala en la Ley Marco del SNGA, la competencia
del Estado en materia ambiental tiene carcter compartido, y es ejercida por
las autoridades del gobierno nacional, de los gobiernos regionales y de las
municipalidades, de conformidad con la Constitucin, la Ley de Bases de
Descentralizacin, sus respectivas Leyes Orgnicas y las leyes especficas de
organizacin y funciones de los distintos sectores del gobierno nacional. El
SNGA asegura la debida coherencia en el ejercicio de las funciones y
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
42/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
42
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
atribuciones de carcter ambiental entre los distintos niveles de gobierno, as
como al interior de cada uno de ellos.
En trminos concretos, las competencias del Estado en materia ambiental son
ejercidas por las siguientes autoridades teniendo en cuenta su jerarqua:
La Autoridad Ambiental Nacional es el Ministerio del Ambiente - MINAM.
Los Ministerios, sus organismos pblicos descentralizados y los
organismos pblicos reguladores; son los responsables de la regulacin
ambiental de las actividades de aprovechamiento de recursos naturales,
productivas, de comercio, de servicios que se encuentran dentro de sus
mbitos de competencia, debiendo complementarse con las
competencias de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, as
como las de la Autoridad de Salud de nivel nacional.
Los Gobiernos Regionales corresponden a las Autoridades Ambientales
Regionales, y sus funciones y atribuciones ambientales son las asignadas
por la Constitucin y su Ley Orgnica, en el marco del proceso de
descentralizacin, debiendo ejercerlas en concordancia con la Poltica
Nacional Ambiental, la Agenda Ambiental Nacional y la normativa
ambiental nacional.
Las Municipalidades son las Autoridades Ambientales Locales, y sus
funciones y atribuciones son las asignadas por la Constitucin y su Ley
Orgnica, en el marco del proceso de descentralizacin, debiendo
ejercerlas en concordancia con la Poltica Nacional Ambiental y Regional,
la Agenda Ambiental Nacional y Regional y la normativa ambiental
nacional y regional.
Entidades con funciones y atribuciones ambientales transectoriales. Las
dems entidades del Estado ejercen sus funciones apoyando el
desarrollo de las actividades de gestin ambiental en el marco del SNGA,
de la Constitucin y de sus respectivas Leyes Orgnicas o de creacin.
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
43/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
43
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
A su vez, en la Ley Marco del SNGA se ha reconocido el rol que le corresponde a
las entidades con funciones y atribuciones ambientales de carcter
transectorial. En particular, se hace referencia al rol de las entidades:
Acorde a lo precedentemente escrito, con el Decreto Supremo N 012-2009-
MINAM, se aprueba la Poltica Nacional del Ambiente, la misma que seala los
lineamientos de Poltica del Estado a fin de conservar, cautelar , supervisar y
fiscalizar, los recursos y las actividades sobre ellos en pro del bienestar general
y de las futuras generaciones, debiendo ser aplicado por las diferentes
instituciones en concordancia adems con la Constitucin Poltica del Per
1993 y la Ley General del Ambiente Ley N 28611.
Diversas autoridades cumplen un rol importante en cuanto a la proteccin
ambiental y ello significa acatar normas tcnicas y de procedimientos
aprobados por los diferentes entes estatales que participan de los procesos
administrativos al interior de las actividades elctricas.
Es importante destacar que mediante el Decreto Legislativo 1013, se aprob la
creacin y organizacin del Ministerio del Ambiente (MINAM) y de este modo
se define como la autoridad ambiental nacional. Esta autoridad aparece como
una figura necesaria ante la creciente necesidad de que exista un ente que
lidere la proteccin, administracin, fiscalizacin y sancin de los recursos
naturales y del ambiente.
El MINAM tiene por finalidad planificar, promover, coordinar, normar,
sancionar y supervisar las acciones orientadas a la proteccin ambiental y
contribuir a la conservacin del patrimonio natural; controlar y velar por el
cumplimiento de las obligaciones ambientales; dirimir y solucionar las
controversias entre las entidades pblicas, y ejecutar las funciones que se
deriven de las funciones que se le han asignado.
El MINAM conduce el proceso de formulacin de la Poltica Nacional Ambiental
en coordinacin con las entidades con competencias ambientales de los niveles
nacional, regional y local de gobierno, as como del sector privado y de la
sociedad civil. Tambin conduce el proceso de elaboracin del Plan Nacional de
Accin Ambiental, la Agenda Ambiental Nacional, promover la conservacin y
-
8/11/2019 Eia Carretera Umari
44/122
REHABILITACIN Y MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL TAMBILLO -
PANACOCHA, DISTRITO DE UMARI, PROVINCIA DE PACHITEA HUNUCO
44
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACHITEA
el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biolgica y las reas
naturales protegidas.
Entre los instrumentos de gestin ambiental cuya implementacin debe
permitir lograr esta transectorialidad y su aplicacin debe ser coordinada por
el MINAM y que a nuestro entender tiene relacin con el Proyecto, se
encuentran los siguientes:
La elaboracin y aprobacin de normas de calidad ambiental, en las que
se determinen programas para su cumplimiento.
La direccin del proceso de elaboracin y revisin de Estndares de
Calidad Ambiental y Lmites Mximos Permisibles, en coordinacin con
los sectores y los niveles de Gobierno Regional y Local y para el proceso
de generacin y aprobacin de Lmites Mximos Permisibles.
La direccin del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Amb
top related