contrataciòn publica consolidado

Post on 16-Jun-2015

221 Views

Category:

Documents

0 Downloads

Preview:

Click to see full reader

DESCRIPTION

Actos Preparatorios Docente: Manuel Raúl Enríquez Anaya

TRANSCRIPT

1

ACTOS PREPARATORIOS

Docente: Manuel Raúl Enríquez Anaya

2

1. Programación y Actos Preparatorios

Plan Anual de Contrataciones

Expediente de Contratación

Bases

Comité Especial

3Usuarios definen requerimientos

Consolidación de cuadro de

necesidadesSEACE

LOCAL Y WEB DE LA ENTIDAD

Elaboración del PAC

Aprobación de PIA

Difundir:

Dentro de los 5 días hábiles de aprobado

Segundo Momento (15 días hábiles después)

Primer Momento

PlanAnual

Aprobación

4

Modificación del PAC

• Incluir o excluir procesos de selección; o • Modificar la cantidad prevista de bienes,

servicios u obras en más de 25% del valor estimado y ello varie el tipo de proceso de selección.

Podrá ser modificado en cualquier momento, de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramaciones de las metas institucionales.

5

EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN» Sentido amplio: Documento que

contiene todas las actuaciones referidas a la contratación, desde la decisión de adquirir o contratar hasta la culminación del contrato.

¿Cuándo se inicia? Se inicia con el requerimiento del área usuaria.Concluye con la conformidad de recepción de la última prestación, o con la liquidación, en caso de obras, y con el pago.

6

Elaboración de Expediente de Contratación

NECESIDADConsolidar en el PAC

Área Usuaria / Requerimiento OEC

Estudios de las posibilidades que ofrece

Definición:C.T. características técnicas V.L.Valor referencial

Determinación del tipo de proceso de selección: LP, CP, ADP, ADS, AMC.

Prohibición de Fraccionamiento: No se debe dividir una adquisición o contratación para dar lugar al cambio del tipo de proceso de selección

Prohibición de Fraccionamiento: No se debe dividir una adquisición o contratación para dar lugar al cambio del tipo de proceso de selección

7

Contenido del expediente de contratación» Requerimiento Área Usuaria» Estudio de mercado / indagación» Características técnicas y cantidad » Valor Referencial» Tipo de proceso de selección» Sistema y Modalidad de Selección» Disponibilidad Presupuestal

El Expediente de Contratación se elabora en la Fase de Actos preparatorios y acaba en la liquidación del contrato.El Expediente de Contratación se elabora en la Fase de Actos preparatorios y acaba en la liquidación del contrato.

8

Valor Referencial

9

Valor Referencial

» Antigüedad del VR:˃ Obras: 06 meses contados desde la fecha de determinación

del presupuesto base.˃ Bienes y Servicios: 03 meses contados a partir de la

aprobación del Expediente de Contratación.

En caso se requiera un período mayor a los consignados, el OEC indicará el período de actualización del mismo

10

Contenido de la Certificación Presupuestal: ˃ Fuente de Financiamiento˃ Cadena Funcional Programática y del

gasto˃ Monto al cual asciende la certificación

con las anotaciones del caso

DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

11

Comité Especial

» Comité Especial (ad hoc): Para cada proceso de selección, se da en cualquier tipo de proceso, salvo menor cuantía (opcional).

» Comité Especial Permanente: Para varios procesos de selección; solo está permitido en las Adjudicaciones Directas y las Menores Cuantías.

12

Funciones del Comité Especial» Elabora las Bases» Convoca al proceso » Absuelve Consultas y observaciones» Evalúa propuestas» Otorga la Buena Pro» Declara desierto» Consulta o propone las modificaciones de

características técnicas o del valor referencial» Otros actos necesarios

13

Tres miembros: uno del área usuaria y otro del OEC. Por lo menos 01 debe conocer técnicamente el objeto de la contratación.

La designación debe cuidar que exista correspondencia entre cada miembro titular y su suplente.

Comité Especial

14

Causales de Remoción» Caso Fortuito o Fuerza Mayor» Cese en el servicio declarado con documento

motivado

El Comité Especial no tiene competencia directa para modificar:

•Cantidad, plano o dimensión de bien, servicio u obra.•Características y especificaciones•Valor referencial•Financiamiento •Tipo de proceso

15

No Pueden ser miembros de Comité Especial

» Titular de la Entidad» Funcionarios: Control y fiscalización» Funcionarios que aprobaron el expediente, Bases,

Comité Especial » Funcionarios, servidores o expertos independientes

sancionados.

16

Bases» Definición.- Son las reglas básicas de un proceso de

selección, orientadas a establecer mecanismos de selección eficientes en virtud a los principios que inspiran las contrataciones públicas.

» Deben sujetarse a la Ley y su Reglamento.» Aspectos que regula:

- Requerimiento.- Reglas de procedimiento.- Derechos y obligaciones

17

Aprobación de Bases

» Titular de la Entidad - Nunca quien elabora las Bases

» Por escrito

» Delegación

18

¿Qué deben contener las Bases?

Contenido de las propuestas

Art. 42º Rgto.

- Copia certificado RNP- DDJJ - Doc. Obligatoria.- Documentación

facultativa- Oferta Económica

Condiciones MínimasArt. 26º Ley

- Especificaciones- Calendario- Metodología de

evaluación- Proforma de contrato- Sistema/modalidad de

contratación

Valor Referencial

- Valor Referencial y Límites- Antigüedad del Valor

Referencial

19

PROCESO DE SELECCIÓN

Docente: Manuel Raúl Enríquez Anaya

20

Es un conjunto de actos (administrativos y de gestión) que tienen por objeto seleccionar un proveedor para que suministre un bien, brinde un servicio o ejecute una obra.

2. Proceso de Selección

21

ConvocatoriaRegistro de Participantes

Consultas y Observaciones a las Bases

Integración de Bases

Presentación de

Propuestas

Evaluación de

Propuestas

Otorgamientode

Buena Pro

Etapas del Proceso de Selección

22

Convocatoria

Evaluación de la Propuesta

Otorgamiento de la Buena Pro

Registro de ParticipantesPresentación de la

Propuesta

Mín. 2 días

Adjudicación de Menor Cuantía Bienes y servicios

23

Convocatoria

Evaluación de la Propuesta

Otorgamiento de la Buena Pro

Consultas y observaciones

Registro de Participantes

Presentación de la Propuesta

Adjudicación de Menor Cuantía Consultoría y Ejecución de Obras

6 días

Formulación: Mín. 2 díasAbsolución: Máx. 2 días

24

Convocatoria(Publicación en SEACE)

Registro de Participantes

Consultas (Mínimo 5 días)

Absolución de Consultas (Máximo 5

días)

Observaciones (Máximo 5 días)

Absolución de Observaciones

(Máximo 5 días)

Pronunciamiento de OSCE (10 días) Titular de entidad

(8 días)

Integración (2 días)

Evaluación de Propuestas

Otorgamiento de la Buena Pro

Consentimiento de la Buena

Pro

Contrato

Presentación de Propuestas

Licitación Pública y Concurso Público

25

Licitación Pública XX

Ítem 1: producto A

Ítem 2: producto B

Ítem 3: producto C

Ítem 4: producto D

Se podrá convocar en un sólo proceso la contratación de bienes, servicios y obras vinculadas entre sí.

Cada uno de los ítems constituye un proceso menor dentro del principal.

Proceso de selección, según relación de Ítems

26

1. ConvocatoriaRequisitos de la Convocatoria

» SEACE (todo proceso)

» Otros mediosMedio

documentos • Bases

• Resumen ejecutivo

27

2. Registro de Participante

» Obligatorio en todos los procesos

» Derecho: No más del costo de reproducción de las bases.

» Gratuito en AMC» Proveedor debe estar inscrito en

el RNP y no impedido de contratar con el Estado.

Aspectos puntuales

28

¿Qué es una Consulta? ¿Qué es una Observación?

AclararHacer una Solicitud

Cuestionar el incumplimiento de las condiciones mínimas o ilegalidad

• Se plantean por escrito. • Comité Especial absuelve consultas y acoge (o no acoge)

observaciones mediante escrito debidamente sustentado.• El Comité Especial no puede de oficio modificar las Bases.• Una vez integradas las Bases constituyen las reglas definitivas de

la contratación.

3. Consultas y Observaciones

29

Consultas y Observaciones - Plazos

Para que los participantes presenten:

» LP y CP: Mín. 5 días» ADP y ADS: Mín. 3 días.» MC para obras y consultoría

de obras: Mín. 2 días.» MC para Bienes y Servicios:

NO hay consultas ni observaciones

Para el Comité Especial absuelva:

» LP y CP: Máx. 5 días» ADP y ADS: Máx. 3 días» MC para obras y consultoría

de obras: Máx. 2 días

30

Tramitación de observaciones a las Bases

ANTES:1° Participante observa y Comité Especial absuelve.2° Si participante no está de acuerdo: Eleva a Consucode.3° Consucode emite Pronunciamiento (Última instancia)

Decreto Legislativo N° 1017:1° Participante observa y Comité Especial absuelve.2° Si participante no está de acuerdo:a)VR ≥ 300 UIT: Eleva a OSCE para Pronunciamientob)VR < 300 UIT: Titular de la Entidad absuelve

Última

instancia

300 UIT = S/. 1´080,000

31

4. Integración de BasesLa integración es el acto mediante el cual las consultas, aclaraciones y observaciones de los participantes se incorporan a las bases originales, para dar paso a una versión mejorada. ( segunda versión DEFINITIVA).

Si las bases integradas no se publican en el SEACE, los actos posteriores son nulos.

32

5. Presentación de Propuestas

» Acto Público, por excepción privado (ADS y AMC) » Acreditación de representantes para presentar

propuestas: carta poder simple y representación legal.

» PRESENTACIÓN:˃ En dos sobres cerrados : propuesta técnica y propuesta económica.˃ En AMC para servicios: la presentación de propuestas podrá realizarse a través

del SEACE.

33

Presentación de Propuestas

» Subsanación de propuesta técnica: defectos de forma (omisiones o errores en documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta).

» Plazo máximo de dos (2) días, desde el día siguiente de la notificación o corrección del defecto en el mismo acto.

» No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la propuesta económica, salvo foliación y rúbrica.

34

6. Evaluación y calificación de la propuesta técnica

» Calificación:- Requerimientos Técnicos Mínimos

» Evaluación:- Factores- Puntaje- Documentación- Criterio

35

Evaluación técnica en caso de bienes, servicios y obras

» Se califica sobre 100 puntos.» Propuestas Técnicas que no

alcancen puntaje mínimo serán descalificadas.

» Puntaje Mínimo:˃ En bienes y obras: 60 pts.˃ En servicios y consultoría: 80 pts.

36

Evaluación técnica en obras

En AMC y ADS: no se efectúa evaluación técnica.

Sólo se evalúa la propuesta económica y la evaluación se realiza sobre cien (100) puntos.

37

Evaluación de la propuesta económica

La Evaluación Económica se califica sobre cien (100) puntos.

1. Verificar los límites del Art. 33º de la Ley2. Aplicación de la fórmula del art. 70º Reglamento.3. Resultado : Puntaje de Evaluación Económica.

38

Verificación de Límites Mínimos y Máximos

Bienes y Servicios100% del VR, no hay mínimo

Ejecución de Obras110% y 90% del VR

Consultoría100% y 90% VR

39

Supuesto de empate1. En AD y AMC: con preferencia a favor de las MYPES 2. A favor del postor que haya obtenido:

˃ bienes u obras: el mejor puntaje económico˃ servicios: mejor puntaje técnico

3. A prorrata entre los postores ganadores4. A través de sorteo en el mismo acto.

Otorgamiento de la buena pro en acto privado: el desempate requiere de la presencia de los postores que hayan empatado.

40

7. Buena Pro

» Por acto público, excepto en ADS y AMC» Publicación en el SEACE.» Distribución de la Buena pro.» Ofertas que excedan VR.» Consentimiento.

41

Consentimiento de la Buena pro

» Pluralidad de Postores* 8 días hábiles (LP Y CP)* 5 días (AD y AMC) desde su notificación si no

hay Recurso de Apelación.» Un solo postor: * El día de su notificación

42

Declaración de Desierto

» Cuando no se presente ningún postor o no quede ninguna propuesta válida.

» Proceso de selección parcialmente desierto: tratándose de ítems

» Antes de convocar nuevamente, la Entidad debe evaluar y superar las causas.

» Segunda convocatoria de LP, CP o AD es siempre una AMC

43

Culminación del Proceso

Se Produce cuando:» Se suscribe el contrato» Se cancela el proceso de selección» Se deja sin efecto el otorgamiento de la buena pro:

* Por causa imputable a la Entidad* Por causa imputable al postor

44

Titular de la Entidad- Cuando el Valor Referencial del Proceso es menor a las 600 UIT.- El Titular de la Entidad puede delegar la potestad de resolver el recurso.

Tribunal- En caso el VR sea igual o superior a 600 UIT- Actos que afecten la continuación del proceso.

La resolución que resuelve el recurso de apelación agota la vía administrativa.

Solución de Controversias durante el Proceso de Selección

45

¿Qué se puede apelar?» Los actos administrativos emitidos dentro del proceso de selección

» Excepciones: No se pueden impugnar vía apelación:

1. Las actuaciones y los actos preparatorios2. Las Bases ni su integración3. Actuaciones materiales4. Los actos que aprueban la exoneración

» Los actos administrativos emitidos dentro del proceso de selección

» Excepciones: No se pueden impugnar vía apelación:

1. Las actuaciones y los actos preparatorios2. Las Bases ni su integración3. Actuaciones materiales4. Los actos que aprueban la exoneración

46

Oportunidad» Los actos administrativos emitidos desde la convocatoria hasta el otorgamiento de la buena pro, será dentro del plazo de 8 o 5 días de otorgada ésta.

» Si son actos posteriores a la buena pro, dentro del plazo de 8 o 5 días de conocido el acto.

» Los actos administrativos emitidos desde la convocatoria hasta el otorgamiento de la buena pro, será dentro del plazo de 8 o 5 días de otorgada ésta.

» Si son actos posteriores a la buena pro, dentro del plazo de 8 o 5 días de conocido el acto.

47

Garantías» Garantía equivalente al 3% del Valor Referencial del

Proceso o del ítem impugnado. (Antes 1%)

» No puede ser menor al 50% de una UIT. (Antes 25% UIT).

» En caso de desistimiento se ejecuta 100%.

48

EJECUCIÓN CONTRACTUAL

Docente: Manuel Raúl Enríquez Anaya

49

Actos Precontractuales

OBLIGACIÓN DE CONTRATAR

Consentida la Buena Pro surge la obligación de la

Entidad y del ganador de la Buena Pro de suscribir el

contrato.

• Es el proyecto del contrato que forma parte de las Bases.

• Las cláusulas obligatorias de la proforma de contrato son:• Garantías.• Solución de Controversias.• Causales de resolución de Contrato por

Incumplimiento.

PROFORMA DEL CONTRATO

51

La proforma del contrato puede ser modificada en la etapa de selección; una vez suscrito el contrato, éste también puede ser modificado en la etapa de ejecución contractual.

52

CONTRATO ADMINISTRATIVO

• Por Escrito (mediante la suscripción del documento contractual, según la proforma contenida en las Bases Integradas, la propuesta técnica y económica ganadora).

• Menor Cuantía: mediante orden de compra o de servicios.

• Registro en el SEACE: 10 días

Formalidad:

EL CONTRATO INCLUYE:

53

EL CONTRATO COMPRENDE

El documento

que lo contiene

Las Bases integradas

La Oferta Ganadora

Documentos derivados del proceso de

selección que establezcan obligaciones

Los montos y plazos respectivos. Incluso las mejoras técnicas propuestas por el postor ganador e información relativa a las garantías.

Puede incorporar las modificaciones no sustanciales a la proforma como al contrato definitivo.

54

VIGENCIA DEL CONTRATO

- Desde el día siguiente de la suscripción del contrato o de la recepción de la orden de compra o de servicios, hasta la conformidad de recepción y el pago (Bs. y Ss.)

Asesoría Legal (patrocinio judicial, arbitral u otros similares): podrá extenderse hasta la duración del

encargo

PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Cómputo en días naturales (regla general), las excepciones están reguladas de forma expresa.

Por uno o más ejercicios presupuestales (máximo 3)

Arrendamiento de inmuebles: contratos de hasta 3 años, renovables y con cláusula de resolución unilateral.

Ejecución y consultoría de obras: el previsto para su culminación.

55

56

Plazos y procedimientos para suscribir el Contrato

Art. 148

En los casos que el contrato se perfeccione mediante orden de compra o de servicios, el postor

deberá presentar la documentación para la suscripción del contrato,

dentro de los 3 días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, sin mediar citación alguna. Asimismo, la

Entidad deberá notificarle la orden de compra o de servicios en un plazo no

mayor de 4 días hábiles siguientes a la presentación de dicha

documentación.

Dentro de los 7 días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, sin mediar

citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para

la suscripción del contrato. Asimismo, dentro de los 3 días

hábiles siguientes a la presentación de dicha

documentación, deberá concurrir ante la Entidad para

suscribir el contrato.

57

Plazos y procedimientos para suscribir el Contrato

El OEC citará al postor que ocupó el 2do lugar en el orden de prelación a fin que presente la documentación para la suscripción del contrato en el plazo previsto en el numeral 1, y posteriormente, concurra a suscribir el contrato en el plazo previsto en dicho numeral. En el caso que el contrato se perfeccione con la notificación de la orden de compra o de servicios, la Entidad citará al postor que ocupó el 2do lugar en el orden de prelación a fin que presente la documentación para la suscripción del contrato conforme a los plazos antes mencionados. Si este postor no suscribe el contrato, dicho órgano declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.

Cuando la Entidad no cumpla con suscribir el contrato dentro del plazo establecido en el numeral 1, el postor ganador de la Buena Pro podrá requerirla para su suscripción, dentro de los 2 días hábiles siguientes de vencido el plazo para suscribir el contrato, dándole un plazo de entre 5 a 10 días hábiles. Vencido el plazo otorgado, sin que la Entidad haya suscrito el contrato, dentro de los 5 días hábiles siguientes, tiene la facultad de dejar sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro.

Art. 148

58

Plazos y procedimientos para suscribir el Contrato

Cuando la Entidad no cumpla con notificar la orden de compra o de servicios al contratista en el plazo establecido en el numeral 2, dentro de los 2 días hábiles siguientes de vencido dicho plazo, el contratista podrá requerirla para que cumpla con efectuar la notificación en el plazo de 3 días hábiles; vencido este plazo, el contratista podrá solicitar a la Entidad que deje sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro.

Art. 148

REQUISITOS PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO

59

El ganador de Buena Pro debe presentar previamente:

La Constancia de no estar inhabilitado, salvo AMC.

Garantías, salvo excepciones

Contrato de Consorcio formalizado, de ser el caso.

Vigencia de poder (caso de personas jurídicas).

Otros documentos requeridos en las Bases Integradas y en la normativa especial

60

Requisitos para suscribir el contrato

Art. 141 (D.S. 138-2012-EF)• Código de cuenta interbancaria (CCI)• Traducción oficial efectuada por

traductor publico juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada.

61

ConsorciosArt. 145 (D.S. 138-2012-EF)• Al suscribirse el contrato de consorcio

se mantendrá la información referida al porcentaje de obligaciones de cada uno de sus integrantes, conforme a lo indicado en la promesa formal de consorcio.

• Ver Directiva de consorcios

62

CONSTANCIA DE NO ENCONTRARSE INHABILITADO

TRÁMITE: Dentro de los 15 dh siguientes al

consentimiento de la Buena Pro.

Obligatorio en LP, CP, ADP y ADS.

No se presenta en AMC o en ítem cuyo valor no supere AMC.

ES EMITIDA POR OSCE Y RESPONDE A UNA FINALIDAD CONCRETA

63

GARANTÍAS

Únicas garantías permitidas:• Carta fianza y• Póliza de caución

Es una garantía personal• Un 3ro (una entidad

financiera) respalda la obligación asumida por el deudor principal (el contratista)

Su finalidad• Asegurar parcialmente

el pago de los daños y perjuicios derivados de la inejecución injustificada de las prestaciones a cargo del contratista.

¡ADVERTENCIA! Previa a la suscripción del contrato, debe verificarse la autenticidad de las garantías mediante comunicación (telefónica) con la institución emisora

64

CLASES DE GARANTÍAS

Las garantías pueden ser:

Pre-contractuales:• - Por recurso de apelación.

Contractuales:• - Fiel cumplimiento (Prestación principal y

prestaciones accesorias).• - Por adelantos.• - Por monto diferencial de propuesta.

65

GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Si contrato es por más de 1 año, puede tener vigencia de 1 año, pero con el compromiso de renovación antes de su vencimiento.

Vigencia: desde la suscripción del contrato, hasta:La conformidad de la recepción (bienes y servicios) o,

El consentimiento de la liquidación final (obras y consultoría de obras).

Debe entregarse previa a la suscripción del contrato.

Debe ser emitida por el 10% del monto del contrato (ampliación en caso de adicionales), a fin de garantizar las obligaciones asumidas por el contratista.

• Servicios: Cuando la propuesta del adjudicatario es inferior en más del 10% del valor referencial.

• Bienes: Cuando la propuesta del adjudicatario es inferior en más del 20% del valor referencial.

• NO se aplica en ejecución de obras ni consultorías de obras.

• NO se presenta en contratos derivados de AMC para bienes y servicios.

• Monto de la garantía: 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica

Finalidad y vigencia: iguales que la GFC.

66

GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE LA PROPUESTA

67

Garantía Adicional por Prestaciones Accesorias

En adquisición de bienes, servicios o contratación de obras que requieran mantenimiento, reparación o actividades afines.

Origen: Bases, Contrato

Monto: 10% del valor de las prestaciones accesorias

Vigencia: hasta el cumplimiento de obligaciones del contrato

Excepciones: Similares a la de fiel cumplimiento

Regulación específica: Directiva 09-2009-OSCE

68

Régimen de Garantías para PYMES

Pueden presentar Carta Fianza o Póliza de Caución.

Como Garantía de Fiel Cumplimiento para el suministro de bienes o servicios de ejecución periódica, servicios de consultoría y ejecución de obras: - Declaración Jurada autorizando retención. La Entidad retendrá un 10% del monto total del Contrato, en la primera mitad del plazo del contrato. - Para el caso de Obras: Monto sea AMC, ADS, ADP; Plazo sea igual o mayor a 60 días; Pago considere mínimo 2 Valorizaciones

EXCEPCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE GARANTÍAS

Contratos por el monto de menor cuantía en bienes y servicios.Contratos de servicios de ADS.

Adquisición de inmuebles.

Contratación ocasional de transporte.

Contratos de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles.

Monto del ítem es de menor cuantía.

Contratos complementarios con montos equivalentes a AMC y ADS de servicios

70

1.- No renovación oportuna. Sólo queda en custodia el monto ejecutado.

2.- Resolución de contrato por incumplimiento, siempre que ésta quede consentida y/o firme.

3.- Laudo Arbitral que declare procedente resolución del contrato.

4.- Cuando luego de 3 días de requerido, el contratista no haya cancelado el saldo a su cargo, luego de la liquidación o la conformidad de prestación, según corresponda.

5.- Excepcionalmente: cobro de penalidades.

CAUSALES DE EJECUCIÓN DE LA GFC Y GMD

GARANTÍAS A CARGO DE LA ENTIDAD

Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles

Sólo para respaldar

obligaciones del contrato.

No lucro cesante ni

daño emergente

71

3. Ejecución

Suscripción

Ejecución dentro del plazo contractual y a satisfacción

Conformidad

Pago

Modificación del Contrato

Cesión de Derechos y Cesión de Posición Contractual

Subcontratación

Adicionales o Reducciones

Ampliaciones

Penalidades

Resolución o Nulidad

Complementario

73

ADELANTOS

Clases:• Directos (No mas de 30% - Bs y Ss)• Directos (No mas del 20% - obras)• Para insumos y materiales (No mas del 40% - obras)

Oportunidad de entrega:• Según el contrato

Requisito para entrega:• Presentar Garantía

(Siempre que estén establecidos en las Bases o en el contrato)

Sólo sobre bienes y/o servicios con iguales o mejores características técnicas, de calidad y de precios, que satisfagan la necesidad de la Entidad

Previa evaluación de la Entidad

No deberán variar en forma alguna las condiciones originales que motivaron la selección del contratista

Ante un cambio fundamental de las circunstancias, ¿es posible modificar el contrato?

Modificaciones del contrato

SUBCONTRATACIÓN

Excepciones, cuando el contrato lo prohíba y los casos de contratos

personalísimos.

Tope máximo:

Las prestaciones a subcontratarse con terceros no excedan del 40%

del monto contractual

CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL

No procede, salvo en casos de transferencia de propiedad de bienes

que se encuentren arrendados a las Entidades, cuando se produzcan

fusiones o escisiones, o que exista norma legal que lo permita

expresamente

ADICIONALES Y REDUCCIONES:

Excepcionalmente y sustentado por Área Usuaria

Siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato.

Previa Resolución interna que autorice la misma.

La Entidad podrá ordenar y pagar directamente la ejecución de

prestaciones adicionales en caso de bienes y servicios hasta el 25% de su

monto.

Igualmente, podrá disponerse la reducción de prestaciones hasta el 25%

ADICIONALES Y REDUCCIONES:

Los adicionales o reducciones que se dispongan durante la ejecución de proyectos de inversión pública deberán ser comunicados por la Entidad a la autoridad competente del Sistema Nacional de Inversión Pública.

En el caso de la consultoría de obras, debe pagarse al contratista, además del

gasto general variable, el costo directo.

AMPLIACIONES DEL PLAZO CONTRACTUAL

Procede: Por aprobación de

adicional que afecte el plazo.

Por atrasos y/o paralizaciones no imputables al contratista o por culpa de la Entidad.

Por caso fortuito o fuerza mayor.

Trámite: Solicitud fundamentada

dentro de los 7 días hábiles siguientes de finalizado el hecho.

Reconocimiento de los costos directos y gastos generales que correspondan.

Gastos generales debidamente acreditados.

79

Ampliaciones de Plazo

La Entidad deberá resolver las solicitudes de

ampliación de plazo en diez días hábiles computado

desde el día siguiente de su presentación

ART. 175

Pagos

Oportunidad:

˃ Después de ejecutada la prestación (parcial o total) y luego de emitida la conformidad del bien o servicio.

Excepciones:

˃ Antes de ejecutada la prestación (según su naturaleza).

Reajustes:

Sólo cuando condiciones que

originaron contrato, varían. Aplicable

cuando se produce incremento en

costos del contratista: IGV, RMV,

aumento en los costos de materiales

(Rubus Sic Stantibus)

Plazos:

Conforme al contrato, máximo 15

días calendario

Retraso = Interés Legal

81

PLAZOS PARA LOS PAGOS

Art. 181 DS 138-2012-EF• El responsable de otorgar la conformidad de recepción de los

bienes o servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los (10) días calendario de ser éstos recibidos, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

• Las controversias en relación a los pagos que la Entidad debe efectuar al contratista podrán ser sometidas a conciliación y/o arbitraje dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes de vencido el plazo para hacer efectivo el pago.

PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOPor mora:

Retraso injustificado. Aplicar fórmula. Máximo a cobrar 10% del monto materia de contrato. Para el cálculo se considerará monto del contrato vigente.

Otras penalidades distintas a la mora : Deben estar señaladas en las bases o el contrato

EJEMPLO: En casos de vigilancia, que el personal no este debidamente uniformado.

Hasta por un monto máximo del 10% del monto del contrato vigente.

RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Es una atribución de las partes para dejar sin efecto las obligaciones derivadas del contrato.

Causales: Caso fortuito o fuerza mayor; Incumplimiento injustificado de una de las

partes; y, Acumulación del monto máximo de la

penalidad por mora o de las otras penalidades.

Procedimiento de resolución de contrato:

Carta Notarial requiriendo cumplimiento de obligación, bajo apercibimiento.

Plazo:Ordinariamente : No mayor a 5 días.

Casos complejos (Por ej. Obras): 15 días.

Carta Notarial de resolución.

RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Controversias pueden ser sometidas a conciliación y/o arbitraje.

No es necesario requerimiento previo cuando resolución del contrato es por acumulación del monto máximo de la penalidad por mora, otras penalidades, o situación de incumplimiento no es revertida.

Sólo necesita resolución comunicada mediante Carta Notarial.

RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

86

EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN DE CONTRATO

Entidad perjudicada, ejecuta garantías y danos y perjuicios por mayores daños ocasionados.

Contratista perjudicado, daños y perjuicios irrogados.

En caso de caso fortuito o fuerza mayor no procede indemnización.

NULIDAD DEL CONTRATO

Se declara de oficio por la Entidad cuando contratista incurra

en causales contenidas en el artículo 56º de la Ley:

˃ Suscripción por contratista con impedimento.

˃ Trasgresión al principio de presunción de veracidad. (Da

lugar a inicio de procedimiento sancionador)

˃ Suscripción cuando se encontraba en trámite recurso de

apelación.

NULIDAD DEL CONTRATO

˃ Incumplimiento de las condiciones y/o requisitos establecidos en la normativa a fin de la configuración de alguna de las causales de exoneración.

˃ Cuando no se haya utilizado los procedimientos previstos en la Ley estando la contratación bajo su ámbito de aplicación. En este supuesto, asumirán responsabilidad los funcionarios y servidores de la Entidad contratante, conjuntamente con los contratistas que celebraron irregularmente el contrato

CULMINACIÓN DEL CONTRATO En caso de BIENES Y SERVICIOS:

conformidad de la última prestación más el pago correspondiente (para bienes y servicios)

En caso de OBRAS:

consentimiento de la liquidación más pago correspondiente.

Es conveniente que la entidad comunique al contratista que se acerque a recoger su constancia por las prestaciones realizadas y su garantía.

RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS

BIENES Y SERVICIOS: Un año (01) contado a partir de la conformidad otorgada, excepción bienes fungibles o perecibles siempre que no se adecúen al plazo.

OBRAS: Siete (07) años.

CULMINACIÓN DEL CONTRATO

CONTRATACIÓN COMPLEMENTARIA

Es considerada un contrato nuevo.

Las condiciones para que se realice son las siguientes: Dentro de los 3 meses de concluida la ejecución del

contrato original. Mismo contratista. Mientras culmine proceso de selección convocado, salvo

que se agote la necesidad de la entidad lo que debe sustentarse por área usuaria al formular requerimiento

Por los mismos bienes y/o servicios. Por única vez. Se requiere la aprobación previa del contratista

Máximo hasta 30% del contrato original. Preservando las condiciones que dieron lugar a la

adquisición o contratación original. No cabe en consultoría de obra

Los requisitos: No estar inhabilitado. Estar inscrito en el RNP Garantías, cuando corresponda

CONTRATACIÓN COMPLEMENTARIA

top related