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Recopilacin de textos y fuentes
documentales sobre la Asamblea de
1813
ContenidoIntroduccin .................................................................................................................................. 2
Recopilacin de Textos .................................................................................................................. 3
1813 Enero 31. Por Vicente Fidel Lpez .................................................................................... 3
Instalacin de la Asamblea. Por Bartolom Mitre .................................................................. 13
La Asamblea General Constituyente. Por Bartolom Mitre .................................................... 15
Fuentes documentales: ............................................................................................................... 18
Trabajo legislativo de la Asamblea General Constituyente de las Provincias Unidas del Rio de la
Plata 1813 .................................................................................................................................... 18
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IntroduccinEl presente trabajo es una recopilacin de textos y de fuentes documentales sobre la Asamblea
de 1813, en el ao de su bicentenario. La finalidad es presentar en una primera instancia
textos escritos por Vicente Fidel Lpez y Bartolom Mitre; mientras que en una segunda parte
se pone a disposicin el trabajo legislativo realizado por la mencionada asamblea.
La idea de reproducir los textos de Lpez y Mitre tienen el objetivo de acercar al lector las
vivas descripciones realizadas por ambos historiadores, que nos presentan el ambiente festivo
de la ciudad de Buenos Aires en el momento de la instalacin de la Asamblea. Descripciones
que nos meten en el relato y nos hacen sentir la fe que deposit el pueblo en el desarrollo de
los nuevos acontecimientos.
Podemos coincidir o no con las interpretaciones subjetivas realizadas por los autores pero nopor ello vamos a prohibirnos de una lectura rica en detalles. Ambos autores deslizan sus
comentarios favorables como as tambin sus crticas a la asamblea pero no corresponde aqu
hacer un anlisis al respecto.
De ms est decir que la Asamblea General Constituyente marca un hito en el desarrollo de
nuestra histrica a consecuencia de su tarea legislativa que provoc los cambios polticos y
sociales fundamentales para nuestra soberana. Con la idea de poder contribuir con aquellos
interesados, se pone a disposicin toda la documentacin desde su convocatoria hasta su
ltima sesin del 26 de enero de 1815.
Walter Onorato
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Recopilacin de Textos
1813 Enero 31. Por Vicente Fidel Lpez
El 29 y 30 de enero los diputados presentes se reunieron en sesiones preparatorias para
examinar sus respectivos poderes; y habindolos hallado bien expedidos por los Cabildos
provinciales encargados de presidir y de legitimar el acto electoral, designaron el domingo 31
de enero para instalarse con el solemne fausto que requera la viva expectativa y animacin
general con que la burguesa anhelaba por saludar ese primer Congreso de la Nacin, tan
suspirado desde tres aos, como el nico medio de dar la patria una forma regular y
soberana : los amigos y discpulos de Moreno llenaban al fin la primera pgina de su programa.
A las nueve de la maana1
de ese da, los diputados pasaron en cuerpo la Casa del gobierno;
y reunidos all con los tres miembros del Poder Ejecutivo, con las dignidades eclesisticas, las
corporaciones civiles, el Estado Mayor General y los empleados de la Administracin, se
dirigieron la iglesia catedral implorar el auxilio divino en la expedicin de los grandes
negocios de la comunidad que les iban ser encargados.
Solamente hacindose con la imaginacin una idea retrospectiva de la febril vivacidad que el
espritu revolucionario haba desenvuelto en la Comuna Capital, se podr comprender la
fisonoma animada con que los habitantes en masa, las seoras, los viejos, los nios y la
juventud concurrieron al templo y la plaza, tradicional ya, de las Victorias argentinas.
Cuando termin la misa y el tedeum, las corporaciones oficiales, seguidas por el inmenso
gento acumulado su paso, se dirigieron por la calle actual de San Martn hasta la casa de la
Asamblea2
. Los gritos de jbilo, las msicas militares, las campanas, la artillera del Fuerte,
tronando con el estampido de sus caones en medio del bullicio humano, daban en verdad un
prestigio imponente, una fisonoma pica, esa escena en que el sentimiento de la realidad
pareca perderse ratos como arrebatado las regiones de lo ideal por el frentico amor de la
patria y de la causa en que se hallaba comprometido su porvenir.
Cuando los diputados tomaron asiento en el recinto de sus sesiones, una voz de silencio fu
repetida y obedecida inmediatamente, de trecho en trecho, por la compacta multitud que
llenaba las gradas, los patios y las calles adyacentes. Estn hablando, se decan los unos los
otros; y como si ansiaran por oir, callaban con respeto religioso. En efecto, los tres miembros
del Poder Ejecutivo ocupaban, debajo de un regio dosel, la tarima de la presidencia, y el doctor
don Juan Jos Passo, que los presidia, estaba en aquel momento pronunciando un discurso
inaugural concebido con elegante sencillez, y con una oportunidad digna de elogio: El
gobierno (les deca al terminarlo) tiene mil motivos de esperar que los seores representantes
respondern dignamente la confianza de su alto destino; y yo el honor y la satisfaccin de
congratularme nombre del Poder Ejecutivo en los felices momentos de su inauguracin.
Desde este momento, toda la autoridad queda concentrada en esa Corporacin Augusta, de la
que han de emanar las primeras disposiciones que el gobierno, con las corporaciones que le
acompaan, se retira esperar en su posada, para darles el ms pronto y debido lleno: luego
que constituida se digne comunicrselas. Un aplauso general cubri la voz del doctor Passo; y
1
En aquel tiempo todas las oficinas pblicas trabajaban desde las 8 de la maana hasta las 12; y desdelas 2 de la tarde hasta las 5; as es que se necesitaba de muchos menos empleados.2
Situada donde hoy se halla el Banco de la Provincia.
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el Poder Ejecutivo se retir del recinto legislativo en medio de los vivas y de las entusiastas
aclamaciones del pueblo.3
La popularidad y las grandiosas esperanzas que despert la aparicin de esta Asamblea en
todas las provincias cultas del Ro de la Plata, han dejado un rastro tan profundo en el
sentimiento liberal del pas, que su poca pasa con razn como uno de los perodos msfecundos y ms brillantes de la historia nacional. Algo as como una visin luminosa del
porvenir brot de suyo en todos los nimos: la satisfaccin pblica que produjo, le reconcili
las resistencias parciales que el movimiento haba provocado en su origen; y pudo creerse con
razn que la instalacin de la Asamblea General Constituyente era el trmino de todas las
ambigedades, la victoria asegurada de la causa de la independencia, la consolidacin del
orden poltico nacional y la clausura del perodo revolucionario.
Desde un polo hasta el otro resuena
De la Fama el sonoro clarn,
Y de Amrica el nombre enseando
Les repite: Mortales od !
Ya su trono dignsimo abrieron
Las Provincias Unidas del Sud.
Y los libres del mundo responden
-Al gran pueblo argentino salud!4
No slo por su novedad, sino por las emociones que provocaba la guerra cruda y apasionada
que el pas sostena contra Espaa en defensa de su independencia, el acto inaugural de 1813
tena un alcance muy diversos del de los habituales mensajes de nuestros das. Preciso es
tambin recordar que la Asamblea ofreca los ojos del pas nombres y figuras altamente
colocadas en la estimacin pblica por sus talentos y por su posicin social. Alvear gozaba ya
3He aqu ese discurso ntegro: Cerca de tres aos hemos corrido desde el principio de nuestra
Revolucin paso vacilante, y sobre sendas inciertas, por falta de un plan que trazara distintamente las
rutas de nuestra carrera y destino.Tal vez ste es el nico principio que ha originado la variedad de opiniones y la divisin de partidos que
han debilitado nuestra fuerza moral, que ahora es de la mayor necesidad concentrar.
Las provincias y los pueblos unidos la obediencia del gobierno en el territorio de su comprensin, no se
fan ya demasiado de nuestras palabras, despus que han visto repetidas veces frustrados sus justos
deseos y esperanzas; y el de esta capital, deseando ocurrir de un golpe al remedio de tantos males,
impuso al actual gobierno en el da de su instalacin el deber de satisfacer la exigencia de estos dos
importantes objetos.
El Gobierno cree que puede lisonjearse de haber llenado en esta parte el voto pblico, con la
convocatoria de los Seores Diputados que hoy se ven reunidos en esta Asamblea que va instalarse. El
Gobierno tiene mil motivos para esperar que los Seores Representantes respondern dignamente, etc.,
etc. La conclusin queda transcrita en el texto4
Este sentido histrico-social del Himno Argentino es el rasgo que lo distingue del hacinamiento delugares comunes que forma la contextura literaria de los que entonan las otras repblicas sud-
americanas.
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entonces del brillante prestigio que le han conservado los recuerdos de su tiempo, y que sus
posteriores servicios justificaron despus.
El presbtero don Valentn Gmez, sacerdote liberal, hombre de Estado y de parlamento, ms
que hombre de altar, traa desde tiempo atrs la fama de su elocuencia en la enseanza
universitaria del Colegio de San Carlos, con la autoridad personal que le daba el haber sidomaestro de filosofa y de retrica clsica de la mayor parte de los hombres que actuaban con
distincin y con influjo en las filas liberales. Orador audaz, dueo de una dialctica poderosa
en el debate, nutrido siempre de doctrinas bien digeridas y firme en los conflictos con la vida
poltica, era uno de los miembros que mejor caracterizaba la ndole despejada y valiente con
que la Asamblea iba encarar la reforma social de los hbitos y de las leyes coloniales.
Monteagudo tambin, con su palabra breve, absoluta como la frmula imperante de un
dogma, inflada y petulante, pero hermosa por su esplendor, habra podido sealar su influjo
en el conjunto de los diputados, si las debilidades de su carcter, la malignidad de sus pasiones
y el encono arbitrario con que pretenda arruinar la comunidad de los espaoles, sin
considerar las relaciones de familia que los ligaban la sociedad civil de la capital, no le
hubieran enajenado en muy poco tiempo la estimacin y aun la condescendencia de los
hombres de pulso y de consejo que componan la mayora. El doctor Agrelo gozaba de
reputacin como jurista, pero tena tambin un carcter incoherente, una palabra sin
elasticidad ni extensin, que ignoraba el arte de mantener el equilibrio del debate sin caer en
la injuria y en las sugestiones de un carcter torpe y agresivo. Menos cauto y flexible que
Monteagudo, Agrelo se echaba siempre cuerpo perdido en las rencillas del interior en que
ste lo lanzaba contra los diputados que les hacan alguna sombra.
Como hombres hbiles en la estrategia poltica y en el manejo ardidoso de los negocios
pblicos, don Gervasio Posadas y don Juan Larrea eran eximios. Se haba educado el uno,
desde sus ms tempranos aos, en las covachuelas del notariado episcopal, y empapdose all
en las cuestiones intrincadas de los poderes eclesisticos con los poderes civiles; hombre de
razn libre y sin ms escrpulos que los de su sincero patriotismo, saba doblar las dificultades
con extremada sagacidad y emplear tiempo el expediente oportuno en cada caso. Pero como
careca de seriedad y de elevacin, ms bien que un hombre de accin era un hombre
utilizable en las distintas emergencias en que lo necesitara su partido. Larrea era el ms diestro
comerciante y financista de su tiempo. Su especialidad culminante en ese ramo, le daba un
influjo decisivo en la direccin y en el curso de los negocios pblicos. Su vivacidad para
comprender las necesidades del momento, para encontrar los recursos crear, y proyectar la
manera de sistematizarlos, era tan reconocida que bastaba su dictamen para que se
procediese de acuerdo con sus indicaciones. Muchos otros miembros de la Asamblea
descollaban tambin con mritos especiales. Entre los hombres de juicio reposado y de criterio
propio, podra citarse don Vicente Lpez y Planes, el espritu ms literario y clsico de su
tiempo. Don Toms Valle era un jurista erudito, sesudo, benvolo y bastante independiente.
Incorporse ms tarde el sabio y adelantadsimo presbtero doctor don Jos Gregorio Baigorri ;
espritu crtico y refinado, que si hubiera sido trabajador en letras como Funes, su
comprovinciano y rival, lo hubiera sobrepujado por la gentileza del estilo y por la competencia
del fondo. Ir ms adelante sera de ms; y basta con estos perfiles para caracterizar el grupo
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prestigioso de los hombres sealados que formaban alrededor del general Alvear, alma y brazo
de la obra comn.5
Luego de instalada, la Asamblea eligi por unanimidad don Carlos M. de Alvear por su primer
presidente, con un aplauso y aclamacin general del distinguido concurso que haba quedado
en las galeras y patios de la casa. Esta eleccin equivala una declaracin franca y resueltaque la Asamblea haca de su partido y de su carcter oligrquico tambin. Constituida la mesa
con el presidente y con los secretarios Vieytes y Gmez, se declar y se mand que se
publicase por bando: Que en la Asamblea General Constituyente resida la plena
representacin y ejercicio de la Soberana de las Provincias Unidas del Ro de la Plata, con el
tratamiento de Soberano Seor; y qued suprimida de la nueva frmula del juramento que
las autoridades pblicas deban prestarle, como tal soberano, la mencin de la persona y de
la autoridad del rey de Espaa.
Alguna razn de prudencia poltica de oportunidad debi influir en la Asamblea para que
aplazase el propsito de concentrar el gobierno en la persona de un solo magistrado con que
el partido del 8 de octubre haba bregado el poder. En vez de emprender desde luego esa
reforma capital del gobierno colectivo, deleg interinamente el Poder Ejecutivo, con el
carcter de Supremo, en las mismas personas que lo administraban, hasta que se tuviese a
bien disponer otra cosa.
En la sesin del 2 de enero, la Asamblea se ocup en discutir la famosa y humanitaria mocin
hecha por el diputado Alvear para que se aboliese la esclavitud de nacimiento. Esa ley brbara
del rgimen colonial europeo, arrojada ya de su legislacin por Inglaterra, era ignominiosa en
un pas que luchaba por sus libertades polticas. Ella se fundaba en el derecho de propiedad
original del hombre sobre los animales y sus procreos. Pero el procreo de los animales necesita
propietario porque no tiene facultades para hacer su propio gobierno ni para la vida civil; y
slo eso justifica la sucesin de su propiedad. El hombre no est en ese caso; sus aptitudes
morales y civiles le bastan para ser persona, y la sociedad poltica no puede ni debe renunciar
al poderoso contingente que todos los hijos de su suelo deben darle como agentes y fuerzas de
su conjunto soberano y libre. Nadie deba, pues, nacer esclavo en el territorio argentino; y
como el valor venal de los esclavos adultos constitua un derecho adquirido del patrimonio
domstico, que no convena violar mientras no pudiese abonarse su valor, se pact con el
hecho, mientras la muerte y la emancipacin gradual por actos del Cabildo, del gobierno
mismo, y del rescate personal de los mismos esclavos, abola progresivamente la esclavitud,
como en efecto la aboli totalmente menos de diez aos.6
5Los Miembros en su total fueron los siguientes: Nicols Rodrguez Pea, Jos Valentn Gmez, Hiplito
Vieytes, Juan Larrea, Carlos Mara de Alvear, Gervasio Posadas, Vicente Lpez, Toms Antonio Valle,
Mariano Perdriel, Jos Julin Prez, Manuel Luzuriaga, Pedro Pablo Vidal, Bernardo Monteagudo. Pedro
Jos de Agrelo, Francisco Ugarteche, Nicols Laguna, Jos de Amenabar, Jos Gregorio Baigorri, Fr.
Cayetano Rodrguez, Ramn de Anchoris, Jos Moldes, Agustn Donado.6
15) Con arreglo las ulterioridades que la ley mencion,
la Asamblea expidi en 6 de marzo un Reglamento para la manutencin, educacin y ejercicio d los
nios libertos en el que, desde la lactancia hasta la tutela y curadura, se provey todo lo necesariopara su sostenimiento, educacin y provechos de su trabajo, desde los 15 aos hasta los veinte (Gaceta
del 10 de marzo de 1813. nm. 48).
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Una de las dificultades ms serias que se oponan la regularidad de la administracin del
rgimen electoral, que la Asamblea deseaba establecer sinceramente en concordancia con los
principios nuevos, era la falta de un censo que pudiera suministrar al gobierno un estado
verdadero, aproximado al menos, de las condiciones civiles, econmicas y militares en que se
hallaba la poblacin del pas. La Asamblea orden que se llenase esa necesidad
inmediatamente y de un modo prolijo en todas las provincias. Pero ni el deseo ni la orden
podan cumplirse, porque no haba medios administrativos capaces de llevarla cabo; y la
resolucin qued como un desidertum delegado al progreso de los tiempos subsiguientes.
El 20 de febrero corresponda renovar el turno de los miembros que componan el Poder
Ejecutivo. La Asamblea confirm en sus puestos los seores Rodrguez Pea y Alvarez Jonte.
Don Jos Julin Prez substituy al doctor don Juan Jos Passo, que, poco apasionado por la
tendencia que segua la parte del partido liberal que gobernaba, era considerado en ella como
poco coherente apropiado para continuar en la regin desde donde deba darse direccin
los sucesos. Es tambin muy digna de notarse, como rasgo caracterstico de las ideas
predominantes en esta Asamblea, la resolucin que recay en una solicitud presentada por el
presbtero don Jos Rivadavia. Este sacerdote haba sido jesuta, y solicit que por una ley se le
autorizase testar y nombrar herederos en uso del derecho natural vulnerado en esta parte
por las leyes prohibitivas expedidas en este particular. La Asamblea resolvi que hallndose
ella en el deber de proteger el derecho natural de todos los habitantes establecidos en sus
dominios, otorgaba al presbtero Rivadavia la autorizacin que solicitaba, debindose tener
este mandato por regla general y con fuerza obligatoria en todos los casos anlogos.
A mocin del diputado Alvear se decret tambin: Que aunque los diputados de las Provincias
Unidas no perdieran la denominacin del Ayuntamiento que las hubiese elegido, eran ante
todo diputados de la nacin, y por tales deberan todos ellos tenerse; bajo ese sentido, la
Asamblea se avoc el conocimiento privativo de todas las causas de estado que, por juicio
poltico residencia, estuvieran pendientes.7
Entre los muchos trabajos con que se sealaron las sesiones del ao de 1813, merecen
indicarse el establecimiento de la Facultad y de la enseanza de Medicina; la adjudicacin de
las capellanas castrenses; la derogacin de la Mita, de los Yaconazgos, del servicio personal y
de las encomiendas de los indios8, que eran hombres perfectamente libres y en igualdad de
derechos todos los dems ciudadanos.
7Complementse este decreto con otro reglamentario de la inviolabilidad de los doctores y de las
circunstancias con que poda enjuicirseles en caso de que fueran denunciados descubiertos como
criminales (Nm. 3. del Redac. de la A. G. C. 31 de Marzo 1813).8
La palabra Mita, cuyo sentido es tumo, era en el laboreo de las minas anloga lo que es la quinta o el
sorteo en el servicio militar de las naciones del continente europeo. Como el rey tena un quinto del
valor bruto que se extraa y funda en las minas sudamericanas, haba acordado los propietarios que
las trabajaban, el brutal derecho de hacerse entregar por los corregidores, por sus tenientes, un
nmero de indios jvenes y fuertes proporcionado la extensin de sus explotaciones sin ms
gravamen que alimentarlos. Millares de hombres tiles moran en esa espantosa condenacin los
trabajos forzados bajo de tierra; eran alimentados peor que las bestias, porque costaban mucho menos ;
y como no era difcil reponerlos, contando con el favor de los mandones locales, el abuso haba llegado ser una base enorme de riqueza para los dueos, y un verdadero exterminio para los naturales. El
decreto de la Asamblea extinguiendo esta horrible manera de explotar las minas, caus un efecto
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Prevaleca entonces una preocupacin econmica contra la extraccin de granos y de harina,
porque se crea que el pas productor quedaba desprovisto de esos frutos y expuesto carecer
de alimento. La Asamblea, con desprecio de un error tan contrario la riqueza territorial como
los propios fines que se pretenda servir mantenindolo en pie, declar completamente libre
la exportacin y el comercio de cereales, con la sola excepcin de no llevarlos Montevideo,
plaza enemiga y sitiada por las tropas argentinas.
Hasta entonces los comerciantes extranjeros haban estado en el carcter de un hecho
simplemente tolerado. La Asamblea aboli las trabas que les impona el rgimen colonial; les
permiti el derecho libre de recibir y expender cansignaciones al igual de los hijos del pas, y
mand que el consulado formase el registro de orden y clasificaciones correspondientes al
gremio y las personas que deban figurar en l.
No era posible que en el orden de mejoras sociales cuya adquisicin persegua la Asamblea con
un espritu tan notoriamente liberal, se le escapara la importancia que tena la creacin de una
Escuela Militar; y para llenar ese fin nombr una comisin compuesta de los doctores Alvear,
Anchoris, Lpez y Monteagudo, encargada de presentar un proyecto al efecto con toda
brevedad.
En cuanto las cuestiones de disciplina y jurisdiccin eclesistica, la Asamblea se mostr
resuelta y liberal como era de esperarse de su composicin y de su origen. La Sede Apostlica,
malsimamente inspirada por las pasiones del siglo y entrometindose en asuntos de gobierno
interior, que no le correspondan, haba tomado el partido del rey absoluto de Espaa contra
los gobiernos independientes de Sud Amrica; y yendo hasta donde poda ir en el camino de
sus abusos, se haba atrevido lanzar anatemas contra ellos, incitando las masas y los
sacerdotes que se sublevasen y sostuvieran muerte los derechos del rey de Espaa. A este
ataque gratuito y por dems insolente, la Asamblea General Constituyente respondi con tres
resoluciones de un solemne alcance. En la sesin del 4 de junio declar: Que el Estado de las
Provincias Unidas del Ro de la Plata era independiente de toda autoridad eclesistica que
existiera fuera de su territorio, bien sea de nombramiento de presentacin real. En la sesin
del 16 del mismo mes, adelant sus declaraciones con esta otra ley: La Asamblea General
prohbe que el Nuncio Apostlico residente en Espaa pueda ejercer acto alguno de
jurisdiccin en el Estado de las Provincias del Ro de la Plata; y ordena: que habiendo
reasumido los Rev. Obispos del territorio nacional sus primitivas facultades, usen de ellas en
sus respectivas dicesis mientras dure le incomunicacin con la Santa Sede Apostlica.
Por otra del 28 de junio se declar tambin: Que estando prohibida toda intervencin y
ejercicio de autoridad de los Prelados generales y Comisarios de Regulares residentes fuera del
contrario al que se propusieron sus autores. Los beneficiados, que eran los indios, embrutecidos por el
peso de la obediencia servil y automtica que les estaba impuesta desde tres siglos atrs, eran incapaces
de apreciar la reforma, no tenan medios ni de conocerla siquiera, ni de sacudir ese yugo atroz; y los
propietarios que formaban la clase pudiente y activa del Per, considerndose gravemente amenazados
en sus haberes y en sus explotaciones, se declararon por las banderas del rey de Espaa, cuyo rgimen
los favoreca con intereses concordantes y bien asegurados.
Yanaconazgos era una clusula especial de las concesiones de tierras de labrado, por la que se conceda
al agraciado el derecho de hacerlas servir gratuitamente por indios. Entendase por Encomiendas elderecho de cobrar tributo los indios de tal cual lugar; y el servicio personal consista en hacerlos
servir dentro de las casas.
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territorio de las P. U. del Ro de la Plata, en las comunidades religiosas de su comprehensin,
corresponde al Supremo P. E. nombrar un Comisario General que recibiendo la plenitud de su
autoridad de los Reverendos Obispos y Provisores en sede vacante, la ejerza en las expresadas
comunidades religiosas, de cualquier orden que sean, en los mismos trminos y casos en que
lo hacan aquellos Generales y Comisarios; y del mismo modo, corresponder tambin al
mismo S. P. E. el nombramiento de Vicario General Castrense y del Comisario General de
Cruzada. Esto era, como se ve, entrar plenamente en el propsito de constituir una Iglesia
catlica nacional argentina, que no por dejar de ser romana era menos catlica y menos
cristiana que la de Espaa, revestida entonces de las mismas facultades y atribuciones.
Para llenar cumplidamente estos fines, se dict un Reglamento con fecha 18 de agosto,
distribuyendo administrativamente el total de los diezmos, el sueldo de los prebendados y
funcionarios de la Curia, los oficios del Coro y de las Catedrales, y suprimiendo algunos
beneficios que no tenan razn de ser, como eran los de Epstola y Evangelio.
A impulsos de un celo de propaganda tan inicuo como contrario al inters pblico y la
integridad de las familias, se haba llevado su colmo el reclutamiento de jvenes y seoritas
apenas salidas de la infancia, para inducirlas entrar en los conventos de monjas y de frailes
por medio de la confesin y de las malignas insinuaciones de las beatas. La Asamblea, que vea
la vital necesidad que el pas tena de hombres libres, de padres y de madres de familia,
orden por ley del 19 de mayo: Que los regulares de ambos sexos no pudieran profesar en las
rdenes de esta clase, en todo el territorio de las Provincias Unidas, hasta que no hubieran
cumplido la edad de treinta aos.
En la discusin hubo un miembro que se opuso invocando la clusula disciplinaria del concilio
de Trento. Pero la Asamblea sostuvo por principio que todos los puntos de las leyes cannicas
que no eran declaracin de dogmas, estaban, y estaran siempre, sujetos los principios y
conveniencias del inters poltico y de la libertad civil de las naciones soberanas.
El obispo de Salta, que se hallaba encausado en la capital por haber mantenido
correspondencia secreta con el enemigo (18), se present la Asamblea implorando clemencia
y quejndose de las incomodidades que sufra en su arresto. Apoyada la solicitud por uno de
los miembros que era su amigo particular, tom la palabra el diputado Carlos Mara Alvear, y
dijo: La ley no debe considerar sino el delito: todas las personas son iguales delante de ella; y
si en el juicio del reverendo obispo se debiera atender su dignidad, no debiera ser sino para
aumentar el castigo que merezca. Qu razn hay para que gima en un calabozo el desvalido
que slo tiene el lugar en que pisa, mientras el potentado le agravia en su miseria desde el
asilo de su crimen? Cuntos desgraciados padecen en esas moradas de la muerte, acaso
porque no tuvieron cmo conocer el lmite de sus deberes? Un obispo no es sino un ministro
de paz: su primer fin debiera ser trabajar por la concordia de su grey; si falta esa obligacin,
su misma dignidad invoca la pena. Respetemos los funcionarios del culto; pero que tiemblen
si por desgracia llegan empuar la cuchilla sacerdotal contra los derechos del pueblo. Sigan
entonces la suerte de los dems criminales, y sepan que no hay exencin de personas delante
de la ley. Vuestro obispo de Salta se queja de sus padecimientos. Todo desgraciado es digno de
compasin; y l dejar de serlo en breve si es inocente.
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Estas medidas indispensables en todo pas donde el buen orden interior y la tranquilidad
pblica exigen que no haya dos soberanos, pretexto de que hay uno que representa Dios y
de cuyos mandatos es intrprete y arbitro su jerarqua poltico-eclesistica, y de que el otro
est limitado lo simplemente material, traa como consecuencia natural la orden de que
todas las rentas por administracin de bienes, prebendas, beneficios, mesadas y medias
anatas, se entregasen pronta y efectivamente en las cajas pblicas, tomando los valores que
correspondieren sobre el producto de los cuadrantes y repartos de los diezmos.
En prosecucin del mismo espritu se mand tambin que los estudios que se hacan en el
Seminario Conciliar, se reuniesen en un solo cuerpo con los del Colegio de San Carlos,
debiendo ser regentadas las ctedras por los que las sirviesen con dotacin del Estado en el
dicho Colegio.
A pesar de las recomendaciones y advertencias que el protomedicato haba hecho los curas
sobre la mortalidad de prvulos que produca el bautismo, hecho con agua fra y natural en los
primeros das del nacimiento, ellos haban procurado mantener con todo rigor la preocupacin
de las madres acerca del pecado en que incurran nutriendo en su seno criaturas gentiles y
desprovistas del sacramento que las haca cristianas y ngeles del cielo. Informada la Asamblea
de este abuso perjudicial, orden que se bautizase con agua tibia, y aunque eso mismo no se
hiciese sino despus que hubiera pasado el peligro del ttano, mal formidable que entonces
privaba de la vida una cantidad enorme de recin nacidos.
Por ley del 1. de septiembre se sancion un extenso Reglamento organizando la
administracin de justicia, la jurisdiccin respectiva de los diversos tribunales y juzgados que la
deban componer, el proceder y la escala de los juicios, los emolumentos de sus agentes
inferiores, y la abolicin del juramento en los contratos y en todos los actos, ya fuesen civiles
criminales, en que las leyes espaolas lo exigan.
Basta un mediano conocimiento de lo que era el orden social en las provincias del interior
durante el rgimen colonial, para hacerse cargo de las alteraciones y contrariedades que la
revolucin debi producir, y cul debi ser el desgobierno administrativo de los nuevos
agentes polticos y militares, que entraban con mando en ellas, y que se remudaban con
frecuencia al influjo de cada partido. La mayor proximidad en que se hallaban del enemigo, y
las urgencias del peligro, someta esas provincias al abuso de las autoridades militares y de
sus agentes, en la continua necesidad que tenan de proveerse de caballos, vveres y otros mil
artculos indispensables para el sustento y movilidad de las tropas. En el vivo deseo de
remediar los males de una situacin que preocupaba dolorosamente el nimo de los
gobernantes, se nombr una comisin para que pasase visitar las provincias con
instrucciones relativas al arreglo de la administracin de las Rentas y todo lo que pudiera
influir en la prosperidad y aumento de esos pueblos en todos los ramos, y mejoras del estado
civil y poltico que tanto ha padecido con las ocurrencias de la guerra, y para que esa comisin
tuviera mayor importancia y eficacia, su desempeo se le encarg al seor Alvarez Jonte,
miembro anterior del Poder Ejecutivo, y al doctor Ugarteche, miembro de la Asamblea.
Para resolver la gravsima cuestin de la libertad de las aguas y la ocupacin de la plaza de
Montevideo, era de todo punto indispensable crear y armar una fuerte escuadrilla de
combate. Pero el principal obstculo, el obstculo insuperable, era la falta completa de medios
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en que se hallaba el erario. Si los recursos ordinarios y los dems adoptados hasta ahora,
deca la Comisin de Hacienda, no llegan cubrir todas las expensas militares que demanda la
conservacin del Estado: es preciso echar mano de otros que consulten tan sagrado objeto.
Esto era declarar con franqueza que no haba otro medio de salvar la situacin peligrosa en
que se hallaban los negocios, que repartir autoritariamente un emprstito forzoso. Pero es
preciso hacerlo, agregaba, de modo que se concilie su ejecucin con la permanencia de las
fuentes de la riqueza nacional, para evitar de este modo que los benemritos ciudadanos,
contribuyendo las necesidades pblicas, vengan quedar reducidos la indigencia9.
Los ttulos resonantes con que la Asamblea haca resonar de da en da su propia soberana, y
el de Supremo que otorgaba con nfasis al Poder Ejecutivo, haban desenvuelto en todo el
pas, fuerza de orlos y de leerlos cada momento, un sentimiento de nacionalidad tan
poderoso, que la masa de los pueblos y de las provincias, unidas la capital, ajena como en
todas partes las cavilaciones abstractas de la poltica, se tena por una nacin independiente
de hecho y de derecho, y hasta por tipo de una raza distinta y aun incompatible con la original
espaola, cuya filiacin poda, sin embargo, alcanzarse, digmoslo as, con la mano. Para mejor
afirmar esta tendencia tan necesaria como til, dado el perodo revolucionario en que se
hallaba el pas, la Asamblea mand cambiar el cuo de la moneda de plata y oro, adoptando
en lo nuevo emblemas y motes apropiados al espritu independiente y guerrero que convena
propagar y grabar en la imaginacin y en las pasiones polticas de las masas.
Una de las ms brbaras costumbres que quedaban del siglo anterior, era la de castigar con
azote desde 5 hasta 30 golpes dados sobre las carnes blandas los nios de las escuelas. Este
proceder atroz y humillante no slo era un castigo un medio de represin, sino algo ms
horrible y ms brutal todava, un mtodo de enseanza arreglado la doctrina de que la letra
con sangre entra, profesada y aplicada de da en da en los conventos de frailes, las ms veces
corrompidos, que humillaban as y envilecan las pobres criaturas que tenan que pasar por
este despotismo romano antes de entrar la vida civil10
. Los miembros de la Asamblea, no slo
9La Asamblea General ordena que los capitalista de todas clases de la comprensin del Estado anticipen
por un ao la suma de quinientos mil pesos, por va de prstamos, sealndose la ciudad de Buenos
Aires las dos quintas partes (200,000) y repartindose el resto entre las dems ciudades y pueblos. 2. El
prstamo ser exigible por mitades los diez y veinte das de la requisicin. 3. La Soberana Asamblea
General Constituyente hipoteca al reintegro de este prstamo, las rentas generales, y especialmente la
Contribucin extraordinaria (*). 4. A cada prestamista se dar un pagar sellado con el sello del Estado,
firmado del Gobierno y refrendado por el Ministro de Hacienda. 5. Despus de dos meses de su fechasern admitidos los prestamistas en pago de deudas propias, contra favor del Estado. 6. Pasados seis
meses se recibirn como dinero efectivo en cualesquiera de las Tesoreras del Estado en pago de
derechos y con el premio de un tres por ciento, y al ao con el seis. 7. Cumplido el ao, se pagarn la
vista, y dinero de contado por las tesoreras respectivas, con el mismo premio.
(*) Se refiere la que se haba impuesto anualmente todos los propietarios de fincas y negociantes
espaoles: que aunque malsimamente mirada entonces no era en el fondo, otra cosa que una ley de
contribuciones directa y de patentes.
10
Hemos odo uno de los hombres ms distinguidos y venerables del tiempo de la revolucin,contarnos que jams haba dado lugar que se le impusiese ningn castigo. Pero cursando latinidad,
haba unos seis ocho nios incapaces de aprender la jerga del mtodo nebrijiano. Cansado el profesor
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porque haban pasado casi todos por este infame tratamiento, sino para dignificar las
generaciones de hombres libres y el carcter civil con que deban entrar en la vida pblica,
dictaron la ley del 9 de octubre aboliendo los castigos de azotes en las escuelas bajo severas
penas y represiones contra los maestros que se permitiesen ese desahogo de su enojo, ese
medio de enseanza. Queda desde hoy abolida y proscripta semejante costumbre y psase
oficio al Cabildo de esta capital para que lo haga cumplir en sus escuelas, y al intendente de
polica en los establecimientos particulares, bajo la inteligencia que los maestros que
contravengan este decreto, sern privados de su oficio, y castigados como infractores de la
ley, pudiendo por otra parte emplear con sus discpulos los estmulos decentes del honor y de
la emulacin con otras correcciones que no sean penas corporales aflictivas.
Pero al mismo tiempo que se haca justicia los nios con esta hermosa doctrina, los hbitos
envejecidos del rigor y del encono tenan entrada en el nimo de la Asamblea contra los jefes
del partido saavedrista, fomentados por el encono de Monteagudo y por la impulsiva y
apasionada ligereza con que el doctor Agrelo tomaba siempre pecho los procedimientos de
represin anlogos su carcter y sus estmulos de hbil criminalista. Echada en este
sentido, ya sea porque participase en general de la mala predisposicin hacia los hombres del
5 y 6 de abril de 1811, ya porque no creyese conveniente contrariar la vehemente hostilidad
que aun se les conservaba en el partido predominante, la Asamblea sancion un Reglamento
de Residencia de juicio poltico demasiado violento y riguroso para que pudiera ser prctico,
pues en el fondo era una ley inquisitorial y de partido, en vez de ser una ley de simples
reparaciones en determinados casos, de simple separacin en los otros. Tena adems el feo
vicio de ser un enjuiciamiento por Comisin sin ninguna garanta de imparcialidad y de orden
permanente, y que por lo mismo, al vaivn de los partidos, quedaban tan expuestos los
enjuiciadores de hoy ser enjuiciados maana por los reos, como lo estaban stos poraqullos.
No era lo peor el carcter imprudente y mezquino de estos actos, intiles y nugatorios por otra
parte, sino que al mismo tiempo que alarmaban los indiferentes, ofendan los que no eran
parciales del crculo gubernativo: despertaban animosidades individuales, que aunque
retiradas por lo pronto las capas sombras de la burguesa, tomaban cohesin otra vez, y
poco poco alzaban sus miras contra el partido predominante; que causa de esas mismas
medidas, y de su influjo, tenda abiertamente constituirse en una oligarqua gubernamental y
enrgica.
Las elecciones sucesivas de los seores Posadas y Larrea para integrar el Poder Ejecutivo
acentuaron la concentracin progresiva del gobierno en manos del partido, cuyo jefe poltico y
militar delante del pas y de la opinin, era el joven don Carlos Mara Alvear, bastante
inexperto todava para ponerse en lucha con ciertos elementos fundamentales que
conservaban an mucho poder sobre el orden social. Por latente que fuera, y por escondida
que se mantuviese en las entraas del movimiento poltico esta corriente hostil al orden
de darles azotes y de perder tiempo con ellos, los distribuy entre los ms adelantados, para que los
enseasen, declarando que los azotes recaeran sobre esos maestros suplentes si los discpulos no
correspondan lo que deban saber. El caso lleg como era de temer, y el joven suplente recibi seisazotes; de la clase fu al lecho atacado por un acceso de fiebre cerebral.
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establecido, es asaz claro para el historiador que ah, en ese punto crtico, fu donde
comenzaron germinar las causas de los conflictos en que ms tarde naufrag la Asamblea
con el brillante partido que la haba integrado y sostenido.
Pero antes que la borrasca la arrebatase en la espiral inconmensurable de los tiempos, tena
muchos otros das que ilustrar en la historia argentina con sus victorias y con sus leyes.
Fuente: Lpez, Vicente F. Historia de la Repblica Argentina su origen su revolucin y su
desarrollo poltico hasta 1852. Tomo IV. Buenos Aires: Librera La Facultad, 1911. Pgs. 294-
317
Instalacin de la Asamblea. Por Bartolom Mitre
Las logias masnicas-polticas, recientemente organizadas por dos militares que acababan de
llegar de Europa, y que deban muy pronto hacerse clebres, cooperaron eficazmente a esta
revolucin. Estos militares, eran el coronel don Jos de San Martn y el sargento mayor don
Carlos Mara de Alvear. San Martin organizaba y disciplinaba (al mismo tiempo que la logia de
Lautaro, que tanta influencia deba ejercer en los negocios pblicos), el famosos regimiento de
Granaderos a Caballo, ncleo de los ejrcitos con que estaba destinado a dar libertad a la
mitad de la Amrica del Sur, de que era sargento mayor Alvear, uniformados por el momento
en ideas polticas y militares. Los liberales, dirigidos por Monteagudo, que fue el alma de este
movimiento, se pusieron de acuerdo con estos dos jefes y con los dems que mandaban las
fuerzas en la guarnicin. El 8 de octubre se congreg el pueblo en la plaza, bajo la proteccin
de la fuerza armada, elevando al Cabildo una representacin firmada por ms de 400
ciudadanos notables, en la que se le peda que reasumiendo la autoridad delegada por elpueblo el 22 de Mayo de 1810, procediese a suspender la Asamblea y hacer cesar al Gobierno
en sus funciones, y crese un nuevo Poder Ejecutivo provisorio, con el deber de convocar
inmediatamente un Congreso general. El Cabildo, en nombre del pueblo, proclam como
miembros del nuevo gobierno al Dr. Don Juan Jos Passo, don Nicols Rodriguez Peo y don
Antonio Alvarez Jonte, dignos de mandar a los dems por sus notables cualidades11
. Este
triunvirato, nacido del seno de una revolucin, tena razn de decir a los pueblos, al
anunciarles su exaltacin: Dejemos que el tmido razonador vea con escndalo sucederse las
convulsiones unas a otras: el filosofo sensato calcular los progresos del espritu pblico por
las mismas oscilaciones que parecen destruirlo, y en los terribles choques de la opinin
advertir los esfuerzos naturales que preceden a la libertad. (Manifiesto de 16 de Octubre)
A los quince das de su instalacin (24 de Octubre) expidi el nuevo Gobierno el decreto en
que se haca la convocatoria de la anhelada Asamblea. Por esta vez, el poder entraba de lleno
en el camino de la independencia, dando por base a todas sus deliberaciones el principio de la
soberana popular.
El eterno cautiverio de Fernando VII, deca en el prembulo, ha hecho desaparecer los ltimos
derechos de la Espaa, con los postreros deberes y esperanzas, etc. El estado de nulidad e
incertidumbre poltica, etc., nos ha precisado a flotar de un Gobierno en otro provisorio,
11Hallndose ausente Pea, entr provisoriamente en su lugar D. Francisco Belgrano, hermano del
general.
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excitando a su vez nuevas pasiones, odios y desconfianzas, que privan a la Republica de aquella
preciosa fuerza, que slo puede ser el resultado y fruto de la unin, etc. La necesidad misma
de mantener aquella, demanda imperiosamente una reforma general en la administracin
pblica, que facilite en nuestro mismo seno los recursos proficuos, que en el da se hacen
insuficientes por los vicios del antiguo rgimen, y por el ejercicio irregular e incierto del poder,
etc. Qu otro tiempo puede esperarse para reunir en un punto la majestad y fuerza nacional?
Esta, sin duda, debe ser la memorable poca en que el pueblo de las provincias unidas del Rio
de la Plata, abriendo con dignidad el sagrado libro de sus eternos derechos, por medio de
libres y legtimos representantes, vote y decrete la figura con que debe aparecer en el gran
teatro de las naciones, etc. Porqu temer escuchar por la primera vez la voluntad de todos
los pueblos que pueden libremente explicarla? Mantnganse, si se quiere, los abusos mismos
las envejecidas instituciones; pero reciba al menos cualquiera determinacin el gran carcter
del consentimiento pblico, para que regle la conducta de unos pueblos, que no deben ya ser
gobernados sino por verdaderas leyes dictadas en una Asamblea general
El sistema de elecciones adoptado hasta entonces no poda satisfacer a las nuevas exigencias
de la revolucin, pues no era posible prolongar por ms tiempo la ficcin de que los Cabildos
eran los representantes de la soberana popular; as es que, el Gobierno, en la mira de que las
resoluciones de los representantes fuesen la verdadera expresin de la voluntad general, y
destruir el recelo de que la Asamblea `pudiese ser reducida a las formas estrechas y exclusivas
de las Asambleas anteriores, determin una nueva base electoral, que marcaba un gran
progreso en las ideas polticas.
Rompiendo con la tradicin de los apoderados de los Cabildos, pero sin prescindir totalmente
de la intervencin de estas corporaciones, combin un sistema mixto de eleccin indirecta,
segn el cual cada ciudad, dividida en ocho cuarteles, deba nombrar un elector popularmente
y en alta voz; correspondiendo a los ocho electores que resultaren, hacer el nombramiento de
diputado, en consorcio del ayuntamiento de la ciudad; previnindose que, como el motivo de
la celebracin de la Asamblea, tena por principales objetos la elevacin de los pueblos a la
existencia y dignidad que no haban tenido, y la organizacin general del Estado, los poderes
de los diputados seran concebidos sin limitacin alguna, y sus instrucciones no conoceran
otro lmite que la voluntad de los poderdantes12
. La distribucin de los diputados, aunque no
tenia por base absoluta la poblacin, sino el nmero de ciudadanos, se acercaba ms a las
condiciones de la igualdad de derechos de todos los pueblos; as es que, al determinar cuatro
diputados para la capital, por su mayor poblacin e importancias poltica, asignaba dosdiputados a cada capital de provincia, y uno a cada ciudad de su dependencia, con excepcin
12El Dr. Don Vicente Fidel Lpez, en una notable carta sobre los antecedentes legislativos de la
Repblica Argentina, publicada en los nmeros 852 y 854 del Orden, pasa por alto esta notable
innovacin, y supone que la Asamblea de 1813 se convoc sobre la base puramente municipal de la
circular de 3 de junio de 1812, de que se ha hablado antes. La que se convoc y reuni sobre esa basefue la Asamblea disuelta por el movimiento de 8 de octubre, la que tambin pasa por alto el seor
Lpez.
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de la de Tucumn, a la que por sus recientes servicios se le concedi el privilegio de elegir dos,
al igual de su capital.13
El nuevo Gobierno, ms favorable que el anterior para Belgrano, lo colm no slo de honores,
sino que se apresur a proporcionarle todos los elementos necesarios, a fin de que pudiera
utilizar su reciente victoria.
Al mismo tiempo que se dispona la salida de nuevos refuerzos y pertrechos de guerra, con
destino al ejrcito auxiliar del Alto Per, las banderas rendidas por los enemigos en Tucumn,
eran paseadas en medio de aclamaciones por las calles de la capital. Tendidas las tropas desde
el rastrillo de la Fortaleza hasta la arquera de las casas consistoriales, el Gobierno en persona,
acompaado de todas las corporaciones, las llev humilladas como smbolos de la tirana,
fijndolas a la expectacin pblica en lo alto de los balcones del Cabildo, donde permanecieron
todo un da, estimulando el entusiasmo pblico. Por la tarde fueron conducidas al templo de
Nta. Sra. De las Mercedes, bajo cuyos auspicios se haban puesto los vencedores de Tucumn
el da de la batalla. Estos espectculos, hiriendo profundamente la imaginacin del pueblo,
despertaban el entusiasmo pblico, y contribuan eficazmente a formar el sentimiento de la
nacionalidad.
Fuente: Mitre, Bartolom. Historia de Belgrano y de la independencia Argentina. Tomo 2.
Buenos Aires: Flix Lajouane Editor, 1887. Captulo XX Entre Tucumn y Salta 1812-1813. Pgs.
135-139
La Asamblea General Constituyente. Por Bartolom Mitre
Su primer acto fu sancionar una nueva frmula de juramento, haciendo desaparecer el
nombre de Fernando II con que hasta entonces autorizaba el Gobierno sus actos,
sustituyndose al Monarca en cuyo lugar se colocaba. El juramento obligaba sus
conciudadanos a conservar y sostener la Iibertad, integridad y prosperidad de las provincias
del Rio de la Plata, asumiendo as la actitud de una potencia independencia y soberana. Por
decreto de 7 de Febrero di un paso ms avanzado, proclamando una nueva ciudadana,
consecuencia de una nueva individualidad poltica. En el trmino de quince das, se deca en
l, sern removidos de los empleos eclesisticos, civiles y militares, todos los europeos que no
hayan obtenido el ttulo de ciudadanos. Esto era romper abiertamente con la madre patria.
Como un homenaje a la memoria de Moreno, fundador de la democracia en el Ro de la Plata,se decret un aumento de pensin su viuda, rehabilitando as nombre por largo tiempo
oscurecido. Sucesivamente, quit la efigie real de la moneda, y mand acuar una de tipo
nacional, con las armas de la Asamblea, que representaban dos manos entrelazadas
sosteniendo el gorro de la libertad, iluminado por los rayos del sol naciente, circundado de la
paz y victoria, y en su orla la leyenda: En Unin y Libertad. El nuevo escudo reemplaz las
armas del Rey de Espaa, que se mandaron bajar de los blasones y las distinciones nobiliarias.
13
Posteriormente, por resolucin de 10 de Noviembre, se autoriz a los emigrados de las ciudades deSalta y Juju, ocupadas por el enemigo, el que pudiesen nombrar un diputado en representacin de cada
una de ellas.
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La administracin de justicia fu reorganizada, abolindose los recursos la Metrpoli, ltimo
vnculo legal que ligaba las Colonias a la Espaa. Se echaron los fundamentos de una iglesia
nacional, independiente, reasumiendo los ordinarios la plenitud de sus facultades, con
prescindencia por el momento de la Santa Sede; y ordense que en la colecta de la misa, en
vez de rogar Por la Majestad Real14
, se elevaran las preces al cielo por la Asamblea Soberana
de las provincias unidas, supremo moderador del Estado. Promulgse la ley inmortal de la
libertad de vientres, prohibiendo la introduccin de nuevos esclavos; se provey la educacin
de los libertos; aboli la inquisicin, el tormento en los juicios, mandando quemar en media
plaza los instrumentos consagrados para estos actos de barbarie. Por ltimo, se revalidaron las
leyes sobre la libertad de imprenta y exencin de tributos de los indios, dictada anteriormente
bajo la inspiracin de Moreno ; y bajo sus auspicios se enarbol la bandera azul y blanca
inventada por Belgrano el ao XI, y que desde esta poca reemplaz completamente la
bandera espaola, aunque sin declaracin expresa. Aun hizo ms la Asamblea, dando un ritmo
la revolucin, al sancionar el himno nacional, conocido en toda Amrica con la denominacin
de Od mortales, producto de la inspiracin sublime de un momento, en que el poetaarrebatado, haciendo or al mundo el grito sagrado de la libertad y el ruido de las cadenas
rotas y mostrndole el trono de la igualdad levantado, exclam posedo de entusiasmo:
Se levanta la faz de la tierra
Una nueva y gloriosa nacin,
Coronada sus de laureles
Y sus plantas rendido un len.
La Asamblea al coronar su obra con las flores de la poesa no escap la ley fatal de los
poderes apasionados, que obedeciendo su naturaleza, se hacen un deber de la persecucin,
14Ya se habla hecho una innovacin en este sentido. Por decreto de 10 de Febrero de 1812 se estatuy
sobre las preces de la misa. EL Obispo de Crdoba contest de conformidad, aunque hizo presente la
prohibicin de la Iglesia, que impide alterar, aadir o quitar cosa alguna de la misa, segn el concilio de
Trento; en vista de lo caul contest el gobierno, que no obstante, se cumpliese el decreto en todas sus
partes. A consecuencia de esto, el Obispo Orellana dirigi una circular su dicesis con fecha 9 de Junio
de 1812, en que mencionando lo anterior, y admitiendo que poda interpretar la voluntad de la Iglesia
en casos urgentes, aada Mandamos que en todas las preces y Ietanas que se acostumbran hacer en
los domingos inmediatamente despus de la misa solemne, y luego despus dicha clusula: -Ut cuncto
Populo Cristiano pacem et unitatem largiri digneris; te rogamus, se aada lo siguiente: Ut AustrulisAmerica Provintias Unitas, carumque moderatores ab omne servitude vel tyranide liberare, casque in
christjana librtate civil et politica protegere digneris ic rogamus. Con fecha 27 de Junio de 1812 insisti
el gobierno a fin de que se cumpliese el decreto en todas sus partes. El gobernador de Crdoba, que lo
era entonces don Santiago de la Carrera, con fecha 18 de Julio, da cuenta de haberse insinuado
nuevamente con el obispo al respecto, el cual le dijo, que si el insista no tendra que embarazarse en
hacer aadir las preces, y que sin necesidad de estas representaciones, desde el principio se hubiese
prestado obsecuente a las insinuaciones sobre el particular si se hubiese declarado la independencia. El
Gobierno, con fecha 28 de Julio del mismo ao ruega y encarga por ltima vez, sin dar lugar a ulteriores
contestaciones, cumpla el Obispo con lo que debe al Estado.
A consecuencia de todo esto, el Obispo provey un auto en 12 de Agosto de 1812, expidi una circular a
los curas y dems eclesisticos de su dicesis, mandando que en la colecta de la misa Et fumulus tuos, se
aadiese despus las palabras ab omni adversitatis custodi, la siguiente clusula: Et justam nostrelibertatem causam tum christiani tum civilem protege pacem et satutem (M. S. S. deI Archivo General
en Legajo Crdoba y la Rioja - 1812.
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no por espritu de venganza, sino movidos de un sentimiento implacable de adversin contra
los principios que les son opuestos, y persuadidos de que persiguiendo los sostenedores de
ellos, sirven mejor los intereses de su causa. Este sentimiento, que ennoblece al combatiente
cuando tiene por objeto verdaderos enemigos, es cobarda cuando slo es inspirado por
contendores polticos, divididos por meras disidencias. Tal era el caso de la Asamblea, cuando
dispuso formar un proceso de residencia a todos los gobiernos que la haban precedido,
creyendo tal vez de buena fe, que el partido opuesto haba traicionado la revolucin. Este
partido su vez expiaba el crimen de 5 y 6 de Abril. Su jefe, don Cornelio Saavedra, inocente
de aquel crimen, aunque no libre de una responsabilidad moral, fu la vctima expiatoria. Por
seguido, desterrado, escarnecido, llego ocasin en que el hroe del 1 de Enero, la columna
fuerte del 25 de Mayo, se hall pobre, solo y desnudo en medio de las nieves de la cordillera,
mientras los espaoles le buscaban por una parte para ahorcarle, y los patriotas lo repelan de
la otra parte en odio a sus antiguas opiniones15
. A su vez los perseguidores fueron perseguidos
; y ambos dejaron consignados en sus informes procesos, el testimonio de la ceguedad y de la
injusticia de los partidos, que se dejan gobernar por pasiones, no subordinadas la raznpoltica, ni justificables ante la moral
16.
No todos estos actos de la Asamblea Constituyente tuvieron lugar en el breve espacio que
abraza este captulo; pero en el inters de no interrumpir la unidad de la narracin, y de hacer
conocer mejor las tendencias predominantes de la poca, los hemos presentado en un solo
cuadro. Para cerrarlo, y volver tornar al general Belgrano en marcha sobre el enemigo,
diremos que la instalacin de la Asamblea fu solemnizada por un notable aunque pequeo
triunfo de armas, que levantando el espritu de la caballera argentina, puso en escena un
hroe destinado eclipsar todos los guerreros de la Amrica del Sur. Hablamos del combate
de San Lorenzo, obtenido por el coronel don Jos de San Martin el da 3 de Febrero de 1813,en las inmediaciones del convento de este nombre sobre la margen derecha del Paran.
Fuente: Mitre, Bartolom. Historia de Belgrano y de la independencia Argentina. Tomo 2.
Buenos Aires: Flix Lajouane Editor, 1887. Captulo XX Entre Tucumn y Salta 1812-1813.
Captulo XXI Salta Pg. 161-165
15Siendo el general San Martin gobernador de Cuyo, se apresur a reparar esta brbara injusticia, que
deshonraba la causa de la revolucin. Sobre este punto da algunos detalles interesantes y patticos en
su Instruccin ya citada. M. S.16
Estos procesos de residencia existen en el Archivo General, y tienen un gran inters histrico por las
noticias que en ellos se encuentran, noticias que de otro modo se hubiesen perdido. Se siguieron la
vez de dos maneras: ostensible y secretamente. Aunque hechos por los enemigos, son los mejoresjustificativos de los acusados, en cuanto los delitos que se les imputaban, esto es, prescindiendo de la
apreciacin de los errores polticos de unos y de otros.
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Fuentes documentales:
Trabajo legislativo de la Asamblea
General Constituyente de las
Provincias Unidas del Rio de la
Plata 1813
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Fuente: Fras, Uladislao S. Trabajos Lejislativos de las primeras Asambleas Arjentinas desde la
junta de 1811 hasta la disolucin del Congreso en 1827. Tomo I 1811-1820. Buenos Aires:
Imprenta de La Universidad, 1882.
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