acta comision disciplina 20 enero 2011 · dejaría de publicarse al ser una obligación procesal,...
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ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA DE LA
COMISIÓN DE DISCIPLINA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA,
CELEBRADA EL 20 VEINTE DE ENERO DE 2011, DOS MIL ONCE. - - - -
En la ciudad de San Luis Potosí, capital del Estado del mismo nombre,
siendo las 10:30 diez horas con treinta minutos, del jueves 20 veinte de
enero de 2011 dos mil once, en la sala de juntas del Consejo de la
Judicatura del Poder Judicial del Estado, ubicada en Avenida Luis Donaldo
Colosio 305, primer piso, Colonia I.S.S.S.T.E.; con fundamento en el
artículo 88 y 93 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, 24 del
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, se reúnen para celebrar
sesión ordinaria de la Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura
del Poder Judicial del Estado, sus integrantes: los consejeros, licenciados
Guillermo Balderas Reyes y Juan Carlos Barrón Lechuga, el segundo de
ellos en su carácter de coordinador de la Comisión; licenciado José Refugio
Jiménez Medina, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina del Consejo
de la Judicatura, con el carácter de Secretario de Actas; el contador público
Juan José Luviano Fukuy, Contralor del Poder Judicial del Estado y
licenciado Luis Acosta Venzor, Visitador General. Acto continuo, los
consejeros instruyen al Secretario de Actas para que dé lectura al
contenido de la convocatoria emitida para esta sesión, siendo el siguiente: -
1. Instalación de la sesión y declaratoria de quórum.
2. Aprobación del acta de la sesión anterior.
3. Aprobación del orden del día.
4. Seguimiento de los acuerdos adoptados.
5. Informe de la Contraloría del Poder Judicial del Estado.
6. Informe de la Visitaduría Judicial.
7. Informe de la Secretaría Ejecutiva de Vigilancia y Disciplina del Consejo
de la Judicatura.
8. Asuntos Generales.
Se procede a desahogar el mismo en los términos siguientes: - - - - - - - - - -
1. INSTALACIÓN DE LA SESIÓN Y DECLARATORIA DE QUÓRUM.- Por
encontrarse presentes la totalidad de los miembros de esta Comisión, se
declara que existe quórum legal para llevarla a cabo y por consecuencia,
válidos los acuerdos que en ella se tomen, conforme al artículo 34 del
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
2. APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- - - - - - - - - - - -
Se da lectura al acta del 02 dos de diciembre de 2010 dos mil diez, misma
que previo a esta sesión, se encuentra aprobada y firmada por quienes
integraban esta comisión en la fecha citada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
3. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Los señores consejeros aprueban el orden del día. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
4. SEGUIMIENTO DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS. - - - - - - - - - - - - -
4.1. ACUERDO CD-CJ/118/2010.- Relativo al oficio SEVD/1395/2010,
dirigido a la titular del Juzgado Cuarto del Ramo Civil, para que con
fundamento en el artículo 184, de la Ley Orgánica y 115 del Reglamento
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Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, indicara
expresamente, si era su deseo iniciar procedimiento de responsabilidad,
por la perdida de los expedientes que en su oportunidad reportó al Consejo
de la Judicatura; a lo que con el oficio 2801/2010, de 22 veintidós de
noviembre de 2010 dos mil diez, la licenciada GRACIELA GONZÁLEZ
CENTENO, Juez Cuarto del Ramo Civil, solicito dar seguimiento a la
investigación del paradero de los expedientes reportados y en el momento
de que existan datos o elementos suficientes, se inicie juicio de
responsabilidad contra quien corresponda. Conforme a lo anterior, esta
Comisión determinó que en primera instancia, era conveniente proponer
capacitación al personal que maneja el archivo en los órganos
jurisdiccionales, misma que deberá versar específicamente en la
organización, clasificación y control del archivo de trámite del juzgado; por
lo que se instruyó al Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina para que
conforme a sus facultades, instruyera al Coordinador de Archivos del Poder
Judicial del Estado, maestro Jorge Núñez Chávez, para el diseño de
programa de capacitación en el manejo de archivos para el personal
jurisdiccional, con el fin de mejorar su manejo y evitar el extravío de
expedientes en juzgados. En CUMPLIMIENTO a lo anterior se giro oficio
SEVD/19/2011, al Coordinador de Archivos, maestro Jorge Núñez Chávez
instruyéndole en los términos ordenados por esta comisión recomendando
a éste último se entrevistara con la titular del Juzgado Primero del Ramo
Civil (por ser el órgano jurisdiccional, más eficiente en el uso y requisitado
del sistema electrónico) a fin de que conociera el sistema de control del
archivo de los juzgados; funcionario que actualmente se encuentra en el
proceso de diagnóstico y diseño del curso que se requiere a fin de
proponerlo a esta Comisión para su aprobación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
El consejero Guillermo Balderas Reyes, en uso de la voz subraya la
necesidad de que se involucre en el proyecto al área de Tecnologías de la
Información, para que de ser viable se efectúen los ajustes necesarios al
sistema. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Acto continuo el licenciado José Refugio Jiménez Medina propone a fin de
mejorar el servicio que debemos brindar a la comunidad involucrada en los
diversos procedimientos judiciales que aquí se tramitan, se plantee al Pleno
del Consejo sugerir a los titulares de los juzgados para que en las listas de
acuerdos que se publican vía Internet se inserte el total del acuerdo a
publicar y no una síntesis del mismo. Lo anterior permitiría que los
interesados, al tener conocimiento total del acuerdo publicado, ya no se
vean obligados en acudir a los juzgados para imponerse de la totalidad de
los acuerdos dictados, reduciéndose así el número de personas que
asisten a ellos con ese solo propósito; cabe precisar que la lista impresa no
dejaría de publicarse al ser una obligación procesal, pero en la medida que
brindemos mayores facilidades al público para conocer el contenido de los
acuerdos, además de transparentar nuestra función, evitaríamos la
acumulación de personas en los juzgados. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Por otra parte, se sugiere que ante el crecimiento de la población en
nuestro Estado lo que trae como consecuencia el incremento del número
de asuntos en los juzgados tanto civiles como familiares, se propone
analizar la posibilidad de incrementar la capacidad de la página de Internet
del Poder Judicial, para que los acuerdos que emitan los órganos judiciales,
estén a disposición de los interesados en un sistema en donde puedan
consultar los acuerdos que cada expediente contenga, obvio es que se
tendría que analizar el manejo del mismo en relación con las obligaciones
en materia de transparencia por parte del Poder Judicial y que no sean
publicados datos de carácter personal, este sistema que se propone
pudiera ser similar al SISE que maneja el Poder Judicial de la Federación y
por el cual cualquier persona puede consultar los acuerdos emitidos en:
Procedimientos de Amparo Indirecto, Amparo Directo, Comunicados
Oficiales Enviados y Recibidos, Concursos Mercantiles, Extinción de
Dominio y Procesos Civiles o Administrativos, según se puede apreciar de
la consulta en la página del Consejo de la Judicatura Federal. - - - - - - - - - -
SEGUIMIENTO AL ACUERDO: En virtud de lo expuesto, en primer término
requiérase al Coordinador de Archivos para que en la próxima sesión de
esta Comisión, presente los avances del proyecto de capacitación en
materia de archivos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Asimismo, en atención a la propuesta del licenciado Jiménez Medina, se
determina que la formalice, sugiriéndole lo haga en coordinación con el
ingeniero Moisés Alejandro Caballero, Director del área de Tecnologías de
la Información, para que esta Comisión pueda analizar la viabilidad del
mismo y en su caso sea presentado como proyecto estratégico de esta
Comisión a desarrollar durante este año.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
4.2. ACUERDO CD-CJ/113/2010.- En cuanto a la práctica de la visita
extraordinaria de inspección a la Central de Actuarios, tendiente a verificar
las actividades que realizan los actuarios fuera de dicha Central, así como
el cumplimiento dado a las recomendaciones giradas con motivo de la
última Visita Ordinaria de Inspección; y sí se está observando el contenido
de los Acuerdos Generales emitidos por el Pleno del Consejo de la
Judicatura, Trigésimo Quinto que hace referencia al Uso y Control de
Vehículos; y Cuadragésimo Quinto que regula el Servicio Social que
prestan estudiantes de diversas carreras. En CUMPLIMIENTO, se giró
instrucción al Visitador General con oficio SEVD/63/2011, comisionándose
para tal efecto a los cinco visitadores judiciales, iniciando la visita
extraordinaria, el lunes 17 diecisiete de enero de 2011 dos mil once y se
concluye el día de la fecha. En este orden de ideas, en uso de la voz el
licenciado Luis Acosta Venzor, rinde a esta Comisión informe preliminar en
lo siguientes términos: Se asignó a los visitadores judiciales, licenciados
Emilio Agustín Ortiz Monroy, Juan José Ortiz Hernández y Roberto
Dorantes Hivó, para que verificaran el desempeño de los diligenciarios
fuera de la Central de Actuarios, escogiéndose al azar varios de éstos y
solicitándoles a una hora exacta los expedientes que tenía turnados, así
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como los domicilios que tendrían que visitar; detectándose, en algunos
casos, que estando el actuario dentro de la multicitada Central, en ese
momento se notificaba en su domicilio al interesado, a lo que
evidentemente el actuario no era quien realizaba las notificaciones y que
diversa persona las efectúo; asimismo, en este rubro los visitadores se
entrevistaron con la persona que recepciona notificaciones en la Defensoría
Social del Estado y mostrando los instructivos recibidos en ese día se
advirtió que eran de diferentes diligenciarios, afirmando dicha persona que
una señorita le llevó todos los instructivos. En otro orden de ideas, el día
que inició la visita extraordinaria, se encontraron diversas personas ajenas
a la dicha Central, que no trabajan para el Poder Judicial, realizando trabajo
de los mozos y de los diligenciarios, tales como el aseo del local y la
elaboración de razones actuariales respectivamente; es de destacar que a
las personas que no trabajan para el Poder Judicial, se les encontró tanto
en horarios de oficina como en horas en las que ningún funcionario de la
Central de Actuarios se encontraba en la oficina. De igual forma, en lo
relativo al control y uso de vehículos asignados a esa área, se advirtió que
no cuenta con un registro interno de préstamo y datos asentados en la
bitácora, en ocasiones no coinciden con las entradas y salidas de los
vehículos registrados en la caseta de vigilancia. Finalmente, en cuanto al
seguimiento a las recomendaciones, se observó que algunas de éstas han
sido acatadas y las restantes se encuentran en proceso su cumplimiento.- -
SEGUIMIENTO AL ACUERDO: Los consejeros se imponen del informe de
avances obtenidos de la visita de inspección extraordinaria e instruyen en
el acto al Visitador General para que en la próxima sesión se haga entrega
del acta de visita y se dé cuenta con el informe correspondiente. - - - - - - - -
4.3. ACUERDO CD-CJ/119/2010.- Derivado de los resultados obtenidos en
la auditoría practicada al área de Consignaciones y Garantías dependiente
de la Dirección de Recursos Financieros de la Secretaría Ejecutiva de
Administración, se ordenó al Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina
y al Contralor Interno, verificar la actualización de la circular 10/2006 de
fecha 25 veinticinco de abril de 2006, dos mil seis, debiendo girar oficio de
conocimiento a los juzgados para que acaten lo estipulado por dicha
circular. En CUMPLIMIENTO se giró oficio SEVD/18/2011 reiterando la
vigencia y obligatoriedad de dicha circular a los juzgados de los ramos civil,
familiar y penal, Mixtos de primera instancia y menores del interior del
Estado, la cual establece que solo podrán permanecer bajo el resguardo de
su juzgado hasta por el término de tres meses los cheques que les emite la
Dirección de Consignaciones y Garantías, para el pago o devolución de
garantías pendientes de entregar a sus beneficiarios, debiendo cancelarlos
y devolverlos a esa Dirección a la conclusión de dicho término.. - - - - - - - - -
CONCLUSIÓN DEL ACUERDO: Los integrantes se dan por enterados,
dando por concluido el presente acuerdo, en la inteligencia de que en lo
subsecuente, dentro de las visitas de inspección ordinaria, se deberá dar
seguimiento al cumplimiento de la citada circular. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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4.4. ACUERDO CD-CJ/120/2010. Derivado del informe de los resultados
obtenidos en la Segunda Visita de Inspección Ordinaria al Juzgado
Primero Mixto de Primera Instancia de Rioverde, en el rubro de revisión
de expedientes se advirtió: Deficiencias en la aplicación del Código
Familiar. Por lo que, la Comisión acordó que se hiciera saber al coordinador
de la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura, la
problemática recurrente en la mayoría de los órganos jurisdiccionales
revisados, con relación a la aplicación del Código Familiar, a fin de que se
considere la viabilidad de instrumentar al efecto un curso para el personal
jurídico de los juzgados. En CUMPLIMIENTO, se giro a dicha Comisión el
oficio CD-CJ/619/2010.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CONCLUSIÓN DEL ACUERDO: El consejero Guillermo Balderas Reyes,
informa que la Comisión de Carrera Judicial, ya analizó este asunto y se
están programando los cursos en la materia. En este sentido, en lo que
respecta a esta Comisión, se da por concluido el presente acuerdo. - - - - -
4.5. ACUERDO CD-CJ/121/2010.- Respecto de los resultados de la
Segunda Visita de Inspección Ordinaria al Juzgado Mixto de Primera
Instancia de Tancanhuitz, la Comisión instruyó al Visitador General para
que en coordinación con el visitador judicial que efectúo la visita de
inspección, se verificaran las constancias y observaciones detectadas para
determinar si procedía alguna falta administrativa atribuible a algún
funcionario judicial. Y de igual forma, determinó solicitar al licenciado
Rodrigo Cuevas Zacarías, Secretario Ejecutivo de Administración,
instruyera al encargado del área de mantenimiento dependiente de la
Dirección de Recursos Materiales, Ingeniero Héctor Alejandro Artolózaga
Moreno, para que programara visita al local que ocupa el juzgado de
cuenta, verificando las condiciones en las que éste se encuentra, debiendo
informar a esta Comisión el diagnóstico correspondiente, así como las
medidas propuestas al efecto. En CUMPLIMIENTO, se informa que la
Visitaduría se encuentra elaborando proyecto de queja en contra de los
funcionarios responsables de las anomalías detectadas en la visita. En lo
referente a las condiciones del local del Juzgado, el licenciado Rodrigo
Cuevas Zacarías, remitió mediante oficio SEA/025/2011, el diagnóstico de
las condiciones del Juzgado Mixto de Primera Instancia en Tancanhuitz,
San Luis Potosí y el costo estimado de los trabajos necesarios para su
reparación, el cual asciende a la cantidad de $64,206.19 (sesenta y cuatro
mil doscientos seis pesos 19/100 M.N.). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
SEGUIMIENTO AL ACUERDO: por lo antes expuesto se instruye al
Visitador General para que en próxima sesión presente el proyecto a que
se hace referencia; y en segundo término en atención al contenido del
diagnóstico que contiene las condiciones en las que se encuentra el
Juzgado Mixto de Primera Instancia en Tancanhuitz, San Luis Potosí, las
medidas que se proponen para la corrección de los defectos que presenta
el inmueble, remítase el mismo al Pleno del Consejo de la Judicatura, a fin
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de que sea ese órgano colegiado el que defina las acciones
correspondientes para solucionar esa problemática.- - - - - - - - - - - - - - - - - -
4.6. ACUERDO CD-CJ/122/2010.- De lo observado en la Segunda Visita
de inspección Ordinaria al Juzgado Cuarto del Ramo Civil; en el rubro de
personal del juzgado se advirtieron 49 cuarenta y nueve faltas durante el
período de la secretaria capturista Rosa Isela Hernández Lara; a lo que se
determinó girar a dicha trabajadora oficio para conminarla a observar
puntualidad en el horario fijado para sus labores, dando CUMPLIMIENTO,
con el oficio CD-CJ/620/2010. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CONCLUSIÓN DEL ACUERDO: Los consejeros se dan por enterados y
determinan dar por concluido el presente asunto. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
4.7. ACUERDO CD-CJ/123/2010.- El licenciado José Refugio Jiménez
Medina presentó a esta Comisión, los Programas Operativos Anuales 2011,
correspondientes a la Secretaría Ejecutiva de Vigilancia y Disciplina,
Contraloría, Visitaduría Judicial, Servicio Médico Legal, Central de
Actuarios, Archivo Judicial y Coordinación de Archivos. Los cuales fueron
validados por la Comisión y con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 47, fracción II y 65 fracción II del Reglamento Interior del Consejo
de la Judicatura, se determinó remitirlos al Pleno del Consejo de la
Judicatura, para su consideración y en su caso aprobación. Al respecto se
remitieron mediante oficio CD-CJ/613/2010 y el Pleno del Consejo de la
Judicatura, los aprobó en sesión del 04 cuatro de enero de 2011, dos mil
once, encontrándose en la actualidad debidamente registrados en el área
de planeación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
CONCLUSIÓN DEL ACUERDO: Los Consejeros se dan por enterados y
se tiene por concluido el acuerdo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
4.8. ACUERDO CD-CJ/125/2010.- En relación a la prórroga para la entrega
de la versión final del Manual de Normatividad para la Entrega Recepción
de los Servidores públicos de las Áreas Administrativas del Poder Judicial
del Estado, el contralor interno INFORMA que aún se encuentra en proceso
su revisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
SEGUIMIENTO AL ACUERDO: Se atiende la petición del contralor y se le
otorga una última prórroga para la entrega del referido Manual, debiendo
dar cuenta con el mismo en la sesión de la Comisión programada para el
31 treinta y uno de marzo del año en curso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
No habiendo más asuntos que tratar en este rubro, se procede a continuar
con el siguiente punto del orden del día. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
5.- INFORME DE LA CONTRALORÍA DEL PODER JUDICIAL DEL
ESTADO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se concede el uso de la voz al contador público Juan José Luviano Fukuy,
mismo que da cuenta a esta Comisión, con lo siguiente: - - - - - - - - - - - - - -
5.1. Oficios CPJ/634/10 y CPJ/014/11 con los que informa los resultados
de las auditorías practicadas al área de Recursos Humanos
específicamente, la primera de ellas a las listas de asistencia del mes de
enero de 2009; y la segunda, enfocada a la revisión del pago de la segunda
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quincena del mes de febrero de 2010; siendo importante subrayar que en la
primera auditoría en mención, se hicieron 147 ciento cuarenta y siete
observaciones y una recomendación sin observación, solventando o
aclarando en el transcurso de la revisión algunas de estas y restando 49
cuarenta y nueve observaciones y una recomendación, a las cuales se les
dará puntual seguimiento directamente con el área auditada a través de la
cédula diseñada para tal efecto y hasta que este órgano de control
considere que fueron solventadas de conformidad; en cuanto a la segunda
auditoria de cuenta, se determinaron 417 cuatrocientos diecisiete
observaciones, mismas que a consideración del órgano de control ya
fueron debidamente solventadas. Finalmente, respecto al oficio
SEVD/74/2011, que contiene opinión del licenciado José Refugio Jiménez
Medina, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina y en el que se
vierten las siguientes OBSERVACIONES: En cuanto a la primera de ellas,
coincide con el auditor en el sentido de insistir en la aplicación del Acuerdo
General Sexagésimo Séptimo, que establece los lineamientos de control de
asistencia e incidencias de los trabajadores del Poder Judicial del Estado,
para evitar que se apliquen criterios convencionales o cambios de
funcionarios con un claro perjuicio al Poder Judicial, al dejar de descontar
faltas, retardos, etcétera. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En cuanto a la segunda auditoría, refiere que coincide con las
observaciones que realiza el auditor, solo se sugiere el que se debe fijar un
plazo a lo auditados para solventar observaciones, y que por conducto de
esta Comisión se requiera a la Directora de Recursos Humanos, para que
de una respuesta precisa a la observación marcada con el número 02 dos
del informe de auditoría que le fue realizada, toda vez que la citada
observación fue en el sentido de que aclarara las diferencias entre la
cantidad que refleja el archivo electrónico según nómina que fue
proporcionada al órgano de control, contra el importe de los recibos
emitidos, y la respuesta a esa observación que dada por la Directora de
Recursos Humanos fue: “ En la nómina impresa que se entregó para la
revisión, se encuentran listado de folios de las personas que son
acreedoras alimentistas, en cuyos listados aparecen los nombres de
las beneficiarias, así como las cantidades y números de cheque, las
cuales encuentro correctas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Con relación al archivo electrónico, para el acumulado únicamente
toma el primer pensionado, porque este proceso se tomó de un
programa que sirve para la información del DIM, ya que en este las
pensiones alimenticias son eliminadas, pero se están haciendo las
modificaciones correspondientes a este proceso para solventar estas
observaciones.”- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ACUERDO ACD-012011.- Impuestos del contenido de estos informes, los
consejeros determinan girar oficio a la Directora de Recursos Humanos
requiriéndola para que a la brevedad, aclare la respuesta dada al auditor de
la contraloría interna en relación a las diferencias detectadas entre la
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cantidad que refleja el archivo electrónico según nómina que le fue
proporcionado al órgano de control, contra el importe de los recibos,
mostrados por el área a su cargo, durante la revisión del pago de la
segunda quincena del mes de febrero de 2010 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
5.2. Oficio CPJ/012/11 del CONTRALOR INTERNO, con el que se rinde
informe de los resultados de la auditoría practicada a los Fondos fijos,
valores y formas foliadas y valoradas de las áreas administrativas del
Consejo de la Judicatura; revisión en la que se determinaron 04 cuatro
observaciones con su recomendación y 03 tres recomendaciones sin
observación, a las que se dará seguimiento directamente con el área
auditada a través de cédulas diseñadas para tal efecto. Y en cuanto al
oficio SEVD/72/2011, que contiene opinión del licenciado José Refugio
Jiménez Medina, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina, en el
sentido de establecer antigüedad máxima de documentos para su
recepción y las sanciones o medidas disciplinarias que podrían actualizarse
en caso de incumplimiento, se propone girar instrucciones a los encargados
de los fondos fijos, para que antes de erogarse el 60% sesenta por ciento
del mismo, gestionen su reembolso, así como de aquellos documentos
(gastos) de una antigüedad mayor a 30 treinta días naturales, aún y cuando
no alcancen el sesenta por ciento. Además, sería conveniente que se fije
un plazo para que el ente auditado solvente las observaciones que le son
realizadas, y en el caso de la observación cinco consideró que sería más
conveniente emitir circular por el Consejo o por la Secretaría Ejecutiva de
Administración, en lo referente a la emisión, forma de comprobación y
fechas, etcétera; hasta en tanto se genera el Manual de Procedimientos
correspondiente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
5.3. Oficio CPJ/013/11 con el que el CONTRALOR INTERNO rinde informe
de los resultados de la auditoría practicada a los Fondos fijos, valores y
formas foliadas y valoradas del Instituto de Estudios Judiciales;
determinándose de los resultados 02 dos observaciones con igual número
de recomendaciones, las cuales tendrán su debido seguimiento por parte
del órgano de control. Y por oficio SEVD/75/2011, el licenciado José
Refugio Jiménez Medina, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina,
refiere que del análisis del documento no advierte hechos relevantes que
pudiesen originar o motivar mayores investigaciones o ampliar la auditoría
practicada, solamente habrá de darse seguimiento puntual a las
observaciones realizadas por el Órgano de Control, mismas que tiene como
objetivo promover el establecimiento o mejora de los controles internos,
para garantizar que la administración de los recursos que s e ejercen se
apliquen para el cumplimiento de los objetivos planeados y autorizados, así
como evitar o prevenir errores, omisiones o irregularidades importantes. - -
5.4. Oficio CPJ/019/11 del CONTRALOR INTERNO, con el que se rinde
informe de los resultados de la auditoría practicada al Área de Recursos
Financieros dependiente de la Secretaría de Administración, enfocada a
realizar prueba de egresos; derivado de la revisión, se determinaron 15
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quince observaciones con sus recomendaciones y 08 ocho
recomendaciones sin observación, de las cuales se solventaron o aclararon
durante el proceso 03 tres y a las restantes se les dará puntual seguimiento
a través de la cédula diseñada para el efecto, directamente con el área
auditada. Y por oficio SEVD/73/2011, el licenciado José Refugio Jiménez
Medina, Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina, emite opinión del
informe, considerando necesario se analice el uso de teléfonos celulares
por parte de los chóferes, ya que si bien en el Acuerdo General relativo al
Otorgamiento de Viáticos, el poder realizar una llamada no mayor a cinco
minutos y desde la habitación del hotel como se justificaría el que
Magistrados, Consejeros, Jueces realicen llamadas a los teléfonos
celulares de estos trabajadores, lo que los obliga a realizar un gasto no
contemplado con ellos y que tiene relación directa con sus actividades
laborales (fracción IV artículo Décimo Tercero del Acuerdo General
Sexagésimo Octavo del Pleno del Consejo de la Judicatura). Asimismo, es
observada en esta auditoría el consumo de alimentos por parte del
trabajador Gerardo Macías (chofer), adquiridos en el Mercado San Luis
400, contiguo a esta Ciudad Judicial, lo que en principio es contrario a lo
establecido en el artículo Segundo, fracción XI del Acuerdo General
Sexagésimo Octavo del Pleno del Consejo de la Judicatura, pero no
obstante que en el documento observado por el auditor no se motiva el
porque de ese gasto, es de cuestionarse la solución que habrá de darse
cuando el chofer recibe la indicación de permanecer en esta Ciudad
Judicial en espera del funcionario que deberá transportar o trasladar y esa
espera se prolonga por el tiempo o en el horario en que el trabajador debe
consumir alimentos, y no se encuentra a una distancia mayor a 50
cincuenta kilómetros de esta Ciudad Judicial, pero tampoco puede acudir a
su domicilio por la instrucción que se le dio.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Y por último, opina en cuanto a la observación que hace el auditor de los
gastos de algunos funcionarios, durante las comisiones que les son
asignadas, los documentos con que comprueban los mismos, no reúnen los
requisitos fiscales y exceden del 15% quince por ciento, a que hace
referencia el Acuerdo General que se ha citado en su artículo Décimo
Sexto, sugiere el que se analice la posibilidad de ajustar el acuerdo que ha
mencionado, en el sentido de que deberán comprobarse con facturas los
gastos de hospedaje, combustible o de transporte, pero en lo referente al
consumo de alimentos, se establecerá una tarifa o una tabla donde se
considere el gasto promedio a realizar, dependiendo de la categoría a la
que habrá de llevarse a cabo la comisión, gastos que no estarían sujetos a
comprobación, solamente con la obligación de que el oficio donde se asigna
la comisión, se encuentre sellado por la dependencia o institución a la cual
habría de asistir el funcionario comisionado. Lo anterior, en virtud de que
existen lugares dentro del Estado, caso específico, San Antonio,
Huehuetlán, Tampacán, Villa de Ramos, etcétera, en donde es complicado
obtener factura por consumo de alimentos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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ACUERDO ACD-022011: En atención a las opiniones vertidas por el
Secretario de Vigilancia y Disciplina y por el Contralor, gírese oficio al
licenciado Rodrigo Cuevas Zacarías, Secretario Ejecutivo de
Administración, para que a más tardar en la próxima sesión de esta
Comisión, emita opinión respecto a si es necesario o no, reestructurar el
Acuerdo General Sexagésimo Octavo del Consejo de la Judicatura, relativo
al otorgamiento de viáticos que se asignan a los servidores judiciales.
Precisándole, que el Contralor Interno, contador público Juan José Luviano
Fukuy, manifiesta que el citado acuerdo pudiera ser ajustado en algunos de
sus puntos para hacer más ágil la asignación y comprobación de viáticos
que se otorgan al personal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Por último, con fundamento en el artículo 68 fracción IV del Reglamento
Interior del Consejo de la Judicatura, se ordena remitir al Pleno del Consejo
de la Judicatura para su conocimiento, los informes de cuenta. - - - - - - - - -
Concluido el informe de Contraloría, se ordena continuar con el siguiente
punto del orden del día.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
6. INFORME DE LA VISITADURÍA JUDICIAL DEL CONSEJO DE LA
JUDICATURA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En uso de la palabra el Visitador General, licenciado Luis Acosta Venzor,
rinde informe del resultado obtenido en la primera visita de inspección
ordinaria del presente año, practicada a los juzgados Mixtos Menores en
Villa de Reyes y Mexquitic de Carmona, Juzgados Segundo del ramo Civil y
Segundo del ramo Familiar; y el área administrativa de Oficialía de Partes
común para juzgados civiles y familiares. Así como de la segunda visita de
inspección ordinaria de dos mil diez, practicada a los juzgados Mixtos
Menores en Tampacán, Tampamolón y San Antonio; lo que realiza en los
siguientes términos:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
6.1. Juzgado Mixto Menor de Villa de Reyes, a cargo del licenciado Jaime
Gómez Solano; se efectúo la visita de inspección por el visitador judicial,
licenciado Juan José Ortiz Hernández y se revisó el período comprendido
del 07 siete de junio de 2010 dos mil diez al 09 de enero de 2011, dos mil
once. Y de los resultados obtenidos se informa: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Respecto del personal, hubo cambio de titular del juzgado, a partir del 18
dieciocho de octubre de 2010, dos mil diez, licenciado Jaime Gómez
Solano, en lugar de la licenciada Martha Luz Rosillo Iglesias. Incapacidad
médica: licenciado Luis Alberto Ornelas Vázquez, secretario de acuerdos,
del 04 cuatro de agosto al 04 cuatro septiembre de 2010, dos mil diez;
cubrieron la incapacidad los licenciados Perla Mendoza Miranda y José
Alfredo Mata Reyes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
De los libros de gobierno y de control, se advirtió que en el de actuaría
en materia civil, sólo existen registros hasta el día 26 veintiséis de agosto
de 2010, dos mil diez, se incumplió lo previsto en la fracción III, del artículo
163 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura; y en el de
depósitos civiles, se registró la cantidad de $1,500.00 (un mil quinientos
11
pesos 00/100 M.N.), cuando sólo se recibió la cantidad de $1,200.00 (un
mil doscientos pesos 00/100 M.N.). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En materia civil, se recibieron 43 cuarenta y tres asuntos, no se
encontraron demandas o promociones pendientes de acordar; se emitieron
11 once sentencias; se encontraron en poder del actuario judicial tres
expedientes pendientes de notificar, cuyo auto a notificar es del día anterior
al inicio de la visita. Se recibieron 148 ciento cuarenta y ocho exhortos y
despachos de los cuales sólo 06 seis están pendientes de diligenciar. Los
más antiguos son: 232/10, recibido el 08 ocho noviembre 2010, dos mil diez
y 256/10 recibido el 23 veintitrés diciembre 2010, dos mil diez, ambos
juicios ejecutivos mercantiles, en los cuales no hay interés de parte y no
han sido devueltos al juzgado de origen. Se encontraron 03 tres
expedientes citados para resolver, del 04 cuatro de enero de 2011, dos
mil once, para dictar resolución incidental en juicios ejecutivos mercantiles,
las cual se emitieron en los días de la visita. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Y de la revisión de expedientes, se detectó en el 49/10 relativo a
diligencias de jurisdicción voluntaria, que se omitió notificar a las partes el
cambio de titular del juzgado; y en el 52/10 también relativo a diligencias de
jurisdicción voluntaria, trascurrieron ocho días hábiles para notificar el auto
de radicación al Ministerio Público; además, se omitió notificar a las partes
el cambio de titular del juzgado. No se decreta la caducidad de la
instancia en materia mercantil, según se observó en 04 cuatro
expedientes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Ahora bien, en materia penal, se radicaron 07 siete procesos, se emitieron
02 dos sentencias y 01 un sobreseimiento. Existe 01 un procesado privado
de su libertad a disposición del juzgado, la audiencia de derecho se fijó
para el 13 trece de enero del año en curso. Se dictaron 03 tres ordenes de
aprehensión, 01 una orden de presentación y 03 tres ordenes de
comparecencia. Se encontraron 02 dos requisitorias y una orden de
presentación (autos de fecha cuatro y siete de enero de dos mil once). Se
recibieron 88 ochenta y ocho exhortos y despachos, estando 06 seis
pendientes de diligenciar, 04 cuatro fueron devueltos diligenciados al
juzgado de origen; sólo existen físicamente dos pendientes de fechas 03
tres y 07 siete de enero 2011, dos mil once. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- Finalmente, de la revisión de procesos, se advirtió en el 6/10; instruido
en contra de Delfino Piña Segura, por el delito de homicidio y lesiones por
culpa, que el licenciado Luis Alberto Ornelas, secretario de acuerdos
encargado del despacho por ministerio de ley, el 28 veintiocho de julio 2010
dos mil diez, se fijó la cantidad de $40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100
M.N.) por concepto de posible sanción pecuniaria, la cual no esta
comprendida en el artículo 62 del Código Penal vigente en el Estado;
además, admitió el incidente no especificado de reducción del monto de la
caución, pero lo resolvió de plano, reduciendo los montos, inobservando lo
previsto en el artículo 476 del Código Procesal Penal. El 03 tres septiembre
2010 dos mil diez, el abogado defensor solicita la adecuación de la caución
12
y ofrece como garantía dos inmuebles, se acuerda dejar sin efecto el monto
fijado de la posible sanción pecuniaria y se autoriza cubrir en parcialidades.
El inculpado promovió amparo en contra del auto de fecha 28 veintiocho de
julio de 2010 dos mil diez, se concede para efecto de que se deje
insubsistente y se dicte otro, en el cual se abra el incidente y se tramite
conforme a ley. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Con fundamento en el artículo 40 fracciones IV y V del Reglamento Interior
del Consejo de la Judicatura y derivado del informe que ha rendido a esta
Comisión el Visitador General, háganse a este órgano judicial las siguientes
observaciones:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Para el titular, licenciado JAIME GÓMEZ SOLANO: a).- Proceder a
decretar la caducidad en los juicios ejecutivos mercantiles, una vez
transcurrido el plazo previsto por el artículo 1076 del Código de Comercio;
en razón de que, se detectó en la visita que tal figura legal no se efectúa de
oficio. b).- Conforme a lo dispuesto en el artículo 142, fracción I del
Reglamento Interior del Consejo de la judicatura, deberá vigilar que el
Secretario de Acuerdos cumpla con lo previsto por el artículo 147 fracción I
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, en cuanto a los requisitos
señalados para el llenado del libro del actuario en materia civil; en virtud de
que en la visita de inspección se observó que el mismo carece de los datos
de las notificaciones realizadas a partir del 16 dieciséis de agosto de 2010
dos mil diez al 10 diez de enero de 2011 dos mil once. - - - - - - - - - - - - - - -
Y al secretario de acuerdos, licenciado LUIS ALBERTO ORNELAS
VÁZQUEZ: a).- Con fundamento en los artículos 147 fracción I, del
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, deberá anotar todos los
expedientes que le hayan turnado para notificación en el libro de actuaría
en materia civil, toda vez de que en la visita de inspección se advirtió que
omitió registrar los datos de las notificaciones realizadas a partir del 16
dieciséis de agosto de 2010 dos mil diez al 10 diez de enero de 2011 dos
mil once. b).- En los casos, en que se encuentre de encargado del
despacho por ministerio de ley, deberá conocer y tramitar los asuntos de
su competencia conforme a lo que dispongan las leyes respectivas; toda
vez que se detectó en la visita de inspección que en el proceso 6/10,
mismo que se instruye en contra de ---ELIMINADO---, por el delito
homicidio y lesiones por culpa, otorgó la libertad provisional bajo caución,
fijando monto por concepto de posible sanción pecuniaria, pena que no
prevé el artículo 62 del Código Penal vigente en el Estado; además, no le
dió el trámite previsto en el artículo 476 del Código de Procedimientos
Penales vigente en el Estado, al incidente no especificado de reducción del
monto de caución, que promovió el procesado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ACUERDO: Al emitir las recomendaciones, hágasele saber al titular que el
trabajo del juzgado es eficiente y sin menoscabo de ello, se encontraron
anomalías que opacan el buen funcionamiento del mismo, lo anterior con el
fin de que sean corregidas y mejoren su rendimiento del juzgado. - - - - - - - -
13
6.2. Juzgado Mixto Menor de Mexquitic de Carmona, el cual se encuentra
a cargo de la licenciada Martha Luz Rosillo Iglesias; se efectúo la visita de
inspección por el visitador judicial, licenciado Roberto Dorantes Hivó y se
revisó el período comprendido del 10 diez de junio de 2010 dos mil diez al
09 de enero de 2011, dos mil once. Encontrándose lo siguiente:- - - - - - - - - -
En cuanto al personal del juzgado, hubo cambio de titular del juzgado, a
partir del 18 dieciocho de octubre de 2010 dos mil diez, licenciada Martha
Luz Rosillo Iglesias, en lugar del licenciado Jaime Gómez Solano. - - - - - - -
Respecto de los libros de gobierno y de control, en general cumplen con
las formalidades del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura, con
la única observación de que la letra de los registros no es legible. - - - - - - -
Se revisó el informe de estadísticas de junio 2010, dos mil diez, y no
coincidió el dato reportado de exhortos y despachos civiles recibidos, con
los datos asentados en el libro, diferencia de 02 dos. - - - - - - - - - - - - - - - -
De igual forma, en la revisión de la materia civil, se recibieron 31 treinta y
un asuntos; se emitieron 09 nueve resoluciones. Se recibieron 151 ciento
cincuenta y un exhortos y despachos, de los cuales están 06 seis
pendientes de diligenciar. Los más antiguos son: exhorto de naturaleza
laboral, se fijó el 18 de enero de 2011, para desahogo de prueba
confesional. En el despacho 258/10, se recibió el 10 diciembre de 2010 y a
petición del juzgado de distrito, se fijó el 20 de enero de 2011, para realizar
el emplazamiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Igualmente en materia penal, se radicaron 13 trece procesos, se emitieron
07 siete sentencias y 02 dos sobreseimientos; se recibieron 12 doce
ordenes de aprehensión, 06 de presentación y 02 dos de comparecencia.
Se encuentran en trámite 04 cuatro asuntos de menores, 02 dos
concluidos (uno por sentencia y otro por sobreseimiento). Se recibieron 118
ciento dieciocho exhortos y se encuentra uno pendiente de diligenciar. - - - -
Por último, de la revisión de expedientes, en el proceso 3/10, se dictó
sentencia condenatoria por el delito de contra la seguridad del tránsito de
vehículos; y en el proceso 15/10 por el delito de lesiones calificadas. En
periodo de instrucción. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ACUERDO: Visto el resultado satisfactorio de la visita de cuenta, expídase
atento reconocimiento al personal del juzgado, por su labor administrativo y
eficiencia en el desempeño de sus funciones, al advertirse un buen
funcionamiento administrativo, exhortándolos para que en los subsecuente
continúen en ese nivel de excelencia. Asimismo, hágase extensivo tal
reconocimiento al anterior titular de juzgado ya que se observó que durante
el tiempo en que él fungió como tal, contribuyó a la calidad en el
funcionamiento y servicio de ese órgano jurisdiccional.- - - - - - - - - - - - - - - -
6.3. Juzgado Segundo del ramo Civil, el cual se encuentra a cargo de la
licenciada María Refugio González; se efectúo la visita de inspección por el
visitador judicial, licenciado Juan Antonio Hernández Rangel y se revisó el
período comprendido del 10 diez de agosto de 2010 dos mil diez al 09 de
enero de 2011, dos mil once. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
14
En lo relativo al personal del juzgado; el 16 dieciséis de agosto de 2010
dos mil diez, se nombra al licenciado Francisco Rodríguez Ramírez,
secretario de acuerdos, en sustitución del licenciado Miguel Ángel Ruiz
Acosta. El 10 diez septiembre de 2010 dos mil diez, cambió de titular el
juzgado, nombrándose a la licenciada Maria Refugio Jiménez Medina, en
sustitución de la licenciada Maria Luisa Pérez de Portales. - - - - - - - - - - - - -
Respecto de los libros de gobierno, en el de asuntos civiles impreso, no se
anota la fecha de la sentencia, el sentido, el trámite de la apelación, amparo
directo, ni la fecha de archivo, incumpliendo lo previsto con el artículo 163
fracción II, en relación con el 164 del Reglamento Interior del Consejo de la
Judicatura; lo anterior, como resultado de la revisión de 5 expedientes en los
que se dictó sentencia definitiva. El resto de los libros impresos y
electrónicos cumplen con las formalidades establecidas. - - - - - - - - - - - - - - -
Se observaron diferencias en el reporte de estadísticas, específicamente
en los datos de demandas recibidas, promociones recibidas, amparos y
apelaciones de los reportes septiembre y octubre de 2010 dos mil diez,
con los registros asentados en los libros de control impresos.- - - - - - - - - - -
Durante la visita de inspección se recibió una inconformidad de ---
ELIMINADO---, actor en el expediente 1331/09, en relación a que no le han
devuelto el documento base de la acción. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se recibieron 961 novecientos sesenta y un asuntos, se dictaron 168 ciento
sesenta y ocho sentencias definitivas y 152 ciento cincuenta y dos
interlocutorias, se determinaron 91 noventa y un caducidades de la
instancia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se encontraron 33 treinta y tres demandas pendientes de radicar, recibidas
entre el 04 cuatro y 07 siete de enero 2011 dos mil once, la causa es porque
el personal administrativo se reincorporó en su totalidad hasta el día 07 siete
de enero 2010 dos mil diez. Al inicio de la visita se encontraban 175 ciento
setenta y cinco promociones pendiente de acuerdo, recibidas entre el 13
trece de diciembre de 2010 dos mil diez y el 07 siete de enero de 2011, al
concluir la visita, todas las promociones fueron acordadas. Además, se
encontraron 24 veinticuatro promociones pendientes de acuerdo, porque los
expedientes estaban en la Central de Actuarios. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se encontraron en poder del actuario judicial 69 sesenta y nueve
expedientes pendientes de notificar, existen los turnados a la Central de
Actuarios, pendientes de devolver al juzgado, de los cuales 17 diecisiete
fueron enviados para notificación y 52 cincuenta y dos para ejecución. - - -
Se recibieron 72 setenta y dos exhortos y despachos, de los cuales están
09 nueve pendientes de diligenciar. Se encontraron 06 seis exhortos sin
diligenciar pendientes de remitir al juzgado de origen. - - - - - - - - - - - - - - - -
En poder de la Juez, se encontraron 08 ocho expedientes citados para
resolver, cuya fecha de citación es del 07 siete enero 2011 dos mil once (un
día antes de la visita), se turnaron a los proyectistas el 10 diez de enero de
2011 dos mil once. En poder de los secretarios de estudio y cuenta: se
encontraron 12 doce expedientes, los que corresponden a sentencia
15
definitiva y 05 cinco a sentencia interlocutoria, las cuales están dentro del
término de ley, de los cuales 06 seis tenían proyecto de resolución. - - - - - - -
Existen 15 quince recursos de apelación pendientes de enviar al superior; de
los cuales en 08 ocho no se ha integrado el testimonio, de 01 uno faltan
copias y 06 seis por otras causa. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Finalmente, de la revisión de expedientes, se observó que en el 1720/09,
ordinario civil, trascurrieron 18 dieciocho días hábiles para dictar un
acuerdo de fecha 24 veinticuatro de agosto de 2010, dos mil diez; en el
1518/10, ejecutivo mercantil, se advirtió que trascurrieron 06 seis días
hábiles para dictar 02 dos acuerdos; en el 1417/10, ejecutivo mercantil, se
observó que la certificación de 08 ocho de diciembre de 2010 dos mil diez,
carece de la firma del secretario de acuerdos; en el 271/10, extraordinario
civil, se advirtió que trascurrieron 06 seis días hábiles para dictar un
acuerdo; y en el 972/10 extraordinario civil, se observó retardo en dictar un
acuerdo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Con fundamento en el artículo 40 fracciones IV y V del Reglamento Interior
del Consejo de la Judicatura y derivado del informe que ha rendido a esta
Comisión el Visitador General, háganse a este órgano judicial las siguientes
observaciones:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En cuanto a la titular del juzgado, licenciada MARÍA REFUGIO
GONZÁLEZ REYES: a).- Con fundamento en el 142 fracciones I y X, del
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del
Estado, vigile que el subsecretario realice los informes estadísticos que
deban remitirse a la Unidad de Estadística, Evaluación y Seguimiento del
Consejo de la Judicatura, de manera que concuerden con los libros de
control que se llevan en el juzgado. b).- Con fundamento en el artículo 950
del Código de Procedimientos Civiles, deberá instruir al personal a su
cargo, a fin de que agilicen con la debida oportunidad la integración de los
testimonios de apelación, a efecto de se remitan dentro del término previsto
al tribunal de alzada; toda vez que en la visita se detectó que no existe
impedimento legal para el envío al Supremo Tribunal, de los recursos de
apelación interpuestos en los expedientes 1639/09, 1071/10, 1197/10,
1765/09, 956/10, 933/02 y 57/10. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Y a los secretarios de acuerdos, licenciados FRANCISCO RODRÍGUEZ
RAMÍREZ y EMILIO GUERRERO RAMÍREZ: a).- Con fundamento en el
144 fracción VII, del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del
Poder Judicial del Estado, vigilar con acuerdo del titular del juzgado, que
los informes estadísticos que deban rendirse a la Unidad de Estadística,
Evaluación y Seguimiento del Consejo de la Judicatura, concuerden con los
datos asentados en los libros de control que se llevan en el juzgado. b).-
Con fundamento en el artículo 950 del Código de Procedimientos Civiles,
deberán agilizar con la debida oportunidad la integración de los testimonios
de apelación, a efecto de se remitan dentro del término previsto al tribunal
de alzada; toda vez de que en la visita se detectó que en los recursos de
16
apelación interpuestos en los expedientes 1639/09, 1071/10, 1197/10,
1765/09, 956/10, 933/02 y 57/10, no se ha integrado el testimonio. - - - - - -
Y a la subsecretaria administrativa licenciada MARÍA JULIANA
VÁZQUEZ LOREDO: a).- Con fundamento en los artículos 145, fracción VII
del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del
Estado, deberá realizar los informes estadísticos que deban remitirse a la
Unidad de Estadística, Evaluación y Seguimiento del Consejo de la
Judicatura, de manera que concuerden exactamente con los libros de
registro impresos y electrónicos que se llevan en el juzgado. - - - - - - - - - -
ACUERDO: Con independencia a las observaciones hechas, esta Comisión
determina se expida atento reconocimiento a la titular del juzgado y hacerlo
extensivo al personal por el esfuerzo mostrado en el desempeño de sus
labores lo que permite que la administración e impartición de justicia sea
pronta, completa e imparcial en favor de la sociedad potosina. - - - - - - - - - -
6.4. Juzgado Segundo de lo Familiar, a cargo del licenciado Juan Paulo
Almazán Cué; Visita de inspección se efectuada por el visitador judicial,
licenciado Luis Fernando Cerda Iglesias y se revisó el período comprendido
del 09 de agosto de 2010 dos mil diez al 09 nueve de enero de 2011 dos mil
once. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En cuanto a los libros de gobierno, en el impreso de asuntos civiles, las
anotaciones del expediente 1597/10 se hicieron a lápiz. Además, falta
actualizar el libro electrónico de apelaciones, conforme a los datos que
obran en el libro impreso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se recibieron 678 seiscientos setenta y ocho demandas, se dictaron 258
doscientos cincuenta y ocho sentencias definitivas, 166 ciento sesenta y
seis interlocutorias. Se encontraron 20 veinte promociones pendientes de
acuerdo, porque el expediente no había sido devuelto por la Central de
Actuarios, de las cuales sólo 05 cinco habían excedido del término de ley.
Se recibieron 29 veintinueve exhortos y despachos. Se encontraron 03
tres expedientes citados para resolver, de los cuales uno tienen proyecto
de resolución. No exceden del término de ley. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Por último, de la revisión de expedientes, se detectaron en los: 998/2010,
1027/2010 y 1322/2010, promovidos por divorcio necesario, que no se
cumple con la formalidad del artículo 553 del Código de Procedimientos
Civiles en vigor, relativo al término de tres días para ratificar el escrito inicial
y el convenio, solo se señala en el auto de admisión que los
comparecientes deberán realizar el trámite referido sin señalar el plazo
para efectuar el mismo. En los expedientes 1000/2010, 1112/2010,
1040/2010, 1054/2010, se omite asentar las certificación de la causa por la
cual no se desahogó la audiencia programada, conforme a lo que dispone
el precepto legal 75, fracción V de la Ley Orgánica del Poder Judicial del
Estado. En el expediente 1160/2010, feneció el término concedido a las
partes para el ofrecimiento de pruebas, sin que obre la certificación
correspondiente acorde a lo que refiere el artículo 75, fracción V de la Ley
Orgánica del Poder Judicial del Estado. En los expedientes 1149/2010 y
17
1160/2010, transcurrió el plazo legal para que el tutor comparezca a
aceptar y protestar el cargo, sin que se emita ninguna providencia al
respecto. En el expediente 1250/2010, se radicó el asunto el 04 de octubre
de 2010, sin que a la fecha de la presente inspección ordinaria obre la
aceptación y protesta legal del cargo conferido a los peritos médicos y se
emita providencia alguna al respecto. En los expedientes 1180/2010 y
1354/2010, no se hizo efectivo el apercibimiento de no tener por interpuesta
las diligencias de jurisdicción voluntaria, que se efectuó al promovente por
auto de 20 veinte de septiembre de 2010 dos mil diez, no obstante que
transcurrió el término que se le concedió al efecto. De acuerdo a lo que
señala el artículo 142, fracción III del Reglamento Interior del Consejo de la
Judicatura. En el expediente 1354/2010, se concluyó de oficio el trámite de
las diligencias de jurisdicción voluntaria por autorización judicial por
donación entre cónyuges, aplicando lo que señala el decreto que se publicó
en el Periódico Oficial del Estado en fecha 12 doce de octubre de 2010, dos
mil diez, relativo a que los cónyuges no requieren autorización judicial para
contratar entre ellos. Sin embargo, en las diligencias aún cuando se
promovieron antes de la vigencia de este decreto, no obra en autos
constancia que acredite la calidad de cónyuges. En el expediente
1040/2010, se detectó dilación en la notificación personal del auto de
radicación por 12 doce días hábiles. En el expediente 1322/2010, se radicó
el 15 quince de octubre y se emplazó el 03 tres de noviembre de 2010 dos
mil diez, transcurrió 10 diez días hábiles. De acuerdo a lo que señala el
artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles en vigor. En el
expediente 1054/2010, la razón de la diligencia de notificación personal que
efectuó la actuaria adscrita al juzgado de fecha de 31 treinta y uno de
agosto, relativa al auto de radicación al actor carece de la firma de la
diligenciaria. En el 1113/2010, la actuaria adscrita al juzgado en la razón
que asentó respecto a la notificación personal de fecha 14 catorce de
diciembre de 2010 dos mil diez, asentó en forma errónea que se trató del
auto de fecha 14 catorce de diciembre de 2011, dos mil once. En el
1354/2010, la diligencia de notificación personal que se efectuó al Agente
del Ministerio Público, con fecha 07 siete de diciembre de 2010 dos mil diez
(auto del 29 veintinueve de noviembre de 2010 dos mil diez), se encuentra
con correcciones mediante el uso de corrector líquido blanco.- - - - - - - - - - -
ACUERDO ACD-032011.- En congruencia con los comentarios surgidos en
esta sesión respecto del uso y requisitos del sistema electrónico con que
cuentan los juzgados de los ramos civil y familiar en la capital; envíese
oficio a los titulares de dichos órganos jurisdiccionales, haciéndoles saber
la importancia del uso del sistema de captura de información que se lleva
en el juzgado a su cargo, sistema que conforme al artículo 158 del
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura es de uso obligatorio y
sujeto a revisión. Atendiendo a lo anterior, también hágaseles de su
conocimiento que en las visitas de inspección que practique la Visitaduría
18
Judicial, los registros de control serán supervisados con base en el sistema
que ahí se tiene instalado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
6.5. Oficialía de Partes Común de los juzgados civiles y familiares del
Primer Distrito Judicial, área administrativa a cargo de la licenciada María
de Jesús García Cortina; se efectúo la visita de inspección por el visitador
judicial, licenciado Emilio Agustín Ortiz Monroy y se revisó el período
comprendido del 18 de agosto de 2010 dos mil diez al 09 de enero de
2011, dos mil once. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se observó un desempeño adecuado de todo el personal adscrito a la
Oficialía Común de Partes, así como un funcionamiento normal de dicho
órgano administrativo, sin haber observado anomalías o irregularidades en
el trámite de los asuntos recibidos, en el turno de las demandas y
promociones ni en cuanto al término en que son rendidos los informes
estadísticos correspondientes. Así bien, de lo más destacable durante la
referida visita de inspección, se observó que el Juzgado Octavo del Ramo
Civil en esta ciudad, decretó un total de 91 noventa y un excusas durante
todo el período inspeccionado, seguido por el Juzgado Tercero de lo Civil
con 26 veintiséis excusas, como se observa, hay una diferencia importante
entre el juzgado octavo y tercero del ramo civil, por lo que, se asienta este
dato en el presente informe para los efectos que se estimen conducentes. -
6.6. Juzgado Mixto Menor de Tampacán, en el cual se encuentra como
encargado del Despacho por Ministerio de Ley, el Secretario de Acuerdos,
licenciado Juvenal Acosta Peñaflor; se efectúo la visita de inspección por
el visitador judicial, licenciado Juan José Ortiz Hernández y se revisó el
período comprendido del 17 diecisiete de febrero al 23 veintitrés de
noviembre de 2010, dos mil diez. No encontrándose anomalías de
trascendencia en la revisión.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
6.7. Juzgado Mixto Menor de Tampamolón, el cual se encuentra como
encargado del Despacho por Ministerio de Ley, la Secretaria de Acuerdos,
licenciada Sonia Margarita López Alvarado; se efectúo la visita de
inspección por el visitador judicial, licenciado Juan José Ortiz Hernández y
se revisó el período comprendido del 17 diecisiete de febrero al 23 veintitrés
de noviembre de 2010, dos mil diez. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el periodo se nombraron a los siguientes jueces: licenciados José Luis
Velázquez Hernández, del 21 veintiuno de abril al 20 veinte de junio de
2010, dos mil diez; licenciada Sagrario Hernández Pedraza del 21 veintiuno
de agosto al 05 cinco septiembre de 2010, dos mil diez; y licenciado José
Luis Ortiz Bravo del 06 seis de septiembre al 20 veinte de octubre de 2010
dos mil diez. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
De los libros de control, sólo se advirtió que el libro de procesos de
menores no estaba actualizado, se omitió anotar el proceso 01/10.- - - - - - -
Respecto de la materia civil; se recibieron 16 dieciséis asuntos, se
emitieron 04 cuatro resoluciones; se recibieron 71 setenta y un exhortos, de
los cuales 04 cuatro se encontraron pendientes de diligenciar y se enviaron
14 catorce exhortos. Existían 02 dos expedientes citados para resolver de
19
fecha 12 doce de noviembre de 2010, dos mil diez; y se decretó la
caducidad de la instancia en 06 seis expedientes. En dos expedientes:
05/10 relativo a diligencias de jurisdicción voluntaria y 26/09, relativo a un
juicio ejecutivo mercantil, no se dictó resolución dentro del término de ley. -
Por último en materia penal; se radicaron 22 veintidós procesos; entre
ordenes de aprehensión y de presentación se dictaron 21 veintiuno; se
emitieron 09 nueve resoluciones y se suspendieron 04 cuatro
procedimientos; se recibieron 42 cuarenta y dos exhortos y no existen
pendientes de diligenciar; se enviaron 23 veintitrés exhortos; se
encontraron pendientes de resolver 05 cinco procesos, el más antiguo
citado el 16 dieciséis de noviembre de 2010, dos mil diez. En la revisión de
procesos, se detecto en el 03/10, que la orden de aprehensión no se
resolvió dentro del término previsto en el artículo 181 del Código Procesal
Penal. La sentencia de fecha 08 ocho octubre de 2010, dos mil diez, no ha
sido notificada a la parte ofendida. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
6.8. Juzgado Mixto Menor de San Antonio, en el cual se encuentra como
encargado del Despacho por Ministerio de Ley el Secretario de Acuerdos,
licenciado Antonio González Concepción; se efectúo la visita de
inspección por el visitador judicial, licenciado Juan José Ortiz Hernández y
se revisó el período comprendido del 25 veinticinco de mayo al 25
veinticinco de noviembre de 2010 dos mil diez.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En el periodo se nombraron a los siguientes jueces: licenciado José
Antonio Echevarria Rivera, a partir del 25 veinticinco de mayo al 24
veinticuatro de julio de 2010 dos mil diez; y licenciado Juan Miranda Palau,
a partir del 25 veinticinco de septiembre al 31 treinta y uno de octubre de
2010, dos mil diez. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
De los libros de control, sólo se advirtió que en el libro de billetes de
depósito civil, no se anotó la fecha de cuatro entregas de dinero al
beneficiario; en el libro de depósitos penales, no se hizo la anotación de un
depósito recibido. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Respecto a la materia civil, se recibieron 02 dos asuntos y se dictaron 02
dos sentencias. Se recibieron 06 seis exhortos (no existen pendientes de
diligenciar), y se enviaron 02 dos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Finalmente, en materia penal, se radicaron 02 dos procesos, entre
ordenes de aprehensión y de presentación se dictaron 05 cinco y se emitió
una sentencia; se recibieron 13 exhortos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Una vez concluido el informe de la Visitaduría Judicial, se determina
continuar con el siguiente punto del orden del día. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
7.- INFORME DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE VIGILANCIA Y
DISCIPLINA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA. - - - - - - - - - - - - - - - -
El Secretario de Vigilancia y Disciplina da cuenta a esta Comisión, con las
actividades desarrolladas durante el período comprendido del 03 de
diciembre de 2010 dos mil diez, al día de la fecha; lapso en el que se
iniciaron 02 dos procedimientos administrativos de responsabilidad,
instaurados en contra de los licenciados Martín Salas Mexicano, Julián Ruiz
20
Contreras y Arturo Morales Silva, en su entonces función de jueces y
secretarios de acuerdos respectivamente; y el segundo, en contra del
licenciado Luis Fernando Barrera Gómez, en su carácter de actuario
adscrito a la Central de Actuarios; los que sumados a los que se
encontraban en trámite, hacen un total de 16 dieciséis, encontrándose
programadas audiencias a partir del día de la fecha hasta el 23 veintitrés de
febrero de dos mil once; no encontrándose procedimientos citados para
resolver. En cuanto a quejas administrativas, se encuentra en trámite 01
uno. Asimismo, hay 01 una excitativa de justicia en trámite. Finalmente,
en lo relativo al juicio de amparo promovido por el licenciado Antonio
Almendárez Martínez y Verónica Zavala Rivera, el primero en mención
promovió recursos de revisión y se está a la espera de la resolución
correspondiente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ACUERDO. Los integrantes de esta Comisión, se imponen del informe
rendido por el Secretario de Vigilancia y Disciplina. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Se continúa con el último punto del orden del día.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -
8. ASUNTOS GENERALES.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
a) El consejero Juan Carlos Barrón Lechuga, en uso de la voz refiere que
de acuerdo al control que lleva la Visitaduría Judicial, respecto de la
solventación de recomendaciones giradas a los diversos órganos
jurisdiccionales se advierte que un número considerable de funcionarios no
ha reportado en el término concedido, el cumplimiento a las mismas. - - - - -
En congruencia, el licenciado Luis Acosta Venzor, propone que se indique
al titular del juzgado o director del área revisada que al rendir su informe en
relación con las observaciones que le sean realizada, deberá adjuntar los
informes de los funcionarios de su adscripción, así como el acta en donde
conste hizo del conocimiento del personal a su cargo las observaciones,
dentro del término que le sea indicado, y no se realice esto por separado.- -
ACUERDO ACD-042011.- Se instruye al Secretario Ejecutivo de Vigilancia
y Disciplina para que requiera a los titulares de los juzgados que no han
dado cumplimiento a las observaciones y recomendaciones en los términos
indicados, para que dentro del término de tres días hábiles contados a
partir del siguiente hábil a aquel en que reciban el oficio, informen el
cumplimiento dado a las recomendaciones emitidas y derivadas de la
segunda visita de inspección del año 2010 al juzgado de su adscripción.
Apercibiéndolos que de no hacerlo en el plazo que se le indica, se dará
vista a esta Comisión para los efectos administrativos procedentes. - - - - - -
b) El Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina en este acto hace
entrega a los integrantes de esta comisión de la tarjeta que contiene la
propuesta del calendario del primer semestre para las sesiones de esta
Comisión, sesiones que habrían de efectuarse si es aprobada la propuesta
los días 03 tres y 17 diecisiete de febrero; 03 tres, 17 diecisiete y treinta y
uno de marzo; 14 catorce de abril; 12 doce y 26 veintiséis de mayo; 09
nueve y 23 veintitrés de junio; 07 siete de julio; en punto de las 10:30 diez
horas con treinta minutos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
21
ACUERDO ACD-052011.- Una vez analizado el referido calendario, los
consejeros determinan aprobar las fechas y hora señaladas. - - - - - - - - - - -
c) El Contralor Interno subraya la necesidad de la intervención del órgano
de control en la revisión del control de cauciones y objetos de delito en los
juzgados que conocen de materia penal, así como el control de aquellos
procesados que tienen la obligación de pasar su revista mensual al gozar
de su libertad bajo caución, actividad que se venía supervisando por parte
de la contraloría por medio de los auditores quienes intervenían en visitas
de inspección en apoyo a la Visitaduría Judicial, lo cual dejo de efectuarse
por cuestiones económicas; en este sentido se propone a esta Comisión la
autorización de llevar a cabo auditorías en órganos jurisdiccionales que
conocen de materia penal, enfocadas específicamente en los rubros ya
mencionados; para estar en posibilidades de dar seguimiento al manejo de
cauciones y el ingreso de los montos correspondientes al Fondo de Apoyo
del Poder Judicial del Estado y de ser necesario realizar observaciones y
recomendaciones precisas a los titulares de los juzgados, con el propósito
de eficientar estos conceptos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ACUERDO ACD-062011.- Examinada la propuesta del contador público
Juan José Luviano Fukuy, esta Comisión, autoriza se lleven a cabo
revisiones por parte del órgano de control a juzgados que conozcan en
materia penal, los que habrán de ser seleccionados por la Contraloría, lo
que deberá hacer del conocimiento de esta Comisión, previo al inició de la
misma. Estas auditorias deberán enfocarse a la revisión de los controles
que se tengan en relación a las revistas mensuales que deben verificar
aquellos procesados que gozan de su libertad condicional bajo caución y si
el juzgado esta al pendiente de aquellos que no cumplen con esa revista
para hacer efectivas las cauciones, además el manejo que se da a la
aplicación del Plan Ponciano Arriaga, el seguimiento a aquellas cauciones
que fueron aportadas en pólizas de fianza por compañías aseguradoras y
al debido ingreso de las cauciones que se han hecho efectivas al Fondo de
Apoyo del Poder Judicial del Estado, entre otros aspectos. - - - - - - - - - - -
d) Acto continuo, el licenciado José Refugio Jiménez Medina, da cuenta
con el oficio SEVD/14/2011, con el cual solicita autorización para llevar a
cabo la primera visita de inspección ordinaria de este año a los órganos
judiciales, que se mencionan en el mismo, a los cuales de aprobarse por
esta comisión, habrá de comunicarse el inicio de la visita dentro del plazo
que establece el artículo 27 del Reglamento de la Visitaduría Judicial. - - - -
ACUERDO ACD-072011.- Impuestos del programa de visitas de inspección
a efectuarse a los órganos jurisdiccionales que se mencionan en el oficio
SEVD/14/2011 y con el que se da cuenta en este momento, los Consejeros
determinan autorizar la totalidad de las revisiones propuestas - - - - - - - - - -
e) El Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina, da cuenta con lo
sucedido a la licenciada Claudia Guadalupe Hernández Zapata, Secretaria
de Estudio y Cuenta adscrita al Juzgado Especializado para Menores, a
quien le fue robada del interior de su vehículo el equipo de computo portátil
22
que le había sido proporcionado por la titular del Juzgado para sus
actividades junto con el duplicado del proceso penal 03/2011; al respecto la
titular del Juzgado informó, que en atención a que el original de expediente
03/2011 se encontraba en el Juzgado, no se causo algún daño o perjuicio a
la administración de justicia, del cual se ordenó obtener copias fotostáticas
para con ellas una vez debidamente certificadas por la Secretaria de
Acuerdos, ordenar reponer el duplicado de esa causa. Y respecto a la
computadora portátil que pertenecía al Poder Judicial y se encontraba bajo
el resguardo de la Titular, la Secretaria de Estudio y Cuenta se ha
comprometido a cubrir el costo de mismo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ACUERDO.- Los consejeros se dan por enterados, instruyendo en el acto
al licenciado José Refugio Jiménez Medina, para que haga saber a la titular
del juzgado que es su responsabilidad verificar que los bienes muebles que
se encuentren bajo el resguardo y para el uso propio del juzgado, no deben
salir bajo ninguna circunstancia del local y en cuanto al costo del equipo de
computo a reponer en su oportunidad el Secretario Ejecutivo de
Administración, les hará de su conocimiento su importe. - - - - - - - - - - - - - -
f) Finalmente, se hacer saber a esta Comisión que la Contraloría del Poder
Judicial dentro de su Programa Operativo Anual, tiene registrado como
objetivo la capacitación del personal que la conforma, con el fin de lograr la
meta establecida, se propone participen en el curso práctico de auditoría
automatizada que se impartirá en el Colegio de Contadores Públicos de
San Luis Potosí, A.C. por el C.P.C. Carlos A. Carpy Morales (sic), curso
que se considera es benéfico para esta institución, por lo que, se solicita el
apoyo de esta Comisión, para que sea el conducto ante el Pleno del
Consejo de la Judicatura a fin de obtener el apoyo necesario y participar en
el citado curso. El costo por persona es de $3,500.00 (tres mil quinientos
pesos 00/100 M.N.) más I.V.A. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Así mismo, el licenciado Jiménez Medina, comenta sobre la Maestría en
Administración con Énfasis en Impuestos y Gestión Pública, que ofrece la
División de Estudios de Postgrado de la Facultad de Contaduría y
Administración de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, la cual se
cursaría los días viernes por la tarde y sábados por la mañana, con
duración de dos años, mismo que requiere un mínimo de 15 personas para
iniciar en el mes de agosto del presente año. Acompañando folleto
informativo, siendo necesario aclarar que la información que contiene fue
diseñada para los costos contemplados para el año 2010 dos mil diez, por
lo que, los precios podrían tener algún ajuste, así como las fechas de inicio
de clases.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ACUERDO: Se deberá elaborar tarjeta informativa para los consejeros
integrantes de la Comisión, a fin de que puedan hacerlo llegar al Pleno del
Consejo de la Judicatura. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En términos de los artículos 18 fracción V y 19 fracción VI de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado; 6 y 7 del
Reglamento del Poder Judicial para la aplicación de la Ley de
23
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis
Potosí, remítase copia de la presente acta a la Unidad de Información
Pública y al Director del Área de Tecnologías de la Información para su
publicación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
No habiendo más asuntos que tratar, siendo las 13:30 trece horas con
treinta minutos del día de la fecha, se declara cerrada la sesión ante el
Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina que da fe.- - - - - - - - - - - - - -
_________________________________ Licenciado Juan Carlos Barrón Lechuga
Coordinador de la Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura.
__________________________________ Licenciado Guillermo Balderas Reyes
Consejero de la Judicatura.
____________________________________ Licenciado José Refugio Jiménez Medina
Secretario Ejecutivo de Vigilancia y Disciplina.
___________________________________ Licenciado Luis Acosta Venzor
Visitador General
___________________________________ Contador Público Juan José Luviano Fukuy
Contralor del Poder Judicial del Estado
LAS PRESENTES FIRMAS, PERTENECEN AL ACTA DE LA SESIÓN DE LA COMISIÓN DE DISCIPLINA CELEBRADA EL VEINTE DE ENERO DE DOS MIL ONCE. L`JRJM/pnop.
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