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SERIE REGULACIONES COMPARADAS Ahorro Previsional Voluntario en los Sistemas de Capitalización Individual Países FIAP 1 Santiago, Diciembre 2010 1 Elaborado por PrimAmérica Consultores para la Federación Internacional de Administradoras de Fondos de Pensiones (FIAP).

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SERIE REGULACIONES COMPARADAS

Ahorro Previsional Voluntario en los Sistemas de Capitalización Individual Países FIAP1

Santiago, Diciembre 2010

1 Elaborado por PrimAmérica Consultores para la Federación Internacional de Administradoras de Fondos de Pensiones (FIAP).

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Índice

Resumen Ejecutivo ........................................................................................................... 3

I. Introducción ........................................................................................................... 5

II. Descripción de las características del Ahorro Previsional Voluntario ................ 6

III. Información estadística sobre la evolución del APV .......................................... 29

Anexo: Fuentes de la Información .............................................................................. 31

3

Resumen Ejecutivo

El trabajo describe las principales características del ahorro previsional voluntario (APV) en los programas de pensiones de capitalización individual establecidos en trece países miembros de la FIAP, y en Brasil, donde el ahorro previsional voluntario financia pensiones complementarias a las que entregan los programas de la seguridad social. También se muestra información sobre la evolución del monto de este tipo de ahorro en los distintos países, desde el año 2006 hasta diciembre de 2009. El trabajo está basado en información enviada a la FIAP por las respectivas Asociaciones de Administradoras de Fondos de Pensiones de los países incluidos en el estudio, más otras fuentes de información (ver Anexo). El ahorro previsional voluntario es un mecanismo que permite a los trabajadores dependientes e independientes ahorrar por sobre lo que cotizan obligatoriamente a los programas de pensiones, con el propósito de incrementar el monto de la pensión o adelantar la edad de retiro. A través de este tipo de ahorro, los trabajadores pueden compensar parcial o totalmente el impacto financiero que ocasionan sobre los montos de sus pensiones las lagunas previsionales (periodos no cotizados) que se producen durante la vida activa, los aumentos en las expectativas de vida y/o las disminuciones en las tasas de rentabilidad a largo plazo. En todos los países estudiados existen incentivos tributarios para el ahorro previsional voluntario, con la excepción de Bolivia y Perú. En este último país, las pensiones pagadas están libres de impuesto (igual que en Bulgaria). En general, se establece un límite a los aportes con beneficio tributario, que es función de un porcentaje de los ingresos del trabajador (10% a 15%) o de las cotizaciones ordinarias realizadas, aunque en algunos países se definen topes máximos absolutos por periodo. En la mayoría de los países los ahorros previsionales voluntarios poseen liquidez, por lo que también pueden ser utilizados para el financiamiento de beneficios no previsionales. Sin embargo, los retiros no destinados a pensión tienen penalizaciones tributarias. En un par de países se pueden realizar aportes que tienen desde un comienzo un objetivo no previsional, de corto plazo, y por lo mismo se pueden retirar, pero sin haber recibido ningún incentivo fiscal. En seis países estudiados las administradoras de fondos de pensiones son las únicas instituciones autorizadas para administrar el ahorro previsional voluntario, y ofrecen planes con las mismas inversiones que están disponibles para el ahorro obligatorio. Sin embargo, en otros países éstas deben competir con diferentes tipos de entidades administradoras y variados planes de ahorro (Brasil, Bulgaria, Chile, Colombia, Costa Rica, México, Rumania y Ucrania). Lo más habitual es que las administradoras cobren por la gestión de los ahorros previsionales voluntarios, aunque en cuatro países estudiados no lo hacen (El Salvador, Perú – ahorro con fin previsional -, República Dominicana y Uruguay – están autorizadas, pero no cobran -).

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Sólo en dos casos los fondos previsionales voluntarios son embargables (México – para deudas fiscales y siempre que supere cierto monto - y Perú – sin fin previsional -); en los demás son inembargables. A continuación se presenta un resumen comparativo de las características principales de los planes de ahorro previsional voluntario de los distintos países considerados.

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I. Introducción Este trabajo actualiza un estudio anterior sobre ahorro previsional voluntario, publicado en diciembre del año 2006. El objetivo del informe es describir las principales características de los planes de ahorro previsional voluntario (APV), que pueden suscribir los afiliados a los programas de pensiones de capitalización individual en Bolivia, Bulgaria, Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, México, Panamá, Perú, República Dominicana, Rumania, Ucrania y Uruguay, y mostrar su evolución en el tiempo. Además, se incluye en el análisis a Brasil, país donde estos planes se utilizan para financiar pensiones complementarias a las que entregan los programas obligatorios de la seguridad social. Se espera que los antecedentes entregados en el estudio contribuyan a que las Asociaciones de cada país identifiquen las fortalezas y debilidades relativas de sus respectivos planes de ahorro previsional voluntario, y evalúen posibles propuestas de perfeccionamientos a la normativa local. El trabajo se organiza de la siguiente manera. En el capítulo siguiente se define el concepto de ahorro previsional voluntario y se describen las principales características de este producto en los diferentes países estudiados. En el tercer capítulo se presentan cuadros que comparan las características del ahorro previsional voluntario en cada país. Finalmente, en el cuarto capítulo se presenta información sobre el número de afiliados con APV, y el monto de ahorro acumulado en cada país donde está disponible esta información. Se agradece a las diferentes Asociaciones Gremiales miembros de la FIAP su colaboración para el desarrollo de este trabajo, como también al equipo de la FIAP.

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II. Descripción de las características del Ahorro Previsional Voluntario A continuación se explica brevemente la naturaleza de los planes de ahorro previsional voluntario en los países analizados. En general, el APV se puede realizar bajo dos modalidades: - Planes de Ahorro Individual: Cada trabajador realiza su propio ahorro voluntario,

decidiendo el monto a ahorrar, el vehículo de inversión (cuando hay alternativas), y la institución administradora.

- Planes de Ahorro Colectivo: El empleador ofrece a sus trabajadores planes de

ahorro previsional voluntario, cuyas características básicas están estandarizadas. Los planes se financian con aportes de trabajadores y empleadores.

Bolivia: Cotización Adicional - En Bolivia la normativa del sistema de pensiones permite a los afiliados efectuar

“cotizaciones adicionales” a las obligatorias, que se depositan en las cuentas de capitalización individual y tienen como objetivo mejorar las pensiones o adelantar la fecha de su recepción. Estas cotizaciones pueden ser realizadas por los trabajadores dependientes e independientes, y como se integran a las cuentas de capitalización individual, son administradas por las AFP, las cuales no cobran una comisión especial por esta función, pero reciben la comisión de portafolio por el valor consolidado de los fondos (que incluye las cotizaciones adicionales).

- En el caso de los trabajadores dependientes, los aportes pueden ser pagados

directamente por ellos o los pueden convenir con los empleadores (“depósitos convenidos”).

- Las cotizaciones voluntarias no tienen incentivos tributarios; pueden quedar como herencia; y son inembargables.

- Existe la posibilidad de retirar anticipadamente los saldos a través del mecanismo de

retiros temporales, pero se requiere la realización de un mínimo de sesenta aportes. Brasil: Ahorro Voluntario - El ahorro previsional voluntario permite financiar pensiones complementarias a las

entregadas por los programas obligatorios de la seguridad social. - Los planes ofrecidos por las administradoras de fondos de pensiones pueden ser de

beneficio definido, contribución definida o una combinación de los dos anteriores (con contribuciones variables).

- Existen incentivos tributarios para los trabajadores y las empresas. La normativa autoriza a deducir hasta un 12% de los ingresos brutos obtenidos por la persona en un año. Los aportes se descuentan por planilla. En el caso de las empresas auspiciadoras, el límite para la deducción es un 20% de los salarios de los trabajadores y de los dirigentes de las empresas vinculadas al plan.

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- Los aportes realizados pueden ser retirados en cualquier momento, pero pagando

impuestos que varían entre un 10% y 35% según el plazo. Bulgaria: Seguro Previsional Suplementario para la Jubilación - El Seguro Previsional Suplementario para la Jubilación se financia con

contribuciones que se realizan a fondos previsionales, que son gestionados por empresas de seguro autorizadas, las cuales cobran una comisión por esta función.

- Las contribuciones pueden ser efectuadas por personas naturales, por los empleadores y por la autoridad que contribuye al seguro previsional para empleados públicos, jueces, fiscales, investigadores, profesionales de las fuerzas armadas, etc. Los aportes voluntarios de los trabajadores pueden ser retirados durante su vida activa, cuando lo estimen conveniente. Si el retiro se produce antes de la jubilación, debe pagar impuestos. Sin embargo, las contribuciones del empleador sólo pueden ser retiradas en el momento de la jubilación.

- El 10% del ingreso de cada individuo que contribuye al seguro previsional es libre de impuestos. Los gastos del Seguro Previsional Suplementario Voluntario del empleador son libres de impuestos, hasta un monto de US $ 26 mensuales. La pensión queda libre de tributación.

- Las contribuciones y los recursos transferidos al Fondo de Seguro Previsional

Suplementario Voluntario para la Jubilación, se acumulan en la cuenta individual de cada persona asegurada, y financian pensiones de invalidez y vejez y pagos únicos o en cuotas para los afiliados y herederos, que dependen de los saldos de las cuentas.

- Los recursos acumulados en el Fondo de Seguro Previsional pueden constituir herencia y no son embargables.

Chile: Ahorro Previsional Voluntario - Se autoriza a los trabajadores dependientes a ahorrar por sobre lo que cotizan

obligatoriamente en su AFP, con beneficios tributarios. Los trabajadores independientes también pueden aportar a los planes voluntarios.

- La finalidad del ahorro voluntario es anticipar la edad de pensión y/o aumentar el monto del beneficio recibido.

- Los saldos acumulados en los planes tienen liquidez, ya que se pueden retirar para

cualquier fin y en cualquier momento, con excepción de los depósitos convenidos (aportes realizados por los empleadores). Sin embargo, el afiliado que decide retirar sus ahorros sin destinarlos a la pensión debe pagar impuestos y, además, sufre una penalización que depende de la modalidad de ahorro voluntario que haya escogido (aportes antes o después del pago de impuesto a la renta).

- Los trabajadores pueden elegir entre dos tipos de incentivo tributario al realizar el

APV:

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i. Bonificación fiscal. Consiste en un incentivo estatal orientado a los trabajadores de ingresos medios y bajos (aunque cualquier trabajador puede acogerse a esta franquicia), y es igual al 15% del monto de ahorro voluntario realizado por el afiliado en un año calendario (tanto la bonificación como el ahorro que le da origen tienen un tope máximo anual). En este caso, el ahorro se realiza después del pago de impuesto a la renta. Si el afiliado retira el APV sin destinarlo a pensión, debe pagar impuesto a la renta por las ganancias reales obtenidas, y pierde la bonificación fiscal.

ii. Deducción de los ahorros de la remuneración o renta tributable. El trabajador

puede descontar los aportes a los planes de ahorro voluntario de la base de ingresos afecta al impuesto a la renta. Por lo tanto, en este caso el beneficio consiste en una reducción de los impuestos a pagar, la cual es mayor mientras más alta sea la remuneración o renta del trabajador y la tasa marginal de impuesto en que se encuentra. En Chile la tasa de impuesto a la renta es progresiva, llegando en el último tramo al 40%. Si el trabajador decide retirar el ahorro, debe pagar impuesto por todo el monto del retiro, según la tasa marginal en que se encuentre durante el año en que lo realiza. Además, si no está pensionado, y es hombre menor de 65 años o mujer menor de 60 años, debe pagar adicionalmente un recargo que varía entre un 3% y 7% del retiro. Existe un límite máximo mensual y anual para el monto de ahorro que se puede acoger a esta franquicia tributaria.

- Los planes de APV pueden ser administrados por distintas instituciones, incluyendo

a las administradoras de fondos de pensiones, bancos, compañías de seguros de vida, administradoras de fondos mutuos, intermediarios de valores y administradoras de fondos para la vivienda. Existen normas comunes que se aplican a todas las administradoras, pero también regulaciones que son propias de cada industria a la cual pertenecen. Los traspasos entre entidades son libres, sin que éstas puedan cobrar comisiones o colocar obstáculos de ningún tipo al traspaso. Los ahorrantes pueden escoger entre los distintos portafolios de inversión para su APV, que son ofrecidos por las entidades administradoras.

- Los aportes son integrados a una cuenta individual del afiliado, que es distinta a la

obligatoria. Los afiliados tienen la opción de traspasar los saldos a la cuenta obligatoria de la AFP al momento de la pensión anticipada o por edad, o mantenerlos en las cuentas voluntarias de las entidades administradoras correspondientes, y efectuar retiros directamente de ellas. En el caso de los depósitos convenidos, este traspaso es obligatorio. Los aportes del trabajador pueden ser descontados por planilla o aportados directamente por ellos a las instituciones administradoras.

- Los aportes pueden ser realizados por el propio afiliado (“cotizaciones voluntarias y

depósitos de ahorro previsional voluntario”) o por el empleador (“depósitos convenidos”). Existe también una modalidad de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo – APVC, con beneficios tributarios equivalentes al ahorro previsional voluntario individual. En estos planes colectivos, el empleador suscribe los contratos con las entidades administradoras y los trabajadores pueden adherirse a ellos. Existen normas de “matching” y “vesting”, que deben cumplir las empresas, y un mínimo de adhesión entre los trabajadores de la empresa para que los distintos

9

contratos entren y se mantengan en vigencia. El ahorro realizado por los trabajadores es complementado por el aporte de sus respectivos empleadores. El “matching” (proporción de los aportes del trabajador que entera el empleador al plan) debe ser igual para todos los trabajadores adheridos a un mismo contrato, mientras que el “vesting” no puede superar un periodo de 24 meses.

- Para participar en los planes de APV y obtener los beneficios tributarios correspondientes, es necesario que los trabajadores dependientes e independientes esté cotizando en las cuentas de capitalización individual obligatorias.

Colombia: Pensiones Voluntarias - Los trabajadores dependientes e independientes pueden realizar aportes a los

denominados Fondos de Pensiones Voluntarios – FPV. Tales aportes pueden ser ordinarios o extraordinarios, a voluntad del trabajador, y pueden ser efectuados directamente por él o a través de descuentos autorizados de la nómina o salario respectivo.

- Los trabajadores tienen la opción, que pueden ejercer en cualquier momento, de

instruir a una administradora para que la totalidad o una parte del monto ahorrado en los FPV, se traspase a las cuentas individuales de ahorro pensional en los Fondos de Pensiones Obligatorios – FPO. Esto con el propósito de anticipar la edad de retiro laboral o para incrementar el monto de la mesada pensional en el sistema obligatorio.

- Pueden afiliarse a los FPV los trabajadores dependientes o independientes, estén o

no vinculados al Régimen de Ahorro Individual, que corresponde al sistema de fondos de pensiones obligatorios basado en la capitalización individual.

- Las cotizaciones voluntarias pueden ser administradas por las AFP, las Sociedades

Fiduciarias o las Compañías de Seguros de Vida. Un mismo trabajador puede estar vinculado válidamente con uno o más gestores de FPV y puede tener con un mismo administrador dos o más subcuentas de aportes voluntarios.

- Las administradoras cobran una comisión ordinaria del 2,7% efectivo anual nominal vencido.

- Los aportes voluntarios gozan de beneficios tributarios siempre y cuando no sean

retirados antes de cinco años. Sin embargo, es posible retirar estos aportes antes de este plazo, manteniendo el beneficio tributario, si los fondos se utilizan para la adquisición o remodelación de viviendas.

- Las AFP y los demás gestores de FPV ofrecen diversas alternativas de inversión:

renta fija, renta variable en moneda local o en divisas. Es posible que los afiliados diseñen portafolios individuales mediante la combinación de diversas clases de activos. De hecho, las gestoras de FPV disponen de una amplia familia de fondos de diversas clases, que operan en la mayoría de los centros financieros y bursátiles del mundo.

10

- Igualmente, se ofrecen alternativas cerradas de inversión para capturar oportunidades específicas en un momento del tiempo, que se caracterizan por tener montos mínimos y máximos de aportes y plazos para el ingreso y retiro del plan.

- Los fondos de ahorro previsional voluntario pueden constituir herencia y son inembargables.

Costa Rica: Ahorro Voluntario - El sistema de capitalización en Costa Rica permite efectuar aportes voluntarios que

complementan los ahorros al régimen obligatorio, con el objetivo de anticipar la edad de retiro del sistema o de aumentar el monto de su beneficio.

- Las instituciones autorizadas para administrar estos aportes son las operadoras de pensiones, operadoras de fondos de capitalización laboral, cooperativas de ahorro y crédito y asociaciones solidarias. Todas deben estar debidamente autorizadas por la SUPEN. Pueden cobrar una comisión en base al rendimiento, con un máximo de 10%.

- Existen planes individuales y colectivos, en colones y en dólares. - Los saldos de ahorros existentes en los planes voluntarios pueden utilizarse una vez

que el trabajador cumple los 57 años de edad, para financiar la adquisición de una renta vitalicia por intermedio del Instituto Nacional de Seguros. Asimismo, pueden destinarse a la adquisición de planes de renta permanente con una Operadora de Pensiones, en los cuales se entrega a los trabajadores el monto acumulado en su cuenta individual, incluyendo el producto de los rendimientos de la inversión, y el saldo a los beneficiarios a la muerte del mismo.

- Los fondos acumulados son inembargables y no son heredables. - También existe la posibilidad de retiro anticipado después de 66 meses de iniciados

los aportes, y una vez que se han enterado 66 aportes. El Salvador: Ahorro Voluntario - El sistema de pensiones de capitalización individual de El Salvador permite efectuar

aportes voluntarios, tanto al trabajador como a su empleador, que son administrados por las AFP. No existen planes especiales para este tipo de ahorro.

- Los aportes voluntarios de los trabajadores dependientes que se encuentran cotizando obligatoriamente no pagan comisión por administración.

- El único objetivo autorizado para estos aportes es incrementar el monto de la

pensión o cumplir con el requisito que se exige para la jubilación anticipada, que es acumular un saldo mínimo definido en la Ley. Por lo tanto, los saldos acumulados no pueden ser retirados bajo ningún otro concepto. Sin embargo, se está discutiendo la posibilidad de autorizar la utilización del APV para fines diferentes al de pensión, otorgándole flexibilidad (Ejemplo: pago de estudios, vivienda o similar).

11

- Los aportes voluntarios son deducibles del impuesto sobre la renta, hasta un monto máximo equivalente al 10% de los ingresos sobre los cuales se cotiza obligatoriamente.

- El APV es inembargable y puede constituir herencia. México: Depósitos Voluntarios - El sistema de capitalización en México permite a los afiliados realizar depósitos

voluntarios, con el objetivo de incrementar el monto de la pensión. Estos aportes se registran en una subcuenta de aportaciones voluntarias, con la posibilidad de integrarlos al ahorro obligatorio en el momento del retiro.

- Las entidades autorizadas para administrar los planes son las sociedades de inversión; administradoras de fondos de retiro; bancos; administradoras de fondos de inversión; compañías de seguros; y administradoras de fondos mutuos. Los planes ofrecidos por las entidades distintas a las Afores se constituyen a través de un fideicomiso. El promedio de las comisiones anuales cobradas por el mercado es de 1,7% de los fondos administrados.

- Los aportes pueden ser realizados por el mismo afiliado o por el empleador

mediante depósitos convenidos. - Las aportaciones voluntarias se clasifican en dos tipos:

i. Ahorro Voluntario de Corto Plazo: el afiliado puede retirar sus aportes cuando han transcurrido dos meses después del depósito. Es decir, este tipo de ahorro puede ser utilizado por los trabajadores como un instrumento de inversión a corto y mediano plazo.

ii. Ahorro Voluntario de Largo Plazo: los aportes voluntarios se conservan en la

cuenta individual hasta el momento del retiro del trabajador. Su propósito es complementar los recursos disponibles para el financiamiento de los beneficios al momento de la pensión. Este ahorro tiene beneficios fiscales en caso de cumplir con los requisitos de permanencia que la ley tributaria establece.

- Los aportes son deducibles de impuestos en el año en que se depositan, hasta el 10%

de los ingresos acumulados por el contribuyente en el ejercicio, sin que dichas aportaciones puedan exceder del equivalente a cinco salarios mínimos generales del área geográfica del contribuyente. Al mantener el ahorro hasta el momento de la pensión, las aportaciones originales que sean retiradas por el trabajador estarán exentas. Los intereses reales acumulados serán objeto de una retención del 0,85% sobre el monto de capital que dé lugar a los mismos. Si se dispone del ahorro antes de la fecha de pensión, la Afore deberá retener el 20% sobre el monto total del retiro. Si el trabajador no dedujo de impuestos las aportaciones realizadas a esta subcuenta, la Afore retendrá el 0,85% sobre el monto del retiro.

12

- Los fondos acumulados en las subcuentas voluntarias pueden constituir herencia y son embargables por deudas fiscales (reforma fiscal que entrará en vigencia en 2011), cuando exceden un límite de aproximadamente US $ 28.500.

Panamá: Planes Complementarios - El sistema de capitalización en Panamá es obligatorio sólo para los empleados

públicos. Para el resto de las personas existen planes de ahorro previsional voluntario, que financian pensiones complementarias a las jubilaciones otorgadas por el régimen público de reparto.

- El ahorro previsional voluntario es manejado por administradoras privadas de fondos de pensiones, que cobran una comisión equivalente al 2,5% anual sobre saldo.

- Los aportes son deducibles del impuesto sobre la renta hasta un monto equivalente al 10% del ingreso anual.

- Los saldos acumulados en los planes no constituyen herencia y son inembargables. Perú: Ahorro Previsional Voluntario - El sistema de capitalización en Perú permite a los trabajadores dependientes e

independientes realizar aportes voluntarios. Existen dos tipos de planes: con fin previsional y sin fin previsional. Los primeros sólo se pueden retirar en el momento de la pensión, mientras que los segundos se pueden retirar en cualquier momento, pero sólo hasta tres veces en un año.

- Los saldos de ahorro voluntario se invierten en los mismos fondos del ahorro obligatorio. Por lo tanto, son manejados por las administradoras de fondos de pensiones, las cuales cobran comisiones sólo por los ahorros sin fin previsional. Se está analizando la posibilidad de que los afiliados puedan destinar sus aportes voluntarios a una AFP distinta de la que administra sus fondos obligatorios.

- El mercado del ahorro previsional voluntario en Perú se encuentra poco

desarrollado, debido a que no ofrece beneficios fiscales a los aportes y, además, no existe un límite máximo de salario para efectos de la cotización obligatoria al sistema de pensiones, lo que deja poco espacio al ahorro voluntario. El único beneficio obtenido por quienes ahorran voluntariamente es que la pensión está libre de impuestos.

- Los aportes con fin previsional son inembargables, mientras que los aportes sin fin previsional son embargables. Ambos tipos de ahorro pueden ser heredables.

República Dominicana: Ahorro Previsional Voluntario - El sistema de capitalización en República Dominicana permite realizar aportes

voluntarios que se integran a la cuenta de capitalización individual del afiliado, con el propósito de obtener una prestación superior o complementaria a la prevista por la Ley. No pueden ser retirados antes de la fecha de pensión.

13

- El ahorro voluntario es manejado por las administradoras de fondos de pensiones,

las cuales no cobran por esta función a los afiliados que tienen con éstas su cuenta de capitalización individual obligatoria.

- Los afiliados mayores de 45 años pueden realizar aportes que están exentos de

impuestos hasta un monto equivalente a tres veces el monto de la contribución ordinaria que realiza el trabajador.

- Los aportes voluntarios sólo pueden ser realizados a través de la misma planilla de

pago mensual de las contribuciones obligatorias que remite el empleador al sistema (centralizado), ya sea por aportes del propio afiliado y/o por aportes del empleador.

- Cada afiliado tiene una sola cuenta de capitalización individual (CCI) donde recibe

el aporte obligatorio por ley y el aporte adicional voluntario.

- Los ahorros voluntarios pueden constituir herencia. Se aplica la normativa del sistema de AFP, en que las condiciones para definir si los fondos constituyen herencia dependen del origen del fallecimiento del afiliado. Los saldos son inembargables.

- Existen, además, algunos planes complementarios con beneficios adicionales a los de la ley, que son gestionados por las administradoras de fondos de pensiones y que están sujetos a regulaciones de inversión similares a las de los fondos de pensiones obligatorios. El recaudo de estos aportes no se hace a través del sistema centralizado que se aplica a las cotizaciones obligatorias, sino que de manera directa desde la empresa a la administradora. Los beneficios que financian estos planes son acordados en base a convenios particulares suscritos entre las empresas y sus trabajadores.

Rumania: Ahorro Previsional Voluntario - Los trabajadores y empleadores pueden realizar aportes voluntarios para el

financiamiento de pensiones complementarias a las otorgadas por el régimen de reparto y el segundo pilar obligatorio.

- Los fondos de pensiones voluntarios son manejados por administradoras que han obtenido la licencia respectiva.

- Los aportes se acumulan en cuentas individuales que pertenecen a cada participante,

y son deducibles de la base tributable hasta un límite de 400 euros al año, considerando tanto los aportes del trabajador como del empleador.

Ucrania: Ahorro Previsional Voluntario - Cualquier persona puede abrir un depósito de pensiones en un banco o participar

voluntariamente en los fondos administrados por los bancos (BMF) o en los fondos de pensiones no estatales (NPF), con el propósito de aumentar el monto de la pensión a recibir por edad e invalidez. Adicionalmente, en los fondos bancarios

14

existe otro tipo de planes, denominados “niños BMF”, en los cuales es posible ahorrar para educación o la compra o arrendamiento de habitación y bienes raíces.

- Los aportes previsionales voluntarios enterados a los fondos manejados por el sistema bancario pueden ser administrados por bancos autorizados. Los aportes voluntarios a los fondos de pensiones no estatales pueden ser manejados por compañías administradoras de inversiones elegidas por los NPF.

- En los planes administrados por los bancos (BMF) la comisión promedio es de 3% de la rentabilidad de los fondos. Sin embargo, si el afiliado quiere retirar su saldo antes de la fecha definida, se cobra un 5% de los fondos administrados. En los planes de los fondos de pensiones no estatales (NPF), la comisión promedio es de 5% de los aportes y 4% de los fondos administrados.

- Las contribuciones tienen beneficios tributarios, y pueden ser pagadas por los empleadores, individuos o sus parientes. Un 15% del ingreso base de cada persona que contribuye a planes de ahorro previsional voluntario está libre de impuestos. Los empleadores que pagan aportes para sus empleados a estos planes no pagan impuestos hasta por un monto equivalente al 10% de los ingresos brutos.

- El ahorro enterado a los fondos bancarios (BMF) puede ser retirado para cualquier

propósito y en cualquier momento, pagando una penalización tributaria de 15% y una comisión por activos administrados de 5% de los fondos pertenecientes al afiliado. En cambio, el ahorro en los depósitos de pensiones y en los fondos de pensiones no estatales (NPF) sólo puede ser girado si el afiliado está en una situación crítica de salud, se trasladó a otro país a residir en forma permanente o su saldo es inferior a un valor mínimo, pagando un castigo tributario de 15%.

- Los saldos acumulados en los planes de ahorro previsional voluntario pueden constituir herencia.

Uruguay: Ahorro Previsional Voluntario - El sistema de capitalización en Uruguay permite efectuar depósitos voluntarios con

el fin de incrementar el ahorro acumulado en las cuentas individuales. No existen planes especiales para este tipo de ahorro. Los saldos se acumulan junto a los aportes obligatorios y financian al final de la vida activa mayores rentas vitalicias previsionales. Por lo tanto, las administradoras del ahorro voluntario son las mismas AFAP.

- Las administradoras están autorizadas a cobrar comisiones sobre los aportes

voluntarios (está previsto en la ley 16.713). Sin embargo, en la actualidad ninguna de las AFAP cobra este tipo de comisión.

- Los aportes pueden ser realizados en forma directa por el afiliado o a través de depósitos convenidos. Cualquier persona física o jurídica puede convenir con el afiliado la realización de depósitos en la respectiva cuenta de ahorro personal.

- Los depósitos convenidos son deducibles de la renta bruta de las empresas para liquidar el impuesto a las rentas de actividades económicas (I.R.A.E.), siempre que

15

el importe de los mismos no supere el 20% de las asignaciones computables gravadas con aportes jubilatorios percibidas en el año civil inmediato anterior. Por su parte, los depósitos voluntarios son deducibles del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas.

- Los saldos acumulados por ahorro previsional voluntario son inembargables. - La normativa del ahorro previsional voluntario es poco flexible, pues los aportes

pasan a integrar el fondo de ahorro previsional del trabajador, que sólo puede ser utilizado para incrementar el monto de la jubilación o, en el caso de fallecimiento y si no hubiese beneficiarios de pensión, es recibido por los herederos como haber sucesorio. En el caso de que el trabajador se incapacite en forma absoluta y permanente para todo trabajo, el ahorro voluntario puede ser retirado por el trabajador o, si éste así lo decide, transferido a una empresa Aseguradora para constituir el capital de una renta vitalicia. Por lo tanto, el ahorro previsional voluntario no tiene liquidez.

En los cuadros siguientes se resume, para cada país, las principales características de los respectivos planes de APV.

16

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segu

ros

de v

ida

ofre

cen

plan

es e

n do

nde

se m

ezcl

a el

com

pone

nte

de

acum

ulac

ión

(con

los

mis

mos

top

es l

egal

es q

ue p

ara

otra

s in

stitu

cion

es)

y el

com

pone

nte

de p

rote

cció

n. U

na d

ifer

enci

a im

port

ante

res

pect

o a

otro

s pl

anes

, es

que

la

inde

mni

zaci

ón

que

paga

n la

s co

mpa

ñías

est

á lib

re d

e tr

ibut

ació

n pa

ra l

os

bene

fici

ario

s. T

ambi

én e

xist

en p

lane

s co

lect

ivos

(A

PVC

), qu

e so

n co

ntra

tos

de a

horr

o su

scri

tos

entr

e un

em

plea

dor,

por

sí y

en

repr

esen

taci

ón d

e su

s tr

abaj

ador

es,

y un

a In

stitu

ción

A

utor

izad

a.

Las

ad

min

istr

ador

as

ofre

cen

plan

es

dife

rent

es

con

dist

into

s tip

os

de

inve

rsió

n,

bajo

el

cu

mpl

imie

nto

y lin

eam

ient

o de

lo

per

miti

do p

or la

ley.

• Pla

n In

divi

dual

de

Acu

mul

ació

n V

olun

tari

o en

Col

ones

Plan

Indi

vidu

al d

e A

cum

ulac

ión

Vol

unta

rio

en D

ólar

es

• Pla

n C

olec

tivo

de A

cum

ulac

ión

Vol

unta

rio

en C

olon

es

• Pla

n C

olec

tivo

de A

cum

ulac

ión

Vol

unta

rio

en D

ólar

es

Inve

rsió

n m

ínim

a E

n ge

nera

l no

exis

te u

n m

onto

mín

imo,

aun

que

ello

dep

ende

de

la in

stitu

ción

adm

inis

trad

ora

y el

tipo

de

plan

. Si

n In

form

ació

n C

uota

m

ensu

al d

ebe

supe

rar

los

5.00

0 co

lone

s ó

los

20 d

ólar

es

Fuen

te: A

soci

acio

nes

loca

les

país

es F

IAP

y ot

ras

fuen

tes

de in

form

ació

n (v

er A

nexo

).

20

CCAARRAACCTTEERRÍÍ SS

TTII CC

AASS DD

EELL AA

HHOORRRROO PPRREEVVII SS

II OONNAALL VV

OOLLUUNNTTAARRII OO

PPAAÍÍ SS

EESS FFII AA

PP ((22 cc ))

Car

acte

ríst

ica

Chi

le

Col

ombi

a C

osta

Ric

a

Gra

do d

e liq

uide

z de

los

ahor

ros

Las

cot

izac

ione

s vo

lunt

aria

s y

depó

sito

s de

APV

se

pued

en r

etir

ar e

n cu

alqu

ier

mom

ento

. Los

afi

liado

s qu

e ef

ectú

en r

etir

os d

eben

pag

ar l

os i

mpu

esto

s qu

e co

rres

pond

an.

Si

el

retir

o se

re

aliz

a an

tes

de

pens

iona

rse

y de

cum

plir

65

años

los

hom

bres

y 6

0 añ

os l

as m

ujer

es,

o no

se

dest

ina

a fi

nanc

iar

las

pens

ione

s o

a an

ticip

arla

s, s

egún

sea

el

caso

, tie

ne

pena

lizac

ione

s.

Los

de

pósi

tos

conv

enid

os

(DC

) só

lo

pued

en

ser

retir

ados

al

m

omen

to

de

pens

iona

rse.

Es

posi

ble

retir

ar e

l ah

orro

des

pués

de

66

mes

es d

e in

icia

dos

los

apor

tes

y un

a ve

z qu

e se

han

ent

erad

o 66

ap

orte

s

Rég

imen

/ In

cent

ivos

tr

ibut

ario

s de

los

plan

es

Dos

alte

rnat

ivas

: a)

Bon

ific

ació

n de

15%

sob

re

ahor

ro e

n un

año

cal

enda

rio

(no

reba

ja im

pues

to);

o

b) r

ebaj

a de

l ap

orte

de

la r

enta

tri

buta

ble

(has

ta

USD

27.

175

en u

n añ

o)

Los

ap

orte

s tie

nen

bene

fici

os

trib

utar

ios

si

no

son

retir

ados

an

tes

de

cinc

o añ

os

o si

se

ut

iliza

n pa

ra

la

adqu

isic

ión

y re

mod

elac

ión

de v

ivie

ndas

Sin

info

rmac

ión

Los

fond

os d

e ah

orro

pr

evis

iona

l vol

unta

rio,

¿c

onst

ituye

n he

renc

ia?

Sí,

pero

pri

mer

o se

des

tinan

al

pago

de

pens

ione

s de

sob

revi

venc

ia o

de

inde

mni

zaci

ones

en

el c

aso

de la

s co

mpa

ñías

de

segu

ros

de v

ida.

N

o

Los

fond

os d

e ah

orro

pr

evis

iona

l vol

unta

rio,

¿so

n em

barg

able

s?

No

No

No

Fuen

te: A

soci

acio

nes

loca

les

país

es F

IAP

y ot

ras

fuen

tes

de in

form

ació

n (v

er A

nexo

).

21

CCAARRAACCTTEERRÍÍ SS

TTII CC

AASS DD

EELL AA

HHOORRRROO PPRREEVVII SS

II OONNAALL VV

OOLLUUNNTTAARRII OO

PPAAÍÍ SS

EESS FFII AA

PP ((33 aa

))

Car

acte

ríst

ica

E

l Sal

vado

r M

éxic

o Pa

nam

á

Ent

idad

es a

dmin

istr

ador

as

Adm

inis

trad

oras

de

fo

ndos

de

pe

nsio

nes.

Adm

inis

trad

oras

de

fo

ndos

de

re

tiro;

so

cied

ades

de

inve

rsió

n en

gen

eral

; ba

ncos

; ad

min

istr

ador

as

de

fond

os

de

inve

rsió

n;

com

pañí

as d

e se

guro

s; y

adm

inis

trad

oras

de

fond

os m

utuo

s.

Adm

inis

trad

oras

de

fo

ndos

de

pe

nsio

nes

Form

as a

utor

izad

as d

e ap

orte

Pe

rson

alm

ente

en

la

in

stitu

ción

se

lecc

iona

da

o a

trav

és

de

plan

illa

elec

trón

ica.

Pers

onal

men

te

o a

trav

és

de

Inte

rnet

, de

scue

ntos

po

r pl

anill

a,

en

inst

ituci

ones

se

lecc

iona

das

e in

stitu

cion

es

que

teng

an

conv

enio

s co

n la

s en

tidad

es e

ncar

gada

s de

la

adm

inis

trac

ión

del a

horr

o vo

lunt

ario

.

Pers

onal

men

te

en

la

inst

ituci

ón

sele

ccio

nada

, a

trav

és d

e In

tern

et,

desc

uent

o po

r pl

anill

a,

cuen

tas

banc

aria

s.

Com

isió

n po

r Adm

inis

trac

ión

de A

horr

o Pr

evis

iona

l V

olun

tari

o

No

se c

obra

por

el

ahor

ro v

olun

tari

o a

los

trab

ajad

ores

dep

endi

ente

s.

El p

rom

edio

de

las

com

isio

nes

cobr

adas

por

las

entid

ades

es

de 1

,7%

anu

al s

obre

los

fon

dos

adm

inis

trad

os

2,5%

por

año

sob

re e

l fon

do

Cam

bios

de

regu

laci

ón e

n di

scus

ión

Exp

lora

ndo

la

posi

bilid

ad

de

que

el

APV

pue

da t

ener

fin

es d

ifer

ente

s al

de

pens

ión,

ot

orgá

ndol

e

flex

ibili

dad.

(E

jem

plo:

pa

go

estu

dios

, vi

vien

da

o si

mila

r)

No

No

Fuen

te: A

soci

acio

nes

loca

les

país

es F

IAP

y ot

ras

fuen

tes

de in

form

ació

n (v

er A

nexo

).

22

CCAARRAACCTTEERRÍÍ SS

TTII CC

AASS DD

EELL AA

HHOORRRROO PPRREEVVII SS

II OONNAALL VV

OOLLUUNNTTAARRII OO

PPAAÍÍ SS

EESS FFII AA

PP ((33 bb))

Car

acte

ríst

ica

El S

alva

dor

Méx

ico

Pana

Plan

es o

frec

idos

N

o ex

iste

n pl

anes

esp

ecia

les.

No

hay

info

rmac

ión

de lo

s pl

anes

ofr

ecid

os p

or la

s A

FOR

ES.

Los

pl

anes

ofr

ecid

os p

or l

os b

anco

s, l

as a

dmin

istr

ador

as d

e fo

ndos

de

inve

rsió

n y

las

adm

inis

trad

oras

de

fond

os m

utuo

s, s

e co

nstit

uyen

a

trav

és d

e un

fide

icom

iso.

Los

pl

anes

of

reci

dos

por

las

adm

inis

trad

oras

de

fo

ndos

de

pe

nsio

nes

son

de ju

bila

ción

pri

vada

.

Inve

rsió

n m

ínim

a N

o ex

iste

mon

to m

ínim

o.

No

exis

te m

onto

mín

imo

ni m

áxim

o.

USD

20

men

sual

es.

Gra

do d

e liq

uide

z de

los

plan

es

Los

ap

orte

s no

pu

eden

se

r re

tirad

os

bajo

ni

ngún

co

ncep

to,

exce

pto

para

el p

ago

de p

ensi

ón.

En

el a

horr

o vo

lunt

ario

de

cort

o pl

azo

se p

uede

ret

irar

los

apo

rtes

cu

ando

han

tra

nscu

rrid

o do

s m

eses

des

de e

l de

pósi

to (

ahor

ro

volu

ntar

io s

in b

enef

icio

fis

cal)

. En

el c

aso

del a

horr

o vo

lunt

ario

de

larg

o pl

azo,

la

liq

uide

z es

lo

al

mom

ento

de

l re

tiro

(con

be

nefi

cios

trib

utar

ios)

.

No

disp

onib

le la

info

rmac

ión

Rég

imen

/ In

cent

ivos

T

ribu

tari

os d

e lo

s Pl

anes

Los

ap

orte

s so

n de

duci

bles

de

l im

pues

to s

obre

la

rent

a, h

asta

un

mon

to

equi

vale

nte

al

10%

de

l in

gres

o an

ual

suje

to a

cot

izac

ión

oblig

ator

ia.

Apo

rtes

so

n de

duci

bles

de

im

pues

tos

en

el

año

en

que

se

depo

sita

n,

hast

a el

10

%

de

los

ingr

esos

ac

umul

able

s de

l co

ntri

buye

nte

en e

l ej

erci

cio,

sin

que

dic

has

apor

taci

ones

pue

dan

ex

cede

r de

l eq

uiva

lent

e a

cinc

o sa

lari

os m

ínim

os g

ener

ales

del

ár

ea g

eogr

áfic

a de

l co

ntri

buye

nte.

Al

man

tene

r el

aho

rro

hast

a la

fe

cha

de p

ensi

ón,

las

apor

taci

ones

que

ret

ire

el t

raba

jado

r es

tará

n ex

enta

s. L

os i

nter

eses

rea

les

acum

ulad

os s

erán

obj

eto

de u

na

rete

nció

n de

l 0,

85%

sob

re e

l m

onto

de

cap

ital

que

dé l

ugar

a l

os

mis

mos

. Si s

e di

spon

e de

l aho

rro

ante

s de

la f

echa

de

pens

ión,

las

Afo

res

debe

rán

rete

ner e

l 20%

sob

re e

l mon

to to

tal d

el r

etir

o. S

i el

trab

ajad

or n

o de

dujo

las

apo

rtac

ione

s re

aliz

adas

de

impu

esto

s, l

a A

fore

ret

endr

á el

0,8

5% s

obre

el m

onto

del

ret

iro.

Son

dedu

cibl

es d

e im

pues

to s

obre

la

rent

a, h

asta

un

mon

to e

quiv

alen

te a

l 10

% d

el in

gres

o an

ual.

Fuen

te: A

soci

acio

nes

loca

les

país

es F

IAP

y ot

ras

fuen

tes

de in

form

ació

n (v

er A

nexo

).

23

CCAARRAACCTTEERRÍÍ SS

TTII CC

AASS DD

EELL AA

HHOORRRROO PPRREEVVII SS

II OONNAALL VV

OOLLUUNNTTAARRII OO

PPAAÍÍ SS

EESS FFII AA

PP ((33 cc ))

C

arac

terí

stic

a

El S

alva

dor

Méx

ico

Pana

Los

fond

os d

e ah

orro

pr

evis

iona

l vol

unta

rio,

¿c

onst

ituye

n he

renc

ia?

No

Los

fond

os d

e ah

orro

pr

evis

iona

l vol

unta

rio,

¿so

n em

barg

able

s?

No

Sí (

refo

rma

fisc

al q

ue e

ntra

rá e

n vi

gor

en 2

011)

; se

pued

e em

barg

ar p

or d

euda

s fi

scal

es e

l exc

eden

te d

e lo

s re

curs

os s

obre

un

límite

de

apro

xim

adam

ente

28

,5 m

iles

de U

SD d

ólar

es.

No

Fuen

te: A

soci

acio

nes

loca

les

país

es F

IAP

y ot

ras

fuen

tes

de in

form

ació

n (v

er A

nexo

).

24

CCAARRAACCTTEERRÍÍ SS

TTII CC

AASS DD

EELL AA

HHOORRRROO PPRREEVVII SS

II OONNAALL VV

OOLLUUNNTTAARRII OO

PPAAÍÍ SS

EESS FFII AA

PP ((44 aa

))

Car

acte

ríst

ica

Pe

Rep

úblic

a D

omin

ican

a R

uman

ia

Ent

idad

es a

dmin

istr

ador

as

Adm

inis

trad

oras

de

Fond

os d

e Pe

nsio

nes

Adm

inis

trad

oras

de

Fond

os d

e Pe

nsio

nes

Adm

inis

trad

oras

qu

e ha

n ob

teni

do

licen

cia

Form

as a

utor

izad

as d

e ap

orte

Pe

rson

alm

ente

en

la

in

stitu

ción

se

lecc

iona

da y

por

Inte

rnet

Pued

e ap

orta

r tan

to e

l em

plea

dor c

omo

el tr

abaj

ador

en

la i

nstit

ució

n se

lecc

iona

da,

por

Inte

rnet

o d

escu

ento

po

r pla

nilla

Los

em

plea

dore

s pa

gan

las

cont

ribu

cion

es

dire

ctam

ente

a

la

adm

inis

trad

ora

sel

ecci

onad

a

Com

isió

n pr

omed

io p

or

adm

inis

trac

ión

de a

horr

o pr

evis

iona

l vol

unta

rio

No

se

cobr

a pa

ra

el

ahor

ro

con

fin

prev

isio

nal,

si

para

el

ah

orro

si

n fi

n pr

evis

iona

l

No

se c

obra

si e

l afi

liado

est

á en

la A

FP c

on s

u cu

enta

de

cap

italiz

ació

n in

divi

dual

.

Máx

imo

5% d

e la

con

trib

ució

n al

mes

; M

áxim

o 2,

4% d

e lo

s ac

tivos

net

os a

l añ

o

Cam

bios

de

regu

laci

ón e

n di

scus

ión

Los

A

filia

dos

al

Sist

ema

Priv

ado

de

Pens

ione

s (S

PP),

podr

án

dest

inar

su

s ap

orte

s vo

lunt

ario

s a

una

AFP

dis

tinta

de

la

que

man

tiene

sus

fond

os o

blig

ator

ios.

No

Des

de 2

011

los

apor

tes

a lo

s pl

anes

de

ahor

ro v

olun

tari

o es

tará

n ex

ento

s de

los

cálc

ulos

de

la

co

ntri

buci

ón

a la

se

guri

dad

soci

al

Fuen

te: A

soci

acio

nes

loca

les

país

es F

IAP

y ot

ras

fuen

tes

de in

form

ació

n (v

er a

nexo

).

25

CARACTERÍS

TIC

AS DEL A

HORRO PREVIS

IONAL V

OLUNTARIO

PAÍS

ES FIA

P (4

b)

Car

acte

ríst

ica

Pe

Rep

úblic

a D

omin

ican

a R

uman

ia

Plan

es o

frec

idos

Exi

sten

pla

nes

de a

horr

o vo

lunt

ario

en

las

AFP

co

n y

sin

fin

prev

isio

nal,

que

se

invi

erte

n en

los

mis

mos

fon

dos

del

ahor

ro

oblig

ator

io.

El

apor

te

se

acum

ula

en

la

cuen

ta

de

capi

taliz

ació

n in

divi

dual

(A

FP).

Ade

más

, pl

anes

com

plem

enta

rios

aco

rdad

os e

ntre

las

em

pres

as y

sus

tra

baja

dore

s y

adm

inis

trad

os

por l

as A

FP.

Los

apo

rtes

se

acum

ulan

en

cuen

tas

indi

vidu

ales

que

pe

rten

ecen

a c

ada

part

icip

ante

Inve

rsió

n m

ínim

a N

o ha

y N

o ha

y N

o ha

y, l

os t

raba

jado

res

pued

en c

ontr

ibui

r ha

sta

un 1

5%

de s

u re

nta

men

sual

impo

nibl

e

Gra

do d

e liq

uide

z de

los

plan

es

El

apor

te v

olun

tari

o co

n fi

n pr

evis

iona

l só

lo p

uede

ser

ret

irad

o co

mo

pens

ión;

el

ahor

ro s

in f

in p

revi

sion

al s

e pu

ede

retir

ar,

pero

exi

ste

un m

áxim

o de

tre

s gi

ros

por

año

Sólo

al m

omen

to d

e la

pen

sión

N

o, s

ólo

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26

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nexo

).

27

CARACTERÍS

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form

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n (v

er a

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).

29

III. Información estadística sobre la evolución del APV

Cuadro Nº 1 Número de Cuentas con Ahorro Previsional Voluntario

Países / Año Dic. 2001

Dic. 2002

Dic. 2003

Dic. 2004

Dic. 2005

Dic. 2006

Dic. 2007

Dic. 2008

Dic. 2009

Bolivia n.d. n.d. 841.657 893.858 n.d. n.d. n.d. n.d. n.d.

Bulgaria 451.846 484.791 516.148 535.415 549.851 565.782 592.805 604.316 603.105

Chile (1) n.d. 257.847 265.645 335.997 344.933 389.175 430.764 469.422 517.921

Colombia 109.154 143.603 213.662 231.863 283.886 323.768 340.905 351.874 367.825

Costa Rica (2) 176.092 190.922 n.d. 163.621 167.431 168.011 167.915 168.360 167.972

México 97.344 114.844 132.359 147.376 163.087 167.898 185.363 192.646 n.d.

Panamá 7.929 11.002 13.963 17.413 21.507 24.734 28.986 36.151 41.771

Perú n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. República Dominicana n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. Rumania n.a. n.a. n.a. n.a. n.a. n.a. 50.887 150.745 187.172

Uruguay n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. (1) Corresponde a las cuentas que administran las AFP. Considerando el número de cuentas que administran el

resto de las instituciones autorizadas, a Diciembre 2009, el número totaliza 746.616 cuentas. (2) Desde el año 2005 la estadística incluye a los afiliados del régimen voluntario de pensiones complementarias

en colones y dólares. n.d. = No Disponible n.a. = No Aplica

Fuente: Diferentes fuentes de información (Ver Anexo).

30

Cuadro Nº 2 VVoolluummeenn ddee FFoonnddooss ddee AAhhoorrrroo PPrreevviissiioonnaall VVoolluunnttaarriioo AAddmmiinniissttrraaddooss

((MMiilleess ddee UUSS$$ ddee ccaaddaa ffeecchhaa)) Países / Año Dic. 2001 Dic. 2002 Dic. 2003 Dic. 2004 Dic. 2005 Dic. 2006 Dic. 2007 Dic. 2008 Dic. 2009

Bolivia n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d.

Bulgaria 60.995 103.726 163.164 226.659 252.106 333.469 509.774 347.245 387.184

Chile (1) n.d. 495.127 787.311 1.054.369 1.471.986 1.990.057 2.647.688 1.840.749 3.072.985

Colombia 813.775 880.536 1.128.405 1.525.119 2.549.262 2.726.507 3.038.093 2.868.862 3.957.880

Costa Rica 450.348 633.202 723.726 318.639 365.701 441.125 450.730 320.152 305.806

México 154.727 185.598 196.526 179.638 185.144 215.342 244.625 181.422 199.299

Panamá n.d. 25.465 34.632 57.519 69.455 82.558 113.400 135.800 161.299

Perú n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. 128.119 356.060 138.670 191.250 República Dominicana n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d.

Rumania n.a. n.a. n.a. n.a. n.a. n.a. 5.851 29.787 69.494

Uruguay n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d. n.d.

(1) Corresponde al ahorro que administran las AFP. Considerando el ahorro que administran el resto de las instituciones autorizadas, a diciembre 2009, el monto administrado se eleva a M US $ 4.725.945.

n.d. = No Disponible. Fuente: Diferentes fuentes de información (Ver Anexo).

31

Anexo: Fuentes de la Información Chile http://www.afp-ag.cl/mayor_competencia.html http://www.afp-ag.cl/ahorro.html Perú http://www.afphorizonte.com.pe/paginas/ppb_AportesConFinPrevisional.aspx http://blog.pucp.edu.pe/item/2183 http://www.afphorizonte.com.pe/paginas/ppb_AportesObligatorio.aspx Colombia http://www.asofondos.org.co/VBeContent/newsdetail.asp?id=77&idcompany=3#Cuando http://www.elempleo.com/Clientes/cons_prof.asp?not_tem_id=16&xnot_tem_nombre=Descubra&xnot_id=1420 http://www.ing.com.co/wps/wcm/connect/4a6e8f004fc97772b930b91c1832ce7e/Reglamento+ING+FPV.pdf?MOD=AJPERES

Panamá http://www.progreso-afp.com/ http://www.siacap.gob.pa/centrodeestadisticas.php http://www.siacap.gob.pa/archivos/DICIEMBRE2008HECHOSRELEVANTES.pdf http://www.siacap.gob.pa/archivos/MAYO2009HECHOSRELEVANTES.pdf Costa Rica http://www.nacion.com/ln_ee/2008/enero/31/economia1404832.html http://portal.ins-cr.com/Personas/Pensiones/MarcoRegPensiones/Reglamento.htm http://portal.ins-cr.com/Personas/Pensiones/descproduct.htm http://www.supen.fi.cr/aplicaciones/IAfiliados.nsf/Productos?OpenPage República Dominicana http://www.scotiacrecer.com.do/abnmNET/templates/noticias.aspx?articleid=40&zoneid=3&menuid Bolivia http://www.prevision.com.bo/pdf/guia_afiliados.pdf http://www.afp-futuro.com/paginas/inf_aporte.php?id=3 Uruguay http://www.rafap.com.uy/mvdcms/noticia_41_1.html www.rafap.com.uy http://www.afinidadafap.com.uy/sistema/aportes-voluntarios/ Polonia http://www.knf.gov.pl/en/law/Capital_Market/index.html http://www.stat.gov.pl/gus/fulltext_search_ENG_HTML.htm México http://www.economia.com.mx/la_cuenta_individual_y_sus_subcuentas.htm http://www.ing.com.mx/afore/aportaciones_voluntarias/que_son.html Bulgaria http://www.assoc.pension.bg/en/display.php?page=member_as

32

Antillas Holandesas http://www.vidanova.net/downloads/Document-Double-Sided-Printing.pdf El Salvador https://www.confia.com.sv/Empleador/emp_calendario.htm https://www.confia.com.sv/Afiliaciones/afil_tuscotizaciones.html Páginas Web Asociación de Fondos Mutuos www.fondosargentina.org.ar : Sitio web fondos mutuos Argentina. www.ifsa.com.au : Sitio web fondos mutuos Australia. www.voeig.at : Sitio web fondos mutuos Austria. www.beama.be : Sitio web fondos mutuos Belgium. www.abav.com.bo : Sitio web fondos mutuos Bolivia. www.anbid.com.br : Sitio web fondos mutuos Brasil. www.ific.ca : Sitio web fondos mutuos Canada. www.sac.net.cn/en/homepage/index_en.jsp : Sitio web fondos mutuos China. http://www.asofiduciaria.org.co : Sitio web fondos mutuos Colombia. www.fondoscostarica.com : Sitio web fondos mutuos Costa Rica. www.afamcr.cz : Sitio web fondos mutuos Czech Republic. www.ifr.dk : Sitio web fondos mutuos Dinamarca. www.aaffe.org : Sitio web fondos mutuos Ecuador. www.ici.org : Sitio web fondos mutuos EE.UU. www.inverco.es : Sitio web fondos mutuos España. www.efama.org : Sitio web fondos mutuos Europa. www.sijoitusrahastot.navigo.fi : Sitio web fondos mutuos Finland. www.afg.asso.fr : Sitio web fondos mutuos Francia. www.bvi.de : Sitio web fondos mutuos Alemania. www.agii.gr : Sitio web fondos mutuos Grecia. www.dutchfundassociation.com : Sitio web fondos mutuos Holanda www.hkifa.org.hk : Sitio web fondos mutuos Hong Kong. www.bamosz.hu : Sitio web fondos mutuos Hungary. www.amfiindia.com : Sitio web fondos mutuos India. www.irishfunds.ie : Sitio web fondos mutuos Irlanda www.assogestioni.it : Sitio web fondos mutuos Italia www.toushin.or.jp : Sitio web fondos mutuos Japón. www.amak.or.kr/Eng/Main.aspx : Sitio web fondos mutuos Korea www.alfi.lu : Sitio web fondos mutuos Luxemburgo. www.fmutm.com.my : Sitio web fondos mutuos Malasia. www.amib.com.mx : Sitio web fondos mutuos México