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acreditación actualidadde la Declaraciones de Jacques McMillan la acreditación Aprobado el reglamento europeo que regula 45 tercer trimestre

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acreditaciónactualidadde la

Declaraciones deJacques McMillan

la acreditación Aprobado el reglamento

europeo que regula

45 tercer trimestre

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COMITÉ DE REDACCIÓNAntonio Muñoz.

Beatriz Rivera, Ignacio Pina,Inmaculada Lorente, Carolina Tallés,

Isabel Coque.Coordinadores: Eva Martín/ Carlos

Macho.Realización: Varenga S.A.Impresión: Gráficas Marte.

Edición: Entidad Nacional deAcreditación.

Serrano, 240. 3º • 28016 Madrid.Fax 91 458 62 80

E-Mail: [email protected]: www.enac.es

Difusión: 8.000 ejemplares(español e inglés)

Depósito legal: M-31796-1998La Revista Actualidad de la

Acreditación no se identificanecesariamente con las opiniones de sus

entrevistados o colaboradores.

2

acreditaciónactualidadde la

La Entidad Nacional de Acreditación, ENAC, es la

encargada de acreditar, conforme a procesos y

requisitos aceptados internacionalmente, la

competencia técnica de organizaciones que ofrecen

servicios de Evaluación de la Conformidad, abarcando

a los Laboratorios de Ensayo y Calibración, Entidades

de Inspección, Entidades de Certificación y

Verificadores Ambientales.

ENAC es una organización declarada de utilidad

pública, independiente y sin ánimo de lucro, auspiciada

y tutelada por la Administración, constituida conforme

a lo dispuesto en la ley 21/1992 de Industria y al

Real Decreto 2200/1995.

45tercer

trimestre

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1314

sumario3ENAC por dentro

Los auditores, elemento clave delos procesos de acreditación

Nuevas incorporaciones

Nuevos acreditadosAcreditaciones otorgadas hasta el

31 de agosto de 2008

InformeAprobado el reglamento europeo

que regula la acreditación

EntrevistaEntrevista con Jacques McMillanDG Empresa. Comisión Europea

SectoresI+D+i: Certificación acreditada

de sistemas de gestión

Certificación de Producto: Cerdo Ibérico

Laboratorios: Calibradores detacógrafos

Calibración y verificación desistemas automáticos de medida

de contaminantes atmosféricos

Ensayos de emisiones de fuentesestacionarias: nueva norma de

acreditación

Nos interesaAcreditación para el control de

instalaciones de gasescombustibles

La acreditación en el campo de laenergía eólica

AgendaListado de eventos nacionales

e internacionales 15

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P

incorporaciones

Como consecuencia de lacreciente demanda de solicitudesde acreditación en todos loscampos y con el objeto de cubrirel aumento del número deevaluaciones, ENAC lleva a caboun proceso continuo de selecciónde candidatos de auditores jefey expertos técnicos.

Los requisitos de titulación,formación y experiencia mínimapara ser auditor de ENAC puedenser consultados en nuestrapágina web (www.enac.es) en elapartado Bolsa de Auditores.

4por dentro

LOS AUDITORES,ELEMENTO CLAVEDE LOS PROCESOSDE ACREDITACIÓN

Delia Gutiérrez

DoctoraIngeniera

Agrónoma, conamplia experiencia

en asistenciatécnica e

inspecciónmedioambiental, se

incorpora al áreade inspección delDepartamento de

Medioambiente.

CésarFernándezLicenciado en

Ciencias Químicas,con amplia

experiencia enlaboratorio de

análisis dealimentos

acreditado, seincorpora al Área

de Laboratorios deEnsayo del

DepartamentoAgroalimentario y

BPL.

Rafael DíezLicenciado en

veterinaria, conamplia experiencia

en auditoría ycertificación de

productoagroalimentario, se

incorpora al Áreade Entidades de

Certificación eInspección delDepartamento

Agroalimentario yBPL.

ersuadida del impacto directo delpapel de los auditores externos enla calidad de los procesos deacreditación ENAC continúainvirtiendo una gran cantidad detiempo y recursos en la búsqueda,formación y cualificación deprofesionales que aportan valorañadido a la acreditación y máximaconfianza al mercado.

NUEVA CONVOCATORIA DELCURSO DE AUDITORES JEFEDE LABORATORIOS

ENAC abre una nueva convocatoriadel curso de auditores jefe delaboratorio según UNE-EN ISO/IEC17025, que tendrá lugar del 15 al19 de diciembre.

Estas jornadas forman parte de laformación necesaria para lacualificación como auditor jefe parala evaluación de laboratorios deENAC, y serán impartidas porpersonal técnico de ENAC cualificadocomo auditor jefe de laboratorios deensayo y calibración. Este curso eseminentemente práctico, dado queel propósito que se persigue es quelos futuros auditores jefe se ejercitenen la evaluación de casos realesvalorando el cumplimiento de los

requisitos de la norma UNE-ENISO/IEC 17025 y su aplicación a laacreditación.

En el apartado Agenda de nuestrapágina web, www.enac.es, en"Inscripción a cursos" puedeencontrar información completasobre el curso y el boletín depreinscripción.

JORNADA ANUAL DEHOMOGENEIZACIÓN DECRITERIOS DEACREDITACIÓN

El 11 de noviembre, ENAC celebrarála Jornada Anual de Homoge-neización de Criterios de AuditoresJefe de ENAC.

Este encuentro constituye unaherramienta clave para poner encomún todos aquellos aspectos dela actividad diaria del auditor queson susceptibles de ser analizadoso mejorados, para armonizar aquelloscriterios técnicos que suscitan dudasa la hora de su aplicación y parapresentar todos los nuevosdocumentos y procedimientos queafectan a los auditores.

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ENSAYOVALERO ANALÍTICA, S.L.Ensayos medioambientales 652/LE1336

OLEO-CATA XAUEN, S.L.L.Productos Agroalimentarios 653/LE925

LABORATORI D'ANALISI DR. BORRELL, C.L.Ensayos medioambientales 654/LE1303

JOSÉ MARÍA VILLASANTE, S.L.Ensayos medioambientales 655/LE 1235

CONTROL MICROBIOLÓGICO Y MICROBIOLOGÍA AMBIENTAL (C.I.M.A., S.L.)Ensayos de aire de ambientes interiores. Toma de muestras y análisismicrobiológicos 656/LE1258

LABONOR ENSE, S.L.Ensayos medioambientales 657/LE1386

CENTRO DE INVESTIGACIONES SUBMARINAS, S .L.Ensayos medioambientales 658/LE1380

CONSULTING QUIMICO SANITARIO, S.L.Análisis clínicos 659/LE1318

LABORATORIO AGRÍCOLA DEL CONSORCIO AGROPECUARIOPROVINCIAL DE SEGOVIAProductos agroalimentarios 660/LE1256

INGENIERIA Y SERVICIOS CONSULTORES, S.A.Ensayos medioambientales 661/LE1085

CENTRO DE ENSAYOS, INNOVACIÓN Y SERVICIOS, S.L. (CEIS)Aparatos domésticos que funcionan con combustibles sólidos 1/LE1257Barras metálicas de seguridad / autopistas 1/LE1524

SGS TECNOS S.A.Ensayos de hormigón 5/LE1373

FUNDACIÓN GAIKEREnsayos medioambientales 72/LE1408

INSTITUT D'INVESTIGACIONS QUIMIQUES I AMBIENTALS DEBARCELONA (IIQAB). LABORATORIO DE DIOXINAS. CONSEJO SUPERIORDE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS (CSIC)Productos Agroalimentarios 159/LE1415

LABORATORIO DE SALUD PÚBLICA DE VALENCIAEnsayos medioambientales 234/LE1412

ANALIZA CONTROL DE CALIDAD, S.L.Productos Agroalimentarios 552/LE1333

ANABIOL, S.L.Ensayos medioambientales 607/LE1451Productos Agroalimentarios 607/LE1513

CALIBRACIÓNTECNOLOGÍAS SERVINCAL, S.L.L.Electricidad CC y Baja Frecuencia 182/LC455

LABORATORIO DE CALIBRACIÓN DE SENSORES METROLÓGICOS(LCSM-SMKL) DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCOFluidos-Presión 183/LC476Temperatura y Humedad 183/LC477

UNITRONICS, S.A.Electricidad 87/LC485

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRIDINSTITUTO UNIVERSITARIO DE INVESTIGACIÓN DEL AUTOMÓVIL(INSIA)Mecánica -Aceleración, velocidad y desplazamiento 113/LC494

INSPECCIÓNCERTICALIDAD, S.L.Inspección agroalimentaria 166/EI156

LABS & TECHNOLOGICAL SERVICES AGQ, S.L. Inspección medioambiental 167/EI276

LCC CALIDAD Y CONTROL MEDIOAMBIENTAL, S.A.Inspección medioambiental 135/EI240

CERTIFICACIÓN DE PRODUCTOAGENCIA PARA LA CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD Y ELMEDIOAMBIENTE, S.L. (ACCM)Equipamientos de áreas y campos de juego 48/C-PR117

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN(AENOR)Certificación de la adecuación de la respuesta ante huecos de tensiónde instalaciones eólicas 1/C-PR130

CODIMACO CERTIFICACAO E QUALIDADE, LDAProductos agroalimentarios 04/C-PR141

CERTICAR, S.L.Productos agroalimentarios 35/C-PR142

CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓNAGENCIA PARA LA CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD Y EL MEDIOAMBIENTE, S.L. (ACCM)Certificación de Sistemas de Gestión Medioambiental 20/C-MA027

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN(AENOR)Certificación de Sistemas de Gestión de la Seguridad de los Alimentos1/C-SG019

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN(AENOR)Certificación de Sistemas de Gestión de I+D+i 1/C-SG025

ORGANISMOS DE CONTROLACOVAL ORGANISME D´INSPECCIÓ, S.L.Reglamento de Instalaciones de Seguridad Industrial OC-I/073

ENTIDAD DE INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN INDUSTRIAL, S.L.(UNIPERSONAL)Reglamento de Instalaciones de Seguridad Industrial OC-I/101

SURVEYCAN,S .L.Reglamento de Instalaciones de Seguridad Industrial OC-I/112

ENSATEC, S.L.Reglamento de instalaciones de Seguridad Industrial OC-I/133

INDUSTRIAL DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE GALICIA, S.L.Reglamento de Instalaciones de Seguridad Industrial OC-I/136

CALEB BRETT IBÉRICA, S.A.Reglamento de Instalaciones de Seguridad Industrial OC-I/144

LGAI TECHNOLOGICAL CENTER, S.A.Directiva de Productos de la Construcción OC-P/009

ASOCIACIÓN DE INVESTIGACIÓN DE LAS INDUSTRIAS DE LACONSTRUCCIÓN (AIDICO). INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LACONSTRUCCIÓNDirectiva de Productos de la Construcción OC-P/089

5Nuevas acreditaciones otorgadas por

ENAC hasta el 31 de agosto de 2008

Descripción detallada del alcance de estas acreditaciones e información sobre las ampliaciones de los alcancesde acreditación de entidades ya acreditadas está disponible en nuestra web www.enac.es

nuevos acreditados

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E

6informe

APROBADO EL REGLAMENTOEUROPEO QUE REGULA LAACREDITACIÓN

l pasado mes de agosto se publicóen el Boletín Oficial de la UE elReglamento (CE) Nº 765/2008 delParlamento Europeo y del Consejoen el que se regula la actividad deAcreditación tanto en los EstadosMiembros como en la propia UniónEuropea, así como la actividad deVigilancia del Mercado y Control delos Productos que se introducen enel Mercado Comunitario. Con lapublicación de este Reglamento, quese enmarca en un conjunto demedidas tomadas por la UniónEuropea para mejorar elfuncionamiento del mercado interior,se da un paso de gigante para clarificarel papel de los Organismos Nacionalesde Acreditación y para armonizar sufuncionamiento en toda la Unión.

El Reglamento restringe el uso deltérmino acreditación a la evaluaciónde la competencia de Organismosde Evaluación de la Conformidad,entendida como el proceso deevaluación por el que se demuestrasi se satisfacen los requisitosespecificados en relación con unproducto, un proceso, un servicio,un sistema, una persona o unorganismo, pero extiende suaplicación a cualquier sector deactividad y tanto al campo voluntariocomo reglamentario sin exclusiones(Art. 3).

En su articulado, establece lasfunciones y responsabilidades de losOrganismos Nacionales de Acre-ditación, de las Autoridades Nacionalesy establece la Infraestructura Europeade Acreditación sobre la base de EA(European cooperation forAccreditation).

El reglamento fija un modelo deacreditación basado en la existencia deun único Organismo Nacional deAcreditación formalmente designado porcada Estado Miembro y dotado por éstede autoridad pública para el ejercicio desu actividad.

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ORGANISMOS NACIONALESDE ACREDITACIÓN

El reglamento fija un modelo deacreditación basado en la existenciade un único Organismo Nacional deAcreditación que actúa sin ánimo delucro y que ha sido formalmentedesignado por cada Estado Miembroy dotado por éste de autoridad públicapara el ejercicio de su actividad deacreditación (Art. 4). Sobre esta baseel reglamento establece los requisitosque debe cumplir el Organismo Nacionalde Acreditación para poder serdesignado por el estado miembro (Art.8) y sienta cuatro principios fun-damentales en el funcionamiento delos Organismos Nacionales deAcreditación.

1) Ausencia de ánimo de lucro:entendiendo que la acreditación esuna actividad que no pretendeacrecentar los recursos de lospropietarios o miembros dela organización con beneficiospecuniarios. (Art. 4).

2) Independencia: El OrganismoNacional de Acreditación no podráofrecer o facilitar actividades o serviciosfacilitados por los organismos deevaluación de la conformidad, ni podráprestar servicios de consultoría, poseeracciones ni tener intereses financieroso de gestión en un organismo deevaluación de la conformidad. (Art.4).

3) No competencia: El OrganismoNacional de Acreditación no competirácon otros Organismos Nacionales deAcreditación. La aplicación de esteprincipio lleva aparejada la obligacióngeneral a los OEC de solicitarla acreditación al organismo de

acreditación del estado miembro enel que estén radicados (excepto encasos excepcionales establecidos enel propio reglamento). (Art. 6 y 7).

4) Evaluación por EA: El OrganismoNacional de Acreditación deberá sermiembro de EA y superar sa-tisfactoriamente los procesos deevaluación por pares establecidospor ésta. (Art. 10).

AUTORIDADES NACIONALES

El reglamento asigna a las AutoridadesNacionales funciones de tutela ysupervisión de la actividad delos Organismos Nacionales deAcreditación.

Así, les asigna la responsabilidad degarantizar que su Organismo Nacionalde Acreditación tenga los recursosfinancieros y humanos adecuados paracumplir bien sus funciones, incluida larealización de tareas especiales, comoactividades en el ámbito de la cooperacióneuropea e internacional en materia deacreditación y actividades que seannecesarias para respaldar políticaspúblicas y que no se autofinancien (Art.4) y les encomienda la misión desupervisar que el Organismo Nacionalde Acreditación cumple en todo momentocon los requisitos establecidos en elreglamento teniendo en cuenta para ellolos resultados de la evaluación por paresllevada a cabo por EA (Art. 9). De hechoel propio Artículo 11 establece el principiode presunción de conformidad, de formaque los organismos nacionales deacreditación que demuestren, mediantesu participación con éxito en el sistemade evaluación por pares, se presumeque cumplen los requisitos previstos enel Reglamento.

Finalmente el mismo Artículo 11 fija elprincipio de reconocimiento mutuo alrequerir que las autoridades nacionalesreconocerán la equivalencia de losservicios prestados por los organismosnacionales de acreditación que sehayan sometido con éxito al sistemade evaluación por pares, y aceptaránde ese modo, sobre la base del principiode presunción de conformidad antesmencionado, los certificados deacreditación de dichos organismos ylas certificaciones emitidas por losorganismos acreditados por ellos.

INFRAESTRUCTURAEUROPEA DEACREDITACIÓN

El Artículo 14 crea la InfraestructuraEuropea de la Acreditación y designaa EA como el organismo responsablede su funcionamiento. Su funciónprincipal es gestionar el sistema deevaluación por pares (Art. 10) al quedeben someterse todos los OrganismosNacionales de Acreditación. Por otraparte, el Artículo 31 declara que EA seconsiderará como un organismo quepersigue un objetivo de interés general,establece las líneas de cooperaciónentre EA y la Comisión así como laposibilidad de que dichas actividadesrecibirán financiación comunitaria.

En resumen, el Reglamento supone elreconocimiento por parte de la Comisióny del Parlamento Europeo de un modelode acreditación que España, y unaparte importante de los países de laUnión, adoptó hace más de veinteaños y se ha venido en llamar en losúltimos años el “modelo europeo deAcreditación” basado en la existenciade un único Organismo de Acreditaciónpor país y en la limitación decompetencia comercial entre losdiferentes Organismos de Acreditación.Por otra parte, significa un espaldarazoal trabajo realizado por EA desde haceaños en el establecimiento ymantenimiento de un sistema deevaluación por pares fiable y robustoque ahora se convierte en la piedraangular del sistema de acreditación enEuropa.

El reglamento viene a refrendarel modelo de acreditación

establecido en España desdehace 20 años

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Cómo calificaría la adopción delnuevo paquete legislativo entérminos de beneficios parala sociedad, los operadoreseconómicos, y los organismosevaluadores de la conformidadeuropeos y para EA y susmiembros, las Entidades deAcreditación?

La adopción del Reglamentoconstituye un gran paso adelanteporque proporciona una base legalen dos áreas en las que faltaba. Porun lado, la vigilancia del mercado haestado fuera del alcance de la políticade la Comisión durante 25 años, porotro, para acreditación el paqueteproporciona el factor de estabilidadque hemos estado también buscandodurante 25 años.

Es un logro para todos, partesinteresadas, operadores económicos,la comunidad de los evaluadores dela conformidad, autoridades públicas,y legisladores.

Marca un nuevo comienzo para elmercado interno porque ahora esposible abandonar definitivamente ladistinción entre “viejo enfoque” y

“nuevo enfoque” lo que significa quelos instrumentos modernos de-sarrollados para el Nuevo Enfoquepueden aplicarse ahora más fácilmentey de manera general a todos lossectores indepen-dientemente si seutilizan normas armonizadas o no.

¿Cuáles son las expectativas de laComisión con respecto a EA?

EA se debe sentir ahora en unaposición fuerte y actuar en con-secuencia para asegurar una calidadde los servicios de acreditación igual,y comparable en toda la UniónEuropea y, por encima de todo,transparencia en los procesos deacreditación.

La transparencia es fundamental parael funcionamiento del mercado interiorporque es un elemento que conviertela palabra “confianza” en una realidaden relación con el trabajo de losEstados Miembros; La transparenciaes la característica clave para que latotalidad de la infraestructura funcionecomo se espera.

Todos los instrumentos de calidaddispuestos, incluyendo la acreditación,han sido diseñados con un objetivo:crear el nivel de confianza necesariopara un mercado abierto y uncomercio justo, desarrollando laconfianza en su habilidad parasalvaguardar las necesidades de laeconomía y la sociedad.

8entrevista

Entrevista con Jacques McMillan Jefe de Unidad, DG Empresa,Comisión Europea.

Fuente: EA Secretariat

“LA ADOPCIÓN DEL NUEVOPAQUETE LEGISLATIVO ES UN

LOGRO PARA TODOS LOSOPERADORES EN EL MERCADO

INTERNO Y FACILITARÁ ELDESARROLLO DE UN MERCADO

EUROPEO ABIERTO Y FIABLE”

“Todos los instrumentos de calidaddispuestos, incluyendo la

acreditación, han sido diseñados conun objetivo: crear el nivel de confianza

necesario para un mercado abierto yun comercio justo”

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¿Cuales son las próximas accionesinmediatas a llevar a cabo –a cortoplazo- para apoyar la imple-mentación de la acreditación y deEA?

Nuestra primera tarea es conseguirun acuerdo en las directrices parala cooperación que unirá EA, nosolamente con Comisión y EFTA,sino también con las principalespartes interesadas incluyendo lasautoridades nacionales. Esto implicala firma de un acuerdo decooperación para traducir lasdirectrices políticas en términosconcretos para el refuerzo deprocesos de evaluación entre pares,que deben ser considerados comoel pilar más importante de lainfraestructura europea de laacreditación. Asimismo el acuerdoayudará a reforzar la capacidad derespuesta de EA a las autoridadespúblicas tanto en Europa como anivel nacional.

Y para concluir...

Uno podrá ver la carretera de laacreditación en Europa durante losúltimos 25 a 30 años como un poco“bacheada”. El hecho es que durantelos 10 últimos años hemos establecidoy llevado a la práctica una políticaque ha funcionado bien. Ahora elReglamento es y debe ser un nuevocomienzo que significa la fundaciónlegal para la acreditación en Europa,protegiendo la acreditación contra latentación de convertirse en comercial.Asimismo proporciona a las Entidadesde Acreditación los medios para sery actuar como el último nivel de controlen la cadena completa de calidad quedebe asegurar que los productoscomercializados en Europa sonseguros y que los requisitos de saludy seguridad de los ciudadanoseuropeos se cumplen en general.

Mas aun cubre las actividades deacreditación no solamente ligadas aproductos sino también servicios, yasí contribuye al establecimiento de

un sistema único y uniforme deacreditación en toda la Comunidad.

Todos deberíamos ver el Reglamentocomo una plataforma de lanzamientoque da a EA y a sus miembros, enrelación con los intereses implicadosprincipales y las AdministracionesPúblicas, el mejor marco paraproporcionar sus servicios ade-cuadamente y con eficiencia.Debemos definitivamente evitar verel Reglamento como una obligaciónpara establecer medidas de proteccióny, por el contrario, utilizarlo como uninstrumento dinámico para poner aEA y la acreditación europea en unaposición de autoridad.

Yo añadiría que el paquete legislativoproporcionará asimismo a laacreditación europea los medios paraser líder en el mundo en asegurar ydemostrar el verdadero valor añadidode la acreditación.

¡Larga vida a EA y a nuestracooperación con EA!

EL COMITÉ EJECUTIVO DE EA EN ENACLos días 22 y 23 de septiembre tuvo lugar en las oficinas de ENAC la reunión bimensual del Ejecutivo de EA, Comitédependiente de la Asamblea General responsable de las políticas de la organización y de su gestión.En la foto, Dª Beatriz Rivera con los miembros del Comité, de izquierda a derecha: Christina Waddington, Rózsa Ring,Vagn Andersen, Merih Malmqvist, Lorenzo Thione (Presidente de EA), Beatriz Rivera, Ignacio Pina, Martine Blum(Secretaria de EA), Gro Rodland (NA) y Graham Talbot (Vicepresidente de EA).

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10sectores

CERTIFICACIÓN DE PRODUCTOSDEL CERDO IBÉRICO

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l pasado mes de agosto obtuvo laacreditación para la certificación deun sistema de gestión de I+D+i,según la norma UNE 166002:2006la Asociación Española deNormalización y Certificación(AENOR), siendo la primera entidadacreditada en este ámbito.

La acreditación para esta actividades la demostración de que la entidad

acreditada dispone de personalcompetente y de procesos deevaluación solventes para evaluarque la organización a certificardispone de un sistema de gestiónde la I+D+i eficaz que optimiza losprocesos de innovación tecnológicade la organización, mejora losresultados obtenidos de lasactividades de I+D+i y losprocedimientos de transferencia

interna de los resultados. Tambiéncontempla, como parte del procesode innovación tecnológica, latransferencia y asimilación de latecnología, identificando loselementos necesarios para reconocerlas tecnologías emergentes.

Para más información: [email protected]

CERTIFICACIÓNACREDITADA DE SISTEMASDE GESTIÓN DE LA I+D+i

ENAC ha concedido las tres primerasacreditaciones conforme a UNE-EN45011:1998 para la certificación decarne, jamón, paleta y caña de lomoibéricos de acuerdo a la Norma deCalidad aprobada por el Real Decreto1469/2007.

AENOR, Certicar y Certificadores deCalidad, S.L. son las primeras entidadesacreditadas para la certificación de estanorma que puede ser aplicada a todoslos operadores que intervienen en elproceso de producción, transformacióny comercialización de los productosibéricos.

La Norma de Calidad establece ademásla necesidad de que las explotacionesganaderas estén sometidas al controlde Entidades de Inspección acreditadas.En este sentido hay que recordar queen el año 2005 se concedieron lasprimeras acreditaciones a entidadesde inspección de ex-plotaciones decerdos ibéricos y que actualmente hay8 entidades de inspección acreditadas.

Para más información: [email protected]

El sector dispone ahora de entidadesacreditadas por ENAC tanto para lainspección de las explotaciones comopara la certificación de los productosibéricos elaborados y comercializadosen fresco.

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Los tacógrafos digitales son losdispositivos para registro y controlde la velocidad y el tiempo que,reglamentariamente deben llevarinstalados tanto los autocares concapacidad superior a nuevepasajeros como los camiones demás de 3500 kg.

Cada conductor dispone de unatarjeta electrónica personal dondese registra toda la informaciónrelativa a las distancias recorridasy los tiempos de conducción ydescanso de su jornada. Eltacógrafo es capaz también degestionar los datos de un segundoconductor, además de estardotado de alarmas acústicas deexceso de velocidad y tiempocontinuado de conducción.

Según indica el RD 425/2005 por el quese establecen los requisitos técnicos ylas normas de actuación que debencumplir los Centros Técnicos para lainstalación, verificación, control einspección de tacógrafos digitales, losequipos de medición de los tacógrafosdeben calibrarse anualmente.

Básicamente, los equipos de mediciónde tacógrafos actúan como emisoresy receptores de pulsos, interactuandocon un banco (normalmente de rodillos)sobre el que va montado el vehículo. Elequipo de medición de tacógrafos debe,entre otras funciones, permitir verificarparámetros básicos de su funcionamientocomo la desviación del reloj del tacógrafo,el registrador de la velocidad, el odómetro(medidor de distancia recorrida) y laconstante del tacógrafo.

La calibración debe ser realizada por“un organismo competente, capaz deasegurar la trazabilidad con un patrónnacional o internacional”. RecientementeENAC ha acreditado al Laboratorio deCalibración de Equipos Electromecánicosdel Instituto Universitario de Investigacióndel Automóvil (INSIA) perteneciente a la Universidad Politécnica de Madrid para realizar este tipo decalibraciones.

Al ampliar la oferta de servicios prestadospor los laboratorios de calibraciónacreditados, ENAC da respuesta a lanecesidad de ofrecer el máximo nivelde calidad en esta actividad.

Para más información: [email protected]

sectores11

CALIBRADORES DETACÓGRAFOS ENAC incorpora la calibración de estos equipos a la oferta deservicios de calibración acreditada

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12sectores

En octubre de 2007 se publicó laespecificación técnica CEN/TS15675:2007 “Calidad del aire.Medición de emisiones de fuentesestacionarias - Aplicación de la normaEN ISO/IEC 17025:2005 a lasmediciones periódicas”, estandoprevista su publicación como normaUNE en el presente año.

Esta especificación técnica es deaplicación a los laboratorios querealizan medidas de emisiones defuentes estacionarias, tales como latoma de muestras y análisis posteriorde gases y especies particuladas,determinación de magnitudes dereferencia (temperatura, presión, vaporde agua y contendido de oxígeno) ymedida “in situ” de parámetros conequipos portátiles. También es deaplicación a los laboratorios querealizan la calibración de los sistemasautomáticos de medida.

La Asamblea General de EA(European cooperation forAccreditation) en mayo de 2008

resolvió que a partir de 31 de octubrede 2009 las entidades deacreditación, cuando acreditenlaboratorios de ensayo en el campode las emisiones de fuentesestacionarias, deberán usar en lasevaluaciones la norma ISO/IEC 17025junto con la especificación técnicaCEN/TS 15675:2007.

ENAC definirá y publicará próximamenteun plan de transición donde se describalas actividades y plazos que deberánseguir los laboratorios para garantizarque en esa fecha cumplen los requisitosde la norma CEN/TS 15675:2007.

Para más información: [email protected]

ENSAYOS DE EMISIONES DE FUENTESESTACIONARIAS: NUEVA NORMA DE ACREDITACIÓN

Con la finalidad de mejorar el controlde los contaminantes emitidos a laatmósfera, la Administración a partirde las directrices marcadas desdela Unión Europea, exige la instalaciónde sistemas de medida en plantasindustriales que posibiliten lamonitorización en continuo de loscontaminantes emitidos a laatmósfera que permiten un controlmás eficaz de las emisionesatmosféricas en instalaciones talescomo incineradoras o grandesinstalaciones de combustión.

Estos sistemas de mediciónnecesitan calibraciones periódicas,

así como comprobaciones desu correcto funcionamiento. Lareglamentación que exige laexistencia de estos sistemas,también establece la necesidad deque la calibración y verificación deestos sistemas se lleven a cabosegún normas EN. En este sentido,la norma UNE-EN 14181:2005“Emisiones de fuentes estacionarias.Aseguramiento de la calidad de lossistemas automáticos de medida”describe los procedimientosnecesarios para asegurar que lossistemas automáticos de medidainstalados en las plantas industrialesson capaces de cumplir los

requisitos establecidos en lareglamentación.

Recientemente ENAC ha concedido lasdos primeras acreditaciones, a IngenierosAsesores y a ECA, para la calibraciónde estos sistemas y para los ensayosanuales de seguimiento de dichossistemas, según la norma UNE-EN14181:2005. Con ello, se da respuestaa la necesidad creada por laAdministración de disponer delaboratorios acreditados técnicamentecompetentes para prestar estos servicios.

Para más información: [email protected]

CALIBRACIÓN Y VERIFICACIÓN DE SISTEMASAUTOMÁTICOS DE MEDIDA DE CONTAMINANTESATMOSFÉRICOS

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nos interesa13

Con la publicación del R.D. 919/2006por el que se aprueba el Reglamentotécnico de distribución y utilización decombustibles gaseosos se unifica enun único documento los requisitos deseguridad de este tipo de instalacionesque se encontraban dispersos hastaese momento en un conjunto dereglamentos que se habían idoaprobando a lo largo de los años. Porotra parte, el avance en los últimosaños de la normalización en el sectorhace que en la actualidad se cuentecon normas europeas aplicables queaportan sintonía y armonización dentrode la Unión Europea y que hansupuesto una importante basetecnológica para el nuevo documento.

Es de resaltar la importancia de laseguridad de estas instalaciones altratarse en algunos casos de centrosde distribución de venta directa alpúblico, o estar ubicadas en viviendas,locales públicos o próximas a laspoblaciones, y en cualquier casodebido a los riesgos inherentes a loscombustibles gaseosos. De aquí elhecho que el reglamento contemple,para algunos tipos de instalaciones,la participación de Organismos deControl, que llevan a cabo una

inspección técnica de las instalaciones,comprobando la adecuación a losrequisitos es-tablecidos y el adecuadoestado de mantenimiento, según loscasos, de manera que se garantice laseguridad de la instalación.

El reglamento establece los requisitosa cumplir por las instalaciones yproductos, así como los controlesdurante la ejecución, puesta en servicio,y los que de manera periódica sedeben realizar durante su vida útil, aefectos de garantizar la adecuadaseguridad para los usuarios desdeque entran en funcionamiento. Entodos los casos requiere la elaboraciónde una documentación técnica, enforma de proyecto o memoria, segúnlas características de la instalación, ysu comunicación a la Administracióny exige, adicionalmente, la entrega altitular de una instalación de unadocumentación donde se reflejen suscaracterísticas fundamentales, trazado,instrucciones y precauciones de uso,etc. Es de resaltar este hecho ya quecarecía de sentido no proceder deesta manera con la instalación de uninmueble, mientras se proporcionasistemáticamente un libro deinstrucciones con cualquier aparato.

Las instrucciones técnicascomplementarias (ITC) corres-pondientes a diferentes tipos deinstalaciones o equipos, contemplanla participación de los Organismos deControl acreditados para distintasactividades de evaluación de laconformidad.

Desde el punto de vista de laacreditación la publicación del nuevoreglamento ha supuesto unareestructuración importante, tantodesde el punto de vista del procesode evaluación como en la definiciónde los anexos técnicos del alcance deacreditación de los Organismos deControl que han solicitado la ampliaciónal nuevo documento. Así, el pasadomes de septiembre se concedió laprimera acreditación, para las ITC-ICG02, 03 y 05 (ver cuadro), a SOCOTECIBERIA S.A., siendo por consiguienteel primer Organismo de Controlacreditado en este reglamento.

Para más información: [email protected]

ACREDITACIÓN PARA ELCONTROL DEINSTALACIONES DE GASESCOMBUSTIBLES

Los centros destinados a la recepción y almacenamiento de los envases de gases licuados del petróleo

(butano y propano) para su distribución y venta a los clientes finales (en los mismos centros y a domicilio) -

ITC-ICG 02

Las instalaciones de depósitos fijos de gases licuados del petróleo (butano y propano), destinados a

alimentar redes de distribución o directamente a instalaciones receptoras - ITC-ICG 03

Las estaciones de servicio para vehículos que utilizan gas combustible: butano y propano a

granel; gas natural comprimido (GNC) o licuado (GNL) - ITC-ICG 05

INSTALACIONES DE GASES COMBUSTIBLES: NUEVAS ACTIVIDADES ACREDITADAS

La participación de organismos de control contribuye agarantizar su seguridad

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La producción de energía eólica enEspaña se ha incrementadofuertemente durante los últimos años,por lo que se ha hecho necesarioestablecer condiciones a lasinstalaciones eólicas de manera quesoporten huecos de tensión en la redsin desconectarse, con objeto deevitar desconexiones en cascada quepodrían afectar a la continuidad delsuministro eléctrico para un númeromuy alto de usuarios. Con este fin seestableció el Procedimiento deOperación PO12.3 que deben cumplirlas instalaciones eólicas para tenerderecho a cobrar un “Complementopor continuidad de suministro frentea huecos de tensión”.

El sector eólico español hadesarrollado un esquema deverificación y certificación de losrequisitos del PO 12.3 sobre larespuesta de las instalaciones eólicasante huecos de tensión. Este esquemaqueda recogido en el documentoPVVC "Procedimiento de verificación,

validación y certificación de losrequisitos del PO 12.3 sobre larespuesta de las instalaciones eólicasante huecos de tensión”. En esteesquema se realizan diversasactividades de evaluación de laconformidad que deben seracreditadas por ENAC.

Así, por ejemplo, los ensayos paraconocer la respuesta de cada tipo deaerogenerador, o para actividades demodelización de los parques eólicos,deben ser realizados por entidadesacreditadas según la norma ISO/IEC-17025.

Actualmente tres laboratorios estánacreditados para las pruebas derespuesta y dos para las de validaciónde modelo para simulación decomponente.

Y por último, se debe certificar laadecuación de la respuesta antehuecos de tensión de la instalacióneólica en su conjunto. Esta actividad

debe ser realizada por entidadesacreditadas según la norma EN 45011.

ENAC ha otorgado recientemente aAENOR, la primera acreditación parala certificación conforme con elproceso particular establecido enPVVC "Procedimiento de verificación,validación y certificación de losrequisitos del PO 12.3 sobre larespuesta de las instalaciones eólicasante huecos de tensión”.

En el PVVC se recogen dos procesosde verificación: el general y el particular.El “proceso particular de verificación”,para el que se ha concedido laacreditación, se aplica en el caso deque los aerogeneradores de lainstalación a certificar sean asimilablesa “aerogeneradores tipo”, ya en-sayados satisfactoriamente para surespuesta ante los huecos de tensión.

Para más información:[email protected]

LA ACREDITACIÓN EN ELCAMPO DE LA ENERGÍA EÓLICA Aspectos como la respuesta de los aerogeneradores, o lamodelización de parques eólicos requieren de la participaciónde organizaciones acreditadas.

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agenda15

EReunionesnacionalesCURSO ENAC SOBRE LA

NORMA EN-EN ISO 151895 de noviembre de 2008 en Madrid

Representa a ENAC: I. Villa

CURSO DE SISTEMAS DE CALIDAD ENLABORATORIOS DE

HEMATOLOGÍA Y HEMOSTASIA13 y 14 de noviembre de 2008 en Barcelona

Representa a ENAC: I. Villa

III CONGRESO NACIONAL DE CARNE DEVACUNO

Del 19 al 21 de noviembre de 2008 en ÁvilaRepresenta a ENAC: P. Pérez

VII ENCUENTRO DE LABORATORIOSAGROALIMENTARIOS

27 de noviembre de 2008 en MadridRepresenta a ENAC: J. A. García

ReunionesinternacionalesASAMBLEA GENERAL DE ILAC E IAF

10 - 22 de octubre de 2008 en Estocolmo Representa a ENAC: B. Rivera e I. Pina

COMITÉ ILAC-AIC 11 y 12 de octubre de 2008 en Estocolmo

Representa a ENAC: I. Villa

SUBGRUPO ILAC AIC/WADA 13 de octubre de 2008 en Estocolmo

Representa a ENAC: I. Villa

GRUPO DE TRABAJO EMS + FAB DE EA3 al 5 de noviembre de 2008 en Bruselas.

Representa a ENAC: E. Gago

COMITÉ EJECUTIVO DE EA17 de noviembre de 2008 en Estoril.

Representa a ENAC: I. Pina

ASAMBLEA GENERAL DE EA18 y 19 de noviembre de 2008 en Estoril.

Representa a ENAC: B. Rivera

GRUPO DE TRABAJO DE LABORATORIOSCLÍNICOS DE EA

4 y 5 de diciembre de 2008 en Londres.Representa a ENAC: I. Villa

V SIMPOSIUMDE FELABl 26 de noviembre se celebrará la quinta edición delSimposium de Felab, en el que nuevamente ENACestará presente. En esta ocasión, la jornada dedicaráuna mesa al análisis de los distintos aspectos dela nueva reglamentación europea sobre acreditacióny vigilancia del mercado.

El Simposium contará con la presencia de BeatrizRivera, Directora Gerente de ENAC, así como derepresentantes a nivel europeo de institucionesrelacionadas con distintos ámbitos de la actividadde los laboratorios, entre ellos Lorenzo Thione,Presidente de European Cooperation for Accreditation(EA); y Juan Fco. Ramírez de Mingo, miembro del“National Senior Officials Group on Standardisationand Conformity Assessment Policy” de la ComisiónEuropea.

Pueden consultar el programa completo en la páginaweb www.felab.org

D

JORNADA SOBREINSTRUMENTOS DEPESAJEentro de las actividades de difusión de los trabajosdesarrollados en el seno del Subcomité Técnico deCalibración de Masa y Volumen de ENAC, el próximodía 12 de noviembre, se celebrará en las instalacionesdel Centro Español de Metrología una jornada sobrela aplicación de la guía G-ENAC-13 de calibraciónde instrumentos de pesaje de funcionamiento noautomático.

Durante esta jornada, José Luis Borrego, Jefe delDepartamento de Laboratorios y Certificación deProducto de ENAC, junto con distintos expertostécnicos, expondrán los diferentes criterios recogidosen la Guía, analizando en detalle las contribucionesa la incertidumbre de medida más relevantes y suinfluencia respecto al resultado de la calibración. Pueden consultar el programa completo de la jornadaen www.cem.es

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alemaniaaustriabélgicabulgariadinamarcaeslovaquiaesloveniaespañaestoniafinlandiafranciagreciaholandairlandaitalialetonialituaniamaltanoruegapoloniaportugalreino unidorepública checarumaníasueciasuizaturquía

europa

MLA, reconocimientointernacional

El reconocimiento de las acreditaciones de ENAC en

más de 50 países garantiza la aceptación nacional e

internacional que su empresa requiere para facilitar la

comercialización de sus productos o servicios.

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