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SISTEMA MIXTO y LEY 19.162 DESAFILIACIÓN y REVOCACIÓN Equipo de Representación de los Trabajadores en el BPS Febrero de 2014 EQUIPO DE REPRESENTACION DE LOS TRABAJADORES EN EL B.P.S.

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SISTEMA MIXTO y LEY 19.162 DESAFILIACIÓN y REVOCACIÓN

Equipo de Representación de los Trabajadores en el BPS

Febrero de 2014

EQUIPO DEREPRESENTACION DE LOS

TRABAJADORES EN EL B.P.S.

Sistema de seguridad social mixto Ley 16.713

Máximo de aportación al sistema solidario $5.000 del año 1996.

53.274

INGRESOS

NIVEL 1

NIVEL 2

NIVEL 3

106.549.

35.516.-

Sistema de seguridad social mixto Ley 16.713

INGRESOS

OPCIÓN POR EL ARTÍCULO 8.Permite afiliarse “VOLUNTARIAMENTE” a la AFAP a quienes perciben $ por debajo del límite de obligatoriedad.

El destino de los aportes personales del trabajador se distribuye 50% y 50% entre AFAP y BPS

OBJETIVO: AMPLIAR EL NEGOCIO PARA LAS ADMINISTRADORAS

EXTENSIÓN DE LA AFILIACIÓN “VOLUNTARIA” EN EL 2013

En Dic. de 2013 hay 1.209875 afiliados a alguna

AFAP

La enorme mayoría: 944.000 afiliados están

dentro del NIVEL 1.

Se trata de afiliados “voluntarios”, con ingresos

menores al limite de obligatoriedad.

APORTACIÓN Y CÁLCULO JUBILATORIO (I)

• NIVEL 1: Para quienes NO HAGAN uso de la opción por el artículo Nº 8 de la Ley.

• Quedan comprendidos en su totalidad por el sistema de reparto (solidario) y prestación definida

• APORTACIÓN: – Personal: 15% del Salario Nominal (SN)– Patronal: 7,5% del SN (en Industria y Comercio)

• CÁLCULO JUBILATORIO o ASIGNACIÓN COMPUTABLE: entre el promedio salarial de los últimos 10 años trabajados o los mejores 20 años De ser el 1o. Mayor en mas de 5% se otorga el promedio de los mejores 20 años mas 5%

EDADEDAD

6060 6161 6262 6363 6464 6565 6666 6767 6868 6969 7070

3030 4545 4747 4949 5151 5353 5555 5757 5959 6161 6363 6565

3131 4646 4848 5050 5252 5454 5656 5858 6060 6262 6464 6666

3232 4747 4949 5151 5353 5555 5757 5959 6161 6363 6565 6767

3333 4848 5050 5252 5454 5656 5858 6060 6262 6464 6666 6868

3434 4949 5151 5353 5555 5757 5959 6161 6363 6565 6767 6969

3535 5050 5252 5454 5656 5858 6060 6262 6464 6666 6868 7070

3636 50.550.5 5353 5555 5757 5959 6161 6363 6565 6767 6969 7171

3737 5151 53.553.5 5656 5858 6060 6262 6464 6666 6868 7070 7272

3838 51.551.5 5454 56.556.5 5959 6161 6363 6565 6767 6969 7171 7373

3939 5252 54.554.5 5757 59.559.5 6262 6464 6666 6868 7070 7272 7474

4040 52.552.5 5555 57.557.5 6060 62.562.5 6565 6767 6969 7171 7373 7575

4141 55.555.5 5858 60.560.5 6363 65.565.5 6868 7070 7272 7474 7676

4242 58.558.5 6161 63.563.5 6666 68.568.5 7171 7373 7575 7777

4343 61.561.5 6464 66.566.5 6969 71.571.5 7474 7676 7878

4444 64.564.5 6767 69.569.5 7272 74.574.5 7777 7979

4545 67.567.5 7070 72.572.5 7575 77.577.5 8080

4646 70.570.5 7373 75.575.5 7878 80.580.5

4747 73.573.5 7676 78.578.5 8181

4848 76.576.5 7979 81.581.5

4949 79.579.5 8282

5050 82.582.5

APORTACIÓN Y CÁLCULO JUBILATORIO (II)

• Por el BPS el procedimiento es idéntico al presentado para el caso (I), pero con dos salvedades:

1) La Asignación Computable(AC) se calcula sobre lo efectivamente declarado en caso de dependientes.

2) A dicha AC se le aplica una BONIFICACIÓN DEL 50% por haber hecho la opción Art. 8.

APORTACIÓN Y CÁLCULO JUBILATORIO (II)

• Ejemplo numérico:Un trabajador al momento de jubilarse cuenta con un salario de $20.000 promedio en su historia laboral.Como ha aportado por el 50% al BPS, su Asignación Computable equivale a $10.000.Pero la BONIFICACIÓN incrementa esta cifra a $15.000 y sobre esta aplica la TASA DE REEMPLAZO correspondiente.

PROBLEMAS DE LA BONIFICACIÓN BPS

• A nivel individual: DISCRIMINACIÓN

• A nivel Colectivo:• COSTOS FISCALES ASOCIADOS:

1)Desvío de Contribuciones Personales hacia el sistema AFAP.

2)Pago de BONIFICACIÓN (no tiene una contrapartida de financiamiento definida)

PROBLEMAS DE LA BONIFICACIÓN (art.8)

FUENTE: ASESORIA ECONÓMICA ACTUAL (BPS)

• NIVEL 1: Para quienes sí hayan hecho uso de la opción por el artículo Nº 8 de la Ley.

• Quedan comprendidos en 50% por el sistema de reparto y prestación definida y en un 50% por el sistema de capitalización individual y prestación indefinida

APORTACIÓN Y CÁLCULO JUBILATORIO (II)

Régimen solidario Prestación Definida

Aporte definidoPrestación Indefinida

12

Sistema mixto

Régimen solidario

Salario SalarioSalario Salario Salario

SBJ X TR = JUBS

Ea Er

13

Ahorro Inicial

Ahorro Final

iS

Ahorro Final X Coef Renta = JUB A

Ea Er

14

Aporte +

Intereses

Aporte +

Intereses

Aporte +

Intereses

Aporte +

Intereses

APORTACIÓN Y CÁLCULO JUBILATORIO (II)

• A su vez el CAPITAL ACUMULADO a lo largo de los años de trabajo DEPENDERÁ de:

Rentabilidad y Crecimiento del Salarial Real.Rentabilidad y Crecimiento del Salarial Real.

La rentabilidad bruta real anual en U.R. así calculada se ubicó en diciembre de 2013 en (-1,7%) para el promedio del sistema. A nivel de cada institución, la rentabilidad bruta real en U.R. fue la siguiente: AFAP Sura: -1,5%, Integración AFAP: -1,5%, República AFAP: -1,9%, y Unión Capital AFAP: -1,6%.

Las rentabilidades negativas se explican por alto crecimiento del salario real en los últimos tres años que genera un aumento de la UR por encima de la rentabilidad de los títulos gubernamentales uruguayos en UI. .

Página Web Banco Central del Ururguay (BCU)INFORME 4TO. TRIMESTRE 2013

http://www.bcu.gub.uy/Servicios-Financieros-SSF/AFAPMemoriaTrimestral/esen06d1213.pdf

APORTACIÓN Y CÁLCULO JUBILATORIO (II)

• La JUBILACIÓN INICIAL que surgirá del sistema AFAP DEPENDERÁ de:

El Banco de Seguros del Estado en el Diálogo Nacional sobre Seguridad Social.

“Hoy por hoy, el BSE tiene que calcular la prestación suponiendo que el dinero que va a guardar le va a rendir un interés del 3% en unidades reajustables (UR) y eso no es absolutamente posible.” (…). “Este es un problema que tiene el BSE y que explica por qué hoy en día está solo en el mercado ofreciendo esta prestación.” (…). “Este es un problema de diseño que tiene el sistema ya que en el mercado de inversiones no existen instrumentos de inversión en UR, y los que existen no otorgan el equivalente a un 3% medido en UR.”

Fuentes: http://www.dialogoseguridadsocial.org - (Publicado en Pagina Web del MTSS)http://www.dialogoseguridadsocial.org/wp-content/files_mf/relator%C3%ADa_mtd2_primera_reuni%C3%B3nfinal_170612.pdf

EXPECTATIVA DE VIDA (EDAD Y SEXO)

EXPECTATIVA DE VIDA (EDAD Y SEXO)

SISTEMA MIXTO y LEY 19.162 DESAFILIACIÓN y REVOCACIÓN

Equipo de Representación de los Trabajadores en el BPS

Febrero de 2014

EQUIPO DEREPRESENTACION DE LOS

TRABAJADORES EN EL B.P.S.

LEY 19.162 DESAFILIACIÓN y REVOCACIÓN

Comprende a:Quienes sin estar obligados optaron por el régimen mixto, 40 años o más al 1/04/1996 (hoy más de 57 años), con plazo para iniciar tramite hasta el 31/01/2016.Los que optaron por ampararse al Art. 8 de la Ley 16.713 a partir de los 40 años de edad y hasta los 50 años de edad, disposición permanente. Los mayores de 48 al 1/02/2014 tendrán plazo para presentarse hasta el 31/01/2016.Con asesoramiento obligatorio del BPS, por 1 sola vez y de carácter irrevocable.Los montos de las cuentas individuales serán transferidos al BPS en un plazo de 5 días hábiles luego de la solicitud del Instituto a la Administradora.

LEY 19.162…

Retorna el total acumulado en la cuenta de ahorro individual del afiliado.Para el cálculo jubilatorio se considera el total de las Asignaciones Computables, operando los topes establecidos en el régimen de transición.

Si acumula deuda por el NIVEL 3, hoy superior a $106.549 La misma se financia en 72 cuotas mensuales a UR.

Para los que tenían más de 40 años al 1/4/1996

Retorna al BPS la proporción acumulada en la cuenta individual con su correspondiente rentabilidad, generada por las aportaciones vinculadas a la opción voluntaria. El retorno no incluye devoluciones por concepto de comisiones cobradas por la AFAP. El cálculo jubilatorio por BPS queda sujeto al tope previsto por el art. 27 de la Ley 16.713.El efecto económico depende del número de años de aporte dentro del NIVEL 1.

LEY 19.162… Para los que tienen entre 40 y 50 años

Funcionamiento del SimuladorFuncionamiento del SimuladorBPS, aplicación Ley 19.192BPS, aplicación Ley 19.192

ENTRADAS PROCESO SALIDAS

Datos Externos:-BPS

- AFAP

Datos Internos:-Base de datos

delprograma

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Datos ExternosDatos Externos

Datos personales (nombre y cédula). Articulo por el que va a venir a asesorarse. AFAP a la que pertenece la persona. Información acerca de la deuda por aportes no

realizados.

Datos Externos:-BPS

- AFAP 1. DATOS DE INGRESO OBLIGATORIO

Proporcionados por el BPS

Proporcionados por AFAP Fecha de ahorro. Ahorro en la AFAP con artículo 8 (art. 1 y art. 2). Ahorro en la AFAP si la persona nunca hubiera

hecho la opción del artículo 8 (art. 2).

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Datos ExternosDatos ExternosDatos Externos:-BPS

- AFAP

2. DATOS DE INGRESO OPTATIVO

Proporcionados por el BPS

Promedio actualizado de sus sueldos mensuales registrados en el último año.

Sueldo promedio actualizado de los mejores 20 años (art.1).

Sueldo promedio actualizado de los mejores 10 años (art. 2).

Años de Actividad y Años Bonificados.

28

Base de datos del

programa

1. DATOS PROPORCIONADOS POR EL BCU

Tasa de interés a aplicar al Fondo de Ahorro Previsional

Subfondo de Acumulación

Subfondo de Retiro

2.5%

1.5%

Curvas de Movilidad Salarial

Mínimos jubilatorios y Tasas de Reemplazo

Comisiones de AFAP

Niveles Salariales de la Ley 16.713

Tasas de Aporte

Servicios Bonificados

Monto de la Base de Prestaciones y Contribuciones

Base de datos del

programa

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2. DATOS ASOCIADOS AL SISTEMA PREVISIONAL

Información que nos proporcionara la persona:

Edad de inicio de actividad. Años totales de actividad. Años de servicios bonificados. Sueldo nominal a ingresar. Tipo de actividad. Cantidad de hijos (en caso de ser mujer). Densidad de Cotización Futura.Si acumula años de actividad con otras cajas.Si accederá a más de una jubilación por BPS

ENTRADAS

30

Artículo 1 - ley 19.162Artículo 1 - ley 19.162

En este Artículo se compara Régimen Mixto con Régimen de Transición

SALIDAS

JUBS

JUBA

Régimen de Transición

Régimen Mixto JUBS

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Artículo 2 - ley 19.162Artículo 2 - ley 19.162

En este Artículo se compara dos opciones dentro el Régimen Mixto (no se hace cambio de régimen):

SALIDAS

JUBARégimen Mixto JUBS

(JUB)ARégimen Mixto JUBS

Con art.8

Sin art.8

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LEY 19.162… Los afiliados que no realicen elección de Administradora serán derivados entre aquellas 2 con menor comisión. Traspaso de Administradora presentándose en aquella que desea incorporarse, con 6 meses de aportes en la que abandona.

Creación de un sub fondo de retiro, donde se verterán en forma proporcional el capital que se encuentra en el fondo de acumulación a partir de cumplir el afiliado los 55 años de edad.

Se aplica a actividades que por su naturaleza implican un mayor riesgo o amenaza a la salud física o psicológica al trabajador/a. Se prevé una jubilación anticipada a estos trabajadores, como contrapartida de mayores aportes patronales a lo largo de la vida laboral. La Ley prevé que: A efectos del calculo de la expectativa de vida, se considerará la edad real más la correspondiente bonificación.

Trabajadores en servicios bonificados

LEY 19.162…

Desde el 1º de febrero esta vigente la Ley 19.162 que permite a quienes con ciertos requisitos a desafiliarse de la AFAP, y a deshacer la opción por el articulo 8 Para confirmar si te comprende alguna de las opciones hace click en el siguiente link y completa con tu cedula de identidad, fecha de nacimiento, y copia los dígitos de verificación que veras en la imagen. http://revafapp.bps.gub.uy/RevocacionAFAPWEBExt/paginas/rafapPaso1.jsf

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Estoy comprendido en la Ley?Me puedo desafiliar o revocar el Articulo 8?

En caso de corresponder alguna de las opciones pulsar el siguiente link para AGENDARSE para asesoramiento. http://revocacionopcionesafap.bps.gub.uy/agendaroa Ahí, pueden optar por la oficina de información que les quede mas cómoda y recibir el asesoramiento correspondiente

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Como puedo hacer para solicitar el asesoramiento del BPS?