acepciones de la plabra derecho (1)

9
CONCEPTO DE DERECHO (Y SUS ACEPCIONES) Etimología de la palabra "derecho" La palabra “Derecho” deriva del vocablo latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla, ley, o norma”. En general y tradicionalmente se entiende por Derecho: “El conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de incumplimiento está prevista de una sanción judicial” (Flores Gomes y Carvajal Moreno). Derechos La expresión derechos (del latín directus, directo), en plural, hace referencia a aquello que se concede o reconoce a un sujeto de derecho; a diferencia de Derecho, en singular, que puede referirse a la ciencia jurídica, al ordenamiento jurídico o a un sistema jurídico. Diversos sentidos de la palabra derecho La palabra “Derecho” es análoga, es decir se aplica en sentido distinto pero desde un punto de vista semejante. La experiencia de nuestro modo de hablar y de pensar nos demuestra que todos reconocemos que determinados objetos de nuestro lenguaje o de nuestro pensamiento poseen en si “algo” que les es común, aunque no exactamente se refieran en el mismo sentido. En la palabra “Derecho”. Ese “algo” vendría siendo la esencia del Derecho, aunque no siempre la misma palabra se refiera a la misma cosa, en el mismo sentido. Derecho como norma Jurídica: norma o conjuntos de normas jurista que regula el hombre en sociedad. No hay derecho a que se cometan abusos. Derecho como Facultad: poder, facultad, potestad de la persona garantizada por el ordenamiento jurídico para la satisfacción de intereses legítimos. Derecho del propietario de usar su propiedad. Derecho como Ciencia: utilizamos la palabra derecho en su sentido científico, como conjunto de conocimientos sistemáticos y ordenados sobre un objetivo determinado. Estudia al derecho. (Subjetivo y Objetivo). Derecho como sistema de normas: Derecho Mexicano, Derecho Italiano.

Upload: rudy-omar-cordova-ojeda

Post on 20-Sep-2015

263 views

Category:

Documents


6 download

DESCRIPTION

acepciones de la palabra derecho

TRANSCRIPT

CONCEPTO DE DERECHO (Y SUS ACEPCIONES)

Etimologa de la palabra "derecho"La palabra Derecho deriva del vocablo latino directum, que significa lo que est conforme a la regla, ley, o norma.

En general y tradicionalmente se entiende por Derecho:El conjunto de normas jurdicas, creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de incumplimiento est prevista de una sancin judicial (Flores Gomes y Carvajal Moreno).

DerechosLa expresinderechos(del latndirectus, directo), en plural, hace referencia a aquello que seconcedeoreconoce a unsujeto de derecho; a diferencia deDerecho, en singular, que puede referirse a laciencia jurdica, alordenamiento jurdicoo a unsistema jurdico.

Diversos sentidos de la palabra derechoLa palabra Derecho es anloga, es decir se aplica en sentido distinto pero desde un punto de vista semejante.

La experiencia de nuestro modo de hablar y de pensar nos demuestra que todos reconocemos que determinados objetos de nuestro lenguaje o de nuestro pensamiento poseen en si algo que les es comn, aunque no exactamente se refieran en el mismo sentido. En la palabra Derecho. Ese algo vendra siendo la esencia del Derecho, aunque no siempre la misma palabra se refiera a la misma cosa, en el mismo sentido.

Derecho como norma Jurdica:norma o conjuntos de normas jurista que regula el hombre en sociedad. No hay derecho a que se cometan abusos.Derecho como Facultad:poder, facultad, potestad de la persona garantizada por el ordenamiento jurdico para la satisfaccin de intereses legtimos. Derecho del propietario de usar su propiedad.Derecho como Ciencia:utilizamos la palabra derecho en su sentido cientfico, como conjunto de conocimientos sistemticos y ordenados sobre un objetivo determinado. Estudia al derecho. (Subjetivo y Objetivo).Derecho como sistema de normas: Derecho Mexicano, Derecho Italiano.

Caractersticas del DerechoEl Derecho presenta las siguientes caractersticas: normativo, bilateral, coercible, con una pretensin de inviolabilidad, se manifiesta como un sistema y posee una proyeccin de justicia.NormatividadSe traduce en que el Derecho se encuentra inmerso dentro de la realidad social, en el marco cultural. El Derecho pertenece a la familia de las normas y est constituido por normas, ms especficamente dentro de lasreglas obligatorias de conducta.

BilateralidadEl Derecho es Bilateral porque requiere deinteractividadde dos o ms personas. Uno de los rasgos distintivos de las normas jurdicas frente a las normas morales es la bilateralidad. En efecto, la bilateralidad del Derecho se hace evidente no solo por su necesidad primordial de interrelacionar, cuando menos, dos personas, sino tambin en la heteronoma, condicin de lavoluntadque se rige por imperativos que estn fuera de ella misma, pues, una es la fuente de lanorma jurdicay la otra la persona sujeta a su cumplimiento.

Coercibilidad

La coercibilidad, en definitiva, est vinculada a la posibilidad del uso legal y legtimo de la fuerza para que se cumpla laleyy se hagan eficaces los preceptos de las normas.Es importante recordar que todas las normas contemplan una sancin para aquellos que no las cumplan, y que la distincin hecha en el prrafo anterior responde a que solamente las jurdicas se apoyan en la coercibilidad.

Pretensin de inviolabilidadAunque la norma es susceptible de ser violada constantemente, el Derecho requiere indefectiblemente revestirse de inviolabilidad, incluso frente al Estado, a travs de una sancin. He ah por qu resiste, con exigencia incondicionada, la intromisin del mandato arbitrario en las relaciones sociales

SistemaEl Derecho es unsistema de normas, ya que ellas no estn inconexas. Antes bien, las normas jurdicas vigentes en un Estado se hallan orgnicamente correlacionadas, guardando entre s niveles de rango y prelacin: unas son superiores, otras inferiores, y todas conforman una estructura armnica, gradual y unitaria que evoca la imagen de una obra arquitectnica, con atinada distribucin de masas. Al conjunto de normas positivas de un pas, coordinadas y distribuidas jerrquicamente, se denomina ordenamiento jurdico.JusticiaEs inherente a toda norma jurdica una proyeccin hacia la efectividad de la justicia en las relaciones humanas, como algo esencial y definitorio de ella.

PRINCIPALES ACEPCIONES DE LA PALABRA DERECHO

En su acepcin USUAL o CORRIENTE, derecho quiere decir, aquello que es RECTO, DIRECTO. Contrario a lo que es TORCIDO.As, se expresa en el argot: Este camino es derecho y/o Aquel rbol crece derechoTambin se llama derecho a un tributo o pago debido legtimamente a alguien.Derecho ObjetivoDerecho Objetivo y sus diversas ramas El Derecho Objetivo es el conjunto de normas jurdicas, es decir, las leyes u ordenamientos que rigen la conducta de las personas cuando se relacionan entre s o con el gobierno del Estado; ste se divide a su vez en: a) Derecho Pblico. b) Derecho Privado. c) Derecho Social. Derecho SubjetivoEl derecho subjetivo es la facultad que la norma jurdica concede al sujeto que interviene en determinada relacin jurdica; as, las garantas individuales son medios para proteger los derechos que tienen la persona humana por el solo hecho de serlo y que han sido reconocidos por el Estado, sin importar su sexo, edad o nacionalidad. por ejemplo; el derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad personal, a elegir su representacin dentro del Estado, todas estas facultades le son reconocidas y protegidas al individuo por la ley.Derecho NaturalEl Derecho natural es el conjunto de normas fundamentales en la equidad, la justicia y el sentido comn que surgen de la naturaleza misma del ser humano y que constituyen el ideal de lo justo. Derecho vigente y Derecho positivo Mientras el Derecho vigente es el conjunto de normas impero-atributivas que en un perodo y lugar determinado la autoridad poltica declara obligatorias; el Derecho positivo es el conjunto de normas que regulan la conducta social de los sujetos y que son susceptibles a recibir una sancin poltica.Derecho sustantivo y Derecho adjetivo El Derecho sustantivo es el conjunto de reglas jurdicas que establecen los derechos y obligaciones de los sujetos que intervienen en una relacin normativa; por otra parte, el Derecho adjetivo, o tambin denominado procesal o instrumental, se constituye por las normas que permiten aplicar el Derecho sustantivo. Derecho legislado y Derecho no legislado El Derecho legislado se constituye por el conjunto de normas jurdicas que se creacin por medio del proceso legislativo. Mientras que el Derecho no legislado est conformado por aquellas normas jurdicas que emanan de fuentes formales diversas a la legislacin.Bibliografa 7th September 2012porReyes & Arredondo Abogados http://cronoscratosiure.blogspot.com/2012/09/concepto-de-derecho-y-sus-acepciones.htmlhttps://derechouds.files.wordpress.com/2012/09/7ma-sesion.pdf

LA TEORIA TRIDIMENCIONAL DEL DERECHO

Son 03 los caminos que debemos seguir para llegar a una definicin integral del derecho: La sociabilidad del hombre nacida de su propia naturaleza; la exigencia de regular su conducta mediante normas y, el deber ser orientado hacia valores, todo ello debidamente sustentado y explicado en LA TEORIA TRIDIMENSIONAL DEL DERECHO, que como obra le corresponde al Jurista Brasilero MIGUEL REALE.Este autor y jurista brasilero, estableci que la columna vertebral del derecho, tiene 03 soportes fundamentales que son: El derecho como hecho social El derecho como norma y, El derecho como valor.

1.- El Derecho como Hecho Social:La sociabilidad, no es un hbito creado por la vida en el hombre; sino, un ingrediente en su esenciaAs lo reconoci Aristteles en el Libro I de su obra Poltica cuando afirmaba que el ser humano es: Por su naturaleza sociable y afirmaba que: El que vive fuera de la sociedad por organizacin y no por la fuerza del azar, es un ser superior o un degeneradoLa vida est rodeada de hechos sociales porque todos somos integrantes de un grupo y gran parte de nuestros actos se dirigen a los dems o a la sociedad misma.As se entiende que el derecho como hecho social, son las relaciones sociales donde los seres humanos interactan, producindose y reproducindose, cuyo resultado es la CONVIVENCIA SOCIAL, donde la sociedad es una delicada fluctuante y complejsima estructura de relaciones materiales, espirituales con multiplicidad de objetivos y de intereses en comn que requiere de una adecuada ORDENACION de las relaciones de las personas.

2.- El Derecho como Norma:Justamente, el mantenimiento de la convivencia social, exige se regule normativamente en forma ordenada segura y pacfica, de lo contrario la convivencia sera perjudicial.

3.- El Derecho como Valor:Este soporte fundamental del derecho, establece que el derecho como valor debe proyectarse a la justicia. Sostienen que se debe impregnar al sistema jurdico otros valores, como son: La libertad, la paz, la democracia y la tolerancia.

LA TEORIA TRIDIMENSIONAL SEGN LA DOCTRINA

Algunos autores, entre ellos Miguel Reale, desde el mbito de la doctrina, conciben al derecho desde el punto de vista de 03 dimensiones que son:DIMENSION FACTICA.- Esta teora observa al derecho como un acontecer que se presenta de manera cotidiana en la vida de las personas. A este fenmeno se le conoce como: OMNIPRESENCIA del derecho.Dentro de la dimensin fctica se puede estudiar al fenmeno jurdico desde 02 mbitos. Desde el mismo DERECHO. Desde el punto de vista de otras ciencias como son: las ciencias sociales.

Desde el mismo DERECHO las disciplinas que se encargan son:1.- Historia del derecho.2.- Sociologa del derecho.3.- La filosofa ( a travs de la tica y la lgica jurdica)

Desde el punto de vista de otras ciencias sociales, como:1.- La sociologa jurdica.- Concibe al derecho como un mtodo de comportamiento social.2.- La antropologa jurdica.- Concibe al derecho como una manifestacin social.3.- La psicologa jurdica.- Concibe al derecho como una forma de influencia en la conducta de los individuos.4.- La historia del derecho.- Comprende al fenmeno jurdico como uno de los hechos de la voluntad humana.5.- La ciencia poltica.- Concibe al derecho como fenmeno social que responde a ciertos intereses o circunstancias que se vinculan con las relaciones de poder.DIMENSION NORMATIVA.- En esta dimensin, se caracteriza por establecer las conductas sociales que los individuos deban asumir dentro de la vida en comunidad, que se refleja en las normas jurdicas que prescriben una conducta social derivada. Es importante establecer que dentro de la sociedad podemos encontrar diferentes tipos de conductas debidas y de normatividades, como son: Las normas morales y religiosas. Sin embargo, las normas jurdicas van a distinguir de las 02 anteriores debido a que encuentran con una vista muy particular que es la coaccin.La Coaccin implica la facultad de hacer cumplir la norma jurdica, a travs del uso de la fuerza legitimada.DIMENSION AXIOLOGICA.- La dimensin axiolgica, es la que se va encargar del anlisis del Doble estndar valorativo del derecho. Este doble estndar se refiere:1.- Al derecho como valor que surge, de su sola presencia en la sociedad, como generador de valores jurdicos con carcter instrumental (orden, seguridad, igualdad)2.- Al derecho como portador de valores superiores, como la vida y la dignidad humana.

LA TEORIA PLURIDIMENSIONAL DEL DERECHO:Concepto.- Establece que el derecho se encuentra conformado POR MUCHOS elementos, tan es as que los seguidores de esta teora consideran que supera en elementos a la Teora Tridimensional del derecho.ELEMENTOS:1.- tiempo jurdico2.- espacio jurdico.3.- vivencias4.- historia5.- ideologahttp://www.academia.edu/7687009/ACEPCIONES_DE_LA_PALABRA_DERECHO