acceso a la informacion publica - redes sociales - tribunal constitucional

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e .ICA 1), pet TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DIRECCION GENERAL DE AMINISTRACION Lima, 09 JUL. 2015 Oficio N.° /LI -2015-DIGA /TC Senor Victor Bernardo Yataco Castillo Presente.- Ref.: Pedido de informacion al amparo de la Ley 27806 presentado el 02.07.15 con registro STD 2597-2015-E En atencion a su comunicaci6n de la referencia y dentro del plazo de ley, informamos a usted sobre su solicitud de acceso a Ia informacion publica: a) El Tribunal de manera explicita y formal no tiene una politica de gestion y use de redes sociales digitales. Sin embargo desde que estas son un herramienta de interacci6n entre la institucion y la ciudadania, la funcion del manejo de ellas se ha delegado en la Oficina de Imagen Institucional, esto desde el punto de vista de la presencia institucional en las redes sociales. Al interior de la institucion mediante politicas establecidas en el cortafuegos interno el acceso a las redes sociales por parte de los empleados se encuentra restringido, salvo disposicion en contrario, como es el caso de la Oficina de Imagen. b) En la actualidad, el Tribunal Constitucional tiene presencia en las redes sociales: Twitter (@TC_Peru), Facebook (https://www.facebook.com/tribunalconstitucionalperu) y YouTube. No tenemos usuarios bloqueados en las cuentas que administramos. c) No existe una politica de publicidad de correos de los funcionarios del Tribunal Constitucional, lo que existe es una directive para la denominacion de los correos de los empleados que trabajan en el TC, que se ajusta a la Directive N.° 005-2003-INEI/DTNP, asimismo las direcciones de los altos funcionarios pueden ser encontrados en la siguiente pagina web http://tc.gob.pe/portal/institucional/tc altas autoridades.php, asi como tambien en el portal del Estado peruano. d) La gestion de Redes Sociales Digitales del Tribunal Constitucional depende de Ia Oficina de Imagen Institucional. Atentamente, FABRIZIO JORG LUDWICK Director General e Administracion (e) TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

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Respuesta a peticion de acceso de informacion publica sobre gestion de redes sociales e emails en entidades publicas. Peticion hecha por @ialaw - Informe Anual sobre Politicas de Redes Sociales en el Gobierno

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Page 1: Acceso a la Informacion Publica - Redes Sociales - Tribunal Constitucional

e.ICA 1), pet

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DIRECCION GENERAL DE AMINISTRACION

Lima, 09 JUL. 2015

Oficio N.° /LI -2015-DIGA /TC

Senor Victor Bernardo Yataco Castillo Presente.-

Ref.: Pedido de informacion al amparo de la Ley 27806 presentado el 02.07.15 con registro STD 2597-2015-E

En atencion a su comunicaci6n de la referencia y dentro del plazo de ley, informamos a usted sobre su solicitud de acceso a Ia informacion publica:

a) El Tribunal de manera explicita y formal no tiene una politica de gestion y use de redes sociales digitales. Sin embargo desde que estas son un herramienta de interacci6n entre la institucion y la ciudadania, la funcion del manejo de ellas se ha delegado en la Oficina de Imagen Institucional, esto desde el punto de vista de la presencia institucional en las redes sociales. Al interior de la institucion mediante politicas establecidas en el cortafuegos interno el acceso a las redes sociales por parte de los empleados se encuentra restringido, salvo disposicion en contrario, como es el caso de la Oficina de Imagen.

b) En la actualidad, el Tribunal Constitucional tiene presencia en las redes sociales: Twitter (@TC_Peru), Facebook (https://www.facebook.com/tribunalconstitucionalperu) y YouTube. No tenemos usuarios bloqueados en las cuentas que administramos.

c) No existe una politica de publicidad de correos de los funcionarios del Tribunal Constitucional, lo que existe es una directive para la denominacion de los correos de los empleados que trabajan en el TC, que se ajusta a la Directive N.° 005-2003-INEI/DTNP, asimismo las direcciones de los altos funcionarios pueden ser encontrados en la siguiente pagina web http://tc.gob.pe/portal/institucional/tc altas autoridades.php, asi como tambien en el portal del Estado peruano.

d) La gestion de Redes Sociales Digitales del Tribunal Constitucional depende de Ia Oficina de Imagen Institucional.

Atentamente,

FABRIZIO JORG LUDWICK Director General e Administracion (e)

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL