rol de la unidad de informacion publica

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ROL DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DEMÁS ROL DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DEMÁS AUTORIDADES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE AUTORIDADES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA” ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA”

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““ROL DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y ROL DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DEMÁS AUTORIDADES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA DEMÁS AUTORIDADES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA

LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA”LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA”

MISIÓN

Ser el medio que facilite el acceso a la información para cualquier persona, en aras de la transparencia, máxima

publicidad, gratuidad, sencillez y celeridad en el proceso de acceso a la información.

VISIÓN

Garantizar a toda persona, sin discriminación alguna, el ejercicio de su derecho de libre acceso a la información pública

y su participación dentro de la auditoria social y fiscalización ciudadana en los actos de la administración pública.

OBJETIVOSObjetivos Generales:Objetivos Generales:

Garantizar el pleno ejercicio del derecho de acceso a la información de todas las personas, que requieran información del Ministerio de Gobernación o cualquiera de sus Dependencias.

Fortalecimiento de los procesos de transparencia y rendición de cuentas de la administración pública.

Objetivos Específicos:Objetivos Específicos:

Atender con prontitud y eficacia las solicitudes de información que requiera toda persona dentro del plazo legal establecido.

Garantizar el derecho de toda persona de disentir e impugnar la resolución que crea afecta sus intereses.

Orientación general a las personas requirentes de información.

DESPACHO MINISTERIAL

ENLACES DE LA DIRECCIÓN SUPERIOR Y DEPENDENCIAS

UNIDAD DE INFORMACIÓN

PÚBLICA

CONSEJO ESPECÍFICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA

ESTRUCTURA ACTUAL

Enlace Sistema

Penitenciario

Enlace Migración

Unidad de Información Pública

Ministerial

Enlace DIGICI

Enlace DC y TN

Enlace PNC

Secretarías

Unidades

Divisiones

Departamentos

Unidades

Departamentos

Sección

Unidades

Delegaciones

Departamentos

Divisiones

Secreataría

Direcciones

Departamentos

Dirección de Asuntos Jurídicos

Unidad deAuditoria Interna

Dirección deInformática

Dirección deRecursos Humanos

Dirección de Planificación

Dirección de Servicios Administrativos y

Financieros

Unidad de Administración

Financiera

Escribanía de Cámara

y de Gobierno

Unidad para la Prevención

Comunitaria de la Violencia

Direcciones GeneralesDirección Superior

RESOLUCION FINAL

Da directrices y norma el acceso a la

información

Solicita información

Ingreso de información a un servidor

Ingreso de información

Ingreso de información

Atención a solicitantes

Solicita información

REPEJU

MARCO NORMATIVO

• Decreto No. 57-2008 del Congreso de la República, que contiene la Ley de Acceso a la Información Pública.

• Acuerdo Ministerial No. 239-2009, creación de la Unidad de Información Pública del Ministerio de Gobernación.

• Resolución Ministerial No. 453-2009, creación del Consejo Específico de Información Pública.

• Criterios de Clasificación y Desclasificación de Información, desarrollados con la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad.

• Manuales de Procedimientos.

LOGROS ALCANZADOSDEL 21 DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE 2009

• Un total de 96 mil 935 visitas de usuarios al Sitio Web del Ministerio de Gobernación, Ley de Acceso a la Información, ocupando el tercer lugar entre los 9 Ministerios que conforman el Organismo Ejecutivo.

• El trámite de 472 solicitudes de información, tanto físicas como electrónicas, con un promedio aproximado de 7.6 días para dar respuesta al solicitante.

• Cabe mencionar que la Unidad durante ese período recibió 3 Recurso de Revisión en contra de lo resuelto con motivo de solicitudes de información.

• Al día de hoy se contabiliza un total de 263 solicitudes de información y 5 recursos de revisión interpuestos en contra de 3 expedientes, que contienen información CONFIDENCIAL y RESERVADA.

JUSTIFICACION DE REFORMAR EL ACUERDO MINISTERIAL 239-2009

1) Se han evidenciado algunas deficiencias, tales como la interpretación del concepto Enlace, pues en algunos casos, se deja en manos de quienes desempeñan actividades de apoyo el firmar extensión o negativa de entregar una información en particular, así como la recopilación y publicación de la Información Pública de Oficio (IPO) y que de manera mensual debe ser actualizada.

2) Por otro lado, está el hecho de que, si bien es cierto, que la mayor parte de la información es pública, también existe aquella que reviste carácter de Confidencial o Reservada y que por razones de seguridad, el Director o Subdirector como responsables de generar y administrar la información que tiene en su poder, deben tener conocimiento de la información requerida y resolver la forma en la que se entregue la misma.

1) Designación de Enlaces. Se nombran como Enlaces del Ministerio de Gobernación a los Directores y Subdirectores de las diferentes dependencias, de acuerdo a la estructura administrativa definida en su Reglamento Orgánico Interno.

2) Red de apoyos a los Enlaces. Los Enlaces y sus respectivos suplentes quedan facultados para crear su red de apoyos internos, incluyendo a las jefaturas de departamentos, unidades, y otros, para lograr el eficaz desempeño de sus tareas y resolver las solicitudes de información en los tiempos previstos por la Ley.

4) Finalmente, se contempla la incorporación del Consejo Específico de Información Pública, no obstante que actualmente el mismo funciona de conformidad con lo establecido en Resolución Ministerial No. 453-2009, de fecha 11 de mayo de 2009, con el objeto de consolidar sus bases legales y de esa forma eficientizar las funciones que cumple el mismo.

PROPUESTAResponsabilidades, integración y atribuciones de Enlaces, Red de

Apoyo a Enlaces y Consejo Consultivo de Información Pública

¡TODO CIUDADANO TIENE DERECHO A ¡TODO CIUDADANO TIENE DERECHO A SOLICITAR INFORMACIÓN QUE SE SOLICITAR INFORMACIÓN QUE SE

ENCUENTRE EN PODER DEL ESTADO Y ENCUENTRE EN PODER DEL ESTADO Y LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES

PUBLICOS, TIENEN LA OBLIGACIÓN DE PUBLICOS, TIENEN LA OBLIGACIÓN DE ATENDER CON PRONTITUD, EFICACIA Y ATENDER CON PRONTITUD, EFICACIA Y TRANSPARENCIA DICHAS PETICIONES!TRANSPARENCIA DICHAS PETICIONES!

PREGUNTAS Y RESPUESTASPREGUNTAS Y RESPUESTAS

¡MUCHAS GRACIAS!¡MUCHAS GRACIAS!

María Graciela Cabrera AranaMaría Graciela Cabrera AranaEncargada Unidad de Información PúblicaEncargada Unidad de Información Pública

Ministerio de GobernaciónMinisterio de GobernaciónE-mail: E-mail: [email protected] – – [email protected]

Teléfonos: PBX: 2413-8888 Ext. 1540Teléfonos: PBX: 2413-8888 Ext. 1540Celular: 4501-3784Celular: 4501-3784