a procuración general

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ROSARIO, PROVINCIA INVENCIBLE DE SANTA FE;MARTES 15 DE ABRIL, DEL AO DE NUESTRO SEOR JESUCRISTO MMXIV

SEORA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIN,REPBLICA ARGENTINA,DRA. ALEJANDRA M. GILS CARB.S/D

DE MI CONSIDERACIN:El que suscribe, ciudadano argentino Diego Ceferino Mazzieri, DNI: 33.868.809, de 25 aos de edad, domiciliado en Los Ceibos 2229, Ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe, se dirige a usted por la presente, haciendo reserva que la correspondiente misiva devendr desde su envo certificado en interpelacin abierta y pblica en redes sociales y/o otros medios, amn de coetnea copia a las jefaturas del Poder Ejecutivo de la Nacin y Santa Sede. El motivo de esta diligencia, es que con estupor como joven ciudadano argentino, el da 8 de abril prximo pasado me he informado en mltiples medios de comunicacin, que los fiscales Pablo Camua y Patricio Rovira, intervinientes en las causas por supuesto terrorismo de estado en la Provincia de Tucumn durante la dcada de 1970, solicitaron a la Cmara de Casacin Penal correspondiente, que deje sin efecto la resolucin de la Cmara Federal de aquella provincia, la cual haba rechazado con buen tino y justo criterio el pedido de llamado a indagatoria a la Ex Presidente Constitucional de la Nacin, Seora Mara Estela Martnez Cartas, viuda de Pern. Mi estupefaccin por tal noticia, es que tales medios mencionan a ambos fiscales como dependientes de usted (cosa cierta por las reglas de la verticalidad del Ministerio Pblico Fiscal),[footnoteRef:1] pero los mismos atribuyen a vuestra persona el calificativo de kirchnerista.[footnoteRef:2] El silencio y/u omisin refutativa del Ministerio Pblico Fiscal pstumo a tales informaciones, es de suma gravedad institucional, en tanto segn el art. 120 de la Constitucin Nacional (en adelante CN) y el art 1 de la ley 24.196;[footnoteRef:3] el rgano que usted encabeza verticalmente debera poseer como principio fundamental y orgnico, el carcter de extra poder, segn las nuevas reglas procesalistas de los modernos sistemas acusatorios que erradican los caracteres de neto corte inquisitivo. [1: Art. 2; ley 24.196.] [2: http://www.infobae.com/2014/04/08/1555876-solicitaron-que-isabel-martinez-peron-sea-indagada-delitos-lesa-humanidad] [3: LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO, TITULO I -- Organizacin e integracin del Ministerio Pblico, CAPITULO I -- Principios generales]

No obstante tal omisin, puedo comprender con un ameno espritu comprensivo; que la calificacin vino de los medios comunicacionales y no de vuestra Procuracin y voluntad. Lo que no puedo comprender racionalmente y confiando de la buena fe del rgano que usted conduce, es el ensaamiento sistemtico, ilegtimo, anti jurdico e inmoral, que varios fiscales vienen ejecutando contra la seora ex Presidente Pern, enfticamente desde el ao 2007, hecho por el cual a la seora Martnez de Pern residente en Madrid, no slo intentsele comprometer su impoluto honor histrico, sino que adems complic seriamente sus estados emocionales y de salud desde su primer traslado a la Audiencia Nacional Espaola. Como joven argentino me es vergonzoso tener que recordarles a los fiscales que de usted dependen, que el deber del Ministerio Pblico Fiscal no es el de la acusacin por la acusacin misma para dar instancia a un proceso dialctico, sino el deber de velar por el valor justicia conforme a las reglas de la objetividad (al decir del art. 120 de la CN: ser custodios de la ley).Dejo constancia que mi consternacin y actuacin en este proceder deriva de un estado de consciencia autnoma funcional, sin depender del mandato financiero de nadie para tal fin, autonoma y autarqua intelectiva, caracteres que tambin debera reunir el Ministerio Pblico Fiscal.No pretendo hacer academicismo historiogrfico en la presente, pero lamentablemente la persecucin de supuestos delitos cometidos hace cuatro dcadas, obliga a ello no solo a quien suscribe, sino a fiscales, defensores y jueces. La gravedad institucional de estas acusaciones dependientes de la historiografa y el academicismo, proceden cuando ellas se fundan en la siempre tan parcial historia oficial, es decir una sola de las partes de la biblioteca que no slo suelen afectar a la totalidad de la buena interpretacin histrica, sino que ocurre tambin en el ambiente del derecho y la justicia en las doctrinas judiciales como fuentes de tales.Mi interpelacin es de puro espritu cvico y procede considerando: Que la seora Ex Presidente de la Nacin Seora Martnez Cartas, acusada injustamente como criminal de lesa humanidad, fue jefe CONSTITUCIONAL del Poder Ejecutivo de la Nacin, accediendo democrticamente al cargo de vicepresidente mediante la frmula electoral ms plebiscitada de la historia argentina porcentualmente, y a la Presidencia segn las reglas constitucionales de la acefalia. Que quienes histricamente demuestran incumplir los deberes de funcionario pblico desde 1983, pretenden incriminar a la primera Presidente mujer de todo el mundo (segn el modelo presidencialista), por haberlos cumplido cabal, justa y honestamente. Que en el tercer periodo de mandato Peronista, tanto del Teniente General Juan Pern como de su esposa, se gobern pblicamente bajo el lema: dentro de la ley todo, fuera de la ley nada, mientras que los grupos subversivos tanto de izquierda como tambin de derecha (la camarilla militar usurpadora del poder el 24 de marzo de 1976 tambin fueron subversores del orden); arbitraron los medios necesarios para actuar con el lema viceverso: dentro de la ley nada, fuera de la ley todo. Que el General Pern siempre intent perseguir a la subversin con las fuerzas policiales considerando a la misma como delito federal. Que la seora de Pern siempre demostr intencional y materialmente perseguir a la subversin con la ley, y a tales efectos decret la ley de seguridad nacional y la de defensa nacional, legislaciones saboteadas por legisladores de la derecha golpista, que como lobbies de las Fuerzas Armadas dentro del Congreso, quienes no dieron por ms de seis meses el qurum necesario para tales fines, adems que la carencia de funcionalidad de la Legislatura Nacional conllevaron al estado de sensacin de Vaco de poder, argumento esgrimido luego por los militares golpistas y secuestradores de la Seora Presidente de la Nacin. Que las leyes antes mencionadas no eran gratas ni para los golpistas de derecha, ni para los de izquierda, dado que se instaban a obligar se abran procesos criminales que establezcan imputaciones personales, con acusados determinados, la averiguacin de antecedentes y de dnde salan sus materiales de beligerancia como as tambin descubrir las eventuales colaboraciones inconfesables forneas. Que en Tucumn no actuaron meros jvenes idealistas, sino grupos sediciosos con poderosos armamentos ingresados forneamente por estados extranjeros con pretensiones inconfesables para con nuestro pas, amn que las intenciones de estos grupos guerrilleros eran secesionar una provincia y ser reconocidos como sujetos independientes del derecho internacional pblico a fin de asegurar mejores condiciones para el avance de su terrorismo. Que de no haber la Seora Martnez de Pern, ordenado la represin de tales terrorismos, hubiera delinquido por omitir sus deberes de funcionaria pblica, omitiendo la punibilidad del art. 226 del CP.[footnoteRef:4] [4: ARTICULO 226.- Sern reprimidos con prisin de cinco a quince aos los que se alzaren en armas para cambiar la Constitucin, deponer alguno de los poderes pblicos del gobierno nacional, arrancarle alguna medida o concesin o impedir, aunque sea temporariamente, el libre ejercicio de sus facultades constitucionales o su formacin o renovacin en los trminos y formas legales. Si el hecho descripto en el prrafo anterior fuese perpetrado con el fin de cambiar de modo permanente el sistema democrtico de gobierno, suprimir la organizacin federal, eliminar la divisin de poderes, abrogar los derechos fundamentales de la persona humana o suprimir o menoscabar, aunque sea temporariamente, la independencia econmica de la Nacin, la pena ser de ocho a veinticinco aos de prisin. Cuando el hecho fuere perpetrado por personas que tuvieren estado, empleo o asimilacin militar, el mnimo de las penas se incrementar en un tercio.]

Que el decreto 261/75 que orden el llamado Operativo Independencia, dispona que: el Comando General de Ejrcito proceder a ejecutar las operaciones militares que sean necesarias a efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos que actan en la Provincia de Tucumn. Que interpretar que aniquilar el accionar subversivo sea sinnimo de aniquilar subversivos, es prcticamente confundir el eliminar el dolor de cabeza con cortar la cabeza. Que los seores fiscales acusadores e indirectamente detractores de la Seora Pern, devenidos en parodia de los fiscales post regmenes victoriosos de la Batalla de Caseros, o de la Revolucin de 1955; o del Proceso Militar de 1976; se dediquen en historiografiar los hechos cuasi seguidores de la lnea oficial liberal, masnica, post mistrista, en tanto en todo momento hacen mutis por el foro, que la Seora Ex Presidente al conocer el rumor de supuestos excesos en la represin durante el Operativo Independencia de parte de comandantes militares que actuaban independientemente a las rdenes del Poder Ejecutivo, dict como contralor el decreto n 1.800, el 7 de julio de 1975, el cual dispona que: toda vez que, en la ejecucin de operaciones militares antisubversivas, la autoridad militar deba poner a disposicin del magistrado federal competente a una persona detenida o a elementos secuestrados como consecuencia de dichas operaciones, lo har acompaando las actuaciones que en el orden militar debern labrarse con tal motivo, juntamente con las piezas probatorias si las hubiere. Que tal decreto muestra a las claras, el respeto de la Seora Presidente por los derechos humanos y/o las garantas procesales, respeto que le fuera negado a ella mientras estuvo presa y secuestrada por cinco aos, inclusive por la propia Comisin Interamericana que poco intercedi por su liberacin durante su visita ad hoc de 1979. Que en conformidad ratificadora de lo expuesto, el 25 de septiembre de 1974, la Seora Presidente enva al Congreso de la Nacin, el proyecto de Ley de Seguridad para la represin de la actividad terrorista y subversiva, orientada a erradicar la subversin definitivamente del pas, dentro de los marcos de la ley.[footnoteRef:5] [5: Diario La Nacin. 27 de septiembre de 1974.]

Que dicha ley inclua en su primer artculo, la imposicin de prisin a quien para lograr la finalidad de sus postulados ideolgicos, intente o preconice por cualquier medio, alterar o suprimir el orden institucional y la paz social de la Nacin, por vas no establecidas en la Constitucin Nacional, lo cual comprenda el adoctrinamiento, el proselitismo, la apologa del delito, la edicin, distribucin y difusin de materiales impresos, la alteracin de la identidad, el uso de insignias, etctera. A esto se agregaban penas de prisin para periodistas, locutores de radio y televisin y responsables de medios que propagaran hechos e imgenes de las conductas sancionadas.[footnoteRef:6] [6: Ley 20.840. 28 de septiembre de 1974. (B.O. 2 de octubre de 1974)]

Que acusar a dicha legislacin de censura, inexorablemente es hacer apologa del delito por antonomasia. Que incriminar al gobierno de la Seora Pern de abusar durante su gobierno de situaciones derivadas del estado de sitio, es abyectamente absurdo, en tanto la institucin de marras estaba y est prescripta en la CN, adems que la justicia y especficamente la jurisprudencia, por aquellos aos CONSTITUCIONALES amparaban los procederes gubernamentales. Pruebas al canto, en noviembre de 1975 un recurso de amparo fue presentado por la detencin de una persona durante el estado de sitio, siendo elevado a la Cmara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, la cual neg el pedido sealando que la ley no haba sido mal aplicada ni era inconstitucional. Ms an, en su resolucin oficial, la Cmara distingua entre detenidos a disposicin del PEN por el estado de sitio, y detenidos criminales comunes, considerando que los primeros eran ms peligrosos porque atentaban contra la democracia. Deca el fallo: las democracias, se ha dicho, llevan en sus entraas los elementos que pretenden destruirlas; cundo trata de preservarse de la destruccin, esos elementos apelan a las instituciones que intentan demoler, para poder continuar su obra. De all que la Constitucin contemple el problema y busque el remedio en el art. 23 (declaracin del Estado de Sitio). El Poder Judicial no puede juzgar las decisiones que por motivos polticos, extraos a su quehacer, pueden tomar en tal instancia el Congreso y el Poder Ejecutivo, salvo que tales decisiones vulneren la Constitucin, en este caso no se ve en qu forma hay exceso en el ejercicio de las facultades propias de este ltimo poder, fuera del sentir afectado.[footnoteRef:7] [7: Fallo 7.192. 20 de noviembre de 1975. P. 2. Expte. 25-173520, EG-MI-AG; AGN.]

La legitimidad del Operativo Independencia, fue tal, que la propia oposicin celebr la determinacin de la Presidente, a punto tal, que el propio Presidente Provisional del Senado, Juan A. Allende, del Partido Popular Cristiano, seal por entonces que era acertada y constitucional la medida del Poder Ejecutivo de dar participacin a las Fuerzas Armadas (en adelante FF.AA) en la lucha anti subversiva y que no era necesario que el Congreso conozca el decreto en cuestin.[footnoteRef:8] [8: Diario La Razn, 18 de febrero de 1975.]

Que en el colmo del ensaamiento persecutorio contra la Ex Presidente Pern, el juez mendocino Ral Acosta, solicit a la Justicia Espaola la extradicin de la ex mandataria, por supuesta responsabilidad con los llamados crmenes de lesa humanidad. Que quien signa la presente, considera una arbitrariedad irracional nacida por la ley de la fuerza de los victoriosos de la Segunda Guerra Mundial, tambin criminales de guerra tanto como los vencidos, en tanto se crea la contradiccin absurda de la retroactividad de la ley penal para algunos crmenes, contra los principios del derecho penal liberal que esas mismas potencias inventaron e impusieron al mundo con fines de colonizacin imperialista. Pero fuera de toda consideracin personal de quien suscribe, tan opinable y criticable como otras, lo cierto es que durante la presidencia del Dr. Ral Alfonsn, la Cmara Federal Penal juzg los delitos cometidos por los integrantes del Proceso Militar prximo previo, oportunidad tal en donde se incluy la cuestin de la eventual responsabilidad de Mara Estela de Pern y dems funcionarios pblicos constitucionales derrocados el 24 de marzo de 1976. Que la conclusin de ese tribunal fue unnime y muy precisa: tales gobernantes no tenan culpa alguna en esos crmenes, pues los decretos firmados eran totalmente legales y disponan que se actuara dentro de la ley. Es decir, la inocencia de Isabel y sus ministros, respecto de esos delitos y con motivo de tales decretos, es ya cosa juzgada y ningn juez puede reabrir la cuestin.[footnoteRef:9] [9: Labak, Juan Gabriel. Los Aos de Plomo. Ed. Del autor. Del Viso. 2007 ]

Que el diario Clarn del 23 de marzo de 1984, public una conferencia de prensa brindada por Pedro Arrighi (ex ministro de Educacin), Jos Deheza (ex ministro de Justicia), Jorge Camus (ex Diputado Nacional por San Juan), y Juan Labak (Ex Diputado Nacional y ex abogado de la seora Martnez de Pern), donde negaron la relacin de la Seora Presidente derrocada con el terrorismo de estado, circunstancia en que brindan el decreto 1.800 ya citado como prueba. Que de la investigacin surgida durante el gobierno constitucional del Dr. Alfonsn, la comisin respectiva a tales efectos investigativos determina la INOCENCIA completa de la Presidente derrocada el 24 de marzo de 1976, en la imputacin por delitos de terrorismo de estado. Que por tal resolucin con carcter de cosa juzgada, el gobierno nacional contemporneo consecuentemente sancion la ley de reparacin histrica Isabel Pern, n 23.062,[footnoteRef:10] sancionada el 23 de mayo de 1984, promulgada ipso facto, el prximo inmediato 13 de junio, y publicada el 19 de julio tambin de ese ao, en el Boletn Oficial n 25.470 p. 1: una norma no complementada ni modificada por ninguna norma hasta la actualidad. [10: Vase Diario de Sesiones de la Cmara de Senadores, Tm. 1, 23 de mayo de 1984, y Diario de Sesiones Cmara de Diputados Tm. II, 17 y 18 de mayo de ese mismo ao.]

Que su texto deca: Artculo 1 En defensa del orden Constitucional republicano basado en el principio de la soberana popular, se establece que carecen de validez jurdica las normas y los actos administrativos, emanados de las autoridades de facto surgidas por un acto de rebelin, y los procesos judiciales y sus sentencias, que tengan por objeto el juzgamiento o la imposicin de sanciones a los integrantes de los poderes constitucionales, aun cuando quieran fundarse en pretendidos poderes revolucionarios.Mediante esta ley se ejerce en la instancia legislativa un acto de contralor constitucional respecto de normas y actos de la especie sealada en el prrafo anterior, del poder de facto, que pueden y deben ser revisados por los poderes de jure y que alcanza inclusive a la declaracin de invalidez constitucional actual de las actas institucionales dictadas por el gobierno anterior. Artculo 2 Los jueces carecen de legitimacin para juzgar a las autoridades constitucionales destituidas por actos de rebelin por ausencia del presupuesto representado por su desafuero parlamentario o juicio poltico previstos constitucionalmente.Artculo 3 Declrase comprendida en las previsiones de los artculos precedentes la situacin de la ex presidente de la Nacin, Da. Mara Estela Martnez de Pern en orden a lo preceptuado en los artculos 18 y 45 de la Constitucin Nacional, quien como otros presidentes constitucionales, fuera objeto de este tipo de sanciones y hasta la privacin ilegtima de la libertad, sirviendo la presente ley de instrumento de reparacin histrica. Artculo 4 Comunquese al Poder Ejecutivo.Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintitrs das del mes de mayo del ao mil novecientos ochenta y cuatro.Signan: Juan Carlos PUGLIESE, Vctor Hiplito MARTINEZ, Carlos A. Bravo,Antonio J. Macris Que ya en 1981, el fiscal federal Strassera haba aceptado la excarcelacin y viaje a Madrid de Mara Estela de Pern, y un ao despus convalida el sobreseimiento e inocencia de la Seora respecto de estas imputaciones. Que ante esta situacin durante el gobierno de Alfonsn, en el ao 2007 los jueces lindando el prevaricato idearon como ardid un supuesto pacto de impunidad entre Alfonsn y la Seora de Pern, cosa jams demostrada e hiptesis tirada a la cabriola. Que la justicia espaola, por lgica ms imparcial que la Argentina al estar exenta de intereses polticos en la cuestin, consider interpretacin forzada el intento de persecucin contra la Ex Presidente Argentina. Que cuantiosos baluartes de los derechos humanos, compartieron el criterio de la inocencia de la Seora Pern: Que el reconocido ex fiscal Strassera, famoso por el juicio contra las Juntas de Comandantes dijo: no le tengo ninguna simpata a Isabel Martnez de Pern, pero este pedido de detencin contra la ex mandataria es un mamarracho que no tiene el menor asidero posible, palabras seguidas donde reconoce que la persecucin de los jueces argentinos en 2007 fue una decisin poltica, un mamarracho jurdico y un disparate.[footnoteRef:11] [11: http://www.perfil.com/politica/Strassera-califico-de-mamarracho-y-disparate-acusacion-a-Isabel-20070115-0020.html ]

Que continu manifestando acto seguido el Dr. Strassera: Los jueces se montan en la corriente, () Hasta ahora no se le puede imputar a la Presidente que haya hecho esto () no tiene el menor asidero la posibilidad de que la ex presidenta sea responsable por las desapariciones cometidas en su gobierno ya que ella no firm los decretos, la puesta en marcha de los decretos. Por ltimo el propio jurista ratifica lo que anteriormente afirmbamos en la presente obra: "no se deca (en los decretos), de 'matar a subversivos' sino que deca 'aniquilar el accionar' de la subversin () (Sin embargo) las autoridades militares que dieron un golpe de Estado al gobierno constitucional deformaron el decreto en cuestin y lo usaron para emplear mtodos ilegtimos, pero los decretos eran legtimos y eso se dijo en el juicio contra los dictadores. Esto es un mamarracho que yo no entiendo, un disparate.[footnoteRef:12] [12: Ibidem. ]

Que la opinin del ante citado jurista es de suma importancia, en tanto sin calificarse como simpatizante de la Seora sino todo lo contrario, aclara que ella no firm los famosos decretos ut supra; amen que aniquilar el accionar subversivo no significa de ningn modo aniquilar subversivos, que los jueces no fueron imparciales en tanto la persecucin fue poltica y que los militares fueron quienes a espaldas de ella deformaron el decreto. Que otro de los que se expidi tambin a favor de la inocencia de la Seora de Pern en la cuestin respectiva, fue el contemporneamente tan idolatrado juez espaol Baltasar Garzn.[footnoteRef:13] [13: http://www.mdzol.com/nota/29008/]

Que el juez Acosta puede en su libre imaginacin postular la teora de un supuesto pacto de impunidad entre los Ex Presidentes Martnez de Pern y Alfonsn, pero su tarea sera arrecidamente ardua para pretender convencer a cualquier desprevenido de otro supuesto pacto con Strassera y con Garzn Que algo diametralmente grave es que los jueces hayan demostrado pblicamente ignorar que el decreto 2.772 del 6 de octubre de 1975, el cual deca que: las FF.AA bajo el comando superior del Presidente que ser ejercido a travs del Consejo de Defensa, procedern a ejecutar las operaciones militares y de seguridad que sean necesarias a los efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el pas, no fue nunca signado por la entonces seora Presidente la cual estaba de licencia por detrimento de su salud, reponindose en la localidad de Ascochinga, sino que fue firmado por talo Lder durante su interinato, poltico con arreciados indicios de haber sido lobby de las FF.AA durante su mandato. Que en todo caso en nombre de la justicia histrica juzguen a Lder, aunque sea mediante algn proceso judicial espiritista, total en esta materia los delitos son imprescriptibles. (Reconozco que este comentario es vulnerablemente reprochable e impugnable por lo irnico e informal, pero procede de la igualdad ante la ley garantizada por el art. 16 de la CN, en tanto considero al igual que lo hiciera en su momento el Dr. Strassera, que todo lo imputado y procedido en contra de la seora Pern fue y es un mamarracho vergonzoso). Que la anuencia de la Seora Martnez Cartas, a toda ejecucin de organizaciones paraestatales de choque anti subversivo (la llamada Triple A), es un disparate histrico, y no probado ms que por dimes y diretes, o por testimoniales tendensiosas en el sentido no solo literal del trmino, sino tambin ideolgico de antao. Que unos das despus a la acusacin del juez Acosta, el actualmente cuestionado por parcialidad, partialidad y dependencia, Dr. Norberto Oyarbide, dict una segunda orden de captura internacional contra la Seora Ex Presidente, en esa ocasin por su eventual responsabilidad en los crmenes atribuidos a la supuesta organizacin denominada Alianza Anticomunista Argentina. Que la ms slida de las pruebas de Oyarbide, fue el testimonio del entonces Secretario de Derechos Humanos de la Nacin, Dr. Eduardo Luis Duhalde, quien declar que un amigo le dijo, que un pariente suyo le cont, que un allegado le susurr, que un conocido le relat, y que un vecino del consorcio le manifest, que en el gabinete de Isabel se proyect un video o pelcula en la que se mostraba a todos los que seran liquidados por la Triple A. La vicisitud probatoria del testimonio del fallecido ex Secretario de DD.HH, Dr. Duhalde, es que todos los citados en su cadena de dimes y diretes por entonces estaban ya fallecidos, no pudiendo ratificar ni negar nada. Que otro de los vicios del testimonio de Eduardo Luis Duhalde es su parcialidad testimonial interesada, en tanto este personaje fue el mximo idelogo de las autodenominadas Fuerzas Armadas Peronistas (FAP), uno de los grupos ms acrrimos enemigos de la candidatura de la Seora Martnez Cartas en la frmula consagrada en el Teatro Cervantes (Pern-Pern), y una de las organizaciones ms empecinadas en continuar con la lucha armada durante el periodo constitucional. Que el Doctor Juan Labak, por entonces Diputado Nacional, testimoni en sus memorias ante citadas que Eduardo Luis Duhalde (aun en vida cuando Labak escribe), propona por entonces una llamada alternativa independiente, lo que consista en crear una organizacin poltica separada de Pern y del Movimiento. Adems agrega Labak, que la animadversin de Eduardo Luis Duhalde hacia Pern vena de lejos. Que por todo lo expuesto esta testimonial debi ser notoriamente impugnable, cosa que el juez no hizo y que ratifica una vez ms la sentencia de Strassera (y de la Audiencia Nacional Espaola) sobre que el actuar judicial contra la Seora de Pern era una decisin poltica (persecucin). Que en la serie virtual de mensajes Han convocado a los espritus sabrn conducirlos?; tambin autora del Dr. Labak, el Ex Diputado manifiesta: por si fuera poco, ambos abogados, uno juez, y el otro defensor de derechos que deberan ser sagrados, pasan por alto que los ministros del Gabinete de Isabel, salvo que fueran todos unos soberanos infradotados, jams habran proyectado un video con los candidatos a ser asesinado por ellos mismos, o por orden de la presidente. Los peronistas podemos ser algo tontos y hasta incorregibles segn Borges, pero jams tan imbciles. Adems, tngase presente que en ese Gabinete figuraron personalidades de reconocido prestigio e intachable conducta. Afirmar que tales personas se dieron el gusto de proyectar un video macabro o premonitorio de atrocidades, no slo ofende nuestra inteligencia, sino que es un grave atropello a su memoria. Que en el colmo de las arbitrariedades, en menos de un cuarto de hora de la declaracin de Eduardo Luis Duhalde, el Doctor Oyarbide haba ledo a los periodistas su sentencia pidiendo captura internacional a la Seora Martnez de Pern, y dada la imposibilidad de redactar una sentencia en tan breve nterin se demuestra notoria prejudiciabilidad, parcialidad y partialidad: Decisin poltica, al decir de Strassera. Cosa no extraa mxime considerando los cuestionamientos actuales hacia Oyarbide el cual confes no haber tenido autonoma funcional en un caso reciente por imposicin del PEN. Y fortalecida esta tesitura con el discurso coetneo del ex presidente Dr. Nestor C. Kirchner quien dijo tras el pedido de captura internacional en aquella ocasin que: en el peronismo no habr impunidad para nadie. Que lo ms grave del citado Duhalde, fue que el 13 de noviembre de 2011, el ex Secretario de DD.HH acude en contradiccin manifiesta a sus exposiciones declarando que ni Pern ni Isabel eran responsables del accionar de la Triple A.[footnoteRef:14] Como reza el adagio, despus de haber mentido hay que tener buena memoria. O Duhalde tuvo problemas de mielina o lo que es peor acudi en falso testimonio lo que agrava la situacin porque fue funcionario pblico. [14: http://sur.infonews.com/notas/eduardo-luis-duhalde-isabel-era-una-mera-figura-decorativa]

Que en las versiones polticamente correctas los fiscales de la democracia parecen haberle hecho el caldo gordo al golpista Jorge Rafael Videla, quien diera una entrevista en la revista espaola Cambio 16, publicada el Domingo, 12 de febrero de 2012.[footnoteRef:15] Manifiest el ex presidente de facto que: "Pern... organiza la Triple A, las famosas tres A -Alianza Anticomunista Argentina-... De esta manera, se van dando los primeros pasos y pone orden en el pas. Y contina diciendo: Pern (...) en una reunin secreta con los dirigentes peronistas, en Los Olivos, da a entender a travs de una directiva que se acabaron los miramientos hacia estos actos y que haba acabar de una vez, incluso por la violencia, respondiendo a este tipo de acciones violentas y terroristas. Esta decisin dio lugar a que se produjeran una serie de acciones encubiertas (...) organiza la Triple A, las famosas tres A -Alianza Anticomunista Argentina (...) De esta manera, se van dando los primeros pasos y pone orden en el pas, pero, sin embargo, el lder ya no es el de antes y tiene la salud muy desgastada. Hasta el ltimo aliento da todos sus esfuerzos por normalizar y por trabajar en su proyecto, que desde luego no era el de los jvenes "idealistas", sino el de normalizar el pas de una vez por todas tras los excesos cometidos. [15: Conducida por el periodista Ricardo Angosto]

Hete aqu que seguimos considerando: Que Videla, no ha dicho cundo fue la reunin en Olivos, en qu circunstancias, quines estaban presentes y quines pueden testimoniarlo hoy. En definitiva, hubiere dado lo mismo que se haya puesto a recitar en la entrevista el clebre Platero y Yo. Tampoco nos dice si l se basa como su aclito defensor Juan B. Yofr, en las Instrucciones del 1 de octubre de 1973, en el que los futuros procesistas interpretaron lo que quisieron interpretar, menos lo que Pern, el sentido comn y la razn exenta de intereses, interpretaban. Que luego en dicho relato, dice Videla: lamentablemente la mano ejecutora de este grupo que operaba bajo las rdenes y el consentimiento de Pern era el ministro de Bienestar Social, Jos Lpez Rega, que se dedica a ejecutar las rdenes que le da el viejo general y que no siempre se atienen a la legalidad. Que lo extrao del relato, es que Videla (al igual que cientos de personajes que despus de cuatro dcadas, recuerdan cosas que parecieron olvidar en su momento agregando sorprendentemente, cada vez ms detalles, aun cada vez ms lejano el tiempo), jams nunca, testimoni estos datos a la justicia. Es ms, ni siquiera lo hizo en 1978, en pleno Proceso de Reorganizacin Nacional (como ellos le llamaron a la recolonizacin fornea), cuando an estaban abiertas las causas contra el ex ministro de Bienestar Social. Por ende, si el seor Videla conoci de la existencia de tamaos delitos y no los denunci en su momento, fue encubridor. l, en la causa (ms poltica que judicial) que promueve el oficialista Juez Norberto Oyarbide, adujo ampararse en el Secreto Militar, pero cado el gobierno constitucional no tendra por qu haberse amparado en l, mxime cuando era su gobierno el que estaba encarando la investigacin contra Lpez Rega. Que continu manifestando Videla: Hay un episodio que lo conmueve a Pern, que es el atentado contra el dirigente gremial Jos Ignacio Rucci, que es asesinado y ah, el presidente dice: Me cortaron las piernas. Fue un acto doloroso y mostraba que Pern no dominaba todava la situacin, mostrando a las claras que el oponente ya no tena miramientos y estaba dispuesto a llegar hasta el final. Lo cierto del caso es que Pern segua manteniendo dilogos con la autollamada izquierda a la que el General polticamente les peda que cesen con sus intenciones entristas y criminales. El punto lgido de la ruptura de Pern con la izquierda, fue el criminal copamiento del Regimiento de Azul. Que para seguir barahundando todo, Videla dice apoyar las actitudes de Mara Estela de Pern: "Isabel lleg a ser muy dura con el marxismo, en ese sentido no quedaban dudas de que la direccin ideolgica estaba encaminada. Era una buena alumna de Pern, eso s, ya que desde el punto de vista ideolgico se situaba en la extrema derecha del Peronismo y el marxismo le provoca un rechazo total. En un almuerzo con varios generales, una treintena si mal no recuerdo, lleg a ser muy dura con el marxismo, en ese sentido no quedaban dudas de que la direccin ideolgica estaba encaminada. Lo cierto que es simul Videla, que as como la Seora de Pern se alejaba del marxismo, tambin condenaba al capitalismo e inclusive con gran premonicin poltica, reprobaba aun ms, todo lo que luego l y los suyos, haran bajo su gobierno en materia econmica. Que la crtica anexa que hizo Videla a la Presidente que derroc, sin embargo, fue: a Isabel le faltaban fuerzas y conocimientos para llevar a cabo el combate, la lucha, y poner orden. El entrevistado aqu parece desconocer la diferencia entre la fuerza de la ley a la que la depuesta Presidente se haba sometido, y la ley de la fuerza a la que Videla respondera. Tambin tima Videla en que la entonces Presidente no saba llevar a cabo el combate, pues para cuando ellos usurparon el poder poltico, el propio Menndez asever que no quedaba mucho trabajo por hacer respecto a la guerrilla, pues el gobierno derrocado prcticamente la haba vencido. Como veremos ulteriormente, para justificar el golpe Videla simul al mejor estilo montonero un auto atentado Que as tambin, el ex Presidente de Facto hace apologa de talo Lder, cuando se desempe como Presidente interino tras la licencia de la Presidente flamante: era un hombre mucho ms proclive (que Mara Estela de Pern), a luchar a fondo contra los terroristas (); de cuatro planes que le presenta al que estaba ungido como Presidente interino, Lder haba elegido el ms cruel y despiadado, aunque tambin el de ms riesgos. () Lder nos dio el derecho a matar. As llegamos a finales de agosto de 1975, en que soy nombrado Comandante en Jefe del ejrcito argentino, y en los primeros das del mes de octubre, a principios, somos invitados los comandantes de los tres ejrcitos a una reunin de gobierno presidida por talo Lder, que ejerca como presidente por enfermedad de Mara Estela, en las que se nos pide nuestra opinin y qu hacer frente a la desmesura que haba tomado el curso del pas frente a estas acciones terroristas. ... Y con el acuerdo de las otras dos fuerzas militares, la armada y la area, yo expuse algunos lineamientos para hacer frente a la amenaza terrorista que padecamos. De acuerdo con el gobierno de entonces se realzaban algunas medidas acordadas entre las partes para hacer frente al terrorismo y que (en) un periodo de ao y medio, esta amenaza fuera conjurada de una forma eficiente. talo Lder lleg a firmar los decretos para que las Fuerzas Armadas del pas pudieran actuar efectivamente en la lucha contra los subversivos y el terrorismo. Tambin se decidi que las fuerzas de seguridad del Estado, conjuntamente con las Fuerzas Armadas, se coordinasen en estas acciones antiterroristas. Se haba logrado un acuerdo entre el poder poltico y los militares para luchar conjuntamente contra el terrorismo () Con acuerdo de las otras dos fuerzas, yo hube de exponer cuatro cursos de accin, que no viene al caso detallar ahora, que culmin con la seleccin de parte del doctor Lder del cuarto curso de accin, que era el ms riesgoso, en cuanto que confera ms libertad de accin, pero que garantizaba en no ms de un ao y medio que el terrorismo sera derrotado. Los cursos de accin del 1 al 3 eran ms contemplativos, pautados con el fin de evitar errores, pero de ser seguidos iran a dilatar sin trmino el caos en el que se viva.Cabe seguir considerando: Que no es ilgico que Videla haga alharaca al irresponsable proceder de Lder. Lder era el prolegmeno de l en cuanto al neo liberalismo impuesto por intereses procedentes del el Departamento de Estado Americano. La primera medida poltica de Lder, fue pedir un innecesario y usurario emprstito a las bancas usureras mundiales. Ahora bien, nuevamente al igual que sus verdugos Alfonsn, Bonasso, Vertbisky, etctera, Videla tambin parece haber tenido intervalos lcidos de memoria, y amnesias varias, pues si bien con tanto detalle recuerda el decreto del Presidente interino, omite mencionar el responsable decreto N 1.800 que someta a la Justicia Federal la sedicin guerrillera. Que para descubrir el cinismo de Videla, cabe remontarnos a sus palabras: Por otras razones, ms tarde, cuando fuimos juzgados, se le pregunt a Lder por el trmino aniquilar e hizo un excelente exposicin en trminos semnticos sobre la cuestin, que se resume en reducir a la nada; no tiene otra interpretacin. Que es verdad que aniquilar (trmino militar y no legislativo), significa reducir a la nada, pero adrede Videla omite mencionar que lo que se mandaba a aniquilar era al accionar subversivo, y no a los subversivos. Lgicamente, en tal empresa, era lgico que en las batallas desatadas fueran ultimados algunos sediciosos guerrilleros. Pero ah habra causas de justificacin penal como la legtima defensa. Ni con el histrico enemigo ingls, se procedi en Malvinas, agrediendo para recuperarlas. Debi haber un mrtir, como el Capitn Pedro Giachino, con tal de no abrir fuego agresor. Que tampoco debemos llamarnos a falsos engaos: el irresponsable accionar de los militares en la embestida contra la guerrilla, fue servil a los deseos e intereses de los propios jefes de la subversin, quienes abiertamente queran fuera de la ley todo, dentro de la ley, nada. Como observamos les era ms conveniente a sus aptridas accionares. Que en definitiva ambos bandos en supuesta beligerancia, se necesitaban, se auto complementaban, para sus inconfesables deseos (no tan inconfesables tampoco), de justificar la toma del poder que pretendan. Que Videla omiti mencionar tambin que cuando la Presidente constitucional lo interroga ante el rumor de supuestos desmanes y torturas absolutamente innecesarias cometidas en Tucumn, ste le niega rotundamente todo y que ante ello, la Presidente se previno de igual forma con el dictado del decreto N 1800, el cual todos omiten mencionar adrede. Que ms all del supuesto apoyo de Videla a la entonces Presidente, ste dice que igualmente fue necesario derrocarla para: poner coto a las actividades de Lpez Rega, que mataba por razones ideolgicas pero que tambin lo haca por otras razones para cobrarse algunas cuentas pendientes. Contina: La situacin, como ya he dicho antes, era muy difcil, reinaba un gran desorden. A Isabel se le hizo saber este estado de cosas y destituye finalmente a Lpez Rega, que lo enva de embajador itinerante al exterior. As se cumpla el deseo de muchos, entre los que me encontraba, que no queramos que este hombre siguiera al frente de sus responsabilidades. Que de tal manera estimo que involuntariamente, Videla termina reconociendo entonces lo aseverado: que Mara Estela de Pern no tena conocimiento de los desmanes y tropelas cometidos en aquella poca, que una vez que se lo hacen saber decide apartar a su ministro del cargo. Tambin reconoce que el ministro apartado le era una piedra en el zapato a Videla, vaya uno a saber (aunque lo podemos suponer) respecto de qu intereses Que seguidamente Videla tambin expone el argumento de moda y todo terreno de aquel momento: el vaco de poder. Obviamente el militar no lo va a decir, pero ese vaco de poder era fomentado por la accin encubierta de agentes de las Fuerza Armadas, quienes muchos de ellos fueron los velados integrantes del Grupo de Trabajo que no daban qurum al oficialismo, generando una gran parlisis legislativa. Esta mera conjetura, podemos refrendarla con varios compaeros que hacia el ao 2010, asistimos a la conferencia del ex diputado del Grupo de Trabajo, el astrlogo Lus Sobrino Aranda, quien en una conferencia dada en el Hotel Savoy con la presencia de Juan Bautista Yofr (al que le regal unas misivas que eran del traidor de Paladino como contraprestacin a haber puesto Yofr su marketinera cara), se deduce que confesamente el disertante trabaj como agente de la marina durante el periodo constitucional, y durante el gobierno militar. Que el ex presidente de facto citado, tampoco recuerda que si bien hacan lo imposible con todos los medios a su disposicin para popularizar la irrealidad del vaco de poder, la mentira qued manifestada con el multitudinario acto del Pueblo Argentino, el 17 de octubre de 1975, convocado en apoyo a la lealtad de Isabel. Que ante esta situacin, casual e inmediatamente devino el Capellinazo, y el planteo de los 90 das, de parte de los comandantes, especialmente de boca de Videla quien impunemente refiri: Llegamos as ya en plena lucha contra el terrorismo, al mes de marzo de 1976, en donde padecemos una situacin alarmante desde el punto de vista social, poltico y econmico, refirindose a una supuesta creciente resistencia de la clase trabajadora. Nuevamente el ex secuestrador de la Presidente constitucional, acudi en engaos, ardides, y eufemismos. Hacia el 9 de marzo de 1976, la Seora Presidente haba logrado mermar notablemente la inflacin, y el detonante del golpe fue que ese da ella sign el decreto por el cual se pona coto al agio, la usura y la especulacin, de quienes desabastecan al pas. Esta medida fue celebrada en Cadena Nacional por la CGT y las 62 Organizaciones, e inclusive con ella se haba reafirmado el tan saboteado por izquierda y por derecha, Pacto Social propuesto por el General Pern. Que luego, tratando de explicar lo inexplicable, afirma con desparpajo: Yo dira que en ineficacia la presidenta haba llegado al lmite. Sumando a esto la ineficiencia general se haba llegado a un claro vaco de poder, una autntica parlisis institucional; estbamos en un claro riesgo de entrar en una anarqua inmediata.[footnoteRef:16] [16: Si uno ojea los peridicos, incluso opositores como La Prensa del mes de marzo de 1976, la realidad era muy distinta a la que describe Videla. Solicitadas innumerables de apoyo a la Presidente Constitucional y un clima de progresivo bienestar y tranquilidad econmica en el pas. Videla narra que ulteriormente al golpe, de forma inmediata el pueblo pudo contrastar el clima de orden versus el clima de anarqua anterior al 24 de marzo de 1976. Lo que omite el ex Presidente de facto, es que era obvio que esos contrastes se haran evidentes con toda la prensa desestabilizadora antes, manipulada ahora, con la revista Gente que marketineramente se ufanaba del gobierno depuesto, sin el inexorable requerimiento del saboteador Congreso Nacional en la poca de Mara Estela de Pern, y con Firmenich en Pars negociando con Massera con una millonada de dlares mediante. Tambin con todo el apoyo incondicional de los Kissinger, Rockefeller y dems sinarcas al que siempre respondieron.Falazmente, Videla pretende hacernos creer que el Golpe fue apoyado por la homogeneidad de las Fuerzas Armadas, pero omite decir que previamente ellos gestaron un complot contra todos los oficiales leales al gobierno constitucional (a la Nacin Argentina y a la Patria tambin, claro est), los cuales fueron desplazados de sus funciones, como ser el Brigadier Fautario, el General Numa Laplane, el Coronel Damasco, o tantos otros que sublevados contra las autoridades de facto fueron apresados, como ser el caso del entonces Mayor Mohamed Al Seineldn y sus camaradas de armas.]

TRIPLE A O TRIPLE M: MENTIRAS, MONTO-MILITARES.El tema ms lgido, arduo y contradictorio a la hora de investigarlo, sin dudas es la cuestin de la Alianza Anticomunista Argentina, ms conocida como Triple A, la cual tambin refuto considerando: Que consultadas mltiples fuentes, el tema reviste contradicciones y faramalleras notorias de las partes que invocan y denuncian histrica y judicialmente, inclusive. Digamos que la cuestin fue tan instalada e impuesta, que actualmente es tema indiscutible, un hecho universalmente conocido, en palabras anlogas a los inventos que los vencedores de la Segunda Guerra Mundial, impusieron en Nremberg a los vencidos. Que la inocencia de la Seora Mara Estela de Pern respecto a toda vinculacin con organizaciones paramilitares, es una verdad consolidada por investigaciones de comisiones de Derechos Humanos en el ao 1979, e inclusive por una ley nacional del Congreso de la Nacin en 1984, donde el Peronismo no era oficialismo mxime que, como hemos visto, fue ratificado por juristas tan loados por el progresismo, como el fiscal Julio Strassera, y el propio ex juez espaol Baltasar Garzn. Ni que hablar de la propia Audiencia Nacional del Reino de Espaa con su Tribunal Supremo, que neg toda extradicin de la Seora ex Presidente argentina. Que si algo faltaba para terminar de ratificar la carencia de toda relacin entre el Peronismo y la Triple A, fue el testimonio del propio extinto ex Secretario de Derechos Humanos, Dr. Luis Eduardo Duhalde, quien en una entrevista asevera que La Triple A no contaba con la anuencia de Pern para operar. [footnoteRef:17] En dicha entrevista tambin ratifica la inocencia de la esposa del General acorde a este asunto. El nico sustento que queda en el ambiente que responsabiliza al Peronismo con organizaciones parapoliciales, es el imperialismo del rumor, el se dijo y dice, pero nada en concreto. Lo irnico del asunto es que parece que a los peronistas como desde 1955 se sigue invirtiendo la carga de la prueba y no se les aplica el principio procesal de inocencia. [17: http://www.prensaanm.com.ar/pei/md_nota.asp?id=10002]

Que lgido y arduo es hacer aseveraciones respecto de la responsabilidad que le pudo caber al ex ministro de Bienestar Social y Secretario Privado de Pern y Seora, Jos Lpez Rega. Y creo que si hay que definirse ante esta inquietud, acudira a responder lo mismo que respondi la Seora de Pern en una entrevista, durante su retorno al pas en 1993: En dicha oportunidad cuando un periodista en conferencia de prensa le asever que durante su gobierno su ex ministro cometa crmenes, ella respondi: bueno, eso a m no me consta. Pudiendo haber sido polticamente correcta, teniendo todo el apoyo de la corriente de opinin, y ya muerto su ex ministro y secretario privado (lo que le posibilitaba no correr riesgos a ser refutada por l), ella opt por ser honesta, objetiva y sincera con su creencia al respecto. Que al igual que la Seora Pern, a mi esta inquietud, tampoco me consta, y las investigaciones judiciales desde 1975 a la fecha al respecto, no persuaden a nadie por sus inconsistencias. Que de hecho, me arriesgo a afirmar que hay muchos elementos para, haciendo un juicio de valor, demostrar cmo quines invocan estas cuestiones han mentido de forma tan alevosa, que constituye suficiente prejuicio para afirmar (en mi fuero interno aunque sea) que se adjudic en la figura del ex ministro una responsabilidad mayor a la que todo un sistema (enemigo del Peronismo, claro est), le ha conferido con intenciones e intereses inconfesables. Que pasando a analizar los eufemismos y denuestos manifiestos sobre este asunto, nos centramos en los mitos de Horacio Salvador Paino, autor del libro Historia de la Triple A. Para los que lemos dicha obra, inexorablemente tenemos que concluir que ms que historia, debi titularse: historieta. Dicho libro, parece ajustarse ms a pelculas como James Bond, que a la propia realidad. Y ni que hablar de las contradicciones que a continuacin dejaremos al descubierto. Lo grave de todo esto, es que Paino es citado como fuente primaria, por autores de la izquierda antinacional. Muchos lo citan como fuente objetiva y fehaciente, pero ninguno aclara que su testimonio estuvo viciado, y hete aqu que expondremos las razones. Que Horacio Salvador Paino, misteriosamente, tuvo publicidad y repercusin en la procesistas Revista Gente del mes de mayo de 1976 (pleno Proceso Militar), donde se publican todos sus delirios. Para hacer una sucinta biografa de este personaje comentamos que hacia 1976, se autoproclam fundador de la Alianza Anticomunista Argentina (AAA), Triple A, o Tres A, por lo que qued detenido en forma preventiva el 28 de noviembre de 1983 en Montevideo, mientras el juez federal argentino Jos Nicasio Dibur tramitaba su extradicin, invocando el Tratado de Derecho Penal Internacional del 23 de enero de 1889, ratificado el 3 de octubre de 1892 por Uruguay y el 11 de diciembre de 1894 por la Argentina. Negada finalmente por la justicia uruguaya. Que este personaje era un supuesto militante peronista separado del Ejrcito en 1955 con el grado de teniente primero, pronto a ser ascendido a capitn. Casualmente, haba sido compaero de promocin de Reynaldo Bignone, el ltimo presidente del denominado Proceso de Reorganizacin Nacional, y de Cristino Nicolaides, entonces Comandante en Jefe de la fuerza. Que de la Argentina haba huido rumbo a Brasil, el 1 de marzo de 1979, poco despus de un supuesto atentado contra su vida. En 1983, prest declaracin testimonial en la Embajada Argentina, por haber adjudicado a la Triple A el crimen del Secretario General de la Confederacin General de Trabajadores (CGT), Jos Ignacio Rucci, el 25 de septiembre de 1973, entre tantos otros asesinatos como el del Padre Mugica, Jorge Cafrune, Rodolfo Ortega Pea, Silvio Frondizi, entre dos mil crmenes (de los cuales despus demostraremos las contradicciones y quimeras delirantes en el testimonio del postulante). Que en su obra que data del ao 1984, Paino manifiesta desde el comienzo que l organiz la Triple A, pero aclara yo no ejecut a nadie. Algo as como que el que organiz e integr una supuesta organizacin terrorista, no fue terrorista por cuestiones de moral personal. Que en el prlogo de su historieta, Paino aclara que su obra no es ficcin. De hecho, lo aclara frecuentemente. Y debe hacerlo porque las fuentes en las que se basa fueron sus supuestas vivencias personales, y unas tambin supuestas cartas enviadas a Villa Devoto por Luis Tarquini, asesinado por Montoneros a fines de 1975. Que desgraciadamente para el testigo, esas correspondencias tampoco las tena en su poder porque le fueron sustradas por una requisa estando l en la crcel en Montevideo, ante un pedido de extradicin argentino. Igualmente, es medio capcioso y poco creble, que este Seor Tarquini quien integrara supuestamente la Triple A, confiese sus andanzas nada ms y nada menos que por carta pero sigamos siendo generosos en creerle a este arrepentido. (Si l dice que no mat a nadie, tampoco es que sabemos de qu cuernos es que est arrepentido). Que el Seor Paino empieza su relato histrico con notorias, llammosle: confusiones: por ejemplo en la primer pgina del cuerpo de su relato, dice que el General Pern se encontraba exiliado en Espaa desde 1955, lo cual es inexacto en tanto obvia las previas residencias de Pern en Centroamrica. Pero siendo generosos con el testigo, vamos a decir que eso es anecdtico. Que Paino contina su relato, diciendo que fue invitado por el periodista Jorge Conti, a integrar la cartera de Bienestar Social a cargo de Jos Lpez Rega y que entablando una amistad con este ltimo, este le pidi que visto y considerando el avance de las organizaciones terroristas como ERP y Montoneros, haba que ponerle coto, formando otra organizacin paramilitar que acte como contralor y fuera de la ley. Segn Paino, Lpez Rega le habra solicitado que lo organizara. En su libro, Paino se ve que una dcada despus y con toda la documentacin sustrada, recordaba con lujo de detalles los organigramas e inclusive, da muchos datos especficos como el tipo, calidad y cantidad de armamentos que tenan cada uno. Se ve que era una persona de muy buena mielina, neuronas y memoria. Pero, paradjicamente, con semejantes atributos mentales, haba salido de un hospital psiquitrico (literalmente como veremos a continuacin). Que acto seguido, Paino relata que comenzaron a comprarle armas a un paraguayo que viva cerca de su casa, pero en ningn momento lo identifica y siempre se refiere a esa persona como el paraguayo. Que Paino contina relatando que luego comenzaron las operaciones de secuestros de personas a las cuales las transportaban en una kombi azul en cuyas puertas se lea Ministerio del Interior! (sic); y que al secuestrado lo trasladaban al tercer subsuelo del Ministerio de Bienestar Social! (tambin SIC), y que all cometan las torturas y asesinatos.[footnoteRef:18] [18: Que lo ms grave de su relato, que linda entre lo meramente anecdtico y lo importantemente reflexivo, es que mitmanos como Larraquy o Paino, sostenan que fue Jos Lpez Rega el que design a la supuesta organizacin terrorista que l habra creado con el nombre de Triple A, y que originalmente no significaba Alianza Anticomunista Argentina, sino que el nombre devena de una situacin en que estando el ex ministro frente a un mapamundi, al lado de un folleto, este dijo que el nombre por cuestiones cabalsticas (siempre anexndole a todo la dramtica e infaltable cuota ocultista), se relacionaba con Amrica Latina, frica y Asia. Y que como el nombre quedaba largo, Lpez dijo: lo llamaremos simplemente Triple A (no solo que brujo segn estos, sino que encima marketinero el ex ministro no?). Pero lo tragicmico del asunto es cierta extraa casualidad con un dato que ya hemos presentado. Como hemos visto, casualmente la principal organizacin dedicada a la exportacin de guerrilleros, resida en La Habana, Cuba, y se denominaba OSPAAAL (Organizacin de Solidaridad de los Pueblos de Asia, frica y Amrica Latina), en la cual participaban agentes de la IV Internacional Comunista como los ya citados Alain Krivine, y Ernest Mandel. Los mismos que relatan el hecho del origen del nombre de la organizacin Triple A, han presentado a Lpez Rega como un exacerbado anti comunista tal, que hasta nos hace dudar que el ex ministro haya acudido en plagiar la denominacin de una reconocida organizacin marxista y sinrquica ]

Que hacia febrero de 1974, deca el rgano oficial del Movimiento Nacional Justicialista sobre el tema fuerzas parapoliciales:El trmino (fuerzas policiales) est de moda. Y por lo tanto se le utiliza. No existen. La polica tiene gente y elementos propios. Y su propia estrategia. No se pretender que se vaya a hacer un procedimiento a un aguantadero extremista lleno de armas con lustrosos uniformes de gala? Las mentadas fuerzas parapoliciales, son simplemente policas de civil. Y las detenciones, por estas brigadas, guardan los esquemas legales en lo que hace a allanamientos y tiempos de incomunicacin vistos por la ley. Una vez que la investigacin ya haya entrado en la senda final, no tendr motivos para ocultar cantidades ni nombres de detenidos, como as los cargos que existen contra ellos.[footnoteRef:19] [19: Revista Las Bases. Ao 3. N82. 19 de febrero de 1974. P. 6. ]

Que por ltimo cabe aclarar la disparidad notoria de cifras sobre supuestos crmenes de la Triple A entre las distintas fuentes que simulan haber investigado el tema: Diario Crnica de febrero de 1976 habl de 2000 asesinatos, pero en los aos ochenta, la CONADEP solo se atrevi a hablar de 428 crmenes. Prudencio Garca habl de 900; Bufano 1200; Gonzlez Janzen 2000. Que pongo a disposicin una investigacin de quien suscribe esta nota, plasmada en un libro de mi autora titulado Ni yanquis ni marxistas Peronistas!,[footnoteRef:20] por la que demuestro los eufemismos y contradicciones de Paino, al acusar al Ministerio de Bienestar Social en los asesinatos de Jose Ignacio Rucci, del Padre Mujica y de Jorge Cafrune. [20: Mazzieri, Diego. Ni yanquis ni marxistas Peronistas!, Ed. Del Oeste. 1 ed. Buenos Aires. 2012. ISBN: 978-987-20229-7-6. ]

Que hacia la dcada del 80, el Poder Judicial no logr demostrar que algn funcionario del gobierno Peronista, haya perpetrado crmenes. El progresismo, tan sostenedor y apologista del garanto abolicionismo, no puede desconocer el tan esgrimido lema inocentes hasta que se demuestre lo contrario. Mxime cuando todo un Poder Judicial y un gobierno estn abocados (e inclusive asalariados) en tratar de vincular un delito con una persona, no solo por intereses de justicia, sino por intereses de poltica tambin. Distinto es el caso de un gobierno que trata de esconder un caso de corrupcin del propio oficialismo, cuestiones tan en boga desde 1983. Que hete aqu, que tres gobiernos de distintas ideologas y objetivos polticos (Peronismo, Gobierno de Facto posterior, Socialdemocracia Alfonsinista), en varios procesos judiciales distintos (inclusive en Estados Unidos de Norteamrica, donde se juzgo el pedido de extradicin de Lpez Rega), no pudieron demostrar nunca con pruebas fehacientes para vincular a la figura de un ex ministro con la autora material de un crimen. Guste o no, eso fue lo realmente acontecido. Siempre queda el imperialismo del rumor que solo debe quedar en el aire conventilleril, ms nunca como verdad histrica. Mucho menos, jurdica. Que fue por ello que al no demostrarse autoras materiales, se habl de ciertos paraguas a las acciones terroristas de grupos sectarios. Que sostener que Pern y su esposa, fueron responsables de terrorismo de estado, porque supuestamente una dependencia administrativa del ejecutivo habra acudido en proteger a ciertos grupos terroristas de derecha, es lo mismo que sostener que los Presidentes constitucionales de la Nacin, fueron tambin responsables porque en el Poder Legislativo haba diputados que apadrinaban grupos terroristas de izquierda (cosa ms demostrable). Inclusive, cuando hubieron diputados y gobernadores abiertamente en favor de la guerrilla marxista (cuando no guerrilleros), en paralelo a las funciones pblicas. Que asimismo, con esos paradigmas, tambin los Presidentes constitucionales tendran que haber sido culpables porque el ministro de Economa Gelbard, no solo que tambin fue paraguas de la guerrilla, sino que encima ha llegado a blanquearles operaciones econmicas. Que tambin, con esos parmetros, y por una cuestin de entender el concepto de justicia como la igualdad entre iguales y en iguales circunstancias, por una cuestin de ejemplos, debera haberse condenado a Eduardo Duhalde por las muertes de Kosteki y Santilln, o a la propia actual Presidente Cristina Kirchner, por la muerte de Ferreira (entre innumerable cantidad de casos ms). No es capcioso. Hete pues, a unos los asesinaron las fuerzas de seguridad, y a la otra vctima, organizaciones partidarias (que al recibir financiacin del estado, se convierten en paraestatales). Ahora bien, estos gobiernos no tienen entonces legitimidad alguna para perseguir judicialmente al tercer gobierno PeronistaDebemos seguir CONSIDERANDO: Que durante el periodo constitucional post 1973, haba una guerra declarada contra las instituciones republicanas, habiendo autoridades nacionales asesinadas, al igual que miles de inocentes ciudadanos. Que es de suma obviedad que todo el accionar de esas bandas terroristas sediciosas, est sancionado muy severamente por la Constitucin Nacional (art. 22: Toda fuerza armada o reunin de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de ste, comete el delito de sedicin) y por el Cdigo Penal (el art. 226 pena con hasta 25 aos de prisin el delito de rebelin, que se agrava cuando es cometido por personal militar). Que de haber permanecido el estado (donde rega el imperio del derecho), en actitud pasiva ante esa realidad, dejando las vidas de inocentes ciudadanos de todas las edades y de ambos sexos, a merced de la suerte y de los destinos del accionar terrorista, hubiere conllevado a que el gobierno sea pasible de delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario pblico. Haga lo que hubiera hecho el estado, siempre la culpa sera del gobierno constitucional. Que el progresismo ulteriormente, sali a vengarse del gobierno constitucional por no haber permanecido pasivo ante la actitud sediciosa de grupos guerrilleros, sectarios y excluyentes (y vaya si lo eran, que a todo el que se les opona los excluan del propio derecho a la vida). Una vez ms, las reglas infantiles de los imberbes, propias de los nios que perdiendo un juego dentro de las reglas, inventan las propias por las cuales deberan haber ganado, mientras acusan de tramposos al que se ajust a determinadas reglas. Es un caso de puro comportamiento infantil. Que ni bien el Peronismo comenz la embestida por poner coto a los criminales sediciosos que operaban en Tucumn, haciendo del Jardn de la Repblica su bao, inmediatamente comenzaron las publicaciones izquierdistas a hablar de represin del estado. Qu esperaban estos grupos? Qu el estado les mande cartas de felicitacin y les dejase alimentos? Sus victimizaciones constantes exceden el colmo de lo ridculo, en la mente de todo ser humano mnimamente racional. Que tampoco es ilgico ni desatinado, que en una poca dnde reinaban grupos que abiertamente amenazaban con asesinar a funcionarios pblicos (como efectivamente ocurran), stos ltimos tengan custodias privadas. Que en el caso del ministro de Bienestar Social, no fue secreto a voces de parte de la guerrilla, que se intentaba asesinarlo. Que los propios izquierdistas llegaron a reconocer que al cercarlos el General Pern, para que se definan si eran Justicialista o no, estos para disimular el entrismo, acudan a justificar sus acciones fuera de la ley auto victimizndose, mediante el invento de auto atentado. (ver la obra Diez Das de Gloria, de Marcela Durrieu). Que Jos Almorn en su obra montoneros la buena historia dice: Coincido () en que los hechos de auto-victimizacin, en un contexto caracterizado por las objeciones que haca el movimientismo montonero a la poltica de la conduccin, tenan una fuerte connotacin afectiva y decantaban las dudas de muchos militantes a favor de una estrategia confrontativa con Pern y el sindicalismo. La conduccin alucinaba, adems, que favorecan la imagen de la Organizacin frente a la opinin pblica la cual, a su vez -alucinaba la conduccin-, condenara a los supuestos autores del atentado. Por ejemplo, un atentado annimo contra un obrero o delegado de la Juventud Trabajadora Peronista en medio de un conflicto intersindical, en forma automtica sealara como autores a miembros de la burocracia sindical. Sobre los enfrentamientos internos, Perda escribe: Nosotros, como Montoneros, participamos plenamente de ese enfrentamiento que increment el progresivo deterioro de la situacin hasta terminar abriendo las puertas a la tragedia y sirviendo de excusa a los que desencadenaron los crmenes que luego padeceramos nosotros mismos. Las palabras y confesiones huelgan. Cuntos auto atentados habrn realizado para victimizarse y de paso matado tres pjaros de un tiro? Esto es, sacarse de encima a una persona que dispute poder en una interna, o que atente contra sus intereses, y culpando de los hechos al sector combatido. Que por todo lo expuesto, la INOCENCIA de parte de Juan Pern y Seora respecto a las vinculaciones sobre lo denominado como terrorismo de estado, es tanto una verdad judicial como una verdad histrica. Que para corroborar consolidada y frreamente, aun ms la inocencia de Mara Estela de Pern, slo hace falta citar el testimonio del jefe de Granaderos a Caballo en 1974/1975, el probo coronel Jorge Sosa Molina, durante un reportaje que el periodista Jos Blas Made le hizo en 1990 (diario HOY de Mendoza): aclaro que jams la conducta personal de Isabel mereci la menor objecin. Jams. Su comportamiento fue siempre intachable, nunca hubo el menor comentario sobre algn desliz por parte de quienes estbamos all. Pasaba a veces cuatro o cinco das sin salir de la cama por sus estados depresivos''.[footnoteRef:21] [21: Cabe destacar, que el testimonio de Sosa Molina es de gran importancia histrica, en tanto su objetividad surge desde que l mismo no puede ser tildado de Peronista. De hecho abiertamente, el ex jefe de Granaderos ha hecho apologas a la Revolucin Libertadora como nico golpe de estado del que el Ejrcito puede sentirse orgulloso. ]

Que ulteriormente, el propio Sosa Molina, quien manifiestamente expresaba la aversin que le generaba la figura de Lpez Rega, es honesto no obstante en reafirmar que jams el ex ministro cre la famosa Triple A. En todo caso, se enrola en la tesis que cuando mucho, les dio venia de accin, pero que fue utilizado, una vctima de la accin de terceros ajenos al Peronismo que actuaron con inconfesables intereses (negligencia que igual no quita toda posible culpabilidad, pero una cosa es la culpa y otra el dolo). Dijo Sosa Molina: (Lpez Rega) Creo que tambin fue utilizado por los sectores ms reaccionarios, porque no tena la capacidad ni la inteligencia para hacer todo lo que hizo. Y as fue usado por aquellos poderes que yo llamo `fcticos', que estaban muy preocupados por el avance de la izquierda radicalizada, de la guerrilla marxista o neoperonista, y que no vieron mejor solucin que oponerle a esa radicalizacin el extremismo de derecha. () Un da, de vuelta de un acto oficial en Casa de Gobierno, un vehculo del regimiento tiene un desperfecto mecnico en la Av. Figueroa Alcorta. El oficial a cargo, un teniente de apellido Segura, que iba de uniforme, es auxiliado por un polica que lo invita a pasar a una casa, dicindole que est entre amigos, compaeros de la misma causa. Cuando entra a la vivienda se da cuenta de que est en un centro operativo muy importante de la Triple A. Le presentan a una secretaria del jefe, que era Lpez Rega, y le comentan que all trabaja personal de las fuerzas armadas y de la Polica Federal. El teniente lleg al regimiento espantado, y me coment lo que haba visto. Le ped entonces que redactara por escrito lo que me contaba, para denunciarlo oficialmente al Comando en Jefe del Ejrcito. Por razones de seguridad le dije que no se identificara, que yo me haca cargo de la denuncia. Entonces elev, ese mismo da, el expediente a los efectos de que se investigara la posible participacin de oficiales de las fuerzas armadas en la banda terrorista. Me recibi el general Rosas, jefe de Operaciones del Estado Mayor del Ejrcito. Cuando lo ley me expres que era una cosa gravsima, que seguramente iba a tener una trascendencia enorme. A los dos o tres das me llama el general [Jorge Rafael] Videla, jefe de Estado Mayor, acompaado por dos o tres generales ms del organismo, entre los que estaban Surez Mason, Menndez y el mismo Rosas. Me dice entonces que tiene que elevar la denuncia al ministro de Defensa Savino, que era hombre de Lpez Rega, advirtindome que poda pasar cualquier cosa. Por supuesto, que decid seguir adelante con la denuncia. El Comandante General, que era el general Anaya, estaba en ese momento en el extranjero. A su vuelta es citado con urgencia por el ministro, quien le reprocha duramente el tenor de mi denuncia. A los dos o tres das el general Anaya fue relevado del cargo.'' (). (Al da siguiente) Me llam Lpez Rega a su despacho en Bienestar Social y me pregunt, poniendo detrs de m a gente armada, por qu lo haba denunciado. Casi llorando, jur ser inocente de todo, que lo nico que quera era la grandeza de la Patria, y que todo lo haca con ese ideal. No pas a mayores, pero yo haba tomado mis previsiones poniendo a granaderos armados en la puerta del despacho, por lo que pudiera ocurrir. Hasta Massera me felicit por la denuncia () Me convert entonces en una referencia entre los que haban sido atemorizados por la Triple A, y vinieron a verme varios periodistas y polticos con mucho miedo, y hasta el ministro Bentez, algo inaudito, me cont llorando que lo haban amenazado'. Al respecto, nos coment Juan Gabriel Labak: El coronel Sosa Molina entreg a los ex custodios de Lpez Rega a la polica. El hijo del coronel, no sabe quin hizo la denuncia judicial del arsenal descubierto por el teniente Segura en la avenida Figueroa Alcorta. Lo cierto es que alguien denunci el hecho y la causa qued radicada en el juzgado Federal Penal del doctor Tefilo Lafuente. Dicho juez requiri por oficio al Ejrcito que entregara todos los antecedentes del caso. El general Videla, que ya era el comandante en jefe de esa Fuerza, guard silencio sobre el requerimiento judicial. Lafuente se vio obligado a enviar un segundo oficio reiterando su pedido, el cual tambin obtuvo como respuesta la tozuda negativa de Videla a revelar la verdad. El juez cumpli su deber: envi un tercer oficio al futuro golpista conminndolo a responder bajo apercibimiento de hacerle juicio por desobediencia. Recin ah el general Videla respondi que no dara los datos requeridos porque, se trata de una operacin secreta sobre la cual debe guardarse total confidencialidad. (Ver imagen del descargo de Videla).

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O NContina ms adelante Sosa Molina: El 28 de agosto de 1975 la presidenta Mara Estela Martnez de Pern, despus de una grave insubordinacin de los altos mandos desconociendo al comandante general, Alberto Numa Laplane, y en consecuencia la propia autoridad presidencial, design al frente del Ejrcito al general Videla, y como jefe de Estado Mayor al general Roberto Eduardo Viola.Que con este testimonio, el ex abogado de la Seora de Pern, Dr. labak concluy que: 1. - La Triple A, sin ningn lugar a dudas, fue un operativo militar, pensado y ejecutado por la cpula del Ejrcito. 2. - El arsenal de la Triple A es descubierto por el teniente Segura en abril de 1975, y lo actuado por Sosa Molina abarca desde ese mes hasta junio del mismo ao. Lpez Rega es eliminado del gobierno en julio de 1975, pero con posterioridad continan las atrocidades de la Triple A con ms virulencia y frecuencia que antes, ya sin Lpez Rega en el gobierno, lo cual prueba que esa organizacin macabra no era de Lpez Rega, sino de otros Que al respecto, interesa sobremanera la afirmacin que hace el ex montonero y duro calumniador de Pern, Miguel Bonasso, sobre este tema en su citado libro (pg.614): Tras la huida de Lpez Rega y sus policas, la Triple A dej de operar, pero siguieron apareciendo cadveres ametrallados y dinamitados. Sin firma. O con el nuevo sello Comando Libertadores de Amrica. 3. La Seora Pern era ajena a los crmenes que desde 2007 se le adjudican. Que El testimonio de Sosa Molina, debemos conciliarlo con la coincidente declaracin testimonial del Dr. Jos A. Deheza, en el juicio penal que se sigui a los militares responsables del llamado Proceso de Reorganizacin Nacional, quien fuera citado por su condicin de ex Fiscal Federal de primera y segunda instancia, y como posterior ministro de Justicia y Defensa de la Nacin, previo al golpe de estado.[footnoteRef:22] [22: El tribunal que juzg y conden a los sucesivos miembros de la Junta Militar fue la Cmara Nacional Federal de Apelaciones en lo Penal y Correccional, la cual estuvo integrada: Presidente: Dr. Len Carlos Arslanian; vocales: Dres. Ricardo Gil Lavedra, Andrs DAlessio, Guillermo Ledesma, Jorge Valerga Aroz y Jorge Torlasco. ]

Por otra parte cabe considerar tambin: Que el Dr. Deheza cuando fue preguntado por la Triple A, niega que la organizacin haya sido apaada por el gobierno constitucional y para ello relata el episodio acaecido en la Av. Figueroa Alcorta. Relata el ex ministro de Defensa y de Justicia, que el episodio fue comunicado por el Teniente al Jefe de Granaderos a Caballo (Jorge Sosa Molina), quien a su vez elev un informe al comandante en Jefe del Ejrcito, que en ese entonces era el Teniente General Anaya. ste ltimo (siempre segn Deheza y coincidente con el relato de Sosa Molina que fue posterior a la declaracin del ex ministro), mand un memorndum al ministro de Defensa Sabino y ste previa consulta con la Presidente de la Repblica, Seora de Pern, remiti ese memorndum a la Justicia Federal, siendo recibido por el juez de turno, en ese entonces el Dr. Tefilo Lafuente. Es decir que el gobierno Constitucional de la Seora de Pern, denunci la existencia de un reducto que, segn manifestaciones de este suboficial y del oficial, perteneca a la triple A. Que termina Deheza contando que el Dr. Lafuente, como el memorndum no deca el nombre del oficial que haba protagonizado el episodio, dirigi un oficio al Comando en Jefe, pidiendo con urgencia que se le comunicara el nombre y el domicilio de este oficial, para ser citado como testigo. Pas el tiempo y al no recibir respuestas debi mandar dos oficios ms al Comandante en Jefe con la advertencia de que iba a ser procesado por desobediencia en caso de no contestarle. Finalmente el Comandante en Jefe contesta con un oficio en el que se ampara en el silencio propio de un riguroso secreto militar.[footnoteRef:23] [23: Dice Deheza:Aos ms tarde, en un debate que tuve con el Seor Germn Lpez en la Universidad de Belgrano, una persona del pblico me pregunt concretamente sobre la Triple A y le relat lo que acabo de relacionar y le dije que ese elemento de juicio era ms que suficiente, empleando el sentido comn, la lgica elemental, para llegar a la conclusin de que el Ejrcito no era en absoluto ajeno a la organizacin y a la actuacin de la Triple A, cuyos procedimientos los ampla en escala, en gran escala, cuando usurp el poder el 24 de marzo de 1976. A raz de mi relato, algo public algn diario de la Capital. Entonces me llam el juez Dr. Dibur para que prestara declaracin como testigo en la causa que vena de aquel entonces, de la poca en que el Dr. Lafuente la haba iniciado. Le relat lo mismo al Dr. Dibur y le expres mi preocupacin de cmo era posible que no se pudiera conocer el nombre del oficial, que era la punta del hilo para desentraar esta terrible organizacin terrorista de extrema derecha. El Dr. Dibur me dijo que haba averiguado el nombre de ese oficial, pero que cuando vino a declarar se haba amparado en el secreto militar, o que mientras no fuera relevado de ese secreto l no poda declarar.Despus me enter su nombre, creo que era el mayor o capitn Segura, que falleci en un accidente de aviacin. () A esta actuacin de la llamada Triple A, nosotros en la Justicia, siendo fiscal de Cmara, los Jueces Federales de aquel entonces, en especial el Dr. Nocetti Fasolino y el Dr. Lafuente, la combinamos con toda energa y con todos los medios que estaban a nuestro alcance, con posteridad al 76, la guerra subterrnea me parece que es un hecho suficientemente notorio como para que yo me explaye en el mismo.]

Que como corolario de lo expuesto y que ilustra sobremanera el absurdo de los argumentos militaristas sobre el accionar de la Triple A, cabe mencionar que el Poder Ejecutivo Nacional del Proceso Militar iniciado en 1976, edit el 30 de noviembre de 1979 un ingente libro titulado: El terrorismo en la Argentina Evolucin de la delincuencia terrorista en Argentina.[footnoteRef:24] Dicho material, era enviado a cuantiosas y diversas embajadas europeas, con el fin de establecer forneamente como moralejas, que los militares usurpadores del poder constitucional procedieron mesinicamente como salvadores de la Patria de un poder subversivo que haca estragos en todo el pas y que nadie antes pudo aniquilar. En la pgina 175 de dicho documento se enumeran cien homicidios (nmero redondo), supuestamente en manos de la organizacin Triple A, segn la publicacin rgano parapolicial del Peronismo. Lo cierto, es que el documento enuncia entre los supuestos ultimados (circunscribindose a las versiones de izquierda), por dicha organizacin, al Padre Mugica, el cual en mi citada obra sostengo probatoriamente que sus verdaderos homicidas fueron guerrilleros. Por otra parte se establece una nueva disparidad en el nmero de presuntos asesinados por dicha tambin presunta organizacin de extrema derecha. Y adems, tambin cabe destacar, que la publicacin de marras para conjeturar el nmero redondo, incluye un sinnmero de cadveres N.N. Si las Fuerzas Armadas, incluyeron a esos restos no identificados como asesinados por la Triple A, hay que inferir inexorablemente que los uniformados conocan la identidad de esos cadveres (si es que existieron), y a sus responsables, adems de las motivaciones criminales. El colmo del absurdo es que la publicacin cierra su lista, enunciando cinco nombres de ciudadanos chilenos, los cuales el documento reconoce que fueron acribillados el 14 de abril de 1975 por el Ejrcito Revolucionario del Pueblo, pero lo integran en la lista de muertos por la Triple A. En la introduccin de la publicacin, el documento nuevamente responsabiliza de todo lo acontecido durante el periodo constitucional peronista, al ex ministro de Bienestar Social Lpez Rega. Pero paradjicamente a diferencia de lo que declararan despus los comandantes, el libro de marras manifestaba que la Triple A, no tena una estructura coordinada, sino que actuaba espontneamente a modo de venganzas personales por los crmenes de la ultra izquierda a los sindicalistas. El absurdo radica, en que si la Triple A segn los comandantes no era una organizacin celular, por consiguiente no configuraba ninguna asociacin ilcita, sino que inflexiblemente haba responsabilidades individuales de esos supuestos crmenes. [24: Documento archivo del autor; biblioteca personal.]

Tambin cabe considerar: Que el ex Montonero Gonzalo Lenidas Chvez, sentenci recientemente que Jos Lpez Rega, nunca fue el mximo jefe de la Triple A, y que dicha organizacin siempre estuvo bajo el control operacional de los servicios de inteligencia de las Fuerzas Armadas.[footnoteRef:25] [25: Publicado el 10 de junio e 2013 en Buenos Aires por la agencia de noticias Telam. Confr. http://nomeolvidesorg.com.ar/wpress/?p=2033 ]

Que entre los ejemplos que ofrece el investigador platense Gonzalo Chvez para respaldar su hiptesis de que la Triple A siempre estuvo controlada por los servicios de inteligencia de las Fuerzas Armadas, hay algunos producto de su observacin directa: el 13 de enero de 1976 en Propulsora Siderrgica, lo que despus sera Siderca, en Ensenada, fueron secuestrados dos delegados, Salvador El Pampa Delturi, de 32 aos y Juan Carlos Scafide, de 28, supervisor, militante del Partido Socialista de los Trabajadores (PST). Aparecieron muertos al otro da en un arroyo de Ignacio Correa, cerca del Pozo de Arana. Delturi haca poco tiempo que se haba ido del Partido Comunista e ingresado al PRT. Al otro da hay asamblea en la fbrica y se decide hacer un paro. La coordinadora de gremios y comisiones internas en lucha de La Plata, Berisso y Ensenada llaman a un paro regional. Pararon los astilleros (Ro Santiago), la Petroqumica General Mosconi, Indeco, Kaiser Aluminio, las empresas ms importantes, relata Chaves. Al otro da, cinco mil trabajadores fueron al entierro de Carlitos Scafide. A la salida, camiones del Ejrcito los pararon, revisaron y detuvieron a algunos.Tres de estos detenidos, de los astilleros, fueron llevados a la U-9 de La Plata, la Crcel Modelo. Fueron liberados recin el 19 de febrero. Fueron ngel Gogo De Charras, de la seccin montaje, Silvio Marote, de maniobras, y el tcnico Alcides Mndez Paz. Inmediatamente son secuestrados y desaparecidos. Cuando ocurri ya estaba en ejecucin el decreto de aniquilamiento (de la subversin, firmado por el presidente provisional talo Luder y sus ministros) y todas las fuerzas policiales y de seguridad estaban subordinadas a los militares y bajo su estricto control. El presidente de los astilleros era el capitn Enrique Carranza. Los llam, les pidi disculpas por lo que haba pasado y les dio dos meses de licencia. Marote y De Charras evitaron volver a sus casas, Mndez Paz no y esa misma noche lo secuestraron. (Chvez; SIC). Ensenada era territorio de la Marina, continu este autor, al tiempo que agreg: El 19 de marzo, a menos de cinco das del golpe, secuestraron a tres trabajadores de los Astilleros, Fortunato Agustn Nato Andreucci, de 55 aos; Jorge Pedro Gutzo, de 40, delegado, y Jos Luis Lucero, de 29. Al da siguiente aparecieron acribillados en Abasto, a la salida de La Plata. () el 22 de marzo, dos das antes del golpe, un grupo fuertemente armado fue a la casa de Rodolfo Agoglia, en City Bell, dnde haba y hay un cuartel del Ejrcito. Como Agoglia, que haba sido delegado interventor en la Universidad Nacional de La Plata, puesto por el presidente (Hctor) Cmpora, no estaba, sacaron a la calle a su hijo a la calle, un pibe que militaba en la Juventud Peronista, y lo mataron delante de su familia. Despus pusieron una bomba que tir media casa abajo y se fueron. Que segn los juicios del mencionado, tamao despliegue slo se pudo hacer gozando de un rea libre o zona militar por parte de las autoridades militares. Cabe destacar no obstante, que Chvez igualmente acusa a Lpez Rega de haber sido un asesino serial, pero en sus declaraciones no brinda las razones de su sentencia, en una de cal y otra de arena. No obstante sus restantes apreciaciones, valen la pena considerarlas, sobre todo vinculando a la fuerza de la Triple A, con la Doctrina Francesa que luego se funciona con la norteamericana Doctrina de Seguridad Nacional, operando en nuestro pas desde 1961.

Sobre EL ASUNTO LPEZ REGA, debese considerar: Que desde los ltimos aos ha estado en auge hablar de la Triple A y Lpez Rega, como una suerte de colgarle un sambenito al Peronismo. Pocas veces se habla de las grandes medidas revolucionarias que implic el Justicialismo en cuanto a poltica nacional o como filosofa prctica de la vida. Vaya si el Peronismo tendr con qu enorgullecerse! [footnoteRef:26] [26: no obstante hay una innegable realidad: si los polticos post 1976, tendran una mquina para resucitar personas, estoy seguro que antes de resucitar al propio Teniente General Juan Domingo Pern, reanimaran a su ex ministro Jos Lpez Rega. La explicacin es muy simple: porque fueron y son enemigos del Peronismo, y para ello se lo intenta golpear desde los puntos ms vulnerables, sea por cuestiones reales, o, en su defecto, inventadas que hayan logrado calar en el ambiente social e histrico.]

La realidad, como nica verdad, nos dice que el peronismo debe aprender de las enseanzas del propio General. l en su exilio, fue hartamente recriminado por mltiples remitentes de misivas, quienes adjudicaban la responsabilidad de la cada del gobierno Peronista en 1955 a muchos de sus ministros. Pern por su parte, cosa que ha explicado hasta su muerte, siempre se manifest en respaldarlos hasta que se demuestre lo contrario. Ya en 1956, le contestaba al Padre Hernn Bentez (cuando este le replicaba sobre el entorno ministerial que rodeaba a Pern):los simuladores y los calumniadores que pretenden justificar su conducta en la mala conducta de los dems, pierden su tiempo, porque la mentira tiene las piernas cortas. () Toda la infamia que estos falsarios han desparramado sobre nuestros hombres, no justificar jams las infamias que ellos estn cometiendo, desde que el mal de los dems no explica jams el propio mal.[footnoteRef:27] [27: Carta de Pern, al Padre Herman Bentez, fechada en Caracas, el 6 de noviembre de 1956.]

Muchos me han de haber juzgado por las calumnias y las mentiras de los que aun creen que se puede hacer una realidad con falsedades, sin percatarse que la realidad es siempre la verdad (). Ello me ha persuadido de que mis hombres y mis ministros han sido tambin objeto de la vil calumnia de nuestros enemigos, y mantengo mi fe en ellos hasta que se me demuestre lo contrario. No son de los que creen que mis hombres han sido malos porque lo dice la gente y menos aun la gente interesada. Yo no tengo derecho a dudar de ellos ahora y no me siento ecunime para establecer un juicio que podra ser aventurado e indigno de m. La autocrtica reside en esa ecuanimidad, porque de lo contrario se convierte en calumnia o murmuracin. Yo he aprendido en la vida a tener fe en los hombres hasta que me engaan y no puedo probar que mis hombres me hayan engaado. Si muchos de ellos han defeccionado en la hora de la prueba, ni siquiera eso puede probar que antes hayan sido malos. ()Si yo no me atrevo a juzgar an a mis hombres, cuando he vivido con ellos y los conozco como nadie puede conocerlos, cmo podra aceptar el juicios aventurado de los que los condenan sin conocerlos. Entre los mil peligros que tiene el Gobierno, uno hay que es el ms terrible: la ingratitud. Ello se produce por la facilidad con que somos juzgados los que trabajamos de buena fe, frente a la injusticia y la mala fe de los dems. Por eso no me atrevo a juzgar, aun con la extraordinaria experiencia que me dan los aos, los xitos y los fracasos.S que muchos habrn procedido mal, pero de su conciencia responden ellos, en tanto de la ma respondo yo acorde a lo que les orden que hagan. ()A m y a mis hombres se nos ha acusado de todo pero no han podido probar nada.[footnoteRef:28] [28: Carta de Pern, al Padre Herman Bentez, fechada en Caracas, el 19 de mayo de 1957.]

Que existen sabias palabras del General Pern, imperiosas para traerlas a colacin. En noviembre de 1973, la denominada Juventud Trabajadora Peronista, organiz un acto en el que cuestionaba la ley de asociaciones profesionales. Ante ello Pern no solo que en la CGT ratifica la ley, sino que a la provocacin de los cuestionadores les responde: Observen ustedes. Contra Pern no trabaja nadie. El tiro es contra nuestras organizaciones. Cuando alguno quiere atacarlo a Pern, ataca a un dirigente que est con l, O A UN MINISTRO, o a un compaero. Pero yo s que el tiro est dirigido a m. Desde afuera se utilizan a hombres que pagan o a idiotas tiles. Las palabras de Pern huelgan y creo que debiera aplicarse analoga al tratar el tema del ex ministro Jos Lpez Rega. Que el 21 de julio de 1973, una numerosa caravana de Montoneros pretendi ir a presionar a Pern a su domicilio de Gaspar Campos. Para demostrar su supuesto poder, stos en su mayora fueron portando armas de fuego, mientras caminaban al grito de: Pern, el pueblo te lo ruega; queremos la cabeza del traidor de Lpez Rega. Se va a acabar, se va acabar, la burocracia sindical. Pern, Pern, el brujo al paredn. El pueblo ya lo dice, Cmpora es el vice. Cuando llegaron al lugar una vez ms se demostr que Pern tena el poder no slo en Madrid, sino tambin en Argentina: a la congregacin la recibi Juan Esquer, jefe de la custodia del General Pern quien les trasmiti que Pern estaba en Olivos, por lo que Esquer los invit a llevarlos a los dirigentes hacia all. Los dems se quedaron en la calle viendo donde meterse las armas que portaban Que a la Residencia de Olivos, trasladados por Esquer, concurrieron Alberto Ahumada, Juan Carlos An, Carlos Lizaso y Juan Carlos Dante Gullo. Conforme a sus deseos (o no tanto); los recibi finalmente el Teniente General Pern, pero rodeado del entonces presidente Lastiri, el ministro Lpez Rega y Mara Estela de Pern. Que los concurrentes interpelaron a Pern acusando altisonantemente a Lpez Rega, a Osinde, a Norma Kennedy, Alberto Brito Lima, y a Julio Yessi, que este sector ortodoxo les haba proscripto la comunicacin con el jefe poltico mientras estaba exiliado en Madrid. Lpez Rega refut minimizando las acusaciones pero se gener un ambiente de tensin que el propio Pern debi finiquitar: desde la propia Secretara de Prensa y Difusin de la Nacin, mand de inmediato a ratificar su absoluta confianza al ministro Lpez Rega a quien design enlace directo entre l y la juventud, a los efectos de canalizar todas las inquietudes que pueda tener ese sector. Los miembros de la delegacin (conclua el documento), le hicieron saber que acataban la verticalidad que era norma del movimiento.[footnoteRef:29] [29: Confr. Acua, Carlos Manuel: Por amor al odio, crnicas de guerra: de Cmpora a la muerte de Pern. Tm II. Ediciones del Prtico. Bs. As. 2003. Pg. 299..]

Que ni bien despedidos de Olivos por Pern, Montoneros brind una versin tergiversada de la lo verdaderamente dispuesto en la reunin, declarando que entre la Juventud Peronista y Pern no habra intermediarios al tiempo que denunciaron ante Pern, el entorno y el cerco al que estara sometido. Pero para poca gracia de los tendenciosos, acuciantemente los pormenores de la reunin fueron impresos en sendos comunicados oficiales de la Secretara de Prensa y Difusin de la Nacin; los cuales establecan la directiva de Pern de ratificar a Lpez Rega y nombrarlo, incluso, intermediario ante la JP. Que retomando la cuestin Lpez Rega, es capcioso pensar que toda la responsabilidad de la desgracia argentina no puede recaer en un hombre que solo estuvo un ao y un mes en un ministerio, durante el cual logr una revolucionaria obra poltica y social pocas veces vistas en el pas, cosa que se mantiene desmemoriada en la conciencia social. Que por una cuestin de justicia histrica las otras campanadas de la historia merecen ser contadas. Se omite decir por ejemplo, que Lpez Rega en la dcada del 80, se entrega de motus propio en los Estados Unidos, faltando meses para que venciera el plazo de la orden judicial que le impeda viajar a Suiza. Ante los estrados judiciales norteamericanos que deban determinar si aceptaran o no la extradicin del acusado a Argentina, fueron alegatos del ex ministro: soy un hombre religioso, un hombre sensible, y un hombre de estudio. Toda mi vida la dediqu al servicio de mi Patria. Fui un polica honrado por mi pas. Cmo voy a tener antecedentes criminales? Nunca fue intencin ma huir de mi Patria. Ocurri que en verdad yo era el mayor inconveniente para el golpe de estado que se estaba preparando. Y los militares armaron una trampa. Le dijeron a la Seora de Pern que me iban a matar si yo no me iba de la residencia Presidencial, si yo no me iba inmediatamente del pas. Y entonces la Seora me llam con lgrimas en los ojos y me advirti: por favor vyase! Porque lo quieren matar y yo no quiero eso. Yo le pregunt si me lo deca como Presidente o como amiga. Y me respondi: -se lo digo como Presidente y amiga, por el amor de Dios vyase. Y para que no saliera como un ladrn escondido me design embajador plenipotenciario para hacer estudios econmicos y financieros en relacin con posibles inversiones en el pas. Lpez termina su relato diciendo que era inocente y que estaba listo para presentarse ante Dios cuando l quiera. Que llama la atencin el gasto presupuestario del estado argentino para con la causa contra Lpez. El gobierno de Alfonsn envi a tres fiscales para continuar con la causa contra Lpez Rega: Anbal Ibarra por la Triple A; Juan Carlos Rodrguez Basavilbaso por la causa de los fondos reservados, y Alberto Belardi por la causa de la Cruzada de Solidaridad, sta ltima con notorios indicios de haber sido una causa manifiestamente inventada por la Junta Militar para mantener secuestrada a la Presidente y sus leales. Hacia 1983, la inocencia de la ex Presidente y sus dependientes sobre ste asunto, no era secreto a voces, e inclusive toda la Nacin ya saba que era una causa polticamente inventada. N