8 gubernamental 2.pdf

Upload: giancarlo-medina

Post on 26-Feb-2018

223 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    1/382

    MANUAL DE CONTABILIDAD

    GUBERNAMENTALLTIMA ACTUALIZACINEnero/2015

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    2/382

    INDICE DE CAPTULOS

    INTRODUCCIN

    CAPTULO I

    ASPECTOS GENERALES DE LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

    CAPTUL O II

    FUNDAMENTOS METODOLGICOS DE LA INTEGRACIN Y PRODUCCIN

    AUTOMTICA DE INFORMACIN FINANCIERA

    CAPTULO III

    PLAN DE CUENTAS

    CAPTULO IV

    INSTRUCTIVOS DE MANEJO DE CUENTAS

    CAPTULO V

    MODELO DE ASIENTOS PARA EL REGISTRO CONTABLE

    CAPTULO VI

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    3/382

    INTRODUCCIN

    Con fundamento en los Artculos 7 y Cuarto Transitorio, fraccin II, de la LeyGeneral de Contabilidad Gubernamental, los poderes Ejecutivo, Legislativo yJudicial de la Federacin y Entidades Federativas; las entidades y los rganosAutnomos debern adoptar e implementar, con carcter obligatorio, el

    Acuerdo por el que se emite elManual de Contabi l idad Gubernamental,considerando lo antes sealado, el rgano de Fiscalizacin Superior del Estadode Veracruz de Ignacio de la Llave adopta y emite el Manual de ContabilidadGubernamentala que hace referencia el Artculo Tercero Transitorio, fraccin IIIde la citada Ley.

    De acuerdo con la Ley de Contabilidad, el manual es el documento conceptual,metodolgico y operativo que contiene, como mnimo, su finalidad, el marco

    jurdico, lineamientos tcnicos, la lista de cuentas, los instructivos para el manejode las cuentas, las guas contabilizadoras y la estructura bsica de los principales

    estados financieros a generarse en el sistema. En complemento, y conforme a losealado por el Cuarto Transitorio de dicha Ley, tambin formarn parte delmanual las matrices de conversin con caractersticas tcnicas tales que, a partir

    de clasificadores presupuestarios, listas de cuentas y catlogos de bienes oinstrumentos similares que permitan su interrelacin modular, generen el registroautomtico y por nica vez de las transacciones financieras en los momentos

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    4/382

    presupuestarias o de cualquier otra fuente. En el Manual no se efecta unadescripcin integral de los procesos administrativos/financieros y de los eventosconcretos de los mismos que generan los registros contables. Cabe destacar que,tanto en el Modelo de Asientos como en las Guas Contabilizadoras, se incluyenlos principales procesos que motivan los registros contables.

    La parte metodolgica est desarrollada de acuerdo con las operaciones que,fundamentalmente, realiza el ORFIS, mismo que podr abrir las subcuentas yotras desagregaciones que requieran para satisfacer sus necesidades operativaso de informacin gerencial, a partir de la estructura bsica del plan de cuentas,conservando la armonizacin con los documentos emitidos por el CONAC.

    Los contenidos de este Manual, se complementar con las principales reglas delregistro y valoracin de patrimonio, de manera tal que con ambos instrumentos seconcluyen las bases tcnicas estructurales y funcionales de la contabilidadgubernamental.

    A los contenidos del Manual corresponde adicionar las normas o lineamientosespecficos que emita la autoridad competente en materia de contabilidad

    gubernamental en el Estado.

    As, el presente documento se integr de 7 Captulos y un Anexo. A continuacin

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    5/382

    facilitar el registro nico de las operaciones presupuestarias y contables, realizadoen forma automtica al momento en que ocurran los eventos de los procesosadministrativos que les dieron origen, de manera que se disponga en tiempo realde estados sobre el ejercicio del Presupuesto de Egresos y la Ley de Ingresos, ascomo contables y econmicos.

    Por su parte, el Captulo III Plan de Cuentas:presenta a partir de la estructura ycontenido aprobado por el CONAC, una versin actualizada, adicionando suscorrespondientes descripciones hasta el cuarto nivel de apertura. Este Plan deCuentas fue elaborado sobre las bases legales y tcnicas establecidas por la Leyde Contabilidad, el Marco Conceptual y los Postulados Bsicos que rigen lacontabilidad gubernamental, as como en atencin a las propias demandas de

    informacin de los entes pblicos no empresariales.

    Adicionalmente, para dar cumplimiento a la norma legal que establece laintegracin automtica del ejercicio presupuestario con la operacin contable, se

    requiere que parte de las cuentas que integran el Plan de Cuentas seanarmonizadas hasta el quinto nivel de desagregacin (Subcuentas). Con tal motivose incluye dicha desagregacin en los casos correspondientes.

    En el Captulo IV Instructivo de Manejo de Cuentas: se dan a conocer lasinstrucciones para el manejo de cada una de las cuentas que componen el Plan

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    6/382

    relevante y habitual del ORFIS que tiene impacto sobre su patrimonio. El modelopresenta en primer lugar los asientos relacionados con el ejercicio de la Ley deIngresos y del Presupuesto de Egresos, que se generan automticamentemediante la matriz de conversin; contina con las no presupuestarias y lospropios de las operaciones de financiamiento, para despus culminar con elmodelo de asientos por partida doble de las operaciones presupuestarias.

    En cuanto al Captulo VI Guas Contabilizadoras: su propsito es orientar elregistro de las operaciones contables a quienes tienen la responsabilidad de suejecucin, as como para todos aquellos que requieran conocer los criterios que seutilizan en cada operacin. En dichas guas los registros se ordenan por procesoadministrativo/financiero y se muestra en forma secuencial los asientos contables

    que se deben realizar en sus principales etapas. Es importante mencionar que elManual se mantendr permanentemente actualizado mediante la aprobacin denuevas Guas Contabilizadoras, motivadas por el surgimiento de otrasoperaciones administrativo/financieras o por cambios normativos posteriores que

    impacten en los registros contables.

    Por ltimo, en el Captulo VII: Normas y metodologa para la emisin de

    informacin financiera y estructura de los estados financieros bsicos delente pblico y caractersticas de sus notas: incorpora en forma integral lanueva versin ajustada y actualizada, misma que muestra los estados e

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    7/382

    CAPTULO IASPECTOS GENERALES DE LA

    CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    8/382

    CONTENIDO

    A. ANTECEDENTES SOBRE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

    B. FUNDAMENTO LEGAL DE LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL EN

    MXICO

    C. EL SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

    D. LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y LOS ENTES PBLICOS

    E. LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL, LA CUENTA PBLICA Y LA

    INFORMACIN ECONMICA

    F. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

    G. PRINCIPALES USUARIOS DE LA INFORMACIN PRODUCIDA POR EL

    SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

    H. MARCO CONCEPTUAL DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD

    GUBERNAMENTAL

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    9/382

    A. ANTECEDENTES SOBRE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

    La Contabilidad Gubernamental es una rama de la Teora General de la

    Contabilidad que se aplica a las organizaciones del sector pblico, cuya actividad

    est regulada por un marco constitucional, una base legal y normas tcnicas que

    la caracterizan y la hacen distinta a la que rige para el sector privado.

    Las principales diferencias conceptuales, normativas y tcnicas entre la

    contabilidad gubernamental y la del sector privado son las siguientes:

    El objeto de la contabilidad gubernamental es contribuir entre otras a la

    economa de la hacienda pblica; en tanto que, las entidades del sector

    privado est orientada a la economa de la organizacin.

    El presupuesto para los entes pblicos representa responsabilidades

    formales y legales, siendo el documento esencial en la asignacin,

    administracin y control de recursos; mientras que, en las entidades

    privadas tiene caractersticas estimativas y orientadoras de su

    funcionamiento.

    El proceso de fiscalizacin de las cuentas pblicas est a cargo de los

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    10/382

    La informacin generada por la contabilidad gubernamental es de dominio

    pblico, integra el registro de operaciones econmicas realizadas con

    recursos de la sociedad y como tal, informan los resultados de la gestin

    pblica. En la empresa privada es potestad de su estructura organizativa,

    divulgar los resultados de sus operaciones y el inters se limita a los

    directamente involucrados con la propiedad de dicha empresa, excepto de

    las que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores.

    Con las excepciones anteriores, tanto la teora general de la contabilidad como las

    normas sobre informacin financiera que se utilizan para las actividades del sector

    privado son vlidas para la contabilidad gubernamental.

    La contabilidad de las organizaciones, tanto pblicas como privadas, forma parte,

    a su vez, de un macrosistema, que es el Sistema de Cuentas Nacionales. Este

    macrosistema contable consolida estados de todos los agentes econmicos

    residentes de un pas1y a stos con el Sector Externo en un perodo determinado

    y expone los resultados de las principales variables macroeconmicas nacionales

    o regionales2

    por lo que se requiere tambin de interrelaciones correctamentedefinidas entre ellos.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    11/382

    En dicho marco, el Congreso de la Unin aprob la Ley General de Contabilidad

    Gubernamental (Ley de Contabilidad) que rige en la materia a los tres rdenes de

    gobierno y crea el Consejo Nacional de Armonizacin Contable (CONAC).

    El Artculo 1 de la Ley de Contabilidad establece que sta es de observancia

    obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federacin, los

    estados y el Distrito Federal; los ayuntamientos de los municipios; los rganos

    polticoadministrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las

    entidades de la administracin pblica paraestatal, ya sean federales, estatales o

    municipales y los rganos autnomos federales y estatales.

    Por otra parte, asigna al CONAC el carcter de rgano de coordinacin para la

    armonizacin de la contabilidad gubernamental y lo faculta para la emisin denormas contables y lineamientos para la generacin de informacin financiera que

    aplicarn los entes pblicos.

    C. EL SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

    El Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG) est conformado por elconjunto de registros, procedimientos, criterios e informes estructurados sobre la

    base de principios tcnicos comunes destinados a captar, valuar, registrar,

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    12/382

    realizacin, independientemente de la de su pago, y la del ingreso se registrar

    cuando exista jurdicamente el derecho de cobro.

    D. LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y LOS ENTES PBLICOS

    La Ley de Contabilidad identifica a los entes pblicos de cada orden de gobierno e

    instituye las normas y responsabilidades de los mismos con respecto a la

    contabilidad gubernamental.

    El Artculo 4 fraccin XII de la Ley de Contabilidad, establece que son Entes

    pblicos: los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federacin y de las

    entidades federativas; los entes autnomos de la Federacin y de las entidades

    federativas; los ayuntamientos de los municipios; los rganos poltico-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y las

    entidades de la administracin pblica paraestatal, ya sean federales, estatales o

    municipales.

    Por su parte, el Artculo 2 dispone que Los entes pblicos aplicarn la

    contabilidad gubernamental para facilitar el registro y la fiscalizacin de los activos,pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economa y

    eficiencia del gasto e ingresos pblicos, la administracin de la deuda pblica,

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    13/382

    E. LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL, LA CUENTA PBLICA Y LA

    INFORMACIN ECONMICA

    La Ley de Contabilidad tambin determina la obligacin de generar informacin

    econmica, entendiendo por sta, la relacionada con las finanzas pblicas y las

    cuentas nacionales. La norma ms clara al respecto, est contenida en el Artculo

    46 donde se establece que la contabilidad de los entes pblicos permitir la

    generacin peridica de la siguiente informacin de tipo econmico:

    Un flujo de fondos que resuma todas las operaciones y los indicadores de

    la postura fiscal.

    Informacin complementaria para generar las cuentas nacionales y atenderotros requerimientos provenientes de organismos internacionales de los

    que Mxico es miembro.

    Asimismo, cabe destacar lo establecido en el Artculo 53 de la Ley de Contabilidad

    respecto a los contenidos mnimos que debe incluir la Cuenta Pblica del

    Gobierno Federal, entre los que seala: el Anlisis cualitativo de los indicadoresde la postura fiscal, estableciendo su vnculo con los objetivos y prioridades

    definidos en la materia, en el programa econmico anual.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    14/382

    F. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

    El CONAC mediante la aprobacin del Marco Conceptual ha establecido como

    objetivos del Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG) los siguientes:

    a) Facilitar la toma de decisiones con informacin veraz, oportuna y confiable,

    tendiente a optimizar el manejo de los recursos;

    b) Emitir, integrar y/o consolidar los estados financieros, as como producir

    reportes de todas las operaciones de la Administracin Pblica;

    c) Permitir la adopcin de polticas para el manejo eficiente del gasto,

    orientado al cumplimiento de los fines y objetivos del ente pblico;

    d) Registrar de manera automtica, armnica, delimitada, especfica y en

    tiempo real las operaciones contables y presupuestarias propiciando, con

    ello, el registro nico, simultneo y homogneo;

    e) Atender requerimientos de informacin de los usuarios en general sobre lasfinanzas pblicas;

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    15/382

    b) Facilitar el control interno y externo de la gestin pblica para garantizar

    que los recursos se utilicen en forma eficaz, eficiente y con transparencia;

    c) Informar a la sociedad, los resultados de la gestin pblica, con el fin de

    generar conciencia ciudadana respecto del manejo de su patrimonio social

    y promover la contralora ciudadana.

    Desde el punto de vista del ORFIS, el SCG se propone alcanzar los siguientes

    objetivos:

    a) Registrar de manera automtica, armnica, delimitada, especfica y en

    tiempo real las operaciones contables y presupuestarias propiciando, conello, el registro nico, simultneo y homogneo;

    b) Producir los estados e informacin financiera con veracidad, oportunidad y

    confiabilidad, con el fin de cumplir con la normativa vigente, utilizarla para la

    toma de decisiones por parte de sus autoridades, apoyar la gestin

    operativa y satisfacer los requisitos de rendicin de cuentas y transparenciafiscal;

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    16/382

    b) Producir la Cuenta Pblica de acuerdo a los plazos legales;

    c) Producir informacin econmica ordenada de acuerdo con el sistema de

    estadsticas de las finanzas pblicas;

    d) Coadyuvar a generar las cuentas del Gobierno Central del Sistema de

    Cuentas Nacionales.

    G. PRINCIPALES USUARIOS DE LA INFORMACIN PRODUCIDA POR EL

    SCG

    Entre los principales usuarios de la informacin que produce el SCG, se identifican

    los siguientes:

    a) El H. Congreso de la Unin y las legislaturas de las entidades federativas

    que requieren de la informacin financiera para llevar a cabo sus tareas de

    fiscalizacin;

    b) Los responsables de administrar las finanzas pblicas nacionales, estatalesy municipales;

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    17/382

    g) Los rganos financieros nacionales e internacionales que contribuyen con

    el financiamiento de programas o proyectos;

    h) Analistas econmicos y fiscales especialistas en el seguimiento y

    evaluacin de la gestin pblica;

    i) Entidades especializadas en calificar la calidad crediticia de los entes

    pblicos;

    j) Los inversionistas externos que requieren conocer el grado de estabilidad

    de las finanzas pblicas, para tomar decisiones respecto de futuras

    inversiones;

    k) La sociedad civil en general, que demanda informacin sobre la gestin y

    situacin contable, presupuestaria y econmica de los entes pblicos y de

    los diferentes agregados institucionales del Sector Pblico.

    H. MARCO CONCEPTUAL DEL SCG

    El Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental (MCCG), desarrolla los

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    18/382

    b) Respaldar tericamente la emisin de las normas generales y guas

    contabilizadoras, evitando con ello la emisin de normas que no sean

    consistentes entre s;

    c) Establecer un marco de referencia para aclarar o sustentar tratamientos

    contables;

    d) Proporcionar una terminologa y un punto de referencia comn entre los

    diseadores del sistema, generadores de informacin y usuarios,

    promoviendo una mayor comunicacin entre ellos y una mejor capacidad de

    anlisis.

    En tal sentido, el Artculo 21 de la Ley de Contabilidad establece que Lacontabilidad se basar en un marco conceptual que representa los conceptos

    fundamentales para la elaboracin de normas, la contabilizacin, valuacin y

    presentacin de la informacin financiera confiable y comparable para satisfacer

    las necesidades de los usuarios y permitir ser reconocida e interpretada por

    especialistas e interesados en la finanzas pblicas.

    La Ley establece como una de las atribuciones del CONAC la de emitir el marco

    conceptual. Al efecto,con fecha 20 de agosto de 2009, fue publicado el acuerdo

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    19/382

    d) Armonizar la generacin y presentacin de la informacin financiera que

    permita:

    Rendir cuentas de forma veraz y oportuna;

    Interpretar y evaluar el comportamiento de la gestin pblica;

    Sustentar la toma de decisiones; y

    Apoyar las tareas de fiscalizacin.

    El MCCG se integra por los apartados siguientes:

    I. Caractersticas del Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental;

    II. Sistema de Contabilidad Gubernamental;

    III. Postulados Bsicos de Contabilidad Gubernamental;IV. Necesidades de informacin financiera de los usuarios;

    V. Cualidades de la informacin financiera a producir;

    VI. Estados presupuestarios, financieros y econmicos a producir y sus

    objetivos;

    VII. Definicin de la estructura bsica y principales elementos de los estados

    financieros a elaborar.

    Las normas que se refieren a la valoracin de los activos y el patrimonio de los

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    20/382

    a) La Normatividad emitida por las unidades administrativas o instancias

    competentes en materia de Contabilidad Gubernamental;

    b) Las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Pblico (NICSP)

    emitidas por la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector

    Pblico (International Public Sector Accounting Standards Board,International Federation of Accountants IFAC), entes en materia de

    Contabilidad Gubernamental;

    c) Las Normas de Informacin Financiera del Consejo Mexicano para la

    Investigacin y Desarrollo de Normas de Informacin Financiera (CINIF).

    Tanto las normas emitidas por el IFAC como las del CINIF, si bien forman parte

    del marco tcnico a considerar en el desarrollo conceptual del SCG, deben ser

    estudiadas y, en la medida que sean aplicables, deben ser puestas en vigor

    mediante actos administrativos especficos.

    I. POSTULADOS BSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

    De conformidad con el Artculo 22 de la Ley de Contabilidad, Los postulados

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    21/382

    Cabe destacar que con fecha 20 de agosto de 2009, fue publicado el Acuerdo por

    el cual el CONAC emite los Postulados Bsicos de Contabilidad Gubernamental,

    disponiendo que deben ser aplicados por los entes pblicos de forma tal que la

    informacin que proporcionen sea oportuna, confiable y comparable para la toma

    de decisiones.

    A continuacin se presentan y explican los Postulados Bsicos de ContabilidadGubernamental:

    1) SUSTANCIA ECONMICA. Es el reconocimiento contable de las

    transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan

    econmicamente al ORFIS y delimitan la operacin del Sistema de

    Contabilidad Gubernamental (SCG).

    2) ENTES PBLICOS. Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la

    Federacin y de las entidades federativas; los entes autnomos de la

    Federacin y de las entidades federativas; los ayuntamientos de los

    municipios; los rganos poltico-administrativos de las demarcaciones

    territoriales del Distrito Federal; y las entidades de la administracinpblica paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    22/382

    Presupuesto Egresos, de acuerdo a la naturaleza econmica que le

    corresponda. El registro presupuestario del ingreso y del egreso en el

    ORFIS se debe reflejar en la contabilidad, considerando sus efectos

    patrimoniales y su vinculacin con las etapas presupuestarias

    correspondientes.

    7) CONSOLIDACIN DE LA INFORMACIN FINANCIERA. Los estadosfinancieros del ORFIS debern presentar de manera consolidada la

    situacin financiera, los resultados de operacin, el flujo de efectivo o los

    cambios en la situacin financiera y las variaciones a la Hacienda Pblica,

    como si se tratara de un solo ente pblico.

    8) DEVENGO CONTABLE. Los registros contables del ORFIS se llevarncon base acumulativa. El ingreso devengado, es el momento contable que

    se realiza cuando existe jurdicamente el derecho de cobro de impuestos,

    derechos, productos, aprovechamientos y otros ingresos por parte del

    ORFIS. El gasto devengado, es el momento contable que refleja el

    reconocimiento de una obligacin de pago a favor de terceros por la

    recepcin de conformidad de bienes, servicios y obra pblica contratados;as como de las obligaciones que derivan de tratados, leyes, decretos,

    resoluciones y sentencias definitivas.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    23/382

    permanecer a travs del tiempo, en tanto no cambie la esencia econmica

    de sus operaciones.

    J. CARACTERSTICAS TCNICAS DEL SCG

    El contexto legal, conceptual y tcnico en el cual se debe estructurar el SCG del

    ORFIS, determina que el mismo debe responder a ciertas caractersticas dediseo y operacin, entre las que se distinguen las que a continuacin se

    relacionan:

    a) Ser nico, uniforme e integrador;

    b) Integrar en forma automtica la operacin contable con el ejerciciopresupuestario;

    c) Efectuar los registros considerando la base acumulativa (devengado) de las

    transacciones;

    d) Registrar de manera automtica y, por nica vez, en los momentoscontables correspondientes;

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    24/382

    h) Generar, en tiempo real, estados financieros, de ejecucin presupuestaria y

    otra informacin que coadyuve a la toma de decisiones, transparencia,

    programacin con base en resultados, evaluacin y rendicin de cuentas;

    i) Estar estructurado de forma tal que permita su compatibilizacin con la

    informacin sobre produccin fsica que generan las mismas reas queoriginan la informacin contable y presupuestaria, permitiendo el

    establecimiento de relaciones de insumoproducto y la aplicacin de

    indicadores de evaluacin del desempeo y determinacin de costos de la

    produccin pblica;

    j) Estar diseado de forma tal que permita el procesamiento y generacin deestados financieros mediante el uso de las tecnologas de la informacin;

    k) Respaldar con la documentacin original que compruebe y justifique los

    registros que se efecten, el registro de las operaciones contables y

    presupuestarias.

    K. PRINCIPALES ELEMENTOS DEL SCG

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    25/382

    Clasificacin Programtica

    3. Momentos Contables

    De los ingresos

    De los gastos

    Del financiamiento

    4. Matriz de Conversin

    5. Normas contables generales

    6. Libros principales y registros auxiliares

    7. Manual de Contabilidad

    Plan de Cuentas (Lista de cuentas)

    Instructivos de manejo de cuentas

    Guas ContabilizadorasEstados financieros bsicos a generar por el sistema y estructura de los

    mismos

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    26/382

    Lista de Cuentas, alineada al Plan de Cuentas, clasificadores presupuestarios

    armonizados y el Catlogo de Bienes a ms tardar el 31 de diciembre de 2010.

    2. Clasificadores Presupuestarios Armonizados

    La Ley de Contabilidad establece en su Artculo 41 que para el registro nico de

    las operaciones presupuestarias y contables, los entes pblicos dispondrn declasificadores presupuestarios, listas de cuentas y catlogos de bienes o

    instrumentos similares que permitan su interrelacin automtica.

    De acuerdo con dicho marco legal, los clasificadores presupuestarios armonizados

    que requiere el SCG para realizar la integracin automtica de los registros

    presupuestarios con los contables son los siguientes:

    Clasificador por Rubros de Ingresos (rubro, tipo, clase y concepto)

    Clasificador por Objeto del Gasto (captulo, concepto y partida)

    Clasificador por Tipo de Gasto

    Clasificador Funcional del Gasto (finalidad, funcin y subfuncin)

    Clasificacin AdministrativaClasificacin Econmica

    Clasificacin Programtica (Tipologa General)

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    27/382

    Esta clasificacin permite el registro analtico de las transacciones de ingresos, y

    la vinculacin de los aspectos presupuestarios y contables de los recursos.

    La estimacin de los ingresos se realiza a nivel de concepto y debern registrarse

    en cifras brutas, sin deducciones, representen o no entradas de efectivo.

    Finalidad

    La clasificacin de los ingresos pblicos por rubros tiene, entre otras finalidades,

    las que a continuacin se sealan:

    Identificar los ingresos que los entes pblicos captan en funcin de la

    actividad que desarrollan.

    Medir el impacto econmico de los diferentes ingresos y analizar la

    recaudacin con respecto a las variables macroeconmicas para establecer

    niveles y orgenes sectoriales de la elusin y evasin fiscal.

    Contribuir a la definicin de la poltica de ingresos pblicos.

    Coadyuvar a la medicin del efecto de la recaudacin pblica en los

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    28/382

    El Clasificador por Objeto del Gasto es aplicable a todas las transacciones que

    realiza el ORFIS para obtener los bienes y servicios que utiliza y realizar

    transferencias e inversiones financieras, en el marco del Presupuesto de Egresos.

    Dicho clasificador ha sido diseado con un nivel de desagregacin y

    especializacin que permite que el registro de las transacciones presupuestariasque realiza el ORFIS se integre automticamente con las operaciones contables

    de los mismos.

    Finalidad

    Ofrece informacin valiosa de la demanda de bienes y servicios que realizael Gobierno, permitiendo identificar el sector econmico sobre el que se

    generar la misma.

    Ofrece informacin sobre las transferencias e inversin financiera que se

    destina a entes pblicos, y a otros sectores de la economa de acuerdo con

    la tipologa econmica de los mismos.

    Facilita la programacin de la contratacin de bienes y servicios.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    29/382

    Clasificador por Tipo de Gasto

    El Clasificador por Tipo de Gasto relaciona las transacciones pblicas derivadas

    del gasto con los grandes agregados de la clasificacin econmica tal y como se

    muestra a continuacin:

    1. Gasto Corriente2. Gasto de Capital

    3. Amortizacin de la deuda y disminucin de pasivos

    Adems, cumple un papel fundamental en lo que se refiere a la capitalizacin de

    gastos que a priori lucen como de tipo corriente, pero que son aplicados por el

    ente a la construccin de activos fijos o intangibles, tales como los gastos enpersonal e insumos materiales.

    Clasificador Funcional de Gasto (finalidad, funcin y subfuncin)

    La Clasificacin Funcional del Gasto agrupa los gastos segn los propsitos u

    objetivos socioeconmicos que persiguen los diferentes entes pblicos.

    Presenta el gasto pblico segn la naturaleza de los servicios gubernamentales

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    30/382

    Facilitar el anlisis a lo largo del tiempo de las tendencias del gasto pblico

    segn la finalidad y funcin;

    Facilitar comparaciones internacionales respecto al alcance de las

    funciones econmicas y sociales que desempean los gobiernos;

    Favorecer el anlisis del gasto para estudios econmicos y sociales; y,

    Cuantificar la proporcin del gasto pblico que las instituciones pblicas

    destinan a las reas de servicios pblicos generales, econmicos, sociales

    y a las transacciones no asociadas a funciones.

    Clasificacin Administrativa

    La Clasificacin Administrativa tiene como propsitos bsicos identificar las

    unidades administrativas a travs de las cuales se realiza la asignacin, gestin y

    rendicin de los recursos financieros pblicos, as como establecer las bases

    institucionales y sectoriales para la elaboracin y anlisis de las estadsticas

    fiscales, organizadas y agregadas, mediante su integracin y consolidacin, tal

    como lo requieren las mejores prcticas y los modelos universales establecidos enla materia. Esta clasificacin adems permite delimitar con precisin el mbito de

    Sector Pblico de cada orden de gobierno y por ende los alcances de su probable

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    31/382

    Coadyuvar a establecer la orientacin del gasto pblico en funcin de la

    distribucin institucional que se realiza de los recursos financieros.

    Realizar el seguimiento del ejercicio del Presupuesto de Egresos de cada

    ente pblico a partir de la realizacin de registros sistemticos y

    normalizados de las respectivas transacciones.

    Posibilitar la evaluacin del desempeo institucional y la determinacin de

    responsabilidades asociadas con la gestin del ente.

    Determinar y analizar la interaccin entre los sectores, subsectores y

    unidades que la integran.

    Posibilitar la consolidacin automtica de las transacciones financieras intra

    e intergubernamentales y entre los sectores pblicos de los distintos

    rdenes de gobierno.

    Establecer un sistema de estadsticas fiscales basado en las mejores

    prcticas sobre la materia, que genere resultados en tiempo real y facilite la

    toma de medidas correctivas con oportunidad.

    Cl ifi i E i

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    32/382

    Finalidad

    Formular polticas y observar el grado de cumplimento de las dos

    responsabilidades econmicas generales de los gobiernos: proveer ciertos

    bienes y servicios a la comunidad sobre una base no de mercado y

    redistribuir el ingreso y la riqueza mediante pagos de transferencia.

    Medir el aporte de cada ente pblico y de los distintos agregados

    institucionales (sectores y subsectores) al comportamiento de las distintas

    variables macroeconmicas (produccin, valor agregado, remuneracin a

    los factores de la produccin, consumo intermedio y final, demanda

    agregada, ahorro, formacin de capital, prstamo neto).

    Realizar, de acuerdo con su estructura, proyecciones fiscales multianuales,

    los cuadros bsicos del presupuesto plurianual y formular la poltica

    presupuestaria anual.

    Relacionar en forma directa las transacciones pblicas con las cuentas del

    Sistema de Cuentas Nacionales y las Estadsticas de las FinanzasPblicas.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    33/382

    Clasificacin Programtica (Tipologa General)

    Establece la clasificacin de los programas presupuestarios de los entes pblicos,

    que permitir organizar, en forma representativa y homognea, las asignaciones

    de recursos de los programas presupuestarios.

    Clasificadores armonizados relacionados con el SCG

    A la fecha el CONAC, ha emitido los siguientes clasificadores:

    Clasificador por Rubros de Ingresos, que comprende la apertura hasta

    segundo nivel, es decir, por rubro y tipo. Acuerdo de fecha 1 de diciembre

    de 2009. Clasificador por Objeto del Gasto a nivel de captulo, concepto y partida.

    Acuerdo de fecha 28 de mayo de 2010.

    Clasificador por Tipo de Gasto. Acuerdo de fecha 28 mayo de 2010.

    Clasificador Funcional de Gasto a nivel finalidad, funcin y subfuncin.

    Acuerdo de fecha 15 de diciembre de 2010.

    Clasificacin Administrativa comprende la apertura a quinto digito. Acuerdode fecha 23 de junio de 2011.

    Clasificacin Econmica comprende la estructura bsica. Acuerdo de fecha

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    34/382

    3. 1. Momentos Contables de los Ingresos

    En el marco de la normativa vigente, a continuacin se definen cada uno de los

    momentos contables de los ingresos:

    Ingreso Estimado: es el que se aprueba anualmente en la Ley de Ingresos, eincluyen los impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones

    de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, financiamientos internos y

    externos; as como de la venta de bienes y servicios, adems de participaciones,

    aportaciones, recursos convenidos, y otros ingresos.

    Ingreso Modificado: el momento contable que refleja la asignacinpresupuestaria en lo relativo a la Ley de Ingresos que resulte de incorporar en su

    caso, las modificaciones al ingreso estimado, previstas en la ley de ingresos.

    Ingreso Devengado: momento contable que se realiza cuando existe

    jurdicamente el derecho de cobro de los impuestos, cuotas y aportaciones de

    seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos,

    aprovechamientos, financiamientos internos y externos; as como de la venta de

    bienes y servicios, adems de participaciones, aportaciones, recursos convenidos,

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    35/382

    El CONAC ha establecido en las Normas y Metodologa para la Determinacin de

    los Momentos Contables de los Ingresos, que cuando los entes pblicos cuenten

    con los elementos que identifique el hecho imponible, y se pueda establecer el

    importe de los impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social,

    contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos, mediante la

    emisin del correspondiente documento de liquidacin, seala la fecha lmite para

    realizar el pago de acuerdo con lo establecido en las leyes respectivas, el ingresose entender como determinable. En el caso de los ingresos determinables

    corresponde que los mismos sean registrados como Ingreso Devengado en la

    instancia referida, al igual que corresponde dicho registro cuando se emite la

    factura por la venta de bienes y servicios por parte de los entes pblicos.

    Asimismo, se considerar como autodeterminable cuando corresponda a los

    contribuyentes el clculo y presentacin de la correspondiente liquidacin.

    En cumplimento al Artculo Tercero Transitorio, Fraccin III, de la Ley de

    Contabilidad, el CONAC, con fecha 1 de diciembre de 2009, emiti las Normas y

    Metodologa para la Determinacin de los Momentos Contables de los Ingresos,

    donde se establecen los criterios bsicos a partir de los cuales las unidades

    administrativas o instancias competentes en materia de Contabilidad

    Gubernamental deben desagregar de acuerdo a sus necesidades en clase y

    concepto a partir de la estructura bsica del Clasificador por Rubros de Ingresos

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    36/382

    En referencia a los ingresos por aportaciones se deber de registrar el devengado

    al momento de cumplimiento de las reglas de operacin y de conformidad con los

    calendarios de pago y el recaudado al momento de percepcin del recurso.

    Cuando se emita una autorizacin para pagar a plazos, ya sea diferido o en

    parcialidades, el importe pendiente de pago se registrar en un cargo a la cuenta1.1.2.4 y en un abono a la cuenta 2.1.5.9. Cuando se reciba la parcialidad o el

    pago diferido, se registra el ingreso devengado y el recaudado de forma

    simultnea, as como la cancelacin de las cuentas anteriores y un cargo al banco

    o efectivo y un abono a las cuentas de ingreso contable que corresponda.

    3.2. Momentos contables de los Egresos

    En el marco de la normativa vigente, a continuacin se define cada uno de los

    momentos contables de los egresos establecidos por la Ley de Contabilidad.

    Gasto aprobado: momento contable que refleja las asignaciones presupuestarias

    anuales segn lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos y sus

    anexos.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    37/382

    a) En el caso de gastos en personal de planta permanente o fija y otros de

    similar naturaleza o directamente vinculados a los mismos, al inicio del

    ejercicio presupuestario, por el costo total anual de la planta ocupada en

    dicho momento, en las partidas correspondientes.

    b) En el caso de la deuda pblica, al inicio del ejercicio presupuestario, por el

    total de los pagos que haya que realizar durante dicho ejercicio porconcepto de intereses, comisiones y otros gastos, de acuerdo con el

    financiamiento vigente. Corresponde actualizarlo mensualmente por

    variacin del tipo de cambio, cambios en otras variables o nuevos contratos

    que generen pagos durante el ejercicio.

    c) En el caso de transferencias, subsidios y/o subvenciones,el compromiso seregistrar cuando se expida el acto administrativo que los aprueba.

    Gasto devengado: el momento contable que refleja el reconocimiento de una

    obligacin de pago a favor de terceros por la recepcin de conformidad de bienes,

    servicios y obras oportunamente contratados; as como de las obligaciones que

    derivan de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas*;

    Gasto ejercido: el momento contable que refleja la emisin de una cuenta por

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    38/382

    A los momentos contables de los egresos establecidos por la Ley de Contabilidad,

    es recomendable agregar a nivel de los ejecutores del gasto el registro del

    Precompromiso (afectacin preventiva). Entendiendo que corresponde registrar

    como tal, la autorizacin para gastar emitida por autoridad competente y que

    implica el inicio de un trmite para la adquisicin de bienes o la contratacin de

    obras y servicios, ante una solicitud formulada por las unidades responsables de

    ejecutar los programas y proyectos.

    El registro de este momento contable, es de inters exclusivo de las unidades de

    administracin de los ejecutores del gasto o por las unidades responsables de

    ejecutar los programas y proyectos de acuerdo con la competencia de estas,

    facilita la gestin de recursos que las mismas realizan y aseguran la disponibilidad

    de la asignacin para el momento de adjudicar la contratacin respectiva.

    En cumplimento al Artculo Tercero Transitorio, Fraccin III, de la Ley, el CONAC,

    con fecha 20 de Agosto de 2009, se public las Normas y Metodologa para la

    Determinacin de los Momentos Contables de los Egresos, donde se establecen

    los criterios bsicos a partir de los cuales las unidades administrativas o instancias

    competentes en materia de Contabilidad Gubernamental deben desarrollar en

    detalle y a nivel de cada partida del Clasificador por Objeto del Gasto, la

    correspondiente metodologa analtica de registro.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    39/382

    ejercicio, la autoridad responsable de la poltica fiscal de cada orden de gobierno

    tiene la necesidad de contener, disminuir o paralizar el ritmo de ejecucin del

    gasto, la medida correcta a tomar en estos casos, es regular o impedir la

    constitucin de nuevos compromisos contables. La prohibicin de contraer

    compromisos implica que los ejecutores del gasto no pueden firmar nuevas

    rdenes de compra de bienes, contratacin de servicios, contratos de obra u otros

    instrumentos contractuales similares que tarde o temprano originarn obligacionesde pago. La firma de un contrato obliga a su ejecucin. La obligacin del registro

    contable del compromiso permite asegurar que las disposiciones tomadas sobre el

    control del gasto son respetadas y facilitar obtener los resultados fiscales

    previstos.

    b) Ventajas del devengado

    La Ley de Contabilidad establece en su Artculo 19 que el SCG debe integrar en

    forma automtica el ejercicio presupuestario con la operacin contable, a partir de

    la utilizacin del gasto devengado. Ello tambin es vlido para el caso de los

    ingresos devengados.

    Los procesos administrativofinancieros que originan ingresos o egresos

    reconocen en el momento contable del devengado la etapa ms relevante para

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    40/382

    La disponibilidad de esta informacin permitir mantener una tesorera pblica en

    equilibrio, mantener los pagos al da, impedir la creacin de pasivos exigibles

    ocultos en los ejecutores del gasto y, en su caso, poder establecer con precisin

    los excedentes de la tesorera para su mejor inversin.

    4. Matriz de Conversin

    La matriz de conversin tiene como finalidad generar automticamente los

    asientos en las cuentas contables a partir del registro por partida simple de las

    operaciones presupuestarias de ingresos, egresos y financiamiento. Este

    elemento contable se desarrolla conceptualmente en el Captulo siguiente. Los

    resultados de su aplicacin prctica se muestran en forma integral en el Anexo I

    de este Manual.

    5. Normas Contables Generales

    De acuerdo con la Ley de Contabilidad se debe entender por Normas Contables:

    los lineamientos,metodologas y procedimientos tcnicos, dirigidos a dotar a los

    entes pblicos de las herramientas necesarias para registrar correctamente las

    operaciones que afecten su contabilidad, con el propsito de generar informacin

    veraz y oportuna para la toma de decisiones y la formulacin de estados

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    41/382

    El libro Diario, registra en forma descriptiva todas las operaciones, actos o

    actividades siguiendo el orden cronolgico en que stos se efecten, indicando la

    cuenta y el movimiento de dbito o crdito que a cada una corresponda, as como

    cualquier informacin complementaria que se considere til para apoyar la

    correcta aplicacin en la contabilidad de las operaciones, los registros de este libro

    sern la base para la elaboracin del Libro Mayor.

    En el libro Mayor, cada cuenta de manera individual presenta la afectacin que

    ha recibido por los movimientos de dbito y crdito, de todas y cada una de las

    operaciones, que han sido registradas en el Libro Diario, con su saldo

    correspondiente.

    El libro Inventarios, registrar el resultado del levantamiento fsico del inventario al

    31 de diciembre de ao correspondiente, del almacn de materiales y suministros

    de consumo e inventarios de bienes muebles e inmuebles, el cual contendr en

    sus auxiliares una relacin detallada de las existencias a esa fecha, con indicacin

    de su costo unitario y total.

    En el libro de Balances, incluirn los estados del ORFIS en apego al Manual de

    Contabilidad Gubernamental, en su captulo VII Normas y Metodologa para la

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    42/382

    lo son los monumentos arqueolgicos, artsticos e histricos. (Artculo 25 de

    la Ley de Contabilidad).

    Registro de responsables por la administracin y custodia de los bienes

    nacionales de uso pblico o privado.

    Registro de responsables por anticipo de Fondos realizados por laTesorera.

    As mismo, como seala el Artculo 42 de la Ley de Contabilidad La

    contabilizacin de las operaciones presupuestarias y contables deber

    respaldarse con la documentacin original que compruebe y justifique los registros

    que se efecten y conservarla durante el tiempo que sealan las disposiciones

    legales correspondientes.

    7. Manual de Contabilidad

    De acuerdo con lo establecido en la Ley de Contabilidad, el Manual de

    Contabilidad est integrado por los documentos conceptuales, metodolgicos y

    operativos que contienen, como mnimo, su finalidad, el marco jurdico,lineamientos tcnicos, el catlogo de cuentas y la estructura bsica de los

    principales estados financieros a generarse por el sistema

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    43/382

    documento soporte de los mismos. Igualmente, las Guas Contabilizadoras

    permitirn mantener actualizado el Manual mediante la aprobacin de las mismas,

    ante el surgimiento de operaciones no previstas y preparar la versin inicial del

    mismo o realizar cambios normativos posteriores que impacten en los registros.

    Cabe destacar que la estructura bsica de los principales estados financieros que

    generar el sistema, ser definido en el apartado L de este Captulo.

    8. Normas y Lineamientos Especficos

    Ser responsabilidad de la unidad competente en materia de Contabilidad

    Gubernamental de cada orden de gobierno, emitir los lineamientos o normas

    especificas para el registro de las transacciones relacionadas con los ingresos,gastos u operaciones de financiamiento y otros eventos que afectan al ente

    pblico, con el fin de asegurar un tratamiento homogneo de la informacin que se

    incorpora a los registros que se realizan en el SCG, ordenar el trabajo de los

    responsables de los mismos, as como identificar y conocer las salidas bsicas

    que existirn en cada caso, ms all de las que puedan construirse

    parametrizando datos.

    L. ESTADOS FINANCIEROS BSICOS A GENERAR POR EL SISTEMA Y

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    44/382

    contables, determinar la informacin a revelar en dichos estados, cumplir los

    objetivos de proporcionar informacin til para sustentar la toma de decisiones; as

    como facilitar el seguimiento, control, evaluacin, rendicin de cuentas y

    fiscalizacin de los recursos pblicos por parte de los rganos facultados por ley

    para efectuar dichas tareas.

    La Contabilidad Gubernamental es, ante todo, un sistema de registro que procesaeventos presupuestarios, contables y econmicos de los entes pblicos. En tal

    sentido, los informes y estados financieros deben elaborarse de acuerdo con las

    prcticas, mtodos, procedimientos, reglas particulares y generales, as como con

    las disposiciones legales, con el propsito de generar informacin que tenga

    validez y relevancia en los mbitos de los entes pblicos, que sea confiable y

    comparable, que responda a las necesidades y requisitos de la rendicin decuentas, y de la fiscalizacin, y aporte certeza y transparencia a la gestin

    financiera gubernamental.

    Los estados e informacin financiera que se preparen deben incluir todos los datos

    que permitan la adecuada interpretacin de la situacin presupuestaria, contable y

    econmica, de tal modo que se reflejen con fidelidad y claridad los resultados

    alcanzados en el desarrollo de las atribuciones otorgadas jurdicamente al ORFIS.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    45/382

    1) UTILIDAD

    Para que la informacin Financiera sea til tendr que cubrir los requerimientos

    para la rendicin de cuentas, fiscalizacin y toma de decisiones; en general, debe

    tener la cualidad de proveer los datos que sirvan a los propsitos de quienes la

    utilizan; es decir, satisfaga razonablemente las necesidades de los diferentes

    usuarios, relativas a la gestin financiera de los entes pblicos, tomando en cuenta

    la jerarqua institucional de estos usuarios.

    Adems la informacin producida por la contabilidad debe ser eficaz y eficiente.

    2) CONFIABILIDAD

    Es la cualidad propia de la informacin contable y presupuestaria que le confieren

    aceptacin y confianza por parte de los destinatarios y usuarios.

    La informacin debe ser imparcial, libre de errores, representativa y fiel imagen de

    los eventos y transacciones realmente ocurridos.

    Para que la informacin sea confiable, debe representar con certeza y fidelidad el

    desempeo de la gestin y la posicin financiera del ente; debe incluir informacin

    precisa, veraz y razonablemente correcta, de la captacin y registro de las

    operaciones contables, presupuestarias y administrativas del ente pblico, de tal

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    46/382

    ingresos, egresos y fondos utilizados en la ejecucin de los programas

    gubernamentales durante un ejercicio fiscal.

    b) Representatividad

    Para que la informacin financiera sea representativa, debe existir concordancia

    entre su contenido, la sustancia econmica y las transacciones o eventos que han

    afectado econmicamente al ente pblico.

    La informacin contendr los aspectos relevantes que describan fielmente los

    eventos econmicos, financieros y patrimoniales del ente pblico, de acuerdo con

    las circunstancias inherentes al reconocimiento contable en que est inmerso.

    c) ObjetividadLa informacin financiera debe presentarse de manera imparcial, es decir que no

    est manipulada o distorsionada; la objetividad implica que los datos contenidos

    en los estados financieros representen la realidad del ente pblico y estn

    formulados conforme al rigor de la tcnica y reglas del SCG.

    Los estados financieros estarn libres de sesgo, no deben estar influidos por

    juicios que produzcan un resultado predeterminado; de lo contrario la informacin

    pierde confiabilidad.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    47/382

    proceso de identificacin y seleccin de los conceptos que habrn de incluirse, y la

    forma en que los mismos deben ser reconocidos.

    Esta caracterstica se refiere a la incorporacin en los estados financieros y sus

    notas, dado que ejerce influencia en la toma de decisiones, necesaria para evaluar

    y fiscalizar la situacin financiera del ente pblico, as como de los cambios que

    afectan a la Hacienda Pblica; cuidando que el volumen de informacin no vayaen detrimento de su utilidad, y pueda dar lugar a que los aspectos importantes

    pasen inadvertidos para el usuario general.

    La suficiencia de la informacin debe estar en funcin con la necesidad de reflejar

    fielmente los procesos de captacin y registro de las operaciones relacionadas con

    la obtencin de los ingresos y el ejercicio del gasto pblico, de conformidad conlas bases legales y normativas que rigen el funcionamiento de los sistemas

    contables.

    3) RELEVANCIA

    Es la cualidad de reflejar los aspectos sobresalientes de la situacin financiera del

    ente pblico.

    La informacin posee relevancia cuando ejerce influencia sobre las decisiones de

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    48/382

    4) COMPRENSIBILIDAD

    La informacin financiera debe estar preparada de tal manera, que facilite el

    entendimiento de los diversos usuarios; sin embargo, no se excluir informacin

    de ningn tipo por razones de dificultad para su comprensin.

    Para este propsito es fundamental que, a su vez, los usuarios generales tengan

    la capacidad de analizar la informacin financiera, as como un conocimientosuficiente de las actividades econmicas.

    5) COMPARABILIDAD

    Es la cualidad que tiene la informacin financiera para permitir su comparacin a

    lo largo del tiempo. La informacin se formular con criterios afines de

    identificacin, valuacin, registro y presentacin, con normas de observanciageneral, que permitan la posibilidad de comparar la situacin financiera, los

    resultados alcanzados y el cumplimiento de las disposiciones legales del ente

    pblico en diferentes perodos o con otros entes pblicos similares, con la finalidad

    de facilitar a los rganos facultados el anlisis, evaluacin y fiscalizacin de la

    gestin y una adecuada rendicin de cuentas.

    Restricciones a las caractersticas cualitativas.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    49/382

    b) Provisionalidad

    La informacin financiera no siempre representa hechos totalmente terminados, lo

    cual puede limitar la precisin de la informacin. Por tal razn, se da la necesidad

    de hacer cortes convencionales en la vida del ente pblico, a efecto de presentar

    los resultados de operacin, la situacin financiera y sus cambios, considerando

    eventos cuyas repercusiones en muchas ocasiones no se incluyen a la fecha de

    integracin de los estados financieros.

    c) Equilibrio entre caractersticas cualitativas

    Para cumplir con el objetivo de los estados financieros, es necesario obtener un

    equilibrio apropiado entre las caractersticas cualitativas de la informacin. Ello

    implica que su cumplimiento debe dirigirse a la bsqueda de un punto ptimo, ms

    que a la consecucin de niveles mximos de todas las caractersticas cualitativas,lo cual implica la aplicacin adecuada del juicio profesional en cada caso concreto.

    L.2. Estados e informacin financiera a generar por los entes pblicos

    De acuerdo con la estructura que establecen los artculos 46, 47 y 48 de la Ley de

    Contabilidad, los sistemas contables de los entes pblicos deben permitir la

    generacin de los estados y la informacin financiera que a continuacin se

    seala:

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    50/382

    II. Fuentes de financiamiento;

    III. Por moneda de contratacin, y

    IV. Por pas acreedor;

    II. Informacin presupuestaria;

    a) Estado analtico de ingresos, del que se derivar la presentacin enclasificacin econmica por fuente de financiamiento y concepto;

    b) Estado analtico del ejercicio del presupuesto de egresos del que se

    derivarn las siguientes clasificaciones:

    I. Administrativa;

    II. Econmica y por objeto del gasto, y

    III. Funcional-programtica;c) Endeudamiento neto, financiamiento menos amortizacin, del que derivar

    la clasificacin por su origen en interno y externo;

    d) Intereses de la deuda;

    e) Un flujo de fondos que resuma todas las operaciones y los indicadores de la

    postura fiscal;

    III. Informacin programtica;

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    51/382

    Para las entidades federativas (Artculo 47):

    Los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes

    Legislativo y Judicial; las entidades y los rganos autnomos debern producir, en

    la medida que corresponda, la informacin referida en el artculo anterior, con

    excepcin de la fraccin I, inciso g) de dicho artculo, cuyo contenido se

    desagregar como sigue:

    I. Estado analtico de la deuda:

    II. Corto y largo plazo;

    a) Fuentes de financiamiento;

    b) Endeudamiento neto: financiamiento menos amortizacin, y

    III. Intereses de la deuda.

    Para los ayuntamientos de los municipios y de los rganos poltico-

    administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal

    (Artculo 48):

    Los sistemas debern producir, como mnimo, la informacin contable y

    presupuestaria a que se refiere el Artculo 46, fraccin I, incisos a), b), c), e) y f); y

    fraccin II, incisos a) y b).

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    52/382

    Otras consideraciones

    El desarrollo de la finalidad, contenido y forma de presentacin de cada estado

    financiero y dems informacin, as como de las mencionadas notas, se explican

    detalladamente en el Captulo VII de este Manual que se refiere a las Normas y

    metodologa para la Emisin de Informacin Financiera y Estructura de los

    Estados Financieros Bsicos del Ente Pblico y Caractersticas de sus Notas.

    Por ltimo, debe sealarse que la Ley de Contabilidad establece en su Artculo 51

    que la informacin financiera que generen los entes pblicos en cumplimiento de

    esta Ley ser organizada, sistematizada y difundida por cada uno de stos, al

    menos, trimestralmente en sus respectivas pginas electrnicas de internet, a ms

    tardar 30 das despus del cierre del perodo que corresponda, en trminos de lasdisposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en su caso,

    de los criterios que emita el Consejo. La difusin de la informacin va internet no

    exime los informes que deben presentarse ante el Congreso de la Unin y las

    legislaturas locales, segn sea el caso.

    L.3. Estructura bsica de los principales estados financieros a generar por

    los entes pblicos

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    53/382

    L.3.1 Los estados contables debern mostrar:

    a. Estado de situacin financiera;

    Muestra los recursos y obligaciones de un ente pblico, a una fecha determinada.

    Se estructura en Activos, Pasivos y Hacienda Pblica/ Patrimonio. Los activos

    estn ordenados de acuerdo con su disponibilidad en circulantes y no circulantesrevelando sus restricciones y, los pasivos, por su exigibilidad igualmente en

    circulantes y no circulantes, de esta manera se revelan las restricciones a las que

    el ente pblico est sujeto, as como sus riesgos financieros.

    b. Estado de actividades;

    Muestra una relacin resumida de los ingresos y los gastos y otras prdidas del

    ente durante un perodo determinado, cuya diferencia positiva o negativa

    determina el ahorro o desahorro (resultado) del ejercicio. Asimismo, su estructura

    presenta informacin correspondiente al perodo actual y al inmediato anterior con

    el objetivo de mostrar las variaciones en los saldos de las cuentas que integran la

    estructura del mismo y facilitar su anlisis.

    c. Estado de variaciones en la hacienda pblica/patrimonio;

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    54/382

    e. Estado analtico del activo

    Muestra el comportamiento de los fondos, valores, derechos y bienes

    debidamente identificados y cuantificados en trminos monetarios de que dispone

    el ente pblico para realizar sus actividades, entre el inicio y el fin del perodo.

    f. Estado analtico de la deuda y otros pasivos;

    Muestra las obligaciones insolutas de los entes pblicos, al inicio y fin de cada

    perodo, derivadas del endeudamiento interno y externo, realizado en el marco de

    la legislacin vigente.

    g. Informe sobre pasivos contingentes; y

    Muestra los pasivos contingentes que son obligaciones que tienen su origen en

    hechos especficos e independientes del pasado que en el futuro pueden ocurrir o

    no y, de acuerdo con lo que acontezca, desaparecen o se convierten en pasivos

    reales por ejemplo, juicios, garantas, avales, costos de planes de pensiones,

    jubilaciones, etc.

    h. Notas a los estados financieros

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    55/382

    perodo, y que debern ser considerados en el anlisis de los estados financieros

    para la mayor comprensin de los mismos y sus particularidades.

    L.3.2 Los estados presupuestarios debern mostrar:

    El comportamiento de los ingresos y egresos a partir de la Ley de Ingresos y del

    Decreto por el que se aprueba el Presupuesto de Egresos.

    I. Los estados del ejercicio de ingresos; y

    Mostrar por cada Rubro, Tipo, Clase y Concepto de los mismos, el estimado (Ley

    de Ingresos) y las cifras que muestren el estimado, modificado, devengado y

    recaudado, en sus distintos niveles de agregacin.

    II. Los estados del ejercicio de egresos.

    Mostrar, a partir de los montos aprobados en el Presupuesto de Egresos (Decreto

    y Tomos), para cada uno de los conceptos contenidos en la Clave Presupuestaria,

    los momentos de aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y

    pagado, en los niveles de agregacin o parametrizacin que el usuario requiera.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    56/382

    Estos mismos componentes de los estados econmicos se deben mostrar tambin

    para cada uno de los agregados institucionales del Sector Pblico no Financiero.

    M. CUENTA PBLICA

    La Cuenta Pblica del Gobierno Federal as como de las entidades federativas,

    debe contener como mnimo la informacin contable, presupuestaria yprogramtica de los entes pblicos comprendidos en su mbito de acuerdo con el

    marco legal vigente, debidamente estructurada y consolidada, as como el anlisis

    cualitativo de los indicadores de la postura fiscal y su vnculo con los objetivos y

    prioridades definidas en la materia, en el programa econmico anual.

    A tal efecto, el artculo 50 de la Ley de Contabilidad dispone que el Consejo emitalos lineamientos en materia de integracin y consolidacin de los estados

    financieros y dems informacin presupuestaria y contable que emane de las

    contabilidades de los entes pblicos. A lo anterior y de acuerdo con la Ley de

    Contabilidad se debe adicionar la informacin presupuestaria, programtica y

    contable de cada uno de los entes pblicos de cada orden de gobierno,

    organizada por dependencias y entidades que por Ley se requiere.

    Las cuentas pblicas de los ayuntamientos de los municipios y los rganos

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    57/382

    CAPTULO IIFUNDAMENTOS METODOLGICOSDE LA INTEGRACIN YPRESENTACIN DE LA

    INFORMACIN FINANCIERA

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    58/382

    CONTENIDO

    A. INTRODUCCIN

    B. LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL COMO SISTEMA INTEGRADO DE

    INFORMACIN FINANCIERA

    C. ELEMENTOS BSICOS DE UN SICG TRANSACCIONAL

    D. REQUISITOS TCNICOS PARA EL DISEO DE UN SICG

    D.1. Sistema de Cuentas Presupuestarias, Contables y Econmicas,

    que permite su acoplamiento automtico.

    D.2. Momentos de Registro Contable (Momentos Contables) del

    ejercicio de los Ingresos y los Egresos.

    D.3. El devengado como momento contable clave para interrelacionar

    la informacin presupuestaria con la contable.

    E. MATRIZ DE CONVERSIN

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    59/382

    A. INTRODUCCIN

    El sistema de contabilidad de los entes pblicos debe disearse y operar de

    acuerdo con las caractersticas tcnicas definidas en los artculos 19, 38, 40 y 41

    de la Ley de Contabilidad, as como en el Marco Conceptual aprobado por el

    CONAC, mismas que se sealan a continuacin:

    Ser nico, uniforme e integrador;

    Integrar en forma automtica la operacin contable con el ejercicio

    presupuestario;

    Registrar en forma automtica y por nica vez las transacciones contables y

    presupuestarias en los momentos contables correspondientes, a partir delos procesos administrativo/financieros que las motiven;

    Generar en tiempo real estados financieros y presupuestarios;

    Estar diseado de forma tal que permita el procesamiento y generacin de

    estados financieros mediante el uso de las tecnologas de la informacin.

    Lo anterior implica que el SCG debe disearse siguiendo criterios y mtodos

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    60/382

    (SICGPE), ya sea de la Federacin o de las entidades federativas. Este, con lasadaptaciones procedentes, es vlido para cualquier ente que desde el punto de

    vista del Sistema de Cuentas Nacionales corresponda al Sector Gobierno; es

    decir, que no sea de tipo empresarial ni financiero.

    La contabilidad gubernamental bajo el enfoque de sistemas, debe registrar las

    transacciones que realizan los entes pblicos identificando los momentos

    contables y producir estados de ejecucin presupuestaria, contables y econmicos

    en tiempo real, con base en la teora contable, el marco conceptual, los postulados

    bsicos y las normas nacionales e internacionales de informacin financiera que

    sean aplicables en el Sector Pblico Mexicano.

    El primer paso para el diseo del Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG)

    consiste en conocer los requerimientos de informacin establecidos en lalegislacin, los solicitados por los centros gubernamentales de decisin y los que

    coadyuven a la transparencia fiscal y a la rendicin de cuentas. Lo anterior

    permitir establecer las salidas del sistema para, en funcin de ello, identificar los

    datos de entrada y las bases de su procesamiento.

    Los sistemas de informacin se consideran como integrados, cuando fusionan loscorrespondientes a cada rea involucrada y forman un solo sistema, a partir de la

    identificacin de sus elementos bsicos Si las partes de un sistema estn

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    61/382

    La Contabilidad Gubernamental, organizada como sistema integrado deinformacin financiera, en funcin de una base de datos nica y de acuerdo con

    los propsitos ya enunciados, puede esquematizarse de la siguiente manera:

    ENTRADAS PROCESAMIENTO SALIDAS

    Transacciones conincidencia econmica-financiera del rgano

    - Registros y Estados delEjercicio del Presupuestode Egresos y de la Ley deIngresos

    - Libros, Asientos y Estadosde la Contabilidad General

    - Estados Econmicos

    C. Elementos Bsicos de un SICG Transaccional.

    Con base en la metodologa que aportan la teora de sistemas y el enfoque por

    procesos para el diseo y anlisis de los sistemas de informacin de

    organizaciones complejas, a continuacin se describen los elementos bsicos del

    Sistema Integrado de Contabilidad Gubernamental (SICG), es decir sus productos,entradas y metodologa bsica de procesamiento.

    BASE DE

    DATOS

    TABLAS DELSISTEMA

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    62/382

    Centros de registro (entradas) del SICG

    Por "Centro de Registro" del SICG se entender a cada una de las reas

    administrativas donde ocurren las transacciones econmico/financieras y, por lo

    tanto, desde donde se introducen datos al sistema en momentos o eventos

    previamente seleccionados de los procesos administrativos correspondientes. La

    introduccin de datos a la Contabilidad Gubernamental, tal como lo seala la Ley

    de Contabilidad, debe generarse automticamente y por nica vez a partir de

    dichos procesos administrativos de los entes pblicos.

    En una primera etapa operarn en calidad de Centros de Registros del SICG, las

    unidades ejecutoras de los ingresos, del gasto y del financiamiento y las oficinas

    centrales encargadas de los sistemas de planeacin de los ingresos, egresos y

    crdito pblico, as como de la tesorera y contabilidad. En una segunda etapa,debern incorporarse al sistema las unidades responsables de programas y

    proyectos y los bancos autorizados por el Gobierno para operar con fondos

    pblicos (recaudacin y pagos).

    Los titulares de los Centros de Registro sern los responsables de la veracidad y

    oportunidad de la informacin que incorporen al sistema. Para ello se establecennormas, procedimientos de control interno, tcnicos y de seguridad.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    63/382

    integracin, en algunos casos puede realizarse directamente a partir de losrespectivos procesos y, en otros, mediante interfaces.

    La adecuada estructura, procesamiento y contenido de la informacin a incorporar

    a la base de datos del SICG, permitir que se elaboren a partir del registro nico

    de las transacciones en la forma ms eficaz y eficiente posible, todas las salidas

    de informacin requeridas, incluidas las institucionales (dependencias) o por

    sistemas. De ser necesario, en las salidas que requieran las dependencias, los

    procesos respectivos quedan reducidos al desarrollo de aplicativos adecuados

    para producir automticamente y a partir de la informacin existente en la base de

    datos central, los estados que se requieran.

    La calidad del sistema de organizacin y procesamiento de la informacin del

    SICG que realicen los expertos en informtica, es la que determina la eficacia yeficiencia con la que se elaborarn sus productos, entre ellos, los asientos de la

    contabilidad y los libros respectivos en lnea con las transacciones que los

    motivan, as como la produccin automtica de estados presupuestarios,

    financieros, econmicos y sobre la gestin confiables, oportunos, uniformes y

    procedentes de una sola fuente para todos los usuarios.

    Adems, la organizacin de la informacin debe permitir que todos los organismos

    que intervienen en los procesos relacionados con la gestin financiera tengan

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    64/382

    58

    RGANO DE FISCALIZACIN SUPERIOR DEL ESTADO

    PROCESO BSICO DE UN SICG TRANSACCIONAL

    SAT/DGR

    CENTRO DE REGISTRO PRODUCTOSPROCESAMIENTO

    POLITICA HACENDARIA Y FISCAL

    POLITICA DE INGRESOS

    PRESUPUESTO DE EGRESOS

    SAT/DIRECCIN GRAL. DERECAUDACIN

    CRDITOPBLICO/FINANCIAMIENTO

    OFICIALAS MAYORES/SSAUNIDADES RESPONSABLES DE PROGRAMAS

    RAMOS GENERALES

    TESORERIA

    CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

    BANCOS BANCOS

    SCG PE(TABLAS)

    ESTADOS DEL EJERCICIO DE:LEY DE INGRESOS POR:

    -Administrativa-Rubro, Tipo y Concepto-Econmica de Ingresos-Tipo de Moneda

    PRESUPUESTO DE EGRESOS POR:-Administrativa-Objeto del Gasto-Econmica del Gasto-Funcional del Gasto

    -Programtica de Egresos-Fuente de financiamiento-Tipo de Moneda

    ASIENTOS, LIBROS Y ESTADOS CONTABLES:-Estado de Actividades-Estado de Cambios en la Situacin Financiera(balance General y sus Auxiliares)

    -Movimientos y Situacin del Tesoro-Cuentas por cobrar-Almacenes-Inventario de Bienes Muebles eInmuebles-Cuentas por Pagar-Estado Analticode la Deuda Pblica

    -Pasivos Contingentes-Estado de Variaciones en la Hacienda Pblica

    ESTADOS ECONMICOS:-Estadsticas de las Finanzas Pblicas del P.E.-Sistema de Cuentas NacionalesP.E.

    *DGR: Direccin General de Recaudacin o Equivalente

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    65/382

    Tablas Bsicas

    Las tablas bsicas que se incorporan en la base de datos del SICG transaccional

    del PE deben estar disponibles y actualizadas permanentemente para el correcto

    registro de las operaciones del ente, sern como mnimo, las siguientes:

    Plan de Cuentas (Lista de Cuentas).

    Clasificadores de Ingresos por Rubro, Tipo, Clase y Concepto

    Clasificadores del Egreso:

    - Administrativo- Funcional

    - Programtico

    - Objeto del Gasto

    - Tipo del Gasto

    - Fuente de Financiamiento

    - Geogrfico

    Clasificador de Bienes

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    66/382

    Personal autorizado para generar informacin

    Usuarios de la Informacin

    Responsables de los Centros de Registros

    En la medida que se sistematicen los procesos del Ciclo Hacendario podr

    incluirse una tabla de eventos de cada uno de ellos.

    D. Requisitos tcnicos para el diseo de un SICG:

    Para desarrollar un SICG que cumpla con las condiciones establecidas en la Leyde Contabilidad y las normas emitidas por el CONAC, se requieren bases

    normativas y prcticas operativas que aseguren lo siguiente:

    1. Un Sistema de Cuentas Pblicas que permita el acoplamiento automtico de

    las cuentas presupuestarias y contables, as como de otros instrumentos

    tcnicos de apoyo, tal como el Clasificador de Bienes.

    2. Una clara identificacin y correcta aplicacin de los momentos bsicos de

    i bl ( bl ) d l j i i d l i l

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    67/382

    Cuentas EconmicasCatlogo de Bienes

    Cartera de Programas y Proyectos de Inversin

    Los Clasificadores Presupuestarios de ingresos y egresos relacionados con la

    integracin automtica fueron emitidos por el CONAC, cuidando que los mismos

    respondan al modelo a construir.

    Asimismo, el Plan de Cuentas (Lista de Cuentas), aprobadas por el CONAC, es

    congruente con el sistema en construccin, excepto en los casos de algunas

    cuentas que requieren su apertura a nivel de 5to dgito.

    Respecto a las Cuentas Econmicas, establecidas en el Sistema de CuentasNacionales (2008) y el Manual de Estadsticas de las Finanzas Pblicas editado

    por el FMI (2001), cuya validez es universal, debe preverse que a partir de las

    cuentas presupuestarias y contables, elaboradas bajo el correcto registro de los

    momentos contables, satisfagan en forma automtica las necesidades de

    informacin bsica requerida en la formulacin de tales cuentas.

    Por su parte el Catlogo de Bienes deber conformarse a partir del Clasificadorpor Objeto del Gasto (COG) ya armonizado con la Lista de Cuentas. Ello

    l f di fi i d di i i d bi

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    68/382

    En resumen, para los efectos de la integracin automtica entre las cuentaspresupuestarias, contables, clasificador de bienes y la Cartera de Programas y

    Proyectos de Inversin, debe existir una correspondencia que tienda a ser

    biunvoca entre las mismas y entre ellas y las estructuras de las Cuentas

    Econmicas referidas.

    Relacin al PEF, la correspondencia entre las cuentas presupuestarias de egresosy las contables se facilita, dado que el carcter econmico de las diversas

    transacciones mediante el uso del clasificador por Tipo del Gasto, que forma parte

    de la Clave Presupuestaria, es introducido al sistema cada vez que se registran

    aqullas.

    El siguiente esquema muestra grficamente las diferentes estructuras de cuentasque deben estar interrelacionadas en un SICG:

    Sistema deClasificacin

    Clasificador porListado de Cuentas

    Contables

    - Catlogo de BienesMuebles (SFP)

    - Catlogo de

    - Manual de Estadsticasde las FinanzasPblicas (FMI)

    DATO DATO

    GASTOS

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    69/382

    D.2. Momentos de Registro Contable (Momentos Contables) del ejercicio delos Ingresos y los Egresos.

    Como ya se seal en el Captulo previo, de la normatividad vigente (artculo 38

    de la Ley de Contabilidad), surge la obligacin para todos los entes pblicos de

    registrar los momentos contables de los ingresos y egresos que a continuacin se

    sealan:

    Momentos contables de los ingresos.

    Estimado

    Modificado

    Devengado

    Recaudado

    Momentos contables de los egresos.

    Aprobado

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    70/382

    Contabilidad y, por su parte, el CONAC ha emitido las normas y la metodologageneral para su correcta aplicacin.

    D.3. El devengado como momento contable clave para interrelacionar la

    informacin presupuestaria con la contable

    Los procesos administrativofinancieros que originan ingresos o egresosreconocen en el momento contable del devengado laetapa ms relevante para

    el registro de sus transacciones financieras. El correcto registro de este momento

    contable es condicin necesaria para la integracin de los registros

    presupuestarios y contables, as como para producir estados de ejecucin

    presupuestaria, contable y econmica coherentes y consistentes. Por otro lado, la

    Ley de Contabilidad establece en su Artculo 19 que el SCG debe integrar en

    forma automtica el ejercicio presupuestario con la operacin contable, a partir de

    la utilizacin del gasto devengado;, a lo que corresponde agregar que ello es

    vlido tambin para el caso de los ingresos devengados.

    Los datos de las cuentas presupuestarias y de la contabilidad general, se

    interrelacionan en el momento en el cual se registra el devengado de o las

    transacciones financieras del ente, segn corresponda. Con anterioridad a sudevengado, el registro de las transacciones sean stas de ingresos o gastos, se

    li di d d d i i E l d

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    71/382

    E. Matriz de Conversin

    La matriz de conversin de gastos es una tabla que tiene incorporadas las

    relaciones automticas entre los Clasificadores por Objeto del Gasto y por Tipo del

    Gasto con el Plan de Cuentas (Lista de Cuentas). La tabla est programada para

    que al registrarse el devengado de una transaccin presupuestaria de egresos de

    acuerdo con los referidos clasificadores, identifique automticamente la cuenta decrdito a que corresponde la operacin y genere automticamente el asiento

    contable. En el caso de los ingresos, la tabla acta en forma similar a la anterior,

    pero como lo que se registra en el Clasificador por Rubros de Ingresos (CRI) es un

    ingreso (crdito), la tabla identifica automticamente la cuenta de dbito y genera

    el respectivo asiento contable.

    La matriz del pagado de egresos relaciona el medio de pago con las cuentas del

    Plan de Cuentas (Lista de Cuentas); la cuenta del crdito ser la cuenta del dbito

    del asiento del devengado de egresos y la cuenta del dbito est definida por el

    medio de pago (Bancos). La matriz de ingresos percibidos relaciona el tipo de

    ingreso y el medio de percepcin; la cuenta del crdito identifican el tipo de cobro

    realizado (ingresos a bancos) y la de dbito ser la cuenta de cargo del asiento del

    devengado de ingresos.

    E i h ibl l d i i d i lib l

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    72/382

    Baja de bienes

    Bienes en comodato

    Bienes concesionados

    Anticipos a Proveedores y Contratistas

    Anticipos a otros niveles de Gobierno

    Retenciones

    Reintegros de fondos

    Depreciacin y amortizacin

    Constitucin de provisiones y reservas

    Constitucin y reposicin de fondos rotatorios o reintegrables

    Ajustes por variacin del tipo de cambio

    Para cada uno de estos casos, deben prepararse Guas Contabilizadoras

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    73/382

    Se produce una transaccin relacionada con el Presupuesto de Egresos.

    La transaccin se imputa segn la clave presupuestaria y el momento

    contable que corresponda.

    La transaccin debe imputarse segn la clave presupuestaria completa.

    Ejercicio:

    - Ao del ejercicioClasificacin administrativa:

    - Ramo- Unidad responsable

    Clasificacin programtica:- Funcionalidad- Funcin- Subfuncin- Actividad Institucional- Programa y Proyector PresupuestariosClasificacin econmica:

    1

    2

    2.1

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    74/382

    De acuerdo con la informacin contenida en la base de datos del sistema

    automticamente y mediante la aplicacin de la matriz de conversin se

    producen los asientos contables, los asientos por partida de la contabilidadpresupuestaria y conforme con la parametrizacin que se requiera, los estados

    del ejercicio del presupuesto por partida simple, segn el siguiente esquema.

    Campos de registro del Presupuestoautorizado:

    Presupuesto aprobado (analtico).Adecuaciones presupuestarias:Aprobadas por Decreto.

    Ampliaciones.

    Reducciones.Internas: Ampliaciones. Reducciones.

    Externas: Ampliaciones Lquidas.

    -Pendientes de Aprobacin.-Aprobadas.

    Reducciones Lquidas.-Pendientes de Aprobacin.-Aprobadas.

    Adiciones Compensadas.

    -Pendientes de Aprobacin.-Aprobadas.

    Presupuesto vigente (modificado)actualizado.

    Campos de registro de laCalendarizacin mensual:

    Calendario original Autorizado.Adecuaciones de calendarios:

    Internas: Ampliaciones.

    Reducciones. Compensadas.Externas: Ampliaciones.

    -Pendientes de Aprobacin.-Aprobadas.

    Reducciones.-Pendientes de Aprobacin.-Aprobadas.

    Compensadas.-Pendientes de Aprobacin.-Aprobadas.

    Calendario vigente.

    Campos de registro sobre el ejercicio delos egresos:

    Presupuesto vigente: Pre-compromisos. Presupuesto no pre-comprometido.

    Compromiso:

    Pre-compromisos no comprometido. Presupuesto sin-comprometer.Devengados: Compromisos no devengados. Presupuesto sin-devengar. Calendario vigente.

    Ejercido (Cuenta por Liquidar Certificada): Calendario no ejercido. Devengados no ejercidos.

    Pagado: Ejercidos no pagados. Devengados no pagados.

    A B C

    3

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    75/382

    A partir del registro de movimientos presupuestarios por partida doble en cuentas

    contables de orden, se est en condiciones de producir estados sobre el ejercicio

    del Presupuesto de Egresos con ese origen.

    En seguida se integran automticamente y en tiempo real los asientos contables

    que ocurren en materia del ejercicio de los ingresos y los gastos, con los definanciamiento y con aquellos de origen extrapresupuestario.

    ESQUEMA DE INTEGRACIN DE LOS ASIENTOS CONTABLES EN LACONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

    CONTABILIDAD DEL ENTE

    LIBROS DIARIO

    MAYOR

    BALANZA DE COMPROBACIN

    4

    5

    Registros automticos

    Sobre el ejercicio delPresupuesto de Egresos

    Registros automticos

    Sobre el ejercicio de laLey de Ingresos

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    76/382

    H. COMENTARIO FINAL

    En el Captulo VII del presente Manual, se describe la finalidad, contenido,

    estructura y forma de presentacin de cada uno de los estados e informes

    contables, presupuestarios, programticos y econmicos, que generar

    automticamente el SICG.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    77/382

    CAPTULO IIIPLAN DE CUENTAS

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    78/382

    CONTENIDO

    ASPECTOS GENERALES

    BASE DE CODIFICACI N

    ESTRUCTURA DEL PLAN DE CUENTAS

    CONTENIDO DEL PLAN DE CUENTAS

    DEFINICI N CONCEPTUAL DEL PLAN DE CUENTAS

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    79/382

    ASPECTOS GENERALES

    Para la elaboracin del Plan de Cuentas se tom en consideracin las Normas

    Internacionales de Contabilidad para el Sector Pblico (NICSP) emitidas por la

    Junta de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Pblico (International

    Public Sector Accounting Standards Board, Internacional Federation Accounting

    Committee) y las Normas de Informacin Financiera (NIF) del Consejo Mexicano

    para la Investigacin y Desarrollo de Normas de Informacin Financiera (CINIF).

    El objetivo del Plan de Cuentas es proporcionar, los elementos necesarios que

    permitan contabilizar las operaciones, proveer informacin til en tiempo y forma,

    para la toma de decisiones por parte de los responsables de administrar las

    finanzas pblicas, para garantizar el control del patrimonio; as como medir los

    resultados de la gestin pblica financiera y para satisfacer los requerimientos de

    todas las instituciones relacionadas con el control, la transparencia y la rendicinde cuentas.

    En este sentido constituye una herramienta bsica para el registro de las

    operaciones, que otorga consistencia a la presentacin de los resultados del

    ejercicio y facilita su interpretacin, proporcionando las bases para consolidar bajo

    criterios armonizados la informacin contable.

    El Plan de Cuentas que se presenta comprende la enumeracin de cuentas

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    80/382

    financieros a los usuarios de la informacin, aunque stos no sean expertos

    en Contabilidad Gubernamental;

    Se adopta un sistema numrico para codificar las cuentas, el cual es

    flexible para permitir la incorporacin de otras cuentas que resulten

    necesarias a los propsitos perseguidos.

    Las cuentas de orden contables sealadas, son las mnimas necesarias, se

    podrn aperturar otras, de acuerdo con las necesidades del ORFIS.

    Para el registro de las operaciones contables y presupuestarias, el ORFIS ajust

    sus Clasificadores por Rubros de Ingresos y Objeto del Gasto al Plan de Cuentas,

    mismos que estn armonizados.

    El 9 de diciembre de 2009 en el Diario Oficial de la Federacin se public eldocumento Plan de Cuentas. Dados los avances registrados a la fecha en el

    diseo del Sistema de Contabilidad Gubernamental que se presentan en el

    Manual de Contabilidad Gubernamental emitido por el CONAC, se realizaron

    algunos cambios en el documento, derivado de la interrelacin contable

    presupuestal se realizaron modificaciones menores en el nombre de las cuentas,

    con el propsito de coadyuvar a su mejor aplicacin. Por este Captulo del Manualde Contabilidad, se reemplaza a la norma sobre el mismo tema emitida por el

    CONAC con fecha 1 de diciembre de 2009

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    81/382

    PRIMER AGREGADO

    Gnero 1 Activo

    Grupo 1.1 Activo Circulante

    Rubro 1.1.1 Efectivo y Equivalentes

    SEGUNDO AGREGADO

    Cuenta 1.1.1.1 Efectivo

    Subcuenta 1.1.1.1.1 Caja

    GNERO: Considera el universo de la clasificacin.

    GRUPO: Determina el mbito del universo en rubros compatibles con el gnero en

    forma estratificada, permitiendo conocer a niveles agregados su composicin.

    RUBRO: Permite la clasificacin particular de las operaciones del ORFIS.

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    82/382

    ESTRUCTURA DEL PLAN DE CUENTASDEL RGANO DE FISCALIZACIN SUPERIOR

    DEL ESTADO DE VERACRUZ

    1 Activo Circulante

    2 Activo No Circulante

    1 Pasivo Circulante

    1 ACTIVO

    2 PASIVO

    1 Efectivo y Equivalentes2 Derechos a Recibir Efectivos o Equivalentes

    3 Derechos a Recibir Bienes o Servicios5 Almacenes6 Estimacin por Prdida o Deterioro de

    Activos Circulantes9 Otros Activos Circulantes

    1 Inversiones Financieras a Largo Plazo3 Bienes Inmuebles, Infraestructura y

    Construcciones en Proceso4 Bienes Muebles5 Activos Intangibles6 Depreciacin, Deterioro y Amortizacin

    Acumulada de Bienes e Intangibles

    1 Cuentas por Pagar a Corto Plazo6 Fondos y Bienes de Terceros en Garanta y/o

    Administracin a Corto Plazo

    Gnero Grupo Rubro

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    83/382

    ESTRUCTURA DEL PLAN DE CUENTASDEL RGANO DE FISCALIZACIN SUPERIOR

    DEL ESTADO DE VERACRUZ

    1 Ingresos deGestin

    4 INGRESOSY OTROS

    BENEFECIOS

    4 Derechos6 Aprovechamientos de Tipo Corriente

    1 Participaciones y Aportaciones

    2 Transferencias, Asignaciones, Subsidios yOtras Ayudas

    2 Participaciones,Aportaciones,Transferencias,Asignaciones,

    Subsidios y OtrasAyudas

    1 Ingresos Financieros3 Disminucin del Exceso de Estimaciones por

    Prdida o Deterioro u Obsolescencia9 Otros Ingresos y Beneficios Varios

    3 Otros Ingresos yBeneficios

    Gnero Grupo Rubro

  • 7/25/2019 8 GUBERNAMENTAL 2.pdf

    84/382

    ESTRUCTURA DEL PLAN DE CUENTASDEL RGANO DE FISCALIZACIN SUPERIOR

    DEL ESTADO DE VERACRUZ

    Gnero Grupo Rubro

    6 CUENTAS

    DE CIERRECONTABLE

    1 Resumen de Ingresos y Gastos

    2 Ahorro de la Gestin3 Desahorro de la Gestin

    1 Valores3 Av