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MANUAL DE CONTABILIDAD
GUBERNAMENTALLTIMA ACTUALIZACINEnero/2015
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INDICE DE CAPTULOS
INTRODUCCIN
CAPTULO I
ASPECTOS GENERALES DE LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
CAPTUL O II
FUNDAMENTOS METODOLGICOS DE LA INTEGRACIN Y PRODUCCIN
AUTOMTICA DE INFORMACIN FINANCIERA
CAPTULO III
PLAN DE CUENTAS
CAPTULO IV
INSTRUCTIVOS DE MANEJO DE CUENTAS
CAPTULO V
MODELO DE ASIENTOS PARA EL REGISTRO CONTABLE
CAPTULO VI
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INTRODUCCIN
Con fundamento en los Artculos 7 y Cuarto Transitorio, fraccin II, de la LeyGeneral de Contabilidad Gubernamental, los poderes Ejecutivo, Legislativo yJudicial de la Federacin y Entidades Federativas; las entidades y los rganosAutnomos debern adoptar e implementar, con carcter obligatorio, el
Acuerdo por el que se emite elManual de Contabi l idad Gubernamental,considerando lo antes sealado, el rgano de Fiscalizacin Superior del Estadode Veracruz de Ignacio de la Llave adopta y emite el Manual de ContabilidadGubernamentala que hace referencia el Artculo Tercero Transitorio, fraccin IIIde la citada Ley.
De acuerdo con la Ley de Contabilidad, el manual es el documento conceptual,metodolgico y operativo que contiene, como mnimo, su finalidad, el marco
jurdico, lineamientos tcnicos, la lista de cuentas, los instructivos para el manejode las cuentas, las guas contabilizadoras y la estructura bsica de los principales
estados financieros a generarse en el sistema. En complemento, y conforme a losealado por el Cuarto Transitorio de dicha Ley, tambin formarn parte delmanual las matrices de conversin con caractersticas tcnicas tales que, a partir
de clasificadores presupuestarios, listas de cuentas y catlogos de bienes oinstrumentos similares que permitan su interrelacin modular, generen el registroautomtico y por nica vez de las transacciones financieras en los momentos
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presupuestarias o de cualquier otra fuente. En el Manual no se efecta unadescripcin integral de los procesos administrativos/financieros y de los eventosconcretos de los mismos que generan los registros contables. Cabe destacar que,tanto en el Modelo de Asientos como en las Guas Contabilizadoras, se incluyenlos principales procesos que motivan los registros contables.
La parte metodolgica est desarrollada de acuerdo con las operaciones que,fundamentalmente, realiza el ORFIS, mismo que podr abrir las subcuentas yotras desagregaciones que requieran para satisfacer sus necesidades operativaso de informacin gerencial, a partir de la estructura bsica del plan de cuentas,conservando la armonizacin con los documentos emitidos por el CONAC.
Los contenidos de este Manual, se complementar con las principales reglas delregistro y valoracin de patrimonio, de manera tal que con ambos instrumentos seconcluyen las bases tcnicas estructurales y funcionales de la contabilidadgubernamental.
A los contenidos del Manual corresponde adicionar las normas o lineamientosespecficos que emita la autoridad competente en materia de contabilidad
gubernamental en el Estado.
As, el presente documento se integr de 7 Captulos y un Anexo. A continuacin
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facilitar el registro nico de las operaciones presupuestarias y contables, realizadoen forma automtica al momento en que ocurran los eventos de los procesosadministrativos que les dieron origen, de manera que se disponga en tiempo realde estados sobre el ejercicio del Presupuesto de Egresos y la Ley de Ingresos, ascomo contables y econmicos.
Por su parte, el Captulo III Plan de Cuentas:presenta a partir de la estructura ycontenido aprobado por el CONAC, una versin actualizada, adicionando suscorrespondientes descripciones hasta el cuarto nivel de apertura. Este Plan deCuentas fue elaborado sobre las bases legales y tcnicas establecidas por la Leyde Contabilidad, el Marco Conceptual y los Postulados Bsicos que rigen lacontabilidad gubernamental, as como en atencin a las propias demandas de
informacin de los entes pblicos no empresariales.
Adicionalmente, para dar cumplimiento a la norma legal que establece laintegracin automtica del ejercicio presupuestario con la operacin contable, se
requiere que parte de las cuentas que integran el Plan de Cuentas seanarmonizadas hasta el quinto nivel de desagregacin (Subcuentas). Con tal motivose incluye dicha desagregacin en los casos correspondientes.
En el Captulo IV Instructivo de Manejo de Cuentas: se dan a conocer lasinstrucciones para el manejo de cada una de las cuentas que componen el Plan
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relevante y habitual del ORFIS que tiene impacto sobre su patrimonio. El modelopresenta en primer lugar los asientos relacionados con el ejercicio de la Ley deIngresos y del Presupuesto de Egresos, que se generan automticamentemediante la matriz de conversin; contina con las no presupuestarias y lospropios de las operaciones de financiamiento, para despus culminar con elmodelo de asientos por partida doble de las operaciones presupuestarias.
En cuanto al Captulo VI Guas Contabilizadoras: su propsito es orientar elregistro de las operaciones contables a quienes tienen la responsabilidad de suejecucin, as como para todos aquellos que requieran conocer los criterios que seutilizan en cada operacin. En dichas guas los registros se ordenan por procesoadministrativo/financiero y se muestra en forma secuencial los asientos contables
que se deben realizar en sus principales etapas. Es importante mencionar que elManual se mantendr permanentemente actualizado mediante la aprobacin denuevas Guas Contabilizadoras, motivadas por el surgimiento de otrasoperaciones administrativo/financieras o por cambios normativos posteriores que
impacten en los registros contables.
Por ltimo, en el Captulo VII: Normas y metodologa para la emisin de
informacin financiera y estructura de los estados financieros bsicos delente pblico y caractersticas de sus notas: incorpora en forma integral lanueva versin ajustada y actualizada, misma que muestra los estados e
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CAPTULO IASPECTOS GENERALES DE LA
CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
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CONTENIDO
A. ANTECEDENTES SOBRE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
B. FUNDAMENTO LEGAL DE LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL EN
MXICO
C. EL SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
D. LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y LOS ENTES PBLICOS
E. LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL, LA CUENTA PBLICA Y LA
INFORMACIN ECONMICA
F. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
G. PRINCIPALES USUARIOS DE LA INFORMACIN PRODUCIDA POR EL
SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
H. MARCO CONCEPTUAL DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL
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A. ANTECEDENTES SOBRE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
La Contabilidad Gubernamental es una rama de la Teora General de la
Contabilidad que se aplica a las organizaciones del sector pblico, cuya actividad
est regulada por un marco constitucional, una base legal y normas tcnicas que
la caracterizan y la hacen distinta a la que rige para el sector privado.
Las principales diferencias conceptuales, normativas y tcnicas entre la
contabilidad gubernamental y la del sector privado son las siguientes:
El objeto de la contabilidad gubernamental es contribuir entre otras a la
economa de la hacienda pblica; en tanto que, las entidades del sector
privado est orientada a la economa de la organizacin.
El presupuesto para los entes pblicos representa responsabilidades
formales y legales, siendo el documento esencial en la asignacin,
administracin y control de recursos; mientras que, en las entidades
privadas tiene caractersticas estimativas y orientadoras de su
funcionamiento.
El proceso de fiscalizacin de las cuentas pblicas est a cargo de los
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La informacin generada por la contabilidad gubernamental es de dominio
pblico, integra el registro de operaciones econmicas realizadas con
recursos de la sociedad y como tal, informan los resultados de la gestin
pblica. En la empresa privada es potestad de su estructura organizativa,
divulgar los resultados de sus operaciones y el inters se limita a los
directamente involucrados con la propiedad de dicha empresa, excepto de
las que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores.
Con las excepciones anteriores, tanto la teora general de la contabilidad como las
normas sobre informacin financiera que se utilizan para las actividades del sector
privado son vlidas para la contabilidad gubernamental.
La contabilidad de las organizaciones, tanto pblicas como privadas, forma parte,
a su vez, de un macrosistema, que es el Sistema de Cuentas Nacionales. Este
macrosistema contable consolida estados de todos los agentes econmicos
residentes de un pas1y a stos con el Sector Externo en un perodo determinado
y expone los resultados de las principales variables macroeconmicas nacionales
o regionales2
por lo que se requiere tambin de interrelaciones correctamentedefinidas entre ellos.
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En dicho marco, el Congreso de la Unin aprob la Ley General de Contabilidad
Gubernamental (Ley de Contabilidad) que rige en la materia a los tres rdenes de
gobierno y crea el Consejo Nacional de Armonizacin Contable (CONAC).
El Artculo 1 de la Ley de Contabilidad establece que sta es de observancia
obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federacin, los
estados y el Distrito Federal; los ayuntamientos de los municipios; los rganos
polticoadministrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las
entidades de la administracin pblica paraestatal, ya sean federales, estatales o
municipales y los rganos autnomos federales y estatales.
Por otra parte, asigna al CONAC el carcter de rgano de coordinacin para la
armonizacin de la contabilidad gubernamental y lo faculta para la emisin denormas contables y lineamientos para la generacin de informacin financiera que
aplicarn los entes pblicos.
C. EL SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
El Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG) est conformado por elconjunto de registros, procedimientos, criterios e informes estructurados sobre la
base de principios tcnicos comunes destinados a captar, valuar, registrar,
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realizacin, independientemente de la de su pago, y la del ingreso se registrar
cuando exista jurdicamente el derecho de cobro.
D. LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y LOS ENTES PBLICOS
La Ley de Contabilidad identifica a los entes pblicos de cada orden de gobierno e
instituye las normas y responsabilidades de los mismos con respecto a la
contabilidad gubernamental.
El Artculo 4 fraccin XII de la Ley de Contabilidad, establece que son Entes
pblicos: los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federacin y de las
entidades federativas; los entes autnomos de la Federacin y de las entidades
federativas; los ayuntamientos de los municipios; los rganos poltico-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y las
entidades de la administracin pblica paraestatal, ya sean federales, estatales o
municipales.
Por su parte, el Artculo 2 dispone que Los entes pblicos aplicarn la
contabilidad gubernamental para facilitar el registro y la fiscalizacin de los activos,pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economa y
eficiencia del gasto e ingresos pblicos, la administracin de la deuda pblica,
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E. LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL, LA CUENTA PBLICA Y LA
INFORMACIN ECONMICA
La Ley de Contabilidad tambin determina la obligacin de generar informacin
econmica, entendiendo por sta, la relacionada con las finanzas pblicas y las
cuentas nacionales. La norma ms clara al respecto, est contenida en el Artculo
46 donde se establece que la contabilidad de los entes pblicos permitir la
generacin peridica de la siguiente informacin de tipo econmico:
Un flujo de fondos que resuma todas las operaciones y los indicadores de
la postura fiscal.
Informacin complementaria para generar las cuentas nacionales y atenderotros requerimientos provenientes de organismos internacionales de los
que Mxico es miembro.
Asimismo, cabe destacar lo establecido en el Artculo 53 de la Ley de Contabilidad
respecto a los contenidos mnimos que debe incluir la Cuenta Pblica del
Gobierno Federal, entre los que seala: el Anlisis cualitativo de los indicadoresde la postura fiscal, estableciendo su vnculo con los objetivos y prioridades
definidos en la materia, en el programa econmico anual.
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F. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
El CONAC mediante la aprobacin del Marco Conceptual ha establecido como
objetivos del Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG) los siguientes:
a) Facilitar la toma de decisiones con informacin veraz, oportuna y confiable,
tendiente a optimizar el manejo de los recursos;
b) Emitir, integrar y/o consolidar los estados financieros, as como producir
reportes de todas las operaciones de la Administracin Pblica;
c) Permitir la adopcin de polticas para el manejo eficiente del gasto,
orientado al cumplimiento de los fines y objetivos del ente pblico;
d) Registrar de manera automtica, armnica, delimitada, especfica y en
tiempo real las operaciones contables y presupuestarias propiciando, con
ello, el registro nico, simultneo y homogneo;
e) Atender requerimientos de informacin de los usuarios en general sobre lasfinanzas pblicas;
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b) Facilitar el control interno y externo de la gestin pblica para garantizar
que los recursos se utilicen en forma eficaz, eficiente y con transparencia;
c) Informar a la sociedad, los resultados de la gestin pblica, con el fin de
generar conciencia ciudadana respecto del manejo de su patrimonio social
y promover la contralora ciudadana.
Desde el punto de vista del ORFIS, el SCG se propone alcanzar los siguientes
objetivos:
a) Registrar de manera automtica, armnica, delimitada, especfica y en
tiempo real las operaciones contables y presupuestarias propiciando, conello, el registro nico, simultneo y homogneo;
b) Producir los estados e informacin financiera con veracidad, oportunidad y
confiabilidad, con el fin de cumplir con la normativa vigente, utilizarla para la
toma de decisiones por parte de sus autoridades, apoyar la gestin
operativa y satisfacer los requisitos de rendicin de cuentas y transparenciafiscal;
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b) Producir la Cuenta Pblica de acuerdo a los plazos legales;
c) Producir informacin econmica ordenada de acuerdo con el sistema de
estadsticas de las finanzas pblicas;
d) Coadyuvar a generar las cuentas del Gobierno Central del Sistema de
Cuentas Nacionales.
G. PRINCIPALES USUARIOS DE LA INFORMACIN PRODUCIDA POR EL
SCG
Entre los principales usuarios de la informacin que produce el SCG, se identifican
los siguientes:
a) El H. Congreso de la Unin y las legislaturas de las entidades federativas
que requieren de la informacin financiera para llevar a cabo sus tareas de
fiscalizacin;
b) Los responsables de administrar las finanzas pblicas nacionales, estatalesy municipales;
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g) Los rganos financieros nacionales e internacionales que contribuyen con
el financiamiento de programas o proyectos;
h) Analistas econmicos y fiscales especialistas en el seguimiento y
evaluacin de la gestin pblica;
i) Entidades especializadas en calificar la calidad crediticia de los entes
pblicos;
j) Los inversionistas externos que requieren conocer el grado de estabilidad
de las finanzas pblicas, para tomar decisiones respecto de futuras
inversiones;
k) La sociedad civil en general, que demanda informacin sobre la gestin y
situacin contable, presupuestaria y econmica de los entes pblicos y de
los diferentes agregados institucionales del Sector Pblico.
H. MARCO CONCEPTUAL DEL SCG
El Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental (MCCG), desarrolla los
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b) Respaldar tericamente la emisin de las normas generales y guas
contabilizadoras, evitando con ello la emisin de normas que no sean
consistentes entre s;
c) Establecer un marco de referencia para aclarar o sustentar tratamientos
contables;
d) Proporcionar una terminologa y un punto de referencia comn entre los
diseadores del sistema, generadores de informacin y usuarios,
promoviendo una mayor comunicacin entre ellos y una mejor capacidad de
anlisis.
En tal sentido, el Artculo 21 de la Ley de Contabilidad establece que Lacontabilidad se basar en un marco conceptual que representa los conceptos
fundamentales para la elaboracin de normas, la contabilizacin, valuacin y
presentacin de la informacin financiera confiable y comparable para satisfacer
las necesidades de los usuarios y permitir ser reconocida e interpretada por
especialistas e interesados en la finanzas pblicas.
La Ley establece como una de las atribuciones del CONAC la de emitir el marco
conceptual. Al efecto,con fecha 20 de agosto de 2009, fue publicado el acuerdo
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d) Armonizar la generacin y presentacin de la informacin financiera que
permita:
Rendir cuentas de forma veraz y oportuna;
Interpretar y evaluar el comportamiento de la gestin pblica;
Sustentar la toma de decisiones; y
Apoyar las tareas de fiscalizacin.
El MCCG se integra por los apartados siguientes:
I. Caractersticas del Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental;
II. Sistema de Contabilidad Gubernamental;
III. Postulados Bsicos de Contabilidad Gubernamental;IV. Necesidades de informacin financiera de los usuarios;
V. Cualidades de la informacin financiera a producir;
VI. Estados presupuestarios, financieros y econmicos a producir y sus
objetivos;
VII. Definicin de la estructura bsica y principales elementos de los estados
financieros a elaborar.
Las normas que se refieren a la valoracin de los activos y el patrimonio de los
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a) La Normatividad emitida por las unidades administrativas o instancias
competentes en materia de Contabilidad Gubernamental;
b) Las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Pblico (NICSP)
emitidas por la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector
Pblico (International Public Sector Accounting Standards Board,International Federation of Accountants IFAC), entes en materia de
Contabilidad Gubernamental;
c) Las Normas de Informacin Financiera del Consejo Mexicano para la
Investigacin y Desarrollo de Normas de Informacin Financiera (CINIF).
Tanto las normas emitidas por el IFAC como las del CINIF, si bien forman parte
del marco tcnico a considerar en el desarrollo conceptual del SCG, deben ser
estudiadas y, en la medida que sean aplicables, deben ser puestas en vigor
mediante actos administrativos especficos.
I. POSTULADOS BSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
De conformidad con el Artculo 22 de la Ley de Contabilidad, Los postulados
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Cabe destacar que con fecha 20 de agosto de 2009, fue publicado el Acuerdo por
el cual el CONAC emite los Postulados Bsicos de Contabilidad Gubernamental,
disponiendo que deben ser aplicados por los entes pblicos de forma tal que la
informacin que proporcionen sea oportuna, confiable y comparable para la toma
de decisiones.
A continuacin se presentan y explican los Postulados Bsicos de ContabilidadGubernamental:
1) SUSTANCIA ECONMICA. Es el reconocimiento contable de las
transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan
econmicamente al ORFIS y delimitan la operacin del Sistema de
Contabilidad Gubernamental (SCG).
2) ENTES PBLICOS. Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la
Federacin y de las entidades federativas; los entes autnomos de la
Federacin y de las entidades federativas; los ayuntamientos de los
municipios; los rganos poltico-administrativos de las demarcaciones
territoriales del Distrito Federal; y las entidades de la administracinpblica paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales.
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Presupuesto Egresos, de acuerdo a la naturaleza econmica que le
corresponda. El registro presupuestario del ingreso y del egreso en el
ORFIS se debe reflejar en la contabilidad, considerando sus efectos
patrimoniales y su vinculacin con las etapas presupuestarias
correspondientes.
7) CONSOLIDACIN DE LA INFORMACIN FINANCIERA. Los estadosfinancieros del ORFIS debern presentar de manera consolidada la
situacin financiera, los resultados de operacin, el flujo de efectivo o los
cambios en la situacin financiera y las variaciones a la Hacienda Pblica,
como si se tratara de un solo ente pblico.
8) DEVENGO CONTABLE. Los registros contables del ORFIS se llevarncon base acumulativa. El ingreso devengado, es el momento contable que
se realiza cuando existe jurdicamente el derecho de cobro de impuestos,
derechos, productos, aprovechamientos y otros ingresos por parte del
ORFIS. El gasto devengado, es el momento contable que refleja el
reconocimiento de una obligacin de pago a favor de terceros por la
recepcin de conformidad de bienes, servicios y obra pblica contratados;as como de las obligaciones que derivan de tratados, leyes, decretos,
resoluciones y sentencias definitivas.
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permanecer a travs del tiempo, en tanto no cambie la esencia econmica
de sus operaciones.
J. CARACTERSTICAS TCNICAS DEL SCG
El contexto legal, conceptual y tcnico en el cual se debe estructurar el SCG del
ORFIS, determina que el mismo debe responder a ciertas caractersticas dediseo y operacin, entre las que se distinguen las que a continuacin se
relacionan:
a) Ser nico, uniforme e integrador;
b) Integrar en forma automtica la operacin contable con el ejerciciopresupuestario;
c) Efectuar los registros considerando la base acumulativa (devengado) de las
transacciones;
d) Registrar de manera automtica y, por nica vez, en los momentoscontables correspondientes;
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h) Generar, en tiempo real, estados financieros, de ejecucin presupuestaria y
otra informacin que coadyuve a la toma de decisiones, transparencia,
programacin con base en resultados, evaluacin y rendicin de cuentas;
i) Estar estructurado de forma tal que permita su compatibilizacin con la
informacin sobre produccin fsica que generan las mismas reas queoriginan la informacin contable y presupuestaria, permitiendo el
establecimiento de relaciones de insumoproducto y la aplicacin de
indicadores de evaluacin del desempeo y determinacin de costos de la
produccin pblica;
j) Estar diseado de forma tal que permita el procesamiento y generacin deestados financieros mediante el uso de las tecnologas de la informacin;
k) Respaldar con la documentacin original que compruebe y justifique los
registros que se efecten, el registro de las operaciones contables y
presupuestarias.
K. PRINCIPALES ELEMENTOS DEL SCG
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Clasificacin Programtica
3. Momentos Contables
De los ingresos
De los gastos
Del financiamiento
4. Matriz de Conversin
5. Normas contables generales
6. Libros principales y registros auxiliares
7. Manual de Contabilidad
Plan de Cuentas (Lista de cuentas)
Instructivos de manejo de cuentas
Guas ContabilizadorasEstados financieros bsicos a generar por el sistema y estructura de los
mismos
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Lista de Cuentas, alineada al Plan de Cuentas, clasificadores presupuestarios
armonizados y el Catlogo de Bienes a ms tardar el 31 de diciembre de 2010.
2. Clasificadores Presupuestarios Armonizados
La Ley de Contabilidad establece en su Artculo 41 que para el registro nico de
las operaciones presupuestarias y contables, los entes pblicos dispondrn declasificadores presupuestarios, listas de cuentas y catlogos de bienes o
instrumentos similares que permitan su interrelacin automtica.
De acuerdo con dicho marco legal, los clasificadores presupuestarios armonizados
que requiere el SCG para realizar la integracin automtica de los registros
presupuestarios con los contables son los siguientes:
Clasificador por Rubros de Ingresos (rubro, tipo, clase y concepto)
Clasificador por Objeto del Gasto (captulo, concepto y partida)
Clasificador por Tipo de Gasto
Clasificador Funcional del Gasto (finalidad, funcin y subfuncin)
Clasificacin AdministrativaClasificacin Econmica
Clasificacin Programtica (Tipologa General)
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Esta clasificacin permite el registro analtico de las transacciones de ingresos, y
la vinculacin de los aspectos presupuestarios y contables de los recursos.
La estimacin de los ingresos se realiza a nivel de concepto y debern registrarse
en cifras brutas, sin deducciones, representen o no entradas de efectivo.
Finalidad
La clasificacin de los ingresos pblicos por rubros tiene, entre otras finalidades,
las que a continuacin se sealan:
Identificar los ingresos que los entes pblicos captan en funcin de la
actividad que desarrollan.
Medir el impacto econmico de los diferentes ingresos y analizar la
recaudacin con respecto a las variables macroeconmicas para establecer
niveles y orgenes sectoriales de la elusin y evasin fiscal.
Contribuir a la definicin de la poltica de ingresos pblicos.
Coadyuvar a la medicin del efecto de la recaudacin pblica en los
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El Clasificador por Objeto del Gasto es aplicable a todas las transacciones que
realiza el ORFIS para obtener los bienes y servicios que utiliza y realizar
transferencias e inversiones financieras, en el marco del Presupuesto de Egresos.
Dicho clasificador ha sido diseado con un nivel de desagregacin y
especializacin que permite que el registro de las transacciones presupuestariasque realiza el ORFIS se integre automticamente con las operaciones contables
de los mismos.
Finalidad
Ofrece informacin valiosa de la demanda de bienes y servicios que realizael Gobierno, permitiendo identificar el sector econmico sobre el que se
generar la misma.
Ofrece informacin sobre las transferencias e inversin financiera que se
destina a entes pblicos, y a otros sectores de la economa de acuerdo con
la tipologa econmica de los mismos.
Facilita la programacin de la contratacin de bienes y servicios.
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Clasificador por Tipo de Gasto
El Clasificador por Tipo de Gasto relaciona las transacciones pblicas derivadas
del gasto con los grandes agregados de la clasificacin econmica tal y como se
muestra a continuacin:
1. Gasto Corriente2. Gasto de Capital
3. Amortizacin de la deuda y disminucin de pasivos
Adems, cumple un papel fundamental en lo que se refiere a la capitalizacin de
gastos que a priori lucen como de tipo corriente, pero que son aplicados por el
ente a la construccin de activos fijos o intangibles, tales como los gastos enpersonal e insumos materiales.
Clasificador Funcional de Gasto (finalidad, funcin y subfuncin)
La Clasificacin Funcional del Gasto agrupa los gastos segn los propsitos u
objetivos socioeconmicos que persiguen los diferentes entes pblicos.
Presenta el gasto pblico segn la naturaleza de los servicios gubernamentales
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Facilitar el anlisis a lo largo del tiempo de las tendencias del gasto pblico
segn la finalidad y funcin;
Facilitar comparaciones internacionales respecto al alcance de las
funciones econmicas y sociales que desempean los gobiernos;
Favorecer el anlisis del gasto para estudios econmicos y sociales; y,
Cuantificar la proporcin del gasto pblico que las instituciones pblicas
destinan a las reas de servicios pblicos generales, econmicos, sociales
y a las transacciones no asociadas a funciones.
Clasificacin Administrativa
La Clasificacin Administrativa tiene como propsitos bsicos identificar las
unidades administrativas a travs de las cuales se realiza la asignacin, gestin y
rendicin de los recursos financieros pblicos, as como establecer las bases
institucionales y sectoriales para la elaboracin y anlisis de las estadsticas
fiscales, organizadas y agregadas, mediante su integracin y consolidacin, tal
como lo requieren las mejores prcticas y los modelos universales establecidos enla materia. Esta clasificacin adems permite delimitar con precisin el mbito de
Sector Pblico de cada orden de gobierno y por ende los alcances de su probable
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Coadyuvar a establecer la orientacin del gasto pblico en funcin de la
distribucin institucional que se realiza de los recursos financieros.
Realizar el seguimiento del ejercicio del Presupuesto de Egresos de cada
ente pblico a partir de la realizacin de registros sistemticos y
normalizados de las respectivas transacciones.
Posibilitar la evaluacin del desempeo institucional y la determinacin de
responsabilidades asociadas con la gestin del ente.
Determinar y analizar la interaccin entre los sectores, subsectores y
unidades que la integran.
Posibilitar la consolidacin automtica de las transacciones financieras intra
e intergubernamentales y entre los sectores pblicos de los distintos
rdenes de gobierno.
Establecer un sistema de estadsticas fiscales basado en las mejores
prcticas sobre la materia, que genere resultados en tiempo real y facilite la
toma de medidas correctivas con oportunidad.
Cl ifi i E i
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Finalidad
Formular polticas y observar el grado de cumplimento de las dos
responsabilidades econmicas generales de los gobiernos: proveer ciertos
bienes y servicios a la comunidad sobre una base no de mercado y
redistribuir el ingreso y la riqueza mediante pagos de transferencia.
Medir el aporte de cada ente pblico y de los distintos agregados
institucionales (sectores y subsectores) al comportamiento de las distintas
variables macroeconmicas (produccin, valor agregado, remuneracin a
los factores de la produccin, consumo intermedio y final, demanda
agregada, ahorro, formacin de capital, prstamo neto).
Realizar, de acuerdo con su estructura, proyecciones fiscales multianuales,
los cuadros bsicos del presupuesto plurianual y formular la poltica
presupuestaria anual.
Relacionar en forma directa las transacciones pblicas con las cuentas del
Sistema de Cuentas Nacionales y las Estadsticas de las FinanzasPblicas.
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Clasificacin Programtica (Tipologa General)
Establece la clasificacin de los programas presupuestarios de los entes pblicos,
que permitir organizar, en forma representativa y homognea, las asignaciones
de recursos de los programas presupuestarios.
Clasificadores armonizados relacionados con el SCG
A la fecha el CONAC, ha emitido los siguientes clasificadores:
Clasificador por Rubros de Ingresos, que comprende la apertura hasta
segundo nivel, es decir, por rubro y tipo. Acuerdo de fecha 1 de diciembre
de 2009. Clasificador por Objeto del Gasto a nivel de captulo, concepto y partida.
Acuerdo de fecha 28 de mayo de 2010.
Clasificador por Tipo de Gasto. Acuerdo de fecha 28 mayo de 2010.
Clasificador Funcional de Gasto a nivel finalidad, funcin y subfuncin.
Acuerdo de fecha 15 de diciembre de 2010.
Clasificacin Administrativa comprende la apertura a quinto digito. Acuerdode fecha 23 de junio de 2011.
Clasificacin Econmica comprende la estructura bsica. Acuerdo de fecha
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3. 1. Momentos Contables de los Ingresos
En el marco de la normativa vigente, a continuacin se definen cada uno de los
momentos contables de los ingresos:
Ingreso Estimado: es el que se aprueba anualmente en la Ley de Ingresos, eincluyen los impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones
de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, financiamientos internos y
externos; as como de la venta de bienes y servicios, adems de participaciones,
aportaciones, recursos convenidos, y otros ingresos.
Ingreso Modificado: el momento contable que refleja la asignacinpresupuestaria en lo relativo a la Ley de Ingresos que resulte de incorporar en su
caso, las modificaciones al ingreso estimado, previstas en la ley de ingresos.
Ingreso Devengado: momento contable que se realiza cuando existe
jurdicamente el derecho de cobro de los impuestos, cuotas y aportaciones de
seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos,
aprovechamientos, financiamientos internos y externos; as como de la venta de
bienes y servicios, adems de participaciones, aportaciones, recursos convenidos,
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El CONAC ha establecido en las Normas y Metodologa para la Determinacin de
los Momentos Contables de los Ingresos, que cuando los entes pblicos cuenten
con los elementos que identifique el hecho imponible, y se pueda establecer el
importe de los impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social,
contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos, mediante la
emisin del correspondiente documento de liquidacin, seala la fecha lmite para
realizar el pago de acuerdo con lo establecido en las leyes respectivas, el ingresose entender como determinable. En el caso de los ingresos determinables
corresponde que los mismos sean registrados como Ingreso Devengado en la
instancia referida, al igual que corresponde dicho registro cuando se emite la
factura por la venta de bienes y servicios por parte de los entes pblicos.
Asimismo, se considerar como autodeterminable cuando corresponda a los
contribuyentes el clculo y presentacin de la correspondiente liquidacin.
En cumplimento al Artculo Tercero Transitorio, Fraccin III, de la Ley de
Contabilidad, el CONAC, con fecha 1 de diciembre de 2009, emiti las Normas y
Metodologa para la Determinacin de los Momentos Contables de los Ingresos,
donde se establecen los criterios bsicos a partir de los cuales las unidades
administrativas o instancias competentes en materia de Contabilidad
Gubernamental deben desagregar de acuerdo a sus necesidades en clase y
concepto a partir de la estructura bsica del Clasificador por Rubros de Ingresos
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En referencia a los ingresos por aportaciones se deber de registrar el devengado
al momento de cumplimiento de las reglas de operacin y de conformidad con los
calendarios de pago y el recaudado al momento de percepcin del recurso.
Cuando se emita una autorizacin para pagar a plazos, ya sea diferido o en
parcialidades, el importe pendiente de pago se registrar en un cargo a la cuenta1.1.2.4 y en un abono a la cuenta 2.1.5.9. Cuando se reciba la parcialidad o el
pago diferido, se registra el ingreso devengado y el recaudado de forma
simultnea, as como la cancelacin de las cuentas anteriores y un cargo al banco
o efectivo y un abono a las cuentas de ingreso contable que corresponda.
3.2. Momentos contables de los Egresos
En el marco de la normativa vigente, a continuacin se define cada uno de los
momentos contables de los egresos establecidos por la Ley de Contabilidad.
Gasto aprobado: momento contable que refleja las asignaciones presupuestarias
anuales segn lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos y sus
anexos.
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a) En el caso de gastos en personal de planta permanente o fija y otros de
similar naturaleza o directamente vinculados a los mismos, al inicio del
ejercicio presupuestario, por el costo total anual de la planta ocupada en
dicho momento, en las partidas correspondientes.
b) En el caso de la deuda pblica, al inicio del ejercicio presupuestario, por el
total de los pagos que haya que realizar durante dicho ejercicio porconcepto de intereses, comisiones y otros gastos, de acuerdo con el
financiamiento vigente. Corresponde actualizarlo mensualmente por
variacin del tipo de cambio, cambios en otras variables o nuevos contratos
que generen pagos durante el ejercicio.
c) En el caso de transferencias, subsidios y/o subvenciones,el compromiso seregistrar cuando se expida el acto administrativo que los aprueba.
Gasto devengado: el momento contable que refleja el reconocimiento de una
obligacin de pago a favor de terceros por la recepcin de conformidad de bienes,
servicios y obras oportunamente contratados; as como de las obligaciones que
derivan de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas*;
Gasto ejercido: el momento contable que refleja la emisin de una cuenta por
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A los momentos contables de los egresos establecidos por la Ley de Contabilidad,
es recomendable agregar a nivel de los ejecutores del gasto el registro del
Precompromiso (afectacin preventiva). Entendiendo que corresponde registrar
como tal, la autorizacin para gastar emitida por autoridad competente y que
implica el inicio de un trmite para la adquisicin de bienes o la contratacin de
obras y servicios, ante una solicitud formulada por las unidades responsables de
ejecutar los programas y proyectos.
El registro de este momento contable, es de inters exclusivo de las unidades de
administracin de los ejecutores del gasto o por las unidades responsables de
ejecutar los programas y proyectos de acuerdo con la competencia de estas,
facilita la gestin de recursos que las mismas realizan y aseguran la disponibilidad
de la asignacin para el momento de adjudicar la contratacin respectiva.
En cumplimento al Artculo Tercero Transitorio, Fraccin III, de la Ley, el CONAC,
con fecha 20 de Agosto de 2009, se public las Normas y Metodologa para la
Determinacin de los Momentos Contables de los Egresos, donde se establecen
los criterios bsicos a partir de los cuales las unidades administrativas o instancias
competentes en materia de Contabilidad Gubernamental deben desarrollar en
detalle y a nivel de cada partida del Clasificador por Objeto del Gasto, la
correspondiente metodologa analtica de registro.
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ejercicio, la autoridad responsable de la poltica fiscal de cada orden de gobierno
tiene la necesidad de contener, disminuir o paralizar el ritmo de ejecucin del
gasto, la medida correcta a tomar en estos casos, es regular o impedir la
constitucin de nuevos compromisos contables. La prohibicin de contraer
compromisos implica que los ejecutores del gasto no pueden firmar nuevas
rdenes de compra de bienes, contratacin de servicios, contratos de obra u otros
instrumentos contractuales similares que tarde o temprano originarn obligacionesde pago. La firma de un contrato obliga a su ejecucin. La obligacin del registro
contable del compromiso permite asegurar que las disposiciones tomadas sobre el
control del gasto son respetadas y facilitar obtener los resultados fiscales
previstos.
b) Ventajas del devengado
La Ley de Contabilidad establece en su Artculo 19 que el SCG debe integrar en
forma automtica el ejercicio presupuestario con la operacin contable, a partir de
la utilizacin del gasto devengado. Ello tambin es vlido para el caso de los
ingresos devengados.
Los procesos administrativofinancieros que originan ingresos o egresos
reconocen en el momento contable del devengado la etapa ms relevante para
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La disponibilidad de esta informacin permitir mantener una tesorera pblica en
equilibrio, mantener los pagos al da, impedir la creacin de pasivos exigibles
ocultos en los ejecutores del gasto y, en su caso, poder establecer con precisin
los excedentes de la tesorera para su mejor inversin.
4. Matriz de Conversin
La matriz de conversin tiene como finalidad generar automticamente los
asientos en las cuentas contables a partir del registro por partida simple de las
operaciones presupuestarias de ingresos, egresos y financiamiento. Este
elemento contable se desarrolla conceptualmente en el Captulo siguiente. Los
resultados de su aplicacin prctica se muestran en forma integral en el Anexo I
de este Manual.
5. Normas Contables Generales
De acuerdo con la Ley de Contabilidad se debe entender por Normas Contables:
los lineamientos,metodologas y procedimientos tcnicos, dirigidos a dotar a los
entes pblicos de las herramientas necesarias para registrar correctamente las
operaciones que afecten su contabilidad, con el propsito de generar informacin
veraz y oportuna para la toma de decisiones y la formulacin de estados
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El libro Diario, registra en forma descriptiva todas las operaciones, actos o
actividades siguiendo el orden cronolgico en que stos se efecten, indicando la
cuenta y el movimiento de dbito o crdito que a cada una corresponda, as como
cualquier informacin complementaria que se considere til para apoyar la
correcta aplicacin en la contabilidad de las operaciones, los registros de este libro
sern la base para la elaboracin del Libro Mayor.
En el libro Mayor, cada cuenta de manera individual presenta la afectacin que
ha recibido por los movimientos de dbito y crdito, de todas y cada una de las
operaciones, que han sido registradas en el Libro Diario, con su saldo
correspondiente.
El libro Inventarios, registrar el resultado del levantamiento fsico del inventario al
31 de diciembre de ao correspondiente, del almacn de materiales y suministros
de consumo e inventarios de bienes muebles e inmuebles, el cual contendr en
sus auxiliares una relacin detallada de las existencias a esa fecha, con indicacin
de su costo unitario y total.
En el libro de Balances, incluirn los estados del ORFIS en apego al Manual de
Contabilidad Gubernamental, en su captulo VII Normas y Metodologa para la
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lo son los monumentos arqueolgicos, artsticos e histricos. (Artculo 25 de
la Ley de Contabilidad).
Registro de responsables por la administracin y custodia de los bienes
nacionales de uso pblico o privado.
Registro de responsables por anticipo de Fondos realizados por laTesorera.
As mismo, como seala el Artculo 42 de la Ley de Contabilidad La
contabilizacin de las operaciones presupuestarias y contables deber
respaldarse con la documentacin original que compruebe y justifique los registros
que se efecten y conservarla durante el tiempo que sealan las disposiciones
legales correspondientes.
7. Manual de Contabilidad
De acuerdo con lo establecido en la Ley de Contabilidad, el Manual de
Contabilidad est integrado por los documentos conceptuales, metodolgicos y
operativos que contienen, como mnimo, su finalidad, el marco jurdico,lineamientos tcnicos, el catlogo de cuentas y la estructura bsica de los
principales estados financieros a generarse por el sistema
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documento soporte de los mismos. Igualmente, las Guas Contabilizadoras
permitirn mantener actualizado el Manual mediante la aprobacin de las mismas,
ante el surgimiento de operaciones no previstas y preparar la versin inicial del
mismo o realizar cambios normativos posteriores que impacten en los registros.
Cabe destacar que la estructura bsica de los principales estados financieros que
generar el sistema, ser definido en el apartado L de este Captulo.
8. Normas y Lineamientos Especficos
Ser responsabilidad de la unidad competente en materia de Contabilidad
Gubernamental de cada orden de gobierno, emitir los lineamientos o normas
especificas para el registro de las transacciones relacionadas con los ingresos,gastos u operaciones de financiamiento y otros eventos que afectan al ente
pblico, con el fin de asegurar un tratamiento homogneo de la informacin que se
incorpora a los registros que se realizan en el SCG, ordenar el trabajo de los
responsables de los mismos, as como identificar y conocer las salidas bsicas
que existirn en cada caso, ms all de las que puedan construirse
parametrizando datos.
L. ESTADOS FINANCIEROS BSICOS A GENERAR POR EL SISTEMA Y
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contables, determinar la informacin a revelar en dichos estados, cumplir los
objetivos de proporcionar informacin til para sustentar la toma de decisiones; as
como facilitar el seguimiento, control, evaluacin, rendicin de cuentas y
fiscalizacin de los recursos pblicos por parte de los rganos facultados por ley
para efectuar dichas tareas.
La Contabilidad Gubernamental es, ante todo, un sistema de registro que procesaeventos presupuestarios, contables y econmicos de los entes pblicos. En tal
sentido, los informes y estados financieros deben elaborarse de acuerdo con las
prcticas, mtodos, procedimientos, reglas particulares y generales, as como con
las disposiciones legales, con el propsito de generar informacin que tenga
validez y relevancia en los mbitos de los entes pblicos, que sea confiable y
comparable, que responda a las necesidades y requisitos de la rendicin decuentas, y de la fiscalizacin, y aporte certeza y transparencia a la gestin
financiera gubernamental.
Los estados e informacin financiera que se preparen deben incluir todos los datos
que permitan la adecuada interpretacin de la situacin presupuestaria, contable y
econmica, de tal modo que se reflejen con fidelidad y claridad los resultados
alcanzados en el desarrollo de las atribuciones otorgadas jurdicamente al ORFIS.
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1) UTILIDAD
Para que la informacin Financiera sea til tendr que cubrir los requerimientos
para la rendicin de cuentas, fiscalizacin y toma de decisiones; en general, debe
tener la cualidad de proveer los datos que sirvan a los propsitos de quienes la
utilizan; es decir, satisfaga razonablemente las necesidades de los diferentes
usuarios, relativas a la gestin financiera de los entes pblicos, tomando en cuenta
la jerarqua institucional de estos usuarios.
Adems la informacin producida por la contabilidad debe ser eficaz y eficiente.
2) CONFIABILIDAD
Es la cualidad propia de la informacin contable y presupuestaria que le confieren
aceptacin y confianza por parte de los destinatarios y usuarios.
La informacin debe ser imparcial, libre de errores, representativa y fiel imagen de
los eventos y transacciones realmente ocurridos.
Para que la informacin sea confiable, debe representar con certeza y fidelidad el
desempeo de la gestin y la posicin financiera del ente; debe incluir informacin
precisa, veraz y razonablemente correcta, de la captacin y registro de las
operaciones contables, presupuestarias y administrativas del ente pblico, de tal
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ingresos, egresos y fondos utilizados en la ejecucin de los programas
gubernamentales durante un ejercicio fiscal.
b) Representatividad
Para que la informacin financiera sea representativa, debe existir concordancia
entre su contenido, la sustancia econmica y las transacciones o eventos que han
afectado econmicamente al ente pblico.
La informacin contendr los aspectos relevantes que describan fielmente los
eventos econmicos, financieros y patrimoniales del ente pblico, de acuerdo con
las circunstancias inherentes al reconocimiento contable en que est inmerso.
c) ObjetividadLa informacin financiera debe presentarse de manera imparcial, es decir que no
est manipulada o distorsionada; la objetividad implica que los datos contenidos
en los estados financieros representen la realidad del ente pblico y estn
formulados conforme al rigor de la tcnica y reglas del SCG.
Los estados financieros estarn libres de sesgo, no deben estar influidos por
juicios que produzcan un resultado predeterminado; de lo contrario la informacin
pierde confiabilidad.
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proceso de identificacin y seleccin de los conceptos que habrn de incluirse, y la
forma en que los mismos deben ser reconocidos.
Esta caracterstica se refiere a la incorporacin en los estados financieros y sus
notas, dado que ejerce influencia en la toma de decisiones, necesaria para evaluar
y fiscalizar la situacin financiera del ente pblico, as como de los cambios que
afectan a la Hacienda Pblica; cuidando que el volumen de informacin no vayaen detrimento de su utilidad, y pueda dar lugar a que los aspectos importantes
pasen inadvertidos para el usuario general.
La suficiencia de la informacin debe estar en funcin con la necesidad de reflejar
fielmente los procesos de captacin y registro de las operaciones relacionadas con
la obtencin de los ingresos y el ejercicio del gasto pblico, de conformidad conlas bases legales y normativas que rigen el funcionamiento de los sistemas
contables.
3) RELEVANCIA
Es la cualidad de reflejar los aspectos sobresalientes de la situacin financiera del
ente pblico.
La informacin posee relevancia cuando ejerce influencia sobre las decisiones de
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4) COMPRENSIBILIDAD
La informacin financiera debe estar preparada de tal manera, que facilite el
entendimiento de los diversos usuarios; sin embargo, no se excluir informacin
de ningn tipo por razones de dificultad para su comprensin.
Para este propsito es fundamental que, a su vez, los usuarios generales tengan
la capacidad de analizar la informacin financiera, as como un conocimientosuficiente de las actividades econmicas.
5) COMPARABILIDAD
Es la cualidad que tiene la informacin financiera para permitir su comparacin a
lo largo del tiempo. La informacin se formular con criterios afines de
identificacin, valuacin, registro y presentacin, con normas de observanciageneral, que permitan la posibilidad de comparar la situacin financiera, los
resultados alcanzados y el cumplimiento de las disposiciones legales del ente
pblico en diferentes perodos o con otros entes pblicos similares, con la finalidad
de facilitar a los rganos facultados el anlisis, evaluacin y fiscalizacin de la
gestin y una adecuada rendicin de cuentas.
Restricciones a las caractersticas cualitativas.
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b) Provisionalidad
La informacin financiera no siempre representa hechos totalmente terminados, lo
cual puede limitar la precisin de la informacin. Por tal razn, se da la necesidad
de hacer cortes convencionales en la vida del ente pblico, a efecto de presentar
los resultados de operacin, la situacin financiera y sus cambios, considerando
eventos cuyas repercusiones en muchas ocasiones no se incluyen a la fecha de
integracin de los estados financieros.
c) Equilibrio entre caractersticas cualitativas
Para cumplir con el objetivo de los estados financieros, es necesario obtener un
equilibrio apropiado entre las caractersticas cualitativas de la informacin. Ello
implica que su cumplimiento debe dirigirse a la bsqueda de un punto ptimo, ms
que a la consecucin de niveles mximos de todas las caractersticas cualitativas,lo cual implica la aplicacin adecuada del juicio profesional en cada caso concreto.
L.2. Estados e informacin financiera a generar por los entes pblicos
De acuerdo con la estructura que establecen los artculos 46, 47 y 48 de la Ley de
Contabilidad, los sistemas contables de los entes pblicos deben permitir la
generacin de los estados y la informacin financiera que a continuacin se
seala:
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II. Fuentes de financiamiento;
III. Por moneda de contratacin, y
IV. Por pas acreedor;
II. Informacin presupuestaria;
a) Estado analtico de ingresos, del que se derivar la presentacin enclasificacin econmica por fuente de financiamiento y concepto;
b) Estado analtico del ejercicio del presupuesto de egresos del que se
derivarn las siguientes clasificaciones:
I. Administrativa;
II. Econmica y por objeto del gasto, y
III. Funcional-programtica;c) Endeudamiento neto, financiamiento menos amortizacin, del que derivar
la clasificacin por su origen en interno y externo;
d) Intereses de la deuda;
e) Un flujo de fondos que resuma todas las operaciones y los indicadores de la
postura fiscal;
III. Informacin programtica;
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Para las entidades federativas (Artculo 47):
Los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes
Legislativo y Judicial; las entidades y los rganos autnomos debern producir, en
la medida que corresponda, la informacin referida en el artculo anterior, con
excepcin de la fraccin I, inciso g) de dicho artculo, cuyo contenido se
desagregar como sigue:
I. Estado analtico de la deuda:
II. Corto y largo plazo;
a) Fuentes de financiamiento;
b) Endeudamiento neto: financiamiento menos amortizacin, y
III. Intereses de la deuda.
Para los ayuntamientos de los municipios y de los rganos poltico-
administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal
(Artculo 48):
Los sistemas debern producir, como mnimo, la informacin contable y
presupuestaria a que se refiere el Artculo 46, fraccin I, incisos a), b), c), e) y f); y
fraccin II, incisos a) y b).
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Otras consideraciones
El desarrollo de la finalidad, contenido y forma de presentacin de cada estado
financiero y dems informacin, as como de las mencionadas notas, se explican
detalladamente en el Captulo VII de este Manual que se refiere a las Normas y
metodologa para la Emisin de Informacin Financiera y Estructura de los
Estados Financieros Bsicos del Ente Pblico y Caractersticas de sus Notas.
Por ltimo, debe sealarse que la Ley de Contabilidad establece en su Artculo 51
que la informacin financiera que generen los entes pblicos en cumplimiento de
esta Ley ser organizada, sistematizada y difundida por cada uno de stos, al
menos, trimestralmente en sus respectivas pginas electrnicas de internet, a ms
tardar 30 das despus del cierre del perodo que corresponda, en trminos de lasdisposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en su caso,
de los criterios que emita el Consejo. La difusin de la informacin va internet no
exime los informes que deben presentarse ante el Congreso de la Unin y las
legislaturas locales, segn sea el caso.
L.3. Estructura bsica de los principales estados financieros a generar por
los entes pblicos
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L.3.1 Los estados contables debern mostrar:
a. Estado de situacin financiera;
Muestra los recursos y obligaciones de un ente pblico, a una fecha determinada.
Se estructura en Activos, Pasivos y Hacienda Pblica/ Patrimonio. Los activos
estn ordenados de acuerdo con su disponibilidad en circulantes y no circulantesrevelando sus restricciones y, los pasivos, por su exigibilidad igualmente en
circulantes y no circulantes, de esta manera se revelan las restricciones a las que
el ente pblico est sujeto, as como sus riesgos financieros.
b. Estado de actividades;
Muestra una relacin resumida de los ingresos y los gastos y otras prdidas del
ente durante un perodo determinado, cuya diferencia positiva o negativa
determina el ahorro o desahorro (resultado) del ejercicio. Asimismo, su estructura
presenta informacin correspondiente al perodo actual y al inmediato anterior con
el objetivo de mostrar las variaciones en los saldos de las cuentas que integran la
estructura del mismo y facilitar su anlisis.
c. Estado de variaciones en la hacienda pblica/patrimonio;
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e. Estado analtico del activo
Muestra el comportamiento de los fondos, valores, derechos y bienes
debidamente identificados y cuantificados en trminos monetarios de que dispone
el ente pblico para realizar sus actividades, entre el inicio y el fin del perodo.
f. Estado analtico de la deuda y otros pasivos;
Muestra las obligaciones insolutas de los entes pblicos, al inicio y fin de cada
perodo, derivadas del endeudamiento interno y externo, realizado en el marco de
la legislacin vigente.
g. Informe sobre pasivos contingentes; y
Muestra los pasivos contingentes que son obligaciones que tienen su origen en
hechos especficos e independientes del pasado que en el futuro pueden ocurrir o
no y, de acuerdo con lo que acontezca, desaparecen o se convierten en pasivos
reales por ejemplo, juicios, garantas, avales, costos de planes de pensiones,
jubilaciones, etc.
h. Notas a los estados financieros
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perodo, y que debern ser considerados en el anlisis de los estados financieros
para la mayor comprensin de los mismos y sus particularidades.
L.3.2 Los estados presupuestarios debern mostrar:
El comportamiento de los ingresos y egresos a partir de la Ley de Ingresos y del
Decreto por el que se aprueba el Presupuesto de Egresos.
I. Los estados del ejercicio de ingresos; y
Mostrar por cada Rubro, Tipo, Clase y Concepto de los mismos, el estimado (Ley
de Ingresos) y las cifras que muestren el estimado, modificado, devengado y
recaudado, en sus distintos niveles de agregacin.
II. Los estados del ejercicio de egresos.
Mostrar, a partir de los montos aprobados en el Presupuesto de Egresos (Decreto
y Tomos), para cada uno de los conceptos contenidos en la Clave Presupuestaria,
los momentos de aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y
pagado, en los niveles de agregacin o parametrizacin que el usuario requiera.
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Estos mismos componentes de los estados econmicos se deben mostrar tambin
para cada uno de los agregados institucionales del Sector Pblico no Financiero.
M. CUENTA PBLICA
La Cuenta Pblica del Gobierno Federal as como de las entidades federativas,
debe contener como mnimo la informacin contable, presupuestaria yprogramtica de los entes pblicos comprendidos en su mbito de acuerdo con el
marco legal vigente, debidamente estructurada y consolidada, as como el anlisis
cualitativo de los indicadores de la postura fiscal y su vnculo con los objetivos y
prioridades definidas en la materia, en el programa econmico anual.
A tal efecto, el artculo 50 de la Ley de Contabilidad dispone que el Consejo emitalos lineamientos en materia de integracin y consolidacin de los estados
financieros y dems informacin presupuestaria y contable que emane de las
contabilidades de los entes pblicos. A lo anterior y de acuerdo con la Ley de
Contabilidad se debe adicionar la informacin presupuestaria, programtica y
contable de cada uno de los entes pblicos de cada orden de gobierno,
organizada por dependencias y entidades que por Ley se requiere.
Las cuentas pblicas de los ayuntamientos de los municipios y los rganos
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CAPTULO IIFUNDAMENTOS METODOLGICOSDE LA INTEGRACIN YPRESENTACIN DE LA
INFORMACIN FINANCIERA
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CONTENIDO
A. INTRODUCCIN
B. LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL COMO SISTEMA INTEGRADO DE
INFORMACIN FINANCIERA
C. ELEMENTOS BSICOS DE UN SICG TRANSACCIONAL
D. REQUISITOS TCNICOS PARA EL DISEO DE UN SICG
D.1. Sistema de Cuentas Presupuestarias, Contables y Econmicas,
que permite su acoplamiento automtico.
D.2. Momentos de Registro Contable (Momentos Contables) del
ejercicio de los Ingresos y los Egresos.
D.3. El devengado como momento contable clave para interrelacionar
la informacin presupuestaria con la contable.
E. MATRIZ DE CONVERSIN
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A. INTRODUCCIN
El sistema de contabilidad de los entes pblicos debe disearse y operar de
acuerdo con las caractersticas tcnicas definidas en los artculos 19, 38, 40 y 41
de la Ley de Contabilidad, as como en el Marco Conceptual aprobado por el
CONAC, mismas que se sealan a continuacin:
Ser nico, uniforme e integrador;
Integrar en forma automtica la operacin contable con el ejercicio
presupuestario;
Registrar en forma automtica y por nica vez las transacciones contables y
presupuestarias en los momentos contables correspondientes, a partir delos procesos administrativo/financieros que las motiven;
Generar en tiempo real estados financieros y presupuestarios;
Estar diseado de forma tal que permita el procesamiento y generacin de
estados financieros mediante el uso de las tecnologas de la informacin.
Lo anterior implica que el SCG debe disearse siguiendo criterios y mtodos
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(SICGPE), ya sea de la Federacin o de las entidades federativas. Este, con lasadaptaciones procedentes, es vlido para cualquier ente que desde el punto de
vista del Sistema de Cuentas Nacionales corresponda al Sector Gobierno; es
decir, que no sea de tipo empresarial ni financiero.
La contabilidad gubernamental bajo el enfoque de sistemas, debe registrar las
transacciones que realizan los entes pblicos identificando los momentos
contables y producir estados de ejecucin presupuestaria, contables y econmicos
en tiempo real, con base en la teora contable, el marco conceptual, los postulados
bsicos y las normas nacionales e internacionales de informacin financiera que
sean aplicables en el Sector Pblico Mexicano.
El primer paso para el diseo del Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG)
consiste en conocer los requerimientos de informacin establecidos en lalegislacin, los solicitados por los centros gubernamentales de decisin y los que
coadyuven a la transparencia fiscal y a la rendicin de cuentas. Lo anterior
permitir establecer las salidas del sistema para, en funcin de ello, identificar los
datos de entrada y las bases de su procesamiento.
Los sistemas de informacin se consideran como integrados, cuando fusionan loscorrespondientes a cada rea involucrada y forman un solo sistema, a partir de la
identificacin de sus elementos bsicos Si las partes de un sistema estn
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La Contabilidad Gubernamental, organizada como sistema integrado deinformacin financiera, en funcin de una base de datos nica y de acuerdo con
los propsitos ya enunciados, puede esquematizarse de la siguiente manera:
ENTRADAS PROCESAMIENTO SALIDAS
Transacciones conincidencia econmica-financiera del rgano
- Registros y Estados delEjercicio del Presupuestode Egresos y de la Ley deIngresos
- Libros, Asientos y Estadosde la Contabilidad General
- Estados Econmicos
C. Elementos Bsicos de un SICG Transaccional.
Con base en la metodologa que aportan la teora de sistemas y el enfoque por
procesos para el diseo y anlisis de los sistemas de informacin de
organizaciones complejas, a continuacin se describen los elementos bsicos del
Sistema Integrado de Contabilidad Gubernamental (SICG), es decir sus productos,entradas y metodologa bsica de procesamiento.
BASE DE
DATOS
TABLAS DELSISTEMA
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Centros de registro (entradas) del SICG
Por "Centro de Registro" del SICG se entender a cada una de las reas
administrativas donde ocurren las transacciones econmico/financieras y, por lo
tanto, desde donde se introducen datos al sistema en momentos o eventos
previamente seleccionados de los procesos administrativos correspondientes. La
introduccin de datos a la Contabilidad Gubernamental, tal como lo seala la Ley
de Contabilidad, debe generarse automticamente y por nica vez a partir de
dichos procesos administrativos de los entes pblicos.
En una primera etapa operarn en calidad de Centros de Registros del SICG, las
unidades ejecutoras de los ingresos, del gasto y del financiamiento y las oficinas
centrales encargadas de los sistemas de planeacin de los ingresos, egresos y
crdito pblico, as como de la tesorera y contabilidad. En una segunda etapa,debern incorporarse al sistema las unidades responsables de programas y
proyectos y los bancos autorizados por el Gobierno para operar con fondos
pblicos (recaudacin y pagos).
Los titulares de los Centros de Registro sern los responsables de la veracidad y
oportunidad de la informacin que incorporen al sistema. Para ello se establecennormas, procedimientos de control interno, tcnicos y de seguridad.
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integracin, en algunos casos puede realizarse directamente a partir de losrespectivos procesos y, en otros, mediante interfaces.
La adecuada estructura, procesamiento y contenido de la informacin a incorporar
a la base de datos del SICG, permitir que se elaboren a partir del registro nico
de las transacciones en la forma ms eficaz y eficiente posible, todas las salidas
de informacin requeridas, incluidas las institucionales (dependencias) o por
sistemas. De ser necesario, en las salidas que requieran las dependencias, los
procesos respectivos quedan reducidos al desarrollo de aplicativos adecuados
para producir automticamente y a partir de la informacin existente en la base de
datos central, los estados que se requieran.
La calidad del sistema de organizacin y procesamiento de la informacin del
SICG que realicen los expertos en informtica, es la que determina la eficacia yeficiencia con la que se elaborarn sus productos, entre ellos, los asientos de la
contabilidad y los libros respectivos en lnea con las transacciones que los
motivan, as como la produccin automtica de estados presupuestarios,
financieros, econmicos y sobre la gestin confiables, oportunos, uniformes y
procedentes de una sola fuente para todos los usuarios.
Adems, la organizacin de la informacin debe permitir que todos los organismos
que intervienen en los procesos relacionados con la gestin financiera tengan
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RGANO DE FISCALIZACIN SUPERIOR DEL ESTADO
PROCESO BSICO DE UN SICG TRANSACCIONAL
SAT/DGR
CENTRO DE REGISTRO PRODUCTOSPROCESAMIENTO
POLITICA HACENDARIA Y FISCAL
POLITICA DE INGRESOS
PRESUPUESTO DE EGRESOS
SAT/DIRECCIN GRAL. DERECAUDACIN
CRDITOPBLICO/FINANCIAMIENTO
OFICIALAS MAYORES/SSAUNIDADES RESPONSABLES DE PROGRAMAS
RAMOS GENERALES
TESORERIA
CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
BANCOS BANCOS
SCG PE(TABLAS)
ESTADOS DEL EJERCICIO DE:LEY DE INGRESOS POR:
-Administrativa-Rubro, Tipo y Concepto-Econmica de Ingresos-Tipo de Moneda
PRESUPUESTO DE EGRESOS POR:-Administrativa-Objeto del Gasto-Econmica del Gasto-Funcional del Gasto
-Programtica de Egresos-Fuente de financiamiento-Tipo de Moneda
ASIENTOS, LIBROS Y ESTADOS CONTABLES:-Estado de Actividades-Estado de Cambios en la Situacin Financiera(balance General y sus Auxiliares)
-Movimientos y Situacin del Tesoro-Cuentas por cobrar-Almacenes-Inventario de Bienes Muebles eInmuebles-Cuentas por Pagar-Estado Analticode la Deuda Pblica
-Pasivos Contingentes-Estado de Variaciones en la Hacienda Pblica
ESTADOS ECONMICOS:-Estadsticas de las Finanzas Pblicas del P.E.-Sistema de Cuentas NacionalesP.E.
*DGR: Direccin General de Recaudacin o Equivalente
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Tablas Bsicas
Las tablas bsicas que se incorporan en la base de datos del SICG transaccional
del PE deben estar disponibles y actualizadas permanentemente para el correcto
registro de las operaciones del ente, sern como mnimo, las siguientes:
Plan de Cuentas (Lista de Cuentas).
Clasificadores de Ingresos por Rubro, Tipo, Clase y Concepto
Clasificadores del Egreso:
- Administrativo- Funcional
- Programtico
- Objeto del Gasto
- Tipo del Gasto
- Fuente de Financiamiento
- Geogrfico
Clasificador de Bienes
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Personal autorizado para generar informacin
Usuarios de la Informacin
Responsables de los Centros de Registros
En la medida que se sistematicen los procesos del Ciclo Hacendario podr
incluirse una tabla de eventos de cada uno de ellos.
D. Requisitos tcnicos para el diseo de un SICG:
Para desarrollar un SICG que cumpla con las condiciones establecidas en la Leyde Contabilidad y las normas emitidas por el CONAC, se requieren bases
normativas y prcticas operativas que aseguren lo siguiente:
1. Un Sistema de Cuentas Pblicas que permita el acoplamiento automtico de
las cuentas presupuestarias y contables, as como de otros instrumentos
tcnicos de apoyo, tal como el Clasificador de Bienes.
2. Una clara identificacin y correcta aplicacin de los momentos bsicos de
i bl ( bl ) d l j i i d l i l
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Cuentas EconmicasCatlogo de Bienes
Cartera de Programas y Proyectos de Inversin
Los Clasificadores Presupuestarios de ingresos y egresos relacionados con la
integracin automtica fueron emitidos por el CONAC, cuidando que los mismos
respondan al modelo a construir.
Asimismo, el Plan de Cuentas (Lista de Cuentas), aprobadas por el CONAC, es
congruente con el sistema en construccin, excepto en los casos de algunas
cuentas que requieren su apertura a nivel de 5to dgito.
Respecto a las Cuentas Econmicas, establecidas en el Sistema de CuentasNacionales (2008) y el Manual de Estadsticas de las Finanzas Pblicas editado
por el FMI (2001), cuya validez es universal, debe preverse que a partir de las
cuentas presupuestarias y contables, elaboradas bajo el correcto registro de los
momentos contables, satisfagan en forma automtica las necesidades de
informacin bsica requerida en la formulacin de tales cuentas.
Por su parte el Catlogo de Bienes deber conformarse a partir del Clasificadorpor Objeto del Gasto (COG) ya armonizado con la Lista de Cuentas. Ello
l f di fi i d di i i d bi
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En resumen, para los efectos de la integracin automtica entre las cuentaspresupuestarias, contables, clasificador de bienes y la Cartera de Programas y
Proyectos de Inversin, debe existir una correspondencia que tienda a ser
biunvoca entre las mismas y entre ellas y las estructuras de las Cuentas
Econmicas referidas.
Relacin al PEF, la correspondencia entre las cuentas presupuestarias de egresosy las contables se facilita, dado que el carcter econmico de las diversas
transacciones mediante el uso del clasificador por Tipo del Gasto, que forma parte
de la Clave Presupuestaria, es introducido al sistema cada vez que se registran
aqullas.
El siguiente esquema muestra grficamente las diferentes estructuras de cuentasque deben estar interrelacionadas en un SICG:
Sistema deClasificacin
Clasificador porListado de Cuentas
Contables
- Catlogo de BienesMuebles (SFP)
- Catlogo de
- Manual de Estadsticasde las FinanzasPblicas (FMI)
DATO DATO
GASTOS
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D.2. Momentos de Registro Contable (Momentos Contables) del ejercicio delos Ingresos y los Egresos.
Como ya se seal en el Captulo previo, de la normatividad vigente (artculo 38
de la Ley de Contabilidad), surge la obligacin para todos los entes pblicos de
registrar los momentos contables de los ingresos y egresos que a continuacin se
sealan:
Momentos contables de los ingresos.
Estimado
Modificado
Devengado
Recaudado
Momentos contables de los egresos.
Aprobado
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Contabilidad y, por su parte, el CONAC ha emitido las normas y la metodologageneral para su correcta aplicacin.
D.3. El devengado como momento contable clave para interrelacionar la
informacin presupuestaria con la contable
Los procesos administrativofinancieros que originan ingresos o egresosreconocen en el momento contable del devengado laetapa ms relevante para
el registro de sus transacciones financieras. El correcto registro de este momento
contable es condicin necesaria para la integracin de los registros
presupuestarios y contables, as como para producir estados de ejecucin
presupuestaria, contable y econmica coherentes y consistentes. Por otro lado, la
Ley de Contabilidad establece en su Artculo 19 que el SCG debe integrar en
forma automtica el ejercicio presupuestario con la operacin contable, a partir de
la utilizacin del gasto devengado;, a lo que corresponde agregar que ello es
vlido tambin para el caso de los ingresos devengados.
Los datos de las cuentas presupuestarias y de la contabilidad general, se
interrelacionan en el momento en el cual se registra el devengado de o las
transacciones financieras del ente, segn corresponda. Con anterioridad a sudevengado, el registro de las transacciones sean stas de ingresos o gastos, se
li di d d d i i E l d
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E. Matriz de Conversin
La matriz de conversin de gastos es una tabla que tiene incorporadas las
relaciones automticas entre los Clasificadores por Objeto del Gasto y por Tipo del
Gasto con el Plan de Cuentas (Lista de Cuentas). La tabla est programada para
que al registrarse el devengado de una transaccin presupuestaria de egresos de
acuerdo con los referidos clasificadores, identifique automticamente la cuenta decrdito a que corresponde la operacin y genere automticamente el asiento
contable. En el caso de los ingresos, la tabla acta en forma similar a la anterior,
pero como lo que se registra en el Clasificador por Rubros de Ingresos (CRI) es un
ingreso (crdito), la tabla identifica automticamente la cuenta de dbito y genera
el respectivo asiento contable.
La matriz del pagado de egresos relaciona el medio de pago con las cuentas del
Plan de Cuentas (Lista de Cuentas); la cuenta del crdito ser la cuenta del dbito
del asiento del devengado de egresos y la cuenta del dbito est definida por el
medio de pago (Bancos). La matriz de ingresos percibidos relaciona el tipo de
ingreso y el medio de percepcin; la cuenta del crdito identifican el tipo de cobro
realizado (ingresos a bancos) y la de dbito ser la cuenta de cargo del asiento del
devengado de ingresos.
E i h ibl l d i i d i lib l
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Baja de bienes
Bienes en comodato
Bienes concesionados
Anticipos a Proveedores y Contratistas
Anticipos a otros niveles de Gobierno
Retenciones
Reintegros de fondos
Depreciacin y amortizacin
Constitucin de provisiones y reservas
Constitucin y reposicin de fondos rotatorios o reintegrables
Ajustes por variacin del tipo de cambio
Para cada uno de estos casos, deben prepararse Guas Contabilizadoras
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Se produce una transaccin relacionada con el Presupuesto de Egresos.
La transaccin se imputa segn la clave presupuestaria y el momento
contable que corresponda.
La transaccin debe imputarse segn la clave presupuestaria completa.
Ejercicio:
- Ao del ejercicioClasificacin administrativa:
- Ramo- Unidad responsable
Clasificacin programtica:- Funcionalidad- Funcin- Subfuncin- Actividad Institucional- Programa y Proyector PresupuestariosClasificacin econmica:
1
2
2.1
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De acuerdo con la informacin contenida en la base de datos del sistema
automticamente y mediante la aplicacin de la matriz de conversin se
producen los asientos contables, los asientos por partida de la contabilidadpresupuestaria y conforme con la parametrizacin que se requiera, los estados
del ejercicio del presupuesto por partida simple, segn el siguiente esquema.
Campos de registro del Presupuestoautorizado:
Presupuesto aprobado (analtico).Adecuaciones presupuestarias:Aprobadas por Decreto.
Ampliaciones.
Reducciones.Internas: Ampliaciones. Reducciones.
Externas: Ampliaciones Lquidas.
-Pendientes de Aprobacin.-Aprobadas.
Reducciones Lquidas.-Pendientes de Aprobacin.-Aprobadas.
Adiciones Compensadas.
-Pendientes de Aprobacin.-Aprobadas.
Presupuesto vigente (modificado)actualizado.
Campos de registro de laCalendarizacin mensual:
Calendario original Autorizado.Adecuaciones de calendarios:
Internas: Ampliaciones.
Reducciones. Compensadas.Externas: Ampliaciones.
-Pendientes de Aprobacin.-Aprobadas.
Reducciones.-Pendientes de Aprobacin.-Aprobadas.
Compensadas.-Pendientes de Aprobacin.-Aprobadas.
Calendario vigente.
Campos de registro sobre el ejercicio delos egresos:
Presupuesto vigente: Pre-compromisos. Presupuesto no pre-comprometido.
Compromiso:
Pre-compromisos no comprometido. Presupuesto sin-comprometer.Devengados: Compromisos no devengados. Presupuesto sin-devengar. Calendario vigente.
Ejercido (Cuenta por Liquidar Certificada): Calendario no ejercido. Devengados no ejercidos.
Pagado: Ejercidos no pagados. Devengados no pagados.
A B C
3
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A partir del registro de movimientos presupuestarios por partida doble en cuentas
contables de orden, se est en condiciones de producir estados sobre el ejercicio
del Presupuesto de Egresos con ese origen.
En seguida se integran automticamente y en tiempo real los asientos contables
que ocurren en materia del ejercicio de los ingresos y los gastos, con los definanciamiento y con aquellos de origen extrapresupuestario.
ESQUEMA DE INTEGRACIN DE LOS ASIENTOS CONTABLES EN LACONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
CONTABILIDAD DEL ENTE
LIBROS DIARIO
MAYOR
BALANZA DE COMPROBACIN
4
5
Registros automticos
Sobre el ejercicio delPresupuesto de Egresos
Registros automticos
Sobre el ejercicio de laLey de Ingresos
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H. COMENTARIO FINAL
En el Captulo VII del presente Manual, se describe la finalidad, contenido,
estructura y forma de presentacin de cada uno de los estados e informes
contables, presupuestarios, programticos y econmicos, que generar
automticamente el SICG.
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CAPTULO IIIPLAN DE CUENTAS
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CONTENIDO
ASPECTOS GENERALES
BASE DE CODIFICACI N
ESTRUCTURA DEL PLAN DE CUENTAS
CONTENIDO DEL PLAN DE CUENTAS
DEFINICI N CONCEPTUAL DEL PLAN DE CUENTAS
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ASPECTOS GENERALES
Para la elaboracin del Plan de Cuentas se tom en consideracin las Normas
Internacionales de Contabilidad para el Sector Pblico (NICSP) emitidas por la
Junta de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Pblico (International
Public Sector Accounting Standards Board, Internacional Federation Accounting
Committee) y las Normas de Informacin Financiera (NIF) del Consejo Mexicano
para la Investigacin y Desarrollo de Normas de Informacin Financiera (CINIF).
El objetivo del Plan de Cuentas es proporcionar, los elementos necesarios que
permitan contabilizar las operaciones, proveer informacin til en tiempo y forma,
para la toma de decisiones por parte de los responsables de administrar las
finanzas pblicas, para garantizar el control del patrimonio; as como medir los
resultados de la gestin pblica financiera y para satisfacer los requerimientos de
todas las instituciones relacionadas con el control, la transparencia y la rendicinde cuentas.
En este sentido constituye una herramienta bsica para el registro de las
operaciones, que otorga consistencia a la presentacin de los resultados del
ejercicio y facilita su interpretacin, proporcionando las bases para consolidar bajo
criterios armonizados la informacin contable.
El Plan de Cuentas que se presenta comprende la enumeracin de cuentas
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financieros a los usuarios de la informacin, aunque stos no sean expertos
en Contabilidad Gubernamental;
Se adopta un sistema numrico para codificar las cuentas, el cual es
flexible para permitir la incorporacin de otras cuentas que resulten
necesarias a los propsitos perseguidos.
Las cuentas de orden contables sealadas, son las mnimas necesarias, se
podrn aperturar otras, de acuerdo con las necesidades del ORFIS.
Para el registro de las operaciones contables y presupuestarias, el ORFIS ajust
sus Clasificadores por Rubros de Ingresos y Objeto del Gasto al Plan de Cuentas,
mismos que estn armonizados.
El 9 de diciembre de 2009 en el Diario Oficial de la Federacin se public eldocumento Plan de Cuentas. Dados los avances registrados a la fecha en el
diseo del Sistema de Contabilidad Gubernamental que se presentan en el
Manual de Contabilidad Gubernamental emitido por el CONAC, se realizaron
algunos cambios en el documento, derivado de la interrelacin contable
presupuestal se realizaron modificaciones menores en el nombre de las cuentas,
con el propsito de coadyuvar a su mejor aplicacin. Por este Captulo del Manualde Contabilidad, se reemplaza a la norma sobre el mismo tema emitida por el
CONAC con fecha 1 de diciembre de 2009
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PRIMER AGREGADO
Gnero 1 Activo
Grupo 1.1 Activo Circulante
Rubro 1.1.1 Efectivo y Equivalentes
SEGUNDO AGREGADO
Cuenta 1.1.1.1 Efectivo
Subcuenta 1.1.1.1.1 Caja
GNERO: Considera el universo de la clasificacin.
GRUPO: Determina el mbito del universo en rubros compatibles con el gnero en
forma estratificada, permitiendo conocer a niveles agregados su composicin.
RUBRO: Permite la clasificacin particular de las operaciones del ORFIS.
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ESTRUCTURA DEL PLAN DE CUENTASDEL RGANO DE FISCALIZACIN SUPERIOR
DEL ESTADO DE VERACRUZ
1 Activo Circulante
2 Activo No Circulante
1 Pasivo Circulante
1 ACTIVO
2 PASIVO
1 Efectivo y Equivalentes2 Derechos a Recibir Efectivos o Equivalentes
3 Derechos a Recibir Bienes o Servicios5 Almacenes6 Estimacin por Prdida o Deterioro de
Activos Circulantes9 Otros Activos Circulantes
1 Inversiones Financieras a Largo Plazo3 Bienes Inmuebles, Infraestructura y
Construcciones en Proceso4 Bienes Muebles5 Activos Intangibles6 Depreciacin, Deterioro y Amortizacin
Acumulada de Bienes e Intangibles
1 Cuentas por Pagar a Corto Plazo6 Fondos y Bienes de Terceros en Garanta y/o
Administracin a Corto Plazo
Gnero Grupo Rubro
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ESTRUCTURA DEL PLAN DE CUENTASDEL RGANO DE FISCALIZACIN SUPERIOR
DEL ESTADO DE VERACRUZ
1 Ingresos deGestin
4 INGRESOSY OTROS
BENEFECIOS
4 Derechos6 Aprovechamientos de Tipo Corriente
1 Participaciones y Aportaciones
2 Transferencias, Asignaciones, Subsidios yOtras Ayudas
2 Participaciones,Aportaciones,Transferencias,Asignaciones,
Subsidios y OtrasAyudas
1 Ingresos Financieros3 Disminucin del Exceso de Estimaciones por
Prdida o Deterioro u Obsolescencia9 Otros Ingresos y Beneficios Varios
3 Otros Ingresos yBeneficios
Gnero Grupo Rubro
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ESTRUCTURA DEL PLAN DE CUENTASDEL RGANO DE FISCALIZACIN SUPERIOR
DEL ESTADO DE VERACRUZ
Gnero Grupo Rubro
6 CUENTAS
DE CIERRECONTABLE
1 Resumen de Ingresos y Gastos
2 Ahorro de la Gestin3 Desahorro de la Gestin
1 Valores3 Av