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8 Calidad de las aguas continentales y litorales

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8 Calidad de las aguas continentales y litorales

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Indicadores de Sostenibilidad • Red Local de Sostenibilidad de Cantabria • Cantabria 2007118

8. CALIDAD DE LAS AGUAS CONTINENTALES Y LITORALES

8.1. Existencia de redes separativas

8.2. Existencia de ordenanzas sobre vertidos al alcantarillado

8.3. Número de depuradoras de aguas residuales

8.4. Número de denuncias de la población en relación con el agua

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CALIDAD DE LAS AGUAS CONTINENTALES Y LITORALES

8.1. EXISTENCIA DE REDES SEPARATIVAS.

Este indicador muestra la existencia en el municipio de redes separativas. Las redes separativas tienen la finalidad de separar las aguas residuales de las aguas pluviales.

Figura 39. Existencia de redes separativas, 2007.

La creación de redes que separan las aguas pluviales de las residuales facilita un significativo ahorro de recursos hídricos, al permitir el uso del agua de escorrentía de las lluvias en servicios públicos de diversa índole (riego de parques y jardines, obras), evitando así el empleo de agua potable cuando éste no es imprescindible. De esta forma, se obtiene un ahorro efectivo y se promueve la racionalización del consumo y gestión del recurso.

Es por ello, que los municipios, como actores fundamentales en el desarrollo de la política ambiental, están llama dos a realizar un papel activo en la ejecución de proyectos y actividades dirigidos a la racionalización del consumo del agua, con el objeto de cumplir con la prioridad esencial de evitar la disminución innecesaria de la misma.

En Cantabria, algunos municipios están adoptando medidas que contribuyen a una mejor explotación del recurso agua, un claro ejemplo es la creación de redes separativas, que además cuenta con el apoyo de la Consejería de Medio Ambiente para su financiación.

En la RLSC únicamente se dispone de información para 69 municipios, de los cuales, 32 disponen de redes separativas y 37 no disponen de ellas.

La mayor presencia de redes separativas se produce en la zona oriental de la región, tanto en la franja costera como en el interior. Es el caso de los municipios de la costa oriental (Santoña, Argoños, Noja, Arnuero, Bareyo); de la comarca Asón-Agüera (Voto, Rasines, Ramales de la Victoria, Soba); y de Trasmiera (Ribamontán al Mar, Ribamontán al Monte, Marina de Cudeyo, Liérganes).

Lo mismo sucede con algunos municipios más dispersos territorialmente, y pertenecientes a la comarca Pas-Pisueña-Miera, como Selaya, Villacarriedo, Penagos y Castañeda; a la comarca de Liébana (Camaleño, Cillorigo de Liébana y Tresviso); a la comarca Saja-Nansa (Peñarrubia, Cabuérniga, Los Tojos); al valle del Besaya (Anievas y Molledo); Campoo (Campoo de Yuso); y a la costa occidental (Miengo, Alfoz de Lloredo, Ruiloba).

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También cuentan con redes separativas algunos de los municipios urbanos de Cantabria con mayor tamaño poblacional, es el caso de Torrelavega, El Astillero, y Santa Cruz de Bezana.

Tabla 30. Existencia de redes separativas en los municipios de la RLSC, 2007.

Código INE Municipio Existencia Código

INE Municipio Existencia Código INE Municipio Existencia

39001 Alfoz de Lloredo Sí 39033 Herrerías No 39066 Ruente No

39002 Ampuero No 39034 Lamasón No 39067 Ruesga No

39003 Anievas Sí 39035 Laredo No 39068 Ruiloba Sí

39004 Arenas de Iguña No 39036 Liendo No 39072 San Roque de Riomiera

39005 Argoños Sí 39037 Liérganes Sí 39073 Santa Cruz de Bezana Sí

39006 Arnuero Sí 39038 Limpias No 39074 Santa María de Cayón No

39007 Arredondo No 39040 Marina de Cudeyo Sí 39075 Santander

39008 Astillero, El Sí 39041 Mazcuerras No 39076 Santillana del Mar No

39009 Bárcena de Cicero No 39042 Medio Cudeyo No 39077 Santiurde de

Reinosa No

39010 Bárcena de Pie de Concha 39044 Miengo Sí 39079 Santoña Sí

39011 Bareyo Sí 39045 Miera No 39080 San Vicente de la Barquera

39012 Cabezón de la Sal 39046 Molledo Sí 39081 Saro No

39013 Cabezón de Liébana No 39047 Noja Sí 39082 Selaya Sí

39014 Cabuérniga Sí 39048 Penagos Sí 39083 Soba Sí

39015 Camaleño Sí 39049 Peñarrubia Sí 39084 Solórzano No

39016 Camargo No 39050 Pesaguero No 39085 Suances

39017 Campoo de Yuso Sí 39051 Pesquera No 39086 Tojos, Los Sí

39018 Cartes 39052 Piélagos No 39087 Torrelavega Sí

39019 Castañeda Sí 39053 Polaciones No 39088 Tresviso Sí

39020 Castro-Urdiales 39054 Polanco No 39089 Tudanca No

39022 Cillorigo de Liébana Sí 39056 Puente Viesgo No 39090 Udías

39023 Colindres 39057 Ramales de la Victoria Sí 39091 Valdáliga No

39024 Comillas No 39058 Rasines Sí 39092 Valdeolea No

39025 Corrales de Buelna, Los No 39059 Reinosa 39093 Valdeprado del

Río

39026 Corvera de Toranzo 39060 Reocín 39094 Valderredible

39027 Enmedio, Campoo de 39061 Ribamontán al Mar Sí 39095 Val de San

Vicente No

39028 Entrambasaguas No 39062 Ribamontán al Monte Sí 39096 Vega de Liébana No

39029 Escalante No 39063 Rionansa No 39098 Villacarriedo Sí

39030 Guriezo 39064 Riotuerto 39102 Voto Sí

39032 Hermandad de Campoo de Suso 39065

Rozas de Valdearroyo, Las

39 CANTABRIA 32

Fuente: Ayuntamientos 2007

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CALIDAD DE LAS AGUAS CONTINENTALES Y LITORALES

8.2. EXISTENCIA DE ORDENANZAS SOBRE VERTIDOS AL ALCANTARILLADO.

Este indicador muestra la existencia en el municipio de ordenanzas sobre vertidos al alcantarillado.

Figura 40. Existencia de ordenanzas sobre vertidos al alcantarillado, 2007.

Las ordenanzas tienen por objeto regular las actuaciones en orden a la protección de las aguas superficiales y subterráneas. Además, es competencia municipal la prestación del servicio de alcantarillado y el control de los vertidos a estas redes dentro de lo que ordene la normativa estatal y autonómica. El Ayuntamiento dentro de su termino municipal , y a través de sus servicios competentes, debe ejercer el control del cumplimiento de las ordenanzas, exigiendo la adopción de las medidas correctoras necesarias, señalar limitaciones, realizar cuantas inspecciones sean precisas y aplicar las sanciones correspondientes en caso de incumplirse lo preceptuado.

En Cantabria, de los 70 municipios de la RLSC de los que se dispone de información, únicamente 35 de ellos cuentan con ordenanzas que regulan los vertidos a la red de alcantarillado.

Destaca el elevado número de municipios que cuentan con este tipo de ordenanzas en la zona oriental de Cantabria, se trata de los municipios de Arnuero, Argoños, Bareyo, Noja, Escalante, Barcena de Cicero, Santoña, Laredo, Liendo, Ampuero, Rasines, Voto, Ruesga y Ramales de la Victoria. También en la comarca Pas-Pisueña-Miera (Miera, Saro, Selaya, Villacarriedo); y Trasmiera (Marina de Cudeyo, Ribamontán al Monte y Liérganes).

Por otro lado, en la costa occidental los municipios de Miengo, Suances, Santillana del Mar, Alfoz de Lloredo y Comillas disponen de ordenanzas que regulan los vertidos al alcantarillado; así como la comarca Saja-Nansa (Valdáliga, Cabuérniga, Ruente y Val de San Vicente).

En Liébana únicamente el municipio de Camaleño cuenta con ordenanzas sobre vertidos a la red de alcantarillado, y Campoo de Yuso en la comarca de Campoo.

Por último, algunos de los municipios urbanos de la Red, como son Torrelavega, Camargo y El Astillero, también disponen de ordenanzas reguladoras de los vertidos a la red de

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alcantarillado, en estos casos es sumamente importante la existencia de esta base legislativa, ya que cuentan con un peso poblacional importante, así como con una gran implantación industrial, que causan importantes vertidos a las redes de alcantarillado.

Tabla 31. Existencia de ordenanzas sobre vertidos al alcantarillado en los municipios de la RLSC, 2007.

Código INE Municipio Existencia Código

INE Municipio Existencia Código INE Municipio Existencia

39001 Alfoz de Lloredo Sí 39033 Herrerías No 39066 Ruente Sí

39002 Ampuero Sí 39034 Lamasón No 39067 Ruesga Sí

39003 Anievas No 39035 Laredo Sí 39068 Ruiloba No

39004 Arenas de Iguña No 39036 Liendo Sí 39072 San Roque de Riomiera

39005 Argoños Sí 39037 Liérganes Sí 39073 Santa Cruz de Bezana No

39006 Arnuero Sí 39038 Limpias No 39074 Santa María de Cayón No

39007 Arredondo No 39040 Marina de Cudeyo Sí 39075 Santander

39008 Astillero, El Sí 39041 Mazcuerras No 39076 Santillana del Mar Sí

39009 Bárcena de Cicero Sí 39042 Medio Cudeyo No 39077 Santiurde de Reinosa No

39010 Bárcena de Pie de Concha 39044 Miengo Sí 39079 Santoña Sí

39011 Bareyo Sí 39045 Miera Sí 39080 San Vicente de la Barquera

39012 Cabezón de la Sal 39046 Molledo No 39081 Saro Sí

39013 Cabezón de Liébana No 39047 Noja Sí 39082 Selaya Sí

39014 Cabuérniga Sí 39048 Penagos No 39083 Soba No

39015 Camaleño Sí 39049 Peñarrubia No 39084 Solórzano No

39016 Camargo Sí 39050 Pesaguero No 39085 Suances Sí

39017 Campoo de Yuso Sí 39051 Pesquera No 39086 Tojos, Los No

39018 Cartes 39052 Piélagos No 39087 Torrelavega Sí

39019 Castañeda No 39053 Polaciones No 39088 Tresviso No

39020 Castro-Urdiales 39054 Polanco No 39089 Tudanca No

39022 Cillorigo de Liébana No 39056 Puente Viesgo No 39090 Udías

39023 Colindres 39057 Ramales de la Victoria Sí 39091 Valdáliga Sí

39024 Comillas Sí 39058 Rasines Sí 39092 Valdeolea No

39025 Corrales de Buelna, Los No 39059 Reinosa 39093 Valdeprado del

Río

39026 Corvera de Toranzo 39060 Reocín 39094 Valderredible

39027 Enmedio, Campoo de 39061 Ribamontán al

Mar No 39095 Val de San Vicente Sí

39028 Entrambasaguas No 39062 Ribamontán al Monte Sí 39096 Vega de Liébana No

39029 Escalante Sí 39063 Rionansa No 39098 Villacarriedo Sí

39030 Guriezo 39064 Riotuerto 39102 Voto Sí

39032 Hermandad de Campoo de Suso 39065 Rozas de

Valdearroyo, Las 39 CANTABRIA 35

Fuente: Ayuntamientos 2007

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CALIDAD DE LAS AGUAS CONTINENTALES Y LITORALES

8.3. NÚMERO DE DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES.

Este indicador determina el número de depuradoras de aguas residuales ubicadas en cada municipio.

Figura 41. Número de depuradoras, 2007.

El agua es un recurso escaso, es por ello que el saneamiento y la depuración de las aguas residuales urbanas es una necesidad. El agua, una vez utilizada en usos domésticos e industriales, tiene una calidad alterada que impide su vertido a los efluentes. De ahí que antes de ser vertida se proceda a trabajos de saneamiento y depuración que consiguen que la calidad de esta agua sea óptima. Pero la depuración, además de ser una necesidad es una obligación legal, tal y como se recoge en la legislación europea, española y autonómica.

La Directiva 91/271/CEE, de 21 de mayo, relativa al tratamiento de aguas residuales urbanas, establece la obligatoriedad de adecuar los sistemas de saneamiento y depuración de todas las poblaciones mayores de 2.000 habitantes equivalentes que vierten a aguas continentales y estuarios, y mayores de 10.000 habitantes equivalentes que vierten a aguas costeras. Estas disposiciones quedaron recogidas en el Plan Nacional de Saneamiento y Depuración 1995- 2005, en el que se contemplaban tanto la construcción de nuevas estaciones depuradoras como la ampliación y mejora de colectores y emisarios.

A nivel autonómico, la Ley de Cantabria 2/2002 de 29 de abril, de Saneamiento y Depuración de las Aguas Residuales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, tiene entre otros objetivos regular las competencias de la Comunidad Autónoma y de las entidades locales instaurando un marco de cooperación entre ellas. También hay que señalar el papel del Plan Director de Saneamiento, Depuración y Calidad de las Aguas de Cantabria (2007-2010).

Conviene indicar además que varios son los agentes relacionados, de uno u otro modo, con el desarrollo y funcionamiento de las infraestructuras de saneamiento.

En lo que se refiere a la titularidad y gestión de los elementos que conforman los sistemas de saneamiento cabe destacar dos niveles: autonómico y municipal. La titularidad de todas las infraestructuras de saneamiento en alta corresponde a la comunidad autónoma de

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Cantabria, a través de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Ciclo Integral del Agua de la Consejería de Medio Ambiente, mientras que la titularidad de las obras de alcantarillado corresponde a los municipios.

En el caso de las infraestructuras de titularidad de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Ciclo Integral del Agua, su gestión se halla traspasada a la empresa pública MARE que realiza directamente la explotación de una red de 28 Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales que garantizan la recuperación de las aguas tras su uso urbano/industrial con el fin de minimizar el impacto sobre el medio ambiente de la región.

La gestión de las infraestructuras de titularidad municipal es llevada a cabo por los propios Ayuntamientos o bien transferida a empresas mixtas o privadas.

En Cantabria existen numerosas instalaciones de depuración, desde fosas sépticas hasta Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales (EDARes), habiéndose realizado en los últimos años importantes inversiones en materia de infraestructuras de saneamiento y depuración.

Por un lado, existen grandes infraestructuras, es decir, importantes sistemas de saneamiento y depuración, dimensionados para poblaciones equivalentes superiores a los 5.000 habitantes; y por otro, otras infraestructuras de saneamiento que disponen de sus respectivas estaciones de tratamiento de aguas residuales, que dan servicio a núcleos de población de tamaño mediano y pequeño, se trata de depuradoras de pequeños saneamientos, que son las más numerosas en nuestra región.

En Cantabria, de los 89 municipios que pertenecen a la RLSC únicamente se dispone de información en 70 de ellos.

Cabe destacar que de los 70 municipios de la RLSC de los que se dispone de información, 52 de ellos cuentan con depuradoras.

Los municipios que presentan un mayor número de depuradoras son Soba (7) y Santa María de Cayón (6). Les siguen los municipios de Valdáliga (5 depuradoras), Alfoz de Lloredo (4 depuradoras), Camargo (4), Polaciones (4), Ribamontán al Monte (4), y Valdeolea (4). Y los municipios de Anievas, Peñarrubia, Piélagos, Ribamontán al Mar y Villacarriedo cuentan con tres depuradoras respectivamente.

Por el contrario, con una única depuradora aparecen los municipios de Camaleño, Cillorigo de Liébana, Tresviso y Vega de Liébana en la comarca de Liébana; también Herrerías, Rionansa y Tudanca en el valle del Nansa; y la zona oriental de la región (Laredo, Noja, Ampuero); etc.

Se constata la presencia en la RLSC de grandes infraestructuras como la EDAR de Castro-Cillorigo, que da servicio a la comarca de Liébana; la EDAR de Arenas de Iguña que da servicio a la cuenca alta del río Besaya; la EDAR de Suesa que ofrece servicio a la cuenca media-baja del río Miera; la EDAR de Quijano (Renedo de Piélagos); etc.

También aparecen otros sistemas de saneamiento locales como las EDARes de Miengo; de Ajo (Bareyo); de Ceceño y Treceño (Valdáliga); de Pechón, Portillo, Prellezo (I y II) y Serdio (Val de San Vicente); de Pedreña (Marina de Cudeyo); de Ruiloba; y de Santa María de Cayón. Estas 13 estaciones depuradoras de aguas residuales (EDARes) para pequeñas poblaciones están gestionadas por MARE.

Por último, en lo referente al estado de funcionamiento de estas depuradoras, hay que señalar que el 62,38% cuenta con un estado correcto, el 22,94% presenta un estado deficiente, y el 11,01% no funcionan. Por lo que sería conveniente su puesta en marcha, adecuación y mantenimiento para cubrir las necesidades de saneamiento y depuración.

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CALIDAD DE LAS AGUAS CONTINENTALES Y LITORALES

Tabla 32. Número de depuradoras en los municipios de la RLSC, 2007.

Código INE Municipio Nº Código

INE Municipio Nº Código INE Municipio Nº

39001 Alfoz de Lloredo 4 39033 Herrerías 1 39066 Ruente 1

39002 Ampuero 1 39034 Lamasón 0 39067 Ruesga 2

39003 Anievas 3* 39035 Laredo 1 39068 Ruiloba 2

39004 Arenas de Iguña 2 39036 Liendo 0 39072 San Roque de Riomiera

39005 Argoños 0 39037 Liérganes 2 39073 Santa Cruz de Bezana 0

39006 Arnuero 2 39038 Limpias 0 39074 Santa María de Cayón 6

39007 Arredondo 2 39040 Marina de Cudeyo 2 39075 Santander

39008 Astillero, El 0 39041 Mazcuerras 1 39076 Santillana del Mar 1

39009 Bárcena de Cicero 2 39042 Medio

Cudeyo 1 39077 Santiurde de Reinosa 1

39010 Bárcena de Pie de Concha 39044 Miengo 1 39079 Santoña 2

39011 Bareyo 2 39045 Miera 2 39080 San Vicente de la Barquera

39012 Cabezón de la Sal 39046 Molledo 0 39081 Saro 2

39013 Cabezón de Liébana 0 39047 Noja 1 39082 Selaya 2

39014 Cabuérniga 0 39048 Penagos 1 39083 Soba 7

39015 Camaleño 1 39049 Peñarrubia 3 39084 Solórzano 1

39016 Camargo 4 39050 Pesaguero 0 39085 Suances 1

39017 Campoo de Yuso 0 39051 Pesquera 0 39086 Tojos, Los 0

39018 Cartes 39052 Piélagos 3 39087 Torrelavega 2

39019 Castañeda 1 39053 Polaciones 4 39088 Tresviso 1

39020 Castro-Urdiales 39054 Polanco 0 39089 Tudanca 1

39022 Cillorigo de Liébana 1 39056

Puente Viesgo 0 39090 Udías

39023 Colindres 39057 Ramales de la Victoria 0 39091 Valdáliga 5

39024 Comillas 2 39058 Rasines 1 39092 Valdeolea 4

39025 Corrales de Buelna, Los 0 39059 Reinosa 39093 Valdeprado del

Río

39026Corvera de Toranzo 39060 Reocín 39094 Valderredible

39027 Enmedio, Campoo de

39061 Ribamontán al Mar

3 39095 Val de San Vicente

2

39028 Entrambasaguas 2 39062 Ribamontán al Monte 4 39096 Vega de Liébana 1

39029 Escalante 0 39063 Rionansa 1 39098 Villacarriedo 3

39030 Guriezo 39064 Riotuerto 39102 Voto 1

39032 Hermandad de Campoo de Suso 39065

Rozas de Valdearroyo, Las

39 CANTABRIA 109

Fuentes: Ayuntamientos 2007; y elaboración propia.

Nota: (*) Dato perteneciente a 2008.

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8.4. NÚMERO DE DENUNCIAS DE LA POBLACIÓN EN RELACIÓN CON EL AGUA.

Este indicador determina el número de denuncias efectuadas por la población en relación con el agua en el periodo de un año. Se consideran las denuncias totales registradas en los Ayuntamientos, en el Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil y en las Confederaciones Hidrográficas del Ebro (CHE) y del Cantábrico (CHC).

Figura 42. Número de denuncias de la población en relación con el agua, 2007.

El número de denuncias de la población es un indicador de carácter cualitativo, que muestra la percepción ciudadana respecto a la calidad de las aguas y el nivel de satisfacción de la población.

Las denuncias proporcionan información variada y permiten localizar puntos conflictivos; aunque se trata de una información que hay que tomar con cautela, ya que también pueden ser resultado de la plasmación de quejas particulares más que de una visión global de la ciudadanía respecto al estado de las aguas.

En lo que se refiere a la situación de la comunidad autónoma, conviene señalar que no se dispone del número de denuncias registradas en el Ayuntamiento para 43 municipios (30 pertenecientes a la RLSC), por lo que se trata de una información parcial. A pesar de esta carencia de información, en Cantabria se constatan un total de 709 denuncias en materia de aguas, de las cuales 461 son expedientes sancionadores.

En cuanto a su distribución municipal, el mayor número de denuncias se produce en los municipios de Santa Cruz de Bezana (76) y de Castro Urdiales (51). Se trata de municipios urbanos, que cuentan con más de 10.000 habitantes, y que presentan por tanto altas concentraciones de instalaciones domésticas e industriales, que constituyen las principales fuentes de contaminación de las aguas.

Le siguen con un número de denuncias elevado los municipios de Piélagos (39), Santa María de Cayón (29), Comillas (27), Cartes (26), Los Corrales de Buelna (22) y Torrelavega (20). En este caso se debe a la importancia de las fuentes de contaminación del agua de

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CALIDAD DE LAS AGUAS CONTINENTALES Y LITORALES

origen doméstico (que provienen de los núcleos urbanos), de origen industrial, y de origen agrícola y ganadero.

En un rango intermedio aparece un grupo constituido por 8 municipios de la Red, de características muy diversas, se trata de municipios urbanos, periurbanos, rurales, centros de servicios, que presentan entre 10 y 19 denuncias, son Voto (19), Reocín (17), Ampuero (16), Camargo (15), Santander (14), Barcena de Cicero (12), Cabezón de la Sal (11) y Entrambasaguas (10 denuncias).

Por el contrario, aparecen municipios en los que no se registra ninguna denuncia, es el caso de algunos municipios del valle del Nansa (Polaciones, Tudanca), de Campoo (Campoo de Yuso), etc.

Por ultimo, en otros municipios de la Red se contabilizan menos de 4 denuncias, es el caso de los municipios de la comarca de Liébana como Pesaguero (1), Cillorigo de Liébana (1), Cabezón de Liébana (2); de los municipios del Alto Asón como Arredondo (1), Soba (2); etc.

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Indicadores de Sostenibilidad • Red Local de Sostenibilidad de Cantabria • Cantabria 2007128

Tabla 33. Número de denuncias de la población en relación con el agua en los municipios de la RLSC, 2007.

Código INE Municipio Nº Código

INE Municipio Nº Código INE Municipio Nº

39001 Alfoz de Lloredo 8 39033 Herrerías 1 39066 Ruente 1

39002 Ampuero 16 39034 Lamasón 5 39067 Ruesga 0

39003 Anievas 3* 39035 Laredo 3(6) 39068 Ruiloba 8(2)

39004 Arenas de Iguña 4 39036 Liendo 3 39072 San Roque de Riomiera 8(5)*

39005 Argoños 3 39037 Liérganes 9 39073 Santa Cruz de Bezana 76

39006 Arnuero 1 39038 Limpias 1 39074 Santa María de Cayón 29

39007 Arredondo 1 39040 Marina de Cudeyo 3* 39075 Santander 14*

39008 Astillero, El 4(1)* 39041 Mazcuerras 3 39076 Santillana del Mar 8*

39009 Bárcena de Cicero 12 39042 Medio Cudeyo 8* 39077 Santiurde de Reinosa 1

39010 Bárcena de Pie de Concha 2* 39044 Miengo 2 39079 Santoña 4

39011 Bareyo 2 39045 Miera 0 39080 San Vicente de la Barquera 2*

39012 Cabezón de la Sal 11* 39046 Molledo 5 39081 Saro 0

39013 Cabezón de Liébana 2* 39047 Noja 8 39082 Selaya 4*

39014 Cabuérniga 4 39048 Penagos 9 39083 Soba 2(5)

39015 Camaleño 8 39049 Peñarrubia 1 39084 Solórzano 2

39016 Camargo 15(1) 39050 Pesaguero 1 39085 Suances 4*

39017 Campoo de Yuso 0 39051 Pesquera 0 39086 Tojos, Los 0

39018 Cartes 26* 39052 Piélagos 39 39087 Torrelavega 20(4)*

39019 Castañeda 7 39053 Polaciones 0 39088 Tresviso 0

39020 Castro-Urdiales 51* 39054 Polanco 2 39089 Tudanca 0

39022 Cillorigo de Liébana 1* 39056 Puente Viesgo 9(4) 39090 Udías 0*

39023 Colindres 4* 39057 Ramales de la Victoria 4 39091 Valdáliga 9

39024 Comillas 27(2) 39058 Rasines 1 39092 Valdeolea 0*

39025 Corrales de Buelna, Los

22(3) 39059 Reinosa 1* 39093 Valdeprado del Río 0*

39026 Corvera de Toranzo 6* 39060 Reocín 17* 39094 Valderredible 3*

39027 Enmedio, Campoo de 7* 39061 Ribamontán al Mar 6 39095 Val de San Vicente 3

39028 Entrambasaguas 10 39062Ribamontán al Monte 1 39096 Vega de Liébana 7

39029 Escalante 3 39063 Rionansa 3 39098 Villacarriedo 2

39030 Guriezo 4* 39064 Riotuerto 4* 39102 Voto 19

39032 Hermandad de Campoo de Suso 4* 39065 Rozas de

Valdearroyo, Las 0* 39 CANTABRIA 709**

Fuentes: Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC) 2007; Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) 2007; Guardia Civil, Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) 2007; Ayuntamientos 2007; y elaboración propia.

Notas: (*) Dato parcial, se desconocen las denuncias del Ayuntamiento.(**) Se corresponde con el número total de denuncias en Cantabria.(1) Dos expedientes compartidos entre los municipios de El Astillero y Camargo.(2) Un expediente compartido entre los municipios de Comillas y Ruiloba.(3) Un expediente compartido entre los municipios de Los Corrales de Buelna y San Felices de Buelna.(4) Tres expedientes compartidos entre los municipios de Puente Viesgo y Torrelavega.(5) Dos expedientes compartidos entre los municipios de San Roque de Riomiera y Soba.(6) Una denuncia en el Ayuntamiento que ha derivado a CHC, se contabiliza únicamente la denuncia de Confederación.