558 o2jun 2016 de - mininterior · 2016. 6. 15. · continuaciÓn certificaciÓn 558 de 0 2 jun...

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REPUBLICA DE COLOMBIA DCP25OO TODOS POR UN MNINTEROR MINISTERIO DEL INTERIOR CERTIFICACIÓN NÚMERO 558 DE O2JUN 2016 "Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse". EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de diciembre de 2013. CONSIDERANDO: Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 16 de mayo de 2016, el oficio con radicado externo EXTMII6-0022930, por medio del cual el señor DIEGO FERNANDO BARRERA GUTIERREZ, en calidad de Oficial Mayor del Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Pereira, solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el "PROCESO DE RESTITUCION DE TIERRAS CON RADICADO 76001-31-21-001-2014-00233-00". Localizado en jurisdicción del municipio de Samaná, en el departamento de Caldas, identificado con las siguientes coordenadas: PUNTO -- COORDENADAS PLANAS COORDENADAS G[OGRAICAS NORTE ESTE LATITUD ( ') LONG { 23425 1092536140 merci 390957,51,1 motrols, -91 N 75 3 11.021 O 420 1O2R19 9 6 6 r e' 89C , 944, 25- ~l ntçrs S b5' ' 5 3 .....Z. S7 ' 21 1092644, 5 39 r , etr o( s 390949,467 ín .~ trc -ls i 25 S e'Z 54 - iO1'Y' r ' 1D22 731 mLtro() - 5 25 - T7,2 15 424 1092 5 74, 312 ni' o J'12 S me.tro'si 5' 1 1 7 . r 'Y' 47: J Y'5 net oL 890909,r , 49 rntr 2 5 44 £ 4 2,58 3" 42 - L092639,9 55 5 9 2S, 59, 31C' , 7 Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMII6-0022930 del 16 de mayo de 2016. Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa, u) cuadro de coordenadas, donde se va a ejecutar el proceso denominado: PROCESO DE RESTITUCION DE TIERRAS CON RADICADO 76001-31-21-001-2014-00233-00," localizado en jurisdicción del municipio de Samaná, en el departamento de Caldas. Que en un análisis inicial la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el "PROCESO DE RESTITUCION DE TIERRAS CON RADICADO 76001-31-21-001-2014-00233-00" localizado en jurisdicción del municipio de Samaná, en el departamento de Caldas. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las bases de datos consultadas fueron: i) Base cartográfica de resguardos indígenas constituidos (Incoder - Igac 2015), Ii) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Incoder 2015), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Mininterior 2015), v) Base de datos de la Pagina 1 de 3

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Page 1: 558 O2JUN 2016 DE - MinInterior · 2016. 6. 15. · CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 558 DE 0 2 JUN 2016 Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (Mininterior

REPUBLICA DE COLOMBIA

DCP25OO

TODOS POR UN

MNINTEROR

MINISTERIO DEL INTERIOR

CERTIFICACIÓN NÚMERO 558 DE O2JUN 2016

"Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse".

EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA

En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de

diciembre de 2013.

CONSIDERANDO:

Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 16 de mayo de 2016, el oficio con radicado externo EXTMII6-0022930, por medio del cual el señor DIEGO FERNANDO BARRERA GUTIERREZ, en calidad de Oficial Mayor del Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Pereira, solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el "PROCESO DE RESTITUCION DE TIERRAS CON RADICADO 76001-31-21-001-2014-00233-00". Localizado en jurisdicción del municipio de Samaná, en el departamento de Caldas, identificado con las siguientes coordenadas:

PUNTO -- COORDENADAS PLANAS COORDENADAS G[OGRAICAS

NORTE ESTE LATITUD ( ') LONG { 23425 1092536140 merci 390957,51,1 motrols, -91 N 75 3 11.021 O 420 1O2R19 9 6 6 r e' 89C,944,25-~l ntçrs S b5' ' 5 3 .....Z.S7 '

21 1092644,5 39 r,etro( s 390949,467 ín.~ trc-lsi 25 S e'Z 54

- iO1'Y' r ' 1D22 731 mLtro() - 5 25 - T7,2 15 424 1092574,312 ni' o J'12 S me.tro'si 5'11 7 . r 'Y' 47: J Y'5 net oL 890909,r,49 rntr 2 5 44 £ 4 2,583"

42 -L092639,955 59 2S, 59,31C', 7

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMII6-0022930 del 16 de mayo de 2016.

Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa, u) cuadro de coordenadas, donde se va a ejecutar el proceso denominado: PROCESO DE RESTITUCION DE TIERRAS CON RADICADO 76001-31-21-001-2014-00233-00," localizado en jurisdicción del municipio de Samaná, en el departamento de Caldas.

Que en un análisis inicial la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el "PROCESO DE RESTITUCION DE TIERRAS CON RADICADO 76001-31-21-001-2014-00233-00" localizado en jurisdicción del municipio de Samaná, en el departamento de Caldas. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las bases de datos consultadas fueron: i) Base cartográfica de resguardos indígenas constituidos (Incoder - Igac 2015), Ii) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Incoder 2015), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Mininterior 2015), v) Base de datos de la

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 558 DE 0 2 JUN 2016

Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (Mininterior 2015), y) Base de datos de Consulta Previa (Mininterior 2015).

Que con base en la información aportada y recogida se elaboró el informe técnico el día 31 de mayo de 2016, en el cual se estableció lo siguiente:

"Antecedentes:

"Mediante el EXTM/16-0022930 del 16 de mayo de 2016, el señor Diego Fernando

Barrera Gutiérrez, en calidad de Oficial Mayor del Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Pereira manifestó lo siguiente:

"Me permito comunicarle que dentro del proceso de la referencia, se profirió auto fechado 10 de mayo de 2016, el cual dispuso: "4.3.2 Ordenar al Director de Consulta Previa del Ministerio del Interior para que dentro de los diez (10) días posteriores al recibo del oficio respectivo, informen si el predio objeto de este proceso tiene afectaciones por territorios colectivos y/o presencia de comunidades étnicas. En caso afirmativo, indicar cuál o cuáles en qué consisten y cuál es su alcance- El Juez JULIAN ANDRÉS RIVERA DELGADO. Sírvase proceder de conformidad."

Se digitalizo en la base de datos de Ja Dirección de Consulta Previa las coordenadas del polígono aportadas por el Juzgado para atender el "Proceso de restitución de tierras con radicado 76001-31-21-001-2014-00233-00" usando el sistema Magna Sirgas Origen Bogotá.

Para el ejercicio de análisis cartográfico se utilizó la cartografía básica y temática 1GAC 2015, lo que permitió constatar que el predio se localiza en jurisdicción del municipio de Samaná, departamento de Caldas, por lo tanto es posible continuar con el trámite de la solicitud."

Como resultado de la consulta de las bases de datos (espacial y no espacial) de comunidades étnicas disponibles en la Dirección de Consulta Previa, se evidenció que el polígono ubicado en el municipio de Samaná, departamento de Ca/das, correspondiente al "Proceso de restitución de tierras con radicado 76001-31-21-001-2014-00233-00" no se traslapa con comunidades étnicas.

Por lo anterior, se concluye que para el "Proceso de restitución de tierras con radicado 76001-31-21-001-2014-00233-00" no se registra la presencia de comunidades étnicas".

En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,

CERTIFICA:

PRIMERO. Que no se registra presencia de comunidades Indígenas, Minorías y Rom, en el "PROCESO DE RESTITUCJON DE TIERRAS CON RADICADO 76001-31-21-001-2014-00233-00," localizado en jurisdicción del municipio de Samaná, en el departamento de Caldas, identificado con las siguientes coordenadas:

_•

PUNTO COORDENADAS PLANAS . COORDENADAS GEOGRÁFICAS

- • NORTE . . ESTE LATtTUDr ' ') LONG(' • ")

40 r e F°5 11 rnrtr) 3 ¿5 57 5 N 3 41021 0

lfl 2r r S904 2S metro s S 15 8 659 '5 3'41,457`

421 1092644,535 reucçs 290940,467 metro(s) 5725 59,459 N 757 3' 41,289" 0 10 92 5 53 r'e r Ir o' 89ú9 2 2,7191 mctrots " 25 57 ,1F-3— J 75 3'42,152` O

424 1002574,322 metro( 800012,018 metro(s) Sc 25' 57, 171 1' 75 3' 42.502" 0 423 1059&06 :rTletro(sJ 890909,543 metro(s) 57 ¿5' 57,944" N 759 3'42,583" 0 422 ?002639 955 rtm( 850944,337 metro(s) 5' 25 59,310" N 75 3 41455 0

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI16-0022930 del 16 de mayo de 2016.

SEGUNDO. Que no se registra presencia de comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, en el área del "PROCESO DE RESTITUCION DE TIERRAS

Aninn 2 de

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 558

DE 02JUN2016

CON RADICADO 76001-31-21-001-2014-00233-00', localizado en jurisdicción del municipio de Samaná, en el departamento de Caldas, identificado con las siguientes coordenadas:

COORDENADAS PLANAS cA COORDENADAS GEOGRÁH S PUNTO

NORTE ESTE LATITUD - 23425 1092586,140 t7 2ro(sl 89C957,611 mtr) 50 251 57,550: ' 7V 3 4102i' O

420 1025 19965 met'oIsI 0944259r mtro) 50 75 55E9 N 75 3J 4L45 O

421 1092E44,3 39 n'etros 890949467 mtro() 5 23 59,459 N 75Ç 31 4L252 O

533 r e oI 890922,791 rntro( 5 23 3 7 1E3 'S° 3'42.1 5 7 `0

424 iO9254: to(si 8909 12,015 metros) 5 57171' N 75 342.502 0

423 1092592,061 nto(s 890909,349 rntr(s) S 544" N 752 3 .42,58.3" C)

422 1092539 355 unt i 89C9Ar 5° 25 59,313' 75 3 41,455"

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMII6-0022930 de¡ 16 de mayo de 2016.

TERCERO. Que la información sobre la cual se expide la presente certificación aplica específicamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por el solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTMII6-0022930 del 16 de mayo de 2016, para el 'PROCESO DE RESTITUCION DE TIERRAS CON RADICADO 76001-31-21-001-2014-00233-00", localizado en jurisdicción del municipio de Samaná, en el departamento de Caldas, identificado con las siguientes coordenadas:

COORDENADAS PLANAS - COORDENADAS GEOGRÁFICAS PUNTO

NORTE ESTE LATtTUD ( ) LONG e'") 23425 2092586,140 rrtro(sl 390957,611 rnetr0() 51 25 57559' N 75° 3' 41,02VI 0

420 l092S19,966oerro( 0,4,259rntos) , 5275 58,65 N 75 3'614S7'0

121 1092644,539 retros , 890949,467 rnetros) "59,459' 5 75 3' 41,280' 0

7 3,126 10 157.. 633 ret Osl 890922 ,791 rnctroV) Y25 57,183' ' 3 2 '37 0

424 1092574312 metoisi 890912015 rnctros) S 25 5 -7 . 17 -- 52 342.5020

423 1092598,05to(i -- 390909,549 rnetrs) 5 25' 57,944' Ñ 75' 3'42583" C-

47-2 - 1092639.955 nitol' 850944,337 metrçIs) S q 29 59.310' N 75. 31 41,45S' O

Fuente: Suministrada por el solicitante, radicado externo EXTM116-0022930 del 16 de mayo de 2016-

CUARTO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante esta Dirección, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

COMUNÍQUESE Y NOTIFIQUESE

ÁLVAROE EVERRY LONDOÑO Direct de Consulta Previa

Elaboró: Ranieiro Rances FontaIv4ertuz- Abo ado D.C.P Reviso Elena Ramírez Ceballos. V Aprobó: Luis Fernando Mora. Líder Area de ertifícaciones

T.R.D. 2500.09.06

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