45100170 el regimen economico en la constitucion politica de 1993

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    EL RGIMEN ECONMICO EN LA CONSTITUCIN POLTICA DE1993

    PRINCIPIOS GENERALES

    Artculo 58! INICIATI"A PRI"ADA ECONOMA SOCIAL DE MERCADO

    La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economa social demercado. Bajo este rgimen, el Estado orienta el desarrollo del pas, y actaprincipalmente en las reas de promocin de empleo, salud, educacin,seguridad, servicios pblicos e inraestructura.

    E#$l%c&c%'()E!iste libertad para "ue todos los agentes econmicos puedan

    desarrollar sus actividades sin ningn tipo de tropie#os, siempre "ue se

    desempe$en conorme a ley. El sector privado como principal impulsor deldesarrollo de las naciones, tiene amplia acilidad y se desenvuelve en unaeconoma social de mercado, regulada por las leyes de la oerta y la demanda,entre los "ue venden y compran y "ue %jan libremente el precio.

    &uando se re%ere a economa social, implica la bs"ueda del biencomn, principalmente de a"uellos grupos 'umanos marginales, con limitadasoportunidades de conseguir empleo o de los subempleados( y de esa maneraprocurar el abaratamiento de los productos para "ue estn a su alcance, sobretodo de los "ue son de primera necesidad.

    Es tarea del Estado orientar el desarrollo del pas, para lo cual debebrindar las acilidades para "ue los inversionistas desarrollen sus actividadesen el pas. Su preocupacin undamental debe centrarse en el empleo, la salud,educacin, seguridad, servicios pblicos y la inraestructura, cuya solucinpuede estar en la creacin de nuevos empleos, el incremento y e"uipamientode 'ospitales y centros asistenciales, en los sectores de mayor incidenciapoblacional( en la construccin de escuelas en las #onas donde nunca 'ane!istido( otorgando prestaciones adecuadas y procurando dar un mejor serviciodentro de la administracin pblica.

    Co*$&r&c%'( co( l& Co(+t%tuc%'( Polt%c& ,- 19.9

    )o se encuentra dierencia importante en este artculo entre ambas&onstituciones.

    Artculo 59! ROL ECONMICO DEL ESTADO

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    El Estado estimula la creacin de ri"ue#a y garanti#a la libertad de trabajo y lalibertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe serlesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad pblica. El Estado brinda oportunidadesde superacin a los sectores "ue suren cual"uier desigualdad( en tal sentido, promuevelas pe"ue$as empresas en todas sus modalidades.

    E#$l%c&c%'()La ri"ue#a es el soporte de las naciones y nuestro pas no est al margen de ella,

    pues posee un buen potencial, entre ellos la minera, la pesca, la agricultura, adems deotros recursos naturales importantes, cuyo omento y preservacin le corresponde alEstado, considerando a la minera como una de las actividades principales.

    La libertad de trabajo y empresa, comercio e industria, son necesarios para crearri"ue#a por"ue allana el camino para "ue los inversionistas instalen sus empresas ynegocios.

    El Estado debe procurar "ue todos los ciudadanos tengan iguales oportunidades desuperacin, creando pe"ue$as empresas, "ue a su ve# van a originar uentes de trabajo,para aliviar el desempleo. *s tambin, la actividad Estatal debe dar acilidades para "uelos nuevos empresarios tengan acceso a lneas de crdito rpido y con bajo inters.

    Co*$&r&c%'( co( l& Co(+t%tuc%'( Polt%c& ,- 19.9

    En la &onstitucin +oltica de -- el /gimen Econmico se undamenta enprincipios de justicia social orientados a la digni%cacin del trabajo como uente principalde la ri"ue#a. El estado promueve el desarrollo econmico y social mediante elincremento de la produccin y la productividad, la racional utili#acin de los recursos, el

    pleno empleo y la distribucin e"uitativa del ingreso.

    Artculo /0! PLURALISMO ECONMICO

    El Estado reconoce el pluralismo econmico. La economa nacional se sustenta enla coe!istencia de diversas ormas de propiedad y de empresa.

    Slo autori#ado por ley e!presa, el Estado puede reali#ar subsidiariamenteactividad empresarial, directa o indirecta, por ra#n de alto inters pblico o demani%esta conveniencia nacional.

    La actividad empresarial, pblica o no pblica, recibe el mismo tratamiento legal.

    E#$l%c&c%'()Se dice "ue la economa nacional se sustenta en la coe!istencia de diversas ormas

    de propiedad y de empresa, lo "ue signi%ca "ue todas la empresas son necesarias paraimpulsar el desarrollo nacional y por tanto pueden ser del sector privado, o pblico,nacionales o e!tranjeras y en cual"uiera de las ormas "ue permitan tanto la Ley 0eneral

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    de Sociedades como la Ley 0eneral de &ooperativas y las empresas estatales "ue serigen por sus propias leyes.

    +or otro lado, la &onstitucin, estableci determinadas reglas para la actividadempresarial pblica, a saber1

    2 Slo puede ser autori#ada por ley e!presa. &onociendo el trmite parlamentario, esdicil "ue 'aya empresas pblicas, salvo "ue cuente con la aprobacin de una mayorasu%ciente del &ongreso.

    2 La actividad "ue se realice con la empresa pblica debe ser subsidiaria, esto es "uesirve de instrumento a los otros sectores en la misma actividad, o "ue sustituye lainactividad de otros sectores.

    2 3ienen "ue ser e!presamente declarados el alto inters pblico y4o en su caso demani%esta conveniencia nacional en la ley "ue autori#a dic'a actividad. Estos conceptosson de apreciacin poltica y no tcnica, aun"ue indudablemente puede 'aber ra#ones depeso "ue sustenten en ciertos casos la posibilidad de 'acer la declaracin.

    *simismo, sobre el principio de subsidiariedad de la iniciativa del Estado en laeconoma, es importante acotar "ue el 3ribunal &onstitucional 'a se$alado lo siguiente1

    5Este principio puede concebirse en dos sentidos: vertical y horizontal.La subsidiariedad vertical se refere a la relacin existente entre un ordenamiento mayor-que puede ser una organizacin nacional o central- y un ordenamiento menor -que

    pueden ser las organizaciones locales o regionales-, segn la cual el primero de ellos slopuede intervenir en aquellos !mbitos que no son de competencia del ordenamientomenor. "icha orientacin guarda estrecha relacin con los servicios pblicos y eldesarrollo econmico-social.

    #or su parte, la subsidiaridad horizontal est! re$erida a la relacin existente entre elEstado y la ciudadan%a, en la cual el cuerpo pol%tico, respetando la autonom%a y la libredeterminacin de los individuos, reduce la intervencin pblica a lo esencial.

    & trav's de ambos sentidos, el principio de subsidiariedad se constituye en un elementode vital importancia para el Estado democr!tico de derecho, ubic!ndose entre la es$erade la descentralizacin institucional y la autonom%a6.

    Co*$&r&c%'( co( l& Co(+t%tuc%'( Polt%c& ,- 19.9

    * dierencia de la &onstitucin de --, "ue no estableca claramente lasubsidiariedad de la intervencin de los poderes pblicos en la economa, la actual&onstitucin prescribe e!presamente en el artculo 789 "ue slo autori#ado por ley

    e!presa, el Estado puede reali#ar subsidiariamente actividad empresarial, directa oindirecta, por ra#n de alto inters pblico o de mani%esta conveniencia nacional.

    Artculo /1! LIRE COMPETENCIA

    El Estado acilita y vigila la libre competencia. &ombate toda prctica "ue la limitey el abuso de posiciones dominantes o monoplicas. )inguna ley ni concertacin puedeautori#ar ni establecer monopolios.

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    La prensa, la radio, la televisin y los dems medios de e!presin y comunicacinsocial( y, en general, las empresas, los bienes y servicios relacionados con la libertad dee!presin y de comunicacin, no pueden ser objeto de e!clusividad, monopolio niacaparamiento, directa ni indirectamente, por parte del Estado ni de particulares.

    E#$l%c&c%'()

    La competencia es la contienda o disputa "ue se produce entre los "ue orecenproductos en el mercado. Sin embargo, la libre competencia permite "ue los productoresy consumidores tengan amplia libertad de %jar sus precios y ad"uirirlos. )aturalmente elpblico consumidor preerir el producto de mejor calidad y a bajo precio.

    En este sentido, el Estado combate el abuso de posiciones dominantes o "ueimpli"uen monopolio.

    :tro aspecto importante "ue contiene la norma comentada es "ue ni el Estado nilos particulares pueden ejercer e!clusividad, monopolio y acaparamiento de los mediosde comunicacin oral y escrito.

    Co*$&r&c%'( co( l& Co(+t%tuc%'( Polt%c& ,- 19.9

    En la &onstitucin de -- no e!iste artculo, dentro del /gimen Econmico, "uetrate sobre la libre competencia.

    Artculo /2! LIERTAD DE CONTRATACIN

    La libertad de contratar garanti#a "ue las partes pueden pactar vlidamente segnlas normas vigentes al tiempo del contrato. Los trminos contractuales no pueden ser

    modi%cados por leyes u otras disposiciones de cual"uier clase. Los con;ictos derivadosde la relacin contractual slo se solucionan en la va arbitral o en la judicial, segn losmecanismos de proteccin previstos en el contrato o contemplados en la ley.

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    La va judicial y la arbitral, solucionan los con;ictos derivados de la relacincontractual, de acuerdo a las normas de procedimiento contenidas en el mismo contratoo en la ley.

    +ara la garanta de los inversionistas nacionales o e!tranjeros, mediante loscontrato=ley, el Estado les brinda garantas y seguridades. Estos contratos, de acuerdo al

    artculo, no pueden ser modi%cados legislativamente.

    Artculo /3! IN"ERSIN NACIONAL E4TRANERA

    La inversin nacional y la e!tranjera se sujetan a las mismas condiciones. Laproduccin de bienes y servicios y el comercio e!terior son libres. Si otro pas o pasesadoptan medidas proteccionistas o discriminatorias "ue perjudi"uen el inters nacional,el Estado puede, en deensa de ste, adoptar medidas anlogas.

    En todo contrato del Estado y de las personas de derec'o pblico con e!tranjerosdomiciliados consta el sometimiento de stos a las leyes y rganos jurisdiccionales de la/epblica y su renuncia a toda reclamacin diplomtica. +ueden ser e!ceptuados de la

    jurisdiccin nacional los contratos de carcter %nanciero.

    El Estado y las dems personas de derec'o pblico pueden someter lascontroversias derivadas de relacin contractual a tribunales constituidos en virtud detratados en vigor. +ueden tambin someterlas a arbitraje nacional o internacional, en laorma en "ue lo disponga la ley.

    E#$l%c&c%'()Se dan las mismas condiciones contractuales tanto en la inversin nacional como

    la e!tranjera, lo cual implica "ue no se presentan criterios preerenciales a la inversinnacional, la cual es muy saludable, pues con la discriminacin "ue e!ista, losinversionistas e!tranjeros no arriesgaban sus capitales.

    En cuanto a la produccin de bienes y servicios y el comercio e!terior, e!isteamplia libertad.

    La primera parte de este artculo contempla la adopcin de medidas similares, enel supuesto "ue otros pases adoptaran medidas proteccionistas o discriminatorias "ueperjudi"uen el inters nacional.

    &uando en la contratacin del Estado y de las personas de derec'o pblicointervienen e!tranjeros domiciliados deben someterse a las leyes de la /epblica y porconsiguiente renunciar a cual"uier reclamacin "ue puedan eectuar por la vadiplomtica, con la nica e!cepcin de los contratos %nancieros.

    La ltima parte del artculo se ocupa del sometimiento de las controversiascontractuales a tribunales establecidos segn los tratados( y asimismo puedan someterlaa arbitraje nacional o internacional.

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    Las empresas estatales de derec'o privado o de economa mi!ta, directamente,pueden acordar "ue los contratos "ue celebren con e!tranjeros o "ue se re%eran a susbienes, sean sometidos a arbitraje internacional dentro y uera del pas.

    Co*$&r&c%'( co( l& Co(+t%tuc%'( Polt%c& ,- 19.9

    En la &onstitucin de -- solamente trata de "ue el comercio e!terior es libre porra#ones de inters social y del desarrollo del pas. ? "ue el Estado promueve lacooperacin entre los pueblos para alcan#ar un orden econmico internacional justo.

    Artculo /6! MONEDA E4TRANERA

    El Estado garanti#a la libre tenencia y disposicin de moneda e!tranjera.

    E#$l%c&c%'()Este artculo signi%ca "ue puede 'acerse uso de dierentes tipos de moneda de

    procedencia e!traterritorial, tales como el dlar americano y el canadiense, el yen, elrublo, la libra esterlina, etc.

    *simismo, se pueden contraer obligaciones en moneda e!tranjera y cuyo pagopuede 'acerse en moneda nacional, al tipo de cambio de venta del da y lugar delvencimiento de la obligacin.

    Artculo /5! DE7ENSA DE LOS CONSUMIDORES USUARIOS

    El Estado de%ende el inters de los consumidores y usuarios. +ara tal eectogaranti#a el derec'o a la inormacin sobre los bienes y servicios "ue se encuentran a sudisposicin en el mercado. *simismo vela, en particular, por la salud y la seguridad de lapoblacin.

    E#$l%c&c%'()Los consumidores y usuarios deben ser deendidos por el Estado. El cumplimiento

    de este an'elo radica en "ue el Estado debe garanti#ar el derec'o a la inormacin sobrelos bienes y servicios "ue se orecen en el mercado, a %n de "ue ad"uieran lo "ue ms

    les convenga conrontando calidad y precio.

    :tra obligacin del Estado es preocuparse de la salud y de la seguridad de lapoblacin, para lo cual debe dictar las medidas "ue controlen la calidad de los productos(limitando la produccin de elementos da$inos a la salud.

    En deensa de los consumidores, interviene el @nstituto )acional de la >eensa dela &ompetencia y +roteccin de la +ropiedad @ntelectual.

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    MATERIAS DE GESTION GUERNAMENTAL

    1 GESTION DE RECURSOS UMANOS

    La gestin del sistema de recursos 'umanos est encargada del lineamiento yproveimiento de servicio civil para el desarrollo de las unciones de las entidades del

    sector pblico. Se rige a travs de normas, principios, mtodos, recursos, tcnicas yprocedimientos estndares para todos los organismos estatales.Esta dirigido por la *utoridad )acional del Servicio &ivil como :rganismo 3cnicoEspeciali#ado creado por el >E&/E3: LE0@SL*3@A: ) 8CD.>e manera general, por estar relacionada con la creacin y omento de trabajo, estligada a los artculos CD9, C9, CF9, C79 y C9 de la &onstitucin +oltica de --D. En loscuales se especi%ca la labor del Estado rente a la promocin del trabajo, el derec'o detodo trabajador a recibir una remuneracin e"uitativa, el pago de los bene%cios socialesdictados por ley, el establecimiento de las jornadas diarias de trabajo, el derec'o adescanso semanal y anual remunerado, la proteccin del trabajador contra el despidoarbitrario y adems de los principios "ue deben ser respetados en toda relacin laboral

    "ue se estable#ca como son( igualdad de oportunidades y el carcter irrenunciable de losderec'os reconocidos por la constitucin y la ley.&on respecto a la carrera administrativa o pblica los artculos vinculados estn ubicadosen el &*+@3GL: @A de la &onstitucin +oltica de --D reerida a la Huncin +blica, de losartculos D-9 al C9. En los cuales se especi%ca "ue1

    Los uncionarios y trabajadores pblicos estn al servicio de la )aci.

    La ley regula el ingreso a la carrera administrativa, adems de los

    derec'os, deberes y responsabilidades de los servidores pblicos.

    Las limitaciones de los servidores pblicos, como es el desempe$ar un solocargo pblico remunerado, con e!cepcin de la uncin docente.

    La publicacin de los ingresos en el diario o%cial de los altos uncionarios ydems servidores "ue se$ale la ley.

    La obligacin "ue poseen los uncionarios y servidores pblicos "ue se$ala laley o "ue administran o manejan ondos del Estado o de organismossostenidos de reali#ar declaracin jurada de bienes y renta anualmente

    durante su ejercicio y al cesar del mismo. Los tipos de responsabilidades y acciones "ue se toman en caso de raude y

    actos ilcitos por parte de uncionarios y servidores pblicos.

    El reconocimiento de los derec'os de sindicacin y 'uelga de los servidorespblicos. )o estn comprendidos los uncionarios del Estado con poder dedecisin y los "ue desempe$an cargos de con%an#a o de direccin, as comolos miembros de las Huer#as *rmadas y de la +olica )acional.

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    &on respecto al acceso al empleo pblico, el artculo ligado a este punto es el 79 en elcual nos dice "ue toda contratacin de servicios se da a travs de concurso pblico.

    &:

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    La administracin econmica y %nanciera del Estado se rige por elpresupuesto "ue anualmente aprueba el &ongreso.

    La estructura del presupuesto contiene dos secciones1 gobierno central einstancias descentrali#adas.

    La asignacin del presupuesto se dan segn los criterios de e%ciencia denecesidades sociales bsicas y de descentrali#acin.

    El pla#o m!imo para la entrega del proyecto de Ley de +resupuesto,proyectos de ley de endeudamiento y de e"uilibrio %nanciero al &ongreso dela /epblica vence D8 de agosto de cada a$o.

    El proyecto presupuestal debe estar eectivamente e"uilibrado.

    Los prstamos procedentes del Banco &entral de /eserva o del Banco de la)acin no se contabili#an como ingreso %scal.

    )o pueden ser %nanciador los gastos de carcter permanente.

    )o puede aprobarse el presupuesto sin partida destinada al servicio de ladeuda pblica.

    Los representantes ante el &ongreso solo pueden intervenir en supresupuesto.

    El &ongreso no puede aprobar tributos con %nes predeterminados, salvo porsolicitud del +oder Ejecutivo.

    Las leyes de ndole tributaria reeridas a bene%cios o e!oneracionesre"uieren previo inorme del

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    En la constitucin +oltica de -- no se estipula el pla#o m!imo para laentrega del proyecto de Ley de +resupuesto, proyectos de ley deendeudamiento y de e"uilibrio %nanciero al &ongreso de la /epblica ID8 deagostoJ.

    )o se estipula "ue el proyecto de la Ley de +resupuesto entra en vigencia

    por decreto legislativo la si no es remitida al +oder Ejecutiva por el &ongreso'asta el D8 de noviembre.

    6 TESORERIA

    Es el sistema de la administracin pblica relacionado con la gestin de los ondospblicos, corresponde a la direccin general del tesoro pblico del ministerio de economay %nan#as el rectorado del sistema, ya "ue este dicta las disposiciones "ue aseguran elnormal uncionamiento del manejo de los ondos pblicos.

    u%-(-+ l&+ co(:or*&(

    La direccin nacional de tesoro pblico, el cual es dependiente del vice ministerio de'acienda, y las unidades ejecutoras a travs de las a%cionas o dependencias en lascuales se conduce los proceso relacionados con el sistema, los cuales se encargan develar por el cumplimiento de las normas y procedimientos "ue emita el rgano rector.*simismo el >)3+ se conorma por las siguientes subdivisiones1

    >espac'o de la >ireccin )acional :%cina de &ontabilidad >ireccin de )ormatividad

    >ireccin de +rogramacin >ireccin de @ngresos >ireccin de Ejecucin de Egresos

    Los artculos de la constitucin de --D relacionados con este sistema son los artculos, K, -, K8, K los cuales indican aspectos undamentales del sistema como1

    La importancia del presupuesto anual del sector pblico, as como su composicingeneral.

    /estriccin en el gasto publico La sustentacin del presupuesto publico

    En comparacin con la constitucin del - no se encuentran dierencias, solo en el titulo.

    5 ENDEUDAMIENTO P;LICO

    La >ireccin )acional del Endeudamiento +blico es el rgano de lnea del

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    programar, presupuestar, normar, negociar, registrar, controlar, contabili#ar y coordinarla aprobacin de las operaciones de endeudamiento pblico y de las operaciones deadministracin de deuda( atender el servicio de las operaciones de deuda del 0obierno)acional, reali#ar operaciones cone!as para una administracin prudente de la deuda,actuar como agente %nanciero nico del 0obierno )acional, preparar y publicar lasestadsticas de la deuda pblica. >epende directamente del Aice euda del 0obierno )acional. >esarrollar la administracin de pasivos. *ctuar como agente %nanciero nico del 0obierno )acional pudiendo sugerir la

    delegacin para la reali#acin de gestiones %nancieras espec%cas a otrasentidades del Estado mediante resolucin ministerial de Economa y Hinan#as.

    Evaluar y negociar operaciones de endeudamiento e!terno Aelar por el cabal cumplimiento de obligaciones y derec'os del 0obierno &entral,

    derivados de operaciones de endeudamiento pblico y de todas las operacionescone!as a la administracin de la deuda.

    Las dems unciones "ue le asigne el Aice

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    7UNCIONES

    Son unciones de la >ireccin )acional de &ontabilidad +blica las siguientes1 +roponer las polticas y dictar las normas "ue como rgano rector del Sistema

    )acional de &ontabilidad le corresponde.

    )ormar los procedimientos contables para el registro de todas las transacciones enlas entidades del Sector +blico.

    +lanear, organi#ar y conducir la capacitacin para la correcta aplicacin de lasnormas y procedimientos contables, por los usuarios del Sistema )acional de&ontabilidad.

    Evaluar la correcta aplicacin de las normas y procedimientos contablesestablecidos para las entidades del Sector +blico.

    @nterpretar las normas contables "ue 'aya emitido en el mbito de sucompetencia.

    Emitir u o%ciali#ar las normas de contabilidad a aplicarse en el pas. *sesorar y absolver consultas en materia contable. >irigir el proceso de ormulacin de la &uenta 0eneral de la /epblica, anali#ando

    y evaluando la rendicin de cuentas remitidas por las entidades del Sector +blico. +roporcionar inormacin contable %nanciera y presupuestaria para acilitar la

    ormulacin de las cuentas nacionales y estadsticas %scales. >iundir las normas y procedimientos contables, as como la &uenta 0eneral de la

    /epblica. Las dems unciones "ue le asigne el Aiceministro de Macienda.

    En la constitucin del -D se 'ace mencin a la cuenta general de la repblica en elartculo K, a dierencia de las constitucin del -, la cual especi%ca la adjudicacin de la

    reali#acin de la cuenta general al sistema nacional de contabilidad, en la nuevaconstitucin no se menciona este detalle.

    . IN"ERSION P;LICA

    El tema de la inversin pblica en el pas se encuentra relacionado con los siguientesartculos en la constitucin del +er1

    En el 3tulo @A de la estructura del estado, &apitulo N@A de la descentrali#acin, *rticulo-C donde se e!presa "ue los gobiernos regionales deben omentar las inversiones,actividades y servicios pblicos de su responsabilidad en armona con las polticas y

    planes nacionales y locales de desarrollo.

    Son competentes para1. *probar su organi#acin interna y su presupuesto.C. Hormular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con las municipalidades yla sociedad civil.D. *dministrar sus bienes y rentas.

    &onstitucin +oltica de --D

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    . /egular y otorgar las autori#aciones, licencias y derec'os sobre los servicios de suresponsabilidad.F. +romover el desarrollo socioeconmico regional y ejecutar los planes y programascorrespondientes.7. >ictar las normas in'erentes a la gestin regional.. +romover y regular actividades y4o servicios en materia de agricultura, pes"uera,

    industria, agroindustria, comercio, turismo, energa, minera, vialidad, comunicaciones,educacin, salud y medio ambiente, conorme a ley.K. Homentar la competitividad, las inversiones y el %nanciamiento para la ejecucin deproyectos y obras de inraestructura de alcance e impacto regional.-. +resentar iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia.8. Ejercer las dems atribuciones in'erentes a su uncin, conorme a ley.*s mismo, en el artculo -F se 'ace reerencia de lo mismo a nivel local.

    S%+t-*& N&c%o(&l ,- I(

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    . La >ireccin 0eneral de +rogramacin 0+

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    CONSIDERACIONES AL SNIP

    Las observaciones "ue se plantean se re%eren a los distintos elementos del Sistema y sedesarrollan en uncin a su impacto1

    +rimero, para "ue el S)@+ cumpla con sus objetivos, es importante "ue se desarrolle una

    cultura de proyectos, ello re"uiere de la ormacin de proesionales con especiali#acinen la materia. En nuestro medio se 'an reali#ado capacitaciones "ue por su estructura yla cantidad de 'oras, resultan insu%cientes( es ms, en el pas, esta materia se desarrollaacadmicamente con muc'as limitaciones. +or la naturale#a de los cursos, siempre lostemas de ormulacin y evaluacin "uedan pendientes de ser desarrollados, por lo "uesera necesario programar cursos donde se e!pli"uen temas espec%cos Ievaluacinsocial, oerta y demanda, etc.J( tambin, es recomendable reali#ar capacitaciones segnlos niveles de conocimiento de los participantes. 3odo esto, in;uir en mejorar la calidadde los proyectos y as acilitar el proceso de viabilidad as como de eectividad de lasunidades ormuladoras.

    Segundo, en lo "ue respecta a los manuales para la preparacin de los proyectosdisponibles en el portal del

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    Q y del costo del %nanciamiento( en el ;ujo de caja %nanciero encontramos larentabilidad por el aporte "ue reali#a el estado, entonces, a"u la tasa es del Q.

    ? "uinto, el tipo de anlisis utili#ado en la evaluacin de proyectos es preerentemente elcosto bene%cio( en muc'os casos se debe utili#ar otra metodologa ya "ue los bene%ciosson diciles de llevarlos a valores monetarios, el S)@+ de%ne al costo eectividad pero en

    muc'os casos se utili#a el costo e%ciencia. La dierencia se da en "ue el primero serelaciona los costos con algn indicador "ue represente a los bene%cios, en el segundocaso, se relacionan los costos con la cantidad de usuarios.

    8 Pl&(-&*%-(to -+tr&tB%co

    *s como en el caso la inversin pblica, citaremos a los artculos -C y -F de laconstitucin poltica del +er de --D donde se menciona los planes de gobierno y dedesarrollo. 3ambin es necesario nombrar al &entro )acional de +laneamientoEstratgico I&E+L*)J creado por >L )9 8KK.

    C-(tro N&c%o(&l ,- Pl&(-&*%-(to E+tr&tB%co ?CEPLAN@

    Se crea con la con la %nalidad de establecer la base normativa adecuada "ue permita laimplementacin de un sistema nacional de planeamiento estratgico y de su rganorector dinmicos y e%caces, capaces de desarrollar un proceso de plani%cacinpermanente, con visin prospectiva de mediano y largo pla#o y con participacinmultisectorial y multidisciplinaria. *dems de constituirse como el rgano rector yorientador del Sistema )acional de +laneamiento Estratgico. Sus competencias son dealcance nacional y constituye un pliego presupuestario.

    ESTRUCTURA

    El Sistema )acional de +laneamiento Estratgico est integrado por1

    aJ el &entro )acional de +laneamiento Estratgico, como rgano rector del SistemabJ los rganos del gobierno nacional y, con salvaguarda de su autonoma, de los

    dems poderes del Estado, de los organismos constitucionales autnomos y de losgobiernos regionales y locales con responsabilidades y competencias en elplaneamiento estratgico

    cJ el Horo del *cuerdo )acional, "ue acta como instancia de concertacin de la

    plani%cacin estratgica nacional cuando su intervencin es solicitada, en suorden, por el +residente del &onsejo de irectivo del &E+L*).

    OETI"OS

    . &onstituirse en el espacio institucionali#ado para la de%nicin concertada de unavisin de uturo compartida y de los objetivos y planes estratgicos para eldesarrollo nacional armnico, sustentable, sostenido y descentrali#ado del pas.

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    C. *rticular e integrar en orma co'erente y concertada las dierentes propuestas yopiniones para la elaboracin del +lan Estratgico de >esarrollo )acional y losplanes nacionales, sectoriales, institucionales y subnacionales, as como lasorientaciones, los mtodos, los procesos y los instrumentos para el planeamientoestratgico.

    D. +romover y articular los programas de ortalecimiento de capacidades para elplaneamiento estratgico.

    . >esarrollar los procesos y las acciones para el monitoreo de la gestin pararesultados de mediano y largo pla#o, en coordinacin con el &onsejo )acional de&ompetitividad, basada en los dierentes instrumentos de planeamientoestratgico y con orientacin 'acia la promocin de la moderni#acinadministrativa y el logro de estndares de e%ciencia al servicio del ciudadano, ascomo de la mejora de los ndices de competitividad del pas para aprovec'ar lasoportunidades "ue la dinmica internacional orece en el marco de los tratadosinternacionales de promocin, asociacin y cooperacin econmica y comercial delos "ue el +er es parte.

    F. +romover la cooperacin y acuerdos entre los sectores pblico y privado en elproceso de ormulacin de los planes estratgicos nacionales, sectoriales,institucionales y subnacionales, as como en la ejecucin de los programas yproyectos priori#ados en esos mbitos, para asegurar el desarrollo nacional y lamejora constante de la competitividad del pas.

    7. +romover la ormulacin de planes estratgicos, programas y proyectos con visin

    prospectiva de mediano y largo pla#o, as como el desarrollo de los aspectostericos "ue los sustentan, aplicando un eno"ue nacional conte!tuali#ado en elmbito internacional, con prioridad en las relaciones y oportunidades "ue tienen suorigen en los acuerdos internacionales de los "ue el +er es parte.

    7UNCIONES

    . &onducir el proceso de ormulacin y diusin de una visin compartida y concertadade uturo del pas en sus diversos sectores y niveles de gobierno.

    C. *poyar al +residente del &onsejo de esarrollo )acional, mediante la coordinacinmultisectorial, interinstitucional e intergubernamental, segn las reglas establecidas porla directiva respectiva.

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    D. *sesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a losgobiernos locales en la ormulacin, el seguimiento y la evaluacin de polticas y planesestratgicos de desarrollos, con la %nalidad de lograr "ue se ajusten a los objetivosestratgicos de desarrollo nacional previstos en el +lan Estratgico de >esarrollo)acional.

    . >esarrollar metodologas e instrumentos tcnicos para asegurar la consistencia yco'erencia del +lan Estratgico de >esarrollo )acional orientadas al desarrollo armnicoy sostenido del pas y al ortalecimiento de la gobernabilidad democrtica en el marco delEstado constitucional de derec'o.F. +romover y orientar la ormacin y actuali#acin proesional y tcnica de especialistasen planeamiento estratgico, prospectiva y ormulacin y evaluacin de polticas pblicasy planes, en los tres niveles de gobierno y en las instituciones de educacin superior.

    7. +resentar a consideracin del +residente del &onsejo de esarrollo)acional con los poderes del Estado, los organismos constitucionales autnomos, losgobiernos regionales y locales, los partidos polticos y las instituciones representativas dela sociedad civil, utili#ando metodologas de participacin directa y otras diversas desondeo de opinin tcnicamente vlidas.

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    C. /ecibir y orientar las iniciativas del sector privado y, previa evaluacin, articular susre"uerimientos de decisiones en cuanto a promocin y apoyo del Estado, guardandoco'erencia con los objetivos de desarrollo nacional.D. +romover la armoni#acin de la ormulacin de planes y polticas de desarrollomultisectorial, sectorial y territorial con el +lan Estratgico de >esarrollo )acional.

    . &oordinar con los rganos responsables la uni%cacin de criterios y metodologaspara la elaboracin de lneas de base, indicadores y toda inormacin relevante "ue sirvede insumo para la toma de decisiones en materia de planeamiento estratgico yde%nicin de planes y polticas.

    F. &oordinar con el &onsejo de Seguridad )acional con la %nalidad de integrar losobjetivos de seguridad nacional al +lan Estratgico de >esarrollo )acional.

    E( +-Bu%*%-(to -

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    uncionalmente mediante los cuales los +rocuradores +blicos ejercen la deensa jurdicadel Estado.

    3iene como ente rector al eensa urdica del Estado.

    eJ >esarrolla polticas "ue promuevan la capacitacin y especiali#acin de los operadoresdel Sistema.

    PRINCIPIOS

    La >eensa urdica del Estado se rige por los siguientes principios1

    aJ Legalidad1 Los +rocuradores +blicos y abogados del Sistema de >eensa urdica delEstado estn sometidos a la &onstitucin, a las leyes y a las dems normas delordenamiento jurdico.

    bJ *utonoma uncional1 La >eensa urdica del Estado se ejerce por medio de los+rocuradores +blicos, "uienes actan con autonoma en el ejercicio de sus unciones,"uedando obligados a cumplir los principios rectores del sistema.

    cJ Gnidad de actuacin y continuidad1 Los +rocuradores +blicos y dems operadores del

    Sistema se conducen conorme a criterios institucionales de conormidad a los objetivos,metas y lineamientos del Sistema.

    dJ E%cacia1 La gestin se organi#a para el cumplimiento oportuno de los objetivos y lasmetas del Sistema.

    eJ E%ciencia1 3oda actuacin de los +rocuradores +blicos y dems operadores delSistema se reali#a optimi#ando la utili#acin de los recursos disponibles, procurando lainnovacin y el mejoramiento oportuno.

    J &apacitacin y evaluacin permanente1 Los +rocuradores +blicos sern capacitados y

    evaluados de acuerdo a los lineamientos establecidos por el ente rector.

    gJ Especiali#acin1 Se garanti#a y preserva la especiali#acin de los +rocuradores+blicos.'J &on%dencialidad1 Los operadores del Sistema deben guardar absoluta reserva sobrelos asuntos de naturale#a con%dencial a su cargo.

    iJ &eleridad1 Los +rocuradores +blicos y abogados del Sistema deben ajustar suconducta, orientada a conseguir la m!ima dinmica posible del proceso o

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    procedimiento, evitando actuaciones "ue di%culten su desenvolvimiento o constituyanmeros ormalismos, sin "ue se releve el respeto al debido proceso o vulnere elordenamiento jurdico.

    jJ Ttica, probidad y 'onestidad1 La tica, probidad y 'onestidad son esenciales en elejercicio de las unciones de los operadores del Sistema.

    PJ /esponsabilidad1 Los +rocuradores +blicos son responsables por el ejercicio indebidode la >eensa urdica del Estado.

    10 SISTEMA NACIONAL DE CONTROL

    El Sistema )acional de &ontrol es el conjunto de rganos de control, normas, mtodos yprocedimientos Uestructurados e integrados uncionalmenteU destinados a conducir ydesarrollar el ejercicio del control gubernamental en orma descentrali#ada.

    ASE LEGAL

    Ley ) CKF, Ley :rgnica del Sistema )acional de &ontrol y de la &ontralora 0eneralde la /epblica.

    GENERALIDADES

    Su actuacin comprende las actividades y acciones en los campos administrativo,presupuestal, operativo y %nanciero de las entidades y alcan#a al personal "ue prestaservicios en ellas, independientemente del rgimen "ue las regule. El ejercicio del controlgubernamental por el Sistema )acional de &ontrol en las entidades, se eecta bajo laautoridad normativa y uncional de la &ontralora 0eneral de la /epblica, la misma "ueestablece los lineamientos, disposiciones y procedimientos tcnicos correspondientes asu proceso, en uncin a la naturale#a y4o especiali#acin de dic'as entidades, lasmodalidades de control aplicables y los objetivos tra#ados para su ejecucin. >ic'aregulacin permitir la evaluacin, por los rganos de control, de la gestin de lasentidades y sus resultados

    OETO DE LA LE

    Es objeto de la Ley propender al apropiado, oportuno y eectivo ejercicio del control

    gubernamental, para prevenir y veri%car, mediante la aplicacin de principios, sistemas yprocedimientos tcnicos, la correcta, e%ciente y transparente utili#acin y gestin de losrecursos y bienes del Estado, el desarrollo 'onesto y probo de las unciones y actos de lasautoridades, uncionarios y servidores pblicos, as como el cumplimiento de metas yresultados obtenidos por las instituciones sujetas a control, con la %nalidad de contribuiry orientar el mejoramiento de sus actividades y servicios en bene%cio de la )acin.

    ALCANCE DE LA LE

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    La presente Ley establece las normas "ue regulan el mbito, organi#acin, atribuciones yuncionamiento del Sistema )acional de &ontrol y de la &ontralora 0eneral de la/epblica como ente tcnico rector de dic'o Sistema.

    MITO DE APLICACIN

    Las normas contenidas en la presente Ley y a"ullas "ue emita la &ontralora 0eneralson aplicables a todas las entidades sujetas a control por el Sistema Iartculo D de lapresente LeyJ, independientemente del rgimen legal o uente de %nanciamiento bajo elcual operen1

    &@ El Go>%-r(o C-(tr&lsus entidades y rganos "ue, bajo cual"uier denominacin,ormen parte del +oder Ejecutivo, incluyendo las Huer#as *rmadas y la +olica )acional, ysus respectivas instituciones.

    >@ Lo+ Go>%-r(o+ R-B%o(&l-+ Loc&l-+e instituciones y empresas pertenecientes alos mismos, por los recursos y bienes materia de su participacin accionaria.

    c@ L&+ u(%,&,-+ &,*%(%+tr&t%

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    bJ Organos de auditora interna1 3odas las unidades orgnicas responsables de la uncinde control gubernamental de las entidades "ue se mencionan en el *rtculo D1 a, b, c, d,de la presente Ley, sean stas de carcter sectorial, regional, institucional o se regulenpor cual"uier otro ordenamiento organi#acional.

    cJ Las sociedades de auditora e!terna independientes, cuando son designadas por la

    &ontralora 0eneral y contratadas, durante un periodo determinado, para reali#arservicios de auditora en las entidades econmica, %nanciera, de sistemas inormticos,de medio ambiente y otros.

    ATRIUCIONES

    a. Eectuar la supervisin, vigilancia y veri%cacin de la correcta gestin y utili#acin delos recursos y bienes del Estado, el cual tambin comprende supervisar la legalidad delos actos de las instituciones sujetas a control en la ejecucin de los lineamientos parauna mejor gestin de las %nan#as pblicas, con prudencia y transparencia %scal,conorme a los objetivos y planes de las entidades( as como de la ejecucin de los

    presupuestos del Sector +blico y de las operaciones de la deuda pblica.

    b. Hormular oportunamente recomendaciones para mejorar la capacidad y e%ciencia delas entidades en la toma de sus decisiones y en el manejo de sus recursos, as como losprocedimientos y operaciones "ue emplean en su accionar, a %n de optimi#ar sussistemas administrativos, de gestin y de control interno.

    c. @mpulsar la moderni#acin y el mejoramiento de la gestin pblica a travs de laoptimi#acin de los sistemas de gestin y ejerciendo el control gubernamental conespecial nasis en las reas crticas sensibles y en los actos de corrupcinadministrativa.

    d. +ropugnar la capacitacin permanente de los uncionarios y servidores pblicos enmaterias de administracin y control gubernamental. Los objetivos de la capacitacinestarn orientados a consolidar, actuali#ar y especiali#ar su ormacin tcnica,proesional y tica. +ara dic'o eecto, la &ontralora 0eneral, a travs de la Escuela)acional de &ontrol, o mediante convenios celebrados con entidades pblicas o privadasejerce un rol tutelar en el desarrollo de programas y eventos de esta naturale#a. Lostitulares de las entidades estn obligados a disponer "ue el personal "ue labora en lossistemas administrativos participe en los eventos de capacitacin "ue organi#a la Escuela)acional de &ontrol, debiendo tales uncionarios y servidores acreditar cada dos a$os

    dic'a participacin. Esta obligacin se 'ace e!tensiva a las Sociedades de *uditoria "ueorman parte del Sistema, respecto al personal "ue empleen para el desarrollo de lasauditoras e!ternas.

    e. E!igir a los uncionarios y servidores pblicos la plena responsabilidad por sus actosen la uncin "ue desempe$an, identi%cando el tipo de responsabilidad incurrida, seaadministrativa uncional, civil o penal, y recomendando la adopcin de las accionespreventivas y correctivas necesarias para su implementacin. +ara la adecuadaidenti%cacin de la alta en "ue 'ubieren incurrido uncionarios y servidores pblicos, se

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    deber tener en cuenta las pautas de identi%cacin del deber incumplido, reserva,presuncin de licitud, relacin causal( las cuales serian desarrolladas por la &ontralora0eneral.

    &omo resultado de las acciones de control eectuadas, los inormes respectivos con l osustento tcnico y legal constituyen pruebas preconstituidas para el inicio de las

    acciones administrativas y4o legales "ue sean recomendadas en dic'os inormes.

    En el caso de "ue los inormes generados de una accin de control cuenten con laparticipacin del

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    La presente Ley tiene por objeto establecer los principios y la base legal para iniciar elproceso de moderni#acin de la gestin del Estado, en todas sus instituciones einstancias.

    Alc&(c- ,- l& l-)

    La presente Ley es de aplicacin en todas las dependencias de la *dministracin +blicaa nivel nacional.

    II PROCESO DE MODERNIFACIN DE LA GESTIN DEL ESTADO

    7%(&l%,&,)

    :btencin de mayores niveles de e%ciencia del aparato estatal, para lograr una mejoratencin ciudadana, priori#ando y optimi#ando el uso de los recursos pblicos.

    Se busca alcan#ar un Estado1

    *l servicio de la ciudadana &on canales eectivos de participacin ciudadana >escentrali#ado y desconcentrado 3ransparente en su gestin &on servidores pblicos cali%cados y adecuadamente remunerados Hiscalmente e"uilibrado.

    Pr%(c%$&l-+ &cc%o(-+)

    a. Pr%or%H&c%'( ,- l& l&>or ,- ,-+&rrollo +oc%&l en bene%cio de los sectoresmenos avorecidos, mejorando, entre otras acciones, la prestacin de los serviciospblicos.

    b. Co(c-rt&c%'(, con la participacin de la sociedad civil y las uer#as polticas,dise$ando una visin compartida y planes multianuales, estratgicos ysustentables.

    c. D-+c-(tr&l%H&c%'(, a travs del ortalecimiento de los 0obiernos Locales y/egionales y la gradual transerencia de unciones.

    d. M&or -c%-(c%& en la utili#acin de los recursos del Estado, por lo tanto, seelimina la duplicidad o superposicin de competencias, unciones y atribucionesentre sectores y entidades o entre uncionarios y servidores.

    e. R-

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    concertada, la rendicin pblica y peridica de cuentas y la transparencia a %n degaranti#ar canales "ue permitan el control de las acciones del Estado.

    g. R-Bul&c%'(de las relaciones intersectoriales.

    III DE LAS RELACIONES DEL ESTADO CON EL CIUDADANO

    >emocracia participativa &ontrol ciudadano >erec'os y obligaciones de los ciudadanos :bligaciones de los servidores y uncionarios del Estado +rivilegiar, en el cumplimiento de sus unciones, la satisaccin de las necesidades

    del ciudadano.= Brindar al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, con%able, predecible y

    de bajo costo.= :torgar la inormacin re"uerida en orma oportuna a los ciudadanos.= Someterse a la %scali#acin permanente de los ciudadanos tanto en lo

    reerido a su gestin pblica como con respecto de sus bienes o actividadesprivadas.

    I" DE LA MODERNIFACIN EN LA ADMINISTRACION P;LICA CENTRAL

    El proceso de moderni#acin de la gestin del Estado se apoya en la suscripcin de&onvenios de 0estin y en la implementacin de +rogramas +ilotos de

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    Establece el /gimen Especial Hacultativo para los 0obiernos /egionales y Locales "uedeseen implementar procesos de

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    ONCLUSIONES

    Es tarea del Estado orientar el desarrollo del pas, para lo cual debe brindar lasacilidades para "ue los inversionistas desarrollen sus actividades en el pas. Supreocupacin undamental debe centrarse en el empleo, la salud, educacin,

    seguridad, servicios pblicos y la inraestructura.

    La libertad de trabajo y empresa, comercio e industria, son necesarios para crearri"ue#a por"ue allana el camino para "ue los inversionistas instalen sus empresasy negocios.

    La economa nacional se sustenta en la coe!istencia de diversas ormas depropiedad y de empresa, lo "ue signi%ca "ue todas las empresas son necesariaspara impulsar el desarrollo nacional.

    La libre competencia permite "ue los productores y consumidores tengan amplialibertad de %jar sus precios y ad"uirirlos. )aturalmente el pblico consumidorpreerir el producto de mejor calidad y a bajo precio.

    Se dan las mismas condiciones contractuales tanto en la inversin nacional comola e!tranjera.

    Los consumidores y usuarios deben ser deendidos por el Estado.

    La gestin de recursos 'umanos del sector pblico est debidamente de%nido en la

    &onstitucin, ya "ue le brinda un captulo entero para la especi%cacin de loscriterios ms importantes de este sistema.

    El sistema de abastecimiento es el tpico menos tratado en la &onstitucin +oltica,solo se pudo encontrar un artculo "ue 'i#o a las contrataciones.

    El presupuesto pblico es uno de los puntos tocados en mayor intensidad, en laconstitucin podemos encontrar la de%nicin de ec'as lmites para la entrega deproyectos de ley de presupuesto, los lineamientos en cuando a tributos, losresponsables de la sustentacin de los pliegos presupuestales, etc.

    El sistema nacional de esoria, regular y normal todas las actividades reerentes ala gestin de los ondos pblicos y est dirigido por la direccin nacional de tesoropblico, y entre la constitucin del -D y - no e!isten dierencias entre losartculos reeridos a este sistema. con respecto al sistema nacional deendeudamiento pblico, el rgano rector es la direccin nacional deendeudamiento pblico, y e!isten C artculos de la constitucin ms reciente,reeridos al mismo, sin embargo no e!isten dierencias signi%cativas con laconstitucin del -, solo la eliminacin de algunos artculos redundantes.

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    La contabilidad nacional est a cargo de la direccin nacional de contabilidadpblica y se encarga, entre otras unciones, de la elaboracin de la cuenta generalde la repblica, y esta mencionado en la constitucin solo en articulo Ila cuentageneral, mas no el sistemaJ, a dierencia de la constitucin del -, el cualresponsabili#a directamente al sistema la elaboracin del mismo.

    +ara obtener mejores resultados en la implementacin del Sistema )acional de@nversin +blica es necesario corregir las metodologas de transmisin deinormacin 'acia los usuarios, adecuar los parmetros y es"uemas depresentacin de los proyectos a las caractersticas propias de las necesidades desus usuarios.