4.10.3 exposicion de las tic's 2014 factor prestacional

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Prestaciones sociales cesantías Primas de servicio vacaciones Intereses sobre cesantías Factor prestacional

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Prestaciones sociales

cesantías

Primas de servicio

vacaciones

Intereses sobre cesantías

Factor prestacional

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Factor prestacional

Es el valor que es tenido en cuenta en el acumulado total devengado del trabajador. Y el acumulado total devengado es la base para calcular el salario promedio del trabajador que es una de las bases para calcular toda la liquidación de prestaciones sociales

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CesantíasLas cesantías son, en Colombia, una prestación social que todo empleador debe reconocer a sus trabajadores con el fin de que éstos puedan atender sus necesidades primarias en caso de quedar cesante.

características tipos

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Característica

• Estos recursos también pueden destinarse a financiar vivienda o educación superior.

• Aplica tanto para empresa pública como privada.

• Legalmente equivalen a un mes de salario por año laborado.

• Son una forma de seguro de desempleo.

• No dependen del tipo de contrato: a término fijo o indefinido, todo trabajador tiene derecho a ellas.

• Constituyen una forma de ahorro obligatoria.

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Tipos de cesantías

retroactiva.

liquidación anual

se liquida cada año, sin que esto implique la terminación del contrato o la relación laboral. Y

su administración está a cargo de fondos privados (existen seis en el país).

es igual al número total de años laborados por el trabajador, multiplicado por el último salario devengado y solo se le entrega al trabajador al momento de la terminación de la relación laboral. Mientras tanto es administrada por la empresa o el empleador.

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Primas de servicio

Este derecho se origina de la antigua repartición de utilidades que se hacía a los trabajadores si la empresa producía utilidades, lo que inicialmente originó que muchas empresas no mostraran utilidades para evitar pagar este derecho laboral. Así que desde hace muchos años este derecho lo tienen los trabajadores independientemente de las utilidades de la empresa.

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vacacionesLas vacaciones, por expresa disposición legal, se remuneran sobre la totalidad del salario integral, esto es, incluyendo el factor prestacional.

Las vacaciones en el salario integral tienen un tratamiento diferente respecto al valor de la remuneración más no al número de días de vacaciones.el salario integral está conformado por un factor remuneratorio del 70% y un factor prestacional del 30%. todos los conceptos de nómina se calculan única y exclusivamente sobre los pagos que tienen como objeto remunerar el trabajo, de suerte que el factor prestacional no hace parte de la base para los aportes a seguridad social y parafiscales, y obviamente que tampoco para el cálculo de prestaciones sociales.

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Intereses sobre cesantíasEl empleador debe pagar a sus empleados intereses sobre las cesantías que tenga acumuladas a 31 de diciembre, a una tasa del 12% anual.Los intereses se deben pagar a más tardar al 31 de enero, y se pagan directamente al empleado, esto es, que a diferencia de las cesantías que se deben consignar en un fondo, en el caso de los intereses sobre cesantías se deben pagar al empleado.

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Los intereses sobre cesantías son del 12% anual, o proporcional por fracción de año. Este punto es muy importante, puesto que no se puede aplicar un 12% sobre el saldo acumulado a 31 de diciembre cuando el empleado solo ha laborado seis meses, por tanto, en este caso, se debe aplicar el interés según la proporción del tiempo laborado.

Intereses sobre cesantías

ejemplo

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Supongamos un empleado que inició a trabajar el 01 de julio y a 31 de diciembre tiene cesantías acumuladas de $1.000.000.Si aplicáramos directamente el 12% sobre el saldo, esto es $1.000.000, tendríamos unos intereses de $120.000.Aplicando la proporción según el tiempo laborado, que es lo correcto, tendremos que el empleado sólo trabajó 180 días, por tanto, la liquidación será:(1.000.000×180x0,12)/360 = 60.000Como podemos observar, $60.000 es exactamente la mitad de lo que le hubiera correspondido si hubiera trabajado todo el año, pero como no trabajó sino medio año, únicamente le corresponde la mitad.

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Los intereses sobre cesantías se deben provisionar mensualmente cada vez que se liquida la respectiva nómina [Puede hacerse quincenalmente o semanalmente, según sea el periodo de pago], y para ello, todo lo que se debe hacer es aplicar el 12% sobre el valor de la cesantías determinadas en cada liquidación mensual. El resultado final será el mismo que si se aplicara el 12% sobre el acumulado a final de año, siempre que no haya variado el salario base sobre el cual se calculan las cesantías, pues de existir variación en los últimos tres meses, las cesantías se deben calcular sobre el promedio mensual.En todo caso la provisión se puede ajustar al valor real, al realizar la liquidación definitiva de los intereses sobre las cesantías.Por último, es importante aclarar que los intereses sobre cesantías son diferentes a los rendimientos financieros que deben reportar los fondos que administran las cesantías del empleado