4 tutela posesoria- derecho civil iii - reales

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Dr. WALTER JORGE MENDIZÁBAL ANTICONA CICLO 2015-II Módulo: 1 Unidad: 2 Semana: 4 DERECHO CIVIL III REALES Tutela posesoria

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4 TUTELA POSESORIA- derecho civil III - reales diapositivas de tutela posesoria de derecho civil III - reales

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Dr. WALTER JORGE MENDIZÁBAL ANTICONA

CICLO 2015-II Módulo: 1

Unidad: 2 Semana: 4 

DERECHO CIVIL III REALESTutela posesoria

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La acción posesoria

Es la acción tendiente a adquirir la posesión de

alguna cosa antes no poseída; a conservar

pacíficamente la posesión actual, y que otro

intenta perturbar; o para recobrar la posesiónque se gozaba y se ha perdido. Esta acción

compete, contra el perturbador, a quien,

poseyendo un inmueble, reclama ser repuesto o

mantenido en posesión, con cese de lasperturbaciones contra ella.

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TUTELA POEORIA

• Segn !arl Savigny, si la posesión no es un

derecho su perturbación no es contraria al

"erecho, solamente lo ser# si es que se viola a

la vez a la posesión y contraviniendo a lanorma positiva.

• Segn $udolf von %hering &ara ser protegido

como poseedor basta demostrar la posesión,

por lo que dicha protección aprovecha lo mismo

al propietario que al no propietario, siendo 'sta

(una consecuencia absolutamente inevitable).

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LA AUTOTUTELA

Ar!. "#$% C.C. Repe&er &a '(er)a * reco+rar e& +ien.

Con&&e,a -os posi+i&i-a-es

* "efensa, rechazar actos ilícitos.

* $ecuperación ante el despo+o. %ntervalo de tiempo- días y con discrecionalidad.

Se limita a los inmuebles y bienesmuebles inscritos automóviles/

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Re/(isi!os en &a -e'ensa e0!ra1(-icia&2a(!o!(!e&a2

• a3 La violencia empleada por un tercero contra el poseedor .

• +3 Reacción inmediata del poseedor .

• c3  Abstenerse de las vías de hecho no justificadas.

• -3 Posibilidad de la intervención de la autoridad .

  E& ar!. "#$ 4o-i'ica-o &o 4enciona.

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DE5ENA POEORIA JUDICIAL

•  0$1%!234 567 !.!. 1odo poseedor de muebles

inscritos y de inmuebles puede utilizar las acciones

posesorias y los interdictos. Si su posesión es de m#s de

un a8o puede rechazar los interdictos que se promuevan

contra 'l.

• CONCORDANCIA

!.e. arts.695 inc./,69:

!.p.e. arts. -5<, =9=

".S. 9>*5*?2- arls. -> inc. /, =- inc. :/

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&os in!er-ic!os

1utelan la posesión como hecho @ius possessionisAB.

En el caso de la acción posesoria se trata de un

proceso plenario, en el cual ser# necesario acreditar el

derecho a la posesión, pero en el caso de losinterdictos son procesos sumarios, de cognición

limitada, cuya función es tutelar la posesión como

hecho, sin entrar a considerar si se tiene derecho o no

a la posesión, pero cuando prescribe la acción al a8o,entonces, sí se puede en proceso de conocimiento,

discutir si le asise un derecho a la posesión.

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DEPOJO DE LA POEI6N

Ar!. 7$8% C.P.C. In!er-ic!o -e Reco+rar9 an!e &ap:r-i-a !o!a& o parcia& -e &a posesión.

3a salvedad es que no hubiese proceso previo oconsentimiento del poseedor primigenio.

El &$4!ES4 acorde a la competencia, se interpone

ante el ?uez Especializado !ivil por la vía

sumarísima.

 

Est#n eCcluidos de legitimidad losservidores de la posesión.

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LA IN;UIETACI6N O PERTURBACI6N DE LA POEI6N

Ar!. 7$7% C.P.C. In!er-ic!o -e re!ener9 por ac!os 4a!eria&es -e 4o&es!ia a&a posesión.

• &rocede cuando el poseedor es perturbado en su posesión.

• 3a perturbación puede consistir en actos materiales o de otra naturaleza

como la e+ecución de obras o la eCistencia de construcciones en estado

ruinoso. Si así fuera, la pretensión consistir# en la suspensión de lacontinuación de la obra o la destrucción de lo edificado, aunque se

pueden acumular ambas pretensiones. En todos los casos, la pretensión

consistir# en el cese de estos actos.

•  0dmitida la demanda, el ?uez ordenar#, en decisión inimpugnable, se

practique una inspección +udicial, designando peritos o cualquier otromedio probatorio que considere pertinente. 3a actuación se entender# con

quien se encuentre a cargo del bien inspeccionado.

• El efecto es que cesen los actos perturbatorios.

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Despo1o 1(-icia& * proce-i4ien!o especia&

• Ar!. 7$<% C.P.C.

• El tercero desposeído como consecuencia de la e+ecución

de una orden +udicial eCpedida en un

• proceso en que no ha sido emplazado o citado, puedeinterponer interdicto de recobrar.

• El tercero per+udicado con la orden +udicial debe acudir

ante el ?uez que la eCpidió solicitando la

• restitución. Si el ?uez estima procedente el pedidoacceder# inmediatamente a 'l. En caso contrario,

• lo rechazar#, quedando eCpedito el derecho del tercero

para hacerlo valer en otro proceso.

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&rescripción eCtintiva de la acción de interdicto

•  0rtículo =97 !.&.!..*

3a pretensión interdictal prescribe al a8o de

iniciado el hecho que fundamenta la demanda.

Sin embargo, vencido este plazo, el demandantepuede e+ercer su derecho a la posesión en un

proceso de conocimiento.

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Ac(4(&ación -e pre!ensiones.

• Ar!=c(&o 7$# C.P.C.2• Se pueden demandar acumulativamente a la

demanda interdictal, las pretensiones de pago

de frutos• y la indemnizatoria por los da8os y per+uicios

causados.

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Acción posesoria e in!er-ic!o

!arlos !uadros Dillena se8ala que la diferencia entre la acción

posesoria y el interdicto es la misma que eCiste entre el petitorio yel posesorio, respectivamente, es decir, la acción que se tramita

por la vía de lata probanza y que est# destinada al debate del

derecho a poseer y no solo al debate de la posesión; por ello, es

oportuno citar el criterio de Eugenio aría $amírez !ruz, quienrefiere queF @... el proceso petitorio lo deduce el due8o para que

se le restituya en la posesión, o bien el titular del derecho real

respectivo, a fin de obtener el reconocimiento y libre e+ercicio de

tal derecho servidumbre, usufructo, etc./ ... 3os procesos

posesorios, entendidos como interdictos posesorios, por contra,se refieren a la posesión, o si se quiere, versan sobre la posesión

f#ctica. ediante el interdicto posesorio, el poseedor recobra o

afianza su posesión@.

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PREUNCIONE LEGALE C.C.

• DE CONTINUIDAD. ar!. "><% so+re e& !ie4poin!er4e-io.

• DE LO ACCEORIO. ART. ">8%

• DE BUENA 5E. "$7%.

• DE PROPIEDAD. Ar!. ">#%

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GRACIA