3 actividades importadoras

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ACTIVIDAD IMPORTADORA ACTIVIDAD IMPORTADORA

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Page 1: 3 ACTIVIDADES IMPORTADORAS

ACTIVIDAD IMPORTADORA ACTIVIDAD IMPORTADORA

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1.  ¿Qué es la Importación de Mercancías?

La importación de mercancías implica el ingreso de mercancía extranjera al territorio nacional. Para ello el sistema aduanero contempla varios regímenes para el ingreso de mercancías al país; tales como importación definitiva, importación temporal y admisión temporal.

En la importación definitiva, al cumplir con todas las formalidades aduaneras, se nacionalizan las mercancías y quedan a libre disposición de los interesados.

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2. ¿Quiénes pueden importar?

Cualquier persona natural o jurídica puede solicitar el ingreso de las mercancías, señalando su Registro Único de Contribuyentes - RUC en la Declaración Única de Aduanas - DUA.

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Mercancías restringidas

Una mercancía restringida es todo objeto, bien o producto que por su naturaleza, condición, características peculiares, uso o destino final, debe cumplir necesariamente determinados requisitos específicos en su control y fiscalización para permitir su ingreso o salida del país y su comercialización en el territorio nacional.

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Mercancías prohibidas

Una mercancía prohibida puede tratarse como mercancía restringida a la vez o viceversa. Esto es determinado por norma expresa, sea por excepción, mandato o autorización expresa del sector competente. Ejemplo: Las llantas usadas son mercancías prohibidas y a la vez restringidas por excepción del sector competente para su uso en desechos.

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Relación Mercancías restringidas / prohibidas

•Textos cartográficos y geográficos con la autorización de la Dirección General de Documentación mediante RM (Ley 26219 del 19/08/93) •Armas y municiones de uso civil (Ley 25054 ) •Sustancias psicotrópicas, estupefacientes y sustancias precursores (DS23-2001-SA) •Explosivos de uso civil y conexos (DL 25707) •Nitrato de amonio, requiere control de DISCAMEC (D. Leg 846)} •Productos farmacéuticos (Ley 26842) •Alimentos, bebidas, cosméticos, equipos y material médico quirúrgico, se requiere Registro Sanitario de DIGESA (Ley 26842) •Productos veterinarios (DS 015-98-AG) •Productos y subproductos vegetales (DS 048-2001-AG) •Plaguicidas y sustancias afines (DS 016-2000-AG) •Productos hidrobiológicos ( DLey 25977) •Cetáceos menores (Ley 26585) •Residuos de papel y cartón, con la autorización de MITINCI (DS 029-93-MITINCI) •Especies de flora y fauna en extinción, por el convenio CITES (Ley 21080

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Ministerio de Educación – INC (Instituto Nacional de Cultura)

Ministerio de Energía y Minas – DGH (Dirección General de

Hidrocarburos)

Ministerio de Energía y Minas – IPEN (Instituto Peruano de Energía

Nuclear)

Mercancías restringidas / prohibidas

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4. ¿Qué documentos se requieren para la importación?

Los documentos que usualmente se requieren para la importación son:•Factura comercial •Documento de transporte dependiendo del medio de transporte (Conocimiento de embarque B/L, Guía aérea A/W y Carta Porte •Declaración Única de Aduanas de importación. Salvo en los casos de mercancías de importación restringida que requieren certificados o documentos adicionales.

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5. ¿Quién puede realizar el trámite de importación?

El trámite de importación ante Aduanas la realiza el propio importador cuando el valor de la mercancía a importar no sea mayor a US$ 2000. En caso de que se trate de un monto mayor, el trámite se deberá realizar por intermedio de un agente o agencia de aduana.

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6. ¿Qué requisitos especiales existen para la importación de

bienes?

Dependiendo de la mercancía se requiere de certificados sanitarios, autorizaciones y vizaciones.

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7. ¿Qué tributos se pagan en la importación?

Para la importación de bienes provenientes del extranjero se deberá pagar:•Derechos Ad/Valorem •Sobretasa (de ser aplicable) •Derechos específicos (de ser aplicable) •Impuesto General a las Ventas – IGV •Impuesto de Promoción Municipal – IPM •Impuesto Selectivo al Consumo – ISC

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Adicionalmente, deberá tenerse en cuenta el pago de la percepción del IGV para aquellas importaciones gravadas con IGV realizadas a partir del 17 de noviembre de 2003; es decir que al momento de la importación se debe pagar un adelanto por el IGV que generaría posteriormente la venta de la mercancía que se importe. El monto de la percepción es de 3.5% respecto del importe de la operación (valor en Aduanas más todos los tributos de importación y, de ser el caso, los derechos antidumping y compensatorios); siempre que el importador no se encuentre en los siguientes supuestos, en cuyo caso la percepción será del 10%

7. ¿Qué tributos se pagan en la importación?

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8. ¿Se puede exonerar el pago de algunos tributos?

En el caso de ad/valorem y sobretasa existen algunos acuerdos comerciales suscritos por el Perú, que otorgan preferencias arancelarias, mediante los cuales se libera de modo parcial o total el pago de éstos derechos arancelarios, como por ejemplo en el marco de la Comunidad Andina – CAN (Bolivia, Colombia, Ecuador y Venezuela), así como en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración - ALADI (Argentina, Brasil, Chile, Cuba, México, Paraguay y Uruguay)Asimismo, durante el 2004 se definirán las negociaciones de preferencias con los países miembros del Mercado Común del Sur – MERCOSUR: así como con los Estados Unidos y países con los que se firmo el TLC.