285 20 análisis normas criminalidad organizada dr falla

Upload: jimmy-salas-rojas

Post on 13-Apr-2018

231 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    1/65

    Anlisis normascriminalidad organizada

    Anlisis de las Leyes N 30076 y

    30077

    Ley contra el crimen organizado

    Dr. Miguel Falla Rosado

    Director del CIDAJ Facultad de Derecho

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    2/65

    Poltica Criminal

    Roxin:

    No slo es la eleccin de sanciones ms eficaces para la

    prevencin del delito, sino tambin al conjunto de los

    aspectos fundamentales que segn Constitucin y el CP

    deben presidir la fijacin y desarrollo de los presupuestos de

    la penalidad

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    3/65

    Poltica Criminal

    Constituida por un conjunto de estrategias o

    procedimientos por medios de los cuales el Estado

    y la sociedad organizan sus respuestas

    al problema de la criminalidad.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    4/65

    Se aclara el trmino Organizacin criminal:

    Cualquier agrupacin de tres o ms personasque se

    reparten diversas tareas o funciones, cualquiera sea su

    estructura y mbito de accin, que, con carcter estable

    o por tiempo indefinido, se crea, existe o funciona,

    inequvoca y directamente, de manera concertada

    y coordinada, con la finalidad de cometer uno o ms

    delitosgraves sealados en el artculo 3 de la

    Ley 30077.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    5/65

    Es lo mismo organizacin criminal queasociacin ilcita?

    Segn el artculo 317 del CP (modificado por la Ley N 30077),

    el delito de asociacin ilcita se consuma cuando dos o ms

    personas,de manera organizada y permanente, entre otro

    supuesto, se agrupan en base a una estructura jerrquica y una

    divisin funcional de roles con la finalidad de perpetrar delitos,

    adquiriendo relevancia jurdico penal el solo hecho de formar

    parte de la organizacin, sin llegar a materializar los planes

    delictivos, por lo que este ilcito presenta una estructura tpica

    autnoma e independiente del delito o de los delitos que a travs

    de ella se cometan.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    6/65

    Mientras el grupo solo exige una pluralidad de

    personas que se juntan de modo temporal y ocasional,sin una estructura organizativa propia; la asociacinrequiere una estabilidad y permanencia en el tiempo,una estructura de divisin de funciones y la imposicinde un sistema de reglas de naturaleza disciplinaria quemarcan las relaciones de sus integrantes. De estaforma, se delimita el contenido del concepto deorganizacin criminal, superando su relativismo eimprecisin.

    Castillo Alva .Asociacin para delinquir, Grijley,Lima, 2005, pp. 68 y 69.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    7/65

    La definicin que sobre grupo delictivo organizado se encuentraen la Convencin de las Naciones Unidas contra la

    Delincuencia Organizada Trasnacional (Convencin dePalermo), ratificada por el Per mediante Decreto Supremo N88-2001-RE, publicado en el diario oficial El Peruano el 20 denoviembre del ao 2001 y vigente desde el 29 de setiembre delao 2003.

    De acuerdo con este Tratado, se entiende por grupo delictivoorganizado a todo grupo estructurado de tres o ms personasque exista durante cierto tiempo y que acte concertadamentecon el propsito de cometer uno o ms delitos graves (delitopunible con mnimo de 4 aos de pena privativa de libertad), conmiras a obtener, directa o indirectamente, un beneficioeconmico u otro beneficio de orden material.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    8/65

    Delitos comprendidos

    1. Homicidio calificado-asesinato

    2. Secuestro

    3. Trata de personas

    4. Violacin del secreto de las comunicaciones 162

    5. Delitos contra el patrimonio.

    6. Pornografa infantil.

    7. Extorsin.

    8. Usurpacin. Tipo base y agravada.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    9/65

    9. Delitos informticos.10.Delito contra la propiedad industrial.

    11.Delitos monetarios.

    12.Tenencia, fabricacin, trfico ilcito de armas,municiones y explosivos.

    13.Delitos contra la salud pblica.

    14.Trfico ilcito de drogas.

    15.Delito de trfico ilcito de migrantes.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    10/65

    16. Delitos ambientales

    17. Delito de marcaje o reglaje.

    18. Genocidio, desaparicin forzada y tortura,

    19. Delitos contra la administracin pblica (artculos

    382, 383, 384, 387, 393, 393-A, 394, 395, 396,397, 397-A, 398, 399, 400 y 401 del CP).

    20. Delito de falsificacin de documentos.

    21. Lavado de activos, en las modalidades delictivas

    tipificadas en los artculos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 D. Leg.1106.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    11/65

    Inhabilitacin Art. 36 CP

    Prdida, o suspensin de uno o ms derechos de mododiferente al que establecen las penas de prisin y multa.

    Tiene naturaleza de pena y los efectos son la restriccinde derechos del condenado (Art. 36 CP).

    Se ampla el plazo de 6 meses a 10 aos con excepcin

    de los supuestos del Art. 36 inc. 6 (portar armas), 7(cancelacin de licencia de conducir) y 9 (terrorismo yotros) que es definitiva. (Art. 38 CP)

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    12/65

    Otras modalidades de inhabilitacin:

    10. Privacin del derecho a residir en determinados lugares o acudir

    a ellos.

    Finalidad alejar a los agentes del delito de los lugares donde reside la

    vctima por ser un peligro potencial para sta.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    13/65

    11. Prohibicin de acercarse o comunicarse con la vctima, sus

    familiares u otras personas que determine el Juez.

    Generalmente es para evitar amedrentamiento o puesta en

    peligro

    12. Prohibicin de comunicarse con internos o visitar

    establecimientos penales.

    Desde los centros penitenciarios se dirige el accionar delictivo.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    14/65

    Determinacin judicial de la penaArtculo 46. Circunstancias de atenuacin y

    agravacin

    Establecida responsabilidad de un imputado, se abre paso a

    fijacin concreta de la sancin penal.

    Dos fenmenos con impacto en la ciudadana: Se dictansentencias con penas mnimas y en desproporcin frente a la

    lesin del BJ tutelado, o sanciones excesivas.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    15/65

    Aplicacin de la pena. Presupuestos para

    fundamentarla.

    Se agreg en art. 45 CP: abuso de cargo, posicin econmica,

    formacin poder, oficio, profesin o funcin que ocupa el imputado

    en la sociedad.

    Las carencias sociales son para atenuar pena y el abuso de cargo o

    posicin econmica son para agravar pena.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    16/65

    Determinacin para agravantes y atenuantes

    genricas Art. 45 A CP

    La norma dispone que para determinar la pena aplicable se

    deba desarrollar las siguientes etapas (Debida motivacin)

    1. Identificaespacio punitivo determinado a partir de pena

    prevista en la ley para el delito. (entre mximo y mnimo)

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    17/65

    2. Determina pena concreta evaluando concurrencia de

    agravantes y atenuantes.

    a. Si no hay atenuantes ni agravantes, pena dentro del tercio

    inferior.

    b. Si hay agravacin y atenuacin, pena dentro del tercio

    intermedio.

    c. Cuando hay agravacin, pena dentro deltercio superior.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    18/65

    Ejemplo Delito de Homicidio

    Espacio punitivo (pena mnima 6 - pena mxima 20)= 14 aos

    Espacio punitivo debe dividirse en tercios = 14 aos x 12 meses = 168 / 3 =

    56 meses por cada tercio.

    Atenuantes

    (56 meses)(Tercio inferior)

    Agravantes y

    Atenuantes

    (Tercio medio)

    Agravantes

    (Tercio superior)

    6 aos 0 72 meses

    (56 meses)10.67 aos 0 128 meses

    10.67 aos o 128 meses

    (56 meses)

    15.33 aos o 184 meses

    15.33 aos o 184 meses

    (56 meses)

    20 aos o 240 meses

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    19/65

    Determinacin para agravantes privilegiadasy atenuantes

    cualificadas

    Art. 45A.3.- Ellas rompenlos mnimos y mximos sealados

    (problemas tipos indeterminados en los mximos):

    a. Si hay atenuantes, por debajo del tercio. (Se entiende debajo del

    mnimo legal).

    b. Si hay agravantes, por encima del tercio superior.

    c. Concurrencia de atenuantes y agravantes, se determina dentro de

    los lmites de la pena bsica correspondiente al delito.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    20/65

    Circunstancias cualificadas

    Falsedad Ideolgica 4 a 6 aos

    Tercio Superior6 a 8 aos

    Pena bsica4 a 6 aos

    Tercio inferior3 a 2 aos

    AGRAVANTES Reincidencia

    AGRAVANTES y ATENUANTES

    ATENUANTESResponsabilidad restringida

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    21/65

    Determinacin para agravantes y atenuantes

    genricas Art 46 CP

    Art. 46.1 CP Atenuantes circunstancias que no estn

    previstas para sancionar el delito y no son elementos

    constitutivos del hecho punible:

    a. Carecer de antecedentes penales (primario).

    b. Obrar por mviles nobles y altruistas.

    c. Obrar en estado de emocin o temor excusables (altera

    conciencia ilicitud acto).

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    22/65

    d.Influencia de apremiantes circunstancias personales o

    familiares. Ejem. Situaciones de pobreza o enfermedad.

    e.Disminucin de las consecuencias. Voluntariamente y

    consumado delito. Minimiza las consecuencias.

    f. Reparar voluntariamente dao ocasionado (signo de

    arrepentimiento)

    g.Presentarse voluntariamente a las autoridades (equipara para

    algunos confesin sincera)

    h. La edad del imputado (cerca a 18 y 65 aos).

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    23/65

    Art. 46.2 CP Agravantes no deben estar previstas

    especficamente para sancionar el delito y que no sean suselementos constitutivos:

    a. Delito sobre Bs o recursos destinados a actividades de

    utilidad comn o necesidades bsicas de la colectividad.

    b. Conducta sobre Bs o recursos pblicos.

    c. Conducta por motivo vil, insignificante o pago o promesa

    de pago de un servicio.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    24/65

    d) Delito bajo mviles de intolerancia o discriminacin de

    cualquier ndole;

    e)Ejecucin conducta punible con medios que generen peligro

    comn para las personas;

    f)Realiza conducta en forma secreta, aprovecha su situacin desuperioridad sobre la vctima o usa circunstancias del

    vulnerabilidad a la vctima o la identificacin del

    interviniente;

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    25/65

    g)Agente se extralimita en medios empleados. Actuar criminal

    de forma desproporcionada. Golpea fuertemente y despus

    roba;

    h)El agente para cometer hecho delictivo abusa de su cargo,

    posicin econmica, formacin, poder, oficio, profesin o

    funcin;i) Pluralidad de agentes que intervienen en la ejecucin del

    delito. Plurintervencin no establecida en tipo;

    j)Instrumentaliza a un inimputable;

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    26/65

    k) Agrava porque las crceles no pueden ser centros de

    operaciones de conductas delictivas, o cuando es desde elextranjero;

    l) Dao grave producido a los ecosistemas naturales; ejemp.

    Minera Ilegal

    m) Objetos de peligro e instrumentos (armas, explosivos,

    venenos, etc) que coadyuvan a la pluriofensividad de

    algunos delitos

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    27/65

    Circunstancias agravantes cualificadas

    La reincidencia y habitualidad tienen crticas, se retorna a un D

    penal de autor, porque viola el nem bis in idem.

    Es reincidente quien comete nuevo delito durante los 5 aos que

    cumpli todo o en parte una pena.

    Reincidente es quin condenado por una falta dolosa, dentro de

    3 aos comete una falta o delito dolosa.

    La reincidencia. Art. 46 B

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    28/65

    Segundo prrafo la reincidencia es circunstancia agravantecualificada, eleva la pena un del mximo legal.

    Tercer prrafo se incorporan los tipos arts. 108 A

    (Homicidio por condicin oficial del agente), 195

    (Receptacin agravada) y 317-A (Marcaje o Reglaje) y se ha

    ampliado pena en no menos de 2/3 del mximo legal.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    29/65

    La habitualidad (3 delitos dentro de 5 aos). Plazo no se

    considera para delitos graves (pena aumenta mximo legal).

    Amplindose a los tipos arts.108-A, 195, 317-A y 322 CP.

    Aplicable a las faltas C/persona y patrimonio (3 o ms faltas

    dentro de 3 aos)

    Efectos sobre pena abstracta. Aumento para todos los delitos 1/3

    sobre pena mxima no para delitos agravados.

    La habitualidad. Art. 46.C CP

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    30/65

    Circunstancias atenuantes cualificadas

    La criminalidad se ha concentrado no slo en las capas de jvenes de

    la poblacin sino en menores de edad que son utilizados en robo,

    asesinatos por encargo o extorsiones.

    Reduccin pena mas de 18 aos y menos de 21 y mayor de 65 aos

    No aplica para integrantes de organizacin criminal y delitos

    sealados en modificatoria

    Art. 22 CP Responsabilidad restringida

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    31/65

    Art. 22 de la Ley 30077 Agravantes

    especiales

    El Juez aumenta pena hasta en una 1/3 por encima del

    mximo legal fijado por el delito cometido, sin que en

    ningn caso pueda exceder los 35 aos, en los siguientes

    supuestos:a) Agente es lder, jefe o cabecilla o ejerce funciones de

    administracin, direccin y supervisinde la O. C.

    b) Agente financiaO.C.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    32/65

    c)Agenteesintegrante,es personavinculadao acta por

    encargo de la O.C. Esfuncionario, servidor pblico, ha

    abusadoo se havalidode sucargo,para cometer, facilitar oencubrir el delito.

    d)Si el agentees persona vinculada o acta por encargo de

    O.C. utiliza a menores de edad u otros inimputablespara

    la comisin del delito.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    33/65

    e)Agenteesintegrante,personavinculadao acta porencargode

    laO.C.,atenta contra la integridad fsica o sicolgica de menores

    de edadu otrosinimputables.

    f)Agenteesintegrante,personavinculadao acta porencargode

    la O.C., que utiliza a terceras personas valindose de su

    conocimiento, profesin u oficio, o abusando de su posicin dedominio, cargo, vnculo familiar u otra relacin que le otorgue

    confianza, poder o autoridad sobre ellas.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    34/65

    g) Agente hace uso de armas de guerra para cometer los

    delitos sealados

    h)Agenteesintegrante,es personavinculadao acta por

    encargo de la O.C. posee armas de guerra, material

    explosivo o cualquier otro medio anlogo.

    Art. 232. Estas circunstancias agravantes no son aplicables

    cuando se encuentren ya previstas como tales por la ley

    penal.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    35/65

    Ley 30077

    Art. 23. Consecuencias accesorias

    1. Los delitos de Criminalidad organizada han sido cometidos en ejercicio de la

    actividadde unapersona jurdicaovalindosede suestructura organizativa

    parafavorecerlo, facilitarlo o encubrirlo, el Juez debe imponer (ver gravedad y

    naturaleza de los hechos, la relevancia de la intervencin de la persona jurdica

    en el delito y las caractersticas particulares de la O.C.) las consecuencias

    accesorias (en forma alternativa o conjunta):

    a) Multa por un monto no menor del doble ni mayor del triple del valor de la

    transaccin realque se obtuvo como beneficio econmico por la comisin del

    delito.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    36/65

    b) Clausura definitiva de locales o establecimientos.

    c) Suspensin de actividades por no ms de cinco aos.

    d) Prohibicin de realizar actividades de la misma clase o

    naturaleza por realizacin se cometi, favorecido o encubierto

    el delito.

    e) Cancelacin de licencias, Ds y otras autorizaciones

    administrativas o municipales.

    f) Disolucin de la persona jurdica.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    37/65

    2. Simultneamente el Juez ordena a autoridad competente

    que disponga, de ser el caso, la intervencin de la persona

    jurdica para salvaguardar los derechos de los trabajadores y

    de los acreedores, hasta por 2 aos.

    3. Para la aplicacin de las medidas previstas en el inc. 1 del

    presente art, el Juez tiene en consideracin lo establecido en

    el 105-A del Cdigo Penal.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    38/65

    Rehabilitacin Art. 69 CP

    Rehabilitacin D del condenado y obligacin del rgano

    jurisdiccional declararla.

    El dato de vencimiento de pena debe manejarse desde un sistema

    de gestin automtico que informar al rgano jurisdiccional

    para que realice la rehabilitacin, sin que medie reincidencia o

    habitualidad.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    39/65

    Prohibicin de comunicacin de antecedentes Art

    69 CP

    Rehabilitacin automtica, supone que el condenado ya ha

    cumplido con la sancin que se le impuso por un delito.

    La excepcin es cuando ese informe lo solicita el MP y los

    rganos jurisdiccionales. Ejemplo: verificar si hay

    reincidencia.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    40/65

    Art. 170. Violacin sexual

    Considera tipo base y agravado

    Se agreg el inciso 6. Si la vctima tiene entre catorce y

    menos de dieciocho aos de edad.

    Retorna al supuesto de violacin sexual bajo violencia o

    grave amenaza como se estableci por la ley N 28251.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    41/65

    Ausencia de agravante cuando agresor sea padre o quien

    tenga autoridad sobre la vctima, pues no diferencia entre

    sujetos del entorno familiar y fuera de l.

    Este supuesto se encuentran en el mismo nivel en el inciso 2,

    sin establecer diferencias si es que se trata de menor de 14 a

    18 y el agente tiene vnculo familiar con la vctima.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    42/65

    El legislador recoge lo expuesto por la doctrina y la Corte

    Suprema.

    El adolescente puede disponer de su libertad

    sexual?

    S. Todo adolescente mayor de 14 y menor de 18puede decidir sobre su vida sexual, sin que

    conlleve

    a una responsabilidad de terceros.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    43/65

    Artculo 186. Hurto agravado

    Artculo 189. Robo agravado

    Antes se utilizaba el trmino casa habitada.

    Hoy es inmueble habitado. La modificatoria

    alude al espacio fsico, al utilizar el trmino

    inmueble, dejando de lado el decasa.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    44/65

    Modalidad agravada hurto o robo recaiga sobreautopartes oaccesorios, siendo acertada la opcinde autopartes, pues dichos instrumentos resultannecesarios para la normal funcionalidad del mediode transporte.

    Lo criticable es que se incluya el hurto o robo

    de accesorios de vehculos, ya que estosmuchas veces tienen carcter decorativo o unafuncin distinta a su naturaleza.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    45/65

    Artculo 194. Receptacin

    Aument el mximo de la pena de 3 a 4 aos, no existe

    justificacin el cambio cuantitativo.

    Resulta desproporcional, que quien reciba un bien que

    conoca proceda de un delito de hurto simple se le sancione

    con una pena de 4 aos, y al autor de la sustraccin por 3

    aos.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    46/65

    Artculo 194. Receptacin agravada

    Resulta desproporcional tambin sancionar hasta con una

    pena de 6 aos a alguien que haya guardado un espejo

    retrovisor o una radio que haba sido hurtada.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    47/65

    Artculo 200. Extorsin

    La construccin en el nivel bsico, no requiere personal

    especializado, por lo quehay oportunidad para incorporar mano

    de obra que es utilizada por grupos bajo la modalidad de

    sindicatos.

    Personas jurdicas herramientas para darle legalidad a la organizacin

    formada generalmente por ex delincuentes; de tal formas que sean

    disueltas como consecuencia accesoria.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    48/65

    Se ha incorporado como sujeto pasivo de la extorsin al

    propietario de la obra, al contratista de obras pblicas yprivadas de construccin civil.

    Se agrava la pena (cadena perpetua), entre otros supuestos,cuando elagente se vale de menores de edad. Este es un

    supuesto de autora mediata regulado expresamente en la

    ley.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    49/65

    Artculo 202. Usurpacin

    Se agrega el inciso 4.

    Se considera usurpacin ingreso clandestino al inmueble,

    situacin que recoge una realidad social, en la que una

    persona que tiene varios inmuebles y no se encuentra

    posesionando en uno de ellos, puede ser vctima de despojo

    de su propiedad.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    50/65

    Se considera que los inc. 2 y 3 la violencia se hace sobre

    las personas como sobre las cosas.

    No es acertada por:

    a. Desde un plano lgico en delitos contra el patrimonio,la violencia es sobre la integridad de la persona, no sobre

    las cosas.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    51/65

    b. De acuerdo a principios pro homine y pro libertatis, la

    interpretacin debe procurar siempre una mejor proteccin

    de los derechos fundamentales, descartando as las que

    restrinjan o limiten su ejercicio; por lo que en lugar de optarpor ampliar la violencia sobre las cosas, se debe considerar

    que esta solo alcanza a aquella dirigida sobre las personas.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    52/65

    Artculo 204. Formas agravadas de usurpacin

    Se incrementa la pena. No menor de 4 ni mayor de 8 aos y la pena deinhabilitacin.

    Se incluyen nuevos supuestos. (inc. 4, 5, 6 y 7).

    5. Afectando la libre circulacin en vas de comunicacin.

    Agente usurpe un inmueble afectado el normal funcionamiento de las

    vas de comunicacin. El acto de mera obstaculizacin sin el propsito

    de asentamiento, est tipificado en el art. 283 (entorpecimiento de lavas de comunicacin).

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    53/65

    6. Colocando hitos, cercos perimtricos, cercos vivos, paneles

    o anuncios

    A diferencia de usurpar poralteracinde linderos,en este

    supuesto se sanciona a quien demarca o establece limites al

    terreno a travs de instrumentos fsicos (naturales o

    artificiales).

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    54/65

    7. Abusando de su condicin o cargo de funcionario o servidor pblico.

    Sanciona abuso de la funcin pblica del sujeto cualificado.

    Sanciona con igual pena a quien realiza meros actos de participacin,

    organiceactos de usurpacin a la propiedad pblica o privada, es decir al

    coautorcuyo aporte relevante se presenta en la etapa preparatoria.

    Y como autor a quien ayude a usurpar sin necesidad que el autor haya

    empezado a ejecutar el hecho criminal.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    55/65

    Art. 205. Daos

    El motivo del aumento de pena es permitir que si hay

    reincidencia, esto es, hasta seis aos, haya posibilidad de

    aplicar en estos casos la medida cautelar de prisin

    preventiva, es decir, en reincidencia garantizar que se pueda

    cumplir con la prognosis de pena pues en este caso sera la

    sancin mayor a cuatro aos.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    56/65

    Artculo 317-A. Marcaje o reglaje

    Se asemeja a la conspiracin para delinquir, basado en la

    voluntad criminal del agente que interviene en esta conducta.

    El marcaje forma parte de los actos preparatorios de un

    futuro delito.La doctrina siempre seal que los actos preparatorios no

    eran punibles, pero dado el contexto de inseguridad, ahora es

    determinante para la realizacin del delito.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    57/65

    El marcaje lo acerca al Derecho Penal del Enemigo porque

    hay tres particularidades concretas:

    Flexibilizacin de garantas.

    Incremento de las penas o gravedad en la medida

    Adelantamiento de la barrera de punibilidad.

    Cancio Meli: La esencia del Derecho Penal del enemigo

    es que constituye una reaccin de combate del

    ordenamiento jurdico contra individuos especialmentepeligrosos.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    58/65

    Lo que trae a preocupacin es la flexibilizacin de las

    garantas.

    Hay un marco de garantas mnimas que tienen que ser

    respetadas, por lo que entendemos que cuando se combate

    este tipo de delitos ms graves, se deben optimizar los

    instrumentos para atacar la conducta delictiva, y limitar los

    derechos fundamentales en funcin de la compejidad de

    estas, lo que no significa un arrasamiento de los derechos de

    los imputados.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    59/65

    Aumenta la pena y se incorpora el delito de feminicidio y se

    excluye el de lesiones al feto.

    Regula que sea cometido por funcionario o servidor pblico y

    aprovecha su cargo para la comisin del delito, vnculo laboral,

    que tenga como intermediario a un menor de edad, que sea

    cometido por una persona que labora en el sistema financiero y

    abuse de su funcin, y cuando se acte en el marco de una

    organizacin criminal.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    60/65

    Crtica:

    a.No es proporcional que se sancione con ms pena el acto

    preparatorio que el delito de hurto simple.

    b.El delito sanciona a quien brinda informacin a otro a fin

    que se cometa el delito, entre otros el de extorsin. Debeentenderse que la informacin el autor no la obtuvo con

    ocasin de su cargo u oficio, pues en caso haya ocurrido esto

    ltimo, el tipo penal aplicable sera el del art. 200.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    61/65

    Los verbos rectores son:

    1. Acopio o entrega informacin

    2. Realiza vigilancia o seguimiento.

    3. Colabora en los actos precedentes

    4. del delito.

    L 30077

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    62/65

    Ley 30077Disposiciones Complementarias Modificatorias

    En su Primera Disposicin se ha establecido:

    La duplicidad en el plazo de prescripcin cometido por

    funcionarios y servidores pblicos.

    Se agrava la pena en delito de Secuestro, Favorecimiento a la

    prostitucin, proxenetismo, Hurto agravado, robo agravado,

    comercio clandestino por condiciones especiales del agente.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    63/65

    Asimismo el delito de Asociacin Ilcita se agrava la pena cuando la asociacin

    est destinada a cometer delitos regulados en los arts. 106, 108, 116, 152, 153,

    162, 183-A, 186, 188, 189, 195, 200, 202, 204, 207-B, 207-C, 222, 252, 253,

    254, 279, 279-A, 279-B, 279-C, 279- D, 294-A, 294-B, 307-A, 307-B, 307-C,

    307-D, 307-E, 310-A, 310-B, 310-C, 317-A, 319, 320, 321, 324, 382, 383, 384,

    387, 393, 393-A, 394, 395, 396, 397, 397-A, 398, 399, 400, 401, 427 primer

    prrafo y en la Seccin II del Captulo III del Ttulo XII del Libro Segundo del

    Cdigo Penal; en los artculos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Decreto Legislativo 1106, de

    lucha eficaz contra el lavado de activos y otros actos relacionados a la minera

    ilegal y crimen organizado y en la Ley 28008, Ley de los Delitos Aduaneros, ysus respectivas normas modificatorias.

    Del mismo modo cuando el integrante fuera el lder, jefe o dirigente de la

    organizacin, y

    Cuando el agente es quien financia la organizacin.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    64/65

    Segunda Disposicin incorpora el art. 105-A CP sobre los criterios para la

    determinacin de las consecuencias aplicables a las personas jurdicas, segn

    corresponda:

    1. Prevenir la continuidad de la utilizacin de la persona jurdica en actividades

    delictivas.

    2. La modalidad y la motivacin de la utilizacin de la persona jurdica en el

    hecho punible.

    3. La gravedad del hecho punible realizado.

    4. La extensin del dao o peligro causado.

    5. El beneficio econmico obtenido con el delito.

    6. La reparacin espontnea de las consecuencias daosas del hecho punible.

    7. La finalidad real de la organizacin, actividades, recursos o establecimientos dela persona jurdica.

  • 7/26/2019 285 20 Anlisis Normas Criminalidad Organizada Dr Falla

    65/65

    MUCHAS GRACIAS