1 utp. 2 ley general del ambiente artículos 31° al 33°
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UTP
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LEY GENERAL DEL AMBIENTEArtículos 31° al 33°
Es la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el aire, agua o suelo, en su condición de cuerpo receptor, que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni al ambiente.
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• El ECA es obligatorio para el diseño de las normas legales y las políticas publicas.
• Ninguna autoridad judicial o administrativa, podrá hacer uso de los ECAs, con el objeto de sancionar.
Es la medida de la concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, que caracterizan a un efluente o una emisión, que al ser excedida causa daños a la salud, al bienestar humano y al ambiente.
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• Su cumplimiento es exigible legalmente por el MINAM..
• Puede ser expresado en máximos, mínimos o rangos.
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La medición de un ECA se realiza directamente en los La medición de un ECA se realiza directamente en los CUERPOS RECEPTORES, CUERPOS RECEPTORES, mientras que en un LMPmientras que en un LMPse da en los puntos dese da en los puntos de EMISIÓN Y VERTIMIENTO. EMISIÓN Y VERTIMIENTO.
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LEGISLACION SOBRE LEGISLACION SOBRE ESTANDARES DE CALIDAD ESTANDARES DE CALIDAD
AMBIENTALAMBIENTAL
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Dec. Sup. N° 074-2001-PCM, Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire
Dec. Sup. N° 069-2003-PCM, Establecen Valor Anual de Concentración de Plomo
Dec. Sup. N° 085-2003-PCM, Aprueban el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido
Dec. Sup. N° 010-2005-PCM, Aprueban Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Radiaciones No Ionizantes
Dec. Sup. N° 002-2008 MINAM,Dec. Sup. N° 002-2008 MINAM, Aprueban Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua
Dec. Sup. N° 003-2008 MINAM, Aprueban Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Aire
Decreto Supremo Nº 023-2009-MINAM,Decreto Supremo Nº 023-2009-MINAM,Disposiciones para la implementación de los ECAs para AguaDisposiciones para la implementación de los ECAs para Agua
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Estándares Nacionales Estándares Nacionales de Calidad Ambiental de Calidad Ambiental
para Aguapara AguaDec. Sup. Nº 002-2008-MINAMDec. Sup. Nº 002-2008-MINAM
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CATEGORIA 1CATEGORIA 1: Poblacional y Recreacional: Poblacional y Recreacional
PARÁMETROPARÁMETRO UNIDAUNIDADD
Producción de agua potableProducción de agua potable Agua para Agua para recreaciónrecreación
A1 A2 A3 B1 B2
Potabilizadas
desinfección
Potabilizadas tratamiento convencional
Potabilizadas
tratamiento avanzado
Contacto
primario
Contacto secundari
o
FISICOS Y QUIMIC.FISICOS Y QUIMIC.Aceites y grasasCianuro LibreCianuro WadClorurosColorConductividadDBODQODurezaDetergentesFenoles FlorurosFosforo TotalMateriales FlotantesNitratosNitritosNitrógeno amoniacalOlor Oxigeno DisueltopHSólidos Totales DisueltosSulfatosSulfurosTurbiedad
mg/Lmg/Lmg/L
10,0050,08
1,000,0220,08
1,000,0220,08
Ausencia0,0220,08
No relevante
0,022No
relevante
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INORGANICOSINORGANICOSAluminioAntimonioArsénicoBarioBerilioBoro CadmioCobreCromo TotalCromo VIHierroManganeso MercurioNíquelPlataPlomoSelenioUranioVanadioZinc
mg/Lmg/Lmg/Lmg/L
0,20,0060,010,7
0,20,0060,010,7
0,20,0060,05
1
0,20,0060,010,7
No relevante
No relevante
No relevante
No relevante
ORGANICOSORGANICOSHidrocarb. Tot. de Petr.TriahalometanosCOMP. ORG. COMP. ORG. VOLATILESVOLATILES Tricloretano Dicloreteno Diclorbenceno Hexaclorobutadieno Tetracloroeteno Tertracloruro de Carb. Tricloreteno
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BETXBETX Benceno Etilbenceno Tolueno XilenoHIDROCARB. HIDROCARB. AROMAT.AROMAT. Benzopireno Pentaclorofenol Triclorobenceno TotalPLAGUICIDASPLAGUICIDASÓrganofosforados Malathion Metamidofos Paraquat ParathionÓrganoclorados Aldrín Clordano DDT Dieldrin Endosulfan Endrin Heptacloro Heptacloro epóxico LindanoCarbamatos AldicarbPOLICLORUROS POLICLORUROS BIFEN.BIFEN. PCBsOTROSOTROS Asbesto
mg/Lmg/L
0,010,3
0,010,3
No relevante
No relevante
No relevante
No relevante
No relevante
No relevante
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MICROBIOLOGICMICROBIOLOGICOO
Coliformes Termotoler.
Coliformes Totales
Enterococos Fecales
Escherischia Coli
Formas parasitarias
Giardia Duodenadie
Salmonella
Vibrio Cholerae
NMP/100mL
NMP/100mL
NMP/100mL
NMP/100mL
Organismo/L
Organismo/L
Presencia 100/mL
Presencia 100/mL
0
50
0
0
0
Ausencia
Ausencia
Ausencia
2000
3000
0
0
0
Ausencia
Ausencia
Ausencia
20000
50000
Ausencia
Ausencia
Ausencia
200
1000
200
Ausencia
0
Ausencia
0
Ausencia
1000
4000
Ausencia
Ausencia
0
Ausencia
PARÁMETROPARÁMETRO UNIDADUNIDAD
Producción de agua potableProducción de agua potable Agua para Agua para recreaciónrecreación
A1 A2 A3 B1 B2
Potabilizadas
desinfección
Potabilizadas tratamiento convencional
Potabilizadas
tratamiento avanzado
Contacto
primario
Contacto secundari
o
CATEGORIA 2CATEGORIA 2: Actividades Marino Costeras: Actividades Marino Costeras
PARÁMETRO PARÁMETRO UNIDAD UNIDAD Aguas de Mar
Sub Categoría 1 Sub Categoría 2 Sub Categoría 3
Extracción y cultivo de Moluscos Bivalvos (C1)
Extracción y cultivo otras especies hidrobiol. (C2)
Otras actividades(C3)
ORGANOLEPTICOSORGANOLEPTICOSHidrocarburos de Petróleo
FISICOQUIMICOSFISICOQUIMICOSAceites y grasasDBOOxigeno DisueltopHSólidos Suspendidos TotalesSulfuro de HidrogenoTemperatura
INORGANICOSINORGANICOSAmoniacoArsénico totalCadmio totalCobre totalCromo VIFosfatos (P- PO4) Mercurio totalNíquel totalNitratos (N- NO·)Plomo totalSilicatos (Si –Si 03)Zinc total
ORGANICOSORGANICOSHidrocarburos de petróleo totales
MICROBIOLOGICOSMICROBIOLOGICOS Coliformes TermotolerantesColiformes Termotolerantes
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CATEGORIA 3CATEGORIA 3: Riego de vegetales y bebida de : Riego de vegetales y bebida de animalesanimales
PARAMETROS PARA RIEGO DE VEGETALES DE TALLO BAJO Y TALLO ALTOPARAMETROS PARA RIEGO DE VEGETALES DE TALLO BAJO Y TALLO ALTO
PARÁMETROS PARÁMETROS VEGETALES DE TALLO VEGETALES DE TALLO BAJOBAJO
UNIDADUNIDAD
VEGETALES TALLO ALTOVEGETALES TALLO ALTOUNIDADUNIDAD
FISICOQUIMICOSFISICOQUIMICOS
INORGANICOSINORGANICOS
ORGANICOSORGANICOS
PLAGUICIDASPLAGUICIDAS
MICROBIOLOGICOSMICROBIOLOGICOS
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PARAMETROS PARA BEBIDAS DE ANIMALES PARAMETROS PARA BEBIDAS DE ANIMALES
PARÁMETROS PARÁMETROS UNIDADUNIDAD VALORVALOR
FISICOQUIMICOSFISICOQUIMICOS
INORGANICOSINORGANICOS
ORGANICOSORGANICOS
PLAGUICIDASPLAGUICIDAS
BIOLOGICOSBIOLOGICOS
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CATEGORIA 4CATEGORIA 4: Conservación del ambiente acuático: Conservación del ambiente acuático
PARÁMETROS PARÁMETROS UNID. LAGOSLAGUNAS
RIOS ECOSISTEMAS MARINOS COSTEROS
COSTA Y SIERRA
SELVA ESTUARIOS MARINOS
FISICOQUIMICOSFISICOQUIMICOS
INORGANICOSINORGANICOS
ORGANICOSORGANICOS
PLAGUICIDASPLAGUICIDAS
BIOLOGICOSBIOLOGICOS
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Aprueban Disposiciones para Aprueban Disposiciones para la implementación de los la implementación de los Estándares Nacionales deEstándares Nacionales de
Calidad Ambiental (ECA) para Calidad Ambiental (ECA) para AguaAgua
DECRETO SUPREMO Nº 023-2009-MINAM
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A partir del 01 de abril del 201001 de abril del 2010, los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Agua a que
se refiere el Dec. Sup. Nº 002-2008-MINAM, son referente obligatorio para el otorgamiento de las referente obligatorio para el otorgamiento de las
Autorizaciones de VertimientosAutorizaciones de Vertimientos..
Los Titulares de las actividades que cuenten, con instrumentos de gestión ambiental aprobados par la
autoridad competente, los cuales hayan tomado como referencia los valores límite establecidos en el
Reglamento de la Ley LGA, Nº 17752, aprobado por Dec. Sup. Nº 007-83-SA, deberán actualizar sus deberán actualizar sus
Planes de Manejo Ambiental, Planes de Manejo Ambiental, en concordancia con el ECA para Agua, en un plazo no mayor de un (01) año,
contados a partir de la publicación de la norma.
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Dec. Sup Nº 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Dec. Sup Nº 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, Nº 29338Recursos Hídricos, Nº 29338
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LEGISLACION SOBRE SUELOSLEGISLACION SOBRE SUELOS + Resolución Legislativa N° 26536, Convención de las NN. UU. de Lucha contra la Desertificación en los países afectados por Sequía Grave.+ Ley Nº 26505, Ley de Tierras.+ Dec. Sup. N° 011-97-AG, Reglamento de la Ley N° 26505, referida a la inversión privada en el desarrollo de actividades económicas en tierras del territorio nacional y de las comunidades campesina y nativas.+ Dec. Sup. 017-96-AG, Reglamento del articulo 7° de la Ley 26505, referido a las servidumbres sobre tierras para el ejercicio de actividades mineras e hidrocarburos+ Dec. Sup. Nº 017-2009-AG, Reglamento de Uso de las Tierras por su Capacidad de Uso Mayor.+ Ley N° 28687, Ley de Desarrollo de la Propiedad Informal y Acceso al Suelo.
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Dec Sup. Nº 017-2009-AGReglamento de Clasificación de Tierras
Sistema Nacional de Clasificación de TierrasSistema Nacional de Clasificación de TierrasEs un sistema interpretativo de los estudios de suelos, con la ayuda de información climática y de relieve (zonas de vida)
Interpretación de la Capacidad de Uso Mayor (CUM)Interpretación de la Capacidad de Uso Mayor (CUM)Es la interpretación cuantitativa de las características edáficas, climáticas (zonas de vida) y de relieve, los que intervienen en forma conjugada
Características edáficasCaracterísticas edáficasSon aquellas características como la pendiente, profundidad efectiva, textura, fragmentos gruesos, pedregosidad superficial, drenaje interno pH, erosión, salinidad, peligro de anegamiento, fertilidad natural superficial.
Características climáticasCaracterísticas climáticasSon las siguientes características: Precipitación, temperatura, evapotranspiración, todas influenciadas por la altitud y latitud, según zonas de vida.
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a). Tierras aptas para el CULTIVO EN LIMPIO (A)
b) Tierras aptas para CULTIVO PERMANENTE (C)
c) Tierras aptas para PASTOREO (P)
d) Tierras aptas para
PRODUCCION FORESTAL (F)
e) Tierras de PROTECCION
(X)
Capacidad de Uso Mayor de las Tierras
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PROYECTO DE ECAs para SUELOPROYECTO DE ECAs para SUELO
ESTANDARES NACIONALES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA SUELO (Suelos Superficiales 0 – 30 cm)
USOSUSOS(mg/kg)(mg/kg)
SUELO SUELO AGRICOLAAGRICOLA
RESIDENCIAL / RESIDENCIAL / PARQUESPARQUES
COMERCIAL / COMERCIAL / INDUSTRIALINDUSTRIAL
BETXBETXBencenoToluenoEtilbencenoXileno
0,030,37
0,08211
0,030,37
0,08211
0,030,370,082
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COVCOVNaftaleno
HIDROCARBUROSHIDROCARBUROS
HIDROCARBUROS AROMATICOS HIDROCARBUROS AROMATICOS POLICICLICOSPOLICICLICOSBenzopireno
METALES / METALOIDESMETALES / METALOIDESArsénico Total / Bario Total / Cianuro Libre / Cadmio Total / Cromo VI / Mercurio Total / Plomo Total
PLAGUICIDAS ORGANO CLORADOSPLAGUICIDAS ORGANO CLORADOSAldrin / Endrin / DDT / Heptacloro
BIFENILOS POLICLORADOSBIFENILOS POLICLORADOSPCB
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La ATMOSFERA es la envoltura gaseosa de la tierra, La ATMOSFERA es la envoltura gaseosa de la tierra, llamada también AIRE, donde se desarrollan lasllamada también AIRE, donde se desarrollan las
múltiples comunidades bióticasmúltiples comunidades bióticas
LEGISLACION SOBRE AIRELEGISLACION SOBRE AIRE
Ley General del Ambiente
Dec. Sup. N° 019-98-MTC, Disponen reducir el limite máximo de contenido de plomo en la gasolina de 84
Dec. Sup. N° 074-2001-PCM, Reglamento Nacional de Estándares de Calidad Ambiental del Aire
Dec. Sup. N° 025-2005-EM, Disponen reducción del contenido de Azufre en el Combustible Diesel
Dec. Sup. N° 009-2003-SA, Reglamento de los niveles de los estados de alerta nacional para contaminantes del aire
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PRINCIPIOS GENERALES:
La protección de la calidad del aire es obligación de todos
Las medidas de mejoramiento de la calidad del aire se basan en el análisis costo - beneficio
La información y educación a la población respecto de las practicas que mejoran o deterioran la calidad del aire serán constantes, confiables y oportunas
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Análisis costo – beneficioContaminantes del aireEstándares de Calidad del AireForma del EstándarGesta Zonal de AireValores ReferencialesValores de TránsitoZonas de Atención Prioritaria
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ESTANDARES NACIONALES DE CALIDAD AMBIENTAL DEL AIREESTANDARES NACIONALES DE CALIDAD AMBIENTAL DEL AIRE
ParámetroParámetro PeriodoPeriodo ValorValorug/m3 ug/m3
FormatoFormato VigenciaVigencia
Dióxido de AzufreDióxido de Azufre Anual 80 Media Aritmética Anual
24 horas 80 Media Aritmética 01/01/09
24 horas 20 Media Aritmética 01/01/14
Material Material ParticuladoParticulado
PM10PM10 Anual24 horas
50150
Media Aritmética AnualNo mas de 3/veces año
PM2.5PM2.5 24 horas 24 horas
5025
Media AritméticaMedia Aritmética
01/01/1001/01/14
Monóxido de Monóxido de CarbonoCarbono
8 horas1 hora
1000030000
Promedio móvilNo mas de 1/vez año
Dióxido de Dióxido de NitrógenoNitrógeno
Anual1 hora
100200
Promedio Aritmética An.No mas de 24 veces/año
OzonoOzono 8 horas 120 No mas de 24 veces año
PlomoPlomo AnualMensual
0,51.5
Promedio Aritmético VM No mas de 4 veces año
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……//////
ParámetroParámetro PeriodoPeriodo Valor Valor ug/m3ug/m3
FormatoFormato VigenciaVigencia
Sulfuro de Sulfuro de HidrogenoHidrogeno
24 horas 150 Media Aritmética 01/01/09
BencenoBenceno Anual 4 Media Aritmética 01/01/10
Anual 2 Media Aritmética 01/01/14
Hidrocarburos Hidrocarburos Totales Totales expresados como expresados como HexanoHexano
24horas
150 Media Aritmética 01/01/10
FUENTE: FUENTE: Dec. Sup. Nº 074-2001-PCMDec. Sup. Nº 074-2001-PCMDec. Sup. Nº 069-2003-PCMDec. Sup. Nº 069-2003-PCMDec. Sup. Nº 003-2008-MINAMDec. Sup. Nº 003-2008-MINAM
Material Particulado (PM10):
ILO - AREQUIPA - LIMA - LA OROYA
Dióxido de Azufre (SO2):
ILO - LA OROYA
Sulfuro de Hidrogeno (H2S):
CHIMBOTE
Monóxido de Carbono (CO)
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Estados de CuidadoEstados de Cuidado;; estado en que el nivel de concentración del contamínante, puede comenzar a causar efectos en la salud de cualquier persona, especialmente en niños, ancianos, embarazadas, personas con enfermedades respiratorias.Estado de PeligroEstado de Peligro;; estado en que el nivel de concertación del contaminante, genera riesgo de causar efectos serios en la salud de cualquier persona.Estado de EmergenciaEstado de Emergencia;; estado en que el nivel de concentración del contaminante, genera un alto riesgo de afectar seriamente la salud de toda la población.
JFGU 35
TIPOS
DE ALERTA
Material Particulado
(PM 10)
Dioxido de Azufre(SO2)
Monóxido de Carbono
(CO)
Sulfuro de Hidrogeno
(H2S)
Cuidado> 250 ug/m3 promedio de 24 hrs.
>500 ug/m3 por 3 hrs.
> 15000 ug/m3 prom. de 8 hrs.
> 1500 ug/m3 para 24 hrs.
Peligro> 350 ug/m3 promedio de 24 hrs.
> 1500 ug/m3 por 2 hrs.
> 20000 ug/m3 prom. de 8 hrs.
> 3000 ug/m3 para 24 hrs.
Emer-gencia
> 420 ug/m3 promedio de 24 hrs.
> 2500 ug/m3 por 90 minutos
> 35000ug/m3 prom. de 8 hrs.
> 5000 ug/m3 para 24 hrs.
Referen- cia
ECAAnual 50
ECAAnual 80
ECA8 hrs. 10000
OMS 24 hrs. 150 ug/m3
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Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido
ZONAS DE ZONAS DE APLICACIÓNAPLICACIÓN
VALORES EXPRESADOS EN DbVALORES EXPRESADOS EN Db
HORARIO HORARIO DIURNODIURNO
HORARIO HORARIO NOCTURNONOCTURNO
Zona de Zona de Protección Protección EspecialEspecial
5050 4040
Zona Zona ResidencialResidencial
6060 5050
Zona Zona ComercialComercial
7070 6060
Zona Zona IndustrialIndustrial
8080 7070
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RADIACIONES NO RADIACIONES NO IONIZANTESIONIZANTES
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CONTAMINACIÓN CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICAELECTROMAGNÉTICA
La presencia en el ambiente de una amplia gama de campos electromagnéticos de origen artificial, de intensidad no ionizante, en concentración, niveles o permanencia susceptibles de constituir riesgo para la salud de las personas, la calidad de vida de la población, la preservación de la naturaleza o la conservación del patrimonio ambiental.
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CONTAMINACIÓN CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICAELECTROMAGNÉTICA
Lineas de transmisión eléctricaRadaresAntenas de transmisión de:
radiotelevisióntelefonía móvil
Artefactos eléctricosTeléfonos móvilesEquipos médicos
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NORMATIVIDADNORMATIVIDAD BÁSICA BÁSICA
Dec. Sup. 038-2003-MTC, establecen LMPs en Radiaciones No Ionizantes; Dec. Sup. 010-2005-PCM, ECAs para Radiaciones No Ionizantes; Res. Min. 610-2004-MTC/03, Procedimiento de Supervisión y Control de LMPs de Radiaciones No Ionizantes; Res. Min. 613-2004-MTC/03, Norma Técnica sobre Protocolo de Medición de Radiaciones No Ionizantes.
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PRINCIPIOS PRECAUTORIOS
Principio ALATA: La Exposición de radiaciones no ionizantes debería mantenerse “tan bajo como sea técnicamente posible”.Principio ALARA: La exposición de radiaciones no ionizantes debería mantenerse “tan bajo como sea razonablemente permitido”, tomando en cuenta los costos económicos y los beneficios de la seguridad y la salud pública.
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ESTANDARES NACIONALES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA RADIACIONES NO IONIZANTES
Rango de Rango de FrecuenciaFrecuencia
Intensidad Intensidad de Campo de Campo EléctricoEléctrico
Intensidad Intensidad de Campo de Campo MagnéticoMagnético
Densidad Densidad de Flujo de Flujo
MagnéticoMagnético
Densidad Densidad de de
PotenciaPotencia
Principales Principales AplicacioneAplicacione
s (No s (No restrictivasrestrictivas
))
Hasta 1Hz -- 3,2 x 104 4 x 104 -- Líneas de energía
para trenes
eléctricos, resonancia magnética
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LMPs: Sector Energía y Minas LMPs: Sector Energía y Minas Dec. Sup. N° 010-2011-MINAM Dec. Sup. N° 010-2011-MINAM "Integran los plazos para la presentación de los instrumentos de gestión ambiental de las actividades minero - metalúrgicas al ECA para agua y LMP para las descargas de efluentes líquidos de actividades minero - metalúrgicas “
Dec. Sup. N° 014-2010-MINAM "Modifica el Decreto Supremo N° 062-2010-EM"
Dec. Sup. N° 010-2010-MINAM "Aprueban LMP para la descarga de efluentes líquidos de Actividades Minero - Metalúrgicas"
Res. Min. N° 011-96-EM “Aprueban los LMP para efluentes líquidos para las actividades minero-metalúrgicas”
Res. Dir. N° 008-97-EM/DGAA “Aprueba LMP para efluentes líquidos producto de las actividades de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica”
Res. Min. N° 315-96-EM/VMM “Aprueba LMP de elementos y compuestos presentes en emisiones gaseosas provenientes de las unidades minero metalúrgicas
Dec. Sup. N° 037-2008-PCM “Establecen LMP de efluentes Líquidos para el Subsector Hidrocarburos”
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Decreto Supremo N° 010-2011-Decreto Supremo N° 010-2011-MINAM MINAM
"Integra los plazos para la presentación de los instrumentos
de gestión ambiental de las actividades minero - metalúrgicas al ECA para agua y LMP para las
descargas de afluentes líquidos de actividades minero - metalúrgicas "
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ÁMBITO DE APLICACIÓNÁMBITO DE APLICACIÓN
1.1. A quienes hayan presentado los Planes de Implementación para el Cumplimiento de los LMP y Plan de Actualización para el cumplimiento de los ECA para
Agua.
1.2. Que habiendo cumplido con la presentación deuno de los Planes mencionados conforme lo determine el MINEM, requieran acogerse en lo que corresponda al
Plan no presentado.
1.3. Que habiendo cumplido con presentar ambosPlanes opten por acogerse a los plazos previstos en elpresente Dispositivo, previa solicitud de adecuación al
Plan Integral y conformidad del MINEM.
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El plazo máximo para la presentación del Plan
Integral, vence el 31 de 31 de agosto del 2012agosto del 2012..
Corresponde al MINEM aprobar y publicar los
TdR correspondientes, dentro del plazo antes
señalado. Así como, revisar,
evaluar y aprobar, de ser el caso, el Plan
Integral, enun plazo de 03 meses
contados a partir de supresentación.
PLAN INTEGRALPLAN INTEGRALLos titulares de las actividades minero-metalúrgicas deberán presentar el Plan Integral Plan Integral para la Adecuación e para la Adecuación e Implementación de sus Implementación de sus actividades a los Límites actividades a los Límites Máximos PermisiblesMáximos Permisibles para la descarga de efluentes líquidos de atividades minero-metalúrgicas aprobados por Dec. Sup. Nº Dec. Sup. Nº 010-2010-MINAM 010-2010-MINAM y a los Estándares de Calidad Ambiental para Agua.
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Decreto Supremo Nº 003-2002-PRODUCE, Decreto Supremo Nº 003-2002-PRODUCE, “Aprueban Limites Máximos Permisibles y valores referenciales para las actividades industriales de cemento, cerveza, curtiembre, papel”.
Decreto Supremo Nº 010-2008-PRODUCE,Decreto Supremo Nº 010-2008-PRODUCE, “Aprueban Límites Máximos Permisibles de Efluentes de la Industria de Harina y Aceite de Pescado”.
Decreto Supremo Nº 011-2009-MINAM, Decreto Supremo Nº 011-2009-MINAM, “Aprueban Límites Máximos Permisibles para las emisiones de la Industria de Harina y Aceite de Pescado y Harina de Residuos Hidrobiológicos”.
LMPs: Sector ProducciónLMPs: Sector Producción
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Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC,Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, “Establecen Límites Máximos Permisibles de emisiones contaminantes para vehículos automotores que circulan en la red vial”.
Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, “Establecen Limites Máximos Permisibles de radiaciones no ionizantes en telecomunicaciones”.
Res. Min. 610-2004-MTC/03, Res. Min. 610-2004-MTC/03, Procedimiento de Supervisión y Control de LMPs de Radiaciones No Ionizantes.
LMPs: Sector Transportes y LMPs: Sector Transportes y ComunicacionesComunicaciones
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DECRETO SUPREMO Nº 031-2010-SADECRETO SUPREMO Nº 031-2010-SAREGLAMENTO DE LA CALIDAD DEL AGUA PARA
CONSUMO HUMANO
OBJETOOBJETO: Ley Nº 26842, Ley General de Salud:
1. 1. La gestión de la calidad del agua;2. 2. La vigilancia sanitaria del agua;
3. 3. El control y supervisión de la calidad del agua;
4. La fiscalización, las autorizaciones, registros y aprobaciones sanitarias respecto a los
sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano;
5. 5. Los requisitos físicos, químicos, microbiológicos y parasitológicos del agua para
consumo humano; y,6. 6. La difusión y acceso a la información sobre
la calidad del agua para consumo humano.
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